presentacion mercantil iii

Upload: arnold-revolorio

Post on 17-Oct-2015

10 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • Definicin. Contrato por medio del cual el sujeto descontatario, transfiere a otro llamado descontador, un crdito no vencido, a cambio del valor dinerario que representa, previa deduccin de una suma fijada por las partes. Salvo pacto en contrario el descontatario es responsable ante el descontador del pago del crdito transferido ya que lleva implcita la clusula salvo buen cobro. 729 al 733CCom. 1517CC

  • Naturaleza Jurdica. Las Teoras que explican la naturaleza jurdica del Contrato de Descuento son:Teora de la Cesin de Crditos: Considera que en el descuento se una cesin de un derecho de crdito.Teora de la Compra Venta. El descuento es una tpica compraventa en la que el objeto vendido es el crdito y el precio la suma que el descontador entrega al descontatario.

    Teora del Prstamo. Cuando se descuenta un crdito se est realizando un prstamo de descontador a descontatario, por lo que viene a ser una operacin de crdito. Aceptada por el Derecho Guatemalteco.Aun cuando en la ley se deduce la caracterstica de prstamo, su forma de realizarse es a travs de una cesin de derechos de crditos, en la que para seguridad del descontador, el descontatario responde de la legitimidad del crdito y de la solvencia del deudor al momento del cumplimiento.

  • 1. Consensual 2. Bilateral 3. Oneroso 4. Conmutativo 5. Principal.6. Nominativo

  • Elementos PersonalesDescontatario: El que transmite el crdito de vencimiento futuro y recibe a cambio una suma menor a la original, tiene la obligacin de responder al pago del crdito transferido, salvo pacto expreso en contrario.Descontador: El que recibe el crdito de vencimiento futuro a cambio de una suma menor a la del mismo.Elemento Objetivo y RealCrdito de vencimiento futuro (objeto)Valor del crdito (real)Elemento Formal. Contrato informal.

  • Clases de Descuento1-. Cartceo: Ocurre cuando se transfieren ttulos de crdito que por lo regular son letras de cambio. En este caso si las Letras son Documentadas, el descontador tiene la calidad de endosatario en garanta sobre los ttulos representativos, mientras los conserve en su poder. 730CCom.2-. No Cartceo. Ocurre cuando el crdito consta en los libros de contabilidad del comerciante, pero para ellos es necesario:Que los crditos sean exigibles a trmino o con previo aviso.Que haya prueba escrita de la existencia del crditoQue el contrato conste por escritoQue se giren Letras de Cambio a favor el descontador por el o los crditos transferidos. La letra se hara efectiva si al vencimiento no se paga el importe del crdito descontado. El descontador tiene derecho a examinar los libros y correspondencia del descontatario, en cuanto tengan relacin con las operaciones de los crditos descontados; y para el cobro del mismo, la ley lo inviste con las facultades de mandatario, por lo cual se considera a ste descuento como un mandato.

  • CONTRATO

  • Definicin. Es aquel contrato por el cual el conjunto de sujetos de derecho, nacionales o internacionales, realizan aportes de las ms diversas especies, que no implicarn la prdida de la identidad e individualidad como persona jurdica o empresa, para la realizacin de un negocio comn.

  • CaractersticasSe trata de un negocio nico de tracto sucesivo. El aporte de una de las partes puede ser de variada especie: Los sujetos pueden ser personas individuales o jurdicas, nacionales o extranjeras.Existe una expectativa de beneficio o prdida.La participacin de cada uno de los contratantes y de sus respectivas empresas, no significa una fusin o absorcin total.Es un contrato consensual, plurilateral, oneroso, de tracto sucesivo y atpico.La idea base de formar un joint venture es el unir conocimiento, aptitudes y recursos, compartiendo a su vez las ganancias y los riesgos.

  • Naturaleza Jurdica. Esta comprender 1.- Mergers.2.- Acquisitions.Clusulas Para Crear Un Joint Venture.Obligaciones de los Intervinientes en un Joint Venture.Beneficios de implementar un Joint Venture.

  • Elemento de Creacin de un Contrato de Joint Venture.La comunicacin: Clusula de propsito y alcance del Joint Venture: Firma y condiciones de la firma del Contrato de Joint VentureDocumentos Auxiliares O ColateralesAdministracin: Requerimientos legales: Derechos sobre la propiedad intelectual e industrial:

  • La realidad de los Joint Ventures Objetivos Comunes compartidos.Gran inters y apoyo por parte de los socios.Contribuciones complementarias.

    *