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Ley de Petróleos Mexicanos Bases de Licitación Pública Internacional Número 18578011-50X-12 Numero Interno 200XXXX Ver. 1 Marzo de 2011 PREBASES 270712 de Adquisición de Bienes. Página 1 Coatzacoalcos, Ver, a 27 de Julio del 2012 PREBASES DE LICITACION PARA COMENTARIOS PREBASES DE LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA PRESENCIAL OBJETO DE LA LICITACIÓN: PROCURA, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, CAPACITACIÓN, COMISIONAMIENTO, PUESTA EN OPERACIÓN Y PRUEBAS DE ACEPTACIÓN DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD EN HORNOS DE PIROLISIS DE LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA” DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACION EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, EL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA DE PEMEX PETROQUIMICA, RECIBIRÁ COMENTARIOS SOBRE ESTAS PREBASES HASTA EL PROXIMO DIA 17 DE AGOSTO DEL 2012; EN LOS SIGUIENTES CORREOS ELECTRÓNICOS: ING. CARLOS LOPEZ SOLIS AREA DE ADQUISICIONES [email protected] [email protected] La publicación de las prebases no implicara compromiso alguno de convocar, ni de aceptar las sugerencias presentadas, de conformidad con el artículo 9 de las DAC’S.

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Ley de Petróleos Mexicanos

Bases de Licitación Pública Internacional Número 18578011-50X-12

Numero Interno 200XXXX

Ver. 1 Marzo de 2011 PREBASES 270712 de Adquisición de Bienes. Página 1

Coatzacoalcos, Ver, a 27 de Julio del 2012

PREBASES DE LICITACION PARA COMENTARIOS

PREBASES DE LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA PRESENCIAL

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “PROCURA, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, CAPACITACIÓN, COMISIONAMIENTO, PUESTA EN OPERACIÓN Y PRUEBAS DE ACEPTACIÓN DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD EN HORNOS DE PIROLISIS DE LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA”

DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACION EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, EL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA DE PEMEX PETROQUIMICA, RECIBIRÁ COMENTARIOS SOBRE ESTAS PREBASES HASTA EL PROXIMO DIA 17 DE AGOSTO DEL 2012; EN LOS SIGUIENTES CORREOS ELECTRÓNICOS:

ING. CARLOS LOPEZ SOLIS AREA DE ADQUISICIONES [email protected] [email protected]

La publicación de las prebases no implicara compromiso alguno de convocar, ni de aceptar las sugerencias presentadas, de conformidad con el artículo 9 de las DAC’S.

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Ley de Petróleos Mexicanos

Bases de Licitación Pública Internacional Número 18578011-50X-12

Numero Interno 200XXXX

Ver. 1 Marzo de 2011 PREBASES 270712 de Adquisición de Bienes. Página 2

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA PRESENCIAL

No. 18578011-50X-12

“Bajo la cobertura de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguientes: TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y TLC México-Unión Europea (TLCUE) , TLC México-Japón y bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguiente: TLC México-Chile”

EL OBJETO DE LA LICITACIÓN ES:

“PROCURA, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, CAPACITACIÓN, COMISIONAMIENTO, PUESTA EN

OPERACIÓN Y PRUEBAS DE ACEPTACIÓN DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD EN

HORNOS DE PIROLISIS DE LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA”

Bajo la modalidad de Contrato a precio fijo

En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 51, 53, 54, 55 fracción I, II y III de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 50 Fracción I, 53 Fracción II, 55, 56 y 57 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”); 14, 15, 16 y 26 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), PEMEX PETROQUÍMICA por conducto del Complejo Petroquímico Cangrejera de PEMEX Petroquímica a través de la SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES, ubicada en Km 10 Carretera Coatzacoalcos, Villahermosa C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, Teléfono 01 (921) 21 13000 ext. 33,059 y 33692; correo electrónico: [email protected], [email protected] y [email protected]; en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las Bases de Licitación en las que se desarrollará la Licitación Pública Internacional diferenciada presencial numero 18578011-50X-12, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido Núms. 436-40000-B-1019589, que tiene por objeto la adquisición de los bienes muebles consistentes en: “PROCURA, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, CAPACITACIÓN, COMISIONAMIENTO, PUESTA EN OPERACIÓN Y PRUEBAS DE ACEPTACIÓN DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD EN HORNOS DE PIROLISIS DE LA PLANTA DE ETILENO

DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA” (en adelante “Bienes”), que se describen en el Documento 01. Estas Bases constan de 30 Documentos.

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Bases de Licitación Pública Internacional Número 18578011-50X-12

Numero Interno 200XXXX

Ver. 1 Marzo de 2011 PREBASES 270712 de Adquisición de Bienes. Página 3

Cronograma del Procedimiento de Contratación.

Actos Fecha Hora Sala/Dirección

Fecha límite para adquirir las bases

______ ______ Ventanilla de Atención a Proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

Visita(s) a instalaciones

______ ______ Sala de juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

Junta de aclaraciones. ______ ______ Sala de juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

Acto de presentación y apertura de proposiciones.

______ ______ Sala de juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

Plazos para que la convocante solicite aclaraciones a las propuestas presentadas y/o para que los licitantes subsanen omisiones en los términos previstos en el segundo párrafo del artículo 29 de las DAC´s

______ ______ Ventanilla de Atención a Proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

Junta Pública para dar a conocer el Fallo de la licitación (Fecha estimada).

______ ______ Sala de juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

Formalización del contrato (Fecha estimada).

______ ______ Ventanilla de Atención a Proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Km 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.

REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de Pemex petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Seguridad, salud y Protección Ambiental que deben cumplir los contratistas y/o proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX Petroquímica, sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

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Bases de Licitación Pública Internacional Número 18578011-50X-12

Numero Interno 200XXXX

Ver. 1 Marzo de 2011 PREBASES 270712 de Adquisición de Bienes. Página 4

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

01 Especificaciones Técnicas.

02 Aspectos Administrativos.

03 Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante

03-A Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada e intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de propuestas.

04 Documentos que deberán ser firmados autógrafamente por el apoderado o representante

05 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la convocante en el acto de presentación y apertura de propuestas.

06 Formato de propuesta Técnica.

06-A Formato de propuesta Económica.

06-B Formato para la manifestación de la integración nacional de los bienes derivado de la estrategia para el desarrollo de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos, conforme al artículo 23 de las DAC´S.

06-C Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios

07 Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.

08

Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para:

Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos,

Los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

08-A Modelo de fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado

09

Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberá(n) presentar (án) el(los) proveedor(es) y modelo de declaración de beneficiario.

Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos

Los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

10 ó 10-A

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en la Regla 5.2 de las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010. (Bienes de Origen Nacional)

10-B

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en la Regla 5.2 de las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010. (Bienes Importados)

11 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante.

12 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. NO APLICA

13 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. NO APLICA

14 Formato del documento de “Compromisos con la Transparencia”.

15 Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal.

16 Modelo-Guía del Contrato.

17 Causas de desechamiento

18 Niveles de inspección de bienes.

19 Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial y Protección Ambiental.

20 Formato de manifestación para los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la

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Bases de Licitación Pública Internacional Número 18578011-50X-12

Numero Interno 200XXXX

Ver. 1 Marzo de 2011 PREBASES 270712 de Adquisición de Bienes. Página 5

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, referente al último párrafo regla 1.2.1.16 de la resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación, publicado el 28 de diciembre 2011.

21 Formato para la manifestación que deberán presentar los proveedores de bienes para dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 3.1(Fabricante) del documento “Determinación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”

22 Formato para la manifestación que deberán presentar los proveedores de bienes para dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 3.2 (No sea Fabricante, Distribuidor ó Comercializador) del documento “Determinación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”

23 Formato de solicitud de emisión de comprobantes fiscales por concepto de compra de bases de licitaciones. Para mejor conducción de esta licitación preferentemente se deberán utilizar los formatos integrados a estas bases de licitación, los cuales contienen

los datos mínimos necesarios. Podrán utilizar documentos membretados de su empresa los cuales deberán cumplir cuando menos con los datos solicitados en cada formato.

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Ver. 1 Marzo de 2011 PREBASES 270712 de Adquisición de Bienes. Página 6

DOCUMENTO 01

ESPECIFICACIONES TECNICAS

PARTIDA CANTIDAD UNIDAD DESCRIPCIÓN 2 1 PIEZA SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD EN HORNOS DE PIROLISIS DE PLANTAS DE

PROCESO LA CUAL CONSISTE EN: PROCURA, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, CAPACITACIÓN, COMISIONAMIENTO, PUESTA EN OPERACIÓN Y PRUEBAS DE ACEPTACIÓN DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD EN HORNOS DE PIROLISIS DE LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL BIEN: EL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD EN HORNOS DE PIRÓLISIS DE LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA ESTÁ INTEGRADO AL MENOS POR LOS EQUIPOS Y COMPONENTES CUYAS CARACTERÍSTICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CANTIDADES REQUERIDAS COMO MÍNIMO SE INDICAN A CONTINUACIÓN: 1. SUMINISTRO DE EQUIPOS: A. 5 GABINETES NEMA 12 PARA EL SISTEMA DE SEGURIDAD A BASE DE PLC-PES DE SEGURIDAD SIL 2 (DOS PES POR CADA GABINETE). LOS CUALES DEBERÁN CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES QUE SE INDICAN EN EL ANEXO 2, NUMERAL 1.5. B. 1 GABINETE NEMA 12 PARA EQUIPOS Y SERVIDORES DE LA RED ETHERNET DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD, SWITCHES DE DATOS Y EQUIPO DE PARCHEO. EL CUAL DEBERÁ CUMPLIR CON LAS SPECIFICACIONES QUE SE INDICAN EN EL ANEXO 2 NUMERALES NUMERAL 1.6. C. 1 SECCIÓN DE CCM. EL CUAL DEBERÁ CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES QUE SE INDICAN EN EL ANEXO 2 NUMERAL 10. D. 1 UNIDAD DE FUERZA ININTERRUMPIBLE. LA CUAL DEBERÁ CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES QUE SE INDICAN EN EL ANEXO 2, NUMERAL 11. LA INTERFASE DE OPERACIÓN DEBERÁ CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES QUE SE INDICAN ABAJO. CANTIDAD QUE SERA DISTRIBUIDA DE ACUERDO A LO SIGUIENTE: E. 1 PROGRAMADOR PORTÁTIL TIPO LAPTOP PARA ESTACIÓN DE INGENIERÍA. ANEXO 2, NUMERAL 1.7. F. 2 ESTACIONES DE OPERACIÓN CON MONITOR TFT-LCD DE 17 PULGADAS. ANEXO 2, NUMERAL 2.3. G. 1 ESTACIÓN DE INGENIERÍA/MANTENIMIENTO CON MONITOR TFT-LCD DE 17 PULGADAS. ANEXO 2, NUMERAL 2.3. H. 2 SERVIDORES CON TECLADOS Y CPU´S TIPO GABINETE O TORRE Y 2 DISCOS DUROS DE 160 GB. ANEXO 2, NUMERAL 2.4. I. 1 IMPRESORA DE RED LASER. ANEXO 2, NUMERAL 2.5. J. 3 CONSOLAS DE OPERACIÓN ANEXO 2, NUMERAL 2.5. LOS INSTRUMENTOS QUE COMPONEN EL SISTEMA DEBERÁN CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES QUE SE INDICAN, CANTIDAD QUE SERA DISTRIBUIDA DE ACUERDO A LO SIGUIENTE: K. 24 TRANSMISOR DE FLUJO TIPO PRESIÓN DIFERENCIAL, CERTIFICADO SIL 2 ANEXO 2, NUMERAL 3. L. 40 TRANSMISOR DE PRESIÓN MANOMÉTRICA, CERTIFICADO SIL 2. ANEXO 2 NUMERAL 5 M. 24 PLACAS DE ORIFICIO. ANEXO 2 NUMERAL 4 N. 6 VÁLVULA ON-OFF TIPO BOLA, DIÁMETRO 10 PULGADAS. PUERTO COMPLETO, CLASE 150#. ANEXO 2 NUMERAL 6.3 O. 6 VÁLVULA ON-OFF TIPO BOLA, DIÁMETRO 6 PULGADAS. PUERTO COMPLETO, CLASE 150#. ANEXO 2 NUMERAL 6.1. P. 6 VÁLVULA ON-OFF TIPO BOLA, DIÁMETRO 1 ½ PULGADAS. PUERTO COMPLETO, CLASE 150#. ANEXO 2 NUMERAL 6.4. Q. 6 VÁLVULA ON-OFF TIPO BOLA, DIÁMETRO 1 PULGADA. PUERTO COMPLETO, CLASE 150#. ANEXO 2 NUMERAL 6.2. R. 98 VÁLVULA SOLENOIDE, DIÁMETRO ½ PULGADA, 3 VIAS 2 POSICIONES, 24 VCD, CIERRE A FALLA DE ENERGÍA ANEXO 2 NUMERAL 7. S. 58 VÁLVULA SOLENOIDE, DIÁMETRO ½ PULGADA, 3 VIAS 2 POSICIONES, 24 VCD, APERTURA A FALLA DE ENERGÍA. ANEXO 2 NUMERAL 7. FORMAN PARTE INTEGRAL DE ESTAS BASES TÉCNICAS: EL ANEXO 1 (ACTIVIDADES); EL ANEXO 2 (ESPECIFICACIONES TÉCNICAS); LA DOCUMENTACIÓN A DETALLE DEL SIS, TALES COMO PLANOS Y/O ESPECIFICACIONES (POR ESPECIALIDAD EN CONTROL, INSTRUMENTACIÓN, ELECTRICA, CIVIL, MECÁNICA) QUE ESTÁ RELACIONADA EN EL NUMERAL 18 DEL ANEXO 2; EL ANEXO 3 (ASPECTOS AMBIENTALES), EL ANEXO 4 (REQUERIMENTOS DE SEGURIDAD QUE DEBE CUMPLIR EL PROVEEDOR) Y EL ANEXO 5 (PROGRAMA DE ACTIVIDADES DEL SIS).

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I.2. SUMINISTRO DE MATERIALES PARA INFRAESTRUCTURA DE SOPORTE: LAS CANTIDADES REQUERIDAS COMO MÍNIMO PARA LA INSTALACIÓN Y PUESTA EN OPERACIÓN DE EQUIPOS Y COMPONENTES DEL SIS: CONFIGURACIÓN, PROGRAMACIÓN, COMISIONAMIENTO, PRUEBAS DE ACEPTACIÓN, PUESTA EN OPERACIÓN Y CAPACITACIÓN, DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD EN HORNOS DE PIRÓLISIS DE LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA, ESTÁN INDICADOS EN EL ANEXO 1 MISMO QUE FORMA PARTE INTEGRAL DE ESTAS BASES TÉCNICAS; LOS MATERIALES DE LA INFRAESTRUCTURA DE SOPORTE, NECESARIOS EN EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE CONTROL, INSTRUMENTACIÓN, ELECTRICA, CIVIL, MECÁNICA PARA LA RED DE COMUNICACIÓN Y ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA DE CAMPO EN EL CUARTO DE CONTROL PARA LA RECEPCION DE SEÑALES DE LOS INSTRUMENTOS DE CONTROL Y SU COMUNICACIÓN; DE ACUERDO A TRAYECTORIAS PROBABLES REFERIDAS EN PLANOS (CABLES PARA SEÑALES DE COMUNICACIÓN, ELÉCTRICA O DE INSTRUMENTACIÓN, CANALIZACIONES, TUBERÍA CONDUIT, CAJAS DE CONEXIÓN, COPLES, SELLOS, NIPLES, TUERCA UNIÓN, ABRAZADERAS, TUBERÍAS DE PROCESO, SOPORTERÍA METÁLICA, SISTEMAS DE PROTECCIÓN ANTICORROSIVA). I.3. INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y MATERIALES DE INFRAESTRUCTURA DE SOPORTE: LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS COMO MÍNIMO PARA LA INSTALACIÓN Y PUESTA EN OPERACIÓN DE EQUIPOS Y COMPONENTES DEL SIS: CONFIGURACIÓN, PROGRAMACIÓN, COMISIONAMIENTO, PRUEBAS DE ACEPTACIÓN, PUESTA EN OPERACIÓN Y CAPACITACIÓN, DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD EN HORNOS DE PIRÓLISIS DE LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA, SE DETALLAN POR ESPECIALIDAD (CONTROL, INSTRUMENTACIÓN, ELECTRICA, CIVIL, MECÁNICA) EN EL ANEXO 1 Y LOS REQUERIMENTOS DE SEGURIDAD Y PROTECCION AMBIENTAL QUE SE DEBEN CUMPLIR AL REALIZAR ESTAS ACTIVIDADES SE DETALLAN EN LOS ANEXOS 3 Y 4 MISMOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DE ESTAS BASES TÉCNICAS. 1.4. INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, PROGRAMACIÓN, COMISIONAMIENTO, PRUEBAS DE ACEPTACIÓN Y PUESTA EN OPERACIÓN ACTIVIDADES REQUERIDAS: INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, CAPACITACIÓN, COMISIONAMIENTO, PUESTA EN OPERACIÓN Y PRUEBAS DE ACEPTACIÓN DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD EN HORNOS DE PIROLISIS DE LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA, ADEMAS DE LAS QUE SE ENUNCIAN A CONTINUACIÓN: A. VALIDACIÓN DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD B. CONFIGURACION Y PRUEBA DE FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA C. CURSO DE CAPACITACION DE CONFIGURACIÓN Y PROGRAMACIÓN D. CURSOS DE CAPACITACION DE OPERACIÓN E. CURSOS DE CAPACITACION DE MANTENIMIENTO F. ACTUALIZACIÓN, REVISIÓN Y EMISIÓN DE PLANOS Y DOCUMENTOS DE INGENIERÍA EN REVISIÓN AS-BUILT (LIBRO DEL PROYECTO) II. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL BIEN: LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS COMO MÍNIMO PARA LA INSTALACIÓN Y PUESTA EN OPERACIÓN DE EQUIPOS Y COMPONENTES DEL SIS: CONFIGURACIÓN, PROGRAMACIÓN, COMISIONAMIENTO, PRUEBAS DE ACEPTACIÓN, PUESTA EN OPERACIÓN Y CAPACITACIÓN, DE LOS EQUIPOS QUE COMPONEN EL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD EN HORNOS DE PIRÓLISIS DE LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA, SE INDICAN EN LOS ANEXOS 1 Y 2. MISMOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DE ESTAS BASES TÉCNICAS. III. REQUISITOS QUE DEBERÁ CUMPLIR EL LICITANTE, MISMOS QUE SE DEBEN PRESENTAR EN FORMA CLARA, CONCRETA, PRECISA Y LEGIBLE: III.1. EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA, ORIGINAL O COPIA SIMPLE LEGIBLE DE FICHA TÉCNICA O CATALOGO EN EL IDIOMA DEL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES ACOMPAÑADO DE UNA TRADUCCIÓN SIMPLE AL ESPAÑOL DE LOS EQUIPOS PRINCIPALES (PES, INSTRUMENTACION, VÁLVULAS Y SOFTWARE) QUE INTEGRAN EL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD PROPUESTO, EN EL QUE SE DEMUESTREN LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICA DE LOS BIENES PROPUESTOS. III.2. EL LICITANTE DEBERÁ ELABORAR SU OFERTA TÉCNICA INCLUYENDO CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y FÍSICAS, CONSIDERANDO EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS DE COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA DESCRITOS EN LOS ANEXOS 1 Y 2 DE LAS BASES TÉCNICAS QUE FORMAN PARTE DE ESTAS ESPECIFICACIONES. DEBERÁ INDICAR ESPECÍFICAMENTE LA MARCA Y MODELO DE LOS EQUIPOS PROPUESTOS. III.3. EL LICITANTE DEBERÁ TENER EXPERIENCIA EN LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS QUE INCLUYAN EL DISEÑO DE INGENIERÍA, PROCURA DE EQUIPO Y MATERIALES, INSTALACIÓN Y PUESTA EN

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MARCHA DE SISTEMAS INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD, SIMILARES AL OBJETO DE ESTA LICITACIÓN, PARA LO CUAL DEBERÁ PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN DONDE SE DEMUESTRE ESTE REQUERIMIENTO; POR LO QUE DEBERÁ ACREDITAR EN SU PROPUESTA DICHA EXPERIENCIA POR MEDIO DE COPIAS SIMPLE LEGIBLE DE AL MENOS 1 CONTRATO REALIZADO (TERMINADO, RECIBIDO Y/O ACEPTADO) QUE EL LICITANTE HAYA CELEBRADO CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA O EMPRESAS DEL SECTOR PRIVADO PARA SISTEMAS INSTRUMENTADOS DE SEGURIDAD, ASÍ MISMO DEBERÁ ANEXAR COPIA SIMPLE LEGIBLE DE CARTA FINIQUITO DE DICHOS CONTRATOS. III.4. LOS LICITANTES PARTICIPANTES DEBERÁN ACREDITAR SU EXPERIENCIA TÉCNICA QUE EN LOS ÚLTIMOS 3 AÑOS HA REALIZADO AL MENOS 1 APLICACIÓN CON UN NIVEL MÍNIMO DE SEGURIDAD SIL-2, LOS CUALES PUEDEN SER DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN DE QUEMADORES Y/O SISTEMAS BMS Y/O SISTEMAS INSTRUMENTADOS DE SEGURIDAD EN LA MISMA MARCA DE LOS SISTEMAS QUE OFERTARÁ EN ESTA LICITACIÓN. POR LO QUE DEBE ANEXAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA EL CURRÍCULUM (INCLUIR COPIA SIMPLE LEGIBLE DE INFORMACIÓN SOPORTE) DEL LICITANTE, EN LA CUAL SE INCLUYA UNA RELACIÓN SISTEMAS DIGITALES CON UN NIVEL MÍNIMO DE SEGURIDAD SIL-2 QUE HA IMPLEMENTADO INDICANDO LO SIGUIENTE: A. COMPAÑÍA CONTRATANTE. B. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO. C. LUGAR Y FECHA DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. D. COPIA SIMPLE LEGIBLE DE CARATULAS Y/O DOCUMENTACIÓN DEL CONTRATO DONDE SE INDIQUE QUE SE IMPLEMENTO UN SISTEMA CON UN NIVEL MÍNIMO DE SEGURIDAD SIL-2, EXPEDIDO POR LA CONTRATANTE DONDE SE COMPRUEBE LA PARTICIPACIÓN DEL LICITANTE. E. COPIA SIMPLE LEGIBLE DE CARTA FINIQUITO Ó CARTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE LAS APLICACIONES MENCIONADAS. III.5. EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR EN LA PROPUESTA TÉCNICA UNA DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA PLANEACIÓN INTEGRAL DEL LICITANTE Y PROCEDIMIENTOS DE INSTALACIÓN CONGRUENTES CON EL DESARROLLO Y OBJETO DE LA CONTRATACIÓN. III.6. PARA EFECTOS DE EVALUACIÓN, EL LICITANTE DEBE PRESENTAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA, ORIGINAL O COPIA SIMPLE DE CARTA COMPROMISO ESPECÍFICA PARA ESTA LICITACIÓN, EXPEDIDA Y FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE CADA UNO DE LOS FABRICANTES DE LOS SISTEMAS INSTRUMENTADOS DE SEGURIDAD (SIS) ES DECIR DEL SISTEMA PES, SOFTWARE, INSTRUMENTACIÓN Y VÁLVULAS QUE PROPONGA. EN DICHA CARTA EL FABRICANTE DEBE INDICAR QUE EL LICITANTE ES UN INTEGRADOR DE SISTEMAS DE SU MARCA RECONOCIDO Y AUTORIZADO POR ELLOS MISMOS PARA LA INSTALACIÓN Y PUESTA EN OPERACIÓN DE SUS EQUIPOS, Y QUE CUENTA CON LA EXPERIENCIA, Y CAPACIDAD TÉCNICA PARA REALIZAR ESTE TIPO DE SISTEMAS, ASÍ MISMO DEBERÁ INDICAR QUE EL LICITANTE CUENTA CON EL RESPALDO TÉCNICO SUFICIENTE Y NECESARIO POR PARTE DEL FABRICANTE. EN CASO QUE EL LICITANTE PARTICIPE EN ESTE PROCEDIMIENTO SEA FABRICANTE, DEBERÁ PRESENTAR DICHOS DOCUMENTOS CON LAS ADECUACIONES CORRESPONDIENTES. III.7. EL LICITANTE DEBERÁ ACREDITAR LA EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA DEL PERSONAL RESPONSABLE Y COMPETENTE, PROFESIONAL Y TÉCNICO, ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, PROFESIONISTA ENCARGADO DE LA SEGURIDAD, INSTRUCTORES, ESPECIALISTAS EN SISTEMAS DE CONTROL, DEBERÁN PRESENTAR CURRÍCULUM VITAE DE LOS PROFESIONALES TÉCNICOS (SUPERVISOR TÉCNICO, ENCARGADO DE LA SEGURIDAD), INDICANDO EL GRADO ACADEMICO DEL MISMO, EL PUESTO DENTRO DE LA EMPRESA, EL CARGO QUE DESEMPEÑARÁ DENTRO DE LOS TRABAJOS, ASÍ COMO LA RELACIÓN DE TRABAJOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y MAGNITUD SIMILARES EN LAS QUE HA PARTICIPADO, SEÑALANDO CONTRATANTE, DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS, PERÍODO DE EJECUCIÓN, ANEXANDO COPIA SIMPLE LEGIBLE DE LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA CORRESPONDIENTE (CARÁTULAS DE CONTRATOS O ESTIMACIONES O CARÁTULAS DE BITÁCORAS FIRMADAS POR EL PROFESIONAL TÉCNICO), Y CARTAS NOMBRAMIENTOS EMITIDAS POR LAS EMPRESAS QUE LABORÓ, EN LA CUAL INDICA EL PUESTO Y EL PROYECTO QUE DESARROLLÓ. III.8. EL LICITANTE DEBERÁ PROPORCIONAR EN SU PROPOSICIÓN, LA INFORMACIÓN SOLICITADA A CONTINUACIÓN EN MATERIA DE CALIDAD, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO: A. POLÍTICA DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DEL LICITANTE QUE CONTENGA CUANDO MENOS LOS RUBROS DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL (SSPA), EN HOJA MEMBRETADA Y FIRMADA POR LA MÁXIMA AUTORIDAD Y/O REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE. (EN CASO DE PROPUESTAS CONJUNTAS, POR EL REPRESENTANTE COMÚN.) B. CARTA COMPROMISO, EN HOJA MEMBRETADA Y FIRMADA POR LA MÁXIMA AUTORIDAD Y/O REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE. (EN CASO DE PROPUESTAS CONJUNTAS, POR EL REPRESENTANTE COMÚN); EN LA QUE SE COMPROMETA A ASIGNAR LOS RECURSOS FÍSICOS Y FINANCIEROS ENFOCADOS A CUMPLIR CON LA SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL (SSPA) Y DISPOSICIONES INDICADAS EN LOS PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS CRITICOS INDICADOS EN EL ANEXO 4.

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C. ACREDITAR SU COMPETENCIA EN MATERIA DE CALIDAD, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, MEDIANTE CON COPIA SIMPLE LEGIBLE DE CERTIFICADOS VIGENTES EMITIDOS POR UN ORGANISMO DE CERTIFICACIÓN QUE CUMPLA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN (NMX-CC-9001-IMNC-2008; NMXSAST-001-IMNC-2000). EN CASO DE QUE EL LICITANTE NO CUENTE ACTUALMENTE CON ESTAS CERTIFICACIONES EN MATERIA DE CALIDAD, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SOLICITADAS, SE ACEPTA QUE ACREDITE POR MEDIO DE UNA CARTA MEMBRETADA EXPEDIDA POR UN ORGANISMO DE CERTIFICACION QUE CUMPLA CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN DONDE DEMUESTRE HABER INICIADO EL PROCESO DE CERTIFICACIÓN EN MATERIA DE CALIDAD, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. D. PROFESIONISTA ENCARGADO DE LA SEGURIDAD, DEBERÁ SER PROFESIONISTA TITULADO, PRESENTAR COPIA SIMPLE LEGIBLE DE CEDULA PROFESIONAL. EL LICITANTE DEBERA DEMOSTRAR LA CAPACIDAD TECNICA DE SU PERSONAL EN AL MENOS 2 AÑOS DE EXPERIENCIA COMO PROFESIONISTA ENCARGADO DE LA SEGURIDAD PRESENTANDO COPIAS SIMPLES LEGIBLES DE CONSTANCIAS, DIPLOMAS Y CERTIFICADOS EMITIDOS POR LAS ENTIDADES O POR ORGANIZACIONES AUTORIZADAS POR ESTOS, QUE ACREDITEN QUE EL PERSONAL HA ADQUIRIDO LOS CONOCIMIENTOS REQUERIDOS EN LAS ÁREAS DE SEGURIDAD, HIGIENE, SALUD OCUPACIONAL; ASÍ COMO EN PROTECCIÓN AMBIENTAL. ANEXAR AL CURRICULUM, COPIA SIMPLE LEGIBLE DE CARTAS DE NOMBRAMIENTO COMO PROFESIONISTA ENCARGADO DE LA SEGURIDAD. DEBEN COMPROBAR CON DOCUMENTOS VIGENTES SU CAPACITACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL, EN EL SISTEMA DE PERMISOS PARA TRABAJOS CON RIESGO EN PEMEX E INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES MEDIANTE LA METODOLOGÍA DE ANÁLISIS DE CAUSA RAÍZ. EL LICITANTE DEBERÁ CONTAR CON UN PROFESIONISTA ENCARGADO DE LA DE SEGURIDAD EN SITIO (INDEPENDIENTE DEL RESTO DEL PERSONAL) DURANTE LAS ETAPAS DE LA INSTALACIÓN EN SITIO Y PUESTA EN OPERACIÓN DE LOS BIENES. III.9. PARA LOS PROFESIONALES TÉCNICOS (INSTRUCTORES Y ESPECIALISTAS EN SISTEMAS DE CONTROL): A. EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA COPIA SIMPLE LEGIBLE DE CONSTANCIAS EXPEDIDAS POR EL FABRICANTE DE LOS CONTROLADORES DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (SOFTWARE Y COMPONENTES PRINCIPALES OFERTADOS), QUE CERTIFIQUEN Y AVALEN LA CAPACIDAD Y FORMACIÓN DE LOS INSTRUCTORES (INDICADO EN EL APARTADO DE CURSO DE CONFIGURACIÓN Y PROGRAMACIÓN; CURSOS DE OPERACIÓN; Y CURSOS DE MANTENIMIENTO, DEL ANEXO 1) Y ESPECIALISTA EN SISTEMAS DE CONTROL PROPUESTOS, EN CONFIGURACIÓN, MANTENIMIENTO, ENTRENAMIENTO, COMISIONAMIENTO Y PUESTA EN OPERACIÓN DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD OFERTADO ASÍ COMO LA EXPERIENCIA PARA DESEMPEÑARSE COMO TALES DE ACUERDO AL ALCANCE ESPECIFICADO. B. ESTAS ACTIVIDADES DEBEN SER REALIZADOS POR PERSONAL RECONOCIDO POR EL FABRICANTE, PARA PODER ASEGURAR QUE LA CONFIGURACIÓN TOTAL DEL SISTEMA SEA DESARROLLADA ADECUADAMENTE. EL PERSONAL TÉCNICO PROPUESTO, DEBE TENER UNA EXPERIENCIA MÍNIMA DE HABER PARTICIPADO EN 2 APLICACIONES REFERENTES EN LA CONFIGURACIÓN DE SISTEMAS INSTRUMENTADOS DE SEGURIDAD (SIS), PARA LO CUAL EL LICITANTE DEBERÁ ANEXAR A SU PROPUESTA, LOS ANTECEDENTES Y CURRICULUM VITAE DE ESTE PERSONAL, DICHO CURRICULUM DEBERÁ SER RESPALDADO CON LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: B.1. DESCRIPCIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL, INDICANDO: NOMBRE DEL PROYECTO, PERIODO DE TRABAJO, PUESTO DESEMPEÑADO Y UNA DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS. B.2. COPIAS SIMPLE LEGIBLE DE DIPLOMAS Y RECONOCIMIENTOS DE CURSOS TOMADOS QUE AVALEN FEHACIENTEMENTE SU CAPACIDAD TÉCNICA EN LOS SISTEMAS OBJETO DE ESTA LICITACIÓN. B.3. CARTA DEL FABRICANTE DEL SISTEMA SIS (PES) PROPUESTO, AVALANDO E INDICANDO EL NOMBRE DEL PERSONAL DE INGENIERÍA, EN CASO DE RESULTAR GANADOR REALIZARÁ LOS TRABAJOS SOLICITADOS EN ESTA LICITACIÓN DURANTE EL PERIODO TOTAL DE LA ENTREGA DEL BIEN Y QUE HAYA TOMADO CURSOS DE CONFIGURACIÓN Y MANTENIMIENTO EN LOS ÚLTIMOS 2 AÑOS DE LOS SISTEMAS OFERTADOS, AVALANDO CON ESTO LA CAPACIDAD Y ACTUALIZACIÓN TÉCNICA DE DICHO PERSONAL. PARA EL CUMPLIMIENTO DE ESTE REQUISITO EL LICITANTE PODRÁ PRESENTAR ORIGINAL O COPIA SIMPLE LEGIBLE DE DICHA CARTA Y EL PROVEEDOR A LA ENTREGA DE LOS BIENES PREVIO AL INICIO DE LA INSTALACIÓN DEBERÁ ENTREGAR EL ORIGINAL AL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. B.4. ORIGINAL O COPIA SIMPLE LEGIBLE DE CARTA COMPROMISO FIRMADA POR CADA UNO DE LOS PROFESIONALES TÉCNICOS MENCIONADOS, EN DONDE INDIQUE QUE EN CASO DE RESULTAR GANADOR EL LICITANTE, SE COMPROMETE A REALIZAR LOS TRABAJOS EN EL PUESTO Y CARGO INDICADO EN EL CURRÍCULUM VITAE Y ESTRUCTURA FUNCIONAL DE LA ORGANIZACIÓN DEL LICITANTE. III.10. PARA LA ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA DE LA EMPRESA RESPONSABLE DE LAS ACTIVIDADES DE VALIDACIÓN DE SEGURIDAD DEL SISTEMA

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INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (SIS), EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA COPIA SIMPLE LEGIBLE DE DOCUMENTACIÓN DE UNA EMPRESA QUE CUENTE CON CERTIFICACIÓN VIGENTE COMO EXPERTO EN SEGURIDAD FUNCIONAL (ANEXANDO COPIA SIMPLE DEL CERTIFICADO RESPECTIVO), Y QUE MEDIANTE UNA CARTA COMPROMISO ORIGINAL FIRMADA AUTÓGRAFAMENTE Y EN ESPECÍFICO PARA ESTA LICITACIÓN EXPEDIDA POR EL PROVEEDOR RESPONSABLE DE LAS ACTIVIDADES DE VALIDACIÓN DE SEGURIDAD DEL SISTEMA, INDIQUE QUE EN CASO DE QUE EL LICITANTE RESULTE GANADOR, QUE SE OBLIGA A UTILIZAR EL MÉTODO ESTABLECIDO EN LAS NORMAS IEC 61508 E IEC 61511 (DETALLAR PROGRAMAS DE CÓMPUTO INTEGRADOS O DE APLICACIÓN) PARA VALIDAR EL NIVEL DE SEGURIDAD (SIL) REQUERIDO Y SE COMPROMETE A REALIZAR ESTAS ACTIVIDADES CONFORME A LOS REQUISITOS TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS E INCLUSIVE DE CERTIFICACIÓN INDICADOS EN EL NUMERAL 8.1.1.6.1.1 Y NUMERAL 8.12. VERIFICACIÓN DEL NIVEL DE INTEGRIDAD DE SEGURIDAD-NIS (SIL) DESCRITO EN LA NORMA NRF-045-PEMEX-2010 SEGURIDAD FUNCIONAL SISTEMAS INSTRUMENTADOS DE SEGURIDAD PARA LOS PROCESOS DEL SECTOR INDUSTRIAL Y NORMAS VIGENTES (IEC 61508 E IEC 61511). III.11. EL CERTIFICADO DE LA EMPRESA QUE REALIZARÁ LA VALIDACIÓN DE SEGURIDAD FUNCIONAL DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (SIS) DEBERÁ ESTAR VIGENTE DURANTE EL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO (591 DÍAS), POR LO QUE NO SE ACEPTARÁN CERTIFICACIONES QUE NO CUBRAN ÉSTE PERÍODO, CONTABILIZÁNDOSE A PARTIR DE LA FECHA DE INICIO DEL CONTRATO Y HASTA SU CONCLUSIÓN. III.12. SE ACLARA QUE LA EMPRESA EXPERTA EN SEGURIDAD FUNCIONAL PROPUESTA PARA LA VALIDACIÓN DEL SIS, PODRÁ SER EL PROPIO LICITANTE, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLA CON LOS REQUISITOS DE CERTIFICACIÓN INDICADOS EN EL NUMERAL III.10 Y III.11. A. EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA COPIA SIMPLE LEGIBLE DE DOCUMENTACIÓN LA EMPRESA QUE CUENTE CON CERTIFICACIÓN VIGENTE COMO EXPERTO EN SEGURIDAD FUNCIONAL (ANEXANDO COPIA SIMPLE LEGIBLE DEL CERTIFICADO RESPECTIVO), Y QUE MEDIANTE UNA CARTA COMPROMISO ORIGINAL FIRMADA AUTÓGRAFAMENTE Y EN ESPECÍFICO PARA ESTA LICITACIÓN EXPEDIDA POR EL PROVEEDOR RESPONSABLE DEL SERVICIO DE VALIDACIÓN DE SEGURIDAD DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (SIS), INDIQUE QUE EN CASO DE QUE EL LICITANTE RESULTE GANADOR, QUE SE OBLIGA A UTILIZAR EL MÉTODO ESTABLECIDO EN LAS NORMAS IEC 61508 E IEC 61511 (DETALLAR PROGRAMAS DE CÓMPUTO INTEGRADOS O DE APLICACIÓN) PARA VALIDAR EL NIVEL DE SEGURIDAD (SIL) REQUERIDO Y SE COMPROMETE A REALIZAR ESTAS ACTIVIDADES CONFORME A LOS REQUISITOS TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS E INCLUSIVE DE CERTIFICACIÓN INDICADOS EN EL NUMERAL 8.1.1.6.1.1 Y NUMERAL 8.12. VERIFICACIÓN DEL NIVEL DE INTEGRIDAD DE SEGURIDAD-NIS (SIL) DESCRITO EN LA NORMA NRF-045-PEMEX-2010 SEGURIDAD FUNCIONAL - SISTEMAS INSTRUMENTADOS DE SEGURIDAD PARA LOS PROCESOS DEL SECTOR INDUSTRIAL Y NORMAS VIGENTES (IEC 61508 E IEC 61511). B. EL CERTIFICADO DE LA EMPRESA QUE REALIZARÁ LA VALIDACIÓN DE SEGURIDAD FUNCIONAL DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (SIS) DEBERÁ ESTAR VIGENTE DURANTE EL PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES (591 DÍAS), POR LO QUE NO SE ACEPTARÁN CERTIFICACIONES QUE NO CUBRAN ÉSTE PERÍODO, CONTABILIZÁNDOSE A PARTIR DE LA FECHA DE INICIO DEL CONTRATO Y HASTA SU CONCLUSIÓN. III.13. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 8.2.16 PARTE 4, DEL ESTÁNDAR IEC 61508, QUE A LA LETRA DICE: "NOTA 1 LAS EMPRESAS QUE TIENEN ORGANIZACIONES INTERNAS EXPERTAS EN EVALUACIÓN DE RIESGOS Y EN LA APLICACIÓN DE SISTEMAS RELACIONADOS CON LA SEGURIDAD, QUE SON INDEPENDIENTES Y SEPARADOS (POR FORMAS DE ADMINISTRACIÓN Y OTROS RECURSOS) DE AQUÉLLOS RESPONSABLES DEL DESARROLLO PRINCIPAL PUEDEN SER CAPACES DE UTILIZAR SUS PROPIOS RECURSOS PARA CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS DE UNA ORGANIZACIÓN INDEPENDIENTE". III.14. "NOTA 2 VER 3.8.11, 3.8.12 Y 3.8.13 DE IEC 61508-4 PARA DEFINICIONES DE PERSONA INDEPENDIENTE, DEPARTAMENTO INDEPENDIENTE Y ORGANIZACIÓN INDEPENDIENTE, RESPECTIVAMENTE. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS NUMERALES 3.8.11, 3.8.12 Y 3.8.13 PARTE 4, DEL ESTÁNDAR IEC 61508, QUE A LA LETRA DICE: "3.8.11 PERSONA INDEPENDIENTE, ES SEPARADA Y DISTINTA DE LAS ACTIVIDADES QUE TIENEN LUGAR DURANTE LA FASE ESPECÍFICA DEL CICLO DE VIDA DE LA SEGURIDAD DEL SISTEMA ELÉCTRICO / ELECTRÓNICO / ELECTRÓNICO PROGRAMABLE RELACIONADO CON LA SEGURIDAD O SOFTWARE EN GENERAL, QUE ESTÁ SUJETA A LA EVALUACIÓN DE SEGURIDAD FUNCIONAL O VALIDACIÓN Y NO TIENE RESPONSABILIDAD DIRECTA EN ESTAS ACTIVIDADES". III.15. "3.8.12 DEPARTAMENTO INDEPENDIENTE ES SEPARADO Y DISTINTO DE LOS DEPARTAMENTOS RESPONSABLES DE LAS ACTIVIDADES QUE TIENEN LUGAR DURANTE LA FASE ESPECIFICA DEL CICLO DE VIDA DE LA SEGURIDAD DEL SISTEMA ELÉCTRICO / ELECTRÓNICO / ELECTRÓNICO PROGRAMABLE RELACIONADO CON LA SEGURIDAD O SOFTWARE EN GENERAL, QUE ESTÁ SUJETO A LA EVALUACIÓN DE SEGURIDAD FUNCIONAL O VALIDACIÓN". III.16. "3.8.13 ORGANIZACIÓN INDEPENDIENTE ES SEPARADA Y DISTINTA, POR ADMINISTRACIÓN Y

