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PORTAFOLIO DE SERVICIOS EMPRESA TELESOLUTIONS INFORME ESCRITO TRABAJO FINAL SERGIO ESNEIDER MISAS MÚNERA HAIR ORLANDO GONZALEZ VEGA YUDY ANDREA VARGAS Legislación de Telecomunicaciones Tutor: Harold Emilio Cabrera Meza Grupo: 208020_11 UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNAD COLOMBIA DICIEMBRE 2014

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PORTAFOLIO DE SERVICIOS EMPRESA TELESOLUTIONS

INFORME ESCRITO TRABAJO FINAL

SERGIO ESNEIDER MISAS MÚNERA

HAIR ORLANDO GONZALEZ VEGA

YUDY ANDREA VARGAS

Legislación de Telecomunicaciones

Tutor: Harold Emilio Cabrera Meza

Grupo: 208020_11

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA – UNAD

COLOMBIA

DICIEMBRE 2014

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TeleSolutions S.A.S “Siempre en Contacto” Cll 67 8-16 Off. 304 Tel. 2133370 Colombia

Introducción

En el presente informe final se plasma el resultado del trabajo desarrollado en los

trabajos colaborativos 1 y 2, acordes a las temáticas estudiadas en la primera y

segunda unidad del curso de Legislación de Telecomunicaciones, se pretende

evaluar y aplicar los temas de estudio y ratificar que se cumplieron las metas que

se pretendían alcanzar al inicio del curso.

Este informe final del trabajo nos sirve para terminar de aplicar los conocimientos

adquiridos y continuar con la colaboración grupal que se necesita en el estudio de

los demás cursos que estudiemos, donde exploraremos los conocimientos previos

que contienen las leyes sobre regencia y funcionamiento de las

telecomunicaciones en Colombia, para aplicarlas posteriormente en la creación de

una empresa, ajustada a cumplir todos los artículos que se mencionan en cada

uno de los artículos de la ley.

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Nombre empresa: TeleSolutions

Logo de la empresa:

Lema:

‘’Siempre en contacto’ TeleSolutions S.A.S

‘’Siempre en contacto’’

Misión:

Ofrecer a nuestros usuarios y clientes un completo portafolio de servicios de

telecomunicaciones, que incluyen soluciones de contacto y comunicación de una

manera rápida, eficaz y segura; ofrecer servicios de redes y servicios eficientes

dando cumplimiento a la normatividad legal y vigente completando así soluciones

integrales, confiables y oportunas que garanticen la generación de utilidad.

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Visión:

Para el año 2017 nuestra empresa prestará los paquetes de servicios de

telecomunicaciones, certificados y acreditados bajo los parámetros técnico-

económicos del sistema de regencia de las entidades públicas y estatales para

regular y vigilar los servicios prestados, con esta acreditación lograremos

posicionarnos a nivel nacional como líderes en la prestación de paquetes de redes

y comunicaciones y continuaremos en la consecución del reconocimiento

empresarial y comercial bajo los estándares de certificación a nivel internacional.

Objetivos:

- Brindar siempre asesoría Ética y Eficaz siempre en la búsqueda de la

satisfacción de nuestros clientes.

- Proyectarnos como una de las Empresas más competitivas en el sector,

marcando la diferencia como prestadora de servicios de

Radiocomunicación de Banda Ciudadana en Colombia.

- Brindar verdaderas soluciones de conexión acordes a las necesidades de

nuestros usuarios.

Características técnicas legales autorizadas:

Podernos comunicar a grandes distancias, se ha convertido en parte fundamental

de nuestras vidas. Los avances tecnológicos han permitido romper los límites

geográficos, cambiar la forma en la que nos comunicamos y hacernos parte de

una base de conocimiento a nivel mundial, es por esta razón que se ha convertido

en algo tan importante en la vida de las personas. La posibilidad de ofrecer

servicios VoIP -voz sobre protocolo de Internet-, servicios de internet móvil de alta

velocidad, televisión con contenido avanzado, dispositivos móviles –señales

radioeléctricas, geolocalización, entre una infinidad de dispositivos electrónicos

que hacen uso de la conectividad para garantizar una vida cada vez más sencilla.

