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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO LICITACIÓN PÚBLICA N° CJJ/LP/007/2017 "Contratación del servicio de fumigación y control de plagas de Inmuebles del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco” B A S E S D E L I C I T A C I Ó N

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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE JALISCO CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO

LICITACIÓN PÚBLICA

N° CJJ/LP/007/2017

"Contratación del servicio de fumigación y control de plagas de Inmuebles del Consejo de la

Judicatura del Estado de Jalisco”

B A S E S D E L I C I T A C I Ó N

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LICITACIÓN PÚBLICA N° CJJ/LP/007/2017

Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del

Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco”

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CALENDARIO DE ACTIVIDADES

" Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del Consejo de la

Judicatura del Estado de Jalisco”

LICITACIÓN PÚBLICA N° CJJ/LP/007/2017

PERIODO DE REGISTRO DE

PARTICIPANTES JUNTA DE ACLARACIONES

ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS

ACTO DE NOTIFICACIÓN DE FALLO DE ADJUDICACIÓN

del 26 de enero al 1 de febrero 2017

08 de febrero de 2017

16 de febrero de 2017

En la fecha indicada en las Bases, a más tardar 20 días naturales

siguientes a la del acto de apertura de propuestas

a) Las bases estarán disponibles para consulta en las instalaciones de la Unidad Departamental de

Adquisiciones, ubicadas en el inmueble localizado en la calle Degollado número 14, primer piso, Colonia

Centro del Municipio de Guadalajara, Jalisco, teléfono (0133) 3001 2345, del 26 de enero al 1 de febrero

2017, en un horario de 09:30 a 14:45 horas, en el portal del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco en

la página web www.cjj.gob.mx, dentro del apartado Licitaciones Públicas, así como serán publicadas en el

Boletín Judicial.

b) Es obligatoria la inscripción al procedimiento el cual se realizará del 26 de enero al 1 de febrero 2017, de

09:30 a 14:45 horas firmando el acuse correspondiente por parte del representante de la persona moral o

física que desee participar en el procedimiento de Licitación Pública, por lo que deberá realizar su

inscripción en las oficinas de la Unidad Departamental de Adquisiciones, en el domicilio indicado en el

párrafo que antecede, presentando su identificación oficial.

c) Procedimiento: Licitación Pública. Procedimiento a través del cual, el Consejo elige a la persona física o

moral que le ofrece las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,

oportunidad y demás circunstancias pertinentes para celebrar un contrato y en la cual, los licitantes

exclusivamente podrán presentar sus propuestas por escrito, en sobre cerrado, durante el acto de

presentación y apertura de proposiciones.

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LICITACIÓN PÚBLICA N° CJJ/LP/007/2017

Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del

Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco”

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G L OS A R I O

Para los efectos de esta Licitación Pública N° CJJ/LP/007/2017, “Contratación del servicio de fumigación y

control de plagas en Inmuebles del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco”, en el contenido de estas

bases deberá entenderse por:

Área Requirente y Técnica:

El Área que requiere el servicio y será responsable en el ámbito de su competencia, de verificar y validar que el servicio se entregue, en la forma y plazo en que fueron ofrecidos, así como dar el debido seguimiento al cumplimiento de las obligaciones del contrato del que emane este procedimiento, la cual elaboró las especificaciones técnicas de las proposiciones presentadas y será responsable de responder en la junta de aclaraciones, las preguntas que sobre estos aspectos realicen los licitantes, porque cuenta con competencia para resolver sobre especificaciones, características y demás aspectos técnicos de los servicios, objeto de esta licitación.

Bases: Condiciones, cláusulas o estipulaciones específicas de tipo jurídico, financiero, técnico y económico que se establecen en el presente documento para regular este procedimiento, el contrato que de él se derive y su ejecución.

Comisión: La Comisión de Adquisiciones, Enajenaciones y Concesiones del Consejo.

Consejo: El Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco.

Contraloría: La Dirección de Contraloría del Consejo

Contrato u Orden de Compra:

Convenio por el cual se crean o transfieren obligaciones y derechos en los que el proveedor se obliga a prestar servicios a los que se refieren estas bases, en un tiempo determinado a cambio de un precio total fijo.

Convocatoria: Llamamiento a cualquier persona que se publica en la sección especializada del Boletín Judicial y/o en la página de Internet del Consejo en las que se indican la descripción general, normas de calidad, cantidad y unidad de medida de los servicios, así como el señalamiento de la fecha, hora y lugar del acto de apertura de propuestas y, en su caso, del acto de aclaraciones.

Dictamen: Documento que emite la Comisión en el cual lleva a cabo el análisis sobre las cuestiones técnicas y administrativas de los servicios ofertados por los interesados que sean licitantes o invitados en un proceso de adquisición previo a la emisión de la resolución o fallo de adjudicación.

Dirección: La Dirección de Planeación, Administración y Finanzas del Consejo.

Día hábil: Los días que se labore en el Consejo, comprendiéndose todos los del año, excluyéndose los sábados, domingos y los que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco como inhábiles en el artículo 12, así como los que determine el Pleno.

Día natural: Todos los días del calendario.

Empadronado: Toda persona inscrita en el Padrón de Proveedores del Consejo.

Firma autógrafa: Firma completa y/o rúbrica (no facsímil) del representante legal o persona facultada para que por sí mismo plasme o estampe en los documentos y propuestas de su propia mano, la suscripción legal de los mismos, para dar autenticidad o para expresar que aprueba su contenido.

Identificación oficial: Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral o mientras esté vigente, por el Instituto Federal Electoral. Pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores. Cédula profesional expedida por la Dirección General de Profesiones (SEP).

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Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del

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Cédula profesional Estatal expedida por la Dirección de Profesiones del Estado de Jalisco. Cartilla Servicio Militar Nacional expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional.

I.V.A.: Impuesto al Valor Agregado.

Licitación Pública: Procedimiento a través del cual el Consejo elige a la persona física o moral que le ofrece las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes para celebrar un contrato y en la cual los licitantes exclusivamente podrán presentar sus propuestas por escrito en sobre cerrado, durante el acto de presentación y apertura de proposiciones.

Licitante: Persona física o moral que se inscriba y participe en el presente procedimiento derivado de la publicación de la convocatoria en la página de internet del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco y en el Boletín Judicial.

Pleno: El Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco.

Presidente: El Presidente de la Comisión de Adquisiciones, Enajenaciones y Concesiones del Consejo.

Proveedor: Persona física o moral a quien la Comisión otorga la adjudicación para proveer un bien o servicio objeto de la licitación al Consejo a título oneroso.

Reglamento: Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones y Concesiones del Consejo.

Resolución o fallo de adjudicación:

Acto emitido por la Comisión y aprobado por el Pleno, mediante el cual se resuelve un procedimiento de licitación pública o invitación en el que se designa proveedor o se declara desierto el procedimiento.

Secretario: El Secretario de la Comisión.

Servicio: Se refiere a la Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco.

Unidad Departamental de Adquisiciones:

Unidad Departamental de Adquisiciones Bienes y Servicios del Consejo.

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Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del

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LICITACIÓN PÚBLICA

N° CJJ/LP/007/2017

“Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del Consejo de la

Judicatura del Estado de Jalisco”

En cumplimiento con el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con los

artículos 56, primer párrafo, 64 primer y sexto párrafos de la Constitución Política para el Estado Libre y

Soberano de Jalisco, en los artículos 136, 148 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de

Jalisco, en el artículo 1 último párrafo de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco, así

como en los artículos 3 fracción I, 4 fracción X, 5, 7, 10, fracción II, 11, 24 fracciones I, VI y XII, 34 fracción I, 41 y

42 del Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones y Concesiones del Consejo, el Consejo, a través de la

Comisión de Adquisiciones, Enajenaciones y Concesiones del Consejo ubicada en la calle Degollado número 14,

primer piso, Colonia Centro del Municipio de Guadalajara, Jalisco C.P. 44100, teléfono (0133) 3001 2345,

CONVOCA a las personas físicas y/o morales interesadas en la formulación de propuestas, relacionadas con la

Licitación Pública con número de Expediente 007/2017 para la "Contratación del servicio de fumigación y

control de plagas en Inmuebles del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco”, de conformidad a

las siguientes:

BASES

CAPÍTULO 1

INFORMACIÓN DE LOS SERVICIOS

1.1. SERVICIOS

El objeto de la presente licitación es la "Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en

Inmuebles del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco”, por el periodo de marzo a diciembre de

2017, de conformidad con las especificaciones y alcances técnicos establecidos en el "Anexo 1" de las

presentes bases.

Para la presente Licitación, la adjudicación se realizará por partida(s) completa(s), al licitante que ofrezca las

mejores condiciones de contratación para cada una de ellas, por lo que no será obligatorio ofertar la totalidad

de la(s) partida(s) conforme a lo señalado en el Anexo 1.

1.2. MODIFICACIÓN DE LAS CANTIDADES DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR.

El servidor público facultado para suscribir el contrato podrá, dentro del presupuesto aprobado y disponible,

durante la vigencia del contrato, bajo su responsabilidad y por razones fundadas y explícitas, acordar el

incremento del monto del contrato; de cantidad de servicios solicitados; así como los plazos de cumplimiento,

mediante modificaciones a sus contratos vigentes, siempre que no rebasen, en conjunto, el 20% del monto o

cantidad de los conceptos o volúmenes establecidos originalmente en los mismos, o bien de los plazos

estipulados; y el precio de los servicios sea igual al pactado originalmente.

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En caso de que se requiera por razones extraordinarias de una modificación mayor, ésta será sometida a la

autorización de la Comisión y por ningún motivo podrá ser superior al 30% del total del monto, cantidad o

plazos contratado.

Tratándose de contratos en los que se incluyan dos o más partidas, el porcentaje al que hace referencia el

párrafo anterior, se aplicará para cada una de ellas.

Cuando los prestadores de servicios demuestren la existencia de causas justificadas que les impidan cumplir

con la entrega total de los servicios, conforme a las cantidades pactadas en los contratos, se podrán

modificarlos mediante la cancelación de partidas o parte de las cantidades originalmente estipuladas, siempre

y cuando no rebase el 20% del importe total del contrato respectivo.

Cualquier modificación a los contratos deberá formalizarse por escrito por parte de la Dirección, los

instrumentos legales respectivos serán suscritos por el servidor público que haya firmado el contrato o quien lo

sustituya o esté facultado para ello.

El servidor público facultado para suscribir el contrato se abstendrá de hacer modificaciones que se refieran a

precios, anticipos, pagos progresivos, especificaciones –salvo el supuesto del párrafo siguiente- y, en general,

cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a un proveedor o contratista, comparadas

con las establecidas originalmente y a modificar un contrato cuya vigencia haya expirado.

La modificación de especificaciones técnicas de condiciones en la prestación de servicios sólo será procedente

en los casos en que resulte beneficiado el Consejo, con aprobación de la Comisión previo dictamen favorable

del área requirente y, en su caso, de la Unidad Departamental de Informática; esto, siempre que se respeten

las condiciones de precio, calidad y demás que se hayan pactado originalmente y no se altere el objeto del

contrato.

1.3. CONDICIONES RESPECTO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

Las condiciones específicas se señalan en el Anexo 1 de las presentes bases.

Adicionalmente, deberá preverse lo siguiente:

El periodo de la prestación del servicio será del 1ro. de marzo al 31 diciembre de 2017.

1.4. SUPERVISIÓN

El Consejo, a través de las áreas Administrativas de los inmuebles y de la Unidad Departamental de Servicios

Generales, como áreas requirentes y/o técnicas, evaluarán la prestación de los servicios devengados, en

coordinación con la Dirección de Planeación, Administración y Finanzas, siendo dichas áreas las encargadas de

supervisar que los servicios se lleven a cabo en la forma y términos que se establezcan en el contrato

respectivo.

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1.5. GARANTÍA DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS

El licitante deberá garantizar que el servicio se prestará con la calidad establecida en el Anexo 1.

1.6. CONDICIONES DE PAGO

LOS CONTRATOS QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO. ESTARÁN SUJETOS A LA DISPONIBILIDAD

PRESUPUESTARIA DEL AÑO EN QUE SE PREVE EL INICIO DE SU VIGENCIA, POR LO QUE SUS EFECTOS ESTARAN

CONDICIONADOS A LA EXISTENCIA DE LOS RECURSOS PRESUPUESTALES RESPECTIVOS, SIN QUE LA FALTA DE

ÉSTOS, ORIGINE RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA EL CONSEJO.

El Consejo efectuará el pago correspondiente, una vez que sean prestados los servicios, en la Unidad

Departamental de Tesorería, a los 20 días hábiles siguientes a la presentación correcta de la siguiente

documentación en original y copia:

I. Factura a nombre del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, con el R.F.C. CJE9707017W5,

domicilio fiscal en la calle Degollado número 14, primer piso, Colonia Centro del Municipio de Guadalajara,

Jalisco C.P. 44100, que cumpla con los requisitos fiscales establecidos por la legislación de la materia, con el

I.V.A. desglosado;

II. Para proceder al trámite de pago, la factura deberá estar debidamente validada, sellada y firmada, por

conducto de las áreas Administrativas de los inmuebles del Consejo y de la Unidad Departamental de Servicios

Generales, como áreas usuarias.

No se realizará el pago de facturas de los servicios que no se hayan recibido en su totalidad.

El Consejo descontará del pago mensual las cantidades que correspondan por concepto de penalizaciones, por

incumplimiento de las obligaciones a cargo del prestador de servicios, así como por pagos en exceso que se

haya realizado.

El pago se podrá realizar mediante transferencia vía electrónica, a la cuenta bancaria que el licitante

adjudicado proporcione al Consejo dentro del formato diseñado para tal efecto, el cual deberá solicitar en la

Unidad Departamental de Tesorería. Una vez requisitado, ya sea en computadora, máquina de escribir o, en su

defecto en tinta negra y con letra de molde legible, se deberá entregar en la Unidad Departamental de

Tesorería.

1.7. RECURSOS ECONÓMICOS

El ejercicio de los recursos para el ejercicio 2017, estará sujeto para fines de su ejecución y pago, al

presupuesto que aprobó el Congreso del Estado de Jalisco, así como al calendario de gasto que se autorice al

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Consejo, quedando en el entendido que no sufrirá penalización alguna por la variación que ocurra en las

asignaciones presupuestales por la conformación y monto del presupuesto que sea aprobado.

1.8. ANTICIPO

Para la prestación del servicio objeto de las presentes bases, el Consejo no otorgará ningún tipo de anticipo.