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OTROS RECURSOS, DE LAS ORGANIZACIONES RESPONSABLES DE LAS ACTIVIDADES QUE TIENEN LUGAR DURANTE LA FASE ESPECÍFICA DEL CICLO DE VIDA DE LA SEGURIDAD DEL SISTEMA ELÉCTRICO / ELECTRÓNICO / ELECTRÓNICO PROGRAMABLE RELACIONADO CON LA SEGURIDAD O SOFTWARE EN GENERAL, QUE ESTÁ SUJETA A LA EVALUACIÓN DE SEGURIDAD FUNCIONAL O VALIDACIÓN". III.17. SE ACLARA QUE, A EFECTO DE CUMPLIR CON LAS RECOMENDACIONES NORMATIVAS EN ESTA MATERIA, ANTERIORMENTE DESCRITAS, ASI COMO LO SEÑALADO EN EL NUMERAL 8.1.1.6.1.1. DE LA NRF-045-PEMEX-2010; EL LICITANTE DEBERÁ PROPORCIONAR UN ORGANIGRAMA DONDE SE MUESTRE CLARAMENTE QUE LOS EXPERTOS EN SEGURIDAD FUNCIONAL DEBERÁN SER UNA TERCERÍA EN EL EQUIPO DE TRABAJO INDEPENDIENTE DEL PERSONAL QUE REALIZARA LA CONFIGURACIÓN / DESARROLLO / INSTALACIONES DEL BIEN OBJETO DE ESTA LICITACIÓN, POR LO QUE LOS EXPERTOS EN SEGURIDAD FUNCIONAL (CFSE) PUEDEN SER DE LA MISMA EMPRESA. III.18. SE ACLARA QUE EL PERSONAL ESPECIALISTA DE LA EMPRESA EXPERTA EN SEGURIDAD FUNCIONAL PROPUESTA PARA LA VALIDACIÓN DEL SIS, PODRÁ SER PERSONAL DEL PROPIO LICITANTE, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLA CON REQUISITOS DE CERTIFICACIÓN INDICADOS. III.19. EL PERSONAL DE LA COMPAÑÍA CERTIFICADORA QUE REALIZARÁ LA VALIDACIÓN DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD DEBE SER UN EXPERTO EN SEGURIDAD FUNCIONAL (CFSE), EL CUAL DEBE CONTAR CON EXPERIENCIA COMPROBABLE EN EL MANEJO Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE ESTE TIPO EN EL ÁREA DE SEGURIDAD DE PROCESOS, ADEMÁS DE ESTAR CERTIFICADO COMO EXPERTO EN EL ÁREA DE SEGURIDAD FUNCIONAL POR EJEMPLO: CFSE, TÜV. ASIMISMO, EL PROVEEDOR DEBERÁ HACER ENTREGA A LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO DE UN ESCRITO EN ORIGINAL FIRMADO POR LA COMPAÑÍA CERTIFICADORA QUE REALIZARÁ LA VALIDACIÓN DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD EN EL CUAL INDIQUE QUE EL EXPERTO EN SEGURIDAD FUNCIONAL HA SIDO DESIGNADO POR ELLA Y CUENTA CON LA EXPERIENCIA REQUERIDA PARA LA EJECUCIÓN DE ESTE TIPO DE TRABAJOS. A. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 8.2.16 PARTE 4, DEL ESTÁNDAR IEC 61508, QUE A LA LETRA DICE: "NOTA 1 LAS EMPRESAS QUE TIENEN ORGANIZACIONES INTERNAS EXPERTAS EN EVALUACIÓN DE RIESGOS Y EN LA APLICACIÓN SISTEMAS RELACIONADOS CON LA SEGURIDAD, QUE SON INDEPENDIENTES Y SEPARADOS (POR FORMAS DE ADMINISTRACIÓN Y OTROS RECURSOS) DE AQUÉLLOS RESPONSABLES DEL DESARROLLO PRINCIPAL PUEDEN SER CAPACES DE UTILIZAR SUS PROPIOS RECURSOS PARA CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS DE UNA ORGANIZACIÓN INDEPENDIENTE". B. "NOTA 2 VER 3.8.11, 3.8.12 Y 3.8.13 DE IEC 61508-4 PARA DEFINICIONES DE PERSONA INDEPENDIENTE, DEPARTAMENTO INDEPENDIENTE Y ORGANIZACIÓN INDEPENDIENTE, RESPECTIVAMENTE". C. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS NUMERALES 3.8.11, 3.8.12 Y 3.8.13 PARTE 4, DEL ESTÁNDAR IEC 61508, QUE A LA LETRA DICE: "3.8.11 PERSONA INDEPENDIENTE: PERSONA QUE ES SEPARADA Y DISTINTA DE LAS ACTIVIDADES QUE TIENEN LUGAR DURANTE LA FASE ESPECÍFICA DEL CICLO DE VIDA DE LA SEGURIDAD DEL SISTEMA ELÉCTRICO / ELECTRÓNICO / ELECTRÓNICO PROGRAMABLE RELACIONADO CON LA SEGURIDAD O SOFTWARE EN GENERAL, QUE ESTÁ SUJETA A LA EVALUACIÓN DE SEGURIDAD FUNCIONAL O VALIDACIÓN Y NO TIENE RESPONSABILIDAD DIRECTA EN ESTAS ACTIVIDADES". D. "3.8.12 DEPARTAMENTO INDEPENDIENTE: DEPARTAMENTO QUE ES SEPARADO Y DISTINTO DE LOS DEPARTAMENTOS RESPONSABLES DE LAS ACTIVIDADES QUE TIENEN LUGAR DURANTE LA FASE ESPECÍFICA DEL CICLO DE VIDA DE LA SEGURIDAD DEL SISTEMA ELÉCTRICO / ELECTRÓNICO / ELECTRÓNICO PROGRAMABLE RELACIONADO CON LA SEGURIDAD O SOFTWARE EN GENERAL, QUE ESTÁ SUJETO A LA EVALUACIÓN DE SEGURIDAD FUNCIONAL O VALIDACIÓN". E. "3.8.13 ORGANIZACIÓN INDEPENDIENTE: ORGANIZACIÓN QUE ES SEPARADA Y DISTINTA, POR ADMINISTRACIÓN Y OTROS RECURSOS, DE LAS ORGANIZACIONES RESPONSABLES DE LAS ACTIVIDADES QUE TIENEN LUGAR DURANTE LA FASE ESPECÍFICA DEL CICLO DE VIDA DE LA SEGURIDAD DEL SISTEMA ELECTRICO / ELECTRÓNICO / ELECTRÓNICO PROGRAMABLE RELACIONADO CON LA SEGURIDAD O SOFTWARE EN GENERAL, QUE ESTA SUJETA A LA EVALUACION DE SEGURIDAD FUNCIONAL O VALIDACIÓN". III.20. A EFECTO DE CUMPLIR CON LAS RECOMENDACIONES NORMATIVAS EN ESTA MATERIA, ANTERIORMENTE DESCRITAS, Y DEBIDO A QUE UN ESPECIALISTA QUE CUENTA CON CERTIFICACIÓN VIGENTE COMO EXPERTO EN SEGURIDAD FUNCIONAL ES QUIEN DEBE REALIZAR UNA TERCERÍA EN EL EQUIPO DE TRABAJO PARA EL DISEÑO DEL PROYECTO (SIS), SE ACLARA QUE EL PERSONAL ESPECIALISTA DE LA EMPRESA EXPERTA EN SEGURIDAD FUNCIONAL PROPUESTA PARA LA VALIDACIÓN DEL SIS, PODRÁ SER PERSONAL DEL PROPIO LICITANTE. III.21. EL LICITANTE DEBERÁ PROPORCIONAR UN ORGANIGRAMA DONDE SE MUESTRE CLARAMENTE QUE LOS EXPERTOS EN SEGURIDAD FUNCIONAL DEBERÁN SER UNA TERCERÍA EN EL EQUIPO DE TRABAJO INDEPENDIENTE DEL PERSONAL QUE REALIZARA LA CONFIGURACIÓN / DESARROLLO / INSTALACIONES DEL BIEN OBJETO DE ESTA LICITACIÓN.

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III.22. EL LICITANTE DEBE MANIFESTAR MEDIANTE CARTA MEMBRETADA EN ORIGINAL EN SU PROPUESTA, QUE TODOS LOS EQUIPOS PRINCIPALES (PES DE SEGURIDAD, INSTRUMENTACIÓN, VÁLVULAS Y SOFTWARE) ASÍ COMO LA INFRAESTRUCTURA DE SOPORTE (PERIFÉRICOS, CABLES DE COMUNICACIÓN, TUBERÍA CONDUIT Y SUS ACCESORIOS CON LOS QUE INTEGRE EL SISTEMA PROPUESTO), CUENTAN CON CERTIFICACIÓN Y ESTAN DEBIDAMENTE AVALADOS POR LABORATORIOS NACIONALES A TRAVÉS DE LA ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN (EMA) U ORGANISMOS INTERNACIONALES (COMO EJEMPLO UNDER WRITER LABORATORIES (UL), CANADIAN UNDER WRITER LABORATORIES (CUL), FACTORY MUTUAL (FM), CANADIAN STANDARD ASSOCIATION (CSA), (ENTERTEC TESTING LABORATORIES (ETL), Ó EQUIVALENTES), TAL COMO LO ESTABLECE LA LEY FEDERAL DE METROLOGIA Y NORMALIZACIÓN. III.23. EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR CARTA MEMBRETADA EN ORIGINAL, EN LA QUE MANIFIESTE EL COMPROMISO DE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, PROPORCIONARÁ LAS ACTUALIZACIONES DE SOFTWARE QUE SE DEN DURANTE EL PERÍODO DE GARANTÍA QUE EMITA EL FABRICANTE. SE ACLARA QUE LA CARTA SOLICITADA DEBE SER EMITIDA Y FIRMADA POR PERSONAL FACULTADA PARA ELLO DE PARTE DEL LICITANTE. III.24. EL LICITANTE DEBERÁ PROPORCIONAR CARTA MEMBRETADA ORIGINAL DEL FABRICANTE O REPRESENTANTE AUTORIZADO EN TERRITORIO NACIONAL, DONDE GARANTICE QUE EL HARDWARE PROPUESTO SE MANTENDRÁ VIGENTE EN EL MERCADO POR UN PERÍODO MÍNIMO DE 5 AÑOS, OFRECIENDO EL SOPORTE Y PARTES DE REPUESTO QUE SE REQUIERAN Y QUE SEA COMPATIBLE CON LAS ACTUALIZACIONES DEL SOFTWARE INDICADO EN EL NUMERAL QUE ANTECEDE. III.25. EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR COMO PARTE DE SU PROPUESTA CARTA GARANTÍA MANCOMUNADA POR PARTE DEL LICITANTE Y DEL FABRICANTE DEL PES DONDE INDIQUE LA DISPONIBILIDAD DE REFACCIONES PARA EL PES COMO MÍNIMO POR 10 AÑOS. III.26. EL LICITANTE DEBERÁ MANIFESTAR EN SU PROPUESTA, MEDIANTE CARTA MEMBRETADA ORIGINAL, QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, LA TOTALIDAD DE LOS BIENES A SUMINISTRAR SERÁN NUEVOS. III.27. EL LICITANTE DEBERÁ MANIFESTAR EN SU PROPUESTA, MEDIANTE CARTA MEMBRETADA ORIGINAL, QUE REALIZARÁ LA CAPACITACIÓN, CONFORME A LO INDICADO EN EL APARTADO CURSO DE CONFIGURACIÓN Y PROGRAMACIÓN, CURSOS DE OPERACIÓN, CURSOS DE MANTENIMIENTO DEL ANEXO 1. ESTA CAPACITACIÓN DEBERÁ PROPORCIONARSE DENTRO DEL PLAZO DE ENTREGA. III.28. EL LICITANTE DEBERA ANEXAR A SU PROPUESTA TÉCNICA, LA ARQUITECTURA DE CADA UNO DE LOS SISTEMA OFERTADOS, ASÍ COMO LA ARQUITECTURA GENERAL A IMPLEMENTAR. NO SE ACEPTA QUE LOS DIBUJOS O ESQUEMAS PROPORCIONADOS POR EL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA EN LAS BASES DE LICITACIÓN, SEAN UTILIZADOS COMO PARTE DE LA PROPUESTA DEL LICITANTE, EL CUAL DEBE ELABORAR Y DOCUMENTAR TÉCNICAMENTE CON SUS PROPIOS DIBUJOS O ESQUEMAS EN FUNCIÓN DE SU PROPUESTA PARA ESTE PROYECTO. NO SE ACEPTA QUE SE ELABOREN Y ENTREGUEN PARA LA LICITACION, DIBUJOS ELABORADOS CON PROGRAMAS TIPO POWER POINT, VISIO O SIMILAR, EL FORMATO DEBERA SER CAD O SIMILAR. III.29. TODAS LAS CARTAS DE RESPALDO DE LOS FABRICANTES Y PRESTADORES DE SERVICIO, SOLICITADAS EN LAS BASES DE LICITACIÓN Y JUNTA DE ACLARACIONES DEBERÁN SER ORIGINALES Y FIRMADAS EN FORMA AUTÓGRAFA POR EL PRESENTANTE LEGAL DEL FABRICANTE O FABRICANTES SEGÚN APLIQUE. III.30. EL LICITANTE DEBE PROPORCIONAR LA MEMORIA DE CÁLCULO POR CADA GABINETE SUMINISTRADO DEL CALOR GENERADO POR LOS SISTEMAS ELECTRÓNICOS PROGRAMABLES, ACCESORIOS Y FUENTES DE PODER QUE ESTÉN DENTRO DE ESTE GABINETE CON EL FIN DE PROPONER MEDIOS DE ENFRIAMIENTO SI NO FUERA SUFICIENTE CON EL AIRE QUE SE LES TIENE QUE SUMINISTRAR A LOS GABINETES PARA CUMPLIR CON SU CLASIFICACIÓN DE ÁREAS, EN CASO DE QUE LA TEMPERATURA EN EL INTERIOR DE LOS GABINETES REBASEN LA TEMPERATURA DE OPERACIÓN DE LOS EQUIPOS INDICADOS EN LOS CATÁLOGOS DEL FABRICANTE, SE DEBERÁN PROPONER LOS MEDIOS DE ENFRIAMIENTO SUFICIENTES. III.31. EL LICITANTE, DEBE INDICAR, MEDIANTE UNA CARTA MEMBRETADA ORIGINAL, EL COMPROMISO QUE EN CASO DE RESULTAR EL LICITANTE GANADOR ASUME LA RESPONSABILIDAD TOTAL DE ENTREGAR EN OPTIMAS FUNCIONES Y SIN DAÑO ALGUNO EL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD COMO MÍNIMO Y NO LIMITADO A LO SIGUIENTE: A. HARDWARE Y SOFTWARE DEL SISTEMA PARA MANTENIMIENTO, CONFIGURACIÓN Y DIAGNÓSTICOS. B. SISTEMA DE INGENIERÍA. C. SISTEMA DE DOCUMENTACIÓN. D. OPERACIÓN FUNCIONAL Y VERIFICACIÓN.

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E. GUÍA DE CONFIGURACIÓN Y PROGRAMACIÓN. F. DESARROLLO DE LA PROGRAMACIÓN. G. COMPLETA ACEPTACIÓN DE LA PRUEBAS FAT Y ENTREGAR EL REPORTE DEL PROTOCOLO DE LAS PRUEBAS. H. COMPLETA ACEPTACIÓN DE LA PRUEBAS SAT Y ENTREGAR EL REPORTE DEL PROTOCOLO DE LAS PRUEBAS. I. EXPORTACIÓN, EMBALAJE, TRANSPORTACIÓN AL SITIO DE TRABAJO. J. SUMINISTRO, INSTALACIÓN, CABLEADO INTERNO, MONTAJE INTERNO, INTERCONEXIÓN INTERNA DE CADA GABINETE. K. INCLUIR AL MENOS UN ESPECIALISTA CERTIFICADO POR TÜV RHEINLAND, EN SEGURIDAD FUNCIONAL PARA LA VALIDACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LAS ETAPAS DEL CICLO DE VIDA DE SEGURIDAD Y PARA DAR CUMPLIMIENTO A TODAS LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR DESCRITOS EN EL NUMERAL 8.1.1.6.1.1 DE LA NORMA NRF-045- PEMEX-2010. L. PARTES DE REPUESTO DURANTE LA ETAPA DEL COMISIONAMIENTO Y ARRANQUE. M. TODOS Y CADA UNO DE LOS COMPONENTES DEL SISTEMA DEBEN CONTAR CON LAS HERRAMIENTAS (HARDWARE, SOFTWARE, LICENCIAS) Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA REALIZAR SU CONFIGURACIÓN, MANTENIMIENTO, DIAGNÓSTICO Y PRUEBAS. N. ENTREGA DE TODA ESTA INFORMACIÓN A PEMEX PETROQUIMICA SIN NINGUNA RESTRICCIÓN. III.32. EL LICITANTE DEBERÁ CONSIDERAR LOS ANEXOS 1, 2, 3, 4 Y 5 QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DE ESTA BASES. III.33. EL LICITANTE DEBERÁ CONSIDERAR EN SUS COSTOS LOS REQUISITOS AL PROVEEDOR. III.34. CAUSAS DE DESECHAMIENTO TECNICO: A. LA PROPUESTA TÉCNICA DEL LICITANTE SERÁ NO SOLVENTE Y POR LO TANTO DESECHADA, SI NO INCLUYE ALGUNO DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS EN LA PRESENTES BASES, ASÍ MISMO SI NO SATISFACE CUALQUIER REQUISITO TÉCNICO O NORMATIVO QUE SE INDIQUEN EN LAS ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES QUE SE DERIVEN DE LA(S) ACTA(S) DE LA(S) JUNTA(S) DE ACLARACIONES A LAS BASES. B. ASÍ MISMO SE DESECHARÁ LA PROPUESTA QUE INCURRA EN ALGUNO(S) DE LOS SUPUESTOS SIGUIENTES, QUE AGREGUE LA LEYENDA: "SIMILAR A LA MARCA QUE PROPONE", QUE INDIQUE: "MARCA PROPIA" O "COTIZO MI MARCA", QUE PROPONGA MÁS DE UNA MARCA PARA UN MISMO BIEN, QUE NO INDIQUE MARCA. C. EL SEÑALAR CONDICIONANTES EN LAS PROPUESTAS RESPECTO A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES SOLICITADOS. D. EL SEÑALAR DENTRO DE LA OFERTA QUE LOS BIENES QUE PROPONE Y ENTREGARÁ NO SON NUEVOS, Y POR LO TANTO QUE SON RECICLADOS Y/O RECONSTRUIDOS, O BIEN MANIFIESTE LA SUBCONTRATACIÓN EN CUALQUIERA DE LAS PARTES (BIENES) OBJETO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. E. QUE PROPONGA UN PLAZO DE ENTREGA MAYOR AL SOLICITADO. F. NO SER CLARO, PRECISO Y CONGRUENTE EN SU PROPUESTA, DE ACUERDO A LO SOLICITADO. G. SI EXISTE CUALQUIER INCUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN LA SOLICITUD DE PEDIDO, QUE AFECTE DIRECTAMENTE LA SOLVENCIA DE LA OFERTA. IV. REQUISITOS AL PROVEEDOR IV.1. LA EMPRESA CERTIFICADA RESPONSABLE DE LAS ACTIVIDADES DE VALIDACIÓN DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (SIS), QUE PRESENTE EL LICITANTE EN SU PROPUESTA TÉCNICA, UNA VEZ FORMALIZADO EL CONTRATO DE ADQUISICIÓN CORRESPONDIENTE Y PREVIO AL INICIO DE LOS TRABAJOS, ENTREGARÁ A TRAVES DEL PROVEEDOR DEL BIEN, AL AREA RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACION Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO DESIGNADA POR EL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA EL PLAN DE VALIDACION QUE INCLUYA EL DETALLE DE LAS ACTIVIDADES A SER DESARROLLADAS, SU DURACIÓN, RELACIÓN ENTRE ACTIVIDADES Y PRINCIPALES RECURSOS REQUERIDOS, RESALTANDO LOS HITOS CRÍTICOS ASI COMO LAS FECHAS COMPROMISO DE LOS ENTREGABLES: A. PLAN Y REPORTE DE VERIFICACIÓN EN SITIO DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD. B. INFORME DE PRUEBAS. C. DOCUMENTOS DE PRE-ARRANQUE DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD. D. FORMATOS DE REPORTES DE ACEPTACION. IV.2. EL PROVEEDOR DEBERÁ CONSIDERAR LOS REQUERIMIENTOS DE VALIDACIÓN DE SEGURIDAD DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (SIS) (VALIDAR DEFINICIÓN DEL SISTEMA), POR LO QUE DEBE ENTREGAR LA VALIDACION DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (SIS) EN DOCUMENTACIÓN OFICIAL CON MEMBRETE Y RAZÓN SOCIAL DEL RESPONSABLE DE LAS ACTIVIDADES DE VALIDACION, CONFORME A LO INDICADO EN EL NUMERAL 8.1.1.6.1.1 DESCRITO EN LA NORMA NRF-045-PEMEX- 2010 SEGURIDAD FUNCIONAL SISTEMAS INSTRUMENTADOS DE SEGURIDAD PARA LOS PROCESOS DEL SECTOR INDUSTRIAL Y NORMATIVAS VIGENTES (IEC 61511) Y LOS REQUISITOS DE ESTAS BASES; POR LO QUE DEBE INTEGRAR TODAS LAS FUNCIONES INSTRUMENTADAS Y LAZOS DE SEGURIDAD CON EL NIVEL DE SEGURIDAD (SIL) REQUERIDO EN LA DOCUMENTACION TÉCNICA DE ESPECIFICACIONES DEL PROYECTO Y RECOMENDACIONES DE LAS NO CONFORMIDADES QUE EN SU CASO DETECTE EL RESPONSABLE DE DESARROLLAR LAS

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ACTIVIDADES DE VALIDACION DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (SIS). IV.3. EL REPORTE DE VALIDACIÓN DE SEGURIDAD DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (SIS), FIRMADO DE CONFORMIDAD POR EL RESPONSABLE DE LA VALIDACIÓN SERÁ, ENTREGADO POR EL PROVEEDOR DE LOS BIENES AL ÁREA RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO DESIGNADA POR EL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA Y A LA CONCLUSIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA PRUEBA DE DESEMPEÑO, SE INICIARÁ EL TRÁMITE DE ACEPTACIÓN DEL BIEN (EL SISTEMA OPERANDO EN SU CONJUNTO). IV.4. SI DURANTE LA VALIDACIÓN DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (SIS) Y LA PRUEBA DE DESEMPEÑO, SE DETERMINA ALGÚN INCUMPLIMIENTO O NO CONFORMIDAD, EL PROVEEDOR DEBERÁ DE CORREGIR Y ELIMINAR EL INCUMPLIMIENTO Ó NO CONFORMIDAD DE FORMA INMEDIATA, DE MANERA QUE NO SE AFECTEN LOS TIEMPOS DE ENTREGA DE ACUERDO AL PLAZO PACTADO Y PROCEDER A LA ACEPTACIÓN DEL BIEN, IMPUTÁNDOSE AL PROVEEDOR LOS RETRASOS QUE SE PUDIERAN OCASIONAR POR EL INCUMPLIMIENTO DE ESTAS OBLIGACIONES. ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE AL DETERMINARSE INCUMPLIMIENTOS Y/O NO CONFORMIDADES EN LA VALIDACIÓN Y/O EN LA PRUEBA DE DESEMPEÑO, SE DEBERÁN VALIDAR NUEVAMENTE LOS BIENES CORREGIDOS Y/O REALIZAR NUEVAMENTE LA PRUEBA DE DESEMPEÑO, EMITIÉNDOSE NUEVOS REPORTES. IV.5. PREVIO AL INICIO DE LA INSTALACION, EL PROVEEDOR DEBE PRESENTAR UNA CARTA COMPROMISO MEMBRETADA ORIGINAL Y ESPECÍFICA PARA ESTA LICITACIÓN, EXPEDIDA Y FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE CADA UNO DE LOS FABRICANTES DE LOS SISTEMAS INSTRUMENTADOS DE SEGURIDAD (SIS) ES DECIR DEL SISTEMA PES Y SOFTWARE QUE PROPONGA. EN DICHA CARTA EL FABRICANTE DEBE INDICAR QUE EL PROVEEDOR ES UN INTEGRADOR DE SISTEMAS DE SU MARCA RECONOCIDO Y AUTORIZADO POR ELLOS MISMOS PARA LA INSTALACIÓN Y PUESTA EN OPERACIÓN DE SUS EQUIPOS, Y QUE CUENTA CON LA EXPERIENCIA, Y CAPACIDAD TÉCNICA PARA REALIZAR ESTE TIPO DE SISTEMAS, ASÍ MISMO DEBERÁ INDICAR QUE EL PROVEEDOR CUENTA CON EL RESPALDO TÉCNICO SUFICIENTE Y NECESARIO POR PARTE DEL FABRICANTE. IV.6. PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES. PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LOS BIENES NIVEL III: SE DEBE LLEVAR A CABO LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES, CONFORME A LO INDICADO EN EL PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PA-8OO-70600-01 NUMERAL 11. PEMEX PETROQUÍMICA DESIGNARÁ AL PERSONAL QUE SE ENCARGARÁ DE LA INSPECCIÓN DEL BIEN. EL PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES DEBERÁ INCLUIR LOS 7 DIAS QUE PEMEX PETROQUIMICA REQUIERE PARA INSPECCIONAR EL BIEN. IV.7. CONFORMIDAD DERIVADA DE LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES NIVEL III: EL CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO, SE DETERMINA POR EL PERSONAL DESIGNADO POR PEMEX PETROQUIMICA QUE REALIZA LA INSPECCIÓN, REVISANDO LOS REQUISITOS Y PRESENCIANDO LAS ACTIVIDADES ENUNCIATIVAS MÁS NO LIMITATIVAS SIGUIENTES: A. ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES. B. LA REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS, CÓDIGOS, PROCEDIMIENTOS O ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES TERMINADOSY NÚMEROS DE PARTE. C. CERTIFICADOS DE CALIDAD DE LOS BIENES TERMINADOS. D. LAS PRUEBAS OSAT Y DE DESEMPEÑO FINALES. E. EL ACABADO Y EL EMBALAJE DE LOS BIENES TERMINADOS. F. MANUALES (OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CAPACITACIÓN) Y DOCUMENTACIÓN AS BUILT. G. LA DOCUMENTACIÓN QUE ESTABLECE EL CONTRATO. H. VERIFICACIÓN DE TODO EL SISTEMA EN SU CONJUNTO ATESTIGUANDO PRUEBAS OSAT, CONCLUIDAS LAS 72 HORAS EN EJECUCIÓN DE LA PRUEBA DE DESEMPEÑO, EMITIENDÓSE EL REPORTE FINAL DE INSPECCIÓN NIVEL III. IV.8. ENTREGABLES DEL PROVEEDOR, EL CUAL DEBERÁ ENTREGAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA INSPECCIÓN NIVEL III: A. REMISIÓN DE ENTREGA (COPIA SIMPLE LEGIBLE). B. PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN (COPIA SIMPLE LEGIBLE). C. CERTIFICADO DE ORIGEN (COPIA SIMPLE LEGIBLE). D. GARANTÍAS EXPEDIDAS POR EL FABRICANTE DEL BIEN A NOMBRE DE PEMEX PETROQUIMICA (ORIGINAL). E. CERTIFICADOS DE CALIDAD EXPEDIDO POR EL FABRICANTE DEL BIEN (ORIGINAL O EN SU CASO COPIA SIMPLE LEGIBLE) F. REPORTES DE INSPECCIÓN RADIOGRÁFICA (ORIGINAL). G. PROTOCOLO DE PRUEBAS OSAT Y DE DESEMPEÑO (ORIGINAL). H. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (COPIA SIMPLE LEGIBLE EN EL IDIOMA DEL PAÍS DE ORIGEN Y TRADUCCION SIMPLE AL ESPAÑOL). I. MANUALES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO E INFORMÁTICOS (ORIGINAL). J. LISTADO DE NÚMEROS DE PARTE (COPIA SIMPLE LEGIBLE).

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IV.9. SUBCONTRATACIÓN. A). INSPECCIÓN RADIOGRÁFICA LOS REQUISITOS QUE DEBERÁ CUMPLIR EL PROVEEDOR EN LA SUBCONTRATACIÓN DE LA INSPECCIÓN RADIOGRÁFICA SON:

1. PRESENTAR CERTIFICADO VIGENTE (DURANTE AL MENOS EL PLAZO DE ENTREGA DEL BIEN), APROBADO POR UNA INSTITUCIÓN CERTIFICADORA O POR UN INSPECTOR DE LA AWS, DE LA EMPRESA QUE REALIZARÁ LA INSPECCIÓN RADIOGRÁFICA.

2. PRESENTAR CERTIFICADO Y CALIFICACIONES VIGENTES (DURANTE AL MENOS EL PLAZO DE ENTREGA DEL BIEN), APROBADOS POR UNA INSTITUCIÓN CERTIFICADORA O POR UN INSPECTOR DE LA AWS, DEL PERSONAL QUE APLICARÁ LAS SOLDADURAS REQUERIDAS.

B). VALIDACIÓN DE SEGURIDAD DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (VALIDAR DEFINICIÓN DEL SISTEMA). IV.10. EL PROVEEDOR DEBERÁ GARANTIZAR POR ESCRITO DEL FABRICANTE QUE SE DISPONDRÁ DE PARTES Y SOPORTE PARA LOS EQUIPOS, HARDWARE Y SOFTWARE DEL SISTEMA SUMINISTRADOS DURANTE LOS PRÓXIMOS DIEZ AÑOS. EN CASO DE QUE NO SEAN OFRECIDAS EN VENTA POR OBSOLESCENCIA, EL PROVEEDOR DEBERÁ GARANTIZAR QUE LAS PARTES ESTÁNDAR DE LOS ELEMENTOS DE CONTROL, PODRÁN SER REEMPLAZADAS O QUE SERÁN SOPORTADOS CON SERVICIO Y REFACCIONES, DISPONIENDO DE PARTES O PRODUCTOS EQUIVALENTES PARA GARANTIZAR SU CONTINUIDAD OPERATIVA DURANTE LOS AÑOS INDICADOS. A EFECTO DE QUE EL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD SE MANTENGA EN COMPETENCIA EN EL MERCADO FUTURO. IV.11. SE OTORGARA UN 50% (CINCUENTA POR CIENTO) DE ANTICIPO A LOS 15 (QUINCE) DIAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE PRESENTACION Y ACEPTACION DE LA FACTURA, Y LA GARANTIA CORRESPONDIENTE POR LA TOTALIDAD DEL IMPORTE DE DICHO ANTICIPO. V. REQUERIMIENTOS DE INSTALACIÓN DE LOS BIENES: V.1. EL PROVEEDOR DEBERÁ REALIZAR LAS ACTIVIDADES DESCRITAS EN EL NUMERAL I.3 INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y MATERIALES DE INFRAESTRUCTURA DE SOPORTE DEL APARTADO I. DESCRIPCIÓN DEL BIEN, DE LA PRESENTE SOLICITUD DE PEDIDO. V.2. EMBARQUE Y EMBALAJE: EL PROVEEDOR DEBERÁ GARANTIZAR Y SERA SU RESPONSABILIDAD QUE LOS BIENES SE RECIBAN EN EL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA, EN PERFECTAS CONDICIONES Y CON EL EMPAQUE ADECUADO PARA TAL FIN. A. PARA EL EMPAQUE DE LOS COMPONENTES DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (SIS) DEBEN SER EMPACADOS DE TAL MODO, QUE NO SE DAÑEN DURANTE EL TRANSPORTE Y SU ALMACENAMIENTO PREVIO A SU INSTALACIÓN. DEBE TENERSE ESPECIAL CUIDADO CON LAS PARTES REMOVIBLES. B. TODA LA MADERA USADA PARA EMPAQUE DEBE ESTAR LIBRE DE INSECTOS. NO SE ACEPTARÁ EL USO DE PAJA O ASERRÍN EN LOS EMPAQUES. C. CUALQUIER ELEMENTO DEL EMBARQUE QUE NO ESTÉ DISEÑADO PARA ALMACENAMIENTO A LA INTEMPERIE DEBE EMPACARSE POR SEPARADO Y MARCARSE "ALMACENAR EN INTERIOR". TODAS LAS PARTES QUE REQUIERAN DE ALMACENAMIENTO ESPECIAL DEBEN PROVEERSE CON LAS INSTRUCCIONES DE ALMACENAMIENTO, GUARDADAS EN UNA BOLSA IMPERMEABLE O IMPRESA EN ETIQUETAS IMPERMEABLES. D. TODOS LOS EQUIPOS DEBEN SER EMBARCADOS SECOS, LIBRES DE POLVO Y DEBEN SER IDENTIFICADOS FÁCILMENTE INDICANDO CON LETRAS VISIBLES AL MENOS LOS SIGUIENTES DATOS: NÚMERO DE PROYECTO, PLANTA, CLAVE DEL EQUIPO, NÚMERO DE CAJA, NÚMERO DE SERIE, EJES DEL CENTRO DE GRAVEDAD, INDICACIÓN DE PUNTOS DE IZAJE. MASA EN KG, DEBE TENER EN EL EXTERIOR, UNA LISTA DEL CONTENIDO, PROTEGIDA CONTRA LAS CONDICIONES AMBIENTALES. E. CUALQUIER DAÑO QUE SUFRA EL EQUIPO O MATERIALES DEBIDO A EMPAQUES DEFECTUOSOS, DEBEN SER SUSTITUIDA POR EQUIPO NUEVO SIN CARGO EXTRA PARA PEMEX PETROQUÍMICA. V.3. EL PROVEEDOR DEBERÁ ELABORAR Y ENTREGAR EL LIBRO DE PROYECTO "AS BUILT" (ESTADO FINAL DEL SISTEMA) A LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO, MISMO QUE DEBERÁ ENTREGARSE DENTRO DEL PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES, E INTEGRARSE TODA LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DEL PROYECTO (TRES JUEGOS), COMO SE INDICA EN EL APARTADO ACTUALIZACIÓN, REVISIÓN Y EMISIÓN DE PLANOS Y DOCUMENTOS DE INGENIERÍA EN REVISIÓN AS-BUILT, DEL ANEXO 1: A. PLANO DE ARQUITECTURA DEL SISTEMA. B. ÍNDICE DE INSTRUMENTOS.

