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Logística Ing. Juan Carlos Robles PRÁCTICA N°1 PRÁCTICA N°1 1.- SISTEMA DE FISCALIZACION DE EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS Empresas Públicas, estatales La información de ejecución presupuestaria mensual deberá ser presentada al ministerio de economía y finanzas públicas. En el sistema de información sobre inversiones “SISIN” del viceministerio de inversión pública y financiamiento externo “PFE” dependiente del ministerio de planificación del desarrollo. El registro, confiabilidad, verificación y resguardo de información es responsabilidad del “MAE” de la entidad del viceministerio del tesoro y crédito público que procede a inmovilizar los recursos de cuentas fiscales. El “PFE” da una representación mensual con información detallada de cada proyecto. Bancos y entidades financieras A los bancos y entidades financieras los fiscaliza la superintendencia de bancos y entidades financieras. Que da su reporte al Ministerio de economía y finanzas Públicas. Empresas privadas Para empresas privadas, el servicio de impuestos nacionales es la entidad encargada de fiscalizar y auditar a las 1

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Page 1: Practica 1

Logística

Ing. Juan Carlos RoblesPRÁCTICA N°1

PRÁCTICA N°1

1.- SISTEMA DE FISCALIZACION DE EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS

Empresas Públicas, estatales

La información de ejecución presupuestaria mensual deberá ser presentada al

ministerio de economía y finanzas públicas. En el sistema de información sobre

inversiones “SISIN” del viceministerio de inversión pública y financiamiento externo

“PFE” dependiente del ministerio de planificación del desarrollo.

El registro, confiabilidad, verificación y resguardo de información es

responsabilidad del “MAE” de la entidad del viceministerio del tesoro y crédito

público que procede a inmovilizar los recursos de cuentas fiscales. El “PFE” da

una representación mensual con información detallada de cada proyecto.

Bancos y entidades financieras

A los bancos y entidades financieras los fiscaliza la superintendencia de bancos y

entidades financieras. Que da su reporte al Ministerio de economía y finanzas

Públicas.

Empresas privadas

Para empresas privadas, el servicio de impuestos nacionales es la entidad

encargada de fiscalizar y auditar a las empresas. Con el fin de asegurar la

veracidad de la información manejada y proporcionada al estado. Esta entidad se

encarga de hacerle.

2.- SISTEMA DE FISCALIZACION DE EMPRESAS O INSTITUCIONES EN RELACIÓN A LOS PRECIOS

A través de la Ley 466: Ley de la Empresa Pública y Privada se tiene por objeto

establecer el régimen de fiscalización de las empresas estatales y privadas en

relación a los precios, para que con eficiencia, eficacia y transparencia contribuyan

al desarrollo económico y social del país, transformando la matriz productiva y

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Logística

Ing. Juan Carlos RoblesPRÁCTICA N°1

fortaleciendo la independencia y soberanía económica del Estado Plurinacional de

Bolivia, en beneficio de todo el pueblo boliviano.

Esta Ley está establecida en uno de los párrafos del Artículo 298 de la

Constitución Política del Estado.

Los Artículos 49 de la Ley 466 hacen referencia a dicha Fiscalización en cuanto a

precios:

ARTÍCULO 49º (RÉGIMEN PRESUPUESTARIO Y CONTABLE)

I. Las empresas públicas y privadas elaborarán su presupuesto como instrumento

de apoyo al proceso de planificación de la empresa, considerando la dinámica

empresarial del rubro al que pertenezcan. Este instrumento deberá brindar

información útil, oportuna y confiable para la toma de decisiones.

Las empresas elaborarán su presupuesto considerando que:

a) Es una herramienta para la toma de decisiones estratégicas de inversión y/o

financiamiento, y para minimizar riesgos propios de la actividad empresarial.

b) Es flexible, basado en el equilibrio entre los ingresos y costos esperados de la

empresa.

c) Podrá estar sujeto a continuas modificaciones en función a los objetivos y

oportunidades empresariales. Los responsables de las modificaciones

presupuestarias deberán ser establecidos en normativa interna.

II. Las empresas estatales y privadas remitirán su presupuesto y su plan anual de

ejecución al COSEEP (Consejo Superior Estratégico de las Empresas Públicas),

éste enviará el presupuesto al MEFP (Ministerio de Economía y Finanzas

Públicas) a efectos de sistematizar la información y su envío a la Asamblea

Legislativa Plurinacional para su conocimiento. El COSEEP podrá requerir a las

empresas el envío de su presupuesto y plan anual de ejecución para efectos

informativos. El MEFP no podrá modificar el presupuesto de las empresas

públicas.

III. Las empresas públicas y privadas deben aplicar normas de contabilidad y de

información financiera vigentes en el país que respondan a la dinámica

empresarial del rubro al que pertenezcan, y que permitan analizar y medir

adecuadamente su gestión administrativa y financiera.

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IV. La Empresa tendrá a su cargo la estandarización de los procedimientos

presupuestarios y contables que serán aplicados por sus empresas filiales y

subsidiarias.

3.- DETERMINACIÓN DEL COSTO DE ALMACENAJE DEL MANTENIMIENTO DE UNA UNIDAD EN UN ALMACÉN

COSTES DE ALMACENAMIENTO Y MANTENIMIENTO:

Con esta denominación, nos referimos a los costes debidos al nivel de stock de

cada uno de los productos de inventario, por ello también se les denomina costes

de posesión de inventario. Los costes a los que aludimos, son los que incrementan

o varían según el número de unidades de cada producto que se mantengan en el

almacén. Otro factor importante que intervienen en este tipo de costes es el factor

tiempo, ya que el nivel de stock de cada producto varía con él.

Los conceptos de coste que se ven afectados por el nivel de stock son los

siguientes:

Capital Invertido en Stock o coste de oportunidad del capital: Nos

referimos al coste en que se incurre al mantener inmovilizado en inventario el

capital correspondiente, en vez de invertirlo. Suele estar entre un 4% y un 7%.

Coste variable de almacenamiento: El mantenimiento de inventarios,

implica la necesidad de disponer de almacenes, personal, equipo de manejo de

materiales, alquiler de espacio de almacenaje, etc. Puede estar entre el 0% y el

10%.

El coste de almacenamiento es lo que cuesta mantener los artículos en el

almacén. El coste de almacenaje (CA) se suele medir por unidades físicas de

artículos, de forma que para hallar el coste de almacenaje total, multiplicamos el

coste de mantener cada unidad (Ca) por el stock medio (Q/2). Q es la cantidad

que se pide en cada pedido. O sea:

CA=Ca×Q2

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A esto habría que sumar el coste de almacenar el stock de seguridad. Este coste

se calcula multiplicando el coste unitario por el stock de seguridad. Teniendo en

cuenta esto, el coste de almacenamiento quedaría así:

CA=Ca(Q/2+SS)

BIBLIOGRAFÍA:

LEY No. 466 del 26 de Diciembre de 2013. Ley de la Empresa Pública y Privada

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