Las telecomunicaciones son un suministro demandado en cualquier aspecto de

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nuestras vidas, ya sea a nivel corporativo o personal negocio. Con tantas

posibilidades de encontrar un espacio que cubrir dentro de las todas las opciones

que nos ofrecen telecomunicaciones, ser jefe de nuestra empresa y ser próspero,

es una gran alternativa a la cual aplicaremos los conceptos teóricos aprendidos

visto en la unidad uno del curso de Legislación de Telecomunicaciones.

Lo primero que debemos hablar, es sobre qué tipo de soluciones que ofrece

TeleSolutions S.A.S a sus futuros clientes. Recordemos que las

telecomunicaciones cubre todas las forma de comunicación a distancia,

incluyendo radio, telegráfica, televisión, telefonía, trasmisión de datos e

interconexión. Según el artículo 2 de 1990/90, las telecomunicaciones en

Colombia son el conjunto de medios de comunicación a distancia o trasmisión de

palabras, sonidos, imágenes o datos en forma de impulsos o señales electrónicas

o electromagnéticas. Existen diferentes campos para decidir es cuál será el

enfoque que de la agencia de telecomunicaciones desea, por ejemplo, telefonía

celular, como usarse solo para vender teléfonos celulares, servicios de vigilancia

electrónica, servicios de internet, televisión o servicios de telefonía fija. Para iniciar

y establecer la compañía de telecomunicaciones, debemos empezar con un foco

primario y establecer los objetivos a corto y largo plazo de nuestro enfoque. De

acuerdo a lo anterior y basados en el artículo 27 de 1990/90 es indispensables

establecer cuál es el tipo de servicios de telecomunicaciones en el que se

encuentra el ubicado el servicio que deseamos prestar. Si por ejemplo, son

servicios de telefonía móvil que prestan sus servicios haciendo uso de la red del

estado para la trasmisión de señales, esta se ubicaría en Servicios básicos, que

comprenden; telefonía fija y móvil, celular o portadores PCM (Pulse Code

Modulation). Si hablamos de una empresa encargada de prestar servicios básicos

que proporcionen una capacidad completa para él envió o intercambio de

información, agregando otras facilidades al servicios como soporte, y de esta

forma satisfaciendo necesidades específicas estaríamos hablando de Servicios de

Valor agregado, como el almacenamiento de información y recuperación de las

mismas, correo electrónico y mensajería. Luego debemos crear una propuesta de

negocios. Incluir nuestra tabla de contenidos, objetivos, misión y proyección

financiera. La declaración de misión debe reflejar el propósito de nuestro negocio.

Debemos de tener un lema para captar la atención del público y un logotipo. La

proyección financiera debe explicar la necesidad del capital inicial, como el alquiler

o la hipoteca, las utilidades mensuales, material de oficina, software, los

empleados, la nómina, etc.

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Debemos solicitar una licencia de negocios para nuestra compañía de

telecomunicaciones, requerimos el nombre oficial y saber inicialmente en que

ciudad iremos a operar. Después de recibir la licencia comercial de la empresa y el

nombre, debemos procurar realizar una buena estrategia de mercadeo,

permitirnos que nos vean no solo en la web, sino también en los medios

televisivos, escritos y hablados.

Para potencializar nuestras finanzas debemos visitar las instituciones financieras

que ofrecen préstamos de negocios con intereses bajos, como las cooperativas de

crédito para capital de arranque adicional. Debemos utilizar nuestra propuesta de

negocio como referencia para obtener un préstamo de negocios si llegásemos a

necesitarlo. Además hay que acercarnos a un inversionista para buscar capital

inicial adicional. El inversor debe tener ideas similares y puede esperar que

estemos abiertos a las sugerencias antes de invertir en la empresa de

telecomunicaciones.