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C. PLANOS DE UBICACIÓN DE EQUIPOS (ÁREA DE PROCESO E INTERIOR DE CUARTO DE CONTROL). D. PLANOS DE CANALIZACIONES ELÉCTRICAS (PLANTA). E. ISOMÉTRICO DE TRAYECTORIAS. F. CÉDULA Y CÁLCULO DE SELECCIÓN DE CONDUCTORES. G. CÉDULA Y CÁLCULO DE TUBERÍAS Y ACCESORIOS. H. DIAGRAMAS UNIFILARES. I. CÁLCULO Y REQUERIMIENTO DEL SISTEMA DE TIERRAS. J. ESPECIFICACIONES DE INSTRUMENTOS. K. HOJAS DE DATOS DE INSTRUMENTOS. L. DETALLES DE INSTALACIÓN PARA CADA TIPO DE INSTRUMENTOS. M. PLANOS DE TUBERÍA Y CABLEADO DE SEÑALES DE INSTRUMENTACIÓN PARA EL SIS. N. HOJA DE ESPECIFICACIONES DE EQUIPO. O. DIAGRAMA DEL GABINETE DE CONTROL. P. DIAGRAMA DE DISTRIBUCIÓN DEL GABINETE DE CONTROL. Q. DIAGRAMA DE CABLEADO INTERNO DE GABINETE DE CONTROL. R. PANTALLAS DE ESTACIÓN DE OPERACIÓN. S. DIAGRAMAS LÓGICAS DE CONTROL. T. PROGRAMACIÓN DE SECUENCIAS DE CONTROL. U. CONFIGURACIÓN DE GRÁFICOS DINÁMICOS. V. RESPALDOS DE CONFIGURACIÓN DEL SISTEMA. W. REGISTROS DE INSTALACIÓN. X. INFORMACIÓN Y ESPECIFICACIONES DE LOS PROTOCOLOS DE COMUNICACIÓN EMPLEADOS EN EL SISTEMA. Y. INGENIERÍA DESARROLLADA PARA EL DISEÑO, INSTALACIÓN E INTERCONEXIÓN DEL SIS. Z. INGENIERÍA DESARROLLADA PARA LA CONFIGURACIÓN DEL SIS. AA. BASE DE DATOS CONFIGURADA DEL SIS BB. CROQUIS DE DIMENSIONES, DETALLES DE MONTAJE Y PESOS CC. ARREGLO FÍSICO DE LOS GABINETES DEL SIS. DD. RESUMEN DE ENTRADAS Y SALIDAS. EE. DIAGRAMAS DE ALAMBRADO E INTERCONEXIÓN, TANTO DE COMUNICACIONES COMO DE ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA. FF. DIAGRAMAS DE INSTRUMENTACIÓN Y CONFIGURACIONES COMPLETAS PARA TODOS LOS LAZOS DE CONTROL GG. DIAGRAMAS DE ALAMBRADO DE TODO EL SIS. HH. DESCRIPCIÓN COMPLETA DE LA FILOSOFÍA DE OPERACIÓN DE LA LÓGICA, DETALLANDO LA FUNCIÓN DE CADA COMPONENTE. II. PROTOCOLOS DE PRUEBAS DE ACEPTACIÓN EN FÁBRICA FAT JJ. REPORTE DE LAS PRUEBAS DE ACEPTACIÓN EN FÁBRICA FAT. KK. PROTOCOLO Y REPORTE DE PRUEBAS DE ACEPTACIÓN EN SITIO OSAT. LL. PROTOCOLO Y REPORTE DE PRUEBAS DE DESEMPEÑO Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA. MM. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE CADA COMPONENTE DEL SIS. NN. MANUALES DEL HARDWARE. OO. MANUALES DEL SOFTWARE. PP. MANUALES DE OPERACIÓN. QQ. MANUALES DE PROGRAMACIÓN. RR. MANUALES DE INSTALACIÓN DEL SISTEMA. SS. MANUALES DE OPERACIÓN Y GUÍAS DE USUARIO DE TODAS LAS LICENCIAS DE SOFTWARE. TT. MANUAL DE PUESTA EN SERVICIO. UU. MANUALES DE LOS CURSOS DE CAPACITACIÓN. VV. MANUAL DE DETECCIÓN DE FALLAS CON SUS CÓDIGOS DE ERROR Y PROCEDIMIENTOS PARA CORRECCIÓN. WW. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO. XX. MANUALES DE USUARIO POR EQUIPOS Y COMPONENTES QUE INTEGRA AL SIS. YY. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA REINICIALIZACIÓN DE LA OPERACIÓN DEL SIS. ZZ. CALIBRACIÓN Y PRUEBA DE LOS EQUIPOS INSTALADOS. AAA. SUMARIO DE ENTRADAS Y SALIDAS. BBB. CERTIFICADOS DE CALIDAD REQUERIDOS: (COPIA SIMPLE LEGIBLE DE CERTIFICADO DE CALIDAD DE LOS MATERIALES Y EQUIPOS CERTIFICADO DE CALIBRACIÓN EN FÁBRICA) DE LOS DISPOSITIVOS DE CAMPO SUMINISTRADOS. CCC. CERTIFICACIONES DE LAS VÁLVULAS ESFÉRICAS CLASE 150, EXTREMOS BRIDADOS CARA: R.F. QUE EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR JUNTO CON EL LIBRO DE PROYECTO: PARA LAS VÁLVULAS DE DISEÑO TRUNNION (MONTADA SOBRE MUÑON), EN DIÁMETROS DE 6 PULGADAS Y 10 PULGADAS; DISEÑO BOLA FLOTANTE, EN DIÁMETROS DE 1 PULGADAS Y DE 1-1/2 PULGADAS. A. COPIA SIMPLE LEGIBLE DE CERTIFICADO VIGENTE DEL API SPEC 6D B. COPIA SIMPLE LEGIBLE DE DECLARACIÓN EXPEDIDA POR EL FABRICANTE CON RESULTADOS DE SEGURIDAD FUNCIONAL DE ACUERDO A SIL NIVEL 3. C. COPIA SIMPLE LEGIBLE DE CERTIFICADOS DE PRUEBAS REALIZADOS POR UN TERCERO QUE DEMUESTRAN QUE EL DISEÑO HA CUMPLIDO LOS REQUERIMIENTOS DE LAS NORMAS TA-LUFT-VDI

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2440, ISO FE BH-C03-SSA0-T (29°C, 200°C)-ISO 15848-1 E ISO 10497 AL MENOS. TODOS LOS DOCUMENTOS DEBERAN ESTAR ESCRITOS PREFERENTEMENTE EN ESPAÑOL, SIN EMBARGO PUEDE PRESENTARSE EN IDIOMA INGLÉS CON UNA TRADUCCIÓN SIMPLE AL ESPAÑOL. DEBE SER ENTREGADA EN FORMA IMPRESA EN HOJAS TAMAÑO CARTA, DE PAPEL BOND, SIN PERFORACIONES, GRAPAS, CLIPS U OTRO DISPOSITIVO QUE DEGRADE EL PAPEL ORIGINAL, LAS IMPRESIONES DEBERAN SER ARCHIVADAS EN PROTECTORES PLÁSTICOS Y EN CARPETAS PLASTICAS CON 3 ARGOLLAS, EN EL LOMO Y CARATULA. SE DESCRIBIRÁN DATOS GENERALES DEL PROYECTO. SE ENTREGARÁN TRES LIBROS DE PROYECTO ORIGINALES IMPRESOS. DEBERÁ RESPALDARSE Y ENTREGARSE EN ARCHIVOS DIGITALES EDITABLES, ARCHIVADAS EN DISCOS COMPACTOS COMO MEDIO DE ALMACENAMIENTO; UTILIZANDO APLICACIONES INFORMATICAS VIGENTES DE MICROSOFT PARA DOCUMENTOS, AUTOCAD Y ACROBAT (PDF) PARA DIBUJOS. SE ENTREGARAN TRES JUEGOS DE DISCOS. CONTENDRÁ TODO EL SOFTWARE UTILIZADO PARA LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD (SIS), RESPALDOS ARCHIVADOS EN DISCOS COMPACTOS COMO MEDIO DE ALMACENAMIENTO (TRES JUEGOS). A. EL LIBRO DE PROYECTO INCLUIRÁ PLANOS EN TAMAÑO D (90 X 60 CM) EN PAPEL BOND B. EL LIBRO DE PROYECTO INCLUIRÁ ISOMETRICOS EN TAMAÑO D (90 X 60 CM) EN PAPEL BOND C. MEMORIA FOTOGRAFICA D. INFORME DE LA CAPACITACIÓN IMPARTIDA E. MANUALES DE LOS CURSOS DE CAPACITACIÓN V.4. GARANTÍAS. EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR CARTA DE GARANTÍA ORIGINAL EMITIDA POR EL FABRICANTE DE LOS BIENES A NOMBRE DE PEMEX PETROQUIMICA CON UNA VIGENCIA MÍNIMA DE UN AÑO O LA EMITIDA POR CADA FABRICANTE, INCLUYENDO HARDWARE, SOFTWARE, VÁLVULAS E INSTRUMENTACIÓN. EL PROVEEDOR DEBERÁ IDENTIFICAR LOS BIENES INDICANDO EL NÚMERO DE PARTE Y MARCA DE LOS MISMOS. V.5. EL PROVEEDOR DEBERÁ APLICAR LAS NORMAS SIGUIENTES: A. NRF-045PEMEX-2010 SEGURIDAD FUNCIONAL SISTEMAS INSTRUMENTADOS DE SEGURIDAD PARA LOS PROCESOS DEL SECTOR INDUSTRIAL B. NFR-046-PEMEX-2003 PROTOCOLOS DE COMUNICACIÓN EN SISTEMAS DIGITALES DE MONITORES Y CONTROL C. IEC 61508:2000 FUNCTIONAL SAFETY OF ELECTRICA / ELECTRONIC / PROGRAMMABLE ELECTRONIC SAFETY RELATED SYSTEMS. D. IEC 61508-2:2000 REQUIREMENTS FOR ELECTRICA 7 ELECTRONIC SAFE RELATED SYSTEMS E. IEC 61511-1:2003 FUNCTIONAL SAFETY OF SAFETY INSTRUMENTED SYSTEMS. F. ANSI/ISA 84.01:2004 APPLLCATION OF SAFETY INSTRUMENTED SYSTEMS FOR THE PROCESS INDUSTRIES. G. ISA TR 84.0.02:2002 SAFETY INSTRUMENTED SYSTEMS (SIS) SAFETY INTEGRITY LEVEL (SIL) EVALUATION TECHNIQUES. . H. NFPA 85.02 NATIONAL FIRE PROTECTION ASSOCIATION PART 85.01, STANDARD FOR THE PREVENTION OF FURNACE EXPLOSIONS/IMPLOSIONS IN MUL TIPLE SINGLE BURNER BOILERS I. API RP 5542007 PROCESS INSTRUMENTATION AND CONTROL. J. FM 7605 FACTORY MUTUAL PARA USO DE PLC EN QUEMADORES. K. NEMA NATIONAL ELECTRIC MANUFACTUREROS ASSOCIATION L. IEEE INSTITUTE OF ELECTRICAL AND ELECTRONIC ENGINEERS V.6. EL PROVEEDOR DEBERÁ SUJETARSE A TODAS LAS LEYES, LOS REGLAMENTOS Y ORDENAMIENTOS DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES PARA LA INSTALACIÓN DE LOS BIENES, EN MATERIA DE SEGURIDAD, USO DE LA VÍA PÚBLICA, PROTECCIÓN ECOLÓGICA Y DE MEDIO AMBIENTE QUE RIJAN EN EL ÁMBITO FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, AL ANEXO SSPA DE SEGURIDAD SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONTRATISTAS Y/O PROVEEDORES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUÍMICA, ASÍ COMO SU ESTRICTO APEGO A LOS PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS CRÍTICOS QUE INDICAN LINEAMIENTOS Y REQUERIMIENTOS NECESARIOS PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS CON ENERGÍA ELÉCTRICA, TRABAJOS EN ALTURA, OPERACIONES DE BLOQUEO PARA ASEGURAR QUE EL EQUIPO / CIRCUITO ESTA DESACTIVADO ASÍ COMO LA COLOCACIÓN DE BARRERAS Y BARRICADAS. V.7. EL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA, NO PROPORCIONARÁ SERVICIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA, SANITARIOS, AGUA, NI OFICINA DE CAMPO PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE INSTALACIÓN DE MATERIALES. V.8. EL PROVEEDOR DEBERÁ CONSIDERAR UN PERIODO DE 72 HRS. DE FUNCIONAMIENTO ININTERRUMPIDO PARA LA PRUEBA DE DESEMPEÑO EN DONDE EL SISTEMA DEBERÁ SER PUESTO A PRUEBA EN DONDE SE INICIARÁ LA ACTIVACIÓN DEL SISTEMA Y EN CONSECUENCIA LOS EQUIPOS DEBERAN CUMPLIR LOS REQUERIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA FILOSOFÍA DE OPERACIÓN.

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VI. CONSIDERACIONES GENERALES: VI.1. SE EFECTUARÁ VISITA AL SITIO DE INSTALACIÓN DE LOS BIENES (PLANTA DE ETILENO EN EL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA), LA CUAL ÚNICAMENTE TENDRÁ POR OBJETO CONOCER EL LUGAR DONDE SERÁN INSTALADOS LOS BIENES. LAS DUDAS O PREGUNTAS SURGIDAS EN DICHA VISITA DEBERÁN PLANTEARSE Y RESPONDERSE EN LA JUNTA DE ACLARACIONES. ESTA VISITA ESTARÁ COORDINADA POR LA SUBGERENCIA DE INGENIERÍA DE PEMEX PETROQUÍMICA. VI.2. PÓLIZAS DE SEGURO: EL PROVEEDOR SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE CONTAR CON CUALQUIER OTRA PÓLIZA DE SEGURO A SU COSTO QUE CONFORME A LA NATURALEZA Y COMPLEJIDAD DE LOS ALCANCES DEL CONTRATO ESTIME NECESARIO. VI.3. SERÁ EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR CONTRATAR LOS LÍMITES DE ASEGURAMIENTO, TÉRMINOS, CONDICIONES Y ALCANCES DE LAS COBERTURAS, ASÍ COMO LOS DEDUCIBLES O EXCLUSIONES QUE CON BASE EN SU ANÁLISIS DE RIESGO CONSIDERE CONVENIENTES, POR LO QUE PETRÓLEOS MEXICANOS Y/O ORGANISMOS SUBSIDIARIOS NO SERÁ RESPONSABLE DE LA SUFICIENCIA O INSUFICIENCIA QUE LAS CONDICIONES DE ASEGURAMIENTO DE LA PÓLIZA DE SEGURO CONTRATADA PUEDA PRESENTAR. VI.4. HORAS DE ANTICIPACIÓN CON LAS QUE SE DEBERÁ INFORMAR AL ALMACÉN DEL CENTRO DE TRABAJO DE DESTINO, LA LLEGADA DEL EMBARQUE, POR PARTE DEL PROVEEDOR. 48 (CUARENTA Y OCHO) HORAS. VI.5. LA SUPERINTENDENCIA RESIDENCIA DE OBRAS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO CANGREJERA, QUE SERÁ EL ÁREA RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS DEL CONTRATO DE ADQUISICIÓN CORRESPONDIENTE, QUIEN A TRAVÉS DE SU TITULAR, NOMBRARÁ AL PERSONAL QUE SERÁ ENCARGADO DE LLEVAR LA ADMINISTRACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO HASTA LA CONCLUSIÓN DEFINITIVA DEL MISMO. VI.6. RESPECTO A LA DOCUMENTACIÓN QUE SE ENCUENTRA RELACIONADA EN EL NUMERAL 18 DEL ANEXO 2, MISMA QUE PEMEX PETROQUÍMICA ENTREGARÁ AL LICITANTE; EN EL CASO DE QUE LA CAPACIDAD DEL PORTAL NO SEA SUFICIENTE PARA QUE LA CONTRATANTE PUBLIQUE DICHA INFORMACIÓN; SE SUGIERE INFORMAR A LOS LICITANTES QUE EL COMPLEMENTO DE LA DOCUMENTACIÓN NO PUBLICADA DEBERÁ SOLICITARSE EN DIRECCIONES DE CORREOS DE LA CONTRATANTE, DEBIENDO ACUSAR DE RECIBIDO POR LA MISMA VIA. O BIEN SOLICITARLOS EN LA VENTANILLA DE ATENCION A PROVEEDORES DE LA SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES DEL CENTRO DE TRABAJO, PARA LO CUAL DEBERAN ACUDIR CON UN MEDIO DE ALMACENAMIENTO MAGNÉTICO (CD O MEMORIA USB).

NOTA ESPECIAL

EL LICITANTE DESCRIBIRA EN SU PROPUESTA LOS COMPONENTES DEL BIEN Y EQUIPOS A SUMINISTRAR, ASI COMO LOS TRABAJOS A EJECUTAR PARA LA INSTALACION A NIVEL DE DETALLE.

EN LA ENTREGA DE LOS EQUIPOS, EL PROVEEDOR DEBERA DE ADJUNTAR UN LISTADO CON LA SIGUIENTE INFORMACION: DESCRIPCION, NUMERO DE SERIE, MODELO, AÑO DE FABRICACION E INDICAR QUE NO SE OFERTAN EQUIPOS OBSOLETOS.

EL LICITANTE DEBERAN PRESENTAR COMO PARTE DE SU PROPUESTA UN DOCUMENTO EN EL QUE MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LOS PRECIOS QUE SE PRESENTAN EN SU PROPUESTA ECONOMICA NO SE COTIZAN EN CONDICIONES DE PRACTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL EN SU MODALIDAD DE DISCRIMINACION DE PRECIOS O SUBSIDIOS, Y SE ENCUENTRAN EN CONDICIONES DE MERCADO VIGENTES EN EL MOMENTO; DICHO DOCUMENTO DEBERA PRESENTARSE EN ORIGINAL FIRMADO AUTOGRAFAMENTE POR PERSONAL FACULTADA PARA ELLO (REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE). EN CASO DE PROPUETAS CONJUNTAS SE DEBERA PRESENTAR INDIVIDUALMENTE POR CADA UNO DE LOS INTEGRANTES DE DICHA PROPUESTA. EL NO PRESENTAR DICHO DOCUMENTO SERA MOTIVO DE DESECHAR DICHA PROPUESTA.

LOS ANEXOS 01, 02, 03, 03-A, 04, 05, 06, 06-A, 06-B, 06-C, 07, 08, 08-A, 09, 10, 10-A, 10-B, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, Y 23 FORMAN PARTE INTEGRAL DE ESTAS BASES.

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DOCUMENTO 02

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

1.- Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación

1.1 Para consulta

1.2 Pago de Bases.

2.- Información General sobre el Procedimiento

2.1 Condiciones Generales de la Licitación.

3.- Eventos previos a la presentación de propuestas

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación.

3.4 Etapa de precalificación. NO APLICA

4.- Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica. NO APLICA

4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos

4.3 Acto de presentación y apertura de propuestas

4.4 Métodos y Criterios de evaluación de propuestas

4.4.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos y legales.

4.4.2 Criterios de evaluación de aspectos económico

4.4.2.1. Margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación NO APLICA

4.4.3 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

4.5 Negociación de precios NO APLICA

5.- Criterios de adjudicación.

5.1 Abastecimiento simultáneo. NO APLICA

6.- Casos en que se declarará desierta la licitación.

7.- Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

8.- Causas de desechamiento de propuestas.

9.- Fallo.

10.- Inconformidades.

11.- Compromisos con la transparencia.

12.- Firma del contrato.

13.- Aspectos contractuales básicos.

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13.1 Contrato.

13.1.1 Vigencia.

13.1.2 Cantidad(es) del Contrato. NO APLICA

13.1.3 Ordenes de suministro. NO APLICA

13.2 Condición, plazo y lugar de entrega de los Bienes.

13.3 Inspección de los Bienes

13.3.1 Devolución y Reposición de Bienes

13.4 Garantías

13.4.1 Devolución y Reposición de Bienes

13.5 Anticipo.

13.5.1 Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado.

13.6 Condiciones y forma de pago

13.6.1 Ajuste de precios NO APLICA

13.7 Facturación

13.7.1 Facturación por compra de base de licitación.

13.8 Penalizaciones

13.9 Recisión Administrativa del Contrato

13.10 Información Reservada y Confidencial

13.11 Seguros

13.12 Fuentes de Financiamiento NO APLICA

13.13 Propiedad Industrial y Derechos de Autor

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Documento 02

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS.

Información General Este procedimiento de contratación se convoca: Licitación Pública Internacional diferenciada presencial, bajo la cobertura de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguientes: TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y TLC México-Unión Europea (TLCUE), TLC México-Japón y Bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguiente: TLC México-Chile. Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería. 1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación. La publicación de las bases de la Licitación Pública, se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica (www.ptq.pemex.com), asimismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes dichas bases, de acuerdo a lo siguiente:

1.1 Para consulta: :

A. Una copia del texto en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 15:30 horas en días hábiles, en la Ventanilla de atención a proveedores localizada en el Edificio Administrativo del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada: en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México.

B. A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección electrónica:

http://www.ptq.pemex.com.

1.2 Pago de bases:

El pago de las Bases de la Licitación se deberá realizar a elección del licitante, utilizando cualquiera de las opciones que se indican a continuación:

A) A través del sistema de pago en banco, mediante deposito en firme en BBVA BANCOMER, en la cuenta No. 0162378531, con Clave Interbancaria No. 012790001623785313 a nombre de PEMEX PETROQUIMICA CANGREJERA y tienen un costo de $_________ (____________ Pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A.

B) En el domicilio de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 15:30 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el Edificio Administrativo del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada: en KM . 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P.

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96400 Coatzacoalcos, Ver. México, y tienen un costo de $_________ (____________ Pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A. El pago solo podrá hacerse mediante entrega de cheque certificado o de caja a nombre de Pemex Petroquímica, expedido por institución bancaria autorizada para operar en la República Mexicana.

Para lo cual deberán presentar un escrito, en el que expresen su interés en participar en el procedimiento, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante. La convocante les extenderá un formato de pago (3 originales), para que se realice el pago de las bases en la Ventanilla Única del Área de Finanzas, ubicada en el interior del Centro de Trabajo, debiendo devolver un original debidamente sellado por la Ventanilla Única del Área de Finanzas, a la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones.

Será obligatorio presentar el recibo de pago correspondiente para participar en cualquiera de los eventos de esta licitación. Las bases de licitación estarán disponibles en la página de Internet de la convocante, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

En el caso de propuestas conjuntas (consorcios), bastará que alguno de los integrantes del consorcio, realice el pago de bases de acuerdo a lo indicado en los párrafos anteriores. La fecha límite de pago de bases de licitación será el día: __________________. Pemex Petroquímica, no se responsabiliza de la devolución del importe de los pagos que se realicen con posterioridad a la fecha límite: ____________________. Para el caso de pago a través del sistema en banco, Pemex Petroquímica se reserva el derecho de verificar que el pago que se haya realizado por el licitante cumpla con lo establecido en estas bases, caso contrario, será motivo para desechar la propuesta. La fecha de pago que conste en dicho comprobante, deberá ser como máximo la fecha límite de pago de bases, que se indica en las presentes bases. 2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1. Condiciones Generales de la Licitación. No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S.

3. Eventos previos a la presentación de propuestas

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los bienes. La visita a las instalaciones se llevará a cabo el día __ de ____ del 2012 a las ____ horas en: la Sala de Juntas de Adquisiciones y Servicios localizada en el Edificio Administrativo, del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada en el km. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver, la cual únicamente tendrá por objeto

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verificar las áreas donde se instalaran los equipos, misma que será coordinada por Superintendencia de Residencia de Obras del C.P Cangrejera. Las personas que pretendan participar en la visita a los sitios de instalación de los bienes, preferentemente entregarán un escrito al coordinador de la visita, en el que expresen su interés en participar en la visita, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante. En caso de haber dudas o cuestionamientos de carácter técnico por los interesados, deberán solicitar por escrito su aclaración conforme a lo indicado en el segundo, tercero y cuarto párrafos del numeral 3.2 de esta convocatoria, ya que el acta que se levante de la citada junta de aclaraciones, formará parte de la convocatoria a la licitación. Los interesados que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad implantadas en el centro de trabajo OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. ANEXO SSPA REVISION VIGENTE. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones. La asistencia a esta visita no es obligatoria para los licitantes, sin embargo, se recomienda su participación en la misma.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

La(s) junta(s) de aclaración a las Bases de Licitación se llevará a cabo el día ___ de __________ del 2012 a las _____ horas, en la Sala de Juntas de la Superintendencia de Recursos Materiales, localizada en el Edificio Administrativo del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicada: en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, siendo optativa la asistencia de los licitantes a las reuniones que, en su caso, se realicen. Las dudas, planteamientos y solicitudes de modificación relacionadas con las bases de licitación, se deberán acompañar de copia simple legible del recibo de pago correspondiente, pudiendo solicitarlas por cualquiera de los medios que se indican a continuación:

1. Enviarse por correo electrónico a las siguientes direcciones [email protected], [email protected] y [email protected], a más tardar cuarenta y ocho horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones ó

2. Entregarlas personalmente en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de

Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, en el domicilio de la convocante ubicado en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, a más tardar cuarenta y ocho horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.

Solamente se atenderán las solicitudes de aclaración a las bases de la licitación, de las personas que hayan realizado el pago de bases de la licitación conforme a lo indicado en el párrafo anterior (punto 1 y 2) de las

presentes bases, caso contrario, se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas ni aclaraciones.

Por lo que, las preguntas presentadas con posterioridad a dicho plazo, no serán atendidas por considerarse extemporáneas. Concluida la última junta de aclaraciones, no se recibirán más preguntas.

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Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Licitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación. Pemex Petroquímica podrá celebrar el número de juntas de aclaraciones que considere necesarias, por lo que al concluirse la primera junta se podrá señalar el lugar, fecha y hora para la celebración de la siguiente junta. De cada junta de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá la firma de los asistentes interesados y de los servidores públicos que intervengan, así como las preguntas formuladas por los licitantes, las respuestas de Pemex Petroquímica y, en su caso, se señalará la fecha, lugar y hora para la celebración de la siguiente junta de aclaraciones; debiéndose entregar copia a los interesados presentes y estará a disposición de los licitantes que no hayan asistido, en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 15:30 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, así como en la página www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

La falta de firma de algún licitante al acta, no invalidará su contenido y efectos.

La inasistencia de algún Interesado a la(s) junta(s) de aclaraciones, no lo relevará de su obligación de acatar las decisiones que de ellas se deriven, por lo cual podrá acudir con la debida oportunidad a las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 15:30 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, o bien podrá consultar el acta de dicha junta en la página de Internet www.ptq.pemex.com. Asimismo, los licitantes se darán por notificados del acta que se levante en la junta de aclaraciones de que se trate, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet www.ptq.pemex.com independientemente de que pueda acudir al domicilio de la convocante.

3.3 Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación.

Pemex Petroquímica podrá realizar modificaciones a los requisitos, documentación requerida, plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de licitación, en la forma dispuesta en estas últimas, haciendo del conocimiento de los participantes, dichas modificaciones en la(s) junta(s) de aclaraciones o a través de los mismos medios utilizados y bajo las mismas condiciones para su publicación. El plazo entre la difusión de las modificaciones y la fecha en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, no podrá ser inferior a diez días naturales. Cualquier modificación a la convocatoria y/o a las bases derivadas de la ola (s) junta(s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases, por lo tanto los licitantes deberán considerarlas para la elaboración de su propuesta. Pemex Petroquímica entregará una versión final de las bases de licitación a todos los licitantes, que contengan las modificaciones derivadas de las juntas de aclaraciones, el día hábil siguiente de la última junta de

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aclaraciones; o bien, en dicha junta se les informara la fecha en que se entregarán y estarán disponibles en el portal de Pemex Petroquímica, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com. Los licitantes se darán por notificados de la versión final de las bases de licitación, cuando ésta se encuentre a

su disposición en la página de Internet www.ptq.pemex.com, independientemente de que pueda acudir a

solicitarla al domicilio de la convocante.

3.4 Etapa de precalificación. NO APLICA

Para el presente procedimiento de licitación no habrá precalificación. 4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento. El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación:

A) Sólo podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros y, en su caso, los bienes a contratar sean de origen nacional o de países con los que, los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un tratado de libre comercio, los cuales serán los siguientes tratados: TLC México-América del Norte, TLC México-Nicaragua, TLC México-Israel, TLC México-Colombia, TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y TLC México-Unión Europea (TLCUE). Bajo la reserva transitoria de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio siguiente: TLC México Chile Acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, escrito que deberá contener los datos que se citan en el Documento 03, deberá proporcionar una dirección de correo electrónico, en caso de contar con él. El apoderado o representante que firme el Documento 03, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición. Los licitantes entregarán junto con el sobre cerrado, copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición. Únicamente podrán participar licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo presentar copia simple legible del recibo de pago correspondiente dentro o fuera del sobre de su propuesta.

B) Elaborar y entregar la proposición; la documentación distinta a ésta; así como las manifestaciones

requeridas en estas bases de licitación, deberán entregarse en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. La proposición deberá estar firmada autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que la contenga, mismos que se relacionan en el Documento 04. La proposición se presentará dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información:

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Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de licitación. Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar la propuesta foliada en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta.

C) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07.

D) Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Bienes que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01, y en su caso, lo que se haya asentado en el acta de la junta de aclaraciones, indicando el número de partida de que se trate, unidad de medida y cantidad, así mismo deberá manifestar el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone. Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español. La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de licitación. Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

E) Elaborar su propuesta económica en pesos mexicanos o en dólares de los Estados Unidos de América, conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables.

F) Se podrán presentar propuestas conjuntas de conformidad con el artículo 24 de las DAC´S, observando

los términos establecidos en estas Bases de Licitación.

F.1) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que alguno de los integrantes del grupo, presente copia simple del recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, conforme al Documento 03-A.

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F.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos

de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes: a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes,

identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas;

identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) Se requerirá la designación de un representante común para participar en la licitación y para

suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran.

d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así

como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, e) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma

solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante Pemex Petroquímica. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor o Contratista y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios; PEMEX PETROQUÍMICA no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 59 de la Ley.

f) La propuesta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;

g) Aquellas entidades que controlen o se relacionen corporativamente, directa o indirectamente, con los integrantes de la propuesta conjunta, se obliguen en forma solidaria con éstos cuando su capacidad financiera no sea suficiente para garantizar el cumplimiento del contrato,

F.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta,

conforme al Documento 03 de estas Bases de Licitación.

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F.4) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

F.5) Presentar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

F.6) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en dos instrumentos, la garantía de

cumplimiento del Contrato y garantía de Calidad, defectos y vicios ocultos de los Bienes, la cual deberá otorgarse conforme al Punto 13.4.

F.7) La declaración de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace

referencia en el tercer párrafo del punto 12 deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato

G) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuestas,

preferentemente entregar el Documento 05, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de propuesta

H) Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios

de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería.

I) De conformidad con las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”, se deberá presentar, como parte de la propuesta técnica, un escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad que:

1. Los Bienes de origen nacional cumplen con lo establecido en el artículo 28 fracción I de la

LAASSP, conforme al Documento 10 o con las reglas de origen correspondientes a los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio, conforme al formato del Documento 10-A, ó.

2. Los Bienes importados cumplen con las reglas de origen establecidas en el capítulo de compras

del sector público del tratado que corresponda, conforme al Documento 10-B. Las opciones son a cargo del licitante.

J) En cumplimiento a lo establecido en el artículo 23 de las DAC´S, el licitante deberá incluir, junto con su

propuesta técnica el “FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES” que se incluye como Documento 06-B, la información de la integración nacional del bien que oferte, expresada en porcentaje, así como la marca. En caso de ser distribuidor o comercializador, adicionalmente se requiere proporcionar el nombre o razón social del fabricante del bien, así como el origen del mismo.

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K) El grado de contenido nacional con el que deberán cumplir los bienes que se oferten en la presente licitación, deberá ser de cuando menos el 0%.

L) Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas

transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden.

Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:

Estratificación

Tamaño Sector Rango de número

de trabajadores

Rango de monto de

ventas anuales (mdp)

Tope máximo

combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 hasta

$250 235

Servicios Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 hasta

$250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%. El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.

Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una Base de información que coadyuven a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas conforme al Documento 06-C, MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la proposición.

M) Los bienes que el licitante proponga y entregue deberán ser nuevos. N) Los bienes que integran las presentes Bases de Licitación podrán ser subcontratados

de acuerdo a lo indicado en el punto IV.9 incisos A y B de los Requisitos al Proveedor del Documento 01.

O) Contar con experiencia en el suministro de los bienes, lo cual deberá demostrarse con lo indicado en el punto III.3 de los Requisitos que deberá cumplir el Licitante del Documento 01.

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4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuesta por medios remotos de comunicación electrónica. NO APLICA

4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

A) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que el licitante, presente el

recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, conforme al Documento 3-A. No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las proposiciones, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente. En caso de que el licitante presente el original del comprobante de pago de las Bases y no incluya copia del mismo, el comprobante original se le devolverá una vez concluido el acto de presentación y apertura de proposiciones, previa obtención de la copia correspondiente.

B) El acto de presentación y apertura de propuesta iniciará a la hora establecida en estas Bases de

Licitación, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas, por lo que no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador.

C) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior

de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto.

D) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta licitación,

será el único facultado para recepcionar las proposiciones sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos de la normatividad vigente.

E) En el acto de presentación y apertura de propuestas, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas. Por lo que no se desechará ninguna de ellas durante dicho acto.

F) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuestas, y de la junta

pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia en el tablero de la ventanilla de atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera de PEMEX PETROQUIMICA, sito en KM. 10 de la Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400 Coatzacoalcos, Ver. México, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un

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ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA www.ptq.pemex.com, para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

A los actos del procedimiento de licitación pública podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

4.3 Acto de presentación y apertura de propuestas.

El acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo de conformidad con lo que dispone el artículo 28 de las DAC´S, el día ___ de ___________ del 2012 a las ____ hrs., ubicada en la Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones, de la Superintendencia de Recursos Materiales sito en: Km. 10 Carretera Federal Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México, De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán las propuestas, las que para estos efectos constarán documentalmente. Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión; procediéndose a su apertura. Para este procedimiento se podrán solicitar aclaraciones a las propuestas presentadas, a fin de que los licitantes subsanen omisiones en los términos previstos en el 2° párrafo del artículo 29 de las DAC’S.

4.4 Métodos y Criterios de evaluación de las propuestas.

Todas las propuestas recibidas serán evaluadas técnica, legal y económicamente de la misma forma bajo el método Binario, el cual consiste en verificar si las propuestas recibidas cumplen o no cumplen con los criterios de evaluación que se indican en los puntos 4.4.1, 4.4.2 del Documento 02 de estas bases de licitación. La evaluación se realizara para cada una de las partidas propuestas. En términos del segundo párrafo del artículo 29 de las DAC’S, durante el periodo de evaluación, Pemex Petroquímica a través del área responsable de la contratación, podrá solicitar a los licitantes que aclare o subsane cualquier requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido, no afecte la solvencia de sus propuestas, dentro del término comprendido del _________ al ___________. Las solicitudes de aclaración deberán ser claras y precisas y señalar la parte de la propuesta sobre la cual se requiere. En este supuesto, la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos que puedan ser aclarados o subsanados a solicitud de la convocante, no será motivo para desechar sus propuestas. La convocante fijará un plazo para que se realicen las aclaraciones y para que en su caso se subsane la omisión que corresponda.

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La solicitud que realice el área responsable de la contratación, deberá formularse por escrito y versará sobre las propuestas presentadas por los licitantes; asimismo, exigirán que las respuestas de los licitantes también sean por escrito y no podrán modificarse los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas. En ningún caso la convocante solicitará que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances.

4.4.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos y legales.

A) Se evaluarán técnicamente todas las propuestas recibidas, verificando que los bienes

propuestos cumplan con lo solicitado en las presentes bases, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración(es) a las bases y en la versión final de las bases que se haya emitido.

B) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el

punto 4 incisos A, B, C, D, I, J, M, N, O, del Documento 02, así como con el Documento 06 de estas bases de licitación.

C) En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los

requisitos indicados en el inciso F) del punto 4, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.

D) Satisfacer las condiciones y plazo de entrega, solicitada en el punto 4 inciso D).

4.4.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos.

A) La base para evaluar la oferta será el precio unitario (cuando se presente un error de cálculo en la oferta presentada, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. Si el licitante no acepta la corrección de la oferta, se desechara la misma).

B) La oferta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos E), de Documento 02, así como con el Documento 06-A de estas bases de licitación.

C) En la evaluación de las proposiciones se verificará el precio no aceptable, en tal caso la proposición

será desechada.

Precio no aceptable: es aquél que derivado de la investigación de mercado realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación.

4.4.2.1. Margen de preferencia en el precio de los bienes de origen nacional, respecto del precio de los bienes de importación. NO APLICA.

4.4.3. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

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Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas, se adjudicará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren.

4.5 Negociación de Precios. NO APLICA

5. Criterios de adjudicación.

Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:

I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

II. Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo.

III. La adjudicación del Contrato será por: REQUISICION TOTAL.

5.1 Abastecimiento simultáneo. NO APLICA

Se considerarán (indicar número) fuentes del suministro y un diferencial no mayor del 5% en el precio unitario respecto de la propuesta solvente más baja y la asignación será como sigue:

Se considerarán __ fuentes de suministro. FUENTES

Al 1er. lugar se asignará el (50 o superior) % 1o.

Al 2do. lugar se asignará el __% 2o.

Al 3er. lugar se asignará el __% 3o.

Al 4to. lugar se asignará el __% 4o.

Al 5to. lugar se asignará el __% 5o.

6. Casos en que se declarará desierta la licitación.

La Convocante podrá declarar desierta la licitación cuando: I. No se presenten propuestas;

II. Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados; III. Las propuestas económicas no resulten aceptables, ó IV. Se presente alguna otra causal o supuesto expresamente previsto en las presentes bases de licitación.

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7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos siguientes:

a) Se podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, cuando se presente caso

fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para adquirir los bienes, arrendamientos o servicios, o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia dependencia o entidad. La determinación de dar por cancelada la invitación, partidas o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.

b) Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la dependencia o entidad cubrirá a los

licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan de acuerdo a lo siguiente:

c) Previa solicitud por escrito de los licitantes, el pago de los gastos no recuperables, será procedente cuando los mismos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación o el contrato no signado limitándose según corresponda, a los siguientes conceptos:

I. Costo de la preparación e integración de la proposición; II. Pasajes y hospedaje de la persona que haya asistido a la o las juntas de aclaraciones, al

acto de presentación y apertura de proposiciones, al acto de fallo y a la firma del contrato, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento;

III. Costo de la emisión de garantías, exclusivamente en el caso del licitante ganador, y IV. Los gastos en que el proveedor hubiera incurrido para cumplir con el contrato y los costos

de los bienes producidos y entregados, o los servicios proporcionados, hasta el momento en que el proveedor suspenda su suministro o prestación por falta de firma del contrato por causas imputables a la dependencia o entidad.

Los licitantes podrán solicitar a la dependencia o entidad el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de la cancelación de la licitación o la emisión del fallo respectivo, según corresponda.

8. Causas de desechamiento de propuestas.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 17 y que afecte la solvencia de la propuesta.

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9. Fallo.

El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC´S, el día ___ de ________ del 2012 a las ______ hrs., Sala de Juntas en la Jefatura de Adquisiciones, de la Superintendencia de Recursos Materiales, localizada en sito: Km. 10 Carretera Federal Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México,

Asimismo, se levantará el Acta de Fallo de la licitación que firmarán los asistentes, a quienes se les entregará copia de la misma. La falta de firma de algún Licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de notificación en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 horas a las 15:30 horas en días hábiles, ubicadas en el interior del Centro de Trabajo en la ventanilla del Área de Atención a Proveedores en la Jefatura de Adquisiciones, de la Superintendencia de Recursos Materiales localizada Km. 10, Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México,; siendo de la exclusiva responsabilidad de los interesados acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma.

Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta incluyendo el fallo, en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA www.ptq.pemex.com, para efectos de su notificación, a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

10. Inconformidades.

En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el artículo 39 y el Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, a la atención del LIC. LUIS GUILLERMO PINEDA BERNAL, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

11. Compromisos con la Transparencia.

En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su proposición, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al Documento 14. El servidor público de PEMEX PETROQUÍMICA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado.

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El servidor público de PEMEX PETROQUIMICA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, lo firmara y entregara un tanto firmado al licitante que lo haya presentado. La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la proposición presentada. Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 15 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica:

http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf

12. Firma del Contrato.

La firma del Contrato se hará a mas tardar el día ___ del mes de _________ del año 2012, y en defecto de tales previsiones, dentro de los quince días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en la: Ventanilla de Atención a proveedores en la Jefatura de Adquisiciones de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera de PEMEX PETROQUIMICA localizada en Km. 10 Carretera Federal Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México, y en el horario comprendido de las 8.30 hrs a las 15:30 hrs. El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el numeral 4 inciso A) de las presentes bases de licitación.

Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando el monto del contrato sea superior a $300,000.00 M.N. sin incluir el IVA, al momento de suscribir el contrato deberá presentar y entregar lo siguiente:

a) Documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) (“acuse de

respuesta”), en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con la Regla I.2.1.16. así mismo lo dispuesto en la regla II.2.1.11 comprendida dentro de la misma (Procedimiento para contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la “Resolución Miscelánea Fiscal para 2012”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de diciembre de 2011; y

b) Escrito en el cual manifieste bajo protesta de decir verdad que el acuse de respuesta fue

obtenido de la página de Internet del SAT utilizando su clave CIECF, derivado de la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos señalados en la Regla I.2.1.16. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de diciembre de 2011.Documento 20

c) En el caso de proveedores o contratistas residentes en el extranjero que resulten

adjudicados y que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones

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periódicas en México, deberán asentar estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en apego al modelo de manifestación que se presenta como Documento 20-A, el cual entregaran en un plazo no mayor a tres días hábiles posteriores a la notificación del fallo a la dependencia o entidad convocante, quien gestionara la emisión de la opinión ante la ALSC más cercana a su domicilio.

Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar a las autoridades fiscales, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente, la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en términos de lo dispuesto por la regla II.2.1.11. Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales: II.2.1.11. Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento: I. Ingresarán a la página de Internet del SAT, en la opción “Mi Portal”, con la clave CIECF. II. Una vez elegida la opción de la del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta.

a) La autoridad a fin de emitir la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante:

1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento, que la clave del RFC esté activa y el domicilio localizado. 2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de declaración anual correspondiente al último ejercicio por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del IVA y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que se solicita la opinión y el anterior, así como las declaraciones informativas de IEPS a que se refieren las reglas II.6.2.2., II.6.2.11., II.6.2.13., II.6.2.15., II.6.2.16., II.6.2.17., II.6.2.18., II.6.2.19., II.6.2.21. y II.6.2.22. 3. No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, Impuesto al Activo, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales. 4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se

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encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla I.2.16.1. 5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no hayan incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.

Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas con la clave del RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un caso de aclaración a través de su portal y una vez que tenga la respuesta de que ha quedado solventada la aclaración, deberá generar nuevamente la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales. Cuando la citada opinión arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través de su portal; la ALSC que le corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales y la enviará al portal del contribuyente. La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en la fracción I que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión. Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.

Si PEMEX PETROQUÍMICA, en la fecha de formalización del contrato, no recibe por parte del licitante adjudicado el acuse de respuesta, o bien, si la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales arroja inconsistencias, PEMEX PETROQUÍMICA se abstendrá de formalizar el contrato con dicho licitante, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, podrá ser inhabilitado temporalmente para participar el procedimientos de contratación o celebrar contratos, conforme al artículo 59 de la Ley y el contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente del artículo 52 de las DAC´S..

13. Aspectos contractuales básicos.

Como Documento 16 se incluye el modelo-guía de contrato.

13.1. Contrato

13.1.1 Vigencia

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La vigencia del contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

13.1.2 Cantidades del Contrato. NO APLICA

13.1.3. Ordenes de Suministro. NO APLICA 13.2 Condición, plazo y lugar de entrega de los bienes.

Las Condiciones de Entrega que aplicarán serán DDP Delivery Duty Paid “Derechos pagados” (INCOTERMS 2010) para proveedores nacionales y DDP VAT UNPAID Delivered Duty Paid sin incluir el IVA “Derechos pagados sin incluir IVA” (INCOTERMS 2010) para proveedores extranjeros; el Proveedor nacional estará obligado a contemplar todos los costos hasta el destino final, incluyendo los trámites y aranceles de importación y PEMEX PETROQUÍMICA estará obligado a recibir los bienes en el destino convenido; y el proveedor extranjero a contemplar todos los costos hasta la aduana de importación; el puerto, aeropuerto o lugar de destino, y PEMEX PETROQUÍMICA a tramitar la importación a partir de este punto, hasta su destino final. La Condición de Entrega que aplicará es DDP Delivered Duty Paid (INCOTERMS 2010) sin considerar la estipulación relativa a la exportación o importaciones, consecuentemente, el Proveedor estará obligado a:

Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato debe suministrar la mercancía y la factura comercial, de acuerdo con el contrato, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

Contrato de transporte debe contratar, a sus propias expensas, el tipo de transporte más conveniente, de acuerdo a la naturaleza de los bienes y al lugar de entrega indicado en las presentes bases.

Entrega debe poner la mercancía a disposición de PEMEX PETROQUÍMICA, sobre los medios de transporte utilizada y no descargada, a su llegada al lugar destino convenido, en la fecha o dentro del periodo acordado para la entrega.

Transmisión de riesgos debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada conforme al párrafo anterior.

Gastos debe pagar los gastos relativos al transporte, empaque y embalaje de los bienes hasta el momento en que hayan sido entregados.

Aviso debe dar a PEMEX PETROQUÍMICA aviso suficiente de la expedición de la mercancía, así como cualquier otra información que precise PEMEX PETROQUÍMICA para adoptar las medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la entrega de la mercancía.

Embalaje – marcado la forma de empaque que deberá utilizar será la que garantice a PEMEX PETROQUÍMICA que los bienes no sufran daño y/o avería alguna durante las maniobras de carga, transporte, terrestre, marítimo o aéreo y descarga, así como almacenaje, el embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

PEMEX PETROQUÍMICA estará obligado a:

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Pago del precio debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato.

Recepción de la entrega debe recibir los bienes cuando se hayan entregado sobre los medios de transporte utilizado y no descargado, a su llegada al lugar de destino convenido en el contrato.

Transmisión de riesgos debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la Recepción de la entrega hasta su almacenamiento.

Gastos debe pagar todos los gastos relacionados con los bienes a partir de la Recepción de la entrega hasta su almacenamiento.

Inspección de los Bienes debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades.

La entrega de los bienes será de 591 (Quinientos noventa y un) días naturales, contados a partir del día natural siguiente de la firma del contrato. Se aceptan entregas parciales de partida completa.

En estos plazos se consideran los 07 (siete) días naturales que tiene Pemex Petroquímica para realizar la inspección de los bienes.

Los bienes serán entregados en el Almacén Local (436) del Complejo Petroquímico Cangrejera ubicado en Km. 10 Carretera Federal Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México, a la atención de Lic. Miguel Ángel Núñez Vázquez, Jefe de Almacén, en días hábiles y en el siguiente horario: de 08:00 a 14:00 hrs. El Proveedor deberá entregar los Bienes amparados en el Contrato, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penalizaciones, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el Proveedor no entrega los Bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penalizaciones.

Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor deberá presentar una solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número (s) de partida a inspeccionar, así como el número del contrato. El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009.

13.3 Inspección de los Bienes.

La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

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El NIVEL DE INSPECCIÓN que aplicará será Nivel III de conformidad con lo indicado en el Documento 18. El área que realizará la Inspección será la Superintendencia de Residencia de Obra del C.P Cangrejera. El lugar donde se llevará a cabo será el almacén local del Complejo Petroquímico Cangrejera.

La inspección de los bienes se realizará de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor de los bienes deberá entregar la solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número de partida a inspeccionar, así como el número del contrato, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de fax ó correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega. El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el procedimiento institucional para inspección de bienes muebles y supervisión de arrendamientos o servicios en petróleos mexicanos, organismos subsidiarios y en su caso, empresas filiales, con clave: PA-800-70600-01 rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. Al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá entregar como mínimo, copia de la siguiente documentación: a).-los bienes claramente identificados, con nomenclatura, numero de partida, numero de contrato

correspondiente y el nombre del fabricante. b) original de los certificados de pruebas realizadas y graficas de tiempo de las mismas. c) carta firmada (original o copia certificada) por el fabricante, en el cual manifieste las normas o

especificaciones que cumplen los bienes suministrados. d).-original o copia legible del certificado de calidad. e).- original o copia legible de la póliza de garantía. f).- copia legible del documento de pedimento de importación en caso de bienes de importación.

13.3.1 Devolución y Reposición de Bienes.

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones que se requieran en un plazo no mayor a 30 días naturales, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

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Si el PROVEEDOR no lleva a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUÍMICA, podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR.

13.4 Garantías. El proveedor a su elección podrá entregar cualquiera de los siguientes instrumentos de garantía: Fianza o Carta de Crédito. 13.4.1 Para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA. La Fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 08 Texto 1, anexo a estas bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: “Ventanilla de Atención a Proveedores” de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicadas en Kilómetro 10 carretera federal Coatzacoalcos-Villahermosa, CP 96400, Coatzacoalcos, Veracruz;, en el horario de: 08:30 a 15:00 horas en días hábiles El PROVEEDOR manifiesta expresamente: (A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al

derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá

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a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(D) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

(E) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación: 1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación, 6. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación 7. Copia del finiquito 8. Importe reclamado.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STAND BY Carta de Crédito Stand-by emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más un plazo de 6 (seis) meses contados a partir de la entrega de los bienes o terminación de los servicios, a responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, más 90 (noventa) días naturales, a favor de PEMEX PETROQUÍMICA. La Carta de Crédito Stand-by que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y a responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 09 anexo a estas bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: “Ventanilla de Atención a Proveedores” de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicadas en Kilómetro 10 carretera federal Coatzacoalcos-Villahermosa, CP 96400, Coatzacoalcos, Veracruz;, en el horario de: 08:30 a 15:00 El PROVEEDOR manifiesta expresamente: (A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al

derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Stand-by otorgada.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Stand-by será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

13.4.2 Para garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

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Entregados los bienes o concluidos los servicios, el PROVEEDOR quedará obligado durante un plazo de 6 (seis) meses contados a partir de la entrega de los bienes o terminación de los servicios, a responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable. Por lo que previamente a la recepción de los bienes o servicios, el PROVEEDOR, a su elección, deberá constituir fianza o presentar una carta de crédito stand-by por el equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total de los bienes entregados o servicios prestados. Esta garantía se liberará una vez transcurridos 6 (seis) meses, contados a partir de la entrega de los bienes o la conclusión de los servicios, y en el caso de carta de crédito stand-by, 6 (seis) meses más 90 (noventa) días, siempre que durante ese periodo no haya surgido una responsabilidad a cargo del PROVEEDOR. La Póliza de Fianza o La Carta e Crédito stand-by deberá entregarse en el domicilio siguiente: “Ventanilla de Atención a Proveedores” de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicadas en Kilómetro 10 carretera federal Coatzacoalcos-Villahermosa, CP 96400, Coatzacoalcos, Veracruz;, en el horario de: 08:30 a 15:00 horas en días hábiles. Se entregará al PROVEEDOR una copia simple de la garantía con el sello de recepción a la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Cangrejera, misma que deberá integrarse junto con la documentación establecida en el contrato y que deberá acompañarse con los bienes al momento de realizar el suministro.

CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA Cuando la garantía se constituya mediante póliza de fianza, deberá ser emitida por institución afianzadora autorizada, y deberá emitirse en estricto apego al formato presentado en el Documento 08 Texto 2 anexo a estas bases.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente: (A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUÍMICA para responder por los defectos y vicios ocultos de los

bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 (treinta) días naturales que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 (treinta) días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora. En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 (treinta) días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales

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que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto impugnado sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(D) Su aceptación para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

(E) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la

siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos

necesarios de identificación y descripción de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad en que incurra el fiado.

6. Notificación a la afianzadora de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad.

El PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STAND BY Cuando la garantía se constituya mediante carta de crédito stand-by deberá ser confirmada o emitida por institución bancaria autorizada para operar en la República Mexicana, y deberá emitirse en estricto apego al formato presentado en el Documento 09 anexo a estas bases y deberá contar con una vigencia de 6 (seis) meses más 90 (noventa) días. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: (A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al

derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

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(B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de la obligación de responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, se hará efectiva parcial o totalmente la Carta de Crédito Stand-by otorgada.

(C) Que reconoce que la Carta de Crédito Stand-by expedida para garantizar la obligación de responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

Si la garantía para responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad fue constituida mediante fianza, su liberación estará a lo previsto en la póliza de fianza que se otorgue. En el caso de Carta de Crédito el PROVEEDOR obtendrá de PEMEX PETROQUÍMICA la orden de cancelación correspondiente para su trámite ante la institución de que se trate.

En caso de propuestas conjuntas, la fianza de cumplimiento del contrato y de vicios ocultos, se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes.

13.5. Anticipo.

PEMEX PETROQUÍMICA se obliga a poner a disposición del PROVEEDOR un anticipo del 50 % , del monto del contrato (en las Condiciones y forma de pago establecidas en el punto 13.6 de estas bases) el cual le será proporcionado dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de presentación y aceptación de la factura y garantía correspondiente por la totalidad del importe de dicho anticipo, la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho anticipo, sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A.). El anticipo se pacta bajo la condición de precio fijo. Los anticipos se descontarán del monto pactado, a partir de la fecha en que sean recibidos por el PROVEEDOR, y su importe deberá amortizarse proporcionalmente en cada uno de los pagos, comprometiéndose el PROVEEDOR a que el anticipo lo aplicará exclusivamente para los fines que le fue otorgado. En caso de rescisión o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el saldo por amortizar en un plazo no mayor a quince (15) días naturales, contados a partir de la fecha en que sea notificada al PROVEEDOR la rescisión o terminación anticipada del contrato. En caso de que el PROVEEDOR no reintegre el saldo por amortizar en el plazo señalado, deberá pagar los intereses conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán por días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en que se pongan las cantidades a disposición de PEMEX PETROQUÍMICA, independientemente de lo anterior, se hará efectiva la garantía correspondiente. El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo recibido de PEMEX PETROQUÍMICA, al amparo del contrato, debe presentar a PEMEX PETROQUÍMICA una garantía, consistente en:

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13.5.1 Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado.

Póliza de fianza que se constituirá por la totalidad del anticipo entregado, en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I. V. A.), la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA. La Fianza que garantiza la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 08-A, de estas Bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Km. 10 Carretera Federal Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de desistirse del

derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUÍMICA.

B) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de

recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial. C) Su conformidad para que la fianza que garantice el anticipo del contrato, permanezca vigente durante la

substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora en el caso de reclamación, y con fundamento

en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, que la excepción de subjudicidad, se tendrá por justificada únicamente, si se exhibe copia sellada del escrito de demanda, en el que conste que en el ejercicio de la acción principal, el fiado señala como documento fundatorio de dicha acción, este contrato y existe identidad entre las prestaciones reclamadas y los hechos que soportan la improcedencia del reclamo, renunciando expresamente a cualquier otra acepción que se pudiera dar a la excepción de subjudicidad o exigibilidad de la póliza de fianza sujeta a controversia judicial o administrativa entre las partes de este contrato; así como a que en este supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo.

E) Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido

invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

F) Su conformidad expresa para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de

amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

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1.- Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso. 3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso. 4.- Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro documento que acredite fehacientemente la recepción del mismo. 5.- Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas. 6.- Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. 7.- Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.

13.6. Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley)

PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los Bienes entregados y aceptados a los 20 días naturales siguientes máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el comprobante de recepción del área receptora de los Bienes, en el cual se asentará la fecha de la recepción, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos. El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago. Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se harán en pesos mexicanos y al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día en que se realice el pago. Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta. Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor. b) Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX

PETROQUÍMICA. c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de

anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla

Única ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Cangrejera, en el horario de 08:30 a

15:30 hrs., y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir

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verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d) Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).

e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno-federal/cadenas-productivas.html.

13.6.1. Ajuste de Precios. NO APLICA

13.7. Facturación. El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en la Ventanilla Única de la Superintendencia de Recursos Financieros del Complejo Petroquímico Cangrejera de PEMEX PETROQUIMICA ubicado en: Km. 10 Carretera Federal Coatzacoalcos-Villahermosa, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., México, y en el horario comprendido de las 8:30 hrs a las 15:30 horas.

Debidamente requisitadas, en original y 2 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes en los términos del Contrato. El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la partida que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los Bienes. En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta

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que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MAXIMO para pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado. En caso de que existan Bienes faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá

el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente

13.7.1 Facturación Electrónica por compra de bases de licitación. Para los licitantes que requieran la facturación por compra de bases de licitación, se les comunica, que en cumplimiento a las reformas fiscales, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2011 en la fracción V del artículo 29 del CFF, es necesario que el Formato (documento 22) de Solicitud de Emisión de Comprobantes Fiscales por concepto de "Otros Ingresos”, esté debidamente requisitado y sea enviado a las direcciones de correo electrónico: [email protected] y [email protected], en la misma fecha del día en que se realice el pago , con la finalidad de cumplir en tiempo con las 72 horas de plazo para el envío al Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI (PAC), a fin de que les sea elaborada la factura correspondiente. Es importante mencionar que el pago deberá efectuarse en días hábiles y en el siguiente horario: de 8:30 A.M. a 14:30 P.M., con la finalidad de que se elaboren las facturas el mismo día en que se reciban las solicitudes, para que cuando se genere el proceso de "Transferencia al Repositorio de Bóveda Electrónica" estas se conviertan en facturas electrónicas y posteriormente sean enviados los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI). Los licitantes que requieran Facturas, deberán estar registradas en el Sistema de Facturación, en caso contrario deberán solicitar su alta a los correos citados anteriormente, con 24 horas de anticipación al pago de las Bases. En caso de recibir las solicitudes para la generación de la factura por la compra de bases de la presente licitación pública, posterior a la fecha de que se realice el depósito, dichas facturas serán emitidas por PEMEX Petroquímica, pero ya no se podrán incluir como deducibles de impuestos ante la SHCP.

13.8. Penalizaciones Respecto del contrato, las penas convencionales a las que el Proveedor se haga acreedor por atraso en la entrega de los bienes, se calcularán, a partir día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes pendientes de entregar de los bienes entregados a razón de 0.2% por cada día de atraso y hasta 10 % del valor de los bienes entregados. PEMEX PETROQUÍMICA, podrá exigir la entrega de los Bienes con la aplicación de las penas convencionales que procedan. Una vez transcurrido el plazo máximo de espera de aplicación de penas convencionales de una orden sin que el proveedor haya entregado los bienes PEMEX PETROQUÍMICA procederá a aplicar una deducción equivalente al 10% del valor de la misma y podrá generar una nueva orden. Cuando la suma de las penas convencionales alcance el importe de la garantía de cumplimiento del Contrato, PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato.

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El pago de los Bienes quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el Proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales y/o deducciones. Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al Proveedor. De presentarse caso fortuito o fuerza mayor o por causas imputables a la convocante, se podrá otorgar una prórroga al cumplimiento de las obligaciones. 13.9. Rescisión administrativa del contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el contrato y sus anexos o sin motivo

justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

d) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

f) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

h) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

i) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional” del contrato;

j) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción” del contrato;

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k) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes;

l) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato” del contrato;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula. En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de 05 días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato. El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo; c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes.

13.10 Información reservada y confidencial.

Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. Se recomienda utilizar preferentemente para enumerar su documentación reservada y confidencial el formato del Documento 11.

13.11 Seguros

Los bienes deberán asegurarse por cuenta del proveedor, hasta su recepción de acuerdo a lo establecido en las condiciones de entrega.

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13.12. Fuentes de financiamiento. NO APLICA

13.13. Propiedad industrial y derechos de autor

El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero. Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de 07 siete días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

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DOCUMENTO 03

FORMATO DE INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE Yo, (nombre del apoderado ó representante que firme la propuesta), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente licitación pública, a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral).

Clave del Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio.-

Calle y Número:

Colonia: Delegación o Municipio:

Código Postal: Entidad Federativa:

Teléfonos: Fax:

Correo electrónico:

No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:

Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que la protocolizó:

Relación de Socios:

Apellido Paterno:

Apellido Materno:

Nombre( s )

Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional:

Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario ó Fedatario Público que las protocolizó:

RFC y domicilio del apoderado o representante (que firma la propuesta):

Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:

Escritura pública número: Fecha:

Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:

Lugar y fecha

(Firma autógrafa original del apoderado o representante) Notas: 1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el

orden indicado. 2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente

en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral. 3.- Con la finalidad de agilizar la formalización del contrato, el licitante podrá integrar en su propuesta copia de la documentación indicada en este formato.

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DOCUMENTO 03 A

ESCRITO EN EL QUE SU FIRMANTE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SÍ O POR SU REPRESENTADA.

(Lugar y Fecha)

Pemex petroquímica Complejo Petroquímico Cangrejera P r e s e n t e.

Licitación Pública Internacional No.: _(indicar numero de convocatoria) .

Yo, (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), de

la empresa (denominación o razón social), y en cumplimiento de lo solicitado en el inciso A) del numeral 4.2

Indicaciones Generales para el desarrollo de los actos, manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que

cuento con facultades suficientes para comprometerme por sí o por mi representada, sin que resulte necesario

acreditar mi personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas de la presente

Licitación Pública.

Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA: 1 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte

conducente.

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DOCUMENTO 04

DOCUMENTOS QUE DEBERÁN SER FIRMADOS AUTÓGRAFAMENTE POR EL APODERADO O REPRESENTANTE.

Cons. Descripción

1 Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 03).

2. Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas. (Documento 03-A).

3. Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07

4 De ser el caso, el convenio privado mediante el cual se conviene en presentar propuesta conjunta.

5 Formato de propuesta (Técnica) Documento 06 6 Formato de propuesta (Económica) Documento 06-A 7 Formato para la manifestación para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 23 de las

DAC´S, el licitante deberá incluir, junto con su propuesta técnica el “FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES” que se incluye como Documento 06-B.

8 Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Documento 06-C.

9 Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en la Regla 5.2 de las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010. (Documento 10, 10-A o 10-B, según sea el caso).

10 De ser el caso, el documento Compromisos con la Transparencia (Documento 14).

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DOCUMENTO 05

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

No. DOCUMENTO PUNTOS DE LA

CONVOCATORIA ENTREGO

DONDE SE EXIGE SI NO Dentro o fuera del sobre de la propuesta a elección del licitante

1

Acreditación de la existencia y personalidad del licitante (Documento 03). Copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición.

4 INCISO A)

2 Copia de comprobante de pago de bases 4 INCISO A)

3 Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada (Documento 3-A)

4.2 INCISO A)

4 Formato para la manifestación de la integración nacional de los bienes derivado de la estrategia para el desarrollo de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos. (Documento 06-B).

4 INCISO J)

5 Declaración escrita de no encontrarse en los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S (Documento 07).

4 INCISO C)

6 De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas conjuntas. CONV

7

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en la Regla 5.2 de las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010. (Documento 10, 10-A ó 10-B, según sea el caso)

4 INCISO I)

8 Documentación para la acreditación de la experiencia.

4 INCISO O) EXPER

La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la propuesta.

8 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones (Documento 05).

4 INCISO G)

9 Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. (Documento 06-C)

4 INCISO L)

10 El documento denominado Compromisos con la Transparencia (Documento 14).

11

Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la propuesta.

11 Propuesta Técnica. (Documento 06). 4 INCISO D)

12 Propuesta Económica. (Documento 06-A). 4 INCISO E)

13

DOCUMENTO EN EL QUE MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LOS PRECIOS QUE SE PRESENTAN EN SU PROPUESTA ECONOMICA NO SE COTIZAN EN CONDICIONES DE PRACTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL EN SU MODALIDAD DE DISCRIMINACION DE PRECIOS O SUBSIDIOS, Y SE ENCUENTRAN EN CONDICIONES DE MERCADO VIGENTES EN EL MOMENTO;

DOC. 01

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la propuesta, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de licitación será verificado y evaluado por la Convocante.

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La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

DOCUMENTO 06 FORMATO DE PROPUESTA TECNICA

No. Partida

Cantidad Unidad

de Medida

Descripción y Especificaciones Técnicas de los Bienes (Incluir marca y modelo o Nombre del Fabricante, así como las normas

con las que cumplen los Bienes que propone)

1.- Plazo de entrega

2.- Lugar de entrega

3.- Condición de entrega D.D.P. (INCOTERMS 2010)

4.- Características y condiciones LOS BIENES OFERTADOS SON NUEVOS

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL) NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________

Nota al Licitante: Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

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DOCUMENTO 06-A FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA

No. Partida

Cantidad Unidad

de Medida

Descripción Genérica de los Bienes

Precio Unitario sin I.V.A.

($)

Importe Total sin I.V.A. ($)

Condiciones Económicas

1.- Vigencia de proposición Mínimo 60 DÍAS NATURALES 2.- Monto total de la proposición (sin IVA) (indicarlo con numero y con letra)(indicar la moneda)

3.- Condiciones de precio PRECIO FIJO 4.- Origen de los bienes

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL) NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 06-B

FORMATO PARA LA MANIFESTACION DE LA INTEGRACION NACIONAL DE LOS BIENES DERIVADO DE LA ESTRATEGIA PARA EL DESARROLLO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS DE PETROLEOS MEXICANOS

__________de __________ de ______________ Pemex petroquímica Complejo Petroquímico Cangrejera P r e s e n t e. Licitación Pública Internacional No. ______(indicar numero de convocatoria)______ Con fundamento en lo establecido en el articulo 23 de las DAC’S, (nombre del representante) , en mi carácter de representante legal de (Nombre o Razon Social), manifiesto bajo protesta de decir verdad, el porcentaje de integracion nacional del (de los) siguiente(s) bien(es).

No. de partida

Descripcion % Integracion

Nacional (0 a 100%)

Marca

Campos adicionales, unicamente para distribuidores o

comercializadores

Nombre o razon social del fabricante

Origen del bien

La información proporcionada en este formato forma parte de la propuesta del licitante, será de uso exclusivo de Pemex Petroquímica, misma que será utilizada para acreditar el contenido nacional solicitado y registrar el contenido actual, así como para desarrollar la estrategia para incrementar el contenido nacional a que hace mención el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)___________________

NOMBRE DEL REPRESENTANTE:____________________________________

FIRMA: ______________________

CARGO: __________________________________________________

FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 06-C

MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

Información con carácter voluntario

De conformidad con el Acuerdo de Estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas publicado en el D. O. F. el 30 de diciembre de 2002, a continuación manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente, considerando los criterios de tamaño, sector y clasificación por número de empleados:

Razón social: ______________________________________________________ Favor de marcar sólo una opción: ¿Pertenece a alguna Cámara? SI ( ) No ( ) En caso de ser afirmativa la respuesta anterior indicar el nombre de la Cámara: ___________________________________________________________________________

Favor de indicar la Estratificación que corresponda a su empresa de acuerdo a la información indicada para cada Tipo de Empresa en el numeral

Estratificación Tamaño Sector Rango del Número

de Trabajadores Rango de montos de ventas anuales

(mdp)

Tope Máximo Combinado *

Página en Internet_____________________________________________________________

(Lugar y fecha)

____________________________________________ (Firma)

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DOCUMENTO 07

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCION V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS y 12 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACIÓN EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

(Lugar y Fecha)

Pemex petroquímica Complejo Petroquímico Cangrejera P r e s e n t e. (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que esté otorgando el mandato),

manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que mi representada, sus accionistas y asociados, no se

encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos

y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y

Servicios de las actividades sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO

LEGAL DE LA EMPRESA) NOTA: 2 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte

conducente.

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DOCUMENTO 08

TEXTO 1: FIANZA DE GARANTIA PARA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES) EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO DE FECHA Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE Y NUESTRO FIADO(S). EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS .HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA 'SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN E) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓN IMPORTE RECLAMADO.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

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A INSTITUCION DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACION PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCION DE FIANZAS TENDRA UN PLAZO HASTA DE 30 DIAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LSO TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, 0 ANTE AUTORIDAD JUDICIAL 0 TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA

CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE, ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

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TEXTO 2: FIANZA DE GARANTIA PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES.) LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO Y DE SUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE Y NUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S). LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS. ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENES O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO. EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES O REPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO: EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIOR AL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POR EL 100% DEL MONTO GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES 0 REPOSICIONES DERIVADAS DE DEFECTOSY VICIOS OCULTOS 0 LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUE HUBIERA INCURRIDO. EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO. NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN,- O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

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LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO 0 ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODÓS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE 'EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 08-A

MODELO DE FIANZA PARA GARANTIZAR LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DEL ANTICIPO) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR _______________________________________ LA DEBIDA, CORRECTA Y TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO QUE POR LA MISMA SUMA RECIBE DE: _________________________________, LO CUAL DEBERÁ HACER EN EL PLAZO PACTADO EN EL CONTRATO NO.________________________ DE FECHA __________________, QUE TIENE POR OBJETO __________________________. EN CASO DE QUE SE CONVENGAN PRÓRROGAS O SE OTORGUEN ESPERAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LO GARANTIZADO, DERIVADAS DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO O AL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, ESTA COMPAÑÍA CONSIENTE QUE LA VIGENCIA DE ESTA FIANZA QUEDE AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA, EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS O ESPERAS CONVENIDAS U OTORGADAS, Y SE COMPROMETE A EMITIR LOS ENDOSOS CORRESPONDIENTES, A PETICIÓN DEL FIADO. ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS, Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACION DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCION DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRA SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA. ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ANTICIPO RECIBIDO INCLUYENDO LOS INTERESES QUE SE CAUSEN, A LA TASA ESTABLECIDA EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, PARA EL SUPUESTO DE PRÓRROGA EN EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES, SI EL PROPIO FIADO NO LO INVIERTE, APLICA O AMORTIZA CORRECTAMENTE, TOTAL O PARCIALMENTE, EN EL PLAZO Y PARA EL OBJETO ESTABLECIDO EN EL PROPIO CONTRATO. EL ANTICIPO GARANTIZADO DEBERÁ SER REINTEGRADO AL BENEFICIARIO CON CARGO A CADA UNA DE LAS FACTURAS QUE SE EMITAN POR TRABAJOS O SERVICIOS EJECUTADOS DE ACUERDO AL CONTRATO PRECISADO. ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN DE LA CANTIDAD NO AMORTIZADA DEL ANTICIPO Y SUS INTERESES, INDEPENDIENTEMENTE DEL MOTIVO POR EL CUAL DICHO ANTICIPO NO HUBIERA SIDO AMORTIZADO EN SU TOTALIDAD. ESTA PÓLIZA SE PODRÁ HACER EFECTIVA SIN QUE PREVIAMENTE EXISTA COMPENSACIÓN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA SOMETERSE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO. LA RECLAMACIÓN QUE SE FORMULE CON CARGO A ESTA FIANZA, SE TENDRÁ POR INTEGRADA CON LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) RECLAMACIÓN POR ESCRITO A LA INSTITUCION DE FIANZAS. B) COPIA DE LA PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS (EN SU CASO). C) COPIA DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS (EN SU CASO). D) COPIA DEL (LOS) DOCUMENTO(S) QUE HAYA FIRMADO EL FIADO A LA RECEPCIÓN DEL (LOS) ANTICIPO(S), O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE ACREDITE FEHACIENTEMENTE LA RECEPCIÓN DEL MISMO. E) COPIA DEL (LOS) DOCUMENTO(S) PAGADO(S) POR EL BENEFICIARIO DONDE SE HAGAN CONSTAR LAS AMORTIZACIONES REALIZADAS. F) COPIA DEL (LOS) DOCUMENTO(S) EN EL QUE EL BENEFICIARIO REQUIERA AL FIADO EL REINTEGRO DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO. G) CUANTIFICACIÓN DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO Y DE LOS INTERESES RESPECTIVOS. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCION DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACION PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACION DE LA RECLAMACION, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYENDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCION DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA POLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCION DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA; EN ESTE ÚLTIMO SUPUESTO, SI LA EXCEPCIÓN QUE SE OPONGA SE HACE CONSISTIR EN LA LITISPENDENCIA O

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SUBJUDICIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA, TAL EXCEPCIÓN SUPERVENIENTE SE TENDRÁ POR JUSTIFICADA ÚNICAMENTE SI SE EXHIBE COPIA SELLADA DEL ESCRITO DE DEMANDA, EN EL QUE CONSTE QUE EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PRINCIPAL EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE DICHA ACCIÓN, EL CONTRATO QUE SE GARANTIZA MEDIANTE LA EMISIÓN DE ESTA PÓLIZA Y EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABTENERSE DE OPONER LA EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD SI (A) LA DEMANDA INTERPUESTA POR EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE LA ACCIÓN QUE EJERCITA OTRO DIVERSO AL CONTRATO QUE GARANTIZA, O (B) LA DEMANDA SE REFIERE A PRESTACIONES DE NATURALEZA DISTINTA A AQUELLAS QUE SON MATERIA DEL INCUMPLIMIENTO QUE DIO ORIGEN A LA EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y NO EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO; POR CONSIGUIENTE, LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A REALIZAR EL PAGO DEL IMPORTE RECLAMADO QUE RESULTE PROCEDENTE EL DÍA HÁBIL INMEDIATAMENTE SUBSECUENTE AL VENCIMIENTO DEL PLAZO CITADO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A PAGAR LA PRESENTE FIANZA INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SU FIADO INTERPONGA CUALQUIER TIPO DE RECURSO ANTE INSTANCIAS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO O NO JUDICIAL, POR LO QUE EL PAGO NO SE ENCONTRARÁ SUPEDITADO A LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA, SIEMPRE Y CUANDO EL FIADO LO HAYA ACEPTADO EXPRESAMENTE EN EL CONTRATO GARANTIZADO. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RESPECTIVOS RECURSOS QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN FIRME QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNALCOMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO CIVIL FEDERAL. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y DE SUS PRÓRROGAS Y/O ESPERAS, O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO O EN SU CASO, A PARTIR DE LA FECHA EN QUE CAUSE EJECUTORIA LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE SE PRONUNCIE EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O RECURSOS QUE SE HAYAN INTERPUESTO CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARA LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA HASTA QUE EL ANTICIPO GARANTIZADO QUEDE TOTALMENTE INVERTIDO, APLICADO, AMORTIZADO, DEDUCIDO Y DEVUELTO, SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTES (FECHAS, NÚMERO DEL CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 09

MMOODDEELLOO DDEE CCAARRTTAA DDEE CCRRÉÉDDIITTOO SSTTAANNDDBBYY CCOONNFFIIRRMMAADDAA QUE DEBERAN PRESENTAR (AN) EL(LOS) PROVEEDOR(ES) Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO.

Versión en español *** INICIO MTxxx (SWIFT MESSAGE)

BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD, ESTADO Y PAIS)

BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MEXICO, EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO).

BENEFICIARIO (PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL Y DOMICILIO FISCAL)

ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR Ó CONTRATISTA)

FECHA DE EMISION (FECHA DE EMISIÓN DE LA CARTA DE CRÉDITO) FECHA DE VENCIMIENTO: (LUGAR, PAÍS Y FECHA ESPECÍFICA DE VENCIMIENTO, VIGENCIA

DE LA OBLIGACIÓN A GARANTIZAR MÁS 90 DÍAS)

HEMOS ESTABLECIDO NUESTRA CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE Y CONFIRMADA (EN CASO DE QUE EL

EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) NO. ______________ POR ORDEN Y CUENTA DE (NOMBRE DEL ORDENANTE) A

FAVOR DE PEMEX PETROQUÍMICA POR LA CANTIDAD DE $ (IMPORTE CON NÚMERO, LETRA Y MONEDA), EN

RELACIÓN AL CONTRATO O CONVENIO (NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO O CONVENIO) CELEBRADO ENTRE EL

“ORDENANTE” Y EL “BENEFICIARIO” PARA (DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACION QUE GARANTIZA).

DISPONIBLE A LA VISTA EN LAS INSTALACIONES DE (NOMBRE Y PLAZA DEL BANCO EMISOR O CONFIRMADOR, EN CASO

DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS EN

ORIGINAL:

1. DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO. SEGÚN FORMATO ANEXO MANIFESTANDO EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE

DEL ORDENANTE.

2. CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, SI LOS HUBIESE.

CONDICIONES ESPECIALES:

1. CONFORME A ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE PERMITEN DISPOSICIONES PARCIALES, PERO EN

NINGÚN CASO PODRÁN EXCEDER DEL IMPORTE TOTAL DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

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2. TODAS LAS COMISIONES Y GASTOS DERIVADOS DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SON POR CUENTA

DEL ORDENANTE, INCLUYENDO GASTOS DE CONFIRMACIÓN.

NOS COMPROMETEMOS IRREVOCABLEMENTE CON EL BENEFICIARIO A HONRAR A LA VISTA SUS PRESENTACIONES EN

ORDEN Y DE ACUERDO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, ANTES O EN LA FECHA DE

VENCIMIENTO, POR LA CANTIDAD TOTAL DE SU DISPOSICIÓN, MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS

INMEDIATAMENTE DISPONIBLES DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES QUE EL BENEFICIARIO SEÑALE, A MÁS TARDAR A

LAS 13:00 HORAS (TIEMPO DE LA CD. DE MÉXICO) DEL TERCER DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE LA

PRESENTACIÓN.

EN CASO DE PRESENTACIONES QUE NO CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, EL

BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) DEBERÁ DAR AVISO POR

ESCRITO AL BENEFICIARIO DEL RECHAZO DE LA PRESENTACIÓN ESPECIFICANDO TODAS LAS DISCREPANCIAS EN LAS

CUALES HA BASADO SU RECHAZO. DICHO AVISO DEBERÁ SER ENTREGADO EN LAS OFICINAS DEL BENEFICIARIO

INDICADAS EN ESTA CARTA DE CRÉDITO O BIEN, EN EL DOMICILIO QUE EL BENEFICIARIO INFORME POR ESCRITO PARA

TAL FIN AL BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO), A MÁS

TARDAR EL SEGUNDO DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE HAYA HECHO LA PRESENTACIÓN. EL

BENEFICIARIO PODRÁ VOLVER A HACER NUEVAS PRESENTACIONES QUE CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y

CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO.

ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE SUJETA A LAS REGLAS ISP98 PRÁCTICAS INTERNACIONALES PARA STANDBY

PUBLICACIÓN ICC 590 Y EN TANTO NO EXISTA CONTRADICCIÓN CON ISP98 ESTA CARTA DE CRÉDITO SE REGIRÁ E

INTERPRETARÁ DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES FEDERALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CUALQUIER

CONTROVERSIA QUE SURJA CON MOTIVO DE LA MISMA DEBERÁ RESOLVERSE EXCLUSIVAMENTE ANTE LOS

TRIBUNALES FEDERALES COMPETENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO,

DISTRITO FEDERAL.

SÍRVANSE AGREGAR SU CONFIRMACIÓN (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) A LA PRESENTE

CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

FIN DEL TEXTO***

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(HOJA MEMBRETADA DEL BENEFICIARIO)

***INICIO DE TEXTO

DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO

FECHA: (Fecha de Presentación)

BANCO EMISOR O CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) (Nombre y domicilio)

REF: NO. CARTA DE CRÉDITO STANDBY PEMEX PETROQUÍMICA EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIO DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA, POR

MEDIO DE LA PRESENTE MANIFIESTA QUE:

EL ORDENANTE (NOMBRE DEL ORDENANTE) HA INCUMPLIDO CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SUSCRITAS EN EL

CONTRATO NO. (NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO) ESPECÍFICAMENTE EN LO ESTIPULADO EN LA(S) CLAÚSULA (S)

(NO. CLAÚSULA DEL CONTRATO) POR LO QUE EL BENEFICIARIO PEMEX PETROQUÍMICA ESTÁ EN SU DERECHO DE

GIRAR A CARGO DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

POR LO ANTERIOR SÍRVANSE TRANSFERIR EL PAGO POR LA CANTIDAD DE (MONEDA, IMPORTE CON NÚMERO Y LETRA)

A LA CUENTA BANCARIA NO. (CUENTA DEL BANCO) DE (NOMBRE DEL BANCO) A NOMBRE DE PEMEX PETROQUÍMICA.

AGRADECEREMOS CITAR NUESTRA REFERENCIA Y LA REFERENCIA DEL PRESENTE CRÉDITO.

19 NOMBRE Y FIRMA

FIN DE TEXTO ***

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MODIFICACIÒN A CARTA DE CRÉDITO STANDBY

***INICIO TEXTO

BANCO EMISOR (NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD Y PAÍS)

BANCO CONFIRMADOR (NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN

MÉXICO, EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)

REFERENCIA BANCO EMISOR/CONFIRMADOR (NÚMERO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY)

(EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)

BENEFICIARIO (PEMEX PETROQUÍMICA)

ORDENANTE (NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR)

20 MODIFICACIÓN NO. _____ ESTAMOS MODIFICANDO LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA COMO SIGUE DE ACUERDO

CON LOS TÉRMINOS DEL PROPIO CRÉDITO:

DICE:

( I N C L U I R T E X T O A C T U A L )

DEBE DECIR:

( I N C L U I R N U E V O T E X T O )

LOS DEMAS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CRÉDITO PERMANECEN SIN CAMBIO. ESTA MODIFICACIÓN FORMA PARTE INTEGRAL DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL. FIN TEXTO***

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DOCUMENTO 10 FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LICITACIONES PUBLICAS

INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, Y DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA

REGLA 5.2 DE LAS “REGLAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LICITACIONES PÚBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS

DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL28 DE

DICIEMBRE DE 2010

____ de _______________ de ______ (1)

Pemex Petroquímica. Presente.

Me refiero al procedimiento de Licitación Pública Internacional No. ___ (2) ___ en el que mi representada, la empresa _____ (3)

________________ participa a través de la presente propuesta.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura

de los tratados de libre comercio, suscritos por los Estados Unidos Mexicanos,” el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en

el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto en dicha propuesta y suministraré, bajo la

partida ___(4)_____, será (n) producido (s) en los Estados Unidos Mexicanos y contarán con un porcentaje de contenido nacional de cuando

menos el o ___(5) % , como caso de excepción. De igual forma, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo

previsto en el artículo 57 de la Ley. En este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una verificación del cumplimiento de

los requisitos sobre el contenido nacional de los bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente

y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por tres años a

partir de la entrega de los bienes a la convocante.ATENTAMENTE

______________ (6) _______________

* Este porcentaje deberá adecuarse conforme a los incrementos previstos en la cuarta de las reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito del contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebran las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

INSTRUCTIVO DE LLENADO DE ESTE FORMATO:

NUME

RO

DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Indicar el número de la Licitación Pública Internacional.

3 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante.

4 Señalar el número de partida que corresponda.

5 Establecer el porcentaje correspondiente al Capítulo III, de los casos de excepción al contenido nacional, de las “Reglas para la

determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de

contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las

dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.”

6 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

NOTA: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente.

A partir del 28 de junio de 2011. 60%

A partir del 28 de junio de 2012 65%

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DOCUMENTO 10-A

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LICITACIONES PUBLICAS

INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, Y DAR CUMPLIMIENTO A LO

DISPUESTO EN LA REGLA 5.2 DE LAS “REGLAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LICITACIONES PÚBLICAS INTERNACIONALES BAJO

LA COBERTURA DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” PUBLICADO EN

EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE DICIEMBRE DE 2010

____ de _______________ de ______ (1)

Pemex Petroquímica. Presente.

Me refiero al procedimiento de Licitación Pública Internacional No. ___ (2) ___ en el que mi representada, la empresa _____ (3)

_______________ participa a través de la presente propuesta.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura

de los tratados de libre comercio, suscritos por los Estados Unidos Mexicanos,” el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en

el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, el (la totalidad de los) bien (es) que oferto, con la marca y/o modelo indicado en mi

proposición, bajo la partida(s) número ________(4)______, son originarios de México y cumplen con la regla de origen aplicable en materia de

contratación pública de conformidad con el Tratado de Libre Comercio ____(5)____.

Adicionalmente, manifiesto que ante una verificación del cumplimiento de las reglas de origen del (los) bien (es), me comprometo a proporcionar

la información que me sea requerida por la instancia correspondiente y que permita sustentar en todo momento la veracidad de la presente, para

lo cual conservaré durante tres años dicha información.

A T E N T A M E N T E

______________ (6) _____________

INSTRUCTIVO DE LLENADO DE ESTE FORMATO:

NUM

ERO

DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Indicar el número de procedimiento de licitación pública internacional respectivo.

3 Citar el nombre o razón social o denominación del licitante.

4 Señalar el número de partida que corresponda.

5 Indicar el Tratado correspondiente a la regla de origen y bajo cuya cobertura se realiza el procedimiento de contratación.

6 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

NOTA: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente

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DOCUMENTO 10-B

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, Y DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 5.2 DE LAS “REGLAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LICITACIONES PÚBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE DICIEMBRE DE 2010.

____ de _______________ de ______ (1)

Pemex Petroquímica. Presente.

Me refiero al procedimiento de Licitación Pública Internacional No. ___ (2) ___ en el que mi representada, la empresa _____ (3)

___________________ participa a través de la presente propuesta.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura

de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos” el que suscribe manifiesta bajo protesta decir verdad que, en el

supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, el (la totalidad de los) bien (es) que oferto, con la marca y/o modelo indicado en mi

proposición, bajo la partida(s) número ________(4)______, son originarios de ______(5)______, país que tiene suscrito con los Estados Unidos

Mexicanos el Tratado de Libre Comercio _______(6)________, de conformidad con la regla de origen establecida en el capítulo de compras del

sector público de dicho tratado.

Adicionalmente, manifiesto que ante una verificación del cumplimiento de las reglas de origen del (los) bien (es), me comprometo a proporcionar la información que me sea requerida por la instancia correspondiente y que permita sustentar en todo momento la veracidad de la presente, para lo cual conservaré durante tres años dicha información.

ATENTAMENTE

_______________ (7) _____________

INSTRUCTIVO

NUMERO

DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Indicar el número del procedimiento de Licitación Pública internacional.

3 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa fabricante.

4 Señalar el número de partida que corresponda.

5 Anotar el nombre del país de origen del bien.

6 Indicar el tratado bajo cuya cobertura se realiza el procedimiento de contratación.

7 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.

NOTA: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente.

.

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DOCUMENTO 11

(MANIFESTACIÓN DEL CARÁCTER DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL LICITANTE) (Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICA.

______________________ ______________________ P R E S E N T E

Asunto: Manifestación de confidencialidad de documentos

(Nombre del representante Legal), en representación de (Nombre del Licitante o Propuesta Conjunta), con

fundamento en lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la

Información Pública Gubernamental, manifiesto que la información y/o documentos que se listan más adelante,

mismos que integran la propuesta, presentadas en el proceso de Licitación Pública No. ____________, se entrega

con carácter confidencial, reservada o comercial reservada.

LISTA DE DOCUMENTOS

Documento Sección Carácter Fundamento Legal

Atentamente,

_______________________

[NOMBRE DEL LICITANTE] [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL]

La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.

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DOCUMENTO 12

DOCUMENTACION REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

NO APLICA

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DOCUMENTO 13

FORMATO DE CEDULA SOBRE EL PAIS DE ORIGEN DE LOS BIENES

NO APLICA

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DOCUMENTO 14

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ____________________________________________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-PETROQUÍMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-PETROQUÍMICA Y _________________________________________________, REPRESENTADA POR ________________________________________ EN SU CARÁCTER DE _______________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:

CONSIDERACIONES

I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

VII. LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:

21 COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE

1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.

3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN

DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION. 4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE

LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

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5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.

6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA NACIÓN.

7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

II.- DE PEMEX-PETROQUÍMICA

1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.

4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES.

5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN _____________________________________, A ___________________________________ DE 2012.

POR PEMEX-PETROQUÍMICA

__________________________________ Nombre y Cargo del Servidor Público.

Nombre de la Empresa POR EL LICITANTE

___________________________________ Nombre y Cargo.

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DOCUMENTO 15

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.

El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención. El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999.

Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.

Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

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Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se

mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis

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Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se

encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 16 Modelo 01 de junio de 2012

MODELO DE CONTRATO

CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE “CONTRATO”) QUE CELEBRAN,

POR UNA PARTE (PETRÓLEOS MEXICANOS/ORGANISMO SUBSIDIARIO), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE

DENOMINARÁ “(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)”, REPRESENTADO POR __________________, EN

SU CARÁCTER DE ________________ Y POR LA OTRA ____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO

SE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS)

REPRESENTADA POR _________________ EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS

DECLARACIONES, DEFINCIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

1. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) declara, a través de su (representante/apoderado), que: 1.1 A) TRATÁNDOSE DE PETRÓLEOS MEXICANOS Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto llevar a cabo la exploración, la explotación y las actividades que le corresponden en exclusiva en el área estratégica del petróleo, demás hidrocarburos y la petroquímica básica, así como ejercer la conducción central y la dirección estratégica de la industria petrolera en los términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, la Ley de Petróleos Mexicanos y sus Reglamentos, y que cuenta con la capacidad para celebrar, entre otros, toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con dichos ordenamientos.

B) TRATÁNDOSE DE ORGANISMO SUBSIDIARIO SIN DECRETO

Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 1992 y tiene por objeto (en este espacio, especificar el objeto del organismo) y continúa realizando dichas actividades, en cumplimiento del mismo, de conformidad con el artículo Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de noviembre de 2008.

C) TRATÁNDOSE DE ORGANISMO SUBSIDIARIO, REORGANIZADO O CREADO POR DECRETO

Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con su Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el _________________,

así como con el artículo 1° párrafo tercero de la Ley de Petróleos Mexicanos, y tiene por objeto (en este espacio, especificar el objeto del organismo).

1.2 A) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL DIRECTOR GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y DE

DIRECTORES CORPORATIVOS.

Acredita su personalidad y facultades en su carácter de (Director General o Director Corporativo) de Petróleos Mexicanos, en

términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento,

otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura),

otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN DE DIRECTORES GENERALES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS SIN DECRETO.

Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de (Organismo Subsidiario) en términos del los

Artículos 5° y Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, Artículos Transitorios Tercero y Cuarto fracción XIII

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del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos, Artículo 11 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos

Subsidiarios y Artículo 22 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su

nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la

escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

C) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN DE DIRECTORES GENERALES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS CON DECRETO.

Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de (Organismo Subsidiario) en términos del Artículo

5° de la Ley de Petróleos Mexicanos, CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el

testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del

Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

D) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS SIN DECRETO.

Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario) en términos de los Artículos

5° y Tercero Transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos, Artículos Transitorios Tercero y Cuarto fracción XIII del

Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos, Artículo 11 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos

Subsidiarios CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la

Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No.

del notario) de

(Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

E) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS CON DECRETO.

Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario), en términos del Artículo 5

de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el

testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del

Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).

F) TRATÁNDOSE DE FUNCIONARIOS DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN LOS INCISOS ANTERIORES, INCLUIDOS LOS

SUBDIRECTORES CORPORATIVOS. Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha

(Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del

notario), mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley

de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones,

Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y

Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que

establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19

de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante _____ de fecha____.

1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.

1.5 El presente contrato se adjudicó mediante (Tipo y datos del procedimiento), con fundamento en los artículos

(Número de artículo) de la Ley de Petróleos Mexicanos, (Número de artículo) de su Reglamento y (Número de artículo) de

las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las

Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es (Ubicación en oficinas de Petróleos Mexicanos u Organismo

Subsidiario) y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es (RFC de PETRÓLEOS MEXICANOS U

ORGANISMO SUBSIDIARIO).

DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN SE INCLUIRÁN LAS DECLARACIONES QUE RESULTEN NECESARIAS.

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2 El PROVEEDOR declara, a través de su (apoderado/representante), que:

2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES.

NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS

CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE

DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS.

Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de

los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de

la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado

(Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar,

folio mercantil o partida y fecha).

B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO: NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL

EXISTENCIA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE

OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS

SOLIDARIOS. ___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico,

según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe

del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer

testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:

Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del

PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar,

cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato.

2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE

NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.

Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública

No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría)

Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas,

modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

B) EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO:

Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue otorgado en _________

y protocolizado a través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante

la fe del Notario Público (No. del notario), de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no

le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.

Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el

mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.)

2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.

Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto

a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los

Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato.

B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.

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Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato

se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos

Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato.

2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS .

Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con Cédula de Registro

Federal de Contribuyentes clave _________.

B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS.

Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con (señalar documento

equivalente al RFC del país del PROVEEDOR).

2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato,

mismas que se compromete a preservar durante su vigencia.

2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo

del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de

Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter

Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes,

forman parte integrante de este contrato y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental.

2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente

contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de

la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones,

Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y

Organismos Subsidiarios.

2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL: De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la

Federación, ha presentado a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el (la) __________________ (ANOTAR EL

NOMBRE DEL DOCUMENTO QUE PRESENTE EL PROVEEDOR: "ACUSE DE RECEPCIÓN", “ACUSE DE RESPUESTA”,

“OPINIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES”, ETC.), con el que comprueba que ha solicitado el

informe de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria, prevista en

la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.”

TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO

PERMANENTE EN EL PAÍS:

Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal

vigente, no se encuentra obligado a presentar solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, los avisos al

mencionado registro, ni declaraciones periódicas en los Estados Unidos Mexicanos.

TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS

OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL

SIGUIENTE TEXTO:

Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las

autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo

señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo en que (PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO) le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad

hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de

pagos adicionales a los establecidos en el contrato que nos ocupa.

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2.9 No ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos

Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional.

2.10 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN

INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE

DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN

EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS

ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO

Celebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s) ___________, en el(los) que consta(n) las actividades a que se

obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la

ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los

participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la

ejecución del contrato.

DEFINICIONES

Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación: “Área Administradora del Proyecto”: (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter) “Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter) SE PODRÁN INCLUIR LAS DEFINICIONES QUE RESULTEN NECESARIAS PARA LA CORRECTA INTERPRETACIÓN DEL

CONTRATO.

Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las

siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante “bienes”) por parte de (PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO) consistentes en: ________, de conformidad con los términos y condiciones que se

especifican en el presente contrato y sus anexos.

EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN

PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN: Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se

señalan en el Anexo ____ que forma parte del mismo.

SEGUNDA.- VIGENCIA La vigencia de este contrato iniciará en la fecha de firma del mismo y concluirá el ____..

TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES

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TRATÁNDOSE DE CONTRATOS SIN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC.

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de [número] (letra) días

naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato por el PROVEEDOR y/o de

acuerdo al programa que se incluye como Anexo ___ de este contrato.[TRATÁNDOSE DE CONTRATOS QUE INCLUYAN

ANTICIPOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a partir de la entrega del anticipo

correspondiente]

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE SOLICITEN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC. SIN LOS QUE NO SEA POSIBLE

INICIAR LA FABRICACIÓN DE LOS BIENES, APLICARÁ LO SIGUIENTE: El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato en un plazo de (número) (letra) días naturales,

mismo que se contabilizará de acuerdo a las siguientes condiciones:

El PROVEEDOR a los (número) (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este

contrato, se obliga a entregar los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.). Dichos planos deberán ser entregados al

Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la

Ejecución del Contrato, se obliga a devolver al PROVEEDOR, los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.),

debidamente autorizados o con las correcciones que correspondan, en un plazo de (número) (letra) días naturales a partir del

día natural siguiente de su recepción.

El plazo de entrega de los bienes comenzará a contar a partir del día natural siguiente a la fecha de devolución de los planos

autorizados, compensando, en su caso, los días que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se haya retrasado en su

entrega, para lo cual, se deberá celebrar el convenio modificatorio correspondiente en términos de la cláusula denominada

“Modificaciones al Contrato”.

En el caso de que los planos sean rechazados o presenten observaciones atribuibles al PROVEEDOR que no hagan posible su autorización, el plazo de entrega de los bienes iniciará a partir del día siguiente de la fecha de su devolución y no se tomarán en cuenta revisiones posteriores para efectos de modificación del plazo.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO DEBERÁ INCLUIRSE EN CONTRATOS ABIERTOS:

Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el

PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a

aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de entrega. Si el

PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de entrega empezará a contabilizarse a partir del día hábil

siguiente a la fecha de transmisión por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) según conste en la

notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

TÉRMINOS QUE DEBERÁN INCLUIRSE EN CUALQUIER SUPUESTO Los bienes objeto de este contrato, serán entregados en (señalar el domicilio, teléfono y fax, o en su caso, el lugar o los

lugares que se especifican en el Anexo _____ que forma parte integrante del presente contrato –según aplique-), a la atención

de ___________________________________, en días hábiles y en el siguiente horario: ______.

La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta

su recepción formal por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será a cargo del PROVEEDOR.

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DEBERÁ SEÑALAR LA FORMA EN QUE RECIBIRÁ LOS BIENES, YA SEA POR

PARTIDA O POSICIÓN COMPLETA, O ENTREGAS PARCIALES

Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: (partida o posición completa o entregas parciales)

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CUANDO APLIQUE

CON LA FINALIDAD DE EVITAR CONFUSIONES EN ADQUISICIONES DE BIENES DE IMPORTACIÓN SE DEBERÁ SEÑALAR LA

VERSIÓN DE INCOTERMS UTILIZADO.

La condición de entrega que aplica para el presente contrato es (indicar INCOTERMS), consecuentemente, el

PROVEEDOR estará obligado a: __________ y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) estará obligado a: _______.

CUARTA.- REMUNERACIÓN EL CONTRATO PODRÁ INCLUIR CUALQUIER FORMA DE PAGO QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE

CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55 DE LAS DAC.

4.1 Monto

El monto total de los bienes objeto del presente contrato es de $_________ (_________________ 00/100.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL ANTERIOR TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS:

El presupuesto mínimo es de $(número) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado y el presupuesto máximo que

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor

Agregado.

CUANDO APLIQUE: La cantidad mínima de bienes es __________ y la máxima será: _____________.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS:

El precio unitario de los bienes es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida) en el Anexo __ de

este contrato.

La(s) referencia(s) (MXP, USD o Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del Anexo __ de

este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina,

etc.)

4.2 Facturación

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable(s) de autorizar los

pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos, previa verificación de la recepción de los bienes en

términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos

o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación

de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda.

Los pagos se efectuarán dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la autorización de la factura.

DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES SE INCLUIRÁ EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

El PROVEEDOR presentará sus facturas abarcando periodos [semanales/quincenales/mensuales], de conformidad con lo

establecido en el Anexo _____.

El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la (partida/posición) que surte, la unidad

de medida y al precio unitario de los bienes.

Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda

electrónica de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales

efectos y su firma electrónica avanzada.

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Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única

correspondiente, ubicada en _____

El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR

presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo de ejecución.

FACTURACIÓN PARA EL CASO DE ANTICIPOS DEBERÁN ADICIONARSE LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS .

Para el caso de anticipos, el PROVEEDOR deberá presentar previamente la factura que ampare el monto del anticipo, en

forma electrónica o documental. .

El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura correspondiente al anticipo, no dará lugar a la reprogramación del

plazo pactado en este contrato, sin embargo, si el atraso es por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO), se diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.

4.3 Condiciones y forma de pago

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de

acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de

recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes.

Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

CUANDO APLIQUE

En el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente.

Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya

comunicado por escrito a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). En caso de que el PROVEEDOR realice un

cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro,

bastará con que lo comunique a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la ventanilla única ubicada en

(ubicación de la ventanilla única), con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s)

subsecuente(s) de que se trate.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá (número) (letra) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a solicitud

del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de

Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse

cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar

por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición

del PROVEEDOR.

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO Domingo Día hábil posterior Sábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posterior Viernes Día hábil anterior

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El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo

especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que

resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos

porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de

“Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en

sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el

PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de

Finanzas, por lo menos, con ___ (número____) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en

forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los

documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para

financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un

tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)bajo el concepto de

“descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código

Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en (PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO).

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE EL

SIGUIENTE PÁRRAFO:

Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de aplicar la Tasa Prime

Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos

a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.

TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar la Tasa EURIBOR de

un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que

se presente la solicitud de “Pronto Pago”.

PARA LOS CASOS DE CONTRATACIONES EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN MÉXICO EN MONEDA NACIONAL SE

UTILIZARÁN LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS:

Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en

moneda nacional al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en la fecha

en que se haga dicho pago.

Si el PROVEEDOR no entrega sus facturas en el plazo mencionado en el procedimiento antes referido, el pago que realice

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no cubrirá la diferencia cambiaria que, en su caso, resultare entre la fecha en

que se debió pagar originalmente y el día en que el mismo se hizo efectivo.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE SE

HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN.

(Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos

derivados del presente contrato.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS

PROVEEDORES HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN

PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN:

Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de proveedores, sin perjuicio del convenio de proposición

conjunta señalado en la declaración 2.10 del presente contrato, han celebrado un contrato de asociación en participación, por

lo que, con base en el mismo, en relación con el presente contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la

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Federación, acuerdan que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en

P.), será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)no será responsable por la forma en que (denominación o razón social seguida

de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas

respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato.

CUANDO APLIQUE:

EN CASO DE CONTRATACIONES CON PROVEEDORES EXTRANJEROS Y EL PAGO SE REALICE A TRAVÉS DE

ITS:

El pago al PROVEEDOR, se realizará en la moneda establecida en este contrato, a través de Integrated Trade Systems, Inc.

(ITS), en las oficinas de Integrated Trade Systems, Inc. (I.T.S.), ubicadas en el 2500 de CityWest Blvd., Suite 2400, Houston,

Texas, U.S.A: 77042-3020.

CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE PAGOS PROGRESIVOS: Los pagos se harán, previa verificación física del grado de avance de fabricación o de materiales en planta, de conformidad

con el proyecto y el programa que se establece en el Anexo __ de este contrato.

En caso de rescisión administrativa o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el pago

progresivo que se haya efectuado en un plazo no mayor a (número y letra) días naturales, contados a partir de la fecha en que

sea notificada al PROVEEDOR la rescisión administrativa o terminación anticipada de este contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no reintegre dicha cantidad en el plazo señalado, deberá pagar los intereses conforme a la

tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales; los cargos

se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán por días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo

y hasta la fecha en que se pongan las cantidades a disposición de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO),

independientemente de lo anterior, se hará efectiva la garantía correspondiente.

4.4 Pagos en exceso

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas

en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los

casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en

cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las

cantidades a disposición de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)

procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque

certificado a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

4.5 Ajustes de precios

EN CASO DE QUE EN LA CONTRATACIÓN SE CONTEMPLEN AJUSTES DE PRECIOS

La fórmula para determinar el ajuste a los precios de bienes objeto del contrato es el siguiente:

NOTA: INDICAR LA FÓRMULA APLICABLE AL CASO ESPECÍFICO Y QUE DE ORIGEN PARA AJUSTAR EL PRECIO DE LOS BIENES

OBJETO DEL CONTRATO.

_________________________________________________________________

____________________________________________________________________________________________________

________________________________________________

La forma y términos en la que el PROVEEDOR deberá presentar su solicitud de ajuste de precios será la siguiente:

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El ajuste de precios aplicará previa solicitud por escrito del PROVEEDOR a partir de las fechas en que aplique el ajuste de

que se trate, en los términos pactados en esta cláusula y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) notificará al

PROVEEDOR la resolución que corresponda dentro de un plazo de 30 (treinta) días naturales a partir de que se publiquen

los índices que apliquen. En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio

autorizado, el PROVEEDOR se obliga a notificarlo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y aún cuando el

PROVEEDOR no lo hubiere notificado, si (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) lo detecta, procederá el ajuste de

precios en los términos de esta cláusula.

En los casos de atraso en el suministro de los bienes por causas imputables al PROVEEDOR, el ajuste de precios aplicará

hasta la fecha de entrega originalmente pactada o modificada mediante el convenio correspondiente, en el entendido de que

la penalización se calculará sobre el precio ajustado.

En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios procederá durante el

período de la prórroga.

Los ajustes por variación de precios de mercado de los insumos que forman parte de la remuneración se basarán en las siguientes variables: EL ÁREA ADMINISTRADORA DEBERÁ DETERMINAR LAS VARIABLES MEDIANTE LAS CUALES SE REALIZARÁN LOS AJUSTES, PUDIENDO CONSIDERAR:

I.- ÍNDICES E INFORMACIÓN PÚBLICA, GENERAL O ESPECÍFICA, NACIONAL O INTERNACIONAL, O UNA COMBINACIÓN DE LOS

MISMOS;

II.- ÍNDICES Y CATÁLOGOS DE PRECIOS DE REFERENCIA APLICABLES A LA INDUSTRIA EN CUESTIÓN, ESTABLECIDOS POR

INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS DE RECONOCIDO PRESTIGIO, ASÍ COMO OTROS PARÁMETROS SIMILARES, Y

III.- CUALQUIER OTRA VARIABLE QUE (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ESTIME CONVENIENTE PARA LA

EJECUCIÓN O CREACIÓN DE VALOR PARA EL PROYECTO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.

EN TODOS LOS CASOS DE AJUSTES A LAS REMUNERACIONES SE DEBERÁ INCLUIR EN EL CONTRATO EL PROCEDIMIENTO

PARA TAL EFECTO.

QUINTA.- PENALIZACIONES NOTA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PEMEX, LAS PENALIZACIONES SE PODRÁN

PACTAR POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR. ADICIONALMENTE, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DE LAS DISPOSICIONES, LAS PENALIZACIONES CONSIDERARÁN LOS

INCUMPLIMIENTOS DE INDICADORES DE OPORTUNIDAD, TIEMPO Y CALIDAD, TALES COMO: I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES;

II. INCUMPLIMIENTO DE FECHAS CONTRACTUALES;

III. INCUMPLIMIENTO EN LA OBSERVANCIA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO;

IV. INCUMPLIMIENTO CON LOS PLANES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DE PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO;

V. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A CONTENIDO NACIONAL;

VI. INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN.

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE QUÉ Y EN QUÉ PORCENTAJE SE CALCULARÁN

LAS PENALIZACIONES Y HASTA QUÉ MONTO SE APLICARÁN, LO CUAL NO DEBE SUPERAR EL MONTO DEL CONTRATO.

Las partes en el presente contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan

incumplimientos o atrasos en la entrega de los bienes, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le aplicará penas

convencionales en los siguientes supuestos:

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NOTA: A CONTINUACIÓN SE PRESENTAN MODELOS DE PENAS POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS

DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR, DE ACUERDO A LA NATURALEZA Y MAGNITUD DEL CONTRATO SE SELECCIONARÁN

LAS PENAS QUE RESULTEN CONVENIENTES.

I. Atraso en la Entrega de los Bienes

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se hará acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se

calcularán, a partir del día/hora siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su

caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente a (valor total de los bienes/porcentaje sobre el valor de los

bienes ejecutados con atraso/ una cantidad fija, etc.), por cada día/hora calendario de atraso y hasta _________.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE:

Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la entrega de

los bienes, se calcularán, a partir día/hora siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su

caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso a razón de ___

% por cada día/hora de atraso y hasta _____ % del valor de los bienes entregados con atraso de la ORDEN de que se trate (se

deberá establecer porcentaje, cuota, fórmula o cualquier otro esquema distinto a los anteriores, en función del modelo

económico).

II. Incumplimiento de las Obligaciones Relativas al Grado de Contenido Nacional

De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada “Contenido Nacional”, si como resultado de la verificación del

contenido nacional de los bienes entregados por el PROVEEDOR se determina que dicho contenido nacional es menor al

ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el Anexo _______, el

Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que

será determinada de acuerdo a lo establecido en el Anexo ______ y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o

pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta

situación.

El monto de las penas convencionales no podrá exceder de ____________. no podrá exceder el monto del contrato

El PROVEEDOR acepta, que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplique las penas convencionales a que se

refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado

con (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o

causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL

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El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato cumpliendo al menos con el contenido nacional al

que se comprometió en su propuesta durante el procedimiento de contratación, en los términos del Anexo ___ de este contrato.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), podrá llevar a cabo durante la vigencia del contrato, directamente o por

medio de terceros, la verificación del cumplimiento del contenido nacional al que se comprometió el PROVEEDOR en su

propuesta durante el procedimiento de contratación de los bienes objeto de este contrato.

El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será

sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de “Penalizaciones” del presente contrato y podrá ser

causal de rescisión de este acuerdo de voluntades.

SÉPTIMA.- CESIÓN

El PROVEEDOR no podrá ceder los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial o total

en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar

con el consentimiento de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), con la intervención del área jurídica.

El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de

Factoraje o Descuento Electrónico, y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorga su consentimiento, siempre y

cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de

Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al

procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la

Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.;

Institución de Banca de Desarrollo”.

PARA CONTRATOS DE LARGO PLAZO O EN LOS QUE EL MODELO ECONÓMICO ASÍ LO DETERMINE, EL PRIMER PÁRRAFO DE

ESTA CLÁUSULA, PODRÁ SUSTITUIRSE POR EL SIGUIENTE: El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), para lo cual el PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente contrato preserve las capacidades técnicas y financieras necesarias para cumplir con las obligaciones del PROVEEDOR, excepto cuando se cedan la totalidad de los derechos de cobro, cuya cesión se realizará con la intervención del área jurídica.

OCTAVA.- CLÁUSULA FISCAL

CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia. CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y

DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN

CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR: Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y

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municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia. CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL

DEBERÁ ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES: Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y ____ (Nombre del

País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto

sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta.

Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a (PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO) el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios fiscales

comprendidos hasta el finiquito del contrato.

CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE ADQUISICIÓN DE BIENES DE IMPORTACIÓN

El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia,

esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados.

NOVENA.- GARANTÍAS

PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN CLAUSULADOS DIFERENTES A

LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE MODELO, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA

EVALUADORA DE RIESGOS, RESPECTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE DEBAN CONTRATAR.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más

tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del

contrato, consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.

Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una

vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la

República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO).

PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES.

Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del

monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto

promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o

sustituida en cada ejercicio subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes

señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley

Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos

sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que

corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

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Ultima aprobación 01 Marzo de 2011 PREBASES Página 98

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.

En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. La rescisión del contrato y su notificación. 6. Copia del finiquito 7. Cuantificación del importe reclamado.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio

mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una

vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO).

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES.

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio

mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto

total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a

ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada

ejercicio subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a

favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser

entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un

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año, más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) salvo el último que

deberá emitirse por el plazo restante, más noventa días naturales adicionales.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

C. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, ÚNICAMENTE DEBERÁ INCORPORARSE EL SIGUIENTE

TEXTO:

EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceptúa al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial, los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato y que resulten a cargo del PROVEEDOR. ESTA CLÁUSULA SE INCLUIRÁ EN CASO DE QUE SE PACTE ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO.

GARANTÍA DE [ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO] El PROVEEDOR deberá, previo a la entrega del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], constituir una garantía por la totalidad del importe de dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A.). El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado] recibido por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), debe presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) una garantía, consistente en: CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA.

Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO),

de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo

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que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

D. Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

E. Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro documento

que acredite fehacientemente la recepción del mismo. 5. Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas. 6. Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. 7. La rescisión del contrato y su notificación. 8. Copia del finiquito 9. Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el importe total del anticipo, sin incluir Impuesto al Valor Agregado, y su vigencia será equivalente al periodo de amortización pactado en el contrato más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

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B. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de

_________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de: ______________

en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones

consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la

misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) detecte que una

garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía,

ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los bienes, deberá presentar

a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los diez días naturales siguientes al acta de entrega de los bienes,

o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o

vicios ocultos en los bienes consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA.

Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los bienes

entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución

afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a

favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Que queda obligado ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

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B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los

elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY

Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio

mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los bienes entregados,

con una vigencia de seis meses más noventa días naturales adicionales, a partir de la entrega de los bienes y a favor de

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

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TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER SUPUESTO

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de

_________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de: ______________

en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones

consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la

misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) detecte que una

garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía,

ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

DÉCIMA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato.

La inspección que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a los bienes amparados en el presente contrato, no

releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos,

por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este

género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE EXCEPTÚE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: La inspección que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a los bienes amparados en el presente contrato, no

releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados contra defectos o vicios ocultos,

sin perjuicio del derecho de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial que corresponda,

los daños que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones de este género.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato realizará la inspección de los bienes objeto de este contrato. [CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE BIENES DE LARGO PROCESO DE FABRICACIÓN, ROPA DE TRABAJO U OTROS:.El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato llevará a cabo la inspección de la fabricación de los bienes, de conformidad con lo establecido en el Anexo ____] .Dicha inspección se llevará a cabo en: ____________. Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato.

DECIMA PRIMERA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada “Plazo y Lugar de

Entrega de los Bienes”, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser

nuevos.

Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO), lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de

(partida/posición), indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de

ellos.

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Cuando se presente nota de remisión, invariablemente deberá indicarse el número del contrato y la (partida/posición)

correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los bienes entregados.

El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y

la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o

aceptados por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

LOS TEXTOS QUE A CONTINUACIÓN SE CITAN PODRÁN INCLUIRSE O ELIMINARSE EN RAZÓN DE LA NATURALEZA DE LOS

BIENES A ADQUIRIR POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO.

Las refacciones o accesorios deberán portar en la parte externa, debidamente protegida, la lista de embarque que describa en forma completa el contenido de la caja, bulto o depósito, o en su caso el dibujo específico de la pieza, además ésta deberá venir marcada con el número de parte del fabricante, grabados de origen mediante lápiz eléctrico, chorro de tinta o bien identificarse con una etiqueta adherida, y en su caso, señalar las cantidades por peso o bulto.

En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que por su naturaleza lo

requieran, deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y permanentemente que permita su identificación.

Cuando se trate de conductores eléctricos, juntas metálicas, barras y láminas, tuberías, válvulas y conexiones, estos productos

deberán marcarse con colores estipulados con base en su composición química (especificaciones) y de acuerdo a las normas

nacionales e internacionales establecidas.

El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula, originará el

rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

SI EN EL CONTRATO SE PACTA OTRA CONDICIÓN DISTINTA A LA ENTREGA EN DESTINO FINAL, DEBERÁ SUPRIMIRSE EL

SIGUIENTE PÁRRAFO:

El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con ___ (letra) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes.

En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como

del contrato.

Cualquier gasto en que incurra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), por falta de documentación de embarque, será

cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR.

El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y

reglamentarias que tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los bienes adquiridos por (PEMEX

U ORGANISMO SUBSIDIARIO) bajo el presente contrato.

DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ ESTABLECER REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS MODIFICACIONES.

LAS MODIFICACIONES DEL NUMERAL I DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO INMEDIATO SUPERIOR DE

LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO O POR EL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO O POR EL DIRECTOR

CORPORATIVO, SEGÚN SEA EL CASO, CONFORME AL ARTÍCULO 58 DE LAS DISPOSICIONES.

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Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente: I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de: a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto, plazo o vigencia del contrato, c. La cesión o el cambio de control previstos en la cláusula denominada “Cesión”, y d. Incorporación de avances tecnológicos. II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, para las modificaciones distintas a las contenidas en la fracción anterior. Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El PROVEEDOR deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula. DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR

Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento

de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de

cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor.

Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad

de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables,

imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de

conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor.

Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines,

cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones,

incendios y tormentas.

EL SIGUIENTE PÁRRAFO PODRÁ INCLUIRSE, DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO:

Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) _____________; o (ii)

_____________.

La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.

En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula

denominada “Suspensión”.

En caso de terminación anticipada de los trabajos derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la

cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO

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14.1 Rescisión administrativa

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos; b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación; c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga; e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato; f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato; g) Cuando sin autorización expresa de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma; h) Cuando sin autorización expresa de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición; i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; j) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”; k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”; l) Si no da a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes; ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, MAGNITUD Y COMPLEJIDAD DEL CONTRATO SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSAS

DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la

determinación de la rescisión, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo

para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El

periodo será determinado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) atendiendo a las circunstancias del contrato. Si

al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO) podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

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En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine rescindir administrativamente el contrato, el

PROVEEDOR estará obligado a devolver a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), en un plazo de __ (____) días

naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le

hubiere entregado para la ejecución del contrato.

En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación

respectiva, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de

cubrir los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin

de proceder a hacer efectivas las garantías.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha de la

comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la

rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la

rescisión administrativa del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a

realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa

El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)

notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de (número y letra) días

hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que

estime pertinentes.

La determinación de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de dar o no por rescindido el contrato deberá estar

fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días hábiles siguientes a aquél en que se

hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior.

NOTA: LOS PLAZOS ANTERIORES NO PODRÁN EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILES

En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus

efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva.

La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del

contrato, serán notificadas por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por

la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

14.3 Rescisión por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)

El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo

podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se actualicen

alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

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b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes.

DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA

Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes causas:

I. Por caso fortuito o fuerza mayor;

II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión;

III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; y

IV. Cuando lo determine el (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO), el pago por los bienes entregados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el correspondiente a

los conceptos señalados en el Anexo ___, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se

relacionen directamente con el contrato.

EL ANEXO A QUE SE REFIERE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ CONTENER LOS CASOS EN QUE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DE

ORIGEN A REALIZAR PAGOS Y LA FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS.

