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Consultores en gestión legal – empresarial
de negocios y empresas familiares
Resumen legal – empresarial
N° 15 – Año N° 1 (2da quincena agosto 2017)
empresarial Sonar
Consentimiento expreso
para incremento de línea de crédito
Dos cargos que los bancos no
pueden cobrar
Alquiler de espacios comunes
Informe especial:
Licencia de
funcionamiento de
negocios con giros
afines
Estandarizando el
procedimiento
Exportación de servicios
Procedimiento sancionador del
sistema de inspección del trabajo
Programa nacional tu
empresa
Licencia de funcionamiento de negocios con giros afines Estandarizando el procedimiento Recientemente se han promulgado diversos dispositivos que facilitan el desarrollo de actividades comerciales y económicas a través de medidas que simplifican los procedimientos administrativos para la obtención de permisos y licencias, como por ejemplo la licencia de funcionamiento, cuyas normas han sido modificadas en varias oportunidades. El objetivo es agilizar el trámite para la obtención de licencias de funcionamiento, ya que muchas empresas han visto este procedimiento como una traba burocrática para el inicio de sus actividades, incrementando sus costos, desincentivando la creación de nuevos emprendimientos, por la serie de documentos que solicitaban las municipalidades y que muchas veces no guardaba relación con la actividad que se pretendía iniciar.
Bastará con comunicar a la municipalidad, mediante una declaración jurada, los giros afines o complementarios que empezará a
desarrollar en el local comercial, De esta manera, una importante modificación a la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento dispuso que era posible otorgarse licencias que incluyan más de un giro, siempre que éstos sean afines o complementarios entre sí. Sin embargo, quedaba a discrecionalidad de las municipalidades definir qué se entendía por giro afín o complementario, generando incertidumbre entre los administrados, al no saber sí debían tramitar una modificación, ampliación o una nueva licencia de funcionamiento para las actividades afines que tenían proyectadas realizar.
INFORME ESPECIAL
2 Resumen legal – empresarial N° 15 Solis & Rodríguez, asociados
Contenido: INFORME ESPECIAL
2 Licencia de funcionamiento de
negocios con giros afines Estandarizando el procedimiento.
BALANCE LEGAL
4 Exportación de servicios y turismo
4 Proyecto de manual de advertencias
publicitarias
4 Programa nacional tu empresa
5 Facultad discrecional para no
determinar ni sancionar infracción de la
Ley general de aduanas
CONSEJOS Y NOTICIAS EMPRESARIALES
7 Consentimiento expreso para
incremento de línea de crédito
7 Se adicionan dos cargos que los
bancos no pueden cobrar
7 Servicio de alquiler de espacios
comunes
7 Prestación de servicios por médico
veterinario y comercialización de
medicinas
3 Resumen legal – empresarial N° 15 Solis & Rodríguez, asociados
Muchos negocios desarrollan actividades secundarias con giros afines o complementarios a la principal, entendiéndose como afín o complementario la actividad desarrollada por el titular de la licencia o tercero cesionario dentro de un mismo establecimiento y que puede coexistir sin afectar el normal funcionamiento de otro giro. Por ejemplo, imaginemos una bodega que además del expendio de productos alimenticios, abarrotes y otros, presta el servicio de agente bancario y durante las mañanas elabora sándwiches utilizando los productos que ya vende. Esta figura se repite en distinto lugares, y es un claro ejemplo de lo que se puede entender por giro afín o complementario; sin embargo, a falta de un criterio unificado en las municipalidades, en algunos casos los administrados se ven en la necesidad de tramitar nuevas licencias o ampliar las que ya tienen para incluir los servicios de agente bancario y venta de sándwiches. En respuesta a esta situación, el Ministerio de la Producción ha establecido cuales son los lineamientos para determinar los giros afines o
complementarios entre sí para el otorgamiento de licencias de funcionamiento (ver cuadro), así como el listado de actividades simultáneas y adicionales que pueden desarrollarse con la presentación de una declaración jurada ante las municipalidades. Por lo tanto, en caso el administrado realice otra actividad distinta a la que originó el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, bastará con comunicar a la municipalidad, mediante una declaración jurada, los giros afines o complementarios que empezará a desarrollar en el local comercial, precisando que cumple con los lineamientos. La incorporación de los giros será automática, pudiendo la municipalidad realizar la fiscalización posterior sobre el cumplimiento de los lineamientos y la evaluación de las condiciones de seguridad exigibles. De esta manera, la aplicación de estos lineamientos permitirá homologar criterios dentro de las municipalidades, generando predictibilidad en los administrados, reduciendo costos y fomentando la formalidad.