CAPITULO 2

DISPOSICIONES GENERALES

2.1. CONSULTA DE LAS BASES E INSCRIPCIÓN AL PROCEDIMIENTO

Las bases estarán disponibles durante el periodo de consulta e inscripción al procedimiento el 26 de enero al 01

de febrero del 2017, en:

I. Las instalaciones de la Unidad Departamental de Adquisiciones, ubicadas en la calle Degollado número 14,

segundo piso, Colonia Centro del Municipio de Guadalajara, Jalisco, teléfono (0133) 3001 2345, en un

horario de 09:30 a 14:45 horas.

II. A través de la página web del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco www.cjj.gob.mx, dentro del

apartado Licitaciones Públicas, así como serán publicadas en el Boletín Judicial.

Es obligatoria la inscripción al procedimiento y únicamente se realizará en el periodo comprendido del 26 de

enero al 1 de febrero 2017, de 09:30 a 14:45 horas firmando el acuse correspondiente por parte del

representante legal de la persona moral o física que desee participar en el procedimiento de Licitación, en las

oficinas de la Unidad Departamental de Adquisiciones, ubicadas en la calle Degollado número 14, segundo piso,

Colonia Centro del Municipio de Guadalajara, Jalisco, presentando la siguiente documentación:

a) Acreditación de Identidad.

Tratándose de personas físicas

• Copia de identificación oficial del interesado y original para cotejo.

Tratándose de personas morales

• Poder Notarial que acredite la representación legal.

• Identificación oficial del representante legal en copia y original para cotejo.

b) Copia simple del comprobante de domicilio fiscal con una antigüedad no mayor a 90 días.

c) Constancia de Identificación Fiscal del interesado expedida por el Servicio de Administración Tributaria.

d) Constancia de Opinión de Cumplimiento expedida por el Servicio de Administración Tributaria.

Ninguna de las condiciones establecidas en las presentes bases, así como las propuestas presentadas por los

concursantes, podrán ser negociadas.

Los interesados, sus representantes o apoderados legales deberán firmar todas las hojas que integren los

documentos aquí enlistados.

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En caso de que los interesados no se inscriban conforme a lo establecido en este numeral, no podrán participar

en el presente procedimiento.

2.2. IMPUESTOS Y DERECHOS

Todos los impuestos y derechos que se causen con motivo de la contratación del servicio materia de las

presentes bases, serán a cargo del licitante adjudicado, los cuales deberán estar contemplados en los precios

propuestos.

Únicamente se trasladará el I.V.A., mismo que deberá desglosarse al totalizar la propuesta y en el caso del

licitante que resulte adjudicado, en la factura respectiva.

2.3. PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR

El licitante que resulte adjudicado asumirá la responsabilidad total para el caso de que en la prestación del

servicio se infrinjan o violen registros de patentes, marcas o derechos de autor, liberando al Consejo de toda

responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal o de cualquier otra índole.

Los licitantes serán responsables por las violaciones que se causen en materia de patentes, marcas o derechos

de autor, con motivo de la prestación de los servicios, por lo que se obligan a sacar en paz y a salvo al Consejo,

en caso de cualquier reclamación de un tercero que alegue derechos por violaciones a la Ley de Propiedad

Industrial y a la Ley Federal del Derecho de Autor, sobre los servicios materia de la presente licitación, sin cargo

alguno para éste.

En caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará

a cargo del licitante. Salvo que exista impedimento, la indicación de que los mencionados derechos, para el

caso de la contratación de servicios de consultoría, asesorías, estudios e investigaciones, se estipularán a favor

del Consejo, en los términos de las disposiciones legales aplicables.

2.4. RESTRICCIONES PARA PARTICIPAR Y/O CONTRATAR.

No podrán participar en la presente licitación las personas físicas o morales, que se encuentren en alguno de

los supuestos que se listan a continuación:

I. Las que se encuentren inhabilitadas por cualquiera de las autoridades competentes de la Administración

Pública Federal o Estatal, atendiendo al plazo que se hubiere determinado en la resolución respectiva;

II. Aquéllas con las que los servidores públicos que intervengan en cualquier forma en la adjudicación del

contrato tengan interés personal, familiar o de negocios, incluyendo los que puedan obtener algún

beneficio para ellos, sus cónyuges, parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o

parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, para

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socios o sociedades, incluyendo sus representantes legales, respecto de los cuales el servidor público o las

personas antes referidas formen o hayan formado parte o las hayan representado durante los dos años

previos a la fecha de celebración del procedimiento de contratación de que se trate;

III. Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien, las sociedades de las que

dichas personas formen parte, sin la autorización previa y específica del Pleno; así como las inhabilitadas

para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público;

IV. Respecto de aquellas sobre las cuales la Comisión haya formulado declaración de impedimento para

contratar, por actualizarse alguno de los siguientes supuestos:

a) Cuando a juicio dela Comisión se advierta que para efectos de presentar la propuesta acordaron con

otro u otros fijar los precios de los bienes o servicios, y tratándose de la obra pública o servicios

relacionados con ésta, acordaron con otro u otros fijar el precio alzado o unitario, el costo de los

materiales, salarios o demás conceptos objeto de la licitación;

b) Si proporcionaron información falsa para participar en un concurso;

c) Los licitantes que injustificadamente y por causas imputables a ellos no formalicen el contrato

adjudicado;

d) Los proveedores o contratistas que no cumplan con sus obligaciones contractuales por causas

imputables a ellos y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios al Consejo;

e) Los proveedores o contratistas que actúen con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación,

en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una

inconformidad;

f) Los proveedores o contratistas que contraten servicios de asesoría, consultoría y apoyo de cualquier

tipo de personas en materia de contrataciones gubernamentales, si se comprueba que todo o parte de

las contraprestaciones pagadas al prestador del servicio, a su vez, son recibidas por servidores públicos

por sí o por interpósita persona, con independencia de que quienes las reciban tengan o no relación

con la contratación;

g) Los proveedores o contratistas que se encuentren en situación de retraso en las entregas de los bienes,

en la prestación de los servicios o en el avance de obra, por causas imputables a ellos mismos, respecto

de otro u otros contratos celebrados con el Consejo, siempre y cuando éstos últimos, por tal motivo,

hayan resultado gravemente perjudicados, lo que calificará la instancia competente;

h) Las que hayan utilizado información privilegiada proporcionada indebidamente por servidores públicos

o sus familiares por parentesco consanguíneo y por afinidad hasta el cuarto grado;

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i) Las que hayan celebrado contratos en contravención con lo dispuesto en este Capítulo y demás

disposiciones aplicables;

j) En caso de haber participado en procedimientos anteriores que se le haya adjudicado alguno de los

mismos y que tengan alguna penalización o situación que comprometa el debido cumplimiento de las

obligaciones adquiridas con el Consejo; y

k) Se haya rescindido contrato celebrado con el Poder Judicial del Estado de Jalisco o el propio Consejo,

por causa imputable al proveedor o contratista y dicha rescisión esté firme con independencia de que

se hayan causado o no daños y perjuicios.

El plazo de impedimento para contratar, no será menor de tres meses ni mayor de cinco años, y

comenzará a contarse a partir del día siguiente a la fecha en que el Consejo la haga pública en el Boletín

Judicial.

V. Las que pretendan participar en un procedimiento adjudicatorio y previamente hayan realizado o se

encuentren realizando, por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en

virtud de otro contrato, trabajos de dirección, coordinación, supervisión o control, laboratorio de análisis y

control de calidad, laboratorio de mecánica de suelos y resistencia de materiales y radiografías

industriales, preparación de especificaciones de construcción, presupuesto o elaboración de cualquier

otro documento, así como asesorías, para la licitación de la adjudicación del contrato de la misma

adquisición, arrendamiento, servicio u obra pública;

VI. Aquéllas a las que se les declare en concurso mercantil conforme a la ley de la materia o, en su caso,

sujetas a concurso de acreedores o alguna figura análoga;

VII. Aquellas que presenten propuestas en una misma partida de un bien o servicio, un procedimiento de

contratación que se encuentren vinculadas entre sí por algún representante, socio o asociado común;

VIII. Las que por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, elaboren

dictámenes, peritajes y avalúos, cuando se requiera dirimir controversias entre tales personas y el

Consejo;

IX. Aquel participante que adquiera la calidad de proveedor y no sea empadronado, no podrá firmar el

contrato u orden de compra respectivo; y

X. Las demás que por cualquier causa se encuentren impedidas para ello de conformidad con las

disposiciones aplicables.

2.5 LICITACIÓN PÚBLICA DESIERTA

Se declarará desierta la licitación en los siguientes supuestos:

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I. Cuando no se registren concursantes a la licitación;

II. Cuando no se tuviera cotización alguna de los proveedores inscritos en la Licitación Pública, respecto de las

partidas descritas en el Anexo 1.

III. Cuando ninguna de las propuestas presentadas reúna los requisitos establecidos en las bases de la

licitación; y

IV. Cuando los precios propuestos no fueren aceptables, de conformidad con la información con que se cuente.

En caso de ser declarada desierta la licitación pública, la Comisión emitirá la resolución o fallo de adjudicación

declarando desierto el procedimiento.

Hecho lo anterior, la Comisión podrá contratar los servicios descritos en el Anexo 1, sin sujetarse a los

procedimientos de licitación pública, invitación o de adjudicación directa, adjudicándolos por adjudicación

directa por excepción de conformidad al artículo 63, fracción V del Reglamento.

2.5. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN

Se podrá cancelar la licitación pública la partida o conceptos incluidos en ésta conforme a lo siguiente:

a) Cuando existan circunstancias debidamente justificadas que modifiquen o extingan la necesidad para

adquirir o contratar el servicio de referencia, y que de continuarse con el procedimiento pudiera ocasionar

un daño o perjuicio al Consejo;

b) Por causas de interés general; y

c) Por caso fortuito o fuerza mayor;

d) Por insuficiencia presupuestaria.

Dicha determinación se hará del conocimiento de los licitantes de manera oficial a través de las actas de los

eventos que se lleven a cabo o bien a través de oficio.

Cuando la cancelación se realice bajo el supuesto de caso fortuito o fuerza mayor, el Consejo no realizará pago

alguno de gastos no recuperables.

2.6. SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN

Se podrá suspender la licitación pública conforme a lo siguiente:

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a) Cuando derivado de la substanciación de un recurso de inconformidad por alguno de los participantes en el

proceso de la licitación pública, podrá suspenderse el proceso de adjudicación cuando:

I. Se advierta que existan o pudieran existir actos contrarios a las disposiciones del Reglamento o de las

disposiciones que de ellas deriven; y

II. Con la suspensión no se cause perjuicio al interés público y no se contravengan disposiciones de orden

público, o bien, si de continuarse el procedimiento de contratación, pudieran producirse daños o

perjuicios al Consejo.

2.7. CONTRATO U ORDEN DE COMPRA

Las obligaciones que se deriven con motivo de las adjudicaciones que se realicen en la presente licitación, se

formalizarán a través del formato de contrato u orden de compra del Consejo.

2.8.1. PLAZO PARA FORMALIZAR EL CONTRATO

El(los) licitante(s) que resulte(n) adjudicado(s), en términos del Título Cuarto, Capítulo Sexto y demás relativos

del Reglamento, por sí o a través de su representante legal, deberá(n) presentarse en la Dirección a firmar el

contrato dentro del plazo de 5 días naturales contados a partir de la notificación de la resolución o fallo de

adjudicación, y cuando el Dictamen Legal sea favorable.

El hecho de no presentarse a la firma del contrato, por causas imputables al licitante ganador, en la fecha o

plazo establecido en el párrafo anterior, la Comisión podrá declararlo impedido para contratar con el Consejo,

por un plazo no menor a tres meses ni mayor a cinco años.

Si el interesado no firmare el contrato por causas imputables a él, en la fecha o plazo establecido, la Comisión

podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato de la siguiente manera:

I. Al licitante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja.

II. El orden de adjudicación no podrá ser superior al 10% de la propuesta que haya resultado ganadora.

Para ambos casos, es decir, para el proveedor adjudicado que firme el contrato y/o para la siguiente

proposición más baja, resulta aplicable lo siguiente:

III. El interesado a quien se haya adjudicado el contrato no estará obligado a prestar el servicio, si el Consejo,

por conducto del servidor público competente, por causas imputables a él, no firma el contrato.

IV. El atraso del Consejo en la formalización del contrato respectivo, prorrogará en igual plazo la fecha de

cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes;

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V. Los derechos y obligaciones que deriven del contrato no podrán cederse en forma parcial o total a favor de

otra persona, con excepción de los derechos de cobro, para lo cual se deberá contar con el consentimiento

de la Comisión y, en su caso, con la autorización de la Contraloría; y

VI. En aquellas adjudicaciones en las que a juicio de la Comisión, resulte necesario elaborar un contrato por la

complejidad técnica y monto de la operación, dicho instrumento se elaborará conforme a los modelos tipo

aprobados por la Comisión. En caso contrario, podrá optarse por formalizar la adjudicación mediante un

contrato.

2.8.2. TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR CUMPLIMIENTO DEL OBJETO

Se tendrá por terminado el contrato por cumplimiento de su objeto cuando haya satisfecho totalmente las

obligaciones derivadas de él o, en su caso, al tratarse de contrato en el que se presten servicios por un periodo

determinado, haya transcurrido el plazo de su vigencia.

2.8.3. NULIDAD DEL CONTRATO

La ilegalidad del contrato sobrevendrá en virtud de haberse celebrado en contravención de las disposiciones

del Reglamento, la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco y su Reglamento y las demás que

resulten aplicables, en cuyo caso, la Comisión declarará su nulidad, resolviendo respecto de las acciones que

procedan.

2.8.4. INFORME DE INCUMPLIMIENTO

En caso de incumplimiento en las obligaciones a cargo del licitante adjudicado la Unidad Departamental de

Adquisiciones presentará a la Comisión un informe en el que proponga las acciones a tomar, a fin de que se

instruya el procedimiento correspondiente.

El informe a que se refiere el párrafo anterior deberá especificar las circunstancias de tiempo, modo y ocasión

del incumplimiento.

2.8.5. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL

En caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del licitante adjudicado, por causas imputables a él, la

Comisión podrá determinar de manera unilateral la rescisión administrativa de las relaciones contractuales, sin

necesidad de declaración judicial.

No obstante lo previsto en el párrafo anterior, a solicitud debidamente justificada por escrito que formule el

licitante adjudicado, la Comisión podrá autorizar que se modifiquen las obligaciones contraídas originalmente,

así como los plazos respectivos, a fin de que cumpla con las mismas. Lo anterior, sin perjuicio de que dicho

órgano se pronuncie sobre la aplicación de las penas que, en su caso, procedan.

