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  • 8/12/2019 PODER_0514_El Peso de La Ley

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    PODER MAYO 2014 MAYO 2014 PODE22

    coyuntura

    En medio del fuego cruzado queha despertado el debate sobre

    la nueva Ley Universitaria, se ha

    perdido el foco sobre los temasde fondo. La creacin de unaSuperintendencia vulnera la

    autonoma universitaria? Debeser considerada la educacin

    superior un servicio pblico? Efin de lucro garantiza educacin

    de calidad? Qu nos dice laexperiencia internacional?

    PORMOISSNAVARROPALACIOS

    El peso

    de laLEY

    st colgada cerca a una delas puertas de ingreso ala Universidad Naciona

    May or de San Mar cos(UNMSM). Es una pancarta de rechazo ala Ley Universitaria en la que se aseveraque la reforma pretende privatizar laeducacin superior pblica.

    EFOTO:XXXXX

    FOTO:REUTERS/ENRIQUECASTRO-M

    ENDVIL

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    La acompaa un fotomontaje del rostro del congresistaDaniel Mora, impulsor de la norma, sobre el cuerpo de unsoldado nazi con una esvstica en el brazo derecho. A Mora,el presidente de la Asamblea Nacional de ectores (AN),Orlando Velsquez, lo ha llamado desquiciado; a su ley,el rector de dicha casa de estudios, Pedro Cotillo, la ha de-nominado un mamarracho. Mora, quien ha calificado a losimpulsores de la educacin privada como mercachifles dela educacin, asegura por su parte que la ANR ha f racasado

    como organismo regulador.El debate en torno al proyecto de la nueva Ley Universitariaha estado lleno de ruido, acusaciones y generalizaciones, conposiciones defensivas de los fueros de ambas partes. Perola verdad es que era urgente poner el tema en agenda. Lasituacin de la educacin superior peruana as lo amerita.

    En total, existen 139 universidades en el pas (de ellas,64 operan con una autorizacin provisional de funciona-miento, algunas bajo esta modalidad por ms de diez aos.Otras incluso no tienen rector). De otro lado, no pocasuniversidades cuentan con infraestructura deficiente y/ono tienen profesores principales. Hay otras con autoridadesdenunciadas por corrupcin o por malversacin de fondos.Quiz el caso ms destacado en los medios es el del sueldomillonario del rector de la Universidad Inca Garcilaso de laVega (UIGV), institucin que, por ser asociativa, deberareinvertir sus excedentes en la mejora de la calidad educa-

    tiva. Pero tambin hay otros casos de irregularidades en elinterior del pas. Daniel Mora refiere el de la UniversidadPrivada de Pucallpa (UPP), que se dedica a entregar ttulosa bachilleres de otras universidades que no lo consiguierondonde estudiaron originalmente; el de la Universidad SanAgustn de Arequipa (UNSA), con una denuncia por haberentregado ms de 300 doctorados de manera irregular; y laUniversidad Nacional de Moquegua (UNAM), que ha tenidoseis comisiones organizadoras en seis aos y que, incluso, hasido investigada por la Contralora.

    Jorge Mori, fundador del portal Corresponsales.pe, estima,adems, que cerca de 600.000 estudiantes de aproxima-damente un milln son estafados con educacin de malacalidad. Todos los entrevistados para este informe coincidenen que el descuido por parte del Estado ha contribuido a ladeficiente calidad del sistema.

    De otro lado, la cobertura de la educacin superior,entendida como el ratiode la poblacin matriculada sobrela que tiene la edad para estudiar en ese nivel, es de solo36,1%, mientras que en Chile es de 59,2% y en Argentina,de 68,7%. Mientras tanto, segn estimaciones de GustavoYamada, inve stigador de l a Univ ersidad del Pacfico, el63% de los egresados se arrepiente de la carrera estudiaday solo uno de cada tres consigue un empleo vinculado a loque estudi, en un pas donde el subempleo profesional haaumentado a 35%.

    Dado este panorama, el debate suscitado por la propuestade la nueva Ley Universitaria ha sido saludable, pues ha

    puesto de relieve aspectos necesarios para mejorar la edu-cacin superior. Pero ha despertado tambin apasionadasdiscusiones sobre aspectos no menores que resultarn vitalespara la mejora de la calidad.

