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Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará)

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Erradicar la violencia contra la mujer

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Convencin Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer

(Convencin de Belm do Par)

Convencin de Belm do Par: la Comisin Nacional de los Derechos Humanos y la erradicacin de la violencia contra las mujeresLa comisin Nacional de los Derechos Humanos tiene como objeto la :ProteccinObservanciaEstudioPromocinDivulgacinde los derechos humanos que ampara el orden jurdico mexicano.Convencin de Belm do ParLa violencia contra las mujeres contraviene el derecho de toda persona a ser tratada con dignidad y respeto, en un entorno libre de violencia y discriminacin.Ante esto los Estados del Continente Americano sumaron esfuerzos para crear, el 09 de Junio de 1994, en el Pleno de la Asamblea General de la Organizacin de los Estados Americanos, la Convencin Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convencin de Belm do Par).Mxico, ratific este instrumento internacional de naturaleza jurdica vinculante el 19 de Junio de 1998.Compromiso poltico para luchar contra la violenciaPor medio de la Convencin de Blem do Par, los Estados Parte acordaron que la violencia contra las mujeres:[] constituye una violacin de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades.[] es una ofensa a la dignidad humana y una manifestacin de las relaciones de poder histricamente desiguales entre mujeres y hombres.[] trasciende todos los sectores de la sociedad independientemente de su clase, raza o grupo tnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religin y afecta negativamente sus propias bases.Violencia contra las mujeres cmo se define?El artculo 1 de la Convencin la define como:[] cualquier accin o conducta, basada en su gnero, que cause muerte, dao o sufrimiento fsico, sexual o psicolgico a la mujer, tanto en el mbito pblico como en el privado.La Convencin establece tres tipos de violencia:Violencia fsica: Golpes, jaloneos, empujones, pellizcos, lesiones, entre otras muestras.

Violencia sexual: Imposicin para tener relaciones sexuales o violacin, abuso sexual o tocamientos sin consentimiento, entre otros.

Violencia psicolgica: Humillaciones, amenazas, celos, chantajes, intimidaciones, descalificaciones, entre otros.mbitos de visibilizacin de la violenciaLa Convencin establece tres mbitos:En la vida privada: Cuando la violencia se ejerce dentro de la familia, la unidad domstica o en cualquier otra relacin interpersonal, an cuando el agresor no viva con la vctima.

En la vida pblica: Cuando la violencia es ejercida por cualquier persona, ya sea que sta se lleve a cabo en la comunidad, en el lugar de trabajo, en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar.

Perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, dondequiera que ocurra.Qu derechos reconoce y protege la Convencin?Los derechos que esta Convencin consagra se contemplan en los artculos 3 al 6.Toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el mbito pblico como en el privado.

Toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y proteccin de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos.

Toda mujer tiene derecho a ejercer libre y plenamente sus derechos civiles, polticos, econmicos, sociales y culturales y contar con la total proteccin de esos derechos consagrados en los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos.Qu incluyen estos derechos?El derecho a:Que se respete su integridad fsica, psquica y moralQue se respete su vidaLa libertad y la seguridad personalesA nos ser sometida a torturasQue se respete la dignidad inherente a su persona A que se proteja a su familiaA la igualdad de proteccin ante la ley y de la leyA la libertad de asociacinA un recurso sencillo y rpido ante los tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechosA la libertad de profesar la religin y creencias propias dentro de la leyA tener igualdad de acceso a las funciones pblicas de su pasA participar en los asuntos pblicos, incluyendo la toma de decisionesCules mecanismos interamericanos de proteccin se contemplan?Para ms informacin sobre el MESECVI visite: http://www.oas.org/es/mesecviLa Comisin Nacional de los Derechos Humanos en la eliminacin de la violencia contra las mujeresCNDH: Septiembre de 2012, lanz la Campaa Global nete para Poner Fin a la Violencia contra las Mujeres

Mxico lanza la campaa nete por los Derechos Humanos para Eliminar la Violencia contra las Mujeres en MxicoObjetivo: Motivar la Sensibilizacin y concientizacin de la sociedad mexicana; intensificar los esfuerzos de prevencin y erradicacin de la violencia que se ejerce en contra de ellas en nuestro pas.Promocin, proteccin, defensa y observancia de la CNDHPrograma de Asuntos de la Mujer y de Igualdad entre Mujeres y Hombres: Adscrito al Cuarta Visitadura General de la CNDH. Promueve y difunde los derechos humanos de las mujeres y del principio de igualdad a nivel nacional; la prevencin de la violencia contra las mujeres en los mbitos pblicos y privados; la proteccin y defensa a los derechos humanos de las mujeres, as como la observancia de la poltica nacional en materia de igualdad.

Reforma Constitucional en materia de derechos humanos, de junio 2011: En cuanto a la nueva posicin de los tratados internacionales en el orden jurdico mexicano, como es el caso de la Convencin de Belm do Para, fortalece el goce y ejercicio del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

D.R. @ Comisin Nacional de los Derechos HumanosPerifrico Sur 3469, Col. San Jernimo Ldice,Delegacin Magdalena Contreras,C.P. 10200, Mxico, D.F.

Telfono: 56 81 81 25Lada sin costo: 01 800 715 2000www.cndh.org.mx

Ana Gloria Robles OsolloCoordinadora

Impreso en MxicoEdicin: diciembre 2013