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PLIEGO DE CONDICIONES BALDINTZEN PLEGUA

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PLIEGO DE CONDICIONES BALDINTZEN PLEGUA

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES ÍNDICE

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ÍNDICE DEL PLIEGO

CAPITULO 1.- DEFINICIÓN Y ALCANCE DEL PLIEGO.

ARTICULO 1.- Objeto del Pliego y características de las obras. ARTICULO 2.- Trabajos preparatorios para la ejecución de las obras. ARTICULO 3.- Documentos que definen las obras. ARTICULO 4.- Documentos que se entregan al Contratista. ARTICULO 5.- Dirección de Obra . Representación del Contratista. ARTICULO 6.- Garantía y Control de Calidad de las Obras.

CAPITULO 2.- DISPOSICIONES TÉCNICAS A TENER EN CUENTA.

ARTICULO 1.- Disposición Técnica a tener en cuenta.

CAPITULO 3.- MATERIALES, DISPOSITIVOS O INSTALACIONES Y SUS

CARACTERÍSTICAS.

ARTICULO 1.- Agua. ARTICULO 2.- Áridos ARTICULO 3.- Aditivos. ARTICULO 4.- Conglomerantes Hidráulicos. ARTICULO 5.- Madera. ARTÍCULO 6.- Escollera de piedras sueltas.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES ÍNDICE

PÁGINA 2 de 4

CAPITULO 4.- EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.

ARTICULO 1.- Excavación y prestamos. ARTICULO 2.- Excavación en zanjas y pozos. ARTICULO 3.- Rellenos. ARTICULO 4.- Rellenos de Tierras Localizadas. ARTICULO 5.- Tubos de hormigón en masa. ARTICULO 6.- Drenes subterráneos ARTICULO 7.- Raquetas y pozos de registro. ARTICULO 8.- Pates y tapas de registro. ARTICULO 9.- Hormigones. ARTICULO 10.- Encofrados, cimbras y apeos. ARTICULO 11.- Armaduras de acero a emplear en hormigón armado. ARTICULO 12.- Zahorra artificial. ARTICULO 13.- Riegos de imprecación . ARTICULO 14.- Mezclas bituminosas en caliente. ARTICULO 15.- Tuberías de P.V.C. ARTICULO 16.- Escollera de piedras sueltas. ARTÍCULO 17.- Bordillos. ARTÍCULO 18.- Adoquinado.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES ÍNDICE

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CAPITULO 5.- CONTROL, MEDICIÓN, VALORACIÓN Y ABONO DE LAS

OBRAS.

ARTICULO 1.- Demoliciones. ARTICULO 2.- Excavaciones y prestamos. ARTICULO 3.- Excavación en zanja y pozos. ARTICULO 4.- Rellenos. ARTICULO 5.- Rellenos compactados de zanjas y pozos a cielo abierto. ARTICULO 6.- Rellenos de tierras localizadas. ARTICULO 7.- Tuberías de hormigón en masa. ARTICULO 8.- Drenes subterráneos. ARTICULO 9.- Arquetas y pozos de registro. ARTICULO 10.- Pates y tapas de registro. ARTICULO 11.- Hormigones. ARTICULO 12.- Encofrados, cimbras y moldes. ARTICULO 13.- Armaduras de acero a emplear en hormigón armado. ARTICULO 14.- Riegos de imprimación. ARTICULO 15.- Mezclas bituminosas en caliente. ARTICULO 16.- Escollera de piedras sueltas. ARTÍCULO 17.- Bordillos. ARTÍCULO 18.- Adoquinado.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES ÍNDICE

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CAPITULO 6.- CONDICIONES GENERALES.

ARTICULO 1.- Comprobación por parte del Contratista. ARTICULO 2.- Permisos, Leyes y Reglamentos. Seguros. ARTICULO 3.- Reglamentaciones sobre Seguridad y salud. ARTICULO 4.- Limpieza de las obras. ARTICULO 5.- Medición y Abono de las obras. ARTICULO 6.- Negligencias por parte del Contratista. ARTICULO 7.- Personal del Contratista. ARTICULO 8.- Ejecución de las obras. ARTICULO 9.- Confrontación de medidas y datos. ARTICULO 10.- Construcciones auxiliares y provisionales. Alquiler de cantera y/ó escombreras. ARTICULO 11.- Indemnización. ARTICULO 12.- Abono de obras defectuosas pero aceptables. ARTICULO 13.- Plazo de Ejecución de la Obra. ARTICULO 14.- Conservación durante la ejecución y Plazo de Garantía.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I

CAPITULO 1

DEFINICIÓN Y ALCANCE DEL PLIEGO.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I

ARTÍCULO I PÁGINA 1 de 4

1.- OBJETO DEL PLIEGO Y CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS.

1.1.- Objeto del Pliego.

El objeto del presente Pliego es determinar las Prescripciones Técnicas Particulares que regirán en las obras del “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia”.

1.2.- Características de las obras.

La obra definida en el “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia” se divide en los dos capítulos que se describen seguidamente.

Demoliciones y movimiento de tierras.

En este capítulo el movimiento de tierras está constituido fundamentalmente por:

210 m3. de demolición de pequeña obra de fábrica de mampostería correspondiente al actual muro de ribera .

24 m3. de demolición de pequeña obra de fábrica de hormigón.

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160 m2. de demolición de pavimento de hormigón en espesores hasta 25 m. en el actual camino de entrada.

5.008,03 m3. de excavación en cualquier clase de terreno para conformar la nueva fábrica del muro de escollera y en los cajeos de su cimiento en el alveo del río Ibaizabal, incluyendo su abono las actividades de achique y ataguías necesarias.

4.038,50 m3. de carga y transporte a vertedero con canon de vertido del material sobrante de la excavación.

1.041,05 m3. de relleno localizado con material filtrante y 1.669,85 m3. de relleno localizado con material seleccionado de la excavación.

280 m3. de terraplén con material de préstamo de CBR> 10.

Obras de fábrica. Muro de escollera.

En este apartado, además de la protección de escollera como elemento más importante, se cuantifican también una serie de partidas destinadas a pequeños recalces en la cimentación del mencionado puente, en concreto en la pila más cercana a la orilla derecha y en el propio estribo de esa margen, así como en posibles reposiciones de muretes o cierres próximos al talud del cauce del patio correspondiente al portal nº 5:

Como se ha explicitado antes en el tramo inicial, PK 1+000 al PK 1+050, la

piedra para la realización del añadido al pie se colocará de forma estable, manteniendo en todo momento su contrainclinación de 1(V) a 3(H) y el talud de intradós a un máximo del 3(H) : 10(V). Sobre este primer nivel de piedra se situará el segundo cuerpo de escollera con una inclinación similar ó mas suave en su paramento visto que la indicada anteriormente. la disposición de estacas vivas ó plantas enraizadas entre los mampuestos se deberá ejecutar preferiblemente de forma simultánea a la construcción de la escollera.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I ARTÍCULO I PÁGINA 3 de 4

Se utilizarán estacas ó ramas vivas de tamaño comprendido entre 200 y 250

cm. que pueden enraizar profundamente a través de la piedra. Las estacas se colocarán perpendicularmente al plano del talud y preferentemente durante el período de parada vegetativa, cuando los porcentajes de éxito son elevados. En estas actividades se cuantifican 242,41 m3. de mampuesto de peso mínimo 600 kg. de iguales características mecánicas que las reseñadas en el párrafo anterior, 50 uds. de sauces, 50 uds. de alisos y 50 uds. de hiedra; así como la tierra vegetal dispuesta manualmente como sustrato de aquellas plantaciones.

A partir del PK 1+060 y hasta el final de la obra el muro de escollera se

trasforma en un manto del mismo material y con una inclinación de tres (3) horizontal y dos (2) vertical. Es esta solución la escollera se mantiene paralela al perfil de la excavación y es de sección constante. La tolerancia en abertura entre bloques, para ambas soluciones, no superará en ningún punto los 12 cm. y cada bloque deberá apoyar en su cara inferior en, al menos, dos bloques, estando también en contacto con sus bloques laterales al fin de asegurar la mayor trabazón posible.

En el trasdós de la escollera dispuesta con el talud estable 3(H):2(V), desde

el PK 1+060 hasta el final 1+159,969, se dispondrá una capa de material filtrante con un espesor mínimo de cincuenta (50) centímetros y entre élla y el terreno natural se extenderá una lamina de geotextil que impida el paso de materiales finos que a largo plazo pudieran colmatar la referida capa dren. Esta solución de “manto ó piel de escollera” se cimentará adecuadamente en una zapata de mampuestos también hormigonados de al menos dos (2) metros de anchura y un (1) metro de espesor excavada en el lecho rocoso del río.

Las unidades más importantes de este capítulo son: 137,59 m3. de hormigón HM-15 en la cimentación de la escollera hormigonada.

2.567,54 m3. de escollera con un espesor medio escollera caliza de arista media 70 cm. (lo cual representa un peso superior a los 800 kg.) con una resistencia a compresión superior a 700 kg./cm2., desgaste (coeficiente del ensayo Los Ángeles) inferior al 35 %, contenido en carbonato cálcico superior al 90 % y pérdida al ser sometida a cinco ciclos de tratamiento (ensayo UNE-7.136) inferior al 10 %.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I ARTÍCULO I PÁGINA 4 de 4

Reposiciones.

Se prevén una serie de partidas destinadas fundamentalmente a la reconstrucción del pavimento existente en el callejón, confinado entre viviendas, de acceso a la explanada que se emplaza en las proximidades de la obra de reparación. La calzada se verá afectada por los vehículos pesados, utilizados en el transporte de los mampuestos, y con el trasiego de la maquinará pesada que intervendrá en la obra. También se reconstruirá una boquilla de desagüe procedente del drenaje y evacuación de la estación de bombeo que el Consorcio de Aguas Bilbao-Bizkaia ha construido recientemente en el ámbito de la obra y que se ve afectada por el futuro paramento de piedra y las operaciones de excavación y reperfilado del talud previas.

Las principales actividades serán. 90 m2. de encofrado y desencofrado en alzados rectos vistos.

57 m3. de hormigón tipo HM-20 para soleras rígidas en el callejón de acceso a la obra.

16 m3. de hormigón tipo HA-25 en recalces del puente existente.

836,63 kgrs. de acero corrugado tipo B-500 S.

260 m3. de explanada mejorada con material de cantera y CBR >20 y sobre élla se extenderán 422 m3. de base granular, zahorra artificial tipo ZA-20

40 m.l. de cerramiento con malla plastificada de doble torsión, de dos metros de altura con pies metálicos cada 2,50 metros, colocada por la zona zaguera del bloque correspondiente al portal nº 5, dejando libre la zona de dominio público hidráulico de anchura cinco (5) metros.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I ARTÍCULO II PÁGINA 1 de 2

ARTICULO 2.- TRABAJOS PREPARATORIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS

OBRAS.

2.1.- Comprobación del replanteo.

