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DIARIO DE LOS DEBATES PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA AÑO I II P.O. LXIII LEGISLATURA TOMO III NÚMERO 85 Trigésima Sexta Sesión Ordinaria del Segundo Período Ordinario dentro del Primer Año de Ejercicio Constitucional, celebrada el Día 30 de Junio de 2011, en el Recinto Oficial del Palacio Legislativo. S U M A R I O: 1.- LISTA ASISTENCIA. 2.- ORDEN DEL DÍA. 3.- ACTA SESIÓN ANTERIOR. 4.- CORRESPONDENCIA. 5.- CARTERA.- TURNOS: PRIMERA GOBERNACIÓN.- PRI, REFORMAR LEY ORGÁNICA PODER LEGISLATIVO. SEGURIDAD PÚBLICA.- PANAL, REFORMAR LEY FEDERAL ARMAS FUEGO Y EXPLOSIVOS. TRABAJO.- EJECUTIVO ESTATAL, PENSIÓN DEUDOS CC. MUÑOZ SÍAS, MELÉNDEZ IBÁÑEZ, BARRIENTOS ARÉVALO, MUÑOZ ANCHONDO, DEL BOSQUE CONTRERAS. UNIDAS PRIMERA GOBERNACIÓN Y SALUD.- EJECUTIVO ESTATAL, EXPIDA NUEVA LEY ESTATAL SALUD. 6.- DICTÁMENES.- JUSTICIA.- EJECUTIVO ESTATAL, MODIFICAR CÓDIGO PROCEDIMIENTOS PENALES Y LEY ORGÁNICA FISCALÍA GENERAL (393/2011). 6.1.- DESARROLLO MUNICIPAL.- PANAL, MODIFICAR CÓDIGO MUNICIPAL (394/2011). 6.2.- ASUNTOS FRONTERIZOS.- PRI, SECRETARÍA HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, RETIREN O CIERREN GARITA ADUANERA PUERTO JANOS, ADUANA PUERTO PALOMAS, ASCENSIÓN, (Acu.205/2011). 6.3.- ASUNTOS FRONTERIZOS.- PRI, EJECUTIVO FEDERAL, MODIFIQUE REGLA 4.2.2., FRACCIÓN VI, REGLAS CARÁCTER GENERAL MATERIA COMERCIO EXTERIOR (Acu.206/2011). 6.4.- TRABAJO.- DIP. RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, CONGRESO UNIÓN, REFORMAR LEY FEDERAL TRABAJO (Acu.207/2011). 6.5.- UNIDAS PRIMERA GOBERNACIÓN Y TRANSPARENCIA Y ACCESO INFORMACIÓN PÚBLICA.- PRI (LXII LEG), REFORMAR LEY TRANSPARENCIA Y ACCESO INFORMACIÓN PÚBLICA (395/2011). 6.6.- ECONOMÍA.- DIP. AGUILAR JIMÉNEZ, EJECUTIVO FEDERAL, BLOQUEE AUMENTOS GASOLINA; CONGRESO UNIÓN, INVESTIGUE PEMEX Y DESARROLLO PRODUCTIVO Y SECTORIAL (Acu.208/2011). 6.7.- ECONOMÍA.- DIPS. ORVIZ BLAKE Y SÁENZ GABALDÓN, COMISIÓN FEDERAL ELECTRICIDAD, RECLASIFIQUE TARIFA ELÉCTRICA JIMÉNEZ, LA CRUZ Y SAN FRANCISCO DE CONCHOS (Acu.209/2011). 6.8.- ECONOMÍA.- DIP. RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, EJECUTIVO FEDERAL, BAJE COSTO INSUMOS TORTILLA (Acu.210/2011). 6.9.- ECONOMÍA.- PRI, EJECUTIVO FEDERAL, MODIFIQUE NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-179-SCFI-2007 (Acu.211/2011). 6.10.- OBRAS.- DIP. RAMÍREZ ALVÍDREZ, REFORMAR CÓDIGO MUNICIPAL (Acu.212/2011). 6.11.- DESARROLLO RURAL.- PRI, EJECUTIVOS FEDERAL Y ESTATAL, BENEFICIARIOS RECURSOS PROGRAMAS Y/O FIDEICOMISOS (Acu.213/2011). 7.- INICIATIVAS.- DIP. FRANCO RUIZ, EXPEDIR LEY TURISMO. 7.1.- DIP. BELTRÁN DEL RÍO BELTRÁN DEL RÍO, EJECUTIVO ESTATAL, APLICACIÓN LEYES DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO Y ASISTENCIA SOCIAL Y PRIVADA. 7.2.- DIP. HERNÁNDEZ IBARRA, CONGRESO UNIÓN, REFORMAR LEY REGULAR ACTIVIDADES SOCIEDADES COOPERATIVAS AHORRO Y PRÉSTAMO. 7.3.- DIP. ORVIZ BLAKE, REFORMAR LEY ESTATAL SALUD. 7.4.- DIP. RAMÍREZ RENTERÍA, REFORMAR CÓDIGO PROCEDIMIENTOS CIVILES. 8.- ASUNTOS GENERALES.- DIP. AGUILAR JIMÉNEZ, RESPECTO DICTAMEN PEMEX. 9.- DIP. FRANCO RUIZ, INFORME ACTIVIDADES SEGUNDO PERIODO ORDINARIO SESIONES. 10.- ELECCIÓN MESA DIRECTIVA DIPUTACIÓN PERMANENTE. 10.1.- TOMA PROTESTA INTEGRANTES MESA DIRECTIVA. 11.- LECTURA DECRETO 396/2011, CLAUSURA SEGUNDO PERIODO ORDINARIO SESIONES. 12.- SE LEVANTA LA SESIÓN. Presidencia: Dip. René Franco Ruiz [P.R.I.] 1. - El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: [Hace sonar la campana]. Se abre la Sesión. [11:45 Hrs.] Con el objeto de verificar la existencia del quórum, solicito a la Primera Secretaria, Diputada Patricia Flores González, se sirva pasar Lista de Asistencia. - La C. Dip. Primera Secretaria.- P.A.N.: ¡Con gusto, señor Presidente! – 2885 –

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DIARIO DE LOS DEBATESPODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA

AÑO I II P.O. LXIII LEGISLATURA TOMO III NÚMERO 85

Trigésima Sexta Sesión Ordinaria del Segundo Período Ordinario dentro del Primer Año de EjercicioConstitucional, celebrada el Día 30 de Junio de 2011, en el Recinto Oficial del Palacio Legislativo.

S U M A R I O:

1.- LISTA ASISTENCIA. 2.- ORDEN DEL DÍA. 3.- ACTA SESIÓN ANTE RIOR. 4.- CORRESPONDENCIA.5.- CARTERA.- TURNOS: PRIMERA GOBERNACIÓN.- PRI , REFORMAR LEY ORGÁNICA PODER LEGISLATIVO.SEGURIDAD PÚBLICA.- PANAL , REFORMAR LEY FEDERAL ARMAS FUEGO Y EXPLOSIVOS. TRABAJO.-EJECUTIVO ESTATAL , PENSIÓN DEUDOS CC. MUÑOZ SÍAS, MELÉNDEZ IBÁÑEZ, BARRIENTOS ARÉVALO,MUÑOZ ANCHONDO, DEL BOSQUE CONTRERAS. UNIDAS PRIMERA GOBERNACIÓN Y SALUD.- EJECUTIVOESTATAL , EXPIDA NUEVA LEY ESTATAL SALUD. 6.- DICTÁMENES.- JUSTICIA.- EJECUTIVO ESTATAL ,MODIFICAR CÓDIGO PROCEDIMIENTOS PENALES Y LEY ORGÁNICA FISCALÍA GENERAL (393/2011).6.1.- DESARROLLO MUNICIPAL.- PANAL , MODIFICAR CÓDIGO MUNICIPAL (394/2011). 6.2.- ASUNTOSFRONTERIZOS.- PRI, SECRETARÍA HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, RETIREN O CIERREN GARITAADUANERA PUERTO JANOS, ADUANA PUERTO PALOMAS, ASCENSIÓN, (Acu.205/2011). 6.3.- ASUNTOSFRONTERIZOS.- PRI, EJECUTIVO FEDERAL, MODIFIQUE REGLA 4.2.2., FRACCIÓN VI, REGLAS CARÁCTERGENERAL MATERIA COMERCIO EXTERIOR (Acu.206/2011). 6.4.- TRABAJO.- DIP. RODRÍGUEZ GONZÁLEZ ,CONGRESO UNIÓN, REFORMAR LEY FEDERAL TRABAJO (Acu.207/2011). 6.5.- UNIDAS PRIMERAGOBERNACIÓN Y TRANSPARENCIA Y ACCESO INFORMACIÓN PÚBLICA. - PRI (LXII LEG), REFORMARLEY TRANSPARENCIA Y ACCESO INFORMACIÓN PÚBLICA (395/2011). 6.6.- ECONOMÍA.- DIP. AGUILARJIMÉNEZ, EJECUTIVO FEDERAL, BLOQUEE AUMENTOS GASOLINA; CONGRESO UNIÓN, INVESTIGUEPEMEX Y DESARROLLO PRODUCTIVO Y SECTORIAL (Acu.208/2011). 6.7.- ECONOMÍA.- DIPS. ORVIZ BLAKEY SÁENZ GABALDÓN , COMISIÓN FEDERAL ELECTRICIDAD, RECLASIFIQUE TARIFA ELÉCTRICA JIMÉNEZ,LA CRUZ Y SAN FRANCISCO DE CONCHOS (Acu.209/2011). 6.8.- ECONOMÍA.- DIP. RODRÍGUEZ GONZÁLEZ ,EJECUTIVO FEDERAL, BAJE COSTO INSUMOS TORTILLA (Acu.210/2011). 6.9.- ECONOMÍA.- PRI, EJECUTIVOFEDERAL, MODIFIQUE NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-179-SCFI-2007 (Acu.211/2011). 6.10.- OBRAS.- DIP.RAMÍREZ ALVÍDREZ , REFORMAR CÓDIGO MUNICIPAL (Acu.212/2011). 6.11.- DESARROLLO RURAL.-PRI, EJECUTIVOS FEDERAL Y ESTATAL, BENEFICIARIOS RECURSOS PROGRAMAS Y/O FIDEICOMISOS(Acu.213/2011). 7.- INICIATIVAS.- DIP. FRANCO RUIZ , EXPEDIR LEY TURISMO. 7.1.- DIP. BELTRÁN DELRÍO BELTRÁN DEL RÍO , EJECUTIVO ESTATAL, APLICACIÓN LEYES DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO YASISTENCIA SOCIAL Y PRIVADA. 7.2.- DIP. HERNÁNDEZ IBARRA , CONGRESO UNIÓN, REFORMAR LEYREGULAR ACTIVIDADES SOCIEDADES COOPERATIVAS AHORRO Y PRÉSTAMO. 7.3.- DIP. ORVIZ BLAKE ,REFORMAR LEY ESTATAL SALUD. 7.4.- DIP. RAMÍREZ RENTERÍA, REFORMAR CÓDIGO PROCEDIMIENTOSCIVILES. 8.- ASUNTOS GENERALES.- DIP. AGUILAR JIMÉNEZ , RESPECTO DICTAMEN PEMEX. 9.- DIP.FRANCO RUIZ, INFORME ACTIVIDADES SEGUNDO PERIODO ORDINARIO SESIONES. 10.- ELECCIÓNMESA DIRECTIVA DIPUTACIÓN PERMANENTE. 10.1.- TOMA PROTESTA INTEGRANTES MESA DIRECTIVA.11.- LECTURA DECRETO 396/2011, CLAUSURA SEGUNDO PERIODO ORDINARIO SESIONES. 12.- SELEVANTA LA SESIÓN.

Presidencia: Dip. René Franco Ruiz [P.R.I.]1.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: [Hace sonar la

campana].

Se abre la Sesión. [11:45 Hrs.]

Con el objeto de verificar la existencia del quórum,solicito a la Primera Secretaria, Diputada PatriciaFlores González, se sirva pasar Lista de Asistencia.

- La C. Dip. Primera Secretaria.- P.A.N.: ¡Congusto, señor Presidente!

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

Por instrucciones de la Presidencia procedo a pasarLista de Asistencia.

[Pasa Lista de Asistencia, los Diputados contestan ”presente”].

Informo al Diputado Presidente que han solicitadose justifique su inasistencia los Diputados María delos Ángeles Bailón Peinado, Alva Melania AlmazánNegrete, Luis Adrián Pacheco Sánchez, PabloGonzález Gutiérrez, Samuel Díaz Palma y CésarAlberto Tapia Martínez.

Y le informo… le informo, señor Presidente, quenos encontramos veinticuatro de los treinta y tresDiputados.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, DiputadaSecretaria.

Existiendo el quórum legal [24], se da inicio a laSesión y todos los acuerdos que en ella se tomentendrán plena validez legal.

[Se justifica su inasistencia a los Diputados Bailón Peinado,

González Gutiérrez, Almazán Negrete, Díaz Palma, Pacheco

Sánchez, Tapia Martínez. Se incorporan durante el transcurso

de la Sesión los Diputados Balderrama Quintana y Domínguez

Domínguez. Se registra la ausencia del Diputado García Ruíz].

2.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: A continuación,me permito poner a consideración de la Asamblea,el Orden del Día de esta Sesión.

I.- Aprobación, en su caso, del Acta de la SesiónAnterior.

II.- Se da Cuenta de la Correspondencia.

III.- Asuntos en Cartera.

a) Turnos a Comisiones.

IV.- Dictámenes que Presentan las Comisiones:

a) De Justicia.

b) De Desarrollo Municipal y Fortalecimiento delFederalismo.

c) De Asuntos Fronterizos.

d) De Trabajo y Previsión Social.

e) Unidas Primera de Gobernación y PuntosConstitucionales y de Transparencia y Accesoa la Información Pública.

f) De Economía.

g) De Obras y Servicios Públicos.

h) De Desarrollo Rural Integral.

V.- Presentación de Iniciativas de Decreto o Puntosde Acuerdo a cargo del

a) Diputado René Franco Ruiz, integrante delGrupo Parlamentario del Partido Revolu-cionario Institucional.

b) Diputado Jaime Beltrán del Río Beltrán delRío, integrante del Grupo Parlamentario delPartido Acción Nacional.

c) Diputado Francisco Javier Salcido Lozoya,integrante del Grupo Parlamentario delPartido Revolucionario Institucional.

d) Diputado Gerardo Hernández Ibarra, inte-grante del Grupo Parlamentario del PartidoRevolucionario Institucional.

VI.- Asuntos Generales.

VII.- Informe que Rinde el Presidente del HonorableCongreso del Estado, sobre las ActividadesRealizadas dentro del Segundo Período Ordinariode Sesiones, Durante el Primer Año de EjercicioConstitucional, en Cumplimiento a lo Dispuesto enel Artículo 30, Fracción XIX de la Ley Orgánica delPoder Legislativo.

VIII. Elección de la Mesa Directiva que Presidirá losTrabajos de la Diputación Permanente, Correspon-diente a su Segundo Período de Sesiones, Dentrodel Primer Año de Ejercicio Constitucional, que En-trará en Funciones Inmediatamente Después de laClausura del Segundo Período Ordinario.

IX.- Toma de Protesta a los Integrantes de laMesa Directiva de la Diputación Permanente,Correspondiente al Segundo Período de Sesiones,

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

Dentro del Primer Año de Ejercicio Constitucional.

X.- Lectura del Decreto de Clausura del SegundoPeríodo Ordinario de Sesiones, Dentro del PrimerAño de Ejercicio Constitucional.

Solicito al Segundo Secretario, Diputado FranciscoGonzález Carrasco, tome la votación e informe aesta Presidencia el resultado de la misma.

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: Con supermiso, Diputado Presidente.

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasseñoras Diputadas y Diputados, los que estén por laafirmativa respecto del contenido del Orden del Díaleído por el Diputado Presidente, favor de expresarsu voto levantando la mano en señal de aprobación;así como presionando el botón correspondienteen su pantalla a efecto de que el mismo quederegistrado de forma electrónica.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: ¿Los queestén por la negativa?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

¿Los que se abstengan?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo a la Presidencia que se han manifestadopor unanimidad de votos a favor del… del Ordendel Día.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, DiputadoSecretario.

Se aprueba el Orden del Día.

3.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Solicito ala Primera Secretaria, Diputada Patricia FloresGonzález, verifique si existe alguna objeción encuanto al contenido del Acta de la Sesión anterior,la cual, con toda oportunidad, fue distribuida a las

señoras y señores Legisladores.

- La C. Dip. Primera Secretaria.- P.A.N.: Con supermiso, Diputado Presidente.

Por instrucciones de la Presidencia pregunto alas señoras y señores Diputados, si existe algunaobjeción en cuanto al contenido del Acta de laSesión anterior, la cual se les hizo su… de suconocimiento oportunamente, favor de manifestarlode la manera acostumbrada.

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo al Diputado Presidente que ninguno de losLegisladores ha manifestado objeción alguna encuanto al contenido del Acta.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, DiputadaSecretaria.

Se aprueba.

[ACTA NÚMERO CUARENTA.

DE LA TRIGÉSIMA QUINTA SESIÓN ORDINARIA

DEL SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES,

CORRESPONDIENTE AL PRIMER AÑO DE EJERCICIO

CONSTITUCIONAL DE LA SEXAGÉSIMA TERCERA

LEGISLATURA, CELEBRADA EL VIGÉSIMO OCTAVO DÍA

DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL ONCE, EN EL

RECINTO OFICIAL DEL PODER LEGISLATIVO.

PRESIDENCIA: DIPUTADO RENÉ FRANCO RUIZ.

SIENDO LAS ONCE HORAS CON CUARENTA Y OCHO

MINUTOS DEL DÍA DE LA FECHA, EL PRESIDENTE

SOLICITÓ AL DIPUTADO JAIME BELTRÁN DEL RÍO

BELTRÁN DEL RÍO, QUE EN SU CALIDAD DE

PROSECRETARIO OCUPARA LA PRIMERA SECRETARÍA

EN AUSENCIA DE LA TITULAR Y PROCEDIESE A PASAR

LISTA DE ASISTENCIA; AL CONSTATARSE LA PRESENCIA

DE LA MAYORÍA DE LOS LEGISLADORES, SE REALIZÓ

LA DECLARACIÓN DE LA EXISTENCIA DEL QUÓRUM

Y QUE TODOS LOS ACUERDOS TOMADOS TENDRÍAN

PLENA VALIDEZ LEGAL. SE REGISTRÓ LA JUSTIFICACIÓN

POR LA INASISTENCIA DE LOS DIPUTADOS PABLO

GONZÁLEZ GUTIÉRREZ, PATRICIA FLORES GONZÁLEZ

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Y RAÚL GARCÍA RUÍZ. SE INCORPORÓ DURANTE EL

DESARROLLO DE LA SESIÓN EL DIPUTADO ALEJANDRO

PÉREZ CUÉLLAR.

EN SEGUIDA, EL PRESIDENTE DIO LECTURA AL

ORDEN DEL DÍA, MISMO QUE AL SER SOMETIDO A

CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA, POR CONDUCTO

DEL DIPUTADO FRANCISCO GONZÁLEZ CARRASCO, EN

SU CARÁCTER DE SEGUNDO SECRETARIO DE LA MESA

DIRECTIVA, RESULTÓ APROBADO POR UNANIMIDAD.

CONTINUANDO CON EL DESARROLLO DE LA SESIÓN,

EL DIPUTADO JAIME BELTRÁN DEL RÍO BELTRÁN DEL

RÍO, EN FUNCIONES DE PRIMER SECRETARIO, POR

INSTRUCCIONES DEL PRESIDENTE PREGUNTÓ A LOS

LEGISLADORES Y LEGISLADORAS SI EXISTÍA ALGUNA

OBJECIÓN EN CUANTO AL CONTENIDO DEL ACTA

NÚMERO TREINTA Y NUEVE, CORRESPONDIENTE A

LA SESIÓN VERIFICADA EL VIGÉSIMO TERCER DÍA

DEL MES DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, MISMA

QUE EN SU OPORTUNIDAD FUE DADA A CONOCER

A LOS INTEGRANTES DE LA LEGISLATURA. AL NO

REGISTRARSE OBSERVACIÓN ALGUNA, SE DIO POR

APROBADA.

POSTERIORMENTE, EL DIPUTADO FRANCISCO GON-

ZÁLEZ CARRASCO, EN SU CALIDAD DE SEGUNDO

SECRETARIO, POR INSTRUCCIONES DEL PRESIDENTE

VERIFICÓ QUE LOS LEGISLADORES CONTARAN CON

EL LISTADO DE LA CORRESPONDENCIA RECIBIDA

Y ENVIADA POR ESTE CUERPO LEGISLATIVO;

POSTERIORMENTE, EL PRESIDENTE DECLARÓ HABER

QUEDADO ENTERADOS DE LA MISMA, POR LO QUE

INSTRUYÓ A LA SECRETARÍA PARA QUE SE LE DIESE EL

TRÁMITE CORRESPONDIENTE.

ACTO CONTINUO, A SOLICITUD DEL PRESIDENTE,

EL DIPUTADO JAIME BELTRÁN DEL RÍO BELTRÁN

DEL RÍO, EN FUNCIONES DE PRIMER SECRETARIO,

CONFIRMÓ QUE LOS LEGISLADORES CONTARAN CON

EL LISTADO DE ASUNTOS EN CARTERA, EN EL QUE

SE CONTEMPLAN LAS PROPUESTAS DE TURNOS A LAS

COMISIONES LEGISLATIVAS CORRESPONDIENTES, POR

LO QUE EL PRESIDENTE RATIFICÓ EL TURNO DE ÉSTOS,

CONFORME LO ESTABLECE LA FRACCIÓN NOVENA DEL

ARTÍCULO TREINTA DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER

LEGISLATIVO.

AL DAR SEGUIMIENTO AL ORDEN DEL DÍA APROBADO,

EN LO RELATIVO A LA PRESENTACIÓN DE DICTÁMENES,

SE CONCEDIÓ EL USO DE LA TRIBUNA A:

I. AL DIPUTADO LUIS ADRIÁN PACHECO SÁNCHEZ,

QUE EN REPRESENTACIÓN DE LA COMISIÓN DE

EDUCACIÓN Y CULTURA, SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN

DE LA ASAMBLEA EL DICTAMEN QUE RECAE A

LA INICIATIVA CON CARÁCTER DE DECRETO, QUE

ENVÍA EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO,

LICENCIADO CÉSAR HORACIO DUARTE JÁQUEZ, POR

MEDIO DE LA CUAL PROPONE CREAR LA LEY DE LA

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL DEL ESTADO DE

CHIHUAHUA.

EN SEGUIDA, Y POR TRATARSE DE UN DICTAMEN

QUE DA ORIGEN A UNA NUEVA LEY, SE SOMETIÓ

A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA TANTO EN LO

GENERAL COMO EN LO PARTICULAR, MISMO QUE

RESULTÓ APROBADO POR UNANIMIDAD.

II. LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA, QUE SOMETIÓ

A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA LO SIGUIENTE.

a) EN VOZ DE LA DIPUTADA MARÍA DE LOS ÁNGELES

BAILÓN PEINADO, DICTAMEN QUE RECAE A LA INICIATIVA

CON CARÁCTER DE DECRETO, QUE PRESENTARAN LOS

DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO PARLAMENTARIO

DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, POR MEDIO DE LA

CUAL PROPONEN REFORMAR EL ARTÍCULO TREINTA Y

CINCO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO

DEL ESTADO, A EFECTO DE INCORPORAR PROGRAMAS,

MECANISMOS Y PROTOCOLOS DE SEGURIDAD, QUE

TENGAN POR OBJETO LA BÚSQUEDA INMEDIATA DE

LAS PERSONAS MENORES DE EDAD DESAPARECIDAS,

EN ARAS DE AUMENTAR LA POSIBILIDAD DE QUE

SEAN RECUPERADAS A SALVO. ASÍ MISMO, ACUERDO

PARA EXHORTAR RESPETUOSAMENTE A LA FISCALÍA

GENERAL DEL ESTADO, PARA QUE A TRAVÉS DE

SU INSTANCIA COMPETENTE, IMPLEMENTE EN TODA

LA ENTIDAD EL PROTOCOLO ALBA, ENFOCADO A LA

BÚSQUEDA DE MUJERES Y MENORES DESAPARECIDOS

Y LE DÉ UNA AMPLIA DIFUSIÓN EN TODOS LOS

MUNICIPIOS, DE TAL FORMA QUE SE PUEDAN OBTENER

DE ÉL MEJORES RESULTADOS.

b) EN LA PALABRA DEL DIPUTADO ALEX LE BARÓN

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

GONZÁLEZ, DICTAMEN QUE RECAE A LA INICIATIVA CON

CARÁCTER DE DECRETO, QUE ENVÍA EL GOBERNADOR

CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA,

LICENCIADO CÉSAR HORACIO DUARTE JÁQUEZ, POR

MEDIO DE LA CUAL PROPONE REFORMAR DIVERSOS

ARTÍCULOS DE LA LEY DE SEGURIDAD ESCOLAR PARA

EL ESTADO Y DE LA LEY DEL SISTEMA ESTATAL DE

SEGURIDAD PÚBLICA, PRIMORDIALMENTE PARA CREAR

LA COORDINACIÓN ESTATAL DE SEGURIDAD ESCOLAR,

ASÍ COMO PARA ACTUALIZAR LA DENOMINACIÓN DE LAS

AUTORIDADES ESTATALES EN DICHA MATERIA.

c) EN VOZ DE LA DIPUTADA GLORIA GUADALUPE

RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, DICTAMEN QUE RECAE A LA

INICIATIVA CON CARÁCTER DE DECRETO, QUE ENVÍA

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE

CHIHUAHUA, LICENCIADO CÉSAR HORACIO DUARTE

JÁQUEZ, A FIN DE REFORMAR DIVERSOS ARTÍCULOS

DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO Y DE

LA LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL, AMBAS

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, CON EL PROPÓSITO DE

ELEVAR A RANGO DE FISCALÍA ESPECIALIZADA, LA

UNIDAD ESPECIALIZADA EN FEMINICIDIOS Y DELITOS DE

GÉNERO.

LOS DICTÁMENES ANTES LEÍDOS, FUERON APROBADOS

EN FORMA UNÁNIME.

d) EN LA PALABRA DEL LEGISLADOR HÉCTOR RAFAEL

ORTIZ ORPINEL, DICTAMEN QUE RECAE A LA INICIATIVA

CON CARÁCTER DE DECRETO, QUE PRESENTAN LOS

DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO PARLAMENTARIO

DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, POR MEDIO DE LA

CUAL PROPONEN MODIFICAR LA FRACCIÓN PRIMERA

DEL ARTÍCULO VEINTIUNO Y EL NUMERAL CINCUENTA

Y DOS, AMBOS DE LA LEY DE VIALIDAD Y TRÁNSITO

PARA EL ESTADO DE CHIHUAHUA, CON LA FINALIDAD DE

OMITIR LOS DATOS PERSONALES EN LAS LICENCIAS DE

CONDUCIR Y TARJETAS DE CIRCULACIÓN VEHICULAR.

EL DICTAMEN ANTES LEÍDO, AL SER SOMETIDO A

CONSIDERACIÓN DEL PLENO, RESULTÓ APROBADO POR

UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES.

III. AL DIPUTADO JESÚS JOSÉ SÁENZ GABALDÓN,

QUE CON LA REPRESENTACIÓN DE LA COMISIÓN

DE DESARROLLO RURAL INTEGRAL SOMETIÓ A

CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA DICTAMEN QUE

RECAE A LA INICIATIVA CON CARÁCTER DE PUNTO

DE ACUERDO QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS JESÚS

JOSÉ SÁENZ GABALDÓN, ALEX LE BARÓN GONZÁLEZ,

JORGE ABRAHAM RAMÍREZ ALVÍDREZ Y GLORIA

GUADALUPE RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, POR MEDIO DE

LA CUAL PROPONEN EXHORTAR A LA SECRETARÍA

DE DESARROLLO RURAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO,

A FIN DE QUE TENGA A BIEN CREAR UN CENTRO

DE INTELIGENCIA AGROPECUARIA COMO UN ÓRGANO

DESCONCENTRADO DE DICHA SECRETARÍA.

IV. AL DIPUTADO FRANCISCO GONZÁLEZ CARRASCO,

QUIEN A NOMBRE DE LA COMISIÓN ESPECIAL PARA

LOS FESTEJOS DEL CENTENARIO DE LA REVOLUCIÓN

MEXICANA, PRESENTÓ DICTAMEN QUE RECAE A

LA INICIATIVA CON CARÁCTER DE DECRETO QUE

PROMOVIERA ÉL MISMO Y LOS DIPUTADOS GERARDO

HERNÁNDEZ IBARRA, RENÉ FRANCO RUIZ Y DAVID

BALDERRAMA QUINTANA, POR MEDIO DE LA CUAL

PROPONEN QUE ESTA SOBERANÍA INSTITUYA EL

RECONOCIMIENTO DENOMINADO PREMIO AL MÉRITO

DORADOS DE VILLA, QUE FOMENTE EL SÍMBOLO

DEL CABALGANTE EN JORNADAS O ACTIVIDADES

CULTURALES, Y POSEA SEMEJANZAS FÍSICAS E

IDEOLÓGICAS CON ALGÚN LÍDER REVOLUCIONARIO,

CON EL ÚNICO OBJETIVO DE CONMEMORAR LA VIDA

Y OBRA DEL GENERAL FRANCISCO VILLA, Y EN

RECONOCIMIENTO A SU LUCHA POR LOS POSTULADOS

DE LA REVOLUCIÓN MEXICANA: LA JUSTICIA, LA

IGUALDAD Y LA LIBERTAD.

V. A LA COMISIÓN DE PROGRAMACIÓN, PRESUPUESTO

Y HACIENDA PÚBLICA, QUE SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN

DE LA ASAMBLEA LO SIGUIENTE:

a) EN VOZ DE LA LEGISLADORA LIZ AGUILERA GARCÍA,

DICTAMEN QUE RECAE A LA INICIATIVA CON CARÁCTER

DE PUNTO DE ACUERDO QUE PROMOVIERAN LOS

DIPUTADOS GERARDO HERNÁNDEZ IBARRA, FRANCISCO

GONZÁLEZ CARRASCO Y ELÍAS GABRIEL FLORES

VIRAMONTES, POR MEDIO DE LA CUAL PROPONEN QUE

ESTA SOBERANÍA SOLICITE, DE MANERA RESPETUOSA,

A LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL GOBIERNO DEL

ESTADO, A TRAVÉS DEL INSTITUTO CHIHUAHUENSE DE

LA CULTURA, QUE LE SEAN ENTREGADOS AL MUSEO DE

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

LA REVOLUCIÓN DE LA FRONTERA DE CIUDAD JUÁREZ,

LOS CINCO MILLONES DE PESOS QUE LE FUERON

ASIGNADOS EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA

FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL ONCE,

PARA SU RESTAURACIÓN.

b) EN LA PALABRA DEL LEGISLADOR ALEJANDRO PÉREZ

CUÉLLAR, DICTAMEN QUE RECAE A LA INICIATIVA

CON CARÁCTER DE PUNTO DE ACUERDO PROMOVIDA

POR LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL,

POR MEDIO DE LA CUAL PROPONEN QUE ESTA

SOBERANÍA INSTRUYA A LA COMISIÓN LEGISLATIVA DE

PROGRAMACIÓN, PRESUPUESTO Y HACIENDA PÚBLICA,

PARA QUE AL MOMENTO DE ANALIZAR EL PRESUPUESTO

DE EGRESOS DEL ESTADO, PARA EL EJERCICIO FISCAL

DOS MIL ONCE, PREVEA LAS PARTIDAS NECESARIAS

PARA QUE EL EJECUTIVO ESTATAL SE HAGA CARGO DE

LA ADMINISTRACIÓN DEL CENTRO DE READAPTACIÓN

SOCIAL MUNICIPAL DE CIUDAD JUÁREZ. AL CONCLUIRSE

EL ESTUDIO Y ANÁLISIS DE LA INICIATIVA EN COMENTO,

SE ACORDÓ ENCOMENDAR A LA COMISIÓN QUE

DICTAMINA, PARA QUE UNA VEZ QUE SE HAYA

FORMALIZADO LA ENTREGA DE LA ADMINISTRACIÓN DEL

CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL DEL MUNICIPIO

DE JUÁREZ AL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO, SE

CERCIORE DE QUE EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS

QUE ENVÍE EL EJECUTIVO ESTATAL PARA EL EJERCICIO

FISCAL DEL AÑO DOS MIL DOCE, SE CONTEMPLE UNA

PARTIDA PRESUPUESTAL PARA DICHO OBJETO.

c) EN VOZ DEL DIPUTADO JESÚS JOSÉ SÁENZ

GABALDÓN, DICTAMEN QUE RECAE A LA INICIATIVA

QUE ENVÍA EL MUNICIPIO DE JIMÉNEZ, CHIHUAHUA,

POR MEDIO DE LA CUAL SOLICITA A ESTA LEGISLATURA

LA AUTORIZACIÓN PARA LA MODIFICACIÓN DEL VALOR

CATASTRAL PARA EFECTO DE VENTA Y TRASLACIÓN

DE DOMINIO DE LA PROPIEDAD DENOMINADA LA

QUINTA CHILLA; UNA VEZ CONCLUIDO EL ANÁLISIS DE

LA INICIATIVA DE MÉRITO SE ACORDÓ CONSIDERAR

IMPROCEDENTE LA SOLICITUD, DADO QUE ESA ES

FACULTAD EXCLUSIVA DEL AYUNTAMIENTO; ESTO EN

VIRTUD DE QUE EL CONGRESO DEL ESTADO SÓLO

TIENE FACULTADES PARA TOMAR ACUERDOS CON

CARÁCTER GENERAL, COMO LO ES LA APROBACIÓN

DE LA TABLAS DE VALORES DE UN MUNICIPIO, PERO NO

EN LO PARTICULAR DE UN PREDIO ESPECÍFICO.

LOS DICTÁMENES ANTES LEÍDOS, SE SOMETIERON

A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA, RESULTANDO

APROBADOS EN FORMA UNÁNIME.

VI. A LA COMISIÓN SEGUNDA DE GOBERNACIÓN Y

PUNTOS CONSTITUCIONALES, QUE SOMETIÓ A LA

CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA, LO SIGUIENTE:

a) EN VOZ DEL DIPUTADO RICARDO ALÁN BOONE

SALMÓN:

1. DICTAMEN QUE RECAE A LA INICIATIVA CON

CARÁCTER DE DECRETO QUE PRESENTAN LOS

DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO PARLAMENTARIO

DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, POR MEDIO DE LA

CUAL PROPONEN SE EXPIDA LA LEY QUE ESTABLECE EL

SECRETO PROFESIONAL PERIODÍSTICO EN EL ESTADO

DE CHIHUAHUA.

EN SEGUIDA, Y POR TRATARSE DE UN DICTAMEN

QUE DA ORIGEN A UNA NUEVA LEY, SE SOMETIÓ

A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA TANTO EN

LO GENERAL COMO EN LO PARTICULAR, MISMO

QUE RESULTÓ APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS

PRESENTES. HACIÉNDOSE CONSTAR QUE AL MOMENTO

DE LA VOTACIÓN, LOS DIPUTADOS ENRIQUE SERRANO

ESCOBAR Y FERNANDO MENDOZA RUÍZ, NO SE

ENCONTRABAN EN EL RECINTO LEGISLATIVO.

2. DICTAMEN QUE RECAE A LAS INICIATIVAS CON

CARÁCTER DE DECRETO QUE PROMOVIERAN LOS

DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO PARLAMENTARIO

DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL PARA

REFORMAR Y ADICIONAR DIVERSAS DISPOSICIONES

DE LA LEY QUE CREA EL PREMIO CHIHUAHUA, CON

LA FINALIDAD DE INCLUIR UN RECONOCIMIENTO AL

MÉRITO PERIODÍSTICO; Y OTRA POR LOS DIPUTADOS

INTEGRANTES DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS

DE LOS PARTIDOS NUEVA ALIANZA Y VERDE

ECOLOGISTA DE MÉXICO, PARA QUE SE INSTITUYA

EL RECONOCIMIENTO DENOMINADO PREMIO ESTATAL

DE PERIODISMO, A FIN DE QUE SEA ENTREGADO EN

SESIÓN SOLEMNE DEL HONORABLE CONGRESO DEL

ESTADO, EN EL MARCO DE LOS FESTEJOS DEL DÍA DE

LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

b) EN LA PALABRA DEL LEGISLADORA JORGE ABRAHAM

RAMÍREZ ALVÍDREZ, DICTAMEN QUE RECAE A LA

INICIATIVA CON CARÁCTER DE PUNTO DE ACUERDO

QUE FUERA PROMOVIDA POR LOS DIPUTADOS ALEX

LE BARÓN GONZÁLEZ, JORGE ABRAHAM RAMÍREZ

ALVÍDREZ, GLORIA GUADALUPE RODRÍGUEZ GONZÁLEZ,

FRANCISCO JAVIER SALCIDO LOZOYA, RICARDO ALÁN

BOONE SALMÓN Y GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA

REYES, POR MEDIO DE LA CUAL PROPONEN QUE

ESTA SOBERANÍA INSTITUYA, DENTRO DEL CALENDARIO

GUBERNAMENTAL, EL DÍA SIETE DE ABRIL DE CADA AÑO,

COMO EL DÍA DEL REGISTRO CIVIL.

LOS DICTÁMENES ANTES LEÍDOS, AL SER SOMETIDOS

A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA, FUERON

APROBADOS EN FORMA UNÁNIME.

VII. A LA COMISIÓN DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, QUE

SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA:

a) EN VOZ DEL DIPUTADO RICARDO ALÁN BOONE

SALMÓN, DICTAMEN QUE RECAE A LA INICIATIVA

CON CARÁCTER DE DECRETO QUE PRESENTARAN

LOS DIPUTADOS RICARDO ALÁN BOONE SALMÓN,

FRANCISCO JAVIER SALCIDO LOZOYA, LIZ AGUILERA

GARCÍA, FERNANDO MENDOZA RUÍZ, CÉSAR ALEJANDRO

DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ, ELÍAS GABRIEL FLORES

VIRAMONTES, JESÚS JOSÉ SÁENZ GABALDÓN,

BENJAMÍN GARCÍA RUIZ, FRANCISCO GONZÁLEZ

CARRASCO, GERARDO HERNÁNDEZ IBARRA, DAVID

BALDERRAMA QUINTANA Y RENÉ FRANCO RUIZ, POR

MEDIO DE LA CUAL PROPONEN LA EXPEDICIÓN DE

LA LEY QUE REGULA A LOS ESTABLECIMIENTOS QUE

PRESTAN SERVICIO DE ACCESO A INTERNET EN EL

ESTADO DE CHIHUAHUA.

EN SEGUIDA, Y POR TRATARSE DE UN DICTAMEN

QUE DA ORIGEN A UNA NUEVA LEY, SE SOMETIÓ

A CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA TANTO EN LO

GENERAL COMO EN LO PARTICULAR, MISMO QUE

RESULTÓ APROBADO POR UNANIMIDAD.

ACTO SEGUIDO, EL PRESIDENTE SOLICITÓ A LA SECRE-

TARÍA PREPARASE LAS MINUTAS CORRESPONDIENTES

Y LAS ENVIASE A LAS INSTANCIAS COMPETENTES.

EN ATENCIÓN AL ORDEN DEL DÍA APROBADO,

EN EL PUNTO REFERENTE A LA PRESENTACIÓN

DE INICIATIVAS, EL PRESIDENTE INFORMÓ QUE

LOS DIPUTADOS RICARDO ORVIZ BLAKE, DAVID

BALDERRAMA QUINTANA Y ALEJANDRO PÉREZ

CUÉLLAR, LE MANIFESTARON SU INTERÉS EN

FORMULAR UNA INICIATIVA, ADEMÁS DE SOLICITAR

AL SEGUNDO SECRETARIO, LEVANTASE LA LISTA

CORRESPONDIENTE E INFORMARA A LA PRESIDENCIA;

PARA INMEDIATAMENTE DESPUÉS CONCEDER EL USO

DE LA TRIBUNA:

1. AL DIPUTADO RICARDO ORVIZ BLAKE, QUIEN A

NOMBRE PROPIO Y DE LOS LEGISLADORES RENÉ

FRANCO RUIZ, FERNANDO MENDOZA RUÍZ, GERARDO

HERNÁNDEZ IBARRA, GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA

REYES, LIZ AGUILERA GARCÍA, JESÚS JOSÉ SÁENZ

GABALDÓN, RICARDO ALÁN BOONE SALMÓN, CÉSAR

ALEJANDRO DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ, ALEX LE BARÓN

GONZÁLEZ, JORGE ABRAHAM RAMÍREZ ALVÍDREZ, DAVID

BALDERRAMA QUINTANA Y FRANCISCO GONZÁLEZ

CARRASCO, DIO LECTURA A INICIATIVA CON CARÁCTER

DE DECRETO POR LA QUE SE PROPONE REFORMAR

Y ADICIONAR DOCE ARTÍCULOS DE LA LEY DE

DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE DEL ESTADO DE

CHIHUAHUA.

2. AL LEGISLADOR DAVID BALDERRAMA QUINTANA,

QUIEN A NOMBRE PROPIO Y DE LOS LEGISLADORES

PABLO GONZÁLEZ GUTIÉRREZ, INÉS AURORA MARTÍNEZ

BERNAL, SAMUEL DÍAZ PALMA Y JOSÉ ALFREDO RAMÍREZ

RENTERÍA, PRESENTÓ INICIATIVA DE ACUERDO, A FIN

DE INICIAR UN PROCESO DE TRADUCCIÓN DE LA

INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO A LAS LENGUAS

INDÍGENAS DE LA ENTIDAD.

3. AL DIPUTADO ALEJANDRO PÉREZ CUÉLLAR, QUIEN

A NOMBRE PROPIO Y DE LOS DEMÁS INTEGRANTES

DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCIÓN

NACIONAL, PRESENTÓ INICIATIVA CON CARÁCTER DE

DECRETO POR MEDIO DE LA CUAL SE PRETENDE

REFORMAR EL ARTÍCULO CUATROCIENTOS CUATRO Y

ADICIONAR UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO CUATROCIENTOS

CUARENTA Y SEIS DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS

CIVILES, A EFECTO DE CUMPLIR A CABALIDAD EL

PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LA CELERIDAD, QUE ES

LA FINALIDAD DE LOS JUICIOS ESPECIALES.

4. AL LEGISLADOR CÉSAR ALBERTO TAPIA MARTÍNEZ,

– 2891 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

QUIEN A NOMBRE PROPIO Y DE LOS DEMÁS

INTEGRANTES DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL

PARTIDO NUEVA ALIANZA, DIO LECTURA A INICIATIVA

CON CARÁCTER DE PUNTO DE ACUERDO MEDIANTE

LA CUAL PROPONEN EXHORTAR AL EJECUTIVO

FEDERAL Y AL HONORABLE CONGRESO DE LA

UNIÓN PARA QUE, A TRAVÉS DE LOS ÓRGANOS

DE FISCALIZACIÓN PREVISTOS INSTITUCIONALMENTE,

REALICEN DE MANERA INMEDIATA UNA AUDITORÍA

INTEGRAL AL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIO

SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO Y QUE LOS

RESULTADOS DE LA MISMA SEAN DADOS A CONOCER A

LA BREVEDAD A LAS INSTANCIAS COMPETENTES PARA,

DE SER NECESARIO, PROCEDER EN CONSECUENCIA.

5. A LA DIPUTADA LIZ AGUILERA GARCÍA, QUIEN

A NOMBRE PROPIO Y DE LOS LEGISLADORES

FRANCISCO JAVIER SALCIDO LOZOYA, RICARDO

ALÁN BOONE SALMÓN, ELÍAS GABRIEL FLORES

VIRAMONTES, RENÉ FRANCO RUIZ, CÉSAR ALEJANDRO

DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ, RICARDO ORVIZ BLAKE,

FRANCISCO GONZÁLEZ CARRASCO, BENJAMÍN GARCÍA

RUIZ Y GLORIA GUADALUPE RODRÍGUEZ GONZÁLEZ,

PRESENTÓ INICIATIVA CON CARÁCTER DE PUNTO DE

ACUERDO A FIN DE EXHORTAR, RESPETUOSAMENTE,

AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

PARA QUE MODIFIQUE EL ARTÍCULO CIENTO UNO

DEL REGLAMENTO DE PRESTACIONES MÉDICAS DEL

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, CON EL

PROPÓSITO DE QUE SE ACTUALICE Y AUMENTE A

FIN DE SER ACORDE A LA SITUACIÓN ECONÓMICA

ACTUAL, LA CANTIDAD SEÑALADA COMO APOYO DE

VIÁTICOS Y PASAJES PARA LOS DERECHOHABIENTES

Y ACOMPAÑANTES, ASÍ COMO QUE REGLAMENTE LA

COMPROBACIÓN DE GASTO RESPECTO A LOS MISMOS,

ESTO PARA INCENTIVAR EL CONSUMO EN LUGARES

FORMALMENTE ESTABLECIDOS Y TRANSPARENTAR LA

ENTREGA DE RECURSOS.

6. AL LEGISLADOR GERARDO HERNÁNDEZ IBARRA,

QUIEN A NOMBRE PROPIO Y DEL DIPUTADO FRANCISCO

GONZÁLEZ CARRASCO, DIO LECTURA A UNA INICIATIVA

CON CARÁCTER DE ACUERDO, POR MEDIO DE LA

CUAL PROPONEN EXHORTAR AL GOBIERNO FEDERAL,

A TRAVÉS DEL PROGRAMA TODOS SOMOS JUÁREZ,

DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A

LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL, ASÍ COMO AL

CONSEJO NACIONAL PARA LA CULTURA Y LAS ARTES

DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, CON LA

FINALIDAD DE RESCATAR EL MONUMENTO HISTÓRICO

DEDICADO A LA DEVOLUCIÓN DEL TERRITORIO DE EL

CHAMIZAL Y POR CONSIGUIENTE EL RESCATE DEL

PARQUE EN SU CONJUNTO Y, CON ELLO, GENERAR

LA OPORTUNIDAD DE FORTALECER ESTOS ESPACIOS

PÚBLICOS QUE HOY EN DÍA SON INDISPENSABLES PARA

RESTABLECER EL TEJIDO SOCIAL.

