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1 Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE JUNTO CON EL PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE LIMPIEZA VIARIA, RECOGIDA Y TRANSPORTE A CENTRO DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS URBANOS NO-SELECTIVOS EN EL MUNICIPIO DE BENIFAIO CAPITULO I. OBJETO Y ÁMBITO DEL SERVICIO 1. OBJETO DEL CONTRATO El presente pliego tienen por objeto regular, ordenar y establecer las condiciones que han de regir la contratación del servicio de limpieza viaria, recogida domiciliaria de residuos sólidos urbanos y asimilables no-selectivos y transporte a centro o centros de tratamiento debidamente autorizados. La prestación de los servicios, sin perjuicio de las soluciones y mejoras propuestas por los licitadores que sean aceptadas por el órgano de contratación, se realizará con el alcance y conforme a las condiciones fijadas en este pliego de condiciones técnicas, en el pliego de condiciones administrativas, ordenanzas municipales sobre la materia y demás disposiciones legales aplicables. 2. ÁMBITO TERRITORIAL DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Desde su inicio, los servicios se prestarán en todas las zonas incluidas en su ámbito territorial que ya se encuentren desarrolladas, o en fase de desarrollo, con independencia de que dicha ocupación sea total o parcial. En las zonas sin desarrollar o en fase de desarrollo sin que exista todavía ocupación, los servicios podrán no ser prestados hasta que el Ayuntamiento lo determine, situación ésta que será comunicada a la empresa con antelación suficiente. La futura incorporación de dichas zonas o de otras actualmente no desarrolladas podrá dar lugar a la ampliación de medios de la contrata y al estudio del equilibrio económico de los servicios. 2.1. Servicio de limpieza viaria El servicio de limpieza viaria objeto de este contrato se extenderán al núcleo urbano de Benifaió, polígonos industriales urbanizados (Jaume I i Font de Mussa) y los núcleos diseminados y urbanizaciones se llevará a cabo según lo dispuesto en la cláusula 6ª. 2.2. Servicio de recogida de residuos sólidos urbanos no selectivos El servicio de recogida de residuos sólidos urbanos objeto de este contrato se extenderán al núcleo urbano de Benifaió, polígonos industriales urbanizados (Jaume I, Font de Mussa y zona este del municipio), zonas puntuales indicadas por el Ayuntamiento (gasolineras ubicadas fuera del núcleo urbano PETROMAR, SERVIPETROL, GALP, AGIP y discoteca PENELOPE) y núcleos diseminados y urbanizaciones (urbanización Pla de les Clotxes, Colònia Sant Pere, Colònia Santa Anna y Barri Mussa). A título orientativo se indica que la población de Benifaió es de 12.117 habitantes (a fecha de 1 de enero del 2011) y la superficie del término es de 2.008 Ha. El plano donde figura el ámbito territorial del servicio se acompaña como Anexo I al presente pliego.

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Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE JUNTO CON EL PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE LIMPIEZA VIARIA, RECOGIDA Y TRANSPORTE A CENTRO DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS URBANOS NO-SELECTIVOS EN EL MUNICIPIO DE BENIFAIO CAPITULO I. OBJETO Y ÁMBITO DEL SERVICIO 1. OBJETO DEL CONTRATO El presente pliego tienen por objeto regular, ordenar y establecer las condiciones que han de regir la contratación del servicio de limpieza viaria, recogida domiciliaria de residuos sólidos urbanos y asimilables no-selectivos y transporte a centro o centros de tratamiento debidamente autorizados. La prestación de los servicios, sin perjuicio de las soluciones y mejoras propuestas por los licitadores que sean aceptadas por el órgano de contratación, se realizará con el alcance y conforme a las condiciones fijadas en este pliego de condiciones técnicas, en el pliego de condiciones administrativas, ordenanzas municipales sobre la materia y demás disposiciones legales aplicables. 2. ÁMBITO TERRITORIAL DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Desde su inicio, los servicios se prestarán en todas las zonas incluidas en su ámbito territorial que ya se encuentren desarrolladas, o en fase de desarrollo, con independencia de que dicha ocupación sea total o parcial. En las zonas sin desarrollar o en fase de desarrollo sin que exista todavía ocupación, los servicios podrán no ser prestados hasta que el Ayuntamiento lo determine, situación ésta que será comunicada a la empresa con antelación suficiente. La futura incorporación de dichas zonas o de otras actualmente no desarrolladas podrá dar lugar a la ampliación de medios de la contrata y al estudio del equilibrio económico de los servicios. 2.1. Servicio de limpieza viaria El servicio de limpieza viaria objeto de este contrato se extenderán al núcleo urbano de Benifaió, polígonos industriales urbanizados (Jaume I i Font de Mussa) y los núcleos diseminados y urbanizaciones se llevará a cabo según lo dispuesto en la cláusula 6ª. 2.2. Servicio de recogida de residuos sólidos urbanos no selectivos El servicio de recogida de residuos sólidos urbanos objeto de este contrato se extenderán al núcleo urbano de Benifaió, polígonos industriales urbanizados (Jaume I, Font de Mussa y zona este del municipio), zonas puntuales indicadas por el Ayuntamiento (gasolineras ubicadas fuera del núcleo urbano PETROMAR, SERVIPETROL, GALP, AGIP y discoteca PENELOPE) y núcleos diseminados y urbanizaciones (urbanización Pla de les Clotxes, Colònia Sant Pere, Colònia Santa Anna y Barri Mussa). A título orientativo se indica que la población de Benifaió es de 12.117 habitantes (a fecha de 1 de enero del 2011) y la superficie del término es de 2.008 Ha. El plano donde figura el ámbito territorial del servicio se acompaña como Anexo I al presente pliego.

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3. ÁMBITO FUNCIONAL DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Los servicios que comprende el presente contrato son: 3.1. Limpieza viaria a) El barrido y limpieza de las calzadas y aceras de todas las vías públicas que conforman el

sistema viario del casco urbano. El abastecimiento de agua se realizará desde los puntos o tomas que indique el ayuntamiento, sin coste adicional para el contratista.

b) La limpieza de alcorques de árboles sitos en las vías públicas. Se excluyen las situadas en el interior de zonas verdes.

c) La limpieza del arroz sobrante esparcido por el suelo en las bodas. d) La limpieza de las tierras acumuladas en los bordillos, aceras y calzadas de las vías públicas,

así como la eliminación de hierbajos y matojos. e) La limpieza y retirada de cualquier clase de basuras y residuos no voluminosos que aparezcan

vertidos o abandonados en la vía pública, en especial junto a los contenedores de basura y selectivos.

f) El vaciado, limpieza y mantenimiento de las papeleras públicas. Se incluye la reposición diaria de las bolsas.

g) La limpieza del mercado de venta no sedentaria (ambulante), que se celebra con carácter ordinario todos los jueves de la semana. Se adjunta como anexo II plano de situación de este mercado.

h) El mantenimiento, limpieza y desinfección de los contenedores de recogida de residuos domiciliarios no selectivos instalados o que pudieran instalarse en la vía pública. Se adjunta como anexo III planos con la situación de los contenedores de basura no selectiva.

i) Cualquier otro servicio de limpieza viaria que el Ayuntamiento estime necesario, incluido el apoyo en casos de situaciones extraordinarias que se puedan dar por motivos meteorológicos con la utilización de los medios humanos y mecánicos oportunos.