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En caso de ser autorizada la modificación al licitante adjudicado, se elaborará un convenio modificatorio,

debiéndose verificar que la garantía presentada respecto del cumplimiento de las obligaciones continúe

vigente o se otorgue una nueva para garantizar los términos de dicho convenio.

Si no se autoriza la modificación o si autorizada persiste el incumplimiento, en todo caso se iniciará el

procedimiento de rescisión y la aplicación de las penas establecidas en el contrato.

El procedimiento de rescisión se llevará a cabo conforme a lo siguiente:

I. Se iniciará a partir de que la Unidad Departamental de Adquisiciones comunique por escrito al prestador de

servicios el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de tres días hábiles exponga lo

que a su derecho convenga y presente, en su caso, las pruebas idóneas que estime pertinentes.

Tratándose de prueba pericial deberá presentarse, dentro de dicho término, con el dictamen

correspondiente.

II. Transcurrido el término a que se refiere la fracción anterior, la Unidad Departamental de Adquisiciones

propondrá a la Comisión para su consideración y, en su caso, aprobación, la resolución de rescisión

administrativa acompañando los elementos, documentación y pruebas que en su caso se hubieren hecho

valer; y

III. La determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y

comunicada al prestador de servicios.

2.8.6. TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

El contrato podrá darse por terminado en cualquier momento de su vigencia, sin responsabilidad para las

partes, por caso fortuito o fuerza mayor.

Si por caso fortuito o fuerza mayor el licitante adjudicado opta por la terminación anticipada del contrato, con

la documentación comprobatoria solicitarán por escrito al Consejo su aprobación, el cual deberá dar respuesta

dentro de un plazo de quince días hábiles; en el supuesto de que el Consejo no conteste en dicho plazo, se

tendrá por aceptada la petición del prestador de servicios. La Unidad Departamental de Adquisiciones

efectuará el análisis correspondiente y emitirá un informe que deberá contener una opinión jurídica, la cual

presentará a la Comisión para su aprobación.

En caso de negativa, será necesario que los proveedores obtengan de la autoridad judicial la declaratoria

correspondiente.

Cuando la terminación del contrato sea con motivo de caso fortuito o fuerza mayor, el Consejo no deberá

realizar pago alguno por concepto de gastos no recuperables.

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2.8.7. TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS JUSTIFICADAS, DE ORDEN PÚBLICO O DE INTERÉS

GENERAL

El Consejo, podrá dar por terminado el contrato anticipadamente por razones justificadas, de orden público o

de interés general, bastando para ello una comunicación que dirija por escrito en este sentido y sin más

responsabilidad, que la de cubrir el importe de los trabajos que efectivamente se hayan ejecutado por el

prestador de servicios y los gastos no recuperables siempre y cuando se relacionen directamente con el objeto

del contrato.

2.8.8. TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

El contrato podrá darse por terminado por mutuo consentimiento, cuando así convenga a los intereses de

ambas partes.

El motivo por el cual resulte conveniente dar por terminado el contrato esté debidamente justificado.

Para tal efecto, la Unidad departamental de Adquisiciones elaborará un informe que contenga la

fundamentación y motivación correspondientes, así como la existencia o no de perjuicios que se causen al

Consejo y someterá dicho informe a la consideración de la Comisión para su aprobación.

Únicamente podrá darse por terminado el contrato en los términos del presente numeral en caso de que el

prestador de servicios no haya incurrido en alguna causal de incumplimiento.

2.8.9. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El Consejo, por acuerdo de la Comisión podrá suspender temporalmente, en todo o en parte, la prestación de

servicios contratados por causa plenamente justificada y acreditada, determinando la temporalidad de ésta.

2.8.10. SUSPENSIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

En el caso de que la causa de la suspensión sea por caso fortuito o fuerza mayor no existirá ninguna

responsabilidad para el Consejo.

En caso de que la suspensión sea por caso fortuito o fuerza mayor las partes deberán suscribir un convenio

donde reconozcan el plazo de la suspensión y las fechas de reinicio y terminación del servicio, sin modificar el

plazo de ejecución establecido en el contrato. De no ser posible, la Comisión determinará las fechas del plazo

de la suspensión.

2.8.11. ACTAS PARA LA SUSPENSIÓN

En todos los casos de suspensión, la Unidad Departamental de Adquisiciones con la intervención de la

Contraloría en el ámbito de sus atribuciones, deberá levantar un acta circunstanciada en la que hará constar el

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lugar, fecha y hora del acta; nombre y firma de los representantes de las partes en el contrato; los motivos de

las suspensión y quién la acordó y/o notificó; datos de identificación del servicio que se suspenderá; si ésta es

parcial, sólo se identificará la parte correspondiente y las medidas que se tomarán para su reanudación, así

como una relación pormenorizada de la situación legal, administrativa, técnica y económica en la que se

encuentre el servicio se vaya a suspender.

Se deberá hacer constar el personal y equipo que se retira y del que se autoriza su permanencia, conforme con

el programa de ejecución convenido; el tiempo de duración de la suspensión o el evento que dará motivo a la

reanudación de los trabajos; las acciones que se seguirán para asegurar los bienes y el estado de los trabajos,

así como procurar la conclusión de los mismos; la determinación del programa de ejecución que se aplicará, el

que deberá considerar los diferimientos que la suspensión origina, ajustando sin modificar los periodos y

procesos de construcción indicados en el programa de ejecución convenido en el contrato, y en su caso, las

medidas de protección que resulten necesarias para salvaguardar los trabajos realizados, el lugar de trabajo,

sus instalaciones y equipos.

Si durante la vigencia del contrato existen suspensiones de los servicios cuyos periodos sean reducidos y

difíciles de cuantificar, las partes podrán acordar que los periodos sean agrupados y formalizados mediante la

suscripción de una sola acta circunstanciada.

2.8.12. TERMINACIÓN ANTICIPADA POR PARTE DEL PRESTADOR DE SERVICIOS

El licitante ganador podrá solicitar al Consejo la terminación anticipada de los contratos por causa justificada,

acompañando a su solicitud la documentación comprobatoria que estimen pertinente.

Al respecto, la Unidad Departamental de Adquisiciones efectuará el análisis correspondiente y emitirá un

informe que deberá contener una opinión jurídica, el cual presentará a la Comisión para su aprobación.

2.8.13. MODIFICACIONES AL CONTRATO U ORDEN DE COMPRA

El servidor público facultado para suscribir el contrato, podrá durante la vigencia del mismo, bajo su

responsabilidad y por razones fundadas y explícitas, acordar el incremento del monto, la cantidad de servicios;

así como los plazos de cumplimiento, mediante modificaciones al contrato u orden de compra vigente, siempre

que no rebasen, en conjunto, el 20% del monto o cantidad de los conceptos o volúmenes establecidos

originalmente en los mismos, o bien de los plazos estipulados; y el precio de los servicios sea igual al pactado

originalmente.

En caso de que se requiera por razones extraordinarias de una modificación mayor, ésta será sometida a la

autorización de la Comisión y por ningún motivo podrá ser superior al 30% del total del monto, cantidad o

plazos contratados.

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2.8. GARANTÍAS QUE DEBERÁN PRESENTARSE

2.9.1. RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Para el cumplimiento de las obligaciones a cargo del licitante que resulte adjudicado, derivada del contrato u

orden de compra que se celebre y que exceda la cantidad equivalente a diez veces el salario mínimo general

mensual vigente en la Zona Metropolitana de Guadalajara, fijado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos,

elevado a un año en el momento de la contratación, la garantía que deberá presentarse será por un monto

equivalente al diez por ciento del total del contrato respectivo, sin contar con el impuesto al valor agregado.

Esta garantía se deberá presentar en la fecha de la firma del contrato, conforme al texto indicado en el "Anexo

2" de las presentes bases.

Dicha garantía permanecerá vigente hasta el cumplimiento total del objeto del contrato incluyendo en su caso

la modificación del plazo que se autorice. Para su devolución y cancelación será necesaria la conformidad

expresa por escrito de la Unidad Departamental de Adquisiciones, siempre y cuando no existan obligaciones

pendientes a favor del Consejo.

Esta garantía se expedirá a favor del Consejo, conforme a los formatos que se proporcionan a los licitantes.

En el caso de que el licitante adjudicado no presente la garantía en el plazo establecido, el Consejo podrá

rescindir el contrato y lo asignará de la siguiente manera:

1. Al licitante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja.

2. El orden de adjudicación no podrá ser superior al 10% de la propuesta que haya resultado ganadora.

3. El interesado a quien se haya adjudicado el contrato no estará obligado a prestar el servicio, si el

Consejo, por conducto del servidor público competente, por causas imputables a él, no firma el contrato.

4. El atraso del Consejo en la formalización del contrato respectivo, prorrogará en igual plazo la fecha de

cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes;

5. Los derechos y obligaciones que deriven del contrato no podrán cederse en forma parcial o total a favor

de otra persona, con excepción de los derechos de cobro, para lo cual se deberá contar con el

consentimiento de la Comisión y, en su caso, con la autorización de la Contraloría; y

6. En aquellas adjudicaciones en las que a juicio de la Comisión, resulte necesario elaborar un contrato por

la complejidad técnica y monto de la operación, dicho instrumento se elaborará conforme a los modelos

tipo aprobados por la Comisión. En caso contrario, podrá optarse por formalizar la adjudicación

mediante un contrato.

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2.9. SUPERVISIÓN DEL SERVICIO

El Consejo, a través de las áreas Administrativas de los inmuebles del Consejo y de la Unidad Departamental de

Servicios Generales, en todo momento tendrán el derecho de supervisar los servicios materia de las presentes

bases gozando de facultades para exigir las correcciones que estime pertinentes a fin de garantizar la calidad

de los mismos y que se presten en los términos solicitados. Asimismo, cuando el servicio dependa en mayor

medida de capital humano, podrá solicitar su sustitución de advertir que no se cumple con las normas de

seguridad e higiene en los inmuebles en donde se preste el servicio.

Del mismo modo podrán efectuarse pruebas sobre la calidad de los insumos o materiales utilizados para

proporcionar el servicio, los que se deberán apegar a las características y condiciones indicadas en las

presentes bases y el Anexo 1, de no cumplir con las especificaciones requeridas, el Consejo podrá solicitar su

sustitución dentro de un plazo perentorio, de no ser sustituidos se deducirá su costo además de la aplicación

de la pena que corresponda por incumplimiento.

2.10. PENAS CONVENCIONALES Y APLICACIÓN DE GARANTÍAS

2.11.1. PENA CONVENCIONAL POR INCUMPLIMIENTO

Se aplicará una pena convencional, para el caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del

prestador de servicios, o por la deficiente calidad de los servicios, equivalente al 10% del importe total antes de

I.V.A. del contrato que resulte de la presente licitación; el Consejo podrá descontar el importe de las penas

convencionales de los pagos pendientes de efectuar a través de una nota de crédito o bien, haciendo efectiva

la fianza de cumplimiento.

En caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.

2.11.2. PENA CONVENCIONAL POR ATRASO

En el supuesto de un posible retraso en la prestación del servicio por causa debidamente justificada, el Consejo

podrá autorizar que se modifiquen las obligaciones contraídas originalmente, así como los plazos respectivos, a

fin de que cumplan con las mismas. De no ser justificada la causa del retraso, el prestador de servicios pagará al

Consejo por concepto de pena convencional, por simple retraso, el equivalente al importe de los servicios que

únicamente se encuentren pendientes, en la fecha fijada para el cumplimiento. Esta base se multiplicará por el

diez al millar diario hasta el cumplimiento total. El importe resultante de la base será ajustado de manera

proporcional al cumplimiento pendiente aplicando la misma fórmula.

El Consejo descontará el importe de las penas convencionales de los pagos pendientes de efectuar a el

proveedor a través de una nota de crédito o bien, haciendo efectiva la fianza de cumplimiento.

Las penas convencionales en ningún caso podrán ser superiores en su conjunto al 10% del importe total antes

de I.V.A. del contrato que resulte de la presente licitación o bien, al monto de la garantía de cumplimiento.

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2.11.3. DEDUCTIVAS POR SEVICIOS NO PRESTADOS Y/O POR DEFICIENTE CALIDAD

En caso de que se haya detectado que los servicios no se prestan en la forma y términos convenidos, o que los

insumos, materiales o equipos no cumplen con la calidad requerida, el Consejo procederá a realizar la

evaluación y el cálculo del importe de los mismos a fin de determinar si es procedente la corrección, reposición

o aplicar la deductiva correspondiente.

Lo anterior, con independencia de la aplicación de la pena convencional por incumplimiento, la que se ajustará

proporcionalmente al porcentaje incumplido.

2.11.4. RELATIVA A LA RESPONSABILIDAD CIVIL

El licitante que resulte adjudicado deberá otorgar a favor del Consejo, una póliza de seguro de responsabilidad

civil por el equivalente al 10% de su importe total antes del Impuesto al Valor Agregado, expedida ante

compañía fiadora legalmente autorizada, en la firma del contrato, para cubrir los daños y perjuicios que

pudiesen causar el personal del prestador de servicios, en la ejecución de los servicios objeto de la presente

Licitación Pública. El licitante adjudicado está obligado a mantener vigente dicha póliza durante la vigencia del

contrato.

Esta póliza no exime al prestador del servicio, de cubrir aquellos daños causados al Consejo y/o a terceros en

sus bienes o personas, cuyo costo sobrepase el monto asegurado y en ningún momento constituirá un límite de

responsabilidad.

2.11. INCONFORMIDAD

Los interesados y licitantes que acrediten interés jurídico, en el acto del procedimiento de contratación pública,

podrán inconformarse por escrito ante la Comisión, por los actos del procedimiento, tales como: convocatoria,

bases y su modificación, junta de aclaraciones, apertura de propuestas, resolución o fallo de adjudicación,

formalización del contrato y cancelación, etc., en los términos de lo establecido en el Título Octavo del

Reglamento, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación, celebración o notificación de los actos;

la inconformidad que se presente fuera de los plazos citados se desechará de plano.

De conformidad con el artículo 118 del Reglamento, la inconformidad la podrá presentar, por sí o por

representante jurídico, el interesado, representante común, el licitante que acredite interés jurídico en el acto

del procedimiento de licitación pública objeto de inconformidad, asimismo, para su presentación, la

inconformidad deberá contener:

I. Nombre, denominación o razón social del inconforme y de quien promueva en su nombre, en su caso;

II. Domicilio para recibir notificaciones;

III. La fecha en que se le notificó o tuvo conocimiento del acto recurrible;

IV. Los hechos que den origen a la interposición del recurso;

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V. El acto que impugna y el número de expediente donde se dictó el mismo;

VI. Los agravios que cause el acto impugnado, y

VII. Las pruebas que ofrezca.

Cuando el recurrente omita alguno de los requisitos a que se refieren las fracciones III, IV y V, se prevendrá al

promovente para que subsane la omisión dentro de los cinco días siguientes al en que surta sus efectos la

notificación correspondiente. Si transcurrido ese plazo el recurrente no subsana la omisión en que hubiere

ocurrido, se tendrá por no presentado su recursos de inconformidad.

