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PRE-BASES La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, previo a la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la convocatoria y de las bases para participar en la licitación pública que tiene por objeto la celebración de los contratos de uso y aprovechamiento accesorio y temporal y demás instrumentos requeridos conforme a las bases de licitación, a celebrarse con la Comisión Federal de Electricidad para obtener el uso y aprovechamiento accesorio y temporal sobre un par de hilos de fibra óptica oscura en la red de alta tensión de la Comisión Federal de Electricidad y, como consecuencia, el otorgamiento de concesiones para instalar, operar y explotar redes públicas de telecomunicaciones; difunde en su página de Internet las presentes Pre-Bases para recibir comentarios a efecto de, en su caso, considerarlos para enriquecer el proyecto, conforme a lo siguiente: 1.- Plazo para formular comentarios A partir de la publicación de las presentes Pre-Bases en la página de Internet de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (www.sct.gob.mx) y hasta el día 6 de noviembre de 2009, en días y horas hábiles, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, cualquier persona física o moral podrá formular comentarios para enriquecer las mismas. 2.- Lugar y forma Los comentarios a las presentes Pre-Bases deberán formularse por escrito y en un disco compacto (CD) usando el programa Microsoft Word y presentarse en el domicilio de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, ubicado en Insurgentes Sur No. 1971, Torre IV, Piso 10, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, México, D.F., Código Postal 01020, a la atención de la Dirección de Banca de Inversión.

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PRE-BASES

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, previo a la publicación en el

Diario Oficial de la Federación de la convocatoria y de las bases para participar

en la licitación pública que tiene por objeto la celebración de los contratos de uso

y aprovechamiento accesorio y temporal y demás instrumentos requeridos

conforme a las bases de licitación, a celebrarse con la Comisión Federal de

Electricidad para obtener el uso y aprovechamiento accesorio y temporal sobre

un par de hilos de fibra óptica oscura en la red de alta tensión de la Comisión

Federal de Electricidad y, como consecuencia, el otorgamiento de concesiones

para instalar, operar y explotar redes públicas de telecomunicaciones; difunde en

su página de Internet las presentes Pre-Bases para recibir comentarios a efecto

de, en su caso, considerarlos para enriquecer el proyecto, conforme a lo

siguiente:

1.- Plazo para formular comentarios

A partir de la publicación de las presentes Pre-Bases en la página de Internet de

la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (www.sct.gob.mx) y hasta el día

6 de noviembre de 2009, en días y horas hábiles, conforme a la Ley Federal de

Procedimiento Administrativo, cualquier persona física o moral podrá formular

comentarios para enriquecer las mismas.

2.- Lugar y forma

Los comentarios a las presentes Pre-Bases deberán formularse por escrito y en

un disco compacto (CD) usando el programa Microsoft Word y presentarse en el

domicilio de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de

Banca de Desarrollo, ubicado en Insurgentes Sur No. 1971, Torre IV, Piso 10,

Colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, México, D.F., Código Postal

01020, a la atención de la Dirección de Banca de Inversión.

-2-

En caso de persona física, se deberá adjuntar copia de su identificación oficial y,

en caso de persona moral, se deberá señalar la denominación y el nombre del

representante legal, debiendo adjuntar copia de la identificación oficial y del

poder con el que se ostenta.

3.- Reglas para formular comentarios

Los comentarios a las Pre-Bases deberán versar única y exclusivamente sobre

el contenido de las mismas.

Los comentarios de carácter anónimo, ofensivo o insidioso no serán tomados en

cuenta por la Secretaría.

4.- Alcances de las Pre-Bases

Las presentes Pre-Bases únicamente son un proyecto que no genera ningún

derecho a favor de quien formula los comentarios u obligación a cargo de la

Secretaría de Comunicaciones y Transportes o de la Comisión Federal de

Electricidad.

No podrá considerarse que el procedimiento de licitación ha dado inicio con la

publicación de las presentes Pre-Bases. Lo anterior, en virtud de que el

propósito de esta difusión es única y exclusivamente recibir comentarios que, en

su caso, serán tomados en consideración por la Secretaría de Comunicaciones y

Transportes para enriquecer el proyecto. En consecuencia, la Secretaría no se

encuentra obligada a dar respuesta a dichos comentarios.

5.- Naturaleza de los comentarios

Los comentarios que se formulen sólo constituyen sugerencias para fortalecer,

en su caso, el proyecto. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes no

tiene ninguna obligación ni se encuentra vinculada para aplicar los mismos.

-3-

PRE-BASES

CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN PÚBLICA QUE

TIENE POR OBJETO LA CELEBRACIÓN DE LOS CONTRATOS DE USO Y

APROVECHAMIENTO ACCESORIO Y TEMPORAL Y DEMÁS

INSTRUMENTOS REQUERIDOS CONFORME A LAS BASES DE

LICITACION, A CELEBRARSE CON LA COMISIÓN FEDERAL DE

ELECTRICIDAD PARA OBTENER EL USO Y APROVECHAMIENTO

ACCESORIO Y TEMPORAL SOBRE UN PAR DE HILOS DE FIBRA ÓPTICA

OSCURA EN LA RED DE ALTA TENSIÓN DE LA COMISIÓN FEDERAL DE

ELECTRICIDAD Y, COMO CONSECUENCIA, EL OTORGAMIENTO DE

CONCESIONES PARA INSTALAR, OPERAR Y EXPLOTAR REDES

PÚBLICAS DE TELECOMUNICACIONES.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en los

artículos 25, 26, 27, 28 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 1, 2 fracción I, 3 fracción I, 9, 11, 14, 16, 18, 26, 36 fracciones I, II, III

y XXVII y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 11,

14, 15, 17, 20, 22, 47, 57, 58 y 59 de la Ley Federal de las Entidades

Paraestatales; 1, 2, 3, fracciones VIII, X, XIV, 4, 5, 6, 7, fracciones I, II, XII y XIV,

8, 11 fracción II, 12, 24, 25, 26, 27, 35, 41 y 44 de la Ley Federal de

Telecomunicaciones; 1 fracciones I, II y VII, 2, 3, fracción IV, 4, 5, 6 fracción XI,

9, 10, 13, 15, 116, 142 y 143 fracción XI de la Ley General de Bienes

Nacionales; 8, 9, fracciones VII, VIII y IX, 12 y 13, fracción I de la Ley del

Servicio Público de Energía Eléctrica; 1º, 2º, 3º, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 21 Bis y

22 de la Ley Federal de Competencia Económica; 1, 3, 8, 13, 28, 83, 84 y 85 de

la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 11 del Reglamento de la Ley del

Servicio Público de Energía Eléctrica; 1, 15, 18, 22 y 27 del Reglamento de la

Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23,

24, 25, 26 y 27 del Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica;

-4-

1º, 2º fracciones I, IV y XX, 3º, 4º, 5º, 6º, 10, y 25 del Reglamento Interior de la

Secretaría de Comunicaciones y Transportes; 1º, 3º y 8º del Estatuto Orgánico

de la Comisión Federal de Electricidad; el numeral 17 de las Normas para la

Enajenación y el Aprovechamiento Accesorio y Compatible de los Inmuebles de

la Comisión Federal de Electricidad, autorizadas por Acuerdo No. 76 de fecha 10

de julio de 2008 de la Junta de Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad;

el Acuerdo No. 34/2009 de fecha 18 de mayo de 2009 de la Junta de Gobierno

de la Comisión Federal de Electricidad; el Convenio de Colaboración celebrado

con fecha 16 de julio de 2009 por la Secretaría de Comunicaciones y

Transportes y la Comisión Federal de Electricidad; el Acuerdo No. 45/2009 de

fecha 30 de julio de 2009 de la Junta de Gobierno de la Comisión Federal de

Electricidad; y demás disposiciones legales, reglamentarias y administrativas

aplicables, y

CONSIDERANDO QUE, el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo

nacional a fin de garantizar que éste sea integral y sustentable y que mediante el

fomento del crecimiento económico y el empleo se logre una más justa

distribución del ingreso y la riqueza, lo cual permita el pleno ejercicio de la

libertad y la dignidad de los individuos; y que, bajo criterios de equidad social y

productividad, el Estado debe apoyar a las empresas de los sectores social y

privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés

público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su

conservación y el medio ambiente.

CONSIDERANDO QUE, el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos establece que el Estado organizará un sistema de planeación

democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo,

permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la

-5-

democratización política, social y cultural de la Nación, para lo cual, requiere de

la participación de los diversos sectores sociales para incorporarlos al Plan

Nacional de Desarrollo, al cual se debe sujetar obligatoriamente la

Administración Pública Federal.

CONSIDERANDO QUE, el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos establece que el Estado, sujetándose a las leyes, podrá en

casos de interés general, concesionar la prestación de servicios públicos o la

explotación, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la Federación, para

lo cual, las leyes fijarán las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia

de la prestación de los servicios y la utilización social de los bienes y evitarán

fenómenos de concentración que contraríen el interés público.

CONSIDERANDO QUE, el artículo 134 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos señala que los recursos económicos de que

disponga la Federación se administrarán con eficiencia, eficacia, economía,

transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén

destinados. Asimismo, establece que, las adquisiciones, arrendamientos y

enajenaciones de todo tipo de bienes, así como la prestación de servicios de

cualquier naturaleza, se adjudicarán a través de licitaciones públicas mediante

convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes

en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las

mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,

oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

CONSIDERANDO QUE, el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración

Pública Federal establece que a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

le compete formular y conducir los programas y políticas para el desarrollo de las

comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país.

-6-

CONSIDERANDO QUE, la Ley Federal de Telecomunicaciones tiene como

objeto regular el uso, aprovechamiento y explotación de las redes de

telecomunicaciones y que le corresponde al Estado la rectoría en materia de

telecomunicaciones.

CONSIDERANDO QUE, es de interés público la instalación, operación y

mantenimiento de cableado subterráneo y aéreo y equipo destinado al servicio

de las redes públicas y que la Ley Federal de Telecomunicaciones tiene como

objetivos promover un desarrollo eficiente de las telecomunicaciones, ejercer la

rectoría del Estado en la materia para garantizar la soberanía nacional, fomentar

una sana competencia entre los diferentes prestadores de servicios de

telecomunicaciones a fin de que éstos se presten con mejores precios,

diversidad y calidad, en beneficio de los usuarios y promover una adecuada

cobertura social.