INFORME ESPECIAL
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LINEAMIENTOS
1 No aplicar de
manera restrictiva la
definición de giro afín o
complementario.
2 Los giros afines o complementarios
se desarrolla según lo
permitido en la zonificación.
5 La definición de
giro afín no condiciona la
evaluación del nivel de riesgo de la edificación que
se realiza.
4 La calificación está sujeta a restricciones
establecidas en disposiciones normativas.
3 No se empleará la
Clasificación Industrial
Internacional Uniforme.
BALANCE LEGAL
Empresa
4 Resumen legal – empresarial N° 15 Solis & Rodríguez, asociados
Ley que fomenta la exportación de servicios y
el turismo, Ley N° 30641 (17/08/2017).
De interés para la empresa: Para fines del impuesto a la Renta, ¿cuándo los
servicios se considerarán exportados?
a) Se presten a título oneroso desde el país hacia
el exterior, lo que debe demostrarse con el
comprobante de pago.
b) El exportador sea una persona domiciliada en
el país.
c) El usuario o beneficiario del servicio sea una
persona no domiciliada en el país.
d) El uso, la explotación o el aprovechamiento de
los servicios por parte del no domiciliado
tengan lugar en el extranjero.
El exportador deberá estar previamente inscrito en
el Registro de Exportadores de Servicios a cargo de
la SUNAT.
¿Qué operaciones se considerarán como
exportaciones?
• Los servicios de alimentación, traslados;
transporte turístico, espectáculos, entre otros.
• Servicios complementarios al transporte de
carga que se realice desde el país hacia el
exterior y el que se realice desde el exterior
hacia el país.
• El suministro de energía eléctrica a favor de los
sujetos domiciliados en las zonas especiales de
desarrollo (ZED).
• La prestación del servicio que se realiza
parcialmente en el extranjero por sujetos
generadores de rentas de tercera categoría.
Vigencia: a partir del 1 de setiembre de 2017.
Modificación de la Ley 26569 que establece
mecanismos aplicables a la transferencia de
puestos y demás establecimientos y/o
servicios de los mercados públicos de
propiedad de los municipios, Ley N° 30642
(17/08/2017).
Publican proyecto de Manual de Advertencias
Publicitarias, Resolución ministerial N° 683-2017-
MINSA (18/08/2017). De interés para la empresa: Las entidades públicas o privadas, y de la
ciudadanía en general, durante el plazo de noventa (90) días calendario pueden hacer llegar
sus comentarios.
Vea el proyecto aquí.
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Lineamientos para determinar los giros afines o
complementarios entre sí para el otorgamiento
de licencias de funcionamiento y listado de
actividades simultáneas, Decreto supremo N°
011-2017-PRODUCE (21/08/2017).
De interés para la empresa: Son 5 lineamientos que el administrado deberá
observar al momento de solicitar la incorporación
de los giros a la licencia de funcionamiento
mediante declaración jurada.
Esta norma entrará en vigencia en la fecha en la
que el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas
de Seguridad en Edificaciones entre en vigencia.
Crean Programa Nacional Tu Empresa,
Decreto supremo N° 012-2017-PRODUCE
(24/08/2017).