    EL EGULADOUno de los puntos ms controversiales de la propuesta deLey Universitaria es la creacin de la SuperintendenciaNacional de Educacin Universitaria (Suneu). Las crticasson diversas. Una tiene que ver con la conformacin de suconsejo directivo, que incluira representantes de universi-dades. Para Ricardo Cuenca, investigador del Instituto deEstudios Peruanos (IEP), esto sera replicar un error actualde la ANR, que es ser juez y parte en la regulacin. Tambinse critica algunas funciones asignadas que hoy en da ya seencuentran en otras entidades. Por ejemplo, en el artculo 14

    se atribuye a la Superintendencia la f uncin de promover incentivar la investigacin en las universidades de modo qufomenten el desarrollo econmico, social y cultural de laregiones y del pas. A decir de Fabiola Len-Velarde, rectorde la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH), esya es tarea del Concytec.

    Pero, como es conocido, las criticas ms fuertes se hadirigido a su adscripcin al Ministerio de Educacin (Minedu) y hacia las funciones fiscalizadoras que tendra enuevo organismo.

    La propuesta de Ley Universitaria seala que la Suneu eel Organismo Tcnico Especializado, adscrito al Ministeride Educacin (Minedu), que goza de autonoma tcnicaeconmica, presupuestal y administrativa; encargado dnormar, regular y coordinar la educacin universitaria. Ladscripcin a un ministerio ha sido blanco de varias crticas

    La Comisinde Educacin,

    Juventudy Deporte,

    presidida porDaniel Mora,

    trabaj durantems de veinte

    meses lapropuesta de

    Ley Universitaria

    que se debatirprximamente.

    La normativa noha estado exentade controversia.

    FOTO:DIARIOLAREPBLICA

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    Alan Garca ha dicho que esto es grave, pues el Minedu esun ente poltico que siempre obedece al Presidente de turnoe incluso ha calificado a este organismo como uno casimilitar. De otro lado, hay un sector del APR que estarade acuerdo con la creacin de la Superintendencia siemprey cuando no est adscrita al Minedu. La posicin que ya lehabran expresado a Daniel Mora es que si bien estn deacuerdo con la Superintendencia, se necesitara que sea unorganismo con autonoma poltica.

    Gonzalo Galdos, rector emrito de la Universidad Pe-ruana de Ciencias Aplicadas (UPC), es otro de los crticos.l asegura que el Minedu tiene apetito poltico por el controlde la educacin universitaria y duda de su eficiencia parainvolucrarse en este nivel de educacin tomando en cuentalos deficientes resultados en el manejo de la bsica regular.Por su parte, Fabiola Len-Velarde seala que si se acotanbien las funciones del regulador para que sea absolutamenteautnomo, no vera problema en esta adscripcin. Detalla

    que ha revisado 30 leyes universitarias de Amrica Latina,Europa y Asia y no ha encontrado una sola donde esta ins-tancia no cumpla con dicha caracterstica. Este organismotiene que conversar con el Ministerio de todas maneras yseguir las polticas del Estado, afirma.

    Los organismos reguladores de la educacin superiorno son ajenos a la realidad universitaria ni en la regin(ver mapa) ni en el mundo. Fabiola Len-Velarde, en unacolumna publicada en el diario La Repblica, afirm que

    el sistema educativo por lo general, est conformado por:un consejo, secretara o junta nacional de Educacin; unaasociacin, consejo o asamblea de rectores; y un ConsejoNacional de Acreditacin de la Calidad Educativa (Francia,Finlandia, Espaa, Chile, Colombia, Argentina, entre otros).Agregaba que estas instancias norman el sistema educativocon autonoma, aun cuando se encuentran adscritas al Mi-nisterio de Enseanza Superior e Investigacin (Francia),de Educacin y Cultura (Finlandia), Educacin, Cultura yDeporte (Espaa), de Educacin (Chile y Argentina). Apesar de ello, existe un marcado rechazoal Suneu, organismo cuya creacin yahaba sido recomendada por una sen-tencia del Tribunal Constitucional en el2010, por un informe de la Secretara deGestin Pblica de la PCM que recogelo dispuesto por el TC y por el Estudio

    sobre la Problemtica de las Universida-des Nacionales hecho por la ContraloraGeneral de la epblica (CG).

    Cul es la actual situacin regulatoriade la educacin superior en el Per?La Comisin de Educacin, Juventudy Deporte del Congreso solicit a me-diados del ao pasado a Csar LandaArroyo, ex presidente del TC y decanode la Facultad de Derecho de la PUCP, su opinin en tornoa la creacin de la Suneu.