3.2. Recogida de residuos sólidos urbanos no selectivos j) La recogida de los desperdicios y residuos de cualquier clase procedentes de la alimentación,

el consumo humano y la actividad doméstica en general. Una vez implantada la recogida selectiva en origen se recogerán y trasladaran de manera diferenciada la fracción orgánica compostable y la fracción resto.

k) La recogida de los desperdicios y residuos provenientes de bares, restaurantes, colegios y centros similares y en general de establecimientos comerciales e industriales que sean técnicamente asimilables a urbanos según las disposiciones y normativas legales vigentes y futuras, siempre que puedan recogerse estos en recipientes normalizados.

l) La recogida de los residuos vegetales procedente de la poda de árboles y plantas, siempre y cuando puedan depositarse en recipientes normalizados y cumplan la normativa municipal que se dicte sobre el particular, y en cualquier caso con los límites y condiciones establecidos.

m) La recogida de los residuos procedentes de la limpieza viaria mecánica (máquina barredora) en recipiente contenedor adecuado.

n) La recogida de los residuos o escombros procedentes de obras menores o reparaciones domiciliarias que no excedan de 5 Kg. Contenedores normalizados

o) La recogida de los residuos no selectivos procedentes del mercado municipal minorista interior y el del mercado de venta no sedentaria (ambulante).

p) La retirada y posterior tratamiento adecuado de los animales domésticos muertos encontrados en la vía o espacios públicos municipales detectados por el propio servicio o a instancia del Ayuntamiento.

q) El transporte de los residuos de los apartados anteriores a centro o centros autorizados por la Conselleria de Territorio y Vivienda.

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r) La recogida de cualquier otro tipo residuos que el Ayuntamiento estime oportuno. incluido el

apoyo en casos de situaciones extraordinarias que se puedan dar por motivos meteorológicos con la utilización de los medios humanos y mecánicos oportunos.

s) En general quedan incluidos aquellos residuos sólidos o pastosos comprendidos como residuos urbanos o municipales en la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana.

3.3. Servicios extraordinarios En casos excepcionales, el Ayuntamiento podrá disponer que se presten servicios extraordinarios, requeridos de forma más o menos habitual pero de difícil previsión o planificación, y causados por circunstancias aisladas o imprevistas y cuya prestación debe ser efectuada con urgencia o en momentos muy concretos. La prestación de estos servicios será obligatoria para el concesionario, quien percibirá por los mismos la correspondiente indemnización para cubrir los gastos adicionales que se ocasionen. Tendrán la consideración de los servicios extraordinarios aquellos relacionados con el objeto del contrato y que no se encuentren incluidos en los apartados anteriores 3.1 y 3.2. El contratista deberá con carácter previo presentar un presupuesto del servicio extraordinario que se trata, fecha de su realización y número de horas a realizar. Los servicios extraordinarios deberán de ser previamente autorizados por el órgano de contratación y se facturarán aparte indicando el carácter extraordinario de los mismos. No se abonarán aquellos servicios extraordinarios que no estén expresamente autorizados por el órgano de contratación. 3.4. Servicios excluidos

Quedan excluidos del objeto del contrato, salvo mejora por parte del contratista, los siguientes residuos: a) La recogida y transporte de residuos de construcción y demolición, siempre que excedan de 5

Kg, salvo en aquellos casos puntuales que se ordene por el Ayuntamiento. b) La recogida de los residuos procedentes de explotaciones agrícolas y ganaderas. c) La recogida de desperdicios de carácter industrial no asimilables a urbanos. d) La recogida de residuos sanitarios no asimilables a urbanos. e) La recogida y transporte de los residuos sólidos voluminosos (metales, maderas,

electrodomésticos y otros elementos denominados convencionalmente como trastos viejos). f) La recogida y transporte de los residuos recogidos selectivamente en las áreas de aportación:

fracciones papel/cartón, vidrio, envases ligeros, textiles, así como las pilas usadas y tubos fluorescentes agotados.

g) La recogida y transporte de residuos peligrosos cualquiera que sea su procedencia. h) La recogida de residuos procedentes de la quema de las fallas. i) La limpieza viaria de las zonas verdes y la recogida de hojas secas, de las urbanizaciones y

polígonos industriales urbanizados, a excepción de los dispuesto en la cláusula 6ª de este pliego.

j) La limpieza y mantenimiento de imbornales. k) La gestión del ecoparc. l) El coste de eliminación de los residuos urbanos, salvo el de los cadáveres de animales

domésticos encontrados en la vía pública.

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4. PRECIO DEL CONTRATO Analizadas las presentes condiciones y sin perjuicio del que resulte de la presente licitación se establece como tipo de licitación a efectos de la determinación del precio del contrato para el primer año, la cantidad de:

– 105.000 €, IVA no incluido, en concepto de servicio de recogida de basura no selectiva y transporte a planta de tratamiento, que podrá ser mejorado a la baja.

– 93.000 €, IVA no incluido, en concepto de servicio de limpieza viaria, que incluye el servicio de limpieza de los contenedores, que podrá ser mejorado a la baja.

CAPÍTULO II. SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA 5. DEFINICIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA El servicio de limpieza viaria comprenderá la realización de las operaciones descritas en la cláusula 6ª del presente pliego. Respecto a la calidad del servicio, se entenderá que será en todos los casos de calidad buena, y aunque el concepto de “limpio” es difícil de determinar, pues de momento no admite una definición matemática y ha de ser subjetivo, deberá estar de acorde con las normas generalizadas del buen hacer. El contratista prestará especial atención a la limpieza del mercadillo ambulante (los jueves o día a que se traslade) inmediatamente después de terminada su actividad (aproximadamente a las 14.00 horas) limpiando la zona y alrededores. Igualmente se limpiará, aun fuera de la jornada ordinaria, cualquier lugar público tras la celebración de actos o actividades que impliquen una concentración de personas, en especial los patios de las escuelas públicas, CEIP Santa Bárbara, y CEIP Trullàs, a ser posible los lunes por la mañana, a primera hora. 6. MODALIDADES DE LIMPIEZA El adjudicatario podrá presentar cualquier tipo de maquinaria complementaria para la mejor y rápida prestación de los servicios. El servicio de limpieza viaria comprenderá la ejecución de las siguientes operaciones básicas:

6.1. Barrido manual Este trabajo consistirá en la limpieza detallada de las calzadas y aceras de todas las vías públicas del casco urbano, muy especialmente en las proximidades de bordillos, incluyendo los alcorques. Estas labores serán efectuadas por equipos de trabajo formados por uno o más operarios, según las características de la zona, equipados con las herramientas necesarias para desempeñar con eficacia su cometido y que como mínimo serán: un carro porta cubos, bolsas, escoba, cepillo, escobijo, pala, capazo y manguera auxiliar. Los carros estarán numerados y pintados adecuadamente al objeto de que resulten perfectamente visibles. Este servicio incluye la eliminación de excrementos de los animales de compañía, hierbas y matojos de las vías públicas, restos de chicles, así como las tierras, piedras o barro que invadan las calzadas y aceras, prestándose una especial atención a esta labor en épocas de lluvia. Los residuos recogidos por los operarios de barrido manual se depositarán en los contenedores de basura de la vía pública, en bolsas de plástico de la capacidad suficiente. No se permitirá el vertido directo de los residuos a granel sin bolsa a los contenedores de basura y en ningún caso podrán amontonarse residuos en la vía pública.

