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1Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

2916

9937

12035

14507 14995 14304

16965

23047

26469

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68189461

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14199 16666

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2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017

INGRESADOS

RESUELTOS

DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUEEVOLUCIÓN DE PROCESOS INGRESADOS VS RESUELTOS

2009 - 2017

Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL2

Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEMG. ALDO ENRIQUE ZAPATA LÓPEZ

Telf: 481030 - 239182

PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV

1. REMATE JUDICIAL

TERCERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO DE BIEN

INMUEBLE Expediente N° 00076-2013-0-1706-JR-CO-08, en los Autos seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra YTALA MAXIMINA ZEVALLOS AQUINO Sobre Ejecución de Garantías, el 8VO Juzgado Especializado en lo Civil -Comercial de Chiclayo, de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a cargo del Juez Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN, Especialista Legal Dra. BETTY VARIAS CESPEDES, Ha Dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN TERCERA CONVOCATORIA, El Bien INMUEBLE Siguiente:1.-Inmueble ubicado en la Calle Huallaga 379-A y Nazareth N° 486 Sección 101 del Asentamiento Humano Buenos Aires, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuyo Dominio, área, linderos, Medidas Perimétricas y demás características obran Inscrita en la Partida Electrónica No P10163171 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° ll-Sede Chiclayo.VALOR DE TASACIÓN: El Valor de Tasación Asciende a la Suma de US$92,393.20 Dólares Americanos.BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, menos un 15% menos otro 15% por tratarse de una 3era Convocatoria, lo que Asciende a la Suma de US$44,502.73 Dólares Americanos.AFECTACIONES: Bien Inmueble tiene las siguientes afectaciones:1.- CARGA TECNICA: Carga Técnica inscrita en el Asiento N° 00002 el 04-11- 2011.2.- HIPOTECA: Constituida hasta por la suma de S/.172,996.61 Nuevos Soles a favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU, inscrita en el Asiento N° 00004, el 26-12-2011.3.- INSCRIPCION DE EMBARGO: Constituido hasta por la suma de S/.18,000.00 Nuevos Soles a favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU, inscrita en el Asiento N° 00005, el 22-06-2015.FECHA Y HORA DEL REMATE: El Bien será Rematado el Día 14 de Junio del Año 2018, a Horas 11:00 AM. y será llevado a cabo por el Abogado Martillero Público Rudy Oscar Ramos Romaní, Registro Nacional No 317. Telf. RPM #945537061 C.E. [email protected] DE REMATE: El Bien Inmueble se rematará en la Sala de Remates, sito en la CALLE SAN JOSÉ N° 1070 - 2DO. PISO (SEDE ANTIGUA) - Distrito y Provincia de Chiclayo - Departamento de Lambayeque.LOS POSTORES : Oblarán el 10% del Valor de la Tasación del bien a rematarse, mediante depósito, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y presentarán el arancel judicial para participar en Remate , su DNI en Original, suscribiendo dicho arancel, con el Número de Expediente, Juzgado y Generales de Ley EN FORMA LEGIBLE.Los Honorarios del Martillero Público mas el IGV se cancelaran al Finalizar el Remate y será por cuenta del Adjudicatario. Chiclayo, 15 de Marzo del 2018.RUDY OSCAR RAMOS ROMANIMARTILLERO PUBLICOREG 317DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES

ESPECIALISTA LEGALOCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL CHICLAYOPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6634154F/. 5622FP/ 12, 13, 16 abr.S/. 52.00

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO

En los seguidos por SCOTIABANK PERU SAA contra EMPRESA JULSAN INVERSIONES EIRL y JULCA QUISPE, JOSE ARNALDO; sobre EJECUCION DE GARANTIAS. Exp. 00298-2014-0-1706-JR-CO-08, El 8o JUZGADO CIVIL - COMERCIAL DE CHICLAYO, que despacha el Sr. Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan, Especialista Legal: Romero Balcazar Manuel Gilberto; ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble:UBICACION: MZ. P3 LOTE 33, SECTOR 2, DEL ASENTAMIENTO HUMANO LA VICTORIA, DISTRITO LA VICTORIA. PROVINCIA DE CHICLAYO. DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE, inscrito en la Partida Nro. P10008917 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral II - Sede Chiclayo (Actualmente Av. Machu Picchu Mz P3, Lote 33, Sector 2 del Asentamiento Humano La Victoria, Distrito de la Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque). VALOR DE TASACIÓN: En la suma de US$ 52,246.00 (CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS).BASE DEL REMATE: Las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 34,830.66 (TREINTA Y CUATRO MIL OCHECIENTOS TREINTA CON 66/100 DOLARES AMERICANOS).AFECTACIONES:Hipoteca en el asiento 00010 de la Partida Electrónica N° P10008917 de la Zona Registral II Sede Chiclayo, a favor del SCOTIABANK PERU S.A.A. hasta por la suma de S/ 98,492.15 Nuevos Soles. Así y más consta en la Escritura Pública N° 381 de fecha 28/01/2013 otorgada ante Notario Público Antonio Enrique Vera Méndez en la ciudad de Chiclayo.Embargo en forma de Inscripción en el Asiento 00011 de la Partida Electrónica N° P10008917 de la Zona Registral II - Sede Chiclayo. Mediante Resolución Judicial N° 02 de fecha 10/12/2013, expedida por el Juez del Octavo Juzgado Civil de Chiclayo, Dr. Sandro Ornar Aguilar Gaitan y Secretaria Judicial Aura Nuñez Manayay. SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud de medida cautelar fuera de proceso interpuesta por BANCO DE CRÉDITO DEL PERU contra JOSÉ ARNALDO JULCA QUISPE. En consecuencia TRÁBESE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN sobre el inmueble ubicado en la MZ. P3 Lote 33, Sector 2, del Asentamiento Humano La Victoria, Distrito de la Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento De Lambayeque, inscrito en la Partida Nro. P10008917 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral II - Sede Chiclayo, hasta por la suma de NOVENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 90,000.00). Así consta de los partes debidamente certificados por la Secretaria Judicial Aura Nuñez Manayay y remitidos mediante Oficio N° 00901-2013-94-1706-JR-CI-01-8°-AMNM, de fecha 16/12/2013. Expediente N° 00901-2013-94-1706-JR-CO-08.

Embargo en forma de Inscripción en el Asiento 00012 de la Partida Electrónica N° P10008917 de la Zona Registral II - Sede Chiclayo. Mediante Resolución Judicial N° 02 de fecha 29/10/2013, expedida por el Juez del Octavo Juzgado Civil de Chiclayo, Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan y Secretario Judicial Fabrizio Carbajal Bravo. SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud de medida cautelar fuera de proceso interpuesta por BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. - MI BANCO contra JOSE ARNALDO JULCA QUISPE y JOSÉ JULCA VILLEGAS, en consecuencia TRÁBESE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN sobre el inmueble ubicado en la MZ. P3 Lote 33, Sector 2, del Asentamiento Humano La Victoria, Distrito de la Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento De Lambayeque, inscrito en la Partida Nro. P10008917 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral II - Sede Chiclayo, hasta por la suma de CUARENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 44,000.00). Así consta de los partes debidamente certificados por el Secretario Judicial Fabrizio Carbajal Bravo y remitidos mediante Oficio N° 00755-2013-42-8° JEC-SEC-CH/CFCB-KESC, de fecha 26/12/2013. Expediente N° 00755-2013- 42-1706-J R-CO-08.DIA Y HORA DE REMATE: 18 de mayo de 2018 a horas 10:30 a.m.LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates ubicada en la Calle San José N° 1070, Chiclayo. Los postores oblarán el 10% del valor de tasación en Cheque de Gerencia a su nombre sin sello de “No Negociable”, Arancel Judicial por derecho a participar en remate de inmueble original y copia; consignando número de expediente y generales de Ley, Juzgado e identificación del postor, DNI original y copia. En caso de personas jurídicas hoja RUC y poderes suficientes. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Cel. 987116619.Chiclayo, 06 de marzo del 2018GUSTAVO DANIEL MATSUOKA SATOMARTILLERO PUBLICOREGISTRO N° 343JESSICA YVONNE SANCHEZ MARCELOSECRETARIA JUDICIAL8o JUZGADO CIVIL – COMERCIALCSJLA- PODER JUDICIALP/ 6634162F/ 5623FP/ 12, 13, 16, 17118, 19, abr.S/. 141.00

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA

En los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra SEVECAR REPRESENTACIONES EIRL y Maritza Ynes Vallejos Chapoñan, sobre Ejecución de Garantías, en el Exp. N° 907- 2015 del Octavo Juzgado Civil Comercial, de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a cargo del Juez Sandro Omar Aguilar Gaitán y Especialista legal Jessica Ivonne Sánchez Marcelo, se ha dispuesto sacar a REÑIATE JUDICIAL en PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble ubicado en Sub Lote N° 1, avenida Sáenz Peña N° 1563, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida N° 02020922 de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. MONTO DE TASACIÓN: US$ 229,466.40 (Doscientos Veintinueve Mil Cuatrocientos Sesenta y Seis y 40/100 Dólares Americanos)

3Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

BASE DE REMATE: US$ 152,977.60 (CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE Y 60/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación del inmueble. DÍA Y HORA DEL REMATE: VEINTISIETE DE ABRIL DEL AÑO 2018, A HORAS 11:00 A.M. LUGAR DEL REMATE: El acto de remate judicial en primera convocatoria del bien inmueble descrito, se llevará a cabo en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en calle San José N° 1070 - 2do piso (Sede Antigua) o 3er Piso (Edificio Nuevo), Chiclayo. REQUISITOS PARA SER POSTOR: LOS POSTORES, para participar deberán consignar el 10% del valor de la tasación del inmueble sujeto a remate, en efectivo, certificado de depósito judicial o cheque de gerencia girado a su nombre, así como adjuntar la tasa judicial correspondiente por participación de acto de remate judicial en original, señalando número de expediente, juzgado y documento oficial de identidad en original y copia; el mismo que deberá estar debidamente validado con el sello respectivo por el área de REPEJ -REMAP de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. CARGAS Y GRAVAMENES: 1) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA a favor de SCOTIABANK PERÚ S.A.A. hasta por la suma de US$ 122,699.48 Dólares Americanos, inscrita en el asiento D00002 de la Partida Electrónica N° 02020922 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo. HONORARIOS: Los honorarios del Martillero Publico serán de cargo del adjudicatario, según lo establecido en el D.S. N° 008-2005-JUS, más I.G.V. y deberán ser cancelados al finalizar el acto de remate. SALDO DEL PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio dentro del tercer día de cerrada el acta de remate, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate.Chiclayo, 31 de enero de 2018RAFAEL JAMES TAPIA QUIROZMARTILLERO PUBLICOREG. N° 301JESSICA YVONNE SANCHEZ MARCELOSECRETARIO JUDICIALOCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIALCSJLA PODER JUDICIALP/ 6631456F/ 5616FP/ 11, 12, 13, 16, 17, 18 abr.S/. 89.00

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO

En los seguidos por el BBVA BANCO CONTINENTAL contra WAYRA DISTRIBUCIONES GENERALES SRL, BLANCA NIEVES DIAZ ROMERO, INDUSTRIAS D R DEL PERU SAC, D R DEL PERU SAC, HUDIMARK SAC, HUMBERTO HEBERT DIAZ ROMERO, MARIA DEL CARMEN DIAZ ROMERO, JUAN HUMBERTO DIAZ GONZALES, MARIA CONCEPCION ROMERO DE DIAZ y ZOILA CARELA DE LOURDES ARIAS PAREDES, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, expediente N° 00488-2012-0-1706-JR-CO-08 a cargo del Señor Juez del Octavo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque: Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITÁN, Especialista legal: YESSENIA GORDILLO CARBONEL, quienes han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la avenida Bolívar N° 409 Zona Complejo Mercado Moshoqueque, distrito de José Leonardo Ortíz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral número 02023829 del Registro de Propiedad Inmueble [Registro de Predios] de la Zona Registral N° II -Sede Chiclayo.VALOR COMERCIAL: US$ 359,341.44 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 44/100 DÓLARES AMERICANOS).BASE DE REMATE: US$239,560.96

(DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y 96/100 DÓLARES AMERICANOS), que equivalen a las dos terceras partes del Valor de Tasación.CARGAS Y GRAVAMENES: 1. HIPOTECA (Asiento D00001).- Hipoteca a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL hasta por la suma de US$119,000.00. 2. AMPLIACIÓN DE HIPOTECA (Asiento D00002).- Amplíese la Hipoteca inscrita en el Asiento D00001 a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL hasta por la suma de US$122,000.00.3. MODIFICACIÓN DE HIPOTECA (AsientoD00003).- Se modifica la Hipoteca inscrita en asiento D00001 y ampliada en el asiento D00002 a favor de BBVA BANCO CONTINENTAL hasta por la suma de US$122,000.00. 4. MODIFICACIÓN DE HIPOTECA (Asiento D00004).- Se modifica la Hipoteca inscrita en asiento D00001 y ampliada en el asiento D00002 y modificada en el Asiento D00003 a favor de BBVA BANCO CONTINENTAL hasta por la suma de US$122,000.00. 4. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN (Asiento 00005).- Ordenado por el 0ctavo Juzgado Civil de Chiclayo, mediante Oficio N° 00488-2012-64-8° JEC- SEC-CH/CFCB-KESC en los Seguidos por el BBVA BANCO CONTINENTAL hasta por la suma de S/. 606, 505.79 soles. DIA Y HORA DEL REMATE: 24 DE ABRIL DE 2018, A LAS 10:00 HORAS.LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, sito en la Calle San José N° 1052, Segundo Piso, con ingreso por Calle San José N° 1074, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.REQUISITOS PARA SER POSTORES: Los postores oblarán no menos del 10% del VALOR DE LA TASACIÓN en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) girado a su nombre y entregarán en original y copia: DNI/RUC del postor, Vigencia de Poder (para representantes) y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153) donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor, validado (Sellado) por el Área de Recaudación Judicial. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario conforme al artículo 18 del D.S. No. 008-2005-JUS y serán cancelados a la firma del acta de remate. FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE: Enrique Orlando Chumioque Hidalgo -Martillero Público N° 197 - RPC 947910594.ENRIQUE ORLANDO CHUMIOQUE HIDALGOMARTILLERO PÚBLICO REG. ORLC N° 197YESSENIA GORDILLO CARBONELSECRETARIA JUDICIALOCTAVO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL CSJLA PODER JUDICIALP/ 6634153F/ 5621FP/ 11, 12, 13, 16, 17, 18 abr.S/. 130.00

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO

En los seguidos por el BBVA BANCO CONTINENTAL contra WAYRA DISTRIBUCIONES GENERALES SRL, BLANCA NIEVES DIAZ ROMERO, INDUSTRIAS D R DEL PERU SAC, D R DEL PERU SAC, HUDIMARK SAC, HUMBERTO HEBERT DIAZ ROMERO, MARIA DEL CARMEN DIAZ ROMERO, JUAN HUMBERTO DIAZ GONZALES, MARIA CONCEPCION ROMERO DE DIAZ y ZOILA CARELA DE LOURDES ARIAS PAREDES, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, expediente N° 00488-2012-0-1706-JR-CO-08 a cargo del Señor Juez del Octavo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque: Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITÁN, Especialista legal: YESSENIA GORDILLO CARBONEL, quienes han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la Calle Simón Bolívar N° 419 - 421, distrito de José