    En el informe se detalla que el actual modelo reguladorde la educacin universitaria requiere la independencia delrgano controlador con respecto a los controlados, condicinque hoy no se da, pues la AN est compuesta por rectoresen ejercicio. Dice el documento: el hecho de que la ANR y elConsejo Nacional para la Autorizacin de Funcionamiento deUniversidades (Conafu) ejerzan funciones relativas a la creacinde universidades y la promocin de la calidad educativa, hagenerado algunos problemas relacionados con la independenciae imparcialidad del rgano controlador (AN) respecto delas entidades controladas. Reitera que el TC ha concluidoque la crisis de la educacin universitaria se debe en parte aque la AN funciona bajo la lgica de un gremio endgeno,sobre el cual no recae ningn control. En consecuencia, esnecesario un regulador independiente y ms fuerte.

    Una de las principales crticas a las funciones de la Su-perintendencia es la atribucin de cerrar universidades. Sin

    embargo, ya hoy en da esta funcin la tiene el Conafu, quea decir de Mora, nunca la ha usado porque es juez y parteFrente al temor de las universidades privadas por el posiblcierre compulsivo de universidades, el congresista afirmque la Ley establece que ello suceder siempre y cuando nse cumplan con los requisitos mnimos de calidad exigidoQue los empresarios de la educacin estn tranquilos, afirm

    El cierre de universidades de mala calidad o que contravienen normas es moneda corriente en la regin. En enero

    la Secretara de egulacin y Superv isin de la EducaciSuperior de Brasil (adscrita al Ministerio de Educacincerr la Universidad Gama Filho y el Centro Universitaride la Ciudad debido a la baja calidad acadmica y crecientprecarizacin de la oferta. A fines del ao pasado, el Ministeride Educacin de Colombia clausur ocho programas de lUniversidad San Martn por deficiencias en la infraestructura

    En Chile, uno de los casos ms sonados fue el cierrdefinitivo por parte del Consejo Nacional de Educacin dla Universidad del Mar (UDM), una de las instituciones pr

    vadas ms grandes. Segn inform el Centro de InvestigaciPeriodstica (Ciper), esto se debi al afn de la universidadpor establecer una red de lucro por todo el pas en desmedrde la calidad educativa. En la actualidad, tres universidadey un instituto del Grupo L aureate al q ue per tenece lUPC estn siendo investigados por lucro en Chile. La LeOrgnica Constitucional de Enseanza de Chile (LOCEestablece que las universidades, los institutos profesionales ylos centros estatales de formacin tcnica solo podrn crearspor ley. Las universidades que no tengan tal carcter debercrearse conforme a los procedimientos establecidos en estley, y sern siempre corporaciones de derecho privado, sinfines de lucro para el efecto de tener reconocimiento oficial

    El artculo 14 de la propuesta de Ley Universitaria indicque las atribuciones de autorizacin y cancelacin llegahasta los programas universitarios, pasando por las facultades. Esto, entre otros aspectos, ha inquietado a buena partde la comunidad universitaria, pues se aduce que vulnera lautonoma universitaria.

    En Amrica Latina, Europa y

    Asia, el reguladorest adscritoa los ministerios vinculadoscon la educacin .

    Reguladores de la educacin superior en la regin

    ECUADOR

    Secretara de Educacin SuperiorCiencia y Tecnologa (Senescyt)

    Asociacin de Universidadesy Escuelas PolitcnicasPblicas del Ecuador (Asueppe)

    Consejo de Educacin Superior(CES) (Ministerio de Ed ucacin)

    Consejo de Evaluacin,Acreditacin y Aseguramientode la Calidad de la Educacin

    Superior (Ceaaces)

    ARGENTINA

    Consejo InteruniversitarioNacional (CIN)

    Consejo de Rectores de lasUniversidades Privadas (CRUP)

    Comisin Nacional de Evaluaciny Acreditacin Universitaria (Coneau)

    Secretara de Polticas Universitarias (SPU)(Ministerio de Ed ucacin)

    Asociacion de RectoresOrganismos reguladores Organismos acreditadores de la calidad

    CHILE

    Consejo de Rectoresde las UniversidadesChilenas (Cruch)

    Consejo Superiorde Educacin (CSE)(Ministerio de Educacin)