En el plazo indicado por el contrato y como máximo un mes después de la firma del mismo, en presencia del Adjudicatario o de su representante, se procederá al replanteo de las obras, extendiéndose la oportuna Acta de Comprobación del Replanteo. El Acta de Comprobación del Replanteo reflejará la conformidad o disconformidad del replanteo respecto a los documentos contractuales del “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia”, refiriéndose expresamente a las características geométricas del trazado y obras de fábrica, a la procedencia de materiales, así como a cualquier punto que, en caso de disconformidad, pueda afectar al cumplimiento del Contrato. Cuando el Acta de Comprobación del Replanteo refleje alguna variación respecto a los documentos contractuales del Proyecto, deberá ser acompañado de un nuevo presupuesto, valorado a los precios del Contrato.

2.2.- Fijación de los puntos de replanteo y conservación de los mismos.

La comprobación del replanteo deberá incluir, como mínimo, el eje principal de los diversos tramos de obra, y los ejes principales de las obras de fábrica, así como los puntos fijos y auxiliares necesarios para los sucesivos replanteos de detalle. Los puntos de referencia para sucesivos replanteos se marcarán mediante sólidas estacas, o si hubiera peligro de desaparición, con mojones de hormigón o piedra. Los datos, cotas y puntos fijados se anotarán en un anejo al Acta de Comprobación del Replanteo el cual se unirá al expediente de la obra, entregándose una copia al Contratista. El Contratista se responsabilizará de los puntos del replanteo que le hayan sido entregados.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I

ARTÍCULO II PÁGINA 2 de 2

2.3.- Programa de trabajo.

Se ajustará a lo dispuesto en la Ley de Contratos de la Administración Pública (Texto Refundido R.D.L. 2/2.000). El Programa de trabajos incluirá los siguientes datos:

Fijación de las clases de obras que integran el Proyecto o indicación del volumen de las mismas.

Determinación de los medios necesarios (instalaciones, equipos y materiales), con expresión de sus rendimientos medios.

Estimación, en días calendarios, de los plazos parciales de las diversas clases de obra.

Valoración mensual acumulada de la obra programada, sobre la base de los precios unitarios de la adjudicación.

Representación gráfica de las diversas actividades, en un gráfico o en un diagrama de espacios-tiempos.

2.4.- Iniciación de las obras.

Una vez aprobado el Programa de Trabajos por la autoridad competente, se dará por ella misma la orden de iniciación de las obras, a partir de cuya fecha se contará el plazo de ejecución establecido en el Contrato.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I

ARTÍCULO III PÁGINA 1 de 1

ARTÍCULO 3.- DOCUMENTOS QUE DEFINEN LAS OBRAS.

Los requisitos técnicos de las obras se definen a través de los oportunos Planos y de las Prescripciones Técnicas contenidas en el presente Pliego.

Los planos constituyen el conjunto de documentos gráficos que definen

geométricamente las obras. Contienen las plantas, perfiles y secciones necesarias para ejecutar las obras. Todos los planos de detalle preparados durante la ejecución de las obras, deberán estar suscritos por el Ingeniero Director de las Obras, sin cuyo requisito no podrá ejecutarse las obras correspondientes.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I

ARTÍCULO IV PÁGINA 1 de 1

ARTÍCULO 4.- DOCUMENTOS QUE SE ENTREGAN AL CONTRATISTA.

Los documentos, tanto del “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia” como otros complementarios, que la Administración entregue al Contratista pueden tener valor contractual o meramente informativo. Los documentos que quedan incorporados al Contrato como documentos contractuales, salvo en el caso de que queden expresamente excluidos en el mismo, son los siguientes:

Memoria.

Planos.

Pliego de Condiciones,

Presupuestos Parciales.

Cuadro de Precios nº 1 y Cuadro de Precios nº 2.

Presupuesto General.

Dichos documentos presentan una opinión fundada de la Administración. Sin embargo, ello no supone que se responsabilice de la certeza de los datos que se suministran y, en consecuencia, deben aceptarse tan sólo como complemento de la información que el Contratista debe adquirir directamente y con sus propios medios. Por lo tanto, el Contratista será responsable de los errores que se puedan derivar de su defecto o negligencia en la consecución de todos los datos que afectan al Contrato, al planeamiento y a la ejecución de las obras.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I

ARTÍCULO V PÁGINA 1 de 3

ARTÍCULO 5.- DIRECCIÓN DE OBRA. REPRESENTACIÓN DEL

CONTRATISTA.

1.- Dirección de Obra.

El Director de Obra es la persona con titulación adecuada y suficiente, directamente responsable de la comprobación y vigilancia de la correcta realización de las obras contratadas. Las funciones del Director, en orden a la dirección, control y vigilancia de las obras que fundamentalmente afectan a sus relaciones con el Contratista son las siguientes:

Exigir al Contratista, directamente o a través del personal a sus órdenes el cumplimiento de las condiciones contractuales. También deberá garantizar la ejecución de las obras con estricta sujeción al proyecto aprobado, modificaciones debidamente autorizadas, y el cumplimiento del programa de trabajos.

Definir aquéllas condiciones técnicas que los Pliegos de Prescripciones correspondientes dejan a su decisión.

Resolver todas las cuestiones técnicas que surjan en cuanto a interpretación de planos, condiciones de materiales y ejecución de unidades de obra, siempre que no se modifiquen las condiciones del Contrato. Estudiar las incidencias o problemas planteados en las obras que impidan el normal cumplimiento del Contrato o aconsejen su modificación, tramitando, en su caso las propuestas correspondientes.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I

ARTÍCULO V PÁGINA 2 de 3

Proponer las actuaciones procedentes para obtener, de los organismos oficiales y de los particulares, los permisos y autorizaciones necesarios para la ejecución de las obras y ocupación de los bienes afectados por ellas, y resolver los problemas planteados por los servicios y servidumbre relacionados con las mismas.

Asumir personalmente y bajo su responsabilidad, en caso de urgencia o gravedad la dirección inmediata de determinadas operaciones o trabajos en curso, para lo cual el Contratista deberá poner a su disposición el personal y material de la obra.

Acreditar al Contratista las obras realizadas, conforme a lo dispuesto en los documentos del Contrato.

Participar en las recepción de las obras y redactar su liquidación, conforme a las normas legales establecidas.

El Contratista estará obligado a prestar su colaboración al Director para el normal cumplimiento de las funciones a éste encomendadas. Las atribuciones asignadas en el presente Pliego al Director de la Obra y las que le asigne la legislación vigente, podrán ser delegadas en su personal colaborador de acuerdo con las prescripciones establecidas, pudiendo exigir el Contratista que dichas atribuciones delegadas se emitan explícitamente en orden que conste en el correspondiente “Libro de Ordenes e Incidencias”.

Cualquier miembro del equipo colaborador del Director de Obra, incluido

explícitamente en el órgano de Dirección de Obra, podrá dar en caso de emergencia a juicio de él mismo, las instrucciones que estime pertinentes dentro de las atribuciones legales, que serán de obligado cumplimiento por el Contratista. La inclusión en el presente Pliego de las expresiones Director de Obra y Dirección de Obra son prácticamente ambivalentes, teniendo en cuenta lo antes enunciado, si bien debe entenderse aquí al indicar Dirección de Obra, las funciones o tareas a que se refiere dicha expresión presumiblemente delegables.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I

ARTÍCULO V PÁGINA 3 de 3

2.- Representación del Contratista.

El Contratista antes de que se inicien las obras, comunicará por escrito el nombre de la persona que haya de estar por su parte al frente de las mismas para representarle como “Delegado de Obra”, según los dispuesto en el Pliego de cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado (P.C.A.G.).

Este representantes tendrá titulación y experiencia profesional suficiente, a

juicio de la Dirección de Obra, y no podrá ser sustituido sin previo conocimiento y aceptación por parte de aquélla.

La Dirección de Obra podrá exigir al Contratista la designación de nuevo

personal facultativo, cuando así lo requiera las necesidades de los trabajos. Se presumirá existe siempre dicho requisito en los casos de incumplimiento de las órdenes recibidas o de negativa a suscribir, con su conformidad o reparos, los documentos que reflejen el desarrollo de las obras, como parte de situación, datos de medición de elementos a ocultar, resultados en ensayos, órdenes de la Dirección y análogos definidos por las disposiciones del Contrato o convenientes para un mejor desarrollo del mismo.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I

ARTÍCULO VI PÁGINA 1 de 5

ARTÍCULO 6.- GARANTÍA Y CONTROL DE CALIDAD DE LAS OBRAS.

1.- Definición.

Se entenderá por Garantía de Calidad el conjunto de acciones planeadas y sistemáticas necesarias para proveer la confianza adecuada de que todas las estructuras, componentes e instalaciones se construyen de acuerdo con el contrato, código, normas y especificaciones de diseño. La Garantía de Calidad incluye el Control de Calidad el cual comprende aquéllas acciones de comprobación de que la calidad está de acuerdo con requisitos predeterminados. El Control de Calidad de una Obra engloba los aspecto siguientes:

Control de materias primas.

Calidad de equipos o materiales suministrados a obra, incluyendo su proceso de fabricación.

Calidad de ejecución de las obras (construcción y montaje).

Calidad de la obra terminada (inspección y pruebas).

2.- Control de materiales y servicios comprados.

El Contratista presentará a la Dirección de Obra para cada tipo de material y/ó equipo, una relación de tres posibles suministradores debidamente documentada, con el fin de que la Dirección elija el que estime más adecuado.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I

ARTÍCULO VI PÁGINA 2 de 5

La documentación a presentar para cada tipo o material propuesto será como

mínimo la siguiente: Plano del equipo.

Plano de detalle.

Documentación complementaria suficiente que el Director de la Obra pueda tener la información precisa y determinar la aceptación o rechazo del equipo.

Materiales que componen cada elemento del equipo.

Normas de acuerdo con las cuales ha sido diseñado.

Normas a emplear para las pruebas de recepción, especificando cuales de ellas deben realizarse en banco y cuales en obra. Para las primeras deberá avisarse a la Dirección de la Obra con quince (15) días de anticipación a la fecha de pruebas.

3.- Manejo, almacenamiento y transporte.

El Contratista deberá tener en cuenta los procedimientos e instrucciones propias para el cumplimiento de los requisitos relativos al transporte, manejo y almacenamiento de los materiales y componentes utilizados en la obra.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I

ARTÍCULO VI PÁGINA 3 de 5

4.- Procesos especiales.

Los procesos especiales tales como soldaduras, ensayos, pruebas, etc., serán realizados y controlados por personal cualificado del Contratista utilizando procedimientos homologados de acuerdo con los Códigos, Normas y Especificaciones.

5.- Inspecciones de obra por parte del Contratista.

El Contratista es responsable de realizar los controles, ensayos, inspecciones y pruebas requeridos en el presente Pliego y en el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares.

6.- Gestión de la Documentación.

Se asegurará la adecuada gestión de la documentación relativa a la calidad de la obra de forma que se consiga una evidencia final documentada de la calidad de los elementos y actividades.