De interés para la empresa: El Programa Nacional “Tu Empresa” tiene por
objetivo beneficiar a las Mypes, a través de
facilidades para formalizarse, acceder a crédito
formal, digitalizarse, entre otros.
Este programa tiene una vigencia de 10 años.
En un plazo no mayor de 30 días hábiles, el Ministerio
de la Producción aprobará el Manual de
Operaciones y el Plan de Implementación del
Programa Nacional “Tu Empresa”.
Se faculta a INDECOPI a exonerar Tasas
Administrativas por el procedimiento de
solicitud de Registro de Marcas Colectivas y
Simplifica Procedimientos, Decreto supremo N°
086-2017-PCM (28/08/2017).
De interés para la empresa: La exoneración en el pago del derecho por Registro
de Marcas de Productos, Servicios, Colectivas y de Certificación, Nombre Comercial y Lema Comercial,
así como el régimen temporal de simplificación de
procedimientos está dirigido a para los que
domicilien o que su actividad económica se
desarrolle dentro de las zonas declaradas en
emergencia.
Tendrán una vigencia de 1 año.
Directiva que regula el Procedimiento
Sancionador del Sistema de Inspección del
Trabajo, Resolución N° 171-2017/SUNAFIL
(31/08/2017).
De interés para la empresa:
Puede Acceder al contenido del texto aquí.
5 Resumen legal – empresarial N° 15 Solis & Rodríguez, asociados
BALANCE LEGAL
A tener en cuenta:
Se aplica facultad discrecional para sancionar o
no:
• La infracción cometida por las empresas de
mensajería internacional, correo rápido o
courier, referida a la no conservación durante
5 años de toda la documentación de los
despachos en que haya intervenido, no entregar la documentación indicada por la
autoridad o que la documentación que se
conserva en copia no concuerde con la
original.
• La infracción cometida por el transportista o el
agenta de carga internacional referida a que
los documentos de transporte no figuren en los
manifiestos de carga.
Procedimiento Específico Inspección No
Intrusiva en la Intendencia de Aduana Aérea
y Postal CONTROL-PE.01.07 (versión 1),
Resolución N° 02-2017/SUNAT/310000
(26/08/2017).
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Comercio exterior
Decreto Supremo que aprueba el
Reglamento de los Revisores Urbanos,
Decreto supremo N° 022-2017-VIVIENDA
(18/08/2017).
A tener en cuenta:
El Reglamento tiene por finalidad regular la intervención del revisor urbano en el
procedimiento para la obtención de la
Licencia de Habilitación Urbana y/o Licencia de Edificación.
Formatos y formularios relativos a los
procedimientos de licencias de
habilitación urbana y licencias de edificación, Resolución ministerial N° 305-
2017-VIVIENDA (22/08/2017).
Modifican el TUPA del Gobierno Regional
de Arequipa incorporando procedimientos
correspondientes a la Gerencia Regional
de Vivienda Construcción y Saneamiento,
Ordenanza N° 370-AREQUIPA (26/08/2017).
Construcción
Bancario, financiero, seguros
Proyecto de modificación del Reglamento
de Fondos Mutuos de Inversión en Valores
y sus Sociedades Administradoras,
Resolución N° 029-2017-SMV/01
(18/08/2017).
A tener en cuenta: Hasta el 02 de setiembre se podrán remitir
opiniones. Ver Proyecto aquí.
Modifican Capítulo III Reumatología del Manual de Evaluación y Calificación del
Grado de Invalidez (MECGI), Resolución N°
3232-2017-SBS (19/08/2017).
Modifican el Reglamento de Operaciones
en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores
de Lima, Resolución N° 027-2017-
SMV/01(20/08/2017).
Reglamento de Gestión de Conducta de
Mercado del Sistema Financiero y
modifican el Manual de Contabilidad para
las empresas del sistema financiero y el
Reglamento de Tarjetas de Crédito y
Débito, Resolución N° 3274-2017
(21/08/2017).