7. AL LEGISLADOR RUBÉN AGUILAR JIMÉNEZ,

QUIEN PRESENTÓ UNA INICIATIVA CON CARÁCTER

DE DECRETO, CON LA FINALIDAD DE REFORMAR Y

DEROGAR DIVERSOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO FISCAL

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

8. AL DIPUTADO JOSÉ ALFREDO RAMÍREZ RENTERÍA,

QUIEN DIO LECTURA A INICIATIVA CON CARÁCTER DE

PUNTO DE ACUERDO, MEDIANTE LA CUAL PROPONE

EXHORTAR A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE

CHIHUAHUA PARA QUE SE ABOQUE AL CONOCIMIENTO

A LOS HECHOS OCURRIDOS EN EL INSTITUTO FEMENINO

DE ATENCIÓN DE LAS ADICCIONES; ASÍ MISMO, A

LA SECRETARÍA DE SALUD, PARA QUE EN USO

DE SUS FACULTADES, QUE LE CONFIEREN LOS

ARTÍCULOS TREINTA Y CINCO Y CUARENTA Y UNO

DE LA LEY PARA LA PREVISIÓN DE ADICCIONES,

TRATAMIENTO, DISMINUCIÓN DEL DAÑO, REINSERCIÓN

SOCIAL DE PERSONAS CON ADICCIÓN DEL ESTADO

DE CHIHUAHUA, APLIQUE LAS MEDIDAS DE CONTROL,

VIGILANCIA Y SEGURIDAD, ASÍ COMO LAS SANCIONES

CORRESPONDIENTES, RESPECTO DE LOS HECHOS

MENCIONADOS.

ACTO SEGUIDO, EL PRESIDENTE DECLARÓ RECIBIR

LAS INICIATIVAS ANTES LEÍDAS Y REMITIRLAS A LA

SECRETARÍA PARA SU TRÁMITE.

EN EL PUNTO REFERENTE AL TRATAMIENTO DE

ASUNTOS GENERALES, SE CONCEDIÓ EL USO DE LA

TRIBUNA AL DIPUTADO FERNANDO MENDOZA RUÍZ,

QUIEN A NOMBRE DE LOS INTEGRANTES DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO

INSTITUCIONAL, DIO LECTURA A POSICIONAMIENTO

RESPECTO DE LA CONMEMORACIÓN, EL PASADO

VEINTISÉIS DE JUNIO, DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA

– 2892 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

LUCHA CONTRA EL USO INDEBIDO Y EL TRÁFICO ILÍCITO

DE DROGAS, ESTABLECIDO POR LA ORGANIZACIÓN DE

LAS NACIONES UNIDAS.

EL PRESIDENTE DECLARÓ RECIBIR EL ASUNTO

PLANTEADO, ASÍ COMO SOLICITAR A LOS DIPUTADOS

SECRETARIOS OTORGASEN EL TRÁMITE CORRESPONDI-

ENTE Y PERMANECIESEN ATENTOS A SU SEGUIMIENTO

E INFORMAR, EN SU OPORTUNIDAD, A LA PRESIDENCIA.

AL HABERSE AGOTADO LOS PUNTOS DEL ORDEN DEL

DÍA, SE DIO POR CONCLUIDA LA SESIÓN, SIENDO LAS

QUINCE HORAS CON TREINTA Y SIETE MINUTOS DEL

DÍA DE LA FECHA. SE CITÓ PARA LA PRÓXIMA QUE

SE CELEBRARÁ EL DÍA JUEVES TREINTA DE JUNIO

DEL PRESENTE AÑO, A LAS ONCE HORAS, EN EL

RECINTO OFICIAL DE ESTE HONORABLE CONGRESO DEL

ESTADO, A EFECTO DE REALIZAR LA SESIÓN ORDINARIA

CORRESPONDIENTE.

DIPUTADO PRESIDENTE, RENÉ FRANCO RUIZ; DIPUTADO

SECRETARIO, JAIME BELTRÁN DEL RÍO BELTRÁN DEL

RÍO; DIPUTADO SECRETARIO, FRANCISCO GONZÁLEZ

CARRASCO].

4.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Para continuarcon el desahogo del siguiente punto del Ordendel Día, solicito al Segundo Secretario, DiputadoFrancisco González Carrasco, verifique si todoslos Legisladores han tenido conocimiento dela Correspondencia recibida por este CuerpoColegiado.

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: Conpermiso, Diputado Presidente.

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasLegisladoras y Legisladores, si alguno de ustedesno ha tenido conocimiento de la Correspondenciarecibida, favor de expresarlo de la maneraacostumbrada.

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo a la Presidencia que todos los Legisladoreshan tenido conocimiento de la Correspondencia

recibida por este Cuerpo Colegiado.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Siendo así,le solicito se sirva otorgarle el trámite quecorresponda.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: ¡Con gusto,Diputado Presidente!

[CORRESPONDENCIA.

30 DE JUNIO DE 2011.

A) GOBIERNO FEDERAL:

1. OFICIO No. DG/JGM/88/2011, QUE ENVÍA EL

DIRECTOR GENERAL DE LICONSA, POR MEDIO DEL

CUAL DA RESPUESTA AL ACUERDO No. 156/2011 II

P.O., EMITIDO POR ESTE H. CONGRESO, EXHORTÁNDOLE

PARA QUE SE GENEREN LAS CONDICIONES NECESARIAS

QUE FAVOREZCAN EL CONSUMO DE LECHE NACIONAL,

DANDO PRIORIDAD AL MERCADO MEXICANO FRENTE

AL MERCADO EXTRANJERO. COMUNICÁNDONOS QUE A

PARTIR DE 2002, ESA ENTIDAD RETOMÓ LA COMPRA DE

LECHE A PRODUCTORES MEXICANOS, ADQUIRIÉNDOSE

EN ESE AÑO, UN TOTAL DE 95.7 MILLONES DE

LITROS DE LECHE PRODUCIDA POR PRODUCTORES

NACIONALES DEL SECTOR SOCIAL; ADEMÁS, QUE

EN LA ÚLTIMA DÉCADA LA PARTICIPACIÓN DE ESA

EMPRESA, EN EL MERCADO NACIONAL DE LA LECHE, HA

CONFIRMADO SU VOCACIÓN SOCIAL CON 6.1 MILLONES

DE BENEFICIARIOS QUE RECIBEN DIARIAMENTE SU

PRODUCTO Y POCO MÁS DE 10 MIL PEQUEÑOS Y

MEDIANOS PRODUCTORES DE PAÍS, QUE ENCUENTRAN

UN PRECIO JUSTO POR SU LECHE Y UN CANAL

CONFIABLE Y DE PAGO SEGURO PARA COMERCIALIZAR

SU PRODUCCIÓN, POR LO QUE ESA PARAESTATAL

HA CONTRIBUIDO A CABALIDAD, EN LA MEDIDA DE

SUS POSIBILIDADES PRESUPUESTALES Y LEGALES, A

GENERAR LAS CONDICIONES QUE HAN FAVORECIDO EL

CONSUMO DE LECHE NACIONAL.

B) GOBIERNO DEL ESTADO:

OFICIOS S/N, QUE ENVÍA EL GOBERNADOR

CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, POR MEDIO DE LOS

CUALES INFORMA A ESTE PODER LEGISLATIVO, QUE

SALDRÁ DE LOS LÍMITES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA,

LOS DÍAS 27, 29 Y 30 DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO].

– 2893 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

5.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: A continuación,solicito a la Primera Secretaria, Diputada PatriciaFlores González, pregunte a las Diputadas yDiputados si tienen conocimiento de los Asuntosen Cartera.

- La C. Dip. Primera Secretaria.- P.A.N.: ¡Congusto!

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasseñoras y señores Diputados si a alguno de ustedesle falta el listado de los Asuntos en Cartera, favorde expresarlo de la manera acostumbrada.

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Le informo, Diputado Presidente, que todoslos Legisladores cuentan con el documentocorrespondiente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, DiputadaSecretaria.

Esta Presidencia ratifica los turnos de los asuntoscontenidos en Cartera.

[CARTERA.

30 DE JUNIO DE 2011.

1. INICIATIVA CON CARÁCTER DE DECRETO QUE

PRESENTAN LOS DIPUTADOS A LA SEXAGÉSIMA

TERCERA LEGISLATURA, INTEGRANTES DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO

INSTITUCIONAL RICARDO ORVIZ BLAKE, RENÉ

FRANCO RUIZ, FERNANDO MENDOZA RUÍZ, GERARDO

HERNÁNDEZ IBARRA, GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA

REYES, LIZ AGUILERA GARCÍA, JESÚS JOSÉ SÁENZ

GABALDÓN, RICARDO ALÁN BOONE SALMÓN, CÉSAR

ALEJANDRO DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ, ALEX LE BARÓN

GONZÁLEZ, JORGE ABRAHAM RAMÍREZ ALVÍDREZ, DAVID

BALDERRAMA QUINTANA Y FRANCISCO GONZÁLEZ

CARRASCO, POR MEDIO DE LA CUAL PROPONEN

REFORMAR Y ADICIONAR DOCE ARTÍCULOS DE LA LEY

DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE DEL ESTADO DE

CHIHUAHUA.

SE TURNA A LA COMISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS

PÚBLICOS.

2. INICIATIVA CON CARÁCTER DE DECRETO, QUE

PRESENTAN LOS DIPUTADOS A LA SEXAGÉSIMA

TERCERA LEGISLATURA, INTEGRANTES DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO

INSTITUCIONAL PABLO GONZÁLEZ GUTIÉRREZ, DAVID

BALDERRAMA QUINTANA; LA DIPUTADA INÉS AURORA

MARTÍNEZ BERNAL, INTEGRANTE DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL; EL

DIPUTADO SAMUEL DÍAZ PALMA, INTEGRANTE DEL

GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA

Y EL DIPUTADO JOSÉ ALFREDO RAMÍREZ RENTERÍA,

REPRESENTANTE DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN

DEMOCRÁTICA, TODOS ELLOS INTEGRANTES DE LA

COMISIÓN DE PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS,

A EFECTO DE QUE SE INSTRUYA AL COMITÉ DE

BIBLIOTECA, ASUNTOS EDITORIALES E INFORMÁTICA

PARA QUE, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO

71, FRACCIÓN VI DE LA LEY ORGÁNICA DEL

PODER LEGISLATIVO, Y EN COORDINACIÓN CON

LAS AUTORIDADES ESPECIALISTAS EN LA MATERIA,

SE DÉ A LA TAREA DE TRADUCIR, INTERPRETAR

CULTURALMENTE Y DIFUNDIR LAS LEYES Y DECRETOS

A LAS LENGUAS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE

LA ENTIDAD, PARTICULARMENTE DE AQUELLOS QUE

SE RELACIONAN CON LOS DERECHOS DE DICHOS

PUEBLOS, Y PRINCIPALMENTE LOS CÓDIGOS CIVIL,

PENAL Y DE PROCEDIMIENTOS PENALES, Y LAS

LEYES DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO Y DE LA

COORDINACIÓN ESTATAL DE LA TARAHUMARA.

SE TURNA A LA JUNTA DE COORDINACIÓN

PARLAMENTARIA.

3. INICIATIVA CON CARÁCTER DE DECRETO, QUE

PRESENTAN LOS DIPUTADOS A LA SEXAGÉSIMA

TERCERA LEGISLATURA, INTEGRANTES DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL,

POR MEDIO DE LA CUAL PROPONEN REFORMAR Y

ADICIONAR LOS ARTÍCULOS 404 Y 446 DEL CÓDIGO DE

PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO, A EFECTO DE

CUMPLIR A CABALIDAD EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y

LA CELERIDAD, QUE ES LA FINALIDAD DE LOS JUICIOS

ESPECIALES.

– 2894 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

SE TURNA A LA COMISIÓN DE JUSTICIA.

4. INICIATIVA CON CARÁCTER DE PUNTO DE

ACUERDO, QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS A LA

SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA, INTEGRANTES

DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO NUEVA

ALIANZA, POR MEDIO DE LA CUAL PROPONEN QUE

ESTA SOBERANÍA EXHORTE RESPETUOSAMENTE EL

EJECUTIVO FEDERAL Y AL H. CONGRESO DE LA

UNIÓN, PARA QUE, A TRAVÉS DE LOS ÓRGANOS

DE FISCALIZACIÓN PREVISTOS INSTITUCIONALMENTE,

REALICEN DE MANERA INMEDIATA UNA AUDITORÍA

INTEGRAL AL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS

SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO; Y

QUE LOS RESULTADOS DE LA MISMA SEAN DADOS

A CONOCER A LA BREVEDAD A LAS INSTANCIAS

COMPETENTES.

SE TURNA A LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN

SOCIAL.

5. INICIATIVA CON CARÁCTER DE PUNTO DE ACUERDO,

QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS A LA SEXAGÉSIMA

TERCERA LEGISLATURA, INTEGRANTES DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO

INSTITUCIONAL, LIZ AGUILERA GARCÍA, FRANCISCO

JAVIER SALCIDO LOZOYA, RICARDO ALÁN BOONE

SALMÓN, RICARDO ORVIZ BLAKE, FRANCISCO

GONZÁLEZ CARRASCO, CÉSAR ALEJANDRO DOMÍNGUEZ

DOMÍNGUEZ, RENÉ FRANCO RUIZ, BENJAMÍN GARCÍA

RUIZ Y ELÍAS GABRIEL FLORES VIRAMONTES, POR

MEDIO DE LA CUAL PROPONEN QUE ESTA SOBERANÍA

EXHORTE RESPETUOSAMENTE AL INSTITUTO MEXICANO

DEL SEGURO SOCIAL, PARA QUE MODIFIQUE EL

ARTÍCULO 101 DEL REGLAMENTO DE PRESTACIONES

MÉDICAS DEL CITADO INSTITUTO, CON EL PROPÓSITO

DE QUE SE ACTUALICE Y AUMENTE LA CANTIDAD

SEÑALADA COMO APOYO DE VIÁTICOS Y PASAJES PARA

LOS DERECHOHABIENTES Y ACOMPAÑANTES, A FIN DE

SER ACORDE A LA SITUACIÓN ECONÓMICA ACTUAL; ASÍ

MISMO, REGLAMENTE LA COMPROBACIÓN DE GASTOS

RESPECTO A LOS MISMOS, ESTO PARA INCENTIVAR EL

CONSUMO EN LUGARES FORMALES ESTABLECIDOS Y

TRANSPARENTAR LA ENTREGA DE RECURSOS.

SE TURNA A LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN

SOCIAL.

6. INICIATIVA CON CARÁCTER DE PUNTO DE ACUERDO,

QUE PRESENTAN LOS DIPUTADOS A LA SEXAGÉSIMA

TERCERA LEGISLATURA, INTEGRANTES DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO

INSTITUCIONAL, GERARDO HERNÁNDEZ IBARRA Y

FRANCISCO GONZÁLEZ CARRASCO, POR MEDIO DE

LA CUAL PROPONEN QUE ESTA SOBERANÍA EXHORTE

RESPETUOSAMENTE AL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS

DEL PROGRAMA TODOS SOMOS JUÁREZ, DEPENDIENTE

DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN; A LA SECRETARÍA

DE DESARROLLO SOCIAL, ASÍ COMO AL INSTITUTO

NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA DE LA

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, CON LA

FINALIDAD DE RESCATAR EL MONUMENTO HISTÓRICO

DEDICADO A LA DEVOLUCIÓN DEL TERRITORIO DE EL

CHAMIZAL Y, POR CONSIGUIENTE, EL RESCATE DEL

PARQUE EN SU CONJUNTO Y, CON ELLO, GENERAR

LA OPORTUNIDAD DE FORTALECER ESTOS ESPACIOS

PÚBLICOS QUE HOY EN DÍA SON INDISPENSABLES PARA

RESTABLECER EL TEJIDO SOCIAL.

SE TURNA A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA.

7. INICIATIVA CON CARÁCTER DE DECRETO, QUE

PRESENTA EL DIPUTADO A LA SEXAGÉSIMA TERCERA

LEGISLATURA, REPRESENTANTE DEL PARTIDO DEL

TRABAJO, RUBÉN AGUILAR JIMÉNEZ, POR MEDIO DE

LA CUAL PROPONE REFORMAR Y DEROGAR DIVERSOS

ARTÍCULOS DEL CÓDIGO FISCAL DEL ESTADO DE

CHIHUAHUA, A FIN DE ARMONIZARLO CON LAS

REFORMAS REALIZADAS A OTROS ORDENAMIENTOS

JURÍDICOS.

SE TURNA A LA COMISIÓN DE PROGRAMACIÓN,

PRESUPUESTO Y HACIENDA PÚBLICA.

8. INICIATIVA CON CARÁCTER DE PUNTO DE

ACUERDO, QUE PRESENTA EL DIPUTADO A LA

SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA, REPRESENTANTE

DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, POR

MEDIO DE LA CUAL PROPONE QUE ESTA SOBERANÍA

EXHORTE RESPETUOSAMENTE A LA FISCALÍA GENERAL

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, A QUE SE ABOQUE

AL CONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN EXPUESTA

PÚBLICAMENTE EL MIÉRCOLES PASADO POR LAS

MENORES IDENTIFICADAS COMO LINDA Y ANA VICTORIA,

YA QUE RELATAN CONDUCTAS COMETIDAS EN CONTRA

– 2895 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

DE ELLAS, POR EL PERSONAL DEL INSTITUTO FEMENINO

DE ATENCIÓN A LAS ADICCIONES.

SE TURNA A LA COMISIÓN DE JUSTICIA.

RETURNOS:

9. INICIATIVA CON CARÁCTER DE DECRETO, QUE

PRESENTAN LOS DIPUTADOS A LA SEXAGÉSIMA

SEGUNDA LEGISLATURA, INTEGRANTES DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA, POR

MEDIO DE LA CUAL PROPONEN CREAR LA LEY PARA

PREVENIR Y SANCIONAR LA TRATA DE PERSONAS EN EL

ESTADO DE CHIHUAHUA.

SE RETURNA A LA COMISIÓN DE SEGURIDAD

PÚBLICA, CON PARTICIPACIÓN DE LA SUBCOMISIÓN DE

FEMINICIDIOS].

6.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Continuando conel siguiente punto del Orden del Día, relativo ala presentación de dictámenes, se concede el usode la palabra al Diputado Jorge Abraham RamírezAlvídrez, para que en representación de la Comisiónde Justicia, presente a la Asamblea el dictamen queha preparado y del cual se ha dado cuenta a estaPresidencia.

- El C. Dip. Ramírez Alvídrez.- P.R.I.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Ramírez Alvídrez.- P.R.I.: HonorableCongreso del Estado.

La Comisión de Justicia, con fundamento enlo dispuesto por los artículos 43 y 59 de laLey Orgánica del Poder Legislativo, somete ala consideración del Pleno el presente dictamen,elaborado con base en los siguientes

ANTECEDENTES:

I.- Con fecha dieciséis de junio del año dos mil once,fue turnada para su estudio y posterior dictamende esta Comisión, iniciativa con carácter dedecreto, presentada por el ciudadano GobernadorConstitucional del Estado de Chihuahua, Licenciado

César Horacio Duarte Jáquez, con la finalidadde adicionar un tercer párrafo al artículo 152 delCódigo de Procedimientos Penales; así como unartículo 5 Bis a la Ley Orgánica de la FiscalíaGeneral, ambos del Estado de Chihuahua, con elpropósito de crear la unidad de asistencia y prácticaministerial como una dependencia administrativa yauxiliar del ministerio público, que colabore con larepresentación social para el mejor ejercicio de susatribuciones.

Le solicito, señor Presidente, de conformidad a loque dice el… la fracción XX del artículo 30 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo, me permita omitirla lectura de antecedentes, rogándole que quedeinserto en el Diario de los Debates.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza,Diputado.

- El C. Dip. Ramírez Alvídrez.- P.R.I.: [Texto que fue

dispensada su lectura]:

[II.- La iniciativa queda expuesta en los siguientes términos:

En el proceso penal acusatorio adoptado por el Estado de

Chihuahua desde mediados de 2006, con la aprobación

del nuevo Código de Procedimientos Penales y demás

ordenamientos del nuevo sistema de justicia penal; luego,

por la Federación con la reforma constitucional en materia

de seguridad pública y justicia penal del año dos mil ocho,

la prueba se constituye primordialmente con la actividad

desarrollada por la parte acusadora con la finalidad de

desvirtuar el estado de presunción de inocencia o, en otras

palabras, la no culpabilidad respecto del delito cuya comisión

se atribuye a un sujeto, pues en este modelo procesal

invariablemente se inicia con la verdad provisional de que el

imputado es inocente.

De tal suerte, uno de los presupuestos esenciales del proceso

penal acusatorio y, específicamente, una característica básica

de la prueba en el mismo, se funda en que su carga material

corresponde a la parte acusadora.

Entonces, la manera en la que se determina la responsabilidad

penal va intrínsecamente ligada al respeto del principio de

presunción de inocencia y se traduce en la llamada carga de

la prueba, mediante la cual se exige siempre una actividad

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probatoria por parte del estado, encaminada a acreditar la

existencia del delito y la responsabilidad del acusado.

En ese tenor, el artículo 20, apartado A, fracción V de

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

dispone como principio general del proceso penal acusatorio

el siguiente:

V. La carga de la prueba para demostrar la culpabilidad

corresponde a la parte acusadora, conforme lo establezca el

tipo penal. Las partes tendrán igualdad procesal para sostener

la acusación o la defensa, respectivamente.

En acato al mandato constitucional, el artículo 108 del Código

Procesal Penal del Estado dispone:

Artículo 108. Carga de la prueba.

La carga de la prueba corresponderá al ministerio público.

Sólo la firme convicción fundada en pruebas de cargo obtenidas

lícitamente por el ministerio público, de las que se desprenda,

Efectivamente, que se ha cometido un hecho que la ley

señala como delito y que el acusado lo cometió o participó

en su comisión, permitirá que se aplique la pena prevista,

pues únicamente así habrá de quedar destruido el principio de

presunción de inocencia invocado.

En términos más precisos, desvirtuar la presunción de

inocencia implica que la acusación haya quedado confirmada

por la producción de prueba suficiente que la respalde, que

no haya sido desacreditada por ninguna prueba introducida

en descargo del imputado, quedando más allá de toda duda

razonable demostrada su plena responsabilidad en la comisión

o en la participación en el ilícito. En las pruebas se funda,

pues, la inevitabilidad de la condena.

El artículo 21 de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos, dispone que la investigación de los

delitos corresponde al ministerio público y a las policías,

las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en

el ejercicio de esta función. Así mismo, que el ejercicio de

la acción penal, ante los tribunales, corresponde al ministerio

público. Con sustento en este precepto constitucional, es el

ministerio público quien ordena y dirige la investigación para

hacer efectiva la responsabilidad penal, como ha quedado

establecido en el apartado anterior.

Uno de los nuevos paradigmas a los que el sistema de justicia

penal acusatorio le ha apostado para lograr su consolidación

es el tratamiento diversificado de los asuntos que ingresan

al mismo por hechos delictivos. En el modelo procesal

mixto se observaba, comúnmente, que oficinas del ministerio

público, pero también de juzgados penales, se sobresaturaban

al conocer una gran cantidad de casos, la mayoría de ellos

de los llamados delitos de bajo impacto o de delincuencia

común, que hacían ineficaces a las instituciones para hacer

frente a la criminalidad más grave y violenta como la que

genera la delincuencia organizada, además de otros delitos

que provocan graves daños a la sociedad. Fue por tal motivo

que incorporó, en su estructura procesal, un régimen de

salidas alternas para aquella clase de ilícitos a fin de permitir

la canalización de mayores recursos humanos, materiales y

financieros a la investigación y prosecución de los delitos de

alto impacto.

Un ejercicio racional de tales recursos como se planteaba,

originalmente, a mediados de 2006, garantizaba el éxito del

modelo bajo índices de criminalidad normalmente aceptables,

bajo la premisa de que una gran proporción de los delitos

que se cometen son de bajo impacto, por ende, sujetos a

resolverse potencialmente por las diferentes vías alternas,

mientras sólo una pequeña proporción son de alto impacto,

para investigarse y sancionarse por la vía ordinaria con todos

los recursos con que cuenta el Estado.

Pero desde el año dos mil siete, como consecuencia de

los enfrentamientos de las organizaciones criminales y sus

embates a la sociedad, Chihuahua y el resto del país

comenzaron a resentir el repunte, además de diversos delitos

propios de la delincuencia organizada, de aquellos ilícitos

que lesionan bienes jurídicos de alta valía, como la vida, la

salud y la libertad personal, entre otros, que propiciaron una

percepción de inseguridad y desconfianza en el sistema, pero

sobre todo, que generaron una gran carga en el ministerio

público para investigarlos y procurar la imposición de las

sanciones correspondientes, con un natural decremento de la

eficacia de la institución en el nivel que espera la sociedad

chihuahuense.

El ministerio público se encuentra, bajo la óptica de sus

recursos humanos, cerca del límite máximo en la investigación

y judicialización de causas, por lo que su crecimiento futuro

debe estar asociado a cambios en su estructura organizacional,

así como a la mayor eficiencia en los procesos de trabajo

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aplicados a la tramitación de causas.

Con el reciente depósito de la institución del ministerio

público en la Fiscalía General del Estado, se ha renovado el

compromiso con nuestros valores institucionales, que son el

pilar de todas las acciones que el gobierno emprende para

lograr la efectiva sanción de los ilícitos. En ese tenor, una de

las preocupaciones mayores de esta administración es atender

la creciente demanda de la sociedad por resolver los conflictos

penales, con cargas de trabajo acordes a las originalmente

planteadas para la institución ministerial.

Un paso adelante lo constituye la dotación, al ministerio

público, de los recursos humanos suficientes para incrementar

su efectividad en la investigación y persecución del delito. Esto

es, proporcionarle los medios para facilitar una gestión integral

de los fiscales y agentes en la tramitación de las causas

penales, logrando una labor de calidad para los usuarios del

sistema que se traduzca en mejores acusaciones ante los

tribunales penales, en un mayor sustento de los elementos de

prueba que las acompañen, así como en las correspondientes

sentencias condenatorias.

De forma particular se propone la creación de la unidad

de asistencia y práctica profesional, como auxiliar del

ministerio público que colabore en el cumplimiento de sus

atribuciones. Dicha dependencia administrativa se pretende

sea integrada por licenciados, pasantes o estudiantes en curso

de los dos últimos semestres de las carreras de derecho,

criminología, sicología o afines, mediante convocatoria que

la Fiscalía General expedirá en conjunto con las instituciones

de educación superior que deseen participar. La propuesta

establece que la convocatoria deberá contemplar, además de

los requisitos específicos, acreditar el examen de control de

confianza.

En materia de capacitación, se propone que la escuela estatal

de policía, en colaboración con las señaladas instituciones,

tenga a su cargo el diseño del plan de estudios específico para

que sus integrantes estén habilitados para asistir al ministerio

público en sus atribuciones, particularmente en las áreas

pericial y de investigación. La participación de la unidad de

asistencia y práctica ministerial será la de apoyar al ministerio

público en el cumplimiento de las atribuciones con que cuenta,

como puede ser seguimiento a denuncias, integración de

las carpetas de investigación, entre otras, pero acotada a

las especificaciones y limitaciones que el Fiscal General del

Estado dicte en el acuerdo correspondiente, pues no debemos

perder de vista que su naturaleza es de auxiliar. La unidad

podrá participar con su apoyo tanto en delitos de alto impacto,

como en el seguimiento de delitos de menor gravedad, pero

que igualmente son reclamados por los chihuahuenses.

El status de los integrantes de la unidad será el de becarios

de la institución, pues recibirán un estímulo económico por

sus servicios auxiliares, dado que principalmente se trata

de estudiantes o pasantes de licenciatura. La duración del

servicio de apoyo será de un año, al término del cual tendrán,

en igualdad de circunstancias con otros aspirantes, si así lo

desean, el derecho preferencial de incorporarse al servicio

profesional en la Fiscalía General.

Esta propuesta, además de dar eficiencia a las tareas del

ministerio público, permitirá incorporar a la vida productiva

del Estado a jóvenes universitarios o recién egresados,

principalmente, quienes serán agentes activos de la disuasión

del delito y no de su comisión.

La Comisión de Justicia, después de entrar al estudio de la

iniciativa de mérito, tiene a bien formular las siguientes]

[Continúa con su participación]:

CONSIDERACIONES:

I.- El Honorable Congreso del Estado, a travésde esta Comisión de Dictamen Legislativo, escompetente para conocer y resolver sobre lainiciativa de antecedentes, según lo dispuesto porel artículo 58 de la Constitución Política del Estado;así como los numerales 43, 46 y cincue… y 59 dela Ley Orgánica del Poder Legislativo.

II.- La presente iniciativa busca crear la unidad deasistencia y práctica ministerial, la cual se proponesea un área auxiliar del ministerio público, lo anterioradicionando los artículos 152 del Código Penal y 5Bis de la Ley Orgánica de la Fiscalía General.

La creación de esta unidad tal como lo mencionael iniciador constituye la dotación al ministeriopúblico de los recursos humanos suficientes paraincrementar su efectividad en la investigación ypersecución del delito. Esto es, proporcionarle losmedios para facilitar una gestión integral de losfiscales y agentes en la tramitación de las causas

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penales, logrando una labor de calidad para losusuarios del sistema que se traduzca en mejoresacusaciones ante los tribunales penales, en unmayor sustento de los elementos de prueba quelos acompañen, así como en las correspondientessentencias condenatorias.

Con esta propuesta se está brindando laoportunidad a las personas interesadas en formarparte de la transformación del Estado, de auxiliara la Fiscalía General, específicamente al ministeriopúblico en el cumplimiento de sus atribuciones lascuales están previstas en la ley.

La unidad de asistencia y práctica ministerialse pretende que sea integrada por licenciados,[pasantes o] estudiantes en curso de los dos últimossemestres de las carreras de derecho, criminología,sicología o afines, con lo cual se generaríanuna… nuevas opciones laborales a los jóvenes dereciente egre… egreso o que estén por egresarde su carrera universitaria y como contraprestaciónpor sus servicios auxiliares, recibirían una becaeconómica, además se les otorgará el beneficio deque al término de éste, podrán llegar a aspirar aformar parte de la Fiscalía General del Estado.

Lo anterior, ayudará a combatir la situación actualpor la que se encuentra atravesando nuestroEstado en cuestión de inseguridad, la cual hasido generada, en gran parte, debido a los gruposcriminales, ya que los jóvenes se encuentranexpuestos a ingresar a las filas de éstos, puestoque les brindan dinero de manera fácil. Por ello, seestá consciente que para acabar con este problematiene que atacarse la raíz y por lo mismo, unaparte importante es dar nuevas oportunidades a losjóvenes para de esta manera mantenerlos alejadosde las drogas y aún más, mantenerlos alejados deestos grupos delictivos que sólo laceran los valoresde una sociedad que trabaja por cada día saliradelante.

A su vez, la duración del servicio de apoyoserá de un año. En cuanto a la capisa…capacitación que se les brindará a los auxiliares,se propone que la escuela estatal de policía, sea la

encargada de diseñar el plan de estudios específicopara [que] los integrantes estén habilitados paraasistir al ministerio público en sus atribuciones,particularmente al área pericial y de investigación;así como dar seguimiento a denuncias, integraciónde las carpetas de investigación, entre otrascuestiones, pero acotadas a las especificacionesy limitaciones que el Fiscal General del esta… delEstado dicte en un acuerdo correspondiente, puesno se debe perder de vista que su naturaleza es lade auxiliar.

Esta unidad podrá participar con su apoyoen el seguimiento de delitos de bajo impactoque igualmente son reclamados por la sociedadchihuahuense. Ante esto, es prudente mencionar lagran ayuda que vendría a proporcionar la creaciónde esta unidad, ya que en cifras proporcionadaspor el Sistema Nacional de Seguridad Pública, lasdenuncias presentadas ante el ministerio público enel año dos mil ocho fueron las siguientes: Delitosde alto impacto, ocho mil veinticuatro. Delitos debajo impacto, sesenta y un mil doscientos cincuentay uno.

Año dos mil nueve, delitos de alto impacto, diezmil novecientos cuarenta y uno. Delitos de bajoimpacto, cincuenta y seis mil ochocientos setenta ycuatro. Año… en el año dos mil diez, los delitos dealto impacto, han sido catorce mil ciento cuarenta ytres; y los delitos de bajo impacto, cincuenta y seismil setecientos noventa y cinco.

Teniendo como total treinta y tres mil ciento ochodenuncias por delitos de alto impacto, incluyendoen este el robo con violencia, homicidio, secuestroy delitos sexuales, y un total por delitos de bajoimpacto ciento setenta y cuatro mil novecientosveinte denuncias.

Con la información anterior se aprecia la grandiferencia de las denuncias presentadas por delitosde alto impacto, de las presentadas por delitos debajo impacto, lo cual sirve de fundamento parajustificar la creación de la unidad de asistencia ypráctica ministerial.

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III. Por tal motivo y para darle sustento a la creaciónde la unidad, es que se debe de adicionar un párrafotercero al artículo 152 del Código de ProcedimientosPenales, ya que es el que establece los auxiliarescon los que pueden contar las partes del [en el]

debido proceso y se ubica aquí a esta figura paradarle realce a su carácter de subordinado delministerio público. La redacción que se proponees la siguiente: El ministerio público tendrá bajosu supervisión un cuerpo especial de asistenciay práctica profesional para la colaboración en elejercicio de sus atribuciones, en los términos de laley orgánica respectiva.

Así mismo, en el artículo quinto de la Ley Orgánicade la Fiscalía General se establece que en lainvestigación de los delitos o en el ejercicio dela acción penal serán auxiliares del ministeriopúblico las corporaciones de seguridad públicade los municipios; así como las corporacionesde seguridad privada. Por lo cual es en estecapítulo denominado de la organización se proponeadicionar un artículo quinto bis, en el cual seestablecerán las disposiciones a las cuales debade sujetarse la unidad de asistencia y prácticaministerial, quedando redactado de la siguientemanera:

Artículo 5 Bis. La unidad de asistencia y prácticaministerial es un área administrativa auxiliar delministerio público de acuerdo con las siguientesdisposiciones:

I. Se integra por licenciados, pasantes o estudiantesen curso de los dos últimos semestres de lascarreras de derecho, criminología, sicología oafines, mediante convocatoria que la FiscalíaGeneral expedirá en conjunto con las institucionesde educación superior que deseen participar. Dichaconvocatoria establecerá, entre otros requisitos, elde acreditar un examen de control de confianza.

II. La escuela estatal de policía, en colaboracióncon las señaladas instituciones, tendrá a su cargoel diseño del plan de estudios específicos decapacitación para la asistencia al ministerio públicoen las áreas pericial y de investigación, de acuerdo

con el área de su adscripción.

III. La unidad de asistencia y práctica ministerialauxiliará al ministerio público en el cumplimientode las atribuciones previstas en el artículo 2o.,apartado B, con la excepción de aquellas que seanexclusivas del Fiscal; así como en el artículo 12, conlas especificaciones y limitaciones que por acuerdodicte el Fiscal General. La duración del servicioauxiliar será de un año.

IV. Los intre… los integrantes de la unidad recibiránuna beca económica como contraprestación porlos servicios auxiliares y tendrán, al término delos mismos, en igualdad de circunstancias conotros aspirantes, el derecho preferencial paraincorporarse al servicio en los términos de artículo16 y 17.

[Sale del Recinto la Diputada Ríos Prieto].

Con esta propuesta se está brindando la posibilidadde encontrar una solución a dos situacionesactuales. La primera, la escasez de recursohumano con el que cuenta el ministerio público,ya que debido a la carga de trabajo es difícil que seencuentre presente en los lugares en el momentopreciso en que ocurren los delitos y con esta unidadtendrá un auxiliar más y bien capacitado. Lasegunda, es brindar oportunidad a los jóvenes aque se integren al mercado laboral y que recibanuna retribución económica por su esfuerzo.

IV [V]. Por último, cabe destacar que está Comisiónde Estudio y Dictamen Legislativo se encuentraanalizando diversas iniciativas que versan sobreel servicio civil y profesional de carrera poli…policial; así como de las… del ministerio públicoy peritos, las cuales tienen por objeto el ingreso,permanencia, promoción y retiro de los mismos,para lo cual se desarrollará una mesa técnicacon diversos especialistas a fin de enriquecer laspropuestas. Sin embargo, se estima prudenterealizar la presente reforma en razón del índicedelictivo y cuando se resuelvan las iniciativascitadas en párrafos anteriores, servirá para reforzary coordinar la figura de auxiliar al ministerio público.

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

Por las consideraciones anteriormente expresadas,la Comisión de Justicia, con fundamento en losartículos 57 y 58 de la Constitución Política delEstado; 43, 52, 59, 99, 102 y demás aplicables dela Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado deChihuahua, se permite proponer a esta AsambleaLegislativa, el siguiente proyecto de

DECRETO [393/2011 II P.O.]:

ARTÍCULO PRIMERO.- Se adiciona un tercerpárrafo al artículo 152 del Código de Procedimien-tos Penales del Estado de Chihuahua, para quedarredactado de la siguiente manera:

Artículo 152. Asistentes.

Las partes podrán asignar… designar asistentespara que colaboren en su tarea. En tal caso,asumirán la responsabilidad por su elección yvigilancia.

Los asistentes podrán acudir a las audienciaspara contribuir en las labores de la mesa en quepermanezcan las partes.

El ministerio público tendrá bajo su supervisión uncuerpo especial de asistencia y práctica profesionalpara la colaboración con el ejercicio de susatribuciones, en los términos de la ley orgánicarespectiva.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se adiciona el artículo 5Bis a la Ley Orgánica de la Fiscalía General delEstado, para quedar dispuesto en los siguientestérminos:

[Artículo 5 Bis. La unidad de asistencia y práctica ministerial

es un área administrativa auxiliar del ministerio público de

acuerdo con las siguientes disposiciones]:

I. Se integra por licenciados, pasantes o estudiantesen curso de los dos últimos semestres de lascarreras de derecho, criminología, sicología oafines, mediante convocatoria que la FiscalíaGeneral expedirá en conjunto con las institucionesde educación superior que deseen participar. Dichaconvocatoria establecerá, entre otros requisitos, elde acreditar un examen de control de confianza.

[El Diputado Beltrán del Río Beltrán del Río ocupa la curul del

Primer Secretario, de conformidad con el artículo 33, fracción

XIII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo].

II. La escuela estatal de policía, en colaboracióncon las señaladas instituciones, tendrá a su cargoel diseño del plan de estudios específico para lacapacitación para la asistencia al ministerio públicoen las áreas pericial y de investigación, de acuerdocon el área de su adscripción.

III. La unidad de asistencia y práctica ministerialauxiliará al ministerio público, en el cumplimientode las atribuciones previstas en el artículo 2o.,apartado B, con excepción de aquellas que seanexclusivas del Fiscal; así como del artículo 12, conlas especificaciones y limitaciones que por acuerdodicte el Fiscal General. La duración del servicioauxiliar será de un año.

IV. Los integrantes de la unidad recibirán una becaeconómica como contraprestación por sus serviciosauxiliares y tendrán al término de los mismos, enigualdad de circunstancias con otros aspirantes, elderecho preferencial para incorporarse al servicioen los términos de los artículos 16 y 17.

TRANSITORIOS:

[ARTÍCULO ÚNICO].- El presente Decreto entrará envigor al día siguiente de su publicación en elPeriódico Oficial del Estado.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Decretoen los términos que deba publicarse.

Dado en el reginto… re… Recinto Oficial del PoderLegislativo, de la ciudad de Chihuahua, Chih., a lostreinta días del mes de junio del dos mil once.

Por la Comisión de Justicia, su Secretario DiputadoAlejandro Pérez Cuéllar; los Vocales, DiputadosCésar Alejandro Domínguez Domínguez, DiputadoRicardo Alán Boone Salmón, Diputada Brenda RíosPrieto y, el de la voz, Diputado Presidente de laComisión, Jorge Abraham Ramírez Alvídrez.

Es cuanto, señor Presidente.

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Procederemos a la votación del dictamen leído,para lo cual solicito al Segundo Secretario, DiputadoFrancisco González Carrasco, tome la votación einforme a esta Presidencia.

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: Con supermiso, Diputado Presidente.

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasseñoras y señores Diputados, los que estén porla afirmativa respecto del contenido del dictamenantes leído, favor de expresar su voto levantando lamano en señal de aprobación; así como registrarlode manera electrónica.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: ¿Los queestén por la negativa?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

¿Los que se abstengan?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo a la Presidencia que se han manifestadopor unanimidad de votos a favor del dictamen antesleído.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba tantoen lo general como en lo particular.

6.1.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: En seguida, seconcede el uso de la palabra al Diputado BenjamínGarcía Ruiz, para que en representación de laComisión de Desarrollo Municipal y Fortalecimientodel Federalismo, presente a la Asamblea eldictamen que ha preparado y del cual se ha dadocuenta a esta Presidencia.

- El C. Dip. García Ruiz.- P.R.I.: Con su permiso,señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. García Ruiz.- P.R.I.:

Honorable Congreso del Estado.Presente.

La Comisión de Desarrollo Municipal y Fortale-cimiento del Federalismo, con fundamento en lodispuesto por el artículo 43 de la Ley Orgánica delPoder Legislativo del Estado, somete a la conside-ración de este Alto Cuerpo Colegiado el presentedictamen, con base en los siguientes

ANTECEDENTES:

I.- Con fecha reciente, fue turnada para estudio ydictamen, a esta Comisión de Dictamen Legislativo,iniciativa de decreto presentada por el GrupoParlamentario del Partido Nueva Alianza, por mediode la cual propone modificar los artículos 60, 61y 74 Bis del Código Municipal del Estado, en loreferente a la inclusión de una dirección de asuntosindígenas en cada municipio.

II.- La iniciativa se sustenta bajo los siguientesargumentos:

Que los pueblos indígenas del Estado deChihuahua, históricamente han sufrido el despojoy la discriminación sistemática que se ha traducidoen marginación y pobreza.

Los indígenas han sido tratados en igualdad decircunstancias como el resto de los mexicanossin tomar en cuenta su cultura, lengua, territorio,cosmovisión. Este trato ha producido un largocamino de injusticia y discriminación que aúnsubsiste en los esquemas y las actitudes de lasociedad mestiza nacional.

Que a partir de la década de 1990, la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos empiezaa reconocer que la nación es pluriculturalcompuesta por sus pueblos indígenas originarios.

Que como es bien sabido, en Chihuahua lospueblos y comunidades indígenas han tenidopoca o nula participación en las decisionespresupuestales y programáticas del Gobierno delEstado y de los municipios y esto se debe a su

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falta de representación en los niveles decisoriosdel gobierno. Factor discriminatorio en la atenciónde las necesidades de las comunidades indígenasen el entorno municipal. Además, es de exploradoconocimiento y de probada experiencia que muchosde los recursos y programas que se han llegado aimplementar en las comunidades indígenas sin unenfoque intercultural, no han sido aprovechadosefectivamente.

[Salen del Recinto los Diputados Aguilar Jiménez y Sáenz

Gabaldón].

Por ello, es importante, para una mejor aplicacióndel presupuesto y una mejor orientación delos programas en bien de la comuni… de lascomunidades indígenas y en bien del propiogobierno, contar con personas con un papel demonitores culturales pertenecientes a las propiascomunidades indígenas en los niveles decisorios enla estructura de gobierno para incorporar mejoresfuentes informativas, factores interculturales yelementos sociales en la toma de decisiones.

Que abatir la marginalidad y la pobreza de lascomunidades indígenas es una cuestión de justiciay una necesidad para el desarrollo equitativo delEstado, por lo que es pertinente pasar del discursoa los hechos siendo imperativo garantizar, desdela propia ley del derecho de los pueblos indígenasal desarrollo integral, conforme a sus aspiraciones,participando en la adopción de decisiones sobre lascuestiones que afecten sus derechos por conductode representantes.

Que en este sentido, en congruencia conel espíritu del Legislador Constitucional parapropiciar la participación de las comunidadesindígenas en los procesos de diseño, formulación,programación, presupuesto y evaluación delas acciones gubernamentales en la regiónindígena implementadas y que se traducen pio…primordialmente en lo establecido por el artículo2o. constitucional, en su apartado B, se haconsiderado pertinente proponer una reforma alCódigo Municipal del Estado, que contemple la

figura del director de asuntos indígenas, comoparte del equipo… del equipo de colaboradoresdel presidente municipal, cuyo nombramiento seotorgue de un… en una terna propuesta por laasamblea municipal de autoridades tradicionales delas comunidades indígenas.

Así mismo, se considera que la incorporaciónde un director de asuntos indígenas permitiráorientar, mejorar la aplicación de los recursos de lascomunidades indígenas, conforme a sus intereses,sus necesidades, sus prioridades y mediante suparticipación más efectiva. Permitirá, también,realizar un trabajo de promoción permanentedel desarrollo económico, social, cultural de lascomunidades indígenas, mediante mecanismos deconsulta, participación y evaluación.

La Comisión de Desarrollo Municipal y Fortaleci-miento del federal… Federalismo de este Hono-rable Congreso del Estado, luego de realizar elestudio y análisis de la iniciativa con carácter dedecreto, emite el presente dictamen con base enlas siguientes

CONSIDERACIONES:

A pesar de los avances obtenidos en materia detutela de los derechos de los pueblos indígenas,traducidos en importantes reformas constitucionalesy legales, como la publicada en el Diario Oficialde Federación el 14 de agosto del año dos milonce [2001], aún falta mucho por trabajar, en cuantoa armonización legislativa y, principalmente, en laconsolidación de una cultura de respeto e inclusiónde grupos vulnerables como el colectivo de nuestrotema.

Para la cuestión que nos ocupa, la citada reformaconstitucional tuvo como eje central el artículo2o., ya que anteriormente lo referente a derechosindígenas se localizaba en el artículo 4o. Sinembargo, lo plasmado en el artículo primero,tercer párrafo, referente a la inclusión de lacláusula antidiscriminatoria, es crucial, ya quese eleva a rango constitucional la prohibición dediscriminación, de excluir por razones de origen

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étnico o nacional, entre otras.

Por ello, al analizar la propuesta contenida enla iniciativa de mérito, los suscritos estimamospertinente la modificación al Código Municipal delEstado, aunque no en los términos exactamentepropuestos, sino agregando una última parteal párrafo segundo del artículo 60 de dichoordenamiento.