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Se consideran de especial importancia los entornos de los contenedores de basura y selectivos, las paradas de autobuses, los entornos de las escuelas y del mobiliario urbano y los espacios entre coches aparcados. Se considerará de gran importancia la recogida y limpieza de los residuos desbordados de los contenedores de basura y otros contenedores de residuos selectivos, bien depositándolos en el mismo contenedor si todavía tiene capacidad o bien en el más próximo de su tipología. La limpieza del interior de las zonas verdes será competencia del servicio municipal de mantenimiento de zonas verdes. Al final del turno de trabajo deberá de comunicarse por parte de los operarios al responsable del servicio de la empresa adjudicataria aquellas anormalidades o desbordamiento de los contenedores, presencia de voluminosos, pintadas, carteles, papeleras o contenedores rotos o en mal estado, etc. A fin de lograr una mayor responsabilidad y un mejor control de los trabajos a realizar, una vez fijados los sectores de barrido y los equipos, no podrán cambiarse sin la autorización expresa de los servicios técnicos municipales. Se pondrá especial cuidado en que exista siempre la máxima coordinación entre el servicio de limpieza viaria y el de recogida de residuos sólidos. 6.2. Barrido mecánico Es el tratamiento de limpieza realizado por una máquina autopropulsada y maniobrable, dotada de cepillos escarificadores, sistema de carga de residuos y de rociadores que lanzan agua pulverizada en la calzada, con manguera a presión y con un depósito de recogida de residuos. Este servicio se realizará en todas aquellas vías públicas, incluidos accesos a la población y travesías, incluidos la zona peatonal de la Avenida Miguel Hernández y zona verde de la Avenida Marcelina junto a la calle Vicente Fort Torregrosa. Las máquinas utilizadas serán las idóneas para recoger todos los residuos que se vayan acumulando en las zonas de las calzadas próximas a los bordillos e irán provistas de dispositivos de riego, a fin de evitar la formación de polvo, y que expulsen el aire limpio al exterior, con cualquier sistema de purificación del aire (eliminando emisiones de polvo finas) y que garantice unas especificaciones técnicas respetuosas con el medio ambiente, en especial las acústicas. La máquina barredora dispondrá de tercer brazo extensible en el lateral de la máquina, Será un equipo de gran maniobrabilidad y de dimensiones reducidas. Tendrá una máxima capacidad del depósito de residuos, la pendiente superable del 25%. Dispondrá de sistema de aspiración auxiliar por manguera de succión. Las emisiones acústicas de la máquina barredora deberán de cumplir las especificaciones contempladas en el Decreto 19/2004, de 13 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el cual se establecen normas para el control del ruido producido por los vehículos de motor. El funcionamiento de la misma se hará respetando lo dispuesto en la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica, en cuanto a horarios. El abastecimiento de agua se realizará desde las bocas de riego municipales, por lo que las mangueras, llaves y elementos necesarios se adaptarán a las características de aquellas.

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Este servicio comprenderá también el barrido de aquellas zonas peatonales y aceras que permitan la utilización de barredoras adecuadas al caso. Los residuos provenientes de las máquinas barredoras habrán de depositarse en recipientes adecuados destinados a tal fin. Dicho contenedor podrá ubicarse en una parcela municipal, siendo los costes de transporte hasta dicha parcela y su posterior gestión adecuada a cargo del concesionario. 6.3. Mantenimiento y limpieza de papeleras Este servicio comprende el vaciado diario de papeleras situadas en la vía pública y plazas, en su caso, de todas las papeleras que el Ayuntamiento tenga instaladas en el momento de la adjudicación del contrato, así como de todas aquellas otras que se instalaren posteriormente. Se excluyen las situadas en el interior de las zonas verdes. 6.4. Limpieza del mercado ambulante celebrado al aire libre Con carácter inmediato tras la celebración de los mercadillo que ambulante, se procederá a la limpieza de las calles donde se ubica, recogiendo todos los residuos depositados en las vías públicas. Inmediatamente después se barrerá la totalidad de la superficie de pavimento afectada. El mercado ambulante al aire libre tienen lugar en la C/ Santa Bárbara y calles adyacentes al Mercado Municipal, todos los jueves del año no festivos. Se adjunta como anexo III plano con la situación del mismo. Si el Ayuntamiento decidiera modificar la localización y/o el día de la semana en que hayan de celebrarse, el contratista estará a lo dispuesto por aquél a este respecto, llevando a cabo la limpieza en el día y lugar en que éstos le señalen. La recogida de los residuos generados en esta actividad se efectuará con anterioridad al comienzo del servicio de limpieza viaria. 6.5. Limpieza y desinfección de los contenedores de basura Se incluye dentro del precio del contrato los trabajos de limpieza y desinfección de los contenedores de basura.

Los contenedores de basura (superficiales) con una capacidad de 1.100 litros que en número para todo el término municipal y que se contabilizan en unos 277 y que aportará el Ayuntamiento. Deberán de limpiarse y desinfectarse con periodicidad bimensual (una vez cada dos meses), salvo en los meses de junio, julio, agosto y septiembre en el que la frecuencia será mensual. En total 8 lavados al año, con un mínimo de 3 jornadas por campaña de lavado para la limpieza adecuada de los contenedores existentes. Se intentará que los periodos entre las limpiezas sean iguales y constantes. La limpieza de los contenedores será inmediatamente después de la recogida por parte del camión recolector. La operación de lavado de los contenedores deberá de realizarse mediante procedimientos y productos desinfectantes autorizados y biodegradables, mediante vehículo lavacontenedores dotado de una cuba de agua limpia-sucia y una cámara de lavado en la parte posterior del vehículo. Esta operación se realizará “in situ”, en el mismo lugar donde se realice la recogida, y durante el tiempo necesario para que éstos queden en perfectas condiciones de limpieza. Estas operaciones de lavado se comunicarán al Ayuntamiento al menos con 15 días de antelación.