Disposiciones de encaje en moneda
extranjera, Circular N° 0028-2017-BCRP
(21/08/2017).
Sustituyen párrafo del artículo 4 de los
Procedimientos para el Registro de la
Información Crediticia reportada en el
Reporte de Codeudores y de las
Rectificaciones de Información
Complementaria, Resolución N° 3362-2017-
SBS (26/08/2017).
A tener en cuenta: El reporte de codeudores debe enviarse con
periodicidad mensual, hasta 15 días siguientes al periodo de cierre. El primer envío a la central
de riesgos del reporte corresponde a la
información al cierre de mayo de 2019.
Modificación del Reglamento de la Ley
Marco de Promoción de la Inversión
Privada mediante Asociaciones Público
Contrataciones estatales e inversión Facultad discrecional para no determinar
ni sancionar infracción prevista en la Ley
General de Aduanas, Resolución N° 054-
2017-SUNAT/300000 y Resolución N° 055-
2017/30000 (17/08/2017).
BALANCE LEGAL
6 Resumen legal – empresarial N° 15 Solis & Rodríguez, asociados
Privadas y Proyectos en Activos y la Primera
Disposición Complementaria Transitoria del
Decreto Supremo N° 068-2017-EF, Decreto
supremo N° 243-2017-EF (22/08/2917).
Directiva “Lineamientos para la exclusión e inclusión de los Proveedores Adjudicatarios de
los Catálogos Electrónicos de Acuerdo
Marco”, Resolución jefatural N° 086-2017-PERU
COMPRAS (30/08/2017).
Modifican la denominación de la Directiva N°
004-2016-PERÚ COMPRAS, la cual en adelante
se denomina Proceso de Homologación de Requerimientos, Resolución jefatural N° 087-
2017-PERU COMPRAS (30/08/2017).
TUO del Decreto Legislativo del Marco de
Promoción de la Inversión Privada mediante
Asociaciones Público Privadas y Proyectos en
Activos, Decreto supremo N° 254-2017-EF
(31/08/2017).
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Modifican Reglamento de Seguridad y
Salud Ocupacional en Minería, Decreto supremo N° 023-2017-EM (18/08/2017).
Energía y minas
Tributario
Incluyen actos administrativos en el anexo de
la Resolución de Superintendencia N° 014-
2008/SUNAT, Resolución N° 217-2017/SUNAT
(23/08/2017).
Oficializan la versión 2017 de diversas Normas
Internacionales de Información Financiera
(NIC NIIF CINIIF y SIC), Resolución N° 002-
2017-EF/30 (25/08/2017).
Modifican Resolución de Superintendencia
que fija materia y montos para la emisión de
valores y diversas resoluciones de la
Intendencia de Principales Contribuyentes
Nacionales y sus unidades orgánicas
dependientes, Resolución N° 219-2017/SUNAT
(27/08/2017).
Aprueban nueva versión del PDT Planilla
Electrónica - PLAME Formulario Virtual N° 0601
y adecúan otras disposiciones a la
conclusión del Convenio Interinstitucional
Turismo
Ley que declara de interés nacional la puesta
en valor del valle del Colca del Valle de los
Volcanes y de la laguna de Salinas ubicados
en el departamento de Arequipa, Ley N°
30638 (16/08/2017).
Modificación de las disposiciones
reglamentarias para la elaboración del Plan
de Protección Conservación Promoción y
Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y
de su Zona de Influencia, Decreto supremo
N° 014-2017-MINCETUR (26/08/2017).
General
Ley de reforma del artículo 41° de la
Constitución Política del Perú, Ley N°
20/08/2017).
Indicadores económicos
Índices Unificados de Precios para las seis
Áreas Geográficas correspondientes al mes
de julio de 2017, Resolución jefatural N° 259-
2017-INEI (17/08/2017).