Efectivamente, esta Comisión Dictaminadoraconsidera que al mencionar en el Código Municipalque los municipios que cuenten sustancialmentecon población indígena procuraran establecer unárea que se encargue de la atención específicade sus asuntos, se colmaría la laguna existenteen relación al trato inclusivo que desde la leydebe brindars… brindarse a los pueblos originarios.Cabe mencionar que al referirnos a la palabrasustancialmente, se debe entender municipios quetengan, por lo menos, un 20% de personas deorigen indígena.

Por ello, quienes integramos la Comisiónde Desarrollo Municipal y Fortalecimiento delFederalismo, convenimos en agregar una últimaparte al párrafo segundo del artículo 60 del CódigoMunicipal para el Estado de Chihuahua, a finde quedar especificado que los municipios quecuenten sustancialmente con población indígena,procurarán establecer una dirección que seencargue de la atención específica de sus asuntos.

Por lo anterior expuesto, con fundamento en lodispuesto por los artículos 57 y 58 de la ConstituciónPolítica del Estado; y los artículos 43 y 59 de laLey Orgánica del Poder Legislativo del Estado, laComisión de Desarrollo Municipal y Fortalecimientodel Federalismo sometemos a la consideración delPleno, el presente dictamen con el carácter de

DECRETO [394/2011 II P.O.]:

ARTÍCULO uno… ÚNICO.- Se reforma el artículo60, segundo párrafo del Código Municipal para elEstado de Chihuahua, para quedar redactado de lasiguiente manera:

Artículo 60.- ……………

De I a la X, queda igual.

Cuando las posibilidades económicas de unmunicipio no lo… no lo permitan o sus necesidadesno requieran del funcionamiento de todas lasdependencias señaladas en este artículo, poracuerdo del ayuntamiento podrán encomendarsedos o más ramos de la administración municipala cada titular, sin que por ello tengan derechoa percibir otro sueldo que el asignado en elpresupuesto, por el ejercicio de la función pública enuno solo de los ramos encomendados. Así mismo,los ayuntamientos podrán crear las dependenciasque sean necesarias. Los municipios quecuenten sustancialmente con población indígena,procurarán establecer una dirección que seencargue de la atención específica de sus asuntos.

TRANSITORIOS:

ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entraráen vigor el día siguiente de su publicación en elPeriódico Oficial del Estado.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Decretoen los términos correspondientes.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativodel Estado, en la ciudad de Chihuahua, Chih., a lostreinta días del mes de junio del año dos mil once.

Por la Comisión de Desarrollo Municipal y For-talecimiento del Federalismo: Diputado Francis-co González Carrasco, Secretario; Diputada InésAurora Martínez Bernal, Vocal; Diputado Alejan-dro Domínguez Domínguez, Vocal; Diputado JorgeAbraham Ramírez Alvídrez, Vocal y, el de la voz,Diputado Benjamín García Ruiz, Presidente.

Es cuanto.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Procederemos a la votación del dictamen leído,para lo cual solicito al Primer Secretario, Diputado

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

Jaime Beltrán del Río Beltrán del Río, tome lavotación e informe a esta Presidencia.

- El C. Dip. Prosecretario.- P.A.N.: ¡Con gusto,Presidente!

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasseñoras y señores Diputados, los que estén porla afirmativa respecto del contenido del dictamenantes leído, favor de expresar su voto levantando lamano en señal de aprobación; así como registrarlode forma electrónica.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Prosecretario.- P.A.N.: ¿Los que esténpor la negativa?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

¿Los que se abstengan?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Reitero a los señores Legisladores que seencuentra abierta la votación electrónica a efectode que expresen el sentido de su voto presionandoel botón correspondiente en la pantalla.

Informo a la Presidencia que se han manifestadopor unanimidad de votos a favor del dictamen antesleído y cero votos en contra.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Diputado, mepuede repetir el sentido de la votación.

- El C. Dip. Prosecretario.- P.A.N.: Que se hanmanifestado por unanimidad de votos a favor deldictamen antes leído.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Okay.

Se aprueba tanto en lo general como en loparticular.

6.2.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Continuando conla presentación de dictámenes, se concede el usode la palabra a la Comisión de Asuntos Fronterizos,para que por conducto de sus integrantes, presentea esta Asamblea los dictámenes que ha preparadoy de los cuales se ha dado cuenta a Presidencia.

Se concede el uso de la palabra al Diputado ElíasGabriel Flores Viramontes.

- El C. Dip. Flores Viramontes.- P.R.I.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Flores Viramontes.- P.R.I.:

Honorable Congreso del Estado.Presente.

La Comisión de Asuntos Fronterizos con fundamen-to en lo dispuesto por los artículos 43 y 59 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo somete a la consi-deración de este Alto Cuerpo Colegiado el presentedictamen.

Señor Presidente, solicito la dispensa de la lecturade antecedentes y consideraciones con fundamentoen el artículo 30, fracción XX de la Ley Orgánicadel Congreso de Chihuahua y que éstos se inserteníntegramente al Diario de los Debates de la Sesión.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza,Diputado.

- El C. Dip. Flores Viramontes.- P.R.I.: Gracias,Presidente.

[Texto que fue dispensada su lectura]:

[ANTECEDENTES:

I.- Con fecha dieciséis de junio del año dos mil once,

fue turnada, a esta Comisión, iniciativa con carácter de

acuerdo que presentaron los Diputados integrantes del Partido

Revolucionario Institucional, mediante la cual solicitan que esta

Sexagésima Tercera Legislatura exhorte -respetuosamente-

a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

por conducto del Servicio de Administración Tributaria y la

Dirección General de Aduanas, se dé la instrucción necesaria

para que se retire o cierre la garita aduanera conocida como

Puerto de Janos, correspondiente a la aduana de Puerto

Palomas, Municipio de Ascensión, Chihuahua, y que se ubica

en el kilómetro 235+300 de la carretera federal número 10,

en el tramo Nuevo Casas Grandes-Janos, y sea reubicada en

el punto donde la misma Secretaría de Hacienda y Crédito

Público estime más conveniente.

II.- La iniciativa se sustenta, entre otros, en los siguientes

argumentos:

Que son múltiples las actividades y responsabilidades que

se realizan en una aduana, como control de entrada y

salida de mercancías del territorio nacional, maniobras de

carga, descarga, transbordo y almacenamiento de las mismas,

embarque o desembarque de pasajeros y revisión de sus

equipajes, adicionalmente la operación aduanera debe facilitar

a los comerciantes o turistas su flujo, evitar obstaculizarlos,

y que por el contrario dar toda la orientación posible para

una mejor estadía en nuestro país y si son connacionales,

también. Por otra parte, una aduana debe ser un verdadero

obstáculo para las actividades ilícitas que tanto afectan a

nuestro país, por eso, la labor de una aduana, definitivamente

es de vital importancia para muchos aspectos de seguridad y

de la economía de nuestro país.

La garita de Puerto de Janos, de la Aduana de Puerto Palomas,

con sede en Puerto Palomas, Municipio de Ascensión, que

se ubica dentro de la región del noroeste del Estado de

Chihuahua o circunscripción territorial que comprende los

municipios de Ascensión, Buenaventura, Casas Grandes,

Galeana, Gómez Farías, Ignacio Zaragoza, Janos, Madera,

Matachí, Nuevo Casas Grandes y Temósachic, municipios

que por sus actividades y ubicación en un Estado fronterizo,

requieren de los servicios de la garita aduanal mencionada,

encontrándonos, según el sentir de los ciudadanos, con una

aduana en mal estado y con un pésimo servicio, no cumpliendo

con las mínimas especificaciones de la propia ley aduanera,

en cuanto a las funciones y servicios que ésta debe prestar a

los usuarios nacionales y extranjeros.

A manera de ejemplo se señala que hasta el día de hoy,

dicho punto de revisión aduanero no cuenta con los servicios

que permita a nuestros visitantes connacionales o extranjeros

la tramitación para la importación temporal de vehículos (la

fianza), trámite indispensable en esta zona, ya que por ser

fronteriza, son múltiples la ocasiones en que se requiere hacer

esta diligencia, y ante su ausencia, quienes requieren de este

servicio tienen que viajar casi 200 kilómetros para llegar a la

aduana más cercana que sí cuente con este trámite, como

decimos, tan importante en una zona fronteriza.

Otro aspecto del cual se hace hincapié, es lo alejado o

distante que se encuentra esta garita aduanal de la frontera, si

partimos de que el artículo 136 de la ley aduanera refiere que

la franja fronteriza es de veinte kilómetros, entonces la garita

en cuestión se ubica muy por fuera de la franja fronteriza,

entendemos que eventualmente por razones propias de cada

aduana pueda variar, pero Puerto de Janos, está a una

distancia aproximada de 150 kilómetros de la frontera.

Al respecto cabe decir que el Gobierno Federal, atinadamente,

por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,

en su momento, crearon el Plan de Modernización de Aduanas

2007-2012, en el cual se plantea que la operación aduanera,

por una parte, debe facilitar los flujos comerciales y reducir sus

costos. Por otro lado, debe contar con esquemas eficaces de

combate a las actividades ilícitas que afectan a todos aquellos

que operan dentro de la legalidad. Las aduanas son, además,

un componente importante de la política de seguridad nacional

de nuestro país, según lo expresó en su momento el entonces

Secretario, Agustín Carstens.

Dicho plan, entonces, obliga a que aduanas de México

dependiente del Servicio de Administración Tributaria y

su marco de operación se modernice en apego a las

mejores prácticas internacionales, con personal profesional

y capacitado, normas adecuadas a las necesidades actuales

del comercio internacional y con una infraestructura, tecnología

y sistemas de última generación.

Desgraciadamente no ha ocurrido así en la garita de Puerto

de Janos, lo cual es el motivo por el que ahora hacemos

este llamamiento, para que si en realidad con dicho plan

se busca la modernización y eficientización de los servicios

aduanales, lo primero que debe realizarse y sin contratiempos

es la reubicación y modernización de la garita citada a un

lugar donde verdaderamente se cumpla con las funciones e

instalaciones modernas de las que se habla en el plan; así

como contar con personal profesional que oriente y auxilie a

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

los visitante y no los extorsione y, por último, que se respete,

desde luego en la medida de las necesidades de la zona, la

franja fronteriza.

III.- La Comisión de Asuntos Fronterizos, después de entrar

al estudio y análisis de la iniciativa de mérito, formula las

siguientes

CONSIDERACIONES:

Como ya quedó plasmado en los antecedentes, la iniciativa

en estudio tiene como finalidad exhortar -respetuosamente-

a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que

por conducto del Servicio de Administración Tributaria y la

Dirección General de Aduanas se dé la instrucción necesaria

para que se retire o cierre la garita aduanera conocida como

Puerto de Janos, correspondiente a la aduana de Puerto

Palomas, Municipio de Ascensión, Chihuahua, y que se ubica

en el kilómetro 235+300 de la carretera federal número 10

en el tramo Nuevo Casas Grandes-Janos y sea reubicada en

el punto donde la misma Secretaría de Hacienda y Crédito

Público estime más conveniente.

En primer término, habrá que destacar que el derecho aduanero

tiene una gran trascendencia para la política comercial y fiscal

de un país, puesto que a través de él se regulan las medidas

proteccionistas del mercado interior y la competencia de los

productos extranjeros.

La importancia de una operación aduanera eficiente se ve

reflejada en el crecimiento, prosperidad y competitividad del

país, ya que facilita el movimiento de pasajeros y mercancías,

buscando a la vez inhibir los comportamientos ilícitos de

empresas, personas y funcionarios, fortaleciendo, de este

modo, la seguridad nacional.

La globalización de la economía y la apertura comercial

han sido detonantes en el intercambio de bienes y servicios

en nuestro país, lo que aunado a la privilegiada ubicación

geográfica de México ha permitido que en los últimos años

las importaciones y exportaciones mantengan un continuo

crecimiento.

Ahora bien, las aduanas son oficinas públicas administrativas

establecidas para cumplir con esta finalidad, con facultades

para fiscalizar, vigilar y controlar la entrada y salida de

mercancías, así como los medios en que éstas son

transportadas. Así pues, el papel que juegan las aduanas

dentro de este contexto es fundamental para facilitar que la

industria y los servicios nacionales puedan participar de manera

efectiva en el mercado global, en condiciones similares a las

de sus competidores.

Es evidente la enorme cantidad de bienes y personas que

cruzan cotidianamente la frontera de Estados Unidos-México,

a través de los pocos puertos de entrada, por lo que es

imprescindible un sistema aduanero moderno, integrado por

procesos que permitan fortalecer su funcionamiento y con

infraestructura para mejorar las instalaciones y la introducción

de tecnología de punta para competir a nivel mundial. Además,

con capacidad de combatir el contrabando a través de la óptima

detección y solución de irregularidades.

Es un hecho que la aduana mexicana ha alcanzado avances

importantes en su operación e infraestructura. Sin embargo,

los retos a los que se enfrenta tanto en el mercado interno

como hacia el exterior siguen exigiendo mejoras en su

operación. En este sentido, la Administración General de

Aduanas realiza importantes esfuerzos para colaborar en el

combate al contrabando, la piratería, el narcotráfico, así como

el tráfico de armas y de dinero.

Siendo un ejemplo de lo anterior el Plan de Modernización de

la Administración General de Aduanas, por medio del cual el

Gobierno Federal busca promover las acciones estratégicas

de servicio y facilitación que demanda el usuario de comercio

exterior y público en general, mediante la mejora de los

estándares de calidad y los tiempos de espera, la eficiencia, la

automatización y la simplificación de trámites y procedimientos,

y el fortalecimiento de las mejores prácticas, que redunde en

la obtención de mayores beneficios fiscales y administrativos

y, por ende, en la reducción de los costos de logística y

operación. En conclusión, busca llevar a cabo las acciones

y programas que permitan que nuestro país cuente con un

sistema de aduanas de clase mundial.

Así las cosas y adentrándonos en el caso que nos ocupa,

el estudio específico de Puerto Palomas, nos encontramos

que las condiciones en que este paso fronterizo se encuentra,

denotan falta de desarrollo y mantenimiento, al observar un

puerto fronterizo que no cuenta con los servicios mínimos

exigidos para el cumplimiento de su función; en este sentido

podemos comentar que en los últimos años su desarrollo ha

sido mínimo, pero su importancia se ha incrementado debido

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

a la saturación de los puertos fronterizos de Ciudad Juárez y

El Paso, con lo cual convenimos en que es urgente reforzar la

modernización de la garita citada.

Es por ello que la iniciativa busca que el Gobierno Federal

ponga sus ojos en la citada garita y lleve a cabo innovaciones

importantes que le permitan contar con una infraestructura,

tecnología y sistemas de última generación que le auxilien

para estar en posibilidades de competir en las circunstancias

actuales del comercio internacional, dándole las armas

necesarias para su desarrollo como puerto fronterizo con

suficientes recursos para atender los crecientes volúmenes,

horarios y necesidades que la propia operación aduanera les

está exigiendo.

Es menester, también, subrayar que además de lo

anteriormente señalado, las autoridades aduanales deberán

aplicar con todo rigor los mecanismos legales para investigar y

abatir los actos ilícitos que día a día los ciudadanos soportan

al momento de ingresar a nuestro país, pues de nada sirve si

se cuenta con puertos fronterizos de avanzada, si las prácticas

ilegales persisten.

En este orden de ideas, esta Comisión considera que no existe

obstáculo alguno para acceder a la petición formulada en la

iniciativa en mención, pues es indudable que esto vendría a

mejorar, en todos sentidos, la operatividad y competitividad de

la garita de Puertos Palomas. Al mismo tiempo se vendría

a fortalecer una visión sobre la importancia de contar con

puertos fronterizos modernos, seguros y eficientes, cuya

construcción, operación, funcionamiento y mantenimiento,

permitan el desarrollo de la actividad comercial del país,

además de que resolvería los problemas de los usuarios que

actualmente tienen que realizar sus trámites administrativos y

fiscales, entre otros, en los puentes internacionales ubicados

en Ciudad Juárez, Chih.

Por las consideraciones anteriormente expresadas, esta

Comisión de Asuntos Fronterizos, con fundamento en los

artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado, somete

a la consideración del Pleno, el siguiente proyecto de]

[Continúa con la lectura]:

ACUERDO [205/2011 II P.O.]:

ÚNICO.- La Sexagésima Tercera Legislatura del

Honorable Congreso del Estado de Chihuahua,realiza un atento y respetuoso exhorto para quepor conducto de la Administración General deAduanas, del Servicio de Administración Tributaria,de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,se giren las instrucciones necesarias para que seretire o cierre la garita aduanera mejor conocidacomo Puerto de Janos, correspondiente a la aduanade Puerto Palomas, Municipio de Ascensión,Chihuahua, y que se ubica en el kilómetro 235+300de la carretera federal número 10 en el tramo NuevoCasas Grandes-Janos, y sea reubicada en el puntodonde la misma Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico estime más conveniente, y que de serasí, las nuevas instalaciones cumplan con todoslos parámetros y servicios requeridos, mismos queestán contemplados en el Plan de Modernizaciónde las Aduanas 2007-2012.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Acuerdocorrespondiente.

Dado en el Pleno del Palacio del Poder Legislativo,a los treinta días del mes de junio del año dos milonce.

Por la Comisión de Asuntos Fronterizos: DiputadoAlejandro Pérez Cuéllar, Presidente; DiputadoGerardo Hernández Ibarra, Secretario; DiputadaPatricia Flores González, Vocal; Diputada AlvaMelania Almazán Negrete, Vocal y, el de la voz,Diputado Elías Gabriel Flores Viramontes, Vocal.

Es cuanto, Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Procederemos a la votación del dictamen leído,para lo cual solicito al Segundo Secretario, DiputadoFrancisco González Carrasco, tome la votación einforme a esta Presidencia.

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: Con supermiso, Diputado Presidente.

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a las

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

señoras y señores Diputados, los que estén porla afirmativa respecto del contenido del dictamenantes leído, favor de expresar su voto levantandola mano en señal de aprobación; así como presionarel botón correspondiente en su pantalla.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: ¿Los queestén por la negativa?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

¿Los que se abstengan?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo a la Presidencia que se han manifestadopor unanimidad de votos a favor del dictamen antesleído.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba tantoen lo general como en lo particular.

6.3.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Continuando conla presentación de dictámenes de la Comisión deAsuntos Fronterizos se concede el uso de la palabraal Diputado Gerardo Hernández Ibarra.

- El C. Dip. Hernández Ibarra.- P.R.I.: Con suvenia, Diputado Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Hernández Ibarra.- P.R.I.: HonorableCongreso del Estado.

La Comisión de Asuntos Fronterizos, confundamento en lo dispuesto por los artículos 43 y 59de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, somete ala consideración de este Alto Cuerpo Colegiado elpresente dictamen.

Diputado Presidente, con base al artículo 30,fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo

del Estado de Chihuahua solicito se integre inte…se inserte íntegro antecedentes y consideracionesde este dictamen y proceder a dar lectura alacuerdo.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza,Diputado.

Adelante.

- El C. Dip. Hernández Ibarra.- P.R.I.: Gracias.

[Texto que fue dispensada su lectura]:

[ANTECEDENTES:

I.- Con fecha catorce de junio del dos mil once, fue

turnada, a esta Comisión, iniciativa con carácter de acuerdo

que presentaron los Diputados integrantes del Partido

Revolucionario Institucional, mediante la cual solicitan que esta

Sexagésima Tercera Legislatura exhorte -respetuosamente- al

Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Hacienda y

Crédito Público a fin de que se modifique la regla 4.2.2,

fracción VI de las Reglas de Carácter General en Materia de

Comercio Exterior.

II.- La iniciativa se sustenta, entre otros, en los siguientes

argumentos:

Que es necesario facilitar el trabajo de todas las asociaciones

civiles de nuestro Estado y país que realizan labores

altruistas, beneficiando a la población de escasos recursos

con operaciones y servicios de salud y asistencia social en

general, que hacen una gran diferencia en las vidas de esas

personas.

Que en México y en nuestro Estado existen muchas

asociaciones con fines altruistas, las cuales coadyuvan con el

gobierno a la satisfacción de necesidades de la colectividad,

en este caso atendiendo lo relativo a la salud.

Algunas de estas referidas asociaciones cuentan con el apoyo

de médicos provenientes del extranjero, que se preocupan por

los problemas de salud de nuestra sociedad.

Que a pesar de su importante labor, estas instituciones

enfrentan un problema que obstaculiza el desarrollo de su

actividad ya que únicamente se les permite pasar por la

aduana fronteriza lo relativo a equipo, pero no les permiten

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Page 26: PODERLEGISLATIVODELESTADOLIBREYSOBERANODECHIHUAHUA · el diputado jaime beltrÁn del rÍo beltrÁn del rÍo, en funciones de primer secretario, confirmÓ que los legisladores contaran

Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

traer con ellos los insumos o materiales necesarios para

desempeñar sus labores de la manera adecuada. Ya que si

no tienen a su alcance todo lo indispensable para su actividad,

esta se ve truncada y no da los resultados esperados.

Se hace mención, como claro ejemplo de este tipo de

asociaciones la Fundación Rotaria de Guerrero A.C., que

realiza una noble labor en pro de las personas más vulnerables

de la sociedad, personas de escasos recursos económicos de

nuestro Estado, a través de campañas que dieron inicio en

mil novecientos noventa y ocho con un grupo de Rotarios de

la ciudad de Guerrero, en coordinación con médicos cirujanos

de la ciudad de Houston, Texas, y de la ciudad de Chihuahua,

cuyo propósito es realizar cirugías de labio leporino, paladar

hendido, quemaduras y cicatrices en cirugía plástica, así como

adaptación de lentes, tratamiento de enfermedades de los ojos

y cirugías de catarata, pterigión (carnosidad) y estrabismo.

Que anualmente, en nuestro Estado, se realizan

aproximadamente 900 cirugías gratuitas de catarata, al año, a

personas de escasos recursos económicos, de las cuales la

Fundación Rotaria de Guerrero A.C. contribuye realizando del

50 al 60 por ciento del total de pacientes intervenidos.

Por esta razón los iniciadores consideran de suma importancia

que se les permita traer consigo todos los insumos necesarios

para el desempeño de su tan apreciada y noble actividad para

que de esta forma se continúe beneficiando a todas esas

personas que no tienen la posibilidad de acudir a un médico

particular para atender su enfermedad, pues en casi todos

los casos la falta de recursos es el problema, y a través de

estas asociaciones altruistas encuentran una posibilidad para

solucionar sus problemas de salud.

Y que si bien existe la regla 4.2.2, de las reglas de carácter

general en materia de comercio exterior, que establece que

para los efectos del artículo 106, fracción II de la ley

aduanera, la importación temporal de mercancías que realicen

los residentes en el extranjero, estará a lo siguiente; y en su

fracción VI establece la autorización para que las personas

físicas que presten servicios profesionales de medicina que

ingresen al país, en forma individual o como integrantes de una

brigada médica para realizar labores altruistas en los sectores

o regiones de escasos recursos, importen -por un plazo de

treinta días naturales- el equipo, los instrumentos que traigan

consigo para tal efecto (…) esta autorización es insuficiente,

pues como hemos mencionado, los médicos dedicados a

estas labores altruistas necesitan de los insumos, tales como

medicamentos y material quirúrgico para poder realizar su

labor, pues un equipo médico sin insumos no sirve de nada, y

al contrario, se les impone la carga de tener que conseguir en

nuestro territorio dichos insumos, gastando recursos que se

pueden invertir en más cirugías que beneficiarían a una mayor

cantidad de personas, para darles una mejor calidad de vida.

III.- La Comisión de Asuntos Fronterizos, después de entrar

al estudio y análisis de la iniciativa de mérito, formula las

siguientes

CONSIDERACIONES:

Como ya quedó plasmado en los antecedentes, la iniciativa

en estudio tiene como finalidad exhortar -respetuosamente- al

Ejecutivo Federal para que por conducto de la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público modifique la regla 4.2.2, fracción

VI de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio

Exterior, con el propósito de que a las personas físicas que

presten servicios profesionales de medicina que ingresen al

país en forma individual o como parte de una brigada médica

para realizar labores altruistas en sectores o regiones de

escasos recursos, se les permita pasar por las aduanas todos

los insumos necesarios para el correcto y adecuado desarrollo

de sus actividades.

Desde la óptica de esta Comisión, la pretensión de los

iniciadores resulta atendible, pues el fin que persigue a todas

luces resolverá y abonará a que una cantidad considerable

de personas se vean beneficiadas, toda vez que, por ahora,

existen obstáculos insalvables para traer del extranjero diversos

materiales y medicamentos necesarios para que diversos

profesionales y asociaciones médicas dedicadas al altruismo

puedan realizar sus obras caritativas.

Debemos recordar que estas asociaciones no buscan más que

el bien común, sin aspirar a conseguir un beneficio personal,

ya que se caracterizan por dar a quienes más lo necesitan, en

aspectos como la salud, la educación, entre otros. Esta es su

motivación fundamental.

Su importancia radica en que estas instituciones tienen en

la comunidad un gran peso, primordialmente en los sectores

más humildes, consolidándose como una fuente alterna para

coadyuvar en la solución de algunos de los grandes problemas

– 2910 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

que enfrenta buena parte del mundo.

En México, si bien se han promulgado leyes que regulan la

actividad de estas organizaciones, las organizaciones civiles

todavía son insuficientes si tomamos en cuenta su potencial de

contribución al desarrollo y el bienestar general, ya que en la

actualidad persisten restricciones que niegan oportunidades de

cooperación para la solución de diversos problemas sociales

que aquejan nuestro país. Es indudable que la sociedad

mexicana no puede ni debe incurrir en el desperdicio del

talento de su propia gente y de la participación ciudadana,

misma que está encontrando los modos apropiados para

agruparse y desplegar sus energías, con la finalidad de

coadyuvar al estado en el cumplimiento de sus funciones.

En razón de esto, son necesarias las políticas públicas de

impulso y apoyo a las organizaciones de la sociedad civil, con

amplitud y sin condicionamientos. Las organizaciones civiles

no compiten y desplazan, por el contrario, complementan el

desarrollo social, siendo evidente el impacto que ejerce la

participación de las sociedades civiles sobre la calidad de la

forma de gobierno.

A modo de ejemplo, como así se observa en la exposición de

motivos de la iniciativa en estudio, tenemos al Club Rotario

Guerrero, que no sólo ha trabajado en apoyar a personas de

escasos recursos con tratamientos de salud, especialmente

de oftalmología y plástica, sino que además contrajo el

reto de llevar a cabo el Centro de Educación y Cirugías

de Guerrero, instalaciones que cuentan con tres quirófanos,

sala de recuperación, once consultorios de uso múltiple, un

consultorio dental, farmacia, oficina y sala de espera con

capacidad de cien pacientes.

Este centro, aunque modesto en su estructura, cuenta con

equipo médico para la correcta atención de los pacientes.

Desde luego que esto no sería posible sino con la solidaridad

de muchos rotarios y ciudadanos, agrupaciones de médicos y

autoridades locales y estatales. Aunado a ello, los médicos y

cirujanos que dedican de manera voluntaria su tiempo a estas

operaciones traen consigo más equipo a fin de eficientar su

noble labor, lo que viene a ser muestra de la importancia de

realizar alianzas positivas con organizaciones de la sociedad

civil, mismas que se traducen en apoyos que benefician de

manera directa a la gente de Chihuahua.

Ahora bien, fracción VI, de la regla 4.2.2, de las Reglas de

Carácter General en Materia de Comercio Exterior, establece

la autorización para que las personas físicas que presten

servicios profesionales de medicina que ingresen al país en

forma individual o como integrantes de una brigada médica

para realizar labores altruistas en los sectores o regiones

de escasos recursos, importen por un plazo de treinta días

naturales, el equipo y los instrumentos que traigan consigo

para tal efecto.

Esto es un gran logro, nadie lo pone en duda. Sin embargo,

la iniciativa que nos ocupa busca que no únicamente se

permita la entrada al equipo necesario, sino que se incluya la

autorización de importar el material que es necesario en dichas

intervenciones, material que por su naturaleza es consumible

y que no podrá regresar al lugar de origen en el término

establecido por la propia normatividad.

Circunstancia que debe ser atendida, pues es evidente que ello

contribuirá a que la labor de los profesionales de la medicina

y de las asociaciones dedicadas a obras caritativas, sea más

completa y que no queden personas sin obtener un beneficio,

por el pretexto de que no pueden ser importadas temporalmente

una serie de materiales necesarios para culminar, por ejemplo,

una cirugía.

Debe quedar claro, que no se pretende caer en excesos

y que tal propuesta sirva para hacer negocio, al realizar

actos de comercialización con dichos materiales, por ello, esta

Comisión recomienda acotar y cambiar el término de insumos,

que puede abarcar un sinfín de materiales o materias primas,

lo cual deja abierto para que se introduzca cualquier cosa,

por el de medicamentos o material quirúrgico que como se

desprende de la intención del iniciador, esto es lo que se

solicitaría en el exhorto, que su introducción a nuestro país no

cause impuestos al comercio exterior, es decir, que ingresaran

libre de cualquier gravamen.

En razón de lo expuesto, se reitera la viabilidad de la

propuesta contenida en la iniciativa que se estudia, pues ello

vendrá a garantizar un impulso para la realización de labores

altruistas en los sectores o regiones de escasos recursos, y

un reconocimiento a la gran labor social que se ha estado

llevando a cabo, además de que por otro lado vendría a

ser un sin sentido que a estas organizaciones, o personas,

que además de estar llevando a cabo una labor altruista, sin

intención de beneficio propio, se les impusiera la obligación

– 2911 –

Page 28: PODERLEGISLATIVODELESTADOLIBREYSOBERANODECHIHUAHUA · el diputado jaime beltrÁn del rÍo beltrÁn del rÍo, en funciones de primer secretario, confirmÓ que los legisladores contaran

Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

del pago de impuestos, pues esto sólo vendría a inhibir, de

manera significativa, las acciones que buscan el beneficio de

la población.

Por las consideraciones anteriormente expresadas, esta

Comisión de Asuntos Fronterizos, con fundamento en los

artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado, somete

a la consideración del Pleno el siguiente proyecto de]

[Continúa con la lectura]:

ACUERDO [206/2011 II P.O.]:

PRIMERO.- La Sexagésima Tercera Legislatura delHonorable Congreso del Estado de Chihuahua,exhorta de manera atenta y respetuosa al EjecutivoFederal, a través de la Secretaría de Hacienday Crédito Público, a fin de que lleve a cabo lamodificación a la fracción VI, de la regla 4.2.2,fracción VI de las Reglas de Carácter General enMateria de Comercio Exterior, con el propósito deque a las personas físicas que presten serviciosprofesionales de medicina que ingresen al paísen forma individual o como parte de una brigadamédica para realizar labores altruistas en sectoreso regiones de escasos recursos, se les permitaintroducir al país, sin el pago de los impuestoscorrespondientes, los medicamentos y el materialquirúrgico necesario para el correcto y adecuadodesarrollo de sus actividades.

SEGUNDO.- La Sexagésima Tercera Legislaturadel Honorable Congreso del Estado de Chihuahuasolicita -respetuosamente- al Ejecutivo Federal paraque por conducto de la Secretaría de Hacienday Crédito Público se lleve a cabo una revisiónintegral de las Reglas de Carácter General enMateria de Comercio Exterior, con el propósitode que se realicen las reformas necesarias parafacilitar la entrada e importación temporal odefinitiva de equipos, medicamentos o materialesindispensables, a las personas que ingresan anuestro país o que residen en él y realizan laboresaltruistas de cualquier tipo y que para ello recibendonativos en el extranjero por su labor, en tanto seacon fines sin lucro.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea túrnese a laSecretaría a efecto de que elabore la Minuta deAcuerdo en los términos que corresponda.

Dado en el Recinto Oficial del Poder Legislativo, enla ciudad de Chihuahua, Chih., a los treinta días delmes de junio del año dos mil once.

Por la Comisión de Asuntos Fronterizos: DiputadoAlejandro Pérez Cuéllar, Presidente; DiputadaPatricia Flores González, Vocal; Diputado ElíasGabriel Flores Viramontes, Vocal; Diputada AlvaMelania Almazán Negrete, Vocal; el de la voz,Secretario, Diputado Gerardo Hernández Ibarra.

Es cuanto, Diputado.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Procederemos a la votación del dictamen leído,para lo cual solicito al Segundo Secretario, DiputadoFrancisco González Carrasco, tome la votación einforme a esta Presidencia.

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: Con supermiso, Diputado Presidente.

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasseñoras y señores Diputados, los que estén porla afirmativa respecto del contenido del dictamenantes leído, favor de expresar su voto levantando lamano en señal de aprobación; así como registrarlode manera electrónica.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: ¿Los queestén por la negativa?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

¿Los que se abstengan?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo a la Presidencia que se han manifestado

– 2912 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

por unanimidad de votos a favor del dictamen antesleído.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba tantoen lo general como en lo particular.

6.4.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: A continuación seconcede el uso de la palabra al Diputado FranciscoJavier Salcido Lozoya para que en representaciónde la Comisión de Trabajo y Previsión Socialpresente al Pleno el dictamen que ha preparadoy del cual se ha dado cuenta a esta Presidencia.

- El C. Dip. Salcido Lozoya.- P.R.I.: Con supermiso, Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Salcido Lozoya.- P.R.I.:

Honorable Congreso del Estado.Presente.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social, confundamento en lo dispuesto por el artículo 43 de laLey Orgánica del Poder Legislativo del Estado deChihuahua, presenta a la consideración del Plenoel presente dictamen, elaborado con base en lossiguientes

ANTECEDENTES:

I.- Con fecha veintinueve de marzo del presenteaño, fue turnada para su estudio y posterior dic-tamen, a esta Comisión de Trabajo y PrevisiónSocial, iniciativa con carácter de acuerdo presen-tada por la ciudadana Diputada Gloria GuadalupeRodríguez González, integrante del Grupo Parla-mentario del Partido Revolucionario Institucional deesta Sexagésima Tercera Legislatura del HonorableCongreso del Estado, por medio de la cual solicitaque esta Soberanía exhorte, de manera respetuosa,al Honorable Congreso de la Unión con el propósitode que se reforme el artículo 74 de la Ley Federaldel Trabajo, modificado por el decreto publicado enel Diario Oficial de la Federación el día diecisietede enero del año dos mil seis, para que vuelva asu redacción original o se busquen los medios que

contrarresten el olvido histórico que se ha ocasion-ado con dicha reforma.

Solicito, señor Presidente, la dispensa de lalectura de los antecedentes y consideraciones paraúnicamente dar lectura a los puntos del… delacuerdo sin perjuicio de su inclusión íntegra enel Diario de los Debates.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza,Diputado.

Adelante.

- El C. Dip. Salcido Lozoya.- P.R.I.: Gracias,Presidente.

[Texto que fue dispensada su lectura]:

[II.- La iniciadora sustenta su petición en los siguientes

argumentos:

La reforma que originalmente se le hizo al artículo 74 de la Ley

Federal del Trabajo, en enero del dos mil seis, se realizó con

la finalidad de transferir la celebración de los días de descanso

obligatorio que señala el mencionado ordenamiento al lunes

más cercano a la fecha señalada por la ley. Esto se hizo a

través de la implementación de los fines de semana largos

bajo los argumentos de que esto ayudaría en gran medida al

fomento de la actividad turística y la convivencia familiar.

Sin embargo, esto no ha dado los resultados que se esperaban,

sino que por el contrario, ha ocasionado que los mexicanos han

ido olvidando lo que esas fechas tan significativas representan

para todos los nacionales y lo que en ellas se celebra.

Respecto de la actividad turística, es conveniente mencionar

que durante los fines de semana largos no se logró que se

incrementara, como se había planeado en un principio, incluso

ni siquiera se llegó a superar la concurrencia turística que hay

en temporada alta o temporada vacacional.

Como todos sabemos, en los últimos años se ha venido dando

un desgaste en la economía de los mexicanos, lo que muchas

veces no les permite salir de su ciudad o de su entorno con el

fin de vacacionar en algún centro turístico. Si bien es cierto

que el turismo es uno de los principales detonantes de la

economía de nuestro país, también lo es que se deben buscar

– 2913 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

otras alternativas para fomentar dicha actividad, a la cual no

se pretende restarle importancia.

También es necesario hacer mención que los días de asueto

nacional son para conmemorar las fechas más relevantes

de nuestra historia, para recordar a los héroes que nos

dieron la patria y que lucharon por que nuestra nación fuera

próspera, para obtener la libertad y la igualdad, entre muchas

otras cosas, y más que una fecha en la que se celebra un

aniversario, es un lazo que nos une a las personas y a los

hechos que honraron y engrandecieron a nuestro país.

Es por eso que no se debe olvidar lo que cada una de esas

fechas representa, lo que se conmemora en ellas, pues si

lo olvidamos, es como si perdiéramos una parte fundamental

de nuestro legado histórico. Todo esto se hace mención

porque en los últimos años se ha presentado una situación

preocupante en la que los mexicanos están perdiendo el amor

y la fe por los valores cívicos, por la patria, el respeto y

confianza hacia las instituciones, y como consecuencia de

todos esto se trae aparejado que se pierda el tributo hacia las

fechas conmemorativas.

Se debe fomentar, en las escuelas de todos los niveles, una

cultura para reforzar los valores cívicos, en donde no se pierda

la memoria por las fechas relevantes para nuestro país pues el

trasladar la celebración de esos días tan importantes al lunes

siguiente que corresponda, trae como consecuencia que los

niños y niñas crezcan sin un conocimiento pleno de la historia

de México y amor por nuestros héroes y símbolos patrios.

Para la mayoría de los ciudadanos, los días de asueto nacional

son sólo un día ordinario más al que no asisten a clases o

a laborar, y en realidad no saben lo que se celebra ese día

y olvidan la importancia de los hechos históricos que tienen

relevancias para la nación.

Una gran equivocación que se ha cometido al implementar los

fines de semanas largos es que no se hace nada por promover

actividades de carácter cívico o cultural con el propósito de

fomentar o reivindicar todos aquellos hechos históricos por los

cuales adquirimos nuestra libertad y soberanía. No se debe

dejar que se pierda la memoria histórica.

Es por todo lo anterior que se necesita que se preserven los

valores cívicos que reflejan a México con su pasado histórico,

conservar las tradiciones y reforzar la memoria para tener

presente todo lo que se ha logrado hasta ahora.

Se ha considerado que el decreto mencionado no ha llenado

las expectativas para lo que fue hecho, sino que, al contrario,

se pierde cada vez la importancia de los días para conmemorar

la historia y los valores cívicos están en detrimento, además

que las personas van olvidando el motivo por el cual dejan de

realizar sus actividades en eso días y lo ven como un día más,

un día ordinario.

Es por todo lo anterior, que se propone que se reforme

nuevamente el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para

que regrese a la redacción que tenía antes de ser reformado

por el decreto de fecha enero del dos mil seis, o porque se

busquen los mecanismos tendientes a que esta medida no

ocasione el olvido en la memoria de los mexicanos. El estado

debe fomentar el conocimiento de su historia, no la ignorancia

de la misma, pues se condena al fracaso.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social, después de entrar

al estudio de la iniciativa de mérito, tienen a bien formular las

siguientes

CONSIDERACIONES:

Mediante decreto de fecha quince de diciembre de dos mil

cinco, expedido por el Honorable Congreso de Unión, publicado

en el Diario Oficial de la Federación del día diecisiete de enero

de dos mil seis, se reformó el artículo 74 de la Ley Federal del

Trabajo, para quedar su contenido de la siguiente manera:

Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:

I. El primero de enero;

II. El primer lunes de febrero en conmemoración del cinco de

febrero;

III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del veintiuno

de marzo;

IV. El primero de mayo;

V. El dieciséis de septiembre;

VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del veinte

de noviembre;

VII. El primero de diciembre de cada seis años, cuando

corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;

– 2914 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

VIII. El veinticinco de diciembre, y

IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales,

en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada

electoral.

El propósito de dicha reforma tuvo como objetivo medular

el trasladar los días festivos considerados de descanso

obligatorio que dicho numeral establece, de fechas fijas

como estaba anteriormente a los días lunes y con ello, dar

oportunidad a los trabadores de disfrutar los días lunes más

cercanos, para alcanzar con esa medida beneficios de distinta

naturaleza, entre los que se encuentran aquellos de carácter

familiar, laboral y económico.

El espíritu de esta reforma, a la ley laboral, buscó apegarse

a los lineamientos marcados en esa materia por la (OIT)

Organización Internacional del Trabajo, ya que en las tres

décadas recientes, en el concierto mundial se ha adoptado

una medida dirigida a trasladar los días de descanso obligatorio

de fechas fijas a los días lunes más cercanos con la finalidad

de alcanzar distintos beneficios y efectos positivos, tales como

propiciar que aumenten los vínculos y convivencia familiar, al

disponer sus integrantes de más días continuos de descanso,

lo que adquiere relevancia para el bienestar de millones de

mexicanos, sometidos a elevados niveles de competitividad

laboral y jornadas de trabajo que en muchas ocasiones

superan las ocho horas que la ley dispone, fenómeno que la

mundialización de la economía trajo consigo.

Además, es de destacar que con dicha reforma, nuestro

país cumplió con la recomendación emitida por el organismo

internacional antes señalado, en el sentido de que los países

miembros implanten una política para que el descanso de los

trabajadores sea frecuente y continuo, ya que es la forma

biológica y sicológica de lograr que los efectos del descanso

sean óptimos y de incrementar los niveles de seguridad

en el trabajo. Los fines de semana largos son una clara

implementación de estas recomendaciones.

La otra bondad que sirvió de argumento a favor de reforma,

fue en el sentido de disminuir los casos de ausentismo en

el trabajo, al eliminarse los puentes, que implican pérdidas

relevantes en diversos sectores de actividad como en los

servicios de educación, lo que afecta el desempeño escolar,

tanto de alumnos como de maestros, además del dispendio de

recursos que conlleva.

Cabe hacer énfasis en el impacto que el cambio propuesto

tendría en el desempeño del sector turismo, lo que se explica

por el fomento al turismo nacional, que se reflejará en el

incremento de los traslados dentro del territorio nacional a

través de los distintos tipos de transporte desde los privados,

hasta los públicos, en los mejores niveles de ocupación

hotelera, en la mayor asistencia a los restaurantes y bares,

y en la mayor demanda de servicios y artículos en el sector

comercio.

Un estudio realizado por la Secretaría de Turismo sobre la

cultura de viajes de los mexicanos encontró que el 61% de las

personas entrevistadas afirman que acostumbran viajar con

la familia, dando como resultado que el mercado doméstico

nacional representa alrededor del 80% de la actividad turística.

Así mismo, se identificó que el 90% de los entrevistados está

de acuerdo con la idea de que las personas viajan con la

intención de convivir con la familia, por lo cual resulta evidente

que con la reforma citada, además de fomentar la convivencia

familiar, el sector turístico, de comercio y de servicios se verían

ampliamente beneficiados.

De acuerdo con dicha Secretaría, cada fin de semana

largo genera en el sector turismo -aproximadamente- 2,249

millones de pesos. Si la iniciativa contempla cuatro fines de

semana largos en un año, ello quiere decir que conjuntamente

generarían casi 9 mil millones de pesos, el 0.11% del PIB

nacional, el 1.1% del PIB del sector turismo y casi el 10% de

las divisas que ingresan al país por el turismo extranjero.

Indudablemente que la actividad turística -se proyectó- recibirá

un importante estímulo, ya que las capacidades potenciales

de desarrollo que posee el sector, podrían ser cabalmente

aprovechadas sin requerir inversiones adicionales, sobre todo

en las temporadas bajas, en las que los márgenes ociosos con

que opera son sumamente elevados.

Lo anterior posibilitará un incremento en la oferta de empleos en

las heterogéneas actividades que conforman el sector turístico,

que ascienden a cerca de dos millones de trabajadores, así

como un incremento en el pago de obligaciones fiscales de

distinto tipo cuyo destino son las arcas de los tres niveles de

gobierno federal, estatal y municipal.

En efecto, se prevé que con los cambios efectuados en la Ley

Federal del Trabajo, se consideró -en su momento- aumentarán

los viajes totales anuales familiares que se llevan a cabo los

– 2915 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

fines de semana y fines de semana con puente, como sucede

actualmente, y que representan el 20% de los viajes familiares

anuales en el país, según lo reporta la Secretaría de Turismo

Federal. Por otra parte, como ya se señaló, resulta -común en

el contexto internacional- la práctica de que los días feriados

se trasladen a un lunes previamente acordado. Es el caso

de Irlanda, Japón, Sudáfrica, Argentina, Canadá, Colombia,

Chile, Ecuador, e incluso estados que dicha iniciativa tuvo un

amplio consenso para su aprobación entre los distintos Grupos

Parlamentarios que integran el Congreso de la Unión; así como

del Ejecutivo Federal, de los trabajadores y los empresarios en

general, debido a la certeza de los beneficios que generará,

sirviendo de apoyo, igualmente, las diversas iniciativas de ley

que en similar sentido habían sido presentadas previo a la

reforma realizada por parte de legisladores de prácticamente

todas las fuerzas políticas representadas en el Congreso de la

Unión.

Por otro lado, el aspecto cívico y de amor y reconocimiento

a nuestra historia y a nuestros héroes que nos dieron patria

y libertad; así como a los valores cívicos que nos forjan y

fortalecen como nación y que nos brindan sentido de identidad

y pertenencia, no pueden dejarse de lado bajo ninguna

circunstancia.

La cultura cívica de los mexicanos debe ser fomentada e

incentivada ampliamente tanto por el gobierno y los sectores

sociales en su conjunto, para lograr, de mejor manera, el

desarrollo a plenitud del civismo y la democracia en nuestro

país; y al mismo tiempo crear fuertes lazos de unión entre los

mexicanos y de su memoria histórica acerca de los diversos

acontecimientos nacionales que han marcado el cambio de

manera trascendental en nuestro país.

No podemos permitir, tal y como la iniciadora lo señala,

que los mexicanos y los chihuahuenses vayamos olvidando

y menospreciando lo que esas fechas tan significativas

representan para todos los nacionales y lo que en ellas

se celebra en reconocimiento a nuestro pasado histórico.

Siempre se ha dicho que la grandeza de los pueblos radica

en el reconocimiento que hacen a sus héroes, a las personas

que en su paso por la vida dejaron huella imborrable por

sus trascendentes actos, por sus hazañas, por el amor a su

tierra; así como por la contribución en el engrandecimiento

de su patria, así como la importancia que para un pueblo

representan los acontecimientos y gestas heroicas que dieron

rumbo y marcaron, para siempre, la historia de un país o de

una región.

