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PODER JUDICIAL DE LA FED.CIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D.F. R F.C. SCJ-950204-6P5 DIRECCIÓN GENERAL 0- RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No. 30, 4o PISO COL CENTRO, C.P. 06000, MEXICO, D.F. TELS .. 4113-1000 EXT. 5704,5710,5305,5705 FAX: 5130-1750 DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZAAAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA, C.P. 09100, MEXICO, D.F. TELS.: 5701 2036 y 5763 7883 CONTRATO SIMPLIF.ICADO 4515001584 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO S001 PROVEEDOR: SOLUCIONES INTEGRALES PARA BIBLIOTECAS ARCHiVOS S.A. DE C.V. I LUZ SAVIÑON 305, DEL VALLE, BENITO JUÁREZ, 031 00 I 000000, 0000 I FECHA DEL DOCUMENTO 29/05/2015 FECHA DE ENTREGA JUNIO 2015 . Partida· ·: ·•Clave art .. 10 · Cantidád FORMA DE PAGO TRANSFERENCIA ELECTRONICA OBSERVACIONES LUGAR DE ENTREGA Unidad .. 1 SER 1 .. ·: . Descripcion . · 'e , ,: ' LIMPIEZA DE LIBROS CCJ MÉRIDA OBSERVACIONES 1. Servicio de limpieza de 16,064 libros de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida, Yucatán. El servicio incluye: Limpieza de canto y lomo y portadas 2.Forma de pago: Pago en una sola exhibición a entera satisfacción de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida, Yucatán. 3. La presente contratación se realizó mediante el procedimiento de adjudicación directa, la contratación se clasifica como mínima. 4. El contrato simplificado se emite conforme al punto de acuerdo de fecha 20 de mayo de 2015, autorizado por la Directora de la Casa de la Cultura Jurldica en Mérida, Yucatán, bajo su estricta responsabilidad en el marco de las atribuciones que le confiere el Acuerdo General de Administración Vll/2008 del Comité de Gobierno y Administración. 5. El gasto de este servicio se encuentra conside rado en el Programa Anual de Necesidades en Mat eria de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Generales 2014, como gasto corriente con cargo a la posición presupuesta! 35801, a la unidad responsable 1123801-CCJ Mérida, Yucatán. 6. La adjudicación se efectúa al proveedor que cumple con los requerimientos solicitados y con base al análisis y evaluación realizada por la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida, Yucatán. \l.\ IRI NEO JU rpv .• P .. Unitario · · Importe Total " " i , :: 41,445.12 41,445.12 CONTINUA Página 1 de 2

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PODER JUDICIAL DE LA FED.CIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D.F. R F.C. SCJ-950204-6P5

DIRECCIÓN GENERAL 0-RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No. 30, 4o PISO COL CENTRO, C.P. 06000, MEXICO, D.F. TELS .. 4113-1000 EXT. 5704,5710,5305,5705 FAX: 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZAAAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA, C.P. 09100, MEXICO, D.F. TELS.: 5701 2036 y 5763 7883

CONTRATO SIMPLIF.ICADO

4515001584

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: SOLUCIONES INTEGRALES PARA BIBLIOTECAS ARCHiVOS S.A. DE C.V. I LUZ SAVIÑON 305, DEL VALLE, BENITO JUÁREZ, 031 00 I 000000, 0000 I

FECHA DEL DOCUMENTO 29/05/2015

FECHA DE ENTREGA JUNIO 2015

. Partida· ·: ·•Clave art ..

10

· Cantidád

FORMA DE PAGO TRANSFERENCIA ELECTRONICA

OBSERVACIONES

LUGAR DE ENTREGA

Unidad .. 1 SER

1 .. ·: . Descripcion . · ' e , ,:

' LIMPIEZA DE LIBROS CCJ MÉRIDA OBSERVACIONES 1. Servicio de limpieza de 16,064 libros de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida, Yucatán. El servicio incluye: Limpieza de canto y lomo y portadas

2.Forma de pago: Pago en una sola exhibición a entera satisfacción de la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida, Yucatán.

3. La presente contratación se realizó mediante el procedimiento de adjudicación directa, la contratación se clasifica como mínima.

4. El contrato simplificado se emite conforme al punto de acuerdo de fecha 20 de mayo de 2015, autorizado por la Directora de la Casa de la Cultura Jurldica en Mérida, Yucatán, bajo su estricta responsabilidad en el marco de las atribuciones que le confiere el Acuerdo General de Administración Vll/2008 del Comité de Gobierno y Administración.

5. El gasto de este servicio se encuentra considerado en el Programa Anual de Necesidades en Materia de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios Generales 2014, como gasto corriente con cargo a la posición presupuesta! 35801, a la unidad responsable 1123801-CCJ Mérida, Yucatán.

