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Presentación de la información relativa al Artículo 45.1 del Reglamento CLP a los Poison Information Centers europeos

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Presentación de la información relativa al Artículo 45.1 del Reglamento CLP a los Poison Information Centers europeos

2

Madrid, Edición 1.0,

Diciembre 2012

Disclaimer

“Este informe ha sido elaborado a partir del texto del Reglamento CLP y de la información de la

Comisión Europea, los Helpdesks y Asociaciones Industriales Nacionales y la Agencia Europea de

Sustancias y Mezclas Químicas.

En ningún caso, el contenido de esta guía es legalmente vinculante.” FEIQUE

3

Contenido

0. Introducción ............................................................................................................................... 4

1. Alemania..................................................................................................................................... 5

2. Austria ........................................................................................................................................ 7

3. Bélgica ........................................................................................................................................ 8

4. Bulgaria ....................................................................................................................................... 9

5. Chipre ....................................................................................................................................... 10

6. Dinamarca ................................................................................................................................ 11

7. Eslovaquia ................................................................................................................................ 13

8. Eslovenia................................................................................................................................... 14

9. España ...................................................................................................................................... 15

10. Finlandia ............................................................................................................................... 16

11. Francia .................................................................................................................................. 18

12. Grecia ................................................................................................................................... 19

13. Hungria ................................................................................................................................. 20

14. Irlanda .................................................................................................................................. 21

15. Islandia ................................................................................................................................. 22

16. Italia ...................................................................................................................................... 23

17. Letonia .................................................................................................................................. 24

18. Liechtestein .......................................................................................................................... 25

19. Lituania ................................................................................................................................. 26

20. Luxemburgo.......................................................................................................................... 27

21. Malta .................................................................................................................................... 28

22. Noruega ................................................................................................................................ 29

23. Paises Bajos .......................................................................................................................... 30

24. Polonia .................................................................................................................................. 31

25. Portugal ................................................................................................................................ 32

26. Reino Unido .......................................................................................................................... 33

27. República Checa ................................................................................................................... 34

28. Rumania ............................................................................................................................... 35

29. Suecia ................................................................................................................................... 36

30. Suiza ..................................................................................................................................... 37

Anexo I: Formulario Chipre .............................................................................................................. 38

Anexo II: Formulario España ............................................................................................................ 44

4

0. Introducción

El Reglamento CE No 1272/2008 establece en su artículo 45 lo siguiente:

Artículo 45

Designación de los organismos encargados de recibir la información relativa a la respuesta sanitaria en caso de urgencia

1. Los Estados miembros designarán los organismos responsables de recibir, de los importadores y usuarios intermedios que comercialicen mezclas, la información pertinente, en particular, para la formulación de medidas preventivas y curativas, en particular para la respuesta sanitaria en caso de urgencia. Dicha información incluirá la composición química de las mezclas comercializadas y clasificadas como peligrosas debido a sus efectos sobre la salud humana o a sus efectos físicos, así como la identidad química de las sustancias presentes en mezclas para las cuales la Agencia ha aceptado una denominación química alternativa con arreglo al artículo 24.

Este artículo establece la obligación de enviar información sobre mezclas peligrosas (comercializadas) para la salud humana o por sus propiedades físicoquímicas a los Posion Information Centers, o centros toxicológicos designados por las autoridades competentes de cada Estado Miembro.

Dicha información deberá remitirse a los PIC de todos los países donde se comercialice la mezcla. Por el momento ni los requisitos de información, ni el procedimiento de envío de la misma están armonizados a nivel europeo. Esto supone un claro problema a la hora de cumplir con las obligaciones del artículo 45, ya que, damos fé, en ocasiones es sumamente complicado averiguar qué, dónde y cómo hay que enviar la información.

Mediante esta guía pretendemos facilitar en lo posible esta tarea con los datos que hemos obtenido a través de las Asociaciones Industriales y Helpdesk Nacionales. Como se puede ver no constan los datos de todos los Estados Miembros, ya que en ocasiones nos ha sido imposible conseguirlos. Este informe se actualizará de forma periódica y siempre que surja nueva información.

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1. Alemania

1.1 Tasas:

Sin tasas.

1.2 Legislación relevante:

En el CLP-Anpassungsgesets se encuentra la base legal para la notificación de la información relevante a los Poison Information Centers. Para descargar el documento diríjase a:

http://www.simmchem.de/downloads/recht/2011/CLP-Anpassungsgesetz.pdf

1.3 Requisitos de notificación:

En la CLP Anpassungsgesets se amplía el ambito de aplicación de las mezclas a notificar respecto a la anterior legislación Chemikaliengesetz. Deberán notificarse todas las mezclas peligrosas incluidos productos de consumo y mezclas „B2B“.

Tanto fabricantes como importadores que comercialicen mezclas peligrosas en el mercado alemán deberán notificar, tal y como indica el Artículo 28 (12) de la legislación anteriormente mencionada.

No es necesario la notificación de la composición completa sino que es suficiente con enviar la información de la Ficha de Datos de Seguridad (FDS). Se distingue entre dos tipos de mezclas, „mezclas antiguas“, aquellas comercializadas antes de diciembre de 2011, fecha de entrada en vigor del CLP-AnpassungsG., y „mezclas nuevas“ aquellas comercializadas despúes de la entrada en vigor de dicha legislación. Los requisitos son distintos para unas y otras:

- Mezclas nuevas: se notificarán a través de la FDS (en alemán), en el formato electrónico adecuado al Institut für Arbeitsschutz desde la entrada el vigor del CLP-AnpassungsG. Debe de hacerse la notificación antes de la puesta en el mercado de la mezcla.