Como es de saber debemos contratar a los empleados. Comenzar con pocos

empleados a tiempo parcial. Como fundadores de la nueva compañía de

telecomunicaciones, seremos empleados de tiempo completo que vamos a crear

un flujo de trabajo consistente para nuestros empleados así como el reclutamiento

de los clientes. Tener dos empleados a tiempo parciales, reducirá los gastos

reduciendo la nómina, prestaciones, uniformes y materiales de construcción, si es

necesario. Los empleados son responsables de hacer las llamadas telefónicas y

completar órdenes de telecomunicaciones de los clientes, responder a las

preguntas e informar a tiempo el trabajo. Nosotros como fundadores requerimos

hacer horarios semanales, nóminas, reclutar a nuevos clientes y empleados,

capacitación y contabilidad.

Finalmente no se debe olvidar colocar y mercadear la empresa de

telecomunicaciones, mediante de un anuncio en la guía telefónica local o guía

telefónica bajo las telecomunicaciones. Enviar folletos que expliquen la compañía

de telecomunicaciones al público en general. Acceder a las listas de correo

mediante el uso de la guía telefónica local del área o sitios web que ofrezcan este

servicio.

Obligaciones como operadores del servicio:

Para adaptarnos a la ley debemos tener presente:

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"La CRT hoy CRC (Por disposición del Artículo 19 de la Ley 1341 del 30 de julio

de 2009) será el organismo competente para promover y regular la competencia

entre los operadores de los Servicios de Comunicación Personal, PCS, entre sí y

con otros operadores de servicios públicos de telecomunicaciones, fijar el régimen

tarifario, regular el régimen de interconexión, ordenar servidumbres en los casos

que sea necesario, expedir el régimen de protección al usuario y dirimir en vía

administrativa los conflictos que se presenten entre los operadores de PCS, o

entre estos y otros operadores de servicios de telecomunicaciones. La CRT hoy

CRC (Por disposición del Artículo 19 de la Ley 1341 del 30 de julio de 2009)

expedirá las normas que regulan la interconexión teniendo en cuenta los principios

de neutralidad y acceso igual-cargo igual." Artículo 15, Ley 555 de 2000.

Es importante considerar que al ser una empresa nueva, en un mercado que

presenta tantas opciones, debemos generar un valor diferenciador. No somos la

única empresa que prestara dichos servicios, por esta razón el estado, según el

artículo 2 Cap.1 de la Ley 1341 de 2009, el estado debe garantizar a nuestra

empresa la libre competencia, brindando espacios que incentiven la inversión en el

sector de las TIC, en condiciones de precios y mercado iguales. El estado no

puede fijar privilegios o condiciones distintas de favorecimiento o no a

competidores, todo lo contrario, debe propiciar la sana competencia.

Como empresa, es importante prestar servicios asequibles en precios y de niveles

de calidad establecidos por los títulos habilitantes o las entidades idóneas que

puedan certificar de forma veraz, trasparente y clara, las niveles idóneos de

calidad que respecta a la materia.

El artículo 2. Cap.1 de la Ley 1341 de 2009, nos permite adoptar diferentes

tecnologías para prestar nuestros servicios, siempre que esto cumplas con las

normativas internacionales competentes en la materia, pues son estas las que

permitirán la prestación eficiente de servicios, contenidos y aplicaciones.

Artículos 16, 17, 19, 22, 23, 24, Titulo III Cap.1 de la Ley 1341 de 2009

La empresa ‘’Siempre en contacto’ TeleSolutions S.A.S bajo la Ley de TIC

constituye el reconocimiento por parte del Estado de que la promoción del acceso,

uso y apropiación de las tecnologías de la información y las comunicaciones, el

despliegue y uso eficiente de la infraestructura, el desarrollo de contenidos y

aplicaciones, la protección a los usuarios, la formación de talento humano en estas

tecnologías y su carácter transversal son pilares para la consolidación de las

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sociedades de la información y del conocimiento e impactan en el mejoramiento

de la inclusión social y de la competitividad del país. Este marco legal provee una

visión unificada aplicable a estas tecnologías alrededor de cuatro ejes

fundamentales:

Principios claros, que definen el horizonte de mediano y largo

plazo tanto para el Gobierno como para la industria en un sector

sujeto a permanentes innovaciones tecnológicas y de mercado.