6. La adjudicación se efectúa al proveedor que cumple con los requerimientos solicitados y con base al análisis y evaluación realizada por la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida, Yucatán.

\l.\ IRINEO JU

~DIRE rpv

.• \· P .. Unitario · · Importe Total " " i , ::

41,445.12 41,445.12

CONTINUA

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CONTRATO SIMPLIFICADO •• 1.- La Suprema C,orta·da Justicia de la Nación, en lo sucesivo "Suprema Corte• por conducto de su representante para los efectos de este Instrumento manifieste qua: 1.1 .· Es el máximo órgano depi>sitarlo del Poder Judicial de la Federación, en ténnlnos de lo dispuesto en los articulas 94 de la Constitución Polltlca de los Estados Unidos Mexicanos y 1°, fraacfón I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. • l.2.·LAl°presenle·co1l\Y9taclón ñJe autorizada por el Director de la Casa de la Cultura Jl.ridlca de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,.medlante el procedimiento.de adjudicación dlleda, de confonnldad con lo previsto en el Acuerdo General de Administración VU2008, del velriicinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité d!! Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la cortratación de obras, usos y servicios requeridos pOr esta Tribunal. 1.3.- La Directora General de RectnoS Materiales está facultada para susalblr el preserte lnslnmento, de confonnidad con lo dispuesto en el artfculo 18, fracciÓll X del Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. . . · · · 1.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, sellala como su domicilio el úblcado en la Calle de José Maria Pino Suárez nllmero 2, colonia Centro de la ciudad de México, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, en la ciudad de México, Distrito Federal. ' · '·: · . 11.- El ~Prestador de Servicios" por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de declr verdad que: 11.1.- Cuenta con personal con la suficierm eiq¡eriencla y calificación para ejecutar los servicios requeridos por la Suprema Corte, asl como con los elementos técnicos y capacidad económica necesaria para tal fin. . · . · i · . · · 11.2.- A la fecha de adjudléaclón de la presenta eontratación, no se encuentra lnhabilltado conforme a la regulación aplicable a los Poderes Ejectilvo, Legislativo y Judlclal de la Federación para celebrar contratos; asimismo, no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se reflenin los artfculos 48 y 58, fracción XVI del Acuerdo General de Administración VU2008 del veinticinco da septiemb~ de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. . :; :· . , · . , .- .• · , . 11.3.- Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración Vl/2008, del veinticinco de septlembra de dos mi Ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Sl.lpfelTla Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos pare la adquislcl6n, administración y deslncorporadón de bJenes y la contratación de obras, usos y servtcfos requeridos por este Alto Tribunal. · . . · · '. ' :.: ' · . •. · 11.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, senaJa como su domicilio el Indicado en la canitula del presente Instrumento, en el ápartado denominado "Prastador de Servidos': • · 111.- Lá ~Suprema Corte• y el, "Prestador de Servicios" declaran que: . . . - ·: 111.1 .- R·econocan mutuamente la personalldild jurfdlca con la que compar&een a la celebración del presente Instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que lie realicen eirtnl ellas se dirigirán a los domlclllos Indicados en los antecedentes 1.4 y 11.5 de este Instrumento. · · . . 111.2.· El acuerdo de voluntades plasmado en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Polftfca de los Estados Unldos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federaclóll, el Acuenfo General de Administración Vl/2008, del veinticinco de septiembnt de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Admlnlstraci6n de la Suprema Corte de JU&tida de la Nación, el Reglamenta Interior en Materia de Administración, y de manera supletoria ei Código CMI Federal, el Código Federal de Procedimientos CIWea, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hace~arfa,_ la Ley Federal de Responseblldades Admlrislratlvas de los SeMdo1'11S públicos y la Ley Federal del Procedimierm Administrativo en lo conducerm, al tenor de laS siguientes:

CLÁUSULAS ': Prlmeni. Objeto. Prestación de los 58Mclos descritos en el am.oerso del presente lnslJUmenlo, en los términos pactados en las propueslas técnica y económica ~ participante ganador, las cuales forman parte del presente lnslrunento como si a la letra se insertasen. . . ' : . : . e Segunda. Condlclonn Generales. El "Prestador de Selvicios" se comprometa a l'ftpetar en todo momento el precio, piazD y condiciones de pago sellalados en la referida carátula durarta y ha cwnpllmlento total del objete de este acuerdo de voluntades. . . · . • : : .. . ·_! . , . . El pago sella lado en la presente cláusula, cubre el toCaJ del S8IViclo conb'atado, por lo cual "la Sup1'91'118 Corte" no tiene obligación de cubrir nlngúl Importe adk:loral, ., . • · · ;., · _ ;: Tercera.. Pena Convencional Las penas convencionales serán detennlnadaS por la Suprema Corte de Justicia de la Nac16n, en función del Incumplimiento decretado, i::onfonne lo siguiente: .. En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente contrato, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podiá aplicar al plllVBedor o prestador de seMclos una pena convericlonal