- Mezclas antiguas: deberían haberse notificado a fecha de 1 de junio de 2012.

La notificación a través de la FDS se mantendrá en vigor hasta julio de 2014, pudiendo extenderse esté periodo dependiendo de las negociaciones a nivel europeo para la implementación de un notificación armonizada de la información a la que se refiere el Artículo 45 del Reglamento CLP.

La ficha de envío de información puede consultarse en:

http://www.bfr.bund.de/cm/343/meldebogen-fuer-das-bfr-freiwillige-meldung.pdf

1.4 Envio de la información al Poison Center:

La información relevante, en este caso la FDS, deberá enviarse al Institut für Arbeitsschutz, IfA, el instituto de seguridad ocupacional alemán, a través de los mecanismos con los que ya contaban. Para más información sobre el envio de las FDS puede consultarse el siguiente enlace al Ifa:

http://www.dguv.de/ifa/de/gestis/isi-db/isi2/index.jsp

En dicha página se informa de que:

a) Las FDS deberán enviarse en PDF

b) Se le atribuirá un nombre de archivo al nombre específico del producto en un archivo separado. Más información en el enlace anterior.

c) IfA otorgará a cada empresa un „company code number“, FCN, dicho número se puede solicitar diréctamente a través de un formulario que puede descargarse del enlace anteriomente indicado.

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Éxiste un helpdesk especifico para estos asuntos cuyos datos se incluyen a continuación:

Dr. Ute Kringel – Institut für Arbeitsschutz der DGUV (IfA)

111 Alte Heerstraße - 53757 Sankt Augustin

Tel.: 02241 231-2740, Fax: 02241 231-2234

Email: [email protected]

1.5 Enlaces de interés:

Legislación: http://www.simmchem.de/downloads/recht/2011/CLP-Anpassungsgesetz.pdf

Poison Center: http://www.dguv.de/ifa/de/gestis/isi-db/isi2/index.jsp

Helpdesk REACH y CLP: www.reach-clp-helpdesk.de

Helpdesk IfA: [email protected]

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2. Austria

2.1 Tasas: Sin tasas

2.2 Legislación relevante:

Chemikaliengesetz 1996, BGBl. I Nr.53/1997 (Chemicals Law, as amended)

Chemikalienverordnung 1999, BGBl. II Nr.81/2000 (Chemicals Ordinance, as amended)

2.3 Requisitos de notificación:

Austria tiene dos registros para las FDS

http://www.ris.bka.gv.at/GeltendeFassung.wxe?Abfrage=Bundesnormen&Gesetzesnummer=20000478

1) Una empresa que comercialice una mezcla en Austria por primera vez deberá enviar la FDS de la mezcla al Umweltbundesamt (Agencia Federal de Medio Ambiente) si:

- La mezcla se clasifica como peligrosa o

- La mezcla no está clasificada como peligrosa pero contiene, en concentración individual >=1% en peso para mezclas no gaseosas y >=0,2 % en volumen para mezclas gaseosas, una sustancia que supone un preligro para la salud humana o el medio ambiente o una sustancia para la cual existen límites de exposición en el lugar de trabajo.

http://www.umweltbundesamt.at/umweltsituation/chemikalien/chem_register/sdb-register/

2) La empresa que comercialice una mezcla, clasificada como muy tóxica, tóxica o corrosiva en el mercado Austriaco para el público en general deberá noticar la mezcla al Umweltbundesamt

http://www.umweltbundesamt.at/umweltsituation/chemikalien/chem_register/giftinformations-vo/

2.4 Envio de la información al Poison Center:

Dirección: Umweltbundesamt, Abt. Chemikalien, Spittelauer Lände 5, 1090 Wien

Correo electrónico: sdbreg@umweltbundesamt

2.5 Enlaces de interés:

Legal Information System of the Republic of Austria http://www.ris.bka.gv.at/Bund/

Austrian REACH-Helpdesk: www.reachhelpdesk.at

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3. Bélgica

3.1 Tasas:

125 euros por mezcla notificada

3.2 Legislación relevante:

Directiva de preparados peligrosos 1999/45/CE del 11 de enero de 1993.

Informe RIVM 233900001/2007: http://www.rivm.nl/bibliotheek/rapporten/233900001.pdf

3.3 Requisitos de notificación:

Se notifican mezclas peligrosas, biocidas y cosméticos.

Productos de consumo:

• Composición exacta.

• Concentración exacta de sustancias clasificadas y concentración en rangos (2.5-10%, 10-25%, 25-50%, 50-100%) de sustancias no peligrosas.

Productos de uso industrial o profesional:

• Composición: T, T+ substances > 0,1%. Xn, Xi substances > 1% Deberá constar además un teléfono disponible durante 24 horas donde se pueda obtener información acerca de la composición exacta. Si no es posible deberá facilitarse la composición completa incluyendo sustancias no peligrosas.

• Concentración en rangos no especificados.