Unificación del marco institucional, consistente con la

convergencia tecnológica y de mercado que genera nuevas

oportunidades de negocio para los proveedores de redes y

servicios de telecomunicaciones, así como la expansión de las

posibilidades de nuevos servicios de calidad para los usuarios.

Reglas claras para la solución de conflictos que se puedan

presentar en el acceso y uso de la infraestructura de

telecomunicaciones.

Régimen de transición, que permite la adopción gradual de los

principios de habilitación general por parte de los proveedores de

redes y servicios, consecuente con los incentivos adecuados a la

inversión que debe proveer el Estado para generar confianza en

la inversión privada, tanto doméstica como extranjera.

En esta línea se consolida una iniciativa legal en la que se prioriza el acceso y el

uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones; se promueve la

libre competencia, el uso eficiente de la infraestructura y los recursos escasos; se

garantiza la protección de los derechos de los usuarios; se generan incentivos

adecuados para la inversión privada; y se introduce en el país el principio de

neutralidad tecnológica, para desplegar nuevas oportunidades a los agentes que

confluyen en este sector.

Artículos 41-51, Título V Cap.1 de la Ley 1341 de 2009

A pesar de que la regulación de monopolios naturales es un principio

universalmente aceptado, su aplicación en el sector de telecomunicaciones ha

venido acompañada de ajustes particulares para tener en cuenta las

especificidades tecnológicas del sector. Esto se debe a que, comparado con otras

industrias de red, las telecomunicaciones se caracterizan por un impresionante

cambio tecnológico que resulta en acelerados procesos de difusión de las

innovaciones tecnológicas.

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La empresa TeleSolutions S.A.S se encargara de garantizar a los proveedores de

servicios las condiciones de acceso explícitamente definidas en las listas de

compromisos. El acceso pleno al mercado implica, de manera explícita, que el

país miembro ha acordado no aplicar ninguna de las siguientes restricciones:

a) Número de proveedores en el mercado

b) Valor total de transacciones o activos; Serie Estudios y perspectivas - Colombia

- N° 22 De las telecomunicaciones a las TIC: Ley de TIC de Colombia (L1341/09)

c) Número total de operaciones.

d) Cantidad de empleados permitidos para la provisión del servicio.

e) Tipo específico de entidad legal o Joint Venture para la provisión del servicio.

f) Nivel de participación de capital extranjero. En este sentido, medidas

empleadas para cumplir los objetivos del marco de política y regulación sectorial

que se ajusten a los principios fundamentales asociados

Artículos 53 Titulo VI Cap.1 de la Ley 1341 de 2009

La empresa cuenta con la Habilitación General para que los proveedores

de redes y servicios de telecomunicaciones puedan operar; la unificación de la

contraprestación periódica a favor del Fondo de Tecnologías de la Información

y las Comunicaciones; alrededor de cuatro ejes fundamentales:

Principios claros - que definen el horizonte de mediano y largo plazo tanto para el Gobierno como para la industria en un sector sujeto a permanentes innovaciones tecnológicas y de mercado. Unificación del marco institucional - consistente con la convergencia tecnológica y de mercado que genera nuevas oportunidades de negocio para los proveedores - de redes y servicios de telecomunicaciones, así como la expansión de las posibilidades de nuevos servicios de calidad para los usuarios. Reglas claras - para la solución de conflictos que se puedan presentar en el acceso y uso de la infraestructura de telecomunicaciones. Régimen de transición - que permite la adopción gradual de los principios de habilitación general por parte de los proveedores de redes y servicios, consecuente con los incentivos adecuados a la inversión que debe proveer el Estado para generar confianza en la inversión privada, tanto doméstica como extranjera. En esta línea se consolida una iniciativa legal en la que se prioriza el acceso y el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

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Artículos 64, 65, 66, Titulo IX Cap.1 de la Ley 1341 de 2009

La empresa Telesolutions S.A.S bajo la ley plantea un régimen de infracciones y

sanciones, así como el esquema de transición de los proveedores establecidos

hacia el nuevo esquema legal en ella planteado. En este régimen de transición se

brindan los incentivos suficientes para que los proveedores de redes y servicios de

telecomunicaciones se acojan voluntariamente, durante el período remanente de

sus títulos habilitantes, al nuevo régimen propuesto.

