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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA VINCULADO AL PLAN DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE DE LA COMARCA DE PAMPLONA (PMUSCP) EXPEDIENTE: 2016 /PCD-AIUM/000006 Marzo de 2017

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS

ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL PROCESO DE PARTICIPACIÓN

CIUDADANA VINCULADO AL PLAN DE MOVILIDAD URBANA

SOSTENIBLE DE LA COMARCA DE PAMPLONA (PMUSCP)

EXPEDIENTE: 2016 /PCD-AIUM/000006

Marzo de 2017

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INDICE

1. Introducción …………………………………………………………………………….3

2. Objeto y dependencias……………………………………………………………..4

3. Encuadre de los trabajos en el proyecto PMUSCP…………………….4

4. Plan de trabajo. Calendario……………………………………………………….5

5. Órganos de seguimiento y coordinación de los trabajos del

PMUSCP……………………………………………………………………………………7

6. Descripción del trabajo…………………………………………………………….8

6.1. Asistencia a un curso sobre el PMUS de la Comarca de Pamplona………….8

6.2. Realización de un documento descriptivo de planificación …………………….8

6.3. Preparación y realización de un taller de consultas previas…………………….8

6.4. Preparación y realización de una jornada pública de presentación y

divulgación…………………………………………………………………………………………….9

6.5. Preparación, coordinación y ejecución de los trabajos relacionados con las

sesiones ………………………………………………………………………………………………..9

6.6. Jornada final de retorno………………………………………………………………..……11

6.7. Búsqueda y reserva de salas………………………………………………………………..11

6.8. Control de asistencia……………………………………………………………………………11

6.9. Dirección de las sesiones……………………………………………………………………..11

6.10. Realización de actas……………………………………………………………………………..11

6.11. Creación y gestión de una web bilingüe para la participación………………11

6.12. Evaluación del proceso de participación………………………………………………12

6.13. Realización de informes……………………………………………………………………….12

6.14. Recursos técnicos y humanos para la traducción…………………………………13

6.15. Reportaje fotográfico y de vídeo………………………………………………………….13

6.16. Grabación de las sesiones…………………………………………………………………….13

6.17. Atención telefónica durante el proceso………………………………………………..13

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1. INTRODUCCIÓN

Durante el primer semestre de 2016, los 18 Ayuntamientos del área metropolitana de

Pamplona, la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y la Mancomunidad de

la Comarca de Pamplona han debatido las condiciones para elaborar, de manera

consensuada, un Plan de Movilidad Urbana Sostenible de la Comarca de Pamplona (en

adelante PMUSCP). Fruto de este proceso de diálogo ha sido la aprobación por dichas

Administraciones de un convenio mediante el cual se establecen las bases para elaborar

y aprobar el PMUSCP.

Este convenio es fruto del convencimiento de que la planificación de la movilidad urbana

es una tarea difícil y compleja que, para el caso del área metropolitana de Pamplona,

depende de competencias repartidas entre diferentes Administraciones. Es por esta

razón que se ha encomendado a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona dar los

pasos necesarios para elaborar el PMUSCP de manera coordinada con las restantes

Administraciones.

Los objetivos que plantea conseguir el convenio mediante la elaboración de este

PMUSCP son los siguientes.

1. Obtener un documento que sirva de plan estratégico basado en prácticas de

planificación existentes y que tenga en cuenta los principios de integración,

participación y evaluación para satisfacer las necesidades actuales y futuras de

movilidad de personas y mercancías, con el objetivo de lograr una mayor calidad

de vida en la Comarca de Pamplona.

2. Facilitar y realizar un proceso público de participación en la redacción del

PMUSCP Tal y como se recoge en punto 5.1. del mencionado convenio:

“Corresponde a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona dirigir el

proceso de participación en colaboración con las Entidades Locales del

ámbito”.

3. Realizar los estudios necesarios para la elaboración del PMUSCP.

4. Proponer una serie de medidas como resultado de este estudio, consensuadas

según se describe en la cláusula 8ª (Ejecución posterior de las actuaciones

previstas en el PMUSCP y financiación de las mismas), para que cada

Administración implante el PMUSCP en una fase posterior a este convenio y en

función de sus competencias.

Se adjunta al presente pliego el documento del convenio como Anexo I.

Para elaborar este PMUSCP se van a contratar dos asistencias técnicas por parte de la

Mancomunidad de la Comarca de Pamplona: por un lado se ha contratado la asistencia

para la realización de los trabajos técnicos; por otro lado se contratará mediante el

presente pliego de condiciones la asistencia para el trabajo del proceso de participación,

que se ha querido que tenga una especial relevancia. La coordinación de ambos trabajos

es de vital importancia para obtener un resultado satisfactorio.

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2. OBJETO Y DEPENDENCIAS

El objeto del presente documento es establecer las condiciones de carácter técnico que

han de regir la contratación de los servicios de coordinación general del proceso de

participación, el desarrollo de acciones y herramientas de comunicación bidireccional

que sean necesarias durante el proceso, tanto digitales como impresas, y la gestión

operativa y documental de todas las sesiones que se incluyen en el proceso según se

detalla en el siguiente punto.

Las acciones recogidas en este pliego se integrarán de forma coordinada con las

diferentes partes del proyecto de la que la presente licitación no es más que una de

ellas. Principalmente deberá coordinarse con:

• El proceso de participación pública que se promueva para la definición de los

nuevos servicios de transporte interurbano de la zona denominada “Interurbano

de la Comarca de Pamplona”

• Es especialmente importante la coordinación con la asistencia técnica ya

contratada para la realización de los trabajos técnicos del PMUSCP.

Durante la duración del contrato la Asistencia Técnica de Participación se deberá seguir

las directrices de la dirección técnica del proceso de redacción de Plan de Movilidad

Urbana Sostenible que estará compuesta por un/a representante del Área de

Transportes, un/a representante del Departamento de Comunicación de la

Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, así como un coordinador general del

proyecto.

3. ENCUADRE DE LOS TRABAJOS EN EL PROYECTO PMUSCP

Durante el periodo previo a la aprobación del convenio del PMUSCP por las

Administraciones interesadas, el personal técnico de la Mancomunidad ha analizado con

expertos en gestión de proyectos las actividades a llevar a cabo para obtener los

resultados previstos en el convenio, así como los plazos y recursos necesarios. Dicha

planificación ha servido para definir un “Proyecto PMUSCP”, del que se incluye el acta

de constitución del proyecto como Anexo II de este pliego. Esta acta de constitución

contiene el enunciado y alcance del proyecto, junto con la definición de unos grandes

paquetes de trabajo; se ponen a disposición igualmente, los archivos con la planificación

de las fases inicialmente planteadas para el Proyecto PMUSCP (secuencia de actividades

y diagramas de Gantt).

La presente licitación de asistencia técnica, hay que encuadrarla como una parte dentro

de este Proyecto PMUSCP. Los licitadores podrán proponer en su oferta adaptaciones

sobre la planificación de las fases inicialmente planteadas para avanzar en el desglose de

las tareas que se puedan derivar del presente pliego.