Leonardo Ortíz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral número 02018531 del Registro de Propiedad Inmueble [Registro de Predios] de la Zona Registral N° II -Sede Chiclayo.VALOR COMERCIAL: US$223,660.50 (DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y 50/100 DÓLARES AMERICANOS).BASE DE REMATE: US$149,107.00 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO SIETE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), que equivalen a las dos terceras partes del Valor de Tasación.CARGAS Y GRAVAMENES: 1. HIPOTECA (Asiento 4 de la Ficha 26826).- Hipoteca a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL hasta por la suma de US$20,000.00. 2. AMPLIACIÓN DE HIPOTECA (Asiento 5 de la Ficha 26826).-Amplíese la Hipoteca inscrita en el Asiento 4 de la Ficha 26826 a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL hasta por la suma de US$35,000.00. 3. EMBARGO (Asiento 1.d de la Ficha 26826).- Embargo a favor del Banco Internacional del Perú hasta por la suma de S/40,000.00 inscrito el 21.07.97.4. AMPLIACIÓN DE OBLIGACIONES GARATIZADAS (Asiento D00001).- Amplíese la Hipoteca inscrita en el Asiento 4 de la Ficha 26826 y su ampliación en el Asiento 5 de la Ficha 26826 a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL hasta por la suma de US$40,000.00. 5. AMPLIACIÓN DE HIPOTECA (Asiento D00002).- Amplíese la Hipoteca inscrita en el Asiento 4 ampliada en el Asiento5 de la Ficha 26826 y modificada en el asiento D00001 en la Partida 02018531 a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL hasta por la suma US$67,000.00. 6. MODIFICACIÓN DE HIPOTECA (Asiento D00003 inscrita en el Asiento 4 ampliada en el Asiento 5 de la Ficha 26826 modificada en el asiento D00001, ampliada en el asiento D00002 de la Partida 02018531 a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL hasta por la suma de US$67,000.00. 7. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN (Asiento 00004).- Ordenado por el Octavo Juzgado Civil de Chiclayo, mediante Oficio N° 00488-2012-64-8° JEC- SEC-CH/CFCB-KESC en los seguidos por el BBVA BANCO CONTINENTAL hasta por la suma de S/606,505.76 soles.DIA Y HORA DEL REMATE: 24 DE ABRIL DE 2018, A LAS 10:15 HORAS.LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, sito en la Calle San José N° 1052, Segundo Piso, con ingreso por Calle San José N° 1074, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.REQUISITOS PARA SER POSTORES: Los postores oblarán no menos del 10% del VALOR DE LA TASACIÓN en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) girado a su nombre y entregarán en original y copia: DNI/RUC del postor, Vigencia de Poder (para representantes) y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153) donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor, validado (Sellado) por el Área de Recaudación Judicial. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario conforme al artículo 18 del D.S. No. 008-2005-JUS y serán cancelados a la firma del acta de remate. FUNCIONARIO QUE EFECTUARÁ EL REMATE: Enrique Orlando Chumioque Hidalgo - Martillero Público N° 197 - RPC 947910594. ENRIQUE ORLANDO CHUMIOQUE HIDALGOMARTILLERO PÚBLICO REG. ORLC N° 197YESSENIA GORDILLO CARBONELSECRETARIA JUDICIALOCTAVO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL CSJLA PODER JUDICIALP/ 6634153F/ 5620FP/ 11, 12, 13, 16, 17, 18 abr.S/. 130.00

REMATEExpediente: N° 02833-1999-0-1706-JR-CI-02Órgano Jurisdiccional: SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CHICLAYO Juez: MAGALIJACQUELINE SOTO BARDALES DE FUSTAMANTE Especialista Legal: ENRIQUE NEPTALI CADENA BANCES Demandante(s): SCOTIABANK S.A.A.Demandado(s): TORRES DÍAZ MARÍA CARMEN DEL PILAR, SANDOVAL GOMEZ ARGELIA, LOBATON ARRUNATEGUI VICTOR SANTIAGO, COAGUILA DE LOBATON ANTONIA DOROTEA, y CARDOSO MONTOYA MARCO ANTONIO Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO Tercero: KAREN CATHERINE INFANTES SANDOVAL Convocatoria: TERCER REMATE PUBLICO JUDICIALBIEN EN REMATE: Se ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el remate del Bien Inmueble urbano constituido por Aires correspondientes a la Segunda Planta, ubicado en la Avenida Bolognesi s/n, intersección con Calle La Colmena, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, de propiedad de los ejecutados Lobatón Arrunátegui Víctor Santiago y Coaguila de Lobatón Antonia Dorotea; cuyas características, área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran Inscritas en la Ficha N° 42445, trasladada a la Partida Electrónica N° 02026427, Registro de Propiedad Inmueble, Oficina Registral Chiclayo.VALORIZACIÓN: US$. 18,935.60 dólares americanos. PRECIO BASE: US$. 9,120.64 DÓLARES AMERICANOS, equivalente a dos tercios de su valorización reducido dos veces en 15%, por ser tercera convocatoria.GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento d-1, Embargo judicial en forma de inscripción sobre las acciones y derechos que le corresponden a los ejecutados Lobatón Arrunátegui Víctor Santiago y Coaguila de Lobatón Dorotea a favor del Banco Wiese hasta por S/. 115,000.00 inscrito el 19.08.1999: 2) Asiento D00001, Embargo coactivo administrativo en forma de inscripción a favor de la SUNAT hasta por S/. 85,000.00, inscrito el 02.08.2005; y, 3) Asiento D00002, Reactualización de Embargo judicial que obra en el Asiento d-1. inscrito el 07.09.2007FECHA, HORA Y LUGAR: El día MARTES 17 DE ABRIL DE 2018 A LAS 10.00 HORAS, en la Sala de Remates del Poder Judicial de Lambayeque, sito en calle San José N° 1052, 29 piso, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.LOS POSTORES: Por el inmueble en remate, deben depositar en dinero en efectivo o cheque de gerencia a su nombre y menor a 30 días de antigüedad, una cantidad no menor del 10 % de su valorización, adjuntar original y copia de arancel judicial con código 7153 por derecho de participación en remate de inmueble (indicando Expediente, Juzgado, nombre, DNI y/o RUC, domicilio y firma), debiendo dicho arancel previamente ser validado en la oficina del REMARP. de su DNI y/o RUC, y de ser el caso original o copia legalizada y copia simple de vigencia y facultades de poder de fecha actual. Asimismo, el adjudicatario paga los honorarios del Martillero Público más el I.G.V., determinados según Ley N9 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S.008-2005-JUS), y 7329 del Código Procesal Civil, inmediatamente al finalizar la diligencia de remate. Chiclayo, enero 30 de 2018. (51)(44) 94-886-5276-94-936-5850 34-7544 / [email protected] PAREDES LANDAUROMARTILLERO PUBLICO REG. N° 210ENRIQUE NEPTALI CADENA BANCESSECRETARIA JUDICIALSEGUNDO JUZGADO CIVILCSJLA- PODER JUDICIALP/ 6631198F/ 5613FP/ 10, 11, 12 abr.

Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL4

S/. 52.00

PRIMERA CONVOCATORIA DE REMATE JUDICIAL DE BIEN

INMUEBLEEN LOS SEGUIDOS POR SCOTIABANK PERU S.A.A CONTRA MENA YAPAPASCA YESENIA ANAZELY, SOBRE EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, EXPEDIENTE JUDICIAL N° 00469-2016-0-1706-JR-C0-08, EL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICA DE LAMBAYEQUE, A CARGO DEL SEÑOR JUEZ DR. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN Y ESPECIALISTA LEGAL DRA. SANCHEZ MARCELO JESSICA IVONNE , HAN DISPUESTO SACAR A REMATE JUDICIAL EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE EN PRIMERA CONVOCATORIA:DESCRIPCIÓN DEL BIEN INMUEBLE:EL BIEN INMUEBLE A REMATAR JUDICIALMENTE SE ENCUENTRA UBICADO EN EL ASENTAMIENTO HUMANO URBANIZACION VILLA HERMOSA MZ. K LOTE 24 (CALLE LAS PALMERAS N° 373), DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ, PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE; CUYOS DOMINIOS, LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS SE ENCUENTRAN INSCRITAS EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N°P10070528 Del REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N°ll - SEDE CHICLAYO.VALOR DE TASACIÓN: US$. 27,079.00 (VEINTE Y SIETE MIL SETENTA Y NUEVE CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS).BASE DEL REMATE: US$. 18,052.66 (DIECIOCHO MIL CINCUENTA Y DOS CON 66/100 DÓLARES AMERICANOS), EQUIVALENTE A SUS 2/3 PARTES DE SU VALOR DE TASACIÓN O VALOR COMERCIAL AFECTACIONES Y/O CARGASHIPOTECA HASTA POR LA SUMA DE S/. 79,950.79 (SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 79/100 NUEVOS SOLES) A FIN DE GARANTIZAR UN PRÉSTAMO POR LA SUMA DE S/. 62,000.00 (SESENTA Y DOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), ASÍ CONSTA EN LA ESCRITURA PÚBLICA N° 540 DE FECHA 27-02-2014 OTORGADO POR NOTARIO PÚBLICO DR. ANTONIO ENRIQUE VERA MENDEZ EN LA CIUDAD DE CHICLAYO, GRAVAMEN QUE QUEDO DEBIDAMENTE INSCRITO EN EL ASIENTO 00005 DE LA PARTIDA ELECTRONICA N°P10070528 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL °’ll - SEDE CHICLAYO. FECHA DE INSCRIPCION 05-03-2014.DÍA Y HORA DEL REMATE: LUNES 30-04-2018 A HORAS 09:00AMLUGAR DEL REMATE: SALA DE REMATES SITO EN LA CALLE SAN JOSÉ N21070 - 2DO PISO (SEDE ANTIGUA) DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE; DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE.LOS POSTORES: 1) DEBERÁN OBLAR ANTES DEL REMATE, MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE SIN SELLO DE NO NEGOCIABLE EL 10% DEL VALOR DE LA TASACIÓN, 2) PRESENTAR EN LA DILIGENCIA, EN ORIGINAL Y COPIA DOCUMENTO DE IDENTIDAD Y/O RUC, SEGÚN CORRESPONDA; Y EL ARANCEL JUDICIAL RESPECTIVO CONSIGNANDO EL JUZGADO, NÚMERO DE EXPEDIENTE Y EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD O RUC. 3) PRESENTAR COPIA DEL CHEQUE DE GERENCIA SI EL OBLAJE SE REALIZA CON DICHO INSTRUMENTO. 4) EN CASO DE ACTUAR A TRAVÉS DE REPRESENTANTE SE DEBERÁ ACREDITAR LOS PODERES RESPECTIVOS. EL ADJUDICATARIO Y/O EL EJECUTANTE SEGÚN CORRESPONDA EL CASO EN PARTICULAR CANCELA LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO MÁS IGV DE ACUERDO A LEY AL FINALIZAR EL REMATE DE

ACUERDO AL ARTÍCULO 18 DEL DECRETO SUPREMO N° 008-2005-JUS (REGLAMENTO DE LA LEY DEL MARTILLERO PUBLICO), a REMATE JUDICIAL SERÁ EFECTUADO POR MARTIN VENTURA GONZALEZ. MARTILLERO PÚBLICO.REGISTRO NACIONAL N°324. CELULAR 943937075 - 963330595 - 933758400. SÍRVASE REVISAR EL CONTENIDO DE ESTE EDICTO ANTES DE SU PUBLICACIÓN, BAJO RESPONSABILIDAD. (06 DIAS DE PUBLICACION). CHICLAYO, MIERCOLES 24 DE ENERO DEL 2018.JESSICA IVONNE SANCHEZ MARCELOSECRETARIA JUDICIALOCTAVO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIALCSJLA-PODER JUDICIALMARTIN VENTURA GONZALESMARTILLERO PUBLICOREGISTRO NACIONAL SUNARP N° 324P/ 6628799F/ 5595FP/ 10, 11, 12. 13, 16 abr.S/. 98.00

REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA

En el proceso único de ejecución de garantías que se tramita con Expediente Judicial N° 00452-2013-0-1706-JR-CO-08 seguido por SCOTIABANK PERU SAA; en contra de WILSON WILFREDO DAVILA SOSA ante el OCTAVO JUZGADO CIVIL - COMERCIAL de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque que despacha el Juez Sandro Omar Aguilar Gaitan, con la asistencia de la Especialista Legal Cecilia Guillermo Zambrano, se ha dispuesto sacar a remate público judicial en SEGUNDA convocatoria la siguiente propiedad:INMUEBLE de 86,80 M2 ubicado en la Manzana D, Lote 1 de la Urbanización Popular de Interés Social 1° de mayo, sector 4 Villa El Sol, distrito de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; de propiedad del obligado Wilson Wilfredo Davila Sosa.; INSCRITO en la partida registral P10025836 del Registro de Propiedad Inmueble (Registro de Predios) de la Zona Registral N° II-Sede Chiclayo DE LA SUNARP: valorizado en la cantidad de USD$ 37,354.07 (treinta y siete mil trescientos cincuenta y cuatro y 07/100 dólares americanos), y será rematado sobre la base de USD$ 21,167.30 (veintiún mil ciento sesenta y siete con 30/100 dólares americanos): cantidad resultante luego de deducir 15% al monto que sirvió de precio base para la anterior convocatoria.AFECTACIONES DEL BIEN.- Según Copia Certificada de la partida registral antes mencionada, proporcionada por la parte demandante: 1.- Asiento 0008.- HIPOTECA a favor de SCOTIABANK PERU SAA hasta por la suma de S/ 60 455.65 soles según escritura pública N°1752 de fecha 21.05.2010 extendida ante notario público Antonio Enrique Vera Méndez de la ciudad de Chiclayo.DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE:La diligencia del remate estará a cargo del Sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre - Martillero Público con Registro N° 227 el día DIECINUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS 10:00 horas AM; en las instalaciones de la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en Calle San José 1070 de la ciudad de Chiclayo.POSTORES:Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación del bien a rematar (USD$ 3,735.41), éste depósito deberá de ser presentado ante el Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Asimismo, los postores deberán presentar el pago del arancel judicial respectivo por participar en remate judicial de bien inmueble a la orden del Octavo Juzgado Civil - Comercial

de Chiclayo, debiendo consignar en el mismo el número de expediente (452-2013) suscribiéndolo y adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad respectivo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732° del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV.Chiclayo, 31 de enero de 2018YESSENIA MILAGROS GORDILLO CORONEL CARBONELSECRETARIA JUDICIALOCTAVO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL-COMERCIALCSJLA- PODER JUDICIALJUAN PABLO KONG EYZAGUIRRE MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO N° 227ABOGADOP/ 6630627F/ 5612FP/ 10, 11, 12 abr.S/. 54.00

PRIMER REMATE JUDICIALExpediente N° 00198-2016-0-1706-JR-CO-08, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. contra HELDER WILLIAN DAVILA CERNA y ROSA MARIA FLORES CASTAÑEDA, sobre Ejecución de Garantías; el Octavo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a cargo del señor Juez Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN y Especialista Legal Dra JESSICA IVONNE SANCHEZ MARCELO, ha dispuesto la realización del PRIMER REMATE JUDICIAL del inmueble ubicado en el PUEBLO TRADICIONAL OYOTUN, MZ. 105, LOTE 2, distrito de Oyotún, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuyo dominio, linderos y demás características obran inscritas en la Partida Registral número P10091947 del Registro de Propiedad Inmueble (Registro de Predios) de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, con las siguientes AFECTACIONES: Asiento 00005.- INSCRIPCION DE HIPOTECA.- a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. hasta por la suma de US$ 15,658.40. Así y más consta en la Escritura Pública Nro. 1149 de fecha 17/06/2015 otorgada ante Notario Público Carlos Caballero Burgos, encargado del despacho Notarial del Dr. Henry Macedo Villanueva, en la ciudad de Chiclayo.Siendo el valor de TASACIÓN CONVENCIONAL la suma de US$ 15,658.40 (QUINCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 40/100 DÓLARES AMERICANOS) y el PRECIO BASE DE LA POSTURA la suma de US$ 10,438.93 (DIEZ MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 93/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a los dos tercios del valor de tasación.LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE - Sala de Remates ubicada en la Calle San José N° 1070, 2do Piso (SEDE ANTIGUA), distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. El día 26 de ABRIL del año 2018 a las 12:15 de la tarde.REQUISITOS PARA SER POSTOR - Los postores oblarán no menos del 10% del VALOR DE LA TASACIÓN en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) girado a su nombre y entregarán en original y copia: DNI/RUC de! postor, Vigencia de Poder (para representantes) y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153) donde conste el nombre de! Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor. Estando el presente remate a cargo del Martillero Público Sandro Alberto Jara Chumbes con Reg. N° 213, Cel. 973-962231, debiendo pagar el adjudicatario los honorarios del martillero conforme al artículo 18 del D.S. No. 008-2005-JUS los que serán cancelados a la firma del acta de remate. SALDO DEL PRECIO DE ADJUDICACION: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación, dentro de tercer día de realizado el acto, bajo apercibimiento de declararse la nulidad

del remate.SANDRO ALBERTO JARA CHUMBESMARTILLERO PUBLICOREG. N° 213JESSICA IVONNE SANCHEZ MARCELOSECRETARIA JUDICIALOCTAVO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIALCSJLA-PODER JUDICIALP/ 6630205F/ 5606FP/ 10, 11, 12, 13, 16, 17 abr.S/. 106.00