Como régimen particular para los proveedores de redes y servicios de

telefonía pública básica conmutada local, se minimiza el impacto del desmonte

al esquema de subsidios de los anteriores servicios públicos domiciliarios, fijando

un esquema gradual de eliminación de dichos subsidios en un período de cinco

años. Con esto, se muestra que el régimen de transición es integral, ya que cubre

tanto a los proveedores como a los usuarios de los servicios de

telecomunicaciones sobre los cuales tiene injerencia esta ley.

Este servicio público está vinculado intrínsecamente a la opinión pública y a la

cultura del país, como instrumento dinamizador de los procesos de información y

comunicación audiovisuales”.

Artículo 68 - Título X Régimen de Transición

Más allá de ser una unificación normativa de carácter formal, es una unificación de

la regulación que aborda de fondo el sector, y que permite la efectiva transición de

la regulación por servicios hacia la regulación por mercados.

En materia de libre competencia dota con amplias facultades para realizar una

gran variedad de medidas regulatorias con el fin de promover la competencia en

los mercados relevantes, promoviendo la eficiencia en los mismos y su

consecuente efecto en el bienestar de los consumidores.

Al permitir la efectiva promoción de la competencia, genera un ambiente propicio

para la promoción de la competencia entre infraestructuras o acceso horizontal y

más importante aún para la competencia basada en los servicios, con lo cual se

abre la puerta para el desarrollo de los contenidos y aplicaciones en lo cual debe

permitir la implementación efectiva de la Sociedad de la Información.

La empresa Telesolutions S.A.S Tendrá como objeto social principal la

organización, operación, prestación y explotación de las actividades y los servicios

de telecomunicaciones, tales como telefonía pública básica conmutada local, local

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extendida y de larga distancia nacional e internacional, servicios móviles,

portadores, tele servicios, telemáticos, de valor agregado, servicios satelitales en

sus diferentes modalidades y cualquier otro servicio calificado como de

telecomunicaciones, comunicaciones e informática (TIC), incluidas sus actividades

complementarias y suplementarias dentro del territorio nacional y en el exterior y

en conexión con el exterior, empleando para ello bienes, activos y derechos

propios o ejerciendo el uso y goce sobre bienes, activos y derechos de terceros

Integración Junta Directiva La Junta Directiva está compuesta por cinco (5) miembros principales con sus respectivos suplentes personales, quienes reemplazarán a aquellos en las faltas temporales absolutas. La designación se hará de acuerdo con los artículos 19 y 27 de la Ley 142 de 1994, mientras conserve su naturaleza de Empresa de Servicios Públicos Oficial.

Funciones

Manejar y Explotar, con criterio comercial, los servicios de telecomunicaciones.

Celebrar contratos de servicios públicos con los usuarios, de acuerdo con las estipulaciones que se definan, señalando las condiciones uniformas de los mismos.

Celebrar contratos con empresas de telecomunicaciones, o con terceros para la interconexión de sus redes, y el uso de las mismas, y también para la prestación de los servicios públicos.

Liquidar, cobrar y recaudar el importe de los servicios que preste conforme a las tarifas que permitan las disposiciones legales, y realizar operaciones de recaudo, recibo, enajenación y entrega de títulos valores y documentos necesarios para el desarrollo de su actividad, y otorgar la financiación necesaria.

Celebrar contratos de trabajo y asesoría que sean necesarios para la operación y actividades a su cargo

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Tipos de telecomunicaciones, usos, bandas de frecuencias, condiciones

operativas:

El uso del espectro radioeléctrico requiere permiso previo y expreso otorgado por

el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Para el otorgamiento de permisos para el uso del espectro radioeléctrico, el

Ministerio de

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones debe adelantar procesos de

selección objetiva, previa convocatoria pública. En aquellos casos en los que

prime la continuidad del servicio, esta entidad tiene la facultad de otorgar permisos

temporales de uso del espectro de manera directa.