Cuando el recurrente omita el requisito referido en la fracción VI, se tendrá por no presentado el recurso de

inconformidad.

Conforme al artículo 119 del Reglamento al escrito de interposición del recurso de inconformidad deberá

adjuntarse lo siguiente:

I. Copias del escrito de interposición del recurso de inconformidad para cada uno de los interesados que se

hubieren apersonado al procedimiento de adquisición, y

II. Las pruebas documentales que ofrezca y copias de las mismas para cada uno de los interesados a que se

refiere la fracción anterior.

Cuando el recurrente omita exhibir alguno de los requisitos a que se refieren las fracciones anteriores, se

prevendrá al promovente para que subsane la omisión dentro de los cinco días siguientes en que surta sus

efectos la notificación correspondiente. Si transcurrido ese plazo el recurrente no exhibe las copias a que se

refiere la fracción anterior, se tendrá por no presentado su recurso de inconformidad; cuando omita exhibir las

pruebas documentales que hubiere ofrecido o las copias a que se contrae la fracción II anterior, se tendrá por

no ofertadas.

La manifestación de hechos falsos dará origen al ejercicio de las acciones legales conducentes.

2.12. INSTANCIAS RESOLUTORAS

Cualquier controversia que se suscite con motivo de la aplicación o interpretación de las presentes bases o de

los actos que se deriven de esta licitación, se resolverá de acuerdo a lo que estipule el Reglamento o bien, lo

que determine el Pleno, siendo nulo de pleno derecho cualquier acto en contravención a las propias bases o a

la normatividad vigente del Consejo.

Para la interpretación y resolución de los conflictos con motivo del cumplimiento o interpretación del contrato

que se celebre, las partes se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales del Primer Partido Judicial del

Estado de Jalisco.

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2.13. ACLARACIÓN RELATIVA A NEGOCIACIÓN DE LAS CONDICIONES

No podrán negociarse, ni modificarse cualquiera de las condiciones de las presentes bases, ni las propuestas

presentadas por los licitantes. Solamente las modificaciones hechas en los términos del punto 2.8.13 y las

aclaraciones hechas en los términos del punto 5.1 del capítulo 5, podrán considerarse modificaciones válidas a

las mismas.

2.14. RELACIONES LABORALES

El prestador de servicios como patrón del personal que ocupe para cumplir con las obligaciones a su cargo

previstas en el contrato, será el único responsable del cumplimiento de las disposiciones legales en materia de

trabajo y previsión social en relación con dicho personal, por tal motivo, será responsable de todas las

reclamaciones que sus trabajadores pudieran presentar en contra del Consejo.

Por lo que se compromete a sacar en paz y a salvo al Consejo de cualquier controversia que sus trabajadores o

empleados interpongan en contra del mismo, indemnizando a este último sobre los pagos que haya realizado

por concepto de viáticos, traslados, hospedaje y demás gastos hasta en tanto no quede liberado de la

controversia.

2.15. CESIÓN DE DERECHOS

Los derechos y obligaciones que el prestador de servicios adquiera con motivo de la firma del contrato no

podrán cederse en forma parcial o total a favor de otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en

cuyo caso, se deberá presentar solicitud por escrito por parte del prestador de servicios al Consejo por lo

menos quince días hábiles de anticipación, así como el convenio de cesión de cobro suscrito por el prestador

de servicios, en su carácter de cedente, indicando los datos de la cuenta o cuentas en las que se aplicarán los

pagos.

2.16. CONFIDENCIALIDAD

Los licitantes y los prestadores de servicios que resulten adjudicados, no podrán divulgar o aprovechar para

beneficio o interés propio o de terceros los conocimientos e información propiedad del Consejo. Una vez

terminada la vigencia del contrato respectivo o si por algún motivo se suspendiese los trabajos a realizar,

quedará obligado el prestador de servicios ganador a devolver toda la información que se le hubiere

proporcionado, prevaleciendo la titularidad del Consejo sobre todos los productos y servicios derivados del

contrato respectivo.

Cualquier tipo de información que se entregue al prestador de servicios, relacionada con el Consejo, es de

carácter confidencial, la inobservancia del deber de confidencialidad por parte del licitante, durante la

ejecución de los servicios, dará lugar a la aplicación de las sanciones que al efecto establezca el contrato, sin

perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiera actualizarse a cargo del prestador de servicios.

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Asimismo, el licitante adjudicado estará obligado a proporcionar al Consejo, cualquier información que se

solicite relacionada con la prestación de los servicios de que se trate, la que deberá entregar dentro de los 10

días hábiles siguientes a que el Consejo lo solicite.

CAPÍTULO 3

DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ PRESENTAR EL LICITANTE

En el acto de presentación y con el objeto de acreditar su personalidad, los licitantes o sus representantes

presentarán, dentro o fuera del sobre, un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir

verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que

contendrá los datos conforme al Anexo 3. Adicionalmente los licitantes deberán presentar escrito bajo protesta

de decir verdad con firma autógrafa del representante legal, dirigido al Consejo, de no encontrarse en ninguno

de los supuestos indicados en el numeral 2.4. Restricciones para participar y/o contratar, conforme al Anexo 4.

La no entrega de los manifiestos solicitados en el párrafo anterior, serán motivo de descalificación del

procedimiento objeto de las presentes bases.

No será motivo de desechamiento la falta de identificación o acreditación de la persona que únicamente

entregue la proposición, pero ésta sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de

observador.

3.1. PROPUESTAS

Las propuestas deberán presentarse en el acto de apertura de ofertas, de la siguiente forma:

I. En un sobre cerrado de manera inviolable la propuesta técnica (Sobre N° 1).

II. En un sobre cerrado de manera inviolable la propuesta económica (Sobre N° 2).

III. La documentación financiera y contable requerida en el numeral 3.2.1 de este capítulo (Sobre No. 3). A

elección del licitante, esta deberá presentarse dentro o fuera del sobre correspondiente.

Una vez entregados los sobres no se recibirá documentación adicional alguna.

En el exterior de cada sobre se deberá señalar claramente a qué propuesta corresponde, número del

procedimiento y el nombre del licitante que la presenta; la omisión de alguno de estos requisitos no será

motivo de descalificación.

Las propuestas tanto técnicas como económicas, deberán presentarse en idioma español; en su caso la

información técnica adicional y folletos en su caso podrán presentarse en idioma del país de origen,

acompañados de una traducción simple al español en papel membretado de la empresa licitante o del

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fabricante; cuando se exija alguna constancia de él. La propuesta económica deberá presentarse en moneda

nacional.

Las propuestas deberán presentarse por escrito en original, en papelería membretada del licitante, firmada en

todas y cada una de sus hojas, por el representante legal o persona legalmente autorizada, no debiendo

contener tachaduras o enmendaduras, y debidamente foliada.

En caso de detectarse deficiencias en el foliado de las propuestas, el Consejo, por conducto del servidor público

que presida el acto, o de quien el mismo determine, procederá a subsanarlas en presencia de los licitantes en

el procedimiento, salvo la firma del representante legal o persona legalmente autorizada, la omisión de otros

requisitos de forma, no serán motivo de descalificación.

3.2. REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES.

Los licitantes deberán contar con la solvencia económica que les permita dar cabal cumplimiento a las

obligaciones a su cargo que se deriven de la adjudicación del contrato correspondiente, por ello deberán

cumplir con todas las estipulaciones contenidas en las presentes bases y calificar respecto de la revisión de la

documentación financiera y contable presentada, así como de la evaluación técnica que se realizará a los

servicios ofertados.

3.2.1. DOCUMENTACIÓN FINANCIERA Y CONTABLE

I. Estados Financieros:

a) Estados financieros legibles, en español y en moneda nacional, con el nombre y la firma del contador

público que los elaboró, los cuales estarán integrados por el balance general y el estado de resultados con

cierre al ejercicio inmediato anterior a la fecha en que se está llevando a cabo el procedimiento de

contratación, así como los parciales con una antigüedad no mayor a tres meses a la fecha de la presentación

de la propuesta, con los que se acredita la liquidez, la solvencia, capital contable y que no se encuentre en el

supuesto de liquidación, adjuntándose copia legible por ambos lados de la cédula profesional de la persona

que los elabora.

II. Protesta de decir verdad:

a) Los licitantes o sus representantes legales deberán declarar bajo protesta de decir verdad, “que los estados

financieros que proporcionan se encuentran apegados a las Normas de Información Financiera aplicables”.

b) Los licitantes deberán declarar bajo protesta de decir verdad, que no son objeto de embargo, huelga

estallada, concurso mercantil o liquidación; o bien que no se encuentran sujetos a concurso civil de

conformidad con la legislación aplicable; y

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c) Los licitantes deberán declarar bajo protesta de decir verdad que no forman parte de un grupo,

entendiéndose por grupo lo que establece el último párrafo artículo 24 de la Ley del Impuesto Sobre la

Renta.

III. Copia fotostática simple de la Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta, correspondiente al ejercicio

inmediato anterior a la fecha en que se está llevando a cabo el procedimiento de contratación, legible y con

todos sus anexos, incluyendo el acuse de recibo que contiene el número de operación registrada y el sello

digital;

IV. En el caso que el licitante interesado haya iniciado recientemente operaciones, o en el supuesto de que su

inicio de operaciones ocurran en el presente año, la información mínima que deberá presentar serán los

estados financieros parciales con un antigüedad no mayor a tres meses a la fecha de la presentación de la

propuesta correspondiente, según lo establece la fracción l, inciso a) del presente numeral, además de la

documentación señalada en la fracción II.

V. Presentar constancia de opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales 32D

3.3. PROPUESTA TÉCNICA

La propuesta técnica (Sobre N° 1) deberá contener como mínimo:

I. La descripción detallada de los servicios conforme al Anexo 1 de las presentes bases.

II. La información técnica adicional de los servicios ofertados, como fichas técnicas, folletería, catálogos, etc.

(opcional).

III. Cartas número 1, 2, 3, 4, 5 y 6. Las cartas compromiso deberán ser presentadas en los mismos términos que los

modelos mostrados en el apartado B (Modelos de Cartas) y debidamente firmadas por la persona facultada para ello.

La presentación de los documentos con variación a los términos de las cartas compromiso indicadas en los modelos,

será motivo de descalificación.

IV. Currículum del licitante, sea persona física o moral, en el cual acredite que se dedica a suministrar los

servicios objeto del presente procedimiento, que incluya una relación de clientes y fotocopia de al menos

un contrato de servicios similares a los de la presente licitación durante el último año.

V. Los demás documentos solicitados en las bases y en el "Anexo 1", deberán integrarse en la propuesta

técnica.

3.4. PROPUESTA ECONÓMICA

La oferta económica (sobre N° 2) deberá presentarse por escrito firmada por el licitante o su representante

legal, conforme a lo señalado en este numeral:

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3.4.1. PRECIOS

Los licitantes deberán cotizar en moneda nacional de conformidad al Anexo 5 y especificar en su propuesta

económica lo siguiente:

I. El precio unitario del servicio ofertado, hasta en dos dígitos de centavos, incluyendo los descuentos que

voluntariamente estén en capacidad de ofrecer.

II. El costo mensual del servicio hasta en dos dígitos de centavos.

III. El costo total del servicio que comprende el periodo del 1ro. De Enero al 31 de diciembre de 2017.

La suma de los subtotales deberá coincidir con el monto total de la partida, antes del I.V.A. Lo expresado por

escrito en la propuesta económica, deberá dar los mismos resultados al revisarse las operaciones aritméticas

que hayan efectuado sobre los precios unitarios, cantidades, montos parciales por partida y monto total de la

propuesta.

Se recomienda que los precios vengan protegidos con cinta adhesiva.

En caso de error aritmético, no hay posibilidad de corregir, prevalecerá el precio unitario y en su caso el

expresado en letra.

3.4.2. VIGENCIA DE LA PROPUESTA

Los licitantes cotizarán precios fijos en Moneda Nacional, vigentes hasta la realización total de los servicios.

En caso de que no se haga mención expresa de la vigencia de los precios en la propuesta económica, se

entenderán fijos por el plazo antes señalado.

3.4.3. CARTA DE ACEPTACIÓN DE CONDICIONES

Se deberá incluir en la oferta económica, carta original, firmada por el representante legal, en el que conste

haber leído las presentes bases y la aceptación de las condiciones establecidas en ellas y en particular respecto

a la forma de pago estipulada en las mismas, tiempo, condiciones y lugar de prestación del servicio. Anexo 6.

En el supuesto de que el licitante no presente la carta referida en el párrafo que antecede, su propuesta será

descalificada, siempre y cuando el licitante no pueda subsanar con la información contenida en sus propuestas

técnica y económica las condiciones de forma de pago, tiempo, condiciones y lugar de prestación de servicios.

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CAPÍTULO 4

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas en estas bases que tengan como propósito facilitar

la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación; así como cualquier

otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas.

La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos, no será motivo para

descalificar sus propuestas.

Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento, por sí mismos, no afecten la solvencia de la

propuesta, el proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, prevalecerá el estipulado en las

bases de licitación; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia

propuesta técnica o económica; el no observar los formatos establecidos si se proporciona de manera clara la

información requerida; y el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o normativo por parte de

este Consejo o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la propuesta

presentada. En ningún caso, podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas que

determine el Consejo.

No serán consideradas las propuestas de aquellos licitantes donde se observe que no es fehaciente, confiable y

correcta la información financiera, contable y legal que presenten.

4.1. EVALUACIÓN FINANCIERA

La documentación financiera presentada por los licitantes, estará sujeta a un análisis a fin de acreditar a

satisfacción del Consejo su solvencia financiera, para lo cual la Unidad Departamental de Contabilidad,

elaborará sendo dictamen resolutivo financiero, el cual se sujetará a lo siguiente:

La documentación financiera solicitada en el numeral 3.2.1 estará sujeta a un análisis de la situación financiera

de cada licitante, a efecto de valorar su liquidez, solvencia y capital contable y ponderar financieramente su

capacidad de contratación con el Consejo. Adicionalmente se confirmará que no se encuentre en el supuesto

de liquidación, conforme a lo siguiente:

RAZONES FINANCIERAS FÓRMULA RESULTADO FAVORABLE

INDICE DE PRUEBA DEL ACIDO (ACTIVO CIRCULANTE-INVENTARIOS) / PASIVO

CIRCULANTE >0 = 0.5

INDICE DE SOLVENCIA (ACTIVO TOTAL / PASIVO TOTAL) >0 = 0.5

INDICE DEL MARGEN OPERATIVO (UTILIDAD OPERATIVA / VENTAS NETAS) > 0 (CERO)

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Los resultados favorables de la tabla anterior son los valores mínimos que deben cumplir los licitantes para

asegurar su liquidez, solvencia y capital contable.