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4. PLAN DE TRABAJO. CALENDARIO

En cuanto al escenario temporal de ejecución del proyecto global, se tienen unos hitos

previos planificados que podrán ser revisados por el equipo de proyecto del PMUSCP,

bien por la justificación aportada por el adjudicatario, bien por el reajuste del Proyecto

PMUSCP a medida que se vaya conformando y desarrollando éste.

El contrato tendrá una duración estimada de 19 meses, desde el inicio de la Fase 1

prevista para mayo de 2017, finalizando con la entrega de todos los documentos objeto

del mismo.

Dado que parte de los trabajos a ejecutar están condicionados, en cuanto a sus plazos

de inicio, por las correspondientes actuaciones de la Administración, se establecen los

siguientes plazos máximos de ejecución de las tareas que sí son responsabilidad

exclusiva del adjudicatario y cuyo contenido se define más adelante.

El Plan de Participación, debe garantizar en todas su fases sus valores de integración

de las diferentes realidades sociales (género, movilidad, etc.), la transparencia a través

de las distintas herramientas de comunicación bidireccional, la accesibilidad para la

ciudadanía y la facilidad de comprensión de todos los aspectos que se comunican

(lenguaje simplificado, etc.).

A modo ilustrativo se detallan a continuación los diferentes colectivos que deberían

tener representación en el proceso de participación. Corresponde al adjudicatario/a el

asesoramiento para la agrupación de estos, u otros colectivos que pudiera proponer, en

las diferentes sesiones

Por tipos de movilidad.

• Peatones.

• Usuarios/as del trasporte público.

• Usuarios/as de bicicleta.

• Usuarios/as mixtos.

• Usuarios/as del vehículo privado.

Por colectivos de interés.

• Residentes y Asociaciones de vecinos/as

• Comerciantes.

• Personas con Movilidad Reducida y otras discapacidades.

• Grandes centros de actividad generadores de movilidad (Factorías,

Polígonos industriales urbanos y periurbanos, Universidades, Centros

educativos, Centros hospitalarios, etc.), incluyendo representantes de

dirección y de los trabajadores y trabajadoras.

• Policías municipales

• Policía Foral

• Colectivos ambientales

• Colectivos de ciclistas

• Medios de comunicación

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• Técnicos/as de infraestructuras (mantenimiento redes, recogida de

residuos)

• Técnicos/as y asociaciones de profesionales de urbanismo

• Asociaciones de empresas de transporte de mercancías y logística

representativas del sector

• Empresas de distribución urbana de mercancías

• Autobuses Urbanos, interurbanos y discrecionales (empresa,

conductores, inspectores)

La estructura principal del Plan de Participación consta de:

Un taller de consultas previas, una jornada pública inicial, reuniones locales y

sectoriales de información y consulta, reuniones sectoriales de deliberación, jornada

de retorno y acción de comunicación de la versión definitiva. A continuación se

expresan los plazos, que se encuentran de forma más detallada en el documento de

Acta de Inicio recogido en el Anexo II.

• Fase 1. Elaboración de un informe detallado del Plan de Participación, curso de

formación, y consultas previas: Duración máxima de 2 (dos) meses. Mayo y

junio de 2017.

1.1 Realización de un documento descriptivo de la planificación del

Proceso de Participación y la Comunicación.

1.2 Curso de formación sobre el PMUS de la Comarca de Pamplona para

el equipo que realizará el proceso de participación, impartido por la

empresa adjudicataria del contrato de Asistencia Técnica de

redacción del Plan.

1.3 Realización de las consultas previas a un grupo significativo de hasta

15/20 personas y entidades.

• Fase 2. Proceso de Participación ciudadana: información, consulta y

deliberación. Duración máxima de 7 (siete) meses. Octubre de 2017 a abril de

2018 :

2.1 Organización de una jornada pública, Realización de las sesiones de

información y consulta, territoriales y sectoriales, y sesiones

deliberativas.

2.2 Organización de sesiones informativas del Plan de Participación para

trabajadores y trabajadoras de la Mancomunidad, de los

ayuntamientos y del Gobierno de Navarra, firmantes del convenio

del PMUSCP

2.3 Exposición pública del informe durante 45 días y gestión de

respuestas y sugerencias.

Nota: El “Borrador de proyecto v.1”, que deberá someterse a participación

estará finalizado en septiembre de 2017.

• Fase 3. Análisis de resultados de la participación. Duración máxima de 2 (dos)

meses. Mayo y junio de 2018:

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Realización de un informe según se detalla en el Punto 6 del presente pliego.

Nota: Dicho informe se trasladará al equipo técnico del proyecto para la

redacción del “Borrador de proyecto v.final”

• Fase 4. Jornada de retorno: Comunicación respecto a las propuestas recogidas

y analizadas. Mayo y junio de 2018:

Informe con las nuevas propuestas de corrección de “Borrador de proyecto

v.final”

• Fase 5. Informe final del proceso de participación. En noviembre de 2018

• Fase 6. Acción de comunicación de los resultados. Noviembre de 2018

5. ÓRGANOS DE SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DE LOS

TRABAJOS DEL PMUSCP

Aparte de la dirección del estudio y la participación, la cláusula 7ª (Seguimiento y

coordinación de los trabajos) del convenio aprobado por las Administraciones (Anexo I)

interesadas prevé los siguientes órganos de seguimiento y coordinación de los trabajos:

Comisión de seguimiento y coordinación, con las siguientes funciones:

a) Velar por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Convenio.

b) Aprobar las directrices básicas para la elaboración del PMUSCP.

c) Aprobar el diseño del Plan de Participación Ciudadana que se desarrollará

durante la elaboración del PMUSCP.

d) Resolver las dudas que se generen en la interpretación y cumplimiento del

mismo.

e) Establecer un plan de seguimiento en base a la programación a establecer para

la elaboración y aprobación del PMUSCP.

f) Promover la coordinación necesaria con otras Administraciones y Agentes

intervinientes en el proceso, desarrollando cuantas acciones estimen necesarias

y oportunas para la consecución de los objetivos del Convenio.

g) Velar por el cumplimiento de los plazos para la ejecución de los trabajos objeto

del presente Convenio.

h) Validar la propuesta del PMUSCP con carácter previo a ser elevada a su

aprobación según lo dispuesto en la cláusula octava.

Subcomisión técnica, con las siguientes funciones:

a) Proponer el plan de trabajo para la elaboración y aprobación del PMUSCP.

b) Coordinar el proceso de elaboración del PMUSCP.

c) Proponer el diseño del Plan de Participación Ciudadana y coordinar los procesos

de participación pública que se lleven a cabo a lo largo del proceso de

elaboración.

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d) Velar porque las propuestas que se desarrollen cumplan con las directrices

marcadas por la Comisión de seguimiento y control.

e) Todas aquellas otras funciones que le sean encomendadas por parte de la

Comisión.

6. DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO

El adjudicatario/a del trabajo deberá realizar los siguientes trabajos a lo largo del

Proceso de Participación

6.1. Asistencia de todo el equipo de participación de la empresa adjudicataria a un

curso sobre el PMUS de la Comarca de Pamplona impartido por la Asistencia

Técnica ya contratada para la realización de los trabajos técnicos. El curso constará

de 4 módulos que se impartirán en 4 jornadas de mañana y tarde, con este

contenido orientativo.

Jornada 1. Movilidad Sostenible. Conceptos generales y terminología

(sostenibilidad, movilidad y transporte, etc.).

