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    Cartas invitacin emitidas

    por el SAT

    Su afectacin jurdica y

    consecuencias

    febrero de 2 13

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    PROCURADURA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Impuesto a los Depsitos en Efectivo julio 2008

    En 2011 el SAT inicio con una campaa intensiva de

    regularizacin del ISR

    Atacar la informalidad

    Ampliar la base de contribuyentes personas fsicas que

    perciban ingresos en efectivo, deban pagar ISR

    Justificacin cartas invitacin

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    DISPOSITIVOS LEGALES APLICADOS

    Articulo 59, fraccin III, del CFF:

    III. Que los depsitos en la cuenta bancaria del contribuyente queno correspondan a registros de su contabilidad que est obligadoa llevar, son ingresos y valor de actos o actividades por los que sedeben pagar contribuciones.

    Tambin se presumir que los depsitos que se efecten en unejercicio fiscal, cuya suma sea superior a $1,151,000.00 en las

    cuentas bancarias de una persona que no est inscrita en elRegistro Federal de Contribuyentes o que no est obligada allevar contabilidad, son ingresos y valor de actos o actividadespor los que se deben pagar contribuciones.

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    DISPOSITIVOS LEGALES APLICADOS

    Artculo 107 LISR. Cuando una persona fsica, aun cuando no estinscrita en el Registro Federal de Contribuyentes, realice en un ao

    de calendario erogaciones superiores a los ingresos que hubiere

    declarado en ese mismo ao, las autoridades fiscales procederncomo sigue:

    Se considerarn ingresos omitidos por la actividad preponderante

    del contribuyente o, en su caso, otros ingresos en los trminos del

    Captulo IX de este Ttulo, los prstamos y los donativos que no se

    declaren o se informen a las autoridades fiscales, conforme a loprevisto en los prrafos segundo y tercero del artculo 106 de esta

    Ley.

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    PROCURADURA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    La autoridad fiscal le seala al contribuyente que debe de

    regularizar de manera voluntaria su situacin fiscal en

    materia de ISR

    Acompaa propuesta de pago en parcialidades y los

    formularios de pagos

    Carta invitacin,sino paga

    Requerimientosobligaciones

    Crdito fiscal 41CFF

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    PROCURADURA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Inscribirlo ante RFC Bajo quergimen?

    Con el primero pago, se acepta

    obligarse al pago en parcialidades

    propuesta de la carta

    Exigibilidad mediante PAE de las

    parcialidades no pagadas

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    Afectacin de acogerse a regularizacin

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    PROCURADURA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

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    Ilegal la inscripcin de la autoridadal RFC (legislacin)

    Multas por no cumplimiento deobligaciones formales

    PAE parcialidades ilegal, al nohaber determinado en cantidadliquida crdito no es exigible

    Queja ante la Prodecon?

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    PROCURADURA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Amas de casa (pensin alimenticia) Integrantes mesas directivas escuelas publicas Clricos Adultos mayores (manutencin)

    Venta casa habitacin Venta vehculo usado

    Tipos de contribuyentes:

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    PROCURADURA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Administracin Local de Servicios al contribuyente

    Documentacin soporte

    Por escrito si es de 2009

    Electrnico con CURP de 2010

    Aclaracin administrativa

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    PROCURADURA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    CONSECUENCIAS JURDICAS DE LAS CARTAS INVITACIN

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    PROCURADURA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Artculo 14 LOTFJFA:

    El TFJFA conocer de los juicios que se promuevan contra las

    resoluciones definitivas, actos administrativos yprocedimientos que se indican a continuacin:

    I.- Las dictadas por autoridades fiscales federales y organismos

    fiscales autnomos, en que se determine la existencia de unaobligacin fiscal, se fije en cantidad liquida o se den las basespara su liquidacin

    Procedencia Juicio de Nulidad vs cartasinvitacin

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    PROCURADURA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    RECURSO DE RECLAMACIN.- EL QUE SE INTERPONE EN CONTRA DE LA ADMISIN DEDEMANDA DE CARTA INVITACIN, ES INFUNDADO.- Deviene infundado el recurso dereclamacin interpuesto por la Administracin Local Jurdica del Servicio de Administracin

    Tributaria, en contra del acuerdo a travs del cual se admite a trmite la demanda de

    nulidad interpuesta en contra del crdito determinado en la resolucin denominada carta

    invitacin, pues con independencia de la denominacin utilizada por la autoridad como?carta invitacin?, en la especie, se actualiza la hiptesis prevista por la fraccin I delartculo 14 de la Ley Orgnica de este Tribunal, pues dicha invitacin, es dictada por unaautoridad fiscal, determina y fundamenta una obligacin fiscal, la contenida en el artculo107 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y se fija una cantidad lquida, pues incluso sepreviene al invitado a regularizar su situacin (pagando) para que no se generen recargosy actualizaciones. En realidad, lo nico que se propone a travs de la carta invitacin es, laopcin en la forma de pago, ya sea en una sola exhibicin o en parcialidades, del crdito

    determinado mediante formulario mltiple de pago al que se le otorga un nmero de

    control. Por consiguiente, la carta invitacin debe ser considerada como resolucindefinitiva impugnable ante este Tribunal, de conformidad con el artculo 14, fraccin I dela Ley Orgnica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, deviniendo

    infundado el recurso de reclamacin interpuesto en contra de la admisin de la demanda

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    PROCURADURA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    CT 18/2013 Tema: Determinar si constituye o no una resolucin definitiva entrminos del artculo 14, fraccin I, de la Ley Orgnica del Tribunal Federal de Justicia

    Fiscal y Administrativa, para efectos de la procedencia del juicio contencioso

    administrativo, la carta invitacin que expide el Servicio de Administracin Tributaria

    de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, en la que conmina al contribuyente aregularizar su situacin fiscal con relacin al pago del impuesto sobre la renta,

    derivado de ingresos ciertos y determinados originados en depsitos en efectivo a su

    favor, realizados durante un ejercicio fiscal especfico. Sentido de la resolucin: 1. Sexiste la contradiccin de tesis denunciada. 2. Debe prevalecer con carcter de

    jurisprudencia el criterio precisado en el ltimo considerando de esta ejecutoria. La

    jurisprudencia se orientar en el sentido de que LA CARTA INVITACIN NOES IMPUGNABLE MEDIANTE JUICIO DE NULIDAD

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    PROCURADURA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Luego de tres requerimientos a la persona fsica

    para presentar su declaracin anula del ejercicio le

    determina un crdito fiscal el SAT con fundamento

    en el artculo 41 del CFF.

    Crdito fiscal

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    PROCURADURA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    Imponen una cantidad con

    base en que se conoce

    fehacientemente

    Informacin IDE Bancos

    Presuncin artculo 59,fraccin III, CFF

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    CRDITO FISCAL

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    PROCURADURA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

    CONTACTO

    M.I. Ivn Prez RuzSubdelegado de Vinculacin Institucional

    [email protected]

    Blvd. Ortiz Mena #2022, Fracc. Las Palmas, Chihuahua, Chih.

    (614) 260 65 00

    01 800 611 0190extensiones 2501, 2505 2514

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    mailto:[email protected]:[email protected]:[email protected]