Factores de Reajuste aplicables a obras de edificación correspondiente a las seis Áreas
Geográficas para obras del sector privado
producidas en el mes de julio de 2017
Resolución jefatural N° 260-2017-INEI
(17/08/2017).
celebrado entre la SUNAT y la ONP para la
recaudación y transferencia de información
vinculada al seguro Asegura Tu Pensión,
Resolución N° 223-2017/SUNAT (31/08/2017).
CONSEJOS Y NOTICIAS EMPRESARIALES
Consentimiento expreso para incrementos de línea de crédito
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Se adicionan 2 cargos que los bancos no pueden cobrar
Los bancos no podrán cobrar comisiones por 2 cargos adicionales, que la SBS consideró que no cumple los criterios para ser considerados como comisiones. Estos cargos son: Envío de estados de cuenta de tarjetas de crédito a través de medios electrónicos. Envío de la información periódica requerida por los clientes, cuando el cliente haya elegido la remisión de la información a través de medios electrónicos.
Los incrementos de la línea de crédito no pueden efectuarse a través de modificaciones unilaterales por parte de las empresas financieras. Por lo tanto, no basta con un aviso previo, sino que debe requerirse el consentimiento expreso del cliente en cada oportunidad en que este se realice, dejando constancia expresa de la fecha a partir de la cual se procede a realizar el aumento de la línea de crédito. No se considerará el silencio del cliente como señal de aceptación.
El servicio de alquiler de espacios comunes que realiza la Junta de Propietarios de un edificio ¿califica como rentas de tercera categoría?
Sí. La Junta de Propietarios del edificio califica como comunidad de bienes y por ende como persona jurídica para efectos del Impuesto a la Renta. En este sentido, si la Junta de Propietarios alquila las áreas comunes del edificio a terceros está generando rentas de Tercera Categoría.
Por la prestación de servicios brindados por un médico veterinario quien a su vez realiza la comercialización de medicinas suministradas a las mascotas ¿Qué tipo de renta genera?
Si las rentas de Cuarta Categoría percibidas por los servicios de veterinaria se complementan con explotaciones comerciales, como es la venta de medicinas a las mascotas examinadas, obligan a considerar el total de la renta obtenida como Tercera Categoría.
7 Resumen legal – empresarial N° 15 Solis & Rodríguez, asociados
Áreas de práctica
Empresas familiares
Reflotamiento empresarial
Derecho de la empresa
Compraventa de empresas o negocios
Due diligence
Transacciones comerciales
Contrataciones estatales
Comercio internacional
Arbitraje
Particulares
Servicios adicionales
Asistencia legal preventiva
Protección de datos personales
Procuración
Capacitaciones y talleres
Desayunos empresariales
Consultas virtuales
Boletín legal – empresarial
Balance legal
Guías Reporte legal
Contacto Calle Espinar N° 335, Miraflores,
Arequipa, Perú.
Teléfono: +51 054 215595
Lunes a viernes:
9:00 am a 1:00 pm
3:30 pm a 7:00 pm
Sábados:
9:00 am a 12:00 m
Resumen legal elaborado por:
Cecilia
Rodríguez
Saico
Alexander
Guzmán
Solis
www.solisyrodriguez.com
Resumen legal – empresarial N° 15. Año N° 1 Segunda quincena de agosto 2017
Solis & Rodríguez, asociados
www.solisyrodriguez.com
Esta publicación sintetiza y divulga parte de
nuestro conocimiento y experiencia,
por ello, queda totalmente prohibida la reproducción total o parcial de esta
publicación.
Los comentarios de esta publicación deben
ser interpretados desde una perspectiva
general y no para un caso en concreto.
Edición, diseño y diagramación: Ema – Escuela de mediación arbitraje y
derecho internacional
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8 Resumen legal – empresarial N° 15 Solis & Rodríguez, asociados