El Contratista definirá los medios para asegurarse de que toda la

documentación relativa a la calidad de la construcción es archivada y controlada hasta su entrega a la Dirección de Obra.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I

ARTÍCULO VI PÁGINA 4 de 5

7.- Abono de los costos del Sistema de Garantía de Calidad.

Los costos ocasionados al Contratista como consecuencia de las obligaciones que contrae en cumplimiento de lo establecido a este respecto en los Documentos del Contrato, serán de su cuenta y se entienden incluidos en los precios de Proyecto. Por consiguiente, serán también de cuenta del Contratista, tanto los ensayos y pruebas que éste realice como parte de su propio control de calidad (control de producción, control interno o autocontrol), como los establecidos por la Administración para el control de calidad de “recepción” y que están definidos en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Generales, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o en la normativa general que sea de aplicación al presente Proyecto. Tal es el caso, por ejemplo, del hormigón armado y en masa. Por ser de aplicación la instrucción EHE, es preceptivo el control de calidad en ella definido, y, de acuerdo con lo que se prescribe en el presente epígrafe, su costo es de cuenta del Contratista y se entiende incluido en el precio del hormigón.

8.- Nivel de Control de Calidad.

En los artículos correspondientes del Pliego, planos o en el plan de calidad, se especifican el tipo y número de ensayos a realizar de forma sistemática durante la ejecución de la obra para controlar la calidad de los trabajos. Se entiende que el número fijado de ensayos es mínimo y que en el caso de indicarse varios criterios para determinar su frecuencia, se tomará aquél que exija una frecuencia mayor. El Director de Obra podrá modificar la frecuencia y tipo de dichos ensayos con objeto de conseguir el adecuado control de calidad de los trabajos, o recabar del Contratista la realización de controles de calidad no previstos en el proyecto. Los ensayos adicionales ocasionados serán de cuenta del Contratista siempre que su importe no supere el 1,5% del presupuesto de Ejecución Material de la Obra del “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia”.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO I

ARTÍCULO VI PÁGINA 5 de 5

9.- Inspección y Control de Calidad por parte de la Dirección de Obra.

La Dirección de Obra, por su cuenta, podrá mantener un equipo de Inspección y Control de Calidad de las obras y realizar ensayos de homologación y contradictorios. La Dirección de Obra, para la realización de dichas tareas, con programas y procedimientos propios, tendrá acceso en cualquier momento a todos los tajos de la obra, fuente de suministro, fábrica y procesos de producción, laboratorios y archivos de Control de Calidad del Contratista o Subcontratista del mismo.

El Contratista suministrará, a su costa, todos los materiales que hayan de ser

ensayados, y dará facilidades necesarias para ello. El coste de la ejecución de estos ensayos contradictorios o de homologación, será por cuenta de la Administración si como consecuencia de los mismos el suministro, material o unidad de obra cumple las exigencias de calidad.

Los ensayos serán por cuenta del Contratista en los siguientes casos: Si como consecuencia de los ensayos el suministro, material o unidad de obra es rechazado.

Si se trata de ensayos adicionales propuestos por el Contratista sobre suministros, materiales o unidades de obra que hayan sido rechazados en los ensayos efectuados por la Dirección de Obra.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO II

CAPITULO 2

DISPOSICIONES TÉCNICAS A TENER EN CUENTA.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO II

ARTÍCULO I PÁGINA 1 de 5

ARTÍCULO 1.- DISPOSICIONES TÉCNICAS A TENER EN CUENTA.

En este capítulo del Pliego se menciona aquellas disposiciones, reglamentos, normas, instrucciones y pliegos de carácter general y específico de tipo técnico, que guardan relación con las obras del “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia”, con sus instalaciones auxiliares o con los trabajos necesarios para ejecutarlas. En caso de indeterminación de las disposiciones legales, la superación de las pruebas corresponderán a un ensayo o estudio declarado como satisfactorio por uno de los laboratorios del Centro de Estudios de Experimentación de Obras Públicas o del Instituto Eduardo Torroja de la Construcción y del Cemento, u otro Centro homologado. Serán de obligado cumplimiento en la ejecución de las obras contempladas en el presente Proyecto las siguientes:

Con carácter general: Ley de Contratos para las Administraciones Públicas de mayo de 1.995, y su Texto Refundido ó R. D. L. 2/2.000 de 16 de febrero.

El Pliego de cláusulas administrativas generales para la Contratación de Obras del Estado, aprobado por Decreto 3.854/1.970 de 31 de Diciembre (B.O.E. nº 40 de 16 de Febrero de 1.971).

Normas U.N.E. de cumplimiento obligatorio en el Ministerio de Fomento aprobadas por O.M. de 5 de Julio de 1.967 y 11 de Mayo de 1.971 y las que en lo sucesivo se aprueben.

Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO II

ARTÍCULO I PÁGINA 2 de 5

Con carácter particular: Instrucción para el proyecto y ejecución de obras de hormigón en masa o armado, aprobado por Real Decreto 2661/1.998 de 11 de diciembre, EHE-98.

Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras 1.975 (P.P.T.G.C. de 1.975) PG-3 y el posterior PG-4.

Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para la recepción de cementos RC-97.

Normas NTE (ISA, 1.973, ISD, 1.974, etc.) con todo aquello que guarde relación con las obras a ejecutar en el presente Proyecto.

Instrucción EM-62 del Instituto Eduardo Torroja, para estructuras metálicas.

Las Instrucciones de Carreteras: 6.1.IC (firmes flexibles) 6.2.IC (firmes rígidos), y 6.3.IC (refuerzo de firme), así como 4.1.IC (pequeñas obras de fábrica) y 5.1.IC (drenaje) del Ministerio de Fomento.

Normas BAT, para carreteras de la Diputación Foral de Bizkaia.

Normas NTE, IEE - 1.978, Normas DIN, en todo aquello que guarde relación con las obras a ejecutar en el presente Proyecto y el Reglamento electrónico de Baja Tensión.

Recomendaciones para el Proyecto de Intersecciones (Ministerio de Fomento).

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO II

ARTÍCULO I PÁGINA 3 de 5

P Accesos a las carreteras del Estado, vías de servicio y construcción de instalaciones de servicio. Orden de 16 de diciembre de 1.997 (Ministerio de Fomento).

P Actual Planeamiento Urbanístico del Municipio (NN. SS.).

P Carreteras Urbanas. Recomendaciones para su planeamiento y proyecto (Ministerio de Fomento).

P Señalización. Instrucciones 8.1 - IC y 8.2 - IC (también publicadas por el Ministerio de Fomento).

P Instrucción 3.1 - IC Trazado (Ministerio de Fomento).

P Recomendaciones para el diseño de glorietas en carreteras suburbanas (Comunidad Autónoma de Madrid).

P Recomendaciones sobre glorietas (Ministerio de Fomento).

P Pliego de Condiciones para Instalaciones de Alumbrado de la Diputación Foral de Bizkaia.

P Orden Circular 321/95 T y P sobre sistemas de contención de vehículos. (Ministerio de Fomento).

P Bases de cálculo y diseño de pretiles en puentes de carretera. Nota de servicio 1/95. SGC , del Ministerio de Fomento.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO II

ARTÍCULO I PÁGINA 4 de 5

P Decreto 59/1.981 del Gobierno Vasco sobre supresión de barreras urbanísticas y arquitectónicas, así como la normativa posterior sobre accesibilidad, ya vigente en el año 2.001.

P Normas UNE.

P Las disposiciones referentes a la Seguridad y Salud en el Trabajo.

P Normas para la redacción de proyectos de abastecimiento de agua y saneamiento de poblaciones (Ministerio de Fomento).

P Normas Sismorresistentes PGS-1 (1.960), parte A, aprobada por Decreto 106/1.969 de 15 de Enero (B.O.E. nº 30 de 4 de Febrero de 1.969).

P Normas MV 102, 103, 104, 105, 106, 108 y 201.

P En general, cuantas prescripciones figuren en las Normas, Instrucciones, Reglamentos Oficiales, que guarden relación con las obras del presente Proyecto, con sus instalaciones complementarias o con los trabajos necesarios.

En caso de discrepancia entre las Normas anteriores y salvo manifestación expresa en contrario en el presente Proyecto, se entenderá que es válida la prescripción más restrictiva.

Cuando en algunas disposiciones se haga referencia a otras que hayan sido

modificadas o derogadas se entenderá que dichas modificaciones o derogaciones se extiende a aquella parte de la primera que haya quedado afectada.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO II

ARTÍCULO I PÁGINA 5 de 5

Quedará terminantemente prohibido, salvo autorización escrita del Ingeniero

Director de la Obra, efectuar acopios de materiales cualquiera que sea su naturaleza, sobre plataformas de carreteras y en aquellas zonas marginales que defina el citado Ingeniero Director de las Obras. Se cuidará especialmente de no obstruir los desagües o cunetas y de no interferir el tráfico. El Contratista será responsable de todos los objetos que se encuentren o descubran durante la ejecución de las obras, debiendo dar inmediata cuenta de los hallazgos al Ingeniero Director y colocarlos bajo custodia.

El Contratista adoptará las medidas necesarias para evitar la contaminación de

ríos, lagos y depósitos de agua, por efecto de los combustibles, aceites, ligantes o cualquier otro material que pueda ser perjudicial. El Contratista deberá obtener, a su costa, todos los permisos o licencias necesarios para la ejecución de las obras, con excepción de los correspondientes a las expropiaciones, servicios y servidumbres definidos en el Contrato.

Las atribuciones asignadas en el presente Pliego al Director de Obra, y las que

le asigne la legislación vigente, podrán ser delegadas en su personal colaborador de acuerdo con las prescripciones establecidas, pudiéndose exigir por el Contratista que dichas atribuciones delegadas se señalen explícitamente en orden recogida en el correspondiente “Libro de Obra”.

El Contratista será responsable, durante la ejecución de las obras, de todos los

daños o perjuicios, directos o indirectos, que se puedan ocasionar a cualquier persona, propiedad o servicio público/privado, como consecuencia de los actos, omisiones o negligencias del personal a su cargo, o de una deficiente organización de las obras.

Los servicios públicos o privados que resulten dañados deberán ser reparados,

a su costa, con arreglo a la legislación vigente sobre el particular. Las personas que resulten perjudicadas deberán ser compensadas, a su costa, adecuadamente. Las propiedades públicas o privadas que resulten dañadas deberán asimismo ser reparadas por el Contratista estableciendo las condiciones primitivas o compensando adecuadamente los daños y perjuicios originados.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO III

CAPITULO 3

MATERIALES, DISPOSITIVOS O INSTALACIONES Y SUS CARACTERÍSTICAS.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO III

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ARTÍCULO 1 .- AGUA.