Cuando en las bases de los procedimientos de adjudicación se soliciten estados financieros de diversos

ejercicios o de un grupo para acreditar la liquidez, la solvencia y capital contable a mediano plazo, el dictamen

resolutivo financiero deberá realizarse por la totalidad de la información presentada.

Sin embargo, para la integración del dictamen financiero, el margen operativo de las empresas que se analizará

será el correspondiente al del último ejercicio fiscal, salvo lo establecido en el último párrafo de la presente

disposición.

En el caso de que el o los licitantes pertenezcan a una sociedad de nueva creación o sean personas físicas que

inicien actividades, se analizará el margen operativo que arrojen sus estados financieros sólo en el caso de que

hubiese transcurrido un periodo mayor a 12 meses, contados a partir del inicio de sus actividades, si no

hubiese transcurrido dicho periodo, el dictamen financiero se emitirá sin analizar el margen operativo de

dichas empresas.

Se emitirá Dictamen Resolutivo Financiero como "No Favorable", en cualquiera de los siguientes casos:

I. Que no se cumpla con la presentación, en los términos establecidos, de los documentos exigibles en las

presentes bases;

II. Que alguna de las operaciones de las razones financieras a utilizar en el análisis, descrito en la tabla

anterior, no arroje un “Resultado favorable”.

III. Que en los estados financieros se detecten errores aritméticos en los importes de los rubros que los

integran, y por lo tanto, no cumplan con el principio de igualdad en los totales del activo con el de la suma

del pasivo y capital contable, o el resultado del ejercicio (utilidad o pérdida) manifestado en el estado de

situación financiera sea distinto al reportado en el estado de resultados.

IV. Si se advierte que se trata de una sociedad que se ubica en los supuestos de la fracción II, inciso b) del

numeral 3.2.1 de las presentes bases o se trata de persona física que se encuentra sujeta a concurso civil

de conformidad con la legislación aplicable. Y;

V. Que el licitante haya presentado información incompleta, contrario a lo establecido en las disposiciones

legales aplicables, que impida el análisis completo de su situación financiera o tener certeza de la

información presentada.

4.2. EVALUACIÓN TÉCNICA.

Las propuestas técnicas presentadas, serán objeto de evaluación por parte de la Unidad Departamental de

Servicios Generales, a fin de verificar que cumplan con las condiciones y requerimientos técnicos señalados en

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las presentes bases, calificando únicamente aquellos licitantes que cumplan con la totalidad de los aspectos

requeridos por el Consejo.

La evaluación de las características técnicas de los servicios requeridos, se especifican en el "Anexo 1" y se

rendirá un dictamen resolutivo técnico por dichas Áreas.

4.3. EVALUACIÓN ECONÓMICA

Las propuestas económicas, serán objeto de un estudio pormenorizado y deberá contener lo siguiente:

I. Cuadro comparativo de precios ofertados;

II. Pronunciamiento sobre si los prestadores de servicios cumplen los requisitos solicitados para la

contratación, relativos a plazo de entrega, forma de pago y descripción de garantías de los bienes o

servicios;

III. Análisis comparativo de precios ofertados contra el presupuesto base.

Cuando la Unidad Departamental de Adquisiciones, detecte un error de cálculo en las operaciones aritméticas,

podrá llevar a cabo su verificación cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario, mismo

que se hará del conocimiento del licitante en el Acto de Notificación de Fallo.

4.4. VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES

El Consejo, a través de la Unidad de Departamental de Adquisiciones y/o Unidad Departamental de Servicios

Generales, con la asistencia de la Contraloría, podrá efectuar las visitas que juzguen necesarias a las

instalaciones de los licitantes, a fin de verificar la capacidad de los mismos.

4.5. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

Se adjudicará el contrato respectivo por partida completa, al(los) licitante(s) que ofrezca las mejores

condiciones de contratación cumpliendo con los principios contemplados en el artículo 134 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que además cumpla(n) con los requisitos legales, técnicos,

financieros y económicos con base en los dictámenes resolutivos que para tal efecto se emitan y cuyo precio

ofertado por partida completa corresponda al más bajo.

La solvencia de la propuesta técnica se evaluará en función del cumplimiento por parte del licitante de los

aspectos establecidos en las presentes bases en el "Anexo 1".

A fin de determinar la solvencia económica de las propuestas, éstas se evaluarán considerando el precio de

mercado de los servicios ofertados, conforme el estudio previo que haya realizado el Consejo y/o los

antecedentes del costo del servicio.

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En el caso de que dos o más propuestas coincidan en condiciones generales y en el precio más bajo, la

adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que

celebre el Consejo en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada

propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del

licitante ganador y, posteriormente, los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los

subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.

4.6. ADJUDICACIÓN A LA SEGUNDA PROPUESTA

Cuando notificada la adjudicación, de alguno de los licitantes ganadores no sostuviera su oferta o por cualquier

causa se le rescindiera el contrato, el Pleno podrá autorizar la adjudicación al licitante que hubiese ofertado la

segunda mejor oferta, siempre que la diferencia en el precio con respecto a la propuesta que inicialmente

hubiera resultado ganadora no sea superior al diez por ciento, escuchando previamente al Área Requirente que

corresponda.

En caso de que se autorice la adjudicación a la segunda propuesta, la notificación se hará por escrito al licitante

que la ofertó.

4.7. MOTIVOS DE DESCALIFICACIÓN

El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las bases de la licitación que afecte la solvencia

de la propuesta, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los

precios de los bienes o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás

licitantes.

La contravención a las disposiciones del Reglamento por parte de algún licitante será motivo de descalificación.

La descalificación de los licitantes será resuelta por la Comisión de conformidad a las presentas bases y del

Reglamento, lo que hará de su conocimiento al emitirse la resolución o fallo de adjudicación del

procedimiento, debiéndose fundar y motivar formalmente la causa para descalificar su propuesta.

Cuando los licitantes omitan en el acto de presentación y apertura de propuestas documentos que no afecten

su solvencia técnica o económica, o bien, documentos requeridos por el Consejo, que sean distintos a los

formatos establecidos, serán tomados en consideración, siempre y cuando proporcionen de manera clara la

información requerida; asimismo, en ningún caso podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las

propuestas presentadas; como lo son, la omisión de firma del representante legal y las manifestaciones bajo

protesta de decir verdad, que se solicitan de acuerdo a las presentes bases que, de ser el caso, deberá ser

motivo de la descalificación de la propuesta.

CAPITULO 5

DESARROLLO DE LOS ACTOS

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Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la licitación en calidad de observador, sin necesidad de

estar inscrito como participante en el presente procedimiento, registrando previamente su participación. El

Consejo podrá girar invitaciones que estime convenientes a personas que considere esenciales para el

desahogo del procedimiento.

5.1. ACTO DE JUNTA DE ACLARACIONES A LAS BASES

El acto de aclaración a las bases de la presente Licitación Pública se efectuará el 08 de febrero de 2017 a las

13:00 horas en la Sala de Juntas Previas, anexa al Salón de Plenos, ubicada en calle Degollado número 14,

primer piso, Colonia Centro del Municipio de Guadalajara, Jalisco.

Las dudas o aclaraciones deberán presentarse por escrito en las oficinas de la Unidad Departamental de

Adquisiciones, previa inscripción del licitante al procedimiento, y en su caso, enviarlas por correo electrónico

en los formatos PDF (documento firmado autógrafamente) y Microsoft Word a la dirección de correo

electrónico [email protected], a más tardar el día 03 de febrero de 2017, hasta las 12:00

horas.

El día del evento se dará respuesta únicamente a las preguntas que hayan presentado los licitantes en tiempo y

forma dentro del plazo establecido, respecto del procedimiento licitatorio en general.

El registro de los licitantes iniciará a las 12:45 horas en punto y se cerrará a las 13:00 horas, momento a partir

del cual no se registrará a licitante alguno.

Del acto de junta de aclaraciones se levantará un acta circunstanciada en la que se harán constar todos los

aspectos que se trataron en el mismo y se entregará copia a los licitantes que participen en la licitación. Las

aclaraciones que se formulen en dicho acto, formarán parte de las bases, así como del contrato u orden de

compra que se adjudique y, por tanto, su observancia será obligatoria. El acta del evento se fijará por 5 días

hábiles a partir de la celebración del acto en las oficinas de la Unidad Departamental de Adquisiciones ubicada

en: calle Degollado número 14, segundo piso, Colonia Centro del Municipio de Guadalajara, Jalisco.

La asistencia al acto de aclaraciones no será requisito indispensable para presentar propuesta; sin embargo, no

se realizarán aclaraciones fuera del propio acto, salvo que, a juicio de la Comisión, resulte en beneficio del

procedimiento licitatorio, en cuyo caso, se hará del conocimiento por escrito de todos los licitantes.

DURANTE LOS EVENTOS, SE PROHÍBE EL USO DE TELÉFONOS CELULARES, APARATOS DE COMUNICACION DE

CUALQUIER TIPO, ASI COMO COMPUTADORAS PERSONALES POR PARTE DE LOS LICITANTES.

5.2. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS

Las proposiciones, se entregarán el día 16 de febrero de 2017, en la Sala de Juntas Previas, anexa al Salón de

Plenos, ubicada en calle Degollado número 14, primer piso, Colonia Centro del Municipio de Guadalajara,

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Jalisco, a las 12:00 horas, las cuales se deberán presentar en sobre cerrado. Las propuestas entregadas con

posterioridad no podrán concursar.

El acto de presentación y apertura de propuestas se realizará en sesión pública que presidirá el servidor público

autorizado para ello, debiendo contar con la intervención de la Contraloría la que actuará en el ámbito de su

respectiva competencia.

5.2.1. INICIO DEL ACTO

El registro de licitantes iniciará a las 12:45 horas y se cerrará a las 13:00 horas, momento a partir del cual no se

registrará a licitante alguno, no se recibirán sobres, ni se permitirá presentar documentación adicional alguna.

Solo podrán registrarse aquellas personas que se encuentren inscritas en el procedimiento.

Acto seguido se procederá a pasar lista a los licitantes que se encuentren registrados, quienes deberán

entregar los sobres cerrados que contengan: 1) la documentación financiera, esta documentación podrá

entregarse sin sobre a elección del licitante, 2) la propuesta técnica y 3) la propuesta económica, que estarán

debidamente rotulados con referencia a la licitación de que se trata, la persona moral o física proponente y el

contenido del sobre, con excepción de la información financiera, los demás deberán estar cerrados de manera

inviolable.

Posteriormente, se procederá a la apertura de los sobres de cada uno de los licitantes, en orden de

presentación y se asentará en el acta circunstanciada aquellas que hubieran omitido alguno de los requisitos.

Por lo menos un licitante y el servidor público facultado para presidir el acto, rubricarán todas las propuestas

técnicas y económicas presentadas, sin embargo, las personas que hayan asistido al acto si así lo desean

podrán firmarlas, debiendo enseguida dar lectura al importe total de cada una de las propuestas. No se

rubricarán catálogos, manuales, folletos e instructivos.

Concluida la apertura de los sobres, el servidor público que preside el acto, dará lectura al importe total de

cada una de las propuestas.

Del evento, se levantará acta circunstanciada que servirá de constancia de la celebración del acto de

presentación y apertura de las proposiciones, en la que se hará constar las propuestas aceptadas para su

posterior evaluación y el importe total de cada una de ellas, así como las que hubieran omitido alguno de los

requisitos establecidos en bases, cuya descalificación, en su caso, será determinada por la Comisión en el

ámbito de sus atribuciones y en términos de las presentes bases y del Reglamento; asimismo, se señalará lugar,

fecha y hora en que se dará a conocer la resolución o fallo de la adjudicación, fecha que deberá quedar

comprendida dentro de los 20 días naturales siguientes a la establecida para este acto y podrá diferirse

siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido

originalmente.

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El acta será firmada por los asistentes y se les entregará una fotocopia de la misma, y se pondrá a la disposición

de aquellos que no hayan asistido al evento para efectos de su notificación. La falta de firma del licitante no

invalidará su contenido y efectos.

La recepción de la documentación no implica su calificación, puesto que estarán sujetos a los dictámenes

resolutivos financiero, técnico y económico, que emitan las áreas correspondientes en términos de los artículos

24 fracción III y 51 del Reglamento.

La documentación presentada quedará en custodia de la Unidad Departamental de Adquisiciones y será

devuelta transcurrido diez días hábiles contados a partir de la fecha en que se dé a conocer la resolución o fallo

de adjudicación del procedimiento, excepto la de los licitantes que resulten adjudicadas.

DURANTE LOS EVENTOS, SE PROHÍBE EL USO DE TELÉFONOS CELULARES, APARATOS DE COMUNICACION DE

CUALQUIER TIPO, ASI COMO COMPUTADORAS PERSONALES POR PARTE DE LOS LICITANTES.

5.3. NOTIFICACIÓN DEL RESOLUCIÓN O FALLO DE ADJUDICACIÓN

El fallo se dará a conocer en la fecha asentada en el acta de la presentación y apertura de las proposiciones,

iniciándose el registro de licitantes 15 minutos antes de la hora de inicio de la notificación del fallo, cerrándose

a las hora en punto indicada, en el lugar que tuvo verificativo el acto de recepción y apertura de propuestas o,

en su caso, en la nueva fecha y lugar que determine la Comisión, la cual se hará del conocimiento de los

licitantes por escrito y con la debida anticipación.

El día y hora señalados para la emisión de la resolución o fallo de adjudicación, la Comisión dará lectura al

dictamen y posteriormente a la resolución o fallo que resuelva la adjudicación.

El servidor público que preside el acto, deberá levantar acta circunstanciada donde se dé a conocer la

resolución o fallo de adjudicación, en la que se hará constar como mínimo:

I. Nombre de los licitantes cuyas propuestas fueron desechadas como resultado de su análisis detallado y las

razones que se tuvieron para la descalificación;

II. Nombre de los licitantes cuyas propuestas económicas fueron determinadas como solventes;

III. Nombre del(os) licitante(s) a quien(es) se adjudique el contrato y, en su caso, identificación de cada una de

las partidas o conceptos y montos asignados; y

IV. Información para firma del contrato, presentación de garantías y, en su caso, entrega de anticipos,

conforme a las bases de licitación o de invitación.