En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales

siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la

terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la

terminación anticipada del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a

realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

DÉCIMA SEXTA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES

Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente

contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente:

Comunicaciones a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO):

Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y

Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el

domicilio siguiente: (Indicar domicilio y correo electrónico del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la

Ejecución del Contrato).

Comunicaciones al PROVEEDOR:

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Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al

representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su

recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o

bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral

(indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.

DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de acuerdo

con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte del Área Responsable de la

Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en estos casos; (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO) podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como

rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los

mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la

atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el

plazo señalado para su entrega.

Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra

por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias

gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas

las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR

deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para la entrega

de los bienes.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en

su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que

sobre este contrato le sea requerida a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) por la Secretaría de Energía y sus

Órganos Desconcentrados.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades,

insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato.

CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CELEBRADOS CON MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional

Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.

DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN TÉRMINOS DIFERENTES A LOS

ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, PREVIO A SU MODIFICACIÓN, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA

OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS.

El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y

ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan

en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale (PEMEX U ORGANISMO

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SUBSIDIARIO) y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de (PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO) o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial.

Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el

monto total/máximo del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su

negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de

las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza,

punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así

se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada

hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e

inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el

nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo

distintivo de su propiedad.

En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad

intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO) de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos

Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los

relativos a la defensa legal que se utilice y que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en relación con el

asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a

las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha

de recepción de la notificación, proporcionará a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe circunstanciado

sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha

reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el

PROVEEDOR se compromete a informar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) respecto de los medios y

estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO) de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

OPCIONAL DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATO

En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los

mismos corresponderá en todo momento a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien

corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios

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para la acreditación o constitución en favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de los derechos de propiedad

intelectual generados.

VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente

cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de (PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO) o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el

PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir

a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier

cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados.

VIGÉSIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato,

en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello

implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), comunicará al

PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato.

Cuando (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine la suspensión del contrato, el PROVEEDOR, a partir de

la notificación que dé por terminada la suspensión, podrá solicitar el pago de los conceptos señalados en el Anexo ___,

siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.

EL ANEXO A QUE SE REFIERE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ CONTENER LOS CASOS EN QUE LA SUSPENSIÓN DE ORIGEN A

REALIZAR PAGOS Y LA FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS.

Cuando la suspensión se derive de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes,

debiendo únicamente suscribir una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de

la suspensión y la fecha de reinicio, sin modificar el plazo de entrega establecido en el contrato. El PROVEEDOR, a partir

de la reanudación del contrato, podrá solicitar el pago de los conceptos señalados en el Anexo ___, siempre que éstos sean

razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.

EL ANEXO A QUE SE REFIERE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ CONTENER LOS CASOS EN QUE LA SUSPENSIÓN DE ORIGEN A

REALIZAR PAGOS Y LA FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula

denominada “Terminación Anticipada”.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y

complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

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VIGESIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la

Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el (Director de

proyecto / o la figura que se determine) dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes

relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene (PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO).

CUANDO APLIQUE

Cuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la

Ejecución del Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato.

El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas

las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas

con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de

decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público.

En cualquier momento, por causas justificadas, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar el cambio de

cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos

correspondientes

VIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

El PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato ni él, ni sus subcontratistas o empleados de éstos ofrecerán, prometerán o darán por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias. En caso de que dichos actos sean decretados en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio

nacional, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá optar por la rescisión conforme a lo establecido en la cláusula

RESCISIÓN DEL CONTRATO.

Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de

Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y

Organismos Subsidiarios.

VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.

Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato.

VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

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En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento

podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante

la instancia respectiva.

VIGÉSIMA SEPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO

Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto

del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes,

empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en

cuanto a la interpretación de los términos del Contrato.

VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS DEL CONTRATO

Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS

ANEXOS SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA) Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de los Bienes” Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)” Anexo “____”.- “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” (CUANDO APLIQUE)

Anexo “____”.- “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (CUANDO APLIQUE)

Anexo “____” Propuesta Técnica – Económica

Anexo “____”.- ____

Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo

con las estipulaciones de este contrato.

VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto

cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.

Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada

como nula por la autoridad jurisdiccional/ competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para

todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos

por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor

público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

TRIGÉSIMA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada “Garantías” (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.

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En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos. EN CASO DE QUE EL PLAZO QUE SE ACUERDE CON EL PROVEEDOR SEA SUPERIOR A 30 DÍAS NATURALES, DEBERÁ DARSE

AVISO A LA AFIANZADORA CUANDO SE HAYA GARANTIZADO EL CONTRATO CON FIANZA.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del

contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de haber surgido la

misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del

Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado

en este párrafo, por razones debidamente motivadas y justificadas, las partes podrán acordar conocer y revisar el mismo.

El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o

administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula.

Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y

Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las

consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y

Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir de la recepción

de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las

bases contractuales de su decisión.

Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el

PROVEEDOR contará con un plazo de (número y letra) días naturales para comunicar su rechazo, en caso contrario se

tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa.

Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución

del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio

correspondiente.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto

en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato no es aceptada

por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo.

Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará

sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o

complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original.

El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera:

El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en

discrepancia, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha en que el PROVEEDOR hubiere recibido la

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determinación final del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, respecto de la

resolución del reclamo.

La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o

administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo:

a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que

los compruebe;

b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que

fundamenten su reclamo;

c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con

número de anexo.

El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso

contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por

escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para

presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del

Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o

administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un

plazo de (número y letra) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEEDOR presente

documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones.

Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del

Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días naturales siguientes de la

celebración de la primera reunión.

Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área

Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del

convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o

administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto

en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS

El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente

cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

TRIGÉSIMA TERCERA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

EN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEBERÁ

SOLICITARSE A LA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL QUE PROPORCIONE EL TEXTO A INCLUIR.

El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas

emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan

expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de (indicar la ciudad), por lo tanto, el PROVEEDOR

renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por

cualquier causa.

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LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS SON OPTATIVAS Y SE PODRÁN INCLUIR, ASÍ COMO AQUELLAS OTRAS QUE SE REFIERAN A

CONDICIONES PARTICULARES O ESPECIFICAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE LE DIO ORIGEN Y QUE

RESULTEN NECESARIAS PARA PROTEGER LOS INTERESES DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO Y SE INCLUIRÁN AL

CLAUSULADO CON EL NÚMERO QUE LE CORRESPONDA

_______________.- ÓRDENES DE SUMINISTRO

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS DEBERÁ INCLUIRSE EL TEXTO SIGUIENTE:

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ejercerá este contrato a través de “órdenes de suministro” (en este contrato

“ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia a este contrato.

La ORDEN que emita (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro de la vigencia del contrato.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la

Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las

condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales

de este contrato.

___________.- SUBCONTRATACIÓN

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y

SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, INVITACIÓN RESTRINGIDA O ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE

DE ORIGEN AL CONTRATO:

El PROVEEDOR podrá subcontratar lo siguiente:

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO NO SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, O DE

INVITACIÓN RESTRINGIDA O EN SU CASO, EN LA SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE

ORIGEN AL CONTRATO, LAS ACTIVIDADES QUE SE PODRÁN SUBCONTRATAR :

En caso de que el PROVEEDOR requiera subcontratar cualquier parte del contrato, que no haya incluido en su propuesta,

deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto con (indicar número de días) días naturales de

anticipación a la pretendida subcontratación, indicando: (i) el nombre del posible subcontratista; (ii) la parte del contrato a ser

subcontratada; y (iii) la información suficiente para que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté en condiciones

de evaluar la capacidad técnica del posible subcontratista. Asimismo, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá

el derecho de solicitar al PROVEEDOR cualquier información adicional a la entregada por éste, a fin de autorizar la

subcontratación en cuestión. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá un período de (indicar número de días)

días naturales a partir de la fecha de recepción de la notificación, o a partir de la fecha de recepción de la información

adicional solicitada, para aceptar o rechazar por escrito la celebración de dicho contrato. En caso de que transcurra el plazo

antes referido sin que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) haya aceptado o rechazado por escrito la solicitud del

PROVEEDOR, ésta se tendrá por no aceptada.

LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS:

Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de contenido nacional al que se

comprometió en su propuesta de conformidad con el Anexo____.NOTA: ESTE ANEXO SE REFIERE A AQUEL EN DONDE SE

INCLUYA LA PROPUESTA DEL PROVEEDOR.

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En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización al Área

Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto motivo de incremento en los

precios pactados ni en el plazo de entrega.

No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las obligaciones del contrato. Los

subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO). Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO) de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran

presentar los subcontratistas por la ejecución del contrato.

_________.- NORMAS DE CALIDAD

CUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA

MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN

El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del contrato que

entregue a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) cuenten con una certificación normativa, conforme al (los)

Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación según el país de origen, misma que deberá

corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR).

CUANDO LA ADQUISICIÓN DE BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. El PROVEEDOR se obliga a que la ejecución de los servicios asociados a los bienes esté bajo una certificación normativa,

conforme a los Certificados de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación, misma que deberá corresponder a

lo indicado en su oferta del PROVEEDOR).

_________.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO

LA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL

MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO

Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición

financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el Anexo __ del presente contrato, corresponden a datos de control

interno de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR.

_________.- CONDICIÓN SUSPENSIVA

ÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE

FORMALIZAN.

Este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus

efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la

referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes.

_________.- CONFIDENCIALIDAD

LA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO LE PROPORCIONE

AL PROVEEDOR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:

El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de (PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO), y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los

estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO

SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la

medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier

miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo

consentimiento por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Con el objeto de cumplir con las obligaciones

anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha

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información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de

procedimientos, en consulta con (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para asegurar la confidencialidad de dicha

información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como

remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de

contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad.

De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal,

administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado

directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los trabajos, así como aquella

información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica.

No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio

público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida

con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros

que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por

requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la

parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda

prontitud la solicitud de dicha divulgación.

Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de (número de años)

años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo.

_________.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO

ESTA CLÁUSULA APLICA A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX EXPLORACIÓN Y

PRODUCCIÓN, PEMEX REFINACIÓN, PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y PEMEX PETROQUÍMICA CUYO MONTO TOTAL

(LA SUMA DEL MONTO EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA SUPERIOR A

100 MILLONES DE PESOS*.

* EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS, EL MONTO MÍNIMO SE DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL

CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL UMBRAL A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR. PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ UTILIZAR EL

TIPO DE CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA, PAGADERAS EN LA

REPÚBLICA MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN

LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.

El PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial

que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los

pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores

y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento,

para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato,

se integra al presente contrato como Anexo ___, en la inteligencia de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)

podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta

cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a

modificarse durante la vigencia de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de (PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO), inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la

modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato.

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El PROVEEDOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de (PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO) la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso

corresponda; la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Anexo ___ denominado

“Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos

específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la

Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este

contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de

Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

Si el PROVEEDOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, el

Módulo de Financiamiento:

a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el PROVEEDOR podrá continuar con los trámites

de pago de su(s) factura(s), o

b) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación”, el cual formará parte de la documentación que el

PROVEEDOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s).

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s) cuando el

PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que

corresponda.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o

información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de

Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección

Corporativa de Finanzas, etc.) que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le indique oportunamente.

___________.- FINIQUITO

ESTA CLÁUSULA SE PODRÁ INCLUIR DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO O DE LAS

CIRCUNSTANCIAS DE SU CUMPLIMIENTO

Recibidos físicamente los bienes, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la persona designada por el Área

Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro

del término de (número y letra) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las

obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos

a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para

finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado.

El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado,

mediante la formalización de un acta.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

Si procede, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación,

extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones

que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a

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realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

_________.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS

CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será quien realizará la supervisión del

mismo. Dicha supervisión se llevará a cabo en: ________.

El PROVEEDOR acepta que el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato vigilará

y revisará en todo tiempo los servicios relacionados con este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones

que estime pertinentes relacionadas con su ejecución, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que

sean presentados por el PROVEEDOR.

La supervisión de los servicios que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no libera al PROVEEDOR del

cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de los defectos o vicios ocultos que aparezcan

posteriormente una vez concluidos los servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será

considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae

bajo este contrato.

LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES DEBERÁN INCLUIRSE CUANDO SE TRATE DE SERVICIOS EN SITIO O CUANDO ASÍ SE HAYA

SOLICITADO EN EL ACTO QUE DIO ORIGEN AL CONTRATO CORRESPONDIENTE.

Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los

mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar

facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato.

El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por (PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO) quien determinará si reúne los requisitos señalados.

En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá

solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos

señalados en esta cláusula.

_________.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA

APLICA EN CASO DE CONSORCIOS

Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las

obligaciones de este contrato ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social)

como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR requiera cambiar a dicha compañía como Líder,

deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto, con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su

decisión de designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del

PROVEEDOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos

establecidos para ser Compañía Líder.

APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO

El PROVEEDOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato

ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

______________.- ANTICIPO

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(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgará al PROVEEDOR un anticipo por el (Porcentaje con número) %

(Porcentaje con letra) del monto de los bienes, correspondientes al (ejercicio o año contractual correspondiente),

correspondiéndole por este concepto un importe de: (Importe del anticipo), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

El anticipo será otorgado (indicar fecha).

El PROVEEDOR invariablemente deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y a favor de éste, una

garantía por el importe del anticipo, en los términos de la cláusula denominada “Garantías”.

_________________.- RETENCIONES

ESTA CLÁUSULA SÓLO APLICA CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA

AUTORIDAD FISCAL. El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje establecido en el

convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este contrato

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____. LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA

DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES.

SE RECOMIENDA INCLUIR LAS SIGUIENTES FIRMAS:

REVISIÓN TÉCNICA

___________________________

REVISIÓN ADMINISTRATIVA

___________________________

POR (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)

_____________________________________

POR EL PROVEEDOR

________________________________

REVISIÓN JURÍDICA

POR PARTE DE LA OFICINA DEL ABOGADO

GENERAL

______________________________________

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DOCUMENTO 17

CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las proposiciones de los licitantes que incurran en una o algunas de las situaciones que a continuación se enlistan de manera enunciativa más no limitativa: 1. No presentar el DOCUMENTO 03 para acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de

conformidad con el punto 4 inciso A), del documento 02 de estas bases. 2. No presentar copia del comprobante de pago de bases. Para el caso de pago a través del sistema en banco, sí que el pago de bases no se realizó en tiempo y forma,

de conformidad con lo indicado en el inciso A), ultimo, penúltimo y antepenúltimo párrafo del punto 1.2 de estas bases de licitación.

3. Si la proposición no está firmada autógrafamente, por el apoderado o representante que firme el Documento

03, de conformidad con lo indicado el punto 4 inciso A), del documento 02 de estas bases. 4. No presentar su propuesta redactada en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras y firmada

autógrafamente por persona facultada para ello, de conformidad con el punto 4 inciso B) del documento 02 de estas bases.

5. No entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos

establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, de conformidad con el punto 4 inciso C) del Documento 02 y Documento 07 de estas bases.

6. Si no satisface cualquiera de los requisitos técnicos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las

aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a la convocatoria.

7. Asimismo se desechará la propuesta que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes:

Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone

Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca”

Que proponga más de una marca para un mismo bien

Que no indique marca Que no manifieste el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone.

6. No elaborar su propuesta económica en pesos mexicanos o en dólares de los Estados Unidos de América,

conforme al Documento 06-A. No cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato. Proponer precios condicionados o variables. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A.

7. Cuando el (los) precio(s) ofertado(s) por el licitante no fueren aceptables y convenientes de acuerdo al punto

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4.4.2 incisos C) y D) del documento 02 de estas bases.

8. No presentar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, para dar cumplimiento a las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010, de conformidad con lo indicado en el punto 4 inciso I) del Documento 02 y Documento 10 ó 10-A ó 10-B de estas bases.

9. No presentar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, para dar cumplimiento al artículo 23 de las DCA’S, de conformidad con lo indicado en el punto 4 inciso J) del Documento 02 y Documento 06-B de estas bases.

10. El señalar condicionantes dentro de sus proposiciones, a cualesquiera de los requisitos establecidos en estas bases, de conformidad con lo establecido en el punto 4 del documento 02 de estas bases.

11. Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes bienes objeto de las presentes bases. NO APLICA

12. Cuando se compruebe que ha habido acuerdo entre los licitantes para elevar los precios de los bienes objeto de esta convocatoria o para obtener ventaja respecto a cualquier otro licitante.

13. Cualquier violación a la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias aplicables.

14. El No señalar dentro de su proposición, que los bienes que propone y entregará son nuevos, de conformidad con el punto 4 inciso M) del Documento 02 de estas bases.

15. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el punto 13.2 del Documento 02 de

estas bases. 16. No ser claro, preciso y congruente en su propuesta, de acuerdo a lo solicitado. 17. No presentar los Documentos: 03, 03-A, 06, 06-A, 06-B, 07, y 10 ó 10-A ó 10-B, debidamente requisitados. 18. Entregar sin firma del representante indicado, cualquiera de los documentos que forman parte de su propuesta,

incluyendo los documentos que pudiesen entregar fuera del sobre de la propuesta. 19. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de licitación, así como a su versión final que

afecte directamente la solvencia de su proposición. 20. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la

proposición, solicitados en estas bases, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a la propia bases, y a su versión final.

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DOCUMENTO 18

NIVEL(ES) DE INSPECCIÓN. Aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final.

El cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:

1) Especificaciones contractuales.

2) La revisión del cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos o especificaciones de los bienes terminados.

3) Certificados de calidad de los bienes terminados.

4) Las pruebas finales.

5) El acabado y embalaje de los bienes terminados.

6) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del bien y números de parte. (No aplica)

7) La documentación que establece el contrato.

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DOCUMENTO 19

Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial y Protección Ambiental

400-ACSIPA-RE-01 Rev. 01

Reglamento.

Identificación

400-ACSIPA-RE-01 Área emisora Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial

y Protección Ambiental

Revisión 01 Fecha de revisión: 19 de Junio del 2006

Nombre del documento: Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

Elabora

Revisa

Autoriza

Ing. Hugo Martiradoni Aguiñaga Ing. Guillermo García Reynaga Ing. Mario H. González

Petrikowsky

1.- OBJETIVO.

Establecer las disposiciones generales de Seguridad, Salud y Protección Ambiental (SSPA), que deberán ser observadas por el personal de las Empresas Contratistas, Sub-contratistas y Terceros que presten servicios en las instalaciones de Pemex Petroquímica,

2.- PROPÓSITO.

La Seguridad Industrial, Salud y la Protección al Medio Ambiente, es compromiso de funcionarios y empleados de Pemex Petroquímica, buscando la eliminación de accidentes, enfermedades laborales y de todo aquello que afecte nuestro proceso productivo y medio ambiente, comprendiendo y respetando la Política de Petróleos Mexicanos la cual se menciona a continuación:

“Ser una empresa eficiente y competitiva que se distinga por el esfuerzo y compromiso de sus trabajadores con la Seguridad, Salud y Protección Ambiental, bajo los siguientes Principios:

La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son valores con igual prioridad que la producción, el transporte, las ventas, la calidad y los costos.

Todos los incidentes y lesiones se pueden prevenir.

La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son responsabilidad de todos y condición de empleo.

En PEMEX nos comprometemos a continuar la protección y el mejoramiento del medio ambiente en beneficio de la comunidad.

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Los trabajadores estamos convencidos de que la Seguridad, Salud y Protección Ambiental son en beneficio propio y nos motivan a participar en este esfuerzo”.

Por lo que esta Política se hace extensiva a las compañías contratistas y/o proveedores, generando el presente Reglamento diseñado para que todo personal de Compañía Contratista que realice actividades para cualquier instalación de Pemex Petroquímica, cumpla con la normatividad en materia de Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

3.- ALCANCE

Este Reglamento se refiere a:

3.1. Las responsabilidades y obligaciones de los contratistas que proporcionan servicios de mantenimiento, reparación, construcción, desmantelamiento, modificación u otros trabajos, en las instalaciones de Pemex Petroquimica.

3.2. Los requerimientos mínimos de seguridad industrial que debe cumplir el personal contratista en el desarrollo de sus actividades, mecanismos de control correspondientes y las responsabilidades que debe asumir.

3.3. Así como de cuidar de su salud e integridad física y la de sus compañeros de trabajo, contribuyendo a prevenir y a evitar los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, accidentes con daño a la propiedad, al medio ambiente y/o a terceras personas.

3.4. Este Reglamento formará parte integrante de las Bases Técnicas de todos los Contratos de Pemex Petroquímica con Empresas Contratistas, Subcontratistas y Terceros, como también formará parte de cualquier Contrato de Servicios y Obras.

3.5. Este reglamento es de aplicación general y obligatoria para todas las Compañías Contratistas o personas que mediante contratos de obras públicas o de servicios efectúen trabajos de: instalación, ampliación, adecuación, remodelación, restauración, modificación, demolición, adaptación, conservación, mantenimiento, rehabilitación, reacondicionamiento, construcción, y todos aquellos de naturaleza análoga, en cualquier instalación de Pemex Petroquímica.

4.- REFERENCIA NORMATIVA.

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios de las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir. A continuación se listan las Normativas Legales más importantes, la cual no excluye otra legislación aplicable y las modificaciones posteriores

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 123, Apartado A, Fracciones XIII y XXXI.

Ley Federal del Trabajo, (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de Abril de 1970, Ultima modificación 17 de Enero de2006) Artículo 132, Capítulo III BIS, Artículo 153-F.

Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento.

Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.

Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo,(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de Enero de 1997), Capítulo Segundo, “Obligaciones de los Patrones” Artículo 17 Fracción VII,

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Capítulo Tercero “Obligaciones de los Trabajadores” Fracción IV, Capítulo V “Capacitación” Artículo 135, 136, 137, 138, 139, 140 y 141.

Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.-Actualizado al 28-1I-03 y sus normas.

Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, 08/05/2006

Contrato Colectivo de Trabajo, PEMEX-STPRM 2005-2007.

Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.

Norma NO.03.0.03 “Acceso de personas a instalaciones de Petróleos Mexicanos” Abril, 1987.

Acuerdo por el que se fijan Criterios Generales y se establecen los formatos correspondientes para la realización de Trámites Administrativos en Materia de Capacitación y Adiestramiento de los Trabajadores, (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de Abril de 1997).

5. ACTUALIZACIÓN.

Las sugerencias para la revisión de este Reglamento, deben ser enviadas a la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, quien debe programar y realizar la actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas y en su caso, este Reglamento debe revisarse y actualizarse por lo menos cada cinco años, o antes si las sugerencias de cambios o recomendaciones lo ameritan.

Las propuestas y sugerencias deben dirigirse por escrito a:

Subgerencia de Seguridad Industrial

Corporativo de Pemex Petroquímica.

Jacarandas no. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel B-2, Edificio Sede de Pemex Petroquímica, Coatzacoalcos, Ver, México.

Teléfono Directo: (01-921)-2-11-14-09, Conmutador: (01-921)-2-11-11-00, extensión 20-309.

6.- DEFINICIONES.

Para los fines del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones:

6.1. Accidente personal: Es cualquier lesión o enfermedad profesional sufrida por una persona, la cual resulta de y en el curso del trabajo, o en tránsito de ésta a casa o viceversa.

6.2. Accidente industrial: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones y/o de la industria causándoles averías graves, acompañado o no de daño al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.3 Análisis de Seguridad de Trabajos: Es la aplicación de controles Administrativos a los trabajos de mantenimiento en las áreas de proceso, no proceso y talleres, de manera que los riesgos del trabajo y los asociados con el mismo sean Identificados, minimizados y controlados para que las Lesiones e Incidentes puedan ser eliminados, enfocados a: la Planeación, Programación y Ejecución de los trabajos

6.4. Áreas de riesgo: Los lugares donde se puedan suscitar los eventos siguientes:

6.4.1. Existan de modo continuo o periódico concentraciones de gases, líquidos y sólidos de materiales peligrosos.

6.4.2. Se procesen, manejen o usen materiales peligrosos.

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6.4.3. Exista la presencia de materiales combustibles o inflamables gaseosos, líquidos o sólidos que ofrezcan posibilidad de incendio y/o explosión.

6.4.4. Instalación y/o equipo que opere a altas presiones y/o temperaturas.

6.4.5. Instalaciones y/o equipos que se encuentren en reparación.

6.4.6. Instalación y/o equipo en que se manejen productos tóxicos o corrosivos.

6.4.7. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 10 metros de altura.

6.4.8. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 5 metros de altura de una plataforma o excavaciones de más de 1.20 metros de profundidad, drenajes, túneles y pozos en general.

6.4.9. Instalación y/o equipo que opere con alta tensión.

6.4.10. Instalación y/o equipo que genere ruido, radiaciones ionizantes y/o radiación térmica.

6.4.11. Interior de recipientes o equipos (espacios confinados).

6.5. CCSIPA: Coordinación de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Morelos y el CP Cangrejera.

6.6. Contratista y/o proveedor: La persona que celebra contratos de Obras Públicas o de Servicios Relacionados con las Mismas, así como de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, incluyendo al personal empleado.

6.7. Centro de Trabajo: Instalación industrial de Pemex Petroquímica.

6.8. Derrame: Es toda liberación de materiales en el aire, suelo y agua de desechos industriales y otras materias.

6.9. Encargado en Seguridad Radiológica: Es la persona designada por el contratista como responsable de la ejecución de los trabajos radiológicos. Deberá estar acreditado como Perito en Seguridad Radiológica por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, en los términos del Título Séptimo Capítulo III, “Del permisionario, encargado de seguridad radiológica y personal ocupacionalmente expuesto”, del Reglamento General de Seguridad Radiológica.

6.10. Equipo generador de flama o chispa: Es aquél que en forma ocasional o continua, directa o indirectamente produce flamas o chispas o emite calor con energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y sólidos inflamables o combustibles.

6.11. Incidente: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones, acompañado o no de daños a las instalaciones, al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.12. Pemex Petroquímica: Organismo Subsidiario de Petróleos Mexicanos,

6.13. Permiso para ejecución de trabajo con riesgo: Formato a través del cual, el jefe de operación de la instalación y el Ingeniero de Seguridad, otorgan de manera conjunta, la autorización correspondiente para que se realice el trabajo, condicionado a que se cumpla con las medidas preventivas establecidas en el propio formato.

6.14. Residuo peligroso: Todos aquellos residuos en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, tóxicas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas o infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.

6.15. Reglamento General de Seguridad Radiológica: Corresponde al Reglamento General de Seguridad Radiológica emitido por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de Noviembre de 1988.

6.16 Superintendencia de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Pajaritos, el CP Cosoleacaque, el CP Escolín, el CP Independencia y el CP Tula.

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6.17. SSPA: Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

6.18. Superintendente de Construcción: Persona física representante del Contratista ante Pemex Petroquímica.

6.19. Trabajo con riesgo: Es aquél que se realiza en un área de riesgo o cerca de ella, con equipo que produce calor, flama o chispa con energía suficiente para provocar la ignición de gases, vapores o líquidos inflamables; así como aquellos trabajos que por su naturaleza o por las condiciones del área de trabajo y sus alrededores y/o naturaleza de las substancias manejadas, generan una condición de peligro para quienes los efectúen.

6.20. Residente de Obra y/o supervisor de los servicios: Servidor Público designado por Pemex Petroquímica, para supervisar la correcta ejecución de los trabajos, inspeccionar servicios o bienes contratados o adquiridos y quien fungirá como su representante ante el contratista ó proveedor.

6.21. Supervisor de Seguridad: Persona asignada por el contratista y/o proveedor para llevar a cabo las funciones de supervisión de los aspectos de seguridad, salud y protección ambiental en los trabajos que se efectúen al amparo de un contrato.

6.22. Usuario: Personal quien solicita y hace uso de los servicios, obras o productos adquiridos y/o amparados en los contratos.

7. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES.

7.1. DEL CONTRATISTAS Y/O PROVEEDOR.

7.1.1.- DEL ACCESO Y TRANSITO EN LAS INSTALACIONES.

7.1.1.a. El acceso al personal de la Compañía Contratista a las instalaciones, deberá ser a través de las entradas oficiales o por los lugares señalados por los centros de trabajo, para que los Departamentos de Seguridad Física mantengan un estricto control.

7.1.1.b. Los contratistas y/o proveedores antes de iniciar los trabajos objeto de cada contrato, deberá registrar a su personal en las oficinas de la Coordinación de Auditoría de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de cada centro de trabajo o a quien este último designe.

7.1.1.c. Este registro tiene entre otros objetivos, el que al personal de la Compañía Contratista y/o proveedor se le incluya en los planes de emergencia y/o evacuación, instruyéndolos con los lineamientos específicos a seguir.

7.1.1.d. Los contratistas y/o proveedores deben proporcionar a su personal, el pase que el centro de trabajo proporcione, para que pueda accesar a las instalaciones y exhibirlo cuando así se lo solicite.

7.1.1.e. Los contratistas y/o proveedores deben cumplir con el horario de labores que previamente al inicio de la obra o servicio se haya estipulado en el centro de trabajo.

7.1.1.f. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores que vayan a laborar, deberán cumplir con los puntos que a continuación se mencionan, para tener acceso a los centros de trabajo:

Exhibir en la puerta oficial de Vigilancia que se le indique, la(s) credencial(es) de su personal, que contendrán el nombre, firmas del trabajador y del Representante de la Compañía, No. de afiliación al I.M.S.S., y fotografía del trabajador de frente, así como nombre y R.F.C. de la compañía a la cual pertenece, vigencia y número del contrato, el área o lugar donde deba trabajar y nombre del Supervisor de Seguridad, en su caso.

Los contratistas y/o proveedores que terminen su relación contractual y laboral con cualquiera de sus trabajadores lo deberán notificar de manera simultánea a dicha terminación y por escrito al Departamento de Seguridad Física, de lo contrario serán responsables de lo que dicho trabajador realice en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filial.

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Portar su equipo básico de protección personal desde el acceso al centro de trabajo, ropa de trabajo de algodón consistente en: pantalón, camisa de algodón u overol (color naranja) de manga larga, guantes de carnaza, zapatos de seguridad, casco (color naranja) protección ocular con lentes de seguridad, gogles y tapones auditivos, en el entendido de que la ropa y casco deberán ser color naranja, para su identificación, además la ropa deberá estar razonablemente ajustada al cuello, puños y parte baja de los pantalones, de tal forma que no se tengan partes colgantes.

Como excepción, para los operadores de autotanques ajenos a los Organismos Subsidiarios de Pemex, que deberán vestir ropa del tipo overol en color azul marino, confeccionado en algodón 100 %, portar casco de seguridad fabricado con polipropileno de color azul marino, calzar zapatos de seguridad y usar gogles contra salpicaduras químicas, y en su caso contar con guantes adecuados al tipo de producto que maneja.

7.1.2. DE LOS VEHÍCULOS.

7.1.2.a. Los contratistas y/o proveedores que manejen vehículos en el interior de las instalaciones deberán contar con licencias de manejo vigentes y utilizar en todo momento el cinturón de seguridad, asimismo deberán respetar la velocidad permitida (de acuerdo a los señalamientos) y todos los avisos de tránsito ubicados en el interior del centro de trabajo. El Contratista se obliga a tramitar ante el departamento de Seguridad Física, el pase de acceso para el vehículo y que deberá portar en lugar visible, el cual se expedirá siempre y cuando el mismo cuente con póliza de seguro emitida por compañía legalmente constituida y se encuentre en buenas condiciones de seguridad (frenos, llantas, sistema eléctrico y escape, matachispas, etc. previa inspección de las áreas de seguridad (CCSIPA o SCSIPA)

7.1.2.b. Así mismo, no es permitido estacionar vehículos en sitios donde obstruyan hidrantes o equipo contra-incendio y salidas de emergencia.

7.1.2.c. Será responsabilidad única y exclusivamente del contratista y/o proveedor la utilización de equipos y accesorios de maniobra (grúas, winches, diferenciales, estrobos, eslingas, montacargas, etc.) en buen estado y condiciones seguras de trabajo.

7.1.2.d. En el caso de la operación de grúas, el contratista debe de contar con personal entrenado, certificado de competencia laboral, certificado de salud satisfactorio, tener un mínimo de tres años de experiencia en la operación y maniobras, debe de contar con sus procedimientos escritos para tránsito, preparación del equipo, preparación de la carga, cálculos de la maniobra, de comunicación, de emergencia, listas de verificación, certificación de la grúa etc., todo movimiento que realice la grúa debe contar con una supervisión continua, los procedimiento deben ser aprobados por el Residente de Obra con visto bueno de CCSIPA o SCSIPA y Mantenimiento, estos están facultados para impedir el uso de este equipo en caso de que detecte que no reúne las condiciones de operación y seguridad requeridos. De lo anterior descrito se hace extensivo en lo que corresponda para tractocamiones, plataformas, plataforma baja, montacargas, autotanques, equipos presión vacío, motoconformadoras, tractores, trascabos, etc.

7.1.2.e. En el caso de que el contratista y/o proveedor considere indispensable efectuar algún bloqueo de las calles para realizar un trabajo o maniobra, debe solicitarlo con toda oportunidad al personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, para que tome las medidas pertinentes.

7.1.2.f. Los trabajadores no deberán transportarse en los sistemas y equipos destinados al traslado de materiales en general, materiales o sustancias químicas peligrosas, con excepción de aquellos que cuenten con las condiciones adecuadas de seguridad , higiene y ergonomía, así como cuando lo requiera la actividad especifica.

Los vehículos de carga para transportes o equipos deben ser exclusivamente los designados para tales fines. Y se entenderá por vehículos de carga para materiales y equipo los: Camiones de

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redilas, remolques con plataforma, camiones-plataformas y remolques (o tráiler) con caja cerrada o de redilas y cama plana, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

Los camiones que se usen para el transporte de trabajadores deben estar dotados de asientos adecuados, así como de protección lateral y cabina, que de protección en caso de mal tiempo o accidentes de transito. Y en el caso de la actividad especifica, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

7.1.2.g. Los vehículos y máquinas con motor de combustión interna de la compañía, deben contar con un dispositivo matachispas en el escape.

7.1.2.h. Manifestar en el formato que le proporcione el departamento de Seguridad Física de el total de equipo y herramientas que introduzcan a las instalaciones del centro de trabajo, de lo contrario no podrán retirar a su salida el equipo y herramientas que no estuviesen manifestados en dicho documento hasta en tanto no comprueben su propiedad.

7.1.2.i. Las lámparas a prueba de explosión de los contratistas deben registrarlas en el Departamento de Vigilancia desde su ingreso y presentarlas numeradas para su revisión, prueba y control por parte del personal de mantenimiento eléctrico del centro de trabajo.

7.1.3. DE LA CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL DE LAS COMPAÑÍAS CONTRATISTAS.

7.1.3.a. El encargado responsable de la realización de los trabajos y del supervisor de seguridad de la compañía contratista y/o proveedor deben comprobar a satisfacción de las Coordinaciones de Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, que cuenta con los conocimientos y experiencia suficiente sobre seguridad industrial y protección ambiental, debiendo capacitar y/o entrenar al personal de la Compañía, sobre las recomendaciones de seguridad que deben ser observadas.

7.1.3.b. La Compañía Contratista debe establecer y mantener procedimientos efectivos para asegurar la competencia en cada función y nivel del personal que realiza las funciones, mediante programas de capacitación en materia de seguridad industrial, salud y protección ambiental, debe comprender los siguientes puntos como ejemplo, los cuales no son limitativos:

Trabajos con riesgo, básicamente en trabajos de corte y soldadura (en áreas riesgosas y/o en líneas y recipientes que hayan contenido o contengan productos inflamables), radiografiado, transporte de sustancias químicas, trabajos de altura, etc.

Programa de capacitación al personal en sus respectivas categorías, que incluya pláticas y prácticas de contra-incendio, pláticas de seguridad, primeros auxilios, uso del equipo de protección personal, manejo y disposición de residuos, rutas de evacuación, etc.

Para los efectos de la disposición anterior, el contratista debe contar con un registro por cada uno de sus trabajadores, en el cual se debe anotar cursos, pláticas y prácticas recibidas por el trabajador, con las fechas en las que se dieron dichos eventos así como las evaluaciones de los mismos.

El contratista y su personal deben asistir cuando sea convocado a presentaciones, pláticas y prácticas de seguridad, que organicen Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, se reservan el derecho de impedir la ejecución de los trabajos, al personal de la Compañía Contratista que no acuda a esta convocatoria, de la instrucción a que se refiere el párrafo anterior, en la inteligencia de que cualquier suspensión de los trabajos contratados, quedará bajo la responsabilidad del propio Contratista.

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El programa de capacitación que debe implementar el contratista a su personal debe de abarcar los siguientes temas, antes del iniciar las actividades propias del contrato:

Inducción en materia de SSPA para trabajadores de nuevo ingreso.

Comunicación de riesgos.

Primeros auxilios.

Combate de incendios.

Protección contra caídas.

Permiso de Trabajo.

Protección respiratoria.

Uso de equipo de protección personal.

Trabajos en altura.

Trabajos en espacios confinados.

Riesgos y peligros de sustancias tóxicas.

Manejo, transporte y almacenamiento de cilindros con gases comprimidos.

Excavaciones, trincheras, ademes, barricadas, etc.

Plan de respuesta a emergencias.

Reglamento de tránsito vehicular.

Residuos Peligrosos.

Pemex Petroquímica a través de la CCSIPA de los Centros de Trabajo, se reserva el derecho de realizar en el inicio y en cualquier tiempo, una evaluación de conocimientos de los puntos anteriores al personal contratista, así como verificar las evidencias documentales de la capacitación.

7.1.3.c. Los operadores de grúas y/o montacargas de la Compañía Contratista que ejecuten trabajos en los términos de este Reglamento, deberán tener su licencia vigente expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

7.1.3.d. Los operarios de la Compañía Contratista que ejecuten labores de soldadura, deben estar calificados de acuerdo con lo que especifica, la última edición del manual de la Sociedad Americana de Soldadura (A.W.S.) D.1.1. ó ASME Sección IX y presentar la documentación que los acredite.

7.1.4. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS AL MEDIO AMBIENTE.

7.1.4.a. El contratista y/o proveedor debe vigilar que sus trabajadores, los subcontratistas e incluso sus proveedores, no dañen el medio ambiente, respetando las normas que regulan las actividades, aplicando medidas que reduzcan la generación de residuos y sus impactos contaminantes sobre el ambiente, a las personas y los bienes. En especial, se debe cuidar que no se produzcan problemas de contaminación por generación de residuos peligrosos y/o emisiones al aire, agua, suelo y también por contaminación visual y acústica.

7.1.4.b. Protección de la flora y fauna.

Flora: El contratista y/o proveedor y su personal no podrán, sin autorización previa de parte del área administradora del contrato, del supervisor o la autoridad pertinente, cubrir o cortar ninguna especie

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vegetal. Tampoco podrá utilizarlas como combustible, particularmente aquellas reconocidas como raras o protegidas.