En general podrán ser utilizadas tanto para el amasado como para el curado del hormigón en obra, todas las aguas sancionadas como aceptables por la práctica. Cuando no se posean antecedentes de su utilización, o en caso de duda, deberán analizarse las aguas, y salvo justificación especial de que no se alteren perjudicialmente las propiedades exigibles al hormigón, deberán rechazarse las que no cumplan una o varias de las siguientes características:

Exponente de hidrógeno PH mayor o igual que 5 (UNE 7234:71).

Sustancias disueltas menor o igual que 15 gramos por litro (15.000 p.p.m.) (UNE 7130:58).

Sulfatos expresados en SO4 menor o igual que 1 gramo por litro (1.000 p.p.m.) (UNE 7131:58) excepto para el cemento PY en que se eleva este límite a 5 gramos por litro (5.000 p.p.m.).

Ion cloro Cl para hormigón con armadura menor o igual que 3 gramos por litro (3.000 p.p.m.) (UNE 7178:60).

Hidratos de carbono cero (UNE 7132:58).

Sustancias orgánicas solubles en éter menor o igual que 15 gramos por litro (15.000 p.p.m.). (UNE 7235:71)

Las tomas de muestras se realizarán según la UNE 7236:71 y los análisis por los métodos de las normas indicadas. Podrán sin embargo, emplearse aguas de mar o salinas análogas para amasar hormigones que no tengan armadura alguna. Será de aplicación, además, todo lo establecido en el artículo nº 27 de la EHE-98.

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ARTICULO 2 .- ÁRIDOS.

La naturaleza de los áridos y su preparación serán tales que permitan garantizar la adecuada resistencia y durabilidad del hormigón así como las restantes características que se le exijan a éste en las obras del presente proyecto.

Como áridos para la fabricación de hormigones pueden emplearse arenas y

gravas existentes en yacimientos naturales, rocas machacadas, escorias siderúrgicas apropiadas u otro producto cuyo empleo se encuentre sancionado por la práctica o resulte aconsejable como consecuencia de estudios realizados en laboratorio. Cuando no se tenga antecedentes sobre la utilización de los áridos disponibles, o en caso de duda, deberán comprobarse las condiciones del artículo correspondiente de la EHE-98. Se prohíbe el empleo de áridos que contengan o puedan contener piritas o cualquier otro tipo de sulfuros. Las escorias siderúrgicas podrán, sin embargo, emplearse siempre que cumplan las prescripciones del precitado artículo de la EHE-98.

Se entiende por arena o árido fino, el árido o fracción del mismo que pasa por

el tamiz de 5 mm. de luz malla (tamiz 5, UNE 7.050) por grava ó árido grueso, el que resulta retenido por dicho tamiz; y por árido total aquél que, de por sí o por mezcla, posee las proporciones de arena y grava adecuadas para fabricar el hormigón necesario en el caso particular que se considere.

En lo referente al tamaño y limitación se observará el artículo correspondiente

de la EHE-98, y para las prescripciones y ensayos de áridos se seguirá lo dispuesto por el artículo de la mencionada Instrucción. Los áridos deberán almacenarse de tal forma que queden protegidos de una posible contaminación por el ambiente y, especialmente, por el terreno, no debiendo mezclarse de forma incontrolada los distintos tamaños. Deberán, también adoptarse las necesarias precauciones para eliminar en lo posible la segregación, tanto durante el almacenamiento como durante su transporte.

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ARTÍCULO 3 .- ADITIVOS.

Podrá autorizarse el empleo de todo tipo de aditivos siempre que se justifique, mediante los oportunos ensayos, que la sustancia agregada en las proporciones previstas y disuelta en agua produce el efecto deseado sin perturbar excesivamente las restantes características del hormigón ni presentar un peligro para las armaduras. Se observará el artículo correspondiente de la EHE-98.

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ARTÍCULO 4 .- CONGLOMERANTES HIDRÁULICOS.

Se llaman conglomerantes hidráulicos aquéllos productos que, amasados con agua, fraguan y endurecen sumergidos en este líquido, y son prácticamente estables en contacto con él.

Clinker.

Se llama Clinker al producto que se obtiene al calcinar hasta fusión parcial, mezclas muy íntimas, preparadas artificialmente y dosificadas convenientemente a partir de materias calizas y arcillosas, con la inclusión eventual de otros materiales, que sin aportar elementos extraños a los de la composición normal de cemento, facilitan la dosificación de los áridos deseada en cada uno.

Cemento Portland.

Los cementos Portland son conglomerantes hidráulicos que se obtienen por pulverización del clinker, sin más adición que la piedra de yeso natural. Eventualmente, puede darse la denominación comercial de cementos Portland a aquellos que, además de los componentes principales, clinker y piedra de yeso, contengan otras adiciones no nocivas en proporción inferior al diez por ciento (10%), con objeto de mejorar algunas de las cualidades de los conglomerantes, o de los morteros y hormigones con ellos fabricados, siempre que los cementos resultantes cumplan todas las condiciones químicas, físicas y mecánicas que se especifican en el artículo correspondiente de la EHE-98 y el Pliego RC-97. El fabricante enviará, si se le solicita, copia de los resultados de análisis y ensayos correspondientes a la producción de la jornada a que pertenezcan la partida servida.

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Cemento Portland de alto horno.

Son conglomerantes hidráulicos obtenidos por mezcla íntima de escoria granular y clinker de cemento Portland, en proporción igual o superior al treinta por ciento (30), en peso, de clinker de cemento Portland, siendo el resto escoria granular y sulfato cálcico. Eventualmente, en proporción no superior al uno por ciento (1%), con objeto de mejorar algunas de las cualidades de los conglomerantes y hormigones con ellos fabricados.

Transporte y almacenamiento.

Los sacos empleados para el transporte de cemento serán de plástico o de papel, en cuyo último caso estarán constituidos por cuatro (4) hojas de papel como mínimo, y se conservarán en buen estado, no presentando desgarrones, zonas húmedas o fugas. A la recepción en obra de cada partida. El Ingeniero Director examinará el estado de los sacos y procederá a rechazarlos o a dar su conformidad para que se pase a controlar el material. Los sacos empleados para el transporte del cemento se almacenarán en sitio ventilado, definido de la intemperie y de la humedad, tanto del suelo como de las paredes.

Cuando el sistema de transporte sea a granel, el Contratista comunicará al

Ingeniero Director de la Obra, con la debida antelación, el sistema que va a utilizar, con objeto de obtener la autorización correspondiente. Las cisternas empleadas para el transporte de cemento estarán dotadas de medios mecánicos para el trasiego rápido de su contenido a los silos de almacenamiento.

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ARTÍCULO 5 .- MADERA.

La madera a emplear en la entibación de zanjas, apeos, cimbras, andamios, encofrados, demás medios auxiliares y carpintería de armar, deberá cumplir las condiciones siguientes:

Proceder de troncos secos, apeados en sazón.

Haber sido desecada al aire, protegida del sol y de la lluvia, durante un período mayor de dos (2) años.

No presentar signo alguno de putrefacción, carcoma o ataque de hongos.

Estar exenta de grietas, hendiduras, manchas o cualquier otro defecto que perjudique su solidez. En particular, contendrá el menor número posible de nudos, los que, en todo caso, tendrán un espesor inferior a la séptima parte (1/7) de la menor dimensión.

Tener sus fibras rectas y no reviradas, paralelas a la mayor dimensión de la pieza.

Presentar anillos anuales de aproximada regularidad.

Dar sonido claro por percusión.

La forma y dimensiones de la madera a emplear en medios auxiliares y carpintería de armar, serán en todos los casos, las adecuadas para garantizar su resistencia y cubrir el posible riesgo de accidentes. La madera de construcción escuadrada será de madera de sierra de aristas vistas ó llenas.

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ARTÍCULO 6.- ESCOLLERA DE PIEDRAS SUELTAS.

Los materiales pétreos a emplear pueden proceder, en el caso de obras notables que incluyan fuerte movimiento de tierras, de la excavación de la explanación, también pueden proceder de préstamos. En cualquier caso, las piedras a utilizar deberán tener la superficie rugosa. No se admitirán piedras ó bloques redondeados, salvo indicación en contrario del Proyecto y tan sólo cuando la misión de la escollera sea la de protección del talud frente a la meteorización. Las zonas concretas a excavar para la obtención de materiales serán las indicadas por el Proyecto ó, en su defecto, por el Director de la Obra.

Calidad de la roca.

En general serán adecuadas para escollera las rocas ígneas, sedimentarias y metamórficas resistentes, sin alteración apreciable, compactas y estables químicamente frente a la acción de los agentes externos y en particular, frente al agua. Se consideran rocas aquellas que según la NLT 255 sumergidas en agua durante veinticuatro horas (24 h.) con tamaños representativos de los de puesta en obra, no manifiestan fisuración alguna, y la pérdida de peso que sufren es igual ó inferior al dos (2%) por ciento. También podrán utilizarse ensayos de ciclos de humedad-sequedad según la NLT 260 para calificar la estabilidad de estas rocas, si así lo autoriza el Director de Obra. La densidad aparente seca mínima de la piedra será de dos mil quinientos kilogramos por metro cúbico (2.500 kg./m3.).

La absorción de agua será inferior al dos por ciento (2%) según UNE

83.134. El Director de Obra tendrá facultad para rechazar materiales para escollera cuando asó lo aconseje la experiencia local. El coeficiente de desgaste de Los Ángeles determinado según UNE EN 1.097-2 será inferior a cincuenta (50). En cuanto a la granulometría y forma de las partículas se cumplirá lo establecido en el 658.2.1.3 (si bien el peso máximo de escollera se establece en los 1.000 kgrs.) y 658.2.1.4 del PG-3, en su última modificación.

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CAPITULO 4

EJECUCIÓN DE LAS OBRAS, MEDICIÓN Y ABONO.

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ARTÍCULO 1.- EXCAVACIONES Y PRESTAMOS.

Ejecución de las Obras.

1.- Generalidades.

Una vez terminadas las operaciones de desbroce del terreno, se iniciarán las obras de excavación, ajustándose a las alineaciones, pendientes, dimensiones y demás información contenida en los Planos y Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, y a lo que sobre el particular ordene el Ingeniero Director.

Durante la ejecución de los trabajos se tomará las precauciones adecuadas para

no disminuir la resistencia del terreno no excavado. En especial, se adoptarán las medidas necesarias para evitar los siguientes fenómenos: inestabilidad de taludes en roca debida a voladuras inadecuadas, deslizamientos ocasionados por el descalce del pie de la excavación, erosiones locales y encharcamientos debido a un drenaje defectuoso de las obras.

2.- Drenaje.

Durante las diversas etapas de la construcción de la explanación de las obras se mantendrán en perfectas condiciones de drenaje, y las cunetas y demás desagües se ejecutarán de modo que no se produzcan erosión en los taludes.

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3.- Tierra vegetal.

La tierra vegetal que se encuentre en las excavaciones, y que no se hubiera extraído en el desbroce, se removerá de acuerdo con lo que, al respecto, se señale en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, acopiándose para su utilización posteriormente en protección de taludes o superficies erosionables, o donde ordene el Ingeniero Director. En cualquier caso, la tierra vegetal extraída se mantendrá separada del resto de los productos excavados.