Jornada 2. Método de redacción del Plan. Herramientas y procesos.

Encuestas, modelos, etc. Coordinación con el estudio de red troncal.

Jornada 3. El borrador del Plan. Visión general. Diagnóstico. Objetivos.

Propuestas. Presupuesto.

Jornada 4. Taller conjunto sobre participación. Análisis detallado de

aspectos críticos. Identificación de reacciones y resistencias.

6.2. Realización de un documento descriptivo de la planificación del Plan de

Participación que defina al menos:

� Objetivos cuantitativos y cualitativos del proceso.

� Fechas previstas de realización de los trabajos

� Número y composición de sesiones territoriales y sectoriales de

información y consulta.

� Número y composición de sesiones deliberativas

� Número de horas estimadas para cada uno de los trabajos

� Orden el día y relación de asuntos que se tratarán en cada una de

las reuniones

� Actividades complementarias previstas (organizadas por la MCP,

fuera del alcance de esta licitación).

� Los compromisos que se van a adquirir con las personas

participantes

� Cronograma de todo el proceso

� Acciones de Comunicación pública del proceso.

6.3. Preparación y realización de un taller de consultas previas con personas de la

Comarca de Pamplona que, a título individual o como delegados de un colectivo,

representen los diferentes intereses y visiones de la movilidad. El objetivo de esta

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sesión será contrastar avance del borrador del Plan Técnico y el diseño previsto de

todo el proceso de participación e identificar los aspectos más importantes sobre los

que se deberá deliberar a lo largo de todo su desarrollo. La sesión tendrá una

duración aproximada de 3 horas y estará compuesta por un máximo de 15/20

personas. Tras su celebración deberá realizarse un informe con las conclusiones.

6.4. Preparación y realización de una jornada pública de presentación y divulgación del

borrador del Plan de Movilidad Urbana Sostenible de la Comarca de Pamplona y de

los detalles del proceso de participación. La jornada tendrá una duración

aproximada de 2 horas y antes de su convocatoria deberá comunicarse

públicamente y se habilitarán los canales necesarios para realizar la inscripción

previa.

Preparación de la documentación necesaria para su desarrollo, tanto impresa como

audiovisual.

Divulgación y Dirección de la sesión, y elaboración de los informes técnicos

posteriores.

Nota: Los costes derivados de la infraestructura necesaria y reserva de salas para la

convocatoria no son objeto de este contrato.

6.5. Preparación, coordinación y ejecución de los siguientes trabajos relacionados con

las sesiones de información y consulta, y de deliberación, tanto locales como

sectoriales.

6.5.1 Realización de al menos 31 sesiones locales de información y consulta.

Coordinación con los ayuntamientos para la determinación del lugar,

fecha y divulgación de la convocatoria.

Preparación de la documentación necesaria para su desarrollo, tanto

impresa como audiovisual.

Coordinación con la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona para, en

su caso, la realización complementaria de actividades lúdicas y de

sensibilización.

Divulgación y Dirección de las sesiónes, y elaboración de los informes

técnicos posteriores de cada una de las sesiones.

A efectos de que el adjudicatario pueda hacer una propuesta de

reuniones locales, en el Anexo III del presente pliego se adjunta la relación

de Ayuntamientos que han suscrito el convenio de elaboración del

PMUSCP y su población. En el caso de Pamplona, las reuniones deberían

considerarse por barrios.

Nota: Los costes derivados de la infraestructura necesaria, reserva de

salas y actividades complementarias lúdicas y de sensibilización que

pudieran requerirse para su convocatoria no son objeto de este contrato.

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6.5.2. Realización de al menos 6 sesiones sectoriales de información y

consulta.

Coordinación con los distintos colectivos para la determinación del lugar,

fecha y divulgación de la convocatoria.

Organización de cada sesión.

Preparación de la documentación necesaria para su desarrollo, tanto

impresa como audiovisual.

Dirección de la sesión y elaboración de un acta con los informes técnicos

posteriores.

6.5.3. Realización de al menos 6 sesiones deliberativas con objetivos,

organización y gestión equivalentes a las reuniones sectoriales. En función

de la metodología que se proponga para el desarrollo de estas sesiones, la

empresa adjudicataria deberá ocuparse de la preparación de cada sesión

en colaboración con las entidades y personas que manifiesten su interés

en participar en las mismas.

Para el desarrollo de estas sesiones será preciso concretar los temas

específicos sobre los que se va a deliberar, incluidas las propuestas que

pudieran trasmitir los asistentes previamente a su celebración.

Nota: El número mínimo de sesiones detallado en los puntos 6.5.1, 6.5.2. y

6.5.3 es orientativo y deberán concretarse de forma detallada en la

propuesta de la empresa adjudicataria,

6.5.4. Realización de 2 sesiones de información y consulta para los

trabajadores y trabajadoras de la MCP y las personas interesadas de los

Ayuntamientos que han suscrito el convenio del PMUSC y del Gobierno de

Navarra.

Coordinación con la MCP, los distintos ayuntamientos y el Gobierno de

Navarra para la determinación del lugar, fecha y divulgación de la

convocatoria.

Organización de cada sesión.

Preparación de la documentación necesaria para su desarrollo, tanto

impresa como audiovisual.

Dirección de la sesión y elaboración de un acta con los informes técnicos

posteriores.

Nota: Los costes derivados de la infraestructura necesaria y reserva de

salas que pudieran requerirse para su convocatoria no son objeto de este

contrato.

6.5.5. Exposición pública durante 45 días y gestión de respuestas y sugerencias.

Preparación de la documentación necesaria para su desarrollo, tanto

impresa como audiovisual.

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Gestión de las respuestas a las sugerencias recibidas y elaboración de un

acta con los informes técnicos posteriores

6.6. Jornada final de retorno en la que se expongan las conclusiones de todo el proceso

y las decisiones adoptadas con respecto a las propuestas recibidas por los y las

participantes.

Preparación de la documentación necesaria para su desarrollo, tanto impresa como

audiovisual.

Coordinación con la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona para la invitación y

divulgación de la convocatoria.

Divulgación y Dirección de la sesión

Entrega a los asistentes de un cuestionario de evaluación integral del proceso y el

posterior análisis de resultados.

Elaboración del informe final del proceso

Nota: Los costes derivados de la infraestructura necesaria y reserva de salas que

pudieran requerirse para su convocatoria no son objeto de este contrato.

6.7. Búsqueda y reserva de salas que dispongan de los recursos y la capacidad

necesarias para cada una de las sesiones.

6.8. Control de asistencia a cada una de las sesiones y, en el caso de la jornada pública,

la creación y seguimiento de los canales necesarios para la inscripción previa.

6.9. Dirección de las sesiones. Esto incluye la preparación de la documentación impresa

y/o audiovisual, las labores de moderación, dinamización y control de tiempos.

6.10. Realización de actas de todas las sesiones y jornadas que se realicen, contrastarlas

con los y las asistentes y redactar un informe final en castellano y euskera. En las

actas se deberán recoger, entre otros contenidos, los comentarios y las propuestas

que se realicen por escrito o verbalmente y, en la medida de lo posible, a las

personas que las realicen. Las actas deberán ser entregadas en el plazo máximo de

6 días laborables.