que se ajustará proporcionalmente a lo lnctmptldo. · . · ;:: · : , ' · : , · :· . '>: ,- ~; . :; ~---E11 caso.Jfe _los blenes_Q..setyjclos ,qUBJ10_sé .hayan_entregado..o..prestado..a.~aatfsfacclón.de. la..Suprema,,Corte.3Justicla-da.la-Nacl6n, lo- que-Implica-un lncumpl(mlenlo-de· In· obllgadones- -­

pactadas en el presente contrato, la Suprema Corte de Justicia de la-Nación podrá aplicar l!l prestador de servicios úna péna convencional hasta por un 10% del r¡10nlD que comisponda al valor de dichos bienes o SBfViclos (sin Incluir el lmpúesto al.Valor Agregado). ~," ;..: . -:· ~.. ' :·:"· ·., : ·· . ·:· ' ., ; .< · ,. . • :· 1..· . : · ·

En caso de lncumpffmlento en el plazo de entrega de los bienes o servicios, se hará aaaed0r1 Ul1I sanción equlvalertit al rTttinto que reiiulte de aplicaref10al11111Jar.dlarlo'(e1idfas ~les) de la cantidad que Importen los bienes o servicios pendientes de entregar o· prestar hasta en tanto'se dé cumpllmlerto total a lo jlactado. . . . , . . ';.~ ,;; .'. _ · .'. ·' ··' • · · · ' Las penas convencionales no podrán exceder del 10% del' morto total contratado (sin Incluir· el Impuesto al Valor Agregado). _:;;_. ~-; · ' . · ' · ' . . ... · , - ' · Las penas anteriores podrán descontarse de loS ·adeudos peódlentas de _éubrir por la Suprema Corta de Justicia de la Naclóll al ºPrestador de Se!Vlclos' ~. , , ' . · · . • . . " . Cuarta. Requisitos para realizar los pagos rilspectlvos. Para efectos fiscales el 'Prestador de Servicios" deberá ~sentar la o las racturas a nombre de la •suprema Corte" según constá en la cedula de ldenllflcaclón fiscal, expedida por 13 Secretaria de· Hacienda y Crédito Publlco coq el Registro. Federal de CÓnlrfbuyénllls SCJ9502046P5, Indicando el do¡nlclllo sellalado en la'_ declaración 1.4 de este Instrumento y demás requisitos ftscaJéS !I que haya lugar/ \ ;:~ " ;~. : ,-; · .• . ·. , : · · // · . . . · _ _, : Quinta. ModlflcaclonH de este Instrumento. la!! condiciones pactadas en el presen18 lnstnJnento pcxtrán ser objeto de moqlftcaclón en ténninos de Id previsto en los artfculos 12, fracclón XXII; 143, fracción 1 y 162 del referido Acuerdo <>-ralVl/2008; ,. . .. . :_: · : ;, ··: : . '. · ' .- .·. ·: ·. • · (·::' ·; · . · · · . Sexta. Inexistencia de relación laboral. El "Preslador·de ServlcioS', .como empresariO y patrón' del ~nal que~ para los·seMClos profesionales mate'ria de esta contrato, será el único responsable de las obligaciones dertvadas de las disposiciones laborales y demás ordenamleriDs en materta de trabaJ9 y de .seguridad social, por lo que respondera de todas las reclamaclones que sus trabajadores presenten en su conl{a o de la 'Suprama Corte', en-relad6n con los savlcloe motivo dé este contrato. .. : .. ~ • : ; • .. ; . . , · La 'Suprema corte• estará facultada para requerir a el "Prestador de.Sei:vfdos" los comprobanes de aftllaclón de sus trabajadores al IMSS, as/ como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVITelMSS. :· . :. ' ; -,,, i:: .. ; ,;, ·,.,. / .. ' :_; ·_; _ . .' ::.. "··: .. ,,·_.-::'.. ., · · ; ~