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El tiempo mínimo de lavado por contenedor será, como mínimo, de 25 segundos para interiores, y en todo caso, el tiempo necesario para dejar el contenedor en perfectas condiciones de limpieza. Finalizado el lavado se colocarán los contenedores en el lugar que ocupaban antes del inicio de los trabajos de lavado con las tapas cerradas y con los dispositivos de freno accionados, en su ubicación original. En el caso de los contenedores soterrados se deberá de prever como mínimo:

o Hidráulicos: � Una limpieza quincenal de los buzones y plataforma. � Una limpieza anual de la arqueta en la que se encuentran los contenedores.

o Sistema pluma: � Una limpieza quincenal de los buzones y plataforma.

7. ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA: HORARIOS Y FRECUENCIAS El servicio de limpieza viaria se desarrollará en horario diurno, a partir de las 7,00 horas. La frecuencia de aplicación de cada una de las modalidades de limpieza descritas serán definidas, para cada una de las zonas del casco urbano en la memoria presentada por cada licitador, detallando justificadamente el personal y los medios asignados a cada servicio. Cada licitador presentará, obligatoriamente, una memoria técnica con la organización de los servicios, detallando los trabajos y operaciones a realizar en cada uno de ellos, por zonas, en diferentes épocas del año, especificando periodicidad y frecuencia, horarios, medios materiales y humanos necesarios para que la población mantenga, en todo momento, un nivel de limpieza aceptable. CAPITULO III. SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS ( NO SELECTIVA) 8. DEFINICIÓN DE RESIDUOS URBANOS Tendrán la consideración de residuos urbanos, los así definidos en el artículo 4 de la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana: a.- Los generados en los domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios. b.- Todos los que no tengan la calificación de peligrosos y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades, entre los que se incluyen: 1. Los residuos del grupo I y II generados en actividades sanitarias y hospitalarias según lo

regulado en el Decreto 240/1994, Reglamento Regulador de la Gestión de Residuos Sanitarios.

2. Los residuos procedentes de la limpieza de las vías públicas, zonas verdes y áreas recreativas.

3. Animales domésticos muertos. 9. DEFINICIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS NO SELECTIVOS Y

TRANSPORTE A PLANTA DE TRATAMIENTO a) Los trabajos de recogida y transporte de residuos a punto de destino consistirán en: 1- La recogida de los residuos sólidos urbanos no-selectivos que procedan de la normal actividad

doméstica, así como los residuos de establecimientos comerciales e industriales, que, por su volumen y naturaleza, sean asimilables a los anteriores, con obligación de recoger las fracciones separadamente una vez implantada la recogida selectiva en origen (fracción orgánica y resto).

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El contratista del servicio está obligado a recoger todos los contenedores que a tal efecto se especifiquen, depositando las basuras en el vehículo recolector y revertiendo los recipientes con sumo cuidado al exacto lugar de origen. Estará obligado a la recogida de cualquier bolsa, objeto, resto, etc. asimilable a domiciliario situado en los alrededores de los contenedores y que por cualquier circunstancia no estuviera en su interior Durante las operaciones de manipulación o traslado de los contenedores con basuras no podrá derramarse ninguna clase de residuo y, en caso de que así sucediese, el concesionario está obligado a que sea retirado de forma inmediata, quedando limpios los lugares donde se ha efectuado la recogida.

Los vehículos del servicio se situarán en lo posible de forma que no obstaculicen el tránsito en la vía pública, y respetarán la ordenación municipal de tráfico, sin que puedan ser aparcados en la vía pública. No se permitirá el trasvase de basuras de un vehículo a otro. En caso de absoluta necesidad se hará en los lugares previamente autorizados por el Ayuntamiento. En todo caso, se procederá de manera que no se produzcan derrames ni malos olores. El transporte de los residuos sólidos urbanos a la planta de tratamiento se realizará el mismo día de su recogida, sin que, por tanto, puedan ser depositados estos residuos en otro lugar, ni quedarse en los vehículos de un día para otro. Los objetos de valor que el contratista encuentre durante la realización del servicio deberán ser entregados en las dependencias de la Policía Local.

2- La recogida de los residuos producidos durante la celebración de acontecimientos y actos

públicos, así como fiestas, verbenas, etc., también de forma selectiva (una vez implantada la recogida selectiva en origen), a indicación de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento, y en los horarios que se fijen en cada caso. Se adjunta como anexo IV el calendario festivo de Benifaió. El incremento del número de contenedores (refuerzos) en festividades y eventos o bien el aumento de la frecuencia de la recogida serán a cargo del concesionario.

3- La total recogida y limpieza de los puntos donde se ubican los contenedores para su posterior

vaciado en los camiones recolectores. En este sentido, las operaciones de recogida de residuos sólidos urbanos se efectuarán poniendo especial cuidado en no verter desperdicios ni residuos al suelo, viniendo obligados los operarios en todo caso, a la recogida inmediata de lo que accidentalmente se pudiera verter. Los contenedores, después de su vaciado y limpieza deberán ubicarse adecuadamente en el emplazamiento exacto inicial, con la tapadera cerrada y el freno accionado.

4- La recogida de los residuos producidos por la limpieza mecánica viaria (máquina barredora

mecánica), previo aviso del Ayuntamiento, los cuales serán depositados por el servicio de limpieza viaria en un contenedor de uso exclusivo para este tipo de residuos ubicado en lugar en el que se impida el vertido de otros residuos por parte de terceras personas.

5- La recogida y tratamiento adecuados de los animales domésticos muertos encontrados en las

vías públicas y espacios públicos municipales detectados por el propio servicio o a instancia del Ayuntamiento. El servicio podrá ser requerido fuera del horario normal de trabajo si la gravedad del caso lo requiere. La eliminación/ tratamiento de los restos se realizará de acuerdo con la normativa vigente en la materia. El precio de este tratamiento se incluirá en el servicio. Se aportarán en la memoria la preceptivas autorizaciones del gestor de este tipo de residuo, y se detallarán los medios empleados, el uso o destino de los mismos.

6- La limpieza de utensilios y vehículos empleados para el transporte de los residuos así como su

desinfección y desinsectación, en lugares autorizados para ello.

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7- La reposición, distribución y mantenimiento de los contenedores normalizados en las condiciones que se indican más adelante.

8- Cualquier otro servicio de recogida de residuos que en cada momento determine el

Ayuntamiento, y que, por sus características sean considerados asimilables a urbanos. 10. ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA NO SELECTIVOS Y TRANSPORTE A

PLANTA DE TRATAMIENTO: HORARIOS Y FRECUENCIAS

1. El servicio de recogida domiciliaria de los residuos se realizará mediante el sistema de recogida por contenedores normalizados, ubicados superficiales o soterrados. Se entiende la realizada mediante contenedores de 1.100 litros o de otra capacidad similar, mediante vehículos adecuados para poder realizar las operaciones de elevación y vaciado de los contenedores en el vehículo recolector y compactador de recogida basuras.

2. El servicio se prestará diariamente de lunes a sábados, inclusive. No se realizará el servicio los domingos y días festivos, según calendario laboral, a excepción que coincidan dos días festivos en cuyo caso se realizará el servicio uno de ellos.

