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PLIEGO DE CONDICIONES PARA CONTRATAR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA PARA DOTAR DE SUMINISTRO AL EDIFICIO DE 120 VIVIENDAS, 2 LOCALES COMERCIALES Y 88 PLAZAS DE GARAJE SITUADO EN LA PARCELA Nº 2 DEL PRIM DEL BARRIO SAN ANTÓN DE ELCHE Promueve Gestiona Aprobado por el Consejo de Administración de PIMESA, en sesión celebrada el 26 de febrero de 2018 Elche, a 27 de febrero de 2018 La Gerencia de PIMESA Antonio Martínez Gómez Febrero 2018

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PLIEGO DE CONDICIONES

PARA CONTRATAR

LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE

INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA

PARA DOTAR DE SUMINISTRO AL EDIFICIO

DE 120 VIVIENDAS, 2 LOCALES COMERCIALES Y 88 PLAZAS DE GARAJE

SITUADO EN LA PARCELA Nº 2 DEL PRIM DEL BARRIO SAN ANTÓN

DE ELCHE

Promueve Gestiona

Aprobado por el Consejo de Administración de PIMESA,

en sesión celebrada el 26 de febrero de 2018

Elche, a 27 de febrero de 2018 La Gerencia de PIMESA Antonio Martínez Gómez

Febrero 2018

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ÍNDICE CUADRO RESUMEN DE LA LICITACIÓN .......................................................... 4

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS GENERALES Y PARTICULARES .. 7

CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES ................................................ 7

CLÁUSULA 1.- OBJETO DEL CONTRATO ............................................................ 7

CLÁUSULA 2.- JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO. 8

CLÁUSULA 3.- RÉGIMEN JURÍDICO .................................................................. 8

CLÁUSULA 4.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO, PRECIO

DEL CONTRATO Y REVISIÓN DE PRECIOS ................................... 9

CLÁUSULA 5.- EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO .............................. 10

PLAZO DE EJECUCIÓN Y ........................................................... 10

CLÁUSULA 6.- DURACIÓN DEL CONTRATO ...................................................... 10

CLÁUSULA 7.- GARANTÍA PROVISIONAL .......................................................... 10

CLÁUSULA 8.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN .......................... 10

CLÁUSULA 9.- PERFIL DEL CONTRATANTE ....................................................... 11

CAPÍTULO II.- LICITACIÓN ......................................................................... 11

CLÁUSULA 10.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y CRITERIOS DE SELECCIÓN DE

LAS EMPRESAS ......................................................................... 11

CLÁUSULA 11.- CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES ....................................... 12

CLÁUSULA 12.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES ......................................... 12

CLÁUSULA 13.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES ......................... 12

CLÁUSULA 14.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS ........................... 15

CLÁUSULA 15.- ÓRGANO Y MESA DE CONTRATACIÓN ........................................ 16

CAPÍTULO III.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN .................................... 18

CLÁUSULA 17.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR CON LA

OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA ............................ 18

CLÁUSULA 18.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ................................................ 22

CLÁUSULA 19.- GARANTÍA DEFINITIVA ............................................................. 22

CLÁUSULA 20.- SEGUROS ................................................................................. 23

CLÁUSULA 21.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO .............................................. 24

CAPÍTULO IV.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO ................................................ 25

CLÁUSULA 22.- RIESGO Y VENTURA ................................................................. 25

CLÁUSULA 23.- ACTA DE COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO ............................... 25

CLÁUSULA 24.- DIRECCIÓN DE LAS OBRAS ....................................................... 25

CLÁUSULA 25.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES

CONTRACTUALES ..................................................................... 26

CLÁUSULA 26.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ................................................ 26

CLÁUSULA 27.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO ................................................... 27

CLÁUSULA 28.- SUBCONTRATACIÓN ................................................................. 27

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CAPÍTULO V.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ............... 28

CLÁUSULA 29.- CERTIFICACIONES Y FORMA DE PAGO ........................................ 28

CLÁUSULA 30.- REVISIÓN DE PRECIOS .............................................................. 29

CLÁUSULA 31.- GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA .................. 29

CLÁUSULA 32.- OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y MEDIOAMBIENTALES ... 29

CAPÍTULO VI.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO ................................................ 30

CLÁUSULA 33.- RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA OBRA .................................. 30

CLÁUSULA 34.- PLAZO DE GARANTÍA ................................................................ 31

CLÁUSULA 35.- RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL..................................... 31

CLÁUSULA 36.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ................................................... 31

CLÁUSULA 37.- CONFIDENCIALIDAD ................................................................. 32

CLÁUSULA 38.- PROTECCIÓN DE DATOS ........................................................... 32

CLÁUSULA 39.- JURISDICCIÓN COMPETENTE .................................................... 33

ANEXO I.- MODELO DE INSTANCIA QUE ACOMPAÑA LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA ........................................................................... 34

ANEXO II.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ............................. 35

ANEXO III.- MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA ................................ 37

ANEXO IV.- MODELOS DE GARANTÍA DEFINITIVA ..................................... 38

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El presente Pliego de Condiciones se compone de Cláusulas Administrativas Generales y Particulares que, junto con el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, regulan la adjudicación las obras que se licitan y el contrato que se derive del procedimiento de adjudicación.

CUADRO RESUMEN DE LA LICITACIÓN

A) CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN

Expediente de Contratación: 2018/002 Entidad adjudicadora: Promociones e Iniciativas Municipales de Elche, S.A. (PIMESA) Lugar de ejecución: Elche Procedimiento: Abierto Tramitación: Ordinaria

B) OBJETO DE LA LICITACIÓN

Ejecución de las obras de infraestructura eléctrica para dotar de suministro al edificio de 120 viviendas, 2 locales comerciales y 88 plazas de garaje situado en la parcela nº 2 del PRIM del Barrio San Antón de Elche.

- Proyecto de Ejecución de CENTRO DE TRANSFORMACIÓN EN EDIFICIO DE

VIVIENDAS DENOMINADO “CT2” EN CALLE JOSÉ ANTÓN AGULLO, en Elche.

- Proyecto de Ejecución de LÍNEA SUBTERRÁNEA DE BAJA TENSIÓN PARA SUMINISTRO DE UN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN LA CALLE JOSÉ ANTÓN AGULLÓ, en Elche.

- Proyecto de Ejecución de LÍNEA SUBTERRÁNEA DE MEDIA TENSIÓN DESDE

LSMT EXISTENTE, HASTA CENTRO DE TRANSFORMACIÓN, “CT2”, A EJECUTAR, en Elche.

Código correspondiente al Vocabulario Común de Contratos de la Comisión Europea (CPV):

Código CPV Descripción

45317200-4 Trabajos de instalación eléctrica de transformadores

45315600-4 Instalaciones de baja tensión

45315500-3 Instalaciones de media tensión

C) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN

En número: 122.346,50 euros, IVA no incluido. En letra: CIENTO VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON CINCUENTA EUROS.

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Resumen del presupuesto:

Ejecución material CT Ejecución material LSBT Ejecución material LSMT Total Ejecución material 13% Gastos generales 6% Beneficio industrial Presupuesto base de licitación

83.654,99 € 14.250,27 € 4.906,93 €

102.812,19 € 13.365,58 € 6.168,73 €

122.346,50 €

No se admitirán bajas en el capítulo de “Seguridad y Salud”, debiendo ofertarse como mínimo el importe que figuran en los Proyectos. El presupuesto de licitación no incluye el IVA al tratarse la ejecución de la obra objeto de este Pliego de un supuesto de inversión del sujeto pasivo de dicho impuesto, pasando a ser el mismo el destinatario de la operación, PIMESA, en virtud de lo establecido en el artículo 84.Uno.2º.f) de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, modificado por la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

D) HABILITACIÓN PARA EJERCER LA ACTIVIDAD PROFESIONAL PRECISA

PARA LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO

Los licitadores deberán presentar certificado acreditativo de su condición de empresas instaladoras que reúnen los requisitos y condiciones establecidos en la ITC-LAT 03 y que han presentado la correspondiente declaración responsable de inicio de actividad, según lo prescrito en el apartado 6 de dicha ITC, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Además, la empresa licitadora deberá acreditar estar debidamente habilitada o autorizada por IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U. para la instalación de equipos de telegestión de la compañía en centros de transformación integrados en su red.

E) ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA

Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera, y técnica y profesional, bien a través de la acreditación de la clasificación que se indica a continuación, bien a través de los medios de justificación que se establecen en la Cláusula de “DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR CON LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA”.

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RD 1098/2001 GRUPO SUBGRUPO CATEGORÍA

Instalaciones Eléctricas I 5 B

Instalaciones Eléctricas I 6 A

RD 773/2015 GRUPO SUBGRUPO CATEGORÍA

Instalaciones Eléctricas I 5 1

Instalaciones Eléctricas I 6 1

F) PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo máximo de ejecución será de TRES (3) meses, contados a partir de la firma del Acta de Inicio de obras y Comprobación del Replanteo.

G) GARANTÍAS

Garantía Provisional: No exigida. Garantía Definitiva: 4% del precio de adjudicación. Otras garantías: Retención del 5% del presupuesto de ejecución material de

la obra de cada certificación. H) PLAZO DE GARANTÍA

Un (1) año a contar desde la fecha del Acta de Recepción de las obras. I) ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS

No existe revisión de precios.