. En ca.so de que alguno o algunos de los trabaJaclores ~ -Pl'l!Sador de SeMclos'; ejec:Uen o pr9t8ndán 'ejecUar alguna redainadón en· contra de la 'Suprema Corte", el "Prestador de SeMcios" deberá reembolsar la totandad de los gaSIDs que erogue la "Suprema corte• por ·concepto de' traslados, vflitfcos, hospedaje, transportadón, alimentos y demás lnhei'entes, con el fin de acreditar ante la auloridad competente que no pxlste, relaci6n laboial alguna con los inlsmos y deslll)dsr a la 'Suprema Corte' de cualquier tipo de responsabilidad en - sentido. • · · · Las partes acuerdan que el Importa de los referidos gastos que se _llegaran a ocasionar~ SI!" dedlJ:idos por la .'Suprema Corta" de las facturas que se ericuenlnln pendie~ de pago, Independientemente de las acciones legales que se pudieran ejelt:er._ ·.; , . "; · . .. . ,· . . · ::: " • .. . , . · •. . Séptima. Subcontmacl6n. Para efectos de ~ corirato simplificado, se ertlende por slbcorb'ataclón; el acto mediante ar cual el prestador de servicios o contratista encomienda a otra persona, física o moral, la realización parcial del objeto de éste ~ntrato simpliflcádo. Cuando el prestador de serv!clos o coriratlsla pn'11tnda sOOc:ontratar, deben! comunlcarfo previamente y por escritó a esta Suprema Corte, la que también por escrito resolwfá si acepta o rechaza la subcontrataci6¡,. En ringún caso se aceptaré la subconlrataclón total de los seMclos o trabajos con un solo subconlratlstA En todo caso de subcontrataclón, el responsable-será el prestador de_ seMcfos o coriraUsta, y~ a._ésta a quienes 19!1 CIJbra al ~No existirá subrogación po~ j:Jarte del subcontratista·ri te'.19 relación con la Suprema Corte. · · ... ·" . '. .• · :' .... ,.. · : . •· ·. . ·., . .. e :• , ; · . . • . . ---~ · ! Octava. Confidencialidad. La .documentación que· se pioporcfone al "Presládor de Servicios'. 1:911 rnotlw dé la cellilíración ci& esta contrato, es propiedad de la 'Suprema Corteº, por lo" que el -Prestador de Servicios', por si o a través de sus trabajadores, se comprometa a no divulgar a ti:aWs de cualquier medio de comiJnlcaclón, cualquler resultado o ·dato obtenido de los servidos o trabajosprestadosalaprimera. · .· :: · · · .. · " . ·• · . .-.•: ··';: .. • '. ~ ... c.·.-·_.e: .,, ·.- -, .. :·. · ,:. ·,< .. .. ··. " · · · Novena. Rescisión. Queda expresamente convenido que iá "Suprema Corta• Podré dar por reSdnilldÍI el ,,iesenie C:ontnitD sin'·iwicestdad da que 'm8d1é declaniclón judlcfal, en caso de' que el "Prestador de Servicios' deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en· astil contrato por'eausas que le sean lmputabieS, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga eStallada, concurso mercantil o liquidación. . · • · ·, · . ' . ;. ;: .~ ·. ·, · . : .· .. · < • -~···. " • · , · , , ! .... Antes de declarar la rescisión, la 'Suprema Corta' notificara por escrito las causas respect/vas al "PritsiÍldor de Servicios' en sú domicino' sellalado en la deClaraclón 11.5 de este Instrumento; con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince dfas hábiles para que manlfteste lo que ·a su derechO convenga, anexe los docunentos que esUme conveniente y aporte, en su· caso, las pruebas que estlme pertlnentes. Vencido ese plazo el órgano competente de la 'Suprema Corte' detenninara sobre la procedencia de la.rescisión, 1Q que se comunlCBIB al "Prestador de Servicios" en su domlclllo sellalado en la declaración 11.5 de este instrumento. . ,.,, ,.,.: 1 : , · ·.. :;· 1 .. ;

Décima. SupuHtos de termlna~lón de contrato, diversos a la rescisión. El presenta contrato podré darse por tllrminado, al cumpUmeÍ11arile su objeto o bien de manera anticipada cuandO ~stan causas justificadas o razones de Interés general, en ténninos de lo previsto en los artfc00s 148, 149, 150y151 del Acuerdo General de Admiristración VV2008. ·, · F ·· : Décima Primera. Del fomento a la transparencia y de la protecclón de datos personal•. Las partes están de acuerdo en que el ~ Instrumento constituye lnfonnaclón pública en términos de lo dispuesto en los articulo& 1•, 7" y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a fa lnfcnnacfón Públlca Gubernamental, por lo que kis gobernados podrán realizar su consulta. , . . De confonnidad con lo establecido en al articulo 71 dei Acuerdo General de la Comisión de Transpa19nda, Arl:aslJ a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales ile la Suprema Corte de Justicia de la Nación del nueve de jullo de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimlerios para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la lnfonnaclón a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en al articulo 6" Constitucional, el "Prestador de Servicios' se obliga a guardar secreto y a no dlvulgar por ningún medio, aun electrónico, nl por conferencias y/o lnfonnes los datos personales a que tenga acceso con moUw de la docl.mentacl6n que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeti,-del presente contrato. En caso de Incumplimiento la 'Suprema Corte' podrá exigir el pago correspondiente al 10% del mono total de este instrumento, por concapto de pena convencional. .· - ~ . • Décima Segunda. Resolución de controversias. Para efecto de la ln!efl)retaclón y cumplimiento de lo estipulado en este insln.merW, el "Prestador de Servicios' se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la 'Suprema Corteº renunciando a cualquier fuero que en razón de su domicilo tenga o llegare a tener, de coní'onnldad con lo indicado en el articulo 11, fracción XX. de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. . .. · · Las partas acuerdan que cualquier notificación que tengan que realizarse da una parte a otra, se realizará por escrito en el domiClllo que ha setlalado en las declaraciones 1.4 y 11.5 da este Instrumento. ·