3.4 Envio de la información al Poison Center:

• Formulario de notificación: Formato libre, se pude utilizar la Ficha de Datos de Seguridad. Si el contenido no cumple con los requisitos deberá ir acompañada de un formulario de registro, “EDF form”. La información del producto puede enviarse en Word o PDS junto con el EDF form (disponible como Excel en la página web del Centre National de Prévention et de Traitement des Intoxications).

• Notificación electrónica: Se puede notificar electrónicamente, ir a su página web para más información.

Datos de contacto:

Centre National de Prévention et de Traitement des Intoxications

Dirección : Rue Bruyn, 1120 Bruxelles, Belgium

Telefono: +32 22649640 / Fax: +32 22649640

3.5 Enlaces de interés:

Centre National de Prévention et de Traitement des Intoxications : www.poisoncentre.be

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4. Bulgaria

4.1 Tasas:

No hay información

4.2 Legislación relevante:

Directiva de preparados peligrosos 1999/45/CE del 11 de enero de 1993.

Informe RIVM 233900001/2007:

http://www.rivm.nl/bibliotheek/rapporten/233900001.pdf

4.3 Requisitos de notificación:

Se notifican mezclas peligrosas y biocidas.

4.4 Envio de la información al Poison Center:

La persona responsable de la comercialización de un biocida o mezcla clasificada como peligrosa por sus propiedades fisicoquímicas y/o toxicológicas debe enviar al Esta información se envia al National Toxicology Center (Hospital for Active Medical Treatment and Emergency Medicine "N.I.Pirogov", Sofia, Bulgaria).

http://www.chemicals.moew.government.bg

4.5 Enlaces de interes:

Poison Center: http://www.pirogov.bg/Default.aspx?alias=www.pirogov.bg/en

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5. Chipre

5.1 Tasas:

No hay información

5.2 Legislación relevante:

Reglamento (CE) No 1272/2008 CLP.

5.3 Requisitos de notificación:

Se adjunta formulario como Anexo I.

5.4 Envio de la información al Poison Center:

5.5 Enlaces de interés:

Poison Center: www.mlsi.gov.cy

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6. Dinamarca

6.1 Tasas: Sin tasas

6.2 Legislación relevante:

Working Environment Act (S.49a)

http://www.at.dk/sw12403.asp

Special regulation for the Product register including guidelines:

http://www.at.dk/sw12580.asp

6.3 Requisitos de notificación:

Se notificarán, en papel o electrónicamente, los productos que cumplan alguno de los siguiente criterios:

1. Sustancias y materiales clasificados como peligrosos según las normas de clasificación del Ministerio de Medio Ambiente Danés.

2. Sustancias y materiales con valores límite por contaminación de aire en el lugar de trabajo estipulados por el Servició Danés de Salud en el Trabajo.

3. Materiales que contengan un 1% o más (0.2% para gases) de una sustancia con valores límite por contaminación de aire en el lugar de trabajo estipulados por el Servició Danés de Salud en el Trabajo.

4. Materiales que contengan un 1% o más (0.2% para gases) de una sustancia clasificada como peligrosa para la salud humana o el medio ambiente de acuerdo con las normas de clasificación del Ministerio de Medio Ambiente Danés.

5. Sustancias y materiales que deban considerarse como peligrosas o con efectos adversos sobre la seguridad y la salud.

Existen ciertas exenciones:

1. Alimentos, bebidas y tabaco listos para el consumo 2. Productos farmaceuticos preparados para el consumo 3. Aditivos alimentarios 4. Cosméticos 5. Residuos 6. Materiales que contengan sustancias radioactivas 7. Equipo médico

6.4 Envio de la información al Poison Center:

El Registro Danés de Productos Químicos dirije el registro central de sustancias y productos químicos para uso de las autoridades en cuanto a la salud y seguridad ocupacional y medio ambiente. El Registro de Productos es competencia de la Autoridad Danesa de Ambiente en el Trabajo dependiente del Ministerio de Trabajo, que es responsable de obtener y almacenar la información acerca de los productos químicos comercializados en Dinamarca.

• En papel:

La información debe enviarse a través de un formulario en papel a „Product Register“, que lo envía a la oficina ejecutiva. Esta última comprueba la información y la integra en la base de datos. Cuando se recibe toda la inforamción necesaria se recibe un acuse de recibo junto a un „Product Register No“.

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• Envío electrónico:

Para el envío electrónico diríjase a http://www.at.dk/sw12553.asp

Si la empresa utiliza el producto para uso interno, la identificación de la empresa se mantiene confidencial.

6.5 Enlaces de interés:

CLP helpedesk: http://www.clphelpdesk.dk

Product Register: http://arbejdstilsynet.dk/en/engelsk/produktregistret/om-produktregistret.aspx

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7. Eslovaquia

7.1 Tasas:

No hay información.

7.2 Legislación relevante:

La situación en los Eslovaquia está descrita en informe RIVM 233900001/2007 „Artículo 17 de la Directiva de Preparados Peligrosos 1999/45/CE“:

http://www.rivm.nl/bibliotheek/rapporten/233900001.pdf

7.3 Requisitos de notificación:

No cuenta con un registro de productos como tal pero recoge la información requerida por la Directiva 67/548/CEE (DSD) y la Directiva 793/93/CE ya derogada.

7.4 Envio de la información al Poison Center:

Sin información.