    Divisin de EducacinSuperior (Divesup)(Ministerio de Educacion)

    Comisin Nacionalde Acreditacin (CNA)

    MXICOSecretara de EducacinPblica (SEP)(Ministerio de Educacin)

    Subsecretara de EducacinSuperior (SES) (Ministeriode Educacin)

    Federacinde InstitucionesMexicanas Particularesde Educacin Superior(Fimpes)Asociacin Nacionalde Universidadese Instituciones de EducacinSuperior (Anuies)

    Consejo para laAcreditacinde la Educacin Superior(Copaes)

    VENEZUELAMinisterio del PoderPopular para la EducacinUniversitaria (MPPEU)(Ministerio de Educacin)

    Consejo Nacional deUniversidades (CNU)

    (Ministerio de Educacin)Asociacion Venezolanade Rectores Universitarios(Averu)

    Asociacin de RectoresBolivarianos (Arbol)

    Comit de Evaluaciny Acreditacin de Programase Instituciones de EducacinSuperior (CEAPIES)

    PER

    Consejo de Evaluacin,Acreditacin y Certificacinde la Calidad de laEducacin SuperiorUniversitaria (Coneau)

    Direccin General de EducacinSuperior y Tcnico-Profesional(Digesutp) (Ministeriode Educacin)

    Consejo Nacional de Educacin

    (CNE) (Ministerio de Educacin)

    Asamblea Nacional de Rectores(ANR) BOLIVIA

    Consejo Nacionalde Acreditacinde la EducacinSuperior (Conaes)

    Viceministerio deEducacin Superior(VES) (Ministeriode Educacin)

    Asociacin Nacionalde UniversidadesPrivadas de Bolivia (ANUP)

    Comit Ejecutivode la UniversidadBoliviana (CEUB)

    BRASILCoordinacin delDesarrollo del Personalde Nivel Superior(Capes)

    Asociacin Brasileade Rectoresde UniversidadesPblicas (Abuem)

    Coordinacinde Perfeccionamientode Personal de NivelSuperior (Capes)

    Consejo de Rectoresde las UniversidadesBrasileas (CRUB)

    Secretaria de Regulaciony Supervisin de laEducacin Superior(SERES) (Ministeriode Educacin)Secretara de EducacinSuperior (SESU)(Ministerio de Ed ucacin)

    COLOMBIA

    Asociacin Colombianade Universidades (Ascun)

    Consejo Nacional de EducacinSuperior (CESU) (Ministeriode Educacion)

    Consejo Nacional de Acreditacin(CNA)

    Sistema Nacional de Informacinde la Educacin Superior delEcuador (Sniese)

    Viceministerio de EducacinSuperior (VES) (Ministeriode Educacin)

    Fuente: Corresponsales.pe

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    AUTONOMA Y CONSTITUCIONALIDADLa autonoma universitaria surgi en 1918 en Crdoba, Ar-gentina, como un mecanismo de defensa ante la intromisinestatal y para garantizar la libertad de ctedra y de formacin.El concepto se extendi a varios pases. Luego abarc loadministrativo y lo econmico. Con el paso de las dcadas,la universidad se ha transformado junto con el conceptode autonoma. Por ejemplo, segn la European UnivesityAsociation (EUA), en Europa se identifican hasta 29 tipos

    de autonoma universitaria en 26 pases, que contemplanlas dimensiones organizacional, financiera, acadmica yde recursos humanos. La EUA afirma que la autonoma esindispensable para el desarrollo de la universidad, pero tienematices. Autonoma no significa autarqua. Si por un ladola libertad de empresa a nivel educativo no resulta absoluta,tampoco la potestad del Estado en regular mediante una leyel servicio educativo es absoluta. Entonces tiene que haberun punto razonable, seala Csar Landa.

    Algunas autoridades universitarias afirman que darle a la

    Suneu el poder de cerrar facultades y programas vulnerara laautonoma, pues el Estado estara decidiendo incluso la mallacurricular. Gonzalo Galdos, rector emrito de la UPC, seencuentra entre esos crticos, pues desde su perspectiva talesatribuciones de la SUNEU limitaran la oferta universitaria.Por su parte, Fabiola Len-Velarde de la UPCH consideraque esta funcin ira ms all de la que debera tener unainstancia que seala polticas y lineamientos. Pero afirma ques est de acuerdo con que una instancia reguladora cierreuna universidad si esta no cumple estndares mnimos. CsarLanda se muestra ms concesivo en este punto. Un programade arquitectura requiere infraestructura, talleres, etc. No sepuede crear uno si no hay esas condiciones materiales, afirma.