4.- Empleo de los productos de excavación.

Todos los materiales que se obtengan de la excavación se utilizarán en la formación de relleno y demás usos fijados en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, o que señale el Ingeniero Director, y se transportará directamente a las zonas previstas en dicho Pliego o a las que en su defecto, señale el Ingeniero Director.

Los fragmentos de roca y bolos de piedra que se obtengan de la excavación y

que no vayan a ser utilizados directamente en las obras se acopiarán y emplearán, si procede, en la protección de taludes o canalizaciones de agua que se realicen como defensa contra la posible erosión de zonas vulnerables, o en cualquier otro uso que señale el Ingeniero Director.

Las rocas o bolos de piedra que aparezcan en la explanada en zonas de

desmonte en tierra deberán eliminarse, a menos que le Contratista prefiera triturarlos al tamaño que se le ordene.

El material en exceso podrá utilizarse en la ampliación de terraplenes, si así lo

autoriza el Ingeniero Director.

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En cualquier caso, no se desechará ningún material excavado sin previa

autorización del Ingeniero Director.

5.- Excavación en roca.

Las excavaciones en roca se ejecutarán de forma que no se dañe, quebrante o desprenda la roca no excavada. Se pondrá especial cuidado en evitar dañar los taludes del desmonte y la cimentación de la futura explanada de la carretera. Cuando los taludes excavados tengan zonas inestables o la cimentación de la futura explanada presente cavidades que puedan retener el agua, el Contratista adoptará las medidas de corrección necesarias, en la forma que ordene el Ingeniero Director.

Cuando se prevea el empleo de los productos de la excavación en roca en la

formación de pedraplenes, se seguirá las prescripciones del Artículo “Pedraplenes” del PG-3. El Director podrá prohibir la utilización de métodos de voladura que considere peligrosos, aunque la autorización no exime al Contratista de la responsabilidad por los daños ocasionados como consecuencia de tales trabajos.

6.- Préstamos y caballeros.

Si se hubiese previsto o se estimase necesaria, durante la ejecución de las obras, la utilización de préstamos, el Contratista comunicará al Ingeniero Director, con suficiente antelación, la apertura de los citados préstamos a fin de que se puedan medir su volumen y dimensiones sobre el terreno natural no alterado y, en el caso de préstamos autorizados, una vez eliminado el material inadecuado, realizar los oportunos ensayos para su aprobación, si procede.

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Los préstamos, en general, no deberán ser visibles desde la carretera terminada,

y deberá excavarse de tal manera que el agua de lluvia no se pueda acumular en ellos. El material inadecuado se depositará de acuerdo con lo que se ordene al respecto. Los taludes de los préstamos deberán ser suaves y redondeados y una vez terminada su explotación, se dejarán en forma que no dañen el aspecto general del paisaje. Los caballeros que se formen deberán tener forma regular, superficies lisas que favorezcan las escorrentías de las aguas y taludes estables que eviten cualquier derrumbamiento. Deberán situarse en los lugares que al efecto señale el Ingeniero Director y se cuidará de evitar arrastres hacia la carretera o las obras de desagües y de que no se obstaculice la circulación por los caminos que haya establecidos ni el curso de los ríos, arroyos o acequias que haya en las inmediaciones de la carretera. El material vertido en caballeros no se podrá colocar de forma que represente un peligro para construcciones existentes, por presión directa o por sobrecarga sobre el terreno contiguo.

7.- Taludes.

La excavación de los taludes se realizará adecuadamente para no dañar su superficie final, evitar la descompresión prematura o excesiva de su pié, e impedir cualquier otra causa que pueda comprometer la estabilidad de la excavación final. Las zanjas que, de acuerdo con los Planos, deban ser ejecutadas en el pié del talud, se excavarán de forma que el terreno afectado no pierda resistencia debido a la deformación de las paredes de la zanja o a un drenaje defectuoso de ésta. La zanja se mantendrá abierta el tiempo mínimo indispensable, y el material de relleno se compactará cuidadosamente. Cuando sea preciso adoptar medidas especiales para la protección superficial del talud, tales como bulones, gunitado, plantaciones superficiales, revestimiento, cunetas de guarda, etc; bien porque estén previstas en el Proyecto o porque sean ordenadas por el Ingeniero Director, dichos trabajos deberán realizarse inmediatamente después de la excavación del talud. En el caso de que los taludes presenten desperfectos antes de la recepción definitiva de las obra, el Contratista eliminará los materiales desprendidos o movidos y realizará urgentemente las reparaciones complementarias ordenadas por el Ingeniero Director. Si dichos desperfectos son imputables a ejecución inadecuada o a incumplimiento de las instrucciones del Ingeniero Director, el Contratista será responsable de los daños ocasionados.

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ARTÍCULO 2.- EXCAVACIÓN EN ZANJAS Y POZOS.

Principios Generales.

El Contratista notificará al Ingeniero Director de las Obra, con la suficiente antelación, el comienzo de cualquier excavación, a fin de que éste pueda efectuar las mediciones necesarias sobre el terreno inalterado. El terreno natural adyacente al de la excavación no se modificará ni removerá sin autorización del citado Ingeniero Director.

Una vez efectuado el replanteo de las zanjas o pozos, el Ingeniero Director

autorizará la iniciación de las obras de excavación. La excavación continuará hasta llegar a la profundidad señalada en los Planos y obtenerse una superficie firme y limpia a nivel o escalonada, según se ordene. No obstante, el Ingeniero Director podrá modificar tal profundidad si, a la vista de las condiciones del terreno, lo estima necesario a fin de asegurar una cimentación satisfactoria. También estará obligado el Contratista a efectuar la excavación de material inadecuado para la cimentación, y su sustitución por material apropiado, siempre que se lo ordene el Director. Para la excavación de tierra vegetal se seguirá lo indicado en el Artículo “Excavaciones y préstamos”.

Entibación. En aquellos casos en que se hayan previsto excavaciones con entibación, el

Contratista podrá proponer al Ingeniero Director efectuarlas sin ella, explicando y justificando de manera exhaustiva las razones que apoyen su propuesta. El Ingeniero Director podrá autorizar por escrito tal modificación, sin que ello suponga responsabilidad subsidiaria alguna. Por el contrario, si en el Contrato no figurasen excavaciones con entibación y el Ingeniero Director estimase conveniente que las excavaciones se ejecuten con ella, podrá obligar al Contratista a la utilización de entibaciones.

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Drenaje. Cuando aparezca agua en las zanjas o pozos que se están excavando, se

utilizarán los medios e instalaciones auxiliares necesarios para agotarla. El agotamiento desde el interior de una cimentación deberá ser hecho de forma que evite la segregación de los materiales que han de componer el hormigón de cimentación, y en ningún caso se efectuará desde el interior del encofrado antes de transcurridas veinticinco horas (25 h.) desde el hormigonado. El Contratista someterá a la aprobación del Ingeniero Director los planos de detalle y demás documentos que expliquen y justifiquen los métodos de construcción propuestos.

Taludes. En el caso de que los taludes de las zanjas o pozos, ejecutados de acuerdo con

los planos y órdenes del Ingeniero Director, resulten inestables y, por tanto, den origen a desprendimientos antes de la recepción de la obra, el Contratista eliminará los materiales desprendidos.

Limpieza del fondo. Los fondos de las excavaciones se limpiarán de todo el material suelto o flojo y

sus grietas y hendiduras se rellenarán adecuadamente. Así mismo, se eliminarán todas las rocas sueltas o desintegradas y los estratos excesivamente delgados. Cuando los cimientos apoyen sobre material cohesivo, la excavación de los últimos treinta centímetros (30 cm.) no se efectuará hasta momentos antes de construir aquéllos, y previa autorización del Ingeniero Director.

Excesos inevitables. Los sobreanchos de excavación necesarios para la ejecución de la obra deberán

ser aprobados, en cada caso, por el Ingeniero Director.

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Tolerancias de las superficies acabadas. El fondo y paredes laterales de las zanjas y pozos terminados tendrán la forma

y dimensiones exigidas en los Planos, con las modificaciones debidas a los excesos inevitables autorizados, y deberán refinarse hasta conseguir una diferencia inferior a cinco centímetros (+5 cm.) respecto de las superficies teóricas.

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ARTÍCULO 3.- RELLENOS.

Ejecución de las Obras.

La preparación de la superficie de asiento del relleno se realizará cumpliendo las prescripciones del apartado 331.5.1. del PG-3 tanto para el caso de terraplenes como para los rellenos todo-uno, pedraplenes y trasdós de muros de tierra armada. No se permitirá la realización de rellenos sin que antes se establezcan referencias topográficas precisa.

En rellenos de altura superior a un metro y medio (1,50 m.) apoyado en zonas

de pendiente menor que el diez por ciento (10%) no es necesario excavar todo el espesor de tierra vegetal, salvo que sobre el relleno se apoye una estructura y el espesor del relleno bajo su cimentación sea inferior a cuatro metros (4 m.).

Todos los rellenos a media ladera con pendientes del terreno superior al

veinticinco por ciento (25%), deben apoyarse sobre bermas horizontales, de tres a cinco metros (3 a 5 m.) de anchura y de uno a dos metros (1 a 2 m.) de altura. Si las condiciones son favorables y el Ingeniero director lo autoriza, bastará con excavar estas bermas debajo del talud que tienen pendiente en el mismo sentido que la ladera. Sobre las bermas se construirá una primera capa, de medio metro (0,5 m.) de espesor mínimo continuo, con material granular seleccionado de excavaciones en roca sana.

En las zonas en que, a juicio del Ingeniero Director, se aprecien manchas de

humedad o pequeñas filtraciones al excavar las bermas, el material seleccionado deberá reemplazarse por “todo-uno” de cantera de caliza con contenido de finos menor del diez por ciento (10%).

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV

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Todos los manantiales que aparezcan en las excavaciones deben captarse y

canalizarse hacia el exterior de los rellenos mediante conducciones de fuerte pendiente (más del 4%). En todo los cruces de vaguadas, el cauce antiguo de los arroyos (tanto de caudal permanente como temporal) debe cubrirse con una capa de metro (1 m.) de espesor de todo-uno de cantera, con un porcentajes de finos menor al diez por ciento (10%).

La canalización de las aguas hacia las obras de drenaje requieren una atención

muy especial en el caso de que la explanación completa consista en relleno apoyado a media ladera. En estos casos deberá construirse, además una cuneta revestida y conectada con la obra de drenaje.

Los equipos de transporte y extendido de material operarán sobre todo el ancho

de la capa. La superficie de las tongadas en suelos seleccionados y adecuado será convexa, con pendiente transversal mínimo de dos por ciento (2%).

La superficie de las tongadas de otros tipos de suelo o rocas será convexa, con

pendiente transversal comprendida entre el dos por ciento (2%) y el cinco por ciento (5%). Los contactos entre tongadas de distinto tipo de material cumplirán las condiciones de filtro para evitar que los materiales finos puedan invadir los huecos del de granulometría más amplia.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV

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ARTICULO 4.- RELLENOS DE TIERRAS LOCALIZADAS.