El acta será firmada por el servidor público que preside el acto y los licitantes que hubieren comparecido al

acta, sin que la falta de firma de éstos últimos afecte la validez del acta.

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La firma del acta por los licitantes o la certificación que levante el servidor público que preside el acto, en

términos del párrafo anterior, hace las veces de notificación de la resolución o fallo de adjudicación para los

presentes.

Es responsabilidad de los licitantes acudir a las instalaciones del Consejo a notificarse del acto de fallo o

resolución, sin embargo para el caso de que acudan o no a notificarse, se dará por notificados a los ausentes a

dicho acto desde el día en que se llevó a cabo el mismo.

No es aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior para el licitante que en virtud de la resolución o fallo de

adjudicación resulte ganador, en este caso se le debe notificar personalmente la determinación de la Comisión,

salvo que no hubiere señalado domicilio para recibir notificaciones pues, en este caso se dará por notificado en

términos del párrafo que antecede.

5.4. DICTAMEN LEGAL

Una vez notificada la resolución o fallo de adjudicación, la Comisión elaborará dictamen legal del(os)

proveedor(es) adjudicados, para lo cual deberán presentar a la Unidad Departamental de Adquisiciones al día

hábil siguiente, los siguientes documentos en original o copia certificada ante Fedatario Público y copia simple

para su cotejo y devolución de los originales:

I. Nombre de la persona física o razón o denominación social de la persona moral, así como el de su

apoderado o representante legal;

II. Cédula de identificación fiscal o constancia de registro fiscal (original, copia certificada o cadena digital) y

comprobante del domicilio fiscal;

III. Objeto social, escritura constitutiva y datos de inscripción de la persona moral, así como sus

modificaciones; y nombre, razón o denominación social de socios y accionistas;

IV. Identificación oficial vigente de la persona física licitante y, en su caso, de su apoderado o representante

legal; y

V. Instrumento en el que constan las facultades del apoderado o representante, así como su identificación

oficial vigente el cual podrá estar o no inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, de

acuerdo al artículo 21 del Código de Comercio.

Los documentos debidamente cotejados serán remitidos a la Unidad Departamental de Adquisiciones para la

elaboración del dictamen correspondiente, dentro de los tres días hábiles posteriores a la recepción de la

totalidad de los mismos.

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En caso de que el dictamen legal no sea favorable, previo a la firma del contrato, la Comisión iniciará el proceso

de suspensión o cancelación del registro del Padrón de Proveedores en contra del adjudicado de conformidad a

los artículos 105 y 106 del Reglamento, independientemente de proceder a adjudicar conforme a lo

establecido en el artículo 49 del mismo ordenamiento.

Guadalajara, Jalisco, a 24 de enero de 2017.

A T E N T A M E N T E

L.E. JUAN DIEGO OMAR MARTÍNEZ DELGADO

SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES Y CONCESIONES.

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ANEXO 1

ANEXO TÉCNICO

"Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del Consejo de la

Judicatura del Estado de Jalisco”

El Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, en lo sucesivo "El Consejo", requiere del servicio de fumigación y control de fauna nociva para prevenir, controlar y erradicar las plagas de insectos y roedores en el interior y exterior de las instalaciones, así como los perímetros de los inmuebles del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco que se describen a continuación:

Partida Inmueble Domicilio

1 Oficinas Centrales del Consejo de la Judicatura

del Estado de Jalisco Degollado No. 14 Zona Centro, Guadalajara, Jalisco

CP.44100

2 Ciudad Judicial Anillo Periférico Poniente (Manuel Gómez Morín) #7255

C.P. 45010 Zapopan, Jalisco

3 Bodega de Archivo Av. Inglaterra 161 y #9363, Lote 5 y 6, Zapopan, Jalisco

4 Bodega de Servicios Generales Calle Hueman #1512, Col. El Zapote, C.P. 45050 Zapopan,

Jalisco

5 Juzgados Penales de Puente Grande Carretera Libre a Zapotlanejo Km. 17.5 C. P. 45420, Puente

Grande, Jalisco.

6 Juzgado de Control y Juicio Oral Especializado

en Violencia contra las Mujeres Calle Álvaro Alcázar # 5869, colonia Jardines Alcalde, C. P.

44290, Guadalajara, Jalisco.

7 Juzgado de Control y Juicio Oral de Tepatitlán

de Morelos

Centro Integral de Justicia Regional Zona Altos Sur, KM 4, Carretera San José de Gracía,

C.P. 47600 en Tepatitlán de Morelos, Jalisco.

8 Juzgado de Control y Juicio Oral de Lagos de

Moreno

Centro Integral de Justicia Regional, Carretera Guadalajara-Lagos de Moreno KM 8.5 C.P.47400 Lagos de Moreno,

Jalisco

9 Juzgado de Control y Juicio Oral de Ocotlán Av. 20 de Noviembre No. 1361, Colonia Los Agricultores,

C.P.47980 Ocotlán, Jalisco

10 Juzgado de Control y Juicio Oral de Chapala Km.2 Carretera a Chapala-Mezcala, desviación Hacienda la

Labor s/n C.P.45900 Chapala, Jalisco.

11 Juzgado de Control y Juicio Oral de Zapotlán El

Grande Carretera Estatal Cd. Guzmán-El Grullo Km. 9.5

C.P.49000, Zapotlán el Grande, Jalisco

12 Juzgado de Control y Juicio Oral de Autlán de

Navarro Camino a Ahuacapan #969,

C.P. 48900, Autlán de Navarro, Jalisco.

13 Juzgado de Control y Juicio Oral de Puerto

Vallarta Carretera a las Palmas #2534, Delg. Ixtapa

C.P.48280, Puerto Vallarta, Jalisco

14 Juzgado de Control y Juicio Oral de Ameca Km 3.5 Carretera Ameca-Mascota,

C.P. 46600, Ameca, Jalisco.

15 Juzgado de Control y Juicio Oral de Tequila Av. Camichines #601, Col. El Maloaste,

C.P. 46400, Tequila, Jalisco.

16 Juzgado de Control y Juicio Oral de Colotlán Carretera Colotlán-Guadalajara y calle Asociación de

Charros Colotlense, Fraccionamiento San Pascual, C.P. 46200, Colotlán, Jalisco.

17 Juzgado de Control y Juicio Oral de Cihuatlán Camino Antiguo Barra de Navidad S/N, Fraccionamiento

Brisas de Navidad, C.P. 48980, Cihuatlán, Jalisco.

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Partida Inmueble Domicilio

18 Juzgado Décimo Primero de lo Familiar Calle Álvaro Alcázar # 5869,

Entre Ignacio Ramos Praslow y Circunvalación, Colonia Jardines Alcalde, C.P. 44298 Guadalajara, Jalisco

19 Juzgados Especializados en Adolescentes Puerto Guaymas #100, Colonia Miramar

C. P. 45071, Zapopan, Jalisco

20 Juzgados Especializados en Adolescentes en

Ocotlán Francisco Zarco esquina Delgadillo Araujo

Unidad Administrativa Norte. Ocotlán, Jalisco

21 Juzgados Especializados en Adolescentes en

Zapotlán El Grande Municipio Libre No. 26, esquina Ignacio Mejía

Zapotlán El Grande, Jalisco

22 Juzgados Especializados en Adolescentes en

Lagos de Moreno Nicolás Bravo # 683-A, Col. Centro

C.P.47470, Lagos de Moreno, Jalisco

23 Juzgados Especializados en Adolescentes en

Puerto Vallarta Av. Mezquital #604 Unidad Municipal Administrativa (UMA)

C. P. 48333, Col. Los Portales, Puerto Vallarta, Jalisco

24 Juzgados Civiles de Autlán de Navarro Calle Corona Araiza # 131, Colonia Centro

C. P. 48900, Autlán de Navarro, Jalisco

25 Juzgado Penal de Autlán de Navarro Camino a Ahuacapán # 969 (Kilómetro 160 + 300 de la

carretera Autlán-Barra de Navidad) Autlán de Navarro, Jalisco

26 Juzgados Civiles de Chapala Calle Pepe Guizar 66 letra A C. P. 45900, Chapala, Jalisco

27 Juzgado Penal de Chapala Hacienda La Labor, Km. 2 (CEINJURE)

C. P. 45900, Chapala, Jalisco

28 Juzgados Civiles de Lagos de Moreno Nicolás Bravo # 683-A, Col. Centro

C. P. 47470, Lagos de Moreno, Jalisco

29 Juzgado Penal de Lagos de Moreno Carretera Guadalajara – Lagos de Moreno Km. 4.5

C. P. 47400, Lagos de Moreno, Jalisco

30 Juzgados Civiles de Ocotlán Juárez # 73, Centro

C. P. 47800, Ocotlán, Jalisco

31 Juzgado Penal de Ocotlán Galeana # 647, Colonia Mascota

C.P. 47800, Ocotlán, Jalisco

32 Juzgados Civiles de Puerto Vallarta Av. Mezquital #604, Col. Portales, Unidad Municipal

Administrativa (UMA) C. P. 48315, Puerto Vallarta, Jalisco

33 Juzgado Penal de Puerto Vallarta Edificio del Centro Integral de Justicia Regional Costa Norte,

Carretera las Palmas # 2534 Delegación Ixtapa, C. P. 48280, Puerto Vallarta, Jalisco

34 Juzgados Civiles de Tepatitlán de Morelos Portal Morelos #5, int 22

C. P. 47600, Tepatitlán de Morelos, Jalisco

35 Juzgado Penal de Tepatitlán de Morelos Centro Integral de Justicia Regional Zona Altos, Carretera a

San José de Gracia Km. 4 C. P. 47600, Tepatitlán de Morelos, Jalisco

36 Juzgados Civiles de Tlajomulco de Zúñiga Antiguo Edificio de la Presidencia, Ubicado en Donato

Guerra # 10, Colonia Centro C. P. 45640, Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco

37 Juzgados Civiles de Zapotlán el Grande Federico del Toro # 152, Centro

C. P. 49000, Zapotlán el Grande, Jalisco

38 Juzgado Penal de Zapotlán el Grande Carretera Libre a Cd. Guzmán-El Grullo Km. 9.5, Planta Alta

C. P. 49000, Zapotlán el Grande, Jalisco

I. Vigencia: por el período del 1ro de marzo al 31 de diciembre de 2017.

II. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:

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El servicio de fumigación y control de fauna nociva deberá prevenir, eliminar y en su caso, erradicar las plagas de insectos rastreros, voladores, ectoparásitos, arácnidos, miriápodos y animales roedores comunes, mediante la aplicación de insecticidas y raticidas que actúen por inhalación, ingestión y/o contacto, aplicados mediante sistemas o métodos de aspersión, termo nebulización, trampas de contacto, trampas mecánicas y cebos; esto en concordancia con la norma oficial mexicana NOM-256-SSAl-2012. Las principales plagas que deberán controlarse son: moscas, mosquitos, abejas, polilla, termitas, escarabajos; cucarachas, hormigas, pez de plata, tijerillas, cochinillas, chinches, alacranes, arañas, pulgas, psocóptera o piojo de libro y ciempiés, entre otros así como, ratas y ratones. El participante adjudicado deberá presentar licencia vigente expedida por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) en la que autoriza los servicios urbanos de fumigación, desinsectación y control de plagas. El participante adjudicado deberá aplicar el servicio de fumigación por aspersión o termo nebulización en el los inmuebles del Consejo. Asimismo, se requiere la aplicación de un cordón sanitario de desratización en los perímetros interiores y exteriores de estacionamientos de referencia. La Administración del inmueble podrá solicitar el servicio en casos extraordinarios y tendrá la facultad de requerir la reprogramación de los servicios derivado de cualquier eventualidad, notificando al participante adjudicado 48 horas antes de realizarse el servicio, del mismo modo, será la encargada de supervisar que el servicio sea proporcionado en forma y términos establecidos en el contrato, así como las directrices y normas de seguridad que establezca "El CONSEJO" para ello. La fumigación, aspersión, termo nebulización o desratización deberá realizarse en las oficinas de los inmuebles del Consejo, asimismo, deberá considerarse la aplicación de las técnicas y métodos antes citados en sótanos, registros de drenaje y electricidad, coladeras, bodegas, archivos, pasillos, sanitarios, plafones, así como en el mobiliario modular, escritorios, sillas, salas de espera, anaqueles, botes de basura, cocinetas, éstos últimos siempre y cuando sea solicitado por algún servidor público de EL CONSEJO. El servicio de fumigación, deberá ser proporcionado con materiales de primera calidad y con personal calificado y suficiente según las necesidades del inmueble, con los equipos y herramientas que sean necesarios y adecuados para la ejecución de los trabajos. El servicio de fumigación será proporcionado de manera trimestral en los inmuebles del Consejo; en caso de no obtener los resultados óptimos, las Administraciones tendrán un máximo de 5 días hábiles siguientes a la aplicación del mismo para solicitar las visitas y la aplicación de los productos cuantas veces sea necesario, sin que esto represente un costo adicional para "EL CONSEJO". El reporte deberá atenderse por el prestador de servicio adjudicado en un lapso no mayor a 48 horas. El cordón sanitario de desratización, deberá realizarse con un estricto control y manejo de los cebos, trampas de contacto o mecánicas, y efectuar su revisión las veces que sean necesarias y retirando los restos o recipientes. Asimismo, el participante adjudicado deberá retirar los roedores muertos, evitando que los servidores públicos tengan contacto con ellos. Respecto a la prestación del servicio de termo nebulización en los inmuebles que cuenten con un sistema sofisticado contra incendio, el prestador del servicio adjudicado deberá asegurarse de la desactivación del mismo previo a la fumigación. El horario para la ejecución del servicio será de acuerdo a las necesidades del CONSEJO y las visitas deberán realizarse en compañía de un supervisor por parte del participante adjudicado y un representante de la Administración del inmueble, debiendo llenar, al finalizar el servicio, una bitácora de actividades que contendrá como mínimo, la siguiente información:

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INMUEBLE FECHA HORA DE ENTRADA