CONSIDERANDO QUE, el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, aprobado y

publicado por el titular del Ejecutivo Federal, en su Eje 2 Sección de Economía

Competitiva y Generadora de Empleos, en materia de Telecomunicaciones y

Transportes, expone como uno de sus principales objetivos el de garantizar el

acceso y ampliar la cobertura de infraestructura y servicios de transporte y

comunicaciones, tanto a nivel nacional como regional, a fin de que los

mexicanos puedan comunicarse y trasladarse de manera ágil y oportuna en todo

el país y con el mundo, así como hacer más eficiente el transporte de

mercancías y las telecomunicaciones hacia el interior y el exterior del país, de

manera que estos sectores contribuyan a aprovechar las ventajas comparativas

con las que cuenta México.

-7-

CONSIDERANDO QUE, el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, propone

dentro de sus estrategias las siguientes: (i) Estrategia 14.1. Incrementar la

competencia entre concesionarios con la finalidad de aumentar la cobertura de

los servicios en el país y contribuir a que las tarifas permitan el acceso de un

mayor número de usuarios al servicio; (ii) Estrategia 14.2. Promover la adhesión

de actores en todos los niveles de gobierno y de la sociedad para el diseño y

desarrollo de estrategias que faciliten el uso de las tecnologías de información y

comunicación; (iii) Estrategia 14.3. Promover el desarrollo de infraestructura

tecnológica de conectividad que permita alcanzar una penetración superior al

60% de la población, consolidando el uso de la tecnología de los servicios en

cualquier lugar, desarrollando contenidos de interés y de alto impacto para la

población; y (iv) Estrategia 14.6. Desarrollar mecanismos y las condiciones

necesarias a fin de incentivar una mayor inversión en la creación de

infraestructura y en la prestación de servicios de telecomunicaciones.

CONSIDERANDO QUE, el Programa Sectorial de Comunicaciones y

Transportes 2007-2012, aprobado por el titular del Ejecutivo Federal mediante

decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 18 de enero de

2008, dentro de su Agenda Estratégica (Sección III. Objetivos del Plan Nacional

de Desarrollo y metas de la Visión 2030 a los que contribuye el Programa,

Agenda Estratégica del Programa Sectorial 2007-2012, VII.

Telecomunicaciones), y por lo que se refiere a Telecomunicaciones señala como

problemáticas, entre otras: (i) Niveles de inversión inferiores a los de países de

la OCDE; (ii) Necesidad de incrementar la competencia entre prestadores de

servicios; (iii) Cobertura, calidad y precio en niveles poco competitivos; (iv)

Cobertura de telefonía fija, móvil y rural insuficiente; y (v) Cobertura de Internet y

banda ancha limitada.

-8-

CONSIDERANDO QUE, el Programa Sectorial de Comunicaciones y

Transportes 2007-2012 (Sección III. Objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y

metas de la Visión 2030 a los que contribuye el Programa, Agenda Estratégica

del Programa Sectorial 2007-2012, VII. Telecomunicaciones), para efectos de

dar solución a las problemáticas antes mencionadas, establece como temas

prioritarios, entre otros, los siguientes: (i) Optimización de la infraestructura de

telecomunicaciones; (ii) Convergencia de servicios de comunicaciones; (iii)

Competencia en las diferentes modalidades de servicios; y (iv) Condiciones de

interconexión eficientes y oportunas.

CONSIDERANDO QUE, el Programa Sectorial de Comunicaciones y

Transportes 2007-2012 (Sección IV. Estrategias y Líneas de Acción, 8.

Comunicaciones) propone los siguientes objetivos: (i) 8.2.1. Incrementar la

cobertura de los servicios y promover el uso óptimo de la infraestructura

instalada en el país, a efecto de que la población tenga acceso a una mayor

diversidad de servicios, ajustándose a las necesidades de los consumidores

mexicanos, especialmente en zonas urbanas y rurales de escasos recursos,

para sentar las bases de un desarrollo más equitativo en el país; (ii) 8.2.2.

Impulsar la convergencia de servicios de comunicaciones en un ámbito de

neutralidad tecnológica, a través de adecuaciones al marco regulatorio y de

mecanismos que incentiven la inversión, el desarrollo y modernización de los

servicios y redes instaladas en el país, y (iii) 8.2.3. Promover la competencia

entre las diferentes modalidades de servicios en un contexto de procesos

abiertos y transparentes que permita el desarrollo eficiente del sector, que se

refleje en más y mejores servicios a precios más accesibles para la población.

CONSIDERANDO QUE, en el citado programa se establecen las siguientes

estrategias y líneas de acción, aplicables en lo conducente: (i) Estrategia 1:

Impulsar el desarrollo y expansión de redes y servicios de comunicaciones con

-9-

el objeto de que se proporcionen los servicios a aquellas zonas geográficas que

actualmente no son cubiertas con la finalidad de integrar económica, social y

culturalmente a una mayor población del país, y Línea de Acción: Impulsar la

ampliación de la cobertura de las redes públicas de telecomunicaciones, así

como fomentar una mayor diversidad de servicios prestados por los diferentes

operadores, a través de la modificación u otorgamiento de concesiones y

permisos, y (ii) Estrategia 2: Utilizar de manera óptima la infraestructura de

comunicaciones instalada en el país, con la finalidad de hacer frente a las

diferentes necesidades que tiene México en diversos sectores de la economía, y

Líneas de Acción: Promover el aprovechamiento de la infraestructura eléctrica

para la prestación de servicios de telecomunicaciones.

CONSIDERANDO QUE, para incrementar la competencia entre concesionarios

es conveniente el uso de nuevas redes troncales que puedan utilizarse para

prestar servicios de telecomunicaciones.

CONSIDERANDO QUE, la Comisión Federal de Electricidad ha instalado en el

cable de guarda de su red troncal de transmisión, hilos de fibra óptica que

constituyen una importante red de telecomunicaciones a nivel nacional, cuyo

objeto principal es incrementar la seguridad de dicho sistema al permitir su

operación en tiempo real.

CONSIDERANDO QUE, durante la primera sesión ordinaria de la Junta de

Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad, realizada el 18 de mayo de

2009, dicho Órgano Colegiado aprobó el Acuerdo identificado bajo el número

34/2009, por el cual “La Junta de Gobierno, con fundamento en el artículo 12,

fracción X, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y a propuesta del

Director General, autoriza a la entidad para que realice las gestiones necesarias,

a efecto de que se liciten un par de fibras oscuras en aquellas rutas en las que

-10-

CFE tenga capacidad disponible. La Secretaría de Comunicaciones y

Transportes, será quien determine las condiciones y forma de licitación de la

fibra oscura, con las modalidades que dicte la política nacional de

telecomunicaciones.”

CONSIDERANDO QUE, el Presidente de la República anunció durante el evento

“Conectividad para la Competitividad” celebrado con fecha 19 de mayo de 2009

que el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y

Transportes, determinaría las condiciones y formas de la licitación de un Par de

Hilos de Fibra Óptica Oscura en rutas con capacidad disponible en la red de la

Comisión Federal de Electricidad.

CONSIDERANDO QUE, mediante Oficio DG/116/2009 de fecha 26 de mayo de

2009, con base en el Acuerdo número 34/2009, la Comisión Federal de

Electricidad, con el fin de satisfacer los principios establecidos en el artículo 134

Constitucional, que deben regir las licitaciones públicas; es decir, la eficiencia,

eficacia, economía, transparencia y honradez, solicitó apoyo a la Secretaría de

Comunicaciones y Transportes, a fin de que la licitación pública del par de hilos

de fibra óptica oscura fuere llevada a cabo por la propia Secretaría de

Comunicaciones y Transportes, de acuerdo a su política nacional de

telecomunicaciones, sus facultades, experiencia, estructura y recursos en la

materia.

CONSIDERANDO QUE, con fecha 16 de julio de 2009 la Comisión Federal de

Electricidad y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes celebraron un

Convenio de Colaboración con el fin de que ésta última determinara las

condiciones y condujera la licitación para el uso y aprovechamiento accesorio y

temporal del par de hilos de fibra óptica oscura en rutas con capacidad

-11-

disponible en la red de la Comisión Federal de Electricidad, de acuerdo a su

política nacional de telecomunicaciones.

CONSIDERANDO QUE, durante la segunda sesión ordinaria de la Junta de

Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad, realizada el 30 de julio de

2009, dicho Órgano Colegiado aprobó el Acuerdo identificado bajo el número

45/2009, por el cual “La Junta de Gobierno, con fundamento en el artículo 12,

fracción X, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y a propuesta del

Director General, toma conocimiento de los términos del Convenio entre la CFE

y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, relativo a la licitación de dos

filamentos de la red de fibra óptica propiedad de la paraestatal.”

CONSIDERANDO QUE, para incrementar la disponibilidad de infraestructura en

el país para el transporte interurbano de datos y provisión de servicios de banda

ancha, así como para fomentar la competencia en el sector telecomuniciones,

resulta necesario aprovechar de la manera más eficiente la infraestructura de

telecomunicaciones existente en la red de alta tensión de la Comisión Federal de

Electricidad.

CONSIDERANDO QUE, para lograr los objetivos señalados en el considerando

anterior, es necesario adoptar medidas tendientes a prevenir la concentración y

acaparamiento de fibra óptica a nivel nacional, por lo que es conveniente que la

autoridad en materia de competencia económica intervenga en ejercicio de sus

facultades, conforme se establecen en las bases de la licitación.

CONSIDERANDO QUE, la demanda de transporte interurbano y banda ancha

supera los servicios provistos hasta el momento por la capacidad disponible en

el territorio nacional, la licitación del uso y aprovechamiento accesorio y temporal

-12-

del par de hilos objeto de la convocatoria tendrá como consecuencia incrementar

esta capacidad.