En ese sentido los chihuahuenses y los mexicanos hemos

sabido honrar a los personajes que por sus justificados méritos

se han distinguido por su aportación fructífera e invaluable a

favor de nuestro Estado o nación.

En función de lo anterior, se debe resaltar que la historia no

sólo es un registro de nuestro pasado, sino una herramienta

para el porvenir, un valor que enlaza y enriquece la conciencia

de todos los mexicanos.

Sin embargo, en los últimos años tal y como de manera

categórica lo afirma la iniciadora, se advierte un fenómeno,

se están perdiendo el amor a México y el sentido patriótico,

se ha generalizado la idea de confundir patria con política, la

gente deja de querer a su patria, pierde la fe en ella y sus

instituciones, y por ende deja de tener respeto a las fechas

conmemorativas.

La promoción de los valores cívicos deben extenderse al nivel

de educación media superior y superior, el respeto a las fechas

conmemorativas refleja el respeto a nuestra identidad como

nación, y nos obliga cada vez a ser mejores ciudadanos.

En ese sentido, la iniciativa en estudio plantea -precisamente-

en base a los argumentos, hechos y datos que aporta, y en

base a la conclusión a la que arriba, en el sentido de que la

reforma al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo no ha dado

los resultados que se esperaban, al contrario, ha ocasionado

que los mexicanos han ido olvidando lo que esas fechas tan

significativas representan, por lo que en ese sentido propone

con el fin de que esta Soberanía exhorte a la instancia de

gobierno que le corresponde, a fin de que se reforme el

artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, modificado por el

decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día

diecisiete de enero del año dos mil seis, para que vuelva a su

redacción original o se busquen los medios que contrarresten

el olvido histórico que se ha ocasionado con dicha reforma.

Esta Comisión de Dictamen, en base a lo anterior, estima que

sin entrar a dilucidar si realmente existen elementos y datos

suficientes que nos indiquen que los resultados y propósitos

que se buscaban con la reforma a dicho numeral de la ley

laboral no se han cumplido, concluye que en razón y en aras

– 2916 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

de lo que representa la historia de nuestro país y los valores

cívicos que dan origen y sustento a la vida de México como

Nación Soberana, considera de aspecto prioritario el fortalecer

la cultura de reconocimiento a nuestra historia y a nuestros

héroes que nos dieron patria y libertad, así como a los valores

cívicos que nos forjan y fortalecen como nación, brindándonos

sentido de identidad y pertenencia, que despiertan el amor

a México y que no pueden dejarse de lado bajo ninguna

circunstancia.

Por lo anteriormente expuesto en el cuerpo del presente

dictamen y con fundamento en los artículos 57 y 58 de la

Constitución Política del Estado de Chihuahua; 43, 46, 59 y

demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder

Legislativo, la Comisión de Trabajo y Previsión Social, somete

a la consideración de esta Alta Asamblea el siguiente]

[Continúa con la lectura]:

ACUERDO [207/2011 II P.O.]:

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima TerceraLegislatura del Honorable Congreso del Estado deChihuahua solicita, respetuosamente, al HonorableCongreso de la Unión se reforme el artículo 74 dela Ley Federal del Trabajo para que regrese a laredacción que tenía antes de ser modificado porel decreto aprobado en fecha quince de diciembrede dos mil cinco, publicado en el Diario Oficialde la Federación del día diecisiete de enero dedos mil seis, y que se realicen los mecanismos oprocedimientos necesarios para que se contrarresteel olvido que esa modificación ha venido causandoen la pérdida de la memoria histórica de millonesde mexicanos.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea túrnese a la Se-cretaría para los efectos legales correspondientes.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo,en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los treinta díasdel mes de junio del año dos mil once.

Por la Comisión de Trabajo y Previsión Social.Diputado Francisco Salcido Lozoya, Presidente;Diputado Luis Adrián Pacheco Sánchez, Secretario;Diputada Inés Aurora Martínez Bernal, Vocal;

Diputado Pablo González Gutiérrez, Vocal;Diputado Rubén Aguilar Jiménez, Vocal.

Es cuanto, Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Procederemos a la votación del dictamen leído paralo cual solicito a la Primera… al Primer Secretario,Diputado Jaime Beltrán del Río Beltrán del Río tomela votación e informe a esta Presidencia.

- El C. Dip. Prosecretario.- P.A.N.: Con gusto,Presidente.

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasseñoras y señores Diputados los que estén porla afirmativa respecto del contenido del dictamenantes leído favor de expresar su voto levantando lamano en señal de aprobación; así como registrarlode forma electrónica.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Prosecretario.- P.A.N.: ¿Los que esténpor la negativa?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

¿Los que se abstengan?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo a la Presidencia que se han manifestadopor unanimidad de votos a favor del dictamen antesleído.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba tantoen lo general como en lo particular.

6.5.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: En seguida,se concede el uso de la palabra al DiputadoGabriel Humberto Sepúlveda Reyes para que enrepresentación de las Comisiones Unidas Primerade Gobernación y Puntos Constitucionales y de

– 2917 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

Transparencia y Acceso a la Información Pública,presente a esta Asamblea el dictamen que hapreparado y del cual se ha dado cuenta a estaPresidencia.

- El C. Dip. Sepúlveda Reyes.- P.R.I.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Sepúlveda Reyes.- P.R.I.:

Honorable Congreso del Estado.Presente.

Las Comisiones Unidas Primera de Gobernación yPuntos Constitucionales y Transparencia y Accesoa la Información Pública con fundamento en lodispuesto por el artículo 43 de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo somete a la consideración delPleno el presente dictamen elaborado con base enlo siguiente.

Señor Presidente de conformidad con el artículo 30,fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Legislativosolicito autorice la dispensa de la lectusa…lectura de antecedentes y de consideraciones deldocumento y se inserte al Diario de Debates de laSesión.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza,Diputado.

- El C. Dip. Sepúlveda Reyes.- P.R.I.: Gracias,ciudadano Presidente.

[Texto que fue dispensada su lectura]:

[ANTECEDENTES:

I.- Con fecha veintidós de septiembre del dos mil diez, fue

turnada para su estudio y posterior dictamen, a la Comisión

Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales, la iniciativa

con carácter de decreto presentada por los integrantes del

Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

en la Sexagésima Segunda Legislatura, para reformar diversos

artículos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública del Estado de Chihuahua.

II.- En Sesión Plenaria correspondiente al Decimoquinto

Período Extraordinario de Sesiones, dentro del tercer año

de ejercicio constitucional, de fecha veintinueve de septiembre

del dos mil diez, la Comisión Primera de Gobernación y Puntos

Constitucionales, presentó el dictamen relativo a diversas

reformas a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública del Estado de Chihuahua.

III.- De acuerdo con el Diario de los Debates número 108,

Tomo IV, Año III, XV P. E., de la LXII Legislatura, el dictamen

de mérito fue aprobado en lo general por mayoría de veinte

votos a favor y diez en contra, sin registrarse abstenciones.

En lo particular, debido a la reserva que formuló el Partido

Nueva Alianza de los artículos 53, 72 y 88, se registró una

votación de diecisiete votos a favor, tres en contra y diez

abstenciones, en cada caso. A este Decreto le correspondió

el número 1260/2010 XV P.E.

[La Diputada Flores González regresa al Recinto y asume la

Primera Secretaría].

IV.- Con fecha veintidós de octubre del año próximo pasado,

el Ejecutivo del Estado recibió el Decreto en cuestión, para ser

publicado en el Periódico Oficial del Estado.

V.- Con fecha diez de noviembre del dos mil diez, la

Consejería Jurídica del Estado remite a esta Soberanía

pliego de observaciones al multicitado decreto que contiene

opiniones de las organizaciones civiles: Observa Ciudadana;

Observatorio para el Acceso a la Información Pública; Comité

Estatal de Participación Ciudadana (CEPAC); Renovación

Democrática Estructural (REDES), Centro de Fortalecimiento

de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CEFOSC), Plan

Estratégico de Juárez y Colegio de Periodistas del Estado

de Chihuahua, Asociación Civil, en el cual expresan su

preocupación por las citadas reformas, cuyos contenidos

consideran un menoscabo de la Ley vigente.

VI.- Con fecha veintitrés de noviembre del año dos mil diez,

fue turnado para estudio y dictamen, a esta Comisión, las

observaciones que remite el Ejecutivo Estatal al Decreto

1260/2010 XV P.E., que reforma diversas disposiciones de la

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del

Estado de Chihuahua, mismas que fueron presentadas con

fundamento en el artículo 70 de la Constitución Política del

Estado de Chihuahua.

Las observaciones referidas se contienen en el siguiente

– 2918 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

cuadro:

ARTÍCULO OBSERVACIÓN

REFORMADO

6 Existe incongruencia entre esta reforma y el texto del

artículo 20, fracción XX, ya que al recibir recursos

públicos, por cualquier motivo, debe transparentarse su

ejercicio

7 Se genera un problema al establecer la veracidad

de la información corresponde a la que el sujeto

efectivamente posea, luego no existen mecanismo que

garanticen que dicha información sea no sólo la que

el sujeto posea sino que corresponda a la que se le

solicitó.

9 Si bien el sistema INFOMEX es la plataforma

adecuada para plantear las solicitudes de información,

proporciona certeza jurídica al solicitante y se trata de

un modelo estandarizado a nivel nacional impulsado

por el IFAI, también lo es que este sistema es

una medida diseñada para facilitar el acceso a la

información por parte de los particulares, y no debe ser

de manera alguna un medio de restricción que evite

que el particular acceda a la información requerida

por cualquier otra vía electrónica idónea. Además

el artículo sexto de la Constitución Federal permite

en general el uso de sistemas electrónicos para que

cualquier persona pueda acceder remotamente a la

información.

10 Esta reforma se encuentra sujeta accesoriamente a la

observación señalada en el artículo 9.

12 Parece inadecuado eliminar el principio que busca

reducir el costo de la información que se proporcione.

13 Este artículo tiene importantes implicaciones para el

ejercicio del derecho de acceso a la información. Los

especialistas consideraron, en su momento, importante

la reforma a este artículo, por considerarlo defectuoso

y con lagunas legislativas, ya que no distingue las

hipótesis de rechazo, mientras la ley contempla

diversas hipótesis, como la reserva, la inexistencia,

la falta en el cumplimiento de los requisitos, que de

acuerdo con la ley tiene consecuencias distintas.

En el artículo tampoco queda claro a cargo de

quién se encuentra dicho rechazo, lo que deja

una indeterminación en la norma, mientras la

fundamentación y motivación a que alude se trata de

un principio constitucional aplicable a toda resolución

administrativa que cause perjuicio a los particulares, y

no es otra cosa que establecer con precisión el precepto

constitucional aplicable; así como las circunstancias

especiales, razones particulares, o razones inmediatas

consideradas para emitir el acto. Que en el caso del

acceso a la información va vinculado estrictamente,

con el principio de máxima publicidad, por lo que

básicamente lo que debe demostrarse es el daño

presente y específico que pueda causar la divulgación

de la información y no otras causas.

Si en la reforma se establece la pertinencia de que las

solicitudes de acceso no sean ofensivas esto es en

función de que el derecho de acceso a la información

consagrado en el artículo 6 constitucional se encuentra

estrechamente vinculado con el artículo 8 de dicha

norma fundamental, que recoge el derecho de petición,

por lo que las solicitudes deben formularse de manera

pacífica y respetuosa, pero esto, de ninguna manera,

debe de ser óbice para motivar una negativa de

información, más aun cuando el entendimiento de las

formas ofensivas de solicitud siempre van a tener una

carga de subjetividad.

Bajo la interpretación del principio de máxima publicidad

dispuesto en el artículo 6 constitucional tampoco debe

ser motivo de rechazo la entrega de información

substancialmente idéntica a la solicitada anteriormente,

ya que no se sabe quién fijará el criterio y además, en

el caso que ya se encuentra dispuesta públicamente,

puede darse el caso de que sea de manera parcial.

Estimamos correcto suprimir el plazo de cinco días

hábiles para comunicar al interesado que la solicitud

ha sido rechazada, dado que se contrapone con el

plazo de diez días hábiles para resolver una solicitud

de acceso a la información, a cuyo término el sujeto

obligado deberá entregar la información, comunicar

una negativa de acceso o inexistencia de información,

o bien, ampliar el plazo de respuesta.

17 Limita las unidades de información a una por sujeto,

– 2919 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

tendría que valorarse la conveniencia de ello.

19 Respecto a la fracción XI, estimamos que la

responsabilidad de la transparencia compete al titular

de la dependencia, mediante el conocimiento de los

criterios del instituto, así bien éste determinará el

código de actuación del ente que representa, por

lo tanto el permitir que la representación del sujeto

obligado recaiga únicamente en el titular de la unidad

de información aleja a los miembros del Comité

de Información de las implicaciones de los criterios

empleados para otorgar respuesta a las solicitudes

de información, pues son ellos quienes finalmente

autorizan el sentido de las mismas.

20 Habría que valorar la conveniencia de que esta reforma

entrará en vigor sin una vacatio legis que permita a

los sujetos poder poner a disposición del público los

archivos a que se refiere la reforma.

24 La obligación de transparentar resoluciones que

hayan causado estado, sin hacer públicos los datos

personales de las partes, salvo con su consentimiento,

deben ser analizadas a la luz de la publicidad de los

procesos. En términos generales las reglas sobre lo

que ocurre en los procesos jurisdiccionales es que

se trata de asuntos que pueden hacerse públicos.

Cualquier restricción a la regla, debe argumentarse

caso por caso o seguir criterios generales en donde

se identifique con claridad que hay un interés superior

que puede verse afectado por la publicidad, por lo

que consideramos que no es correcto el acceso a

las resoluciones judiciales en los términos señalados

únicamente de forma estadística.

26 Resulta aplicable la misma observación que en el caso

del artículo 24.

28 La nueva redacción, si bien nos parece correcta debido

a que es más específico respecto a quien debe

actualizar la información y a las fechas para hacerlo,

también lo es que la redacción vigente establece como

parámetro sólo los tres meses, sin perjuicio, de que

si los sujetos obligados así lo desean realicen la

actualización de manera más periódica o de manera

más expedita, y con la actualización limita con las

fechas señaladas.

35 Al establecer una excepción a la desclasificación de la

reserva de información a juicio del instituto, en ciertos

supuestos, aun cuando a su juicio ya no subsistan

las circunstancias que motivaron su reserva, resulta

confuso en su redacción y podría dar lugar a problemas

en su aplicación.

38 Se establecen como novedosos los derechos a cargo de

cualquier persona de corregir u oponerse a información

sobre sí misma pero deja de contemplar el vigente

que se refiera a la actualización de dichos datos.

Por otro lado, en cuanto a los sitios en donde

obra dicha información restringe a la hipótesis de

que los archivos o bases de datos (elimina los

registros) estén en poder de entes públicos. En

el primer caso destaca que la reforma se debe a la

homogenización de la legislación en materia de acceso

a la información frente a los principios que estructuran

el sistema de protección de datos; esto es, los

denominados derechos ARCO, acrónimo que sintetiza

el Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición. La

actualización que se suprime se entiende implícita en

el derecho de rectificación.

La reforma mantiene un error de origen, en tanto deja

subsistir la acción de suprimir, lo que es un error, pues

el derecho de cancelación no da lugar a la supresión

sino al bloqueo, por lo que se sugiere la modificación

de dicho vocablo.

49 Este artículo detalla el funcionamiento general del

instituto, señalando domicilio legal, así como estructura

básica. Con la reforma se introduce la idea de que el

instituto cuenta con un presidente que lo es a su vez

del consejo; las coordinaciones y las disposiciones que

rigen el actuar de los servidores públicos del instituto.

En el primer caso, la introducción que se hace es ajena

a lo dispuesto por el párrafo sexto de la fracción II del

artículo 4 de la Constitución local, pues de acuerdo

con este dispositivo el instituto tendrá un consejo

general, será el órgano supremo y se integrará por

cinco consejeros propietarios, quienes designarán a su

presidente de entre sus miembros. Por lo tanto, sólo el

consejo general debe contar con presidente. En cuanto

al resto del artículo consideramos que es más preciso

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

en la reforma al acotar la actuación de los funcionarios.

50 Respecto al primer párrafo, la reforma aclara que

las atribuciones a que hace referencia dicho precepto

deben ser ejercidas por el órgano colegiado en su

integralidad y no individualmente por alguno de sus

integrantes.

En cuanto a la fracción IV, inciso e), la reforma

introduce una nueva redacción que sustituye la vigente

en el sentido de establecer los lineamientos técnicos

a efecto de determinar la forma de clasificación,

resguardo, conservación y protección de los archivos,

lo que no perjudica en nada las atribuciones del consejo

en este sentido, pues éstas también se desprenden de

la Ley de Archivos del Estado, artículo 48, fracción I.

Lo que si estimamos contrario a un principio de técnica

legislativa es que la redacción que se introduce le

atribuye al consejo la facultad de expedir el reglamento

interior del instituto, el estatuto de los trabajadores

al servicio del instituto, y el reglamento del servicio

profesional de carrera para los servidores públicos

del mismo, lo que duplica lo dispuesto por el vigente

inciso C, que ya establece la potestad de expedir

el reglamento interior del instituto y el del servicio

profesional de carrera para los servidores públicos

del mismo, luego entonces, si lo que se pretende

es introducir la facultad de expedir el estatuto de los

trabajadores al servicio del instituto, ello debió quedar

dispuesto en la reforma al citado inciso C.

De la fracción V, inciso A, se desprende la supresión de

la facultad del consejo general de nombrar, además del

secretario ejecutivo, a los demás directivos del instituto,

atribución que de acuerdo con la reforma queda a cargo

del consejero presidente según lo dispone el artículo

53.

En este punto apreciamos poco conveniente que

un solo consejero designe o remueva libremente al

personal, pues todo el apoyo humano que preste

sus servicios al instituto lo hace para el cumplimiento

oportuno y eficaz de las atribuciones del consejo

general y no únicamente de su presidente. Además,

el hecho de que el presidente sólo dura dos años en

su cargo promovería constantes cambios en dichos

puestos, lo que en nada abona a la profesionalización

del servicio público a cargo de los órganos de apoyo.

Así mismo, la discrecionalidad.

51 La redacción actual en su inciso e, corresponde con

la restricción que, para ser consejero, se ha prescrito

en la mayoría de las legislaciones en materia de

transparencia, que se refiere a la total desvinculación

de los aspirantes a integrar el consejo, respecto de los

partidos políticos; desvinculación que se ve debilitada

con la reforma en tanto permite el acceso a quienes

hayan ocupado cargos de elección popular, siempre y

cuando entre un evento y otro hayan transcurrido seis

años. La eliminación que se hace de la excepción a

la incompatibilidad para el ejercicio de cargos; que se

refiere a las instituciones de beneficencia es congruente

con la reciente reforma al artículo 191 de la Constitución

local y con la expedición de la Ley de Asistencia Social.

53 Aquí se elimina la decisión colegiada del consejo

para elegir y remover al personal del instituto, así

como para determinar las líneas de acción del propio

instituto contraviniendo el espíritu del reglamento del

servicio profesional de carrera para el caso del personal

operativo.

En cuanto a las atribuciones del presidente del

consejo general, destaca que mientras en dos nuevas

fracciones II y III se prevé la facultad del presidente

de celebrar presé distintas clases de convenio,

para diversos fines. Se advierte peligrosamente la

eliminación de la obligación del presidente de cumplir

Y hacer cumplir los acuerdos adoptados por el consejo

general, restándole eficacia a las determinaciones

del consejo como máxima autoridad del instituto, al

despojársele de este ente ejecutivo de sus resoluciones

las que quedan sólo al nivel de un servidor público del

instituto como es el secretario ejecutivo, de acuerdo

con el artículo 64, fracción II.

54 Como se señala en la observación anterior, en la

fracción II se deja al secretario ejecutivo como único

ente responsable de cumplir y hacer cumplir los

acuerdos del consejo general y ya no sólo en el

ámbito de su competencia.

Se introducen novedosamente los contenidos de las

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

fracciones IV Y V, en el primer caso, para dotar de fe al

secretario respecto de los acuerdos que se toman en

las sesiones del consejo, así como para llevar el trámite

de los procedimientos de responsabilidad que se sigan

en el instituto, suprimiendo de la vigente fracción IV

la atribución de supervisión del funcionamiento técnico

de los órganos del instituto del desarrollo de sus

actividades.

El resto de las fracciones únicamente se recorren en

cuanto a sus contenidos, pero destaca de la nueva

fracción VII (antes VI) que el secretario sólo será auxiliar

del presidente en la aplicación de las políticas, normas

y procedimientos para la administración de los recursos

humanos, financieros, y materiales del instituto, de

lo que se desprende que ahora esta facultad le

corresponde únicamente al presidente. Se estima

más adecuado que esta atribución siga directamente a

cargo del secretario toda vez que este funcionario es

nombrado por el pleno del consejo general.

57 Es necesario revisar los supuestos de sanción que se

eliminan a los sujetos obligados que sean personas

físicas o morales de derecho privado, ya que pudiera

resultar que las sanciones que se mantienen resultarían

insuficientes de acuerdo a la gravedad de las faltas

que se cometieran.

58 Tiene que revisarse de la fracción II, la eliminación

de los elementos valorativos de la infracción, ya que

pudiera afectar el procedimiento de aplicación de las

sanciones.

70 La redacción que se propone para este artículo puede

hacer más complicado el procedimiento de interposición

del recurso de revisión.

72 Respecto al encabezado, resulta importante señalar y

retomar las mismas observaciones que se realizaron al

artículo 13, respecto a la carga de subjetividad, más

aun cuando se trata de interposición de recursos donde

el alcance de lo pacífico no puede ser acatado en toda

su dimensión ya que se está atacando la decisión de

una autoridad que se negó a proporcionar información

que se le requirió.

Debemos señalar una vez más, que si bien existe

una regulación constitucional del derecho de petición

(Art. 8), en materia de transparencia tiene su

propia especialización y atiende a principios muy

característicos (Art. 6)

En cuanto a las fracciones, observamos lo siguiente: En

la fracción primera, se señala que el recurso no podrá

tramitarse mediante un seudónimo o el anonimato,

situación que nos parece innecesaria ya que tendría

que revelar su identidad el promovente en diferentes

situaciones a lo largo del procedimiento y si no es así,

de cualquier forma al ser un recurso jurídico en el cual

en muchos casos tendría que recurrir a un perito en

derecho por ser un procedimiento administrativo, podría

actuar perfectamente representado. No encontramos

razones para que se dé un paso atrás en esta materia.

Aún más, si consideramos que se establece la

obligación de proporcionar el nombre como un requisito

de procedencia, ya que como se señala en el

último párrafo no puede omitirse en la promoción

este requisito, lo que además nos lleva concluir que

los demás requisitos sí pueden omitirse, incluido el

domicilio para recibir notificaciones.

73 Hay que revisar el impacto que tienen los principios

de sencillez y rapidez con que se dota al trámite del

recurso de revisión, contrastándolos con la necesidad

de contar con un recurso adecuado y suficiente para

hacer valer los derechos constitucionales de acceso a

la información.

74 Se elimina la posibilidad de que el solicitante subsane

imprecisiones en el recurso, lo que aunado a la

modificación de la suplencia de la queja, podrían hacer

un recurso demasiado técnico y fuera del alcance de

los solicitantes.

78 Resulta importante señalar que se elimina la posibilidad

de que el recurrente pueda subsanar omisiones que

se pudieran detectar por parte de la secretaría, la

cual podrá desechar de plano el recurso o en su

caso, declararlo por no interpuesto. Se establece la

suplencia de la queja por parte de la secretaría, pero

dicha suplencia resulta de imposible realización, ya

que no puede cambiar ni suprimir ni agregar, luego

entonces, no existe pues deficiencia de la queja, queda

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

totalmente inoperante.

79 El restringir el acceso al procedimiento tanto al sujeto

obligado, como al recurrente, en cuanto a obtener

copias del mismo; así como la posibilidad de que, aun

cuando haya sido resulto el asunto, no se les otorgue la

versión completa de la misma, podría limitar la eficacia

del procedimiento.

80 Habría que valorar la capacidad técnica y operativa del

instituto para poder dar cabal cumplimiento a lo que se

establece en este artículo, particularmente a lo que se

refiere a subir la información de la listas diariamente a

la página web del instituto

81 Pareciera que se cuida abarcar supuestos muy

específicos sobre el recurso, pero algunos elementos

se dejan intocados y no resulta clara la redacción de

cuestiones tan importantes como lo son los plazos. Se

señala que se dictará el acuerdo transcurridos siete

días hábiles, lo que significaría que sería dictado el

acuerdo entonces al octavo día hábil ya que debe

transcurrir el séptimo, luego en el inciso e) se señala

que en el octavo día hábil siguiente se celebrará la

audiencia, surge la pregunta de si es el día siguiente

al plazo que veníamos contando de seis días para el

trámite un séptimo día para el acuerdo y un octavo para

la audiencia, o bien son ocho días hábiles adicionales.

82 Se elimina la posibilidad de que se pueden presentar

pruebas que aun cuando pudieran guardar relación con

el recurso, no serían admitidas por no formar parte del

catálogo del párrafo segundo.

84 En su primera parte parece algo rigorista, ya que no

establece la posibilidad de que el testigo no haya

podido acudir por una causa justificada. Por otro

lado, respecto al párrafo segundo, no establece la

consecuencia de que el servidor público no remita su

declaración por oficio.

85 Habría que revisar que tan práctico resulta que el

expediente quede a disposición de los consejeros

cuando ya ha sido turnado a la ponencia, que es la

que, en todo caso debe tener el acceso permanente al

expediente.

86 El sumar siete días más al trámite del recurso pudiera

contravenir el principio de rapidez que rige su trámite,

por lo que habría que revisar la conveniencia de

este plazo y buscar reducirlo o eliminarlo, incluyéndolo

dentro de los 30 días del trámite del recurso.

87 Le suprime la facultad del consejo para desechar los

recursos, con lo que dicha valoración no queda en

la máxima autoridad del órgano, lo que vale la pena

analizar por los efectos que esta figura procesal tiene.

88 Respecto a la fracción I, en cuanto a las facultades

de los mandatarios para interponer el recurso, sería

motivo de desecharlo o por tenerlo por no interpuesto,

no de sobreseimiento y menos asimilándolo a un

desistimiento, como se pretende. Se pretende

enumerar las causas por las cuales el recurso quedaría

sin materia lo cual puede ser peligroso en el sentido

de que es limitativo en cuanto a los supuestos.

Adicionalmente debe revisarse el que se pretenda

declarar el recurso sin materia cuando no se formuló

en forma pacífica y respetuosa.

89 Debe valorarse que, en aras de los principios de

sencillez y rapidez, no se caiga en la opacidad al

permitir que se modifique en demasía la redacción de

la resolución del recurso y que se pierda el sentido y

contexto de la misma.

90 El plazo para el voto particular parece reducido.

91 Debe analizarse la posibilidad de iniciar en forma

conjunta, cuando así lo amerite, la aplicación de

los medios de apremio junto con el inicio de los

procedimientos en materia de responsabilidades.

El Pleno tuvo a bien turnar dichas observaciones a

las Comisiones Unidas Primera de Gobernación y Puntos

Constitucionales y de Transparencia y Acceso a la Información

Pública, cuyos integrantes, en la sesión de instalación,

acordaron que sería el Diputado Gabriel Humberto Sepúlveda

Reyes, Presidente de la Comisión Primera de Gobernación

y Puntos Constitucionales quien presidiría los trabajos

correspondientes para el desahogo de este asunto y que

el Diputado Gerardo Hernández Ibarra, Presidente de la

Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública,

fungiría como secretario.

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

Así mismo, se acordó poner en marcha una consulta

ciudadana, a través de los medios electrónicos, encaminada

a recibir las propuestas y aportaciones de todos aquellos

interesados en las observaciones remitidas por el titular del

Poder Ejecutivo del Estado a esta Soberanía, en relación al

Decreto 1260/2010 X.V. P.E., estableciéndose el cierre de esta

consulta el día veintiocho de febrero del presente año.

Las Comisiones Unidas Primera de Gobernación y Puntos

Constitucionales y Transparencia y Acceso a la Información

Pública, después de entrar al estudio y análisis de las

observaciones propuestas por el Ejecutivo Estatal, formulan

las siguientes

CONSIDERACIONES:

La actividad legislativa en materia de transparencia y acceso a

la información pública tiene su explicación en la existencia de

la necesidad de constituir avances sustanciales en la materia;

así como el perfeccionamiento del propio funcionamiento del

Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a

la Información Pública, órgano garante de los derechos de

acceso a la información pública y de la protección de datos

personales.

En razón de tal actividad, durante el año dos mil diez surgieron

dos reformas a nuestra Ley de Transparencia, mismas que

ya fueron detalladas en el capítulo de antecedentes de

este dictamen. En dichas reformas se advierten diferencias

sustanciales, lo que derivó en debates en torno a las opiniones

que se vertieron en su oportunidad.

Ante este panorama, el titular del Poder Ejecutivo Estatal

presentó, con fundamento en el artículo 70 de la Constitución

Política del Estado, las observaciones al Decreto 1260/2010

XV P.E., mediante el cual se reforma la Ley de Transparencia y

Acceso a la Información Pública, con el propósito fundamental

de plantear a esta Soberanía una revisión integral del citado

ordenamiento jurídico

Desde la óptica de estas Comisiones Unidas, tales

observaciones son atendibles, pues están encaminadas a

solventar imprecisiones, en algunos casos y, en otros, clarificar

los preceptos que regulan la materia. Ello demuestra la gran

importancia que el tema tiene para el poder público y la

voluntad real de atender las demandas ciudadanas, siendo

ésta una de las nobles tareas que tiene el Poder Legislativo,

como es la de plasmar en preceptos jurídicos dichas demandas

ciudadanas.

En tal virtud, tomando en cuenta las observaciones del titular

del Poder Ejecutivo y de las aportaciones y opiniones que

hicieron diversas agrupaciones de la sociedad, consideramos

pertinente la abrogación del Decreto 1253/2010 XV P.E., que

reforma diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y

Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto

por los artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado,

las Comisiones Unidas Primera de Gobernación y Puntos

Constitucionales y Transparencia y Acceso a la Información

Pública, someten a la consideración del Pleno el presente

dictamen con el carácter de

[Continúa con la lectura]:

DECRETO [395/2011 II P.O.]:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se abroga el Decreto1260/2010 XV Período Extraordinario que reformadiversas disposiciones de la Ley de Transparenciay Acceso a la Información Pública del Estado deChihuahua aprobado por mayoría de votos el díaveintinueve de septiembre del dos mil diez por laSexagésima Segunda Legislatura del Estado deChihuahua.

TRANSITORIOS:

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al díasiguiente de su publicación en el Periódico Oficialdel Estado.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea túrnese a la Se-cretaría para los efectos legales correspondientes.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo,a los treinta días del mes de junio del año dos milonce.

Por las Comisiones Unidas Primera de Gobernacióny Puntos Constitucionales y de Transparenciay Acceso a la Información Pública, el de lavoz, Diputado Gabriel Humberto Sepúlveda Reyes,Presidente; Diputado Gerardo Hernández Ibarra,

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

Secretario; Diputado Héctor Rafael Ortiz Orpinel,Vocal; Diputado Alejandro Pérez Cuéllar, Vocal;Diputado Fernando Mendoza Ruíz, Vocal; DiputadaMaría de los Ángeles Bailón Peinado, Vocal;Diputado Samuel Díaz Palma, Vocal; DiputadoRaúl García Ruíz, Vocal; Diputado Francisco JavierSalcido Lozoya, Vocal y Diputada Liz AguileraGarcía, Vocal.

Es cuanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Procederemos a la votación del dictamen leído,para lo cual solicito al Segundo Secretario, DiputadoFrancisco González Carrasco, tome la votación einforme a esta Presidencia.

[Se reincorporan a la Sesión los Diputados Aguilar Jiménez y

Ríos Prieto].

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: Con supermiso, Diputado Presidente.

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasseñoras y señores Diputados, los que estén porla afirmativa respecto del contenido del dictamenantes leído, favor de expresar su voto levantando lamano en señal de aprobación; así como registrarlode manera electrónica.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: ¿Los queestén por la negativa?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

¿Los que se abstengan?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo a la Presidencia que se han manifestadopor unanimidad de votos a favor del dictamen antesleído.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba tantoen lo general como en lo particular.

6.6.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Continuando conla presentación de dictámenes se concede el usode la palabra a la Comisión de Economía para quepor conducto de sus integrantes presente al Plenolos dictámenes que ha preparado y de los cualesse ha dado cuenta a esta Presidencia.

Se concede el uso de la palabra al Diputado JaimeBeltrán del Río Beltrán del Río.

- El C. Dip. Beltrán del Río Beltrán del Río.-P.A.N.: Con su permiso, Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Beltrán del Río Beltrán del Río.-P.A.N.:

Honorable Congreso del Estado.Presente.

La Comisión de Economía, con fundamento en lodispuesto por el artículo 43 de la Ley Orgánica delPoder Legislativo, somete a la consideración delPleno el presente dictamen, elaborado con base enlos siguientes antecedentes y consideraciones.

De conformidad con el artículo 30, fracción XX dela Ley Orgánica del Poder Legislativo solicito a laPresidencia autorice la dispensa de la lectura deantecedentes y consideraciones del documento yse inserte al Diario de los Debates de la Sesión.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza,Diputado.

Adelante.

- El C. Dip. Beltrán del Río Beltrán del Río.-P.A.N.: [Texto que fue dispensada su lectura]:

[I.- Con fecha nueve de junio de dos mil once fue turnada,

a esta Comisión, para su estudio y posterior dictamen una

iniciativa con carácter de acuerdo presentada por el Diputado

a la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

del Estado, Rubén Aguilar Jiménez, por medio de la cual

se pretende exhortar al titular del Poder Ejecutivo Federal

para que a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito

Público bloquee los aumentos continuos a la gasolina; al H.

Congreso de la Unión para que cree una comisión especial

para investigar el manejo de PEMEX y su desarrollo productivo

y sectorial; así como a las Legislaturas de los Estados y a la

Asamblea del Distrito Federal para solicitarles atentamente se

adhieran al exhorto.

II.- La iniciativa se sustenta bajo los siguientes argumentos:

En lo que va del presente sexenio se han registrado 76

aumentos en la gasolina. Es decir, al inicio, en dos mil seis, la

magna costaba 6.74 y actualmente tiene un valor comercial de

9.16. La premium tiene un valor de 10.30 pesos por litro, pero

no especulemos con dos mil once, que aún no ha terminado,

veamos dos mil diez. El incremento anualizado fue de los

mismos 96 centavos, o sea del 12.3%. La inflación fue del

4.4%, por lo tanto el porcentaje de incremento de la gasolina

subió 2.75 veces más que el de la inflación de dos mil diez, lo

que trae como consecuencia, que se disparen los precios de

alimentos y otros productos.

A finales del dos mil nueve se incrementaron los precios de

los combustibles en forma gradual, esto con la finalidad de

cumplir con las previsiones de ingresos del paquete económico

dos mil diez. Desde esta fecha, los precios de la gasolina

magna registran un aumento de entre 8 centavos mensuales;

la gasolina premium tiene un incremento alrededor de cuatro

centavos por mes.

Desde el punto de vista económico suceden dos cosas.

En primer lugar, el gobierno recauda más dinero a través

de este concepto. Recordemos que parte del crecimiento

económico del primer semestre se dio en base a las

exportaciones de barriles de crudo y de los constantes

aumentos al precio de los combustibles. Y en segundo lugar,

el aumento en la gasolina se lleva de por medio a todos los

derivados del petróleo y en general a la mayoría de los precios

por el costo que se genera en transporte y otros conceptos.

Otro efecto, es que ha generado una sustitución en el consumo.

Es decir, la gasolina magna se ha convertido en un sustituto

de la premium, la población ha incrementado el consumo de

la gasolina más barata (magna) y con ello, la compra de un

combustible más contaminante.

A pesar de lo anterior y de los resultados no favorables,

la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha determinado

hacer caso omiso a las recomendaciones del propio Banco

de México, en referencia a reorientar la política que se está

llevando a cabo en el incremento a combustibles, ya que esto

podría impactar en el objetivo de la meta de inflación de 3.0

por ciento más/menos un punto porcentual.

La SHCP justifica estos aumentos señalando que el 40 por

ciento de las gasolinas que se consumen en el país se

importan de Estados Unidos de Norteamérica y en dos mil diez

se registraron precios 12 por ciento menores respecto a los

del vecino país, situación que en su concepto no es la mejor

forma de apoyar la economía, ya que el beneficio se concentra

en 20 por ciento de la población, siendo conveniente que los

recursos se destinen a apoyar a la población con menores

ingresos.

Es importante detener el aumento de los combustibles pues

como ya se ha mencionado incrementa los precios de alimentos

y otros productos como el transporte para los sectores agrícola,

granadero, pesquero, industrial, comercial y al público en

general por el uso de sus autos.

Ahora bien, cabe destacar que en México no existe una

metodología a través de la cual se establezcan los precios

de los energéticos y, lo que trae aparejado que los criterios

socio económico por los que se determinan los nuevos precios

de gasolinas y diesel creen suspicacias e incertidumbre a los

ciudadanos.

El gobierno federal, en un fallido intento por soportar la tesis de

apoyo a la economía de las familias mexicanas, ha sostenido

la idea de que subsidiando la gasolina evita desajustes en el

poder adquisitivo de los productos básicos, lo que se traduce

en simulación, pues el subsidio es mucho menor al aumento

inflacionario, además de que perjudica la economía global

del país, en virtud de que el subsidio podría ser utilizado en

sectores de desarrollo social.

Por otra parte, no podemos compararnos con otros países en

cuanto a precios de gasolina se refiere (como lo realiza la

SHCP), al menos, no podemos compararnos linealmente, en

virtud de que existen diversos factores que hay que tomar

en cuenta para fijar el precio de los combustibles, como por

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

ejemplo hacer una comparación con el PIB (per cápita), en los

niveles de crecimiento de cada país, así como en el índice

poblacional de los mismos, entre otros, y nos daríamos cuenta

de que el poder adquisitivo de los ciudadanos mexicanos está

muy por debajo del ingreso anual de los países con los cuales

nos comparan en precios de gasolina, ejemplos hay varios,

pero tomemos como referencia los siguientes países que el

gobierno federal toma para comparar y justificar el alza en

las gasolinas, aquí un comparativo en el precio por litro de

gasolina magna realizado por Pemex y Banco de México con

un tipo de cambio de $11.50 por dólar al once de mayo de dos

mil once:

PAÍS PRECIO POR LITRO

Alemania 26.84

Francia 25.28

Italia 24.92

Reino Unido 24.61

España 21.88

Japón 20.57

Brasil 19.36

India 16.74

Canadá 15.59

Costa Rica 15.25

Chile 15.22

China 13.61

Perú 13.55

Guatemala 13.31

Estados Unidos 12.23

Argentina 11.09

México 9.08

Bolivia 6.14

Venezuela 0.21

Así pues tenemos también una tabla con el PIB per cápita,

de los mismos países calculado al dos mil diez por el Banco

Mundial, con el mismo tipo de cambio que el esquema anterior:

PAÍS INGRESO PER CÁPITA

Alemania 467,705 anual

Francia 472,075 anual

Italia 403,466 anual

Reino Unido 358,397.5 anual

España 65,401 anual

Japón 456,987 anual

Brasil 94,645 anual

India 13,708 anual

Canadá 455,388 anual

Costa Rica 73,439 anual

Chile 110,906 anual

China 43,056 anual

Perú 51,393.5 anual

Guatemala 30,601.5 anual

Estados Unidos 528,873.5 anual

Argentina 87,699 anual

México 93,644 anual

Bolivia 20,217 anual

Venezuela 132,135 anual

Esto además de los niveles de población de los países antes

mencionados, según datos del Banco Mundial.

PAÍS POBLACIÓN

Alemania 82.369.548

Francia 60.876.136

Italia 58.145.321

Reino Unido 60.943.912

España 45.491.051

Japón 127.288.419

Brasil 191.908.598

India 1.147.995.898

Canadá 4.590.311

Costa Rica 4.195.114

Chile 16.454.143

China 1.330.044.605

Perú 29.797.694

Guatemala 13.002.206

Estados Unidos 303.824.646

Argentina 40.677.348

México 112.336.538

Bolivia 9.247.816

Venezuela 26.414.815

En el Partido del Trabajo consideramos que al paso que

imponen la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el

aumento para finales de este año se traducirá en una crisis

que no será posible manejar, pues al subir la gasolina todos

los productos y servicios aumentarán de precio, como ya está

sucediendo. Por ello es que a través de la presente se propone

exhortar al titular del Poder Ejecutivo Federal para que a través

de las Secretarias de Hacienda y Crédito Público y de Energía

detenga dichos aumentos a la gasolina en virtud de que es

urgente encontrar estrategias que no sean necesariamente

las impositivas o las de aumento a los insumos básicos, que

– 2927 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

golpean directamente el bolsillo de la ciudadanía.

Así también consideramos prudente exhortar al H. Congreso de

la Unión para que cree una comisión especial que investigue

el manejo de PEMEX, su desarrollo productivo y su desarrollo

sectorial; de esto último podemos señalar que desde el año

dos mil siete la Procuraduría General de la República conoció

de los malos manejos en PEMEX y decidió no ejercer acción

penal alguna.

Dentro de estos malos manejos se encuentran la manipulación

de contratos millonarios para beneficiar a diversas empresas,

detectó el pago de sobreprecios, así como desvío de recursos,

entre otros.

Resulta incomprensible y exasperarte se siga con el negocio de

vender petróleo crudo para luego adquirir productos refinados.

Ello no sólo atenta contra las finanzas de PEMEX, sino

constituye un grave lastre para el conjunto de la economía

nacional. No hay razón que valga para la insistencia en los

aumentos a la gasolina ni para seguir retrasando una obra

de infraestructura que es vital para la mejoría de las finanzas

públicas, para la economía nacional en su conjunto y para la

soberanía del país.

La Comisión de Economía, después de entrar al estudio y

análisis de la iniciativa de mérito, formula las siguientes

CONSIDERACIONES:

1.- Es menester señalar que la pretensión del iniciador, misma

que en el primer punto del acuerdo solicitado pretende exhortar

al titular del Poder Ejecutivo Federal para que a través de

la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se detenga el

aumento al precio de la gasolina, cuenta con un antecedente

legislativo en el mismo sentido ya que con fecha cinco de

noviembre de dos mil diez fue enviada una iniciativa con

carácter de acuerdo presentada por los Diputados integrantes

del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la

Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del

Estado, por medio de la cual se exhortó, de manera respetuosa,

al Ejecutivo Federal para que por conducto de la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público se suspenda el incremento en los

precios de las gasolinas.

Como se desprende del párrafo anterior la iniciativa ahora en

estudio, pretende, en el primer punto del acuerdo, exactamente

lo mismo que la ya enviada el pasado mes noviembre; así

pues, esta Comisión da por satisfecha dicha petición del

iniciador por lo señalado anteriormente y a continuación:

Cabe señalar que el Congreso del Estado de Chihuahua

recibió respuesta en relación al acuerdo de fecha cinco de

noviembre de dos mil diez señalado con anterioridad, donde el

señor Juan Manuel Pérez Porrúa, Jefe de la Unidad de Política

de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,

mediante oficio de fecha dieciséis de diciembre de dos mil

diez, informa a esta Asamblea que el diferencial de precios de

la gasolina magna y el diesel entre México y Estados Unidos se

ha mantenido a pesar de los incrementos realizados en lo que

va del año, es decir, los precios mexicanos continúan siendo

menores a los de nuestro socio comercial. Dada la tendencia

creciente de los precios internacionales, congelar los precios

de los combustibles en México lo rezagaría aún más, por lo

que los consumidores del sur de los Estados Unidos tendrían

mayores incentivos a cruzar la frontera con nuestro país para

abastecerse de dichos combustibles, trasladando el apoyo que

se pretende otorgar a los consumidores mexicanos hacia los

consumidores estadounidenses.

Así mismo, agrega que el diferencial de los precios respecto

de los vigentes en Estados Unidos representa un apoyo a los

consumidores mexicanos. Sin embargo, en el caso de las

gasolinas, aproximadamente 50% del apoyo beneficia al 20%

de la población con mayores ingresos en nuestro país, es

decir, se trata de un apoyo regresivo.

Continua el oficio señalando que de suspender el desliz de

los precios de la gasolina y el diesel provocaría un aumento

en el IEPS negativo; resumiendo que debido a que cerca del

40% de las gasolinas se importan, el tener un precio inferior al

internacional significa una erogación importante de recursos al

importar gasolinas a un precio superior al precio de venta en

nuestro país, con una repercusión negativa en las finanzas.

Por último, informa que mantener sin cambios los precios

nominales de las gasolinas y el diesel dañaría severamente las

finanzas públicas del país, y a la postre, obligaría a imponer

cargas fiscales mayores a consumidores y contribuyentes, o a

reducir el gasto de los gobiernos federal, estatal y municipal.

En razón de la respuesta antes descrita, y por haberse

enviado idéntico acuerdo el pasado mes de noviembre, se da

por satisfecha la primera pretensión del iniciador.

– 2928 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

2.- Por lo que toca a la segunda parte del acuerdo, esta

Comisión considera oportuno se exhorte al H. Congreso de la

Unión para que en uso de las facultades que le son propias

cree una comisión especial con la finalidad de que investigue

el manejo de PEMEX, su desarrollo productivo y sectorial. Lo

anterior en un claro afán de transparentar el manejo de la

paraestatal y, por tanto, que los ciudadanos puedan acceder a

unas finanzas públicas claras, transparentes y al alcance de

todos y todas.

En virtud de lo anteriormente señalado, esta Comisión

considera oportuno dar por satisfecho el primer punto del

acuerdo, subsistiendo tal como lo pretende el iniciador el

segundo y tercer punto del mismo.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto

por los artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado;

así como 43, 52, 59, 98 y 99, primer párrafo de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo la Comisión de Economía somete a la

consideración del Pleno el presente dictamen con el carácter

de]

[Continúa con la lectura]:

ACUERDO [208/2011 II P.O.]:

[PRIMERO.-] Esta Sexagésima Tercera Legislatura delHonorable Congreso del Estado declara satisfechala solicitud relativa a exhortar al Ejecutivo Federalpor conducto de la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico, para detener el aumento a los precios delas gasolinas, por las razones expuestas en lasconsideraciones del presente acuerdo.