7.5 Enlaces de interés:

Información pública disponible en: http://www.cchlp.sk

CLP Helpdesk: http://www.helpdesk.ccsp.sk

Poison Information Center: http://www.ntic.sk/ntic-en.php

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8. Eslovenia

8.1 Tasas:

No hay información.

8.2 Legislación relevante:

8.3 Requisitos de notificación:

8.4 Envio de la información al Poison Center:

8.5 Enlaces de interés:

Helpdesk de REACH y CLP www.uk.gov.si

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9. España

9.1 Tasas:

Existen Tasas de 30 euros por alta de sustancia y 15 euros por actualización de la información.

También es posible pagar una tasa anual de 10.000 euros que cubre ya cualquier alta o modificación que se realice.

Se aplican tasas reducidas en función del tamaño de la empresa (50%-90%).

9.2 Legislación relevante:

• Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-14301

• Ley 8/2010, de 31 de marzo, por la que se establece el régimen sancionador previsto en los Reglamentos (CE) relativos al registro, a la evaluación, a la autorización y a la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH) y sobre la clasificación, el etiquetado y el envasado de sustancias y mezclas (CLP), que lo modifica.

http://www.boe.es/boe/dias/2010/04/01/pdfs/BOE-A-2010-5293.pdf

• Resolución de 20 de noviembre de 2012, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se aprueba el modelo 790 de autoliquidación de la tasa por el alta y la modificación de fichas toxicológicas en el registro de productos químicos.

http://www.boe.es/boe/dias/2012/11/22/pdfs/BOE-A-2012-14362.pdf

9.3 Requisitos de notificación:

El organismo responsable es el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, INTCF, nombrado en la Ley 8/2010.

Se debe dar la composición completa en rangos. Los rangos varían dependiendo de la peligrosidad de la sustancia.

También debe adjuntarse la Ficha de Datos de Seguridad.

9.4 Envio de la información al Poison Center:

Hasta la fecha el envío se hace a través de una ficha en papel (Anexo II) que debe solicitarse al INTCF a través de la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected] En breve estará disponible una herramienta informática para facilitar el envio online de la información.

9.5 Enlaces de interés:

INTCF:http://institutodetoxicologia.justicia.es/wps/portal/intcf_internet/servicios/departamento_madrid/

Portal de información REACH: http://www.portalreach.info/enlaces/numero-de-telefono-de-emergencia-que-debe-incluirse-en-el-epigrafe-1-4-de-la-ficha-de-datos-de-seguridad-2/

FEIQUE: https://www.feique.org

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10. Finlandia

10.1 Tasas:

Existen tasas que se factura en tres plazos a lo largo del año y aplica a aquellos productos comercializados que por ley están sujetos a presentar información (notificaciones químicas). Las tasas se estipulan en el “Decree 1302/2010” del Ministerio de Empleo y Economia Finés.

La tasa para el procesado de la información se basa en el número de notificaciones enviadas por la empresa. Actualmente la tasa anual es:

- 36 €/notificación por año de 1 a 200 notificaciones. - 18 €/notificación por año para 201 o más notificaciones.

10.2 Legislación relevante:

La situación en Finlandia es básicamente la misma a la descrita en el informe RIVM 233900001/2007 „Artículo 17 de la Directiva de Preparados Peligrosos 1999/45/CE“ aunque hay cambios menores en la Administración del registro de producto, cantidad de información y tasas:

10.3 Requisitos de notificación:

Administración y nuevas direcciones: la información solicitada en la notificación es básicamente la misma a la presentada en la Ficha de Datos de Seguridad. No hay un formato obligatorio para el envío, pero puede utilizarse el formulario de muestra disponible en la página web de la Asociación Nacional Finlandesa: http://www2.chemind.fi/home

Las notificaciones de productos químicos se almacenan en el Product Register of Chemicals utilizado por el Poison Information Center y diversas autoridades. Hay una versión pública del inventario que proporciona acceso a información básica sobre cada producto químico.

Cantidad de información: La información sobre mezclas peligrosas debe presentarse de forma anual, siendo febrero el plazo límite anual. La cantidad anual de productos químicos fabricados o importados debe indicarse en toneladas según los siguientes rangos: 0.1-1 T, 1-10 T, 10-100 T, 100-500 T, 500-1000 T. Para cantidades superiores a las 1000 T la información debe enviarse con una precisión de ±20%

10.4 Envio de la información al Poison Center:

La notificación debe hacerse en finés o sueco. Se puede presentar en papel o electrónicamente, las direcciones son:

• En papel: Finnish Safety and Chemicals Agency (Tukes) Product Register of Chemicals Kalevantie 2 FI-33100 Tampere, Finland

• Email a: [email protected]

10.5 Enlaces de interés:

Página web de la Agencia de productos químicos: http://www.tukes.fi/en/

Helpdesk de REACH: www.reachneuvonta.fi

Helpdesk de CLP: www.clpneuvonta.fi

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Poison Center: http://www.hus.fi/default.asp?path=59;403;19336;9739;9541

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11. Francia

11.1 Tasas:

Sin Tasas

11.2 Legislación relevante:

La situación en Francia está descrita en informe RIVM 233900001/2007 „Artículo 17 de la Directiva de Preparados Peligrosos 1999/45/CE“: http://www.rivm.nl/bibliotheek/rapporten/233900001.pdf