    Otras crticas vinculadas a este tema son el requisito deactualizar cada tres aos, o cuando sea conveniente, el curr-culo, as como la obligatoriedad de los Estudios Generalesestablecida por la propuesta de Ley.

    Otra arista criticada es el gobierno de las universidades.Actualmente, en las pblicas y asociativas, el rector es elegido

    por la Asamblea Universitaria, conformada por autoridadesy profesores en sus tres categoras principales, asociados yauxiliares y por el tercio universitario. La Ley propone quela eleccin de rectores en universidades pblicas se realicepor votacin universal. Fabiola Len-Velarde considera quela Ley no es clara en excluir a las universidades asociativas sinfines de lucro de esta modalidad, lo que supone un riesgo.En algunos casos nos da la impresin de que nos ponen enel mismo saco que a las pblicas y en otros artculos dara la

    impresin que no, afirma. Nos preocupa la eleccin universaldel rector porque podra generar un clima que vaya ms allde lo acadmico, se politizara.

    Gonzalo Galdos sostiene que la Ley es inconstitucionalen este punto. Viola el principio de autonoma universitaria.Para empezar, la universidad debe escoger su propio rgimende gobernanza. Si la superintendencia les va a decir cmohacerlo, est interviniendo de manera directa, dice.

    Se afirma tambin que, por entorpecer la inversin privada,esta propuesta de Ley sera inconstitucional. La libre empresaest por encima de la necesidad de garantizar educacin de

    calidad? Csar Landa destaca que, sibien segn la Constitucin la iniciativaprivada es libre, el artculo 18 seala quelas universidades son promovidas porentidades privadas o pblicas, y que laley fija las condiciones para autorizar

    su funcionamiento. Sobre este punto,afirma que la libertad de empresa tieneque estar regulada porque est prestandoun servicio que es pblico, otro puntocontrovertido sobre el que volveremosms adelante.

    La ANR ha dicho que, de ser apro-bada la Ley tal como est, presentar unademanda al TC, pues tendra ms de 50

    razones, de forma y de contenido, para considerar la normainconstitucional. Adems, hay abogados que sostienen quehay jurisprudencia para sustentar esta posicin, como elfundamento cinco del expediente N 0019-2011-PI/TC, enel que se delimita el concepto de autonoma universitaria.Sin embargo, Landa cree que el proyecto de Ley cumple elmandato constitucional, que indica que es deber d el Estadosupervisar y garantizar, dentro de la libertad de ctedra, lacalidad de la educacin. En principio, dira que hay unaadecuacin a la Constitucin. Pero de todas formas hayque ver temas especficos, afirma.

    FIN DE LUCO Y LEYES DEL MECADOA fines del ao pasado, cuando el debate sobre la Ley Uni-versitaria ya estaba encendido, el portal Corresponsales.pe,amparado en la ley de transparencia, public los estadosfinancieros de algunas universidades privadas. Se difundiinformacin sobre las utilidades de la UPC, la UniversidadTecnolgica del Per (UTP), la Universidad Csar Vallejo

    En Europa existen29 tipos

    de autonoma, que contemplanlo organizacional,f inancieroy acadmico.

    [1] Gonzalo Galdos, rectoremrito de la UPC, consideraque el camino para la reformauniversitaria en la educacinsuperior es la acreditacin.Se muestra crtico de lasatribuciones que tendra laSuperintendencia.

    [2] El expresidente delTC, Csar Landa, afirmaque la Ley Universitarias es constitucional.

    [3] Fabiola Len Velarde,rectora de la UPCH, consideraque la transparencia y elmercado no bastan para lamejora de la calidad de laeducacin superior. Se requiereadems estndares mnimos.