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRl;:SENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR.DE SERVICIOS

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PODER JUDICIAL DE LA FEDªCIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D F. R.F.C. SCJ-950204-6P5

DIRECCIÓN GENERAL Die RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No. 30, 4o PISO COL. CENTRO, C.P. 06000, MEXICO, D.F. TELS.: 41 13-1000 EXT. 5704,5710,5305,5705 FAX: 5130-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA, C.P. 09100, MEXICO, D.F. TELS .. 5701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: SOLUCIONES INTEGRALES PARA BIBLIOTECAS ARCHIVOS S.A. DE C.V. I LUZ SAVINON 305, DEL VALLE, BENITO JUÁREZ, 03100 I 000000, 0000 /

FECHA DEL DOCUMENTO 29/05/2015

FECHA DE ENTREGA JUNIO 2015

Partida · :c1ave art.

IMPÓRTE EN LETRA

1C;intidad

FORMA DE PAGO TRANSFERENCIA ELECTRONICA

LUGAR DE ENTREGA

. l)nidad .. t . . . • '1 . .. '• , .

OBSERVACIONES

. Descñpcion .. • ''· ' '\

7. La Dirección General de Recursos Materiales únicamente apoyó en la elaboración de este contrato simplificado y se deslinda de cualquier responsabilidad en los procedimientos observados en la contratación de referencia.

8. Se elabora el presente contrato simplificado a solicitud de la Casa de la Cultura Jurídica mediante oficio CCJ/YUC/0480, recibido en esta Dirección General de Recursos Materiales el 27 de mayo de 2015.

RESPONSABLE DEL PR ~~TO A ~·- JA . ~ .

_J.Je'. REINA MIRZA CEB1 LLOS ZA~t(fu

V DIRECTORA DE·LA CM ~ DE LA C URA JURIDICA EN MÉRIDA, YUCATÁN.

SERVICIOS INCLUIDOS LIMPIEZA DE LIBROS CCJ MÉRIDA

1

',,i . .·· i:. :. ,~ · l.L P. Unitario

SUBTOTAL

l.V.A.

TOTAL

,.:;¡ , L·

CONTRATO SIMPLlelCADO

4515001584

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

1·.-. Importe Total · '

41,445.12

6,631 .22

48,076.34

CUARENTA Y OCHO MIL SETENTA Y SEIS PESOS 34/100. M.N.