PRIMER REMATE JUDICIALEn los seguidos por JOEL SUAREZ MARTINEZ contra AUSBERTO CHAVEZ ROJALES Y MARCIAL CHAVEZ MEREGILDO sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO (Exp. 07-2010), el Martillero Público Frany Heber Díaz Díaz con Reg. N° 278, por orden de la Juez del Juzgado Paz Letrado - MBJ J. L. Ortiz - Lambayeque, Gina Yakori Solazar Campos y Esp. Legal José Chamaya Vilchez, quien ha dispuesto sacar a Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA el predio UBICADO EN LA CALLE LOS ALMENDROS N° 263 (MZ 21 LOTE 2) PUEBLO JOVEN LA PRIMAVERA, DISTRITO Y PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE cuyo dominio y otros corre inscrito en la Partida Registral N° 02003302 del Registro de Registro de Predios de la Zona Registral N° II -Sede Chiclayo.VALOR DE TASACIÓN: US $ 92,352.00 DÓLARES AMERICANOS.BASE DE REMATE: US $ 61,568.00 (sesenta y un mil quinientos sesenta y ocho y 00/100 dólares americanos); que son las 2/3 partes de la tasación. -CARGAS Y GRAVÁMENES: Asiento D00004- EMBARGO.- hasta por la suma de US $ 1,500.00 Dólares Americanos y S/. 13,500.00 Soles, según Resolución 15 del 15.03.2013 ordenado por el Juez del 1 JPL MBJ - JL Ortiz. Edwin Eduardo Siadén Díaz, en los seguidos por Joel Suarez Martínez contra Marcial Chavez Meregildo, sobre O.D.S.D.DIA Y HORA: VIERNES 13 DE ABRIL DEL 2018 A LAS 15:00 HORAS.LUGAR DE REMATE: Sito en la calle San José N° 1052 - 2o piso del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de LambayequeLOS POSTORES: Adjuntar arancel judicial (Código 07153) consignando N° Exp., juzgado, copia del DNI, copia del RUC y poderes; asimismo, entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, (US $ 9,235.20). De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de 3er día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, cerrada el acta de remate. (Art. 732° del C.P.C, Ley 27728 y Art. 18° del Reglam. D.S. 008-2005-JUS) y están afectos al IGV.- Frany H. Díaz Díaz Martillero Publico Reg. 278 Celular 995738170 (RPM# 995738170) correo [email protected] H. DÍAZ DÍAZMARTILLERO PUBLICO A NIVEL NACIONALREG. N° 278FERNANDO CHAMAYA VILCHEZESPECIALISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO MBJ-JLOPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6628218B/ 9254FP/ 06, 09, 10, 11, 12, 13ABR.S/. 95.00

2. EDCITOS CLASIFICADOS

CONSEJO DE FAMILIA

FORMACÓN DE CONSEJO DE FAMILIA

Por ante el TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA que despacha la Sra. Juez Silvia Juanita

5Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

Alvarado Vera, y secretaria que suscribe CINTYA JANET VILLALOSBOS CARLOS, Exp. N° 9995-2017- 0- 1706-JR-FC-03, seguido por doña CHIRINOS DE OLAZABAL ROSA GUILLERMINA, sobre FORMACÓN DE CONSEJO DE FAMILIA Y DESIGNACIÓN DE CURADOR se ha ordenado PUBLICAR un extracto de la Resolución Número tres de fecha veintidós de enero del dos mil dieciocho por el plazo de TRES DÍAS hábiles: REPROGRÁMESE la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el día DIECISETE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA, hora exacta, EMPLÁCESE a las personas de ROSSANA CHIRINOS IBAÑEZ, JUAN FREDDY CHIRINOS IBAÑEZ, DORIS RAQUEL CHIRINOS IBAÑEZ, OSCAR PIERRE LLATAS CHIRINOS. PÚBLIQUESE la presente en los diarios Oficiales “El Peruano” y “La República” por el término de TRES DÍAS hábiles.CINTYA JANET VILLALOSBOS CARLOSSECRETARIA JUDICIALTERCER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIAP/ 6628269B/ 9259FP/ 10, 11, 12 abr.S/. 22.00

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO Y MATRIMONIO

Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, que despacha el señor Juez WILLY ARNALDO LOPEZ FERNANDEZ, asistido por el secretario judicial, abogado CESAR MURILLO RAMOS, se ventila el proceso N° 3557 -2017-0, seguido por JOSE HUMBERTO FERNANDEZ MEDINA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO Y MATRIMONIO; habiéndose señalado fecha Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el día DIECIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREITA DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado.WILLY ARNALDO LOPEZ FERNANDEZJUEZ SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVILCHICLAYOCESAR MURILLO RAMOS,SECRETARIO JUDICIAL2° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVILCSJLA- PODER JUDICIALP/ 6635371B/ 9344FP/ 12 abr.S/. 7.90

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO

EXP. NRO. 753-2017: Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la provincia de San Ignacio- Cajamarca, que despacha el Señor Juez Dr. JAIME ADÁN FLORES SUAREZ, y el Secretario Judicial ONASIS VÁSQUEZ CORONEL, doña: SANTOS INDALECIA GUERRERO AGUIRRE, solicita la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE N ACIMIENTO N° 17, año 1950, inscrita en la Municipalidad Provincial de San Ignacio, en los siguientes extremos: L- En cuanto a nombre del titular de la partida, se ha consignado erróneamente en la parte superior lateral derecha y en el cuerpo de la partida su nombre como “Santos Idalesin Guerrero Aguirre Y “‘Santos Indalesia”, respectivamente, siendo lo correcto ‘‘SANTOS INDALECIA GUERRERO AGUIRRE;1.- En cuanto a nombre del padre del titular de la partida de nacimiento, se ha consignado solamente como ‘”Segundo Guerrero’1’, siendo lo correcto y completo SEGUNDO GUERRERO SAAVEDRA; 3.- En cuanto al nombre de la madre del titular de la partida de nacimiento; se ha consignado solamente como “Marfisa Aguirre”, siendo su nombre correcto y completo “MARFISA

AGUIRRE LOYAGA”San Ignacio, 05 de abril del 2018JAIME ADÁN FLORES SUAREZJUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO -SAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAONASIS VÁSQUEZ CORONELSECRETARIO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO -SAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLA/ PJP/ 6634133B/ 9314FP/ 12 abr.S/. 10.00

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO

N° 863-2017-0-1703-JP-CI-02 - Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Jaén, que despacha el DR. ELMER ALONSO TORRES HUAMANCHUMO, secretario JORGE EDUARDO MALCA SORALUZ, don JEAN MARCOS CAMPOS LLONTOP, ha solicitado la Rectificación de su Acta de nacimiento porque contener omisiones y errores ortográficos evidentes, en consecuencia, se ha señalado fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL el día QUINCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DOCE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado sito en la Calle Mariscal Castilla 490 - Cuarto Piso- Jaén; fecha que se señala por estar este juzgado recargado de diligencias programadas en días anteriores; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del peticionante de declararse concluido el proceso.Notifiquese.ELMER ALONSO TORRES HUAMANCHUMOJUEZ2° JUZGADO DE PAZ LETRADO JAÉNPODER JUDICIAL- CSJLAJORGE EDUARDO MALCA SORALUZSECRETARIO JUDICIAL2° JUZGADO DE PAZ LETRADO JAÉNPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6636175F/ 1828FP/ 12 abr.S/. 8.50

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

Por ante el primer juzgado de paz letrado civil de Chiclayo que despacha el señorita Doctora GIULLIANA VICTORIA VASQUEZ CARRASCO y el Especialista legal Dr. VICTOR ARBULU NORABUENA, en el expediente numero 02218-2017-0-1JPLC-CH. En los autos seguidos por HUBERT ORLANDO SALAZAR AGUILAR, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO: Qué el recurrente acude a este órgano jurisdiccional con la finalidad de solicitar rectificación de partida de nacimiento de su fallecida madre BLANCA AGUILAR UGAZ en la que se ha consignado su nombre como “BLANCA AGUILAR” cuando lo correcto debe ser BLANCA AGUILAR UGAZ; asimismo el nombre de su padre se ha consignado como “ZENEN AGUILAR” cuando lo correcto debe ser SENEN AGUILAR VALLEJOS; de igual forma el nombre de su madre se ha consignado como “LUCILA UGAZ” cuando lo correcto debe ser LUCILA UGAZ VERA: SE RESUELVE: ADMITIR la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO; presentada por HUBERT ORLANDO SALAZAR AGUILAR; En vía de proceso NO CONTENCIOSO; PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el plazo de UN DIA en el diario oficial El Peruano y La República;Chiclayo, 08 de Agosto del 2017VICTOR ARBULU NORABUENASECRETARIO JUDICIAL1° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL

PODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6634141B/ 9316FP/ 12 abr.S/. 9.00

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque que Despacha la Dra. VERONICA SANTA CRUZ RONDOY, en el Expediente 03639-2017-0-1708-JP-CI-01 Don MAY CRISTHIAN JAIME PERALES está solicitando la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO inscrita ante la Oficina de Registro del Estado Civil Jaén con el número diecisiete catorce en el extremo que se extiende en el año MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO cuando lo correcto es el año MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.Lambayeque, 05 de abril de 2018ABOG. SANTOS FLORES RAMOSESPECIALISTA FCJUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6630440B/ 9274FP/ 11, 12, 13 abr.S/. 15.00

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Olmos, que despacha la señorita Juez Ingrid Fiorella Mendoza Cieza, y secretario Fernando Campos Cobeñas, se ha ordenado mediante resolución UNO, de fecha doce de marzo del año dos mil dieciocho, expedida en el Expediente N° 00004-2018-0-1711-JP-CI-01, SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, apareciendo enmendadura en el segundo nombre de la recurrente doña SANTOS LUCIA SAUSA DE MAYANGA; debiendo ser como doña SANTOS LUCIA SAUSA DE MAYANGA, TENGASE por ofrecidos sus medios probatorios y anexos en referencia; publíquese un extracto de la solicitud por una sola vez en el diario Oficial de la República y el de mayor publicación.ABG. FERNANDO CAMPOS COBEÑASSECRETARIO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO- OLMOSPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6631304F/ 9292 FP/ 11, 12, 13 abr.S/. 18.00

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINO

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO

En el Expediente N° 00651-2017-0-1703-JR-CI-01, seguido en el Primer Juzgado Civil de Jaén, que despacha el señor Juez Dr. LUCIEN ELI MONTOYA URBINA, se ha ordenado notificar por edictos la siguiente resolución: RESOLUCION NUMERO: UNO, Jaén, seis de noviembre de dos mil diecisiete; se resuelve: (1) Admitir a trámite en Proceso Abreviado la demanda interpuesta por Iglesia Adventista del Séptimo Día, representada por Edguin Rubén Llanos Bazan contra Alcibíades Bravo Díaz, Luz Violeta Ruiz Gonzales de Bravo, Procurador Público del Gobierno Regional de Cajamarca, Dirección Regional de Agricultura de Cajamarca, y Procurador Público de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio; por ofrecidos sus medios probatorios, agregándose los anexos adjuntos.(2) Conferir traslado a los demandados por el plazo de diez días a fin que la absuelvan bajo apercibimiento de seguirse en su rebeldía.Se hace de conocimiento que el bien que se pretende prescribir es el ubicado en la calle Inmaculada

Concepción - cuadra 01, sector Nuevo Horizonte, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, con un área de 331.31 metros cuadrados, el mismo que se encuentra dentro de un predio de mayor extensión, inscrito en la Partida Electrónica N° 02082809.Lo que se hace de conocimiento a los interesados, para que se apersonen al proceso y hagan valer sus derechos.Jaén, 06 de marzo de 2018ABOG. JHON VLADIMIR CAYATOPA CALDERONSECRETARIO JUDICIAL1° JUZGADO CIVIL JAENPODER JUDICIALP/ 6607525B/ 9172FP/ 12, 18, 24 abr.S/. 25.00

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO

Ante el Tercer Juzgado Especializado Civil de Chiclayo en el EXP. N° 00387-2017-0-1706-JR-CI- 03, que Despacha el Señor Juez Dr. JUAN FRANCISCO GARCIA MAYORGA y Especialista Legal Dr. ALDO ALEXANDER CUZMAN NORIEGA, se tramita la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; donde se solicita se le declare propietario del Predio denominado Lote N° 1 ubicado en la intersección entre el dren 3,000 y váa colectora del dren 3,100 carretera a Pimentel y San José - Distrito Pimentel - Provincia Chiclayo - Departamento Lambayeque, que cuenta con un área de 3,477.00 metros cuadrados con inscripción registral. — RESOLUCIÓN NUMERO: DOS, de fecha cinco de mayo del año dos mil diecisiete, SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por TANIA LIBERTAD CASTRO ECHEVARRIA contra GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE en vía de PROCESO CONOCIMIENTO; por señalado su domicilio procesal y por ofrecidos sus medios probatorios: confiérase TRASLADO a la parte demandada por de plazo de TREINTA. DÍAS HÁBILES, para que contesten la demanda bajo apercibimiento de seguir el trámite en su rebeldía. NOTIFÍQUESE RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO, ce fecha veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, SE RESUELVE: INTEGRAR la resolución número DOS, de fecha cinco de mayo del año dos mil diecisiete, en consecuencia INTÉGRESE, la misma en el sentido: i] Notificar a los colindantes del bien a prescribir, debiendo los accionantes precisar sus nombres y direcciones; ii] Publicar un extracto de la demanda, por tres veces consecutivas en el diario “El Peruano” y diario “La República” conforme ,lo señala el artículo 506° del Código Procesal Civil. NOTIFÍQUESE.-Chiclayo, 22 de marzo del 2018ALDO ALEXANDER CUZMAN NORIEGASECRETARIO JUDICIALTERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CSJLA PODER JUDICIALP/ 6631191B/ 9283FP/ 11, 12, 13 abr.S/. 30.00

SUCESION INTESTADA

SUCESIÓN INTESTADAEXP. NRO. 69-2018: Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la provincia de San Ignacio- Cajamarca, que despacha el Señor Juez Dr. JAIME ADÁN FLORES SUAREZ, y el Especialista Legal ONASIS VÁSQUEZ CORONEL, doña: IDE HERRERA ALVERCA, en calidad de hija solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su madre doña: ANDREA ALVERCA GARCÍA, fallecida el día SIETE DE AGOSTO DE DOS MIL, QUINCE EN EL DISTRITO DE NAMBALLE, PROVINCIA DE SAN IGNACIO; quien tuvo como su último domicilio en el mismo lugar de su

Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL6

fallecimiento Los interesados pueden apersonare al proceso conforme a ley.-San Ignacio. 29 de enero del 2018ONASIS VÁSQUEZ CORONELSECRETARIO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO -SAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLA/ PJP/ 6634179B/ 9320FP/ 12 abr.S/. 8.00

SUCESION INTESTADASe hace de conocimiento público, que por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la Dra. Yngrid Araceli Vela Montenegro y especialista legal Dr. Santos A. Flores Ramos, se ha iniciado el expediente No. 011752-2017-0-1708-JP.CI-01, iniciado por LUCILA SANTISTEBÁN CORONADO, solicitando la sucesión intestada de VANESA YULIANA ENEQUE SANTISTEBAN fallecida el 17 de julio del 2015, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, lo que comunico a fin de que se presente los que se crean con derecho a la herencia.Lambayeque, 5 de abril del 2018.Yngrid Araceli Vela MontenegroJuez de Paz Letrado de LambayequeSantos A. Flores RamosESPECIALISTA CIVIL- FCABOGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6628913B/ 9265FP/ 10, 11, 12 abr.S/. 18.00

3. NOTIFICACIONES POR EDICTOS

CAMBIO DE NOMBRE El sexto Juzgado Especializado civil de Chiclayo en el Exp. N° 02296-2017-0-1706-JR-CI-06: la Sra. Juez Irma Elvira Rojas Senmache y Secretaria Judicial Blanca Edith Valiente Burga, setramita la demanda de CAMBIO DE NOMBRE: que será tramitada en la vía NO CONTENCIOSO, a efectos de obtener La Rectificación de mi partida de Nacimiento en el cual mi prenombre se encuentra Registrado como EVELIA OLANDA MORI, debiendo de figurar lo correcto como EVELIAYOLANDA MORI VERA RESOLUCION NUMERO: DOS de fecha Cinco de Marzo SE RESUELVE: ADMITIR a TRAMITE vía PROCESO NOCONTENCIOSO la demanda interpuesta por doña EVELIA YOLANDA MORIVERA VDA DE OROZCO contra el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil -RENIEC y el Procurador Publico del RENIEC, sobre CAMBIO DE NOMBRE Y ADICION DE APELLIDO MATERNO, en consecuencia, CONVOQUESE a la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el día QUINCE DE MAYO DELAÑO EN CURSO, a horas DIEZ Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en el local del juzgado y a la hora exacta; publíquese un extracto de la solicitud y presente resolución admisoria en el diario de los avisos judiciales por tres veces consecutivas; debiendo notificarse con la demanda y anexos al demandado representado por el Procurador Publico del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil; a quien se le notificara mediante exhorto en la dirección que se indica; Con conocimiento del Ministerio Publico( Fiscalía Civil de Tumo de Chiclayo); Al otro si digo de su escrito de demanda: TENGASE por delegada la representación procesal de la demandante en la Abogada que suscribe la demanda. Notifíquese.-,Chiclayo, 04 de Abril del 2018BLANCA EDITH VALIENTE BURGASECRETARIA JUDICIALSEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVILPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6634113B/ 9312FP/ 12, 13, 16 abr.S/. 27.00