HORA DE SALIDA

AREAS FUMIGADAS

METODO DE FUMIGACION

SUSTANCIA ACTIVA APLICADA

El participante adjudicado deberá mantener actualizada la bitácora de actividades por el inmueble, llevando un registro pormenorizado de las acciones realizadas, la cual será presentada al Administrador del inmueble, y será firmada por las personas autorizadas para ello, tanto por parte del participante adjudicado como de "El CONSEJO" La bitácora de actividades es un requisito indispensable para llevar a cabo el trámite de pago correspondiente, por lo que sólo será válida cuando contenga el nombre, firma y sello de conformidad de la Administración del inmueble. ACTIVIDADES A REALIZAR: Desratización: Colocar cebos con base en materiales anticoagulantes sólidos y líquidos, así como cebos de ingestión y rastreo de acción inmediata en lugares y bajo condiciones que no ofrezcan riesgos de intoxicación al personal usuario evitando la contaminación de agua y alimentos; aplicación de fumigantes en madrigueras locales, retiro de residuos orgánicos de roedores y cebos obsoletos, colocar dispositivos mecánicos y trampas que en cualquier caso garanticen su efectividad, asimismo, hacer la rotación de cebos químico-orgánicos para el control y erradicación de roedores. Termo nebulización: Aplicación de insecticidas órgano-sintéticos desodorizados de poder residual con aspersores de inyección de aire, eléctricos, de motor y nebulizadores, según sea el caso, impregnando paredes, techos, duetos de instalaciones y cañerías, aplicación de cordón sanitario en marcos, puertas de madera y áreas perimetrales de las instalaciones con insecticidas concentrados de amplio poder residual. Fumigación: Consiste en realizar la aplicación del producto mediante el método de aspersión, espolvoreo, aplicación de gel, sincronización, nebulización y gasificación respectivamente, sin manchar los acabados de pisos, techos y del mobiliario y equipo con el producto a utilizar. El gas aplicado será liberado con seguridad, a fin de evitar contaminaciones. Los productos serán aplicados en los sitios indicados. Tanto los productos como las áreas tratadas deberán estar bien etiquetados y con avisos, a fin de poder manejarse con seguridad y evitar la intromisión de personal ajeno no capacitado, el tratamiento en el caso de gasificación deberá iniciarse en la parte superior y terminarse en la parte inferior. Todas las medidas de seguridad que lleve a cabo el participante adjudicado, deberán ser comunicadas al Administrador del inmueble, a fin de tomar las prevenciones necesarias. Productos y Equipo para proporcionar el Servicio. Los productos a utilizar deberán ser de alta calidad, inodoros, efectivos, de nula toxicidad para el ser humano y el medio ambiente, que no generen manchas en paredes, pisos y mobiliarios, de gran poder de acción contra las plagas, así como 100% biodegradables. De entre la gama de productos para realizar la fumigación deberá elegirse entre plaguicidas, insecticidas y raticida, según sea el caso, el más conveniente dependiendo del tipo de plaga o insecto a eliminar. Los plaguicidas podrán ser de carácter orgánico e inorgánico y contener una o varias sustancias que no sean perjudiciales para los servidores públicos de "EL CONSEJO" y en general para cualquier persona, asimismo,

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deberán ser efectivos para el control de plagas de animales como, cucarachas, hormigas, pescaditos de plata, tijerillas, termitas (comején) y plagas.

Los insecticidas podrán ser de origen químico o biológico y estarán encaminados principalmente a combatir el desarrollo, crecimiento y reproducción de insectos voladores y rastreros tales como moscas, mosquitos, abejas, polilla, escarabajos, cochinillas, chinches, pulgas, psocóptera o piojo de libro y ciempiés, así como arácnidos, tales como alacranes y arañas de todo tipo. Los raticidas y rodenticidas, deberán ser efectivos contra la reproducción y propagación de roedores como ratones, ratas o ardillas en instalaciones interiores o exteriores. Los productos que utilice el participante adjudicado para proporcionar el servicio, deberán contar con el registro sanitario emitido por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) para la fabricación, formulación o envasado de plaguicidas. Los participantes deberán presentar en su propuesta listado de los productos a utilizar especificando presentación, sustancia y/o compuesto químico. Los productos que utilizarán para la ejecución del servicio deberán presentarse en su envase original y sellado, por lo que el supervisor y representante de la Administración del Inmueble deberá verificar la fecha de caducidad y que los productos presentados formen parte de la propuesta técnica del participante que resulte adjudicado. Si por alguna circunstancia los productos presentados no corresponden a los ofertados, el prestador de servicios tendrá 24 horas para subsanar dicha omisión, en caso de no hacerlo se hará acreedor a una penalización. El prestador de servicios deberá garantizar en todo momento la existencia de los materiales contenidos en su propuesta. La aplicación de los productos será con estricto apego a las normas de salud y seguridad inherentes a los procesos de fumigación y control de fauna nociva, por lo que, cualquier daño a la salud de los servidores públicos de "El CONSEJO" provocados por el manejo inadecuado de los productos y equipo será bajo la responsabilidad íntegra del prestador de servicio. El equipo y maquinaria que se utilice para la realización del servicio deberá ser de acuerdo a la sustancia química y tipo de sistema o método que se pretenda utilizar, asimismo, se deberá considerar el ambiente físico y lugares de aplicación de los productos. El participante adjudicado deberá acreditar la propiedad de la maquinaria y equipo, mediante copia simple de las facturas que incluirá en su propuesta técnica. Es responsabilidad del participante adjudicado el adecuado uso de los materiales y equipos, enseres y herramientas, así como, la calidad de la mano de obra y los procedimientos aplicados a cualquier tipo de piso, muro, cancel, plafón etc. ya que cualquier daño a los mismos será imputable al prestador de servicios, teniendo que repararlos y/o sustituirlos a la brevedad posible; de lo contrario, se hará exigible la deductiva evaluada por "El CONSEJO" en el importe del contrato. Las empresas participantes deberán especificar y describir detalladamente los métodos, de aplicación del servicio requerido por "El CONSEJO", indicando los productos que se utilizarán para la prestación del mismo, así como la maquinaria que utilizará para su aplicación.

Personal Técnico. El personal técnico que se presente en cada uno de los inmuebles, tendrá la experiencia, capacidad y el poder de autorización para resolver cualquier problema de plagas en cualquier tipo de ambiente donde existan, además de conocer el manejo de los equipos y técnica de aplicación específicas para cada circunstancia.

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El personal que designe para realizar el servicio deberá, durante la realización de trabajos, portar uniforme con el logotipo de la empresa, y credencial o gafete que los identifique como empleados de la misma, equipo de protección y seguridad; así como el material y la maquinaria necesaria, a fin de llevar a cabo la aplicación del servicio en las mejores condiciones de seguridad, calidad y eficacia. En caso de no portar el uniforme y/o la credencial, no podrá laborar dentro del inmueble.

Al personal del prestador de servicios, se le revisarán bultos, mochilas, bolsas, etc., a la entrada y salida del "El CONSEJO”. El personal técnico que se presente en cada uno de los inmuebles deberá conducirse con respeto hacia el supervisor y personal de la Administración del edificio, así como a los servidores públicos de "EL CONSEJO". El prestador de servicios adjudicado deberá estar al corriente de sus obligaciones obrero patronal, por lo que sus empleados invariablemente tendrán acceso a los servicios de seguridad médica y social. Si por necesidades propias de "EL CONSEJO" algunos de los Órganos Jurisdiccionales, Auxiliares o Áreas Administrativas cambien de domicilio o habilite un inmueble adicional para su instalación, el prestador de servicios adjudicado deberá proporcionar el servicio bajo las mismas condiciones técnicas y económicas originalmente contratadas. Si por cualquier causa no se efectuara la prestación del servicio, el licitante adjudicado deberá informarlo de inmediato a la Administración del Edificio que corresponda, y realizar los ajustes necesarios en la facturación que presente a pago con el descuento correspondiente o con la expedición de la nota de crédito respectiva.

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LICITACIÓN PÚBLICA N° CJJ/LP/007/2017

Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del

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41

ANEXO 1

LICITACIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE N° CJJ/LP/007/2017

DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO

" Contratación del servicio de fumigación y control de plagas de Inmuebles del Consejo de la

Judicatura del Estado de Jalisco”

APARTADO "B"

MODELOS DE CARTAS

(PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA)

GUADALAJARA, JAL., A ___ DE ________________ DE 2017.

CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO

PRESENTE

Carta No. 1

De conocimiento, entendimiento y aceptación de los términos y

condiciones de los servicios solicitados

El que suscribe C. en mi carácter de representante legal, de la

empresa en relación con la Licitación Pública N°

CJJ/LP/007/2017, manifiesto que conozco, entiendo y acepto los términos y condiciones del servicio solicitado

y me obligo a cumplir cabalmente el Contratación del servicio de fumigación y control de plagas de

Inmuebles del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, en los mismos términos señalados en las

presentes bases y el anexo técnico.

ATENTAMENTE

(RAZÓN SOCIAL)

____________________________________

NOMBRE, FIRMA AUTOGRAFA Y CARGO

ANEXO 1

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42

LICITACIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE N° CJJ/LP/007/2017

DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO

Contratación del servicio de fumigación y control de plagas de Inmuebles del Consejo de la

Judicatura del Estado de Jalisco

APARTADO "B"

MODELOS DE CARTAS

(PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA)

GUADALAJARA, JAL., A ___ DE ________________ DE 2017.

CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO

PRESENTE

Carta No. 2

El que suscribe C. en mi carácter de representante legal,

de la empresa en relación con la Licitación Pública N°

CJJ/LP/007/2017, consistente en el Contratación del servicio de fumigación y control de plagas de

Inmuebles del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco anexo original del currículum con

datos generales y servicios que ofrece la empresa, incluyendo la relación de sus principales clientes con

dirección, teléfono y nombre del contacto, debidamente firmado por la persona facultada para ello.

Por lo anterior, en caso de resultar adjudicado garantizo que los servicios ofertados serán

proporcionados con la mejor calidad y oportunidad, cumpliendo los niveles de servicio que sean

requeridos.

ATENTAMENTE

(RAZÓN SOCIAL)

____________________________________

NOMBRE, FIRMA AUTOGRAFA Y CARGO

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Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del

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43

ANEXO 1

LICITACIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE N° CJJ/LP/007/2017

DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO

Contratación del servicio de fumigación y control de plagas de Inmuebles del Consejo de la

Judicatura del Estado de Jalisco

APARTADO "B"

MODELOS DE CARTAS

(PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA)

GUADALAJARA, JAL., A ___ DE ________________ DE 2017.

CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO

PRESENTE

Carta No. 3

El que suscribe C. en mi carácter de representante legal, de la

empresa declaro bajo protesta de decir verdad que en

relación con la Licitación Pública N° CJJ/LP/007/2017, para la contratación del Contratación del servicio de

fumigación y control de plagas de Inmuebles del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, que

en caso de resultar adjudicado, el servicio será proporcionado en los mismos términos y condiciones

establecidos en el Anexo 1 de las bases del concurso.

ATENTAMENTE

(RAZÓN SOCIAL)

____________________________________

NOMBRE, FIRMA AUTOGRAFA Y CARGO

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Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco”

44

ANEXO 1

LICITACIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE N° CJJ/LP/007/2017

DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO

Contratación del servicio de fumigación y control de plagas de Inmuebles del Consejo de la

Judicatura del Estado de Jalisco

APARTADO "B"

MODELOS DE CARTAS

(PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA)

GUADALAJARA, JAL., A ___ DE ________________ DE 2017.

CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO

PRESENTE

Carta No. 4

El que suscribe C. en mi carácter de representante legal,

de la empresa declaro bajo protesta de decir verdad

que en relación con la Licitación Pública N° CJJ/LP/007/2017, para la contratación del Contratación del

servicio de fumigación y control de plagas de Inmuebles del Consejo de la Judicatura del

Estado de Jalisco, que en caso de resultar adjudicado, el servicio será proporcionado con las

características solicitadas en el Anexo 1 de las bases de la Licitación en comento, cuyas características se

describen a continuación:

Fichas técnicas y catálogos de los productos químicos que propone su rotación, tabla rotativa de los

mismos y justificación, La valoración del tipo de plagas y elaboración del programa preventivo más

adecuado para combatir éstas, rotación de elementos de mezclas insecticidas y rodenticidas sobre

superficies, los materiales e instrumentos que se utilizaran en las áreas que deben poseer registro

urbano de franja toxicológica verde sólo cuando se requiera azul, con un efecto residual de (20 a 25

días); los materiales e instrumentos no emiten olores desagradables, y que éstos son apropiados para

utilizarse sin riesgo sobre todo donde se manejen alimentos.

ATENTAMENTE

(RAZÓN SOCIAL)

____________________________________

NOMBRE, FIRMA AUTOGRAFA Y CARGO

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45

ANEXO 1

LICITACIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE N° CJJ/LP/007/2017

DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO

Contratación del servicio de fumigación y control de plagas de Inmuebles del Consejo de la

Judicatura del Estado de Jalisco

APARTADO "B"

MODELOS DE CARTAS

(PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA)

GUADALAJARA, JAL., A ___ DE ________________ DE 2017.

CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO

PRESENTE

Carta No. 5

El que suscribe C. en mi carácter de representante legal, de la

empresa en relación con la Licitación Pública N°

CJJ/LP/007/2017, para la contratación del Contratación del servicio de fumigación y control de plagas de

Inmuebles del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, declaro bajo protesta de decir verdad que

entregaré al Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, la información que me requiera, con el propósito de

dar cumplimiento a lo dispuesto en al artículo 15 de la Ley del Seguro Social.

ATENTAMENTE

(RAZÓN SOCIAL)

____________________________________

NOMBRE, FIRMA AUTOGRAFA Y CARGO

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LICITACIÓN PÚBLICA N° CJJ/LP/007/2017

Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del

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46

ANEXO 1

LICITACIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE N° CJJ/LP/007/2017

DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO

Contratación del servicio de fumigación y control de plagas de Inmuebles del Consejo de la

Judicatura del Estado de Jalisco

APARTADO "B"

MODELOS DE CARTAS

(PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA)

GUADALAJARA, JAL., A ___ DE ________________ DE 2017.

CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO

PRESENTE

Carta No. 6

1. El que suscribe C. en mi carácter de representante legal,

de la empresa en relación con la Licitación Pública N°

CJJ/LP/007/2017, para la contratación del Contratación del servicio de fumigación y control de

plagas de Inmuebles del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, declaro bajo protesta de

decir verdad que la aplicación de plaguicidas se llevará a cabo a través de equipo especializado en

áreas específicas, con los máximos márgenes de seguridad e higiene para proteger la salud y el medio

ambiente, que los materiales e instrumentos no manchan las superficies o muebles; se aplicarán

plaguicidas que tengan efecto repelente y acción letal residual de 30 treinta días, combatiendo insectos

rastreros, voladores y al ciclo de reproducción asperjando orillas y rincones para exterminar,

cucarachas, moscas, arañas, piojos, chinches, pulgas, alacranes, cara de niño y hormigas entre otros.