6.11. Creación (específica o basada en herramientas existentes en el mercado),

contratación, implantación y gestión de una web bilingüe (castellano/euskera) para

la participación. El dominio de esta web será aportado por la Mancomunidad de la

Comarca de Pamplona

Deberá contener, al menos el siguiente contenido:

• Objetivos y procedimientos del proceso de redacción del PMUS

• Observatorio de la movilidad con toda la documentación disponible del

proceso y biblioteca de documentos complementarios.

• Calendario de acciones y cronograma del proyecto

• Espacio de noticias con información actualizada

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• Actas e informes

• Foro de participación con espacio para observaciones y sugerencias. Con

posibilidad de ser valoradas y votas por otras personas.

• Sistema para la realización de encuestas en caso de ser necesario.

• Convocatorias y sistemas de inscripción

• Boletín digital de noticias y convocatorias para enviar a las personas

suscritas

• Enlace con al menos dos redes sociales: Twitter y Facebook que deberán

ser bilingües y gestionadas por el adjudicatario/a

• Espacio para galerías de foto y vídeo.

• Información de las diferentes formas de contactar para resolver dudas,

hacer aportaciones o presentar sugerencias (teléfono, correo

electrónico, etc.). El número de teléfono será el del SAC de la

Mancomunidad, que remitirá a la empresa adjudicataria las llamadas

recibidas para su atención y gestión. La dirección de correo electrónico

será aportado por la Mancomunidad. La gestión de sugerencias,

consultas y comunicaciones recibidas a través del correo electrónico

corresponderá a la empresa adjudicataria.

• Suscripciones y alertas

6.12. Evaluación del proceso de participación con las siguientes acciones:

• Preparación de una propuesta de evaluación de las diferentes partes del

proceso y una final con el detalle de los indicadores para cada una de

ellas.

• Realización de los correspondientes informes parciales y final.

6.13. Realización de los siguientes informes:

• Un informe sobre las sesiones de información y consulta locales,

adjuntando las actas de todas las reuniones.

• Un informe sobre las sesiones de información y consulta sectoriales,

adjuntando las actas de todas las reuniones.

• Un informe sobre las sesiones deliberativas, adjuntando las actas de

todas las reuniones.

• Un informe con las propuestas y alegaciones que haya durante el

proceso participativo tanto presenciales, como escritas, recibidas por el

Servicio de Atención Ciudadana del SAC y online.

• Un informe provisional antes de la jornada final de retorno en el que se

describa el desarrollo del proceso de participación y se recojan los

resultados tanto cualitativos como cuantitativos. Este informe deberá

recoger al menos la siguiente información:

o Detalle de todas las actividades y sesiones realizadas.

o Entidades y personas invitadas y participantes.

o Propuestas realizadas por cualquier medio y ordenadas

por área temáticas. Indicando persona o colectivo que

las ha realizado, fecha y medio utilizado.

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o Propuestas admitidas y denegadas por la Comisión

Técnica con la explicación correspondiente. Con los

datos más relevantes de este informe deberá realizarse

un documento divulgativo para la web y una

presentación digital para que sea utilizada en la sesión

de retorno.

• Un informe final tras la jornada de retorno en el que se incluya, además

de la información contenida en el informe anterior, la evaluación final

del proceso. De este documento se realizará un documento divulgativo

con los datos más relevantes, que será publicado en la web y enviado a

todos y todas las participantes en el proceso que se hayan identificado.

Todos los informes deberán ser presentados en formato digital y con una copia

impresa y encuadernada en tamaño DINA4. La presentación de los informes

(excepto el informe final del proceso) se realizará en un máximo de 6 días desde

la conclusión de cada acto que los motiva en una reunión presencial con el

equipo técnico. El informe final del proceso deberá estar aprobado en

noviembre de 2018. Se podrá solicitar al responsable de la empresa

adjudicataria que actúe como interlocutor y coordinador de este trabajo, que

presente, en cualquier dase del proceso los resultados obtenidos a la Comisión

de Seguimiento o Subcomisión Técnica

6.14. Además de que las publicaciones que se dirijan a la ciudadanía deberán ser

bilingües (castellano /euskera), el desarrollo de las sesiones públicas deberán

contar con recursos técnicos y humanos para la traducción euskera/castellano,

castellano/euskera, siempre que se precise.

El coste de estos recursos serán asumidos por el adjudiciatario/a

6.15. En las sesiones públicas deberá realizarse un reportaje fotográfico y de vídeo,

cuyo resultado, una vez editado y supervisado por el equipo técnico, será

publicado en la web

6.16. La sesiones deberán ser grabadas íntegramente al menos en soporte audio

6.17. La atención telefónica durante todo el proceso (Front Office) la realizará personal

del SAC de Mancomunidad. Sin embargo, cuando la consulta, sugerencia o

reclamación tengan un alto contenido técnico, será derivada a la asistencia

técnica de participación, que actuará como Back Office. Para ello deberá disponer

de un teléfono y un correo electrónico que será atendido por una persona con

suficiente formación para resolver estas cuestiones en un período mácimo de 24

horas. La empresa adjudicataria incluirá la información cuantitativa y cualitativa

de este proceso en sus informes correspondientes.

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ANEXO I

Convenio de colaboración entre la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, los

Ayuntamientos integrados en el ámbito territorial del Transporte Urbano Comarcal y la

Mancomunidad de la Comarca de Pamplona para la elaboración de Plan de Movilidad

Urbana Sostenible de la Comarca de Pamplona.

ANEXO II:

Plan de Movilidad Urbana Sostenible para la Comarca de Pamplona (PMUSCP) Acta de

constitución del proyecto

ANEXO III:

Relación de Ayuntamientos que han suscrito el convenio de realización del PMUSCP,

incluyendo población y persona de contacto a efectos del PMUS.

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ANEXO I

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA, LOS AYUNTAMIENTOS INTEGRADOS EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DEL TRANSPORTE URBANO COMARCAL Y LA MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DE PAMPLONA PARA LA ELABORACIÓN DE UN PLAN DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE DE LA COMARCA DE PAMPLONA

En Pamplona, a xxxxxxxxx

REUNIDOS

De una parte D. Manuel Ayerdi Olaizola, como Consejero de Desarrollo Económico del

Gobierno de Navarra y en representación de éste.

De otra parte, D. Aritz Ayesa Blanco, como Presidente de la Mancomunidad de la

Comarca de Pamplona, en representación de ésta.