TENENCIA El 4o Juzgado Especializado de Familia de Chiclayo que despacha el Sr. Juez Dr. RIVERA, Secretario Abog. RODRIGO; en el Exp.N° 6420-2017; ha expedido RESOLUCION NUMERO: OCHO, de fecha 23-04-2018, que DISPONE: NOTIFICAR por edictos a la demandada ESPERANZA VICTORIA JUAREZ CUBAS por el término de tres días hábiles, a efecto de que comparezca al proceso seguido en su contra, por don JUAN JOSE MONDRAGON MEJIA, sobre TENENCIA de sus menores hijos de iniciales M.F.M.J., N.H.M.J, y A.D.M.J., para que dentro del plazo de VEINTICINCO DIAS comparezca al proceso, a fin de notificarle la resolución admisoria, demanda y anexos, bajo expreso apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.Chiclayo, 05 de Abril del 2018José Rodrigo MartinezSecretario judicial4O JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIAPODER JUDICIAL- CSJLAP/ 6631450B/ 9301FP/ 11, 12, 13 abr.S/. 20.00

CAMBIO DE NOMBREExpediente N° 02312-2017-0- 1706-JR-CI-01 seguido por MOISES MANTARI SANDOVAL, contra el MINISTERIO PUBLICO DE CHICLAYO Y OTROS , el Juez del Primer Juzgado Especializado Civil Chiclayo Dr. ARY HENDRIK TERRONES MELENDEZ y la intervención de la Secretaria Judicial Rosa Y. Fernández Arrascue. se ha dispuesto mediante Res. N° 02 de fecha 28-1 1-2017, la publicación por edictos de un extracto del Auto Admisorio. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre CAMBIO DE NOMBRE interpuesta por MOISES MANTARI SANDOVAL contra el 1) MINISTERIO PUBLICO representado por la Fiscalía Provincial Civil de Chiclayo y el 2) REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL (RENIEC), entendiéndose además la demanda con la 3) Procuraduría Pública del RENIEC; debiendo sustanciarse en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO. TENGASE por ofrecidos los medios probatorios del demandante, por señalado su domicilio procesal y casilla electrónica; en consecuencia, CONFIERASE TRASLADO a los demandados con el escrito de demanda y sus anexos, así como con su subsanación y sus anexos y la presente resolución a fin de que en el plazo máximo de CINCO DÍAS cumplan con absolver la incoada... PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución en el Diario “La República” por el plazo de TRES DÍAS HÁBILES, para lo cual el Especialista Legal deberá elaborar los Edictos de su propósito, debiendo la parte demandante apersonarse al Juzgado a fin de diligenciar la publicación de los mismos.Chiclayo, 28 de Marzo del año 2018ROSA Y. FERNÁNDEZ ARRASCUESECRETARIA JUDICIALPRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CSJLA PODER JUDICIALP/ 6630527B/ 9281FP/ 11, 12, 13 abr.S/. 32.50

4. EDICTOS PENALES

EDICTOJUZGADO DE PAZ LETRADO OLMOS EXPEDIENTE: 00013-2017-0-1711-JP-PE-01JUEZ: INGRID FIORELLA MENDOZA CIEZAESPECIALISTA: EBER FERNANDO CAMPOS COBEÑASIMPUTADO: CRUZ ZEGARRA. NANCY JANETH FALTA: LESIONES DOLOSASAGRAVIADO: RAMOS LEON. GUISELA SOR AI DA

SRTA. JUEZ:Doy cuenta a Ud., que en el presente expediente, no se ha llevado a cabo la audiencia única, programada para el día 06 de Marzo del año en curso, debido a que no se ha cumplido con remitir los edictos correspondientes al diario oficial “La República”, para la notificación de la imputada- agraviada, lo que hago de su conocimiento para los fines que crea conveniente, doy fe . Olmos, siete de Marzo del año dos mil dieciocho.- RESOLUCIÓN NUMERO: TRESDADO CUENTA: con el presente proceso y razón que antecede, atendiendo que no se ha llevado a cabo la audiencia única, se debe reprogramar por ser este su estado, Por estas consideraciones REPROGRAMESE la AUDIENCIA UNICA, a realizarse en el local del Juzgado de Paz Letrado de Olmos, para el día DOCE DE ABRIL del año dos mil dieciocho a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta); NOTIFÍQUESE POR EDICTO a la imputada GUISELA SORAIDA RAMOS LEON, en el diario oficial “LA REPUBLICA”, con el percibimiento en caso de inconcurrencia de ordenarse su conducción de COMPULSIVA y a la agraviada con la concurrencia obligatoria bajo apercibimiento de determinarse la figura procesal del Archivamiento tácito. HÁGASE SABER al imputado y agraviada que tiene derecho a presentar los medios de prueba que consideren pertinentes y necesarios a su defensa y a ser asesorado por el abogado de su libre elección; NOMBRESE como perito medico a la doctora Adelaida Castillo Orrego, debiendo ratificarse de su pericia el día de la audiencia; OFICIESE a la defensoría Publica para que designe un abogado defensor Publico, para que pueda asistir al imputado en caso no sea asesorado por abogado de elección; Se provee/en la fecha por las recargadas labores de este juzgado y las vacaciones del secretario judicial que da cuenta; NOTIFIQUESE con arreglo a ley.FERNANDO CAMPOS COBEÑASSECRETARIO JUDICIALJUZGADO DE PAZ LETRADO OLMOSPODER JUDICIAL- CSJL P/ 6635243B/ 9343FP/ 12, 13 abr.S/. 32.00

EDICTO PENAL:EXPEDIENTE N° : 3492-2013-37-1706-JR-PEJUZGADO: PENAL UNIPERSONAL DE JLOJUEZ:DRA. FRANCE5JCA EMPERATRIZ PUICAN LUNAESPECIALISTA JUDICIAL: DANTE QUIÑONES YAHIROSe NOTIFICA a la acusada MARTÍN CARLOS LLAGUENTO, MARIANO LLAGUENTO SEGUNDO Y JORGE VALENCIA GOMEZ, con la resolución número CINCO de fecha 15/03/2018, mediante la cual se ha resuelto: PROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día DIEDCIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS Y CUARENTA DE LA TARDE, diligencia que se realizara en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ- sita - Calle Virrey Toledo N° 1080 -Atusparias - José Leonardo Ortiz, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia,por haberse dispuesto así en el proceso N° 3792-2013-37-JR-PE; en el proceso seguido contra los acusados MARTÍN CARLOS LLAGUENTO, MARIANO LLAGUENTO SEGUNDO Y JORGE VALENCIA GOMEZ, como presunto autor del delito de HURTO AGRAVADO Y OTROS ilícito previsto en el articulo N° 196° - A incisos l)y 2) del código penal, en agravio de LLAGUENTO REYES AGRIPINA, delito previsto y sancionado por el articulo N° 185° del texto punitivo de este juzgado competente a tenor a tenor de lo dispuesto en el articulo 28° numeral 2 de la norma acotada.—Chiclayo 03 Abril del 2018

DANTE QUIÑONES YAHIROESPECIALISTA DE JZUGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO MBJ- JLOCSJLA- PODER JDUICIALFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO JUDICIALJUEZ: DR. FRANCISCO GAVIDIA GAVIDIA ASIST. CAUSAS: FANNY FARRO QUIROZ2 2 9 8 - 2 0 1 4 - 1 3 - 1 6 0 1 - J R - P E - 0 3 , emplaza al acusado ANDRES VICTORIANO ROBLES APOLINAR, en la investigación seguida en su contra, por el delito de USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO Y OTRO en agravio de Guillermo Víctor Alonso Carranza Hoyos y otro; con la Res. N° 16. RESUELVE: 1) PROGRAMAR AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO FISCAL ACUSATORIO HY/O MIXTO para el DÍA CATORCE DE MAYO DE 2018 A LAS 09:00 AM, en la sala de Audiencias del TERCER Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, sito en la Corte Superior de Justicia de La Libertad, ubicada en la Av. Avenida America Oeste s/n Urb. Covicorti Sector Natasha Alta Primer Piso. Se hace de conocimiento que el imputado ANDRES VICTORIANO ROBLES APOLINAR cuenta con defensor público.Trujillo, 06 de abril del 2018FANNY FARRO QUIROZASISTENTE DE CAUSAS JURISDICCIONALESJUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TRUJILLOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA D ELA LIBERTADFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTOEXPEDIENTE: 2435-2017-0-1703-JR-PE-03 JUEZ: Dr. JUAN JOSE HERRERA SANCHEZ ESP. DE JUZGADO: Abog. EDWIN VIZCONDE SAAAANIEGOEl Señor Juez del Tercer Juzgado Penal de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL ACUSADO: EDWIN EDILMER GARCIA RODRIGUEZ, conla fecha de audiencia programada, de acta de audiencia de fecha veinte de marzo del año dos mil dieciocho, en la que se ha resuelto lo siguiente: “SE RESUELVE:1.- ARCHIVAR PROVISIONALMENTE la presente causa seguida contra el acusado EDWIN EDILMER GARCIA RODRIGUEZ como presunto autor del delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD, en su modalidad de PARRICIDIO, en agravio de MARIA LEILA TARRILLO CORONADO.2.- NOTIFIQUESE los extremos resolutivos precedentes, a través de edictos judiciales en el diario Oficial La República por el plazo tres días consecutivos.3.- FÓRMESE EL EXPEDIENTE JUDICIAL con los medios de prueba admitidos en el auto de enjuiciamiento, así como el CUADERNO DE DEBATE con el auto de enjuiciamiento, el auto de citación a juicio, los registros que se realicen durante el juicio oral, así como las demás resoluciones que se dicten en el presente proceso de conformidad con el artículo 136 del Código procesal Penal.4.- PÓNGASE A DISPOSICIÓN de los sujetos procesales el EXPEDIENTE JUDICIAL en la Oficina de la Asistente de Causas Jurisdiccionales, por el plazo de CINCO DÍAS para los efectos a que se contrae el artículo 137 del Código Procesal Penal.5.- NOTIFIQUESE la presente resolución a los sujetos procesales conforme a ley.Jaén, 03 de Abril del 2018EDWIN VIZCONDE SAMANIEGOESPECIALISTA JUDICIALJUZGADO PENAL UNIPERSONALCSJLA- JAENFP/ 12, 13, 14 abr.

7Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

existencia de la violencia familiar en la modalidad de maltrato psicológico. b) DISPONGO: Como Medidas de Protección: 1) LA PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO en forma violenta de don FAUSTINO CHAVEZ RIMARACHIN a doña MARIA DORALIZA CORONEL ROJAS, 2)EL CESE Y ABSTENCIÓN de todo acto de violencia física, psicológica y de cualquier otro tipo por parte de don FAUSTINO CHAVEZ RIMARACHIN, en agravio de MARIA DORALIZA CORONEL ROJAS, quedando prohibidas las llamadas telefónicas o comunicación por cualquier otro medio con la finalidad de insultar, humillar, menospreciar y cualquier tipo de perturbación emocional de la agraviada, haciendo de conocimiento del demandado que el cumplimiento de la medida de protección, le son requeridas, bajo apercibimiento de disponerse las medidas coercitivas que envisten a este órgano jurisdiccional acorde con lo dispuesto en el artículo 53 del Código Procesal Civil, sin perjuicio de formularse la denuncia penal por desobediencia a la autoridad de ser el caso.c) DISPONGO, como tratamiento que: 1) FAUSTINO CHAVEZ RIMARACHIN, deberá apersonarse al Hospital Referencial de Ferreñafe, a fin de recibir la terapia correspondiente que le ayude a tomar conciencia que se debe respetar la integridadfísica y/o psicológica de todos los seres humanos, y que nadie debe ser víctima de violencia familiar.d) FIJESE la suma de S/.300.00 (TRESCIENTOS 00/100 SOLES), el monto de la reparación civil que deberá abonar FAUSTINO CHAVEZ RIMARACHIN, a favor de MARIA DORALIZA CORONEL ROJAS.e) NOTIFÍQUESE conforme a Ley.Dra. María Julia Silva MoriSecretaria JudicialJuzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe Poder Judicial-CSJL10 de Marzo del 2018FP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO JUDICIALExp. 00397-2014-0-1714-JM-FC-01/JFT/CILFJUZGADO DE FAMILIA TANSITORIO DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZJUEZ: RUTH LUCESMISTH DIAZ OLIVAESPECIALISTA : GLADYS YESSENIA NUNTON CASTROPor el presente edicto, la señora Juez del Juzgado de Familia Transitorio de José Leonardo Ortiz, notifica la presente resolución número DIECINUEVE, habiéndose ordenado lo siguiente:RESOLUCIÓN NUMERO DIECINUEVE, JOSE LEONARDO ORTIZ CUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO: Dado cuenta: con el presente proceso, que en autos se aprecia, que el presente proceso no se ha realizado las publicaciones por edictos conforme a lo establece los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil, y a la razón que antecede PUBLIQUESE un extracto de la demanda, por tres días consecutivos, para que en el plazo de TREINTA DIAS, comparezcan aquellas personas que tengan interés en el presente proceso, cumplido que sea sin que se haya presentado oposición alguna; VUELVAN LOS AUTOS A DESPACHO PARA SENTENCIAR. NOTIFIQUESE con arreglo a ley.-DEMANDA: HEYNER CAYATOPA VASQUEZ, interpone demanda de DECLARACIÓN DE UNIÓN DE HECHO contra su menor hija LUCERO ALONDRA CAYOTOPA MALPARTIDA.PETITORIO:1. Al amparo del Art. I del Título Preliminar del Código Procesal Civil, invocando legitimidad e interés para obrar, mediante la presente recurro a vuestra judicatura con la finalidad de promover formal demanda de Declaración de Unión de Hecho - Pretensión Principal-, acción que la dirijo contra la Sucesión de quien en vida fue mi conviviente MALPARTIDA MAIZ, EDITH AZUCENA, con la finalidad de

que declare judicialmente la convivencia, desde el año 2004 hasta el día 28 de noviembre del año 2012, habiendo convivido libremente por espacio de 8 años - esto es ambos sin impedimento matrimonial; asimismo, con pretensión originaria accesoria subordinada, solicito lo siguiente: a) Primera PretensiónSe declare como bien la Sociedad de Bienes, el Inmueble ubicado en la / MZ “O” - Lote N° 05, del AA.HH- PARAISO DEL NORTE- / José Leonardo Ortiz- Chiclayo- Lambayeque. Adquirido por elrecurrente y su extinta conviviente, dentro del desarrollo de la relación convivencial.MEDIOS PROBATORIOS:Documentales:a)Copia del documento de Traspaso de un lote del sector 6 del AA.HH. “PARAISO DEL NORTE”, celebrado entre el recurrente y su extinta conviviente, y, don Eladio Barbosa Silva, por la transferencia del inmueble ubicado en Mz. “O” - Lote “05” - AA.HH. “PARAISO DEL NORTE”- José Leonardo Ortiz.b)Acta de Defunción de doña Edith Azucena Malpartida Maiz.c)Declaración Jurada notarial de convivencia, de fecha 01 de junio del 2007, suscrita entre CAYATOPA VASQUEZ HEYNER y MALPARTIDA MAIZ, EDITH AZUCENA.d)Documento de Verificación de fecha 04 de octubre de 2013, expedido por el teniendo gobernador del AA.HH. “PARAISO DEL NORTE”- José Leonardo Ortiz.e)Certificado de Inscripción del recurrente Heyner Cayotopa Vásquez.f)Acta de Nacimiento de mi menor hija LUCERO ALONDRA CAYOTOPA MALPARTIDA.g)Copia de DNI de mi menor hija LUCERO ALONDRA CAYOTOPA MALPARTIDA.h)Certificado Negativo de Inscripción de Sucesión Intestada, expedido por la Zona Registral N° II- sede Chiclayo.i)Certificado Negativo de Inscripción de Testamento, expedido por la Zona Registral N° II- sede Chiclayo.j)Certificado N° 2013/119078, expedido por la Zona Registral N° II- Sede Chiclayo.k)Copia certificada del documento privado denominado traspaso de un lote del sector 6 del AA.HH “Paraíso del Norte”.l)Copia Certificada de la declaración jurada de convivencia.José L. Ortiz, 09 de Abril del 2018Juzgado de Familia Transitorio - J.L.OrtizPODER JUDICIAL - CSJLA.FP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO3o JUZGADO LABORALEXPEDIENTE: 03169-2011-0-1706-JR-LA-03MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA JUEZ: HUAMAN VERA LORENZO MARTÍN ESPECIALISTA: VANESSA YANINA CASTRO GUERRERO DEMANDADO: ONPDEMNADANTE: AURICH LEON, GILBERTOSeñor Gerente del Diario “La República”, por medio del presente solicito a usted, publique el presente Edicto:Ante el Tercer Juzgado Laboral de Trabajo, que despacha el Dr. HUAMAN VERA LORENZO MARTÍN y la Secretaria VANESSA YANINA CASTRO GUERRERO, Expediente N° 03169-2011, seguido por AURICH LEON, GILBERTO contra la OFICINA DE NORMALIZACION PREVI SIONAL sobre IMPUGNACION DE RESOLUCION, que conforme se ha ordenado mediante resolución número Ocho de fecha dieciocho de enero del dos mil dieciocho, mediante la cual se ordena notificar mediante edictos a los HEREDEROS LEGALES de don AURICH LEON, GILBERTO, a fin de que en el plazo de TREINT A DIAS, comparezcan al presente proceso, acreditando su calidad de herederos, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal en su reemplazo, se ordena publicar un extracto de la presente resolución publique por tres días consecutivos en el Diario Judicial