Definición.

Consiste en la extensión y compactación de materiales terrosos, procedentes de excavaciones anteriores para rellenos de zanjas, trasdós de obras de fábrica, o cualquier otra zona cuyas dimensiones no permitan la utilización de los mismos equipos de maquinaria con que se lleva a cabo la ejecución de terraplenes.

Ejecución de las obras.

En las zonas de ensanche o recrecimiento de antiguos rellenos, se prepararán éstos a fin de conseguir la unión entre el antiguo y el nuevo relleno. Si el material procedente del antiguo relleno cumple las condiciones exigidas por la zona de relleno de que se trate, se mezclará con el nuevo relleno para su compactación simultánea. Cuando el relleno haya de asentarse sobre un terreno en el que existan corrientes de agua superficial o subválvea, se desviarán las primeras y captarán y conducirán las últimas, fuera del área donde vaya a construirse el relleno, antes de comenzar la ejecución.

Los materiales de relleno se extenderán en tongadas sucesivas de espesor

uniforme, y sensiblemente horizontales. El espesor de estas tongadas será lo suficientemente reducido para que, con los medios disponibles. se obtenga en todo momento el grado de compactación exigido. Cuando el Ingeniero Director de la Obra lo autorice, el relleno junto a obras de fábrica podrá efectuarse de manera que las tongadas situadas a uno y otro lado de la misma no se hallen al mismo nivel.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV

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En este caso, los materiales del lado más alto no podrán extenderse ni

compactarse, antes de que hayan transcurrido catorce días (14 d.) desde la terminación de la fábrica contigua, salvo en el caso que la dirección de Obra lo autorice, previa comprobación mediante los ensayos que estime pertinente realizar, del grado de endurecimiento y resistencia alcanzado por la obra de fábrica. Los materiales de cada tongada serán de características uniformes, y si no lo fueran, se conseguirá esta uniformidad mezclándose convenientemente con los medios adecuados. El grado de compactación a alcanzar en cada tongada dependerá de la ubicación de la misma, y en ningún caso será inferior al mayor de los que posean los terrenos o materiales adyacentes a su mismo nivel.

Limitaciones de la ejecución.

Los rellenos localizados se ejecutarán cuando la temperatura ambiente a la sombra, sea superior a dos grados centígrados (2º), debiéndose suspender los trabajos cuando la temperatura descienda por debajo de dicho límite.

Sobre las capas de relleno en ejecución debe prohibirse la acción de todo tipo

de tráfico, hasta que se haya completado su compactación. Si ello no es factible, el tráfico mecánico que necesariamente tenga que pasar sobre ella se distribuirá de forma que no se concentren ruedas en la superficie.

Las anteriores especificaciones serán también válidas para la realización del

asiento de arena en zanjas.

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ARTÍCULO 5.- TUBOS DE HORMIGÓN EN MASA.

Zanjas para alojamiento de las tuberías.

Como norma general bajo calzada o en terreno con posible tráfico mecánico la profundidad mínima será tal que la generatriz superior de la tubería quede por lo menos a un metro de la superficie. En aceras o lugares sin tráfico rodado puede disminuirse este recubrimiento a sesenta centímetros. Las anchuras de las zanjas no serán en general, menores de sesenta centímetros, dejándose un espacio de quince a treinta (15 a 30 cm.) centímetros a cada lado del tubo según el tipo de juntas.

De acuerdo con la siguiente clasificación de suelo se establece a continuación

los diversos tipos de cama en el cuadro adjunto. Suelos buenos: Terreno consolidado. como rocas o terrenos de tránsito.

Suelos malos : Terreno con expansiones o asentamientos, arcillas, rellenos, etc..

Suelos muy malos: Fangos, terrenos deslizantes, etc..

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV ARTÍCULO V PÁGINA 2 de 4

TIPO DE CAMA

NATURALEZA DEL TERRENO DIÁMETRO TIPO

DEL DE TUBO� JUNTA BUENO MALO MUY MALO

BASE

CAMA

FLEXIBLE B-1-a C-1-b B-1-a HASTA 300

RÍGIDO A-1-a C-1-b B-1-a FLEXIBLE B-1-a C-2-b B-1-a

HASTA 600 RÍGIDO A-1-a C-2-b A-1-a FLEXIBLE B-2-a C-3-b B-2-a HASTA 1000

RÍGIDO B-2-a C-3-b A-3-a FLEXIBLE B-3-a C-3-b B-3-a HASTA 1500

RÍGIDO A-3-a C-3-b A-3-a

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV

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A: Solera de hormigón EHE-98.

B: Lecho de arena con granulometría de 2 a 5 milímetros, o grava con tamaño comprendido entre 5 y 15 milímetros.

C: Grava compactada.

1. Espesor mínimo: 10 cm.

2. Espesor mínimo: 15 cm.

3. Espesor mínimo: 20 cm.

a.- Ancho igual, como mínimo, el diámetro de la tubería.

b.- Ancho igual al de la zanja.

Relleno de zanjas.

El material de relleno que ha de estar en contacto con la tubería se seleccionará evitando colocar piedras o gravas con diámetro superior a tres centímetros (3 cm.) hasta una altura de unos treinta centímetros (30 cm.) por encima de la generatriz superior del tubo. La compactación de las tierras se realizará hasta un grado de compacidad no inferior al 98% del Próctor Normal.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV

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Juntas.

Los tipos de juntas empleados serán los especificados en el Art. 4 Juntas de T.H.M. 73 (I.E.T.c.c.) es decir:

Juntas de enchufe y campana.

Juntas machihembradas sin manguito.

Juntas machihembradas con manguito.

Juntas a tope con manguito.

Se prohíbe el empleo de manguitos de ladrillo. Se deberán colocar en la tubería y a una distancia no superior a 50 centímetros

de la pared de la arqueta, pozo de registro u obra de fábrica, una junta elástica antes y después de acometer a la misma, para evitar daños en la tubería como consecuencia de asientos desiguales del terreno.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV

ARTÍCULO VI PÁGINA 1 de 1

ARTÍCULO 6.- DRENES SUBTERRÁNEOS.

Ejecución de las Obras.

Las dimensiones de las zanjas y de los tubos de drenaje se ajustarán a las medidas indicadas en los respectivos planos y a lo que, sobre el particular, señale el Ingeniero Director de las Obra. La membrana de geotextil envolvente cumplirá las especificaciones vigentes en esa materia.

La solera de la zanja se protegerá extendiendo sobre ella una capa de diez

centímetros (10 cm.) de espesor de hormigón tipo HM-15 ó HM-20.

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ARTÍCULO VII PÁGINA 1 de 1

ARTÍCULO 7.- ARQUETAS Y POZOS DE REGISTRO.

Ejecución de las Obras.

Las arquetas serán de hormigón con la forma y dimensiones señaladas en los planos. La preparación del lugar de ubicación de las arquetas y su colocación o construcción se realizará de acuerdo con las condiciones señaladas en los planos y siguiendo las instrucciones que al respecto fije el Ingeniero Director. El lecho de las arquetas será de hormigón con la resistencia señalada en los Planos.

Las conexiones de tubos y caños se efectuarán a las cotas debidas de forma que

los extremos de los conductos coincidan al ras de las caras laterales de las arquetas. La ejecución del relleno se realizará una vez que las uniones de los tubos y su

apoyo estén en condiciones de aguantar el peso de las tierras y de otras cargas que puedan actuar. El relleno y la compactación se realizará por tongadas de diez (10) centímetros, ejecutados con sumo cuidado, empleando en ello apisonadoras planas, a mano o bien compactadoras ligeras.

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ARTÍCULO VIII PÁGINA 1 de 1

ARTÍCULO 8.- PATES Y TAPAS DE REGISTRO.

1.- Pates.

Los pates se colocarán de manera que queden todos ellos en una misma vertical, separados entre sí 30 centímetros.

Las longitudes de empotramiento de los pates en las obras de fábrica serán de

cien (100) milímetros mínimo para registros fabricados “in situ” y de setenta y cinco (75) milímetros cuando se utilice prefabricados. En obras de ladrillo se colocarán los pates a medida que se vayan levantando la fábrica. En obras de hormigón se colocarán convenientemente amarrados al encofrado antes del vertido de aquél. También podrán colocarse los pates una vez hormigonado y desencofrado el paramento de la obra de fábrica taladrando dicho paramento y colocando posteriormente el pate. En el caso de que se empleen pates de material plástico se realizará un taladro de diámetro sensiblemente inferior al del pate, siendo éste introducido posteriormente a presión.

2.- Tapas de registro.

Dentro de este unidad se entiende incluidos todos los trabajos, medios y materiales precisos para su completa realización, de acuerdo con el diseño definido en los Planos del Proyecto y/ó Replanteo o por lo que determine en cada caso la Dirección de Obra.

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ARTÍCULO IX PÁGINA 1 de 7

ARTÍCULO 9.- HORMIGONES.

En el artículo correspondiente de la EHE-98 se especifica las diversas condiciones y características de los hormigones que, a efectos del presente Proyecto, serán los que tienen validez. La instalación de hormigonado será capaz de realizar una mezcla regular e íntima de los componentes, proporcionando un hormigón de aspecto y consistencia uniforme, dentro de las tolerancias establecidas. En los controles de hormigonado se emplearán dispositivos automáticos para la dosificación en peso de los materiales.

Ejecución.

La dosificación se realizará según lo establecido en el artículo correspondiente de la EHE-98 con arreglo a los métodos que se estimen oportunos, respetando siempre las dos limitaciones siguientes:

a) La máxima relación agua/cemento y el mínimo contenido de cemento será el especificado en la tabla 37.3.2.a de la EHE-98.

b) La cantidad máxima de cemento por metro cúbico de hormigón será de 400 kg. En casos excepcionales, previa justificación experimental y autorización expresa del Ingeniero Director de la Obra, se podrá superar dicho límite.

En particular, la dosificación se realizará teniendo en cuenta el tamaño máximo del árido permisible para cada tipo de hormigón, su docilidad valorada por los ensayos UNE-7.102 y UNE-7.103, y cuenta normativa exista en esta materia. En todo caso, la puesta en obra del hormigón, no deberá iniciarse hasta que se haya estudiado y aprobado su correspondientes fórmula de trabajo y dosificación, la cual será fijada, en último término, por la Dirección de la Obra.

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ARTÍCULO IX PÁGINA 2 de 7

Si existiera duda en cuanto a la dosificación, el Ingeniero Director de la Obra

podrá ordenar la ejecución de cuantos ensayos considere oportunos, pudiéndose llegar a la demolición de los elementos motivo de duda, sin que el Contratista pueda reclamar partida alguna en concepto de indemnización o abono complementario.

Fabricación.

Será de aplicación el artículo correspondiente de la EHE-98 y el artículo de la misma Instrucción referente a la puesta en obra del hormigón. Para la fabricación del hormigón, el cemento se medirá en peso y los áridos en peso o en volumen, si bien este último sistema no es aconsejable por las fuertes dispersiones que da lugar. Se admitirán hormigones transportados en camiones hormigoneras, de acuerdo con las instrucciones que fije el Ingeniero Director de la Obra, debiendo cumplir las vigentes normas de la Instrucción para la Fabricación y suministro de Hormigones Preparados. Cuando se utilicen hormigoneras portátiles, la ejecución de la mezcla en obra se hará de la misma forma que para las centrales, pudiendo no ser la dosificación automática. La mezcla a mano sólo se autorizará en casos excepcionales en hormigones no superiores a HM-15. No se amasarán masas frescas en los que se utilicen diferentes tipos de cementos. Antes de comenzar la fabricación de una mezcla con un nuevo tipo de cemento deberán limpiarse perfectamente las hormigoneras. Por razones de homogeneidad del hormigón resultante es aconsejable verter los materiales dentro de la hormigonera en el siguiente orden:

1º.- Una parte de la dosis de agua (aproximadamente la mitad).

2º.- El cemento y la arena, simultáneamente. Si no es posible, se verterá una fracción del primero y después la fracción que proporcionalmente corresponda de la segunda, repitiendo la operación hasta completar las cantidades previstas.

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3º.- La grava. Si está dividida en dos o más fracciones, deberá seguirse con ellas un procedimiento análogo al descrito para el cemento y la arena.

4º.- El resto del agua de amasado, a ser posible no de una vez, sino poco a poco, de la forma que se parezca más a un chorro continuo.

Transporte y colocación.

Será de aplicación lo establecido en el artículo correspondiente de la EHE-98. El transporte se realizará tan rápidamente como sea posible, empleando métodos que impidan toda segregación, exudación, evaporación o introducción de cuerpos extraños. No se efectuará el hormigonado en tanto no se obtenga la conformidad del Director de la Obra, una vez que se hayan revisado las armaduras, ya colocadas en su posición definitiva. Como norma general no deberá transcurrir más de una (1) hora entre la fabricación del hormigón y su puesta en obra y compactación. No se permitirá el vertido libre del hormigón desde alturas superiores a 1,50 metros, quedando prohibido el arrojarlo con palas a gran distancia, distribuirlo con rastrillos o hacerlo avanzar más de un (1) metro dentro de los encofrados. Se procurará que la distribución del hormigón se realice en vertical, evitando proyectar el chorro de vertido sobre las armaduras. El Ingeniero Director podrá autorizar la colocación neumática del hormigón siempre que el extremo de la manguera no esté situado a más de tres (3) metros del punto de aplicación, procurando, además, que el volumen de hormigón lanzado en cada descarga sea superior a 0,20 metros cúbicos, que se elimine todo rebote excesivo del material y que el chorro no se dirija directamente sobre las armaduras. En muros armados, será obligatorio hormigonar dentro de una misma jornada el volumen comprendido entre dos juntas consecutivas de construcción, vertiendo el hormigón según lo establecido anteriormente, de forma que el vertido se realice de manera que la progresión en altura del vertido sea uniforme a lo largo de todo el encofrado del muro.

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En losas, el extendido del hormigón se realizará de modo que el avance se

realice con todo el espesor. En vigas, el hormigonado se hará avanzando desde los extremos, llenándolos en toda su altura y procurando que el frente vaya recogido para que no produzcan segregaciones y la lechada escurra a lo largo del encofrado, de forma similar a lo establecido para muros. En pilares, el hormigonado se efectuará de modo que su velocidad no sea superior a 2 m./h. de elevación de la capa hormigonada, removiéndose enérgicamente la masa para que no quede aire apresado y vaya asentando de modo uniforme.

Compactación.

Se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo correspondiente de la EHE-98. La compactación del hormigón se realizará, en general, mediante vibración, empleándose vibradores cuya frecuencia no es inferior a 6.000 ciclos por minuto. El espesor de las tongadas de hormigón, la secuencia, distancia de introducción y retirada de los vibradores, se fijará por indicación del Ingeniero Director.

Si se emplean vibradores de superficie, éstos deberán aplicarse corriéndolos

con movimiento lento, de tal modo que la superficie quede totalmente húmeda. Si se emplea vibradores internos, estos aparatos deberán sumergirse rápida y profundamente en la masa, cuidando de retirar la aguja con lentitud y a velocidad constante. Si se emplean vibradores unidos a los moldes o encofrados, tales apartados deberán sujetarse firmemente y distribuir en forma adecuada para que su efecto se extienda a toda la masa.

Hormigonado en tiempo frío o caluroso.

Se realizará según lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Instrucción. En general, cuando la temperatura registrada a la mañana, 9 horas, hora solar, sea inferior a 4º C; puede interpretarse como motivo suficiente para prever el límite alcanzado en la Norma.

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En todo caso, se suspenderá el hormigonado si la temperatura ambiente es

superior a 40º C. En tiempo de lluvia se tomarán las medidas necesarias para la protección de hormigones, pudiendo la Dirección de Obra suspender el hormigonado. Se prohibirá hormigonar directamente o contra superficies de hormigón que hayan sufrido los efectos de las heladas.

Juntas.

Será de aplicación lo establecido en el artículo 17 de la Instrucción. Las juntas de construcción estarán definidas en los Planos o fijadas por el Ingeniero de la Obra, debiéndose extremar las precauciones para que éstas coincidan con las del hormigonado, se limpiará la junta de toda suciedad, lechada o árido suelto, picándose convenientemente. En la sección en la que haya de detenerse el hormigonado es conveniente utilizar como encofrado una lámina de metal desplegado.

A continuación, se humedecerá y cepillará, tratándose con resinas el hormigón

contiguo endurecido. Inmediatamente después se reanudará el hormigonado, cuidándose, ésta. En general, en toda junta constructiva, se extremarán las precauciones para un perfecto terminado, el Ingeniero Director de la Obra, ordenar demoliciones si, a su juicio, hubiera existido deficiencias en la ejecución o terminación. Se cuidará que las juntas creadas por la interrupción del hormigonado queden normales a la dirección de los máximos esfuerzos de compresión y, si resultara necesario, se encofrarán. El ancho de tales juntas estará definido en los Planos o lo señalará la Dirección de Obra.

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Curado

Para el fraguado y primer periodo de endurecimiento del hormigón será de aplicación el artículo correspondiente de la EHE-98. En cualquier caso, deberá mantenerse la humedad del hormigón y evitarse las causas externas, como sobrecarga y vibraciones, que puedan provocar la fisuración del elemento hormigonado. El curado podrá realizarse manteniendo húmeda las superficies de los elementos de hormigón, mediante riego directo que no produzcan deslavado o a través de un material adecuado que no contenga sustancia nocivas para el hormigón y sea capaz de retener la humedad. El agua empleada en estas operaciones deberá poseer las cualidades exigidas en el capítulo tercero de este Pliego.

Tolerancias en las superficies acabadas.

En los correspondientes Planos y en el presente Pliego del Proyecto se fija el acabado que tendrán los paramentos vistos o, en su defecto, se establecerán por el Ingeniero Director de la Obra. Si no se prescribe otra cosa, la máxima flecha o irregularidad que deben presentar los paramentos planos, medido con una regla de dos (2) metros de longitud, aplicada en cualquier dirección será la siguiente:

Superficies vistas: seis (6) milímetros.

Superficies ocultas: veinticinco (25) milímetros.

Las tolerancias en los paramentos curvos serán las mismas, pero se medirán respecto de un escantillón de dos (2) metros, cuya curvatura sea la teórica.

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Los defectos producidos al hormigonar deberán ser reparados, previa

aprobación de la Dirección de Obra, tan pronto como sea posible, saneando y limpiando las zonas defectuosas.

Características del hormigón.

Las distintas características de los hormigones a emplear en la obra se regirán por lo especificado en el artículo correspondiente de la EHE-98, utilizándose la siguiente serie con objeto de tipificar las resistencias de los hormigones.

HM-15, HM-20, HA-25, HA-30, HA-40, HA-45 y HA-50, indicando los

números la resistencia característica especificada del hormigón a compresión a los veintiocho (28) días, expresadas en N./mm2..

La docilidad del hormigón se valorará determinando su consistencia, lo que se

llevará a cabo por le procedimiento descrito, y salvo justificación especial, no emplean fluidos, recomendándose los de consistencia plástica, compactados por vibrado. Las distintas consistencias, con sus correspondientes asientos en el cono de Abrams, así como las diversas tolerancias serán las especificadas en el artículo correspondiente de la EHE-98.

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ARTÍCULO 10.- ENCOFRADOS, CIMBRAS Y APEOS.

1.- Ejecución de las Obras.

Construcción y montajes: Se autorizará el empleo de tipos y técnicos especiales de encofrado, o cimbrado cuya utilización y resultados estén sancionados por la práctica, debiendo justificarse la eficacia de aquellas otras que, por su novedad, carezcan de dicha sanción, a juicio del Ingeniero Director a cuya aprobación quedará supeditado su empleo en cualquier caso. El Contratista proyectará y calculará las cimbras, encofrados apeos y andamiajes necesarios, salvo en el caso de elementos sencillos sancionados por la práctica, sometiendo el proyecto a la aprobación del Ingeniero Director. Las cimbras tendrán la resistencia y disposición necesaria para que, en ningún momento, los movimientos locales sobrepasen los tres milímetros (3 mm.) ni los de conjunto una milésima 1/1.000 de la luz. Se distinguirán los siguientes tipos:

P Tipo E-1.- En paramentos de hormigón que han de quedar ocultos por el terreno o por algún revestimiento posterior. Podrán usarse tablas o tablones sin cepillar y de largos y anchos no necesariamente uniformes.

Tipo E-2.- En paramentos vistos planos o cilíndricos. El forro del encofrado puede estar constituido por chapa metálica, paneles de aglomerado o de tabla de madera.

Tipo E-3.- En paramentos vistos de superficie de directrices curvas o cuyo aspecto tenga importancia. Se emplearán como forro tabla de madera cepillada y machihembrada de ancho uniforme o chapa metálica.

Las tolerancias máximas en la irregularidad de los paramentos del hormigón que resulten para cada tipo de encofrado son los siguientes:

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Tolerancias en mm.

Tipo de encofrado E1 E2 E3 Irregularidades suaves medidas sobre

regla o plantilla curva de 1,5 m. de longitud.

20

8

6 6 3

Irregularidades bruscas 6 4 3 Tanto las uniones como las piezas que constituyen los encofrados y cimbras

deberán poseer la resistencia y la rigidez necesaria para que, con la marcha prevista del hormigonado y, especialmente bajo los efectos dinámicos producidos por el sistema de compactación exigido o adoptado, no se originen esfuerzos anormales en el hormigón, ni durante su puesta en obra, no durante su periodo de endurecimiento, así como tampoco deformaciones locales, superiores a cinco milímetros (5 mm.).