J) MODIFICACIONES PREVISTAS DEL CONTRATO

No se prevén modificaciones en la documentación que rige la licitación conforme al

artículo 106 del TRLCSP.

K) PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Registro de entrada de PIMESA, sito en calle Diagonal del Palau, nº 7, 3ª planta, Elche.

L) PLAZO DE PRESENTACIÓN

Dentro de los veintiséis (26) días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la presente licitación en el Perfil del Contratante de PIMESA, antes de las 14 horas y 0 minutos del último día del plazo de presentación de proposiciones. Si el último día del plazo fuera inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

M) DIRECCIÓN DEL PERFIL DEL CONTRATANTE www.pimesa.es/es/perfil-de-contratante

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS GENERALES Y PARTICULARES

CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

CLÁUSULA 1.- OBJETO DEL CONTRATO El presente Pliego tiene por objeto establecer las cláusulas administrativas que regirán la adjudicación del contrato de ejecución de las obras de infraestructura eléctrica para dotar de suministro al edificio de 120 viviendas, 2 locales comerciales y 88 plazas de garaje situado en la parcela nº 2 del PRIM del Barrio San Antón de Elche, de conformidad con los Proyectos que a continuación se relacionan:

- Proyecto de Ejecución de CENTRO DE TRANSFORMACIÓN EN EDIFICIO DE VIVIENDAS DENOMINADO “CT2” EN CALLE JOSÉ ANTÓN AGULLO, en Elche.

- Proyecto de Ejecución de LÍNEA SUBTERRÁNEA DE BAJA TENSIÓN PARA

SUMINISTRO DE UN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN LA CALLE JOSÉ ANTÓN AGULLÓ, en Elche.

- Proyecto de Ejecución de LÍNEA SUBTERRÁNEA DE MEDIA TENSIÓN DESDE

LSMT EXISTENTE, HASTA CENTRO DE TRANSFORMACIÓN, “CT2”, A EJECUTAR, en Elche.

Esta obra se encuadra dentro de los siguientes códigos correspondientes al Vocabulario Común de Contratos de la Comisión Europea (Nomenclatura CPV):

Código CPV Descripción

45317200-4 Trabajos de instalación eléctrica de transformadores

45315600-4 Instalaciones de baja tensión

45315500-3 Instalaciones de media tensión

Las obras se ejecutarán con estricta sujeción al presente Pliego de Condiciones, al Pliego de Prescripciones Técnicas y a los Proyectos anteriormente indicados (en adelante PROYECTOS), que constan de los siguientes apartados: Dichos PROYECTOS fueron presentados a IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA S.A.U. en diciembre de 2017, habiendo remitido dicha compañía en enero de 2018 las condiciones técnico-económicas relativas a su ejecución, que han sido objeto de aceptación y pago por parte de PIMESA. Los citados PROYECTOS serán publicados en el perfil del contratante de PIMESA, www.pimesa.es, como documento asociado del Expediente de Contratación 2018/002. Dichos documentos tienen carácter contractual y la presentación de proposiciones supondrá el conocimiento íntegro de su contenido y su aceptación incondicional por parte de los licitadores.

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En ningún caso podrán servir las normas contenidas en este Pliego para justificar la omisión por parte del adjudicatario de trabajos que sean legalmente exigibles para el cumplimiento del objeto del mismo, o que pasen a serlo en función de modificaciones normativas que entren en vigor durante el período de realización de los trabajos. CLÁUSULA 2.- JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO. PIMESA, en su condición de Ente Gestor y Agente Urbanizador del Área de Regeneración y Renovación Urbana (ARRU) del Barrio San Antón de Elche, 1ª Fase, declarada por la Generalitat Valenciana como actuación protegida en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2013-2016, está desarrollando las actuaciones de Edificación y Reurbanización establecidas en el Acuerdo de la Comisión Bilateral suscrito el 24 de octubre de 2014 entre el Ministerio de Fomento, la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Elche, que tiene por objeto edificar 308 viviendas en dicho ámbito, estimándose un coste total de la actuación de 20.876.072,43 euros distribuido en anualidades comprendidas entre 2014 y 2017. La cesión a PIMESA de la condición de Ente Gestor y Agente Urbanizador fue aprobada por el Ayuntamiento de Elche en Pleno, en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2013, formalizándose el correspondiente Convenio con la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente con fecha 11 de marzo de 2014. Entre las actuaciones que está realizando PIMESA se encuentra la construcción del edificio de 120 viviendas protegidas, 2 locales comerciales y 88 plazas de garaje sobre la parcela nº 2 del Plan de Reforma Interior Modificativo del Barrio San Antón, cuyas obras dieron comienzo en 11 de enero de 2017, siendo a 31 de enero de 2018 el grado de ejecución de la obra del 30% aproximadamente. Hasta la cesión a PIMESA de la condición de Ente Gestor y Agente Urbanizador, el anterior ente gestor ejecutó las obras de urbanización del ámbito de la actuación protegida quedando pendiente la ejecución de las instalaciones eléctricas. La presente licitación se convoca con objeto de ejecutar las obras de infraestructura eléctrica necesarias para dotar de suministro eléctrico al edificio 120 viviendas protegidas, 2 locales comerciales y 88 plazas de garaje sobre la parcela nº 2 del Plan de Reforma Interior Modificativo del Barrio San Antón. CLÁUSULA 3.- RÉGIMEN JURÍDICO El contrato a que dé lugar el presente Pliego tendrá la consideración de contrato privado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). Esta contratación queda, por tanto, sometida en cuanto a su preparación y adjudicación a las Instrucciones Internas de Contratación, al presente Pliego y al TRLCSP en cuanto a lo que resulte de aplicación a los poderes adjudicadores que no son Administración Pública. En cuanto a sus efectos y extinción, este contrato se regirá por el derecho privado, salvo lo previsto en el TRLCSP en materia de modificaciones contractuales.

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CLÁUSULA 4.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO, PRECIO DEL CONTRATO Y REVISIÓN DE PRECIOS

El presupuesto base de licitación se establece en 122.346,50 euros, IVA no incluido, que se detalla en el apartado C) del “CUADRO RESUMEN DE LA LICITACIÓN”, no admitiéndose ofertas que superen dicho presupuesto base ni el presupuesto establecido en cada uno de los PROYECTOS.

Dicho importe coincide con el valor estimado del contrato, según lo dispuesto en el artículo 88 del TRLCSP. No se admitirán bajas en el capítulo de “Seguridad y Salud”, debiendo ofertarse como mínimo el importe que figura en cada uno de los PROYECTOS. El importe del contrato y los precios de las unidades de obra que regirán durante la ejecución de las obras serán los ofertados por el licitador que resulte adjudicatario, debiendo comprender la completa realización de los trabajos objeto de licitación, sin que exista posibilidad de efectuar revisión de precios. El precio del contrato resultará de la aplicación de dichos precios unitarios ofertados sobre la medición de los PROYECTOS licitados. Los precios unitarios ofertados serán los que sirvan de base al contrato y se utilizarán para valorar la obra ejecutada, considerando incluidos en ellos todos los trabajos, medios auxiliares y materiales necesarios para la ejecución de la unidad de obra que definan, por lo que el Contratista no podrá reclamar que se introduzca modificación alguna en ellos bajo ningún pretexto de error u omisión.

La obra se considera cerrada en precios de las unidades de obra, entendiendo como tales aquellos que sirven para el abono de cada una de las contempladas y definidas en cualquiera de los documentos de los PROYECTOS objeto del contrato. Cuantos elementos auxiliares se precisen obligatoriamente por cualquier norma son de obligada ejecución y su precio se entiende incluido en la unidad aunque no se indique expresamente, por lo que no se admitirá reclamación alguna por razón de rendimientos o cuantías de los materiales o de la mano de obra, por gastos de desplazamiento, etc. establecidos en los precios descompuestos. Tampoco, se aceptará ningún tipo de reclamación por razón de la naturaleza geológica o geotécnica del terreno afectado por las obras, considerándose incluido en el precio de la excavación la existencia de distintos tipos de suelo, incluyendo los duros o rocosos, con diferentes rendimientos. Las mediciones de todas las unidades de obra tienen el carácter de previsión, pudiendo experimentar variaciones como consecuencia del resultado de la medición final. El porcentaje de baja sobre el presupuesto base de licitación que, en su caso, presenten los licitadores se aplicará en la ejecución del contrato a través de la relación de precios de las unidades de obra que deberá aportar la empresa adjudicataria, incorporándose como un documento más del contrato. Se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden no solo el precio del contrato, sino el importe de los demás tributos que pudieran corresponder, con

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exclusión del IVA que proceda por la ejecución de la prestación del adjudicatario, que deberá indicarse en partida independiente. La obra objeto de este Pliego constituye un supuesto de inversión del sujeto pasivo de dicho impuesto, pasando a ser el mismo el destinatario de la operación, PIMESA, en virtud de lo establecido en el artículo 84.Uno.2º.f) de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, modificado por la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude. La oferta económica sólo podrá verse afectada en caso de producirse una variación de los PROYECTOS, siempre que dicha variación haya sido aprobada por PIMESA. CLÁUSULA 5.- EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO

El importe de las obras objeto de la presente licitación se encuentra incluido en el Programa Anual de Actuación, Inversión y Financiación de PIMESA aprobado para el año 2018, por lo que existe crédito presupuestario para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la adjudicación del contrato. CLÁUSULA 6.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO Se establece un plazo máximo de ejecución de las obras de TRES (3) MESES. Los licitadores podrán ofertar sólo un plazo de ejecución igual o inferior al indicado. El cómputo del plazo total de ejecución de las obras se iniciará desde el día siguiente al de la firma del Acta de Comprobación del Replanteo, en la que se hará constar expresamente la autorización para el inicio de las obras. En dicho plazo se incluye el montaje y desmontaje de las instalaciones precisas para la realización de todos los trabajos. El contrato objeto del presente Pliego se iniciará con su formalización y su duración comprenderá el plazo de ejecución de las obras y su periodo de garantía. CLÁUSULA 7.- GARANTÍA PROVISIONAL No se exige la constitución de garantía provisional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 104 del TRLCSP. CLÁUSULA 8.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto y tramitación ordinaria, conforme a los términos y requisitos establecidos en las Instrucciones Internas de Contratación de PIMESA, que se encuentran publicadas en el Perfil del Contratante en la web www.pimesa.es.