De otra parte, los Alcaldes de los Municipios integrados en el ámbito territorial del

Transporte Urbano Comarcal, según la delimitación establecida por la Ley Foral 8/1998:

D. Ander Casimiro Oroz, Alcalde del Ayuntamiento de Ansoáin<>Antsoain

D. Manuel Romero Pardo, Alcalde del Ayuntamiento de Aranguren

Dª. Ohianeder Indakoetxea Barberia, Alcaldesa del Ayuntamiento de

Barañáin<>Barañain

D. Óscar Ayesa Domínguez, Alcalde del Ayuntamiento de Beriáin

D. Juan Mª Albizu Andueza, Alcalde del Ayuntamiento de Berrioplano<>Berriobeiti

D. Raúl Maiza González, Alcalde del Ayuntamiento de Berriozar

D. José Mª Noval Galarraga, Alcalde del Ayuntamiento de Burlada<>Burlata

D. Jesús Antonio Barricarte Sarabia, Alcalde del Ayuntamiento de Cizur

D. Mikel Gastesi Zabaleta, Alcalde del Ayuntamiento de Esteríbar

D. Pedro Mª Lezáun Esparza, Alcalde del Ayuntamiento de Ezcabarte

D. Cecilio Lusarreta Echarri, Alcalde del Ayuntamiento de Galar

D. Alfredo Arruiz Sotés, Alcalde del Ayuntamiento de Huarte<>Uharte

D. José Ignacio Erro Lacunza, Alcalde del Ayuntamiento de Noáin (Valle de

Elorz)<>Noain (Elortzibar)

D. Carlos Arróniz Loyola, Alcalde del Ayuntamiento de Orkoien

D. Joseba Asiron Saez, Alcalde del Ayuntamiento de Pamplona<>Iruña

D. Alfonso Etxeberria Goñi, Alcalde del Ayuntamiento del Valle de Egüés<>Eguesibar

D. Mikel Oteiza Iza, Alcalde del Ayuntamiento de Villava<>Atarrabia

D. Jon Gondán Cabrera, Alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor<>Zizur Nagusia

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EXPONEN

I.- ANTECEDENTES

El Libro Blanco de la Comisión Europea de marzo de 2011 establece la hoja de ruta

hacia un espacio único europeo de transporte apostando por una política de transportes

competitiva y sostenible.

El Gobierno de Navarra se ha adherido al Memorándum de entendimiento (MOU) en

materia de liderazgo mundial ante el cambio climático que ha sido suscrito o avalado

hasta el momento por 127 participantes representando a 27 países de los seis

continentes.

La Estrategia frente al cambio climático de Navarra 2010-2020 contempla como uno de

sus objetivos la reducción en 2020 de las emisiones de los sectores difusos (los hogares,

los servicios, la agricultura, los residuos y el transporte) en un 10% respecto a las

emisiones de 2005.

Las iniciativas más destacadas que se han desarrollado en materia de movilidad

sostenible en el ámbito del área metropolitana de Pamplona durante los últimos años

son:

1.- El «Pacto Local de Movilidad Sostenible de Pamplona» fue aprobado el 30 de

noviembre de 2005 por el Foro “Agenda 21”, órgano de participación social de la Agenda

21 Local de Pamplona. Dicho pacto establecía una jerarquía en el uso de la ciudad,

utilización del espacio público y promoción de modos de transporte, con la marcha a pie

como principal protagonista del modelo de movilidad que se pretendía alcanzar, seguido

por el transporte público, la bicicleta y, por último, la motocicleta y el automóvil como

medios motorizados menos deseables de desarrollo y potenciación. En el caso del

automóvil, se aspiraba a que en el modelo de movilidad del futuro su uso disminuyera

por medio de medidas disuasorias y la potenciación del resto de los medios de

desplazamiento.

Además, establecía unos principios y objetivos del pacto, y definía unas actuaciones

para la consecución de dichos objetivos. Por otra parte, entre sus sugerencias finales,

figuraba la elaboración de un Plan de Movilidad Sostenible Comarcal promovido por

Pamplona.

2.- Con posterioridad, para dar respuesta a la creciente preocupación social e

institucional que ocasionaba el aumento de la movilidad en el área metropolitana de

Pamplona, se constituyó en marzo de 2006 la “Mesa de la Movilidad y del Transporte de

la Comarca de Pamplona”, impulsada por el Departamento de Obras Públicas,

Transportes y Comunicaciones, y, entre otras medidas, acordó llevar a cabo un «Plan de

Movilidad Urbana Sostenible para la Comarca de Pamplona (PMUSCP)». Los Planes

de Movilidad Sostenible se configuran como instrumentos básicos para reducir los

impactos asociados a la creciente movilidad urbana y promover modos de

desplazamiento más sostenibles.

Este documento se realizó entre los años 2007 y 2008, y constaba de dos fases: a)

Información y Diagnóstico; y b) Medidas de Movilidad Sostenible. Las diferentes etapas

de elaboración del documento fueron acompañadas por un proceso de participación

ciudadana llevado a cabo por el equipo redactor junto con el Centro de Recursos

Ambientales de Navarra.

Se realizó un importante esfuerzo para coordinar a los distintos agentes y elaborar un

diagnóstico de la movilidad del ámbito metropolitano de Pamplona, aunque finalmente no

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se aprobó el plan de acción en el que se contemplaban las medidas de movilidad

sostenible. No obstante, constituye un antecedente suficientemente reciente como para

valorar la incorporación de los resultados y experiencias en la elaboración del nuevo plan

de movilidad que se va a impulsar.

3.- Además, en la Comarca han existido iniciativas de gestión de la movilidad por parte

de diferentes instituciones que se corresponden con centros generadores de movilidad

como pueden ser el Plan de transporte y movilidad para la Universidad Pública de

Navarra (2009), el Plan de Movilidad al Trabajo de la Ciudad de la Innovación (2010), el

Plan de transporte y movilidad para el CIP Donapea IIP (2010) o el Plan de Movilidad

Sostenible de la Universidad de Navarra (2012), entre otros.

4.- Otra actuación reseñable para el conocimiento de la movilidad en el área

metropolitana de Pamplona fue la realización por la Mancomunidad de la Comarca de

Pamplona de una «Encuesta Domiciliaria de Movilidad» en dicho ámbito durante los

meses de octubre y noviembre de 2013. Estos trabajos tenían por objeto caracterizar la

población y la movilidad en día laborable, para lo que se investigó una muestra formada

por 4.348 hogares y 11.363 personas.

A partir de los anteriores datos, se construyó un modelo de transporte que, una vez

ajustado para simular la situación actual, permite estimar la evolución de la movilidad

peatonal, en bici, transporte público y transporte privado para diferentes escenarios de

actuación en la ciudad.

Los anteriores datos y herramientas constituyen un punto de partida muy importante para

la elaboración de estudios y propuestas posteriores.

5.- Del análisis de la evolución de la movilidad en el área metropolitana de Pamplona,

por medio de la comparación de estos resultados correspondientes al año 2013 con los

obtenidos en un estudio de similares características realizado en el año 1996, se

concluye que la población se está distribuyendo en la Comarca de Pamplona ocupando

una mayor superficie con una menor densidad (hecho conocido como dispersión

urbana), lo que favorece el uso de los modos mecanizados como alternativa a los modos

blandos, alarga los desplazamientos y aumenta la dependencia del vehículo privado. En

definitiva, se concluye que se está promoviendo una forma de desplazamiento poco

sostenible. Este hecho se ve reflejado en el reparto modal de los desplazamientos en el

que, tanto en el ámbito metropolitano como en el municipio de Pamplona, ha tomado un

mayor protagonismo el desplazamiento en vehículo privado frente al desplazamiento a

pie o en Transporte Público:

Viajes según modo básico de transporte en la Comarca de Pamplona

Año A pie (↓) Transporte Público (↓)

Vehículo privado (↑)

Otros modos (↓)

1996 43,7% 14,4% 36.8% 5,1%

2013 42,1% 12,7% 41,1% 4,1%

Así, en los próximos años y si no se ponen en marcha actuaciones que modifiquen esta

tendencia observada en el periodo 1996-2013, el vehículo privado superará al viaje

andando como principal modo de viaje para el conjunto de la Comarca de Pamplona.