"El Espectro Electromagnético es un bien público que forma parte del espacio

Colombiano, es inajenable e imprescriptible, y está sujeto a la gestión y control del

Estado, quien debe garantizar el acceso a su uso en igualdad de oportunidades y

en los términos que fije la ley. El Estado puede intervenir por mandato de la ley

para garantizar el pluralismo informativo y la competencia y evitar las prácticas

monopolísticas en el uso del citado bien. La radio, la televisión, la telefonía, la

difusión por cable, el telégrafo, el télex, etc., son algunos de los medios que

utilizan el espectro electromagnético para enviar y recibir mensajes, y en general

toda clase de datos o información. Por tanto, la libertad de fundar medios masivos

de comunicación, haciendo uso de este bien público, también se ve limitada, pues

al hacer uso del espectro electromagnético, se tiene que subordinar

necesariamente a las normas que lo reglamentan." (Sentencia C-189 de 1994)”

El espectro electromagnético es de propiedad exclusiva del Estado y como tal

constituye un bien de dominio público, inenajenable e imprescriptible, cuya

gestión, administración y control corresponden al Ministerio de Tecnologías de

Información y Comunicaciones de conformidad con las leyes vigentes, con

excepción del espectro electromagnético atribuido al servicio de TV cuya

administración corresponde a la Comisión Nacional de Televisión CNTV, en

coordinación con el Ministerio de Tecnologías de Información y Comunicaciones.

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Por otra parte, la Ley 1341 de 2009 habilitó de manera general4 la provisión de

redes y servicios de telecomunicaciones, que es un servicio público bajo la

titularidad del Estado. Esta habilitación general comprende a su vez la autorización

para la instalación, la ampliación, la modificación, la operación y la explotación de

redes de telecomunicaciones, se suministren o no al público. En ningún caso ésta

habilitación general incluye el derecho al uso del espectro radioeléctrico, que como

se dijo anteriormente, requiere permiso previo y expreso otorgado por el Ministerio

de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Como una herramienta para la optimización del espectro radioeléctrico, dados y en

razón a los adelantos tecnológicos, la ocupación de dicho espectro y la demanda

creciente de servicios y actividades de telecomunicaciones, se estableció que

algunas porciones del espectro radioeléctrico sean de uso libre por parte del

público en general.

Las facultades de gestión, administración y control del espectro electromagnético

comprenden, entre otras, las actividades de planeación y coordinación, la fijación

del cuadro de frecuencias, la asignación y verificación de frecuencias, el

otorgamiento de permisos para su utilización, la protección y defensa del espectro

radioeléctrico, la comprobación técnica de emisiones radioeléctricas, el

establecimiento de condiciones técnicas de equipos terminales y redes que utilicen

en cualquier forma el espectro radioeléctrico, la detección de irregularidades y

perturbaciones, y la adopción de medidas tendientes a establecer el correcto y

racional uso del espectro radioeléctrico, y a restablecerlo en caso de perturbación

o irregularidades.

comprenden, entre otras, las actividades de planeación y coordinación, la fijación

del cuadro de frecuencias, la asignación y verificación de frecuencias, el

otorgamiento de permisos para su utilización, la protección y defensa del espectro

radioeléctrico, la comprobación técnica de emisiones radioeléctricas, el

establecimiento de condiciones técnicas de equipos terminales y redes que utilicen

en cualquier forma el espectro radioeléctrico, la detección de irregularidades y

perturbaciones, y la adopción de medidas tendientes a establecer el correcto y

racional uso del espectro radioeléctrico, y a restablecerlo en caso de perturbación

o irregularidades.

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Se entiende por uso libre, el uso de frecuencias o bandas de frecuencias que se

encuentran atribuidas y autorizadas de manera general y expresa por el Ministerio

de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones sin la exigencia de una

contraprestación o pago por esa utilización.

Para el uso de estas frecuencias o bandas de frecuencias de uso libre, el

Ministerio de

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ha señalado tanto las

aplicaciones de telecomunicaciones los requisitos y las condiciones técnicas en

las que se debe operar.