3. El horario de realización del servicio será a partir de las 14,00 horas, a excepción de los LUNES Y DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A UN FESTIVO en que se adelantará el horario de recogida por la mañana a partir de las 8 horas. No obstante lo anterior, si las circunstancias lo justificaran, podrá variarse el horario previa aceptación por parte del Ayuntamiento.

4. Los residuos urbanos recogidos serán transportados y descargados en la planta de tratamiento autorizada.

5. Los itinerarios de recogida se programarán de manera que tengan la menor incidencia con el tráfico rodado.

6. El horario para la recogida de los residuos producidos durante la celebración de acontecimientos y actos públicos, así como fiestas, verbenas, etc., serán los indicados por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento.

7. El horario para la recogida de los residuos asimilables a urbanos de los polígonos industriales será la misma que para los residuos domiciliarios. Una vez implantada la recogida selectiva en origen, y para todas las industrias en polígonos industriales, en cuanto al régimen de recogida se estará a lo siguiente: contenedor fracción orgánica: recogida diaria excepto sábados, domingos y festivos; contenedor fracción resto: recogida una vez a la semana, siempre el mismo día de la semana, y a ser posible el viernes.

11. RECIPIENTES Y MEDIOS DE CONTENCIÓN DE BASURA NO SELECTIVA Aunque en la actualidad la gran mayoría de residuos sólidos urbanos no selectivos son recogidos mediante recipientes o contenedores normalizados DIN 30700, existen ya implantados, y en proyecto, contenedores del tipo soterrados. En relación con los contenedores superficiales, una vez implantada la recogida selectiva en origen las fracciones materia orgánica compostable y la fracción resto serán recogidas por separado. Para ello se dotarán de diferentes tipos de contenedores perfectamente diferenciados. Ello se extenderá al casco urbano, polígonos industriales y zonas o lugares que se determina. El concesionario dispondrá de los medios oportunos para la recogida de contenedores tipo soterrados.

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Sobre el plano de situación de los contenedores de basura no selectiva, el contratista irá introduciendo las modificaciones pertinentes en función de las altas, bajas o modificaciones de ubicación que vayan realizando a lo largo de la vigencia del presente contrato, al objeto de establecer un control exacto del número y emplazamiento de los contenedores adscritos al servicio. Serán obligaciones del concesionario: • Colocar y mantener adhesivos informativos, a todo color, en la totalidad de los contenedores.

El contenido de este cartel se hará según lo acordado por parte del Ayuntamiento. Las tareas de eliminación de los antiguos carteles correrá a cargo del concesionario.

• Realizar un inventario sobre el parque de contenedores adecuando el número y capacidad a

las necesidades reales. Este inventario será actualizado y entregada una copia en papel y en formato digital, anualmente, a los Servicios Técnicos Municipales con el fin de que éstos puedan inspeccionarlos siempre que lo estimen conveniente.

• La limpieza de los contenedores en los términos descritos en la cláusula 6.5. • La reposición, distribución y mantenimiento de los contenedores normalizados. Tanto el

mantenimiento de los contenedores normalizados para la recogida de residuos urbanos en el caso de utilización deficiente o deterioro normal por su uso (rotura de ruedas, tapa, enganches, freno, etc.) como su reposición en caso de mal estado o rotura correrá a cargo del concesionario.

Los contenedores serán distribuidos y reemplazarlos en caso de exposición al fuego, accidentes de circulación, robo, utilización deficiente, o deterioro normal por su uso. Repondrá los contenedores en el caso de deterioro por actos de vandalismo colectivo. El plazo de reposición será igual al del párrafo anterior. Cuando un contenedor se considere deteriorado, será obligación del concesionario su inmediata retirada de la vía pública substituyéndolo por un en perfecto estado de mantenimiento. Una vez el contenedor deteriorado esté en el parque central de la empresa o bien se reparará o bien se le dará de baja en función de si es posible o no su reparación. Una vez el contenedor esté dado de baja el concesionario lo tratará como residuo y lo gestionará a través de gestor autorizado. Respecto a los contenedores soterrados el concesionario deberá de prever el mantenimiento de todos los mecanismos para asegurar el correcto funcionamiento de los mismos. Todas las incidencias que se detecten respecto al mal estado y aspecto exterior de los contenedores se resolverán antes de 48 horas desde la notificación por parte del Ayuntamiento. El concesionario dispondrá de un stock de contendores nuevos, los cuales serán almacenados en un almacén municipal, para poder afrontar cualquier substitución en un número adecuado al ritmo de incidencias que se puedan producir. Como mínimo, este stock será de un 5% anual sobre el total de los contenedores instalados. El concesionario mantendrá en buen estado, tratándolos adecuadamente en los procesos de carga y descarga. Los trabajos de mantenimiento se realizarán sin alterar el servicio de recogida de residuos y sin reducir el volumen puesto a disposición de los vecinos. Los trabajos de mantenimiento se llevarán a cabo “in situ” o en los talleres de que disponga el concesionario.

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CAPITULO IV.- MEDIOS Y ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIO S DE LIMPIEZA VIARIA Y RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS 12. PROGRAMACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA Y

RECOGIDA DE RESIDUOS URBANOS Las empresas licitadoras presentarán un Plan de Organización del Servicio, en el que reflejarán con detalle las características de todos y cada uno de los servicios mencionados en este pliego con detalle pormenorizado del personal, vehículos, equipos, programas, itinerarios y horario. Se organizará el servicio dividiendo el ámbito de aplicación del mismo en zonas o sectores, estableciendo los itinerarios a realizar por cada equipo de trabajo, con los horarios de salida, previsión de finalización y dotación de personal por vehículo y zona. Se deberá de prever la solución de posibles problemas en calles o zonas en las que se el acceso del camión de recogida pueda resultar problemático (por roces en balconadas, giros dificultosos, etc.).

El plan de trabajo podrá ser variado a criterio en el caso que se indique por parte de los Servicios Técnicos Municipales. El contratista deberá de proveerse a su costa de toda clase de permisos o autorizaciones necesarias para la prestación de los servicios de acuerdo con la legislación vigente. El Ayuntamiento podrá exigir al concesionario la modificación, ampliación o reducción de los servicios contratados. En el caso de que una ampliación del Servicio conlleve un aumento de los medios a utilizar, este aumento se facturará a los precios unitarios vigentes. De no existir precios unitarios para los trabajos objeto de ampliación, se redactarán las oportunas actas de precios contradictorios. Las ampliaciones o reducciones del Servicio deberán ser aprobadas por el Ayuntamiento previo informe de los Servicios Técnico Municipales, y previo a la oportuna justificación y acreditación por parte del contratista, y sólo se incrementará el precio en la medida necesaria para costear dicho aumento. 13. PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURA NO SELECTIVA Y

LIMPIEZA VIARIA El personal que adscriba al servicio, procedente de la contrata anterior, deberá de ir provisto de uniforme a costa del contratista cuyas características deberán de figurar en las ofertas a efectos de su aprobación por el Ayuntamiento.