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6.- Los anteriores trabajos se enmarcaron en la elaboración por la Mancomunidad de un

«Estudio de reordenación de la red del Transporte Urbano Comarcal» que finalizó

en el año 2015 y en el que se propone la evolución de la red hacia dos modelos como

simplificaciones extremas entre las que existen planteamientos intermedios:

a) Modelo basado en la mejora de la red actual. En este esquema se mantiene la

filosofía actual de la red, que ha dado buenos resultados, aportando propuestas

que mejoren el funcionamiento de las líneas actuales tanto por mejora en los

apoyos al transporte público, como por diseño de itinerarios que respondan

mejor a las expectativas de los clientes.

b) Modelo de red basado en ejes troncales de transporte público a partir de la

configuración de las líneas más utilizadas. En este esquema se propone crear

unas líneas de transporte público de alta capacidad, elevada frecuencia y cesión máxima de viario similares a los sistemas BRT (Bus Rapid Transit o sistemas de

transporte rápido en autobús), BHNS (Bus à haut niveau de service o sistemas

de autobuses de alta calidad de servicio) o tranviarios, que atiendan los

corredores con la mayor movilidad general de la ciudad, que serían alimentadas

por otras líneas que atiendan los barrios, evitando duplicidad de recorridos a la

hora de conectar éstos con los centros atractores.

A partir de estos dos modelos se pretende poner en marcha un proceso de participación

pública abierta a los agentes del sector, los agentes sociales y la ciudadanía en su

conjunto, con el objetivo de incorporar sus aportaciones en la propuesta definitiva de red

de transporte público que se acabe implantando.

7. Mediante Acuerdo de Gobierno, de 14 de abril de 2011, se aprobó el Plan Integral de

Transporte Interurbano de Navarra (PITNA). Dicho Plan ha sido sometido a un proceso

de revisión a partir del cual se ha definido una estructura de servicios con carácter zonal

de tal manera que el territorio se ha divido en zonas de movilidad a cabeceras

comarcales. Una de dichas zonas ha sido denominada Interurbano de la Comarca de

Pamplona y se corresponde fundamentalmente con el ámbito geográfico en torno al área

metropolitana de Pamplona donde se observa una concentración de pequeñas

poblaciones diseminadas con necesidades de movilidad en muchos casos no satisfechas

con los servicios de transporte interurbano actualmente vigentes.

Con fecha de 5 de junio de 2015 se suscribió un Protocolo de colaboración entre el

Departamento de Fomento (ahora Desarrollo Económico) y la Mancomunidad de la

Comarca de Pamplona, entre cuyos objetivos se encuentra abordar de forma coordinada

el proceso de planificación y participación pública para la definición de los nuevos

servicios de transporte interurbano titularidad de la Administración de la Comunidad

Foral de Navarra. Dicha planificación deberá coordinarse con el PMUS de la Comarca de

Pamplona y los Planes de Transporte Urbano Comarcal para asegurar la movilidad de la

ciudadanía de las poblaciones incluidas.

8. Mediante Decreto Foral 45/2011, de 16 de mayo, se aprobó el Plan de Ordenación

Territorial del Área Central por el que se establecen una serie de criterios y medidas para

la promoción de la movilidad sostenible, entre los cuales se contempla la elaboración de

Planes de Movilidad. Incorpora, asimismo, la necesidad de desarrollar el transporte

público como pieza clave para la vertebración territorial y que las administraciones

públicas de Navarra deberán favorecer un cambio modal para incrementar el uso de los

modos más eficientes y sostenibles.

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9.- La Modificación del V Plan de Transporte Urbano de la Comarca de Pamplona 2015-

2016 aprobada por la Asamblea General de la Mancomunidad celebrada el día 22 de

diciembre de 2015, en su apartado 3.2 (Nueva propuesta de sistema de transporte

público más atractiva frente al vehículo privado) establece:

“b. Plan de Movilidad Urbana Sostenible de la Comarca de

Pamplona. Aunque el estudio realizado tiene un objeto más limitado y se

refiere a la red de transporte público, sin embargo la toma de datos en

2013 abarca la movilidad de la comarca en todos los modos, por lo que

puede ser una buena base de partida para elaborar un Plan de Movilidad

Urbana Sostenible de la Comarca de Pamplona. Este tipo de instrumento

prevé actuaciones coordinadas para todos los modos de desplazamiento

y no solamente para el transporte público, por lo que excede de lo

previsto en la legislación para el contenido del Plan de Transporte. Sin

embargo, se trata de un instrumento que están poniendo en marcha las

ciudades que lideran las actuaciones más avanzadas hacia una

movilidad más sostenible. En el caso de que se decidiera llevarlo a cabo

en colaboración con las diferentes Administraciones implicadas,

permitiría tener un plan coordinado de actuación sobre los diferentes

elementos que influyen en la movilidad de los ciudadanos

En concreto, se han previsto 160.000 euros durante el año 2016 para realizar las

actuaciones anteriormente descritas (observatorio de movilidad, proceso de

participación pública, posible actualización de los datos de movilidad) de forma

que se defina la reordenación definitiva de la red de transporte público en el

marco de un Plan de Movilidad Urbana Sostenible de la Comarca de Pamplona,

siempre y cuando así se acuerde entre la Mancomunidad y las Administraciones

implicadas.”

10.- El programa de gobierno de la actual Legislatura de la Mancomunidad de la

Comarca de Pamplona incluye entre sus objetivos:

- “Impulsar un Plan de Movilidad de la Comarca a partir del fallido PMUS y el

estudio de reordenación del transporte público, con criterios de participación

directa de los Ayuntamientos y de la ciudadanía.

- Apostaremos de manera decidida por una movilidad sostenible que priorice al

peatón, el transporte público y la bicicleta.”

II.- FUNDAMENTOS

1.- El desplazamiento de las personas y mercancías en las ciudades depende de

diversos factores por lo que la gestión de la movilidad en la misma supone actuar sobre

competencias repartidas entre diferentes Administraciones. En el caso de la Comarca de

Pamplona existen además varios municipios en el área metropolitana de Pamplona que

constituye el ámbito real de desplazamiento de la ciudadanía. Sin ánimo de ser

exhaustivos, se puede citar el siguiente reparto competencial en el área metropolitana de

Pamplona:

- Administración de la Comunidad Foral de Navarra: ordenación del territorio, en

concreto el Plan de Ordenación del Territorio del Área Central; programación,

construcción y conservación de la red de carreteras de su titularidad; ordenación,

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planificación y gestión del transporte público interurbano regular de uso general,

entre otras.

- Ayuntamientos: urbanismo, regulación del espacio y viario público, tráfico,

estacionamiento de vehículo y movilidad en su término municipal, etc.

- Mancomunidad de la Comarca de Pamplona: regulación del transporte público

urbano y del servicio del taxi.