Fauna: Respecto de la fauna, estará expresamente prohibida la caza de cualquier especie dentro de los límites de los establecimientos y lugares donde se efectúen actividades industriales de Pemex Petroquímica, como también en terrenos de derecho de paso, servidumbre, privados y fiscales que Pemex Petroquímica atribuya legalmente a cualquier título. También estará expresamente prohibido capturar, molestar o maltratar a los animales. Se exigirá un respeto irrestricto de las temporadas de veda y las demás condiciones establecidas en la legislación con respecto a la pesca.

7.1.4.c. Protección del medio ambiente.

Aire: Los equipos de de combustión interna (Diesel y Gasolina), deberán contar con verificación vehicular. Cualquier infracción en este sentido dará lugar a que Pemex Petroquímica no permita la utilización de dichos equipos, o maquinarias. En los terrenos donde se lleva cabo algún trabajo o proyecto, no se permitirá quemas de neumáticos, aceites usados u otros lubricantes, solventes o productos que puedan liberar gases tóxicos.

Agua: Además de lo que estipula la legislación vigente, será causal de suspensión al contrato el vaciado de materiales o residuos peligrosos a los drenajes, cauces naturales o artificiales o a otras obras hidráulicas de conducción o acopio de aguas existentes, sean de aguas superficiales o subterráneas, tales como: tanques, pozos, lagunas, fosas, drenes, cauces secos, etc.

Se consideran materias nocivas, entre otras, las siguientes: Jabones y detergentes, materiales peligrosos, combustibles, lubricantes, solventes, aceites quemados, basuras domésticas y residuos sólidos industriales, aguas no tratadas en plantas o sin un sistema autorizado de evacuación a base de fosa séptica y pozo o drenes absorbentes, productos de movimiento de tierras y demoliciones, cualquier otra sustancia nociva.

En la ejecución de los trabajos en terreno abierto, el Contratista y/o proveedor deberá mantener inalterado el sistema natural de drenaje superficial existente, canalizando las aguas interceptadas por las obras provisorias y por sus instalaciones hacia los cursos originales, sin perjuicio de las autorizaciones administrativas que procedieren, de modo de evitar la formación de nuevos cauces y minimizar o controlar las erosiones asociadas.

Durante la ejecución de los trabajos está estrictamente prohibido a la Compañía Contratista y/o proveedor arrojar a los drenajes, materiales no biodegradables como los que se señalan a continuación: Cualquier tipo de plástico, incluyendo ropa sintética, trapos, vidrio, metales, botellas, loza, equipaje y materiales de recubrimiento, pinturas, solventes, así como todos aquellos materiales a que se refiere la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suelo: Los residuos de desechos o escombros provenientes de las actividades, así como los materiales del escarpes el excedentes de y de movimientos de la tierra, recolectados deberán de ser transportados por el contratista y/o proveedor en sitios autorizados para la disposición -- y asignados por la Autoridad correspondiente y bajo las condiciones que ésta señale, de acuerdo un los procedimientos y normas existentes para tales efectos.

En el caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor genere residuos peligrosos, deberá de manejarlos y almacenarlos de acuerdo a lo previsto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como a su Reglamento en la Materia y demás normas oficiales mexicanas. . En caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor derrame accidentalmente materiales peligrosos, estará obligada a reportarlo al centro de trabajo de Pemex Petroquímica, a

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través de las Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental mediante el formato correspondiente.

7.1.5. DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL.

7.1.5.a. Sin excepción, durante la ejecución de los trabajos, el personal Contratista y/o proveedor debe utilizar el equipo de protección personal adecuado a la realización de sus actividades, en caso de que los trabajos tenga que ejecutarse dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica. Únicamente se le permitirá el acceso si lleva puesto el equipo de protección personal, que de manera enunciativa más no limitativa se indica a continuación:

Ropa de trabajo de algodón de color naranja, con el logotipo de la Compañía Contratista, casco de seguridad con barbiquejo, botas con suela antiderrapante con casquillo metálico de protección, protección auditiva, ocular y manos.

Además deberá utilizar durante el desarrollo de sus labores, el equipo de protección adecuado al riesgo al que se está expuesto, tal como: Guantes, protección ocular (lentes, gogles, o pantalla facial), equipo de protección respiratoria, cinturón de seguridad, equipo para soldador, (guantes, careta, polainas y peto), etc.

7.1.5.b. En el supuesto que algún (os) trabajador (es) de la Compañía Contratista, y/o proveedor esté (n) ejecutando algún trabajo y no cumpliese (n) con esta disposición se les impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente.

7.1.5.c. El contratista ó y/o proveedor es responsable de proporcionar y vigilar el uso por parte de su personal, de la ropa, calzado y del equipo de protección personal adecuados y en óptimas condiciones, de acuerdo a la normatividad vigente, para llevar a cabo las diferentes labores dentro de las instalaciones.

7.1.5.d. El contratista y/o proveedor es responsable de que su personal utilice correctamente el equipo de protección respiratorio necesario en espacios confinados (acceso a recipientes, en registros de drenaje, tanques de almacenamiento, etc.).

7.1.5.e. El contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones tendientes a proteger debidamente a su personal en aquellos trabajos que se efectúen en altura, para lo cual debe utilizar en forma segura y apropiada los andamios, barandales o escaleras, revisándolos para certificar sus adecuadas condiciones de armado o construcción, así como supervisar que su personal utilice los cinturones de seguridad y cables de vida requeridos para asegurar su integridad física. No se permitirá el uso de madera en la instalación de andamios.

7.1.6. DE LAS INSTALACIONES DEL CONTRATISTA O PRESTADOR DE SERVICIO.

7.1.6.a. El área asignada por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica para la instalación provisional de bodegas para resguardo del material, herramientas y/o equipo que requiere la Compañía Contratista y/o proveedor, según el caso y las condiciones particulares del lugar, debe estar cercada e identificada; así mismo colocar servicios sanitarios para su personal (letrinas móviles), extintores contra fuego y mantenerse limpia y ordenada.

7.1.6.b. El contratista y/o proveedor debe contar con un botiquín de primeros auxilios en el lugar de trabajo, con el fin de tratar lesiones leves que pudieran ocurrir a su personal, en el caso de que el contratista empleé a mas de 150 trabajadores deberá contar con una ambulancia y un médico o paramédico de base.

7.1.6.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe suministrar agua potable a sus trabajadores y contenedores para basura.

7.1.7. DEL PERMISO DE TRABAJO CON RIESGO.

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7.1.7.a. El personal ejecutor y supervisor de la Compañía Contratista y/o proveedor que intervendrá directamente en la ejecución de trabajos con riesgo de cualquier naturaleza, deberá contar con la capacitación específica en trabajos con riesgo. Sus conocimientos y experiencias deberán estar evaluados y documentados por instructores certificados. El supervisor de la Contratista y/o proveedor será el responsable de la seguridad y deberá estar en coordinación con el Supervisor de Seguridad del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y este último tendrá la facultad de realizar auditorías.

7.1.7.b. El Contratista y/o proveedor debe observar las recomendaciones de seguridad que se establezcan en los permisos de trabajo correspondientes, obligándose a conocer y a cumplir con el procedimiento y reglamento respectivos, de los siguientes permisos:

Trabajo potencialmente No peligroso: Es aquel trabajo no operacional que por su naturaleza no representa un riesgo, al personal, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son barrer, toma de lecturas en los mantenimientos predictivos, rotulación de letreros a nivel de piso, etc.

Trabajo Potencialmente Peligroso: Son aquellos trabajos no operacionales que por su naturaleza representan un riesgo al trabajador, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son: entrada a espacios confinados, trabajos con posibilidad de fuga, trabajos con energía eléctrica, trabajo con fuego abierto, trabajos con vehículos de combustión interna, trabajos en altura, trabajos de excavación y trabajos con fuente radiactiva, etc.

Trabajos con Fuego Abierto: Son aquellos que al ejecutarse generan una fuente de ignición capaz de provocar incendio de vapores de hidrocarburos, de materiales combustibles, detonación o explosión.

Trabajos en Espacios Confinados: Son aquellos que se realizan en lugares parcialmente cerrados en los que además pueda existir una atmósfera contaminada y/o deficiente de oxigeno, y/o temperaturas extremas.

Trabajos con posibilidad de fuga de producto: Son trabajos con apertura (ruptura de hermeticidad) de líneas, recipientes, equipos dinámicos de proceso, envases/embalaje que contienen o hayan contenido sustancias tóxicas, corrosivas/reactivas/explosivas y/o que durante la apertura de las mismas, exista la posibilidad de fuga de éstas y trabajos en los que exista la posibilidad de contaminación del ambiente o en los que pueda haber temperaturas extremas. Nota: Para trabajos de instalación o retiro de juntas o tapas ciegas en líneas, equipos y accesorios conectados a los sistemas de desfogue donde descarguen más de 2 plantas, además se utilizará el Procedimiento GSIPA-SI-0901 vigente.

Trabajos en Altura: Son aquellos trabajos que se ejecutan a diferentes niveles por arriba del nivel de piso terminado (dos metros) y que por las condiciones del lugar y la falta de plataformas y/o escaleras propias del equipo o instalaciones y/o trabajos que por las condiciones en que se realiza aunado a la altura, exista el riesgo de caída del (os) ejecutor (es).

Trabajos con Energía Eléctrica: Son aquellos trabajos que se ejecutan en equipos o accesorios que generen u operen con energía eléctrica, y/o que se realizan con las mismas instalaciones eléctricas, estando o no energizados al momento de efectuarse éstos.

Trabajos con vehículos de combustión interna: Son aquellos trabajos que requieren la entrada, salida y/o maniobra de una máquina de combustión interna en áreas de proceso, almacenamiento u otras, en donde se requiera una labor de prevención al entrar al área, durante la actividad, y al salir de ésta.

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Trabajos de Excavación: Son aquellos trabajos que se llevan a cabo en el interior o en el perímetro del centro de trabajo, con posibilidad de afectaciones a instalaciones subterráneas o superficiales.

Trabajos con Fuente Radiactiva: Son aquellos trabajos que se ejecutan con o alrededor de fuentes generadoras o emisoras de radiaciones ionizantes, fijas o móviles. Estos trabajos así como el ingreso y permanencia de los trabajadores en el área de riesgo será controlada por el encargado se seguridad radiológica del centro de Trabajo.

AST: Como complemento elemental a los permisos anteriores es necesario contar con los conocimientos mas amplio sobre los riesgos de trabajos que se planean ejecutar, y esto consiste en realizar un análisis de riesgos del trabajo sobre las tareas que ejecutaran las personas. Los factores que se deben considerar para asignar una prioridad para Análisis de Seguridad de un Trabajo, incluye:

1. Frecuencia y gravedad de accidentes: trabajos donde los accidentes ocurren frecuentemente o no muy frecuente pero que resultan en lesiones incapacitantes.

2. Potencial para lesiones o enfermedades graves: las consecuencias de un accidente, condiciones peligrosas, o exposición a sustancias nocivas son potencialmente grave.

3. Trabajos recientemente establecidos: debido a la falta de experiencia de nuestros trabajos los riesgos puede que no sean evidentes o anticipados.

4. Trabajos modificados: se pueden formar nuevos riesgos con los cambios en los procedimientos de trabajo

5. Trabajos desarrollados con poca frecuencia: los trabajadores pueden estar en riesgo mayor cuando realizan trabajos que no son rutinarios, un AST brinda un medio eficaz de revisar los riesgos.

7.1.8. DE LA INTERVENCIÓN EN LOS EQUIPOS O INSTALACIONES.

7.1.8.a. Cualquier intervención en líneas o equipos de proceso que estén o hayan estado en operación, debe ser aprobada previamente por el personal responsable de la instalación.

7.1.8.b. Está estrictamente prohibido accionar, tocar, mover o manipular válvulas, conexiones, instrumentos y controles de los Centros de Trabajo, sin autorización previa del personal responsable del área en el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.8.c Está prohibido efectuar maniobras reteniéndose o apoyándose en tuberías, soportes, válvulas o equipos.

7.1.8.d. Todo trabajo que se efectúe en el sistema de drenajes debe contar con la autorización respectiva, previas pruebas que sean necesarias a juicio del encargado de la instalación.

7.1.8.e. Las conexiones que se requieran para hacer uso de agua, aire, electricidad, u otros servicios, deben aprobarse previamente por el grupo técnico del sector o planta del centro de trabajo de Pemex Petroquímica si esta estipulado en el contrato

7.1.8.f. Cualquier excavación que tenga que realizarse por la compañía, debe ser previamente autorizada por el personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y debe contar con los ademes necesarios para evitar derrumbes de las paredes de las mismas, así como el uso de líneas de vida y con señalizaciones adecuadas para evitar accidentes al personal.

7.1.9. DE LA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO.

7.1.9.a. El Contratista y/o proveedor debe conocer el área donde va a llevar a cabo sus trabajos, incluyendo los equipos y sistemas de protección contra incendio existentes en la misma, así como los de seguridad.

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7.1.9.b. En los trabajos que requieran de protección contra incendio, el Contratista y/o proveedor, previo acuerdo con el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe contar con el personal y equipo contra incendio portátil propios para proporcionar dicha protección.

7.1.9.c. Está prohibido que el Contratista y/o proveedor haga uso de la red de agua de contra incendio, para servicios diferentes a los autorizados por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.10. DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.

7.1.10.a. Todo trabajo en el cual se requiera intervenir equipos eléctricos (subestaciones, interruptores, alimentadores, líneas eléctricas, etc.), debe contar con la autorización previa del personal encargado de la instalación, para tomar las acciones pertinentes y evitar algún incidente.

7.1.10.b. Los cables de energía eléctrica que utilice el Contratista y/o proveedor, deben estar en buen estado (empalmes y conexiones debidamente aislados) y no estar cerca de registros de drenajes o materiales inflamables o combustibles. En las áreas industriales se utilizarán cables y conexiones a prueba de explosión.

7.1.10.c. La conexión a tierra de equipos de soldar, debe realizarse a un pozo de tierras y no debe ser a estructuras o tuberías cercanas a los trabajos.

7.1.10.d. El Contratista y/o proveedor le queda prohibido el violar la integridad de los sistemas eléctricos, y el uso de conexiones eléctricas provisionales y este deberá de cumplir con la clasificación de las áreas eléctricas de acuerdo a la especificada en el diseño y a las normas correspondientes.

7.1.11. DE LA SUSPENSIÓN DE TRABAJOS.

7.1.11.a. En el caso de suscitarse una emergencia en el área de trabajo o en sus proximidades, el Contratista y/o proveedor, debe suspender los trabajos y seguir las instrucciones del personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica encargado de la instalación, por lo que debe conocer previamente las rutas de evacuación para los casos de emergencia.

7.1.11.b. El Contratista y/o proveedor, debe suspender sus actividades cuando por razones de seguridad, el personal encargado de la instalación industrial así lo solicite, asentando en la bitácora de obra lo conducente.

7.1.12. DEL TRANSPORTE Y MANEJO DE CILINDROS DE GASES COMPRIMIDOS.

7.1.12.a. Los cilindros de oxígeno y acetileno utilizados para trabajos de corte y soldadura, por ningún motivo deben permanecer en el interior de tanques y/o recipientes, y deben estar siempre en posición vertical, soportados y asegurados adecuadamente para evitar que se caigan, así como manejados con el cuidado según lo indican las propias recomendaciones del proveedor o fabricante, esto se hace extensivo al uso de otros gases comprimidos utilizados o suministrados por el Contratista y/o proveedor.

7.1.13. DE LOS SERVICIOS DE RAYOS X (RADIOGRAFIADO).

7.1.13.a. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de tomar, revelar e interpretar radiografías de uniones soldadas, así como reportar resultados de la inspección, deberá tener y presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado en inspección no destructiva de acuerdo a la práctica recomendada SNT-TC-IA de la Sociedad Americana de Pruebas no Destructivas (ASNT).

7.1.13.b. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de efectuar las inspecciones ultrasónicas deberá presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado de acuerdo al SNT-TC-IA de la ASNT.

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7.1.13.c. Los certificados mencionados anteriormente, tiene una vigencia de tres años, por lo que el personal con las categorías mencionadas, deberán revalidarlos al vencimiento del período.

7.1.13.d. Cuando el Contratista y/o proveedor realice servicios de radiografiado con rayos X, el área será previamente delimitada, acordonada y marcada con letreros que indiquen: “¡PELIGRO! Altos niveles de radiación”.

7.1.14. DE LOS ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO.

7.1.14.a. Al lesionarse uno o mas trabajador (es), el Contratista y/o proveedor debe trasladarlo (s) al centro de atención designado por ésta.

7.1.14.b. El Contratista y/o proveedor se obliga a reportar a Pemex Petroquímica, por conducto de las CCSIPA o SCSIPA y del Supervisor del centro de trabajo, dentro de los primeros cinco días de cada mes, sus estadísticas de accidentes relacionados con los trabajos, incluyendo los acontecidos en las instalaciones de Pemex Petroquímica y los sucedidos en tránsito; dicho reporte deberá realizarse mediante el llenado del anexo 1 (GS-1) del documento y se acompañará de las estadísticas relacionadas tales como:

Indice de frecuencia (I.F.):

IF= NUM. DE ACCIDENTES CON PERDIDA DE TIEMPO X 1´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Indice de gravedad (I.G.):

IG= NUM. DE DIAS PERDIDOS POR ACCIDENTE X 1´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Indice de fatalidad (FAR):

FAR=NUM. DE FATALIDADES X 10´000,000

HORAS HOMBRE LABORADAS.

Número de Trabajadores:

Horas hombre de exposición al riesgo:

Días calendario sin accidentes:

Número de trabajadores lesionados con días perdidos.

7.1.14.c. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista y/o proveedor está obligada a realizar el reporte del accidente en el mismo día en que ocurra, llenando para tal efecto el anexo número 2 adjunto. En caso que el

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Contratista y/o proveedor permanezca contratada menor tiempo a un mes, deberá reportar sus estadísticas del período que haya durado el contrato.

7.1.14.d. El Contratista y/o proveedor deberá asumir totalmente la responsabilidad de los accidentes, lesiones o daños que ocurran tanto a su personal, instalaciones o equipos, como al del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, cuando éstos se motiven a consecuencia de los trabajos que directamente realiza la compañía.

7.1.14.e. Al ocurrir algún incidente imputable el Contratista y/o proveedor, ésta esta obligada a notificarlo inmediatamente al Supervisor de la empresa; así mismo deberá participar en el Análisis Técnico del mismo y cumplir o acatar las medidas correctivas y preventivas que se determinen con ello.

7.1.15. DEL RESPONSABLE DE SEGURIDAD POR PARTE DEL CONTRATISTA Y/O PROVEEDOR.

7.1.15.a. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para cumplir los requisitos referentes a la seguridad industrial dispuestos es este manual y aquellos que determine el centro de trabajo de Pemex Petroquímica y/o los encargados del área de trabajo.

7.1.15.b. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada el Contratista y/o proveedor.

7.1.15.c. Realizar los trabajos de acuerdo a las indicaciones del personal técnico encargado del área de trabajo.

7.1.16. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES.

7.1.16.a. El contratista y/o proveedor debe instruir a su personal, acerca del contenido y cumplimiento de las medidas de seguridad dispuestas en este Reglamento.

7.1.16.b. La Compañía Contratista y/o proveedor, debe contar en el sitio, con un Supervisor de seguridad, salud y protección ambiental como mínimo, por cada 50 trabajadores, que se responsabilice de SSPA y la conducta del personal de la Compañía dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

7.1.16.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe observar las disposiciones de seguridad, orden y limpieza, con el objeto de mantener en óptimas condiciones en lugar de trabajo. Por ello, se obliga a dejar el lugar en donde se ejecutaron los trabajos en las mismas condiciones en que la recibió. Por consiguiente, se entenderá como no terminada la obra ó servicio, hasta en tanto la Compañía Contratista y/o proveedor entregue el lugar limpio de escombros, basura, contaminación, etc. El tiempo que utilice la Compañía Contratista y/o proveedor en el cumplimiento de esta disposición, correrá por su cuenta.

7.1.16.d. En el supuesto de que la Compañía Contratista y/o proveedor se negara a hacer la limpieza del área, el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, por su conducto o mediante la contratación de terceros, llevará a cabo los trabajos de limpieza correspondiente, corriendo a cargo de la Compañía Contratista y/o proveedor el pago de los mismos, ya sea que se cubran directamente por éste, o mediante el descuento en el pago de sus facturas, quedando asentada esta circunstancia en la bitácora.

7.1.16.e. El contratista y/o proveedor debe informar al personal de Pemex Petroquímica, cuando observe condiciones anómalas dentro del área en la cual se encuentre laborando (fugas, derrames, averías, etc.)

7.1.16.f. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con todas las disposiciones legales aplicables (Federales, Estatales y Municipales), en materia de protección ambiental y seguridad industrial.

7.1.16.g. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones adicionales que el centro de trabajo de Pemex Petroquímica especifique para la prevención y control de riesgos.

7.1.17. DE LOS PROCEDIMIENTOS.

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7.1.17.a. La Compañía Contratista durante la ejecución de los trabajos, deberá acatar todos los procedimientos aplicables de acuerdo a la naturaleza y objeto del contrato, debiendo de ponerlos al alcance de sus trabajadores, especialmente aquellas actividades que generen un riesgo potencial como las que se describen de manera enunciativa, más no limitativa en los puntos siguientes:

7.1.17.b. Procedimiento para entrar a espacios confinados (recipientes que hayan contenido hidrocarburos).

7.1.17.c. Procedimiento para realizar trabajos de altura, excavaciones, eléctricos, plantas, civil, instrumentos, mecánico, etc.

7.1.17.d. Procedimiento para realizar trabajos de reparación de líneas de proceso. Procedimiento para realizar trabajos de soldadura o Hot Tapping sobre equipos que contienen productos inflamables.

7.1.17.e. Procedimiento para realizar trabajos de reparación y limpieza de recipientes atmosféricos y/o presurizados, etc.

7.1.17.f. Procedimiento para realizar maniobras con grúas.

7.1.17.g. PPQ revisará los procedimientos y/o protocolos de pruebas finales entre los que se encuentran: Procedimientos específicos de pruebas, Protocolos de Pruebas de Equipos (Separadores, motores, compresores, turbinas, bombas, generadores de energía eléctrica, recuperadores, detectores gas, fuego y humos, reguladores de presión, transmisores de presión, rociadores, relevadores, tableros de carga, tableros de mando y control local, extinguidores de CO2 etc.), Protocolos de Pruebas de Sistemas eléctricos, Protocolos de Pruebas de Sistemas electrónicos y de control, Protocolos de Pruebas de Sistemas estructurales, Protocolos de Pruebas de Sistemas en su conjunto: sistemas de emergencia, sistemas de separación, sistemas de detección y extinción de incendio, sistemas de medición, sistemas de proceso, etc.

7.1.17.h. Cada procedimiento deberá incluir la información necesaria para organizar, definir la participación y responsabilidades del personal, definir la secuencia, los parámetros a medir, la duración y los resultados esperados de las pruebas.

7.1.17.i. Corresponde al residente de obra y/o supervisor de los servicios vigilar que se cumplan las disposiciones del presente reglamento y de comunicar al Contratista, a través del Superintendente de Construcción de las disposiciones específicas de seguridad mencionadas en el párrafo anterior y las especificadas en el presente Reglamento, así como de gestionar lo correspondiente en caso de incumplimiento por parte del Contratista o del personal bajo su responsabilidad.

7.2. DE LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROQUIMICA

7.2.1. DEL PERSONAL TÉCNICO RESPONSABLE DEL ÁREA DE TRABAJO (Grupo Técnico).

7.2.1.a. Elaborar y analizar el o los permisos de trabajo correspondientes con los encargados del área involucrada, cuando el contrato de obra lo requiera.

7.2.1.b. Personal de mantenimiento, operación y seguridad industrial, debe participar en la supervisión de los trabajos del Contratista en el ámbito de su competencia, de tal manera que aseguren que dichas labores se efectúen en un ámbito de seguridad, orden y limpieza.

7.2.1.c. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para que los trabajos se desarrollen sin contratiempo por la Compañía.

7.2.1.d. El personal técnico de CCSIPA o SCSIPA, tiene la responsabilidad de efectuar inspecciones no planeadas durante la ejecución de los trabajos, a fin de detectar actos y condiciones inseguras, así como de riesgos no previstos en las disposiciones antes mencionadas y notificará el resultado de las inspecciones al Residente de Obra y/o al Superintendente de Construcción, para que tomen acciones correctivas / preventivas.

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7.2.1.e. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada la Compañía Contratista.

7.2.2. DE LAS BASES DE LA LICITACION Y OBRA.

7.2.2.a. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se debe de incluir este Reglamento.

7.2.2.b. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se deben de incluir los procedimientos de seguridad, salud y protección ambiental, específicas y especiales; independientemente de las disposiciones generales de SSPA, contenidas en este Reglamento.

7.2. 3. DE LOS DAÑOS A LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUIMICA

7.2.3.a. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica no son responsables de daños por incendio, robo o fenómenos naturales que ocurran en las instalaciones o equipos de la Compañía, pero si por las afectaciones a Contratistas como consecuencia directa de sus operaciones.

7.2.3.b. Todo daño a las instalaciones imputable a los contratistas y/o proveedores será reparado inmediatamente por ellas mismas, sin cargo Pemex Petroquímica.

7.2.3.c. Cualquier trabajador de Pemex Petroquímica que tenga conocimiento de que los trabajadores de los contratistas y/o proveedores estén ejecutando labores riesgosas sin tomar en cuenta las medidas de seguridad necesarias, podrá ponerlo en conocimiento de su superior inmediato o de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, a fin de que se suspenda la ejecución del trabajo, mediante la intervención del Residente de Obra hasta que se adopten las medidas necesarias de seguridad, higiene y protección ambiental adecuadas, siendo el contratistas y/o proveedores responsable del retraso que con ello se genere, de conformidad en lo estipulado en el contrato del que se deriven dichos trabajos.

7.2.4. DE LOS ACCESOS A LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROUIMICA

7.2.4.a. Para el control de acceso a las instalaciones, la autoridad máxima de Seguridad Física del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe expedir pases firmados para cada uno de los trabajadores del Contratista, con vigencia establecida, especificando claramente el área o lugar donde debe laborar.

8. DISPOSICIONES GENERALES.

8.1. Para los trabajos a desarrollar, en la solicitud de pedido o de servicio, así como en el “ANEXO B” del contrato de obra, deberá incluirse un anexo en el cual se especifique que el contratista y/o proveedor se compromete a presentar una constancia sobre la capacitación de su personal en materia de seguridad industrial, salud y protección al medio ambiente certificada o autorizado por la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) u otra Organización de prestigio, certificada para poder otorgar capacitación en la materia.

8.2. Los contratistas y/o proveedores están obligados a capacitar, instruir y orientar a sus trabajadores sobre la manera más segura de ejecutar su trabajo y éstos de atender de manera obligatoria dichas indicaciones o recomendaciones.

8.3. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores deberán ejecutar sus labores de acuerdo a las normas que para la realización del trabajo contratado estén establecidas, y están obligados a acatar las instrucciones de seguridad, que se les indiquen en los permisos de trabajo correspondientes, de acuerdo al procedimiento 400-1100-ACSIPA-2400 vigente, emitido por la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, así como de las Instrucciones Operativas Generales del Sistema de Administración Ambiental que apliquen.

8.4. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo que se dicten con la intervención de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, al igual que las medidas

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preventivas de seguridad, higiene y de protección al ambiente, que acuerden las autoridades competentes y las que indique Pemex Petroquímica, para protección personal de los trabajadores, instalaciones y ambiental.

8.5. Los contratistas y/o proveedores podrán contar con sistemas de gestión funcionando: de Calidad, Seguridad y Protección Ambiental bajo las normas o estándares que les apliquen. Y podrán demostrar que estos sistemas de gestión han sido implantados, lo que permite asegurar la calidad, seguridad y protección ambiental del servicio.

8.6. Los contratistas y/o proveedores serán responsables de que sus trabajadores utilicen el tipo de ropa y el equipo de seguridad adecuado, conforme se especifica en el numeral 7.1.5 de este reglamento, y según la obra de que se trate, además deberán proporcionarles a éstos los que a juicio del personal de CCSIPA o SCSIPA se requieran, esto último deberá estar especificado en el correspondiente permiso de trabajo.

8.7. Los contratistas y/o proveedores, deberán contar y llevar un programa de seguridad e higiene por escrito, durante el tiempo que dure el contrato o servicio, apegado a los programas de la instalación donde prestan dichos servicios o se lleva a cabo el contrato.

8.8. Los contratistas y/o proveedores deberán realizar previo al inicio de la obra o servicio y de la autorización de los permisos de trabajo peligrosos, un reconocimiento del área donde van a llevar a cabo sus trabajos, con el objeto de conocer e identificar la ubicación de los sistemas y equipos de protección, contra incendio y seguridad, así como los riesgos potenciales existentes en la misma, para ello contarán con la asesoría del responsable del área.

8.9. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo contenidas en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos vigente.

8.10. Las áreas donde se efectúen trabajos con riesgos, los contratistas y/o proveedores como mínimo deben ser acordonadas con cinta de barricada de 3.5” de ancho, fabricadas con polietileno de color amarillo, rojo o naranja de gran visibilidad, para impedir el paso a personas ajenas al área de trabajo y demás letreros alusivos a la seguridad necesarios.

8.11. Los contratistas y/o proveedores que se encuentren realizando labores en las instalaciones de Pemex Petroquímica, deberán identificarse cuando se le solicite ante cualquier trabajador técnico o supervisor de seguridad física de Pemex Petroquímica, exhibiendo para ello en todo momento su respectiva credencial y/o el pase de acceso personal.

8.12. Para los contratistas y/o proveedores, que ejecuten trabajos para Pemex Petroquímica y durante el tiempo que permanezcan en ésta, queda estrictamente prohibido lo siguiente:

a) El uso de ropa especificada para trabajadores de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios o Filiales.

b) No usar el equipo de protección personal ni adoptar las medidas preventivas de seguridad indicadas.

c) Dañar o alterar los avisos de seguridad o la propaganda alusiva fijada en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filiales

d) Fumar y encender fósforos dentro de las instalaciones, independientemente de que existan o no letreros indicando la prohibición.

e) Presentarse en las instalaciones en estado de embriaguez, con aliento alcohólico, bajo el influjo de drogas, enervantes y en general cualquier sustancia que altere los sentidos, Introducir o ingerir bebidas embriagantes, así como consumir narcóticos o drogas enervantes en el interior de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

f) Portar armas de cualquier clase, se exceptúan los objetos punzantes y punzo cortantes que formen parte de las herramientas o útiles de trabajo.

g) Realizar bromas, fechorías, jugar y cualquier acto que altere el orden en el interior de las instalaciones.

h) Arrojarse herramientas o material para que lo reciba en el aire algún compañero.

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i) Realizar trabajos sobre barriles o tambores de cualquier clase.

j) Pasar carretillas de mano, materiales, diablos, etc. sobre mangueras con aire comprimido o con agua de contraincendio, conductores o cables eléctricos o tuberías de gas o aire de alta presión, así como pisarlos o dejar caer objeto alguno sobre ellos, que impidan su adecuado funcionamiento.

k) Sujetar garruchas o diferenciales, de las estructuras de los techos para levantar o suspender maquinaria o piezas pesadas, si no están diseñadas para ello. Así como retenerse o apoyarse en soportes, tuberías, válvulas o cualquier clase de instrumento o equipo de las instalaciones, para efectuar maniobras.

l) Pasar por debajo de los autotanques, carrostanques o plataformas de ferrocarril, así como subirse y viajar en ellos si no son personal de la tripulación.

m) El uso de parrillas eléctricas, extensiones y cualquier dispositivo o aparato eléctrico que no sea a prueba de explosión.

n) Hacer fogatas o cualquier tipo de fuego en las proximidades de tanques de almacenamiento y/o equipos de líneas de proceso, salvo en los casos requeridos y previo trámite del permiso correspondiente.

o) Operar y manipular los hidrantes y monitores de la red de agua de Contraincendio para otro uso que no sea su fin.

p) Distraer a los demás trabajadores de sus ocupaciones.

q) Leer impresos durante las horas de labor.

r) Hacer inscripciones o dibujos en muebles o inmuebles de la compañía o de sus compañeros.

s) Ensuciar intencionalmente o por descuido o negligencia, los lugares donde prestan sus servicios, los baños, vestidores y demás locales de servicio.

t) Hacer propaganda de cualquier clase, vender o rifar mercancías dentro de las horas de labor.

u) Entrar o permanecer dentro de las instalaciones a horas que no les corresponde.

v) Escuchar radio en el lugar de trabajo.

w) Bañarse durante las horas de trabajo.

x) Ocupar el tiempo en cosas ajenas al trabajo.

y) Tomar alimentos fuera del lugar asignado y a la hora destinada para este fin.

z) Usar los sanitarios más tiempo del que normalmente se requiere.

aa) Efectuar operaciones de usura, apuestas o colectas durante las horas de servicio.

bb) Causar desorden dentro y a las puertas Pemex Petroquímica

cc) Mentir a sus superiores.

dd) Desobedecer las órdenes que reciban de sus superiores, aunque a juicio del trabajador sean equivocadas, salvo el caso que dichas órdenes contravengan Las Normas Básicas y los Procedimientos de Seguridad.

ee) Transportar en los estribos y parte exterior de los vehículos a trabajadores.

ff) Estacionar vehículos fuera de las áreas autorizadas, así como obstaculizar el libre acceso a los extinguidores, equipo contraincendio y equipo de protección personal; bloquear maquinaria, materiales, salidas de emergencia y vías normales para el acceso del personal o el tránsito de vehículos.

gg) Utilizar vehículos que tengan los cristales de color oscuro o reflejantes.

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hh) El uso de cámaras fotográficas ó vídeo, dentro de los Centros de Trabajo de Pemex Petroquímica sin la autorización expresa del Residente de Obra y/o Supervisor del centro de trabajo.

ii) Acceso de contratistas y/o proveedores, a las áreas industriales y de almacenamiento en operación, sólo podrán accesar con autorización expresa del personal encargado de los sitios.

jj) Todos aquellos actos u omisiones que a su juicio determine CCSIPA, en cada uno de los trabajos a realizar.

kk) Suspender el trabajo durante las horas del mismo, sin causa justificada.

ll) Abuso de confianza.

mm) Hacer mal trabajo, actuando con dolo.

nn) Provocar a riña o reñir dentro de los recintos de la Compañía.

oo) El deterioro intencional de propiedades de la Compañía, de compañeros o de tercera persona.

pp) Dormir dentro de las jornadas de trabajo.

qq) Perjuicio doloso a los compañeros en sus obras de labor, maquinaria, herramienta y útiles.

rr) No cumplir con los Procedimientos de Seguridad de Pemex Petroquímica.

ss) Robar materiales, útiles, herramientas, equipo, etc. propiedad de la compañía, vestuario y efectos personales, etc., propiedad de sus compañeros de trabajo o de terceras personas.

tt) Negarse el trabajador de manera manifiesta a adoptar las medidas preventivas de seguridad, a usar equipos de seguridad o a seguir los procedimientos indicados en general, para evitar accidentes o enfermedades.

uu) Operar o usar maquinaria o equipo que no le corresponde para sus labores o del que no haya recibido instrucciones acerca de su uso.

vv) Comunicar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación, de los cuales tenga conocimiento por razón del trabajo que desempeña.

8.13. En caso de incumplimiento a cualquiera de los artículos mencionados en el presente Reglamento, se procederá a la cancelación del pase y/o credencial de acceso a los trabajadores que hayan cometido la violación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.- DISCIPLINA.

9.1 Al encontrar a algún trabajador de la Compañía Contratista ejecutando actividades incumpliendo o violando las reglas de seguridad industrial, protección ambiental y/o higiene establecidas, se le impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente y amonestación, otorgándosele a la Compañía un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad y la exposición al riesgo que tenga su personal, para su corrección sin perjuicio de las sanciones en que incurra, de conformidad con los programas de trabajo.

9.2. Si algún trabajador de la Compañía Contratista es amonestado dos veces por la misma falta incumpliendo o violando las reglas de SSPA establecidas, se hará acreedor a no permitirle el acceso a la instalación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.1 Pemex Petroquímica, comunicará verbal y/o por escrito a la Contratista, las indisciplinas en que incurran sus trabajadores, a manera de que ésta proceda a corregir las anomalías en un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad.

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10. AUDITORIAS

10.1. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica se reservan el derecho de auditar el cumplimiento a lo estipulado en el presente reglamento, a través de las CCSIPA o SCSIPA, sin perjuicio de que los supervisores de dicha rama como representantes de Pemex Petroquímica hagan lo propio en el cumplimiento de su función, quedando facultados para suspender cualquier trabajo con riesgo que no se ejecute de conformidad con el presente documento.

10.2. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de los encargados en las instalaciones y/o equipos, tienen la facultad de prohibir el paso a sus instalaciones, a cualquier trabajador de la Compañía Contratista que carezca del equipo de protección personal mencionando en este reglamento, sin que esto represente un motivo de incumplimiento imputable a Pemex Petroquímica por el retraso de los trabajos, motivo de cada contrato.

10.3. Durante la realización de una auditoria por parte de Pemex Petroquímica, la Compañía Contratista brindará todas la facilidades y proporcionará la información que requiera el Auditor a efecto de que éste revise el cumplimiento de las normas contenidas en este reglamento, en el entendido de que cuando se detecte alguna anomalía, levantará un acta administrativa y pormenorizada en la que se describirá minuciosamente el incumplimiento. En dicha Acta, la Compañía Contratista asentará lo que en su derecho convenga, debiendo ser firmada por ambas partes y dos testigos. Si la Compañía se negara a firmar, se asentará este hecho. La falta de firma por parte de la Contratista, no invalidará este documento.

ANEXO 1

RESUMEN ESTADISTICO MENSUAL SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO (GS-1)

a) Compañía

b) Dirección y teléfono

c) Informe correspondiente al mes del 200

d) Total mensual de accidentes de trabajo con pérdida de tiempo

e) Total mensual de accidentes de tránsito con pérdida de tiempo

f) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

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g) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

h) Total mensual de casos pagados de muerte por accidente

i) Total mensual de días perdidos por incapacidad

j) Total mensual de días indemnizados por incapacidad parcial permanente y total permanente

k) Importe total mensual de salarios y prestaciones pagados por incapacidad

l) Importe total mensual de gastos por servicios médicos proporcionado a los trabajadores accidentados

m) Importe total mensual de las indemnizaciones pagadas por riesgos de trabajo

n) Total mensual de horas hombre laboradas

o) En la ciudad de a de del 200

p) Nombre, firma y cargo.