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CLÁUSULA 9.- PERFIL DEL CONTRATANTE Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a la actividad contractual de PIMESA, se facilita a través de la página web de la Sociedad, www.pimesa.es toda la información relativa a licitaciones y adjudicaciones. El anuncio de licitación será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, así como en el perfil del contratante de PIMESA. En el perfil del contratante de la Sociedad puede obtenerse la siguiente información y documentación respecto del presente expediente de contratación: Pliego de Condiciones, Proyectos objeto del contratos, anuncio de la licitación, anuncio y fechas de actuaciones de la Mesa de Contratación, actas de la Mesa de Contratación, y anuncios de adjudicación y de formalización del contrato. CAPÍTULO II.- LICITACIÓN

CLÁUSULA 10.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LAS EMPRESAS Podrán optar a la adjudicación de este contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones o incompatibilidades para celebrar el presente contrato, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Por lo que respecta a las causas de prohibición de contratar deberán estar referidas a la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones, y finalmente, cuando se proceda a la adjudicación del contrato. Cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente Pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios, lo que deberán acreditar con carácter previo a la adjudicación del contrato, en el momento procedimental oportuno. Los licitadores deberán contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se especifica en el apartado D del “CUADRO RESUMEN DE LA LICITACIÓN” del presente Pliego. Además de los requisitos reseñados, los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera, y técnica y profesional, bien a través de la acreditación de la clasificación indicada en el apartado E del “CUADRO RESUMEN DE LA LICITACIÓN”, bien a través de los medios de justificación que se establecen en la Cláusula de “DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR CON LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA”.

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CLÁUSULA 11.- CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES

Para ser adjudicatario del presente contrato no es preciso estar en posesión de clasificación empresarial alguna, sin perjuicio de acreditar la correspondiente habilitación y solvencia económica, financiera y técnica, por los medios establecidos en la Cláusula de “DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR CON LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA”. CLÁUSULA 12.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Se establece un plazo de veintiséis (26) días naturales para la presentación de proposiciones, contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del anuncio en el Perfil del Contratante de PIMESA. Si el último día del plazo fuera inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Las ofertas se presentarán en el Registro General de PIMESA, en la calle Diagonal de Palau, nº 7, 3ª planta, de Elche, antes de las 14 horas y 0 minutos del último día del plazo de presentación, pudiendo presentarse directamente en mano o por correo o mensajería. En caso de presentarse por correo o mensajería, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío por la oficina de correos o empresa de mensajería y comunicar a PIMESA, mediante correo electrónico a la dirección [email protected] y antes de la finalización del último día de presentación de las ofertas, la remisión de dicha oferta por correo o mensajería. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la solicitud de participación si es recibida con posterioridad a la fecha de terminación del plazo de presentación señalado en el anuncio de la licitación. No obstante, transcurridos tres (3) días naturales desde el vencimiento de dicho plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo o mensajería. Serán rechazadas por la Mesa de Contratación las ofertas presentadas fuera del plazo establecido.

CLÁUSULA 13.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES Las ofertas se presentarán contenidas en un sobre cerrado en el que se hará constar el nombre del licitador y la denominación de la licitación, acompañado de una instancia conforme al modelo que figura en el Anexo I. En ningún caso se admitirán en el Registro General de PIMESA las ofertas que no se presenten en sobre cerrado según lo establecido en este punto. Dentro del sobre cerrado se contendrán dos sobres 1 y 2 también cerrados, con la documentación que a continuación se especifica.

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Sobre nº 1 Título: Declaración Responsable Contenido: Deberá contener la declaración del licitador de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo II en la que el licitador declara lo siguiente:

Disponer de la capacidad de obrar y jurídica y de la habilitación empresarial necesaria para la realización del presente contrato.

Disponer de la solvencia económica y financiera, y técnica requerida para dicha licitación, comprometiéndose a adscribir al contrato los medios humanos y materiales suficientes para su ejecución.

Si concurren o no a la presente licitación empresas del mismo grupo empresarial

(entendiéndose por tales aquéllas que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio).

No estar incurso en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del

R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

Que el licitador se encuentra dado de alta en el Impuesto de Actividades

Económicas y al corriente de pago del mismo. Que el licitador cumple con las obligaciones legalmente establecidas en relación

con los derechos de las personas con discapacidad y con las obligaciones para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Que el licitador cumple respecto de los trabajadores y procesos productivos

empleados en la elaboración de los productos y/o servicios con las obligaciones medioambientales, sociales y laborales legalmente establecidas.

Que los datos a efectos de notificaciones son los indicados en dicha declaración.

En caso de que el licitador se presentara en unión temporal, todos y cada uno de los empresarios que la integren deberán presentar un escrito de compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la asunción del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.

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Sobre nº 2 Título: Oferta económica Contenido: Deberá contener los siguientes documentos: 1. Propuesta económica, con arreglo al modelo establecido en el Anexo III. 2. Relación de precios de las unidades de obra de cada uno de los PROYECTOS. La obra

se considera cerrada en precios de las unidades de obra, entendiendo como tales aquellos que sirven para el abono de cada una de las contempladas y definidas en cualquiera de los documentos de los PROYECTOS objeto del contrato. Cuantos elementos auxiliares se precisen obligatoriamente por cualquier norma son de obligada ejecución y su precio se entiende incluido en la unidad aunque no se indique expresamente. Las mediciones de todas las unidades de obra tienen el carácter de previsión, pudiendo experimentar variaciones como consecuencia del resultado de la medición final.

3. El Resumen del presupuesto se presentará conforme al siguiente modelo para cada

uno de los Proyectos:

- Presupuesto del Proyecto de Ejecución de CENTRO DE TRANSFORMACIÓN EN EDIFICIO DE VIVIENDAS DENOMINADO “CT2” EN CALLE JOSÉ ANTÓN AGULLO, en Elche. Capítulo 1. Demoliciones .................................................................................. € Capítulo 2. Movimiento de Tierras y Obra Civil .................................................... € Capítulo 3. Firmes y Pavimentos........................................................................ € Capítulo 4. Aparamenta Eléctrica ....................................................................... € Capítulo 5. Puentes, Terminales y Accesorios ..................................................... € Capítulo 6. Inspección y Ensayos....................................................................... € Capítulo 7. Estudio de Gestión de Residuos ........................................................ € Capítulo 8. Seguridad y Salud .............................................................. 1.805,89 € Total presupuesto ejecución material ................................................................. € 13% de Gastos Generales ................................................................................ € 6% de Beneficio Industrial ............................................................................... € Total presupuesto de licitación, sin incluir el IVA ..................................... €

- Presupuesto del Proyecto de Ejecución de LÍNEA SUBTERRÁNEA DE BAJA

TENSIÓN PARA SUMINISTRO DE UN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN LA CALLE JOSÉ ANTÓN AGULLÓ, en Elche.

Capítulo 1. Demoliciones .................................................................................. € Capítulo 2. Obra Civil ....................................................................................... € Capítulo 3. Firmes y Pavimentos........................................................................ € Capítulo 4. Línea Subterránea ........................................................................... € Capítulo 5. Seguridad y Salud .............................................................. 1.601,50 € Capítulo 6. Estudio de Gestión de Residuos ........................................................ € Total presupuesto ejecución material ................................................................. € 13% de Gastos Generales ................................................................................ €

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6% de Beneficio Industrial ............................................................................... € Total presupuesto de licitación, sin incluir el IVA ..................................... €

- Presupuesto del Proyecto de Ejecución de LÍNEA SUBTERRÁNEA DE MEDIA

TENSIÓN DESDE LSMT EXISTENTE, HASTA CENTRO DE TRANSFORMACIÓN, “CT2”, A EJECUTAR, en Elche.

Capítulo 1. Demoliciones .................................................................................. € Capítulo 2. Movimiento de Tierras .................................................................... € Capítulo 3. Firmes y Pavimentos........................................................................ € Capítulo 4. Línea Subterránea ........................................................................... € Capítulo 5. Seguridad y Salud .............................................................. 1.352,49 € Capítulo 6. Estudio de Gestión de Residuos ........................................................ € Total presupuesto ejecución material ................................................................. € 13% de Gastos Generales ................................................................................ € 6% de Beneficio Industrial ............................................................................... € Total presupuesto de licitación, sin incluir el IVA ..................................... €

No se admitirán bajas en los capítulos de “Seguridad y Salud”, debiendo ofertarse como mínimo el importe que figura en el Proyecto.