El personal guardará con el público las mayores consideraciones y realizará su cometido con la mayor diligencia y esmero. La falta de aseo, carencia de uniforme, descortesía con los ciudadanos por parte del personal adscrito al servicio será responsabilidad del contratista, reservándose el Ayuntamiento la facultar de solicitar su sustitución inmediata al contratista.

El personal que utilice el concesionario para la prestación de los servicios y que tenga relación el público, incluidos los conductores, deberá estar uniformados con la certificación de calidad CE (copia de la misma será remitida al Ayuntamiento), a costa del mismo, contando como mínimo con:

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a).- Para el verano con dos trajes de gabardina o tela similar, de color claro, con un distintivo que lleve la leyenda que se apruebe por la Corporación y el escudo del municipio, bien bordado o grabado en material plástico o metálico, con gorra o boina en las que deberá figurar el número del operario, y dos pares de sandalias. Este equipo durará como máximo dos temporadas. b).- Para el invierno con dos uniformes de tela apropiada, pana o similar, gorra de la misma tela y dos pares de botas bajas, con inclusión de la leyenda y escudo mencionado en el apartado anterior. Este equipo durará como máximo dos temporadas. En tiempo de lluvia el uniforme se completará con impermeable de color visible y botas de goma, con los mismos criterios de uniformidad y en cantidad suficiente para todo el personal. c).- El personal que realice servicios nocturnos irá provisto de suplementos reflectantes, unidos al uniforme, perfectamente visibles para los conductores de los vehículos a los efectos de evitar posibles accidentes. d).- En los casos en que la realización de servicios especiales de los mencionados en este Pliego exija la dotación de uniformes, equipos o accesorios especiales, el personal del servicio deberá ser provisto de los mismos a costa del concesionario. e).- El concesionario es responsable, así mismo, de que todo el personal esté equipado en todo momento con los medios de protección laboral que sean necesarios en función del tipo de trabajo que esté desarrollando y de acuerdo con la normativa vigente. 14. MEDIOS MATERIALES DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS NO SELECTIVOS Y

LIMPIEZA VIARIA Los licitadores quedan en completa libertad para ofrecer los vehículos, maquinaria, utensilios de trabajo e instalaciones necesarias para la perfecta prestación de los servicios de este contrato, dentro de los parámetros de calidad mínima indicados en este pliego y siempre que ello no redunde negativamente en la calidad del servicio, los cuales serán propiedad del adjudicatario. En el caso de utilizar vehículos que se utilicen en otros municipios, los consiguientes ahorros económicos en la amortización de los equipos se cuantificarán a la baja en el precio global del contrato. En el caso de que el Ayuntamiento recepcione equipos móviles de la actual concesionaria, éstos se podrán poner a disposición del adjudicatario, con el consiguiente ahorro en el precio del servicio, y siempre previo al correspondiente estudio económico aprobado por el órgano competente. A título orientativo se indica que a fecha de 31 de diciembre de 2011 el importe que queda por amortizar del camión recolector (adquirido en el año 2007 en régimen de nuevo) es de unos 48.418,95 € y de la barredora A60 (adquirida también en régimen de nueva en 2007) es de 30.555,90 €. En las proposiciones se hará constar detalladamente cada uno de los elementos que utilice en los servicios, especificando claramente las características técnicas, aportando fotografías, etc., al objeto de aportar al Ayuntamiento el mayor conocimiento posible de los mismos. Asimismo los licitadores dispondrán de los medios necesarios para las substituciones de equipos en cualquier circunstancia como por ejemplo operaciones de mantenimiento, averías, etc. Antes del comienzo del servicio, la empresa adjudicataria deberá de indicar el número de matrícula de los vehículos de recogida de residuos y transporte a la planta de tratamiento, a efectos del control del pesaje del depósito de los residuos en la planta de tratamiento. Los vehículos que se utilicen para la recogida de los residuos urbanos deberán de ser herméticos, de carga contínua, sistema de compresión y compactación, carga trasera y contar con dispositivos automáticos elevacontenedors para contenedores DIN 30700 y toma hidráulica para la recogida

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de contenedores soterrados (enchufe rápido). La caja de los vehículos de recogida y transporte de los residuos sólidos urbanos será de aleación especial inoxidable o bien estará protegida con pinturas anticorrosivas. El diseño será tal que permita su fácil lavado, tanto interior como exterior. La barredora mecánica responderá a primeras calidades en el mercado y se deberán ajustar, bajo el punto de vista del rendimiento y efectividad, tanto a la tipología de las vías públicas del casco urbano como a las avenidas. Deberá de disponer de tercer brazo extensible y manguera a presión. Los gastos de combustible, conservación y mantenimiento de los equipos móviles de la contrata será entera responsabilidad del contratista, tanto en lo que se refiere a motores, equipos neumáticos e hidráulicos, chapas, carrocerías y combustible. Los vehículos de recogida de residuos cumplirán todos los preceptos que se señalen en el Código de Circulación vigente para su libre circulación en la vía pública y dispondrán de todas las medidas de seguridad reglamentarias. En cualquier caso, los medios móviles empleados deberán cumplir en cada momento la normativa ambiental exigible (emisión de humos, ruidos…), adoptar la solución menos agresiva con el medio ambiente, emplear en lo posible fuentes de energía alternativa siempre que resulten rentables y de eficacia contrastada, aplicar soluciones tecnológicamente más avanzadas de probada eficacia y seguridad. Las especificaciones técnicas sobre seguridad, sanidad e higiene, de todos los vehículos y medio móviles, deberán ajustarse a la normativa comunitaria CE aplicable en la materia. Copia de dicho certificado deberá de remitirse al Ayuntamiento. Para los trabajos de limpieza viaria se utilizarán carritos apropiados con depósitos intercambiables y dotados del material y accesorio necesario como cepillos, escobas, recogedoras, etc. Los productos desinfectantes utilizados serán biodegradables, debiendo de aportar la ficha de seguridad de estos productos al Ayuntamiento. La Corporación Municipal, discrecionalmente podrá incrementar, a su costa, el número de papeleras que serán, en su caso entregadas para su uso y explotación al concesionario, siendo de su cuenta la reposición y limpieza de las mismas. Para la custodia y mantenimiento de los vehículos, el concesionario dispondrá de los locales destinados a garaje, a menos de 10 Km del término municipal de Benifaió, que deberá de tener las dimensiones apropiadas de capacidad para el uso previsto y estar dotado de los elementos necesarios para el buen mantenimiento y conservación de los vehículos, consistentes entre otros, en engrase y cambio de aceite, área de lavado, talleres, almacenes, etc. En el plazo de un mes desde la formalización del contrato, la empresa elaborará y facilitará al Ayuntamiento un inventario completo de todos los medios móviles, principales o accesorios, utilizados para la prestación de los servicios, los cuales deberán de ser identificados en el inventario con el número de matrícula, bastidor, etc. Este inventario se mantendrá al día, efectuando las inclusiones y exclusiones que procedan, de las que, en todo caso, el concesionario dará cuenta al Ayuntamiento en el momento en que se realicen. 15. ORGANIZACION DE LOS SERVICIOS La Dirección de los servicios corresponderá al concesionario, el cual deberá designar un jefe de servicio con la formación y experiencia adecuada, para que le represente ante el Ayuntamiento en todo lo concerniente a los servicios, el cual tendrá poder suficiente para tomar las decisiones que exige su prestación sin que los mismos puedan verse afectados por falta de capacidad decisoria ya sea legal o formal. El jefe de servicio controlará el buen funcionamiento de los servicios, y atenderá en todo momento los avisos e indicaciones que los servicios del Ayuntamiento