11.3 Requisitos de notificación:

Información sobre que declarar y como en el siguiente enlace:

https://www.declaration-synapse.fr/synapse/jsp/index.jsp

11.4 Envio de la información al Poison Center:

Información sobre que declarar y como en el siguiente enlace:

https://www.declaration-synapse.fr/synapse/jsp/index.jsp

11.5 Enlaces de interés:

Helpdesk de REACH: http://www.reach-info.fr

Helpdesk de CLP: http://www.clp-info.fr

Servicio de Asistencia Reglamentaria REACH: http://www.ineris.fr/reach-info/jsp/index.jsp?content=orfila

Portal de envío de información toxicológica: https://www.declaration-synapse.fr/synapse/jsp/index.jsp

Poison Information Centers: www.centres-antipoison.net

Asociación de Industria Química: http://www.uic.fr

19

12. Grecia

12.1 Tasas:

Sin Tasas

12.2 Legislación relevante:

Decision of the Supreme Chemical Council No. 265/02, no disponible en inglés, la versión griega se puede solicitar a: Kapodistriou 34, P.C. 10677, tel.: 0030 210 52 79000

12.3 Requisitos de notificación:

El Laboratorio Estatal de Química General es el encargado de recibir la información, incluida la composición química, sobre las mezclas puestas en el mercado y consideradas peligrosas para la salud humana o por sus efectos fisicoquímicos.

La información enviada será utizada para el registro en el Registro Nacional de Productos Químicos, al que tiene acceso el Poison Center.

12.4 Envio de la información al Poison Center:

El resgistro puede realizarse a través de la página web del Helpdesk griego utilizando una herramienta informática disponible en el siguiente enlace, donde también puede encontrar las instrucciones de uso.

http://www.gcsl.gr/index.asp?a_id=310&txt=y&show_sub=1

La información que se debe enviar es la Ficha de Datos de Seguridad Ampliada del Producto y los siguientes archivos que genera la herramienta anterior una vez se guarda el archivo:

• Comp.gx

• Prod.gxk

• Version.ini

12.5 Enlaces de interés:

Registro de Productos Químicos: http://www.gcsl.gr/index.asp?a_id=310&txt=y&show_sub=1

Website del Helpdesk: www.gcsl.gr

Correo del Helpdesk: [email protected]

20

13. Hungria

13.1 Tasas: Sin Información 13.2 Legislación relevante:

13.3 Requisitos de notificación:

13.4 Envio de la información al Poison Center:

13.5 Enlaces de interés:

REACH Helpdesk: http://okbi.hu/index.php/hu/reach

CLP Helpdesk: http://okbi.hu/index.php/hu/ghs

21

14. Irlanda

14.1 Tasas:

No hay información

14.2 Legislación relevante:

14.3 Requisitos de notificación:

14.4 Envio de la información al Poison Center:

14.5 Enlaces de interés:

Health and Safety Authorities: www.hsa.ie/clp

Poison Information Center: www.poisons.ie/manufacturers.asp

22

15. Islandia

15.1 Tasas:

Sin Información

15.2 Legislación relevante:

15.3 Requisitos de notificación:

15.4 Envio de la información al Poison Center:

15.5 Enlaces de interés:

Poison Center: [email protected]

REACH y CLP Helpdesk: http://www.ust.is/atvinnulif/efni/reach/

23

16. Italia

16.1 Tasas:

Sin tasas para el cumplimiento del artículo 45 de CLP, pero hay tasas para incluir el teléfono de emergencia en la Ficha de Datos de Seguridad, ya que los Poison Centers no son organismos oficiales.

16.2 Legislación relevante:

Reglamento (CE) No 1272/2008 o Reglamento CLP.

16.3 Requisitos de notificación:

Deben notificarse todas aquellas mezclas clasificadas como peligrosas pra la salud humana o clasificadas por algún peligro físico-químico.

16.4 Envio de la información al Poison Center:

La información se enviará a las autoridades competentes en el formato que estos les indiquen, un FTP con contraseña, llamdo ISSFormula. El formulario puede descargarse en la siguiente página:

http://www.preparatipericolosi.iss.it/software.aspx

La información irá al Archivo de Preparados Peligrosos, al que tienen acceso 10 Poison Centers (no son organismos oficiales).

16.5 Enlaces de interés:

Autoridad Competente: http://www.iss.it/hclp

24

17. Letonia

17.1 Tasas:

Sin Tasas.

17.2 Legislación relevante:

Regulation of the Cabinet of Ministers of the Republic of Latvia No.575 (June 29, 2010) "Regulation on Accounting Order of Chemical Substances and Mixtures, and the Data Base"

http://www.likumi.lv/doc.php?id=212619 (solo disponible en Letón)

17.3 Requisitos de notificación:

Deben notificarse todas sustancias y mezclas importadas a Letonia que superen los 100kg/año y se clasifiquen como tóxicas o muy tóxicas y aquellas que superen 10 kg/año si se trata de sustancias clasificadas como CMR.

Para todas estas sustancias se enviará la Ficha de Datos de Seguridad y un informe adjunto denominado „Report“. Dicho informe se puede presentar post factum hasta el 1 de marzo del 2013.

La obligación recae en el fabricante o importador pero es posible nombrar un representante legal para cumplir con dicha obligación.