EDICTO PENALExpediente: 115-2017-JIPSI-CSJLA – (ACTOR CIVIL)Carpeta : 518-2016-2°FPPCSIProcesado: JEFERSON CHUJUNDAMA REINA y OTROAgraviado: MENORES DE INICIALES R.V.M.CH. y K.M.M.CH.Delito: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR Juez: Dr. HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAEsp. Jud.: Abg. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJA Por el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR al ACUSADO RONY UPIACHIHUA CHISQUIPAMA, con un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO UNO, más RESOLUCIÓN NUMERO TRES, en las cuales se DISPONE: RESOLUCION NUMERO 01: Dado Cuenta con el escrito presentado por Nelida Chujundama Pilco, en su condición de representante de las menores agraviadas, la misma que es refrendada por la letrada Katia Martínez Rodríguez y de conformidad con lo previsto en el articulo N° 102 inciso 1 del Código Procesal Penal, TRASLADO a los sujetos procesales (Fiscal y procesado), por el plazo de TRES DÍAS, para los fines pertinentes; y CUMPLIDO que sea DESE CUENTA para expedir la resolución pertinente, bajo responsabilidad funcional. Sin perjuicio de ponérsele en conocimiento a la letrada que obra la devolución de cedula sin diligenciar del acusado JEFERSON CHUJANDAMA REINA, y es el mismo domicilio real que ha sido consignado en su escrito, siendo así deberá precisar el domicilio del acusado antes señalado a fin de proceder a notificársele. Notifíquese a los demás sujetos procesales RESOLUCION NUMERO 03: DADO CUENTA, con la revisión de autos, se verifica que se le ha cursado el Oficio N° 115-1-2017-JIPSI-CSJL (Actor Civil) al Jefe de la Central de Notificaciones de la Corte superior de Justicia de San Martín-Sede San Martín, sin que a la fecha se cuente con su diligenciamiento; y obrando la razón del Asistente Judicial de fecha veintidós de noviembre del año dos mil diecisiete a la fecha del presente decreto no obra devolución de la constancia de notificación, ello impide emitir la resolución que corresponde; y a fin de evitar dilación en el presente incidente. Proceda el Asistente Judicial a NOTIFICAR VÍA EDICTOS al acusado RONY UPIACHIHUA CHISQUIPAMA, con la presente resolución, resolución Uno y escrito de solicitud de constitución de actor civil. Proceda el Asistente Judicial a dar seguimiento de los Oficios remitidos.HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAJUEZJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIASAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAABG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJAESPECIALISTA JUDICIALJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIASAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE Nº : 587-2015-0-1707-JM-FT-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCANTARASECRETARIA JUDICIAL: MARIA JULIA SILVA MORISe NOTIFICA a: MARIA DORALIZA CORONEL ROJAS con la Resolución N° CUATRO Y CINCO de fecha veintiséis de enero del dos mil dieciocho, en la cual se ha resuelto:EXP.: 587-2015RESOLUCION N° CUATRO De fecha 26.01.2018SE RESUELVE: DECLARAR REBELDE al demandado FAUSTINO CHAVEZ

RIMARACHIN. Declarar SANEADO EL PRESENTE PROCESO y por existente una relación jurídica procesal válida entre los justiciables.RESOLUCION N° CINCODe fecha 26.01.2018SE RESUELVE: a) Declarar FUNDADA: La demanda interpuesta por doña Elizabeth del Carmen Niquen Suárez, en su condición de Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de Ferreñafe, contra FAUSTINO CHAVEZ RIMARACHIN, en agravio de MARIA DORALIZA CORONEL ROJAS; por violencia familiar en la modalidad de violencia psicológica; en consecuencia, se determina la existencia de la violencia familiar en la modalidad de maltrato psicológico. b) DISPONGO: Como Medidas de Protección: 1) LA PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO en forma violenta de don FAUSTINO CHAVEZ RIMARACHIN a doña MARIA DORALIZA CORONEL ROJAS, 2)EL CESE Y ABSTENCIÓN de todo acto de violencia física, psicológica y de cualquier otro tipo por parte de don FAUSTINO CHAVEZ RIMARACHIN, en agravio de MARIA DORALIZA CORONEL ROJAS, quedando prohibidas las llamadas telefónicas o comunicación por cualquier otro medio con la finalidad de insultar, humillar, menospreciar y cualquier tipo de perturbación emocional de la agraviada, haciendo de conocimiento del demandado que el cumplimiento de la medida de protección, le son requeridas, bajo apercibimiento de disponerse las medidas coercitivas que envisten a este órgano jurisdiccional acorde con lo dispuesto en el artículo 53 del Código Procesal Civil, sin perjuicio de formularse la denuncia penal por desobediencia a la autoridad de ser el caso.c) DISPONGO, como tratamiento que: 1) FAUSTINO CHAVEZ RIMARACHIN, deberá apersonarse al Hospital Referencial de Ferreñafe, a fin de recibir la terapia correspondiente que le ayude a tomar conciencia que se debe respetar la integridadfísica y/o psicológica de todos los seres humanos, y que nadie debe ser víctima de violencia familiar.d) FIJESE la suma de S/.300.00 (TRESCIENTOS 00/100 SOLES), el monto de la reparación civil que deberá abonar FAUSTINO CHAVEZ RIMARACHIN, a favor de MARIA DORALIZA CORONEL ROJAS.e) NOTIFÍQUESE conforme a Ley.Dra. María Julia Silva MoriSecretaria JudicialJuzgado de Familia Transitorio de Ferreñafe Poder Judicial-CSJL10 de Marzo del 2018FP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE Nº: 587-2015-0-1707-JM-FT-01JUZGADO: JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE FERREÑAFEJUEZ: YRIS MELISA NUÑEZ ALCANTARASECRETARIA JUDICIAL: MARIA JULIA SILVA MORISe NOTIFICA a: FAUSTINO CHAVEZ RIMARACHIN con la Resolución N° CUATRO Y CINCO de fecha veintiséis de enero del dos mil dieciocho, en la cual se ha resuelto:EXP.: 587-2015RESOLUCION N° CUATRO De fecha 26.01.2018SE RESUELVE: DECLARAR REBELDE al demandado FAUSTINO CHAVEZ RIMARACHIN. Declarar SANEADO EL PRESENTE PROCESO y por existente una relación jurídica procesal válida entre los justiciables.RESOLUCION N° CINCODe fecha 26.01.2018SE RESUELVE: a) Declarar FUNDADA: La demanda interpuesta por doña Elizabeth del Carmen Niquen Suárez, en su condición de Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de Ferreñafe, contra FAUSTINO CHAVEZ RIMARACHIN, en agravio de MARIA DORALIZA CORONEL ROJAS; por violencia familiar en la modalidad de violencia psicológica; en consecuencia, se determina la

Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL8

La República de esta ciudad.Chiclayo, 02 de abril del 2018DORIS HAYDEE PISFIL SALAZARJUZTERCER JUZGADO DE TRABAJOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO3o JUZGADO LABORALEXPEIDENTE: 04341-2015-0-1706-JR-LA-03 MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA JUEZ: HUAMAN VERA LORENZO MARTÍN ESPECIALISTA: VANESSA YANINA CASTRO GUERRERO DEMANDADO: ONPDEMANDANTE :DAVILA VERA, MERCEDESSeñor Gerente del Diario “La República”, por medio del presente solicito a usted, publique el presente Edicto:Ante el Tercer Juzgado Laboral de Trabajo, que despacha el Dr. HUAMAN VERA LORENZO MARTÍN y a Secretaria VANESSA YANINA CASTRO GUERRERO, Expediente N° 04341-2015, seguido por DAVILA VERA, MERCEDES contra la OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL sobre IMPUGNACION DE RESOLUCION, que conforme se ha ordenado mediante resolución número Tres de fecha cinco de man» del dos mil dieciocho, mediante la cual se ordena notificar mediante edictos a los HEREDEROS LEGALES de don DAVILA VERA, MERCEDES, a fin de que en el plazo de TREINTA DIAS, comparezcan al presente proceso, acreditando su calidad de herederos, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal en su reemplazo, se ordena publicar un extracto de la presente resolución publique por tres días consecutivos en el Diario Judicial La República de esta ciudad.DORIS HAYDEE PISFIL SALAZARJUZTERCER JUZGADO DE TRABAJOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTOEn el Exp. N° 9590-2017-0-FT, seguido por FISCALIA PROVINCIAL MIXTA DE JOSE LEONARDO ORTIZ contra VICTOR CASTILLO y ZOILA GUADALUPE CUBAS LLALLE sobre ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS enagravio de la menor de iniciales C C MS; la Sra. Juez del JUZGADO DE FAMILIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, Dra. MATILDE MESONES MONTANO, ha dispuesto NOTIFICAR por edictos a los demandados VICTOR CASTILLO y ZOILA GUADALUPE CUBAS LLALLE con lo siguiente: DEMANDA.- Petitorio: La investigación tutelar a favor de la menor de iniciales MS C C de cuatro año de edad, a fin de determinar si se encuentra en estado de abandono, y se disponga como medida de protección el cuidado en el propio hogar, para lo cual se orientara a los padres, familiares o responsables en el cumplimiento de sus obligaciones, contando con el apoyo y seguimiento temporal por instituciones de defensa...RESOLUCIÓN UNO.- SE RESUELVE: ABRIR INVESTIGACION TUTELAR a favor de la menor de iniciales M.S. C.C, de cuatro años de edad sobre DETERMINACION DE ESTADO DE ABANDONO, disponiéndose como medida de protección provisional el del cuidado en su propio hogar, a cargo de la madre biológica ZOILA GUADALUPE CUBAS LLALLE; RESOLUCION NUEVE.- NOTIFIQUESE a VICTOR CASTILLO y ZOILA GUADALUPE CUBAS LLALLE mediante EDICTOS que deberán publicarse por tres días hábiles consecutivos para que en el plazo de QUINCE DÍAS SIGUIENTES a la última publicación, se apersone, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal;...Dra. MATILDE MESONES MONTAÑO, Juez; Dra. GLORIA PRADO, Especialista Legal.José Leonardo Ortíz, 06 de abril del 2018

GLORIA PRADO CABREJOS ESPECIALISTA LEGALJUZGADO DE FAMILIA MBJ- JLOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO PENALOficio N° 2152-2012-58- 1708-JR-PE-01 /JCHMJUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUEJUEZ: José Luís Chanamé Parraguez ESPECIALISTA: Juan Carlos HoyosCITA y EMPLAZA al sentenciado YOEL PEÑA HERRERA, en el proceso penal que se le sigue en ejecución de sentenciado por la comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR; por el presente medio CUMPLO con notificarle con el tenor de la resolución N° VEINTIUNO, que contiene la resolución judicial que dispone PROGRAMAR AUDIENCIA DE APLICACIÓN DEL ARTICULO 59 DEL CODIGO PENAL, para el DÍA TRE1NT5A DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas UNA y VEINTE DE LA TARDE (hora exacta), diligencia que se instalara en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, sito en Av. Víctor Doig u Lora N° 185 - Lambaiiegue\ con la presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y del Abogado Defensor del sentenciado, notificándosele a este último bajo apercibimiento en caso de inasistencia de proceder de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 85 del CPPPor haberse ordenado así en el expediente N° 2152-2012- 58-1708-JR-PE, que se sigue contra YOEL PEÑA HERRERA, por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de DARWIN JOEL PEÑA DAMIANJOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZJUEZJUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIAPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO PENALOficio N° 3685-2017-10-1706-JR-PE-03/JM1TERCER JUZGADO UNIPERSONAL - CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSE RUPERTO MERINO IBEROSCITA Y EMPLAZA; al acusado de autos MANUEL LLUEN BALLENA; para que se presente a la audiencia en el expediente N° 06165-2015-37-1706-JR-PE-07 que se le sigue por el delito de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, tipificado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal en agravio de EVERTH CRISTHIAN Y YANINA ARACELI LLUEN LLUMPO, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el 26 DE ABRIL DE 2018 A HORAS 12:00, la misma que se realizara en la sala de audiencia numero 9 de los Juzgados unipersonales. ubicada en el tercer piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo.Por haberse dispuesto asi en el cuaderno de debates 3685-2017-10-1706-JR- PE-03, seguido contra el acusado MANUEL LLUEN BALLENA, por el delito CONTRA LA FAMILIA, en la figura de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN AUMENTARIA, tipificado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal en agravio de EVERTH CRISTHIAN Y YANINA ARACELI LLUEN LLUMPO.Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia.Chiclayo, 06 de Abril del 2018.JORGE LUIS ROJAS CRUZJUEZTERCER JZUGADO PENAL UNIPERSONALPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO PENALPRIMER JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CHICLAYOESPECIALISTA: MIGUEL GUZMAN CARRANZACITA Y EMPLAZA: al acusado de autos AGUSTIN BOÑON LEON,notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL orogramada paro el día VEINTISIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a hora TRES DE LA TARDE (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de audiencia número siete (07), de los Juzgados Colegiados, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - 3° piso - Chiclayo. Al haberse ordenado así en el Exp. N° 09046-2016-0-1708-JR-PE-01, que se sigue en su contra por el delito de TRAFICO ILICITO DE DROGAS en agravio del ESTADO PERUANO.Chiclayo, 04 de Abril del 2018.ELIA Jovanny Vargas RuizDIRECTOR DE DEBATEPODER JUDICIAL – CSJLFP/ 12, 13,1 4 abr.

EDICTO PENALEPXEDIENTE: 10563-2016-0-1706-JR-PE-09JZUGADO: 9 ° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB.JUEZ: JORGE MARCELINO PEREZ TORO ESPECIALISTA LEGAL: ROBERTO FRANK IZA MAYORGASe NOTIFICA con el Acta de Sesión de fecha 27.03.2018 al Señor ALEX ALFONSO MENDOZA LLONTOP, que RESUELVE:1.Tener por NO INSTALADA la presente audiencia.2.REPROGRAMAR la AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO DE CONTROL DE ACUSACION para día el 24 de mayo 2018, a horas 12:30 P.M. (HORA EXACTA). EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo. quedando válidamente notificados los sujetos procesales concurrentes.3.NOTIFICAR al Imputado ALEX ALFONSO MENDOZA LLONTOP, vía edictos, por cuanto no se tiene certeza de su domicilio.4 NOTIFICAR a los demás imputados en sus domicilios señalados en autos.5.QUEDA NOTIFICADO al imputado HERNÁN MARCELO DE PAZ BENITES vía telefónica, sin perjuicio de notificarse a su domicilio real señalado en autos.6.NOTIFICAR a la Dr. PATTY DIAZ GONZALES en su domicilio señalado en autos a fin de que concurra a la próxima sesión de audiencia de audiencia, debiendo justificar su inasistencia en el pazo de 24 horas, bajo apercibimiento de informar a su órgano de control correspondiente.7.NOTIFICAR Via Whatsap al número de teléfono 981690158, perteneciente al Señor HERNÁN MARCELO DE PAZ BENITES, donde se remitirá por dicho medios mediante fotos, el requerimiento acusatorio, subsanaclón del Requerimiento Acusatorio; debiendo adjuntar la constancia de envió por parte del Asistente Jurisdiccional.8 REITERAR los apercibimientos de proceder conforme al artículo 85°, inciso 1) del NCPP, en caso de ¡nconcurrencia del abogado defensor e informarse a donde corresponda y en el supuesto de inasistencia del señor fiscal se aplicará lo dispuesto en el articulo 144, inciso 2) del NCPP.Chiclayo, 27 de marzo 2018JORGE MARCELINO PEREZ TOROJUEZ9° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIADELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROSPODER JUDCIIAL- CSJLAFP/ 12, 13,1 4 abr.

EDICTOEXPEDIENTE: N° 5292-2016-23-1706-JR-PE-01 JUZGZADO: JUZGADO UNIPERSONAL DE JOSE LEONARDO ORTIZ.