ATENTAMENTE

(RAZÓN SOCIAL)

____________________________________

NOMBRE, FIRMA AUTOGRAFA Y CARGO

ANEXO 2

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LICITACIÓN PÚBLICA N° CJJ/LP/007/2017

Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del

Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco”

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"TEXTO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO"

Importe de la fianza: $________________________ (cantidad con número y letra en moneda nacional)

Por: (NOMBRE DEL PROVEEDOR O PRESTADOR DEL SERVICIO)

A favor del: CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO

Para garantizar por (NOMBRE DEL PROVEEDOR O PRESTADOR DEL SERVICIO), con R.F.C. N° ,

hasta por la expresada cantidad de $___________________ (CANTIDAD CON NÚMERO Y LETRA EN MONEDA

NACIONAL), el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas

CONTRATO número ______ de fecha ___ de __________________________________de 2017, por un importe

de $____________ (CANTIDAD CON NÚMERO Y LETRA EN MONEDA NACIONAL) antes del Impuesto al Valor

Agregado, celebrado con el Poder Judicial del Estado de Jalisco a través del Consejo de la Judicatura del Estado

de Jalisco, cuyo objeto es la (“________________________________________________________________”),

como se precisa en el referido CONTRATO y se detalla en la propuesta técnica de la (PERSONA FÍSICA O

MORAL) afianzada.

La Compañía Afianzadora expresamente acepta que: A) El cumplimiento de las obligaciones a cargo del fiado,

se realizará conforme a lo estipulado en el contrato que a través de esta póliza se garantiza y lo establecido en

las disposiciones legales que rigen al Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, por lo que los

incumplimientos al contrato por parte del fiado, estarán determinados por el área requirente y se acreditarán

conforme a los procedimientos administrativos y normas que regulan la actividad administrativa del propio

Consejo; B) La presente fianza permanecerá en vigor desde la fecha de inicio de vigencia hasta el cumplimiento

total del objeto del contrato y en su caso, durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que

se interpongan hasta que se dicte resolución firme que haya causado ejecutoria, decretada por autoridad

competente; C) Para cancelar la fianza será requisito indispensable la conformidad por escrito otorgada por el

Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco a través de su Dirección de Planeación, Administración y

Finanzas; D) Que continuará garantizando el monto cubierto para el caso de que se autoricen modificaciones a

los plazos de cumplimiento o en el caso de que se concedan prórrogas o esperas al fiado para el cumplimiento

de las obligaciones que se garantizan; la Compañía Afianzadora continuará garantizando dicho cumplimiento

en concordancia con el nuevo plazo concedido en tales modificaciones, prórrogas o esperas; E) En el caso de

que el fiado incumpla cualesquiera de las obligaciones estipuladas en el contrato que se garantizan, el Consejo

de la Judicatura del Estado de Jalisco procederá a presentar la reclamación para hacer efectiva la póliza de

fianza, misma que se someterá al procedimiento de ejecución que establece el artículo 279 de la Ley de

Instituciones de Seguros y de Fianzas; y F) Para el caso de que incumpla las obligaciones asumidas en la póliza

de fianza dentro del plazo legalmente establecido, indemnizará al Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco

conforme a lo previsto en el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

FIN DEL TEXTO NOTA: ESTA FIANZA ES POR EL 10% DEL MONTO DEL CONTRATO SIN I.V.A. Y DEBERÁ PRESENTARSE CUANDO EL CONTRATO EXCEDA LA CANTIDAD

EQUIVALENTE A DIEZ VECES EL SALARIO MÍNIMO GENERAL MENSUAL VIGENTE EN LA ZONA METROPOLITANA DE GUADALAJARA, FIJADO POR LA

COMISIÓN NACIONAL DE SALARIOS MÍNIMOS, ELEVADO A UN AÑO EN EL MOMENTO DE LA CONTRATACIÓN.

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Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del

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ANEXO 3

MANIFESTACIÓN BAJO PROTESTA DE ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD

(Nombre apoderado o representante legal) manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí

asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes

para comprometerme por mí o mi representada para suscribir las proposiciones en la presente licitación, a

nombre y representación de: (Nombre de la persona física o razón o denominación social de la persona moral).

No. Licitación Pública N° CJJ/LP/007/2017:

Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio fiscal. Calle y número: Colonia: Delegación o Municipio: Código Postal: Entidad Federativa: Teléfonos: Fax: Correo electrónico: No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha: Nombre, número y lugar del notario público ante el cual se dio fe de la misma: Fecha y número de la Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio:

Relación de accionistas. Apellido Paterno: ________________ Apellido Materno: _________________ Nombre(s): _________________

Descripción del objeto social: Reformas al acta constitutiva: Nombre del apoderado o representante legal: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura pública número: Fecha: Nombre, número y lugar del notario público ante el cual se otorgó: Identificación oficial del Apoderado o Representante legal:

GUADALAJARA, JAL. A __ DE _______________________ DE 2017.

PROTESTO LO NECESARIO

____________________________

(Nombre y Firma autógrafa)

NOTA: EL PRESENTE FORMATO PODRÁ SER REPRODUCIDO POR CADA LICITANTE EN EL MODO QUE ESTIME CONVENIENTE,

SIN EMBARGO DEBERÁ REQUISITARLO DE ACUERDO A SI EL LICITANTE ES PERSONA FÍSICA O MORAL REALIZANDO LAS

ADECUACIONES QUE SEAN PROCEDENTES, DEBIENDO ESTAR FIRMADO AUTÓGRAFAMENTE POR EL REPRESENTANTE

LEGAL DE LA EMPRESA O PERSONA FACULTADA.

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ANEXO 4

CARTA PROTESTA DE NO RESTRICCIÓN PARA PARTICIPAR O CONTRATAR

GUADALAJARA, JAL., A ___ DE ________________ DE 2017.

CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO

PRESENTE

Texto para persona Moral:

(Nombre del representante legal) en mi carácter de representante legal de la empresa denominada (razón

social o nombre de la empresa) declaro, bajo protesta de decir verdad que la persona que represento, ni

ninguno de sus socios, accionistas o apoderados desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio

público, ni se encuentran inhabilitadas, ni se encuentran en ninguno de los supuestos señalados en el punto 2.4

de las bases de la Licitación Pública N° CJJ/LP/007/2017.

ATENTAMENTE

(RAZÓN SOCIAL)

____________________________________

NOMBRE, FIRMA AUTOGRAFA Y CARGO

Texto para persona Física:

(Nombre de la persona física) declaro, bajo protesta de decir verdad que no desempeño un empleo cargo o

comisión en el servicio público, ni me encuentro inhabilitado, ni me ubico en ninguno de los supuestos

señalados en el punto 2.4 de las bases de la Licitación Pública N° CJJ/LP/007/2017.

ATENTAMENTE

(RAZÓN SOCIAL)

___________________________________

NOMBRE, FIRMA AUTÓGRAFA Y CARGO

NOTA: LA FALSEDAD EN LA MANIFESTACIÓN A QUE SE REFIERE ESTA CARTA, SERÁ SANCIONADA EN LOS TÉRMINOS DEL

REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES Y CONCESIONES DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE

JALISCO. EN CASO DE OMISIÓN EN LA ENTREGA DE ESTE ESCRITO, O SI DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN CON

QUE CUENTE EL CONSEJO SE DESPRENDE QUE PERSONAS FISICAS O MORALES PRETENDEN EVADIR LOS EFECTOS DE LA

INHABILITACIÓN, EL CONSEJO SE ABSTENDRÁ DE FIRMAR LOS CONTRATOS U ORDEN DE COMPRA CORRESPONDIENTES.

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ANEXO 5

LICITACIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE N° CJJ/LP/007/2017

PROPUESTA ECONÓMICA

“Contratación del servicio de fumigación y control de plagas de Inmuebles del Consejo de la

Judicatura del Estado de Jalisco”

PARTIDA

No DESCRIPCIÓN PLAZO DE ENTREGA

PRECIO UNITARIO

MONTO PARCIAL

Servicio de fumigación y control de plagas del inmueble “_____________________”

TRIMESTRAL.

SUBTOTAL DESCUENTO IVA TOTAL

A nuestra propuesta podemos ofrecer el __% de descuento por _____________________.

TENTAMENTE

(RAZÓN SOCIAL)

____________________________________

NOMBRE, FIRMA AUTOGRAFA Y CARGO

VIGENCIA: ESTE PRECIO SE MANTENDRÁ FIJO POR EL PERÍODO QUE DURE EL CONTRATO

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Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del

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ANEXO 6

(PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA)

GUADALAJARA, JAL., A ___ DE ________________ DE 2017.

CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE JALISCO

PRESENTE

CARTA DE ACEPTACIÓN DE CONDICIONES

Texto para persona Moral:

(Nombre del representante legal) en mi carácter de representante legal de la empresa denominada (razón

social o nombre de la empresa) declaro, que acepto las condiciones establecidas en las presentes bases de la

Licitación Pública N° CJJ/LP/007/2017, y en particular la forma de pago estipulada en las mismas, tiempo de

prestación del servicio, condiciones y lugar de prestación del servicio, así como de las garantías.

ATENTAMENTE (RAZÓN SOCIAL)

_____________________________________

NOMBRE, FIRMA AUTÓGRAFA Y CARGO

Texto para persona Física:

(Nombre de la persona física) declaro, que acepto las condiciones establecidas en las presentes bases de la

Licitación Pública N° CJJ/LP/007/2017, y en particular la forma de pago estipulada en las mismas, tiempo de

prestación del servicio, condiciones y lugar de prestación del servicio, así como de las garantías.

ATENTAMENTE (RAZÓN SOCIAL)

_____________________________________

NOMBRE, FIRMA AUTOGRAFA Y CARGO

NOTA: LA FALSEDAD EN LA MANIFESTACIÓN A QUE SE REFIERE ESTA CARTA, SERÁ SANCIONADA EN LOS TÉRMINOS DEL

REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES Y CONCESIONES DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE

JALISCO. EN CASO DE OMISIÓN EN LA ENTREGA DE ESTE ESCRITO, O SI DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN CON

QUE CUENTE EL CONSEJO SE DESPRENDE QUE PERSONAS FÍSICAS O MORALES PRETENDEN EVADIR LOS EFECTOS DE LA

INHABILITACIÓN, EL CONSEJO SE ABSTENDRÁ DE FIRMAR LOS CONTRATOS O CONTRATO-PEDIDO CORRESPONDIENTES.

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LICITACIÓN PÚBLICA N° CJJ/LP/007/2017

Contratación del servicio de fumigación y control de plagas en Inmuebles del

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ANEXO 7

RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE N° CJJ/LP/007/2017.

Contratación del servicio de fumigación y control de plagas de Inmuebles del Consejo de la

Judicatura del Estado de Jalisco

PUNTO BASES

DOCUMENTO PRESENTO EL DOCUMENTO

SI NO

3 Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos conforme al Anexo 3.

3 Escrito bajo protesta de decir verdad con firma autógrafa del representante legal, dirigida al Consejo, de no encontrarse en restricción para participar y/o contratar, conforme al Anexo 4.

DOCUMENTACIÓN FINANCIERA (SOBRE N° 3)

3.2.1. I. a)

Estados financieros legibles, en español y en moneda nacional, con el nombre y la firma del contador público que los elaboró, los cuales estarán integrados por el balance general y el estado de resultados con cierre al ejercicio inmediato anterior a la fecha en que se está llevando a cabo el procedimiento de contratación, así como los parciales con una antigüedad no mayor a tres meses a la fecha de la presentación de la propuesta, con los que se acredita la liquidez, la solvencia, capital contable y que no se encuentre en el supuesto de liquidación, adjuntándose copia legible por ambos lados de la cédula profesional de la persona que los elabora.

3.2.1. II. a)

Los licitantes o sus representantes legales deberán declarar bajo protesta de decir verdad, “que los estados financieros que proporcionan se encuentran apegados a las Normas de Información Financiera aplicables”.

3.2.1. II. b)

Los licitantes deberán declarar bajo protesta de decir verdad, que no son objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación; o bien que no se encuentran sujetos a concurso civil de conformidad con la legislación aplicable; y

3.2.1. II. c)

Los licitantes deberán declarar bajo protesta de decir verdad que no forman parte de un grupo, entendiéndose por grupo lo que establece el último párrafo artículo 24 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de lo contrario se estará a lo dispuesto en el inciso d), fracción I del numeral 3.2.1.

3.2.1. III. Copia fotostática simple de la Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta, correspondiente al ejercicio inmediato anterior a la fecha en que se está llevando a cabo el procedimiento de contratación, legible y con todos sus anexos, incluyendo el acuse de recibo que contiene el número de operación registrada y el sello digital;

3.2.1. IV. En el caso que el licitante interesado haya iniciado recientemente operaciones, o en el supuesto de que su inicio de operaciones ocurran en el presente año, la información mínima que deberá presentar serán los estados financieros parciales con un antigüedad no mayor a tres meses a la fecha de la presentación de la propuesta correspondiente, según lo establece la fracción l, inciso a) del presente numeral, además de la documentación señalada en la fracción II; y

PROPUESTA TÉCNICA (SOBRE N° 1)

3.3. I La descripción detallada de los servicios conforme al Anexo 1 de las presentes bases.

3.3. II Carta compromiso mediante la cual garantizan la seriedad de sus propuestas.

3.3. III Carta en la que se garantice la originalidad de los bienes, a la que se refiere el punto 2.4. del Capítulo 2 de las presentes bases, Anexo 5.

3.3. IV Currículum del licitante, sea persona física o moral, en el cual acredite que se dedica a suministrar los servicios objeto del presente procedimiento, que incluya una relación de clientes y fotocopia de al menos un contrato de servicios similares a los de la presente licitación durante el último año.

3.3. V Los demás documentos solicitados en las bases y en el "Anexo 1", deberán integrarse en la propuesta técnica.

PROPUESTA ECONÓMICA (SOBRE N° 2)

3.4.1. I

Los licitantes deberán cotizar en moneda nacional de conformidad al Anexo 5 y especificar en su propuesta económica lo siguiente: I. El precio unitario del servicio ofertado, hasta en dos dígitos de centavos, incluyendo los descuentos que voluntariamente estén en capacidad de ofrecer. II. El costo mensual del servicio hasta en dos dígitos de centavos. III. El costo total del servicio que comprende el periodo de los meses de marzo a diciembre de 2017.

3.4.2. Los licitantes cotizarán precios fijos en moneda nacional, vigentes hasta la entrega total de los bienes. En caso de que no se haga mención expresa de la vigencia de los precios en la propuesta económica, se entenderán fijos por el plazo antes señalado.

3.4.3. Se deberá incluir en la oferta económica, carta original, firmada por el representante legal, en el que conste haber leído las presentes bases y la aceptación de las condiciones establecidas en ellas y en particular respecto a la forma de pago estipulada en las mismas, tiempo, condiciones y lugar de prestación del servicio. Anexo 6.