(presentación wisc nee viernes 24 de mayo)

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Relatores: Ps. Arlett Krause Educ. Dif. Héctor Gaete Temuco, Mayo de 2013

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  • Relatores:Ps. Arlett Krause

    Educ. Dif. Hctor Gaete

    Temuco, Mayo de 2013

  • Declaraciones internacionales

    Ley 20.422

    Ley 20.201

    Decreto 170

  • La mquina de la escuela.

    TONUCCI

  • Necesidades Educativas Especiales

    Surge en el ao 1978 a partir del informe Warnock.

    Contiene propuestas para la integracin escolar ysocial.

    Propone abolir el concepto de minusvala,promoviendo el concepto de NecesidadesEducativas Especiales.

    Principio de normalizacin.

    De un modelo centrado en el dficit

    al de Necesidades Educativas Especiales.

  • Declaraciones

    Universales

    Ley 20.422

    Ley 20.201

    Decreto 170

  • Declaraciones Universales con respecto a Diversidad

    Convencin Internacional de los derechos del nio (Art. Convencin Internacional de los derechos del nio (Art.2 y 23). (1989)

    Declaracin de Salamanca y Marco de Accin para lasN.E.E. (1994).

    Convencin Interamericana para la Eliminacin de todaslas Formas de Discriminacin (Guatemala 1999)

    Declaracin de Madrid (2002). No discriminacin, msaccin positiva, es igual a inclusin social

    Programa de Accin para el Decenio de las Amricas; porel derecho y dignidad de la Personas con Discapacidad(2006).

    Convencin internacional sobre los derechos de laspersonas con discapacidad (2006, promulgada en Chileel ao 2008). (La discapacidad es asumida como unacuestin de derechos humanos).

  • La relevancia de las creencias en los cambios paradigmticos

    Los distintos tericos tanto de las creencias como de las representaciones sociales nos muestran que stas son de difcil cambio y/o modificacin y que por lo mismo estn a la base de los cambios paradigmticos. (Moscovici, 1984)

    Estudios internacionales y nacionales muestran representaciones de discapacidad , centradas en aspectos fsicos visibles y de integracin como ayuda o apoyo(Ortega, 2002; Avaria, 2002; Araneda y Gonzlez, 2001; Ceas, 2003).

    Integracin representada como apoyo y ayuda, con un ncleo representacional de discapacidad como limitacin y baja capacidad.

    Llama profundamente la atencin que no se la represente como derecho a la educacin

    Estamos entonces frente a una postura asistencialista y sobre protectora, por lo tanto... Discriminando Benevolentemente. (Krause, 2006)

  • Desafos

    Reflexionar sobre nuestras propias creencias y/o representaciones respecto de alumnos con

    discapacidad, integracin escolar, inclusin social, necesidad educativa.

    Impulsar la reflexin en las comunidades educativas a todos los niveles.

    El cambio paradigmtico necesariamente pasa por cambio a nivel de creencias.

  • Necesidades Educativas Especiales

    Es aquel que precisa ayudas y recursosadicionales, ya sean humanos, materiales opedaggicos, para conducir su proceso dedesarrollo y aprendizaje, y contribuir al logro delos fines de la educacin.

    Artculo 2, Decreto 170.

  • NEE

    Se centra en los

    apoyos que requiere

    No categoriza

  • NEE

    NEEP NEET

  • Necesidades Educativas Especiales de carcter Permanente (NEEP)

    Son aquellas barreras para aprender yparticipar que determinados estudiantesexperimentan durante toda su escolaridad comoconsecuencia de una discapacidad diagnosticadapor un profesional competente y que demandanal sistema educacional la provisin de apoyos yrecursos extraordinarios para asegurar elaprendizaje escolar. Decreto 170/2010

  • Necesidades Educativas Especiales de carcter Permanente (NEEP)

    Discapacidad Intelectual.

    Discapacidad Auditiva.

    Discapacidad Visual.

    Autismo

    Disfasia.

    Multidficit o discapacidades mltiples y sordoceguera.

    Decreto 170

  • Necesidades Educativas Especiales de carcter Transitorio(NEET)

    Son aquellas no permanentes que requieren losalumnos en algn momento de su vida escolar aconsecuencia de un trastorno o discapacidaddiagnosticada por un profesional competente yque necesitan de ayudas y apoyosextraordinarios para acceder o progresar en elcurrculum por un determinado perodo de suescolarizacin. Decreto 170/2010

  • Necesidades Educativas Especiales de carcter Transitorio(NEET)

    Trastorno Especfico del Aprendizaje(TEA).

    Trastorno del Lenguaje(TEL).

    Trastorno de Dficit Atencional o Trastorno Hipercintico.

    Coeficiente intelectual(CI) en el rango lmite, con limitaciones significativas en la conducta adaptativa.

    Decreto 170

  • Legislacin Chilena al servicio de la Inclusin

  • Declaraciones internacionales

    Ley 20.422

    Ley 20.201

    Decreto 170

  • Ley 20.422ESTABLECE NORMAS SOBRE IGUALDAD DEOPORTUNIDADES E INCLUSIN SOCIAL DEPERSONAS CON DISCAPACIDAD.

  • Ley 20.422

    Entra en vigencia el 10 de febrero de 2010.

    Modifica ley 19.284 que Establece normaspara la integracin social de las personas condiscapacidad.

    Desde la Integracin hacia la inclusin

  • Concepto de igualdad de oportunidades

    Medidas de accin positivas

    Ausencia de discriminacin

    LEY 20.422Objetivo Ley:

    Asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades delas personas con discapacidad, con el fin de obtener suplena inclusin social, asegurando el disfrute de susderechos y la eliminacin de cualquier forma dediscriminacin fundada en su discapacidad.