JUEZ: Dra. FRANCESKA PUICAN LUNA ESPECIALISTA LEGAL: DENISSE CIEZA SAMILLANEl Juzgado Penal Unipersonal de José Leonardo Ortiz, mediante resolución número cuatro de fecha cinco de abril de! año dos mil dieciocho cita y emplaza a EVELYN CAROLY LEON PORTALES, para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso signado con número de expediente 5292-2016-23-1706-JR-PE-01, proceso seguido contra las acusadas Evelyn Caroly León Portales Y Maribel Gonzales Flores como coautoras del delito Contra El Patrimonio - Estafa Agravada, en agravio de Rosa Moría Mari MAnayay. para que concurra a la audiencia de JUICIO ORAL REPROGRAMADA para el día OCHO DE MAYO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DIEZ CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA en la Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de José Leonardo Ortiz; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y disponerse el archivo provisional de la causa conforme al Inciso 5 del artículo 79 del Código Procesal Penal JSecretaria: Denisse Cieza Samillán.Dra. FRANCESKA PUICAN LUNA JUEZJUZGADO PENAL TRANSITORIOPODER JUDICIAL- CSJLAFp/ 12, 13,1 4 ABR.

EDICTOEXPEDIENTE: 10381-2017-0-1706-JR-PE-1El PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JUEZ: PRIMO VASQUEZ MARIA CELIA ESPECIALISTA: FAILOC SU PATRICIA SHULAYPor el presente edicto, la Señora Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo se NOTIFICA al imputado ACUÑA RIOJAS JOSE CARLOS con la Resolución Número Tres de fecha 20 de Enero del 2018 la que resuelve: CONFERIR TRASLADO DE REQUEIRMIENTO ACUSATORIO A LOS DEMAS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO PARENTORIO DE DIEZ DIAZ HABILESa efectos de que puedan por escrito ) observar formalmente la acusación ,2) deducir excepciones y otros medios de defensa 39 solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada ,4 ) pedir el sobreseimiento,5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad.6) ofrecer la prueba para el juicio ,7)objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes.8)proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados . obviando su actuación probatoria en juicio 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados , y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia de control de acusación: PRECISAR que la Carpeta Fiscal con todos los elementos de convicción que ese encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso para los fines que corresponda ;asimismo SE DISPONE DESIGNAR ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO para que asuma la defensa del acusado RIOJAS JOSE CARLOS, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección .comunicándole en forma inmediata al juzgado PROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA QUINCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE Y QUINCE MINUTOS DE LA TARDE, en la sala de audiencias N° UNO del Primer Juzgado de investigación preparatoria de Chiclayo.Por haberse dispuesto así en el EXP N” 10381-2017-0-1706-JR-PE-l, en los seguidos contra ACUÑA RIOJAS JOSE CARLOS, por el presunto delito de LESIONES LEVES en agravio de ALVARADO MEJIA JORGE ELEODORO

9Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

MARIA CELIA PRIMO VASQUEZ JUEZPRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PATRICIA SHULAY FAILOC SUESPECIALISTAPRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAFP/ 12, 13, 14 ABR.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: N° 2210-2017-0-1706-JR-PE-09JUZGADO : NOVENO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CHICLAYO JUEZ : JORGE MARCELINO PEREZ TOROESP. JUDICIAL : ROBERTO FRANK IZA MAYORGASe NOTIFICA a los imputados JUAN ANDRES JACINTO LLENQUE, DANIEL JACINTO LLENQUE y JIMMY CARLOS ECHE PAZO , con el acta de audiencia de fecha 26 de marzo de 2018, en la cual:SE RESUELVE:1.Tener por NO INSTALADA la presente audiencia.2.REPROGRAMAR la AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO DE CONTROL DE ACUSACION para dia el 16 DE MAYO DE 2018. a horas 01:00 pm. (HORA EXACTA). EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo. quedando válidamente notificados los sujetos procesales concurrentes.3.QUEDAN VÁLIDAMENTE notificados los imputados JUAN ANDRES JACINTO LLENQUE y DANIEL JACINTO LLENQUE en sus números telefónicos, sin perjuicio de notificarse via edictos.4.NOTIFICAR al imputado JIMMY CARLOS ECHE PAZO en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele via edictos.5.NOTIFICAR a la Procuraduría Pública del Ministerio del Ambiente en su domicilio señalado en autos.6.OFICIAR al Órgano de Control con respecto a la conducta del Notificador, por cuanto ha señalado que los imputados ya no viven en dicho lugar pero no lo ha especificado, lo que ha generado la frustración de audiencia.7.QUEDAN válidamente notificados los sujetos procesales concurrentes, bajo los mismos apercibimientosChiclayo, 26 de marzo de 2018.JORGE MARCELINO PEREZ TOROJUEZ9° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIADELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROSPODER JUDCIIAL- CSJLAFP/ 12, 13,1 4 abr.

EDICTO PENALInst. No 1223 -2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.-ESPEC1 ALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA VALLE MANAY.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.RESOLUCIÓN NUMERO: UNO Trece de Marzo deI dos mil dieciocho.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por la Señorita Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, contra el imputado PAUL ISACC CARRASCO RUBIO, con domicilio CALLE WASHIGTON N° 539 - CPM URRUNAGA - JLOCITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por la Señorita Fiscal Adjunto Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dra. Katia Patricia Núñez Izaguirre, contra el imputado PAUL ISAAC CARRASCO RUBIO, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA en su figura de PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN

DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de El Estado, representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día DIECISÉIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria de la señorita representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 y Decreto Legislativo N° 1307, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2. OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del MinisterioJosé Leonardo Ortiz. 28 de Marzo 2018.-ELVIA MILGAROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE JZUGADOJUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO PENALEXPEDIENTE:08836-2017-53-1706- JR-PE-09JUZGADO: 9 o JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO ENDELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB.JUEZ: JORGE MARCELINO PEREZ TOROESPECIALISTA LEGAL:JORGE JAVIER PISFIL MONTALVANEl Juez del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de Chielayo, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, De Mercado y Ambientales, NOTIFICA a SANTOS AGAPITO AGUILAR ALVA con la RESOLUCIÓN N° SEIS de fecha 06.11.17. emitida en el Expediente N° 08836- 2017-0-1706-JR-PE-09. a través de la cual se tiene por RECEPCIONADA LA DISPOSICIÓN DE FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA seguida contra Santos Agapito Aguilar Alva, Luis Alberto León Díaz y Angclmira Yolanda Juica Loyola, como presuntos autores del delito de MINERÍA ILEGAL Y ALTERACIÓN DE PAISAJES, conductas previstas y sancionadas en los artículos 307 - A v 313° del Código Penal, en agravio del ESTADO - MINISTERIO DEL AMBIENTE; asi también se le NOTIFICA con el REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO solicitado a favor de Santos Agapito Aguilar Alva, Luis Alberto León Díaz v Angclmira Yolanda Juica Loyola, por el plazo perentorio de 10 DIAS HÁBILES, a efectos de que pueda plantear lo dispuesto en el inciso 2) del articulo 345° del CPP: “Los sujetos procesales podrán formular oposición a la solicitud de archivo dentro del plazo establecido. La oposición, bajo sanción de inadmisiblidad, será fundamentada y podrá solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes”, todo ello con el objeto e ser debatido en la audiencia de sobreseimiento. Y a la vez se le CITA Y EMPLAZA, a fin de que concurra a la reprogramación de la AUDIENCIA DE SOBRESEIMIENTO, para el dia DIECISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias N° Veinte del Noveno Juzgado de Investigacion Preparatoria Permanente, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales, ubicado en la Av. José L.- Ortiz N° 115 (Primer Piso)- Chiclayo.JORGE MARCELINO PEREZ TOROJUEZ9° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIADELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROS

PODER JUDCIIAL- CSJLAFP/ 12, 13,1 4 abr.

EDICTO PENALInst. No 1229 -2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.-ESPEC1A LISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANAYALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.CITA, LLAMA Y EMPLAZA a : CXARLOS ANTONIO SOSA CORONADO, con domicilio en la CALLE PARAGUAY y SANTA MAGDALENA - JLO ó CALLE SANTIAGO N° 355 M- CPM.- NVO SAN LORENZO IV - JLO. RESOLUCIÓN NUMERO: UNO Trece de Marzo del dos mil dieciocho.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por la señorita Fiscal Adjunto Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dra. Katia Patricia Núñez Izaguirre, contra el imputado CARLOS ANTONIO SOSA CORONADO, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA en su figura de PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del ESTADO representado por el Procurador Público del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, para el día DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 y Decreto Legislativo N° 1307, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.2. OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública de Lambayeque con sede en Chiclayo.1.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado CARLOS ANTONIO SOSA CORONADO por EDICTO con un extracto del requerimiento a la brevedad posible en el diario oficial La República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal.José Leonardo Ortiz. 02 de Abril 2018.ELVIA MILGAROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE JZUGADOJUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO PENALhist. No 8187-2016-39 -1706-JR-PE-l0- EMM.- ESPECIALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANAY.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.RESOLUCIÓN NUMERO: UNO Trece ile Marzo del dos mil dieciocho.

CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por la Señorita Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, contra el imputado ROBERTO DUEÑAS DIAZ, con domicilio en la Calle Puerto Rico N° 210 - Urb. Varsallo - ILOCÍTESE para el día DIECISIETE DE MAYO DELAÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MANANA (hora exacta) aefecto de realizar la audiencia de control del requerimiento fiscal de sobreseimiento solicitado por Rober Edwin Becerra Pérez, Fiscal Adjunto Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, en la investigación preparatoria seguida contra ROBERTO DUEÑAS DÍAZ, por el delito contra La Familia en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de su menor hija ANA KAREN DUEÑAS CAMPOS, representadaqaor su señora madre Mana Grimaneza Campos Mejía, en la Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz, sito en Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y llevarse a cabo con el defensor que el imputado designe en ese mismo acto o con el defensor público que designe el Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable a tenor de lo dispuesto por el artículo 345.3° del Código Procesal Penal, modificado por el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1307; Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito para que designe un defensor público que asuma la defensa del imputado en la citada audiencia en caso no concurra el abogado defensor particular, adjuntándose copia del requerimiento fiscal de sobreseimiento y de la presente resolución. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistente y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. NOTIFÍQJJESE al imputado y agraviada en sus domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos, y a la representación fiscal en su sede institucional o casilla electrónica; sin perjuicio de que, si no lo hubieran hecho, señalen en forma obligatoria domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento. Al otrosí digo: Téngase presente. Notifíquese con las formalidades de ley.-José Leonardo Ortiz. 22 de Marzo 2018.-ELVIA MILGAROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE JZUGADOJUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO PENALInst. No 2382 -2017-0 -1706-JR-PE-l0- EMM.- ESPEC1ALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓN-.EL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.RESOLUCIÓN NUMERO: UNO Trece de Marzo del dos mil dieciocho.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por la Señorita Fiscal Adjunto Provincial Penal de la

Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL10

Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, contra el imputado FELIPE CHUNGA DIAZ, con domicilio en la Calle Las Tomas N° 141 - chiclavo, GUILLANA ELIZABETH CHUNGA RIVERA, con domicilio Calle Las Tomas N° 141 - Upis Cois, OSCAR ENRIQUE ZAPATA FERRER, con domicilio en la Calle Miraflores N° 202 - Tumbes y EBERTH FERNANADEZ MANAYALLE, con su domicilio en la AV. Paul Harris N° 1010 - Dist. La Victoria.CÍTESE para el día DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MANANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NUMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor de los acusados, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y designar un defensor público como lo autoriza el artículo 85° del Código Procesal Penal. COMUNIQUESE al representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006- CE-PJ. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada, quienes deberán señalar obligatoriamente casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento; además a los acusados Felipe Chunga Díaz, Gulliana Chunga Rivera, Eberth Joel Fernández Manayalle y Oscar Enrique Zapata Ferrer mediante edicto que se publicará con un extracto de la acusación fiscal en el diario oficial “La República”. Notifíquese con las formalidades de ley.-.-José Leonardo Ortiz. 22 de Marzo 2018ELVIA MILGAROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE JZUGADOJUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTOEXPEDIENTE N2 837-2018-0-1706-JR-PE-01La Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al Imputado RAUL MORALES NUÑEZ, Identificado con DNI N° 46288721, a fin de que concurra a la audiencia de Proceso Inmediato reprogramada para el día DIECISIETE DE MAYO del año dos mil dieciocho, a las ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), a realizarse en la Sala de audiencias número UNO, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N? 0837-2018-0-1706-JR-PE-01. proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de Ministerio de Transportes y Comunicaciones; lo que notifica de acuerdo a ley.Especialista Legal: Segundo Adrianzén Cieza.MARIA CELIA PRIMO VASQUEZJUEZPRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

PJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO PENALEXPEDIENTE:07569-2017-0-1706- JR-PE-09JUZGADO: 9o JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO ENDELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB.JUEZ: JORGE MARCELINO PEREZ TOROESPECIALISTA LEGAL:JORGE JAVIER PISFIL MONTALVANEl Juez del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, De Mercado y Ambientales. NOTIFICA a JUAN CARLOS FLORES CAJO y JORGE FERNANDEZ DIAZ con el Acta de Registro de Audiencia de Control de Acusación de fecha 15.03.18, a través de la cual se reprograma la misma para el día DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO EN CURSO A LAS DIEZ Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (HORA EXACTA!. en la Sala de Audiencias N° VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado v Ambientales, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 115 (Primer Piso) - Chiclayo. Por haberse dispuesto asi en el Expediente N° 07569-2017-0-1706-JR-PE-09, que se sigue contra Wilen Zea Ruiz, Luis Gustavo Humberto Hevsen Arévalo. María Julia Quiroz de Villar, Josualdo Carlos Villar Quiroz, Gretty Raquel Angulo Valverde, Yris Liliana Angulo Valverde. José Antonio Incio Flores, Juan Carlos Flores Cajo y Jorge Fernández Diaz, por el presunto delito de DEFRAUDACION TRIBUTARIA en su modalidad AGRAVADA, en agravio del Estado. SUNAT.JORGE MARCELINO PEREZ TOROJUEZ9° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIADELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROSPODER JUDCIIAL- CSJLAFP/ 12, 13,1 4 abr.

EDICTOEXPEDIENTE N9 0735-2018-0-1706-JR-PE-01La Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al Imputado EDUARD RINZA CORNEJO , Identificado con DNI N° 438254025, a fin de que concurra a la audiencia de Proceso Inmediato reprogramada para el día DIECISIETE DE MAYO del año dos mil dieciocho, a las DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), a realizarse en la Sala de audiencias número UNO, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N9 0735-2018-0-1706-JR-PE-01. proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de Yovana María Suyón Peche; lo que notifica de acuerdo a ley.Especialista Legal: Jorge Tello Gonzáles.MARIA CELIA PRIMO VASQUEZ JUEZPRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PATRICIA SHULAY FAILOC SUESPECIALISTAPRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAFP/ 12, 13, 14 ABR.

EDICTO PENALExpediente N° 898-2018-0 — o - 1706- JR-PE-01 CASPJuzgado: SEGUNDO Juzgado de Investigación PreparatoriaJosé Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista : César Augusto Salazar Piscoya.Imputado: WILLIAM GARCIA CONCHANDelito: TRAFICO ILICITO DE DROGASAgraviado : EL ESTADOSE NOTIFICA A : .