Y CONSIDERANDO QUE, ampliar y mejorar el acceso a insumos esenciales

para la provisión y ampliación de servicios de telecomunicaciones, permitirá

mejorar precios, diversidad y calidad de los servicios finales, en beneficio de la

sociedad y el público consumidor, por lo que resulta de interés público llevar a

cabo la licitación y asignar de la manera más eficiente el uso del par de hilos de

fibra oscura; en este acto:

CONVOCA para participar en la Licitación Pública que tiene como objeto la

celebración de los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y

Temporal y demás instrumentos requeridos conforme a las bases de

licitación, a celebrarse con la Comisión Federal de Electricidad para

obtener el uso y aprovechamiento accesorio y temporal sobre un Par de

Hilos de Fibra Óptica Oscura en la red de alta tensión de dicha Comisión y,

como consecuencia, el otorgamiento de Concesiones para instalar, operar

y explotar redes públicas de telecomunicaciones, de conformidad con las

siguientes:

-13-

B A S E S

Índice

1.- Bases Generales de la Licitación

1.1.- Objeto de la Licitación

1.1.1.- Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal

1.1.2.- Contratos de Prestación de Servicios de Instalación y Mantenimiento

1.1.3.- Contrato de Sub-Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal

1.1.4.- Títulos de Concesión de Red Pública

1.2.- Aspectos Generales

1.3.- Resolución favorable de COFECO

2.- Participación de Testigo Social

3.- Etapas de la Licitación

3.1. Aclaraciones a las Bases

3.2.- Recepción por la Secretaría del Formulario de Calificación, Garantía

de Seriedad y comprobante de pago de derechos por el estudio de la

solicitud de otorgamiento de los Títulos de Concesión de Red Pública

3.3.- Entrega por parte de la Secretaría de las Constancias de Participación

o Constancias de No Participación a cada Interesado

3.4.- Propuestas Económicas

3.5.- Fallo de la Licitación

3.6.- Constitución de Sociedad en caso de Grupo de Inversionistas

3.7.- Pago de Contraprestación a CFE y exhibición de comprobante de

pago de derechos a la Secretaría por expedición de los Títulos de

Concesión de Red Pública

3.8.- Firma de contratos y otorgamiento de títulos de concesión

4.- Penalidad

-14-

5.- Liberación de la Garantía de Seriedad

6.- Causales de Descalificación de los Participantes

7.- Causales para declarar desierta, suspender o cancelar la Licitación

8.- Prácticas Monopólicas

9.- Inconformidades de los Interesados o Participantes

10.- Modificaciones

11.- Asesores de la Licitación

12.- Responsabilidad de la Secretaría

13.- Jurisdicción y Competencia del Procedimiento de Licitación

14.- Relación de Anexos

-15-

1.- Bases Generales de la Licitación

1.1.- Objeto de la Licitación

Seleccionar al o a los Participantes Ganadores con quienes la CFE celebrará los

Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás

instrumentos requeridos conforme a las Bases para obtener el uso y

aprovechamiento accesorio y temporal sobre un Par de Hilos de Fibra Óptica

Oscura en la red de alta tensión de la CFE y, como consecuencia, el

otorgamiento de concesiones para instalar, operar y explotar redes públicas de

telecomunicaciones.

1.1.1.- Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal

1.1.1.1.- Para efectos de la Licitación el Participante Ganador celebrará con la

CFE un Contrato de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal por cada

Ruta conforme al Anexo 1 de las Bases, en el que se establecen los términos y

condiciones a los que se sujetarán las partes respectivas.

1.1.1.2.- En caso de discrepancia entre lo establecido en el Contrato de Uso y

Aprovechamiento Accesorio y Temporal y las Bases, prevalecerá lo establecido

en el primero.

1.1.1.3.- La Contraprestación establecida en el Contrato de Uso y

Aprovechamiento Accesorio y Temporal cubierta por el Participante Ganador por

cada Ruta, no se someterá a ajustes o montos adicionales durante la vida del

plazo original de dicho instrumento.

-16-

1.1.1.4.- En caso de un supuesto de terminación anticipada del Contrato de

Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal por parte de la CFE, el o los

Participantes Ganadores tendrá derecho a exigir el monto establecido en los

términos y condiciones de dicho instrumento.

1.1.2. Contratos de Prestación de Servicios de Instalación y

Mantenimiento

1.1.2.1.- Para los efectos de la Licitación el Participante Ganador celebrará con

la CFE un Contrato de Prestación de Servicios de Instalación y Mantenimiento

por cada Ruta conforme al Anexo 2 de las Bases, en el que se establecen los

términos y condiciones a los que se sujetarán las partes y el cual estará

vinculado con el Contrato de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal que

coincida con la Ruta específica.

1.1.2.2.- En caso de discrepancia entre lo establecido en el Contrato de

Prestación de Servicios de Instalación y Mantenimiento y las Bases prevalecerá

lo establecido en el primero.

1.1.2.3.- Los costos, términos y condiciones del servicio de mantenimiento,

tanto preventivo como correctivo, se establecen en el Anexo Técnico (Anexo 3).

1.1.2.4.- La CFE podrá optar por incluir los términos y condiciones del Contrato

de Prestación de Servicios de Instalación y Mantenimiento dentro del Contrato

de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal.

-17-

1.1.3.- Contrato de Sub-Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal

El Contrato de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal establece los

términos y condiciones para el otorgamiento del sub-uso y aprovechamiento

accesorio y temporal del tramo correspondiente al Par de Hilos de la Fibra

Óptica Oscura, el cual se celebrará en los términos del formato del Contrato de

Sub-Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal conforme al Anexo 4 de las

Bases.

1.1.4.- Títulos de Concesión de Red Pública

1.1.4.1.- Para que el o los Participantes Ganadores puedan prestar servicios

de telecomunicaciones por sí, o a través de terceros, se otorgarán Títulos de

Concesión de Red Pública por cada Ruta, cuyo modelo se contiene en el Anexo

5 de las Bases.

1.1.4.2.- Los Títulos de Concesión de Red Pública se otorgarán de forma

simultánea a la celebración de los Contratos de Uso y Aprovechamiento

Accesorio y Temporal y demás instrumentos requeridos conforme a las Bases.

1.1.4.3.- En caso de discrepancia entre lo establecido en el Título de

Concesión de Red Pública y las Bases, prevalecerá lo establecido en el primero.

1.2.- Aspectos Generales

1.2.1.- Las definiciones de los diversos conceptos y términos que se utilizan

a lo largo de las Bases, Formulario de Calificación y demás Documentos de la

Licitación se establecen en el Anexo 6.

-18-

1.2.2.- La CFE conservará la propiedad del Par de Hilos de Fibra Óptica

Oscura materia de la Licitación y de la infraestructura de la que forma parte el

mismo.

1.2.3.- El servicio público de energía eléctrica tendrá prioridad sobre

cualquier uso que se le dé al Par de Hilos de Fibra Óptica Oscura materia de la

Licitación. La CFE tendrá facultades para realizar en todo momento y sin

responsabilidad alguna, los trabajos necesarios para garantizar la continuidad y

seguridad en la prestación del servicio público de energía eléctrica, aún en los

casos en que, para tal efecto, sea necesario interrumpir durante el tiempo que se

requiera dicho uso. Las condiciones para realizar los trabajos e interrumpir el uso

se establecen en los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y

Temporal, en el Anexo Técnico, así como en el Contrato de Prestación de

Servicios, Instalación y Mantenimiento.

1.2.4.- El idioma oficial de la Licitación es el español. La documentación que

sea presentada ante la Secretaría deberá ser en dicho idioma. La

documentación que se encuentre en otro idioma, deberá acompañarse de su

correspondiente traducción oficial.

1.2.5.- La Licitación se dividirá en tres partidas que corresponden a cada una

de las Rutas.

1.2.6.- En el caso de que los Interesados o Participantes sean personas

físicas o personas morales que deseen concursar de manera individual, deberán

tener la nacionalidad mexicana. Adicionalmente, en el caso de personas

morales deberán cumplir con lo establecido en la Ley de Inversión Extranjera, la

Ley Federal de Telecomunicaciones y demás Leyes Aplicables.

-19-

1.2.7.- En caso de que los Interesados o, en su caso, Participantes deseen

concursar como Grupo de Inversionistas, deberán presentar el Contrato de

Grupo de Inversionistas en el cual se refleje la estructura accionaria de dicho

grupo, a fin de acreditar el cumplimiento con lo establecido en la Ley de

Inversión Extranjera, la Ley Federal de Telecomunicaciones y demás Leyes

Aplicables.

1.2.8.- Los Participantes podrán concursar en la Licitación de una o más

Rutas. En caso de concursar por más de una Ruta, el Participante deberá

formular Propuesta Económica para cada una de ellas de manera independiente.

1.2.9.- Los miembros de un Grupo de Inversionistas no podrán participar

directa o indirectamente, ya sea a través de un tercero o de otro Interesado o

Participante, en la Licitación de la misma Ruta por la cual el Grupo de

Inversionistas presente Propuesta Económica. No obstante, podrán participar en

la Licitación de otra(s) Ruta(s), en los términos de las Bases.

1.2.10.- El o los Participantes Ganadores podrán prestar por sí o por medio de

terceros los servicios autorizados en los Títulos de Concesión de Red Pública,

en los términos y condiciones establecidos en los mismos. Dichos servicios

deberán de proveerse en las mismas condiciones o términos que el o los

Participantes Ganadores o los terceros referidos se provean a sí mismos, a sus

filiales, afiliadas o subsidiarias.

1.2.11.- El o los Participantes Ganadores que presten los servicios por sí, o

través de terceros, instalarán la capacidad necesaria en la red pública de

telecomunicaciones objeto de los Títulos de Concesión de Red Pública para

satisfacer la demanda de servicios de conformidad con las Leyes Aplicables y

los términos y condiciones de los contratos que convengan con el solicitante.

-20-

1.2.12.- El o los Participantes Ganadores sólo estarán sujetos a las reglas

tarifarias, tecnológicas y de operación establecidas en las Leyes Aplicables.

1.2.13.- Los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal que

celebrarán el o los Participantes Ganadores y la CFE por cada Ruta y los Títulos

de Concesión de Red Pública que en consecuencia se otorguen, tendrán una

vigencia de 20 años prorrogables en los términos de los mismos, por lo que

desde su origen se encuentran vinculados. Dicha vinculación consiste en que la

vigencia de los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y de

los Títulos de Concesión de Red Pública son mutuamente dependientes, de tal

suerte que, la terminación por cualquier causa de uno implicará

automáticamente la terminación del otro.

