presentacion parque de la discoria

56
Diferencia entre participación y socialización Por Andrés Felipe Pardo Serna, Arquitecto Grupo GAPA

Upload: construyendo-calidad-de-vida

Post on 08-Aug-2015

57 views

Category:

Education


2 download

TRANSCRIPT

Diferenciaentre participación

y socializaciónPor Andrés Felipe Pardo Serna, Arquitecto

Grupo GAPA

¿Qué es eso de participación

ciudadana?

Pero, ¿Cómo

se relaciona esto con el Patrimonio

Cultural?…

Santa Fe de Antioquia, fue declarado como monumento nacional por la

Ley 150 del 30 de diciembre de 1960.

Y además,….

Su plaza era el elemento generador del trazado urbano en la época COLONIAL, inicialmente subdividiéndose las manzanas en cuatro predios.

Colcultura. Inventario urbano de Colombia. Sector histórico delimitado. Santa Fe de Antioquia. Bogotá, pág. 2, 1997.

Colombia, tiene la siguiente estructura legal

para la protección del Patrimonio Cultural

Pero, según esas normativas ¿Cómo se

debe realizar una intervención en un

monumento nacional?…

1. Por el solo hecho de ser Monumento

Nacional,es un Bien de Interés

Cultural (BIC)

2. Según la Ley 1185 de 2008, por ser además,

un conjunto arquitectónico debe formularse un PEMP.

Por consiguiente, el modelo para ejecutar una intervención a un

elemento del BIC, como es el Parque Principal,

debe obedecer los siguientes principios:

Además, en Colombia

Todo proyecto o obra pública realizado por una entidad

pública se somete a las normativas de la

contratación pública.

Niveles de participación ciudadana en la contratación pública

1. Información: Incluye el conjunto de datos, hechos, nociones y mensajes a través de los cuales los participantes conocen e interpretan una situación y adquieren elementos de juicio para su conducta.

2. Consulta: Es el procedimiento mediante el cual los participantes opinan sobre todos o algunos de los aspectos de un problema o situación. Esa opinión constituye un elemento de juicio para la toma de decisiones.

3. Iniciativa: Es la formulación de sugerencias por parte de los agentes participantes destinadas a resolver un problema o transformar una situación.

4. Fiscalización o veeduría: Es la vigilancia que ejerce una persona o un grupo sobre el cumplimiento de las decisiones tomadas.

5. Concertación: Es el acuerdo mediante el cual dos o más personas o grupos de una colectividad definen la solución más conveniente para un problema y los medios para ejecutarla

6. Decisión: Es la adopción de una idea o de una forma de actuación sobre un problema, escogida a partir de la formulación de dos o más alternativas.

7. Gestión: Es el manejo de un conjunto de recursos de muy diversa índole, destinado a ejecutar las acciones necesarias para obtener un resultado final (manejo de una situación, solución de un problema, satisfacción de una necesidad o aspiración).

Así pues, nuestra propuesta se centra en el problema de la toma de decisiones

sin implementar la participación ciudadana como componente

central para la ejecución del proyecto de remodelación de nuestro Parque Principal.Con base en esto, nosotros

hacemos la siguiente propuesta para poder solucionar este

tema tan “polémico”.

Para mayor claridad les daremos

a conocer tres ejemplos. Uno a nivel

internacional, un segundo a nivel nacional y tercero,

a nivel departamental.

En Mongolia, frente a un problema de

obtener el servicio de agua potable en sus comunidades.

Las  Comunidades de Mongolia dibujan un mapa de agua, recursos hídricos y los problemas sanitarios relacionado

Adicionalmente, todo tipo de material es útil para dibujar un mapa

En la preparación del mapa, los integrantes pueden añadir información importante

Figura del mapeo de la localidad, concerniente a la problemática de agua y saneamiento

En Cundinamarca, unas practicas

profesionales realizadas por estudiantes de la Universidad

Nacional con comunidades

campesinas.

(Mapa levantado a mano alzada)

(Mapa levantado sobre plano)

En Medellín, la Empresa de Desarrollo Urbano (EDU) implementa esta estrategia para ejecutar los Proyectos Urbanos Integrales (PUI)

por toda la ciudad, específicamente en barrios con población vulnerable.

Como conclusión se pueden extraer varios puntos:

• Según el Artículo 66 de la Ley 80 de 1993, las organizaciones de la sociedad civil y los ciudadanos cuando ejercen la participación ciudadana en los términos de la Constitución Política y de la Ley hacen parte del sistema de compras y contratación pública. Esto es así porque los contratos celebrados por las Entidades Estatales están sujetos a la vigilancia y control ciudadano para lo cual las autoridades deben brindar especial apoyo y colaboración a las personas y asociaciones que lleven a cabo campañas de control y vigilancia de la gestión pública contractual.

• En el sistema de compras y contratación pública colombiano la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil pueden hacer participación en la gestión contractual de las Entidades Estatales para aumentar la eficiencia, eficacia, economía, promoción de la competencia, rendición de cuentas, publicidad y transparencia, mediante la vigilancia y control ciudadano a los Procesos de Contratación en los términos de la Constitución Política y de la ley, como son la planeación, selección, contratación y ejecución.

Por lo tanto, para nosotros la diferencia entre socialización y participación radica en un fundamento básico: La socialización es una fase del mecanismo

participativo y después de ella se deben hacer más actividades en las cuales se consolide la

propuesta y exista una apropiación de la comunidad hacia el proyecto. En otras

palabras, a este proyecto solo se le hizo una fase de lo estipulado en la ley, por lo tanto, le hacen falta otros para que

la comunidad legitime y sea constitucional la propuesta presentada

por la Alcaldía Municipal sobre la remodelación de Nuestro Parque

Principal.

¡Gracias!