    (UCV), la Universidad San Martn de Porres (USMP) y lUniversidad San Ignacio de Loyola (USIL), cuyos montooscilaban entre los S/.28,9 millones y los S/.110 millone(ver cuadro). El portal buscaba poner en evidencia que loelevados ingresos no implican necesariamente una mejoproduccin acadmica. Ninguna de las universidademencionadas apareca entre las diez pri meras del SI 201Per, uno de los rnkings para medir el desempeo de launiversidades y que evala, adems, la produccin cientficaSi se revisa un rnking que evala otras variables, como ede las Mejores Universidades del Per hecho por AmricEconoma, solo dos alcanzan el top 10: la UPC y la USMPY en el Top 100 de universidades de pases emergentes, publicada por la prestigiosa revista britnicaTe imes Highe

    FOTO:CORTESAUPC

    FOTO:CORTESAPUCP

    FOTO:CORTESAUPCH

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    Education, no aparece ninguna peruana, pero s cuatro deBrasil, dos de Chile y una de Colombia. Es el lucro unacondicin necesaria para garantizar la expansin de la edu-cacin privada de calidad? O un obstculo?

    Si bien es posible identificar universidades privadas confines de lucro que han marcado la diferencia en la educacinsuperior, Daniel Mora cree que el lucro ocasion que la uni-versidad se alinee hacia abajo. Ha originado una educacinmediocre. Agrega que hay universidades asociativas sin

    fines de lucro que lucran sin estar autorizadas para hacerlo,y otras con fines de lucro que sacan la mayor utilidad sinpreocuparse por la calidad.

    El lucro en la educacin superior est amparado por elDL 882 de 1996, dispositivo que permiti la proliferacin deuniversidades en todo el pas. Gonzalo Galdos, rector emritode la UPC, considera que los excedentes son necesarios parareinvertir y mejorar la educacin y que el lucro no se generasolo con utilidades, sino cuando estas se reparten entre losaccionistas y se convierten en dividendos. El problemaaparece cuando uno lucra a costa de reducir la calidad de

    educacin. Agrega que, por los incentivos tributarios alque las universidades societarias pueden acceder, el aopasado las instituciones privadas de este tipo reinvir tieronUS$ 4.000 millones en mejora de calidad educativa, datopoco conocido.

    Tan controversial como el lucro en la educacin superiores la idea de que esta debe ser dejada a las reglas del libremercado y la competencia. Gonzalo Galdos sostiene queel DL 882 y la creacin de nuevas universidades privadasdinamiz el mercado e impuls a las asociativas sin finesde lucro a dar un segundo salto cualitativo que finalmentemejor de alguna manera la calidad de las pblicas. Sealaque el camino adecuado es promover la autorregulacin ycrear un sistema de informacin pblico para los consumi-dores (alumnos y padres de familia) en el que se detallenlas caractersticas cualitativas de cada universidad para quepuedan elegir mejor. Cuando un padre pone a su hijo enuna universidad de baja calidad acadmica estoy seguro quesabe dnde lo est poniendo. Yo no creo que estn siendo

    estafados, afirma. Sostiene esta provocadora aseveracincon dos argumentos: primero, porque es lo que el padrepuede pagar, y, segundo, porque dicha universidad y aquhace la precisin de que esto es ms comn en el interior delpas, dentro de su precariedad, es mejor que la oferta deuniversidades pblicas. Una afirmacin que requerira mayoranlisis. La misma percepcin se tena sobre la situacin delos colegios hasta que un estudio de Ricardo Cuenca demostrque la educacin escolar privada en Li ma es heterognea y

    en los distritos ms pobres la calidad que ofrece es deficientee incluso se ubica por debajo de los colegios pblicos. Estodemuestra que, si uno se aleja de la Lima moderna y conacceso a mejores servicios, la idea de la buena calidad perse de la educacin privada es un mito.

    De otro lado, una decisin tan importante como in-vertir e n una carrera universitaria no debera ser tomadanicamente con informacin de un portal sobre el xitolaboral y salarial de los estudiantes que egresaron de todaslas universidades del pas. A lo largo de los cinco aos que,en promedio, dura una carrera, podran ocurrir cambios

    que afecten la calidad educativa, y unpadre o estudiante no tendra porqueestar sometido a este ri esgo.

    Galdos agrega que la proliferacinde universidades privadas, varias demala calidad, tambin es consecuen-

    cia de la prohibicin existente para lacreacin de filiales. De levantarse estamedida vigente desde el 2008, lasuniversidades privadas de buena calidadpodran llegar a las regiones donde haydemanda y mejorar as la calidad de laoferta. Considera, como otros especialis-tas que han criticado la reforma, que esnecesario ampliar la cobertura para suplir

    la demanda y que paulatinamente se trabajar en mejorarla calidad. Una posicin tambin discutible. Un estudio deGustavo Yamada y otros investigadores ha encontrado unarelacin entre el incremento de la oferta, principalmentede universidades privadas entre el 2000 y el 2010, con eldeterioro de las habilidades cognitivas de los egresados.Una situacin atribuible tambin a la flexibilizacin de losprocesos de ingreso a las universidades que es consecuenciade una competencia desmedida por atraer ms estudiantesque aseguren el crecimiento del negocio.