CLÁUSULA 14.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

Para determinar la oferta económicamente más ventajosa, la Mesa de Contratación tendrá en cuenta únicamente la propuesta económica, asignándose hasta un total de 100 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios: a) De 60 a 100 puntos a todas aquellas ofertas con una baja entre 0 y 10 puntos

porcentuales respecto a la oferta económica media.

Se asignará 100 puntos a la oferta que tenga la baja igual (o más cercana) a 10 puntos porcentuales respecto a la oferta económica media, puntuándose las demás ofertas incluidas en dicho rango mediante interpolación lineal, asignándose 60 puntos a la oferta que coincida (o más cercana) con la media.

b) De 59 a 40 puntos todas aquellas ofertas con un incremento entre 0 y 10 puntos

porcentuales respecto a la oferta económica media.

Se asignará 40 puntos a la oferta que tenga un incremento igual (o más cercano) a 10 puntos porcentuales respecto a la oferta económica media, puntuándose las demás ofertas incluidas en dicho rango mediante interpolación lineal, asignándose 59 puntos a la oferta más cercana a la media.

c) De 39 a 20 puntos a todas aquellas ofertas con una baja de más de 10 puntos porcentuales respecto de la oferta económica media.

Se asignarán 39 puntos a la oferta que tenga una diferencia más cercana a 10 puntos porcentuales, asignándose 20 puntos a la oferta económica de menor precio, puntuándose las demás ofertas incluidas en dicho rango mediante interpolación lineal.

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d) De 19 a 0 puntos a todas aquellas ofertas con un incremento superior a 10 puntos

porcentuales respecto a la oferta económica media.

Se asignarán 19 puntos a la oferta que tenga una diferencia más cercana a 10 puntos porcentuales, asignándose 0 puntos a la oferta económica de mayor precio, puntuándose las demás ofertas incluidas en dicho rango mediante interpolación lineal.

En caso de que exista una única oferta en cualquiera de los intervalos establecidos en los apartados a) y b) anteriores, se le asignará la puntuación que corresponda al extremo del intervalo más próximo al de la diferencia porcentual de la oferta respecto de la media. En caso de que la diferencia porcentual de la oferta coincida exactamente con la mitad del intervalo se le asignará la mayor puntuación del mismo. En caso de que exista una única oferta en cualquiera de los intervalos establecidos en los apartados c) y d) anteriores, se le asignará la suma de la menor puntuación más la mitad de la mayor puntuación establecida para los extremos de cada uno de dichos intervalos. En caso de empate en las ofertas, la Mesa de Contratación procederá a realizar un sorteo, en base a los principios de transparencia, publicidad y tratamiento igual a los licitadores. El sorteo se realizará una vez comprobada la documentación presentada por los licitadores. CLÁUSULA 15.- ÓRGANO Y MESA DE CONTRATACIÓN El Consejo de Administración de PIMESA como órgano competente para la adjudicación del presente contrato estará asistido en el procedimiento de adjudicación por una Mesa de Contratación que será competente para la valoración de las ofertas. La Mesa de Contratación de PIMESA tendrá la siguiente composición: Presidente: D. José Manuel Sánchez Asencio, Vicepresidente de PIMESA. Vocales con derecho a voto:

D. Héctor Díez Pérez Dª. Mireia Mollà Herrera D. Javier Brotons Timoner D. Vicente Jesús Granero Miralles

D. Eduardo García-Ontiveros Cerdeño D. Fernando Durá Pomares

Vocales sin derecho a voto:

Asesoramiento jurídico: Dª. Rocío Sánchez González, Abogada de PIMESA. Control económico-presupuestario: Dª Ana I. Navarro Pascual, Directora

Financiera de PIMESA.

Secretario: D. Antonio Martínez Gómez, Gerente de PIMESA.

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Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del Secretario, la Abogada de PIMESA y la Directora Financiera que sólo tendrán voz. Los vocales de la Mesa que no asistan personalmente a una reunión, podrán delegar la representación y el voto en otro miembro que concurra a la misma, por medio de escrito dirigido al Presidente. La Mesa de Contratación quedará válidamente constituida cuando concurran a la reunión al menos cuatro vocales con derecho a voto (en persona o con representaciones de otros miembros) y, en todo caso, el Presidente, el Secretario, la Abogada de PIMESA y la Directora Financiera. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple. El Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate. Por el Secretario se levantarán las correspondientes actas del contenido de las reuniones y de los acuerdos de la Mesa de Contratación, que serán firmadas por todos los vocales asistentes. La Mesa de Contratación podrá comunicarse con los licitadores a través del correo electrónico que éstos hayan designado expresamente en su proposición. Si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, la Mesa de Contratación no la admitirá a la licitación. Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de Contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estimen oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirles la presentación de otros documentos complementarios. Para ello la Mesa de Contratación concederá un plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la recepción de la notificación. CLÁUSULA 16.- APERTURA DE LAS OFERTAS Y CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Concluido el plazo de presentación de proposiciones se constituirá la Mesa de Contratación que procederá, en acto interno, a la apertura de los sobres nº 1, que contienen la Declaración Responsable. Seguidamente la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los sobres nº 2, que contienen las proposiciones económicas, realizándose dicho acto en las Oficinas de PIMESA sitas en la calle Diagonal del Palau nº 7, Elche, pudiendo asistir los licitadores que concurran a la adjudicación del contrato. La hora y fecha de dicho acto se comunicará a los licitadores a través del correo electrónico que éstos hayan designado expresamente en la declaración responsable presentada, publicándose además en el perfil del contratante. El Secretario dará cuenta de las decisiones adoptadas por la Mesa de Contratación en relación con las declaraciones responsables.

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Si se advierten defectos materiales en la documentación presentada se concederá para su subsanación un plazo máximo de tres (3) días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, rechazándose por el Órgano de Contratación aquellas ofertas no subsanadas. En caso de discrepancia entre el importe expresado en la proposición económica en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que consigne en letra. La Mesa valorará las distintas proposiciones presentadas clasificándolas en orden decreciente de valoración y elevará al Consejo de Administración de PIMESA, como órgano de contratación, la propuesta de consideración como oferta económicamente más ventajosa aquélla que haya obtenido la mayor puntuación en la clasificación final de las ofertas. En caso de no resultar admisible ninguna de las ofertas presentadas, el Órgano de Contratación declarará desierta la licitación. El Consejo de Administración de PIMESA notificará a todos los licitadores la clasificación de las ofertas aprobada, concediéndoles un plazo de cinco (5) días hábiles desde la recepción de la notificación para la presentación de reclamaciones, en su caso.

CAPÍTULO III.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN

CLÁUSULA 17.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR CON LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA

El Consejo de Administración de PIMESA requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, entendiendo como tal la que haya obtenido la mayor puntuación en la clasificación final de las ofertas, para que dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que se relaciona a continuación, advirtiéndole que de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación del licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas: 1. Capacidad de obrar

DNI de la persona que firme la proposición en nombre propio o como

apoderado.

Si el licitador es persona jurídica, Número de Identificación Fiscal (NIF) y escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las

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que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Estos documentos deberán recoger la situación jurídica real del licitador en el momento de la presentación de la proposición y deberán presentarse en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente.

2. Documentos acreditativos de la representación

Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar el poder acreditativo de su representación.

3. Solvencia económica, financiera, y técnica y profesional El licitador podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante la clasificación empresarial en el grupo, subgrupo y categoría correspondiente al contrato, indicados en el apartado E) del “CUADRO RESUMEN DE LA LICITACIÓN” del presente Pliego, o bien, acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de

los últimos tres ejercicios concluidos, debiendo superar en 1,5 veces el importe del contrato, que se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o Registro Oficial que le corresponda.

Relación de las principales obras ejecutadas durante los últimos diez años del mismo tipo o naturaleza que las que son objeto del presente contrato, atendiendo al grupo y subgrupo de clasificación o a los dos primeros dígitos del código CPV, que se acreditará mediante al menos cinco (5) certificados de buena ejecución, que incluyan importe, fechas, lugar de ejecución y destinatario de las mismas.

Relación de los directivos y del equipo técnico humano adscrito al contrato, esté o no integrado en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras, especialmente los responsables de las obras y del control de calidad, detallando sus datos personales, y aportando para estos últimos las titulaciones académicas, funciones asignadas para la ejecución del contrato y su experiencia en obras similares. El equipo humano será el necesario para la organización eficaz de las obras. No será inferior a un técnico medio o superior y un encargado de obra durante toda la duración de la misma. Se detallará además la relación de personal que realizará funciones y tareas en materia de Seguridad y Salud.

4. Habilitación empresarial para ejercer la actividad profesional precisa para la realización del contrato El licitador deberá presentar certificado acreditativo de su condición de empresa instaladora que reúne los requisitos y condiciones establecidos en la ITC-LAT 03 y que ha presentado la correspondiente declaración responsable de inicio de actividad, según lo prescrito en el apartado 6 de dicha ITC, de conformidad con lo

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establecido en el artículo 19 del Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Además, la empresa licitadora deberá acreditar estar debidamente habilitada o autorizada por IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U. para la instalación de equipos de telegestión de la compañía en centros de transformación integrados en su red.

5. Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas

En caso de aportarse la clasificación suficiente y no caducada, se acreditará por medio de certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores del Ministerio de Economía y Hacienda o de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo de la Generalitat Valenciana, que habilite para contratar obras del Grupo, Subgrupo y Categoría indicados en el aparatado E) del “CUADRO RESUMEN DE LA LICITACIÓN” del presente Pliego. La presentación del citado certificado eximirá al licitador de la aportación de la documentación correspondiente a los datos que figuren en él, concretamente, y salvo prueba en contrario, de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deben constar en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del TRLCSP. No obstante, el licitador deberá aportar la documentación requerida en esta Cláusula que no figure en el citado certificado. El licitador deberá aportar junto con el correspondiente certificado una declaración responsable en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación.

6. Propuesta de plazo de ejecución de la obra y programa de construcción de las obras en instalaciones. Se presentarán las previsiones de tiempo que aseguren la ejecución de las obras en el plazo propuesto, obtenidas a partir de un estudio de tiempo-actividades, sin que en ningún caso el plazo pueda superar al establecido en el apartado F) del “CUADRO RESUMEN DE LA LICITACIÓN” del presente Pliego.

7. Descripción de los medios materiales adscritos a la ejecución del contrato

Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras y el cumplimiento del contrato.

8. Descripción de medios propios y de subcontratos a celebrar Se detallarán las partes de la obra a realizar con medios propios del adjudicatario, compromisos de colaboración con proveedores y suministradores de materiales y

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relación de subcontratos a celebrar indicando la parte del contrato objeto de la subcontratación, señalando su importe, la identidad de la empresa subcontratista y el porcentaje de subcontratación que supone respecto al contrato adjudicado, de manera que PIMESA pueda conocer en todo momento si se cumplen los porcentajes establecidos en la Cláusula de “SUBCONTRATACIÓN” del presente Pliego. Así mismo, el contratista deberá acreditar que el subcontratista no se halla comprendido en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, mediante la presentación de declaración responsable del subcontratista.

9. Seguros Se presentarán los seguros que se detallan en la Cláusula de “SEGUROS” del presente Pliego, admitiéndose respecto del Seguro de Construcción la presentación de un proyecto de dicha póliza, con el compromiso de aportar el seguro en vigor con carácter previo a la formalización del contrato.

10. Certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

Certificación positiva que acredite hallarse al corriente del cumplimiento de las

obligaciones tributarias con el Estado, expedida a partir de la fecha del requerimiento por la Administración Tributaria del Ministerio de Hacienda, prevista en el artículo 43.1.f) de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria.

Certificación positiva que acredite hallarse inscrito y al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social a partir de la fecha del requerimiento.

11. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas

Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando éste sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.

12. Declaración relativa a obligaciones socio-laborales En caso de estar obligado el licitador por el artículo 42.1 del Real Decreto

Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, presentará información detallada del personal con

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discapacidad que tiene contratado la empresa y porcentaje que representa sobre el total de la plantilla. En caso contrario, el licitador aportará una declaración motivada en la que indique que no se encuentra obligado al cumplimiento de dicha norma.

En caso de estar obligado el licitador por el artículo 45 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, presentará información detallada sobre el Plan de Igualdad de la empresa o certificados oficiales si se dispone de ellos. En caso contrario, el licitador aportará una declaración motivada en la que indique que no se encuentra obligado al cumplimiento de dicha norma.

13. Garantía definitiva

Garantía definitiva constituida por importe del 4% del precio de adjudicación, conforme a lo indicado en el apartado G) del “CUADRO RESUMEN DE LA LICITACIÓN” y en la Cláusula de “GARANTÍA DEFINITIVA” del presente Pliego.

14. Uniones temporales de empresarios

En caso de unión temporal de empresas, escritura de constitución y NIF asignado. La duración de la unión será coincidente con la del contrato, hasta su extinción.

CLÁUSULA 18.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO El Consejo de Administración de PIMESA, como órgano de contratación competente, adjudicará el contrato al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa y una vez emitido por el Gerente informe en el que haga constar que dicho licitador ha aportado la documentación requerida. La resolución de la adjudicación será motivada y se notificará de forma fehaciente a los licitadores. No podrá declararse desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el Pliego. No obstante, en los términos previstos en el artículo 155 del TRLCSP, PIMESA, antes de dictar la adjudicación, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, debiendo indemnizar a los licitadores, en ambos casos, de los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado. Los licitadores quedan obligados a mantener la validez de las proposiciones presentadas durante el plazo de tres (3) meses desde la apertura de las ofertas económicas. CLÁUSULA 19.- GARANTÍA DEFINITIVA El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá aportar con carácter previo a la adjudicación del contrato garantía definitiva por importe del 4% del precio de adjudicación, que podrá ser constituida por cualquier

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medio previsto en la Ley de Contratos del Sector Público, Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Se adjunta en el Anexo IV del Pliego el modelo de aval bancario y de certificado de seguro de caución a aportar, en caso de que la garantía se constituya por uno de estos medios. Los documentos de garantía de cualquier tipo que se presenten ante PIMESA no se aceptarán si no están debidamente intervenidos por Notario. La garantía será devuelta al adjudicatario una vez cumplido el contrato. CLÁUSULA 20.- SEGUROS

El Contratista responderá de todas las reclamaciones, incluso de aquéllas dirigidas contra PIMESA, por los daños personales o materiales que como consecuencia de las obras y su plazo de garantía o de acciones u omisiones del Contratista y sus empleados, o de los subcontratistas y sus empleados, puedan causarse al personal de PIMESA o de cualesquiera otras entidades participantes en la obra, o a terceros. Asimismo, responderá en los mismos términos de los daños causados a la edificación e instalaciones u otros bienes. Durante la ejecución de la obra, el adjudicatario suscribirá y mantendrá en vigor, a su cargo, los siguientes seguros: - Seguro de Responsabilidad Civil: con un límite de indemnización no inferior a

1.200.000,00 euros, para cubrir los daños materiales o personales y perjuicios consecuenciales ocasionados a terceros desde la fecha de inicio de los trabajos hasta la recepción definitiva sin reservas, que deberá incluir al menos las siguientes coberturas: explotación, patronal, cruzada y post-trabajos.

- Seguro de construcción: con objeto de cubrir los daños y pérdidas materiales que sufran los bienes que forman parte de la obra en el proceso de su incorporación a la misma, desde el inicio de los trabajos hasta la fecha final del período de garantía. La póliza Todo Riesgo de Construcción se contratará por una suma asegurada de importe igual al valor del contrato. Necesariamente PIMESA deberá figurar como beneficiaria del seguro del riesgo de la construcción, hasta el límite señalado.

- Otros seguros: el Contratista deberá aportar el seguro que cubra las indemnizaciones previstas para los trabajadores en el Convenio Colectivo de aplicación, conforme sea legalmente exigible.

Se adjuntarán al contrato como anexo certificados de las compañías de seguros o copia de las pólizas suscritas para la cobertura de dichos riesgos. El adjudicatario estará obligado a justificar, siempre que se le solicite, que tiene en vigor las citadas pólizas, acreditando documentalmente su vigencia y que se encuentra al corriente en el pago de las primas correspondientes. El incumplimiento de esta obligación facultará a PIMESA para resolver el contrato por causa imputable al adjudicatario.

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CLÁUSULA 21.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El contrato se formalizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a contar desde que se reciba la notificación de la adjudicación del contrato a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP. El adjudicatario se obliga a comparecer en la forma y hora que determine PIMESA para la firma del contrato. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su formalización previa. Los siguientes documentos se integrarán en el contrato como anexos: ANEXO 1: Pliego de Cláusulas Administrativas Generales y Particulares que ha de regir

el contrato objeto de la presente licitación. ANEXO 2: Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir el contrato objeto de la

presente licitación. ANEXO 3: Proyectos objeto del contrato:

- Proyecto de Ejecución de CENTRO DE TRANSFORMACIÓN EN EDIFICIO DE VIVIENDAS DENOMINADO “CT2” EN CALLE JOSÉ ANTÓN AGULLO, en Elche.

- Proyecto de Ejecución de LÍNEA SUBTERRÁNEA DE BAJA TENSIÓN PARA SUMINISTRO DE UN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN LA CALLE JOSÉ ANTÓN AGULLÓ, en Elche.

- Proyecto de Ejecución de LÍNEA SUBTERRÁNEA DE MEDIA TENSIÓN DESDE LSMT EXISTENTE, HASTA CENTRO DE TRANSFORMACIÓN, “CT2”, A EJECUTAR, en Elche.

ANEXO 4: La oferta económica realizada por el Contratista, que incluye la relación de

precios de las unidades de obra ofertados y el presupuesto total de ejecución de las obras, así como la documentación técnica aportada.

ANEXO 5: Certificados de las compañías de seguros acreditativos de la suscripción por

el Contratista de las pólizas de seguro destinadas a cubrir la responsabilidad civil por daños a terceros, el riesgo de la construcción y las indemnizaciones previstas legalmente para los trabajadores en el Convenio Colectivo de aplicación.

Cuando el contrato no se formalice en el plazo fijado por causas imputables al adjudicatario, PIMESA considerará que ha retirado su oferta, con las consecuencias establecidas en el artículo 60 del TRLCSP.