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consideren convenientes. Al mismo tiempo facilitará información detallada de los trabajos realizados y de las incidencias habidas. Deberá de estar permanentemente localizable y despachar, sin excusa, con el Ayuntamiento de Benifaió, cuando éste así lo requiera, siempre que su convocatoria se haya realizado con veinticuatro horas de antelación, o en su defecto delegar en persona con similar poder de decisión, o lo más inmediato posible en situaciones graves que pudieran considerarse de urgente tratamiento. El personal responsable de la contrata, tanto en su aspecto administrativo como técnico y a pie de calle, dispondrá de teléfono móvil para su uso dentro de los servicios. La empresa concesionaria mantendrá una línea telefónica, de fax y correo electrónico para la comunicación con el Ayuntamiento. Todas las indicaciones que al respecto el Ayuntamiento de Benifaió crea necesarias, serán dirigidas al jefe del servicio, sin perjuicio de poderlas dirigir a la dirección de la empresa. El coste de dicho jefe de servicios será por cuenta exclusiva del contratista. El Ayuntamiento podrá redactar y aprobar cuantos reglamentos de servicios estime oportunos que completen este pliego de condiciones, y que, siempre que no se opongan a lo estipulado en él, será de obligado cumplimiento para el concesionario. CAPITULO VI.- DEL CONTROL DE LAS NORMAS Y CALIDAD D E LOS SERVICIOS 16. INSPECCIÓN DE LOS SERVICIOS 1.- El Ayuntamiento ejercerá la función inspectora de los servicios. La inspección del servicio la ejercerá la delegación municipal correspondiente, a través de los servicios técnicos municipales. En ejercicio de tal facultad, el Ayuntamiento podrá dictar cuantas disposiciones redunden en la mejora de los servicios, las cuales estará obligado a cumplir el adjudicatario, sin perjuicio de los derechos que le amparan conforme lo establecido en los pliegos que rigen este concurso y en la normativa general aplicable. El adjudicatario dará toda clase de facilidades a los técnicos municipales, permitiéndoles la libre entrada a sus instalaciones y acceso a los documentos relativos a la prestación del servicio. 2.- La contrata contará entre su personal con la menos un encargado responsable de la contrata, coste del cual correrá a cargo del adjudicatario. 3.- Por otra parte, la presencia diaria de los operarios en sus respectivos sectores e itinerarios, convierte a éstos (sobre todo a los que realizan labores de barrido manual) en elementos muy importantes, tanto para la limpieza pormenorizada como para la inspección del estado general de las zonas. Los servicios deben de ser diseñados para conseguir una limpieza integral de todo su ámbito, y no cabe el que sea confeccionado como una serie de servicios independientes unos de otros, cada uno con su cometido particular. Por tanto, el resto de los trabajadores de la contrata tendrán como parte de su cometido, además del trabajo normalmente asignado, el de la inspección dentro de su área de actuación en el sentido siguiente:

− Corregirán situaciones no deseadas como puedan ser cerrar tapas de contenedores abiertos, colocar en su sitio contenedores desplazados, frenar los contenedores libres, introducir bolsas de residuos depositadas fuera de los contenedores, etc.

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− Darán parte a su superior sobre situaciones a corregir, como contenedores rotos o desaparecidos, muebles u otros residuos depositados en la vía pública varios días, contenedores desbordados, existencia de suciedad que no pueden ser recogida con los medios habituales, etc.

17. NIVEL DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS El Ayuntamiento, a través de su función inspectora y demás herramientas que se habilitan en este pliego, evaluará en todo momento el nivel de calidad obtenido por los servicios prestados, entendiendo dicho nivel de calidad como el grado de cumplimiento de los pliegos de condiciones y la oferta del licitador, y por el grado de satisfacción d los ciudadanos y del propio Ayuntamiento. En materia de infracciones y sanciones se estará en lo dispuesto en la cláusula vigésima segunda del Pliego de Condiciones Administrativas Particulares. Sin perjuicio de lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas, tendrán consideración de faltas:

− Los incumplimientos de las obligaciones que se derivan del contenido de este pliego. − La prestación de servicios de forma impuntual, parcial o deficiente. − La descortesía, maltrato y molestias que la persona pueda causar a terceros con motivo

de la prestación de los servicios. El adjudicatario será el único responsable de las faltas cometidas y de los posibles daños a terceros que de ellas se deriven, así como de los daños que cometan los operarios o los medios empleados en el ejercicio de sus funciones. La empresa estará obligada a subsanar las deficiencias que originan la falta y a reparar cualquier daño ocasionado, con independencia de las sanciones que puedan corresponder en base a lo dispuesto en este pliego y la legislación aplicable.

18. DOCUMENTOS DE CONTROL

1.- Con la finalidad de controlar el funcionamiento de los servicios y nivel de calidad obtenido, la empresa adjudicataria entregará al Ayuntamiento, la siguiente información debidamente sellados y firmados por el responsable del servicio, con la periodicidad que se señala:

a) Partes de trabajo, los cuales se remitirán, semanalmente, a través del correo electrónico.

b) Informe mensual, con propuestas de instalación y/o cambios de ubicación de contenedores y de las incidencias que se produzcan, con indicación de las causas que motiven las reposiciones. A este informe se adjuntará los partes de altas y bajas en el que se recogerán las variaciones del personal y los partes de averías, en el que se reseñarán las averías sufridas por el material móvil y mecánico afecto a la contrato, cuando se produzcan, así como las medidas adoptadas. Se adjuntará al parte cuadro resumen de pesajes llevados a punto de destino. Este informe mensual se remitirá al Ayuntamiento durante la primera quincena de mes siguiente.

c) Memoria anual de actuaciones de los servicios. Será presentada al Ayuntamiento a finales de enero del año siguiente. Esta memoria contendrá, como mínimo, los siguientes datos:

− Medios mecánicos de la contrata y datos estadísticos: kilometrajes, consumos, averías, accidentes, reparaciones, etc.

− Medios humanos y datos estadísticos: personal y dedicación, horas trabajadas, altas y bajas, absentismo, siniestralidad, formación, etc.

− Residuos recogidos: tonelajes por meses, viajes a planta de tratamiento, etc.