    Hay quienes consideran que la educacin superior nodebe dejarse a la suerte del mercado. Fabiola Len-Velardeopina que, a pesar de que exista un por tal en el que se puedasaber todo respecto de las universidades, es probable que nosea suficiente. Por ejemplo, todos sabemos que las gaseosastienen hasta 11 cucharaditas de azcar y que son perjudicialespara la salud; sin embargo, las consumimos, en parte, comoconsecuencia de la publi cidad. Len-Velarde afirma que lomismo puede suceder al momento de elegir una universidad

    Daniel Mora calculque en siete aosal menos ochentauniversidadesdesparecieran si noponen las pilas entrminos de calidad

    bajo los parmetrosde la nueva ley.

    FOTO:DIARIOLAREPBLICA

    que, si bien puede tener indicadores de calidad negativos, con

    el dinero que no invierte en investigacin y los ingresos porpensiones bajas cobradas a grandes masas de estudiantes, spuede invertir en mrketing y venderse como una alternativade calidad. El mercado y la transparencia no son suficientes.Tenemos que contar con estndares mnimos, apunta.

    SEVICIO PBLICOLa propuesta de Ley Universitaria, a diferencia de la leyvigente, reconoce a la educacin superior como un serviciopblico esencial. Hay voces que se han manifestado en contrasealando que no puede ser considerada como tal, pues noes masiva. Basta este argumento para que no encaje dentrode este concepto?

    Un servicio pblico es aquel que satisface necesidadesde inters general y puede ser prestado por el sector pblicoo privado. La educacin superior, por tratarse de una etapaen el desarrollo de la persona, podra ser considerada comotal. El TC ya ha sealado que la educacin, adems de serun derecho fundamental, tambin es un servicio pblicoen la medida que se trata de una prestacin pblica queexplicita una de las funciones-fines del Estado, de ejecucinper se o por terceros bajo fiscalizacin estatal. Por su parte,la Unesco, en la Declaracin Mundial sobre la EducacinSuperior en el Siglo XXI, afirma que la educacin superiordebe concebirse como un servicio pblico y, como tal, recibirapoyo del Estado y la sociedad.

    Para Gonzalo Galds, de otro lado, el reconocimiento a laeducacin superior como servicio pblico es solo un coartada

    para el intervencionismo y para justificar fiscalizaciones que

    a su parecer, iran contra la Constitucin.

    ESPERNDO EL DEBATEAl cierre de esta nota, an no se haba debatido la propuestde Ley Universitaria en el Pleno. Daniel Mora ha sido implacable y ha afirmado que la Ley va de todas formas, perha aceptado que la discusin en el Congreso podra enriquecerla. El congresista dijo a PODER que, de aprobarse lLey, segn sus estimaciones dentro de siete aos al meno80 universidades desapareceran si no se ponen las pilaspues actualmente no renen los requisitos mnimos de calidad que establecer la normativa. Adelanta, adems, quentre sus planes est sacar una ley para reformar el SistemNacional de Evaluacin y Acreditacin (Sineace) y otra parlos institutos superiores.

    Gonzalo Galdos seala que el hilo conductor de la calidaddebe ser la acreditacin y que es este sistema el que debfortalecerse. Yo no me opongo a la superintendencia, mopongo a la forma y a las facultades que le quieren dar, dic

    Hay consenso en que urge una mejora de la calidad de leducacin superior. Lo que est en discusin es el nivel dparticipacin del Estado en esta tarea. Fabiola Len-Velardconsidera que deberan revisarse algunas de las atribucioneque se le quiere dar a la Superintendencia, pero aade qulas universidades no podemos ser electrones libres, enningn pas ocurre esto. Es verdad que la Academia tienmucha libertad, pero eso no quiere decir que el Estado npueda establecer lineamientos.

    Para Galdos el aumento deuniversidades de

    mala calidades

    consecuencia de laprohibicinpara la creacin de f iliales.