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ANEXO 2

REPORTE DE ACCIDENTES PERSONALES Y/O INDUSTRIALES DE COMPAÑIAS CONTRATISTAS

a) Lugar Fecha

b) Nombre N°. De identificación

c) Clasificación o categoría Edad

d) Nombre de la Compañía

e) Tiempo que tiene laborando en la Compañía

f) Relato del accidente

g) Se autorizó y supervisó el trabajo con riesgo SI NO

h) En caso afirmativo, nombre del Supervisor que autorizó el trabajo con riesgo:

A) Operativo:

B) Construcción y/o Mantenimiento:

C) S.I.P.A.:

i) Lugar donde ocurrió el accidente:

j) Daños a la instalación de Pemex Petroquímica

k) Lesiones al trabajador

l) Lugar donde se atendió al trabajador

m) Nombre del médico que atendió

n) Institución o servicio médico

o) Nombre del personal de Pemex Petroquímica (SIPA) que tuvo conocimiento del accidente

p) Cuantificación de daños

q) Fecha de reporte a S.I.P.A.

r) Representante de la Compañía:

Nombre: Cargo:

Forma de distribución:

ORIGINAL. -CCSIPA o SCSIPA

COPIA.-OPERATIVO

COPIA.-CONSTRUCCION Y/O MANTENIMIENTO.

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DOCUMENTO 20

MODELO DE MANIFESTACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES.

(Lugar y Fecha): ______________, a ___ de______________de__________.

PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA PRESENTE

__________________________en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal) con Registro Federal de Contribuyentes Clave _________________________y correo electrónico ______________de la Empresa denominada _____________________con Registro Federal de Contribuyentes clave ____________, cuya actividad Preponderante es _______________________y con domicilio Fiscal en _________________. Que como resultado del procedimiento de _______ No. _______ respecto del contrato número __________ cuyo objeto es la adquisición de bienes, consistentes en ______________, con un monto de ______________ sin incluir I. V. A., por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que mi representada:

A través de la página de Internet del SAT en la opción “Mi Portal” con la clave CIECF correspondiente, ha obtenido el

documento vigente respecto al cumplimiento de mis obligaciones fiscales (acuse de respuesta) expedido por el SAT en los

términos señalados en las Reglas I.2.1.16 y II.2.1.11 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de

2011 (Resolución Miscelánea Fiscal para 2012).

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

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DOCUMENTO 20 A FORMATO DE MANIFESTACIÓN PARA LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE NO ESTÉN OBLIGADOS A PRESENTAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL RFC, NI LOS AVISOS AL MENCIONADO REGISTRO Y QUE NO ESTÉN OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIONES PERIÓDICAS EN MÉXICO, REFERENTE AL ULTIMO PARRAFO REGLA 1.2.1.16 DE LA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELÁNEA FISCAL PARA 2012, (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN PUBLICADO EL 28 DE DICIEMBRE 2011.

(Papel membretado del proveedor)

(Lugar y Fecha): _______________. a __de___________de____.

PEMEX PETROQUÍMICA ______________________________: ______________________________ PRESENTE [Escribir el Nombre de Representante o Apoderado Legal], R.F.C. [Escribir el RFC del Representante o Apoderado Legal]_, correo electrónico:_[del Representante o Apoderado Legal]_ en mi carácter de _____[cargo]_________, de la Empresa denominada (Nombre, Denominación o Razón Social), cuyo domicilio fiscal es: __(domicilio fiscal de la empresa)____, Clave de RFC: _(escribir el RFC de la empresa), cuya actividad preponderante es: , el contrato No.______________________ fue adjudicado por un importe máximo total de ____________________________________sin incluir I.V.A, tipo de moneda del contrato:________________, por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto lo siguiente: Que mi representada no se encuentra obligada a presentar:

La solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro;

La declaración anual del ISR por los dos últimos ejercicios fiscales; así como de los pagos mensuales del IVA y retenciones de ISR de los últimos 12 meses anteriores al penúltimo mes a aquél en que se presente el escrito.

Declaraciones periódicas en México.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO

LEGAL DE LA EMPRESA) La presente carta tendrá que actualizarse con los ajustes necesarios cuando:

1. El Proveedor se trate de una persona física, ajustando el presente formato en su parte conducente

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DOCUMENTO 21 FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERA PRESENTAR EL LICITANTE ADJUDICADO O PROVEEDOR DE LOS BIENES, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL INCISO 3.1 DEL DOCUMENTO 22 “DETERMINACION Y DECLARACION DEL GRADO DE INTEGRACION NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS”.

__________de __________ de _____________(1)_ Pemex-Petroquímica. P R E S E N T E

Me refiero al Contrato No. ______(2)___________, que fue adjudicado a mi representada, la empresa _____________________(3)_____________. Sobre el particular, y en términos de lo previsto en el inciso 3.1 del Documento 22 de esta convocatoria “Determinación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes entregados cuentan con el grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:

Partida Descripcion del Bien Fabricante del Bien GIN

(4) (5) (6) (7)

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una verificación del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y7o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes a la convocante.

Atentamente

_____________________________(8)________________________________

Instructivo de llenado

Numero Descripción

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Indicar el numero del contrato

3 Citar el nombre o razón social del proveedor del Bien

4 Señalar el numero de partida que corresponda

5 Indicar la descripción del bien suministrado

6 Citar el nombre o razón social del Fabricante del bien

7 Indicar el resultado del cálculo del grado de integración nacional de acuerdo al inciso 2 del Documento 22.

8 Anotar el nombre y firma del representante legal del Proveedor del Bien.

NOTA: El escrito original de esta manifestación deberá presentarse a la entrega de los bienes, debiéndose

entregar también una copia del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes.

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DOCUMENTO 22 FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERA PRESENTAR EL LICITANTE ADJUDICADO O PROVEEDOR DE LOS BIENES, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL INCISO 3.2 DEL DOCUMENTO 22 “DETERMINACION Y DECLARACION DEL GRADO DE INTEGRACION NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS”.

__________de __________ de _____________(1)_ Pemex-Petroquímica. P R E S E N T E

Me refiero al Contrato No. ______(2)___________, que fue adjudicado a la empresa _____________________(3)_____________. Sobre el particular, y en términos de lo previsto en el inciso 3.2 del Documento 22 de esta convocatoria “Determinación y declaración del grado de integración nacional de los bienes suministrados”, el que suscribe __________(4)____________ manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes que hemos fabricado y suministrado a la empresa ___________(3)___________, cuentan con el grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:

Partida Descripcion del Bien GIN

(5) (6) (7)

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una verificación del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por tres años a partir de la entrega de los bienes a la convocante.

Atentamente

_____________________________(8)________________________________

Instructivo de llenado

Numero Descripción

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Indicar el numero del contrato

3 Citar el nombre o razón social del proveedor del Bien

4 Citar el nombre o razón social del fabricante del bien

5 Señalar el numero de la partida que corresponda.

6 Indicar la descripción del bien suministrado

7 Indicar el resultado del cálculo del grado de integración nacional de acuerdo al inciso 2 del Documento 22.

8 Anotar el nombre y firma del representante legal del Fabricante del Bien.

NOTA: El escrito original de esta manifestación deberá presentarse a la entrega de los bienes, debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes.

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DOCUMENTO 23

SOLICITUD DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES POR CONCEPTO DE COMPRA DE BASES DE LICITACIONES.

No. de Solicitud: _______(1)_________

Fecha: _______(2)__________

SOLICITANTE: ______________________________(3)______________________________________________ R.F.C.: ______________________________(4)______________________________________________ DOMICILIO FISCAL: CALLE Y NÚMERO: __________________________(5)________________________________________________ COLONIA: ___________________________________(6)_______________________________________________ LOCALIDAD Y MUNICIPIO: ____________________(7)_________________________________________________ ESTADO Y CÓDIGO POSTAL: ___________________(8)________________________________________________ NÚMERO DE LICITACIÓN Y DESCRIPCIÓN: __________________________(9)______________________________ _____________________________________________________________________________________________________ CANTIDAD: ______(10)__________ TIPO DE MONEDA: _____(11)_____ IMPORTE SIN IVA: _______(12)_________ IMPORTE DEL IVA: ______(13)____ IMPORTE TOTAL: ______(14)__________ TIPO DE PAGO: ______(15)__________ CUENTA BANCARIA: ____(16)_____

DEBERÁN ANEXAR COPIA DE LOS DOCUMENTOS: REGISTRO FEDERAL DE CAUSANTES (RFC)

COMPROBANTE DEL DEPÓSITO DE PAGO

CORREO ELECTRÓNICO DEL SOLICITANTE: _________________________________________________

LOS DATOS CONSIGNADOS EN ESTE DOCUMENTO SON DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE QUIÉN LOS PROPORCIONA

Autorizó: Recibe:

________(17)_________ ________(18)_________

NOTAS: LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REQUIERAN COMPROBANTE FISCAL DEBERÁN ESTAR REGISTRADAS EN EL

CATALOGO DE CLIENTES DEL ORGANISMO, EN CASO CONTRARIO DEBERÁN SOLICITAR SU ALTA CON 24 HORAS DE

ANTICIPACIÓN AL PAGO DE BASES.

DEBERÁN ENVIAR LA SOLICITUD Y DOCUMENTOS REQUERIDOS EN EL HORARIO DE 8:30 A 13:00 HORAS DEL DÍA EN QUE SE

REALICE EL PAGO.

PARA SER LLENADO POR PEMEX-PETROQUÍMICA

Instructivo para el llenado del documento

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NUMERO DESCRIPCIÓN NUMERO DESCRIPCIÓN

1 Anotar el número de solicitud empleando 6 dígitos, 3 para el foliador y 3 para el número consecutivo. Ejemplos: COS 001, CAN 003

10 Se deberá indicar el número de licitaciones para la emisión del comprobante fiscal.

2 La fecha se pondrá con 2 dígitos para el día, 2 dígitos para el mes y 4 para el año; ejemplo: 15-04-2012.

11 Deberá de contener las abreviaturas para pesos (M.N.) y para dólares (USD) según sea el caso.

3 Nombre completo de la persona física o moral que solicita el comprobante fiscal. Ejemplo: CONSTRUCCIONES GRUPE VÉRTICE, S.A. DE C.V.

12 Anotar el importe total por el que se elaborará el documento sin IVA.

4 Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral completo. Ejemplo: CGV060808GH0.

13 Anotar el importe del IVA que debe contener la factura.

5 Domicilio fiscal proporcionado por el cliente o proveedor que incluye calle, número exterior y en su caso, interior. Ejemplo: Carrillo Puerto #307 Interior 03.

14 Anotar el total del importe de la operación que debe contener la factura.

6

Colonia en donde se ubica el domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Colonia Vistalmar.

15

Anotar el tipo de pago que realiza (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheques nominativos, tarjetas de débito, de crédito): INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT.

7

Localidad o Delegación Política y Municipio del domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Villa de Allende, Coatzacoalcos.

16

Deberá anotar los 4 últimos números de la cuenta o de la tarjeta con que la que se realiza el pago correspondiente: INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT.

8 Estado y código postal del domicilio del cliente. Ejemplo: Veracruz, C.P. 96529

17 Nombre y firma de la persona Física o Moral que solicita la generación del documento.

9 Número de evento por el que se elabora el documento fiscal y deberá indicar la descripción del bien.

18 Nombre, firma y cargo del personal de Pemex-Petroquímica que recibe la solicitud del documento.

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CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES A PRECIO FIJO (EN ADELANTE “CONTRATO”) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE PEMEX-PETROQUIMICA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PETROQUIMICA”, REPRESENTADO POR __________________, EN SU CARÁCTER DE ________________ Y POR LA OTRA ____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, REPRESENTADA POR _________________ EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINCIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S 1. “PETROQUIMICA” declara, a través de su apoderado, que: 1.1 Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio

propios, de conformidad con el Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado

en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y tiene por objeto (en este espacio, especificar el objeto del organismo conforme al Artículo Segundo del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos

subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012), pudiendo celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos,

convenios y contratos, de conformidad con el artículo quinto del mismo. 1.2 Acredita su personalidad y facultades en términos de la fracción XIII de Artículo Cuarto Transitorio del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. 141,536 Libro No. 4,507, de fecha 08 de agosto de 2008, otorgada ante la fe del Notario Público No. 116 de la ciudad de México, Distrito Federal Licenciado Ignacio R. Morales Lechuga, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. 1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante _____ de fecha____.

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1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato y cuenta con la suficiencia presupuestal para hacer frente a las erogaciones que se originen en este contrato, mediante la Versión Contable Presupuestal No. DCF-SPP-117-2012 versión 0G del 01 de marzo de 2012, requisición No. 436-40000-B-1019589. 1.5 El presente contrato se adjudicó mediante el procedimiento de Licitación Pública de carácter Internacional, con fundamento en los artículos 55 fracción I de la Ley de Petróleos Mexicanos, artículos 50 fracción I y 53 fracción II de su Reglamento y artículo 2 inciso VI, y 57 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 10 C.P. 96400, en la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es PPE920716TS5. 2 El PROVEEDOR declara, a través de su apoderado, que:

2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E

INCORPORAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA

EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS. Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO: NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE

ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN

EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE

LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS. ___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

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C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO: Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato. 2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA

PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE

ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO. Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. B) EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO: Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue otorgado en _________ y protocolizado a través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario), de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON

REPRESENTANTE. Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.) 2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA. Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato. B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA. Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato.

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2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS

O MEXICANAS . Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________. B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS. Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con (señalar documento equivalente al RFC del país del PROVEEDOR). 2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia. 2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental. 2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL: De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a “PETROQUIMICA” el (la) __________________ (ANOTAR EL NOMBRE DEL DOCUMENTO QUE PRESENTE EL PROVEEDOR: "ACUSE DE RECEPCIÓN", “ACUSE DE RESPUESTA”, “OPINIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE

OBLIGACIONES FISCALES”, ETC.), con el que comprueba que ha solicitado el informe de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.” TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON

ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS: Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, no se encuentra obligado a presentar solicitud de

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inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, los avisos al mencionado registro, ni declaraciones periódicas en los Estados Unidos Mexicanos. TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL

PAGO DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES

FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO: Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo en que “PETROQUIMICA” le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato que nos ocupa. 2.9 No ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional. 2.10 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER

CONSTAR EN INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS

MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA

EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA

RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE

INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO Celebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s) ___________, en el(los) que consta(n) las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato.

DEFINICIONES Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación: “Área Administradora del Proyecto”: Gerencia de Mantenimiento de PEMEX Petroquímica.

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“Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: Superintendencia Residencia de Obras del Complejo Petroquímico Cangrejera. Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante “bienes”) por parte de “PETROQUIMICA” consistentes en: “PROCURA, INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN, CAPACITACIÓN, COMISIONAMIENTO, PUESTA EN OPERACIÓN Y PRUEBAS DE ACEPTACIÓN DEL SISTEMA INSTRUMENTADO DE SEGURIDAD EN HORNOS DE PIROLISIS DE LA PLANTA DE ETILENO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA”, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en el presente contrato y sus anexos. EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA

ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN: Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se señalan en el Anexo ____ que forma parte del mismo. SEGUNDA.- VIGENCIA La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye con el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes. TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de 591 (Quinientos noventa y un) días naturales contados a partir de la entrega del anticipo correspondiente. Los bienes objeto de este contrato, serán entregados en el Almacén del Complejo Petroquímico Cangrejera, sito Km. 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, en la ciudad de Coatzacoalcos, Ver., C.P. 96400 Teléfono: (921)13000, Ext. 33407, a la atención de Lic. Miguel Angel Núñez Vázquez, en días hábiles y en el siguiente horario: 07:30 a 13:30 horas.

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La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de “PETROQUIMICA”, será a cargo del PROVEEDOR. Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: partida completa. La condición de entrega que aplica para el presente contrato es DDP INCOTERMS 2010, consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a: ENTREGAR y “PETROQUIMICA” estará obligado a: RECIBIR. 3.1 Prórroga a la Fecha de Terminación Las partes acuerdan que el plazo de ejecución no será motivo de modificación alguna en el caso de que se determine suspender total o parcialmente la ejecución del presente contrato, por cualquiera de las siguientes causas: i) por caso fortuito o fuerza mayor, ii) por suspensión ordenada por “PETROQUIMICA”, o iii) por cualquier acto u omisión de “PETROQUIMICA” o de otro contratista o proveedor que trabaje en el sitio, sin que se trate del PROVEEDOR o cualquiera de sus subcontratistas. Si se actualiza cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo anterior, únicamente dará lugar a una prórroga a la fecha de terminación del contrato sin modificarse el plazo de ejecución. Lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en las cláusulas de “Modificaciones al Contrato” y “Suspensión” de este contrato. CUARTA.- REMUNERACIÓN 4.1 Monto El monto total de los bienes objeto del presente contrato es de $_________ (_________________ 00/100), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. El precio unitario de los bienes es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por partida en el Anexo __ de este contrato. La(s) referencia(s) (MXP, USD o Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del Anexo __ de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.) 4.2 Facturación

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El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos, previa verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda. La(s) factura(s) abarcará(n) [periodos de corte (semanales / quincenales / mensuales)] y serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto. Las facturas deberán presentarse dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha de corte. Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de “PETROQUIMICA”, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada. Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en Superintendencia de Recursos Financieros; en la planta baja del Edificio Administrativo, sito Km. 10 de la carretera Coatzacoalcos-Villahermosa, de Coatzacoalcos, Veracruz, C.P. 96400. El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo establecido para el pago. Para el caso de anticipos, el PROVEEDOR deberá presentar previamente la factura que ampare el monto del anticipo, en forma electrónica o documental. . El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura correspondiente al anticipo, no dará lugar a la reprogramación del plazo pactado en este contrato, sin embargo, si el atraso es por causas imputables a “PETROQUIMICA”, se diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes. 4.3 Condiciones y forma de pago “PETROQUIMICA” pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes.

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Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

En el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente. Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a “PETROQUIMICA”. En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a “PETROQUIMICA” a través de la ventanilla única ubicada en la Superintendencia de Recursos Financieros, en la planta baja del Edificio Administrativo, sito Km. 10 carretera Coatzacoalcos-Villahermosa C.P. 96400, en la ciudad de Coatzacoalcos, Ver., del Complejo Petroquímico Cangrejera, con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate. Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá 10 (diez) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de “PETROQUIMICA”, a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR. El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO Domingo Día hábil posterior Sábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posterior Viernes Día hábil anterior

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que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago. Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con 5 (cinco) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de “PETROQUIMICA” bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en “PETROQUIMICA”. Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en la fecha en que se haga dicho pago. Si el PROVEEDOR no entrega sus facturas en el plazo mencionado en el procedimiento antes referido, el pago que realice “PETROQUIMICA” no cubrirá la diferencia cambiaria que, en su caso, resultare entre la fecha en que se debió pagar originalmente y el día en que el mismo se hizo efectivo. EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN

CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA

ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. (Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato. EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA

Y LOS PROVEEDORES HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN

CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B

DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN: Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de proveedores, sin perjuicio del convenio de proposición conjunta señalado en la declaración 2.10 del presente contrato, han celebrado un contrato de asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre

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del asociante seguida de A. en P.), será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que “PETROQUIMICA”no será responsable por la forma en que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato. CUANDO APLIQUE: EN CASO DE CONTRATACIONES CON PROVEEDORES EXTRANJEROS Y EL PAGO SE

REALICE A TRAVÉS DE ITS: El pago al PROVEEDOR, se realizará en la moneda establecida en este contrato, a través de Integrated Trade Systems, Inc. (ITS), en las oficinas de Integrated Trade Systems, Inc. (I.T.S.), ubicadas en el 2500 de CityWest Blvd., Suite 2400, Houston, Texas, U.S.A: 77042-3020. CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE PAGOS PROGRESIVOS: Los pagos se harán, previa verificación física del grado de avance de fabricación o de materiales en planta, de conformidad con el proyecto y el programa que se establece en el Anexo __ de este contrato. En caso de rescisión administrativa o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el pago progresivo que se haya efectuado en un plazo no mayor a (número y letra) días naturales, contados a partir de la fecha en que sea notificada al PROVEEDOR la rescisión administrativa o terminación anticipada de este contrato. En caso de que el PROVEEDOR no reintegre dicha cantidad en el plazo señalado, deberá pagar los intereses conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán por días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en que se pongan las cantidades a disposición de “PETROQUIMICA”, independientemente de lo anterior, se hará efectiva la garantía correspondiente. 4.4 Pagos en exceso En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “PETROQUIMICA”. “PETROQUIMICA” procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o

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bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de “PETROQUIMICA”. 4.5 Ajustes de precios No aplica. QUINTA.- PENALIZACIONES Las partes en el presente contrato, acuerdan que “PETROQUIMICA” le aplicará penalizaciones en los siguientes supuestos: III. Atraso en la entrega de los bienes Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se hará acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente a 0.2% del valor total de los bienes, por cada día calendario de atraso y hasta el importe de la garantía de cumplimiento del contrato. IV. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO “SSPA” En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del Anexo “SSPA” del presente contrato, “PETROQUIMICA” aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido Anexo “SSPA”, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del Anexo “SSPA” siguientes: “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”. El monto de las penalizaciones no podrá exceder de ____________. NO PODRÁ EXCEDER EL

MONTO DEL CONTRATO El PROVEEDOR acepta, que “PETROQUIMICA” aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.

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- Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con “PETROQUIMICA”, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR. SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL Cero por ciento (0%) de contenido nacional. SÉPTIMA.- CESIÓN El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de “PETROQUIMICA”, con la intervención del área jurídica. El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y “PETROQUIMICA” otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”. Para la cesión de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes. OCTAVA.- CLÁUSULA FISCAL CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL

SIGUIENTE PÁRRAFO: Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que “PETROQUIMICA” realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

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CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL

SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O

REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE

CLÁUSULA PUEDE VARIAR: Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que “PETROQUIMICA” esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia. CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES: Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y ____ (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta. Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a “PETROQUIMICA” el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios fiscales comprendidos hasta el finiquito del contrato. CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE ADQUISICIÓN DE BIENES DE IMPORTACIÓN El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia, esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados. NOVENA.- GARANTÍAS PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN

CLAUSULADOS DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE MODELO, LAS ÁREAS DE

CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS, RESPECTO DE

LAS GARANTÍAS QUE SE DEBAN CONTRATAR. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a “PETROQUIMICA”, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

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PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL. Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de “PETROQUIMICA”. PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES. Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de “PETROQUIMICA”. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: G. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “PETROQUIMICA”, de

renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de “PETROQUIMICA”.

H. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

I. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

J. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.

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En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

K. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por “PETROQUIMICA”.

L. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

8. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 9. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 10. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 11. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 12. La rescisión del contrato y su notificación. 13. Copia del finiquito 14. Cuantificación del importe reclamado.

CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días naturales adicionales, a favor de “PETROQUIMICA”. CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a favor de “PETROQUIMICA”. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, más noventa días naturales adicionales, a favor de “PETROQUIMICA” salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más noventa días naturales adicionales. El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

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D. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “PETROQUIMICA”, de

renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de “PETROQUIMICA”.

E. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.

F. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

GARANTÍA DE ANTICIPO. El PROVEEDOR deberá, previo a la entrega del anticipo, constituir una garantía por la totalidad del importe de dicho anticipo, la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho anticipo, sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A.). El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo recibido por “PETROQUIMICA”, debe presentar a “PETROQUIMICA” una garantía, consistente en: CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del anticipo, en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de “PETROQUIMICA”. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: F. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “PETROQUIMICA”, de

desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de

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incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de “PETROQUIMICA”.

G. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

H. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

I. Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por “PETROQUIMICA”.

J. Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará integrada con la siguiente documentación:

10. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 11. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 12. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 13. Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier

otro documento que acredite fehacientemente la recepción del mismo. 14. Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones

realizadas. 15. Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. 16. La rescisión del contrato y su notificación. 17. Copia del finiquito 18. Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.

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Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el importe total del anticipo, sin incluir Impuesto al Valor Agregado, y su vigencia será equivalente al periodo de amortización pactado en el contrato más noventa días naturales adicionales, a favor de “PETROQUIMICA”. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: C. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “PETROQUIMICA”, de

renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de “PETROQUIMICA”.

D. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de Ventanilla única ubicadas en el Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 10 C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., en el horario de: 08:00 A 14:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que “PETROQUIMICA” detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo. GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los bienes, deberá presentar a “PETROQUIMICA”, dentro de los diez días naturales siguientes al acta de entrega de los bienes, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al

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vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos en los bienes consistente en: PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe total de los bienes entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de “PETROQUIMICA”. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: G. Que queda obligado ante “PETROQUIMICA” para responder por los defectos o vicios

ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que “PETROQUIMICA” podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que “PETROQUIMICA” otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y “PETROQUIMICA”, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo “PETROQUIMICA” con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y “PETROQUIMICA” exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a “PETROQUIMICA”.

H. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra “PETROQUIMICA”, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de “PETROQUIMICA”.

I. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

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J. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

K. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por “PETROQUIMICA”.

L. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

6. Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 7. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 8. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 9. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que

reúna los elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.

10. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.

CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe total de los bienes entregados, con una vigencia de seis meses más noventa días naturales adicionales, a partir de la entrega de los bienes y a favor de “PETROQUIMICA”. El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan

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exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.

TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER SUPUESTO La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de Ventanilla única ubicadas en el Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 10 C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver., en el horario de: 08:00 A 14:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que “PETROQUIMICA” detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo. DÉCIMA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para “PETROQUIMICA”, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato. La inspección que realice “PETROQUIMICA” a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados. “PETROQUIMICA” a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato realizará la inspección de los bienes objeto de este contrato. Dicha inspección se llevará a cabo en: el Almacén del Complejo Petroquímico Cangrejera, carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 10 C.P. 96400, en la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, Teléfono: (921)13000, Ext. 33407.

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Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato. DECIMA PRIMERA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada “Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes”, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos. Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de “PETROQUIMICA”, lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de partida, indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos. Cuando se presente nota de remisión, invariablemente deberá indicarse el número del contrato y la partida correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los bienes entregados. El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por “PETROQUIMICA”. DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ ESTABLECER REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS

MODIFICACIONES. LAS MODIFICACIONES DEL NUMERAL I DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL

SERVIDOR PÚBLICO INMEDIATO SUPERIOR DE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO O POR EL DIRECTOR

GENERAL DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO O POR EL DIRECTOR CORPORATIVO, SEGÚN SEA EL CASO, CONFORME AL ARTÍCULO 58 DE LAS DISPOSICIONES. Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente: I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes,

cuando se trate de: e. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, f. Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, y

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g. La incorporación de avances tecnológicos que tengan un impacto en los términos contractuales señalados en los dos incisos anteriores. EL SIGUIENTE SUPUESTO SE INCLUIRÁ CUANDO EN LE CLÁUSULA DE CESIÓN, SE HAYA PREVISTO LA

CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO. h. Las consecuencias derivadas de la cesión de los derechos y obligaciones del presente contrato. II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de: a Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula denominada “Suspensión”,,y, b Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula. Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El PROVEEDOR deberá entregar a “PETROQUIMICA”, el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula. DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor. Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas.

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EL SIGUIENTE PÁRRAFO PODRÁ INCLUIRSE, DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO: Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión, negligencia, impericia, provocación o culpa del proveedor; o (ii) aquellos que no se encuentren debidamente justificados ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales. La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba. En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Suspensión”. En caso de terminación anticipada derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”. DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO 14.1 Rescisión administrativa “PETROQUIMICA” podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: m) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos; n) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación; o) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; p) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga; q) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

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f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato; g) Cuando sin autorización expresa de “PETROQUIMICA” ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma; h) Cuando sin autorización expresa de “PETROQUIMICA” ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición; i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; j) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”; k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”; l) Si no da a “PETROQUIMICA” o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes; m) Si no entrega a “PETROQUIMICA” el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”; EN LOS CONTRATOS EN LOS QUE APLIQUE EL ANEXO “SSPA” SE DEBERÁN AGREGAR LAS

SIGUIENTES CAUSALES DE RESCISIÓN: n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “SSPA” de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el Anexo “SSPA”, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento; o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato; p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el Anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto “PETROQUIMICA”

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podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante dicha determinación, “PETROQUIMICA” valorará la decisión de rescindir; q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del Anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto “PETROQUIMICA” podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, “PETROQUIMICA” valorará la decisión de rescindir; r) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, “PETROQUIMICA” podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo “SSPA”; En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, “PETROQUIMICA” podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por “PETROQUIMICA” atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, “PETROQUIMICA” podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula. En caso de que “PETROQUIMICA” determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a “PETROQUIMICA”, en un plazo de 07(siete) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato. En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, “PETROQUIMICA”, precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de “PETROQUIMICA”.

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“PETROQUIMICA” podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. “PETROQUIMICA” hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, “PETROQUIMICA” procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. 14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que “PETROQUIMICA” notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. La determinación de “PETROQUIMICA” de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior. En caso de que “PETROQUIMICA” resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva. La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por “PETROQUIMICA” al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. 14.3 Rescisión por causas imputables a “PETROQUIMICA” El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a “PETROQUIMICA” se actualicen alguno de los siguientes supuestos: d) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; e) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo; f) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los

bienes.

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DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes causas:

V. Por caso fortuito o fuerza mayor; VI. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión;

VII. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; VIII. Cuando se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato,

con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública o los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos, y

IX. Cuando lo determine Pemex Petroquímica. Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de “PETROQUIMICA”, el pago por los bienes entregados hasta la fecha de terminación anticipada, así como los gastos que se originen por la terminación anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente:

I. Por caso fortuito o de fuerza mayor. II. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; y III. Cuando lo determine Pemex Petroquímica.

A partir que la entidad notifique al proveedor la terminación anticipada, éste tendrá un plazo de cinco días hábiles para que presente la cuantificación siguiente:

1. La comprobación de los bienes entregados al momento de que se dé la

determinación de dar por terminado anticipadamente el contrato, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.

2. Los gastos en que incurra el proveedor por concepto de liquidación del personal técnico y administrativo directamente adscripto, a la entrega de los bienes, siempre y cuando haya sido contratados para el cumplimiento del contrato, y la liquidación se lleve a cabo ante la autoridad competente.

En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma. “PETROQUIMICA” podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito.

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“PETROQUIMICA” hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, “PETROQUIMICA” procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. DÉCIMA SEXTA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente: Comunicaciones a “PETROQUIMICA”: Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: Complejo Petroquímico Cangrejera, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 10 C.P. 96400, Coatzacoalcos, Ver. Comunicaciones al PROVEEDOR: Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral 2 del apartado de declaraciones de este contrato. Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral 2 del apartado de declaraciones de este contrato. DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en estos casos; “PETROQUIMICA” podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o

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discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega. Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello. El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de “PETROQUIMICA” para la entrega de los bienes. El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a “PETROQUIMICA” por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados. Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato. CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CELEBRADOS CON MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS

EMPRESAS El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo. DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN TÉRMINOS

DIFERENTES A LOS ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, PREVIO A SU MODIFICACIÓN, LAS ÁREAS DE

CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS. El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal

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o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale “PETROQUIMICA” y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de “PETROQUIMICA” o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR. Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente instrumento. Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad. En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a “PETROQUIMICA” de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice “PETROQUIMICA” en relación con el asunto. Si se actualiza dicho supuesto, “PETROQUIMICA” dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de 7 (siete) días naturales

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contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a “PETROQUIMICA” un informe circunstanciado sobre la referida violación. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a “PETROQUIMICA” respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de “PETROQUIMICA” de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a “PETROQUIMICA”. Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de “PETROQUIMICA” de los derechos de propiedad intelectual generados. VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y “PETROQUIMICA”. Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de “PETROQUIMICA” o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, en cuanto

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éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados. VIGÉSIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN “PETROQUIMICA” tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual “PETROQUIMICA”, comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato. Cuando “PETROQUIMICA” determine la suspensión del contrato, las partes, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y terminación de los trabajos, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato, sin modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR podrá solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido durante el periodo de la suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente:

I. Por caso fortuito o de fuerza mayor. II. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; y

III. Cuando lo determine Pemex Petroquímica. A partir que la entidad notifique al proveedor la suspensión, éste tendrá un plazo de cinco días hábiles para que presente la cuantificación siguiente: La comprobación de los bienes entregados al momento de que se dé la determinación de dar la suspensión del contrato, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. La forma en que se cubrirá el pago al que tenga derecho: Contra factura a 20 días de crédito. Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”. VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario.

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VIGESIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES “PETROQUIMICA”, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será la Superintendencia Residencia de obras del Complejo Petroquímico Cangrejera dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene “PETROQUIMICA”. El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público. En cualquier momento, por causas justificadas, “PETROQUIMICA” podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes. Dichos representantes tendrán las facultades para levar a cabo las modificaciones a que se refiere la fracción segunda de la cláusula denominada Modificaciones al Contrato. VIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN El PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato ni él, ni sus subcontratistas o empleados de éstos ofrecerán, prometerán o darán por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias. En caso de que dichos actos sean decretados en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, “PETROQUIMICA” podrá optar por la rescisión conforme a lo establecido en la cláusula RESCISIÓN DEL CONTRATO. Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA

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La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones. Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato. VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos. En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva. VIGÉSIMA SEPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato. VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS DEL CONTRATO Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS ANEXOS SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL

CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA) Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de los Bienes” Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)” Anexo “SSPA” “Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios” Anexo “____”.- “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” (CUANDO

APLIQUE)

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Anexo “____”.- “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (CUANDO

APLIQUE) Anexo “____” Propuesta Técnica – Económica Anexo “____”.- ____ Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato. VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo. Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales. El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello. El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello. TRIGÉSIMA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada “Garantías” “PETROQUIMICA” podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que “PETROQUIMICA” otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, “PETROQUIMICA” podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o

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podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos. EN CASO DE QUE EL PLAZO QUE SE ACUERDE CON EL PROVEEDOR SEA SUPERIOR A 30 DÍAS

NATURALES, DEBERÁ DARSE AVISO A LA AFIANZADORA CUANDO SE HAYA GARANTIZADO EL CONTRATO

CON FIANZA. TRIGÉSIMA PRIMERA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los 7 (siete) días naturales siguientes de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, por razones debidamente motivadas y justificadas, las partes podrán acordar conocer y revisar el mismo. El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula. Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato. Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de 7 (siete) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión. Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de 7 (siete) días naturales para comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa. Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente.

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Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción. Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo. Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original. El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera: El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de los 7 (siete) días naturales siguientes a la fecha en que el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo. La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo: a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe; b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo; c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo. El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de 7

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(siete) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones. Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los 7 (siete) días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión. Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes. Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción. TRIGÉSIMA SEGUNDA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y “PETROQUIMICA”. TRIGÉSIMA TERCERA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN EN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE

CONTROVERSIAS DEBERÁ SOLICITARSE A LA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL QUE PROPORCIONE EL

TEXTO A INCLUIR. El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de Coatzacoalcos, Veracruz, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa. TRIGÉSIMA CUARTA.- SUBCONTRATACIÓN El PROVEEDOR podrá subcontratar lo siguiente: Según lo establecido en el artículo 19, inciso W de las “Disposiciones administrativas de contratación en materia de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios de las actividades

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sustantivas de carácter productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios” se enumeran las actividades o conceptos que podrán subcontratarse: a) Inspección Radiográfica. b) Validación de Seguridad Instrumentado de Seguridad (SIS).. En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto motivo de incremento en los precios pactados ni en el plazo de entrega. No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las obligaciones del contrato. Los subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de “PETROQUIMICA”. Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a “PETROQUIMICA” de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la ejecución del contrato. TRIGÉSIMA QUINTA.- OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL El PROVEEDOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los requerimientos establecidos en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. TRIGÉSIMA SEXTA.- NORMAS DE CALIDAD El PROVEEDOR se obliga a que los procesos de fabricación y distribución de los bienes objeto del contrato que entregue a “PETROQUIMICA” cuenten con una certificación normativa, conforme al (los) Certificado(s) de Calidad: IEC 61508:2000 Functional Safety of Electrical/Electronic/Programmable Electronic Safety Related Systems; IEC 61508-2:2000 Requirements For Electrical/Electronic Safe Related Systems; IEC 61511-1:2003 Functional Safety of Safety Instrumented Systems; ANSI/ISA 84.01:2004 Application of Safety Instrumented Systems for the Process Industries; ISA TR 84.0.02:2002 Safety Instrumented Systems (SIS) - Safety Integrity Level (SIL) Evaluation Techniques; NFPA 85.02 National Fire Protection Association Part 85.01, Standard For The Prevention Of Furnace Explosions/Implosions In Multiple Single Burner Boilers; API RP 554 1995 Process Instrumentation and Control; FM 7605 Factory Mutual para uso de PLC en quemadores;

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NEMA National Electric Manufacturer´s Association; IEEE Institute Of Electrical And Electronic Engineers. TRIGÉSIMA SEPTIMA.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el Anexo __ del presente contrato, corresponden a datos de control interno de “PETROQUIMICA” que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR. TRIGÉSIMA OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de “PETROQUIMICA”, y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de “PETROQUIMICA”. El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de “PETROQUIMICA”. Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con “PETROQUIMICA” para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad. De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los trabajos, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica. No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la

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información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación. Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de 10 (diez) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo. TRIGÉSIMA NOVENA.- FINIQUITO Recibidos físicamente los bienes, “PETROQUIMICA” a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de 30 (treinta) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado. El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. Si procede, “PETROQUIMICA” solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, “PETROQUIMICA” procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. CUADRAGÉSIMA.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será quien realizará la supervisión del mismo. Dicha supervisión se llevará a cabo en: el Complejo Petroquímico Cangrejera. El PROVEEDOR acepta que el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato vigilará y revisará en todo tiempo los servicios relacionados con este

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contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR. La supervisión de los servicios que realice “PETROQUIMICA” no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de los defectos o vicios ocultos que aparezcan posteriormente una vez concluidos los servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato. Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato. El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por “PETROQUIMICA” quien determinará si reúne los requisitos señalados. En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, “PETROQUIMICA” podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula. _________.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA APLICA EN CASO DE CONSORCIOS Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante “PETROQUIMICA”. De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR requiera cambiar a dicha compañía como Líder, deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto, con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su decisión de designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del PROVEEDOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos establecidos para ser Compañía Líder. APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO El PROVEEDOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante “PETROQUIMICA”. ______________.- ANTICIPO

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“PETROQUIMICA” otorgará al PROVEEDOR un anticipo por el 50 % (cincuenta por ciento) del monto de los bienes, correspondientes al año 2012, correspondiéndole por este concepto un importe de: (Importe del anticipo), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. El anticipo será otorgado (indicar fecha). El PROVEEDOR invariablemente deberá entregar a “PETROQUIMICA”, y a favor de éste, una garantía por el importe del anticipo, en los términos de la cláusula denominada “Garantías”. _________________.- RETENCIONES ESTA CLÁUSULA SÓLO APLICA CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO

CONVENIO CON LA AUTORIDAD FISCAL. El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje establecido en el convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este contrato Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____. LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL

CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES

APLICABLES.

POR “PETROQUIMICA”

_____________________________________

POR EL PROVEEDOR

________________________________

REVISIÓN JURÍDICA POR PARTE DE LA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

______________________________________

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SE RECOMIENDA INCLUIR LAS SIGUIENTES FIRMAS:

REVISIÓN TÉCNICA

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REVISIÓN ADMINISTRATIVA

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