Nombre : WILLIAM GARCIA CONCHAN, con domicilio en Mz “E” Lote 02 A.H. Saúl Cantoral- ChiclayoREQUEIRMIENTO FISCAL: Según el acta de intervención policial se conoce queel día 07.06.17 a horas 13.3o personal policial inertevnico en las intersecciones de las Av México y Saenz Peña del distrito de José L. Ortiz, al acusado William García COnchan quien al ser registrado se le encontró en el bolsillo derecho de su short un celular y en su ropa interior una bolsa chequera negra conteniendo 20 bolsitas plásticas tipo ziploic con una especie vegetal seca con olor y caracteristivas de cannabis sativa. Y seún su peso neto es de 0.020 kg, El Representante del Ministerio Público solicito se le imponga tres años seis meses de pena privativa d elibertad y al pago de doscientos días multas.Resolución Número : UNO. Se resuelve declarar procedente el requerimiento de acusación directa, correr traslado por diez días, para que pueda observar la acusación, deducir excepciones, solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, pedir el sobreseimiento, instar la aplicación del principio de oportunidad, ofrecer pruebas, objetar la reparación civil, proponer acuerdos acerca de los medios probatorios, plantear cualquier otra cuestión. Imponer la comparecencia simple. Audiencia: 18-05-1S hora 12:00 del mediodíaJosé L. Ortiz 30 Enero 2018.CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTOExpediente N° 898-2018-0---o -1706- JR-PE-01 CASPJuzgado: SEGUNDO Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Solazar Piscoya.Imputado: WILLIAM GARCIA CONCHANDelito: TRAPICO ILICITO DE DROGASAgraviado: EL ESTADOSE NOTIFICA A: .Nombre: WILLIAM GARCIA CONCHAN, con domicilio en Mz “E” Lote 02 A.H. Saúl Cantoral- ChiclayoREQUEIRMIENTO FISCAL: Según el acta de intervención policial se conoce queel día 07.06.17 a horas 13.3o personal policial inertevnico en las intersecciones de las AY México y Saenz Peña del distrito de José L. Ortiz, al acusado William García COnchan quien al ser registrado se le encontró en el bolsillo derecho de su short un celular y en su ropa interior una bolsa chequera negra conteniendo 20 bolsitas plásticas tipo ziploic con una especie vegetal seca con olor y caracteristivas de cannabis sativa. Y seún su peso neto es de 0.020 kg, El Representante del Ministerio Público solicito se le imponga tres años seis meses de pena privativa d elibertad y al pago de doscientos días multas.Resolución Número : UNO. Se resuelve declarar procedente el requerimiento de acusación directa, correr traslado por diez días, para que pueda observar la acusación, deducir excepciones, solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, pedir el sobreseimiento, instar la aplicación del principio de oportunidad, ofrecer pruebas, objetar la reparación civil, proponer acuerdos acerca de los medios probatorios, plantear cualquier otra cuestión. Imponer la comparecencia simple. Audiencia: 18-05-18 hora 12:00 del mediodíaJosé L. Ortiz 20 Marzo 2018CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO PENALInst. No 1353 -2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.-

ESPECIA LIS TA LEGAL: Dra .ELVIA MANA YALLE MANAY.MOTIVO: NOTIFICACIÓN-.EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.RESOLUCIÓN NUMERO: UNO Trece de Marzo deI dos mil dieciocho.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por la Señorita Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, contra el imputado HUMBERTO MORENO CORTEZ, con domicilio en la AV. CHICLAYO y JORGE CHAVEZ - JLO ó CALLE PEDRO RUIZ GALLO 10 - POMALCA.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por la Señora Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dra. Kerstin Ivonne Rivera Herrera, contra el imputado HUMBERTO MORENO CORTÉZ, por el delito contra la Seguridad Pública, en la modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio del ESTADO - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, para el día DIECIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DELA MANANA (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria de la señora representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 y Decreto Legislativo N° 1307, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.José Leonardo Ortiz. 26 de Marzo 2018.-ELVIA MILGAROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE JZUGADOJUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO PENALInst. No 43 -2017-0 -1706-JR-PE-l0- EMM.-ESPECIALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANA YALLE MANA Y.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.RESOLUCIÓN NUMERO: UNO Trece de Marzo del dos mil dieciocho.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por la Señorita Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, contra el imputado ADELINO HERRERA BAUTISTA, con domicilio EN LA CALLE CHONGOYAPE N° 457 - URB. LATINA - JLO CÍTESE para el día DIECIOCHO DEMAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y remplazado en ese mismo acto por defensor público o, según sea el caso, designar otro defensor público con conocimiento de la Dirección Distrital

11Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en Chiclayo. COMUNÍQUESE al representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos, incluida a la parte agraviada; además al acusado Adelino Herrera Bautista mediante edicto que se publicará con un extracto de la acusación fiscal en el diario oficial “La República”; al primer otrosí digo de la acusación fiscal: téngase presente. Al escrito presentado por Miguel Alvarino Díaz Núñez con fecha 09 de marzo del presente año: Téngase por nombrado como su abogado defensor al letrado que autoriza su escrito Dr. Luis Larios Bernal con Reg. leal 1389, por señalado su casilla electrónica N° 3607 y por señalado su domicilio procesal, el mismo que se encuentra ubicado en el Jr. Elias Aguirre N° 1090 - Primer Piso, donde se le notificará con las resoluciones que emita este despacho. Notifíquese con las formalidades de ley.-José Leonardo Ortiz. 26 de Marzo 2018ELVIA MILGAROS MANAYALLE MANAYESPECIALISTA DE JZUGADOJUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 12, 13, 14 abr.

EDICTO PENALEXP. 6815-2017El Sexto Juzgado Unipersonal Penal de Chiclayo, Juez Violeta Vásquez, CITA Y EMPLAZA, al acusado MANUEL SIGIFREDO RAMIREZ VILLAR para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso Exp. N° 6815-2017 por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de VALENTINO RAMIREZ CALLE para que concurra a la Audiencia de Juicio Oral reprogramado para el día ONCE DE MAYO DEL 2018 a horas NUEVE Y CUARENTA DE LA MAÑANA en la Sala de Audiencias número QUINCE, ubicada en el segundo piso de la nueva sede del Poder Judicial, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su inmediata ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Pubííquese el presente edicto por tres días consecutivos.Secretario: William MijahuancaVIOLETA VASQUEZ ROJASJUEZ6° JUZGADO PENAL UNIPERSONALPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 abr.

EDICTO1° JUZG. INVEST. PREPARATORIA - FLAGRANCIA, OAF Y CEED EXPEDIENTE : 10381-2017-0-1706-JR-PE-01 JUEZ: PRIMO VASQUEZ MARIA CELIAESPECIALISTA: FAILOC SU PATRICIA SHULAY MINISTERIO PUBLICO: LARREA WONG, MARIA IMPUTADO: ACUÑA RIO JAS, JOSE CARLOS DELITO: LESIONES GRAVESAGRAVIADO : ALVARADO MEJIA, JORGE ELEODOROSEÑOR JUEZ :Doy cuenta a Usted., que con fecha

06-03-2018, he asumido la presente Secretaria, habiéndome hecho cargo de los procesos penales del Dr. Julio Valderrama Guevara. Asimismo se aprecia que la presente causa se encuentra pendiente de proveer escrito de fecha 19.02.18 donde la Segunda Fiscalía Penal Corporativa de Chiclayo presenta el requerimiento de acusación contra el imputado. Asimismo se da cuenta en la presente fecha, por cuanto se encuentra gran número de escritos pendientes de proveer desde el mes de enero, requerimientos por calificar, entregas de depósitos. Lo que hago de su conocimiento para los fines de Ley.Chiclayo, 20 de marzo del 2018.RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES Chiclayo, veinte de marzo Del año dos mil dieciocho.AUTOS Y VISTOS:Con la razón que antecede y con el requerimiento Fiscal remitido por el Señor Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, a través del cual formula ACUSACIÓN contra JOSE CARLOS ACUÑA RIOJAS, por el delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones Graves en agravio de JORGE ELEODORO ALVARADO MEJIA.CONSIDERANDO:PRIMERO:Del requerimiento de acusación fiscal aparece que el imputado no cuenta con abogado defensor, por lo que, atendiendo al derecho de defensa del imputado - es una actividad esencial del proceso, pues proteger la libertad y los derechos fundamentales - corresponde nombrar un abogado defensor de oficio que asuma la defensa técnica del imputado a fin de garantizar su derecho de defensa y el debido proceso.SEGUNDO:El artículo trescientos cuarenta y nueve del Código Procesal Penal establece los requisitos que debe contener la acusación fiscal, precisando además que ésta debe formularse debidamente motivada. Asimismo, el artículo trescientos cincuenta del citado código, que establece que la acusación debe ser notificada a los demás sujetos procesales, a fin de que éstos en el plazo de diez días presenten las objeciones que crean pertinentes a fin de que todo ello sea debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Por las consideraciones expuestas y las normas invocadas:SE RESUELVE:I]TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio 10 DIAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.II]DESIGNAR Abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado JAVIER ANTONIO CARRANZA RAMOS, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por Abogado de su libre elección, en cuyo caso lo comunicará inmediatamente al Juzgado. Por consiguiente, deberá notificarse al Coordinador de los defensores de oficio en su sede institucional, para que designe en el plazo de 48 horas un abogado que asuma la defensa técnica del imputado, bajo apercibimiento de tenérsele por designado a él mismo, en caso de incumplimiento, debiendo comunicarlo a este Juzgado.III]DE OTRO LADO, TENIENDO EN CUENTA EL PLAZO INDICADO a fin de que los sujetos procesales absuelvan el presente requerimiento y, a fin de evitar

dilaciones indebidas PROGRAMESE fecha de audiencia preliminar de control de acusación para el día QUINCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE Y QUINCE MINUTOS DE LA TARDE (hora exacta), en la sala de audiencias número UNO del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicado en la avenida José Leonardo Ortiz, número ciento cincuenta y cinco -costado de la Sunat- -( 2° piso),i bajo apercibimiento al señor fiscal que en caso de inconcurrencia injustificada se procederá conforme a lo establecido en el artículo 144° inciso 2) del CPP y BAJO APERCIBIMIENTO al abogado defensor de oficio designado a favor de los procesados que en caso de inconcurrencia injustificada se informara a su superior jerárquico y de procederse conforme a lo establecido en el artículo 85 inciso 1) del CPP; dejando a salvo el derecho de los procesados de designar uno de su elección. INFORMAR al acusado que en caso de no designar abogado defensor de su elección hasta antes de la audiencia de llevarse la misma con el abogado defensor de oficio. Para la instalación de la audiencia es obligatoria la presencia del abogado del acusado y del fiscal. No podrán actuarse diligencias de investigación o de prueba específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental, para decidir cualquiera de las solicitudes señaladas en el artículo 350°. No se admitirá presentación de escritos.IV) NOTIFIQUESE a las partes procesales .PATRICIA SHULAY FAILOC SUESPECIALISTA1° JUZG. INVESTIGACION. PREPARATORIA PODER JUDCIIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 abr.

EDICTO PENALExpediente: 88-2016-JIPSI-CSJLA.Carpeta : 361-2014-2°FPPCSIProcesado : RICHARD HENRRY AGUIRRE AJILA y OTROS Agraviado: FELIPE ENRIQUEZ CHAGALLANDelito: U S U R P A C I O N AGRAVADA y OTROJuez: Dr. HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTAEsp. Jud. : Abg. ELMER YOEL CHAPOÑAN SANDOVALPor el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR a los ACUSADOS RICHARD HENNRRY AGUIRRE AJILA, MARCOS PEÑA RUEDA, RONI TOCTO MIJAHUANCA, OSCAR ZUÑIGA SAAVEDRA, EYDAR AREVALO PERALTA y DANIEL FLORENTINO MIJAHUANCA LALANGUI, con un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO TRES, en la cual se DISPONERESOLUCION NUMERO 03: SE RESUELVE: 1, TENER por comunicado el requerimiento de acusación fiscal y, CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo peremorio de DIEZ DÍAS ÚTILES (contados desde el día siguiente de la notificación), a efecto de que puedan por escrito: 1) Observar formalmente la acusación por defectos formales, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar a la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad) o terminación anticipada, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de Control de Acusación. 2. A fin de evitar dilaciones innecesarias, y en aplicación

del principio de celeridad y economía procesal del NCPP, sin perjuicio de que las partes pueda presentar sus escritos pertinentes, de conformidad con el articulo 351.1 del CPP, se DISPONE: CITAR a AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día QUINCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M - HORA EXACTA); la cual se programa en dicha fecha debido a que existen audiencias programadas con antelación, conforme se verifica en el cuaderno de audiencias de este Órgano Jurisdiccional; y solamente se cuenta con un notiflcador para los diferentes Juzgados de esta Provincia (Juzgado Mixto, Paz Letrado, Unipersonal y Liquidador); además las notificaciones tienen que remitirse vía Óourier. 3. La referida diligencia se realizará con la presencia en forma OBLIGATORIA del Señor Fiscal Provincial, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia de informar al Órgano de Control Interno del Ministerio Público; ante la inconcurrencia de la parte agraviada (actor civil) y su defensa, si fuese el caso, prescindirse de su presencia y continuarse con la audiencia fijada; por inconcurrencia del acusado (s) o del señor abogado de la defensa privada del acusado (s) designado, si fuese el caso, ser excluido de la misma y en ese acto, ser inmediatamente sustituido por un Defensor Público Penal, para lo cual se le debe notificar con la presente resolución y el requerimiento. En este sentido se PONE EN CONOCIMIENTO de los sujetos procesales que de conformidad con lo prescrito en el Articulo 85“ numeral 1, segundo párrafo del Código Procesal Penal, modificado mediante Decreto Legislativo N° 1307 publicado en el Diario El Peruano, el día 30 de Diciembre del 2016, la_ audiencia de acusación (Art. 351 del C.P.P) tiene el carácter de inaplazable; y de ser el caso aplicar los apercibimientos señalados en los numerales 2, 3 y 4 del art. 85° del referido Código, tanto a los abogados, así como al representante del Ministerio Público. ADVIRTIENDOSE a los sujetos procesales citados a esta audiencia, que en ella se resolverá oralmente el requerimiento fiscal, teniéndolos por notificados con lo resuelto. 4. Se PRECISA QUE, la carpeta fiscal y sus respectivos elementos de convicción se encuentran en el Despacho Fiscal a cargo de la presente Investigación. 5. Se INFORMA además que la audiencia se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar S/N - Malecón Mariano Melgar Tercer Piso, Distrito y Provincia de San Ignacio, 6. HABILITARSE EN LUGAR Y TIEMPO al Especialista en comunicaciones Marco Benjamín Molocho Silva, a fin que proceda a notificar a las partes procesales con la presente resolución y el respectivo requerimiento, bajo responsabilidad funcional y remitir copias a ODEÓMA. RESPECTO al escrito de fecha 16.01.2018 presentado por el agraviado FELIPE ENRIQUEZ CHAGALLAN, téngase por precisado su abogado defensor letrado Fernando Carrasco Muñoz, y por señalado su domicilio procesal sito en Jr. Porvenir N° 103-San Ignacio, a donde se le notificará con la presente resolución y requerimiento. A fin de evitar dilaciones al proceso, NOTlFlQUESE MEDIANTE EDICTOS a las partes procesales (imputados), en la Crónica Judicial del Diario Oficial de este Distrito Judicial, Reasumiendo funciones el Juez Titular que suscribe, luego de su periodo vacacional durante el mes de febrero del 2018. TENGASE presente ía razón expuesta, sin perjuicio de ello REMITASE COPIAS AL ORGANO DE CONTROL de este Distrito Judicial a fin de que proceda conforme a sus atribuciones y determine las responsabilidades por la demora en el proveído de los escritos en mención. A! escrito fiscal de fecha 21.06.2017, téngase presente lo expuesto en la presente resolución. AVOCANDOSE como Especialista Legal el que suscribe, por mandato Superior. NOTlFlQUESE, a los sujetos procesales conforme a ley.HECTOR HUMBERTO HINISTROZA

Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL12

HUERTAJUEZJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIASAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAABG. ELMER YOEL CHAPOÑAN SANDOVALESPECIALISTA JUDICIALJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA SAN IGNACIOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 11, 12, 13 abr.

EDICTO PENAL10° JUZG. PENAL UNIPERSONAL ESPECIALIZADO EN DELITOS DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS.EXPEDIENTE: 1991-2016-10-1-708-JR-PE-01 JUEZ: LARIOS MANAY CARLOS ESPECIALISTA: EDWIN IBAÑEZ FARFAN ESPIL SAAVEDRA VICTOR MANUEL. DELITO: COHECHO ACTIVO GENÉRICO AGRAVIADO: ESTADOPor el presente, CITO, LLAMO Y EMPLAZO, al acusado VICTOR MANUEL ESPIL SAAVEDRA ,como presunto autor del delito Contra la Administración pública - Cohecho Activo Genérico, ¡lícito previsto y sancionado en el artículo 397, en agravio del Estado - Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque; a la audiencia de JUICIO ORAL a realizarse el día MARTES QUINCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias número veintitrés del Décimo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo: bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia. PUBLÍQUESE el presente edicto por TRES DÍAS CONSECUTIVOS.CARLOS LARIOS MANAY JUEZ10° JUZGADO PENAL UNIPERSONALDELITO DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOSCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 11, 12, 13 abr.

EDICTOEXP.Nro. 01153-2018-0 JULIO BENAVENTEDELGADO. EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DIAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO HERNANA RAFAEL ALTAMIRANO EXP. N°.01153 -2018-0 JBD. POR EL DELITO DE OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR EN AGRAVIO DE EVELYN CLARISITA ALTAMITANO BANCES SE LE NOTIFICA A LA AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DEL PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA QUINCE DE MA YO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS TRES Y QUINCE DE LA TARDE (HORA EXA CTA) EN LA SEGUNDA SALA PENAL CITO EN VIRREY TOLEDOCUADRA DIEZ. EXTRACTO DE LA ACUSACION REQUERIMIENTO DEACUSACIÓN SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ DRA. JUANA EDITH VASQUEZ SERRANO Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Penal Provincial Coiporativa de José Leonardo Ortiz, formulo LA INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra HERNAN ALTAMIRANO RAFAEL por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio EVELYN CLARISITA ALTAMIRANO BANCES, por resolución nueve de fecha 13-08 del 2011 se emitió sentencia, ordenándose una pensión alimenticia mensual y adelantada de sS/; 600.00 soles mensuales a sus menores hijo una pensión alimenticia mensual a y adelantada, pese a lo ordenado el inculpado no cumplió con el pago ordenado, con fecha 15-08-2016 se efectivo el apercibimiento por no

haber pagado liquidación de pensión alimenticia devengada de S/,!3 ,458.47. soles, remitiéndose, copias al Ministerio Publico, los hechos se encuentran en el primer párrafo del artículo 149 ° del C.P. que tipifica que el que omite cumplir con su obligación de prestar alimentos será reprimido de pena de la libertad no mayor de tres o prestación de servicios comunitarios, sírvase Señor Juez darle el trámite al presente requerimiento conforme a Ley.José L. Ortiz, 2 de abril de 2018REYNERIO DIAZ TARRILLOJUEZ2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- JLOJULIO CESAR BENAVENTE DELGADOESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ- JLOPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 11, 12, 13 abr.