SEGUNDO.- Por otra parte, esta SexagésimaTercera Legislatura del Honorable Congreso delEstado exhorta al Honorable Congreso de la Uniónpara que se cree una comisión especial con lafinalidad de que se investigue el manejo de PEMEX,su desarrollo productivo y su desarrollo sectorial,con el objeto de determinar la situación de laparaestatal y realizar un análisis financiero delmismo.

TERCERO.- La Sexagésima Tercera Legislaturadel Honorable Congreso del Estado exhorta alas Legislaturas de los Estados y a la Asamblea

del Distrito Federal, para sutil… para solicitarles,atentamente, se adhieran al presente exhorto.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea túrnese a laSecretaría para que ejecute los acuerdos tomadoscon anterioridad y elabore la Minuta en los términoscorrespondientes.

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio del PoderLegislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chih., a lostreinta días del mes de junio del año dos mil once.

Por la Comisión de Economía. Diputado RenéFranco Ruiz, Presidente; Diputado Ricardo AlánBoone Salmón, Secretario; Diputado GabrielHumberto Sepúlveda Reyes, Vocal; Diputado JoséAlfredo Ramírez Rentería, Vocal y, el de la voz,Diputado Jaime Beltrán del Río Beltrán del Río,Vocal.

Es cuanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Procederemos a la votación del dictamen leído paralo cual solicito a la Primera Secretaria, DiputadaPatricia Flores González tome la votación e informea esta Presidencia.

- La C. Dip. Primera Secretaria.- P.A.N.: ¡Congusto, señor Presidente!

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasseñoras y señores Diputados los que estén porla afirmativa respecto del contenido del dictamenantes leído favor de expresar su voto levantando lamano en señal de aprobación; así como registrarlode forma electrónica.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- La C. Dip. Primera Secretaria.- P.A.N.: ¿Los queestén por la negativa?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

¿Los que se abstengan?

– 2929 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo a la Presidencia que se han manifestadopor unanimidad de votos a favor del dictamen antesleído.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba tantoen lo general como en lo particular.

6.7.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Continuando conla presentación de dictámenes de la Comisión deEconomía se concede el uso de la palabra alDiputado Gabriel Humberto Sepúlveda Reyes.

- El C. Dip. Sepúlveda Reyes.- P.R.I.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Sepúlveda Reyes.- P.R.I.:

Honorable Congreso del Estado.Presente.

La Comisión de Economía, con fundamento en elartículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo,somete a la consideración del Pleno el presentedictamen, elaborado en base [en los siguientes]

antecedentes, consideraciones y acuerdo.

De conformidad con el artículo 30, fracción XX dela Ley Orgánica del Poder Legislativo solicito austed, señor Presidente, autorice la dispensa de lalectura de antecedentes y de las consideracionesdel documento y estas se inserten al Diario deDebates de la Sesión.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza,Diputado.

- El C. Dip. Sepúlveda Reyes.- P.R.I.: Gracias,señor Presidente.

[Texto que fue dispensada su lectura]:

[I.- Con fecha veintiuno de junio de dos mil once, fue turnada

para estudio y posterior dictamen, a esta Comisión, iniciativa

con carácter de acuerdo presentada por los Diputados Ricardo

Orviz Blake y Jesús José Sáenz Gabaldón, integrantes del

Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso

del Estado, por medio de la cual pretenden se exhorte a

la Comisión Federal de Electricidad para que reclasifique la

tarifa eléctrica de los Municipios de Jiménez, La Cruz y San

Francisco de Conchos, lo anterior en atención al cambio

climático y a las mediciones efectuadas por la Comisión

Nacional del Agua y la Universidad Autónoma de Chihuahua.

II.- La iniciativa se sustenta bajo los siguientes argumentos:

La energía eléctrica es un factor fundamental en el mundo

moderno. Los electrodomésticos, como su nombre indica,

consumen energía eléctrica. Sin embargo, pocas veces se ha

realizado un reporte sobre lo que cuesta a los consumidores

la energía que cada uno de estos consumen, contribuyendo al

detrimento de la economía familiar.

Se considera que una familia de 3 integrantes en un hogar

típico, de alrededor de 85 metros cuadrados son factores

importantes para determinar algunos consumos; así como la

superficie del domicilio o la cantidad de personas que habitan

el lugar.

Si el ingreso de la familia, se encuentra significativamente sobre

el ingreso promedio, se tendrá acceso a electrodomésticos de

alto consumo, aparte de los de uso común, y así generarán

un mayor gasto que lo generado en una familia con menores

ingresos.

Otro factor es la edad de las personas que viven en

la casa, ya que si predominan los niños, la televisión

y los videojuegos permanecerán más tiempo encendidos

aumentando el consumo eléctrico, esto no ocurre en aquellas

familias donde entre sus integrantes no tienen menores

en casa, ya que trabajan todo el día, teniendo gastos

considerablemente menores, pues la cantidad de energía

consumida está directamente relacionada con la cantidad de

tiempo que esté encendido el electrodoméstico.

Resulta importante destacar que los gastos antes mencionados

en su mayoría son consecuencia del uso diario de los aparatos

electrodomésticos, factores primordiales para la preservación

de la vida actual, es indiscutible el cobro justo del servicio

prestado por la Comisión Federal de Electricidad.

– 2930 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

Pero existe un factor contundente que escapa de las manos

de todos los consumidores y merma la economía familiar,

ese factor es el clima, que influye de manera importante

en el consumo de energía, si el lugar es en extremo frío,

se necesitará el uso de calefacción en toda la casa, por

el contrario, si hace calor se requerirá el uso de aire

acondicionado.

Recordemos que mundialmente el efecto invernadero ha

afectado diversas regiones, y en especial a nuestro Estado,

específicamente a los municipios de Jiménez, La Cruz y San

Francisco de Conchos que han registrado un aumento de

temperaturas resultando esto en un aumento importante en

el consumo de energía eléctrica teniendo como consecuencia

más gasto del presupuestado en el bolsillo familiar.

Las regiones de Jiménez, La Cruz y San Francisco de Conchos

se encuentran consideradas por la Comisión Federal de

Electricidad con la tarifa 1A, y a raíz de las altas temperaturas

registradas, se han tomado mediciones y registros con el

apoyo de personal de la Universidad Autónoma de Chihuahua

así como de la Comisión Nacional del Agua, buscando poder

alcanzar los beneficios que traería la aplicación de la tarifa 1B.

Resulta increíble el criterio de la Comisión Federal de

Electricidad, que los Municipios de Delicias, Saucillo, Camargo,

Ojinaga y Parral gocen de la tarifa 1B, mientras que Jiménez,

La Cruz y San Francisco de Conchos que se encuentran

en la misma región geográfica centro-sur del Estado no se

encuentren en esta clasificación.

Para concluir, existen, muchos factores que influyen en la

generación del consumo eléctrico de cada domicilio. Pero

resulta importante mencionar que los factores climáticos deben

tomarse en cuenta para considerar una reclasificación de

tarifas a los Municipios de Jiménez, La Cruz y San Francisco

de Conchos para que sean beneficiados. Los Municipios de

Delicias, Camargo, Ojinaga y Parral ya son beneficiados con

la tarifa 1B, beneficio que a la vez se verá reflejado en un

aumento en la recaudación para las arcas de la Comisión

Federal de Electricidad, ya que a los ciudadanos les serás

más fácil cubrir sus consumos.

La Comisión de Economía, después de entrar al estudio y

análisis de la iniciativa de mérito, formula las siguientes

CONSIDERACIONES:

I.- La pretensión que plasman los iniciadores, la cual tiende a

salvaguardar la economía de miles de familias chihuahuenses

que habitan en los Municipios de Jiménez, La Cruz y San

Francisco de Conchos, consiste básicamente en atender la

problemática que surge para las mencionadas poblaciones el

contar con una tarifa eléctrica denominada 1A por la Comisión

Federal de Electricidad, lo cual les incrementa de forma

exponencial el costo del servicio, en comparación con regiones

colindantes que tienen una tarifa menor en el consumo de

dicho energético.

A fin de entender a cabalidad el tema se deben hacer ciertas

precisiones, sobre todo en cuanto a los criterios que toma

en cuenta la Comisión Federal de Electricidad para hacer el

cobro, que atiende principalmente a tres factores: La tarifa, si

es temporada de verano o invierno y al consumo de kilovatios

por hora.

Por ser parte central de la propuesta de los iniciadores, se

ahondará en lo que hace al concepto de la tarifa.

Existen muchos tipos de tarifa, como las domésticas de alto

consumo o las que aplican a negocios y empresas, pero en

esta ocasión se hará hincapié en las domésticas. La Comisión

Federal de Electricidad basa las tarifas en la temperatura

ambiente de cada localidad, entre más calor más benévola

resulta, existen siete tipos de tarifas las cuales son:

- 1.

- 1A: Temperatura media mensual en verano de 25 grados

centígrados como mínimo.

- 1B: Temperatura media mensual en verano de 28 grados

centígrados como mínimo.

- 1C: Temperatura media mensual en verano de 30 grados

centígrados como mínimo.

- 1D: Temperatura media mensual en verano de 31 grados

centígrados como mínimo.

- 1E: Temperatura media mensual en verano de 32 grados

centígrados como mínimo.

- 1F: Temperatura media mensual en verano de 33 grados

– 2931 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

centígrados como mínimo.

Se puede afirmar que resulta increíble e ilógico pensar

que, dadas las condiciones climatológicas que imperan en

la entidad, donde el clima se califica de seco y extremoso,

con temperaturas superiores a los 40 grados centígrados en

algunas zonas durante el verano, se pueda catalogar a los

municipios en cuestión dentro de la tarifa 1A que contempla

como media mensual 25 grados centígrados.

Como consecuencia de las altas temperaturas en verano, tal

como señala la iniciativa en estudio, los habitantes de dichos

municipios deben hacer uso de diversos electrodomésticos

como aires acondicionados, ventiladores, sistemas de

refrigeración, entre otros, a fin de mitigar el caluroso clima;

lo cual obviamente se ve reflejado en su respectivo recibo de

electricidad, en menoscabo de su economía familiar.

II.- Cabe señalar que la propuesta de los iniciadores no surge

de manera aislada sino que, desde años atrás, los diputados

y las diputadas de otras legislaturas han venido realizando

esfuerzos tendientes a solucionar este tipo de problemas que

surgen en relación a las inadecuadas tarifas eléctricas.

Por ejemplo, el día veintinueve de septiembre del año dos mil

diez se aprobó una iniciativa de acuerdo presentada por el

entonces Diputado a la Sexagésima Segunda Legislatura del H.

Congreso del Estado de Chihuahua Manuel Humberto Olivas

Caraveo, la cual tenía como finalidad exhortar a la Secretaría

de Hacienda y Crédito Público para que en coordinación con

las Secretarías de Energía y de Economía se incrementara el

subsidio de las tarifas eléctricas correspondientes al servicio

doméstico en virtud del clima extremoso que presenta el

Estado de Chihuahua.

Así mismo, el día ocho de septiembre del año dos mil nueve

aprobó, el Pleno del H. Congreso del Estado de Chihuahua,

dos iniciativas con carácter de acuerdo. La primera, presentada

por el Diputado José Luis Cisneros Carlos; y la segunda, por

la Diputada Nadia Hanoi Aguilar Gil, en las que exhortan a la

Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al Presidente de la

República; así como al Gobernador del Estado a realizar las

acciones y medidas pertinentes que contribuyan a aminorar

los costos de energía eléctrica en el Estado de Chihuahua.

El día siete de octubre del año dos mil ocho fue aprobada

por el H. Congreso del Estado de Chihuahua iniciativa de

acuerdo presentada por los Diputados Arturo Zubía Fernández

y José Luis Cisneros Carlos, donde se instruye a la Junta

de Coordinación Parlamentaria con el fin de que lleve a cabo

las acciones necesarias para que se reinstalen formalmente

los trabajos tendientes a la reubicación tarifaria de algunos

municipios de la Entidad.

De igual manera el segundo punto del acuerdo solicita a la

mesa técnica designada para tal efecto, a que realice un

estudio sobre la factibilidad en la modificación de los criterios

para determinar la tarifa de energía eléctrica de uso doméstico

establecidos en el acuerdo que autoriza el ajuste, modificación

y reestructuración a las tarifas para suministro y venta de

energía eléctrica y reduce el subsidio a las tarifas domésticas.

Casi en el mismo sentido pretendido por los iniciadores,

el día veintiuno de septiembre de dos mil diez el H.

Congreso del Estado de Chihuahua aprobó una iniciativa

de acuerdo presentada por la Diputada a la Sexagésima

Segunda Legislatura, Alma Rosa Núñez González, con la

finalidad de exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito

Público, a fin de modificar la tarifa eléctrica que se aplica al

Municipio de Moris, Chihuahua.

De igual manera, el once de noviembre del año dos mil

cuatro fue aprobada iniciativa de acuerdo, donde se instruye

a la Junta de Coordinación Parlamentaria para que lleven a

cabo las acciones pertinentes a fin de que se reinstale el

procedimiento sobre mediciones de temperatura que buscan

la reubicación tarifaria de los municipios de la Entidad.

III.- En vista de lo expuesto en párrafos anteriores, es evidente

el esfuerzo que esta Alta Representación Social ha venido

llevando a cabo en el mismo orden de ideas que plantea la

iniciativa que nos ocupa, por lo que se deja ver que es un

problema que ha aquejado a los habitantes del Estado de

Chihuahua desde hace tiempo.

Resulta desproporcional e inequitativo que la Comisión Federal

de Electricidad mantenga la tarifa 1A en los Municipios de

Jiménez, La Cruz y San Francisco de Conchos, ya que como

se señaló anteriormente las temperaturas promedio exceden

por mucho a las establecidas para tal efecto. Aunado a lo

anterior, se encuentra el hecho de que los Municipios de

Delicias, Saucillo, Camargo, Ojinaga y Parral gozan de la

tarifa 1B, pese a contar con condiciones climatológicas muy

similares entre sí, por lo que atendiendo a la lógica, deberían

– 2932 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

contemplarse bajo una misma tarifa.

Debe tomarse en cuenta que este es un sentido reclamo

social que debe priorizar la Comisión Federal de Electricidad

para reclasificar las tarifas en los mencionados municipios, o

explique el por qué no ha de hacerlo.

En virtud de las razones antes esgrimidas, esta Comisión

considera oportuna y necesaria la iniciativa en estudio ya que

como pudo percibirse, el problema de las inadecuadas tarifas

eléctricas en ciertos municipios del Estado de Chihuahua es

un lastre que se viene arrastrando desde años atrás y se

debe atender por la gran trascendencia social que tiene por

ser un factor decisivo en las economías de muchas familias

chihuahuenses.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto

por los artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado;

así como 43, 52, 59, 98 y 99 primer párrafo de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo la Comisión de Economía somete a la

consideración del Pleno el presente dictamen con el carácter

de]

[Continúa con la lectura]:

ACUERDO [209/2011 II P.O.]:

ÚNICO.- La Sexagésima Tercera Legislatura delHonorable Congreso del Estado de Chihuahuaexhorta de manera respetuosa a la ComisiónFederal de Electricidad para que reclasifique latarifa eléctrica de los Municipios de Jiménez, LaCruz y San Francisco de Conchos, lo anterior enatención al cambio climático y a las medicionesefectuadas por la Comisión Nacional del Agua y laUniversidad Autónoma de Chihuahua.

ECONÓMICO.- Acue… aprobado que sea túrnese ala Secretaría para que elabore la Minuta de Acuerdoen los términos correspondientes.

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio del PoderLegislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chih., a losdías treinta del mes de junio del año dos mil once.

Por la Comisión de Economía. Diputado RenéFranco Ruiz, Presidente; Diputado Ricardo AlánBoone Salmón, Secretario; Diputado Jaime Beltrán

del Río, Vocal y, el de la voz, Diputado GabrielHumberto Sepúlveda Reyes, Vocal y, Diputado JoséAlfredo Ramírez Rentería, Vocal.

Es cuanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Procederemos…

Gracias, Diputado.

Procederemos a la votación del dictamen leído,para lo cual solicito al Segundo Secretario,Francisco González Carrasco, tome la votación einforme a esta Presidencia.

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: Con supermiso, Diputado Presidente.

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasseñoras y señores Diputados, los que estén porla afirmativa respecto del contenido del dictamenantes leído, favor de expresar su voto levantandola mano en señal de aprobación; así como presionarel botón correspondiente.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: ¿Los queestén por la negativa?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

¿Los que se abstengan?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo a la Presidencia que se han manifestadopor unanimidad de votos a favor del dictamen antesleído.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba tantoen lo general como en lo particular.

6.8.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Continuando conla presentación de dictámenes de la Comisión de

– 2933 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

Economía, se concede el uso de la palabra alDiputado José Alfredo Ramírez Rentería.

- El C. Dip. Ramírez Rentería.- P.R.D.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Ramírez Rentería.- P.R.D.:

Honorable Congreso del Estado.Presente.

La Comisión de Economía, con fundamento en lodispuesto por el artículo 48 de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo, somete a consideración delPleno el presente dictamen, elaborado con base enlos siguientes antecedentes.

De conformidad con el artículo 30, fracción XX dela Ley Orgánica del Poder Legislativo solicito a laPresidencia autorice la dispensa de la lectura de losantecedentes y remitirme a las consideraciones deldocumento y se inserten al Diario de los Debatesde la Sesión.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza,Diputado.

Adelante.

- El C. Dip. Ramírez Rentería.- P.R.D.: [Texto que

fue dispensada su lectura]:

[I.- Con fecha dieciséis de junio de dos mil once, fue turnada

para su estudio y posterior dictamen iniciativa con carácter

de acuerdo presentada por la Diputada Gloria Guadalupe

Rodríguez González con la finalidad de exhortar al Ejecutivo

Federal para que a través de sus respectivas secretarías se

baje el costo de los insumos que los productores industriales

de tortilla utilizan para producirla.

La iniciativa en comento se sustenta en los siguientes

argumentos:

La tortilla, en nuestro país, forma parte de la dieta básica de

millones de personas. A la hora de comer, la tortilla de maíz

forma parte esencial de los platillos que millones de mexicanos

preparan y consumen diariamente.

Al ser un producto tan común y relativamente accesible, las

familias consumen varios kilogramos de tortilla a la semana,

y en algunos lugares de la República, como Mexicali y

Hermosillo, su precio es muy alto, alcanzando los 15 pesos

con 40 y 25 centavos respectivamente. Si suponemos que

una familia de clase baja o media, de cuatro a cinco miembros

llega a consumir un kilogramo de tortilla diario, y pensando

que esta familia sobrevive con el salario mínimo, tenemos que

pueden llegar a gastar aproximadamente más de 100 pesos a

la semana, como mínimo, lo cual representa aproximadamente

una cuarta parte del salario de toda una semana de trabajo.

En el caso de Chihuahua, que pertenece al área geográfica C (a

excepción de Juárez, Praxedis G. Guerrero y Guadalupe) cuyo

salario es de 56.70, la tortilla cuesta 12.60 pesos, y si hacemos

la misma suposición que en los casos anteriores, tendremos

que una familia chihuahuense gastaría aproximadamente 88.20

pesos a la semana en este producto, representando más de la

cuarta parte del salario de una semana.

Cabe mencionar que en tiendas de autoservicio la tortilla tiene

un precio de 8.66 pesos, habiendo una diferencia de casi

cuatro pesos entre ambos precios, pero una gran diferencia

en cuanto a la calidad del producto, pues en una tortillería,

lo que cuesta es la mano de obra, el uso del gas, y de la

electricidad, más la calidad de la masa, que combinadas dan

una tortilla de calidad y basta en sabor, y con la seguridad

de que es un producto recién hecho, mientras que en una

tienda de autoservicios la calidad del producto mengua, pues

debido a que no es el negocio principal no tienen el mismo

interés que una tortillería pues esta debe ofrecer un producto

de gran calidad para cautivar al público, mientras que las

tiendas de autoservicio se sostienen con la venta del sin fin de

productos que ofrecen, si el productor de tortilla no tiene un

buen producto, simplemente no vende y su negocio se va a la

quiebra.

Debemos tomar en cuenta que la tortilla es consumida en

grandes cantidades en algunos Estados más que en otros; pero

en cada ciudad de la República, los platillos mexicanos siempre

serán elaborados a base de tortilla de maíz o acompañados

de esta.

En meses pasados se dio a conocer, ante los medios de

comunicación, por parte del líder de la Unión Nacional de

Industriales de Molinos y Tortillerías un incremento en el precio

– 2934 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

del kilogramo de tortilla, de ocho a doce pesos y en algunas

Entidades donde el costo oficial es de nueve pesos pagarán

trece o hasta quince pesos, argumentando los productores que

dicho incremento se justifica por el aumento de los insumos

energéticos necesarios para la producción de este alimento

básico.

Este es el motivo por el cual exhortamos al Ejecutivo Federal

a fin de que se otorguen subsidios o se baje el costo de

estos insumos como son la electricidad y el gas para que los

productores no se vean obligados a aumentar el precio de este

producto que las familias mexicanas consumen de manera

diaria.

Esta medida que tomaría el Ejecutivo a través de las

dependencias correspondientes no sólo beneficiaría la

economía de los productores de tortilla, sino que se reflejaría

en toda la población. En el caso de nuestro Estado, otorgar

subsidios al gas y a la electricidad representaría una gran

ayuda pues ésta ha sido golpeada en su economía por la

constante alza de precios en productos como la gasolina y el

gas, y los que más resienten estos aumentos son los sectores

populares, aunado a que en nuestro Estado carecemos de

subsidios para el gas y la electricidad siendo que es de clima

extremo pues en verano tenemos temperaturas de hasta 50

grados centígrados, y en invierno las temperaturas bajan hasta

-20 grados centígrados en regiones de la Sierra Tarahumara,

lo cual provoca que los ciudadanos paguen por estos servicios,

cantidades que rebasan su presupuesto, todo con el propósito

de soportar las altas y bajas temperaturas de nuestro Estado.

En esta temporada, el calor ha sido insoportable en los primeros

meses ya hemos alcanzado temperaturas que sobrepasan los

40 grados centígrados y aún no empieza el verano. Además,

la temporada de lluvias está retrasada y lo más probable es

que en este dos mil once enfrentemos un período de sequía,

lo que provocará graves daños en el campo, y en la economía

de los habitantes, además de serios riesgos para su salud.

Si tomamos en cuenta la reciente crisis económica y el

desempleo que afecta a millones de familias mexicanas,

además de que el salario mínimo en nuestra Entidad es muy

bajo como para satisfacer todas las necesidades de una familia

como lo son alimentación, escuela, ropa, y pago de servicios,

este aumento a un alimento presente diariamente en la mesa

de estas familias, representa un golpe más a su ya tan dañada

economía.

Los productores de tortilla son también personas que sostienen

a una familia, que además mantienen viva parte de la economía

de nuestro país, y que sufren, como todos, por las crisis

económicas y el alza a los servicios que son necesarios para

crear su producto, y en consecuencia se ven obligados a

incrementar sus precios. Por ello, se pide al Gobierno Federal

que se otorgue subsidios a la luz, el gas o incluso se bajen

los precios de estos insumos, con la finalidad de que los

productores industriales de tortillas no se vean afectados, y

las familias mexicanas puedan acceder a estos productos,

pues para algunos, cuatro pesos, pudiera ser un aumento

insignificante, pero para los sectores populares que consumen

este producto diariamente, representa aproximadamente un

25% del salario de una semana, lo cual es trascendente para

estas familias.

Este exhorto pudiese parecer repetitivo, pues tanto la solicitud

de los subsidios al gas y electricidad para nuestro Estado; así

como la disminución del costo de los insumos, es una cuestión

que se le ha venido solicitando al Ejecutivo en cada legislatura,

y por diferentes diputados, y siempre se obtiene una negativa,

o en muchos de los casos, ni siquiera una respuesta, pero no

debemos quitar el dedo del renglón, no podemos permitir que

una necesidad tan sentida de nuestro Estado, tan apremiante,

quede en el olvido, pues es obligación de todo gobierno, velar

por los intereses de los ciudadanos.

Ahora bien, los suscritos al entrar al estudio y análisis de la

iniciativa en comento, formulamos las siguientes]

[Continúa con la lectura]:

Número uno.

CONSIDERACIONES:

I.- En México la tortilla ha formado parte de laalimentación básica de nuestras familias desdelas culturas prehispánicas de Mesoamérica, lascuales datan desde el año 2500 Antes de Cristo,aproximadamente.

El procedimiento para elaboración de… deelaboración es muy similar al nuestro… de nuestrosantepasados prehispánicos. A partir del nixtamal,que consiste en cocer el grano de maíz en agua

– 2935 –

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hervida en una base de cal; así se consiguela suavidad, el aroma y el sabor que todos losmexicanos buscamos en la tortilla.

La importancia de la tortilla en México es tal,que forma parte cultural de diversos pueblosoriginarios de América y consumo… y su consumoha trascendido hasta los tiempos actuales, siendohasta la prota… siendo ésta la protagonista demuchos platillos típicos mexicanos, que junto conel tequila y el chile es signo culinario de México enel mundo.

La tortilla es una de las pocas remisiaciones[reminiscencias] que ha logrado salir triunfante de lacolonización española, siendo la misma desde quenuestros antepasados la fabricaban mucho antesde la llegada de los conquistadores hasta la fecha.

Ésta misma contribuye a gran parte de la energíadiaria que necesitamos por su alto contenido dehidratos de carbono; además, es rica en calcio,fibra y potasio, y baja en grasas y sodio. Seconsidera que de los requerimientos nutricionalesdiarios, la tortilla provee, aproximadamente, 45% delas calorías, 39% de las proteínas y 49% del calcio.Incluso, en algunas zonas rurales, proporcionaaproximadamente 70% de las calorías y 50% delconsumo proteico diario. Por ello, y con mucharazón, un alto porcentaje de la población mexicanaconsidera la tortilla como un alimento de primeranecesidad.

II.- En la última década, el precio de la tortillase incrementó más de 400 por ciento, mientrasque el ingreso familiar, respecto al salario mínimo,disminuye en un 30 por ciento, informó Felipe Torres[Torres], académico del Instituto de InvestigacionesEconómicas de la Universidad Nacional Autónomade México.

El consumo de la tortilla puede verse afectadodebido a la alza de precios, por ello, que comola inisadora… la iniciadora hace mención, [será de]

gran ayuda para los productores y consumidoresde ésta, el subsidio o bajar por los precios actualesdel gas y [electricidad] para las pequeñas y medianas

empresas dedicadas a la producción de tortilla engeneral.

Núme…

III.- [Como] la iniciativa en estudio propone esmenester que el titular del Poder Ejecutivo Federala través de sus respectivas secretarías baje el costode los insumos que los productores industriales detortilla utilizan para producirla, como también unsubsidio en los precios actuales de la electricidady el gas para las pequeñas y medianas empresasdedicadas a la producción de la misma, buscandoasí la estaba… estabilización del precio en la tortilla.

Por lo expuesto anteriormente, la Comisión deEconomía con fundamento en lo dispuesto en losartículos 57 y 58 de la Constitución Política delEstado de Chihuahua; y los artículos 43, 52, 59,98 y 99, primer párrafo de la Ley Orgánica delPoder Legislativo del Estado de Chihuahua, sometea la consideración de al… de este Alto CuerpoColegiado el siguiente proyecto de

ACUERDO [210/2011 II P.O.]:

PRIMERO.- La Sexagésima Tercera Legislaturadel Honorable Congreso del Estado de Chihuahuasolicita, de manera respetuosa, al Ejecutivo Federalpara que a través de sus respectivas secretaríasanalicen qué tipo de insumos afectan directa oindirectamente el precio de la tortilla y dispongan[que] baje el costo de los insumos que losproductores industriales utilizan para producirla;esto, con el afán de que puedan estabilizar el preciode la tortilla.

SEGUNDO.- La Sexagésima Tercera Legislaturadel Honorable Congreso del Estado de Chihuahua,solicita, de manera respetuosa a la Secretaríade Energía; así como a la Comisión Federal deElectricidad, para que subsidien la electricidad y elgas, a las pequeñas y medianas empresas, y quede igual manera, a la Secretaría de Economía paraque en busca… en busca [busque] mecanismos parael apoyo mejor del sector.

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TERCERO.- Remítase copia del acuerdo; así comode la iniciativa que le da origen a la dependenciaantes mencionada, para los efectos a que hayalugar.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea se ordena la…se elabore la Minuta de Acuerdo en los términosque deba publicarse.

Dado en el sesión de… dado en el Salón deSesiones del Poder Legislativo del Estado de ciudadde Chihuahua, Chih., a los treinta y… a los treintadías del mes de junio del año dos mil once.

Por la Comisión de Economía. Diputado RenéFranco Ruiz, Presidente; Diputado Ricardo AlánBoone Salmón, Secretario; Diputado Jaime Beltrándel Río, Vocal; Diputado Gabriel HumbertoSepúlveda Reyes, Vocal y, el de la voz. [Diputado

José Alfredo Ramírez Rentería, Vocal].

Es cuanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Procederemos a la votación del dictamen leído paralo cual solicito a la Primera Secretaria, DiputadaPatricia Flores González tome la votación e informea esta Presidencia.

- La C. Dip. Primera Secretaria.- P.A.N.: ¡Congusto, señor Presidente!

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasseñoras y señores Diputados los que estén porla afirmativa respecto del contenido del dictamenantes leído favor de expresar su voto levantando lamano en señal de aprobación; así como registrarlode forma electrónica.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- La C. Dip. Primera Secretaria.- P.A.N.: ¿Los queestén por la negativa?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

¿Los que se abstengan?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo a la Presidencia que se han manifestadopor unanimidad de votos a favor del dictamen antesleído.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba tantoen lo general como en lo particular.

6.9.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Continuando conla presentación de dictámenes de la Comisión deEconomía se concede el uso de la palabra alDiputado Ricardo Alán Boone Salmón.

- El C. Dip. Boone Salmón.- P.R.I.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Boone Salmón.- P.R.I.: La Comisiónde Economía, con fundamento en lo dispuestopor el artículo 43 de la Ley Orgánica del PoderLegislativo, somete a la consideración del Plenoel presente dictamen, elaborado con base en lossiguientes antecedentes y consideraciones.

Señor Presidente, de conformidad con el artículo30, fracción XX de la Ley Orgánica del PoderLegislativo solicito se autorice la dispensa de lalectura de antecedentes y de las consideracionesdel documento y se inserte al Diario de los Debatesde la Sesión.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza,Diputado.

Adelante.

- El C. Dip. Boone Salmón.- P.R.I.: Gracias.

[Texto que fue dispensada su lectura]:

[I.- Con fecha catorce de junio del año dos mil once,

fue turnada para estudio y dictamen, a esta Comisión,

iniciativa con carácter de acuerdo presentada por las y los

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Diputados Ricardo Alán Boone Salmón, Francisco Salcido

Lozoya, Liz Aguilera García, Gabriel Sepúlveda Reyes,

Gerardo Hernández Ibarra, Alex Le Barón González, Francisco

González Carrasco, Fernando Mendoza Ruíz, Jesús José

Sáenz Gabaldón, Guadalupe Rodríguez González, Ricardo

Orviz Blake y Alejandro Domínguez Domínguez, integrantes del

Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso

del Estado, por medio de la cual pretenden exhortar al

Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Economía,

a fin de que modifique la Norma Oficial Mexicana NOM-179-

SCFI-2007, denominada Servicios de Mutuo con Interés y

Garantía Prendaria; así como también para que se solicite a

la Procuraduría Federal del Consumidor, realice acciones de

verificación y vigilancia a los comercios denominados casas

de empeño, a fin de evitar que comercialicen objetos robados.

II.- La iniciativa se sustenta bajo los siguientes argumentos:

En nuestra Entidad se ha convertido una práctica recurrente

el hecho de que los delincuentes acudan a las denominadas

casas de empeño dejando en prenda artículos robados; ante

esta problemática es necesario encontrar mecanismos que

amplíen los requisitos o que vinculen de manera más efectiva

a quien acude a celebrar contratos en estos negocios con

objetos hurtados.

El primero de noviembre de dos mil siete se publicó en el

Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana

NOM- 179-SCFI-2007 denominada Servicios de Mutuo con

Interés y Garantía Prendaria, en el que se establecen los

requisitos de información comercial que deben proporcionarse

en este tipo de servicios; así como los elementos que debe

contener el contrato que se utilice para formalizar los actos

que se realizan en estos negocios, el campo de aplicación,

disposiciones generales y datos que se deberá proporcionar al

consumidor.

Dicha norma establece en el numeral 6.11.2 que uno de los

requisitos del contrato celebrado entre el consumidor y el

prestador del servicio de empeño es que el primero deberá

manifestar expresamente que es el legal, legítimo e indiscutible

propietario de la prenda y de todo cuanto de hecho y por

derecho le corresponde. La disposición mencionada resulta

insuficiente pues la simple manifestación del consumidor no

acredita el derecho real de propiedad, y esta situación genera

que estos negocios comercialicen objetos robados.

Mediante este exhorto se propone a la Secretaría de Economía

que modifique la disposición 6.11.2 de la Norma Oficial

Mexicana NOM-179-SCFI-2007, a fin de que se incluya como

requisito para acreditar la legítima propiedad, exhibir la factura

correspondiente, o a falta de ésta se implementen mecanismos

que vinculen a la persona con el bien que desea dar en prenda,

ya sea con una fotografía de la persona portando el objeto en

el momento en que acude a celebrar un contrato de mutuo en

este tipo de comercios, una identificación oficial, comprobante

de domicilio y la comparecencia de testigos que bajo protesta

de decir verdad señalen que efectivamente los bienes son de

su propiedad, todo esto, a fin de que se acredite la propiedad

del bien y con ello inhibir el flujo de artículos robados.

Después de la realización de un sondeo en diversas

casas de empeño de la Entidad, constatamos que el único

requisito empeñar un objeto es presentar una identificación

oficial, lamentablemente es fácil que las personas falsifiquen

documentos y los presenten ocultando así su identidad ya al

momento de hacer supervisiones es difícil encontrar a quien se

ostento como propietario de un objeto robado. Endurecer los

mecanismos seguramente inhibirá esta práctica delincuencial.

Por otro lado, es necesario que este tipo de establecimientos

estén vigilados de manera permanente por autoridades

federales, específicamente por la Procuraduría Federal del

Consumidor, por así estar dispuesto en la Ley Federal de

Protección al Consumidor. Por lo que como medida adicional

a la ya propuesta, se considera oportuno, se exhorte a la

Procuraduría Federal del Consumidor para realizar de manera

permanente la verificación y control a las Casas de Empeño,

a fin de que éstas eviten la comercialización de artículos

de procedencia dudosa, supervisando que efectivamente se

solicite a los usuarios los requisitos vigentes.

La Comisión de Economía, después de entrar al estudio y

análisis de la iniciativa de mérito, formula las siguientes

CONSIDERACIONES:

1.- Antes de entrar al estudio de la iniciativa que nos ocupa,

debido a que el tema principal que aborda es en relación a

los establecimientos denominados casas de empeño resulta

deseable esgrimir ciertos aspectos históricos de la que,

indudablemente, fue y es la principal y más significativa de

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

ellas en nuestro país: El Nacional Monte de Piedad.

El Nacional Monte de Piedad es una institución de crédito

por garantía (empeño) originada en la ciudad de México a

mediados del Siglo XVIII, por auspicio del Conde de Santa

María de Regla don Pedro Romero de Terreros. Hoy en

día, esta institución respalda a la cuarta parte de los hogares

del país ya que realiza un promedio de nueve millones de

contratos prendarios cada año y recibe casi un millón de

artículos mensuales a través de sus diferentes sucursales en

todo el país.

Tras su fundación ha desempeñado un papel importante en

la economía de millones de familias mexicanas en el devenir

de la historia, fungiendo como una opción para los mexicanos

a fin de obtener liquidez en momentos de dificultad, con la

posibilidad de tener de nueva cuenta consigo el objeto dado

en prenda.

2.- Así las cosas, los iniciadores manifiestan su preocupación

respecto de que es una práctica común y constante en

las casas de empeño, el recibir e prenda objetos robados.

Ante esto, la iniciativa en estudio refiere a la Norma Oficial

Mexicana NOM-179-SCFI-2007, la cual se identifica bajo el

rubro de Servicios de Mutuo con Interés y Garantía Prendaria,

la cual se pretende modificar en el sentido de evitar que ese

tipo de situaciones sigan sucediendo.

Resulta imprescindible, a fin de proveer una solución para

esta problemática, el que se acredite de manera fehaciente la

procedencia del objeto; lo anterior, con el propósito de evitar

que se siga prolongando en el tiempo el delito o sus efectos,

esto por supuesto, de suponer que el objeto u objetos en

prenda sean de procedencia ilícita.

Es indudable, que la seguridad pública constituye un aspecto

fundamental en una sociedad para que todos sus integrantes

puedan convivir de manera armoniosa y ordenada; por tanto,

la propuesta de los iniciadores cobra vigencia al tratarse de

un tema que va directamente relacionado con el bienestar

común ya que, al establecer requisitos específicos ineludibles

al momento de dar en prenda un objeto, resultará menos

probable que una persona pueda llegar a los establecimientos

de empeño a depositar algo de procedencia lícita.

3.- Lo anterior en un claro afán de sumar esfuerzos

para facilitar la estructura y funcionamiento del Sistema

Nacional de Seguridad Pública y alcanzar sus fines, entre los

cuales, evidentemente pocos son de mayor interés para sus

ciudadanos y ciudadanas como el preservar su patrimonio, el

cual se ve vulnerado por los robos de los que son el objeto y

que con la presente iniciativa se pretende combatir. Así mismo,

se debe agregar que no se circunscribe el efecto del delito

a la prevención de robos, sino que también deben tomarse

en cuenta los efectos colaterales que estos traen consigo,

debido a que resulta actualmente poco probable pensar en un

robo a casa habitación por citar un ejemplo, sin la utilización

de cualquier tipo de arma e inclusive el uso de violencia en

contra de las y los habitantes de la vivienda resulta un caso

frecuente.

Si bien la reforma planteada en la iniciativa en estudio propone

un acuerdo que pretende modificar una norma oficial mexicana

en relación a evitar se sigan dejando en prenda objetos

robados en las casas de empeño, como quedo esgrimido en

párrafos anteriores, no se trata sólo de una solución a un caso

particular si no que trasciende a otros aspectos de seguridad

pública.

Aunado a lo anterior, se tiene que a juicio de esta Comisión

resulta oportuno el planteamiento en relación a que sea

exhortada también como autoridad la Procuraduría Federal del

Consumidor, por tratarse de la instancia facultada para realizar

las verificaciones en los establecimientos denominados casas

de empeño.

En virtud de lo anteriormente expuesto, por considerar esta

Comisión que el tema central de la iniciativa que nos ocupa

versa sobre aspectos puramente sociales y que comprometen

la seguridad pública, se estima viable y necesaria la reforma

propuesta ya que el efecto positivo pretendido por los

Iniciadores pudiera incluso, llegar a permear de manera

benéfica en otros aspectos y sectores relacionados con el

bienestar social.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto

por los artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado,

así como 43, 52, 59, 98 y 99 primer párrafo de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo la Comisión de Economía somete a la

consideración del Pleno el presente dictamen con el carácter

de]

[Continúa con la lectura]:

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

ACUERDO [211/2011 II P.O.]:

PRIMERO.- La se… Sexagésima Tercera Legis-latura del Honorable Congreso del Estado de Chi-huahua exhorta, respetuosamente, al Poder Eje-cutivo Federal, por conducto de la Secretaría deEconomía, a fin de que promueva la modificaciónde la Norma Oficial Mexicana NOM-179-C… SCFI-2007, denominada Servicios de Mutuo y GarantíaPrendaria, a fin de que se incluya como requisi-to para acreditar la legítima propiedad, exhibir lafactura correspondiente o a falta de ésta se imple-menten mecanismos que vinculen a la persona conel bien que desea dar en prenda, ya sea con unafotografía de la persona portando el objeto en elmomento en que acude a celebrar un contrato demutuo en este tipo de comercios, una identificaciónoficial, comprobante de domicilio y la comparecen-cia de testigos que bajo protesta de decir verdadseñalen que efectivamente los bienes son de supropiedad, todo esto, a fin de que se acredite laprocedencia del bien y con ello inhibir el flujo deartículos robados.

SEGUNDO.- Así mismo, en los termi… en losmismos términos, se solicite a la ProcuraduríaFederal del Consumidor, realice acciones deverificación y vigilancia a los comercios deno…denominados casas de empeño, a fin de evitarque comercialicen objetos robados.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Acuerdoen los términos correspondientes.

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio del PoderLegislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chih., a lostreinta… a los treinta días del mes de junio del añodos mil once.

Por la Comisión de Economía. Diputado RenéFranco Ruiz, Diputado Ricardo Alán Boone Salmón,Diputado Jaime Beltrán del Río, Diputado GabrielHumberto Sepúlveda Reyes y Diputado JoséAlfredo Ramírez Rentería, Vocal.

Es cuanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Procederemos a la votación del dictamen leído,para lo cual solicito al Segundo Secretario, DiputadoFrancisco González Carrasco, tome la votación einforme a esta Presidencia.

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: Con supermiso, Diputado Presidente.

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasseñoras y señores Diputados, los que estén porla afirmativa respecto del contenido del dictamenantes leído, favor de expresar su voto levantando lamano en señal de aprobación; así como registrarlode forma electrónica.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: ¿Los queestén por la negativa?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

¿Los que se abstengan?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo a la Presidencia que se han manifestadopor unanimidad de votos a favor del dictamen antesleído.

[Se reincorpora a la Sesión el Diputado Domínguez

Domínguez].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba tantoen lo general como en lo particular.

6.10.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: En seguida, seconcede el uso de la palabra al Diputado RicardoOrviz Blake para que en representación de laComisión de Obras y Servicios Públicos presente aesta Asamblea el dictamen que ha preparado y delcual se ha dado cuenta a esta Presidencia.

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

- El C. Dip. Orviz Blake.- P.R.I.: Con su permiso,señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Orviz Blake.- P.R.I.:

Honorable Congreso del Estado.Presente.

La Comisión de Obras y Servicios Públicos, confundamento en lo dispuesto por el artículo 43 dela Ley Orgánica del Poder Legislativo, somete a laconsideración del Pleno el presente dictamen.

Señor Presidente, solicito, de conformidad conel artículo 30, fracción XX de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo, la dispensa de las…antecedentes y consideraciones del documento yse inserten en el Diario de Debates de la misma.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza,Diputado.

Adelante.

- El C. Dip. Orviz Blake.- P.R.I.: [Texto que fue

dispensada su lectura]:

[ANTECEDENTES:

I.- Con fecha 30 de noviembre del año dos mil diez, fue turnada

para estudio y análisis, a esta Comisión de Dictamen, iniciativa

de decreto presentada por el Diputado Jorge Ramírez Alvídrez,

a efecto de reformar el artículo 31 del Código Municipal del

Estado de Chihuahua.

II.- La iniciativa se sustenta bajo los siguientes argumentos:

En tiempos complicados, tales como los que atraviesa el

Estado, resulta indispensable promover, de manera integral, la

confianza y certidumbre de todos los gobernados sobre todos

los aspectos de la administración pública.

Evidentemente, debemos tener especial cuidado en considerar

el especial interés que la generalidad de la sociedad tienen en

tener la certeza que sus aportaciones e impuestos son bien

utilizados en obras y beneficios que se vean realizados, pero

más aun con la confianza de que dichas obras y beneficios

fueron llevados a cabo de manera eficiente y económica.

Es por todo lo anterior, que resulta una fundamental necesidad

poder transparentar las licitaciones públicas, las contrataciones

y adjudicaciones directas en materia de obra pública, así como

tener la capacidad de resolver las controversias que se

susciten en la materia respetando, en todo momento, el estado

de derecho de los concursantes y aplicando la normatividad

debida en beneficio de la comunidad al tener un órgano interno

de control municipal, que resuelva por sí mismo dichos litigios,

órgano interno que se encuentre capacitado e integrado por

profesionales en el ramo, creando para los ayuntamientos

las bases y el desarrollo jurídico normativo en sus procesos

licitatorios.

Cabe destacar al respecto que existe una laguna legislativa

en la materia expuesta, en la Ley de Obra Pública y Servicios

Relacionados con la Misma, en su numeral 100, sexto párrafo,

artículo 101 así como el artículo 102.

Es dable destacar que la ausencia del órgano interno de

control municipal hace nulo e inexistente el procedimiento a

que se refieren los numerales del ordenamiento antes citado

en los ayuntamientos de la Entidad.

Es necesario que en primer término se elabore la normatividad

del órgano interno de control municipal, con la finalidad de

no dejar al licitante en estado de indefensión, transparentar

la función pública municipal, que los propios ayuntamientos

resuelvan los procedimientos licitatorios en controversia y no

se entorpezcan las obras derivando en perjuicio social y

económico para el ayuntamiento, ya que sin esta instancia,

el licitante acudirá a los tribunales federales, con las

consecuencias legales que esto traería aparejado.

Considerando que lo más adecuado para resolver esta

problemática es que se integre dicha instancia a la brevedad

posible, en todos los ayuntamientos del Estado.

Conscientes de las limitaciones presupuestales por las que

atraviesan muchos de los municipios de la Entidad y toda vez

que resultaría demasiado onerosa la creación de un nuevo

órgano especializado, proponemos que se integre una comisión

especializada para la resolución de dichas controversias.

Ante lo cual, propongo la reforma al Código Municipal para

el Estado de Chihuahua, a fin de aumentar el número de las

comisiones, con el objetivo de dar cumplimiento a lo dispuesto

por la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

Misma.

La Comisión de Obras y Servicios Públicos, después de entrar

al estudio y análisis de la iniciativa de mérito, formula las

siguientes

CONSIDERACIONES:

1.- El H. Congreso del Estado a través de esta Comisión de

Dictamen Legislativo es competente para conocer y resolver

sobre la iniciativa de antecedentes, según lo dispuesto por el

artículo 58 de la Constitución Política del Estado; así como

los numerales 43, 46 y 59 de la Ley Orgánica del Poder

Legislativo.

2.- La iniciativa de mérito tiene como objeto reformar el artículo

31 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua, con

la finalidad de aumentar el número de las comisiones que

actualmente auxilian a las labores a los ayuntamientos, con

el propósito de que se integre una comisión especializada

para la resolución de controversias en las licitaciones públicas,

argumentando, a favor de su propuesta, el hecho de que resulta

indispensable promover, de manera integral, la confianza y

certidumbre de todos los gobernados sobre todos los aspectos

de la administración pública, siendo necesario transparentar

las licitaciones públicas, las contrataciones y adjudicaciones

directas en materia de obra pública.