1.2.14.- De conformidad con los artículos 18 y 19 de la Ley Federal de

Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, cuando los

Interesados o Participantes entreguen la documentación a que se hace

referencia en las Bases, deberán señalar expresamente los documentos que

contengan información confidencial, reservada o comercial reservada. La

información que los Interesados o Participantes hayan señalado con tal carácter

será resguardada por la Secretaría, sujeto a lo previsto en las Leyes Aplicables.

1.2.15.- Salvo que sea una respuesta a una solicitud, pregunta o aclaración

emitida por escrito por la Secretaría con la participación del Testigo Social y en

tanto no concluya la Licitación, ningún Interesado o Participante, sus

representantes, directivos, asesores, empleados o agentes, podrán comunicarse

de forma alguna con los servidores públicos de la Secretaría, o sus asesores, en

relación con cualquier asunto relativo a la Licitación. Cualquier esfuerzo de un

Interesado o Participante, sus representantes, directivos, asesores, empleados o

-21-

agentes, para influir en los servidores públicos de la Secretaría o sus asesores

en la evaluación de cualquier información o documentación, comparación de las

Propuestas Económicas, en las decisiones para emitir el Fallo de la Licitación o

en la emisión de cualquier acto dentro de la Licitación, será considerado como

una causal de descalificación del o los Interesados o Participantes de que se

trate, sin perjuicio de lo que para tales casos establezcan las Leyes Aplicables.

1.2.16.- El Avalúo será secreto y no será proporcionado a los Interesados y/o

Participantes sino hasta el momento del Fallo de la Licitación que declare un

Participante Ganador en los supuestos previstos en las Bases, salvo lo

establecido en el numeral 3.4.1.18.

1.2.17.- Todos las actas que se levanten conforme a lo establecido en las

Bases, Formulario de Calificación y Documentos de la Licitación estarán

disponibles para consulta de los Interesados o Participantes en el Domicilio de la

Licitación, salvo aquella información que sea considerada con el carácter de

confidencial o reservada en términos de las Leyes Aplicables.

1.2.18.- Los Interesados o Participantes en el proceso de la presente Licitación

deberán designar domicilio en el Distrito Federal para oír y recibir todo tipo de

notificaciones. Cualquier cambio o sustitución de dicho domicilio deberá

informarlo a la Secretaría, en tanto no se lleve a cabo, las notificaciones se

continuarán realizando en el domicilio registrado.

1.2.19.- La Secretaría podrá, de considerarlo conveniente, solicitar la

presencia de un Fedatario Público que dé fe, total o parcialmente, de la

Licitación.

-22-

1.3.- Resolución favorable de COFECO

1.3.1.- A partir de la publicación de la presente Convocatoria y de las Bases,

los Interesados presentarán ante COFECO la solicitud de inicio de procedimiento

de notificación de concentración a que se refiere el Capítulo III de la Ley Federal

de Competencia Económica. Será responsabilidad del Interesado adoptar las

medidas necesarias para obtener de manera oportuna la resolución a su

solicitud. El acuse de recibo de dicha solicitud o copia certificada del mismo,

debéra ser presentada a la Secretaría por los Interesados en la Licitación como

parte del Formulario de Calificación identificado como Anexo 7 de las Bases.

1.3.2.- La solicitud a que se refiere el numeral anterior se presentará a la

COFECO en sus instalaciones ubicadas en Avenida Santa Fe No. 505, piso 24,

Colonia Cruz Manca, Delegación Cuajimalpa, C.P. 05349, a fin de que dicho

organismo emita resolución conforme a la Ley Federal de Competencia

Económica y su Reglamento.

1.3.3.- Los Interesados deberán cubrir a la Federación los derechos que en

su caso procedan en términos de las Leyes Aplicables, a efecto de que la

COFECO realice la revisión de la documentación correspondiente.

1.3.4.- Para cualquier información relacionada con las gestiones que el

Interesado deberá llevar a cabo ante la COFECO, podrá comunicarse en Días

Hábiles al teléfono (55) 27-89-65-00 o directamente en sus oficinas ubicadas en

el domicilio señalado anteriormente, de las 9:00 a las 14:00 horas y de las 15:00

a las 16:30 horas.

-23-

1.3.5.- Los Interesados, o en su caso los Participantes, deberán entregar a la

Secretaría, la resolución favorable emitida por COFECO, a más tardar el Día

Hábil inmediato anterior al Acto de Presentación de Propuestas Económicas.

2.- Participación de Testigo Social:

2.1.- Con el fin de transparentar la Licitación, la Secretaría consideró

conveniente la participación del organismo , para que con base

en su experiencia en este tipo de tareas, y al escrutinio y observación que lleve a

cabo dentro del presente procedimiento, dé testimonio de que la Licitación se

lleva a cabo con integridad, honestidad y ética.

2.2.- es un organismo civil que no tiene fines de lucro y

que está orientado a la promoción de políticas públicas y actitudes privadas en

contra de la corrupción y a favor de la transparencia. tiene autorización

para recibir donativos, a través de los cuales se cubren los gastos operativos de

esa organización, así como los gastos relativos a la participación en este

proceso del Testigo Social designado por dicho organismo.

2.3.- Los gastos derivados de la participación de , no

serán cubiertos por el o los Participantes Ganadores.

2.4.- La participación de se llevará a cabo en los términos

del contrato o convenio suscrito entre la Secretaría y ese organismo.

2.5.- tendrá acceso a toda la información que se genere

con motivo del presente procedimiento incluyendo su participación como Testigo

Social en todos los eventos, reuniones y en cada una de las etapas de la

Licitación, las diferentes sesiones que dentro del procedimiento se lleven a cabo,

-24-

el acto de protocolo de recepción de documentación, la evaluación de la

documentación, la entrega de constancias de participación que procedan, la

presentación de las Propuestas Económicas, el Fallo de la Licitación y en

cualquier otro evento vinculado con este procedimiento y hasta la firma de los

instrumentos jurídicos correspondientes y los títulos de concesión respectivos.

2.6.- Los Interesados deberán entregar la Declaracion Unilateral de

Integridad durante el acto de protocolo para la recepción de la documentación a

que se refiere el Formulario de Calificación.

3.- Etapas de la Licitación

La Licitación se desarrollará conforme a las etapas que se describen en el

presente numeral. En el Programa de Actividades que se encuentra en el Anexo

8 de las Bases, se describen las fechas, lugares y horarios de ejecución de

dichas etapas.

Etapa 1.- Publicación de la Convocatoria y de las Bases en el Diario Oficial.

Etapa 2.- Aclaraciones a las Bases.

Etapa 3.- Recepción por la Secretaría del Formulario de Calificación, Garantía

de Seriedad y comprobante de pago de derechos por el estudio de la

solicitud de otorgamiento de los Títulos de Concesión de Red Pública.

Etapa 4.- Entrega por parte de la Secretaría de las Constancias de Participación

o Constancias de No Participación a cada Interesado

Etapa 5.- Propuestas Económicas

Etapa 6.- Fallo de la Licitación

Etapa 7.- Constitución de Sociedad en caso de Grupo de Inversionistas

-25-

Etapa 8.- Pago de Contraprestación a CFE y exhibición de comprobante de

pago de derechos a la Secretaría por expedición de los Títulos de

Concesión de Red Pública

Etapa 9.- Firma de contratos y otorgamiento de títulos de concesión

3.1.- Aclaraciones a las Bases

3.1.1.- Los Interesados que deseen formular preguntas o aclaraciones sobre

cualquier parte o documento de las Bases, Formulario de Calificación y/o

Documentos de la Licitación, deberán realizarlas mediante el formato a que se

refiere el Anexo 9 de las Bases, y presentarlo en el domicilio y en las fechas y

horas que se señala en el Programa de Actividades.

3.1.2.- Con la finalidad de facilitar el proceso de revisión y respuesta a

preguntas o aclaraciones, los Interesados deberán acompañar sus preguntas o

aclaraciones en un disco compacto (CD) en versión Word.

3.1.3.- Las preguntas o aclaraciones versarán exclusivamente sobre el

contenido de las Bases, Formulario de Calificación y Documentos de la

Licitación.

3.1.4.- La Secretaría responderá por escrito a dichas preguntas o

aclaraciones en la Sesión de Respuestas y Aclaraciones en el domicilio y en las

fechas y horas que se señala en el Programa de Actividades. Las respuestas

serán entregadas a todos los Interesados durante el desahogo de dicha sesión.

-26-

3.1.5.- La Secretaría no estará obligada a responder preguntas o

aclaraciones presentadas después de la fecha límite establecidas en el

Programa de Actividades. No obstante, en la Sesión de Respuestas y

Aclaraciones, los Interesados podrán presentar preguntas o aclaraciones

adicionales por escrito conforme al formato establecido en el Anexo 9 de las

Bases, las cuales serán recibidas únicamente en ese mismo acto. En este

supuesto, la Secretaría podrá diferir la Sesión de Respuestas y Aclaraciones.

3.1.6.- A la Sesión de Respuestas y Aclaraciones, podrán acudir hasta 4

(cuatro) representantes por cada Interesado. La inasistencia del Interesado o de

sus representantes, no lo eximirá del cumplimiento de las obligaciones que se

deriven de dicha sesión.

3.1.7.- La Secretaría levantará un acta de la Sesión de Respuestas y

Aclaraciones en la que se hará constar el desahogo de la misma y se adjuntarán

las respuestas entregadas a todos los Interesados. Dicha acta será firmada por

los representantes de la Secretaría, el Testigo Social y por cada uno de los

Interesados que estén presentes y deseen hacerlo.

3.1.8.- Las respuestas que por escrito emita la Secretaría formarán parte de

las Bases de Licitación.

3.2.- Recepción por la Secretaría del Formulario de Calificación,

Garantía de Seriedad y comprobante de pago de derechos por el estudio de

la solicitud de otorgamiento de los Títulos de Concesión de Red Pública

-27-

3.2.1.- Garantía de Seriedad

3.2.1.1.- A efecto de garantizar la seriedad de su participación en la Licitación,

los Interesados deberán constituir una Garantía de Seriedad por cada Ruta en

que se encuentren interesados en participar por el monto señalado en el

Formulario de Calificación y conforme al formato establecido en el Anexo 10 de

las Bases. Dicho formato no podrá ser modificado por los Interesados.