Algunas de las aplicaciones o actividades en las que se pueden utilizar las

frecuencias de uso libre son:

- Industriales, científicas y médicas.

- Telecomunicaciones de baja potencia (telemetría, telecomando, telealarmas,

telecontrol vehicular, dispositivos de operación momentánea, microfonía

inalámbrica, transreceptores de voz y datos, radio portátiles de operación

itinerante).

- Actividades de prevención, vigilancia, alerta temprana, atención y coordinación

de emergencias en desarrollo de los servicios auxiliares de ayuda.

- Radiocomunicación cívico territorial (en cabeza de las entidades territoriales)

para atender las necesidades de carácter cívico, recreativo, educativo, cultural,

científico y asistencial de las mismas y sus comunidades, sin fines particulares,

políticos, religiosos, comerciales o de lucro.

Se cuenta con una estación autorizada de banda ciudadana, la cual se atañe en

su totalidad a los requerimientos consignados mediante la resolución 1704 de

2002. Se opera única y exclusivamente en las frecuencias atribuidas por la

resolución.

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Frecuencia:

El Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias es un instrumento

ordenador del espectro radioeléctrico que establece la utilización del espectro

sobre la base de prioridades nacionales, considerando las disposiciones del

Reglamento de Radiocomunicaciones del Convenio de la Unión Internacional de

Telecomunicaciones (UIT).

Asignación de una frecuencia (o de un canal radioeléctrico) es la autorización que

da la Administración (de un país) para que una estación radioeléctrica utilice una

frecuencia o un canal radioeléctrico determinado en condiciones especificadas.

Los equipos del Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana utilizarán

equipos de frecuencias fijas en cada uno de los cuarenta (40) canales autorizados

o con oscilador de frecuencia variable (VFO), siempre y cuando se sintonicen las

frecuencias estipuladas para los 40 canales autorizados.

El uso de frecuencias radioeléctricas requiere de permiso previo otorgado por el

Ministerio de Tecnologías de Información y Comunicaciones y dará lugar al pago

de los derechos que correspondan. Cualquier ampliación, extensión, renovación o

modificación de las condiciones, requiere de nuevo permiso, previo y expreso.

La Resolución 2064 de 2005 atribuyó la banda de frecuencias entre los 3400 MHz

a los 3600 MHz, para la operación de los sistemas de Distribución Punto a Punto y

Punto Multipunto para Acceso de Banda Ancha Inalámbrica. La canalización de

los rangos de frecuencias radioeléctricas se muestra en la siguiente

tabla: La Resolución 2064 de

2005 dedicó las bandas AA’, BB’ y CC’ para el cubrimiento nacional y las bandas

DD’ y EE’ para el cubrimiento departamental.

Por su parte la Resolución 2070 de 2005 adoptó medidas tendientes a establecer

el correcto y racional uso del espectro radioeléctrico en la banda de 3400 MHz a

3600 MHz y estableció los requisitos para el otorgamiento de permisos por el uso

del espectro radioeléctrico en el área de cubrimiento nacional.

Posteriormente la Resolución 1449 de 2006 estableció los requisitos para el

otorgamiento de permisos por el uso del espectro radioeléctrico en las áreas de

cubrimiento departamental, en las bandas contempladas en la Resolución 2064 de

2005.

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Con estas normas, Colombia podrá contar con tres (3) operadores nacionales y

sesenta y cuatro (64) operadores departamentales, dos operadores por

departamento.

Modulación:

Se autoriza la modulación de amplitud en equipos de la estación del Sistema de

Radiocomunicación de Banda

Ciudadana en las siguientes emisiones:

A3E: Un canal de voz con doble banda lateral.

H3E: Un canal de voz con banda lateral única con portadora completa.

R3E: Un canal de voz con banda lateral única con portadora reducida.

J3E: Un canal de voz con banda lateral única con portadora suprimida.

Potencia de Transmisión:

La potencia de los equipos del Sistema de Radiocomunicación de Banda

Ciudadana que funcionan en modulación de amplitud no será superior a 5

vatios de potencia de portadora, en el caso de modulación de amplitud con

doble banda lateral (A3E), ni a 15 vatios de potencia de cresta de la

envolvente en los distintos casos de modulación de amplitud con banda

lateral única.