EDICTOPor ante la Primera Sala Laboral Permanente de Chiclayo que despacha el Presidente de Sala señor Enrique Rodas Ramírez y Secretaria de Sala Delia Coico Palma, en el Exp. N° 00018-2013-0-1707-JM-CI-01, en los seguidos por José Augusto Huamán Quevedo contra la Oficina de Normalización Previsional sobre Acción Contenciosa Administrativa; se ha dispuesto mediante resolución número doce: Requerir a la señora María Francisca Piscoya Chepe viuda de Huamán, presente la Sucesión Testada o Intestada del señor José Augusto Huamán Quevedo, en el plazo de CINCO DÍAS, a efectos de determinar la sucesión procesal y proseguir el proceso válidamente, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; PUBLIQUESE un extracto, por tres días en el Diario “La República”, para los fines de ley”Chiclayo. 02 de abril del 2018.ENRIQUE RODAS RAMIREZPRESIDENTE PSLP/CSJLADELIA COICO PALMAFP/ 10, 11, 12 abr.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 9476-201 7-48-1 706-JR-PEJUZGADO: Tercer Juzgado Penal Unipersonal Chic layoJUEZ: Dr. ROJAS CRUZ JORGE LUISESPECIALISTA JUDICIAL KARINA ELIZABETH FERNANDEZ RAMIREZ.-Se NOTIFICA a: la acusado JOSE ENRIQUE NUNTON NUNTON, con la resolución numero DOS de fecha 06/11/2017, mediante la cual se ha RESUELTO: PROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día VEINTE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, diligencia que se realizará en la SALA DE AL1DIENCIAS NÚMERO NUEVE de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el TERCER PISO de la Nueva Sede de la Corte Superior de lustic ¡a de Lambayeque, sito en la c alle José Leonardo Ortiz numere) 155 - Chic layo, baje) apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el pro< eso y ordenarse su conducción compulsiva en c aso de inasistencia.Por haberse dispuesto así el proceso N° 9476-201 7-48-1 706-JR-PE; caí el proceso seguido contra el acusado JOSE ENRIQUE NUNTON NUNTON como presumo autor del delito contra La Familia en la figura de Omisión de Asistencia Familiar en la modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, tipificado en el primer párrafo del artículo 149 del Código Penal, en agravio de ABIGAIL NUNTON VELASQUEZ; representado por su madre VICTORIA DEL MILAGRO VELASQUEZ BALLONA; este Juzgado es competente a tenor de lo dispuesto en el artículo 28° numeral 2 de la norma acotada.Chiclayo, 15 de marzo del 2018.JORGE LUIS ROJAS CRUZJUEZTERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONALPJ- NCPP- CSJLAMB

FP/ 10, 11, 12 abr.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N° 7326-2014-1-1706-JR-PEJUZGADO.PENAL UNIPERSONAL DE JLOJUEZ: DRA FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNAESPECIALISTA JUDICIAL D A N T E QUIÑONES YAHIROSe NOTIFICA a la acusada FLORIAN FERNANDEZ NIETO, con la resolución número CINCO de fecha 22/03/2018 mediante la cual se ha resuelto: PROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día TREINTA DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, diligencia que se realizara en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ- sito - Calle Virrey Toledo N° 1080 -Atusparias - José Leonardo Ortiz, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistenciapor haberse dispuesto así en el proceso N° 3792-2013-37-JR-PE; en el proceso seguido contra el acusado FLORIAN FERNANDEZ NIETO, como presunto autor del delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD ilícito previsto en el articulo N° 196° - A incisos 1) y 2) del código penal, en agravio de LA SOCIEDAD, delito previsto y sancionado por el articulo N° 185° del texto punitivo de este juzgado competente a tenor a tenor de lo dispuesto en el articulo 28° numeral 2 de la norma acotada.FRANCESAKA EMPERATRIZ PUICAN LUNAJUEZJUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIOPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 10, 11, 12 abr.

EDICTO PENAL 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAEXPEDIENTE: 00397-2018-0-1706-JR-PE-02 JUEZ: VASQUEZ RUIZ MARISOL ESPECIALISTA: LISSETE TORRES TAFUR IMPUTADO: SEBASTIAN LLONTO CUMPA DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: LUANA MARIA LLONTO ALDANA ESP. AUDIENCIA: JOSUE MOISES MENDOZA JIMENEZPor el presente Edicto, la Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado SEBASTIAN LLONTO CUMPA, con la resolución número TRES de fecha 20 de marzo del 2018, la misma que dispone:• REPROGRAMAR la presente audiencia de incoación de proceso inmediato para el día TREINTA DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO CON VEINTE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en la Sala de Audiencias Número dos del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - 2do Piso- Centro Cívico - Chiclayo.• NOTIFICAR a las partes inconcurrentes, con los mismos apercibimientos decretados en autos.• NOTIFICAR al imputado en su domicilio real señalado en autos, esto es, CALLE HIPÓLITO UNANUE 670- POMALCA, precisando como numero de SUMINISTRO DE LUZ 33932877; asícomo en el señalado en RENIEC, ubicado en CALLE DOS DE MAYO 192 -MONSEFU; sin perjuicio de notificarse mediante EDICTOS.-• En este acto se deja constancia que se pone de conocimiento del pedido de constitución de actor civil, de fechal3 de marzo del 2018; siendo que tanto la Representante del Ministerio Publico y Representante del Ministerio

Publico, manifiestan que no tiene oposición alguna; POR LO QUE SE DISPONE QUE LA ESPECIALISTA DE CAUSAS LISSETE TORRES TAFUR, de cuenta del escrito de constitución Civil, de manera inmediata, trajo responsabilidad.MARISOL VASQUEZ RUIZJUEZ2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ- NCPP- SCJLAMBFP/ 10, 11, 12 abr.

EDICTOEN EL EXP. N° 8313-2017-64 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE FLAGRANCIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHIC LA YO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA ZULUOETA. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO A LADINO PEREZ MEJIA, CON DNI N° 33670012, SOLTERO, CON DOMICILIO EN CALLE TEATRO N° 137 - URB. LAS BRISAS - CHIC LAYO; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUEN TE:RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, veintiséis de marzo De 1 dos mil dieciocho-SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y : CÍTESE para el día DOS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada.José L. Ortiz, 02 de abril del 2018KARINA GONZALES PAREDESESPECIALISTA DE CAUSASJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- JLOFP/ 10, 11, 12 abr.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: N° 5765-2017-0-1706-JR-PE-09JUZGADO: NOVENO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

13Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

DE CHICLAYO JUEZ: JORGE MARCELINO PEREZ TOROESP. JUDICIAL: JORGE JAVIER PISFIL MONTALVANSe NOTIFICA al imputado VLADIMIR DE LA ROCA MORAN, con el acta de audiencia de fecha 21 de marzo de2018. en la cual:SE RESUELVE:1. Tener por NO INSTALADA la presente audiencia.2. REPROGRAMAR la AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO DE CONTROL DE ACUSACION para dia el 02 DE MAYO DE 2018. a horas 09:15 am. (HORA EXACTA). EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo. quedando válidamente notificados los sujetos procesales concurrentes.3. NOTIFICAR al Imputado en su domicilio real señalado en autos, sin perjuicio de notificársele via edictos en caso sea motivada la notificación cursada.4. NOTIFICAR a la Dra. KARINA VELÁSQUEZ GUEVARA y asuma la defensa del imputado que le fue asignado.5. NOTIFICAR a la Procuraduría Pública del Ministerio del Ambiente en su domicilio señalado en autos.6. OFICIAR AL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE FISCALES DE LA LIBERTAD, adjuntado copia del oficio presentado y solicitando informe a este despacho la fechas exactas en que durará la Sesión de Fiscales provinciales, a fin de tomar las acciones pertinentes y no generar frustraciones de audiencia.7. QUEDAN válidamente notificados los sujetos procesales concurrentes, bajo los mismos apercibimientos consignados en la Audiencia.Chiclayo, 21 de marzo de 2018. JORGE MARCELINO PEREZ TOROJUEZNOVENO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROS PODER JUDICIAL- CSJLAMBFP/ 10, 11, 12 abr.

EDICTOEXP.Nro. 000290-2018-0 JULIO BENAVENTE DELGADO. EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DIAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO ALEX MERCEDES ALARCON VIDARTE EXP.N°.000290-2018-0 JBD. POR EL DELITO DE CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION EN AGRAVIO DE MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES SE LE NOTIFICA A LA AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DEL PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA TRES DE MA YO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS TRES Y QUINCE DE LA TARDE (HORA EXACTA) EN LA SEGUNDA SALA PENAL CITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ. EXTRACTO DE LA ACUSACION REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ DRA. JUANA EDITH VASQUEZ SERRANO Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Penal Provincial Corporativa de José Leonardo Ortiz. formulo LA INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra ALEX MERCEDESS ALARCON VIDARTE por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION en agravio MIMISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, el día 15-10-a las 19.00 aproximadamente personal policial en circunstancias que se encontraba realizando patrullaje motorizado, ocurrió un accidente de transito en la intersección de la Av. Chiclayo encontrándose en el lugar

de los hechos al imputado el cuan conducía el vehículo moto taxi color azul, marca wanxin, con placa de rodaje 6805-BM percatándose que el imputado se encontraba en estado etílico corroborado con el desaoje etílico que arrojo 1.85 gramos de alcohol por litro de sangre, los hechos se encuentran en el primer párrafo del artículo 274 ° del C.P. que tipifica que el que omite cumplir con su obligación de prestar alimentos será reprimido de pena de la libertad no menor de seis ni mayor de dos prestación de servicios comunitarios, sírvase Señor Juez se sirva fijar día y hora para la realización de la audiencia.José L. Ortiz, 04 de abril de 2018REYNERIO DIAZ TARRILLOJUEZ2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAMODULO BASICO DE JUSTICIA- JLOJULIO CESAR BENAVENTE DELGADOESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ- JLOPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 10, 11, 12 abr.

EDICTO PENALJUEZ: SERGIO RALPH CHIMPEN ASENJOJUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CHICLAYO. ESPECIALISTA DE JUZGADO: Giuliana Aguilar Torres EXPEDIENTE: 4072-2016-0-1706-JR-PE-050.Por el presente edicto, se pone de conocimiento del imputado: MILVER ALEXANDER MONSALVE TORRES que mediante Resolución número DOCE de fecha 26 de Marzo del 2018, se resolvió lo siguiente: NOTIFICAR al acusado a través de EDICTOS, haciéndole de su conocimiento lo siguiente:1) CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS, a efectos de que puedan por escrito 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando sus actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.2) REPROGRAMAR la presente audiencia PARA EL DIA 02 DE MAYO DEL 2018, A HORAS 11:00 A.M. EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO DOCE- Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo - NUEVA SEDE CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE: bajo apercibimiento, de llevarse a cabo la audiencia con o sin su presencia.3) NOTIFIQUESE la presente resolución al imputado por EDICTOS en el diario La República por tres días consecutivos. Quedando en este acto válidamente NOTIFICADOS los concurrentes a ésta Sala de Audiencias.Chiclayo, el día 26 de Marzo del 2018SERGIO CHIMPEN ASENJOJUEZ5° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 10, 11, 12 abr.

EDICTO PENALOficio N° 9151 -2017-0 -1708-JK-PH/JCIIMJUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE

JUEZ: JOSE LUIS CHAÑAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA: Hoyos MonsalveCITA Y EMPLAZA; al imputado; BRUNO PIZANGO TANGOA y agraviada de autos ANGELICA ROSANA CORDOVA DE LA CRUZ , a efecto de notificarle con el tenor de la resolución UNO de fecha 20 de octubre del 2017, que contiene el auto de que dispone: que contiene el auto de que dispone: 1. CITAR a la AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, CONDUCCIÓN EN ESTADO DF, EBRIEDAD, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMIALIAR requerido por la representante Fiscal de la segunda Fiscalía Penal de Lambayeque; Asimismo se le notifica con el tenor de la resolución de la RESOLUCIÓN DOS de fecha 22 de enero del 2018 que dispone: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia y reprogramar la misma, para el día NUEVE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA, enesta misma sala de audiencia, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de investigación Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle Víctor Doig y Lora 185 -Lambayeque.Por haberse dispuesto así en el cuaderno de expediente N° 9151 2017-0-1706-JR-PE-06, que se sigue contra Bruno Pizango Tangoa por el delito de lesiones leves por violencia familiar.JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZJUEZ PENALJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 10, 11, 12 abr.

EDICTO PENALInst. No 1315 -2018-0 -1706-JR-PE-20- EMM.-ESPECIALISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANAYALLE MANAY.MOTIVO: NOTIFICACIÓNEL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ.RESOLUCIÓN NUMERO: UNO Trece de Marzo del dos mil dieciocho.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por la Señorita Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, contra el imputado JAIRO EDWIN MONSALVE GARCIA, con domicilio CALLE LOS HELENIOS MZA G LOTE 14 - URB. CARLOS STEIN - JLO.CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por el Señor Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Rober Edwin Becerra Pérez, contra el imputado JAIRO EDWIN MONSALVE GARCÍA, por el delito contra la Vida, El Cuerpo y la Salud, en la modalidad de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de DEYSI CECILIA AL VARADO TORO, para el día NUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas UNA DE LA TARDE (hora exacta) en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del

código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194.José Leonardo Ortiz. 28 de Marzo 2018.ELVIA MANAYALLE MANAY.JUEZJUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLOCSJLA- PODER JUDICIALFP/ 10, 11, 12 abr.

EDICTO PENALOficio N° 3859 -2017-55-1708-JR-PE/JCHMJUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUEJUEZ: JOSE LUIS C1IANAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA: MOYOS MONSALVECITA Y EMPLAZA; al acusado de autos JOSE MARTIN CAMPOS BARRERA , a efecto de notificarle con el tenor de la resolución OCHO de fecha 05 de marzo del 2018 que dispone: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia de prisión preventiva y reprogramar la misma, para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO a horas TRES DE LA TARDE, en esta misma sala de audiencia, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del juzgado de investigación Preparatoria de Lambayet/ue, sito en Calle Víctor Doig y Lora 1S5 - Lambayeque.Por haberse dispuesto así en el cuaderno de expediente N-’3859- 2017-55-’I706-JR-PE-06, que se sigue contra losé Martín Campos Barrera por el delito de hurto agravado.JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZJUEZ PENALJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL- CSJLAFP/ 10, 11, 12 abr.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: N° 7269-2017-47-1706-JR-PE-03JUZGADO: TERCER JUZGADO U N I P E R S O N A L P E N A L SUPRAPROVINCIAL DE CHICLAYO JUEZ: JORGE LUIS ROJAS CRUZ ESP. JUDICIAL: CORINA SILVA ZELADASe NOTIFICA al acusado PERCY RAFAEL CHAVESTA SAMPEN, con el acta de audiencia de fecha 23 de marzo del año 2018, en la cual se ha RESUELTO:1.SE RESUELVE: TENER POR NO INSTALADA VALIDAME \ITE LA PRESENTE AUDIENCIA, yreprogramar la misma para el día CATORCE DE MAYO DEiL AÑO EN CURSO a horas DIEZ Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en esta misma Sala de Audiencias N° 09, quedan notificados en este acto de manera personal las partes procesales presentes en la audiencia con los mismos apercibimientos contenidos en el auto de citación a jJ ció oral, esto es al Representante del Ministerio Público y al abogado defensor público, asimismo notifíquese al imputado con el apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia en su domicilie sito EL CASERÍO CHACUPE ALTO - LA VICTORIA, conforme al acta de constatación que se adjunta $ n perjuicio de ser notificado mediante edictos, notificándose conforme a ley.Chiclayo, 23 de marzo del 2018.JORGE LUIS ROJAS CRUZJUEZTERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONALPJ- NCPP- CSJLAMBFP/ 10, 11, 12 abr.

Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL14

15Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

Chiclayo, jueves 12 de abril del 2018 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL16