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CONCEJALIA DE DEPORTES. Ayuntamiento de Colmenar Viejo. C/ Huertas, 55. Colmenar Viejo 28770 Madrid. CIF: P2804500C 1 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LA GESTIÓN DE LA ZONA DE GOLF, INCLUYENDO SUS CORRESPONDIENTES VESTUARIOS, TIENDA, BAR Y CAFETERIA; PISTAS DE TENIS, PADEL, INCLUYENDO PLANTA ALTA DEL EDIFICIO DE VESTUARIOS, CON GIMNASIO, Y TIENDA; PABELLÓN CUBIERTO; PISTA DE FOOTING; ZONAS RECREATIVAS Y LA TOTALIDAD DE LAS ZONAS COMUNES, COMO APARCAMIENTO Y VIALES DE LA CIUDAD DEPORTIVA MUNICIPAL”JUAN ANTONIO SAMARANCH” 1.- OBJETO DEL CONTRATO El presente pliego de condiciones tiene como objeto definir las condiciones en que se prestarán los servicios de la ZONA DE GOLF, incluyendo sus correspondientes VESTUARIOS, TIENDA, BAR y CAFETERIA; PISTAS DE TENIS, PADEL, incluyendo PLANTA ALTA DEL EDIFICIO DE VESTUARIOS (excepto la sede social del C.D.E.E.F. Siete Picos) con GIMNASIOS y TIENDA; PABELLÓN CUBIERTO; PISTA DE FOOTING; ZONAS RECREATIVAS y LA TOTALIDAD DE LAS ZONAS COMUNES, como APARCAMIENTO y VIALES de la CIUDAD DEPORTIVA MUNICIPAL “JUAN ANTONIO SAMARANCH”, cuya gestión se encomendará a la empresa que resulte adjudicataria en el procedimiento abierto. 2.- DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES OBJETO DEL CONTRATO 2.1.- ZONA DE GOLF 2.1.1.- Campo de golf de 9 hoyos, recorrido de Pitch & Putt con distancias entre 55 y 90 m. en cada hoyo. 2.1.2.- Pista de prácticas de golf: aproximadamente de 200 m. de largo por 100 m. de ancho 2.1.3.- Edificio: planta superior: 31 puestos de prácticas (713,76 m 2 ) planta baja: 31 puestos de prácticas (739,07 m 2 ) edificio ocio: Dotado con: vestíbulo (22,14 m 2 ) tienda (52,89 m 2 ) cafetería-restaurante (307,43 m 2 ) cafetería cocina 2 aseos Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento de Colmenar Viejo - https://carpeta.colmenarviejo.es/GDCarpetaCiudadano - Código Seguro de Verificación: 28770IDOC2BA79C74471C4D44E97 NOMBRE: Jesús Molina García PUESTO DE TRABAJO: Director Servicio Municipal de Deportes FECHA DE FIRMA: 17/12/2014 HASH DEL CERTIFICADO: B7D411F4F46A5421C74EFECC21A80DA527B08C78 28770IDOC2999056029E46BB4888 29 de diciembre de 2014

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CONCEJALIA DE DEPORTES. Ayuntamiento de Colmenar Viejo. C/ Huertas, 55. Colmenar Viejo 28770 Madrid. CIF: P2804500C

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LA GESTIÓN DE LA ZONA DE GOLF, INCLUYENDO SUS CORRESPONDIENTES VESTUARIOS, TIENDA, BAR Y CAFETERIA; PISTAS DE TENIS, PADEL, INCLUYENDO PLANTA ALTA DEL EDIFICIO DE VESTUARIOS, CON GIMNASIO, Y TIENDA; PABELLÓN CUBIERTO; PISTA DE FOOTING; ZONAS RECREATIVAS Y LA TOTALIDAD DE LAS ZONAS COMUNES, COMO APARCAMIENTO Y VIALES DE LA CIUDAD DEPORTIVA MUNICIPAL”JUAN ANTONIO SAMARANCH”

1.- OBJETO DEL CONTRATO

El presente pliego de condiciones tiene como objeto definir las condiciones en que se prestarán los servicios de la ZONA DE GOLF, incluyendo sus correspondientes VESTUARIOS, TIENDA, BAR y CAFETERIA; PISTAS DE TENIS, PADEL, incluyendo PLANTA ALTA DEL EDIFICIO DE VESTUARIOS (excepto la sede social del C.D.E.E.F. Siete Picos) con GIMNASIOS y TIENDA; PABELLÓN CUBIERTO; PISTA DE FOOTING; ZONAS RECREATIVAS y LA TOTALIDAD DE LAS ZONAS COMUNES, como APARCAMIENTO y VIALES de la CIUDAD DEPORTIVA MUNICIPAL “JUAN ANTONIO SAMARANCH”, cuya gestión se encomendará a la empresa que resulte adjudicataria en el procedimiento abierto.

2.- DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES OBJETO DEL CONTRATO

2.1.- ZONA DE GOLF

2.1.1.- Campo de golf de 9 hoyos, recorrido de Pitch & Putt con distancias entre 55 y 90 m. en cada hoyo.

2.1.2.- Pista de prácticas de golf: aproximadamente de 200 m. de largo por 100 m. de ancho

2.1.3.- Edificio:

• planta superior: 31 puestos de prácticas (713,76 m2)

• planta baja: 31 puestos de prácticas (739,07 m2)

• edificio ocio: Dotado con:

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CONCEJALIA DE DEPORTES. Ayuntamiento de Colmenar Viejo. C/ Huertas, 55. Colmenar Viejo 28770 Madrid. CIF: P2804500C

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restaurante

terraza cubierta

terraza descubierta

zona ajardinada

vestuario

• vestuarios de usuarios y almacén para maquinaria y material para el mantenimiento de la instalación

2.1.4.- 2 Putting greens: aproximadamente, 500 y 700 m2, respectivamente.

2.1.5.- Zona de entrenamiento de Bunkers

2.2.- PABELLÓN POLIDEPORTIVO CUBIERTO

2.2.1.- Pista polideportiva de aproximadamente 50 x 37 m. Divisible mediante cortinas en tres pistas Dotada de gradería fija y telescópica. Equipada con pavimento de tarima de madera.

2.2.2.- Sala de fitness de, aproximadamente, 384 m2. (9,15m x 42m), equipada con máquinas y aparatos de musculación y para ejercicios de entrenamiento cardiovascular

2.2.3.- 4 vestuarios de equipo

2.2.4.- Vestuarios de árbitros

2.2.5.- Dependencias auxiliares

2.3.-.PLANTA ALTA DEL EDIFICIO DE VESTUARIOS

4 vestuarios colectivos: Completamente equipados, incluidas las taquillas

Vestuario monitores-árbitros

Sala de enfermería

Despacho de control y administración.

Tienda (28,64m2)

Sala polivalente y sala auxiliar (226m2: 21,2m x 10,7m)

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CONCEJALIA DE DEPORTES. Ayuntamiento de Colmenar Viejo. C/ Huertas, 55. Colmenar Viejo 28770 Madrid. CIF: P2804500C

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2.4.- PISTA POLIDEPORTIVA (44 x 22 m.)

2.5.- 6 PISTAS DE TENIS

2.6.- 12 PISTAS DE PADEL: con paredes de cristal (8 descubiertas y 4 cubiertas)

2.7.- PISTA DE FOOTING: de una longitud aproximada de 1.200 m., dotada a lo largo de su recorrido de algunos aparatos para la realización de ejercicios físicos.

2.8.- ZONAS RECREATIVAS: existe un área en el extremo sur de la instalación equipada con canastas y porterías; y otra zona entre las pistas de tenis y pádel y la zona de tiro con arco, en el interior del circuito de footing, dotada de canastas y otros aparatos

Se adjuntan planos de las instalaciones objeto del contrato

3.-GESTIÓN INTEGRAL DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS

En el desarrollo de la gestión y explotación del complejo deportivo, el concesionario llevará a cabo la gestión integral de la instalación que comprenderá todos los aspectos necesarios, encaminados al perfecto funcionamiento de cada una de las dependencias objeto del procedimiento y en especial a:

• Mantenimiento y conservación de las instalaciones objeto del contrato.

• Colaboración en el control y vigilancia de las zonas de la instalación conveniadas con clubes (campos de fútbol y pistas de atletismo con sus correspondientes vestuarios, sede del club del área central y zona de tiro con arco).

• Mantenimiento de toda la vegetación (césped, árboles, arbustos y jardinería) en el estado más saludable posible.

• Reposición de las zonas dañadas y subsanación de daños y pérdidas en la vegetación.

• Mantenimiento, conservación y reparaciones necesarias de los sistemas de riego y drenaje con el fin de asegurar un correcto funcionamiento y su máxima perdurabilidad en óptimas condiciones.

• Suministros y consumos necesarios para mantener en correcto funcionamiento las instalaciones.

• Suministro e instalación de todos los equipos, máquinas y equipamiento en general necesarios para el correcto funcionamiento de todas las instalaciones que componen el Centro Deportivo y que

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CONCEJALIA DE DEPORTES. Ayuntamiento de Colmenar Viejo. C/ Huertas, 55. Colmenar Viejo 28770 Madrid. CIF: P2804500C

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no dispone el complejo en su entrega (ordenadores, tornos, mesas, etc.).

• Mantenimiento y conservación de la maquinaria y equipamientos necesarios para el funcionamiento de las instalaciones.

• Dentro de las prestaciones de la instalación se incluirán los primeros auxilios de los usuarios de toda la Ciudad Deportiva, y se incluirá en la inversión del material necesario del que no esté dotada la instalación para atender dicho servicio.

• Atención e información al público del Reglamento de utilización de instalaciones y servicios deportivos municipales, sobre normas, condiciones de acceso, divulgación y propaganda de la instalación y de todos los servicios que en ella se ofrecen. Asimismo se deberá informar y publicitar cualquier otro servicio, campaña o datos que el Ayuntamiento encomiende.

• Atención al público en vestuarios y equipamientos deportivos.

• Limpieza, vigilancia y control de las instalaciones, incluido equipos necesarios para su buena ejecución (máquinas de limpieza, escaleras, detectores de presencia, alarmas, etc.).

• Recaudación de cobros por servicios.

• Contratación y gestión de personal necesario para la prestación de todos los servicios ofertados y su adecuación al uso.

• Promoción de actividades y acciones publicitarias.

El concesionario explotará las instalaciones conforme su naturaleza, debiendo prestar los servicios objeto de este contrato con la continuidad convenida, asumiendo el riesgo económico de su gestión, y en los términos establecidos en los pliegos, la oferta del adjudicatario y la normativa que sea de aplicación, debiendo velar en todo momento por el buen funcionamiento del servicio.

El concesionario solo podrá subcontratar aquellos servicios que se consideren accesorios a la prestación principal que el adjudicatario debe prestar en la instalación, pudiendo ser estos, entre otros, la explotación del bar-restaurante, la limpieza y aquellos otros servicios que se realicen de forma puntual o temporal. El concesionario deberá informar al Ayuntamiento, que conforme con estos criterios, deberá dar previo visto bueno de todos y cada unos de los servicios que sean realizados en la instalación por personal que no haya sido directamente contratado laboralmente por el adjudicatario.

El concesionario deberá proyectar la imagen del Ayuntamiento a todos los ciudadanos y usuarios del servicio en cuantos medios de comunicación, difusión e información esté presente haciendo mención expresa del carácter municipal de las instalaciones.

El concesionario deberá hacer figurar en todos los locales, establecimientos y demás elementos de forma visible la mención: AYUNTAMIENTO DE COLMENAR

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VIEJO, CIUDAD DEPORTIVA MUNICIPAL.”JUAN ANTONIO SAMARANCH”. Todo ello sin perjuicio de que figure debajo la razón social de la empresa concesionaria o marca comercial que decida el concesionario y apruebe la comisión de seguimiento.

Igualmente en toda publicidad e información al usuario deberá hacerse constar la condición de Instalación Deportiva Municipal, con este fin el concesionario deberá informar de sus actuaciones en este sentido y consultar con la Concejalía de Deportes la forma en la que en cada caso se debe plasmar esta información.

4.- SEGURIDAD, ADMINISTRACIÓN, CONTROL E INFORMACIÓN

El concesionario abrirá y cerrará las instalaciones en el horario que establezca el Ayuntamiento.

En todo momento, durante el desarrollo de la concesión vigilará la instalación y todas sus dependencias, estando obligado a informar de las posibles anomalías que se observen al Concejal responsable de Deportes y adoptando todas las medidas que fueran necesarias para garantizar el buen funcionamiento de todas y cada una de las instalaciones. Deberá cumplir y velar por el cumplimiento del Reglamento de Instalaciones Deportivas Municipales. Asimismo, impedirá la entrada al recinto a toda persona o grupo que por su comportamiento pueda enturbiar o alterar las normas de funcionamiento y el buen uso de las instalaciones siempre según su prudente juicio, para lo que si fuera preciso podrá solicitar la presencia de la Policía Local en apoyo de las decisiones que adopte.

El personal será el suficiente para cubrir de lunes a domingos los turnos de mañana y tarde teniendo como responsabilidad básica el control de acceso, administración, información y atención a los usuarios sin perjuicio de realizar los siguientes trabajos específicos:

• Informar al usuario del Reglamento de utilización de instalaciones y servicios deportivos municipales y de las normas de régimen interno establecidas, así como la exposición de las mismas en la entrada y en el interior de las instalaciones.

• Informar y publicitar a usuarios y público de la instalación de cualquier servicio, campaña o datos que el Ayuntamiento encomiende.

• Conocer las normas de régimen interno, respetar y hacer cumplir su contenido tanto por parte del personal afecto al servicio como por los usuarios,

• La asistencia sanitaria de los usuarios, así como cualquier urgencia que pudiera ocurrir en las instalaciones.

• Asegurar en todo momento que el número de usuarios que permanezcan en cada una de las zonas de la instalación, no supere el aforo máximo establecido por norma o adecuado a las condiciones que garanticen la seguridad de los usuarios y visitantes del complejo y de cada una de sus instalaciones.

• Atender las llamadas telefónicas que se reciban en el centro.

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• Atender al público, recibir reclamaciones, suministrar información sobre el funcionamiento general, cuotas, horarios, servicios, cursillos...

• Cumplimentar la documentación administrativa que a tal efecto le sea ordenada por el Ayuntamiento, así como la preparación de material y pedidos, y en particular, todo lo referido a fichas, inscripciones, altas, bajas, documentación acreditativa de la identidad de los usuarios, cursillos y cuanta demás documentación se requiera para el buen funcionamiento de las instalaciones.

• Comprobar la existencia diaria de cambio (monedas) e impresos y registros de caja.

• Dirección y control de la distribución y venta de entradas y servicios para el personal usuario de las instalaciones.

• Organización, gestión y distribución de abonos.

• Atender el control de accesos.

• Cumplir y velar por el cumplimiento de todas las normas de régimen interno y utilización de las instalaciones por parte de los usuarios.

• Mantener el orden en la totalidad del complejo deportivo y cuidar que cada usuario, grupo, entidad o club se ajuste en el uso de las instalaciones a los horarios asignados o pactados.

• Responsabilizarse de llaves de apertura de todas las áreas deportivas.

• Ordenar la circulación adecuada de los usuarios por las instalaciones, en función de las actividades a las que asistan, especialmente por vestuarios, aseos y taquillas.

• Responsabilizarse de la distribución y control del uso de las taquillas y demás elementos de guardarropa por parte de los usuarios, así como de la recogida y control en su caso de vestuarios y otros enseres.

• Impedir el acceso a personas no autorizadas y custodiar la ropa y enseres depositados (excepto joyas, dinero, móviles......)

• Cuidar el estado tanto de los equipos de uso propio del centro como de aquellos que se presten a los usuarios, controlando su utilización y posterior devolución.

• Cuidar y mantener en buen estado todo el material del Ayuntamiento existente en la instalación.

• Todas aquellas funciones, como encendido y apagado de luces, colaboración en periodos de baja actividad en labores de limpieza y mantenimiento y otras que les fuesen encomendadas por el Ayuntamiento.

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• El concesionario se acogerá a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos personales.

El concesionario asumirá el coste de todos los gastos administrativos, teléfono, internet y comunicaciones en general.

5.- LIMPIEZA DE INSTALACIONES

La empresa concesionaria tendrá como responsabilidad básica mantener en perfecto estado de limpieza y decoro todas las instalaciones adscritas al servicio, cumpliendo en todo momento con las condiciones higiénico-sanitarias y de cualquier tipo que establezca la normativa de aplicación tanto en lo referido a usuarios como a trabajadores. En todo momento, durante el desarrollo de la concesión, el complejo estará en perfecto estado de limpieza: vestuarios, duchas, servicios, salas deportivas, gimnasios, cafeterías, vestíbulos, terrazas, enfermería, almacenes, pistas, taller, etc. Para ello se emplearán por cuenta del concesionario los medios personales y materiales precisos, sin dañar las instalaciones ni perjudicar a los usuarios.

Así, durante el periodo de funcionamiento de la instalación, las diferentes dependencias y servicios deberán limpiarse y desinfectarse diariamente, debiendo emplear para ello los más modernos productos químicos y maquinaria capaces de eliminar bacterias, hongos, insectos y cualquier microorganismo que pueda proliferar en este tipo de edificios.

Se presentará un protocolo con el objeto de distribuir y racionalizar la limpieza de los distintos servicios de que consta el complejo. En dicho protocolo se recogerán dos tipos de limpieza: la ordinaria y la general, encuadradas en ciclos repetitivos dependiendo de las necesidades. La frecuencia de realización del servicio de limpieza será repartida de forma diaria, semanal y mensual, programándose limpiezas generales.

• Diaria: despachos de administración, gimnasio, salas deportivas, vestuarios, aseos, enfermería, accesos exteriores e interiores, almacén de materiales, vestíbulos, aseos, papeleras, cafetería....

• Semanal: Limpieza de cristales, mamparas interiores y exteriores, puertas, ventanas, persianas... Desinfección de arquetas.

• Mensual: Salas de calderas, fachadas.

En general, las limpiezas de las instalaciones se efectuarán con antelación suficiente para que dichos trabajos estén finalizados antes del horario de apertura a los usuarios.

El personal encargado de la realización del servicio de limpieza deberá rellenar diariamente un parte de trabajo en el que se haga constar los trabajos realizados y su tiempo de ejecución.

Deberá realizarse por lo menos una limpieza general anual de toda la instalación.

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6.- MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LAS INSTALACIONES

El concesionario deberá realizar todas aquellas labores que aseguren el correcto mantenimiento y conservación del complejo, incluyendo los edificios, zonas abiertas cubiertas y áreas al aire libre, así como toda la maquinaria y material que se incluye en la concesión.

Se entiende por mantenimiento: Conjunto de operaciones necesarias para asegurar el funcionamiento de una instalación de manera permanente con el mejor rendimiento (energético, social, económico, etc.) posible, conservando permanentemente la seguridad del servicio y dotando la instalación de todos aquellos elementos de medida y control necesarios para su correcta ejecución.

Se entiende por conservación: Conjunto de operaciones mínimas a realizar sobre una instalación o equipo (normalmente recomendadas por el fabricante) con el fin de conseguir un funcionamiento adecuado.

El complejo deportivo deberá estar siempre en perfecto estado de funcionamiento y conservación, tanto en lo que se refiere a sus instalaciones técnicas y equipamientos deportivos para las diferentes áreas, como en todos y cada uno de sus aspectos constructivos y arquitectónicos.

Dentro del mantenimiento y conservación de la instalación se tendrán en cuenta todas las medidas correctivas y preventivas que impliquen un uso adecuado de las áreas deportivas, sus instalaciones y equipamientos, cumpliendo las normativas vigentes en cada uno de los aspectos.

El concesionario asume la obligación de conservar y mantener, con carácter general, las edificaciones e instalaciones en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato, corriendo a su cargo las obras y trabajos que sean necesarios para ello.

Cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la seguridad y salud tanto de la manipulación de los productos que se utilicen en el funcionamiento de las instalaciones como en la ejecución de las obras de mantenimiento, conservación, reforma o ampliación.

Cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a seguridad y salubridad de los productos que se manipulen, vendan o suministren.

Cumplimiento de la normativa vigente en cuanto al medio ambiente y sostenibilidad.

Control y prevención de la legionelosis conforme a lo establecido en el R.D. 865/2003 y la Orden 1187/1998 de la Comunidad de Madrid, así como cualquier otra regulación normativa que en su momento le pudiera ser de aplicación. El adjudicatario presentará, dentro del primer trimestre de la adjudicación, copia del contrato con la empresa que se encargará de dicho control.

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Cumplimiento del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE) según Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.

Además de la normativa específica señalada, el concesionario deberá cumplir cualquier otra normativa que le sea de aplicación.

Para el mantenimiento de las instalaciones se desarrollarán entre otros los siguientes trabajos:

Con carácter general:

• Comprobación del consumo de motores, así como de la lubricación de los grupos y reposición de aceites.

• Comprobación de sistemas y niveles.

• Reparaciones urgentes e inmediatas que eviten tanto el daño a los usuarios como mayores destrozos.

• Reparaciones menores de materiales deteriorados tales como cristales, grifos, puertas, percheros, taquillas, bancos , azulejos, baldosas ...

• Trabajos de mantenimiento preventivo y conductivo de las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, equipos de tratamiento, ascensor, instalaciones eléctricas, carpintería, cerrajería, fontanería, máquinas de musculación y otras reparaciones ordinarias.

• Repaso y control de desagües y reparaciones de atascos.

• Repaso de líneas de alimentación de agua.

• Preparación de material y pedidos

Concretamente:

• Maquinaria: correcta gestión y mantenimiento tanto de la estación de bombeo como de toda la maquinaria adscrita a la zona de golf.

• Electricidad: reconocimiento de controles, revisión de instalaciones, revisión de circuitos eléctricos, revisión de puntos de luz, situación y regulación, reparación de averías eléctricas comunes y menores, revisión y mantenimiento del sistema de calefacción y refrigeración, mantenimiento del sistema de riego.

• Fontanería: revisión de aparatos sanitarios, revisión de circuitos (tuberías, desagües, sifones...), reparación de cisternas, grifería en general, válvulas...

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• Albañilería: revisión y reparación de cristalería en general de tipo ordinaria, reparación de pequeños desperfectos producidos por el uso diario, repaso de juntas y suelos, revisión y reparación de bordillos.

• Carpintería: revisión de juntas y dilataciones, reparaciones menores de puertas, ventanas, techos y elementos de madera y derivados.

• Agua caliente: cuidado de quemadores, revisión del ciclo de funcionamiento, limpieza de filtros, control de termostatos, medición de consumos de combustible, repaso de circuitos, revisión y limpieza periódica de baterías.

• Placas solares: mantenimiento electromecánico, revisión y limpieza.

• Jardinería: correcta aplicación de los programas de fertilización, siega, aireado, recebado, ruleado, etc. Así como de los tratamientos fitosanitarios de las diferentes zonas así como una correcta gestión del sistema de riego y su mantenimiento.

• Mantenimiento del césped artificial de las pistas de padel: Deberá tener una limpieza diaria y siempre que sea necesario; semanalmente se deberá hacer una redistribución de la arena de forma manual con cepillo de barrendero; y con una periodicidad mínima trimestral se realizará un cepillado profundo con maquinaria específica para este fin. De todos estos trabajos se deberá llevar un control escrito en el que se registrará el momento y la persona o empresa que ha realizado cada una estas tareas. Estos documentos estarán disponibles en la instalación, de forma que en cualquier momento el Ayuntamiento pueda verificar los trabajos efectuados.

Además, el concesionario estará obligado a adoptar las medidas oportunas para el correcto estado del lago artificial, así como el sistema de protección del campo de prácticas de golf.

Igualmente deberá adoptar las medidas oportunas para garantizar el correcto estado de funcionamiento de todas y cada una de las instalaciones con antelación suficiente a su apertura diaria a los usuarios.

El concesionario asumirá las reparaciones y mantenimiento de maquinaria e instalaciones, incluido el material deportivo con el que se haya dotado la instalación así como el suministro de electricidad. Igualmente asumirá el material de reparación de las instalaciones del edificio y, en general, todos aquellos gastos que sean precisos para el perfecto funcionamiento de las mismas, ajustándose, en todo a la normativa que sobre este particular tiene aprobada la Comunidad de Madrid.

No se permite al concesionario realizar obras en el complejo sin el consentimiento expreso del Ayuntamiento. Se autoriza, sin embargo, la decoración e inclusión de los elementos de mobiliario que la empresa considere precisos, así como las posibles campañas de promoción y publicidad corriendo los gastos que pudieran producirse en este sentido a cargo del concesionario. Estas acciones deberán ser previamente informadas al Ayuntamiento.

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Ante la necesidad de realizar la sustitución del césped artificial de las pistas de pádel, dado su mal estado actual, el adjudicatario durante el primer año de contrato deberá sustituir la hierba artificial de las 12 pistas de pádel existentes en la instalación. El nuevo césped a instalar deberá ser monofilamento con una dimensión del pelo mínima de 12 mm, con un mínimo de 52.000 puntadas por m2. El coste estimado de esta sustitución del pavimento deportivo de las pistas de pádel es de 50.000 € aproximadamente. Esta obra deberá realizarse durante el primer año del contrato.

Debido a que el vallado actual de las pistas de pádel está muy deteriorado, el adjudicatario deberá sustituirlo durante el primer año de contrato, de forma que pueda permitir el rebote de la pelota sobre la valla, debiendo formar una superficie plana y vertical que mantenga estas características con el tiempo. Con este fin, la sustitución de la actual valla de simple torsión se realizará por una nueva electrosoldada lacada al horno en color verde de 50x50/4, recercada con tubo metálico 60x40x1,5 mm en laterales y 40x40x1,5 mm en fondos, con una altura de 4,00 m. El tamaño máximo de su abertura medida en sus diagonales no será inferior a 5 cm ni mayor de 7,08 cm, los puntos de soldadura tanto al interior como al exterior de la pista estarán protegidos de forma que no puedan producir cortes o arañazos. Asimismo, el nuevo vallado dotará a cada pista de dos puertas de acceso realizadas en malla electrosoldada de las mismas características que el cerramiento. El hueco libre de estas puertas ha de tener un mínimo de 0,72 m x 2,00 m y un máximo de 0,82 m x 2,00 m. El coste estimado del citado cambio de vallado es de 68.000 € aproximadamente. Esta mejora deberá realizarse durante el primer año del contrato.

La realización de la instalación del nuevo césped artificial y del vallado de las pistas de pádel se hará previo visto bueno de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento y de acuerdo a las instrucciones que estos servicios den al respecto.

En el Proyecto Técnico se deberá incluir una memoria de cada una de estas dos reformas de las pistas de pádel, donde se reflejarán las características detalladas de las mismas, así como presupuestos que documenten la calidad y el valor de las inversiones previstas con este fin. Debiendo especificarse el plazo y el momento previsto de realización.

Dado que los suministros de electricidad, agua regenerada y gas no están separados para las diferentes zonas del complejo deportivo, el Ayuntamiento abonará a la empresa concesionaria aquellos que correspondan a las instalaciones gestionadas directamente por el Ayuntamiento (campos de fútbol con sus correspondientes vestuarios, sede del club del área central y zona de tiro con arco), siendo obligación de la empresa concesionaria el pago del resto de los consumos de electricidad. En el caso del gas y del agua regenerada será el Ayuntamiento quien inicialmente abonará este suministro, debiendo posteriormente la empresa adjudicataria de la gestión abonar al ente local el consumo de agua regenerada y gas de aquellas zonas de la instalación que gestione. La estimación en el reparto de los consumos de electricidad, gas y agua regenerada se realizará mediante los contadores instalados en la instalación, así como con cualquier otro medio que el Ayuntamiento estime adecuado.

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El Ayuntamiento, con el fin de garantizar el equilibrio económico financiero de la gestión de la instalación, durante los dos primeros años del contrato abonará los consumos de gas (excepto el consumo del bar-restaurante) y electricidad de la totalidad de la Ciudad Deportiva. Es decir, durante estos dos años se producirá un periodo de carencia en el que el párrafo anterior a este quedará temporalmente suspendido para los consumos de gas y electricidad, si bien, la empresa concesionaria deberá realizar un adecuado control del gasto de energía, colaborando en el que deberán realizar los clubes con convenios para el uso de espacios de esta instalación, así como el propio Ayuntamiento. Con el fin de que este control sea lo más activo posible, la empresa adjudicataria durante este periodo de dos años deberá abonar el precio de lo que anualmente se exceda (en caso de que este exceso de consumos llegue a producirse) de los siguientes productos y cantidades, incluyendo lo consumido en los campos de fútbol y en el resto de la Ciudad Deportiva.:

- Electricidad: Lo que exceda de 530.000 Kw/h

- Gas: Lo que exceda de 25.000 metros cúbicos

Los licitadores tendrán a su disposición en la Concejalía de Deportes de este Ayuntamiento, si así lo requieren, el histórico de los consumos habidos en la instalación, el Proyecto de Final de Obra y el Libro del Edificio para su consulta.