3.- En cuanto a la publicidad de la actividad gubernativa,

Chihuahua ha sido punta de lanza en materia de acceso a la

información pública, lo que ha generado que los procedimientos

para su obtención hayan sufrido, a la fecha, diversas reformas

que facilitan al público en general su acceso a la actividad

gubernamental.

Tanto el sector público como el privado, deben proporcionar

a todos los solicitantes la información pública clara, veraz,

oportuna, suficiente, pertinente, desagregada por género, en la

forma y términos previstos por la Ley Transparencia y Acceso

a la Información Pública del Estado.

Incluso, en el rubro que nos ocupa, existe información

considerada información pública de oficio la cual, de acuerdo

a la fracción XIV del artículo 20 de la multicitada ley, se

desprende para los procedimientos de licitación de toda índole.

Ahora bien, debemos considerar que el propio artículo 21 de

la ley en comento señala que la información derivada de las

licitaciones públicas, considerada pública de oficio, debe ser

difundida de manera permanente a través de los medios de

comunicación electrónica, preferentemente por Internet, o a

través de publicaciones escritas u otros medios accesibles a

cualquier persona. Esta difusión dependerá en la medida de la

capacidad técnica y presupuestal de cada órgano de gobierno

que entre o se encuentre en un proceso licitatorio.

4.- En cuanto a la integración del comité técnico resolutivo en

materia de obra pública, es precisamente en la Ley de Obra

Pública y Servicios Relacionados con la Misma, en su numeral

48, donde se establece la obligatoriedad de crear dicho comité,

artículo que a la letra dice:

Artículo 48. En cada Entidad existirá un comité técnico

resolutivo de obra pública.

Sus funciones serán:

I. Conocer el análisis detallado de las propuestas técnicas

y económicas elaborado por la convocante, con objeto de

evaluar las mismas y formular el dictamen que sirva de base

para emitir el fallo correspondiente en las licitaciones de obra

pública y servicios relacionados con la misma;

II. Dictaminar sobre la procedencia de utilizar los

procedimientos de excepción a la licitación pública;

III. A solicitud del ente público contratante, analizar y emitir

opinión, sobre la problemática que se presente en la ejecución

de los contratos de obra pública y servicios relacionados con

la misma;

IV. Constituir Subcomités dentro de las dependencias y

organismos cuando por las características de sus funciones así

lo requieran o por la magnitud de sus actividades se justifique

su instalación. En el reglamento de esta ley se determinará su

operación y funcionamiento, y

V. Aquellas otras que de manera específica señale esta ley.

En el Poder Ejecutivo y sus organismos, el comité se integrará

con representantes designados por los titulares de la secretaría,

la Secretaría General de Gobierno, Finanzas, Planeación, así

como del ente público convocante. La Contraloría, podrá

participar en el comité en calidad de observador.

El representante de la secretaría fungirá como presidente del

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

comité.

El Poder Judicial y Legislativo del Estado determinarán la

integración de su comité técnico resolutivo de obra pública.

Los ayuntamientos harán lo propio para la integración de su

comité.

A los actos de presentación y apertura de proposiciones

y comunicación de fallo, concurrirá un representante de la

Cámara que agrupe al contratista de la obra de que se trate,

para lo cual será previamente convocado.

Queda claro, pues, que es obligación de la administración

municipal el crear su comité técnico resolutivo de obra pública

a efecto de dar cabal cumplimiento a la Ley de Obra Pública y

Servicios Relacionados con la Misma.

Por lo que respecta a las acciones que se deriven de

las licitaciones de obra pública, estas deberán atenderse

conforme a lo dispuesto por la Ley de Obra Pública y Servicios

Relacionados con la Misma, la cual señala que, en primer

término, son los propios órganos de control quienes deberán

de prever el proceso administrativo mediante el cual se

atenderán las incidencias de los particulares; incluso, en caso

de no preverse dentro de las bases licitatorias estos recursos,

habrán de atenderse conforme a las bases generales que este

ordenamiento prevé.

Aunado a lo anterior, en caso de no conciliar los intereses de los

intervinientes mediante el proceso señalado con anterioridad,

subsiste para los inconformes los recursos administrativos que

prevé el propio artículo 103 de la ley en cita, mismo que

se relaciona y remite, en el orden municipal, a lo dispuesto

por los artículos 197 y subsecuentes del Código Municipal

que tratan precisamente las reglas generales de los medios

de impugnación en contra de los actos de las autoridades

municipales.

Queda claro, entonces, que el principio de acceso a los

procesos administrativos, que garantiza la certeza jurídica

a favor de los particulares, se encuentra exhaustivamente

regulado, tal y como se señaló en los párrafos que anteceden;

por tal motivo, resultaría ocioso sobre regular la figura de la

defensa jurídica de los particulares en el caso que nos ocupa.

5.- En estas condiciones, y bajo los más elementales principios

de la autonomía municipal, esta Comisión considera oportuno

hacer el llamado conducente a los Honorables Ayuntamientos

del Estado, para que se dé cumplimiento a las disposiciones

de los artículos 48, 100, 101 y 102 de la Ley de Obra Pública

y Servicios Relacionados con la Misma para que, de esta

manera, creen su comité técnico resolutivo de obra pública

que permita legitimar y dar certeza jurídica a las controversias

en las licitaciones públicas.

En cuanto a la solicitud formal de reforma al Código

Municipal del Estado, planteada por el iniciador, y derivado

de los argumentos expuestos a lo largo de las presentes

consideraciones, estimamos necesario hacer la precisión en

el sentido de que la pretensión ha quedado suficientemente

satisfecha, no con una reforma de ley, lo cual se considera

inapropiado, como más adelante se detalla, sino con un

llamado a los 67 municipios del Estado para que sujeten su

actuación al marco jurídico regulatorio vigente.

En cuanto a que esta Comisión no considera apropiada la

reforma de ley en los términos solicitados, es por el hecho de

que la naturaleza jurídica de las leyes es permitir regular una

generalidad abstracta de actos, que permita incluir un número

amplio de posibilidades dentro de su interpretación y, por tanto,

evitar ser taxativa.

En tales condiciones, al plantear el Código Municipal vigente la

creación de órganos auxiliares, en general, y al contemplar una

ley especial la existencia, conformación, operación y funciones

de dichos órganos auxiliares, que en el caso que nos ocupa

es el comité técnico resolutivo planteado por la Ley de Obra

Pública y Servicios Relacionados con la Misma, y teniendo

este órgano facultades de resolver controversias suscitadas en

los procesos licitatorios, es que los miembros de esta Comisión

concluimos innecesaria la reforma planteada.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto

por los artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado,

la Comisión de Obras y Servicios Públicos, somete a la

consideración del Pleno el presente dictamen con el carácter

de]

[Continúa con su lectura]:

ACUERDO [212/2011 II P.O.]:

PRIMERO.- La Sexagésima Tercera Legislatura delHonorable Congreso del Estado exhorta, de manera

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atenta y respetuosa, a los 67 ayuntamientos de losmunicipios que integran el Estado de Chihuahua,para que den cabal cumplimiento a la Ley de ObraPública y Servicios Relacionados con la Misma,en el sentido de crear su comité técnico resolutivode obra pública en los términos del artículo 48del ordenamiento en cita y, de esta manera, selegitimen y den certeza jurídica en las controversiasderivadas de las licitaciones públicas.

SEGUNDO.- Remítase copia del presente Acuerdoa las autoridades anteriormente señaladas para losefectos correspondientes.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea túrnese a laSecretaría para que elabore la Minuta de Acuerdoen los términos correspondientes.

Dado en el Rencito Oficial del Poder Legislativo, enla ciudad de Chihuahua, Chih., a los treinta días delmes de junio del año dos mil once.

Por la Comisión de Obras pub… Obras y ServiciosPúblicos: El de la voz, Diputado Ricardo OrvizBlake, Presidente; Diputado Raúl García Ruíz,Secretario; Diputado Gerardo Hernández Ibarra,Vocal; Diputado Luis Adrián Pacheco Sánchez,Vocal; Diputado Gabriel Humberto SepúlvedaReyes, Vocal.

Es cuanto, Diputado Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Procederemos a la votación del dictamen leído,para lo cual solicito al Segundo Secretario, DiputadoFrancisco González Carrasco, tome la votación einforme a esta Presidencia.

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: Con supermiso, Diputado Presidente.

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasseñoras y señores Diputados, los que estén porla afirmativa respecto del contenido del dictamenantes leído, favor de expresar su voto levantando lamano en señal de aprobación; así como registrarlode manera electrónica.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: ¿Los queestén por la negativa?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

¿Los que se abstengan?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo a la Presidencia que se han manifestadopor unanimidad de votos a favor del dictamen antesleído.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba tantoen lo general como en lo particular.

6.11.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: A conti… acontinuación, le pido a algún miembro de laComisión de Desarrollo Rural Integral presente ala Asamblea el dictamen que ha preparado y delcual se ha dado cuenta a esta Presidencia, derivadoque el Diputado David Balderrama Quintana me hamanifestado su interés en presentar el dictamen.

Se concede el uso de la palabra al Diputado AlexLe Barón.

- El C. Dip. Le Barón González.- P.R.I.: Con supermiso, Diputado Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Le Barón González.- P.R.I.:

Honorable Congreso del Estado.Presente.

La Comisión de Desarrollo Rural, con fundamentoen lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo, somete a la consideración delPleno, el presente dictamen elaborado con base enlos siguientes

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

ANTECEDENTES:

Con fecha nueve de junio del año dos milonce, fue turnada para su estudio y posteriordictamen, a esta Comisión, iniciativa con carácterde acuerdo presentada por los Diputados GabrielHumberto Sepúlveda Reyes, Jorge AbrahamRamírez Alvídrez, Ricardo orvi… Ricardo OrvizBlake, Jesús José Sáenz Gabaldón, FranciscoJavier Salcido Lozoya, Alex Le Barón González,Ricardo Alán Boone Salmón, Gloria GuadalupeRodríguez González y David Balderrama Quintana,todos ellos integrantes del Grupo Parlamentariodel Partido Revolucionario Institucional, mediantela cual pretenden un atento y respetuoso exhortoa los Ejecutivos Federal y del Estado para queen el ámbito de sus respectivas competenciaslleven a cabo una valoración de todos y cadauno de los beneficio… de los beneficiarios de losrecursos otorgados vía los diversos programas y/ofideicomisos, con la finalidad de que se dé… sedé prioridad a los productores que más necesitende los apoyos que se entregan, haciendo unadistribución más equitativa.

Señor Presidente, de conformidad con el artículo30, fracción XX de la Ley Orgánica del PoderLegislativo, solicito a la Presidencia autorice ladi… dispensa de la lectura de antecedentes y delas consideraciones del documento y se inserte alDiario de los Debates de la Sesión.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza,Diputado.

- El C. Dip. Le Barón González.- P.R.I.: [Texto que

fue dispensado de su lectura]:

[II.- La iniciativa se sustenta esencialmente bajo los siguientes

argumentos:

El gobierno mexicano, preocupado por atender los rezagos

del campo, ha implementado diversos programas e instituido

fidecomisos diversos, tendientes a apoyar y auxiliar a los

productores primarios.

No podemos perder de vista lo importantísimo de estas

acciones, pues el sector agropecuario es el principal motor de

la economía mundial y por supuesto debe serlo en nuestro

país México.

Por diversas razones, el campo de nuestro país ha

caído en una crisis de la que se le ha dificultado salir.

Indudablemente que todas esas medidas que nuestros

gobiernos han implementado para sacar adelante al sector

rural son plausibles, sin embargo, en muchas ocasiones los

recursos no son repartidos justamente, es decir, le toca más al

que más tiene y menos al que menos tiene.

Son múltiples los reclamos que a nivel nacional se han

manifestado en este sentido, campesinos que verdaderamente

necesitan de un apoyo para su actividad ya sea agrícola,

ganadera o silvícola, reciben cantidades mínimas en

comparación con lo que reciben agricultores o ganaderos

bien posicionados dentro del sector.

Otra de las dificultades que enfrentan los productores primarios

más desfavorecidos para acceder a los apoyos que ofrecen

los programas, es el hecho de que en muchos de ellos

generalmente se exige una reciprocidad, es decir, para otorgar

el apoyo económico, el productor o campesino, tiene que

aportar una parte igual o similar, y vemos con preocupación

que muchos de los productores, por su marginación y pobreza,

no pueden acceder a dichos apoyos, quedando fuera de la

posibilidad de llevar a cabo sus actividades agropecuarias,

generándose así aún más pobreza.

Independientemente de que algunos de los programas

verdaderamente lleguen a su fin, es el caso que la realidad

nos muestra que en muchas partes del país cada vez hay más

pobreza en el campo y, lamentablemente, nuestro Estado no

es la excepción, particularmente en muchas partes de la sierra

observamos una gran penuria en muchos de sus pobladores.

Los programas o fidecomisos agropecuarios creados por el

Gobierno Federal en coordinación con los Estados, en la

mayoría, según sus propios objetivos son, precisamente,

para apoyar la actividad agropecuaria buscando, entre otras

cosas, una verdadera mejoría económica en los actores de la

población rural.

En los mismos, se menciona que se dará prioridad a las

personas de poblaciones más marginadas, entonces hay que

dirigirlos a ellos, a quienes más lo necesitan. Todos tienen

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

derecho, pero hay que evaluar, buscar quienes son los

más pobres para poder ser equitativos en la repartición y

llegar, precisamente, a esas personas que verdaderamente lo

requieren por su situación marginada y de pobreza.

No se puede permitir que haya ni un solo niño desnutrido

con motivo de su pobreza. Teníamos cinco mil, hasta el año

dos mil seis. Quizá ya sean más. Hay que interrumpir este

infortunio que aqueja a nuestros conciudadanos de la Sierra

Tarahumara.

Los planteamientos vertidos en esta propuesta, es lo que nos

motivan a instar tanto al Gobierno Federal como al del Estado

para que, atendiendo a sus respectivas competencias, den

prioridad a este segmento de la población tan desfavorecido,

personas que por una u otra razón no pueden acceder a los

apoyos económicos o en especie que vía diversos programas

otorgan las administraciones gubernamentales.

III.- La Comisión de Desarrollo Rural Integral, después de

entrar al estudio y análisis de la iniciativa de mérito, formula

las siguientes

CONSIDERACIONES:

I.- Esta Comisión es competente para conocer y resolver sobre

la iniciativa de antecedentes, según lo dispuesto por el numeral

57 y 58 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua;

así como por los numerales 43, 46 y 59 de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua.

II.- La iniciativa de mérito tiene por objeto instar tanto al

Ejecutivo Federal como al Estatal a que lleven a cabo

un análisis a profundidad respecto de los destinatarios de

los programas y fideicomisos, en su caso, que han sido

creados y constituidos, respectivamente, en aras de subsidiar y

empoderar la actividad agropecuaria en Chihuahua, atendiendo

siempre a criterios de proporcionalidad necesarios para el buen

ejercicio de la política pública en el sector.

III.- Los integrantes de esta Comisión Dictaminadora, en

el transcurso de esta administración y remontándonos a la

historia agropecuaria de Chihuahua, vemos que el ejercicio

de una buena política desde diversas tribunas y entes

gubernamentales, ha prosperado en el sentido de generar

mayor economía y mejor política pública dirigida de manera

exclusiva al sector rural, en donde, después de mucho labrar,

se ha logrado generar un verdadero interés en las zonas

rurales, no sólo de nuestro Estado, sino de el país en su

totalidad, favoreciendo desarrollos turísticos, la creación de

pequeñas y medianas empresas y la generación de industria

de servicios, entre otras, obteniendo como resultado una clara

mejora en la calidad de vida de los distintos agentes de la

sociedad rural.

IV.- Sin embargo, hemos de reconocer que el trabajo realizado

hasta la fecha es perfectible, porque estimamos que debemos

de ser críticos de la diversidad y enorme número de programas

que se han creado con el ánimo de mejorar las condiciones

económicas y, por consecuencia, de vida de los habitantes

que conforman la población rural de Chihuahua.

En este tenor, es que somos coincidentes con el conjunto de

ideas que se desprenden de la iniciativa de mérito en donde,

al igual que los precursores, concordamos en la necesidad

de buscar nuevos esquemas que garanticen el arribo a buen

puerto de aquellos recursos que tanto en el orden federal como

en el estatal han sido concebidos con el ánimo de garantizar

el crecimiento de la sociedad rural en su conjunto.

V.- En este sentido, estimamos pertinente el que se genere

una herramienta de evaluación y análisis que arroje los

resultados que permitan visualizar el que, efectivamente, los

programas que en la actualidad existen están beneficiando

a la población objetivo, a aquellas personas por y para las

que fueron ideados dichos instrumentos de crecimiento, en

donde realmente se logre llegar a aquellas poblaciones que

más lo necesitan, que aún a pesar de la carencia de medios

de comunicación e infraestructura se tenga la garantía de que

podrán acceder a los programas implementados por el Estado

y por la Federación y, que en caso de resultar necesario, se

hagan las adecuaciones necesarias de tal suerte que aquellos

trámites burocráticos se eliminen en las reglas de operación,

pues sabemos que en ocasiones las condiciones paupérrimas

en las que se encuentran les impiden llenar formularios,

trasladarse a ventanillas, presentar proyectos que implican

un costo, entre otros, estimando que de obviar este tipo de

acciones se estaría garantizando un mejor resultado en la

implementación de la política sectorial en el campo.

Respetuosos del ejercicio propio de sus funciones es que,

atentamente, solicitamos tanto al Poder Ejecutivo Federal como

al Ejecutivo Estatal el que lleven a cabo la instrumentación

de aquellos métodos que resulten necesarios para abatir

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

la desigualdad entre los pobladores de nuestro Estado,

delimitando claramente las poblaciones objetivo para asegurar

que los apoyos otorgados al sector agropecuario se entreguen

a quienes efectivamente lo necesitan.

VI.- Por las consideraciones anteriormente expresadas, la

Comisión de Desarrollo Rural Integral, con fundamento en los

artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado, nos

permitimos proponer a esta Asamblea Legislativa el siguiente

proyecto de]

[Continúa con su lectura]:

ACUERDO [213/2011 II P.O.]:

PRIMERO.- La Sexagésima Tercera Legislaturadel Honorable Congreso del Estado de Chihuahuaexhorta a los titulares de los Poderes Ejecutivostanto Federal como local para que por conductode las dependencias correspondientes y en elámbito de sus respectivas competencias llevena cabo una evaluación de los programasy/o fideicomisos creados a favor del campomexicano, con la finalidad de dar prioridad a losproductores que efectivamente requieren dichosapoyos, priorizando una distribución equitativa delos recursos empleados en ellos.

SEGUNDO.- Remítase copia del Acuerdo querecaiga y de la iniciativa que le dio origen a lasautoridades señaladas en el punto anterior, paralos efectos legales conducentes.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea túrnese a laSecretaría para los efectos legales a que haya lugar.

Dado en el Recinto Oficial de la Sede del PoderLegislativo, a los treinta días del mes de junio delaño dos mil once.

Por la Comisión de Desarrollo Rural Integral:Diputado David Balderrama Quintana, Presidente;Diputado Jaime Beltrán del Río Beltrán del Río,Vocal; Diputado Jesús José Sáenz Gabaldón,Vocal; Diputado José Alfredo Ramírez Rentería,Vocal y, el de la voz, Diputado Alex Le BarónGonzález, Secretario.

Es cuanto, Diputado Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Procederemos a la votación del dictamen leído,para lo cual solicito a la Primera Secretaria,Diputada Patricia Flores González, tome la votacióne informe a esta Presidencia.

- La C. Dip. Primera Secretaria.- P.A.N.: Porinstrucciones de la Presidencia pregunto a lasseñoras y señores Diputados, los que estén porla afirmativa respecto del contenido del dictamenantes leído, favor de expresar su voto levantando lamano en señal de aprobación; así como registrarlode forma electrónica.

- Los CC. Diputados: [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- La C. Dip. Primera Secretaria.- P.A.N.: ¿Los queestén por la negativa?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

¿Los que se abstengan?

[No se registra manifestación alguna por parte de los

Legisladores].

Informo a la Presidencia que se han manifestadopor unanimidad de votos a favor del dictamen antesleído.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba tantoen lo general como en lo particular.

Así mismo, le solicito a la Secretaría prepare lasMinutas de Decreto y Acuerdo correspondientesde los dictámenes antes leídos y las envíe a lasinstancias competentes.

7.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Para continuar conel desahogo del siguiente punto del Orden del Día,informo que daré lectura a una iniciativa.

Así mismo, comunicaron a esta Presidencia su

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

interés en la presentación de una iniciativa,en forma individual, el Diputado Jaime Beltrándel Río Beltrán del Río, integrante del GrupoParlamentario del Partido Acción Nacional; elDiputado Gerardo Hernández Ibarra, integrante delGrupo Parlamentario del Partido RevolucionarioInstitucional.

Si las Diputadas o Diputados desean presentaralguna iniciativa de decreto o punto de acuerdo,favor de manifestarlo a efecto de que el SegundoSecretario, Diputado Francisco González Carrasco,levante la lista correspondiente e informe a estaPresidencia.

- El C. Dip. Segundo Secretario.- P.R.I.: Con supermiso, Diputado Presidente.

Por instrucciones de la Presidencia pregunto alas Diputadas y Diputados si desean presentaruna iniciativa, favor de manifestarlo de la maneraacostumbrada.

Le informo, Diputado Presidente, que se hanmanifestado para presentar iniciativa el DiputadoRicardo Orviz Blake, el Diputado Alfredo RamírezRentería y la Diputada Patricia Flores González.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, DiputadoSecretario.

A continuación, haré uso de la Tribuna parapresentar una iniciativa, para lo cual solicito alDiputado César Alejandro Domínguez Domínguez,ocupe la Presidencia.

[El Diputado Domínguez Domínguez, en su calidad de Segundo

Vicepresidente, de conformidad con la fracción VII del artículo

30 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ocupa la curul de

Presidente].

- El C. Dip. Franco Ruiz.- P.R.I. [En Tribuna]: Consu permiso, Presidente.

- El C. Dip. Segundo Vicepresidente.- P.R.I.:Adelante, Diputado.

- El C. Dip. Franco Ruiz.- P.R.I.: Honorable

Congreso del Estado.

Los Diputados René Franco Ruiz, Ricardo AlánBoone Salmón, Jaime Beltrán del Río, GabrielSepúlveda Reyes, José Alfredo Ramírez Rentería,integrantes de la Comisión de Economía de estaSexagésima Tercera Legislatura, acudimos hasta…ante esta Alta Representación Social para sometera su consideración el presente proyecto concarácter de decreto con el objeto de expedir laley de turismo del Estado de Chihuahua.

Señor Presidente, solicito la dispensa de losantecedentes y el cuerpo de la ley en los términosde la fracción XX del artículo 30 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo, mismos que solicitose inserten a la letra al Diario de los Debates,permitiéndome realizar una síntesis de la presenteiniciativa en los siguientes términos.

- El C. Dip. Segundo Vicepresidente.- P.R.I.:Concedido, Diputado.

Adelante.

- El C. Dip. Franco Ruiz.- P.R.I.: [Texto que fue

dispensado de su lectura]:

[ANTECEDENTES:

[1.- Con fecha 15 de febrero del año dos mil cinco, fue

presentada ante esta Honorable Soberanía una iniciativa de

decreto por parte de los Diputados José Antonio Comadurán

Amaya, Humberto Pérez Rodríguez y Jesús Heberto Villalobos

Máynez, a efecto de crear la ley de turismo para el Estado de

Chihuahua].

Los miembros de la Comisión de Economía hemoscoincidido y trabajado por un fin común en lamateria de turismo para el Estado de Chihuahua,ya que estamos conscientes que es uno de lossectores económicos más importantes y dinámicosdel mundo actual tanto por su nivel de inversión, suparticipación en el empleo, aportación de divisas,como por la contribución al desarrollo regional.

El turismo se traduce en una expresión de puntade la economía globalizada y uno de los actores

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

dinámicos en el proceso de integración mundial.

Esta actividad es considerada como una de lasprincipales industrias del mundo, representandomás de un tercio del valor total del comercio mundialde servicios.

Se estima que en aproximadamente 20 años dichaindustria podrá colocarse por arriba de la petrolera.

El crecimiento acelerado de esta actividad nosdebe impulsar a dotar a nuestra Entidad de lainfraestructura turística y de servicios necesariosa fin de recibir a los turistas con calidad ycompetitividad nacional e internacional, para lo cuales menester contar con un orden jurídico reguladorde las diversas áreas que conforman al sector.

Es necesaria una ley encaminada a sentar lasbases para crear una cultura turística que permitala competitividad y eleve los estándares de calidad,además de incrementar la derrama económicavía turismo, así como dar cumplimiento a unmandato constitucional, estableciendo las basesde coordinación y distribuyendo las obligaciones,pero también las facultades de los tres órdenes degobierno en materia de turismo, bajo los principiosde legalidad, sustentabilidad y competitividad, confin de establecer… de hacer de México un país líderen la actividad turística.

[Por su parte, el día 27 de octubre de 2009, el Diputado a la

Sexagésima Segunda Legislatura del H. Congreso del Estado,

el C. Manuel Humberto Olivas Caraveo, presentó ante esta

Alta Representación Social, una iniciativa de decreto para crear

la ley de turismo del Estado de Chihuahua, en la cual señala

que con fecha 17 de junio de 2009 había sido publicada, en

el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se

expide la Ley General de Turismo, misma que en su artículo

1 se preceptúa que dicha ley es de observancia general

en toda la República en materia turística, correspondiendo

su aplicación en forma concurrente al Ejecutivo Federal, por

conducto de la Secretaría de Turismo y, en el ámbito de sus

respectivas competencias, a las dependencias y entidades

de la administración pública federal, así como a los estados,

municipios y el Distrito Federal.

Parte de su exposición de motivos refiere que dicha ley,

tiene como objetivo primordial el cumplir con un mandato

constitucional, estableciendo las bases de coordinación y

distribuyendo las obligaciones, pero también las facultades de

los tres órdenes de gobierno en materia de turismo, bajo los

principios de legalidad, sustentabilidad y competitividad, con

fin de hacer de México un país líder en la actividad turística.

Así mismo, indica que la ley federal es un ordenamiento rector

que da la pauta para la creación de las leyes estatales en

la materia y que sirve como documento base para crear los

lineamientos que rijan al turismo en el Estado, en concordancia

con las políticas del Gobierno, tendientes a regular la actividad

para lograr que el turismo sirva a la gente.

Al igual que lo refiere el primero de los instrumentos a que

hemos hecho referencia en el punto uno de antecedentes,

la iniciativa en comento considera a la actividad turística

como un fenómeno social en constante evolución, en razón

de las preferencias de los destinos turísticos, argumentando

que el Estado de Chihuahua se encuentra en un lugar

privilegiado por su ubicación geográfica y por la variedad de

sus climas, que hacen posible la práctica de diversas formas

de turismo, sus recursos naturales y atractivos culturales,

históricos y monumentales que permiten a los turistas disfrutar

con amplitud su estancia.

Así mismo, entre otros aspectos, señala que las diversas

corrientes turísticas determinan las modalidades del turismo y

gracias a los diversos atractivos existentes en el Estado se

desarrollan actividades no contempladas anteriormente y que

hoy en día son motivo de visitas por turistas nacionales e

internacionales.

Indica que toda vez que el desarrollo del turismo en nuestra

Entidad debe darse con firmeza y con integración a un México

moderno, con la finalidad de generar empleos, captar recursos

y arraigar a los habitantes en su municipio.

3.- En vista de los antecedentes señalados, y toda vez que a

la fecha no se ha expedido una ley estatal que regule el marco

jurídico en materia de turismo, los miembros de esta Comisión

han coincidido en que los trabajos para la creación de la ley

en comento no puede prorrogarse por más tiempo].

En este orden de ideas, se ha coincidido en lanecesidad de conjuntar esfuerzos para elaborar

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

un proyecto más cercano a las necesidades queactualmente requiere el ramo del turismo en elEstado.

No obstante lo anterior, los miembros de estaComisión concuerdan en que este proyecto de leyde turismo no puede gestarse solamente a travésde la propuesta institucional, sino que este seráel acto que detone la participación de la sociedadorganizada del ramo y público en general, en suetapa propositiva, una vez que inicien los forosde consulta que los miembros de la Comisión deEconomía han planteado desahogar en el recesodel Pleno de esta Asamblea Legislativa.

Este proyecto establece derechos y ob… yobligaciones para los prestadores de servicios y lospropios turistas dando una participación real a lasociedad en los esquemas de una visión planteadabajo la cooperación e intervención de todos losactores del sector, que brinde oportunidades paratodos, que piense en la gente, pero también en lasposibilidades de inversión.

En la iniciativa se establece que toda planeación dela actividad sea con base en un desarrollo turísticosustentable y coordinado en todos los órganos degobierno.

La iniciativa contempla a lo largo de su cuerponormativo la creación de diversos instrumentos quepermiten la ubicación y ordenación de las zonasturísticas, la incorporación de la actividad a cadenasproductivas y la definición de zonas de desarrolloturístico sustentable.

Se privilegia la promoción del sector turísticocon respeto [respecto] al ambiente y los recursosnaturales históricos y sociales, logrando, conello, un sector competitivo frente a la oferta dela competencia, rentabilidad de las empresas ybienestar para toda la población.

Destaca la necesidad de proveer de másherramientas a la Secretaría de Economía, a finde que se fortalezca la labor de esta dependencia.

Esta iniciativa está compuesta por cinco rubrosprincipales, los cuales podríamos describir de lasiguiente forma:

I.- De las disposiciones generales. Que señala, deforma general, el objetivo principal de la presenteley, así como los espacios de su aplicación.

II.- De la concurrencia de coordinación deautoridades. Que describe la distribución decompetencias así como las facultades concurrentesde las autoridades en materia de turismo.

III.- De la política y planeación de la actividadturística, donde se menciona la conformacióndel atlas turístico del Estado de Chihuahua, laincorporación de la actividad turística de lascadenas productivas, al turismo social, al turismoaccesible, la cultura turística, el programa estatalde turismo del Estado de Chihuahua, la distribuciónde territorio por regiones turísticas, entre otras.

IV.- De la promoción y fomento al turismo.

V.- Por último, de los aspectos operativos donde seincluye el registro estatal de turismo, la organizaciónde los prestadores de servicios turísticos y de losturistas y demás incidencias jurídicas.

El planteamiento de estos rubros principales nospermite sentar las bases para obtener los siguientesobjetivos:

1.- Establecer las bases para la política pública,planeación, programación y evaluación en elEstado y sus municipios en la actividad turísticabajo criterios de beneficio social, sustentabilidad,competitividad y desarrollo equilibrado del Estadoy los municipios a corto, mediano y largo plazo,así como la participación de los sectores social yprivado.

2.- Determinar los mecanismos e instrumentospara la conservación, mejoramiento, protección,promoción y aprovechamiento de los recursosy atractivos turísticos estatales, preservando elpatrimonio natural, cultural y el equilibrio ecológico,

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con base en los criterios determinados por las leyesen la materia, así como contribuir a la creación odesarrollo de nuevos atractivos turísticos en apegoal marco jurídico vigente.

3.- Establecer las reglas y procedimientos parala creación de la zona de desarrollo turísticosustentable, su operación y las facultadesconcurrentes que de manera coordinada ejerceráel Ejecutivo Estatal y municipios en dichas zonas.

4.- Fomentar la inversión pública, privada y socialen la industria turística.

5.- Fomentar y desarrollar acciones para diversificarla actividad turística, todas las modalidadesturísticas se consideran como un factor de desa-rrollo local integrado, apoyando el aprovechamientode las actividades propias de las comunidades.

6.- Facilitar a las personas con discapacidad lasoportunidades necesarias para el uso y disfrute delas instalaciones destinadas a la actividad turística,así como su participación dentro de los programasde turisco… de turismo accesible.

7.- Promover y vigilar el desarrollo del turismosocial, propiciando el acceso de toda la ciudadaníaal descanso y recreación mediante esta actividad.

8.- Salvaguardar la igualdad de género en lainstrumentación y aplicación de políticas de apoyoy fomento al turismo.

9.- Optimizar la calidad y competitividad de losservicios turísticos.

10.- Impulsar la modernización de la actividadturística y, por último,

11.- Reforzar la participación del turismo extranjerocon líneas de acción dirigidas a la accesibilidad depersonas con discapacidad y de adultos mayores.

[Por tal motivo, a reserva de que la presente iniciativa se

robustezca con el proceso de consulta a la que habrá de

ser sometida una vez presentada ante el Pleno de esta

Alta Representación Popular, esta Comisión tiene a bien

promover la presente iniciativa, con el objeto de someter a su

consideración el siguiente proyecto de

DECRETO:

ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba ley de turismo del Estado

de Chihuahua, quedando en los siguientes términos:

Artículo 1. La presente ley es de orden público e interés social,

de observancia obligatoria en el Estado, correspondiendo

su aplicación en forma concurrente al titular del Ejecutivo

Estatal, por conducto de la Secretaría de Economía. La

materia turística comprende los procesos que se derivan de

las actividades que realizan las personas durante sus viajes

y estancias temporales en lugares distintos al de su entorno

habitual, con fines de ocio y otros motivos.

El Ejecutivo Estatal a través de sus dependencias y organismos

auxiliares será el responsable del cumplimiento e interpretación

en el ámbito administrativo del presente ordenamiento; a través

de la Secretaría de Economía, en el marco de sus atribuciones

y competencia, con apego a los principios consagrados en

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de

Chihuahua y los tratados internacionales ratificados por el

Estado Mexicano.

El Estado y los municipios en el ámbito de sus respectivas

competencias expedirán las normas legales y tomarán las

medidas presupuestales y administrativas correspondientes

para garantizar la aplicación del presente ordenamiento.

Artículo 2. Esta ley tiene como objeto:

I. Establecer las bases para la política pública, planeación,

programación y evaluación en el Estado y sus municipios

en la actividad turística, bajo criterios de beneficio social,

sustentabilidad, competitividad y desarrollo equilibrado del

Estado y los municipios, a corto, mediano y largo plazo, así

como la participación de los sectores social y privado.

II. Determinar los mecanismos e instrumentos para la

conservación, mejoramiento, protección, promoción, y

aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos

estatales, preservando el patrimonio natural, cultural y el

equilibrio ecológico con base en los criterios determinados por

las leyes en la materia, así como contribuir a la creación o

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

desarrollo de nuevos atractivos turísticos, en apego al marco

jurídico vigente.

Artículo 3. La política pública en materia de turismo estará

dirigida al logro de los siguientes objetivos específicos:

I. Establecer las reglas y procedimientos para la creación de

las zonas de desarrollo turístico sustentable, su operación y las

facultades concurrentes que, de manera coordinada, ejercerán

el Ejecutivo Estatal y municipios en dichas zonas;

II. Fomentar la inversión pública, privada y social en la industria

turística;

III. Establecer las bases para la emisión de las disposiciones

jurídicas tendientes a regular la actividad de los prestadores

de servicios turísticos;

IV. Fomentar y desarrollar acciones para diversificar la actividad

turística, todas las modalidades turísticas se considerarán

como un factor del desarrollo local integrado, apoyando

el aprovechamiento de las actividades propias de las

comunidades;

V. Facilitar a las personas con discapacidad las oportunidades

necesarias para el uso y disfrute de las instalaciones destinadas

a la actividad turística, así como su participación dentro de los

programas de turismo accesible;

VI. Promover y vigilar el desarrollo del turismo social,

propiciando el acceso de toda la ciudadanía al descanso

y recreación mediante esta actividad;

VII. Salvaguardar la igualdad de género en la instrumentación

y aplicación de políticas de apoyo y fomento al turismo;

VIII. Optimizar la calidad y competitividad de los servicios

turísticos;

IX. Impulsar la modernización de la actividad turística;

X. Establecer las bases para la orientación y asistencia a los

turistas nacionales y extranjeros, definiendo sus derechos y

obligaciones, y

XI. Reforzar el turismo extranjero con líneas de acción dirigidas

a la accesibilidad de personas con discapacidad y de adultos

mayores.

Artículo 4. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

I. Actividades turísticas: Las que realizan las personas durante

sus viajes y estancias temporales en lugares distintos al de su

entorno habitual, con fines de ocio y otros motivos;

II. Atlas Turístico de México: El registro sistemático de carácter

público de todos los bienes, recursos naturales y culturales

que puedan constituirse en atractivos turísticos nacionales,

sitios de interés y en general todas aquellas zonas y áreas

territoriales de desarrollo del turismo;

III. Consejo local: Los consejos consultivos locales de turismo;

IV. Consejo municipal: Los consejos municipales de turismo;

V. Ley: Ley de turismo del Estado de Chihuahua;

VI. Los instrumentos son los medios por los cuales, las

dependencias correspondientes otorgarán las facilidades,

incentivos y estímulos económicos, administrativos y fiscales

que contribuyan al crecimiento, profesionalización, fomento,

competitividad y desarrollo de la actividad turística y a la

generación de empleo;

VII. Ordenamiento turístico del territorio: Instrumento de la

política turística bajo el enfoque social, ambiental y territorial,

cuya finalidad es conocer e inducir el uso de suelo y

las actividades productivas con el propósito de lograr el

aprovechamiento ordenado y sustentable de los recursos

turísticos, de conformidad con las disposiciones jurídicas

aplicables en materia de medio ambiente y asentamientos

humanos;

VIII. Prestadores de servicios turísticos: Las personas físicas o

morales que ofrezcan, proporcionen o contraten con el turista,

la prestación de los servicios a que se refiere esta ley;

IX. Programa sectorial de turismo: El establecido en la Ley

General de Turismo y es el programa rector de turismo de la

federación el cual especifica políticas, objetivos y prioridades

que regirán a la actividad turística;

X. Recursos turísticos: Son todos los elementos naturales o

artificiales de un lugar o región que constituyen un atractivo

para la actividad turística;

XI. Región turística: Es un espacio homogéneo que puede

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abarcar el territorio de dos o más Estados y en el que,

por la cercana distancia de los atractivos y servicios, se

complementan;

XII. Reglamento: El de la ley de turismo de Chihuahua;

XIII. Ruta turística: Es un circuito temático o geográfico que

se basa en un patrimonio natural o cultural de una zona y se

marca sobre el terreno o aparece en los mapas;

XIV. Secretaría: La Secretaría de Economía del Gobierno del

Estado de Chihuahua;

XV. Servicios turísticos: Los dirigidos a atender las solicitudes

de los turistas a cambio de una contraprestación, en apego

con lo dispuesto por esta ley y su reglamento;

XVI. Turismo sustentable: Aquel que cumple con las siguientes

directrices:

a) Dar un uso óptimo a los recursos naturales aptos

para el desarrollo turístico, ayudando a conservarlos

utilizando plantas de tratamiento de aguas residuales,

generación de energía, proceso de separación de

basura y reciclado;

b) Respetar la autenticidad sociocultural de las

comunidades anfitrionas, conservando sus atractivos

culturales, sus valores tradicionales y arquitectónicos,

y

c) Asegurar el desarrollo de las actividades económicas

viables que reporten beneficios socioeconómicos, entre

los que se cuenten oportunidades de empleo y

obtención de ingresos y servicios sociales para las

comunidades anfitrionas, que contribuyan a mejorar las

condiciones de vida.

XVII. Turistas: Las personas que viajan temporalmente fuera

de su lugar de residencia habitual y que utilicen alguno de los

servicios turísticos a que se refiere esta ley;

XVIII. Turismo accesible: Es aquel que brinda servicios que

tienen las características para ser usados por personas con

diferentes grados de habilidad, tomando en cuenta diferentes

tipos de discapacidad, y

XIX. Zonas de desarrollo turístico sustentable: Aquellas

fracciones del territorio Estatal claramente ubicadas y

delimitadas geográficamente que, por sus características

naturales o culturales, constituyen un atractivo turístico.

Artículo 5. El Estado se coordinará con la Federación para

integrar y consolidar el atlas turístico, el ordenamiento turístico

del territorio, el programa sectorial, registro nacional turístico

y todos los instrumentos que establezca la Ley General de

Turismo, adoptando las medidas y acciones previstas en la ley

para la planeación, programación y evaluación en el Estado y

sus municipios de la actividad turística.

Artículo 6. El Ejecutivo Estatal, por conducto de la Secretaría,

podrá suscribir convenios y acuerdos de coordinación, con el

objeto de que la Federación, las Entidades Federativas y los

municipios colaboren en el ejercicio de sus atribuciones como

lo establece la Ley General de Turismo:

I. Administrar y supervisar las Zonas de Desarrollo Turístico

Sustentable, conforme a lo establecido por esta Ley, otros

ordenamientos en la materia y los programas de ordenamiento

turístico del territorio;

II. Elaborar y ejecutar programas de desarrollo de la actividad

turística, y

III. Realizar acciones operativas que complementen los fines

previstos en este ordenamiento.

Para los efectos de lo antes dispuesto, los convenios o

acuerdos de coordinación que celebre el Ejecutivo Estatal, por

conducto de la Secretaría, con los gobiernos Federal, Estatales

y del Distrito Federal, con la participación, en su caso, de

sus municipios, deberán sujetarse a las bases previstas en el

reglamento de esta ley.

Artículo 7. La Secretaría y las dependencias y entidades

de la administración pública estatal que ejerzan atribuciones

derivadas de otros ordenamientos jurídicos cuyos preceptos se

relacionen con el objeto de la presente ley o sus disposiciones

complementarias, formularán los criterios para preservar como

zonas de desarrollo turístico sustentable las áreas geográficas

en las que comparten competencia.

Artículo 8. Para el cumplimiento de la presente ley, corresponde

a la Secretaría:

I. Coordinar con la Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología,

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en el ámbito de sus respectivas atribuciones, la instrumentación

de los programas y medidas para la preservación de los

recursos naturales, prevención de la contaminación, para

promover el turismo de naturaleza y el de bajo impacto, así

como para el mejoramiento ambiental de las actividades e

instalaciones turísticas;

II. Promover y fomentar, en coordinación con la Secretaría de

Economía y demás dependencias y entidades competentes

de la administración pública estatal, la inversión de capitales

nacionales y extranjeros en proyectos de desarrollo turístico y

para el establecimiento de servicios turísticos;

III. Analizar y coadyuvar con la Secretaría de Seguridad

Pública en los casos en que se determine que sea necesaria

la protección de la integridad física de los turistas;

IV. Promover y fomentar con la Secretaría de Educación,

Cultura y Deporte, la investigación, educación y la cultura

turística;

V. Promover el otorgamiento de créditos para las entidades

públicas y los prestadores de servicios turísticos;

VI. Coadyuvar con otras dependencias y entidades de la

administración pública estatal para impulsar a proyectos

productivos y de inversión turística, que cumplan con las

disposiciones legales y normativas aplicables;

VII. Promover en coordinación con la Secretaría de Desarrollo

Rural el desarrollo de la pesca deportivo-recreativa, conforme

lo dispuesto en esta Ley, su reglamento y en la Ley General

de Pesca y Acuacultura Sustentable;

VIII. Instrumentar incentivos en diversas áreas del Estado a

través de beneficios a los prestadores de servicios;

IX. Celebrar convenios en materia turística conforme a lo

previsto en la presente ley;

X. Aplicar los instrumentos de política turística previstos en

las leyes locales en la materia, así como la planeación,

programación, fomento y desarrollo de la actividad turística

que se realice en bienes y áreas de competencia local, y

XI. Formular, ejecutar y evaluar el programa de turismo de

Chihuahua, así como las directrices previstas en el Plan Estatal

de Desarrollo.

Artículo 9. Corresponde al titular del Poder Ejecutivo del

Estado:

I. Establecer el consejo consultivo de turismo del Estado de

Chihuahua;

II. Concertar con los sectores privado y social las acciones

tendientes a detonar programas a favor de la actividad turística

en el Estado de Chihuahua;

III. Ordenar la formulación, evaluación y ejecución de los

programas locales de ordenamiento turístico del territorio, con

la participación que corresponda a los municipios;

IV. Planear las acciones de promoción de las actividades y

destinos turísticos con que cuenta;

X. Conducir la política local de información y difusión en

materia turística;

XI. Las demás previstas en éste y otros ordenamientos.

Artículo 10. Corresponde a los municipios, de conformidad

con lo dispuesto en esta ley y las leyes locales en la materia,

las siguientes atribuciones:

I. Conducir y evaluar la política turística municipal;

II. Celebrar convenios en materia turística conforme a lo

previsto en la presente ley;

III. Aplicar los instrumentos de política turística que les sean

atribuidos por esta ley, así como la planeación, programación,

fomento y desarrollo de la actividad turística en bienes y

áreas de competencia municipal, en las materias que no estén

expresamente atribuidas al Ejecutivo Estatal;

IV. Formular, ejecutar y evaluar el programa municipal de

turismo, el cual considerará las directrices previstas en el plan

nacional de desarrollo, el programa sectorial de turismo y el

programa del Estado de Chihuahua;

V. Establecer el consejo consultivo municipal de turismo,

que tendrá por objeto coordinar, proponer y formular las

estrategias y acciones de la administración pública municipal,

con el fin de lograr un desarrollo integral de la actividad

turística en el municipio. Será presidido por el titular del

ayuntamiento, y estará integrado por cuatro funcionarios

que éste determine, conforme a lo que establezcan las

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disposiciones reglamentarias. Serán invitados representantes

de cuatro instituciones y/o entidades públicas, privadas o

sociales, relacionadas con el turismo en el municipio, las

cuales participarán con derecho a voz y voto;

VI. Concertar con los sectores privado y social las acciones

tendientes a detonar programas a favor de la actividad turística;

VII. Participar en los programas locales de ordenamiento

turístico del territorio;

VIII. Participar en el diseño, instrumentación, ejecución y

evaluación de los programas locales de investigación para el

desarrollo turístico;

IX. Formular y conducir la política municipal de información y

difusión en materia turística;

X. Coadyuvar en la instrumentación de las acciones de

promoción de las actividades y destinos turísticos con que

cuenta;

XI. Promover el impulso de las micro, pequeñas y medianas

empresas turísticas;

XII. Participar en los programas de prevención y atención de

emergencias y desastres, así como en acciones para la gestión

integral de los riesgos, conforme a las políticas y programas

de protección civil que al efecto se establezcan;

XIII. Operar módulos de información y orientación al turista;

XIV. Recibir y canalizar las quejas de los turistas, para su

atención ante la autoridad competente;

XV. Atender los demás asuntos que en materia de planeación,

programación, fomento y desarrollo de la actividad turística

que les concede esta ley u otros ordenamientos legales en

concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente

al Estado;

XVI. Emitir opinión ante la Secretaría en aquellos casos en

que la inversión concurra en proyectos de desarrollo turístico

o en el establecimiento de servicios turísticos dentro de su

territorio, y

XVII. Las demás previstas en este y otros ordenamientos.

Artículo 11. La comisión ejecutiva de turismo es un órgano de

carácter intersecretarial, que tendrá por objeto conocer, atender

y resolver los asuntos de naturaleza turística relacionados con

la competencia de dos o más dependencias o entidades de la

administración pública estatal, así como fungir como órgano de

consulta para los asuntos que la Secretaría considere oportuno

poner a su consideración.