3.2.1.2. Para constituir la Garantía de Seriedad, los Interesados deberán

entregar carta de crédito confirmada y expedida por una institución de crédito

debidamente autorizada en México, pagadera a la vista, incondicional e

irrevocable, a favor de la Secretaría.

3.2.1.3.- La presentación de la Garantía de Seriedad por parte del Interesado

implica la aceptación expresa e incondicional de los términos y condiciones

establecidos en las Bases, Formulario de Calificación y/o Documentos de la

Licitación.

3.2.2.- Pago de derechos por el estudio de la solicitud de otorgamiento

de los Títulos de Concesión de Red Pública

3.2.2.1.- Para la expedición de los Títulos de Concesión de Red Pública, el

Interesado deberá presentar la solicitud correspondiente en términos de la Ley

Federal de Telecomunicaciones y demás Leyes Aplicables.

3.2.2.2.- De conformidad con la Ley Federal de Derechos vigente, el

Interesado adjuntará a su solicitud de otorgamiento de Títulos de Concesión de

Red Pùblica, el comprobante que acredite el pago de derechos por concepto de

estudio de dicha solicitud.

-28-

3.2.3.- Recepción de la documentación de cada Interesado.

3.2.3.1.- Para ser objeto de calificación por parte de la Secretaría y continuar

en el procedimiento de Licitación, los Interesados deberán presentar en las

fechas señaladas en el Programa de Actividades los requisitos e información

señalados en el Formulario de Calificación (Anexo 7) de las Bases.

3.2.3.2.- El procedimiento de recepción de la documentación a la que se refiere

este numeral iniciará con el acto de protocolo para la recepción de

documentación, que para el efecto se llevará a cabo conforme la fecha

establecida en el Programa de Actividades.

3.2.3.3.- En el acto de protocolo, la Secretaría informará a los representantes

legales de cada uno de los Interesados respecto la hora y en su caso el día en

que deberán presentar su documentación. Tales horas y fechas se asignarán en

atención al número de Participantes y conforme al estricto orden que se registre

en la lista de asistencia que se levantará durante dicho acto. Para tal efecto,

podrán estar presentes hasta 2 (dos) representantes legales de cada uno de los

Interesados.

3.2.3.4.- Los Interesados deberán incluir, en su documentación, el formato de

Declaración Unilateral de Integridad contenido en el Formulario de Calificación.

Dicha declaración deberá cumplir con lo siguiente:

a) En el caso de personas morales, deberá llevar las firmas autógrafas

del Director General de la empresa o su equivalente, así como de los

representantes legales designados por ésta de acuerdo al Formulario

-29-

de Calificación y de las personas facultadas para presentar la

Propuesta Económica.

b) Tratándose de personas físicas, deberán incluir las firmas autógrafas,

tanto del Interesado como del o de los representantes legales que, en

su caso, designe, así como de los representantes legales autorizados

por éste para presentar Propuesta Económica, de acuerdo con lo que

el Interesado señale en la información entregada para efecto de

cumplir con lo dispuesto en el Formulario de Calificación.

c) En el caso de Grupo de Inversionistas, deberá contener las firmas

autógrafas de cada uno de los integrantes del mismo, atendiendo a

los criterios para personas físicas o morales señalados en los incisos

a) y b) de este numeral, así como las firmas de los representantes

legales designados por el grupo y de las personas facultadas para

presentar la respectiva Propuesta Económica, de acuerdo con lo que

el Grupo de Inversionistas señale en la información entregada para

efecto de cumplir con lo dispuesto en el Formulario de Calificación.

3.2.3.5.- La Secretaría verificará que las solicitudes se encuentren debidamente

integradas conforme a lo establecido en las Bases, Formulario de Calificación y

Documentos de la Licitación.

3.2.3.6.- En el Formulario de Calificación, los Interesados deberán señalar la

Ruta o Rutas de interés por las cuales presentará Propuesta Económica.

3.3. Entrega por parte de la Secretaría de las Constancias de

Participación o Constancias de No Participación a cada Interesado

3.3.1.- La Secretaría emitirá Constancia de Participación o Constancia de No

Participación a los Interesados, para lo cual evaluará: (i) el Formulario de

-30-

Calificación conforme a los criterios de evaluación establecidos en la relación de

documentos del Anexo 11 de las Bases; (ii) cumplimiento de la o las Garantía(s)

de Seriedad presentadas por el Interesado; (iii) cumplimiento del pago de

derechos correspondiente por el análisis de la solicitud para el otorgamiento de

los Títulos de Concesión de Red Pública y (iv) cumplimiento de la exhibición del

acuse de recibo o copia certificada de la solicitud de inicio de procedimiento de

notificación de concentración a la que se refieren el Capítulo III de la Ley Federal

de Competencia Económica y Capítulo IV de su Reglamento.

3.3.2.- La Secretaría, conforme a la fecha establecida en el Programa de

Actividades, entregará a los Interesados, en los casos que resulte procedente,

su Constancia de Participación a fin de que puedan continuar en el

procedimiento de Licitación y puedan presentar Propuesta Económica respecto

de las Rutas que para tal efecto se hayan elegido por su parte en el Formulario

de Calificación.

3.3.3.- En caso de Grupo de Inversionistas, las personas físicas o morales

que participen en el grupo, de manera directa o indirecta, no podrán ser titulares

de Constancias de Participación adicionales, directa o indirectamente, de

manera individual o incluso, a través de otros Grupos de Inversionistas, respecto

de la misma Ruta, pero sí respecto de otras Rutas, de manera individual, como

parte del mismo u otro Grupo de Inversionistas.

3.3.4.- En los casos en que resulte procedente, la Secretaría emitirá

Constancia de No Participación. En consecuencia, los Interesados no tendrán el

carácter de Participante por lo que no podrán continuar dentro del procedimiento

de la Licitación.

-31-

3.3.5.- En la Constancia de Participación y la Constancia de No Participación

según corresponda, la Secretaría señalará las razones respecto de cada

Interesado, por las cuales se emitió en uno u otro sentido cada una de dichas

constancias.

3.3.6.- La entrega a los Interesados por parte de la Secretaría de la

Constancia de Participación ó la Constancias de No Participación, se realizará

en la fecha, lugar y hora indicada en el Programa de Actividades. Dicha entrega

se realizará con la presencia de los Interesados y del Testigo Social y se

levantará el acta respectiva. La omisión de firma por cualquiera de los

Interesados no afectará la validez de la sesión o el acta respectiva.

3.3.7.- La no asistencia de algún Interesado a la entrega a que se refiere el

presente numeral se entenderá como su negativa de continuar en la Licitación.

En este supuesto la Secretaría expedirá una Constancia de No Participacion, la

cual será notificada en el domicilio que el interesado haya señalado en el

Formulario de Calificación.

3.4.- Propuestas Económicas

3.4.1.- Presentación y Apertura de Propuestas Económicas

3.4.1.1.- La presentación y apertura de Propuestas Económicas se llevará a

cabo de conformidad con el Programa de Actividades.

3.4.1.2.- Las Propuestas Económicas de los Participantes deberán presentarse

conforme al formato de Propuesta Económica que se adjunta a las Bases como

Anexo 12. Dicho formato deberá presentarse por cada Ruta por la que se haya

obtenido Constancia de Participación, en los términos que se describe en la

-32-

relación de documentos que deben proporcionar los Participantes en la

presentación de la o las Propuestas Económicas, de conformidad con el Anexo

17.

3.4.1.3.- En caso de Grupo de Inversionistas, las personas físicas o morales

que participen en el grupo, de manera directa o indirecta, no podrán presentar

Propuestas Económicas adicionales, directa o indirectamente, de manera

individual o incluso, a través de otros Grupos de Inversionistas, respecto de la

misma Ruta, pero sí respecto de otras Rutas, de manera individual, como parte

del mismo u otro Grupo de Inversionistas.

3.4.1.4.- Ningún formato de Propuesta Económica podrá ser modificado por los

Participantes.

3.4.1.5.- La Secretaría recibirá las Propuestas Económicas de cada uno de

ellos, en el orden en que se hubieran registrado y con la presencia de los

Participantes o sus representantes o autorizados y del Testigo Social.

3.4.1.6.- Por cada Ruta en la que concurse el Participante, deberá presentar

una Propuesta Económica y la Garantía de Cumplimiento en un sobre cerrado

de forma inviolable. Cada sobre deberá indicar el nombre de la Licitación, la

Ruta en la que se está participando, el nombre de la Secretaría, el nombre del

Participante y el título de “ORIGINAL” debidamente foliado. Los Participantes

deberán presentar adicionalmente y en la misma forma dos copias de lo anterior

que deberán presentarse en forma separada indicando en la parte exterior del

sobre o sobres los datos señalados anteriormente y el título de “COPIA 1” y

“COPIA 2” en lugar legible.

-33-

3.4.1.7.- Ninguna Propuesta Económica podrá ser modificada después de la

fecha de presentación de Propuestas Económicas.

3.4.1.8.- Salvo autorización expresa de la Secretaría, en el Acto de

Presentación de Propuestas Económicas podrán asistir hasta 4 (cuatro)

representantes por cada Participante, en el entendido de que invariablemente

deberá asistir un representante legal.

3.4.1.9.- El representante legal o los autorizados por el Participante podrán

participar en el Acto de Presentación de Propuestas Económicas siempre que

acrediten su personalidad, inclusive mediante carta poder expedida a su favor

por el Representante Legal del Participante, cuyo original se entregará previo al

inicio del Acto de Presentación de Propuestas Económicas, debiendo exhibir el

original y copia de su identificación oficial con fotografía. Los Participantes o

representantes que ya tengan acreditada su personalidad en la Licitación

únicamente deberán exhibir la identificación oficial señalada.

3.4.1.10.- La Secretaría no asumirá responsabilidad alguna en el caso de que

las Propuestas Económicas no cumplan con las indicaciones señaladas en las

Bases, Formulario de Calificación y/o Documentos de la Licitación. En este

supuesto el Participante será descalificado.

3.4.1.11.- La Secretaría conservará bajo su custodia los originales y las copias

de las Propuestas Económicas de los Participantes para su evaluación posterior.