17.4 Envio de la información al Poison Center:

De momento la información debe enviarse en papel. Se espera que se desarrolle una herramienta informática en breve.

http://www.meteo.lv/chemical/

17.5 Enlaces de interés:

Latvian REACH and CLP Helpdesk www.meteo.lv

25

18. Liechtestein

18.1 Tasas:

Existen tasas, la cantidad varía dependiendo de la cantidad de productos a notificar.

18.2 Legislación relevante:

Depende de Swiss Toxicological Information Centre (STIZ) en Suiza.

18.3 Requisitos de notificación:

Los fabricantes no liechtensteinianos deben firmar un contrato con STIZ, que garantiza que la documentación del producto está disponible.

18.4 Envio de la información al Poison Center:

De momento la información debe enviarse en papel. Se espera que se desarrolle una herramienta informática en breve.

http://www.meteo.lv/chemical/

18.5 Enlaces de interés:

Swiss Toxicological Information Centre (STIZ): www.toxi.ch

Helpdesk REACH y CLP Liechtenstein: http://www.llv.li/

26

19. Lituania

19.1 Tasas: Sin Información 19.2 Legislación relevante:

19.3 Requisitos de notificación:

19.4 Envio de la información al Poison Center:

19.5 Enlaces de interés:

Website Helpdesk: www.gamta.lt

E-mail Helpdesk: [email protected]

Poison Center: http://www.tox.lt/

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20. Luxemburgo

20.1 Tasas:

No hay información.

20.2 Legislación relevante:

Nueva Ley: Luxembourgish law on the implementation of REACH and CLP in Luxembourg (Loi du 16 décembre 2011 concernant l’enregistrement, l’évaluation et l’autorisation des substances chimiques ainsi que la classification, l’étiquetage et l’emballage des substances et mélanges chimiques)

20.3 Requisitos de notificación:

La ley anteriormente citada identifica en su Artículo 10 al Ministerio de Sanidad como responsable de recibir la información. Este artículo también indica que puede delegar dicha responsabilidad en otra entidad. El ministerio se encuentra ahora en periodo de negociaciones y aún no se ha establecido ningún mecanismo de envio de la información.

20.4 Envio de la información al Poison Center:

No existe procedimiento.

20.5 Enlaces de interés:

Helpdesk REACH y CLP Luxemburgo: http://www.reach.lu/

28

21. Malta

21.1 Tasas: Sin Información 21.2 Legislación relevante:

21.3 Requisitos de notificación:

21.4 Envio de la información al Poison Center:

21.5 Enlaces de interés:

CLP Helpdesk: www.mccaa.org.mt/en/chemicals

29

22. Noruega

22.1 Tasas:

Es necesario pagar tasas que varían dependiendo de la cantidad de productos a registrar y de las actualizaciones anuales que son obligatorias.

22.2 Legislación relevante:

Product Control Act

The Working Environment Act

The Fire Prevention Act

22.3 Requisitos de notificación:

Noruega tiene un registro central de productos químicos peligrosos comercializados por encima de las 100 Kg/año. Es necesario aportar información acerca de:

• la empresa responsable • composición del producto • sectores de uso • tipo de producto • clasificación • cantidades producidas/ importadas/ exportadas • todos los nombres bajo los que se comercializa

La información acerca de la composición y beneficio se trata como confidencial, además cantidades estadísticas y areas de uso y tipo de producto también se consideran confidenciales si son pocas empresas las implicadas. Toda la información debe actualizarse anualmente.

El acceso a la información está restringido a personal autorizado nombrado por las autoridades competentes. La información se usa para las labores propias de las Autoridades, Información acerca de toxicidad y trabajo legislativo.

La composición debe darse al completo, porcentaje en peso exacto y todos los componentes incluidos los no peligrosos.

22.4 Envio de la información al Poison Center:

• La información se presentará por correo ordinario a: Po. Box 8100 Dep, 0032 Oslo, Norway • A través de una declaración electrónica que está disponible en inglés en la siguiente página web:

http://www.klif.no/no/english/english/The-Product-Register/Declaration-of-Products/

22.5 Enlaces de interés:

Climate and Pollution Agency: http://www.klif.no/no/english/english/

Product Register: http://www.klif.no/no/english/english/The-Product-Register/

Información sobre procedimientos: http://www.klif.no/no/english/english/The-Product-Register/Declaration-of-Products/

30

23. Paises Bajos

23.1 Tasas:

Sin tasas

23.2 Legislación relevante:

La situación en los Paises Bajos está descrita en informe RIVM 233900001/2007 „Artículo 17 de la Directiva de Preparados Peligrosos 1999/45/CE“: http://www.rivm.nl/bibliotheek/rapporten/233900001.pdf

23.3 Requisitos de notificación:

Se debe proporcionar la composición completa incluidas las sustancias no peligrosas de la mezcla pero pueden utilizarse los rangos descritos en el Informe anteriormente nombrado.

https://productnotification.nl/legislation .htm

23.4 Envio de la información al Poison Center:

La información se enviará a la siguiente dirección

https://www.productnotification.nl/home.htm;jsessionid=bcbVQTfbt3BhSX7tsM2htv2yGpn2jmQ9hnSp2K1Jc72PNm1q9J24!-1721116623

23.5 Enlaces de interés:

Helpdesk REACH y CLP Paises Bajos: http://www.ghs-helpdesk.nl/

Información para notificación en el National Poisons Information Center (NVIC):

https://www.productnotification.nl/home.htm;jsessionid=bcbVQTfbt3BhSX7tsM2htv2yGpn2jmQ9hnSp2K1Jc72PNm1q9J24!-1721116623