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CAPÍTULO IV.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO

CLÁUSULA 22.- RIESGO Y VENTURA El contrato se ejecutará a riesgo y ventura del adjudicatario, con sujeción a lo establecido en este Pliego de Condiciones y en el de Prescripciones Técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera el Órgano de Contratación al adjudicatario. CLÁUSULA 23.- ACTA DE COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO En el plazo máximo de siete (7) días hábiles a partir de la firma del contrato se formalizará el Acta de inicio de Obra y Comprobación del Replanteo, quedando condicionada su formalización a la obtención de la preceptiva autorización administrativa de los Proyectos objeto de este Pliego por el Área de Industria de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo. Antes de su formalización, el Contratista deberá presentar a la Dirección de Obra y a los Organismos Oficiales correspondientes el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y obtener la aprobación del mismo. El Acta de será firmada por los representantes de PIMESA, del Contratista, por el Director de la Obra, el Director de Ejecución de la Obra, y por el Coordinador de Seguridad y Salud. CLÁUSULA 24.- DIRECCIÓN DE LAS OBRAS PIMESA, a través de la Dirección de Obra, efectuará la inspección, comprobación y vigilancia de la correcta realización de las obras contratadas. La prestación de los servicios de Dirección de Obra y de Coordinación de Seguridad y Salud se encuentran adjudicados a la mercantil SILMA INGENIEROS, S.L.P. Las funciones de la Dirección Facultativa serán las de inspeccionar las obras, dar instrucciones dirigidas a su correcta ejecución según los PROYECTOS, aprobar finalmente su calidad y autorizar los pagos al Contratista. Estas funciones no relevarán en ningún momento al Contratista de sus obligaciones según el contrato. Las aprobaciones de la Dirección de Obra no eximirán al Contratista de sus responsabilidades ante vicios ocultos no observados en el momento de la aprobación. Se establece expresamente que las instrucciones de la Dirección de Obra tendrán carácter ejecutivo y serán cumplidas por el Contratista, sin perjuicio, en su caso, de las demandas posteriores que pudieren interponerse por las partes interesadas y de las responsabilidades a que hubiere lugar. El Contratista dará toda clase de facilidades para efectuar reconocimientos, mediciones, comprobaciones, pruebas de materiales, así como para la inspección de los trabajos de cualquiera de sus tajos y fases, permitiendo el acceso a todas las partes de la obra en todo momento.

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CLÁUSULA 25.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES El Contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total y de los plazos parciales del mismo. La constitución en mora del Contratista no precisará intimación previa por parte de PIMESA. Si el Contratista, por causas a él imputables, incurriere en demora respecto al cumplimiento del plazo total convenido para la realización del contrato, o de cualquiera de los plazos parciales incluidos en el programa de construcción de las obras e instalaciones, PIMESA aplicará una penalización del uno (1) por mil del presupuesto de licitación por cada día natural de retraso. Estas cantidades serán deducidas por PIMESA, previa justificación mediante informe al respecto de la Dirección de Obra, de los pagos inmediatos que tenga que efectuar al Contratista. Cuando las penalidades por demora alcancen un múltiplo del cinco (5) por ciento del importe del contrato, PIMESA estará facultada para acordar la resolución del mismo. En todo caso, las penalizaciones que se puedan imponer no sustituyen el importe de los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a PIMESA el adjudicatario por su defectuosa ejecución del contrato, a los efectos del artículo 1.152 del Código Civil. CLÁUSULA 26.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

No se prevé en la documentación que rige esta licitación modificaciones conforme a lo dispuesto en el artículo 106 del TRLCSP. El Contratista y la Dirección de Obra no podrán convenir modificaciones técnicas, estructurales, funcionales o estéticas que no estén recogidas en el PROYECTO y que tengan implicaciones económicas o temporales, que no hayan sido previamente aceptadas por PIMESA. Sólo si PIMESA establece un cambio podrán aparecer nuevas unidades de obra, susceptibles de ser abonadas al Contratista previa justificación económica aprobada por la Dirección de Obra. Cuando sea imprescindible realizar modificaciones de la obra, y así lo ordene previamente PIMESA, la Dirección redactará la oportuna modificación de los documentos afectados, determinando, junto con el Contratista, el detalle de la reforma, precio y repercusión en el plazo general de terminación de la obra, en su caso. Los nuevos precios que señale la Dirección de Obra se obtendrán aplicando, si los hubiere, los precios de las unidades de obra que consten en el presupuesto ofertado por el Contratista, sin que, en ningún caso, cualquier modificación de las cantidades previstas de una unidad, al alza o a la baja, pueda llevar consigo correcciones de dicho precio unitario.

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En el caso de unidades de obra no previstas en el PROYECTO, corresponderá a la Dirección de Obra la determinación de los precios a aplicar. Si el Contratista no aceptase los nuevos precios o el mantenimiento del plazo, PIMESA queda en libertad de desgajar esas unidades asignándoselas a otro constructor que las ejecutará simultáneamente, y coordinado todo ello por la Dirección, sin que se pueda alegar modificación de plazo por el Contratista para el resto de la obra, ni lucro cesante. En todo caso, la tramitación de las modificaciones del contrato se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 234 de TRLCSP. CLÁUSULA 27.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

Si PIMESA acordase la suspensión del contrato o ésta tuviese lugar por aplicación de lo dispuesto en el artículo 216.5 del TRLCSP se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, abonándose al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste. CLÁUSULA 28.- SUBCONTRATACIÓN El Contratista podrá concertar con terceros la realización de determinadas unidades de obra, con sujeción al cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Que se dé conocimiento por escrito a PIMESA y a la Dirección de Obra del subcontrato a celebrar, con indicación de las partes de las obras a realizar y sus condiciones económicas, a fin de que PIMESA lo autorice previamente.

2. Que las unidades de obra que el adjudicatario contrate con terceros no excedan del 50 por 100 del presupuesto de contrata adjudicado.

Los subcontratistas quedarán obligados sólo frente al Contratista, que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución de las obras frente a PIMESA, con arreglo al PROYECTO que sirve de base al contrato, como si él mismo las hubiese realizado. A fin de prever problemas en la obra por situaciones de insolvencia, PIMESA podrá exigir en cualquier momento al Contratista que justifique encontrarse al corriente de sus obligaciones de pago a subcontratistas y proveedores de la obra, ya sea por la obra e instalaciones ejecutadas o por los materiales incorporados. En caso de detectarse retrasos en dichos pagos que correspondan directamente al Contratista, PIMESA podrá decidir por sí pagar directamente a los citados acreedores. El importe de estos pagos los deducirá PIMESA de las retenciones efectuadas y/o de las certificaciones, en su caso, a abonar al Contratista. El Contratista reconoce a PIMESA el derecho no sólo a retener, sino también a disponer de las cantidades retenidas para atender estos pagos.

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CAPÍTULO V.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

CLÁUSULA 29.- CERTIFICACIONES Y FORMA DE PAGO El importe de las obras ejecutadas se acreditará mensualmente al Contratista, por medio de certificaciones expedidas por la Dirección de Obra. Dichas certificaciones deberán emitirse mensualmente desde el inicio de las obras hasta su liquidación sin interrupción aun cuando el importe de la obra a certificar sea cero. Partiendo de la fecha de comienzo de los trabajos, al final de cada mes se procederá a realizar las mediciones que recojan la obra realmente ejecutada a origen, expidiendo el Contratista, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente, relación valorada, que deberá recibir el visto bueno de la Dirección de Obra, la cual redactará la certificación correspondiente en el plazo máximo de quince (15) días. Esta certificación se compone de la aplicación de los precios de las unidades de obra ofertados por el Contratista a la medición de las unidades de obra realmente ejecutadas. La cuantía de cada certificación mensual, obtenida tal y como se ha indicado anteriormente, vendrá determinada por la valoración de la obra ejecutada a origen, de la que se deducirá lo certificado el final del mes anterior al de su emisión. Todas las certificaciones se entenderán como parciales y los abonos de las mismas tienen el concepto de pagos a buena cuenta, quedando sujetos a las rectificaciones y variaciones que se introduzcan en la medición final, sin suponer en forma alguna aprobación y recepción de los trabajos realizados. No podrá emitirse ninguna certificación, y en consecuencia, realizarse ningún pago, hasta que se haya acreditado la constitución a favor de PIMESA de la fianza definitiva y haberse suscrito el correspondiente contrato. El pago de cada certificación de obra requerirá la aprobación previa por el Consejo de Administración de PIMESA. A partir de la fecha de entrada en el registro de documentos, la Sociedad dispondrá de treinta días para verificar y aceptar la certificación. El plazo de pago será de treinta (30) días después de la fecha de aprobación de la certificación, incluso aunque la factura se hubiera recibido con anterioridad a la aceptación, y se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta del adjudicatario. En caso de disconformidad, PIMESA procederá a devolver la certificación a la Dirección de Obra dentro del citado plazo de treinta días y el vencimiento del pago se establecerá en ese caso a partir de la fecha de aprobación por el Consejo de Administración de la certificación corregida. De acuerdo con el art.19.1.a) de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE), y con el fin de garantizar, durante un año desde la recepción de la obra, el resarcimiento por daños materiales por vicios o defectos de ejecución que

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afecten a elementos de terminación o acabado de las obras, PIMESA retendrá un 5% del importe de la ejecución material de la obra de cada certificación. CLÁUSULA 30.- REVISIÓN DE PRECIOS

