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PROCEDIMIENTO DE FORMALIZACION Y TITULACION DE TIERRAS ERIAZAS HABILITADAS E INCORPORADAS A LA ACTIVIDAD AGROPECUARIA AL 31 DE ACTIVIDAD AGROPECUARIA AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2004 1

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PRESENTACION PROCEDIMIENTO TIERRAS ERIAZAS HABILITADAS, GBO

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Page 1: PRESENTACION PROCEDIMIENTO TIERRAS ERIAZAS HABILITADAS, GBO

PROCEDIMIENTO DE FORMALIZACION Y

TITULACION DE TIERRAS ERIAZAS

HABILITADAS E INCORPORADAS A LA

ACTIVIDAD AGROPECUARIA AL 31 DE ACTIVIDAD AGROPECUARIA AL 31 DE

DICIEMBRE DEL 2004

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Page 2: PRESENTACION PROCEDIMIENTO TIERRAS ERIAZAS HABILITADAS, GBO

BASE LEGAL

• Decreto Legislativo N° 1089 – Establece el Régimen Temporal Extraordinario de

Formalización y Titulación de Predios Rurales.

• Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA – Aprueba el Reglamento del Decreto

Legislativo N° 1089.

• Directiva N° 009 – Lineamientos para la supervisión, control y seguimiento de los

procedimientos de formalización y titulación de tierras eriazas habilitadas e

incorporadas a la actividad agropecuaria al 31 de diciembre del 2004 – aprobada por

Resolución de Secretaría General N° 046-2009-COFOPRI/SG de fecha 23 de julio del

2009.

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Page 3: PRESENTACION PROCEDIMIENTO TIERRAS ERIAZAS HABILITADAS, GBO

PROCEDIMIENTO

1. Presentación de solicitud:

El poseedor presenta la solicitud a la Oficina Zonal de la jurisdicción donde se ubica el

terreno, utilizando el formato aprobado para el procedimiento y adjunto los siguientes

documentos:

• Copia del DNI

• Memoria Descriptiva y Plano Perimétrico en coordenadas UTM

• Documentos que acrediten posesión antes del 31 de diciembre del 2004 y otros que

permitan acreditar su habilitación a dicha fecha.

• Copia Informativa expedida por la SUNARP de la Partida Registral si el predio se

encuentra inscrito.

• Recibo que acredite el pago a COFOPRI de la tasa correspondiente.

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Page 4: PRESENTACION PROCEDIMIENTO TIERRAS ERIAZAS HABILITADAS, GBO

2. Diagnóstico Técnico Legal

Luego de evaluada la documentación presentada y de no existir observaciones o subsanadas las

mismas, la Oficina Zonal de COFOPRI, realizará el diagnóstico físico legal, con la finalidad de

determinar la Libre Disponibilidad del Terreno. (Trabajo de gabinete).

Si se determina la Libre Disponibilidad del terreno, la Oficina Zonal continua con el trámite, caso

contrario se declara improcedente.

3. Inexistencia de Restos Arqueológicos

COFOPRI solicita al INC el Informe de inexistencia de Restos Arqueológicos, de no contar el INC

con dicha información, el administrado deberá solicitar el Certificado de Inexistencia de Restos

Arqueológicos - CIRA - del terreno solicitado (Estudio de Evaluación Arqueológica a cargo del

INC) .

4. Constancia de Zonificación

En caso COFOPRI no cuente con los planos aprobados por la Municipalidad Provincial de la

jurisdicción de la zona de expansión urbana, el administrado deberá gestionar y presentar la

Constancia de Zonificación correspondiente, la que deberá adjuntarse al expediente para la

continuación del trámite. 4

Page 5: PRESENTACION PROCEDIMIENTO TIERRAS ERIAZAS HABILITADAS, GBO

5. Inspección de campo

La Oficina Zonal dispone la inspección del predio, notificando al solicitante y colindantes sobre la

fecha y hora de la la misma, con la finalidad de constatar:

• La actividad agropecuaria o explotación económica del 100% del predio

• La posesión directa, continua, pacífica y pública del solicitante.

• Levantamiento del plano del área habilitada.

Efectuada la inspección se levanta un acta, dejando constancia de las verificaciones efectuadas,

indicando la antigüedad de los trabajos de habilitación agrícola o pecuaria. Dicha Acta es suscritaindicando la antigüedad de los trabajos de habilitación agrícola o pecuaria. Dicha Acta es suscrita

por el Ingeniero de COFOPRI y los participantes.