7.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO

El concesionario queda obligado a entregar una memoria anual e información periódica general al Ayuntamiento con periodicidad, como mínimo, trimestral. Debiendo notificar inmediatamente cualquier incidencia, accidente o hecho relevante que se produzca en la instalación.

Se creará una Comisión de Seguimiento y de funcionamiento general formada por representantes del Ayuntamiento (el Concejal Delegado de Deportes y al menos un técnico del Ayuntamiento) y como mínimo un miembro de la empresa concesionaria, que se reunirá con la periodicidad necesaria para resolver las cuestiones relacionadas con el funcionamiento de la instalación, tanto desde el punto de vista del mantenimiento como del uso de cara al público.

8.- SEGUROS

El concesionario deberá formalizar una póliza de seguro multirriesgo, que cubra en todo momento el valor real de mercado de los edificios y de sus instalaciones (con un valor de continente mínimo de 7.800.000 € y un contenido mínimo de 720.000 €). En caso de siniestro, el concesionario estará obligado a reconstruir los bienes dañados. Asimismo, deberá formalizar una póliza de responsabilidad civil por daños a terceros derivados del estado y ocupación del inmueble, del funcionamiento de las instalaciones y del desarrollo de las actividades que se organicen en ellas. Igualmente deberá formalizar una póliza de seguro por accidentes para aquellas actividades que organice directamente, que deberá cumplir las condiciones marcadas por el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, por el que se determina las

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prestaciones mínimas del Seguro Obligatorio Deportivo.

Una copia de los originales de los seguros deberá ser presentada ante los servicios competentes del Ayuntamiento en el momento de la firma del contrato.

9.- MEDIOS AFECTADOS AL SERVICIO

9.1.- MEDIOS MATERIALES

El Ayuntamiento dotará a la instalación de medios materiales para la realización del servicio. Dicha dotación incluye los gimnasios, compuesto por la Sala de Musculación (ver Anexo 1) y la Sala Deportiva, así como la cafetería (ver Anexo 2), siendo obligación del concesionario su mantenimiento y reposición en caso de ser necesario, tanto en lo que a repuesto de piezas se refiere como a mano de obra, siempre que el valor de la reparación no exceda del 50% del valor actual de la compra de la maquinaria averiada. En cuyo caso, las sustituciones o compra de nuevos equipos serán por cuenta del Ayuntamiento, así como las que se deriven de la conclusión de la vida de la maquinaria. Esto sólo se aplicará para aquellos elementos o maquinaria en los que no se especifique lo contrario en el presente pliego.

En caso de ser necesaria la sustitución de mobiliario o maquinaria por un uso inadecuado será por cuenta del concesionario.

9.2.- MEDIOS PERSONALES

Serán por cuenta del concesionario todos los gastos de personal necesarios para satisfacer adecuadamente las exigencias de la prestación del contrato, quedando obligado al abono de sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales....., los cuales se satisfarán en todo caso a tenor de lo dispuesto en la legislación vigente y en los convenios colectivos que les afecten. Así el personal será contratado en número suficiente para que los servicios de taquilla, vigilancia en horario de apertura al público, limpieza, mantenimiento, seguridad, monitores, servicio sanitario, etc., se presten con la eficacia, precisión, diligencia y seguridad propias de este tipo de instalaciones, y según las condiciones que determine el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, además de la normativa estatal y de la Comunidad de Madrid, a la que deberán ajustarse en todo momento.

En cuanto a los monitores de musculación y fitness, tenis, pádel, golf y personal sanitario y el resto de personal deberán estar en posesión de la titulación oficial.

El personal de la instalación estará formado en la atención de primeros auxilios y en el manejo de desfibriladores automáticos externos, de forma que estén capacitados para atender el primer auxilio de cualquier accidente o incidencia que se produzca en la instalación. Asimismo el contratista establecerá un protocolo de actuación para emergencias y accidentes, que deberá estar incluido en el Proyecto Técnico que se presente en la licitación..

Le corresponde al concesionario realizar la coordinación técnica de todo su personal, así como su gestión y supervisión tanto en el aspecto deportivo como de aprovisionamiento, dotándoles de las herramientas y materiales necesarios para desarrollar su trabajo.

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El concesionario facilitará, siempre que le sea solicitado por el Ayuntamiento, los documentos o justificantes oficiales correspondientes a cotizaciones sociales, nóminas, seguro de accidentes y mutuas correspondientes al personal adscrito al servicio.

El personal que emplee el concesionario deberá actuar, en todo momento con corrección y consideración frente a los usuarios, abonados, socios, o empleados municipales, así como estar correctamente uniformado e identificado.

El concesionario deberá notificar al Ayuntamiento el nombre de la persona que ostentará su representación, siendo dicha persona la responsable del correcto funcionamiento de las instalaciones y servicios.