2.- La planificación de la movilidad urbana es una tarea difícil y compleja, para la que no

existe una legislación específica e integrada en la Comunidad Foral de Navarra. En los

últimos años ha surgido la figura del Plan de Movilidad Urbana Sostenible como

instrumento con un enfoque integrado que fomenta el desarrollo equilibrado de todas las

modalidades de transporte.

Un Plan de Movilidad Urbana Sostenible es un plan estratégico diseñado para satisfacer

las necesidades de movilidad de las personas y mercancías en la ciudad y sus

alrededores en busca de una mejor calidad de vida. Se basa en las prácticas de

planificación existentes y tiene en cuenta los principios de integración, participación y

evaluación.

Dada la relevancia que tiene para la población destinataria, este Plan de Movilidad

Urbana Sostenible tiene que contar con un informe de impacto de género, formando

adecuadamente al personal técnico encargado de realizarlo y/o realizando las

contrataciones necesarias que garanticen la capacitación técnica de quienes van a

analizar los datos e introducir las medidas que palien las diferencias y discriminaciones

entre mujeres y hombres, si estas existen. Y utilizar un uso no sexista e integrador del

lenguaje e imágenes, cumpliendo así con la normativa en el conjunto de la acción de los

gobiernos municipales.

3.- La Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, como Entidad Local supramunicipal

en que están integrados los Municipios que forman el área metropolitana de Pamplona y

dada la experiencia y solvencia técnica en materia de modelización y planificación del

transporte público urbano comarcal, puede asumir las funciones de impulso,

coordinación y gestión para la elaboración de un Plan de Movilidad Urbana Sostenible en

el área metropolitana de Pamplona.

Por otra parte, es necesaria la coordinación del mismo con la Administración de la

Comunidad Foral, dadas sus competencias en materia de ordenación del territorio,

infraestructuras y ordenación y gestión del transporte, por lo que se incorpora también al

presente convenio.

Por todo ello, los presentes firman el presente convenio de colaboración entre las

Administraciones citadas para la elaboración de un Plan de Movilidad Urbana Sostenible

de la Comarca de Pamplona, de acuerdo a las siguientes

CLÁUSULAS

1.- Objeto del convenio

Este convenio tiene como objeto el establecimiento de los compromisos y obligaciones

de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de la Mancomunidad de la

Comarca de Pamplona y de los Municipios firmantes, cada uno en su ámbito

competencial, para en común acuerdo, elaborar un Plan de Movilidad Urbana Sostenible

de la Comarca de Pamplona (en adelante PMUSCP), cuyo ámbito territorial será el área

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metropolitana de Pamplona tomando en principio como referencia el ámbito establecido

en la Ley Foral 8/1998 del transporte regular de viajeros en la Comarca de Pamplona.

La elaboración de dicho PMUSCP se realizará de forma coordinada con los procesos de

planificación y participación pública necesarios para la definición de los nuevos servicios

de transporte interurbano de la zona denominada Interurbano de la Comarca de

Pamplona y conforme a lo establecido en el Protocolo de colaboración entre el

Departamento de Fomento (ahora Desarrollo Económico) y la Mancomunidad de la

Comarca de Pamplona.

2.- Objetivos del PMUSCP

Son objetivos a conseguir por el Gobierno de Navarra, la Mancomunidad y las Entidades

Locales del ámbito territorial del Transporte Urbano Comarcal en el proceso de

elaboración del PMUSCP los siguientes:

1. Obtener un documento que sirva de plan estratégico basado en prácticas de

planificación existentes y que tenga en cuenta los principios de integración,

participación y evaluación para satisfacer las necesidades actuales y futuras de

movilidad de personas y mercancías, con el objetivo de lograr una mayor calidad

de vida en la Comarca de Pamplona.

2. Facilitar y realizar un proceso público de participación en la redacción del

PMUSCP.

3. Realizar los estudios necesarios para la elaboración del PMUSCP.

4. Proponer una serie de medidas como resultado de este estudio, consensuadas

según se describe en la cláusula 8ª, para que cada Administración implante el

PMUSCP en una fase posterior a este convenio y en función de sus

competencias.

3.- Obligaciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

La Administración de la Comunidad Foral de Navarra se obliga a:

1. Dedicar los recursos humanos y materiales necesarios para el seguimiento de

los trabajos.

2. Suministrar la información de que disponga para la elaboración del PMUSCP.

3. Colaborar en el proceso de participación para recabar opiniones, inquietudes e

iniciativas.

4. Valorar y adoptar las decisiones necesarias sobre las materias de su

competencia que se propongan durante la elaboración de los trabajos.

5. Una vez consensuado el resultado del estudio según se describe en la cláusula

8ª, el Gobierno de Navarra implantará el PMUSCP en función de sus

competencias en una fase posterior a este convenio.

4.- Obligaciones de los Municipios

Los Municipios que son parte del convenio se obligan a:

1. Dedicar los recursos humanos y materiales necesarios para el seguimiento de

los trabajos.

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2. Suministrar la información de que dispongan para la elaboración del PMUSCP.

3. Colaborar en el proceso de participación para recabar opiniones, inquietudes e

iniciativas de la ciudadanía y colectivos de su municipio.

4. Valorar y adoptar las decisiones necesarias sobre las materias de su

competencia que se propongan durante la elaboración de los trabajos.

5. Una vez consensuado el resultado del estudio según se describe en la cláusula

8ª, cada Ayuntamiento implantará el PMUSCP en función de sus competencias

en una fase posterior a este convenio.

5.- Obligaciones de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona

Corresponde a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona las obligaciones

siguientes:

1. Dirigir el proceso de participación en colaboración con las Entidades Locales del

ámbito.

2. Realizar los estudios correspondientes y los trabajos para la redacción del

PMUSCP.

3. Valorar y adoptar las decisiones necesarias sobre las materias de su

competencia que se propongan durante la elaboración de los trabajos.

4. Una vez consensuado el resultado del estudio según se describe en la cláusula

8ª, la Mancomunidad implantará el PMUSCP en función de sus competencias en

una fase posterior a este convenio.

6.- Financiación

La Mancomunidad de la Comarca de Pamplona asumirá los gastos necesarios para la

realización de los estudios y los trabajos de redacción del PMUSCP, efectuando las

contrataciones que, a tal fin, sean necesarias. Estos gastos los financiará con cargo a la

partida prevista en la modificación del V Plan de Transporte Urbano de la Comarca de

Pamplona 2015-2016.

7.- Seguimiento y coordinación de los trabajos

Para el seguimiento y coordinación de los trabajos se constituye una Comisión que

asumirá, sin perjuicio de las competencias que correspondan a cada Administración, las

siguientes funciones:

a) Velar por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Convenio.

b) Aprobar las directrices básicas para la elaboración del PMUSCP.

c) Aprobar el diseño del Plan de Participación Ciudadana que se desarrollará durante la elaboración del PMUSCP.

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d) Resolver las dudas que se generen en la interpretación y cumplimiento del mismo.

e) Establecer un plan de seguimiento en base a la programación a establecer para la elaboración y aprobación del PMUSCP.

f) Promover la coordinación necesaria con otras Administraciones y Agentes intervinientes en el proceso, desarrollando cuantas acciones estimen necesarias y oportunas para la consecución de los objetivos del Convenio.

g) Velar por el cumplimiento de los plazos para la ejecución de los trabajos objeto del presente Convenio.

h) Validar la propuesta del PMUSCP con carácter previo a ser elevada a su aprobación según lo dispuesto en la cláusula octava.