La ejecución de las obras por parte del adjudicatario dentro del plazo del contrato se realizará en las condiciones económicas presentadas en su oferta, sin que exista posibilidad de efectuar revisión de precios. CLÁUSULA 31.- GASTOS E IMPUESTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA Todos los gastos, impuestos, tasas, precios públicos, publicación de los anuncios de la licitación y de la formalización del contrato, arbitrios, autorizaciones, derechos, exacciones parafiscales y tributos de cualquier clase o naturaleza, creados por el Estado, Comunidad Autónoma o Municipio y cualesquiera otros conceptos análogos que origine el presente Contrato y todos aquellos que se causen hasta la total terminación de las obras, serán tramitados y satisfechos por el Contratista, excepto las licencias de obras y de apertura. Así pues son de cuenta del Contratista las licencias, tasas y gastos de acometidas provisionales de servicios, legalización de instalaciones, consumo de servicios hasta la Recepción total y conforme, o parcial en la parte recibida. PIMESA queda facultada para abonarlos y reintegrarse de ellos por cuenta del adjudicatario, y si fuera preciso, con cargo a las garantías constituidas. CLÁUSULA 32.- OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y MEDIOAMBIENTALES El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, y la normativa reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción: LRSSC y RD 1109/2007, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. El adjudicatario acepta para sí la condición de patrón absoluto, exonerando de toda responsabilidad a PIMESA, quedando formalmente obligado al cumplimiento, respecto de todo personal propio o subcontratado de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, sindical, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo, quedando obligado a acreditar, siempre que sea requerido para ello, el cumplimiento de las obligaciones antedichas mediante la exhibición de la correspondiente documentación. El contratista no podrá retirar de las obras al personal adscrito a las mismas, sin que PIMESA apruebe previamente y por escrito a quien haya de sustituirlo. Además, el adjudicatario se compromete a acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, mediante la presentación del

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certificado regulado en el artículo 43.1.f) de la Ley 58/2003, General Tributaria, cuando le sea solicitado por PIMESA.

CAPÍTULO VI.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO

CLÁUSULA 33.- RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA OBRA El contrato se entenderá cumplido por el Contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de PIMESA. El Contratista con una antelación de diez (10) días comunicará por escrito a la Dirección de Obra y a PIMESA la fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato, a efectos de que se pueda realizar su recepción. A partir de dicha comunicación, la Dirección de Obra realizará las comprobaciones necesarias, recabando la documentación, informes y demás referencias técnicas necesarias para la emisión, si procede, del Certificado Final de Obra. Con carácter previo a la emisión del Certificado Final de Obra, el Contratista facilitará a PIMESA la documentación, previamente comprobada y supervisada por la Dirección de Obra, necesaria para elaborar el Proyecto de Ejecución Final de las Obras, en el que se refleje el estado real de las mismas, así como todos aquellos documentos necesarios para la puesta en funcionamiento de las obras ejecutadas, junto con los manuales de uso y certificados de garantía de todas las instalaciones. La recepción se formalizará mediante Acta que se firmará por los representantes de PIMESA y de la empresa constructora, en acto formal en el que se efectuará la entrega de las obras por parte de ésta, y la recepción simultánea por la propiedad, que tomará plena posesión de las mismas. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en el Acta y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquéllos. Si transcurrido dicho plazo el Contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato. El plazo de garantía comenzará a contar desde la fecha de formalización del Acta de Recepción sin Reservas. La recepción total y conforme de las obras, a los efectos del presente contrato, solo se considerará efectuada cuando PIMESA y el Contratista así lo acuerden en el Acta correspondiente. Una vez recibidas las obras, se procederá por la empresa Constructora, con la asistencia de la Dirección de Obra, a la medición de las obras realmente ejecutadas y a redactar la Certificación de Liquidación para su aprobación, en su caso, por PIMESA.

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CLÁUSULA 34.- PLAZO DE GARANTÍA El plazo de garantía será de UN (1) AÑO a contar desde la fecha del Acta de Recepción de las obras sin reservas, comprometiéndose el Contratista a mantener durante este periodo en perfecto estado la obra. Durante el período de garantía la empresa Contratista asumirá los costes derivados del mantenimiento preventivo de las obras e instalaciones objeto de los PROYECTOS, contratando, en su caso, con empresas debidamente homologadas. Además, el Contratista responderá con diligencia a las peticiones de reparación o subsanación de deficiencias que le sean realizadas por PIMESA. Dentro del plazo de quince (15) días anteriores a la fecha de finalización del período de garantía, la Dirección de Obra revisará el estado de la misma y emitirá informe en el que consten los defectos que, en su caso, pudieran observarse, requiriéndose a la empresa constructora su subsanación en el plazo que fije la Dirección. Una vez corregidos los defectos, se emitirá por la Dirección de Obra el informe de liquidación del contrato. Una vez conforme el estado de la obra se procederá a devolver la garantía definitiva, previa liquidación del contrato. En todo caso, el Contratista mantendrá tras el período de garantía la responsabilidad derivada de vicios ocultos de la construcción. CLÁUSULA 35.- RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL Si la obra se arruinara con posterioridad a la expiración del plazo de garantía, por vicios ocultos de la construcción, debido a incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante el término de quince años a contar desde la recepción. Transcurrido este plazo sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio, quedará totalmente extinguida la responsabilidad del contratista. CLÁUSULA 36.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Constituirán causa de resolución del contrato, además de las establecidas en los artículos 223 y 237 del TRLCSP, las siguientes, con los efectos que se establecen en la normativa vigente:

- La falta de constitución, por parte del adjudicatario, de la fianza definitiva. - La falta de suscripción, por parte del adjudicatario, de los seguros requeridos. - La no formalización del contrato en el plazo establecido, cuando tal hecho tenga su

origen en causas imputables al adjudicatario.

- La no suscripción del Acta de Inicio de Obras y Comprobación de Replanteo en el plazo previsto, cuando tal hecho tenga su origen en causas imputables al adjudicatario.

- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con el sector público.

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- El incumplimiento reiterado de las prescripciones técnicas del contrato. - La reiterada obstrucción o falta de colaboración advertida por escrito. - El incumplimiento del plazo establecido en el artículo 99.2 del TRLCSP para la

reposición o ampliación de la garantía definitiva en el caso de que se hagan efectivas sobre ella penalidades o indemnizaciones que le sean exigibles.

- La demora de un 20% en la producción parcial de un mes, o bien de un 10% sobre la producción acumulada, según lo establecido en el Programa de Trabajos aprobado.

- La modificación introducida en las obras respecto del contenido de los PROYECTOS o presupuestos aprobados, no autorizada por PIMESA.

- La suspensión no autorizada de las obras por causas imputables al Contratista, por más de un mes después de comenzada.

- El abandono de las obras por la contrata. - El incumplimiento o la desobediencia en la introducción de modificaciones acordadas

por PIMESA.

- El incumplimiento de las responsabilidades y obligaciones reflejadas en el contrato. - El incumplimiento por el Contratista de la obligación de corregir las insuficiencias

observadas por PIMESA, transcurridos treinta (30) días del requerimiento efectuado. - El incumplimiento del plazo total fijado para la realización del objeto del contrato.

- Cualquier otra circunstancia prevista a estos efectos en las normas legales de aplicación.

En todos los supuestos de incumplimiento imputables el adjudicatario éste perderá la garantía definitiva. Además, PIMESA podrá exigir del mismo una indemnización por cuantos daños y perjuicios se irrogasen. Sin perjuicio de lo establecido en esta cláusula, PIMESA podrá optar por exigir del adjudicatario el cumplimiento del contrato. CLÁUSULA 37.- CONFIDENCIALIDAD El adjudicatario vendrá obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre el contenido del contrato así como los datos o información a que pueda tener acceso o generar como consecuencia de la ejecución del mismo, pudiendo únicamente poner en conocimiento de terceros aquellos extremos que PIMESA le autorice por escrito y a usar dicha información a los exclusivos fines de ejecución del contrato. En la medida en que las prestaciones y el cumplimiento del contrato al que dé lugar el presente Pliego impliquen un acceso del adjudicatario a los datos de carácter personal incorporados a los ficheros de los que sea titular PIMESA, el tratamiento de dichos datos por parte del adjudicatario deberá realizarse de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos y en la normativa que la desarrolla. CLÁUSULA 38.- PROTECCIÓN DE DATOS Los datos de carácter personal facilitados por el adjudicatario, se incluirán en un Fichero denominado Proveedores, inscrito en la Agencia Estatal de Protección de Datos, titularidad y responsabilidad de Promociones e Iniciativas Municipales de Elche S.A. (PIMESA), cuya finalidad es la realización de gestiones de su competencia vinculadas con el objeto del presente Pliego. Asimismo, se le informa que puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante PIMESA,

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remitiendo un escrito a la siguiente dirección: calle Diagonal del Palau, nº 7, 03202 Elche. Y todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. CLÁUSULA 39.- JURISDICCIÓN COMPETENTE De conformidad con lo establecido en el artículo 21 del TRLCSP, el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato, así como para conocer las cuestiones litigiosas que afecten a su preparación y adjudicación. Los licitadores y el adjudicatario se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Elche, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

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ANEXO I.- MODELO DE INSTANCIA QUE ACOMPAÑA LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA

D./Dª. _______________________________________________________________,

con NIF ___________, en nombre propio o en representación de la mercantil

________________________________________________________________con NIF

______________, domicilio en ________________________________________,

teléfono _____________________ y correo electrónico _______________________,

en calidad de _________________________, enterado de la licitación convocada para

contratar la EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA

PARA DOTAR DE SUMINISTRO AL EDIFICIO DE 120 VIVIENDAS, 2 LOCALES

COMERCIALES Y 88 PLAZAS DE GARAJE SITUADO EN LA PARCELA Nº 2 DEL

PRIM DEL BARRIO SAN ANTÓN DE ELCHE, participo en la misma de conformidad

con lo dispuesto en el Pliego de Condiciones que regula dicha licitación, aportando el

sobre que se acompaña, que incluye la siguiente documentación:

Sobre 1: Declaración Responsable

Sobre 2: Oferta Económica

Elche, a __ de __________ de 2018

Firma del licitador

SR. GERENTE DE PROMOCIONES E INICIATIVAS MUNICIPALES DE ELCHE, S.A. (PIMESA)

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ANEXO II.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE D./Dña. _________________________________________________________, con

NIF ___________ en nombre propio o en representación de la mercantil

________________________________________________________________, con

NIF ______________ en calidad de _________________________, de acuerdo con la

escritura _______________________________________________________________

DECLARA: 1. Que el licitador dispone de la capacidad de obrar y jurídica necesaria para contratar

con PIMESA la EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA PARA DOTAR DE SUMINISTRO AL EDIFICIO DE 120 VIVIENDAS, 2 LOCALES COMERCIALES Y 88 PLAZAS DE GARAJE SITUADO EN LA PARCELA Nº 2 DEL PRIM DEL BARRIO SAN ANTÓN DE ELCHE. El objeto social de la empresa comprende la actividad objeto de este contrato, de acuerdo con lo establecido en el artículo _____________ de sus estatutos sociales que se hallan correctamente inscritos en el Registro correspondiente.

2. Que el licitador dispone de la solvencia económica y financiera, y técnica requerida para dicha licitación, comprometiéndose a adscribir al contrato los medios humanos y materiales suficientes para su ejecución.

3. En relación con la concurrencia de empresas pertenecientes a grupo empresarial, el licitador deberá marcar lo que corresponda:

Que a esta licitación NO concurre ninguna otra empresa del grupo empresarial al que pertenece la empresa licitadora.

Que a esta licitación presentarán ofertas las siguientes empresas integradas en el mismo grupo empresarial del que forma parte la empresa licitadora: _____________ (entendiéndose por sociedades del mismo grupo empresarial aquéllas que se encuentran en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio).

4. Que el licitador o, en su caso, sus administradores y/o representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendido en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar, señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en la misma y en sus normas de desarrollo.

5. Que el licitador se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

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6. Que el licitador se encuentra dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y al corriente de pago del mismo.

7. Que el licitador cumple con las obligaciones establecidas en el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social; y con las obligaciones que recoge el artículo 45 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

8. Que la oferta presentada garantiza, respecto de los trabajadores y procesos productivos empleados en la elaboración de los productos y/o servicios, así como en la ejecución del contrato, el cumplimiento de las obligaciones medioambientales, sociales y laborales derivadas de los convenios colectivos aplicables, el Derecho español y de la UE, así como de las disposiciones de Derecho internacional sobre estas materias suscritas por la Unión Europea.

9. Que los datos del licitador, efectos de las notificaciones que se deriven de esta licitación son los siguientes:

Representante del licitador: Dirección de correo electrónico:

Persona de contacto: Dirección de correo electrónico:

Domicilio completo del licitador:

Números de teléfono:

Lo que declara a los efectos de lo previsto en el artículo 156 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), comprometiéndose a presentar la documentación acreditativa de tales requisitos en el plazo que se sea requerido por el órgano de contratación, en el caso de que vaya a resultar adjudicatario del contrato de EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA PARA DOTAR DE SUMINISTRO AL EDIFICIO DE 120 VIVIENDAS, 2 LOCALES COMERCIALES Y 88 PLAZAS DE GARAJE SITUADO EN LA PARCELA Nº 2 DEL PRIM DEL BARRIO SAN ANTÓN DE ELCHE, indicando que posee estos requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable.

Elche, a __ de __________ de 2018

Firma del licitador

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ANEXO III.- MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA D./Dª. ______________________________________________________________, con residencia en ___________________________ provincia de ______________________ calle ______________________, número ___________ provisto, del NIF nº ________________________, enterado de la licitación convocada para la adjudicación de la EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA PARA DOTAR DE SUMINISTRO AL EDIFICIO DE 120 VIVIENDAS, 2 LOCALES COMERCIALES Y 88 PLAZAS DE GARAJE SITUADO EN LA PARCELA Nº 2 DEL PRIM DEL BARRIO SAN ANTÓN DE ELCHE, se compromete en nombre (propio o de la empresa que representa), a tomar a su cargo la ejecución de las mismas, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de (________________________________________________ expresar claramente, escrito en letra y número, la cantidad de euros por los que se compromete el proponente a la ejecución de las obras), sin incluir el IVA (*), lo que supone una baja del _____________ por ciento respecto al presupuesto base de licitación sin incluir el IVA (122.346,50 €) y en un plazo de _____ meses, contado desde el momento de la firma del Acta de Replanteo. La cantidad ofertada se desglosa en los siguientes importes, sin incluir el IVA, para cada uno de los Proyectos objeto de la licitación:

PROYECTO

OFERTA

ECONÓMICA

(€, IVA no incluido)

CENTRO DE TRANSFORMACIÓN EN EDIFICIO DE VIVIENDAS

DENOMINADO “CT2” EN CALLE JOSÉ ANTÓN AGULLÓ, EN ELCHE

LÍNEA SUBTERRÁNEA DE BAJA TENSIÓN PARA SUMINISTRO DE UN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN LA CALLE JOSÉ ANTÓN AGULLÓ, EN

ELCHE

LÍNEA SUBTERRÁNEA DE MEDIA TENSIÓN, DESDE LSMT EXISTENTE, HASTA CENTRO DE TRANSFORMACIÓN, “CT2”, A

EJECUTAR, EN ELCHE

TOTAL (Euros)

(*) La cantidad ofertada se presentará sin IVA al tratarse la ejecución de la obra objeto de este Pliego de un supuesto de inversión del sujeto pasivo del impuesto, pasando a ser el mismo el destinatario de la operación, PIMESA, en virtud de lo establecido en el artículo 84.Uno.2º.f) de la Ley 37/1992, modificado por la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

Elche, a __ de __________ de 2018

Firma del licitador

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ANEXO IV.- MODELOS DE GARANTÍA DEFINITIVA A) MODELO DE AVAL La entidad _____________________________________________, con NIF ____________, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en _________________ en la calle _______________________________________________, C.P. ___________ y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados) _____________________________________________ con poderes suficientes para obligarle en este acto,

AVALA a ____________________________________________, con NIF nº ________________, en virtud de lo dispuesto en el artículo 95 en relación con el artículo 102 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para responder de las obligaciones siguientes: Fianza Definitiva para garantizar las obligaciones que se derivan para el avalado del cumplimiento del contrato de las obligaciones que se derivan para el avalado para el caso de que resulte adjudicatario de la licitación convocada para contratar la EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA PARA DOTAR DE SUMINISTRO AL EDIFICIO DE 120 VIVIENDAS, 2 LOCALES COMERCIALES Y 88 PLAZAS DE GARAJE SITUADO EN LA PARCELA Nº 2 DEL PRIM DEL BARRIO SAN ANTÓN DE ELCHE, ante “Promociones e Iniciativas Municipales de Elche, S.A.” (PIMESA), por importe de ______________ € (_________________________________ EUROS). Este Aval responde de los conceptos citados en el artículo 100 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa a los beneficios de excusión, orden y división y con compromiso de pago al primer requerimiento por parte de “Promociones e Iniciativas Municipales de Elche, S.A.”, con sujeción a los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y demás normas concordantes. Este Aval se constituye por tiempo indefinido y no podrá ser cancelado sin autorización expresa de PIMESA. El presente Aval ha quedado inscrito en el Registro Especial de Avales con el nº _______________

En ___________, a ____ de ______________ de 2018

(Firma de los Apoderados) Por conocimiento de las firmas y de las facultades de los apoderados de la entidad avalista.

En ___________, a ____ de ______________ de 2018 EL NOTARIO

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B) MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN

_______________________________________________ (en adelante, asegurador), con domicilio en________________ calle ________________________________________, y NIF _________________, debidamente representado por Don ________________________________, con poderes suficientes para obligarle en este acto,

ASEGURA A ______________________________________, con NIF_________________, en concepto de tomador del seguro, ante PIMESA, (en adelante asegurado), hasta el importe de (en letra) ___________________________________, (en cifra) __________________ euros, en los términos y condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y Pliego de Condiciones por la que se rige el contrato de licitación convocada para contratar EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA PARA DOTAR DE SUMINISTRO AL EDIFICIO DE 120 VIVIENDAS, 2 LOCALES COMERCIALES Y 88 PLAZAS DE GARAJE SITUADO EN LA PARCELA Nº 2 DEL PRIM DEL BARRIO SAN ANTÓN DE ELCHE, en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado. El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro. El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de PIMESA, en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y Pliego de cláusulas administrativas particulares. El presente seguro de caución estará en vigor hasta que PIMESA, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En ___________, a ____ de ______________ de 2018 (Firma de los Apoderados)

Por conocimiento de las firmas y de las facultades de los apoderados de la entidad avalista.

En ___________, a ____ de ______________ de 2018 EL NOTARIO