").,¡ ~'PK...L&.~ L;~~YcH~~

Página 2 de 2

DIR. GRAL. DE RECURSOS MATERIALES

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CONTRATO SIMPLIFICADO

1.- La Suprema Corte de JusUcla da la Nación, en lo sucesivo " Suprema Corte" por conducto de su representante para los efectos de esta Instrumento manifiesta que: . •. ' • 1.1.-Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en ténnlnos de lo dispuesto en los artlculos 94 de la Constitución Polltlca da los Estados Unidos Mexicanos y 1°, rr..ccion 1, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. · • · 1.2..t.a·p~:co~ttlclón ftJe autorizada por el Director de la Casa da la Cultura Juridlca de la Suprema Corte de Justicia da la .Nación..medlante el procedimiento da adjudicacÍÓI"! dlleCa, de conformidad con lo preiifsto en al Acuerdo General de Administración Vl/2008, del vetntlclnco de septiembre da dos mil ocho, del Comité da Gobierno y Admlnistracfón de la Suprema Corta de Justicia de la Nación por al que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y deslncorporaclón de bienes y la cortrataclón de obras, usos y servicios requeridos pbr esta Tribunal. 1.3.- La Directora General de Recursos Materiales está facultada para suscribir al praserie lnstn.merto, de conformidad con lo dispuesto f!.n el artlculo 18, fraccló,~ X del Reglamento Interior en Materia de Administración da la Suprema Corte de Justicia de la Nación. . · · . . 1.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, ser.ala como su domicilio el Ubicado en la Cale de José Maria Pino Suárez número 2, colonia Centro de la ciudad de México, delegació!' Cuauhtémoc, código postal 06060, en la ciudad da México, Distrito Federal. · · ·. · · 11.- El "Prestador da Servicios" por conducto da su representanta legal manlflesta bajo prot.sta da decir verdad que: . _ 11.1.- Cuenta con personal con la suficiente experiencia y calificación para ejecutar los servicios requeridos por la Suprema Corte. así como con los elementos técnicos y capacidad económica necesaria para tal fin. · . , - . . - . •. • • • ·• f · 11.2.- A la fecha de adjudicación de la presente contratación, no se encuentra lnhabllltado conforme a la regulación aplicable a los Poderes Ejecutivo, Leglslatlvo y Judicial de la Federación para celebrar ·contratos; asimismo, no se encuentra en ninguno de los su¡Juestos a qua se refieren los artlculos 48 y 58, fracción XVI del Acuerdo General de Administración VU2008 del veinUclnco de sepUembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Admlnlslraclón de la Suprema Coltll de Justicia de la NaclórL . . ,. ·. , ' . . . • . . • 11.3.-. CollOC!I y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuen:lo General de Administración Vl/2008, del wlntlclnco de septiembre de dos mil Ocho, del Comit6 da Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regl&an los procedimientos para la adquisición, administración y deslncorporación de ble~ y la contratación de obras, .usos y servicios requeridos por este Alto Trlbunal. · . · · . . .. · , 11.4.- Para .todo lo !lliaclonado con el presente contrato, senaJa conío su domicilio al Indicado en la canttula del presente Instrumento, en el apartado denominado ºPrestador de Servtc_los:. · · 111.- La ~Suprema Corte• y al "Prestador dé Servicios" declaran que: · · · :. · " · . 111.1.- Reconocen mutuamente la personalidad juridlca con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manlfleslan que todas las· comunicaciones qua se realicen entnt ellas se dirigirán a los domicilios Indicados en los antecedentes 1.4 y 11.5 de este Instrumento. · · · · · ·. 111.2.· El acuerdo de voluntades plasmado en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constltuctón Polltlca de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Poder Judicial da la Federación,-el Acuerdo General de Adminlslraclón Vl/2008, del wlntlclnco da sapUembre de dos mU ocho, del Comité de Gobierno y Admlnlslracl6n da la Suprema Corte de Justlcla de la Nacl6n, el Reglamenta Interior en Materia de Administración, y de manera supletoria el Código Cl\11 Fed81111, al Código Federal de Procedimientos Ch.tes, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hace~aria,_ la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores públicos y la Ley Federal del Procedmiento Administrativo en lo conducente, al lanar de 18$ siguientes:

. CLÁUSULAS • . Prunera. Objeto. Prastaclón de los seMclos descritos en el anverso del p¡esenta Instrumento, en los ténnlnos padados en las propuestas'. técnica y económica del participante ganador, las cuales forman parte del presente lnstnrnento como si a la letra se insertasen. · ·-'·· • • Segund~. Condlclon• Geiteralu. El -Prestador de Servicios" se comprometa a respetar en todo momento al pr9clo. plazo y condicfoneS de pago seilalados en la referida ~rát!F durare y cumpllm1ento total del objeto de esta acuerdo de volwllades. . · • • · - .. · . _. . . El pago sellalado en ta presenta cláusula, cubre el tola! del servicio contratado, por lo cual "la Suprema Cortaº no tiene obligaclón de cubrir nlngún Importa adlcfonat, ·. · · º . :. Tercera. Pena Convencional. Las penas convencionales serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. en función del Incumplimiento decretado, conforme lo slgtienle: - : .. En caso da lncumpllmlento de las obligaciones pactadas en el presente, contrato, la ~uprema-Corte de Justicia de la Nación podrá aplicar al proveedor o prestador de 88M~-~ pena _conve.~I que se ajustará proporcionalmente a lo Incumplido. · '·· ;--·· . · , · _. -.1. . : ,-,¡ ;