3.4.1.12.- La Secretaría procederá a la apertura de los sobres que contengan el

original de la Propuesta Económica y la Garantía de Cumplimiento de cada

Participante, por Ruta y hará constar la documentación que la integra y el

-34-

número de folios declarados por el Participante conforme a las características

establecidas en las Bases.

3.4.1.13.- El acto formal de apertura de Propuestas Económicas será presidido

por la Secretaría, con la participación del Testigo Social. A efecto de mantener la

secrecía de las Propuestas Económicas, no podrán a asistir a este acto, los

Participantes o sus representantes legales o personas autorizados.

3.4.1.14.- La Secretaría levantará un acta de la apertura de Propuestas

Económicas, en la que asentará lo acontecido y la cual contendrá como mínimo:

a) Los nombres de los asistentes;

b) El nombre de los Participantes que presentaron Propuesta

Económica;

c) La Contraprestación ofertada por el Participante en cada Ruta;

d) El nombre de los Participantes, en su caso, que hayan sido

descalificados indicando el fundamento y motivo que causaron la

descalificación; y

e) El nombre del Testigo Social o su representante.

3.4.1.15.- El acta deberá ser firmada por los representantes de la Secretaría y el

Testigo Social.

3.4.1.16.- Para aceptar o descalificar una Propuesta Económica, la Secretaría

sólo tomará en cuenta los documentos presentados en la misma, sin considerar

ninguna clase de elemento o evidencia externa.

-35-

3.4.1.17.- Para que la Propuesta Económica del Participante, formulada de

manera individual, en una o más Rutas, sea considerada como Propuesta

Económica Solvente, ésta deberá ser igual o mayor a la Contraprestación

Mínima.

3.4.1.18.- En el supuesto de que en alguna Ruta en específico resulte que todas

las Propuestas Económicas ofrecidas por los Participantes son Propuestas

Económicas No Solventes, la Secretaría sin revelar las mismas, por una sola

ocasión, convocará a un nuevo Acto de Presentación de Propuestas

Económicas, el cual tendrá verificativo al Día Hábil siguiente.

3.4.1.19.- En el caso señalado en el numeral anterior, la Secretaría revelará la

Contraprestación Mínima a los Participantes, a fin de que se encuentren en

condiciones de presentar una nueva Propuesta Económica bajo el mismo

mecanismo establecido en las Bases. No se dará a conocer la Contraprestación

Mínima cuando sólo exista una Propuesta Económica. Del mismo modo, la

Secretaría procederá a la apertura de la o las nuevas Propuestas Económicas.

3.4.2. Garantía de Cumplimiento

3.4.2.1.- A efecto de garantizar el cumplimiento en el pago de la

Contraprestación en la Licitación, los Participantes deberán presentar junto con

la o las Propuestas Económicas por cada Ruta la(s) Garantía(s) de

Cumplimiento de conformidad con el formato establecido en el Anexo 13 de las

Bases. Dicho formato no podrá ser objeto de modificación alguna por parte de

los Interesados.

3.4.2.2.- La presentación de la Garantía de Cumplimiento por parte del

Participante implica la aceptación expresa e incondicional de los términos y

-36-

condiciones establecidos en las Bases, Formulario de Calificación y/o

Documentos de la Licitación.

3.4.2.3.- La liberación de la Garantía de Cumplimiento presentadas por los

Participantes se realizará a partir de la firma de los Contratos de Uso y

Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás instrumentos y el otorgamiento

de los Títulos de Concesión de Red Pública, previa solicitiud del Participante

respectivo.

3.4.3.- Criterios a seguir para la evaluación de las Propuestas

Económicas

3.4.3.1.- Durante el periodo comprendido entre el Acto de Presentación de

Propuestas Económicas y el Fallo de la Licitación, la Secretaría realizará el

análisis de las Propuestas Económicas y Garantías de Cumplimiento que hayan

sido aceptadas. Con base en dicho análisis, la Secretaría emitirá la resolución

correspondiente en la que señalarán las razones para admitir o descalificar las

Propuestas Económicas de los Participantes.

3.4.3.2.- Las Propuestas Económicas que sean aceptadas porque cumplen con

los requisitos establecidos en las Bases, Formulario de Calificación y

Documentos de la Licitación, se declararán como Propuestas Económicas

Solventes.

3.4.3.3.- Las Propuestas Económicas que no sean aceptadas porque no

cumplen con los requisitos establecidos en las Bases, Formulario de Calificación

y Documentos de la Licitación, se declararán como Propuestas Económicas No

Solventes.

-37-

3.4.3.4.- Las Propuestas Económicas Solventes se ordenarán de manera

ascendente. La Secretaría seleccionará como Propuesta Económica Solvente

Ganadora por cada Ruta la que ofrezca el mayor valor económico, más el

impuesto al valor agregado correspondiente.

3.4.3.5.- La Propuesta Economica Solvente en Segundo Lugar podrá fungir

como Propuesta Económica Solvente Ganadora en caso de que el Participante

Ganador sea descalificado y sucesivamente con las restantes Propuestas

Económicas Solventes, en su caso.

3.4.3.6.- En caso de discrepancia durante el proceso de evaluación de

Propuestas Económicas, se aplicarán los criterios siguientes:

a) Entre el original de la Propuesta Económica y las copias, el original

prevalecerá; y

b) Entre las cantidades escritas con letra y las cantidades escritas con

número, prevalecerán las cantidades escritas con letra.

3.4.3.7.- Cada Ruta se evaluará por parte de la Secretaría de manera

independiente.

3.4.3.8.- El Participante Ganador podrá ser el mismo en una o varias Rutas; sin

embargo, la Propuesta Económica que haya realizado en una Ruta no

modificará los resultados en la evaluación y calificación de la Propuesta

Económica realizada en una Ruta diferente.

-38-

3.4.4.- Vigencia de las Propuestas Económicas

3.4.4.1.- Las Propuestas Económicas estarán vigentes a partir de la fecha del

Acto de Presentación de Propuestas Económicas, hasta la firma de los

Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás

instrumentos establecidos en las Bases y expedición de los Títulos de Concesión

de Red Pública.

3.4.4.2.- La presentación de una Propuesta Económica por sí misma

constituirá una manifestación unilateral y aceptación expresa por parte del

Participante de que:

a) Cuenta con los recursos necesarios para cubrir los pagos previstos en

las Bases, Formulario de Calificación y demás Documentos de la

Licitación, así como para llevar a cabo el objeto mismo de la

Licitación.

b) Cualquier deficiencia, omisión o error que contenga la Propuesta

Económica, será de la exclusiva responsabilidad del Participante.

c) Acepta incondicionalmente todos y cada uno de los términos y

condiciones de la Licitación.

d) Guardará la confidencialidad de la información que se le proporcione

en relación con la Licitación, que no tenga carácter público.

3.4.4.3.- El Gobierno Federal, la Secretaría, el Testigo Social, la CFE y el o los

Participantes Ganadores, en ningún caso tendrán mayores obligaciones

derivadas del procedimiento de Licitación que aquéllas expresamente señaladas

en las Bases, Formulario de Calificación, demás Documentos de la Licitación, los

-39-

Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás

instrumentos señalados en las Bases, los Títulos de Concesión de Red Pública y

las Leyes Aplicables.

3.5.- Fallo de la Licitación

3.5.1.- La junta pública en la que la Secretaría dará a conocer el Fallo de la

Licitación se realizará conforme al Programa de Actividades.

3.5.2.- La Secretaría presidirá el acto con la participación del Testigo Social y

los Participantes que acudan al evento.

3.5.3.- Los representantes de los Participantes autorizados para asistir al

Acto de Presentación de Propuestas Económicas, también podrán acudir al Fallo

de la Licitación. En el caso de que a dicho acto asista un representante no

registrado, éste podrá acreditar su personalidad inclusive mediante carta poder

expedida en su favor por el Representante Legal del Participante, la que

entregará previo al inicio del acto de la emisión del Fallo de la Licitación. Salvo

autorización expresa de la Secretaría, en dicho acto podrán estar presentes

hasta 4 (cuatro) representantes por cada Participante.

3.5.4.- En el Fallo de la Licitación, la Secretaría informará a los Participantes

sobre las determinaciones que se hayan hecho para distinguir entre las

Propuestas Económicas Solventes y las Propuestas Económicas No Solventes

de acuerdo con los requisitos señalados en las Bases, Formulario de Calificación

y demás Documentos de la Licitación.

3.5.5.- La Secretaría emitirá el Fallo de la Licitación, el cual incluirá lo

siguiente:

-40-

a) Una reseña cronológica de las etapas del procedimiento de la

Licitación;

b) El resultado de la evaluación del Formulario de Calificación;

c) El resultado de la evaluación de las Propuestas Económicas;

d) Las razones del rechazo o aceptación de las Propuestas Económicas;

e) El análisis comparativo de las Propuestas Económicas Solventes a

nivel de comparación por Ruta; y

f) Las Propuestas Económicas Solventes Ganadoras por cada una de

las distintas Rutas y las que, en su caso, hayan quedado en segundo

lugar y ulteriores, indicando las razones de ello.

3.5.6.- La Secretaría declarará al o a los Participantes Ganadores que

hubieren presentado la Propuesta Económica Solvente Ganadora, en virtud de

haber ofrecido el mayor valor económico, monto al que además deberá

agregarse el impuesto al valor agregado correspondiente.

3.5.7.- Durante el acto, la Secretaría dará a conocer el nombre del o los

Participantes Ganadores y el del o los Participantes cuya Propuesta Económica,

en su caso, haya quedado en segundo lugar.

3.5.8.- En caso de que exista el supuesto de dos o más Propuestas

Económicas Solventes más altas idénticas, se realizará un sorteo con la

participación del Testigo Social, mismo que se desarrollará conforme al

Procedimiento del Sorteo que se indica en el Anexo 14 de las Bases.

3.5.9.- El incumplimiento del o de los Participantes Ganadores de entregar a

la Secretaría los documentos necesarios para la firma de los Contratos de Uso y

Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás instrumentos y el otorgamiento

-41-

de los Títulos de Concesión de Red Pública respectivos, o su negativa a

recibirlos o firmarlos, en los plazos establecidos conforme al Programa de

Actividades de las Bases, ocasionará que el Participante Ganador pierda su

derecho de suscribirlos y ser titular respectivamente.

