pnl exencion copago farmaceutico en personas con discapacidad. comisión discapacidad. congreso
TRANSCRIPT
![Page 1: PNl exencion copago farmaceutico en personas con discapacidad. Comisión Discapacidad. Congreso](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022071907/55ca30dcbb61ebde658b4627/html5/thumbnails/1.jpg)
Grupo Parlamentario
Socialista de Cortas
Gone îles
GRUPO m u m v m D E L
f**j| (.<8Ç. f fM w s ' * " ri f- f í j f it Ii«
i / iHr -A
0 0 4 7 0 6 F S O E
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS PF.'-ISTRO GENERAL DE ENTRmD.A
Fecha:20/03/2013-19:48:08
Grupo Socialista
del Congreso
Carrera de San Jerónimo, 4G
28014 Madrid
A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al
amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente reglamento del
Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre
exención de copago farmacéutico para las personas con discapacidad, para su
debate en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad.
En el Palacio del Congreso de los Diputados, a 20 de marzo de de 2013
LAURA SEARA SOBRADO PUERTO GALLEGO ARRIOLA
LA DIPUTADA
GUADALUPE MARTIN GONZALEZ
PORTAVO^ DjEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA
ocg/10¿
www.sc ;ia!istasde!congresc.es
![Page 2: PNl exencion copago farmaceutico en personas con discapacidad. Comisión Discapacidad. Congreso](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022071907/55ca30dcbb61ebde658b4627/html5/thumbnails/2.jpg)
GRUPO Grupo
Pariannenlapo Social ist de Cores
Ger- > .''«s
PARLAMENTARIO
Grupo Socialista
del Congreso
barrera de San Jerónimo, 40
28014 Madrid
EXPOSICION DE MOTIVOS
El Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de Medidas urgentes para garantizar la
sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus
prestaciones estableció un nuevo procedimiento y un nuevo sistema de copagos en la
prestación farmacéutica.
De acuerdo con lo recogido en el citado Real Decreto-ley las personas con discapacidad
están exentas de aportación en los supuestos contemplados en su normativa específica.
Por lo tanto, las personas con grado de discapacidad superior al 33% estarán exentas de
aportación en prestación farmacéutica en los casos establecidos en la Ley 13/1982, de 7
de abril, de Integración Social de las personas con discapacidad.
El Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, por el que se establece y regula el sistema
especial de prestaciones sociales y económicas previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril,
de integración social de de las personas con discapacidad establece la gratuidad de la
prestación farmacéutica para personas con discapacidad en grado igual o superior al
33%. Para ello, es requisito no ser beneficiario o no tener derecho, por edad o por
cualesquiera otras circunstancias, a prestación o ayuda de análoga naturaleza y finalidad
y, en su caso, de igual o superior cuantía otorgada por otro organismo público.
Es decir, no estarían exentas de copago aquellas personas que, por cualquier título,
obligatorio o como mejora voluntaria, sea como titulares o como beneficiarías, tuvieran
derecho a las prestaciones de asistencia sanitaria, incluida la farmacéutica, del régimen
general o regímenes especiales del sistema de la Seguridad Social.
En la medida en que, en la actualidad, existen numerosos supuestos por los cuales las
personas residentes en España tienen la condición de asegurados a efectos de la
asistencia sanitaria en el Sistema Nacional de Salud, la previsión de gratuidad en el
acceso de los medicamentos de las personas con discapacidad queda prácticamente
vacía de contenido.
wwv/.socidlista leicong-iso e
![Page 3: PNl exencion copago farmaceutico en personas con discapacidad. Comisión Discapacidad. Congreso](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022071907/55ca30dcbb61ebde658b4627/html5/thumbnails/3.jpg)
Grupo Parlamentario
Socialise de Cortes
Genera ss
PARLAMENTARIO
Grupo Socialista
del Congreso
Carrera de San Jerónimo, 40
28014 Madrid
Las medidas de copago añaden más obstáculos a personas que ya tienen bastantes
dificultades en su vida, repercutiendo negativamente en el derecho fundamental de
acceder con equidad a tratamientos, médicos y de cuidados, necesarios para garantizar
su salud. Con ello se está agravando la situación de las personas más vulnerables.
Estas medidas suponen empeoramiento en su situación clínica, laboral y social, y tienen,
su vez, repercusión en los servicios públicos, suponiendo mayor gasto que los ahorros
que se pretenden con su implantación.
Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente:
PROPOSICIÓN NO DE LEY
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover las reformas necesarias para
garantizar que las personas con discapacidad, en grado igual o superior al 33% y con
independencia del momento en el que adquirieron tal condición, estén exentas de
aportación en la prestación farmacéutica."
i
www.socialislcisdekongreso.es