Serán integrantes de la Comisión de seguimiento y coordinación:

a. Un/a representante de cada grupo político de la Mancomunidad de la Comarca

de Pamplona. La composición de esta Comisión deberá respetar que el 50% de

sus miembros sean representantes del municipio de Pamplona. El Presidente

designará la composición de la Comisión, a propuesta de los grupos políticos y

mediante Resolución, pudiendo aumentar su número para garantizar la

representación del municipio de Pamplona.

b. El Director General de Obras Públicas del Departamento de Desarrollo

Económico.

La Comisión adoptará sus acuerdos por consenso. En el caso de que se suscitaran

discrepancias insalvables en la parte de Mancomunidad, éstas se elevarán a la Comisión

Permanente de ésta, que resolverá lo procedente para la continuación de la ejecución

del objeto del convenio.

Dependiendo de la Comisión de seguimiento y coordinación se establece una

Subcomisión técnica formada por:

a. Una representación del Ayuntamiento de Pamplona, formada por el personal

técnico de la Gerencia de Urbanismo, a la que se encomienda mediante este

convenio el seguimiento técnico de los trabajos, a la que podrán sumarse otros

técnicos del mismo Ayuntamiento vinculados a cuestiones relacionadas con la

movilidad, el tráfico o las obras públicas.

b. Una representación de los demás Municipios, formada por el personal técnico

que los Ayuntamientos afectados por las propuestas realizadas en el marco del

PMUSCP determinen como necesario siempre que se vaya a tratar sobre

aspectos relacionados con su término municipal.

c. Representantes de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

d. Una representación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Las funciones a desarrollar por esta Subcomisión serán:

a) Proponer el plan de trabajo para la elaboración y aprobación del PMUSCP.

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b) Coordinar el proceso de elaboración del PMUSCP.

c) Proponer el diseño del Plan de Participación Ciudadana y coordinar los

procesos de participación pública que se lleven a cabo a lo largo del proceso

de elaboración.

d) Velar porque las propuestas que se desarrollen cumplan con las directrices

marcadas por la Comisión de seguimiento y control.

e) Todas aquellas otras funciones que le sean encomendadas por parte de la

Comisión.

La Comisión y la Subcomisión técnica una vez constituidas, establecerán la periodicidad

de sus reuniones y fijarán el ritmo de trabajo.

8.- Ejecución posterior de las actuaciones previstas en el PMUSCP y financiación de las mismas

Una vez formalizado el documento propuesta del PMUSCP de acuerdo con los

resultados de los estudios realizados, en los que deberá constar la previsión de

inversiones y la cronología de ejecución de las mismas, la Subcomisión técnica elevará

la propuesta a la Comisión de seguimiento y coordinación.

La Comisión de seguimiento y coordinación deberá estudiar las posibilidades de

financiación, y el grado de compromiso presupuestario de las administraciones

implicadas (Administración de la Comunidad Foral de Navarra, Ayuntamientos y

Mancomunidad de la Comarca de Pamplona) para garantizar su viabilidad, de tal forma

que el PMUSCP deberá ser ejecutado por las administraciones afectadas en función de

ese mismo compromiso.

Conforme al compromiso de financiación, la Subcomisión técnica deberá reajustar el

PMUSCP e incorporar al mismo un plan económico para la financiación de las

actuaciones a realizar, tras lo cual será nuevamente remitido a la Comisión de

seguimiento y coordinación.

La Comisión de seguimiento validará, en su caso, el PMUSCP, tras cuya validación

definitiva se elevará ante los Ayuntamientos, la Mancomunidad de la Comarca de

Pamplona, y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para su aprobación

conforme a lo previsto en la cláusula novena, a partir de la cual las administraciones

afectadas llevarán a cabo las actuaciones previstas y establecidas en el PMUSCP

aprobado.

9.- Aprobación del PMUSCP

El PMUSCP será aprobado sucesivamente por los Plenos de los Ayuntamientos, la

Asamblea General de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y el Gobierno de

Navarra.

10.- Vigencia del Convenio

El presente Convenio mantendrá su vigencia hasta la conclusión de las actuaciones

contenidas en el mismo.

11.- Otras consideraciones

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Dentro de los trabajos para la realización del PMUSCP se realizará una evaluación sobre

impacto de género del mismo.

Por otra parte, se tendrá especialmente en cuenta las necesidades de las personas con

discapacidad así como los principios de accesibilidad universal.

Y, en prueba de conformidad y aceptación, firman el presente documento, en el lugar y

fecha señalados en el encabezamiento.

Por ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL

DE NAVARRA

Fdo.: Manuel Ayerdi Olaizola

Por MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DE PAMPLONA

Fdo.: Aritz Ayesa Blanco

Por AYUNTAMIENTO DE ANSÓAIN-ANTSOAIN

Fdo.: D. Ander Casimiro Oroz

Por AYUNTAMIENTO ARANGUREN

Fdo.: D. Manuel Romero Pardo

Por AYUNTAMIENTO DE BARAÑÁIN<>BARAÑAIN

Fdo.: Dª. Ohianeder Indakoetxea Barberia

Por AYUNTAMIENTO DE BERIÁIN

Fdo.: D. Óscar Ayesa Domínguez

Por AYUNTAMIENTO DE BERRIOPLANO-BERRIOBEITI

Fdo.: D. Juan Mª Albizu Andueza

Por AYUNTAMIENTO DE BERRIOZAR

Fdo.: D. Raúl Maiza González

Por AYUNTAMIENTO DE BURLADA

Fdo.: D. José Mª Noval Galarraga

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Por AYUNTAMIENTO DE CIZUR

Fdo.: D. Jesús Antonio Barricarte Sarabia

Por AYUNTAMIENTO DE ESTERÍBAR

Fdo.: D. Mikel Gastesi Zabaleta

Por AYUNTAMIENTO DE EZCABARTE

Fdo.: D. Pedro Mª Lezáun Esparza

Por AYUNTAMIENTO DE GALAR

Fdo.: D. Cecilio Lusarreta Echarri

Por AYUNTAMIENTO DE HUARTE-UHARTE

Fdo.: D. Alfredo Arruiz Sotés

Por AYUNTAMIENTO DE NOÁIN (VALLE DE ELORZ)-NOAIN (ELORTZIBAR)

Fdo.: D. José Ignacio Erro Lacunza

Por AYUNTAMIENTO DE ORKOIEN

Fdo.: D. Carlos Arróniz Loyola

Por AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA-IRUÑA

Fdo.: D. Joseba Asirón Saez

Por AYUNTAMIENTO DEL VALLE DE EGÜÉS-

EGUESIBAR

Fdo.: D. Alfonso Etxeberria Goñi

Por AYUNTAMIENTO DE VILLAVA-ATARRABIA

Fdo.: D. Mikel Oteiza Iza

Por AYUNTAMIENTO DE ZIZUR MAYOR-ZIZUR

NAGUSIA

Fdo.: D. Jon Gondán Cabrera

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ANEXO III

Relación de Ayuntamientos que han suscrito el convenio de realización del PMUSCP,

incluyendo población y persona de contacto a efectos del PMUS.