_ En. caso_de_l9s .ble~ o SB(Vjclos _queftl_séJ1ayan.entregado o.. prestado. a.entera,satlsfaccl6n.de..la.Supqma..Corta-de.Jus11cia-da-la..Nación;- lo-qU&-lmpllca-un· lncumpl(mlento-de-las cibUgadones - - -­pactadas en al presente contrato, la Suprema Ccrte de Justicia de la: Nación podrá aplicar lil prestador de servicios ilna pti~ conwnclonal hasta por un 10% del rponto que comisponda al _valor de dichosblenesoserviclos(slnlnclulrallmpuastoal.ValorAgregado). _'.;¡ ':. · .. : ;. <-.-· :: ¡-,, . '- · ; ., · : . · ·~, é·- ·. En caso de lncumpllmlento en el plazo de entrega de los bienes o seMélos, se hará acreedor a una sanción eqlivalente al monto que 111Sulta de aplicar el 1 O al 1!1iUar diario (en.dlas naturales) de la cantidad que Importen los bienes o servicios pendientes de entregar o prestar hasta entanto"se décumpllmlenlototal a lo pactado. r . ' '.l ·: ' .. ·. i :· ' . ··-· . .' Laspenaaconvenclonalesnopodránexcederdal10%del"montototalcontratado(slnlnclulrellmpuastoalValorAgregado)' ':";''-~ :. · ' ' ·.-· º . ·_-: ,_; • ' · Las penas antena res podrán descontarse de los adeudos pendientes de éubrlr por la Suprema Corta de Justicia de la Naclóil _al "Prestador de Servicios" , · , ..• . Cuarta. Requisito• para realizar los pagos mpectlvos. Para efactos fiscales el -Prestador de Servicios" deberá Pf858nlar la o las facturas a nombre de la "Supréma· Córta~ sagl'.Jn consta en la cedula de ldentfflcaclón fiscal, expedida por la Secretarla: de"Hacienda y Crédito PubHco COf1 el RegtlllrO.Federal da Conb1buyentes SCJ9502046P5, Indicando al domlclllo ser.alado en la declaración l.4deeste lnstrumentoydemásrequlsitosflscales.aqueháyalugar. · :, :··· .. _. ·· '.:·¡: ., -··, :" ' ';',: . .· · : Quinta. ModlftcaclonH da esta lnatrumento. Las condiciones pactadas en el p~ .lnstnmento podrán ser objelD de modlficacl6n en ténnlnos de Id Rrevlsto en los articulas 12, fi'acclón XXJI; 143,fracclónly162delreferidoAcuerdoGeneralVll2008; ,, ,·.· · :. · "··." . ·•·· :' . · :. '. '. . . :· . Sexta. lnexlstancla de relación laboral. El "Preslador de Servlcl0$", como empresario y patrórf del personal que ~ para los' seivtclos pmfeslonales materia da esta contrato, será al único responsable de las obligaciones derivadas de la~ dls~oiíes laborales y demás ordenamientos en· materia de trabajo y de seguridad social, por lo que responda de tildas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en suco~ o de la-"Suprema Corte", en relación con los seMclos motivo de asta coráato. ··· : :, '" <. : • • La "Suprema Corte" estará fac1itada para requerir a el -Prestador de.Servicios'" los comprobanllls de atillaclón de sus trabajadores al IMSS, asl como los comprobantes de pago de las cuotas iil SAR, !NFONAV!TelMSS. ' ~:.:. - :·: -'., ··.· , ·.·:-.:..·~:' r- ·. :: ·. ·.·.·.".· · . ' ; En caso de qua algt.W10 o algunos da los trabajadores del "Prestad~ de SeMclos", ejecuten o preland8n efecliar algtnl reclamaclóo en· corm de la -Suprema Corte", al "Praslador de SefVlcios" deberá reembolsar la totaBdad de los gastos que erogue la -Suprema.corte• poreoncapto.da-~ vtáflcos, hospedaje, transportación, alimentes y demás lnherentas, con el tln de acreditar ante la autoridad competente que no piste relaci6n laboral alguna con los mismos y'desllridar a lá -Suprema Corteº de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. , •· . _ Las partes acuerdan que el Importe éle los referidos gastos que se llegarañ a ocasionar poc!rán ser deducidos por la :suprema Corte" de. las facturas que se encuentren pendientes de pago, lndependientementedelasaccloneslegalesquesepudieranejen:er.~ ; . , , ... ..:· · : .. :·. , ,., .:· .,._. ~ '· .: ·- . · .. , ·

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S6ptlma. Subcontrataclón. Para efectos de este contrato Simplificado, se entiende por subconlratación; el acto medianlB el cual el prestador de servicios o contratista encomienda a otra persona, flsica o moral, la realización pan;lal del objeto de ésta contrato slmplHlcado. Cuando el prestador de S8IVk:los o contratista pretenda subcontratar, deberé comunlcarlo previamente y por escritD a esta Suprema Corte, la que lamblén por escrito resolverá si aé:epta o rechaza la subcontrataclóh. En ningún caso· se aceplará la subconlrataclón total de los servicios o trabajos con un solo subéontra_tl~