3.5.10.- En el caso del numeral anterior, la Secretaría hará efectiva la Garantía

de Seriedad, expedirá la declaratoria correspondiente para señalar la

descalificación del Participante Ganador original, la designación del segundo

lugar original como nuevo Participante Ganador y la designación del nuevo

segundo lugar conforme al Fallo de la Licitación. Acto seguido, la Secretaría

convocará al nuevo Participante Ganador para efecto de que proceda al pago de

la Contraprestación y a la firma de los Contratos de Uso y Aprovechamiento

Accesorio y Temporal y demás instrumentos, así como al pago de los derechos

correspondientes a la expedición del Título de Concesión de Red Pública. En

este supuesto, deberán realizarse los mismos pasos y cumplirse los requisitos

establecidos en las Bases aplicables al Participante Ganador.

3.5.11.- El procedimiento señalado en el numeral anterior deberá seguirse las

veces necesarias hasta la firma de los Contratos de Uso y Aprovechamiento

Accesorio y Temporal y demás instrumentos señalados en Bases y el

otorgamiento de los Títulos de Concesión de Red Pública o, en su caso, la

declaración del procedimiento de Licitación como desierto.

3.5.12.- A partir de la fecha en que el segundo o ulteriores lugares de la o las

Rutas respectivas sea considerado por la Secretaría como el nuevo Participante

Ganador, éste deberá cumplir los términos, requisitos, condiciones y plazos

establecidos en las Bases para el Paticipante Ganador. En tales supuestos, las

fechas establecidas en las Bases se considerarán automáticamente prorrogadas

y la Secretaría fijará las nuevas fechas que correspondan.

-42-

3.6.- Constitución de Sociedad en caso de Grupo de Inversionistas

El Grupo de Inversionistas que hubiere presentado una Propuesta Económica

Solvente Ganadora y que resulte Participante Ganador en una o más Rutas,

deberá constituir dentro del plazo establecido en el Programa de Actividades,

una sociedad mercantil de nacionalidad mexicana de conformidad con lo

dispuesto en las Bases. Con dicha sociedad mercantil la CFE celebrará el o los

Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y los demás

instrumentos y a la cual se le otorgarán el o los Títulos de Concesión de Red

Pública respectivos. En caso de que el Participante Ganador no cumpla con lo

anterior será causa de descalificación procediendo en consecuencia en términos

de las Bases.

3.7.- Pago de Contraprestación a CFE y exhibición de comprobante de

pago de derechos a la Secretaría por expedición de los Títulos de

Concesión de Red Pública

3.7.1.- Pago de la Contraprestación a la CFE por los Contratos de Uso y

Aprovechamiento Accesorio y Temporal.

3.7.1.1.- El o los Participantes Ganadores de conformidad con el Fallo de la

Licitación deberán pagar a la CFE la Contraprestación, más el impuesto al valor

agregado en la fecha indicada en el Programa de Actividades, sin posibilidad de

prórroga.

3.7.1.2.- La Contraprestación deberá pagarse mediante transferencia

electrónica de fondos haciendo uso del Sistema de Pago Electrónico

-43-

Interbancario (“SPEI”) en la cuenta de la CFE o, en su caso,

mediante cheque certificado o cheque de caja expedido a favor de la CFE, el

cual deberá ser entregado en la Caja General de la CFE ubicada en la Planta

Baja de Paseo de la Reforma, número 164, México, D.F.

3.7.1.3.- La CFE deberá emitir y entregar al o a los Participantes Ganadores

que hayan realizado el pago de la Contraprestación en términos del numeral

anterior, la o las facturas correspondientes, las cuales deberán cumplir con todos

los requisitos establecidos en las Leyes Aplicables, dentro de un plazo no mayor

a 5 (cinco) días hábiles contados a partir del pago correspondiente.

3.7.1.4.- La Contraprestación es independiente a los otros pagos y/o

contraprestaciones establecidos en los contratos de Uso y Aprovechamiento

Accesorio y Temporal por concepto de servicios, así como los Contratos de

Prestación de Servicios de Instalación y Mantenimiento y los Títulos de

Concesión de Red Pública. Dichos pagos y contraprestaciones se pagarán por

separado en los términos previstos en las Bases y en dichos instrumentos.

3.7.2.- Pago de derechos a la Secretaría por expedición de Títulos de

Concesión de Red Pública.

3.7.2.1.- El o los Participantes Ganadores deberán exhibir el comprobante de

pago de derechos por concepto de expedición del o los Títulos de Concesión de

Red Pública, de conformidad con la Ley Federal de Derechos vigente.

3.7.2.2.- El pago de la Contraprestación a la CFE y el pago de los derechos por

la expedición de los Títulos de Concesión de Red Pública deberán realizarse en

Pesos y dentro del plazo establecido en el Programa de Actividades.

-44-

3.7.3.- En caso de que el o los Participantes Ganadores sean un Grupo de

Inversionistas, los pagos a que se refiere el presente numeral se realizarán por

la sociedad que constituyan conforme a las Bases y al plazo establecido en el

Programa de Actividades.

3.7.4.- Para mayor claridad, en el Anexo 18 se contiene una lista de pasos y

documentos requeridos al Participante Ganador para la firma de los contratos y

los títulos de concesión correspondientes.

3.8.- Firma de contratos y otorgamiento de títulos de concesión

3.8.1.- El o los Participantes Ganadores deberán firmar los Contratos de Uso

y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás instrumentos señalados en

las Bases con la CFE por cada Ruta de conformidad con el Programa de

Actividades. En esa misma fecha, la Secretaría expedirá los Títulos de

Concesión de Red Pública, correspondientes a cada Ruta específica.

3.8.2.- En caso de que el o los Participantes Ganadores consistan en un

Grupo de Inversionistas, tanto los Contratos de Uso y Aprovechamiento

Accesorio y Temporal como demás instrumentos establecidos en las Bases, así

como los Títulos de Concesión de Red Pública respectivos, se entregarán al

representante legal de la sociedad mercantil constituida de conformidad con las

Bases.

3.8.3.- En la firma de los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y

Temporal y demás instrumentos señalados en las Bases, la Secretaría firmará

en su carácter de testigo.

-45-

4.- Penalidad

La Secretaría hará efectiva por concepto de pena convencional, la Garantía de

Seriedad, cuando se actualice cualquiera de las causales de descalificación u

ocurra algún incumplimiento a las Bases, Formulario de Calificación y

Documentos de la Licitación, siempre y cuando prevean como consecuencia

dicha penalización.

5.- Liberación de la Garantía de Seriedad

5.1.- La Secretaría expedirá la carta liberatoria correspondiente a la

institución de crédito nacional de que se trate, dentro de los 10 (diez) días

hábiles siguientes a la fecha de solicitud del Interesado o del Participante.

5.2.- La liberación de la garantía de seriedad sólo podrá realizarse cuando:

a) El Interesado no obtenga la Constancia de Participación.

b) Se retire de la Licitación en virtud de haberse modificado las Bases o

se haya suspendido la misma mediante el formato establecido en el

Anexo 16 de las Bases.

c) Se declare desierta la Licitación.

d) Se cancele la Licitación.

e) La Licitación llegue a su fin, a partir de la firma de los Contratos de

Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás instrumentos

y el otorgamiento de los Títulos de Concesión de Red Pública.

6.- Causales de Descalificación de los Participantes

6.1.- Serán causales de descalificación las siguientes:

-46-

a) Exhibir resolución desfavorable de COFECO.

b) No presentar la resolución favorable de COFECO de conformidad con

las Bases.

c) Presentar una Propuesta Económica No Solvente.

d) La falta de validez jurídica o autenticidad en los documentos,

incluyendo las manifestaciones escritas bajo protesta de decir verdad,

o información proporcionada para acreditar su capacidad económica,

técnica y jurídica, conforme a las Bases, el Formulario de Calificación

y Documentos de la Licitación, en cualquier etapa del procedimiento,

salvo que dicho documento o información sea convalidable y, a juicio

de la Secretaría, no trascienda a la evaluación de la documentación

proporcionada por los Interesados. En este supuesto se hará efectiva

la Garantía de Seriedad.

e) Los actos o intentos del Participante, sus asesores, agentes,

empleados o subcontratistas, para influir de manera ilegal en

cualquier parte del procedimiento de la Licitación y de cualquier forma,

a la Secretaría o cualquiera otra autoridad gubernamental, para

obtener un beneficio indebido. En este supuesto se hará efectiva la

Garantía de Seriedad.

f) Toda modificación a la documentación evaluada por la Secretaría

para acreditar la capacidad económica, técnica y jurídica del

Interesado o Participante conforme a las Bases, Formulario de

Calificación y Documentos de la Licitación, sin la previa autorización

de la propia Secretaría, en cualquier etapa del procedimiento de la

Licitación. En este supuesto se hará efectiva la Garantía de Seriedad.

g) Incurrir en prácticas monopólicas a las que se hace referencia en las

Bases y/o Leyes Aplicables. En este supuesto se hará efectiva la

Garantía de Seriedad.

-47-

h) Cuando un miembro que forme parte de un Grupo de Inversionistas

participe directa o indirectamente, ya sea a través de un tercero o de

otro Interesado o Participante, en la Licitación de la misma Ruta por la

cual el Grupo de Inversionistas del que forma parte presente

Propuesta Económica. En este caso, la descalificación sólo aplicará

al miembro de dicho Grupo de Inversionistas. En caso de que el

miembro forme parte de uno o más Grupos de Inversionistas que

participen por la misma Ruta, la descalificación aplicará a sendos

Grupos de Inversionistas.

i) Presentar una Propuesta Económica condicionada y/o en un formato

distinto al establecido en las Bases, Formulario de Calificación y

Documentos de la Licitación. En este supuesto se hará efectiva la

Garantía de Seriedad

j) La terminación de la vigencia de la Garantía de Cumplimiento, durante

la Licitación.

k) El incumplimiento de cualquier requisito u obligación contemplado en

las Bases, Formulario de Calificación y Documentos de la Licitación

y/o en las Leyes Aplicables.