El personal será nombrado y remunerado por la empresa adjudicataria, que fijará las condiciones de trabajo y de régimen interior, quedando expresamente aclarado que el Ayuntamiento de Colmenar Viejo no ostenta ninguna facultad de dirección sobre este personal. Al no existir ninguna relación laboral ni de otra clase entre el Ayuntamiento. y los trabajadores contratados por la empresa adjudicataria, ésta estará obligada al cumplimiento de las obligaciones laborales y de Seguridad Social establecidas en la legislación vigente

El concesionario quedará obligado al cumplimiento de la normativa establecida en la ley 31/95 de ocho de noviembre de prevención de riesgos laborales y demás legislación reguladora de dicha materia

El Proyecto Técnico deberá incluir listado del personal con el mayor número de datos sobre la plantilla que se prevé contratar, así se deberán incluir los tipos de contratos previstos, periodos y plazos para su contratación, procedimiento y criterios de selección, y las características del personal, incluyendo el perfil de cada uno de los puestos de trabajo.

10.- PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES, TARIFAS Y HORARIO DE LA INSTALACIÓN

El concesionario deberá presentar un proyecto general en el que se especifique las actividades previstas para cada instalación reflejando de forma detallada las características de cada una de ellas (duración, horario, nivel, precio, ratio por grupo, personal, titulación, número máximo de usuarios por espacio, condiciones solicitadas al público para el acceso a cada actividad,...).

Junto con la oferta de actividades y tarifas, el concesionario deberá presentar el horario de apertura al público de la instalación que cubrirá como mínimo la siguiente franja horaria:

• De lunes a domingo de 9:00 a 22:30 h

Así como la distribución horaria para cada una de las actividades ofertadas.

El proyecto de actividades se deberá redactar teniendo en cuenta las actuales circunstancias de la instalación. Tanto las actividades como los horarios estarán sujetos a cuantos cambios sean necesarios para adecuarse a la demanda existente de la población colmenareña conforme a las directrices marcadas desde el Ayuntamiento. Con este fin el adjudicatario durante la duración del contrato deberá presentar a la Concejalía de Deportes las posibles propuestas de cambios de la

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CONCEJALIA DE DEPORTES. Ayuntamiento de Colmenar Viejo. C/ Huertas, 55. Colmenar Viejo 28770 Madrid. CIF: P2804500C

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programación original incluida en el Proyecto Técnico, que se entenderá como la prevista para el curso del primer año del contrato. Según la respuesta de la población a esta programación y las nuevas tendencias de actividades deportivas que surjan, el proyecto de actividades deberá ir evolucionando, de tal manera que el contratista deberá presentar anualmente el programa de actividades a realizar en la instalación con la antelación que el Servicio Municipal de Deportes estime necesaria para su previo estudio y aprobación.

Con el objetivo de asegurarse el necesario equilibrio económico-financiero de explotación de la instalación, los licitadores deberán presentar un listado de los precios de las actividades que se proyectan realizar en la instalación. Deberá quedar claramente explicado como se articularán estas tarifas, especificando los posibles descuentos, matrículas, abonos y cualquier otra variable que influya en el precio que los usuarios deberán abonar para acceder a los servicios o al uso de los espacios deportivos. Con el fin de adecuarse a los cambios de la demanda y a las diferentes situaciones económicas, a lo largo del contrato este listado de tarifas podrá variarse siempre que exista causa objetiva que lo justifique, para lo que necesitará el previo visto bueno del Ayuntamiento. Los precios que no aparecen fijados o con tope en el presente pliego podrán ser libremente licitados, teniéndose en cuenta que se valorará favorablemente aquella política de precios que permita acceder a la población de forma más económica y fácil a los servicios e instalaciones.

Los precios del alquiler de las Pistas de Tenis y de Pádel descubiertas que se detallan a continuación, se revisarán conforme a las modificaciones que se puedan producir cuando se revise la Ordenanza de Tasas Municipal que incluye los alquileres de este tipo de pistas gestionadas directamente por el Ayuntamiento.

10.1.-TENIS Y PADEL

El concesionario tendrá derecho a percibir el importe a satisfacer por los usuarios y que para el alquiler de las Pistas de Tenis y de Pádel descubiertas serán los siguientes:

TENIS Euros Con Carné

Deporte

Municipal

Hora. Menores 4,00 2,50

Hora. Adultos 7,50 6,00

Bono 10 horas menores 29,00 20,00

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Bono 10 horas adultos

57,00 48,00

Suplemento de luz 3,00 3,00

PADEL Euros

Con Carné

Deporte

Municipal

Hora. Menores 4,50 3,50

Hora. Adultos 8,00 6,50

Bono 10 horas menores 34,00 28,00

Bono 10 horas adultos 61,00 52,00

Suplemento de luz 3,00 3,00

A los efectos de aplicación de estas cuotas:

• Se considerarán adultos aquellas personas que tengan cumplidos los 16 años.

• Se aplicará la cuota especificada para el Carné del Deporte Municipal cuando la mitad de los usuarios que utilicen la instalación sean poseedores de este documento, que deberán mostrar en el momento del alquiler y previamente al uso de la instalación.

• La cuota se reducirá en un 50% para las personas minusválidas. Se considerará a los efectos de los presentes precios, personas con minusvalía quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33%.

Estos precios son los mismos que los actualmente marcados por el Ayuntamiento en su Ordenanza de Tasas y durante el período de explotación de la instalación se modificarán de igual manera, conforme se modifique dicha ordenanza.

Dentro de la oferta de actividades los licitadores y posteriormente el adjudicador deberá incluir la impartición de clases de pádel y tenis.

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10.2.- PABELLÓN

10.2.1.- PISTA DEPORTIVA

El Ayuntamiento realizará la programación de actividades en la pista del pabellón, mayoritariamente será utilizada por actividades planificadas desde el Servicio Municipal de Deportes por las que no se abonará cantidad alguna a la empresa concesionaria, si bien esta empresa podrá organizar actos en la misma siempre que se estime que son compatibles con la programación municipal y no pongan en riesgo el correcto uso y mantenimiento de la instalación.

El uso principal previsto para la pista del pabellón será el de acoger las clases

de la escuela y los entrenamientos de los equipos del Club de Baloncesto, siendo el horario previsto de lunes a viernes de 17 a 22,30 h, celebrándose las competiciones los fines de semana.