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− Carencias de los servicios: defectos detectados en los servicios y propuesta de soluciones. − Calidad del servicio: valoración de la empresa del nivel de calidad alcanzado, causas de

los posibles niveles bajos y soluciones. − Propuestas de mejora de los servicios y valoración económica, en su caso.

CAPITULO VII.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS TÉCNICAS 19. MEMORIA DEL SERVICIO Con independencia de la documentación exigida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y con la finalidad de conocer y valorar las proposiciones que se presenten a esta contratación, los licitadores deberán de presentar una memoria, la cual será clara y precisa, en la que se detallará claramente todos aquellos aspectos señalados en este pliego de prescripciones técnicas. No se tendrán en cuenta a efectos de su consideración y valoración aquellos aspectos que sean incompletos o confusos que puedan inducir a error.

En la memoria del servicio deberá de versar sobre los siguientes aspectos: 1. Recursos humanos: estructura y organización de la empresa, personal de la contrata,

indicando la categoría profesional, dedicación total o parcial y horas de jornada en ese caso. La plantilla que cubra los puestos de trabajo deberá dimensionarse de forma que queden garantizadas las suplencias por vacaciones y absentismo.

2. Características técnicas de los equipos móviles y otros medios materiales 3. Instalaciones fijas 4. Descripción de cada uno de los servicios ofertados, recursos humanos, técnicos y materiales,

metodologías empleadas y autorizaciones pertinentes, así como cualquier otra información que el licitador estime oportuna con el fin de llegar a un mejor conocimiento de la oferta presentada. Se incluirá en este apartado la documentación preceptiva en relación con la gestión de animales muertos.

5. Precio total anual de los servicios, como resultado de los precios descompuestos de cada uno de los servicios ordinarios, costes indirectos, gastos generales, beneficio e IVA.

20. MEJORAS Opcionalmente podrán acompañarse mejoras (0-35 puntos) a la realización del servicio que el contratista proponga incluidas dentro del precio del contrato, las cuales deberán de valorarse económicamente. Podrán incluirse en este apartado:

A) Contenedores de basura de material reciclado, de polietileno, de 1.000 litros de capacidad y tapa plana, para renovación de los deteriorados y/o para stock en caso de necesidad para acontecimientos (hasta 15 puntos)

B) Jornadas de limpieza viaria en festivos de la zona centro del casco urbano (hasta 10 puntos).

C) Campaña de concienciación ciudadana en relación con los residuos urbanos y los excrementos de animales (hasta 10 puntos).

21. OTRAS CONDICIONES DEL SERVICIO En las demás condiciones del contrato se estará al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de los servicios.

Benifaió, 11 de noviembre de 2011 LA TÈCNICA DE MEDI AMBIENT

Helga Lis Martínez

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RELACIÓN DE ANEXOS Anexo I. Plano del ámbito territorial de los servicios Anexo II Plano de situación del mercado ambulante Anexo III. Planos con ubicación de contenedores de recogida de residuos sólidos y ruta

— Núcleo urbano — Polígonos industriales (Jaume I y Font de Mussa) — Urbanizaciones (Pla de les Clotxes, Sant Pere y Colònia Santa Anna)

Anexo IV. Calendario de fiestas locales.

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ITINERARIO RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

URBASER 2011 NÚCLEO URBANO Salida C/ Picassent (nave), C/ Espioca, C/ Mendoza, C/ Sant Pere, C/ Cruz, C/ Cavallers, Av. Reis Catòlics, Av. Caixa d’Estalvis, C/ Almussafes, C/ Vicente Medina, C/ San José de Calasanz, C/ Regino Mas, Av. Reis Catòlics, C/ Dr. Juan José Llorca, C/ Vela, Av. Papa Joan XXIII, C/ Almussafes, Av. Caixa d’Estalvis, C/ La Font, Av. Reis Catòlics, C/ Mistral, C/ Ronda Sisena, C/ Jose Gadea, C/ Dels Furs, C/ Nou, C/ Vicente Marí, C/ Cavallers, Plaça Progrés, C/ Cavallers, C/ Abadia, Plaça Sant Antoni, C/ San Vicent, C/ Mendoza, C/ Sant Carles, Plaça de l’Estació, C/ Sant Marcial, C/ Ermita, Plaça Josep Rovira, C/ Trullàs, Av. Germanies, C/ Atarassanes, C/ Portelles, C/ Santa Bárbara, C/ San Fernando, C/ Xàtiva, Av. Ausiàs March, Mestra Pepita Oliver, C/ Arquitecte Artal, Plaça Blasco Ibáñez, C/ Quevedo (marcha atrás), Av. Germanies, C/ Trullàs, C/ Juan Ramón Jiménez, C/ Santa Bárbara, Carretera Almussafes – Algemesí, Camí de la Marjal, C/ Vicente Martí, C/ Santa Bárbara, C/ Major, C/ Almussafes, Av. Caixa d’Estalvis, C/ Vela, C/ Llevant, C/ Juan Ramón Jiménez, Av. Miguel Hernández, C/ Andrés Carreres Músic, C/ Espartero, C/ Andrés Carreres Músic, C/ Llevant, Av. Europa, Av. Caixa d’Estalvis, C/ Severo Ochoa, Institut, C/ Cavallers, Av. Reis Catòlics, C/ Sant Vicent, C/ Canyar. POLÍGONO INDUSTRIAL FONT DE MUSSA C/ Gamasseta, C/ Campellos, C/ Escopalls, C/ Covetes, C/ Font de l’Almaguer POLÍGONO INDUSTRIAL JAUME I Barri Mussa, C/ Pere el Gran, C/ Llombai, C/ Montroi, C/ Catadau, Av. Jaume I, Travessia Jaume I, Final C/ Alginet

Page 24: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE JUNTO CON EL …€¦ · plaza major, 15 – 46450 benifaiÓ – tel. 96 178 10 1 9 – fax. 96 179 41 38 – cif. p-4606000-j pliego de prescripciones

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ANEXO VII CALENDARIO DE ACTOS FESTIVOS

Se incluyen en este anexo los actos festivos celebrados durante el año 2011. Esta recopilación no posee carácter exhaustivo, pudiendo variar en más o menos en años venideros.

DENOMINACIÓN FECHA DE CELEBRACIÓN

ACTIVIDADES

Cabalgata de Reyes 5 de enero

Sant Antoni del Porquet 23 de enero Bendición de animales

Fallas 7 de marzo Cabalgata

Trobada motera 11 y 12 de junio C/ San José de Calasanç

Final de curso 14 y 24 de junio

Limpieza de patios de las escuelas en los que se realizan las cenas

Fiestas patronales de Benifaió

Segunda quincena de agosto

Procesó del Foc Cordaes Limpieza de patios de las escuelas en los que se realicen actos festivos. Limpieza de recorridos de procesiones Cabalgata de los festeros

Pruebas deportivas

2 jornadas al año, a indicar por el Ayuntamiento

Limpieza de recorridos de carreras o otros eventos deportivos