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24. Polonia

24.1 Tasas: Sin Información 24.2 Legislación relevante:

24.3 Requisitos de notificación:

24.4 Envio de la información al Poison Center:

24.5 Enlaces de interés:

Helpdesk de REACH y CLP: www.reach.gov.pl

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25. Portugal

25.1 Tasas: Sin tasas

25.2 Legislación relevante:

Toda la legislación relativa a esta obligación puede encontrarse en la siguiente página web:

www.inem.pt/PageGen.aspx?WMCM_PaginaId=41990

25.3 Requisitos de notificación:

Los requisitos de notificación se encuentrán en el siguiente enlace:

http://www.inem.pt/PageGen.aspx?WMCM_PaginaId=42184

25.4 Envio de la información al Poison Center:

La información se enviará al siguiente correo electrónico [email protected]

25.5 Enlaces de interés:

Poison Information Center: http://www.inem.pt/PageGen.aspx?WMCM_PaginaId=41918

REACH y CLP Helpdesk: http://www.reachhelpdesk.pt

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26. Reino Unido

26.1 Tasas:

Sin Tasas

26.2 Legislación relevante:

Reglamento (CE) No 1272/2008 CLP.

26.3 Requisitos de notificación:

El organismo encargado de recibir la información en Gran Bretaña es el National Poisons’ Information Service (NIPS). Este recoge, almacena y distribuye la información sobre los productos químicos a los profesionales médicos y otros servicios de emergencia.

El NPIS no tiene un teléfono de emergencias para consumidores o trabajadores, por lo que su número no puede incluirse en las Fichas de Datos de Seguridad como teléfono de emergencia.

La clasificación y el etiquetado de sustancias es público, pero la composición y el volumen se tratan de manera confidencial. La empresa que notifique deberá indicar que información considerá confidencial.

Deben enviarse las Fichas de Datos de Seguridad.

26.4 Envio de la información al Poison Center:

Los datos de contacto con el NPIS pueden encontrarse en la siguiente página web:

http://www.npis.org/productdatacentre.html

En esta página se indica que para que el NPIS proporcione información lo más detallada posible, los fabricantes y proveedores de productos químicos deben facilitar una Ficha de Datos de Seguridad que contenga la composición de la sustancia o mezcla. Esta información se introduce entonces en su base de datos TOXBASE.

Las Fichas de Datos de Seguridad se envían a la siguiente dirección de correo electrónico [email protected].

Nota: De acuerdo con el Portal de apoyo REACH de Gran Bretaña:

„Please note that the CLP Regulation does not state that there is a specific duty for the formal submission of hazardous information to poison centres. Instead, the duty is for the member state to appoint such a body and for that body to be able to receive and hold the information relevant for an emergency response (including the chemical composition of mixtures placed on the market and classified as hazardous based on physico-chemical properties or adverse health effects).”

26.5 Enlaces de interés:

TOXBASE: http://www.toxbase.org/

Helpdesk REACH: http://www.hse.gov.uk/reach

Helpdesk CLP: http://www.hse.gov.uk/ghs/eureg.htm

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27. República Checa

27.1 Tasas:

Sin tasas

27.2 Legislación relevante:

Las disposiciones acerca de la notificación de información sobre mezclas peligrosas de acuerdo con el Artículo 45 del Reglamento CLP se encuentran en el Act. No. 350/2011 Coll. On Chemical Substances and Chemical Mixtures (Chemical Act) y los detalles se encuentran ene l Decree of Ministry of Health (en preparación).

27.3 Requisitos de notificación:

Es competencia del Ministerio de Sanidad.

La información se comparte con las autoridades, especialmente la con el Centro de Información Toxicológica.

El plazo para presentar la información es de 45 dias desde la fecha en que la mezcla se comercialice por primera vez en la República Checa. La información para mezclas, que ya estaban en el mercado desde el 1 de enero de 2012, deberá presentarse antes del 1 de diciembre de 2012 (se espera que haya un aumento del plazo al encontrase el Decreto en preparación).

27.4 Envio de la información al Poison Center:

Aún no disponible la información.

27.5 Enlaces de interés:

Helpdesk REACH y CLP Republica Checa: www.cenia.cz

Información para notificación:

https://www.productnotification.nl/home.htm;jsessionid=bcbVQTfbt3BhSX7tsM2htv2yGpn2jmQ9hnSp2K1Jc72PNm1q9J24!-1721116623

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28. Rumania

28.1 Tasas: Sin Información 28.2 Legislación relevante:

28.3 Requisitos de notificación:

28.4 Envio de la información al Poison Center:

28.5 Enlaces de interés:

Webform para consultas al Helpdesk de CLP: http://reach.anpm.ro/Helpdesk.aspx

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29. Suecia

29.1 Tasas:

Las tasas se calculan dependiendo del tonelaje

Cantidad en toneladas, Coste anual en Coronas

• 1–4 1,300 • 5–9 4,000 • 10–49 8,000 • 50–99 13,000 • 100–999 20,000 • 1,000–4,999 30,000 • 5,000–9,999 40,000 • 10,000–49,999 50,000 • 50,000–99,999 60,000 • 100,000 or more 75,000

29.2 Legislación relevante:

29.3 Requisitos de notificación:

La información relativa a los requisitos de notificación puede encontrarse en el siguiente enlace:

http://www.giftinformationscentralen.se/article.asp?CategoryID=7002

29.4 Envio de la información al Poison Center:

La información sobre el envío de la información puede encontrarse en el siguiente enlace:

http://www.giftinformationscentralen.se/article.asp?CategoryID=7002

29.5 Enlaces de interés:

Página principal de Kemikalieinspektionenk, KEMI: http://www.kemi.se/

Poison Information Center: http://www.giftinformationscentralen.se/article.asp?CategoryID=7002

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30. Suiza

30.1 Tasas:

Sin información sobre tasas.