6.2.- En los supuestos antes mencionados, la Secretaría emitirá la

resolución correspondiente descalificando al Participante. A partir de la fecha de

notificación de la resolución de descalificación cesarán los derechos para

participar en la Licitación.

-48-

7.- Causales para declarar desierta, suspender o cancelar la

Licitación

7.1.- Se declarará desierta la Licitación cuando:

a) Ninguna persona participe.

b) La Secretaría no otorgue ninguna Constancia de Participación.

c) Todos los Interesados o Participantes se retiren de la Licitación.

d) No se reciba ninguna Propuesta Económica.

e) Todas las Propuestas Económicas resulten Propuestas Económicas

No Solventes una vez agotado el procedimiento en las Bases.

f) Todos los Interesados y/o Participantes sean descalificados.

g) No se firmen los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y

Temporal y demás instrumentos conforme a las Bases, así como los

Títulos de Concesión de Red Pública y no exista un Participante que

pudiera considerarse Participante Ganador conforme a las Bases.

7.2.- Se suspenderá o cancelará la Licitación cuando:

a) Se cause o se pueda causar un perjuicio al Gobierno Federal;

b) Lo ordene autoridad competente;

c) Existan causas de interés general u orden público debidamente

justificadas; o

d) Sobrevenga caso fortuito o fuerza mayor

7.2.1.- En caso de que se suspenda o cancele la Licitación, la Secretaría no

será responsable de forma alguna ni por cualquier causa, incluyendo de forma

enunciativa más no limitativa, de los gastos en que hubieran incurrido los

-49-

Interesados o Participantes, ni tendrá la obligación de otorgar contraprestación o

indemnización alguna.

7.2.2.- La Secretaría notificará a los Interesados o Participantes a la

brevedad posible la resolución en la que determine la suspensión o cancelación

de la Licitación.

7.2.3.- Cuando la suspensión de la Licitación dure más de 20 (veinte) Días

Hábiles, los Interesados o Participantes podrán retirarse, manifestándolo

mediante el formato establecido en el Anexo 15 de las Bases sin que proceda

reclamación alguna.

7.2.4.- En caso de que se reanude el procedimiento de Licitación, la

Secretaría publicará en el Diario Oficial la recalendarización del Programa de

Actividades.

8.- Prácticas Monopólicas

8.1.- En términos del artículo 9 de la Ley Federal de Competencia

Económica, son prácticas monopólicas absolutas los contratos, convenios,

arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo

objeto sea establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en la

subasta.

8.2.- Queda estrictamente prohibido que antes o durante el procedimiento

de la Licitación, los Interesados o Participantes cooperen, colaboren, discutan, o

revelen de manera alguna sus estrategias de participación en la Licitación o que,

teniendo conocimiento de que otros Interesados o Participantes hayan incurrido

en dichas prácticas monopólicas, no lo revelen a la Secretaría.

-50-

8.3.- En caso de que se pruebe la existencia de comportamientos colusivos

de algún Interesado o Participante, se estará a lo establecido en la Ley Federal

de Competencia Económica, sin perjuicio de las sanciones que, en su caso,

procedan en términos de las Bases y/o Leyes Aplicables.

9.- Inconformidades de los Interesados o Participantes

9.1.- La Secretaría es el órgano competente en la esfera administrativa

para aplicar e interpretar las Bases, Formulario de Calificación y/o Documentos

de la Licitación, así como para resolver cualquier controversia o inconformidad

que se sucite en la Licitación.

9.2.- Los Interesados o Participantes podrán formular cualquier

inconformidad o someter cualquier controversia a la Secretaría, la cual resolverá

lo conducente.

9.3.- En caso de que un Interesado o Participante interponga o tramite ante

las instancias legales respectivas, recursos administrativos o procedimientos

judiciales, en forma frívola o sin fundamento legal, o incurra en cualquier otra

conducta tipificada por el artículo 231 del Código Penal Federal, además de la

responsabilidad penal en que pudiera incurrir, será responsable frente a la

Secretaría o terceros por los daños y perjuicios que tales conductas le

ocasionen.

-51-

10.- Modificaciones

10.1.- La Secretaría podrá modificar las Bases, Formulario de Calificación

y/o Documentos de la Licitación hasta 5 (cinco) Días Hábiles anteriores al Acto

de Presentación de Propuestas Económicas.

10.2.- Los plazos y fechas establecidos en el Programa de Actividades

podrán modificarse por la Secretaría en cualquier momento.

10.3.- Las modificaciones que realice la Secretaría deberán notificarse a los

Interesados o Participantes y publicarse en el Diario Oficial.

10.4.- Cualquier modificación, aclaración o corrección a las Bases,

Formulario de Calificación o demás Documentos de la Licitación, emitidas por la

Secretaría, dejará sin efecto cualquier disposición de las Bases que haya sido

emitida con anterioridad a la modificación dentro del procedimiento de Licitación.

Lo anterior incluye cualquier enmienda, modificación o respuesta emitida por la

Secretaría dentro del procedimiento, en la medida en que ésta sea incompatible

con la modificación, aclaración o corrección correspondiente.

10.5.- En caso de cualquier modificación, aclaración o corrección de las

Bases, el Interesado o Participante podrá retirarse, sin que proceda reclamación

alguna en contra de la Secretaría y tendrán derecho a que la Secretaría emita la

carta liberatoria de la Garantía de Seriedad correspondiente en términos de las

Bases. La manifestación de retiro por parte del Participante deberá realizarse

mediante el formato establecido en el Anexo 16 de las Bases y deberá ser

entregado a la Secretaría dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a la

fecha de publicación de la modificación correspondiente en el Diario Oficial, en el

-52-

Domicilio de la Licitación. Transcurrido dicho plazo sin que exista solicitud de

retiro, se entenderá que el Interesado o Participante continuará en la Licitación.

10.6.- Cualquier Interesado o Participante será responsable de que cualquier

documento presentado en la Licitación cumpla con todos y cada uno de los

requisitos establecidos en las Bases, Formulario de Calificación y demás

Documentos de la Licitación y, en su caso, sus modificaciones, adoptando las

medidas y exhibiendo la documentación adicional que se requiera, so pena de

ser descalificado.

11.- Asesores de la Licitación:

11.1.- Para la elaboración de la Convocatoria, Bases, Formulario de

Calificación y demás Documentos de la Licitación y el desarrollo de la Licitación,

la Secretaría cuenta con los servicios de NAFIN y de los asesores que se

señalan a continuación: Otto Kemberg, S.A. de C.V.; Asesores en Litigios

Económicos y Financieros, S.C.; y Barrera, Siqueiros y Torres Landa, S.C.

11.2.- Ningún Interesado o Participante podrá ser asesorado, directa o

indirectamente, por dichos asesores bajo pena de descalificación.

11.3.- Asimismo, ningún empleado, asesor o representante de los asesores,

podrá formar parte de los órganos de decisión o administrativos de los

Interesados o Participantes durante la Licitación.

12.- Responsabilidad de la Secretaría

12.1.- La CFE es la única responsable del contenido, veracidad y exactitud

del Anexo Técnico, así como de cualquier declaración, representación o

-53-

responsabilidad que recaiga directa o indirectamente a cargo de la CFE y de los

actos que haya llevado o lleve a cabo en relación con las Bases, Formulario de

Calificación, Documentos de la Licitación y, los Contratos de Uso y

Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás instrumentos señalados en las

Bases. En virtud de lo anterior, la Secretaría se excluye de cualquier

responsabilidad.

12.2.- La Secretaría no es ni será responsable respecto del cumplimiento de

los Contratos de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal y demás

instrumentos señalados en las Bases.

12.3.- Salvo por lo expresamente establecido en las Bases, Formulario de

Calificación y Documentos de la Licitación, la Secretaría no tendrá ninguna otra

responsabilidad derivada del procedimiento de Licitación. Los Interesados y

Participantes liberan a la Secretaría de toda responsabilidad, incluyendo la de

carácter laboral y se obligan a su cargo y costo, a sacarla en paz y a salvo por

cualquier demanda o denuncia que se presente en su contra con relación al

procedimiento de Licitación, por cualquier persona física o moral, nacional o

extranjera, que tenga una relación con el Interesado o Participante.

12.4.- Los Interesados o Participantes deberán absorber todos los costos

que, en su caso, implique el análisis, preparación, formulación, y presentación de

cualquier documento dentro del procedimiento de Licitación. La Secretaría en

ningun supuesto será responsable por dichos costos, ni aún en el caso de que el

procedimiento sea declarado desierto, suspendido o cancelado, lo que es

aceptado incondicionalmente por los Interesados o Participantes por el solo

hecho de participar en el presente procedimiento de Licitación.

-54-

13.- Jurisdicción y Competencia del Procedimiento de Licitación

Todos los Interesados o Participantes, por el simple hecho de participar en el

presente procedimiento de Licitación, renuncian al fuero que pudiera

corresponderles por razón de su domicilio, o por cualquier otro motivo, y se

someten a la competencia de las Leyes Aplicables y tribunales federales con

sede en la Ciudad de México, Distrito Federal.

14.- Relación de Anexos

Anexo No. Contenido

1 Formato de Contrato de Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal

2 Formato de Contrato de Prestación de Servicios de Instalación y Mantenimiento

3 Anexo Técnico

4 Formato de Contrato de Sub-Uso y Aprovechamiento Accesorio y Temporal

5 Modelo de Titulo de Concesión de Red Pública

6 Definiciones

7 Formulario de Calificación

8 Programa de Actividades

9 Formato para la realización de Preguntas o Aclaraciones

10 Modelo de Carta de Crédito Irrevocable como Garantía de Seriedad

11 Relación de Documentos que integran el Formulario de Calificación

12 Formato para la presentación de Propuesta Económica

-55-

Anexo No. Contenido

13 Modelo de Carta de Crédito Irrevocable como Garantía de Cumplimiento

14 Procedimiento del Sorteo

15 Formato para informar retiro de la Licitación

16 Descripción de las Rutas

17 Relación de documentos que deben proporcionar los Participantes en la presentación de la o las Propuestas Económicas

18 Lista de pasos y documentos requeridos al Participante Ganador para la firma de los contratos y los títulos de concesión correspondientes

México, D.F. a de 2009

Atentamente

México, D.F., a .- El Secretario de Comunicaciones y

Transportes, .- Rúbrica.