:;,~a:i~ =ad;u~:~=~l.ón, el responsable -~ el ~ar de, s~cl~ º.contratista,! será a·~.ª ql.ienes le:' cubra ~ ~; ~ exlsllrá sub:cl6n po( parta del subcontrall~~~ 189' Octava. Conlldenclalldad. La . documentación que se prciporclone al "Prastador de Servicios". con motivo de la telebraclóli qa este contrato, es propíedad de la "Suprema Corte", por, lo qua al -Prestador de Servicios", por si o a través de sus trabajadoras, se cii.mpromete a no divulgar a trallés da cualquier medio de comiJnlcaclón, cualciuler ·resultado o dato obtenido de los seMcios o trabajos prestados a la primera · :. · · · ' · · · ·. ',. ". • ' ·· , .. " :'' ··, '",. ·. · , : ' · ,: · · · · · · : ·· · Novena. Rescisión. Queda e~presemante convenJdo que la ºSuprema Corte" padrá dar. por relcindldo al ~ ·contrato ;u,·~·nei:es1dad da qÜe m&di~ decla~cl6n judicial, en ca~ cie' q'ue el "Prestador de Servicias• deje de cumplir cualquiera de las obllgaciones que asume en este contrato por causas que le sean Imputable, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concursomercantiloliquldaclón. :.. · ·. . •· ..... · ·:, ·. ,· . : · · '.'. · ·.· ·, , . .: . . . Antes de declarar la rescisión, la ºSuprema Corte" notificara por escrito las causas respectivas al -Prestador de Servlcliis" eri su domiCmo selÍalado en la deélaraclón 11.5 de este Instrumento; con quien en el acto se encuentra, otorgándole un plazo de quince dlas háblles para que mariflesta to que ·a su derachci convenga, anexe los.dociumentos qua asUme conveniente y aporte, en su.caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de la "Suprema Corte• determinara sobra la procedencia de la rascfslón, lo que se comunicara al "PTllstador de Servicios" en su domlclllo senalado en la declaración 11.5 de este instrumento. · ·'· . :-". '. · ·. ··· · ; ' · ' · · ·: . D6clma. Supuestos da tannlna~lón de contrato, dlwrsos a la rescisión. 8 presenta contrato podrá darse por lallnlnado, al cumpllmelÍlarSe su cibjsta o bien de manera anticipada cuandÓ ~ causas justificadas o razones de interés general, en términos de lo previsto en los articulas 148, 149, 150y 151 del Acuerdo General de Administración Vl/2008. ,. '· J: -~ · Décima Primera. Del tomento a la transparencia y de la protección da datos parsonalM. Las parlas eslán da acuerdo en que el presenta instrumento constituy9 lnformadón pública en términos de lo dispuesto en los articulas 1•, 7" y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que ios gobernados podrán realizar su consulta. ": · . ' : De conformidad con lo establacldo en el articulo 71 del Acuerdo General de la Comisión da TraflSP8191lCfa, fv:ceslJ a la Información Púbüca Gubernamental y Proteccí6n de Datos Personales de la Suprema Corta de Justicia de la Nación del nueve de jullo de dos mll ocho, ralatlvo a los órganos y procedimientos para tuelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la información a la prlvacldad y a la protección de datos personales garantizados en el articulo 6' Constitucional, el "Pnlstador de Servicios" se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ningún medl9; aun electrónico, ni por conferencias y/o informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la docunenlación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de Incumplimiento la ºSuprema Corta" podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este lnstriunento •. i>oc concepto de pena convencional. Décima Segunda. Resolución da controversias; Para efecto de la lnte!pretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrunenlo, el ºPrestador de Servicios" se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la "Suprema Corteº renunciando a cualquier fuero que en razón de su domlcillo tenga o llegare a tener, de conformidad con lo indicado en el articulo 11, fracción XX. de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. . · ,- · · Las partes acuerdan que cualquier notificación que tengan que realizarse da una parte a otra, se realizará por escrito en al domicilio que ha sa~lado en las declaraciones 1.4 y 11.5 de este Instrumento. ·

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRl;!SENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTAoOR DE SERVICIOS' .· ·. · . :.

Page 5: PODER JUDICIAL DE LA FED.CIÓN 0- CONTRATO …...Limpieza de canto y lomo y portadas 2.Forma de pago: Pago en una sola exhibición a entera satisfacción de la Casa de la Cultura Jurídica

“En términos de lo previsto en los artículos 111, 116 y 120, primer párrafo de la Ley General de

Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, fracción I y el Capítulo IV del Título Cuarto,

de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se

suprime la información considerada legalmente como confidencial que encuadra en esos

supuestos normativos.”

“Este documento es parte integrante de la versión pública del contrato de los servicios de

limpieza de libros, correspondiente al procedimiento de contratación 4515001584”