30.2 Legislación relevante:

Chemical law.

30.3 Requisitos de notificación:

Según el Art. 18 de la Ley de Productos Químicos se notificarán las mezclas y sustancias peligrosas que no estén sujetas a otras legislaciones, como por ejemplo biocidas.

Existen excepciones:

• Cosméticos • Importaciones para uso privado • Sustancias y mezclas sólo clasificadas como muy inflamables o inflamables. • Productos intermedios • Sustancias y mezclas usadas únicamente para I+D • Sustancias y mezclas utilizadas exclusivamente en alimentación, alimentación animal y productos

terapeúticos • Fertilizantes que requieren autorización de la Oficina Federal de Agricultura (FOAG) • Explosivos o pirotecnicos que requieren autorización de acuerdo con la ordenanza de explosivos. • Sustancias y mezclas adquiridas en Suiza que hayan sido reenvasadas y comercializadas si no ha

habido ninguna modificación y se nombra al fabricante anterior.

www.bag.admin.ch

30.4 Envio de la información al Poison Center:

La información se remitirá a través de la siguiente página web:

http://www.bag.admin.ch/anmeldestelle/00932/index.html?lang=en

30.5 Enlaces de interés:

Oficina Federal de Salud: http://www.bag.admin.ch/anmeldestelle/00932/index.html?lang=en

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Anexo I: Formulario Chipre

REPUBLIC OF CYPRUS

MINISTRY OF LABOUR AND SOCIAL INSURANCE

DEPARTMENT OF LABOUR INSPECTION

CY-1493 NICOSIA

CHEMICAL PRODUCTS REGISTRY

INFORMATION COLLECTION

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E-mail: [email protected], web: www.mlsi.gov.cy/dli

PART A

A.1. COMPANY’S INFORMATION Company’s Official Name :…………….…………………..…………………………………………………..

Company’s Trade Name:…………………………………………...…………………….……….…………...

Company’s Director:..……………………………………...................………………………………………..

Postal Address:……………………..…………………………………………..……………………………….

P.O.Box:………………………………………...........................................................................................

Tel. 1:………………………………..…………….. Tel.2:……………..……….…………………….……

Fax:………………………………………….. Ε-mail:………………………………………………..

Full Name of the person responsible for the chemicals management:

……………………………………………………………………………………………….……………………

…………………………………………………………………………………………….………………………

Tel. Number: …………………………………………………………………………………………………….

Information is submitted for …….……………….…Chemical Substances (complete form B on page 2).

Information is submitted for ……….............................Chemical Mixtures (complete form C on page 3).

Has your company submitted any information on chemicals before?

Yes….

No.....

Date:……………………

………………………………………

Name of Authorised Person

Company’s Stamp

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INFORMATION COLLECTION

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PART B

B.1. INFORMATION ON CHEMICAL SUBSTANCE Please provide a copy of the Safety Data Sheet of the chemical substance

IUPAC NAME:……………………………………….………………………………………………………….

TRADE NAME or other NAME:……………………………………………………………………………….

B.2. CONCENTRATION1

Chemical Substance Number

% w/w CAS ΕC

1 Please provide information on the additives and / or the impurities present in the chemical substance B.3. GENERAL INFORMATION ON THE CHEMICAL SUBSTANCE

Uses:

B.4. QUANTITATIVE DATA Quantity

(Kg or

Tonnes)

2010 2011 2012

Quantity supplied to other European Companies:

Quantity supplied to Companies in Cyprus:

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B.5. Please provide the name(s) and contact information of the company(ies) in Cyprus

receiving the chemical substance.

……………………...…………………………………………………………………………………………..

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

B.6. Other Information

……………………...…………………………………………………………………………………………..

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

REPUBLIC OF CYPRUS

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INFORMATION COLLECTION

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PART C

C.1. INFORMATION ON CHEMICAL MIXTURE Please provide a copy of the Safety Data Sheet of the chemical mixture

TRADE NAME or other NAME:………………………………………………………….……………….

Other Characteristics:…….…………………………….…………………………………………………

C.2. CONCENTRATION1

Chemical Substances in

mixture

Number % w/w

CAS ΕC

1 Please provide information on the solvents, additives and / or impurities present in the chemical mixture

C.3. GENERAL INFORMATION ON THE MIXTURE

Uses:

C.4. QUANTITATIVE DATA Quantity

(Kg or Tonnes)

2010 2011 2012

Quantity supplied to other European

Companies:

Quantity supplied to Companies in Cyprus:

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C.5. Please provide the name(s) and contact information of the company(ies) in Cyprus

receiving the mixture.

……………………...…………………………………………………………………………………………..

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

C.6. Other Information

……………………...…………………………………………………………………………………………..

…………………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………

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Anexo II: Formulario España