  • MEDIDAS CONTEMPLA LA LEY:

    1. Accesibilidad a la cultura, informacin y comunicaciones.

    2. Accesibilidad al entorno fsico y transporte.

    3. Educacin e inclusin escolar.

    4. Capacitacin e insercin laboral.

    5. Franquicias arancelarias.

    6. Reconocimiento a la lengua de seas.

  • Educacin e Inclusin Escolar

    Garantizar que las personas con discapacidad tenganacceso a la educacin, recibiendo subvencin delEstado.

    Contemplar planes para los alumnos con NEE,fomentando la participacin de toda la comunidadeducativa.

    Acceso a las personas con discapacidad a lasInstituciones de Educacin Superior.

    Asegurar atencin escolar en el lugar que, porprescripcin mdica deban permanecer.

    El Estado deber introducir modificaciones en elsistema de subvenciones educacionales.

  • Declaraciones internacionales

    Ley 20.422

    Ley 20.201

    Decreto 170

  • Ley 20.201

    Ley de subvenciones que modifica leyes anteriores enrelacin a la subvencin que perciben las escuelasespeciales y establecimiento educacionales quecuentan con programas de integracin escolar (PIE).

    Define y ampla la subvencin a las NecesidadesEducativas Especiales de carcter transitorio

  • ANTES DE LA LEY 20.201

    Trastornos especficos del lenguaje

    Intelectual

    Auditiva

    Visual

    Motora

    Graves Alteraciones de la relacin y comunicacin

    TRANSITORIASPERMANENTES

    DISCAPACIDAD

    EDUCACIN ESPECIAL

    NEE

    SUBVENCIN

  • CON LA LEY 20.201

    Trastornos especficos del lenguaje

    Intelectual

    Auditiva

    Autismo

    Visual

    Multidfict

    TRANSITORIASPERMANENTES

    DISCAPACIDAD

    EDUCACIN ESPECIAL

    NEE

    SUBVENCIN

    Trastornos especficos del aprendizaje

    Dficit atencional con o sin hiperactividad

    Coeficiente intelectual en rango lmite

    Disfasia

  • Ley 20.201

    Establece el fraccionamiento de la subvencin de NEE de carcter transitorio.

    Establece como requisito fundamental para acceder a lasubvencin de educacin especial un diagnstico quecertifique que un estudiantes es portador de unadiscapacidad transitoria o permanente.

    Esta ley exige la creacin de un reglamento que regule estos procesos diagnsticos

    Decreto 170

  • Declaraciones internacionales

    Ley 20.422

    Ley 20.201

    Decreto 170

  • DECRETO 170

    Fija normas para determinar los alumnos conNecesidades Educativas Especiales que sernbeneficiarios de las subvenciones para laeducacin especial.

    Este reglamento regula los requisitos, losinstrumentos, las pruebas diagnsticas y elperfil de los profesionales competentes quelas aplicarn.

  • Profesionales competentes

    Un profesional competente es aquel que se encuentrainscrito en el Sistema de Registro Nacional de Profesionalesde la Educacin Especial.

    Para evaluar el funcionamiento intelectual de los y lasestudiantes entre 6 y 16 aos de edad, se exigir la utilizacinde la "Escala de Inteligencia de Wechsler para Nios - WISC-III" estandarizacin chilena o la versin estandarizada msreciente que la reemplace. (Artculo 62. Dcto. 170)

    Ser inhbil para realizar diagnsticos de ingreso y egreso, elprofesional que tenga la calidad de sostenedor y familiareshasta tercera generacin.

  • Discapacidad Profesionales

    Discapacidad auditiva Mdico otorrinaringlogo o neurlogo y

    profesor de educacin

    especial/diferencial.

    Discapacidad visual Mdico oftalmlogo o neurlogo y

    profesor de educacin

    especial/diferencial.

    Discapacidad intelectual y coeficiente

    intelectual(CI) en el rango lmite, con

    limitaciones significativas en la conducta

    adaptativa.

    Psiclogo, mdico pediatra o neurlogo

    o psiquiatra o mdico familiar y

    profesor de educacin

    especial/diferencial.

    Autismo

    Disfasia

    Mdico psiquiatra o neurlogo,

    psiclogo, fonoaudilogo y profesor de

    educacin diferencial/especial.

    Trastorno especfico del lenguaje Fonoaudilogo, profesor de educacin

    especial/diferencial, mdico pediatra o

    neurlogo o psiquiatra o mdico

    familiar.

  • Discapacacidad Profesionales

    Multidficit o discapacidades mltiples y

    sordoceguera.

    Mdico neurlogo u oftalmlogo u

    otorrino o fisiatra u otras

    especialidades, segn corresponda;

    psiclogo y profesor de educacin

    especial/diferencial.

    Dficit Atencional con y sin

    hiperactividad o Trastorno Hipercintico.

    Mdico neurlogo o psiquiatra o

    pediatra o mdico familiar o mdicos

    del sistema pblico que cuenten con la

    asesora de especialistas, de acuerdo a

    lo establecido por el Fondo Nacional de

    Salud, psiclogo y/o profesor de

    educacin especial/diferencial o

    psicopedagogo.

    Trastorno especfico del aprendizaje Profesor de educacin

    especial/diferencial o psicopedagogo y

    mdico pediatra o neurlogo o

    psiquiatra o mdico familiar.

  • ROL Y FUNCIONES DEL PSICLOGOEN LOS PIE

    Profesional asistente de la educacin Coordinador

  • Relatores:Ps. Arlett Krause

    Educ. Dif. Hctor Gaete

    Temuco, mayo de 2013