La Comisión será presidida por el titular de la Secretaría,

quien tendrá voto de calidad, y estará integrada por los

subsecretarios que designen los titulares de las dependencias

de la administración pública estatal, en los términos de las

disposiciones aplicables. Así mismo, podrán ser invitados a

participar las principales organizaciones sectoriales de turismo,

instituciones de educación superior, representantes de los

sectores social y privado, exclusivamente con derecho a voz.

Artículo 12. El consejo consultivo de turismo es un órgano

de consulta de la Secretaría, que tendrá por objeto proponer

la formulación de las estrategias y acciones de coordinación

de las dependencias y entidades de la administración pública

estatal, con el fin de lograr un desarrollo integral de la actividad

turística estatal, utilizando entre otros mecanismo los foros de

consulta y memorias publicadas.

Artículo 13. El consejo consultivo local de turismo será

presidido por el titular del Ejecutivo Estatal y estará integrado

por:

I. Un presidente honorario, que será el titular del Poder

Ejecutivo o quien este designe;

II. Un presidente ejecutivo, que será el Secretario de Turismo;

III. Un representante del H. Congreso del Estado;

IV. Representantes de tres consejos consultivos municipales

de turismo, elegidos de acuerdo a la derrama económica por

turismo que representen para el Estado, rotables cada dos

años;

V. Dos representantes de las asociaciones del sector turístico

debidamente constituidas, quienes tendrán voto por unidad;

VI. Tres representantes, rotativos cada dos años, de las

principales Universidades del Estado.

Podrán ser invitadas las instituciones y demás entidades

públicas, privadas y sociales, que se determinen, y demás

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

personas relacionadas con el turismo, las cuales participarán

únicamente con derecho a voz.

En virtud de que los consejeros son nombrados en su calidad

de ciudadano, y no por su adscripción institucional, los

miembros del consejo no podrán ser representados por otra

persona durante las sesiones de este órgano.

El consejo consultivo se renovará cada dos años a un tercio

de sus integrantes. Los miembros a sustituir serán elegidos de

entre aquellos de mayor antigüedad. Dicho consejo emitirá una

propuesta de candidatos a consejeros al presidente honorario

para su consideración y, en su caso, aprobación.

Artículo 14. Para elaborar el atlas turístico del Estado de

Chihuahua la Secretaría se coordinará con otras dependencias

e instituciones y en forma concurrente con la Federación y los

municipios.

El atlas turístico del Estado de Chihuahua es una herramienta

para la promoción de la actividad turística, teniendo carácter

público.

Artículo 15. La Secretaría, en el ámbito de sus respectivas

competencias, estimulará y promoverá entre la iniciativa

privada y el sector social, la creación y fomento de cadenas

productivas y redes de valor en torno a los desarrollos turísticos

nuevos y existentes, con el fin de detonar la economía local y

buscar el desarrollo regional.

Lo anterior, entre otros, a través de estudios sociales y de

mercado, tomando en cuenta la información disponible en el

registro estatal de turismo y el atlas turístico del Estado de

Chihuahua.

Artículo 16. La Secretaría impulsará y promoverá el turismo

social, el cual comprende todos aquellos instrumentos y

medios, a través de los cuales se otorgan facilidades con

equidad para que las personas viajen con fines recreativos,

deportivos, educativos y culturales en condiciones adecuadas

de economía, seguridad, comodidad y accesibilidad.

Artículo 17. La Secretaría promoverá la suscripción de

acuerdos con prestadores de servicios turísticos para el

cumplimiento de los objetivos de este capítulo.

Las instituciones, dependencias y entidades del sector público

del Poder Ejecutivo Estatal y de los municipios, promoverán

entre sus trabajadores el turismo social.

Artículo 18. Los prestadores de servicios turísticos deberán

proveer lo necesario para que las personas con discapacidad

cuenten con accesibilidad a los servicios en condiciones

adecuadas.

La misma obligación tendrán las autoridades responsables

respecto de los sitios culturales con afluencia turística.

La Secretaría y los municipios supervisarán que lo dispuesto

en este capítulo se cumpla.

Artículo 19. La Secretaría, al especificar en el programa las

políticas, objetivos y prioridades que regirán a la actividad

turística, investigará las características de la demanda y los

atractivos turísticos naturales y culturales con que cuenta cada

ruta o región.

Artículo 20. En la formulación del ordenamiento turístico del

territorio deberán considerarse los siguientes criterios:

I. La naturaleza y características de los recursos turísticos

existentes en el territorio estatal, así como los riesgos de

desastre;

II. La vocación de cada zona o región, en función de

sus recursos turísticos, la distribución de la población y las

actividades económicas predominantes;

III. Los ecológicos de conformidad con la ley en la materia;

IV. La combinación deseable que debe existir entre el desarrollo

urbano, las condiciones ambientales y los recursos turísticos;

V. El impacto turístico de nuevos desarrollos urbanos,

asentamientos humanos, obras de infraestructura y demás

actividades;

VI. Las características que de conformidad con la presente ley,

deberán tener las zonas de desarrollo turístico sustentable; las

previstas en las declaratoria de áreas naturales protegidas así

como las demás disposiciones previstas en los programas de

manejo respectivo, en su caso;

VII. Las medidas de protección y conservación establecidas

en las declaratorias presidenciales de zonas de monumentos

arqueológicos, artísticos e históricos de interés nacional, así

como las declaratorias de monumentos históricos y artísticos,

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

y en las demás disposiciones legales aplicables en los sitios

en que existan o se presuma la existencia de elementos

arqueológicos propiedad de la Nación, y

VIII. Las previsiones contenidas en el programa de

ordenamiento ecológico del territorio estatal y nacional, según

corresponda, así como en las declaratorias de áreas naturales

protegidas y demás disposiciones jurídicas aplicables en

materia ambiental.

Artículo 21. El programa de ordenamiento estatal de turismo

será formulado por la Secretaría con la intervención de las

dependencias Estatales y de las autoridades municipales en el

ámbito de sus atribuciones y tendrá por objeto:

I. Determinar el área a ordenar, describiendo sus recursos

turísticos; incluyendo un análisis de riesgos de las mismas;

II. Determinar la regionalización turística del territorio estatal,

a partir del diagnóstico de las características, disponibilidad y

demanda de los recursos turísticos;

III. Conocer y proponer la zonificación en los planes de

desarrollo urbano, así como el uso del suelo, con el propósito

de preservar los recursos naturales y aprovechar de manera

ordenada y sustentable los recursos turísticos;

IV. Proponer los criterios para la determinación de los

programas de desarrollo urbano, así como del uso del

suelo, con el propósito de preservar los recursos naturales y

aprovechar de manera ordenada y sustentable los recursos

turísticos respectivos;

V. Establecer de manera coordinada los lineamientos o

directrices que permitan el uso turístico adecuado y sustentable

de los bienes ubicados en las zonas declaradas de

monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, y

VI. Definir los lineamientos para su ejecución, seguimiento,

evaluación y modificación.

Artículo 22. El procedimiento mediante el cual se formule,

apruebe, expida, evalúe y modifique el programa de

ordenamiento turístico del Estado, será conforme a las

siguientes bases:

I. Será concordante con los programas de ordenamiento

turístico general y regional del territorio;

II. Deberá de ser compatible el ordenamiento turístico, con los

ordenamientos ecológicos, y programas de desarrollo urbano

y uso del suelo, del territorio estatal.

Así mismo, los programas de ordenamiento turístico local

preverán las disposiciones necesarias para la coordinación,

entre las distintas autoridades involucradas, en la formulación

y ejecución de los programas;

III. Cuando un programa de ordenamiento turístico local incluya

una zona de desarrollo turístico sustentable, el programa será

elaborado y aprobado en forma conjunta por el Gobierno

Federal a través de la Secretaría de Turismo, el gobierno del

Estado y los gobiernos del territorio involucrado, y

IV. La participación de los particulares en la elaboración,

ejecución, vigilancia y evaluación del programa de

ordenamiento turístico a que se refiere este precepto.

Las dependencias y entidades de la administración pública

federal participarán en la consulta a que se refiere la fracción

anterior y podrán emitir las recomendaciones que estimen

convenientes.

Artículo 23. Las zonas de desarrollo turístico sustentable

podrán ser declaradas por el titular del Poder Ejecutivo como

tales por su desarrollo actual o potencial.

Los municipios podrán presentar ante la Secretaría proyectos

de declaratoria de zonas de desarrollo turístico sustentable.

Los requisitos y el procedimiento para la emisión de la

declaratoria de zona de desarrollo turístico sustentable deberán

establecerse en el reglamento respectivo.

Artículo 24. Las áreas naturales protegidas podrán formar

parte de las zonas de desarrollo turístico sustentable, siempre

y cuando este considerado en el plan de manejo del área

natural protegida

Artículo 25. La Secretaría acompañará a la solicitud de

declaratoria de zona de desarrollo turístico sustentable,

el estudio de viabilidad, de acuerdo a los requerimientos

establecidos en la Ley General de Turismo.

Artículo 26. El decreto con la declaratoria de zona de

desarrollo turístico sustentable que emita el Ejecutivo Estatal

será publicado en el Periódico Oficial del Estado.

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

El decreto para la declaratoria de zona de desarrollo turístico

sustentable deberá contener la delimitación geográfica precisa

de la Zona, los motivos que justifican la declaratoria y los

demás establecidos en el reglamento respectivo.

Artículo 27. La Secretaría, en conjunto con el municipio

que corresponda, formulará los programas de manejo

correspondientes para cada territorio del Estado decretado

como zona de desarrollo turístico sustentable.

Artículo 28. La Secretaría, formulará los programas y

convenios de promoción y fomento turístico a fin de proteger,

mejorar, incrementar y difundir el patrimonio y los servicios

turísticos que ofrece el Estado de Chihuahua, para alentar

la afluencia turística de conformidad con las disposiciones

legales aplicables y con la intervención de las autoridades

competentes.

Artículo 29. Los municipios deberán coordinarse con la

Secretaría para el desarrollo de las campañas de promoción

turística en territorio estatal.

Artículo 30. La Secretaría en el ejercicio de sus atribuciones

en materia de promoción turística, determinará las políticas

que aplicará a través de los diversos organismos estatales,

entidades y dependencias paraestatales.

Artículo 31. El consejo de promoción turística del Estado es

un órgano consultivo que se integrará por representantes de

los sectores público y privado, teniendo por objeto proponer y

diseñar, las estrategias de promoción turística a nivel estatal,

nacional e internacional, en coordinación con la Secretaría.

El consejo estará integrado en los términos del reglamento de

la presente ley.

Artículo 32. El Ejecutivo Estatal procurará en todo momento

coordinarse con el gobierno Federal para el desarrollo de las

campañas de promoción turística en territorio nacional y el

extranjero.

Artículo 33. La Secretaría gestionará ante las dependencias

respectivas, a los particulares en el trámite para el otorgamiento

de financiamientos para el desarrollo de proyectos y ejecución

de obras de infraestructura turísticas.

Artículo 34. Los instrumentos económicos tendrán por objeto

impulsar las actividades productivas y de servicios turísticos

con apoyos crediticios a través de la dependencia o entidad que

establezca el titular del Poder Ejecutivo Estatal. La Secretaría

promoverá además otros apoyos mediante la coordinación con

el Gobierno Federal y con instituciones financieras nacionales

y extranjeras.

Artículo 35. El Ejecutivo Estatal constituirá el fideicomiso

denominado fondo de fomento para la actividad turística del

Estado de Chihuahua, el cual tendrá como función asesorar y

financiar los programas y acciones que se instrumenten para

la promoción de la actividad turística del Estado.

Este fideicomiso deberá sujetarse para su constitución y

operación a lo establecido en la Ley de Entidades Paraestatales

del Estado de Chihuahua.

Artículo 36. El fondo tendrá las siguientes funciones:

I. Elaborar estudios y proyectos que permitan identificar las

zonas y áreas territoriales y de servicios susceptibles de ser

aprovechadas en proyectos productivos y de inversión en

materia turística;

II. Crear y consolidar desarrollos turísticos conforme a

los planes maestros de desarrollo, en los que habrán

de considerarse los diseños urbanos y arquitectónicos del

lugar, preservando el equilibrio ecológico y garantizando la

comercialización de los servicios turísticos, en congruencia

con el desarrollo económico y social del Estado;

III. Gestionar y obtener todo tipo de financiamiento que requiera

para lograr su objeto;

IV. Facilitar el otorgamiento de créditos que contribuyan al

fomento y desarrollo de la actividad turística;

V. Promover, la creación de nuevos desarrollos turísticos

en aquellos lugares que, por sus características naturales y

culturales, representan un potencial turístico;

VI. Cuidar que los desarrollos turísticos contribuyan a la

protección del medio ambiente;

VII. Participar con los sectores público, social y privado en la

constitución, fomento, desarrollo y operación de fideicomisos

o empresas dedicadas a la actividad turística, cualquiera que

sea su naturaleza jurídica;

– 2958 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

VIII. Realizar la promoción y publicidad de sus actividades;

IX. Adquirir valores emitidos para el fomento a la actividad

turística, por instituciones del sistema financiero o por

empresas dedicadas a la actividad turística;

X. Garantizar frente a terceros las obligaciones derivadas de

los préstamos que otorguen para la inversión en actividades

turísticas, y

XI. En general, todas aquellas acciones que faciliten la

realización de su objeto.

Artículo 37. La Secretaría deberá de operar el registro estatal

de turismo, con el propósito de establecer un catálogo público

de prestadores de servicios turísticos en el Estado, conforme

a las disposiciones reglamentarias que para tal efecto se

establezcan.

Artículo 38. Corresponde a la Secretaría regular y coordinar

la operación del registro estatal de turismo, con apoyo de los

municipios.

Artículo 39. La inscripción al registro estatal de turismo

será obligatoria para los prestadores de servicios turísticos,

quienes deberán proveer a las autoridades competentes

la información que determine la Secretaría, a través del

reglamento correspondiente.

Artículo 40. El registro estatal de turismo deberá operar bajo

el principio de máxima publicidad, por lo que la información

contenida o que se desprenda del mismo deberá sujetarse a

la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del

Estado.

Artículo 41. El Ejecutivo Estatal deberá hacer llegar al Gobierno

Federal la información contenida en el registro estatal, a fin

de que se considere en el registro nacional de turismo, con el

objeto de que se haga llegar al público en general, a través de

su página Web y en los medios que ésta determine.

Artículo 42. La base de datos del registro estatal de turismo

quedará bajo la guarda de la Secretaría, siendo responsabilidad

de las autoridades de los municipios constatar la veracidad de

la información que proporcionen los prestadores de servicios

turísticos.

Artículo 43. La Secretaría expedirá a los prestadores inscritos

en el registro el certificado correspondiente, con el cual se

acredite su calidad de prestadores de servicios turísticos de

acuerdo a lo que establece esta ley y la Ley General de

Turismo.

Artículo 44. Para operar, los prestadores de servicios

turísticos, deberán cumplir con los elementos y requisitos

que determinen la Secretaría mediante las disposiciones

reglamentarias correspondientes, y las normas oficiales

mexicanas, sin perjuicio de las obligaciones que les sean

impuestas por otras autoridades.

Artículo 45. Los prestadores de servicios turísticos tendrán los

siguientes derechos:

I. Participar en el consejo consultivo de turismo de conformidad

con las reglas de organización del mismo;

II. Aparecer en el registro estatal de turismo;

III. Participar en los programas de profesionalización del sector

turismo, que promueva o lleve a cabo la Secretaría;

IV. Obtener la clasificación que se otorgue en los términos de

esta ley;

V. Solicitar al personal encargado de las visitas de inspección

y demás procedimientos de verificación, se identifiquen y

presenten la documentación que autoriza su actuación;

VI. Recibir los beneficios que se les otorgue, por inscribirse en

el registro estatal de turismo;

VII. Recibir información y capacitación respecto de los

programas, normas, beneficios e incentivos en accesibilidad,

así como el tratamiento que debe brindarse a los receptores

de estos beneficios;

VIII. Recibir y participar en los programas de capacitación

de primeros auxilios impartidos por las dependencias

gubernamentales y organismos auxiliares;

IX. Recibir información respecto del tratamiento de los métodos

para la separación y reciclado de productos de desecho, y

X. Los demás que establezca la legislación aplicable en la

materia.

Artículo 46. Son obligaciones de los prestadores de servicios

– 2959 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

turísticos:

I. Anunciar visiblemente en los lugares de acceso al

establecimiento la dirección, teléfono o correo electrónico,

tanto del responsable del establecimiento, como de la autoridad

competente, ante la que puede presentar sus quejas;

II. Informar al turista los precios, tarifas, condiciones,

características y costo total, de los servicios y productos

que éste requiera;

III. Implementar los procedimientos alternativos que determine

la Secretaría, para la atención de quejas;

IV. Participar en el manejo responsable de los recursos

naturales, arqueológicos, históricos y culturales, en términos

de las disposiciones jurídicas aplicables;

V. Inscribirse en el Registro Estatal de Turismo y actualizar los

datos oportunamente;

VI. Cumplir con los servicios, precios, tarifas y promociones,

en los términos anunciados, ofrecidos o pactados;

VII. Expedir, aún sin solicitud del turista, factura detallada,

nota de consumo o documento fiscal que ampare los cobros

realizados por la prestación del servicio turístico proporcionado;

VIII. Profesionalizar a sus trabajadores y empleados, en los

términos de las leyes respectivas, en coordinación con la

Secretaría;

IX. Disponer de lo necesario para que los inmuebles,

edificaciones y servicios turísticos incluyan las especificaciones

que permitan la accesibilidad a toda persona de cualquier

condición;

X. Cumplir con las características y requisitos exigidos, de

acuerdo a su clasificación en los términos de la presente ley;

XI. Prestar sus servicios en español como primera lengua, lo

que no impide que se puedan prestar los servicios en otros

idiomas o lenguas;

XII. Establecer las acciones necesarias para brindar

información respecto de los servicios que se prestan en

la Lengua de Señas Mexicana y el Sistema de Escritura

Braille;

XIII. Establecer las acciones necesarias para brindar un turismo

accesible;

XIV. Capacitar a sus trabajadores y empleados para prestar

primeros auxilios;

XV. Instrumentar mecanismos y acciones para prestar el

servicio de primeros auxilios;

XVI. Cumplir con los ordenamientos y normas en materia

de protección al medio ambiente, así como establecer los

mecanismos y acciones para la separación y reciclado de

productos de desecho, y

XVII. Las demás que establezca la legislación aplicable en la

materia.

Artículo 47. En la prestación y uso de los servicios turísticos

no habrá discriminación de ninguna naturaleza en contra de

persona alguna, en los términos del orden jurídico nacional y

estatal.

Artículo 48. Los turistas, con independencia de los derechos

que les asisten como consumidores, tendrán en los términos

previstos en esta Ley, los siguientes derechos:

I. Recibir información útil, precisa, veraz y detallada, con

carácter previo, sobre todas y cada una de las condiciones de

prestación de los servicios turísticos;

II. Obtener los bienes y servicios turísticos en las condiciones

contratadas;

III. Obtener los documentos que acrediten los términos de

su contratación, y en cualquier caso, las correspondientes

facturas o comprobantes fiscales legalmente emitidos;

IV. Recibir del prestador de servicios turísticos, los bienes y

servicios de calidad, acordes con la naturaleza y cantidad de

la categoría que ostente el establecimiento elegido;

V. Recibir los servicios sin ser discriminados en los términos

del artículo 59 de esta ley;

VI. Disfrutar el libre acceso y goce de todo el patrimonio

turístico, así como su permanencia en las instalaciones de

dichos servicios, sin más limitaciones que las derivadas de los

reglamentos específicos de cada actividad, y

– 2960 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

VII. Contar con las condiciones de higiene y seguridad de sus

personas y bienes en las instalaciones y servicios turísticos,

en los términos establecidos en la legislación correspondiente.

Artículo 49. Corresponde a la Secretaría verificar el

cumplimiento de esta ley, su reglamento y las normas oficiales

mexicanas en materia de turismo. La Secretaría por sí o

a través de los gobiernos municipales, en términos de los

acuerdos de coordinación que se establezcan, ejecutará las

órdenes de verificación a que haya lugar.

Las visitas de verificación que efectúe la Secretaría, se regirán

por esta ley y su reglamento.

Las autoridades de turismo del Gobierno Estatal y los

municipios, deberán brindar apoyo al Gobierno Federal para

que ejerza sus facultades de verificación en las demarcaciones

territoriales que les correspondan según lo establezca la Ley

General de Turismo.

Artículo 50. Las infracciones a lo dispuesto en esta ley, su

reglamento, serán sancionadas por la Secretaría, para lo cual

deberá iniciar y resolver el procedimiento administrativo de

infracción, de conformidad con lo dispuesto en esta ley y su

reglamento.

Tratándose de quejas que se deriven del incumplimiento de

disposiciones establecidas en otras leyes de las que conozca

la Secretaría, deberá turnarlas a la autoridad competente.

Artículo 51. Las infracciones, así como las sanciones a la

presente ley se establecerán en su reglamento.

La Secretaría podrá sancionar a los infractores con los

siguientes medios:

1.- Amonestación.

2.- Multa.

3.- Clausura temporal.

4.- Clausura definitiva.

Artículo 52. En caso de reincidencia se podrán aplicar uno o

la combinación de las sanciones pecuniarias y administrativas.

Artículo 53. Contra las resoluciones dictadas por la Secretaría

en la aplicación de esta ley o su reglamento, así como para la

defensa jurídica de los particulares, se atenderá a lo dispuesto

por el Código Administrativo del Estado.

TRANSITORIOS:

Primero.- La presente ley entrará en vigor al día siguiente de

su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan

a la presente ley.

Tercero.- En un plazo no mayor de 180 días, computado a

partir de la vigencia de la presente ley, el Ejecutivo del Estado

expedirá las correspondientes disposiciones reglamentarias].

En vista de lo anteriormente expuesto, dado enRecinto del Poder Legislativo del Estado, en laciudad de Chihuahua, Chih., a los treinta días delmes de junio de año dos mil once.

Firman: Los miembros de la Comisión deEconomía. Diputado Ricardo Alán Boone Salmón,Gabriel Sepúlveda Reyes, Jaime Beltrán del RíoBeltrán del Río, José Alfredo Ramírez Rentería, asícomo el de la voz, René Franco Ruiz.

Es cuanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Segundo Vicepresidente.- P.R.I.:Gracias, Diputado.

7.1.

- El C. Dip. Segundo Vicepresidente.- P.R.I.: Seconcede el uso de la palabra al Diputado JaimeBeltrán del Río Beltrán del Río.

- El C. Dip. Beltrán del Río Beltrán del Río.-P.A.N.: Con su permiso, Presidente.

[El Diputado Franco Ruiz asume la Presidencia].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Beltrán del Río Beltrán del Río.-P.A.N.: Honorable Congreso del Estado.

Las y los Diputados de la Sexagésima TerceraLegislatura, integrantes del Grupo Parlamentariodel Partido Acción Nacional, con fundamento

– 2961 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

en lo dispuesto por el artículo 68, fracciónI de la Constitución Política del Estado; asícomo 97 y 98 de la Ley Orgánica del PoderLegislativo, sometemos a la consideración deesta Representación Popular el presente puntode acuerdo para exhortar al Ejecutivo del Estadoque tenga a bien instituir los mecanismos quehagan posible la instrumentación, aplicación yreglamentación de la Ley de Desarrollo Social yHumano del Estado y de la Ley de Asistencia Socialy Privada.

Lo anterior, al tenor de los siguientes

ANTECEDENTES:

Es de todos conocido que el pasado dos mil nuevefue un año de crisis mundial. Afectó la economíade las naciones de una manera, señalan algunos,nunca antes vista.

En el caso de los vecinos del norte, se decía que elimpacto en sus finanzas era sólo comparable al tanfamoso crac del año '29. Aquella crisis que golpeóa los Estados Unidos, precisamente en el año de1929, y que aseguran ha sido la más fuerte que haazotado a este país.

Cierto, no necesitamos acudir a otros países paraconocer de crisis y de cómo afectan a la población.Nuestro país ha sido atacado por este fenómenoeconómico en incontables ocasiones por muchasrazones que hoy no vienen al caso mencionar; sinembargo, sí es importante señalar los efectos deestas crisis: Generan pobreza. En México existe lapobreza y Chihuahua no es la excepción.

No voy a hacer mención de los indicadores depobreza. Todos sabemos que en Chihuahua existe,y en México, venir a decir aquí lo contrario seríaun absurdo, lo que sí es menester resaltar esque en nuestra Entidad contamos con instrumentosjurídicos vigentes que indudablemente puedenayudar a mitigar sus efectos.

Debemos entender que el hecho de aprobar unaley no implica que ésta necesariamente se cumpla,implica que el ordenamiento se vuelve vigente,

entra en vigor y nada más, pero si éste se cumple,será un ordenamiento positivo.

La Ley de Desarrollo Social y Humano para elEstado de Chihuahua y la Ley de Asistencia SocialPública y Privada son ordenamientos con estascaracterísticas, ya hemolo… ya lo hemos señaladoen ocasiones anteriores y nuevamente lo tenemosque hacer por la importancia de los mismos.

Por ello, es nuestro empeño de lograr que estosinstrumentos jurídicos se cumplan precisamente porsus bondades.

Un ciudadano en condiciones de prob… de pobrezapuede, a través de estos ordenamientos, hacerexigibles los programas de apoyo que las mismasleyes contemplan y, con ello, reclamar el derechoque le consagra la propia constitución, su derechoa una vida mejor y digna.

Exactamente por esto es que las leyes en menciónrequieren su debida aplicación y cumplimiento, puesaquí se contienen las medidas que permiten fincarlas bases sólidas que le aseguren a la población sudesarrollo.

La nueva visión de la política asistencial social,plasmada en las modernas leyes, se insiste, esbrindar las herramientas básicas para el desarrollode las capacidades que coadyuven a superar lasituación de vulnerabilidad de los más necesitadosy de esta manera propiciar el mejoramiento de sucalidad de vedas… de vida.

Imprime una nueva asistencia social, no paterna-lista, que brinda las herramientas básicas para eldesarrollo de nuevas capacidades que coadyuvena sacar del retraso a los más necesitados y hacerque contribuya al mejoramiento de la calidad devida de los grupos más desprotegidos.

La prevención de la vulnerabilidad, el fortalecimien-to de la familia y, en general, una nueva cultura deatención integral a los sectores más desprotegidosde la población son los elementos básicos de lanueva ley de asistencia social.

– 2962 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

La familia y el desarrollo comunitario se reconocenno sólo como un fin, sino también como unmedio para multiplicar los beneficios de la atencióna la vulnerabilidad y para mejorar la estrategiapreventiva ante los factores que la causan.

[El Diputado Domínguez Domínguez, en su calidad de

Vicepresidente, de conformidad con la fracción VII del artículo

30 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ocupa la curul del

Presidente].

En tal virtud, para Acción Nacional, la políticasocial que generan estas leyes, además deestar encaminadas a impulsar el desarrollo delas capacidades de las personas que, dadassus circunstancias de vida, edad o condicióneconómica, tienen imposibilidad para accedera mejor educación, empleo bien remunerado,vivienda digna, servicios de salud y seguridadjurídica, genera el entorno y las condicionesnecesarias para que las personas decidanlibremente sobre sí mismos, sobre su familia, sucomunidad y su país.

Compañeros Legisladores, más allá de programasasí… asistencialistas, echados a andar cada vezpor la buena voluntad de las autoridades, imple-mentemos los mecanismos que los instrumentosjurídicos contemplan y que permiten paliar los efec-tos de la pobreza en nuestra Entidad.

Aquí tenemos un marco jurídico valioso que surgióconsensuado por el total de las fuerzas políticas quela integraban. Aprovechémoslo. Es en beneficio delas y los chihuahuenses.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamentoen los artículos 57 y 58 de la Constitución Políticadel Estado, sometemos a la consideración deeste honorable… de esta Honorable Legislatura elsiguiente proyecto de

ACUERDO:

ÚNICO: En aras de paliar y/o combatir la pobrezaen Chihuahua, la Sexagésima Tercera Legislaturadel Estado exhorta, de la manera más atenta

y respetuosa, al titular del Poder Ejecutivo,Licenciado César Horacio Duarte Jáquez, para quetenga a bien instituir los mecanismos que haganposible instrumentar, aplicar y reglamentar la Ley deDesarrollo Social y Humano y la Ley de AsistenciaSocial Pública y Privada del Estado de Chihuahua.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativodel Estado de Chihuahua, a los treinta días del mesde junio del año dos mil once.

Atentamente. Grupo Parlamentario del PartidoAcción Nacional. Héctor Rafael Ortiz Orpinel,Alejandro Pérez Cuéllar, Inés Aurora MartínezBernal, Patricia Flores González, Raúl García Ruízy, el de la voz, Jaime Beltrán del Río.

Es cuanto, Presidente.

- El C. Dip. Segundo Vicepresidente.- P.R.I.:Gracias, Diputado.

7.2.

- El C. Dip. Segundo Vicepresidente.- P.R.I.: Seconcede el uso de la palabra al Diputado GerardoHernández Ibarra.

- El C. Dip. Hernández Ibarra.- P.R.I.: Con suvenia, Diputado Presidente.

- El C. Dip. Segundo Vicepresidente.- P.R.I.:Adelante, Diputado.

- El C. Dip. Hernández Ibarra.- P.R.I.:

Honorable Congreso del Estado.Presente.

Los suscritos, Diputados a la Sexagésima TerceraLegislatura e integrantes del Grupo Parlamentariodel Partido Revolucionario Institucional, en usode las atribuciones que nos confiere lo dispuestopor el artículo 68, fracción I de la ConstituciónPolítica del Estado de Chihuahua; y 71, fracciónIII de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, acudimos ante esta HonorableRepresentación Popular a efecto de enviar iniciativade decreto al Honorable Congreso de la Unión

– 2963 –

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

para reformar el tercer párrafo del artículo 9; y elprimer párrafo del artículo 10o., derogar, del TítuloSegundo, Capítulo III, Sección Primera, todos susartículos; del Título Quinto, Capítulo IV, el artículo83 y del Título Séptimo, Capítulo II, del primerpárrafo del artículo 84, todos de la Ley para Regularla Actividades de las Sociedades Cooperativas deAhorro y Préstamo.

Lo anterior en atención a los… a lo siguiente.

Diputado Presidente, de conformidad con el artículo30, fracción XX de la Ley Orgánica del PoderLegislativo del Estado de Chihuahua solicito ala Presidencia autorice la dispensa parcial de lalectura del documento, tanto de la parte expositivacomo en la propositiva y se inserte íntegramente alDiario de los Debates de la Sesión.

- El C. Dip. Segundo Vicepresidente.- P.R.I.:Concedido, Diputado.

Adelante.

- El C. Dip. Hernández Ibarra.- P.R.I.: [Texto que fue

dispensado de su lectura]:

[ANTECEDENTES:

Con fecha catorce de mayo de 2011, el Honorable Congreso

del Estado de Tabasco tuvo a bien presentar iniciativa con

carácter de decreto por virtud de la cual buscan modificar la Ley

para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas

de Ahorro y Préstamo.

En su exposición, manifiestan los iniciadores que en el Estado

de Tabasco se han registrado diversos abusos e incluso

fraudes en perjuicio de aproximadamente 2,000 tabasqueños,

por instituciones de ahorro que no cuentan con ningún tipo de

registro ante las autoridades de la materia.

Debido a esto y a un sinnúmero de irregularidades es que

consideraron indispensable reformar la citada ley en aras de

dar mayor seguridad a los tabasqueños.

Al respecto, cabe decir que las sociedades cooperativas de

ahorro y préstamo anteriormente se regulaban por la Ley

de Ahorro y Crédito Popular, pero con fecha 13 de agosto

de 2009 se expidió la Ley para Regular las Actividades de

las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, y cuyos

principios rectores son los siguientes:

- Respetar la naturaleza y forma de la organización de

las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo como

sociedades sin fines de lucro pertenecientes al sector social

de la misma.

- Registrar y regular, en su caso, a todas las sociedades

cooperativas que ofrecen servicios de ahorro y préstamo a sus

socios, sin excepción e independientemente de su tamaño o

ubicación geográfica, con el objeto de impulsar su crecimiento

y desarrollo.

- Reconocer las autorizaciones y demás actos administrativos

expedidos a favor de las sociedades cooperativas de ahorro

y préstamo al amparo de la Ley de ahorro y Crédito Popular,

manteniendo su total validez al incorporar a la nueva ley que

regulará su actividad.

- Mantener la rectoría de las autoridades financieras y,

específicamente, reiterar las facultades de la Comisión

Nacional Bancaria y de Valores de autorización, supervisión,

regulación y sanción del sector, a fin de fomentar su sano

desarrollo en protección de ahorradores.

Sin embargo, particularmente es de destacar que dicha ley,

en su artículo 13, establece que las sociedades cooperativas

de ahorro y préstamo cuyo monto total de activos no rebase

el límite equivalente en moneda nacional a 2,500.00 UDI's,

contarán con un nivel de operación básico y no requerirán de

la autorización de la comisión para realizar operaciones de

ahorro y préstamo.

Como se observa, se hace una excepción que debe

eliminarse. No debe haber excepciones. Así lo consideraron

los legisladores tabasqueños manifestando que todas las

sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, deben ser

autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores,

puesto que de los propios principios rectores, mencionados

antes, se desprende que todas las instituciones deben ser

supervisadas por la autoridad competente, pues de lo contrario,

cuando dichas Sociedades son tipificadas como de operación

básica, al no estar debidamente reguladas, se propicia que las

mismas incurran en abusos, anomalías y arbitrariedades en

perjuicio del patrimonio de los ahorradores y, aunado a esto,

lo más grave es que se trata precisamente de sociedades que

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

por los montos que maneja, son las que más contacto tienen

con las clases populares de más escasos recursos, y que ante

el marco jurídico referido, son ahorradores que entonces se

hallan totalmente desprotegidos.

En dicha iniciativa también proponen reformar y adicionar el

primer párrafo del artículo 10, para que quede de la siguiente

manera:

Artículo 10.- Las sociedades cooperativas de ahorro y

préstamo sin importar el monto total de activos que tengan

registrados requerirán de la autorización para realizar o

continuar realizando operaciones de ahorro y préstamo que

compete otorgar la comisión.

Con ello, queda claro que todas las Sociedades deberán ser

autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Como antes se mencionó, el decreto enviado por el Honorable

Congreso del Estado de Tabasco, busca derogar los artículos

12, 14, 15, 16 y 17, así como el artículo 13 ya mencionado,

lo anterior en virtud de que son el articulado que conforma

la Sección Primera del Capítulo III de la ley, que se refiere

precisamente a la regulación de las operaciones del nivel de

operaciones básico, pero que, desde el momento en que se

propone que toda sociedad de esta naturaleza, cumplan por

igual las disposiciones de operación general establecidas en

la ley, deja de tener sentido este articulado.

Así mismo, se elimina el artículo 83 y se modifica en su primer

párrafo el 84, en ambos casos por referirse al mismo tema de

la sección primera del capítulo III.

De este modo, los pequeños ahorradores pueden tener la

certeza de que sus intereses no pueden ser devaluados o

manipulados, ya que toda sociedad cooperativa de ahorro

y préstamo deberá rendir cuentas a la Comisión Nacional

Bancaria y de Valores.

Cabe decir que, finalmente, con esta medida también se verán

beneficiadas las propias instituciones referidas de ahorro y

préstamo, ya que los ciudadanos al tener la certeza jurídica

de que sus finanzas serán protegidas, dicha ley actuará como

incentivo para que más personas decidan participar en las

sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, y así todas

aquellas sociedades que incurrían en prácticas dudosas u

obscuras, simplemente habrán de acatar lo ordenado en la ley

o, en su defecto, desaparecer.

Para lo anterior, el Honorable Congreso del Estado de Tabasco,

resolvió sobre la aprobación de un decreto en los siguientes

términos.

DECRETO 097:

ARTÍCULO ÚNICO.- Con fundamento en el artículo 71, fracción

III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

la LX Legislatura del Honorable Congreso del Estado; envía

iniciativa de decreto al Honorable Congreso de la Unión, para

reformar el tercer párrafo del artículo 9, y el primer párrafo del

artículo 10; derogar del Título Segundo, Capítulo III, Sección

Primera, todos sus artículos; del Título Quinto, Capítulo IV, el

artículo 83, y del Título Séptimo, Capítulo II, el primer párrafo

del artículo 84, todos de la Ley para Regular las Actividades

de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, para

quedar como sigue:

Artículo 9.- ……………

…………

Así mismo, el comité de supervisión auxiliar deberá publicar en

su página electrónica en la red mundial denominada Internet e

informar a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa

de los Usuarios de Servicios Financieros, un listado señalando

las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo que se

encuentren supervisadas por la comisión y cuenten con la

protección de la cuenta de seguro de depósito que el Fondo

de Protección constituya conforme lo previsto en esta ley.

Artículo 10.- Las sociedades cooperativas de ahorro y

préstamo sin importar el monto total de activos que tengan

registrados requerirán de la autorización para realizar o

continuar realizando operaciones de ahorro y préstamo que

compete otorgar a la Comisión, de conformidad con las

disposiciones establecidas en la presente ley, previo dictamen

favorable emitido por el comité de supervisión auxiliar. Por

su propia naturaleza las autorizaciones serán intransmisibles.

Al efecto, la referida autorización en la comisión asignará a

dichas sociedades, un nivel de operaciones entre el I al IV,

según lo previsto en el artículo 18 de esta ley.

Párrafos dos al noveno.- …………

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

TÍTULO SEGUNDO

CAPÍTULO III

De las Operaciones

Sección Primera

Del Nivel de Operaciones Básicas

Artículos 12. al 17.- ……………

TÍTULO QUINTO

CAPÍTULO IV

De la Liquidación Forzosa

y de la Revocación de la Autorización

Artículo 83.- Se deroga.

Artículo 118.- Se deroga.

TRANSITORIOS:

PRIMERO: El presente decreto entrará en vigor a partir del

día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la

Federación.

SEGUNDO: Se derogan todas las disposiciones legales que

se opongan al presente Decreto.

TERCERO: Las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo

que al entrar en vigor el presente Decreto, realicen sus

actividades conforme a lo previsto en el Título Segundo,

Capítulo III, Sección Primera, de la Ley para Regular las

Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y

Préstamo, pasan a operar bajo el nivel de operaciones I

y deberán regularizar su situación dentro de un término de

noventa días naturales, contados a partir del día siguiente al

de la publicación de este Decreto.

CONSIDERACIONES:

Las sociedades con una democracia sólida tienen en común

la convivencia armónica de leyes e instituciones que otorgan

equidad a los diversos intereses y clases sociales de manera

que nadie pueda pasar por encima de los derechos de las

clases más vulnerables, legislar en ese tenor es el mandato a

seguir de toda legislatura.

En el caso de las finanzas sabemos que la falta de liquidez

provoca el endeudamiento y, las más de las veces, éste

puede tener como consecuencia la miseria inmediata en la

persona, regresando al círculo vicioso de la ignominia, una

crisis financiera provoca una crisis económica y ésta, a su

vez, una de tipo social, siendo, desde luego, la más severa de

todas.

No se puede permitir que instituciones de la naturaleza antes

mencionada, lucren de forma por demás ambiciosa a costa de

la miseria de otros.

Son múltiples las instituciones cooperativas de ahorro y

préstamo a nivel nacional, que a pesar de estar registradas

ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, incurren en

irregularidades, entonces, si esto ocurre con las registradas,

qué podemos esperar de las no registradas. Por pequeños

montos que se manejen, el dinero no es de los administradores,

es de los ahorradores, la ventaja, en todo caso, de que estén

registradas es, precisamente, la intervención oportuna de la

Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que permite evitar

más abusos y sancionar debidamente a la institución.

Con el afán de prevenir entonces este tipo de inconvenientes,

y a su vez fortalecer los sistemas financieros de las clases

populares y fortalecer la cultura del ahorro, es que ahora

proponemos a este Honorable Congreso del Estado de

Chihuahua, considere la adhesión al Decreto emitido por

el Honorable Congreso de Tabasco que, precisamente, busca

una mejor regulación y, sobre todo, en tiempo oportuno, de

las actividades de las sociedades cooperativas de ahorro

y préstamo, también busca garantizar la consolidación del

patrimonio de las clases populares, fortaleciendo, a su vez,

sus finanzas y así propiciar el desarrollo social.

Incluso, con esta reforma se logra también que las clases

populares cuenten con algún tipo de ahorro confiable que les

permita poco a poco consolidar y acrecentar su patrimonio, de

hecho es fundamental para el impulso de la economía de este

segmento social, que finalmente poco puede acceder a otro

tipo de instituciones financieras como los bancos.

No debemos olvidar -como ya antes se dijo- que una crisis

financiera redunda en una económica y ésta concluye en una

social, pero lo contrario es igualmente válido, es decir, finanzas

más sólidas, propician un desarrollo económico y éste genera

las oportunidades para el desarrollo social óptimo.

De ahí la necesidad, pues, de que todas las sociedades

cooperativas de ahorro y préstamo se registren, cumpliendo

con todos los requerimientos establecidos en la ley. Sin

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importar la dimensión del negocio, lo importante es que sean

supervisadas por la autoridad respectiva dando así, inclusive,

transparencia a la operación lo que, desde luego, se traduce

en confianza para los usuarios.

Por lo anteriormente expuesto y tomando en consideración

la gran importancia que tiene esta problemática en los

sectores populares del país, proponemos a esta Honorable

Representación Popular, adherirnos al Decreto emitido por

el Honorable Congreso del Estado de Tabasco, tomando el

siguiente]

[Continúa con su lectura]:

[Se incorpora a la Sesión el Diputado Balderrama Quintana].

Me remito al

ACUERDO:

ÚNICO.- La Sexagésima Tercera Legislatura delhono… del Honorable Congreso del Estado deChihuahua, hace suyo el decreto emitido por laSexagésima Legislatura del Honorable Congresodel Estado de Tabasco, por virtud del cual presentanante el Honorable Congreso de la Unión iniciativacon carácter de decreto a efecto de reformar eltercer párrafo del artículo 9o., y el primer párrafo delartículo 10o., derogar del Título Segundo, CapítuloIII, Sección Primera, todos sus artículos; del TítuloQuinto, Capítulo IV; el artículo 83 y del TítuloSéptimo, Capítulo II, el primer párrafo del artículo84, todos de la Ley para Regular las Actividades delas Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamopara quedar como sigue:

Artículo 9o.- ……………

……………

Así mismo, el Comité de Supervisión Auxiliardeberá publicar en su página electrónica en lared mundial denominada Internet e informar a laComisión Nacional para la Protección y Defensa delos Usuarios de Servicios Financieros, un listadoseñalando las sociedades cooperativas de ahorroy préstamo que se encuentren supervisadas por lacomisión y cuenten con la protección de la cuenta

de seguro de depósito que el Fondo de Protecciónconstituya conforme lo previsto en esta ley.

Artículo 10o.- Las socie… sociedades cooperativasde ahorro y préstamo sin importar el monto totalde activos que tengan registrados requerirán dela autorización para realizar o continuar realizandooperaciones de ahorro y préstamo que competeotorgar a la Comisión, de conformidad con lasdisposiciones establecidas en la presente ley,previo dictamen favorable emitido por el comitéde supervisión auxiliar. Por su propia naturalezalas autorizaciones serán intransmisibles. Al efecto,la referida autorización en la Comisión asignará adichas sociedades, un nivel de operaciones entreel I al IV, según lo previsto en el artículo 18 de estaley.

Párrafo dos al noveno. Quedan igual.

TÍTULO SEGUNDO

CAPÍTULO IIIDe las Operaciones

Sección PrimeraDel Nivel de Operaciones Básicas

Artículos 12, 13, 14, 15, 16, 17, se derogan.

TÍTULO QUINTO

CAPÍTULO IVDe la Liquidación Forzosa

y de la Revocación de la Autorización

Artículo 83.- Se deroga.

Artículo 118.- Se deroga.

TRANSITORIOS:

PRIMERO: El presente decreto entrará en vigor apartir del día siguiente de la publicación en el DiarioOficial de la Federación.

SEGUNDO: Se derogan todas las disposicioneslegales que se opongan al presente decreto.

TERCERO: Las sociedades cooperativas de ahorroy préstamo que al entrar en vigor el presentedecreto, realicen sus actividades conforme a lo

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previsto en el Título Segundo, Capítulo III, SecciónPrimera de la Ley para Regular las Actividades delas Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo,pasan a operar bajo el nivel de operaciones Iy deberán regularizar su situación dentro de untérmino de noventa días naturales, contados apartir del día siguiente al de la publicación de estedecreto.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea túrnese ala Secretaría para los efectos legales quecorrespondan.

Dado en el Recinto Oficial de la Sede del PoderLegislativo, a los treinta días del mes de junio delaño dos mil once.

Atentamente. Sufragio Efectivo No Reelección.Diputado René Franco Ruiz y, el de la voz, DiputadoGerardo Hernández Ibarra.

Es cuanto, Diputado Presidente.

- El C. Dip. Segundo Vicepresidente.- P.R.I.:Gracias, Diputado.

Se encuentran en esta Sesión productoresagropecuarios de la región de Cuauhtémoc quientienes un… quienes tienen… quienes tiene unproblema con la Comisión Federal de Electricidad.

Están solicitando la participación o la reunión conalgunos Legisladores, por lo cual se solicita alDiputado Jorge Abraham Ramírez Alvídrez y ala Subcomisión de Energía, representada por elDiputado Alejandro… Alex Le Barón González, noshicieran el favor de atender a las personas que nosvisitan, con tal de agilizar la presente sesión.