Tolerancia de frecuencia:

La tolerancia de la frecuencia portadora debe ser mantenida dentro del ±

0,005%.

Operación:

La modalidad de operación de los equipos de la estación del Sistema de

Radiocomunicación de Banda Ciudadana será en modo simplex, utilizando

la misma frecuencia.

Las estaciones de banda ciudadana podrán ser fijas, móviles o portátiles,

que operen dentro de los parámetros radioeléctricos autorizados.

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Los sistemas radiantes utilizados por las estaciones de Banda Ciudadana

tendrán una ganancia máxima de 6 db respecto al dipolo en media onda.

La ubicación de antenas de radiocomunicaciones también se encuentra sujeta a los permisos administrativos municipales que se deben obtener para la instalación de las antenas por parte de las entidades territoriales. Acorde con el artículo 311 de la Constitución Política, corresponde a cada municipio o entidad territorial, a través de sus Oficinas de Planeación, determinar la localización de una antena de radiocomunicaciones soportándose para ello en el Plan de Ordenamiento Territorial –POT-. Lo anterior no deja de presentar un sano compromiso entre las normas urbanas para la preservación del ambiente, el uso apropiado del espacio público, la eficiente prestación de los servicios de telecomunicaciones y el correcto uso del espectro radioeléctrico. Respecto a los requisitos para la instalación de estaciones radioeléctricas, el artículo 16 del Decreto 195 de 2005 expresa: “Artículo 16. REQUISITOS ÚNICOS PARA LA INSTALACIÓN DE ESTACIONES RADIOELÉCTRICAS EN TELECOMUNICACIONES. (…) Parágrafo 1°. Los procedimientos que conforme a las normas vigentes deben surtirse ante el Ministerio de Tecnologías de Información y Comunicaciones, cuando se refiera al uso del espectro electromagnético; la Aeronáutica Civil de Colombia, en cuanto al

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permiso de instalación de Estaciones Radioeléctricas el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o las Corporaciones Autónomas Regionales, cuando se requiera licencia, permiso u otra autorización de tipo ambiental; y ante los curadores urbanos y las Oficinas de Planeación de los Municipios y Distritos para las licencias de construcción y/o de ocupación del espacio público, en su caso, serán los únicos trámites para la instalación de Estaciones Radioeléctricas de Telecomunicaciones.” Instalación de Estaciones Radioeléctricas; el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o las Corporaciones Autónomas Regionales, cuando se requiera licencia, permiso u otra autorización de tipo ambiental; y ante los curadores urbanos y las Oficinas de Planeación de los Municipios y Distritos para las licencias de construcción y/o de ocupación del espacio público, en su caso, serán los únicos trámites para la instalación de Estaciones Radioeléctricas de Telecomunicaciones.”

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Conclusiones

Con el desarrollo del presente informe final, se pudo lograr aportar a

construir finalmente la compañía TeleSolutions bajo los estándares

nacionales e internacionales.

Con el desarrollo de este informe final nos acercamos aún más al mundo

laboral futuro y pudimos comprender que de la adecuación del marco

regulatorio actualmente aplicable en materia de redes y servicios de

telecomunicaciones debe permitir la transición paulatina hacia la proporción

para lograr la competencia en el sector, incluyendo el desarrollo de

contenidos y aplicaciones en el mundo de las telecomunicaciones.

Crear la página web de la compañía y elaborar el informe final permitió

adaptarnos a las leyes nacionales e internacionales en la consecución de

certificaciones y acreditaciones institucionales y mostrar los servicios

nuestros en gran proporción.

Referencias

Módulo Legislación de Telecomunicaciones, Cabrera Meza, Harold Emilio, 2011

Consultado el 08 de Octubre de 2014

http://www.enticconfio.gov.co/index.php/enticconfio/item/234-ley-1341-de-

2009.html

http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36913

http://portal.dafp.gov.co/form/formularios.retrive_publicaciones?no=1279