Asimismo, en la pista del pabellón se podrá programar la realización de clases de la escuela del Club de Patinaje. Además de estas actividades a lo largo del curso, está prevista la realización de dos exhibiciones de gimnasia rítmica, una competición de patinaje y el uso de la pista del pabellón como zona auxiliar o de descanso de la prueba 100 Km en 24 h. Asimismo, el próximo 25 de marzo está programada la celebración del torneo de bádminton Madrid Comunidad Olímpica Esta programación de actividades podrá variarse con el fin de que sea adaptada a las necesidades del sistema deportivo colmenareño.

Este espacio será en lo concerniente al mantenimiento, limpieza, control de accesos y gestión responsabilidad de la empresa concesionaria, para lo cual deberá contar con el personal necesario para la apertura y cierre de la instalación, así como -al menos- un operario siempre que exista actividad programada en la pista, que se encargará de subir y bajar cortinas, canastas, así como de cualquier otra labor necesaria para que se puedan realizar las actividades correctamente. El horario mínimo en el que la empresa adjudicataria de la gestión deberá tener en adecuadas condiciones de uso la instalación será de lunes a viernes de 17 a 22,30 h. y sábados y domingos de 9 a 22 h.

La empresa concesionaria deberá tener en correctas condiciones de mantenimiento y limpieza los vestuarios que sean necesarios conforme a la programación deportiva.

En el Proyecto se deberán incluir todos aquellos servicios, actividades, actos, alquileres, etc... que se estimen se podrían ofertar en el pabellón supeditados a la programación deportiva que el Ayuntamiento hará anualmente de la instalación, debiéndose incluir el mayor número de datos sobre estos, en todo caso deberá hacerse constar precios, horarios posibles, condiciones para acceder a los servicios, personal encargado, así como cualquier otro aspecto que permita conocer con claridad el tipo de servicios propuestos.

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10.2.2.- SALA DE MUSCULACIÓN Y DE ENTRENAMIENTO CARDIOVASCULAR

Será de libre explotación por la empresa concesionaria de la gestión de la instalación. Debiendo especificar en el Proyecto Técnico las posibles modalidades de acceso, los precios previstos para su uso, horario, personal que se prevé que preste sus servicios en esta instalación y cualquier otro dato que permita conocer con la máxima precisión el tipo de gestión, servicios y usos que se ofertan dar en la sala.

El control de uso, mantenimiento y, reparación, de aparatos y maquinaria de la sala de musculación y de entrenamiento cardiovascular será por cuenta del adjudicatario.

El concesionario en su explotación deberá tener en cuenta la programación de uso de la pista deportiva del pabellón, sobre todo en lo concerniente a mantenimiento, accesos y circulación de usuarios y público y a la utilización de vestuarios.

10.3.-PISTA DE FOOTING, AREAS RECREATIVAS, APARCAMIENTO Y ZONAS COMUNES

La pista de footing, las áreas recreativas y las zonas comunes serán de libre uso gratuito, al igual que el aparcamiento que quedará destinado para los usuarios y público del Complejo Deportivo. El concesionario deberá mantenerlas en perfectas condiciones de orden, uso y limpieza y su horario mínimo de utilización deberá ser el mismo que el general del citado Complejo. En el uso y mantenimiento del aparcamiento, viales y el resto de las zonas comunes se deberá tener en cuenta la programación de actividades de aquellos equipamientos deportivos de la instalación no gestionada por el concesionario, es decir, los campos de fútbol, la pista de atletismo y la zona de tiro con arco.

10.4.-ZONA DE GOLF

Se deberá presentar proyecto en el que se incluya cada una de las actividades y servicios que están previstos ofertarse, debiéndose incluir el mayor número de datos sobre estos, en todo caso, deberá hacerse constar precios, horarios previstos, condiciones para acceder a los servicios, personal encargado, así como cualquier otro aspecto que permita conocer con claridad el tipo de servicios proyectados, que deberán incluir los necesarios para crear una escuela de golf.

El proyecto de actividades deberá ser compatible con el correcto mantenimiento y conservación de cada una de las diferentes zonas que el complejo tiene destinadas para golf. Así, se deberá presentar un plan de mantenimiento y conservación específico de estas zonas, que deberá incluir cada uno de los trabajos con el periodo y duración cuando se estima que serán realizados, así como con su posible repercusión en las actividades proyectadas a realizar.

Los precios máximos a ofertar para los servicios de golf serán los siguientes:

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P.V.P. P.V.P. (con carné

deporte) CONCEPTO

De Lunes a Viernes

Green-fee adulto (9 hoyos) 9,00 € 8,00 €

Green-fee adulto (18 hoyos) 15,00 € 12,00 €

Sábados, domingos y festivos

Green-fee adulto (9 hoyos) 15,00 € 12,00 €

Green-fee adulto (18 hoyos) 19,00 € 16,00 €

Green-fee infantil 9,00 € 7,00 €

Bono 10 green-fees adulto 130,00 € 105,00 €

Bono 10 green-fees infantil 82,00 € 65,00 €

Personas minusválidas (=>33%) 50 % descuento

Bolas de prácticas 1 €/28 unidades 1 €/28 unidades

Bono 10 servicios (280 unid.) 9,00 € 9,00 €

Bono 20 servicios (560 unid.) 18,00 € 18,00 €

11.- CARNET DEL DEPORTE MUNICIPAL DE COLMENAR VIEJO

Los usuarios que estén en posesión del Carnet del Deporte Municipal en Colmenar Viejo, podrán beneficiarse de los precios establecidos específicos para ellos en el caso de alquiler de Pistas de Tenis y Pádel descubiertas, de los servicios de Golf y de un descuento mínimo del 10% en el resto de los precios de los servicios que la empresa concesionaria preste en la instalación.

El Director del Servicio Municipal de Deportes

Firma, fecha y CSV al margen

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