6. Informe Técnico Legal

El Informe en su aspecto técnico deberá contener la evaluación de lo verificado en campo,

adjuntando el plano del área habilitada elaborado por COFOPRI y en su aspecto legal, contendrá la

evaluación del cumplimiento de los requisitos y la opinión sobre la procedencia de la adjudicación.

El Informe deberá estar suscrito por el Ingeniero en Ciencias Agrarias y el Abogado, encargados del

expediente.5

Page 6: PRESENTACION PROCEDIMIENTO TIERRAS ERIAZAS HABILITADAS, GBO

7. Acciones de Supervisión a cargo de la Dirección de Formalización Integral

(Incorporado al procedimiento mediande la Directiva N° 009 aprobada por

Resolución N° 046-2009-COFOPRI/SG.

• Cuanto el Informe Técnico Legal contenga opinión favorable de la solicitud, obligatoriamente deberá

remitir el expediente a la Dirección de Formalización Integral de COFOPRI, quien evaluará el

cumplimiento de los requisitos, actuaciones y etapas procedimentales establecidas en el Decreto

Legislativo N° 1089 y su Reglamento, Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA, relacionados con

la formalización de Tierras Eriazas Habilitadas. Para este efecto, emitirá un Informe,

pronunciándose sobre la conformidad del trámite.

• En caso el informe contenga observaciones, éste dispondrá la ejecución de las acciones correctivas

o complementarias a cargo de la Oficina Zonal. Una vez subsanadas las observaciones, la Oficina

Zonal deberá remitir nuevamente el expediente a la referida Dirección.

• En caso las observaciones sean insubsanables, el informe de la Dirección de Formalización

Integral, deberá pronunciarse por la improcedencia de la solicitud.

• Con el informe favorable de la Dirección de Formalización Integral, la Oficina Zonal procederá con

las publicaciones y demás etapas del procedimiento.

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Page 7: PRESENTACION PROCEDIMIENTO TIERRAS ERIAZAS HABILITADAS, GBO

8. Publicación y Oposiciones

Con el Informe favorable de la Dirección de Formalización Integral, COFOPRI, a través de la Oficina

Zonal publicará los datos del solicitante, con indicación del área, ubicación y demás datos técnicos

del predio.

La publicación se efectuará a través de carteles por un plazo de 15 días hábiles, en un lugar visible

de la Oficina Zonal y de alguna de las instituciones representativas de la localidad, como la

Municipalidad Distrital, Dirección Regional Agraria, Agencia Agraria, u otros donde se ubica el

predio, de lo cual se dejará constancia en acta suscrita por el profesional de COFOPRI.

De existir oposiciones presentadas dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día

siguiente de la fecha de la última publicación, se procederá, de corresponder a suspender el

trámite del expediente hasta la culminación del procedimiento establecido en el Reglamento de

Impugnaciones.

9. Valorización

De no mediar oposición COFOPRI solicitará al Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento,

la valorización del área materia de adjudicación, de acuerdo a los valores arancelarios.

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Page 8: PRESENTACION PROCEDIMIENTO TIERRAS ERIAZAS HABILITADAS, GBO

10. Oferta de Venta y Otorgamiento de Título

La Oficina Zonal notificará al solicitante la oferta de venta, la cual tiene una vigencia de 45 días hábiles,

dentro de los cuales se deberá efectuar el pago a COFOPRI del valor del terreno establecido por el

Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento y la Tasa de inswcripción en el Registro de

Predios, al contado y en una sola armada.

Una vez realizado el pago, COFOPRI a través de la Oficina Zonal, emitirá el Título de Propiedad,

suscrito por el Jefe de la Oficina Zonal y gestionará su inscripción en el Registro de Predios.

11. Acciones de Control del trámite de los procedimientos de formalización y titulación

de tierras eriazas habilitadas, a cargo de la Oficina de Coordinaciónde tierras eriazas habilitadas, a cargo de la Oficina de Coordinación

Descentralizada. Incorporado al procedimiento mediande la Directiva N° 009

aprobada por Resolución N° 046-2009-COFOPRI/SG.

Las Oficinas Zonales, bajo responsabilidad los primeros 7 días de cada mes deberán remitir a la

Oficina de Coordinación Descentralizada la relación de solicitudes de tierras eriazas habilitadas,

presentadas en el mes inmediato anterior, debiendo la Oficina de Coordinación Descentraliza

elaborar una Base de Datos digital que contenga los datos de las solicitudes (número del

expediente, nombre del solicitante, ubicación del predio, área, etc.) .

Dicha oficina, remitirá la Base de Datos digital a la Dirección de Formalización Integral, con copia a la

Secretaría General.8