Si son tan amables.

Gracias.7.3.

- El C. Dip. Segundo Vicepresidente.- P.R.I.: Seconcede el uso de la palabra al Diputado RicardoOrviz Blake.

- El C. Dip. Orviz Blake.- P.R.I.: Con su permiso,Diputado Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Orviz Blake.- P.R.I.: HonorableCongreso del Estado.Presente.

El suscrito, Ricardo Orviz Blake, Diputadode la Sexagésima Tercera Legislatura delHonorable Congreso del Estado e integrante delGrupo Parlamentario del Partido RevolucionarioInstitucional, acudo ante esta RepresentaciónPopular en el uso de las atribuciones que meconfiere lo dispuesto en los artículos 64, fracciónI; y 68 de la Constitución Política del Estado deChihuahua; así como los artículos 97 y 98 de laLey Orgánica del Poder Legislativo del Estado deChihuahua, con el propósito de presentar iniciativacon carácter de decreto a efecto de reformar elartículo 3, apor… apartado B), fracción XI y elCapítulo XII correspondiente al… al Título XI de laLey Estatal de Salud del Estado de Chihuahua, conel fin de regular la práctica de la medicina estética.Lo… lo anterior con base en la siguiente.

Diputado Presidente, de conformidad con el artículo30, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder lo…Legislativo, solicito la dispensa de la exposición demotivos y que se inserte en el Diario de Debatesde la Sesión.

- El C. Dip. Segundo Vicepresidente.- P.R.I.: Seautoriza, Diputado.

Adelante.

- El C. Dip. Orviz Blake.- P.R.I.: Gracias.

[Texto que fue dispensada su lectura]:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

La prevención es una de las herramientas más útiles en cuanto

a riesgos de salud se refiere. Una sociedad segura es aquella

cuyo gobierno vela por los intereses de los individuos y realiza

acciones concretas para proteger sus mínimos de desarrollo,

como la salud y la educación.

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

Con el fin de garantizar a la comunidad el buen manejo

del servicio de salud, este Honorable Congreso del Estado

de Chihuahua aprobó durante el mes en curso, iniciativa

con carácter de decreto a fin de regular a la terapéutica

homeopática y a la acupuntura como disciplinas que

requieren para su ejercicio los títulos y certificados oficiales

correspondientes, dentro de la Ley Estatal de Salud. Lo

anterior, fue producto de la preocupación por aquellos

individuos que ostentándose como profesionales de la medicina

practican dichas ramas sin contar con los conocimientos

académicos necesarios para ello, ocasionando perjuicios en la

salud de sus iguales.

La medicina estética se encuentra actualmente en un mismo

plano de descuido en cuanto a quienes la practican. Así como

la terapéutica homeopática es una disciplina que requiere

para su desempeño de estudios de medicina específicos, la

medicina estética, a su vez, debe ser practicada por médicos

especialistas en la materia.

Aunado a esto, es necesario definir en la legislación lo que

se entiende propiamente como medicina estética, ya que

en muchas ocasiones se le puede confundir con la cirugía

plástica, lo cual es incorrecto. Así mismo, se pueden relacionar

aquellas actividades u oficios dedicados al cuidado externo del

físico, como salones de belleza o centros de masajes, dicho

rubro tampoco es el que pertenece a la medicina estética

y, en muchas ocasiones, el personal que labora en estos

establecimientos practica actividades que pertenecen a la

medicina estética, sin contar con el estudio correspondiente.

Cabe mencionar que la disciplina en comento, es una

práctica médica reconocida por las comunidades médicas y las

autoridades sanitarias de diversos lugares en el mundo, así

es que a nivel internacional existen comunidades autónomas

como las de Francia, Colombia, Brasil, Estados Unidos, entre

otras.

De igual manera, existe la Sociedad Mexicana Científica de

Medicina Estética, la cual define a la misma de la siguiente

manera:

La medicina estética es la rama de la medicina que privilegia la

relación entre la salud y la belleza con un abordaje terapéutico

clínico, basado en técnicas y procedimientos médicos y

cosméticos que mejoran la apariencia, la salud y el autoestima

del paciente y que se enmarcan como maniobras terapéuticas,

diferentes del campo invasivo quirúrgico de otras ramas de la

medicina, como la cirugía plástica y estética.

De la definición anterior podemos concluir que siendo

mínimamente invasiva no implica tratamientos que retengan

al paciente por largo tiempo fuera de sus actividades, sin

embargo su naturaleza ambulatoria no la excluye de ser un

procedimiento médico, el cual debe ser desempeñado con

cuidados y conocimientos médicos así como por profesionales

de la materia, pues implican riesgos para la salud del individuo.

La medicina estética surge de la necesidad del ser humano

por elevar su autoestima o corregir lo que bajo su percepción

puedan ser defectos físicos. Es una medida alterna, la cual

siendo practicada de manera profesional llega a ser de gran

ayuda para quienes recurren a dichos procedimientos.

La necesidad de brindar certeza jurídica a la práctica de la

medicina estética es inminente, debido a la gran cantidad

de individuos que deciden practicarse algún método de esta

índole y que pueden poner en peligro su vida e integridad física

por realizarse bajo el amparo de una ausencia de legislación

al respecto o bien, una regulación confusa.

Los daños que provoca la prestación de servicios profesionales

sin estar acreditados por las instancias competentes en la

mayoría de los casos pueden llegar a ser irreversibles. Y de

esta última situación, se han conocido casos a través de los

medios de información, donde se da cuenta que personajes

públicos han sufrido afectaciones a su salud por someterse a

tratamientos de medicina estética sin que la practicaran peritos

en la materia.

Por otro lado, es menester ubicar en la legislación la diferencia

que existe entre los centros de embellecimiento físico, como

por ejemplo las peluquerías y los centros de medicina estética.

Otorgarles el reconocimiento jurídico adecuado a ambos

rubros, a través de especificar de manera precisa que tipo

de actividades le corresponden a cada una y los diversos

requisitos para la prestación de esos servicios, tanto de los

profesionales que se dedican a esas actividades.

Proporcionar un marco jurídico que evite la práctica clandestina

de ese tipo de actividades y la prestación de servicios

profesionales sin contar con los conocimientos académicos

correspondientes, evitando así los posibles riesgos que pueden

ocasionarse a la salud de la población que acude a ese tipo

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de servicios.

De todo lo anterior podemos concluir lo siguiente:

1.- La medicina estética es la relacionada con cambiar o

corregir el contorno o forma de diferentes zonas o regiones

de la cara y del cuerpo, es decir, es una práctica médica de

carácter quirúrgico invasivo, que requiere para su ejercicio de

los profesionales debidamente certificados o capacitados por

las instancias correspondientes.

El campo que aborda la medicina estética se diferencia del que

ocupa la cirugía plástica o estética porque esta última realiza

esquemas terapéuticos quirúrgicos e invasivos totalmente.

Mientras que la medicina estética se basa fundamentalmente

en la prevención y en la corrección de afecciones o alteraciones

no aceptadas o consideradas no estéticas, mediante técnicas

que no requieren una terapéutica quirúrgica invasiva del cuerpo

humano.

2.- Lo referente al rubro de embellecimiento físico, se entiende

como el proceso exógeno para modificar la apariencia y ayudar

a cuidar la belleza externa de la persona. No se realizan

intervenciones médicas de carácter invasivo en ninguna forma

ni por mínimas que sean ni se requiere un profesional de la

medicina para ejercer esta actividad.

Es necesario realizar el combate en contra de clínicas

clandestinas que se dediquen a la práctica de la medicina

estética o bien, aquellos centros de embellecimiento físico

que sin contar con conocimientos en la materia realicen

procedimientos invasivos. Ya que la población arriesga

su salud y su vida sometiéndose a tratamientos estéticos

practicado por personal no calificado.

En mi labor de Legislador es que propongo ante esta Honorable

Soberanía una propuesta de decreto respecto a la Ley Estatal

de Salud, a fin de regular la práctica de la medicina estética

y su diferenciación con los establecimientos que solamente se

dedican al embellecimiento físico.

Por lo anteriormente expuesto me permito someter a la

consideración del Pleno el presente proyecto con carácter de

[Continúa con su participación]:

DECRETO:

ÚNICO.- Se adiciona… se adicionan términos enel artículo 3, apartado B), fracción XI, así comolos artículos 213 bis y 213 ter del Capítulo XII,correspondiente al Título Décimo Primero de la LeyEstatal de Salud del Estado de Chihuahua, con elfin de regular la práctica de la medicina estética,para quedar redactados de la siguiente manera:

Artículo 3. En los términos de la Ley General deSalud y de esta ley correspondiente [corresponde] alestado:

[A)…………

…………

B)] En materia de salud local, el control sanitario de:

I.- …………

…………

XI.- Establecimientos dedicados a la prestación deservicios como peluquerías, salones de belleza,aquellos que se aboquen al embellecimiento físicoy a la práctica de la medicina estética.

…………

CAPÍTULO XIIESTABLECIMIENTOS DEDICADOS A LA

PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMOPELUQUERÍAS, SALONES DE BELLEZA,EMBELLECIMIENTO FÍSICO, PRÁCTICADE LA MEDICINA ESTÉTICA Y OTROS

Artículo 212. Se entiende por peluquerías ysalones de belleza, los establecimientos dedicadosa rasurar, teñir, peinar, cortar, rizar o realizarcualquier actividad similar con el cabello de laspersonas. Arreglo estético de uñas en manos ypies o apliquen tratamientos capilares de belleza alpúblico.

Artículo 213. El funcionamiento y personal delos establecimientos a que se refiere el presentecapítulo, deberán cumplir con lo establecido en

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esta ley, sus reglamentos y normas técnicascorrespondientes.

Artículo 213 bis. Se entiende por medicina estética,aquellos tratamientos que son mínimamenteinvasivos y tienden a mejorar el aspecto y lacondición de salud de los pacientes. Se conformanpor terapias médicas y cosméticas enmarcándoseen man… en maniobras terapéuticas diferentesal campo invasivo quirúrgico propio de la cirugíaplástica y de otras ramas de la medicina.

Los profesionales de la medicina que prestenlos tratamientos referidos en el artículo anterior,deberán contar con los títulos profesionales,legalmente expedidos y registrados ante lasautoridades educativas competentes que losacrediten como profesionales en medicina, contarcon la cédula profesional respectiva y con ladocumentación académica que compruebe sucapacitación científica en medicina estética enlas instituciones debidamente reconocidas porla autoridad en materia de educación superioro posgrado, de igual forma, deberán deser reconocidos por las autoridades sanitariascorrespondientes.

[El Diputado Franco Ruiz asume la Presidencia].

Artículo 213 ter. Se entiende por embellecimientofísico, los procedimientos que se utilizan paramodificar las características externas y superficialesdel cuerpo [humano], mediante la aplicación desustancias, preparados de uso externo, productoscosméticos de uso tópico; así como utensilios,herramientas y equipos sin implicaciones médicas,en su caso, y que son destinados a incrementarla belleza del cuerpo humano o a mejorar suapariencia física, sin que exista intervenciónquirúrgica ni aplicación de cualquier procedimientode atención médica.

En los establecimientos a los que se refiereel presente artículo, quedan prohibidas, lasinfiltraciones o implantaciones de sustanciasrelacionadas con cambiar o corregir el contornoo forma de diferentes zonas o regiones de la cara

y del cuerpo humano que requieren de intervenciónmédica.

TRANSITORIOS:

ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al díasiguiente de su publicación en el Periódico Oficial[del Estado].

ECONÓMICO.- Aprobado que sea túrnese a laSecretaría a efecto de que elabore la minuta dedecreto en los términos en que deba de publicarse.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo,a los treinta días del mes de junio de año dos milonce.

Atentamente, el de la voz, Diputado Ricardo OrvizBlake.

Es cuanto, Diputado Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

7.4.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se concede el usode la palabra al Diputado José Alfredo Rentería…perdón, Ramírez Rentería.

- El C. Dip. Ramírez Rentería.- P.R.D.: Con supermiso, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Adelante.

- El C. Dip. Ramírez Rentería.- P.R.D.:

Honorable Congreso del Estado de Chihuahua.Presente.

Diputado José Alfredo Ramírez Rentería, integrantede la Sexagésima Tercera Legislatura y confundamento en los artículos 97 y 98 de laLey Orgánica del Poder Legislativo del Estadode Chihuahua, comparezco ante ustedes parapresentar iniciativa con carácter de decreto, parareformar los salit… los artículos 332, 333, 335, 336,337 y 339 del Código de Procedimientos Civiles delEstado de Chihuahua. Al tenor de la siguienteexposición de motivos.

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

Señor Presidente, de conformidad con el artículo30, la fracción XX de la Ley Orgánica del PoderLegislativo, solicito a la Presidencia autorice ladispensa de la lectura de los antecedentes yremitirme a las consideraciones del documento yse inserte en el Diario de los Debates de la Sesión.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se autoriza,Diputado.

- El C. Dip. Ramírez Rentería.- P.R.D.: [Texto que

fue dispensada su lectura]:

A la fecha existe una considerable preocupación por parte

de los juzgadores en materia civil y, por lo tanto, mercantil

y familiar del orden común en nuestro Estado, con respecto

a que los dictámenes periciales que aportan las partes en

conflicto; así como los del tercero en discordia, puedan estar

motivados por algo más que dar a conocer al tribunal la certeza

y legitimidad de una pretensión invocada por las partes. Es

de reconocerse, que el juzgador se encuentra en aprietos

cuando los peritos son recusados por las partes, a causa de

distorsiones emitidas en los dictámenes a favor de alguna

de las partes y, en casos más patéticos, en beneficio de sí

mismos.

Si bien, la mayoría de las periciales pueden ser fieles a los

principios éticos de la profesión u oficio de quien dictamina.

Cabe destacar, que es necesario, que el juez tenga el recurso

legal de auxiliarse, a través de un especialista, comprometido

y sujeto a la Ley de Responsabilidades de los Servidores

Públicos del Estado de Chihuahua, quien le haga conocer

la veracidad de un acto o hecho de cuya ciencia, técnica o

arte el servidor público en cuestión conozca a detalle. Me

refiero, aquí, a peritos de reconocida probidad que formen

parte del organigrama del Poder Judicial del Estado, o sea,

lo que en derecho se conoce como perito oficial, por lo tanto,

propongo aquí incluir un área de servicios periciales adscrita a

los juzgados civiles y familiares del Estado.

Entonces, me refiero aquí a que en el futuro se le deba negar

a las partes la facultad de presentar y desahogar sus pruebas

periciales Definitivamente no, recordemos que el derecho civil

es de carácter privado y no podemos dejar que en esta

materia el Poder Judicial actúe de manera inquisitorial. Lo

único que pretendemos con la aprobación de las propuestas

de reforma que presentamos es que a la hora en que el juez

tenga la obligación de emitir una sentencia lo haga con los

elementos suficientes que garanticen la imparcialidad, equidad

y justicia que su alta labor le demanda y para ello, el juzgador

requiere de conocer la verdad en cuestiones de la ciencia,

arte o técnica en las que no sea un experto, para así no

dejarlo abrumado con la incógnita de si en un litigio, en el que

existieron pericia les contradictorias, el tercero en discordia

pudiera haber inclinado la balanza de la justicia a favor de una

de las partes.

Insisto, en que si bien muchos de los peritos se conducen con

la ética requerida por su oficio, arte o profesión, en algunos

casos las periciales se arreglan en función a una serie de

componendas y corruptelas, que tuercen el contenido de los

dictámenes a favor del más poderoso económicamente o, en

su caso, del más influyente en el esquema de la vida en

sociedad.

Además, considero pertinente indicar que los honorarios del

perito tercero en discordia, a la fecha corren por cuenta

de ambas partes, lo que constituye un perjuicio más en la

economía de quien menos posee en el conflicto en cuestión.

Además, en nuestro esquema jurídico actual (el del Estado

de Chihuahua) cuando alguna de las partes omite nombrar

su perito o el que designe o designen no hiciere presente al

juzgado su aceptación dentro de las cuarenta y ocho horas

siguientes a la notificación de su nombramiento, o si después

de aceptar su cargo no rindiere su dictamen dentro del

término fijado o en la diligencia respectiva o cuando renunció,

después de aceptar el cargo, o no encontrarse en el lugar

del juicio o donde deba practicarse la prueba o no se hubiere

señalado su domicilio, la ley prevé que sea el juez quien

haga el nombramiento del perito, al que conocemos como

perito nombrado por el juez y al que, dicho sea de paso, es

obligación de las partes cubrir sus honorarios.

Por lo tanto, el decreto de reforma que impulsa la presente

exposición de motivos, se encarga de incluir en nuestro marco

jurídico civil, la figura de un perito oficial con el que se

evitará dejar en estado de indefensión, tanto a los litigantes

como al tribunal, en materia de dictámenes realizados por

especialistas en las diferentes ramas del conocimiento. Por

ello, proponemos la figura de un área de peritaje adscrita a

los juzgados civiles y familiares, en la cual existan los tipos de

perito más requeridos por los mismos como auxiliares en la

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

administración de justicia.

Con lo anterior, también, evitaríamos que las partes hagan

erogaciones por los honorarios del perito tercero en discordia

y el de los peritos nombrados por el juez, a los que la

figura que proponemos substituiría, además que el ejercicio de

sus funciones (del perito oficial) quedaría sujeto a la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de

Chihuahua.

En base a lo anteriormente expuesto, pongo a consideración

de esta H. Asamblea, la siguiente iniciativa con carácter de

DECRETO:

[Continúa con su participación]:

PRIMERO.- Refórmense los artículos 332, 333,335, 336, 337 y 339 del Código de ProcedimientosCiviles del Estado de Chihuahua, para quedar dela siguiente manera:

Artículo 332. Cada parte, dentro del tercer día dehaber sido requerida para ello, nombrarán un perito,a no ser que se sup… que se pusiera de acuerdoen el nombramiento de uno solo. El perito oficialen discordia será llamado a juicio por el juez.

Artículo 333. El juez procederá al llamamiento deperitos oficiales para desahogar las pruebas en lossiguientes casos:

I. Queda igual.

II, III, IV y V, quedan iguales.

Artículo 335. Cuando a la práctica de la diligenciadeba concurrir el juez, con… concu… concurrirátambién el… el perito oficial en discordia y seobservarán las… las reglas siguientes:

I. Queda igual.

II. Queda… queda igual.

III. Los peritos de las partes emitirán inmediata-mente su dictamen, si es que lo permite la natu-raleza del asunto. En caso contrario, el juez lesseñalará un término prudente para que rindan su

dictamen. Cuando discorden [discordaren] los peritosde… dictaminará el perito oficial en discordia, so-lo… sólo asociaciones con los otros dos, según lorequiera la nat… la naturaleza del asunto.

Artículo 336. Si se trata de fijar valores y ladiferencia entre los avalúos de los peritos noexcediere de un diez por ciento del mayor preciofijado, se omitirá el llamamiento de perito oficialen discordia, procediendo el juez con arreglo a lodispuesto en el artículo 389.

Artículo 337. El perito oficial llamado por el juezpuede ser recusado con expresión de causa, dentrode las cuarenta y ocho horas siguientes a las quese notifique su designación a las partes. Son…son causas de recusación de peritos oficiales lassiguientes:

I. …………

II. …………

III. …………

Y se modifica el último párrafo.

El litigante que haga valer su recusación deberápresentar al formu… a la for… a la formular… alformularla, las pruebas necesarias para demostrarla causa que se alegue y el juez de plano lacalificará contra el auto en que se admita o sedeseche la recusación no procecerá… no procederárecurso alguno, si la recusación sea admitida y eljuez llamará un nuevo perito.

Artículo 39 [339]. Los honorarios de cada peritoserán pagados por la parte que lo nombró. Loanterior, si… lo anterior, sin perjuicio de lo quedisponga la sentencia definitiva sobre condenaciónen costas.

SEGUNDO.- Modifíquese y/o deróguense todasaquellas disposiciones contenidas y… en estaotras… y/u otras leyes o códigos, reglamentos, quecontraríen el contenido del presente decreto.

Dado en Chihuahua, Chih., a treinta de junio del

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dos mil once.

Diputado José Alfredo Ramírez Rentaría, integrantede la Sexagésima legi… Tercera Legislatura delEstado de Chihuahua.

Es cuanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Las iniciativas antes leídas se remiten a laSecretaría para su trámite.

8.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Para continuar conel desarrollo del Orden del Día, si las Diputadaso Diputados tienen algún asunto general quetratar, favor de manifestarlo, a efecto de quela Primera Secretaria, Diputada Patricia FloresGonzález, levante la lista de oradores e informea esta Presidencia.

- La C. Dip. Primera Secretaria.- P.A.N.: ¡Congusto, señor Presidente!

Por instrucciones de la Presidencia pregunto a lasDiputadas y Diputados si desean presentar algúnasunto general, favor de manifestarlo de la maneraacostumbrada.

Informo a la Presidencia que se ha anotado elDiputado Rubén Aguilar para asunto general.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, DiputadaSecretaria.

Se concede el uso de la palabra al Diputado RubénAguilar Jiménez.

- El C. Dip. Aguilar Jiménez.- P.T.: No es unasunto nuevo. Es una derivación del acuerdoque se acaba de tener sobre el dictamen este,el asunto de las gasolinas y de PEMEX, parasolicitar que lo que se acordó, en el sentido enque se exhorte a el Congreso de la Unión yque se exhorte a las Legislaturas de los Estados,se pueda hacer bajo la forma de enviar a laPresidencia de cada una de esas instancias, el

acuerdo formal, pero que se les mande copia parasu conocimiento y para los efectos que haya lugar,a todos los líderes de los grupos parlamentariosde esos Congresos, con la finalidad de que estaopinión, que esta propuesta o exhorto de… delCongreso de Chihuahua, pues llegue políticamenteal sentir de los dirigentes políticos de todo el paíssobre un tema muy relevante, de todos ustedes,pues debe de estar presente la importancia quetiene el manejo de los problemas de PEMEX, delos productos y, por supuesto, de los recursos quecaen a partir del petróleo.

Me parece que nuestra economía no estápetrolizada, porque así lo declaran políticamentetodos, pero creo que esta declaración, pueses totalmente incorrecta, porque es cierto quelos recursos inmensos que genera el petróleomexicano, tienen que ser vigilados por todos losmexicanos, para que sea usado -exactamente-para beneficio de la sociedad y de atención alos problemas de la República, no nada más delos sectores centrales, de los gobiernos o de lasempresas centralistas como PEMEX, sino todo loque tiene que ver con el uso del poder público.

La mayor parte de los recursos de PEMEX, puesestán asignados a fortalecer las finanzas públicas.Creo que en ese asunto nos da derecho -entonces-a todos los Congresos de los Estados y desdeChihuahua, nosotros podríamos darle relevancia aeste exhorto, para que el Congreso de Chihuahuaempiece a tomar injerencia e intervención enproblemas de carácter nacional que, además, nosafectan y nos benefician, porque es el asunto estede los recursos, que teniendo la posibilidad, delGobierno Federal, de canalizarlo, incluyendo lamayoría de los Estados, pues podíamos de rebotetraer la posibilidad de que eso beneficie a eseasunto.

Me parece que la facultad de iniciativa del Congresode Chihuahua, para cosas de… de carácterdiversos, el Congreso de la Unión se sumaría aesta posibilidad, quizá, después de esto, pudierahaber alguna iniciativa con base a esa posibilidad,

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Chihuahua, Chih., 30 de Junio de 2011

pero por lo pronto, como ya acabamos de acordarhace un momento, que se haga un exhorto, quese extienda este conocimiento a todas las legis…legislaturas, me parecería conveniente que semande la copia a todos los líderes de los gruposparlamentarios de los Congresos de todos losEstados y a los líderes de la Cámara de Diputadosy la Cámara de Senadores.

Por supuesto, con la correspondiente exigencia deque este asunto tenga efectos.

Muchas gracias.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

Esta Presidencia recibe el asunto planteado ysolicita a los Diputados Secretarios les otorguenel trámite correspondiente y permanezcan atentosa su seguimiento, informando, en su oportunidad, aesta Presidencia.

9.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Continuandocon el siguiente punto del Orden del Día,presentaré el informe de actividades realizadasdurante el Segundo Período Ordinario deSesiones, correspondiente al primer año deejercicio constitucional de la Sexagésima TerceraLegislatura, en cumplimiento a lo preceptuado porel artículo 30, fracción XIX de la Ley Orgánicadel Poder Legislativo, el cual queda al… a ladisposición de los señores Legisladores.

[El Diputado Domínguez Domínguez, en su calidad de

Vicepresidente, de conformidad con la fracción VII del artículo

30 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ocupa la curul del

Presidente].

- El C. Dip. Franco Ruiz.- P.R.I. [Desde Tribuna]: Consu permiso, Presidente.

- El C. Dip. Segundo Vicepresidente.- P.R.I.:Adelante, Diputado.

- El C. Dip. Franco Ruiz.- P.R.I.: Compañeras ycompañeros Legisladores.

Este día treinta de junio finaliza el Segundo PeríodoOrdinario de Sesiones, dentro del primer año deejercicio constitucional de esta Sexagésima TerceraLegislatura.

Este período que me tocó el honor de presidir,ha sido fructífero en logros, consensos y en laproducción de textos normativos, que seguramenteservirán a la sociedad que nos encomendó estatarea de representación para mejorar su calidad devida y tener más expectativas en el corto plazo.

Creo que este es un momento apropiado y oportunopara compartir con ustedes, amigos Legisladoresy Legisladoras, y con la sociedad chihuahuensealgunas reflexiones en torno a la intensa actividadque desarrollamos.

La tarea legislativa no puede ni debe acortarsesolamente a la creación de normas jurídicasgenerales, abstractas e impersonales, por elcontrario, es una parte fundamental de la tarea degobernar en coordinación con los otros Poderes.

El proceso legislativo está sujeto a formas jurídico-constitucionales, pero también condicionado alas exigencias y aspiraciones de la sociedad.Estoy plenamente convencido que no tendríaningún sentido elaborar leyes que no respondana la solución de problemas colectivos, concretosy nuestra Entidad enfrenta… serios retos dediferentes magnitudes, entre los cuales sobresale,por razones obvias, el de la inseguridad pública, lasequía que se abate sobre nuestro Estado, la faltade insumo para el campo, entre otros muchos quesería prolijo enumerar.

[Mientras realiza la presentación del informe, se proyectan en la

pantalla fotografías alusivas a las actividades del Presidente].

Los chihuahuenses aspiramos al desarrollo converdadera justicia social, a la prosperidad, a lapreservación de nuestra soberanía y, por supuesto,a la paz y a la convivencia armónica.

Por ello, tenemos que volver los ojos alcampo, apoyarlo, fortalecerlo mediante un auténtico

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desarrollo rural integral, sobre todo enfocandonuestra atención prioritaria al aspecto alimentario.

Es necesario que reflexionemos en torno a la suertedel campo chihuahuense, ejidatarios, comunerosy la mayor parte de los pequeños propietarios,representan un sector históricamente olvidado,el más pobre y atrasado de nuestro sistemaeconómico.

Y eso es lo que estamos haciendo, pues vamos aapoyar decididamente, dentro de nuestro ámbitocompetencial, el recientemente expuesto planestatal de desarrollo, presentado por el GobernadorCésar Duarte Jáquez, en donde nos planteó-de manera ambiciosa, estructurada, analítica yreflexiva, además de congruente y con absolutasposibilidades de realizarse- el rumbo que pueblo ygobierno se han trazado para nuestra Entidad.

Aquí, en nuestro Estado, hemos acreditado quehay altura de miras, que cuando los superioresintereses de los chihuahuenses están en juego, losGrupos Parlamentarios y, por ende, los Diputados,podemos alcanzar objetivos comunes.

Aquí, en Chihuahua y a que nadie… y que a nadiele quepa la menor duda, la Constitución y las leyesrepresentan la columna vertebral de una sociedadcivilizada, la nue… la nuestra, pues no existe estadosin normas ni normas sin estado.

Por todas estas razones expuestas con anteriori-dad, yo afirmo y sostengo, que el desempeño exi-toso de una… cualquier cul… que Legislatura, nopuede ni debe mediarse con un patrón simplementecuantitativo. Es decir, por el número de leyes queapruebe. Esto sería simplemente injusto e irra-cional.

Opino que más bien debe valuarse en función delas exigencias sociales y necesidades que resuelve.Pues legislar supone más que cantidad, calidad.

Cada legislatura responde a diferentes circunstan-cias históricas, a diversos contextos políticos, e-conómicos y socioculturales. Lo que sí es válido

juzgar, es si una determinada legislatura cumplió,en su momento, con el mandato popular, esto es,con las exigencias y aspiraciones de los represen-tados.

En el caso específico de la presente Legislatura,y en el caso concreto del período que me honréen presidir anexo al presente un info… un informedonde se consigan de manera preponderantementeestadística el desempeño de la Sexagésima TerceraLegislatura en este segundo período ordinariode sesiones dentro del primer año de ejercicioconstitucional.

Sólo como un adelanto, les informo, se crearon eneste período de sesiones cinco leyes: De la culturade la legalidad que establece el secreto profesionalperiodístico, que regula los establecimientos queprestan servicio de acceso a Internet, de proyectosde inversión pública a largo plazo, de la UniversidadPedagógica Nacional.

Las dos últimas a iniciativa del titular del PoderEjecutivo, todas aprobadas por unanimidad devotos.

Se emitieron 154 decretos, 115 acuerdos, sepresentaron 400 iniciativas, se celebraron 42sesiones, haciéndose constar en el libro de actascorrespondientes, 6 con el carácter de solemnes,35 ordinarias y una privada. Fueron aprobadasreformas a múlti… a múltiples cuerpos normativos,tales como el Código Penal de ProcedimientosPenales, Código Civil, Ley Orgánica del PoderEjecutivo, Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley delEquilibrio Ecológico y de Protección al Ambiente,Ley de Fomento a las Actividades Artesanales,Ley Estatal de Educación, Ley que Crea el PremioChihuahua, Ley para la Atención a las Personascon Discapacidad, Ley para Prevenir y Eliminar laDiscriminación, Ley de Transporte y sus Vías deComunicación, Código Municipal, Ley Estatal deSalud, Ley de Vialidad y Tránsito, entre otros, cuyafinalidad fue actualizar el marco jurídico estatal a larealidad social local.

Mención especial merecen las diversas reformas a

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los ordenamientos que regulan el sistema de justiciapenal encaminadas al combate a la impunidad.Más tiempo de prisión para quien cometa losdelitos de violación y abuso sexual aprovechando larelación de vinculación matrimonial o parentesco deafinidad o que haya tenido alguna relación afectivao sentimental.

Para el imputado que tenga varios antecedentespoliciacos, el juez podrá imponer prisión preventiva.Se aumenta el tiempo de prisión preventiva de uno ados años, debido a que los procesos, en ocasiones,duraban más del año y el sentenciado enfrentabael juicio en libertad con riesgo de que huyera de laacción de la justicia.

Se eliminan los beneficios de homicidio y lesionesimprudenciales cuando el acusado los cometa enestado de ebriedad o bien bajo el influjo de algunadroga o no auxilie a su víctima. Se instruye yobliga al ministerio público a proceder el decomisode bienes a favor del Estado y en beneficio dela sociedad, pues antes no se clarificaban losmecanismos para proceder y dichos bienes sólopermanecían asegurados.

Se agiliza la protección a víctimas, ofendidos,testigos y demás personas que intervienen en unproceso, se evita que el acusado huya al levantarsela prisión preventiva con motivo de una sentenciaabsolutoria en primer instancia.

Así mismo, se reformaron diversos artículos a lasLeyes Orgánicas del Poder Ejecutivo del Estadoy de la Fiscalía General con el propósito deelevar a rango de fiscalía especializada la UnidadEspecializada de Delitos de Género.

Se reformaron los artículos 175 y 176 del Códigomunicipal con el objeto de objeto de otorgar mayorcapacidad hacendaria, administrativa y de gestiónde recursos a los municipios en congruencia a loque dispone el artículo 115 constitucional en lorelacionado con el derecho de alumbrado público,DAP.

Cabe resaltar los asuntos que fueron abordados

en la sesiones solemnes, sesión celebrada elprimero de marzo de dos mil once, en el cual,se dio inicio a los trabajos del segundo períodoordinario de sesiones dentro del primer año deejercicio constitucional de la Sexagésima TerceraLegislatura.

Sesión celebrada el día ocho de marzo del dosmil once, en la cual se entregó la medalla ala chihuahuense destacada edición dos mil once.El pasado diecisiete de mayo de dos mil oncefue entregada, en sesión solemne, la MedallaChihuahuense al Mérito Educativo. En el mes deabril, se rindió el Homenaje al Niño y a la Niñadenominado Diputado Infantil por un Día.

También en Sesión Solemne fue entregadoreconocimiento a don Luis H. Álvarez por sucompromiso social, sus aportaciones a la vidapolítica y democrática del país y en especial alEstado de Chihuahua.

Sesión Solemne celebrada en Juárez, a finde declararla ciudad heroica sobre los festejospara conmemorar el Centenario de la Toma yFirma del Tratado de Ciudad Juárez, se aprobótrasladar la sede de los tres Poderes del Estadoa Ciudad Juárez para celebrar Sesión Solemneel día veintiuno de mayo de dos mil once, porlo que se Declaró Recinto Oficial el Teatro deVíctor Hugo Rascón Banda, ubicado en el CentroCultural Paso del Norte, en dicha Sesión Solemnese declaró heroica Ciudad Juárez, Estado deChihuahua, misma que se llevó a cabo conla presencia del Presidente de la República,Licenciado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa y elGobernador Constitucional del Estado, LicenciadoCésar Horacio Duarte Jáquez y del MagistradoPresidente del Supremo Tribunal de Justicia en elEstado.

Siendo la Junta de Coordinación Parlamentariaun órgano de representación plural integradopor todas las fuerzas políticas que convergenen este Congreso donde se consensa por losCoordinadores Parlamentarios el contenido de la

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actividad del Pleno, se realizaron un total de 35reuniones y se sometieron a la autorización delmismo diversos asuntos que forman parte de losrubros que comprenden el informe.

Cabe resaltar que se autorizó al Ejecutivo Estatal encuanto a los siguientes fideicomisos: Fideicomisopúblico denominado Fondo Estatal de Apoyo a laComercialización del Frijol, se definió con mayorprecisión la nueva integración del Comité Técnicoy sus atribuciones, entre las que se destaca larelativa a la promoción comercial a través dedistintas organizaciones y la realización de estudiosde mercado y las instrucciones que se le daránal fiduciario para que entregue las cantidadeserogadas por estas actividades.

Fideicomiso Estatal para la Vitalización delTransporte de Chihuahua, FIDEVIVE, como mediopara conseguir que el transporte público seadigno y seguro para los habitantes del Estadoparticularmente en la frontera norte y en laciudad capital, sin menoscabo de que se deberáestablecer un programa en todas y cada una delas comunidades que requieran de la prestación deeste servicio.

En cumplimiento de la facultad de fiscalizaciónde este Cuerpo Colegiado se dictaminaron lascuentas públicas de diversos municipios para losejercicios fiscales dos mil nueve y dos mil diez;así como estados financieros de los fideicomisos yorganismos descentralizados de la administraciónpública estatal para los ejercicios fiscales dos milocho, dos mil nueve y dos mil diez.

En el ejercicio de las facultades establecidas enel artículo 21, fracción VI de la Ley Orgánica delPoder Legislativo, se asistió a todas las ceremoniasy actos públicos de los cuales se recibió invitación.

Se consideró viable la conformación de lassiguientes mesas de análisis: Sobre el proyectode Código Familiar para el Estado de Chihuahua,para el estudio y análisis del proyecto de ley decoordinación para el desarrollo rural sustentabledel Estado de Chihuahua; se efectuaron doce

reuniones de análisis y estudio de la Ley Orgánicade este Poder Legislativo, para tal efecto se hancomplementado doce encuentros.

De análisis a las observaciones al Decreto1260/2010 XV período extraordinario, de fechaveintinueve de septiembre de dos mil diez, mediantela cual se reforman diversas disposiciones de laLey de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública del Estado de Chihuahua remitida por elGobernador Constitucional del Estado LicenciadoCésar Horacio Duarte Jáquez.

De redacción para la reforma en materia dederechos indígenas; de análisis y redacción para laelaboración de la ley de los derechos de los niñospara el Estado de Chihuahua, habiéndose realizadola fecha que se informa, veintiún reuniones.

Así mismo, se celebraron los siguientes foros:De consulta para la Ley del Secreto ProfesionalPeriodístico Profesional del Estado de Chihuahua;de consulta de la reforma para la integración laboraly educativa de la juventud.

Afirmaba líneas arriba que desde mi muy particularóptica, que la manera en que se ejerce la actividadpolítica en Chihuahua es muy diferente. Tal pareceque los grandes problemas que enfrentamos noshan obligado a construir un frente común parabuscar alternativas de solución.

Esto simple y sencillamente nos ha hermanado enla búsqueda de soluciones también comunes.

Debo decirles que me voy satisfecho de haberpresidido este período, en donde, lo que sobresaliófueron los acuerdos y los consensos. No quieroalbergar ilusiones de que esto sea permanente,pero sí aspiro a que sea más una constante ennuestro diario trabajo legislativo, pues veo más laintención de buscar soluciones comunes, que elabanderar discusiones bizantinas y egoístas.

Las diferencias que enfrentamos en el Congresose disipan en discusiones y acciones lúcidas,informadas y exigentes y a ello se debe el intenso

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clima de competencia política que vivimos.

Creo que hemos comprendido que la sociedadreclama a sus representantes mayor fidelidad yeficacia en el ejercicio del mando popular, exigetambién una efectiva representación plural desus intereses, como también demanda participardirectamente en la toma de decisiones públicas,como son los casos de los llamados órganos decolaboración, consejos consultivos y comités, entreotros.

En este proceso de transformaciones políticas lospartidos juegan y deben jugar un… un papelcrucial, puesto que a ellos les corresponde laorganización de los ciudadanos para que participenen los procesos electorales y la educación para lademocracia, entre otras responsabilidades.

A eso los conmino, a eso hemos venido aquí, adar lo mejor de nosotros mismos y al amparo denuestra formación podamos afrontar con honor ycon dignidad ese tremendo fallo de la historia, puesello nos juzgará.

Finalmente, agradezco a todos y a cada uno deustedes las muestras de civilidad y madurez en eltranscurso del desahogo de los trabajos.

Les ofrezco mi mano amiga, mi disposición pararesolver juntos cualquier asunto que deseen tratar.

Y, no puedo dejar de mencionar a los titulares delos órganos técnicos que día a día se esfuerzan pordar lo mejor de sí en esta apasionante actividad.

Gracias a Lorena Serrano Rascón, a Rodolfo TorresMedina y a Benjamín Palacios Perches, y a todosu equipo de colaboradores por su dedicación yprofesionalismo que despliegan en coadyuvar paraque nosotros cumplamos de la mejor manera estahonrosa encomienda.

Y, finalmente, a los representantes de los mediosde comunicación que cubren todas y cada unade las sesiones con ese profesionalismo que lescaracteriza.

No tengo otra expresión qué decirles: Gracias.

Y, yo mismo me digo.

Es cuanto, señor Presidente.

[Aplausos].

- El C. Dip. Segundo Vicepresidente.- P.R.I.:Gracias, Diputado.

[El Diputado Franco Ruiz asume la Presidencia].

10.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Para desahogar elsiguiente punto del Orden del Día, procederemosal nombramiento de los Diputados integrantes dela Mesa Directiva de la Diputación Permanente, deconformidad con lo que dispone el artículo 80 de laConstitución Política del Estado, la cual entrará enfunciones inmediatamente después de la clausurade los trabajos del Período Ordinario.

Por tal motivo, me permito solicitar a loscompañeros Diputados, propongan candidatos paraintegrar la Mesa Directiva que presidirá los trabajosde la Diputación Permanente.

Se concede el uso de la palabra al Diputado fer…Fernando Mendoza Ruíz.

- El C. Dip. Mendoza Ruíz.- P.R.I.: Con supermiso, señor Presidente.

Me permito poner a consideración de estaAlta Asamblea la mesa… una propuesta paraintegrar la Mesa Directiva de la SegundaDiputación Permanente, dentro del primer año delejercicio constitucional de la Sexagésima TerceraLegislatura, por lo cual me permito proponercomo Presidente, al Diputado Ricardo Alán BooneSalmón; como Vicepresidenta, a la Diputada Maríade los Ángeles Bailón Peinado; como Secretario,al Diputado Raúl García Ruíz; como Vocal, alDiputado Francisco Javier Salcido Lozoya; comoVocal al Diputado Rubén Aguilar Jiménez; comoSustituto, al Diputado Héctor Rafael Ortiz Orpinel ycomo Sustituto, al Diputado José Alfredo Ramírez

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Rentería.

Es la propuesta que sometemos a consideración dela Asamblea.

Es cuanto, señor Presidente.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Gracias, Diputado.

¿Hay alguna otra propuesta?

En virtud de no existir otra propuesta se sometea la consideración de la Asamblea la propuestarealizada por el Diputado Fernando Mendoza Ruíz.

Presidente, Diputado Ricardo Alán Boone Salmón;Vicepresidenta, Diputada María de los ÁngelesBailón Peinado; Secretario, Diputado Raúl GarcíaRuíz; Vocal, Diputado Francisco Javier SalcidoLozoya; Vocal, Diputado Rubén Aguilar Jiménez;Sustituto, Diputado Héctor Rafael Ortiz Orpinel;Sustituto, Diputado José Alfredo Ramírez Rentería.

Si es de aprobarse la propuesta anterior sírvansemanifestarlo de la manera acostumbrada.

- Los CC. Diputados.- [Manifiestan su aprobación en

forma unánime].

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Se aprueba.

Se declara electa la Mesa Directiva que funcionarádurante el período de la dip… de la DiputaciónPermanente.

10.1.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: En seguida,procederemos a tomarles la protesta a losintegrantes de la misma, para lo cual les pido pasenal frente.

Solicito a los Legisladores y al público que nosacompaña se pongan de pie.

[Se colocan al frente los integrantes de la Mesa Directiva,

excepto el Secretario y Vicepresidenta de la misma].

CIUDADANOS DIPUTADOS: ¿PROTESTÁIS GUAR-DAR LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS

UNIDOS MEXICANOS, LA PARTICULAR DEL ESTA-DO Y LAS LEYES QUE DE ELLAS EMANEN Y DE-SEMPEÑAR LEAL Y PATRIÓTICAMENTE LOS CAR-GOS DE PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, SECRE-TARIO, VOCALES Y SUSTITUTOS QUE SE OS HANCONFERIDO, CUIDANDO EN TODO MOMENTO POREL BIEN Y LA PROSPERIDAD DE LA REPÚBLICA YDEL ESTADO?

- Los CC. Diputados.- [Frente a la Tribuna y con el brazo

derecho extendido hacia el frente]:SÍ, PROTESTO.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: SI ASÍ NO LOHICIEREN, LA REPÚBLICA Y EL ESTADO OS LODEMANDEN.

Gracias, señores Diputados.

[Aplausos.]

[Son felicitados los Diputados integrantes de la mesa directiva

por los demás legisladores].

Gracias, señores Diputados.

Pueden sentarse.

11.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: Habiéndosedesahogado todos los puntos del Orden del Díame voy a permitir dar lectura al Decreto por mediodel cual se declaran formalmente clausuradoslos trabajos del Segundo Período Ordinario deSesiones.

Por lo que solicito a los presentes ponerse de pie.

[Algunos Diputados permanecen sentados y el Presidente con

un movimiento elevado de su mano derecha les indica que se

pongan de pie].

[Los Legisladores, personal de apoyo y demás presentes

atienden la indicación del Presidente y se ponen de pie].

Decreto Número 396/2011 II P.O.:

La Sexagésima Tercera Legislatura del HonorableCongreso del Estado de Chihuahua, reunida en suSegundo Período Ordinario de Sesiones, dentro del

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primer año de ejercicio constitucional,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.- Clausura hoy, treinta de juniodel año dos mil once, su Segundo Período Ordinariode Sesiones, dentro del primer año de ejercicioconstitucional de conformidad con lo dispuesto porlos artículos 48 y 54 de la Constitución Políticadel Estado; y 13 de la Ley Orgánica del PoderLegislativo.

TRANSITORIO:

ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entraráen vigor inmediatamente después de su lectura.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo,en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los treinta díasdel mes de junio del año dos mil once.

Presidente, Diputado René Franco Ruiz; Secretaria,Diputada Patricia Flores González; Secretario,Diputado Francisco González Carrasco.

12.

- El C. Dip. Presidente.- P.R.I.: No habiendo otroasunto que tratar se levanta la Sesión, invitando alos Diputados a que permanezcan en sus lugaresa efecto de que la Diputación Permanente instaleformalmente sus trabajos.

Muchas gracias, señores Diputados.

[Aplausos].

[Hace sonar la campana. Se levanta la Sesión a las 14:03

Hrs.]

CONGRESO DEL ESTADO

MESA DIRECTIVA.

II PERIODO ORDINARIO.

Presidente:

Dip. René Franco Ruiz.

Vicepresidentes:

Dip. Luis Adrián Pacheco Sánchez.

Dip. César Alejandro Domínguez Domínguez.

Secretarios:

Dip. Patricia Flores González.

Dip. Francisco González Carrasco.

Titular de la Secretaría de Servicios Jurídico Legislativos:

Lic. Lorena Serrano Rascón.

Jefe de Departamento de Proceso Legislativo:

Lic. Elizabeth Ramos Aburto.

Jefe de Oficina de Registro y Publicación del Diario de los

Debates:

C. Priv. Josefina Paura Aldama.

Congreso del Estado. Palacio Legislativo.

Tels. 412-32-00 Ext. 25142 y 25067.

La suscrita, Licenciada Lorena María Serrano Rascón,

Secretaria de Servicios Jurídico Legislativos del Honorable

Congreso del Estado, de conformidad con la facultad que se

me otorga en el artículo 74, fracción X de la Ley Orgánica

del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, consigno

que el documento que antecede, consta de noventa y siete

fojas útiles y que contiene la versión escrita de la Trigésima

Sexta Sesión Ordinaria, del Segundo Período Ordinario de

Sesiones, dentro del primer año de ejercicio constitucional

de la Sexagésima Tercera Legislatura de este Honorable

Congreso del Estado, celebrada el día treinta de junio de dos

mil once.- Doy Fe. Chihuahua, Chih., a treinta de junio de dos

mil once.———————————————————————–

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