Los anclajes de los distintos elementos o paños de los moldes serán sólidos y

sencillos de modo que su montaje se verifique con facilidad. Los encofrados y su sustentación, en elementos rectos o planos de más de seis metros (6 m.) de luz libre se dispondrán con la contraflecha necesaria para que, una vez desencofrado y cargado el elemento, éste conserve una ligera concavidad en el interior. Esta contraflecha suele ser del orden de un milésimo de luz (1/1.000).

Los moldes ya usados y que hayan de servir para unidades repetidas, serán

cuidadosamente rectificados y limpiados. El Contratista adoptará las medidas necesarias para que las aristas vivas del hormigón resulten bien acabadas: colocando si es preciso, angulares metálicos en las aristas exteriores del encofrado, o utilizando otro procedimiento similar en su eficacia. El Ingeniero Director podrá autorizar, sin embargo, la utilización de listones triangulares de madera para achaflanar dichas aristas.

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No se tolerarán imperfecciones mayores de cinco milímetros (5 mm.) en las

líneas de aristas. Tanto las superficies de los encofrados, como los productos que a ellos se puedan aplicar, no deberán contener sustancias perjudiciales para el hormigón. Para facilitar el desencofrado el Ingeniero Director podrá autorizar u ordenar el empleo de un producto desencofrante, que no deje mancha en la superficie del hormigón visto.

Los encofrados de madera se humedecerán antes del hormigonado, a fin de

evitar la absorción del agua contenida en el hormigón y se limpiará, especialmente los fondos, dejándose aberturas provisionales para facilitar esta labor. Las juntas entre las diversas tablas deberán permitir el entumecimiento de las mismas por la humedad del riego y del hormigón sin que, sin embargo, dejen escapar la pasta durante el hormigonado para lo cual se podrá autorizar el empleo de una selladora adecuada.

Antes de comenzar las operaciones de hormigonado, el Contratista deberá

obtener del Ingeniero Director la aprobación escrita del encofrado realizado. Las cimbras poseerán una rigidez suficiente para resistir sin asientos ni deformaciones perjudiciales, las cargas sobrecargas y acciones de cualquier naturaleza que puedan producirse sobre ellas como consecuencia del proceso de hormigonado y, especialmente, las debidas a la compactación de la masa.

Desencofrado y descimbramiento.

Tanto los elementos que constituyen el encofrado (costeros, fondos, etc.) como los apeos y cimbras, se retirarán sin producir sacudidas de cierta importancia, recomendándose cuando los elementos sean de cierta importancia, el empleo de cuñas, cajas de arena, gatos u otros dispositivos análogos para lograr un descenso uniforme de los apoyos.

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Las operaciones anteriores no se realizarán hasta que el hormigón haya

alcanzado la resistencia necesaria para soportar, con suficiente margen de seguridad y sin deformaciones excesivas, los esfuerzos a los que va a estar sometido como consecuencia del desencofrado o descimbramiento.

El desencofrado de costeros verticales de elementos de poco canto podrá

efectuarse a los tres días (3) de hormigonar la pieza a menos que durante dicho intervalo se hayan producido bajas temperaturas, u otras causas capaces de alterar el proceso normal de endurecimiento del hormigón. Los costeros horizontales, no deberán retirarse antes de los siete (7) días, con la misma salvedad apuntadas anteriormente.

El Ingeniero Director podrá reducir los plazos anteriores, respectivamente a

dos días (2) ó a cuatro (4), cuando el tipo de conglomerante empleado proporcione un endurecimiento suficientemente rápido.

Se mantendrá las cimbras separadas 1 cm. ó 2 cm. durante 12 horas, antes de

retirarlas totalmente. Se pondrá especial atención en retirar, oportunamente, todo elemento de encofrado que pueda impedir el libre juego de las juntas de retracción o dilatación, así como de las articulaciones si las hay. No se permitirá el empleo de cabillas o alambres para la sujeción de los encofrados, si excepcionalmente se emplean, las puntas de alambre se dejarán cortadas a ras de paramento.

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ARTÍCULO 11.- ARMADURAS DE ACERO A EMPLEAR EN HORMIGÓN

ARMADO.

Ejecución.

En todo lo referente al doblado, colocación y distancia entre barras de armaduras principales, así como distancia a los paramentos, se observarán los artículos nº 12 y 13 de la EHE-98. Las armaduras se colocarán limpias de toda suciedad y óxido no adherente. Las barras se fijarán entre sí mediante las oportunas sujeciones, manteniéndose la distancia al encofrado de modo que quede impedido todo movimiento de aquéllas durante el vertido y compactación del hormigón. Será, en resumen, de aplicación todo lo establecido en la EHE-98. La disposición de las armaduras será la definida en los Planos correspondientes a por lo que fije, en último término, la Dirección de Obra. Su colocación en el interior de los encofrados, se realizará por ferrallistas homologados y será preceptivo, una vez dispuestas las armaduras, la conformidad escrita del Ingeniero Director que a su vez podrá ordenar demoliciones por no haberse cumplimentado esta condición, sin que el Contratista pueda obtener partida o compensación alguna.

Mallas electrosoldadas.

Se entiende por mallas electrosoldadas los elementos industriales de armadura que se presentan en paneles rectangulares, constituidos por alambres o barras soldadas a maquinas, pudiendo disponer los alambres, barras aisladas o pareados y ser, a su vez, lisos o corrugados. Los diámetros, en milímetros, deberán pertenecer a la serie siguiente:

6,5 - 7 - 7,5 - 8 - 8,5 - 9 - 9,5 y 10.

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Las mallas electrosoldadas se almacenarán de forma que no estén expuestas a

una oxidación, y se separarán convenientemente de los encofrados según lo definido en los Planos, o fije la Dirección de Obra.

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ARTÍCULO 12.- ZAHORRA ARTIFICIAL.

Preparación de la superficie existente. La base de zahorra artificial no se extenderá hasta que se haya comprobado que la superficie sobre la que ha de asentarse tiene la densidad debida y las rasantes indicadas en los Planos, con las tolerancias establecidas en las Prescripciones. Si en dichas superficies existen irregularidades que excedan de las mencionadas tolerancias, se corregirán, de acuerdo con lo que se prescriba en la unidad de obra correspondiente de estas Prescripciones, de manera que se cumplan las tolerancias.

Extensión de una tongada.- Una vez comprobada la superficie de asiento de

la tongada, se procederá a la extensión de ésta. Los materiales serán extendidos, tomando las precauciones necesarias para evitar su segregación o contaminación, en tongadas de espesor uniforme, lo suficientemente reducido para que, con losa medios disponibles, se obtenga en todo el mismo grado de compactación exigido. Después de extendida la tongada, se procederá, si es preciso, a su humectación. El contenido óptimo de humedad se determinará en obra, a la vista de la maquinaria disponible y de los resultados que se obtengan de los ensayos realizados. En el caso de que fuera preciso añadir agua, esta operación se efectuará de forma que la humectación de los materiales sea uniforme.

Compactación de la tongada.- Conseguida la humectación más conveniente,

se procederá a la compactación de la base de zahorra artificial, la cual se continuará hasta alcanzar una densidad igual, como mínimo, a la que corresponde el porcentaje (%) de la máxima obtenida en el ensayo modificado de compactación, que se señala a continuación para el tráfico previsto en el Proyecto:

Para tráfico ligero: Noventa y cinco por ciento (95%). Para tráfico medio: Noventa y ocho por ciento (98%). Para tráfico pesado: Cien por cien (100%).

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ARTÍCULO XII PÁGINA 2 de 4

Las zonas que, por su reducida extensión, su pendiente, o su proximidad a

obras de fábrica, no permitan el empleo del equipo que normalmente se estuviera utilizando para la compactación de la base de zahorra artificial, se compactarán con los medios adecuados para el caso, de forma que las densidades que se alcancen no sean inferiores a las obtenidas en el resto de la base de zahorra artificial. El apisonado se ejecutará longitudinalmente, comenzando por los bordes exteriores, marchando hacia el centro, y solapándose en cada recorrido un ancho no inferior a un tercio (1/3) del elemento compactado. El acabado final se efectuará utilizando rodillos estáticos.

Se extraerán muestras para comprobar la granulometría, y, si ésta no fuera la

correcta, se añadirían nuevos materiales o se mezclarán los extendidos, hasta que cumplan la exigencia. No se extenderá ninguna tongada en tanto no hayan sido realizada la nivelación y comprobación del grado de compactación de la procedente.

Cuando la base de zahorra artificial se componga de materiales de distintas

características o procedencias, se extenderá cada una de ellas en una capa de espesor uniforme, de forma que el material más grueso ocupe la capa inferior y el más fino la superficie. El espesor de cada una de estas capas será tal que, al mezclarse todas ellas, se obtenga una granulometría que cumpla las condiciones exigidas. Estas capas se mezclarán con niveladoras, rastras, gradas de discos, mezcladoras rotativas, y otra maquinaria aprobada, de manera que no se perturbe el material de las subyacentes. La mezcla se continuará hasta conseguir un material uniforme, el cual se compactará con arreglo a lo expuesto anteriormente.

Tolerancias de la superficie acabada.

Dispuestas estacas de refino, niveladas hasta milímetros (mm.) con arreglo a los Planos, en el eje y bordes de perfiles transversales, cuyas distancias no excedan de diez metros (10 m.) se comparará la superficie acabada con la teórica que pasa por las cabezas de dichas estacas.

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La superficie acabada no deberá rebasar a la teórica en ningún punto, ni diferir

de ella en más de la mitad (1/2) del espesor de tongada utilizado, o de un quinto (1/5) del espesor previsto en los Planos para la base de zahorra artificial.

La superficie acabada no deberá variar en más de diez milímetros (10 mm.)

cuando se compruebe con una regla de tres metros (3 m.), aplicada tanto paralela como normal al eje de la carretera. Las irregularidades que excedan de las tolerancias antedichas, se corregirán por el Contratista, de acuerdo con lo que se señale en estas Prescripciones.

Limitaciones de la ejecución.

Las bases de zahorra artificial se ejecutarán cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea superior a los dos grados centígrados (2º C), debiendo suspenderse los trabajos cuando la temperatura descienda por debajo de dicho límite.

Sobre las capas de ejecución se prohibirá la acción de todo tipo de tráfico,

hasta que no se haya completado su compactación. Si ello no es factible, el tráfico que necesariamente tenga que pasar sobre ellas se distribuirá de forma que no se concentren huellas rodadas en la superficie. El Contratista será responsable de los daños originados por esta causa, debiendo proceder a la reparación de los mismos con arreglo a las presentes Prescripciones.

Ensayos.- Las características de los materiales empleados, así como la bondad

de la obra realizada, se comprobarán durante su ejecución efectuando ensayos cuya frecuencia y tipo son los que se señalan a continuación, entendiéndose que las cifras que se dan son mínimos y se refieren a cada una de las procedencias elegidas. Por cada quinientos metros cúbicos (500 m3.) o fracción de material empleado y una vez al día se adjuntan en la siguiente hoja.

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En la superficie de cada capa de zahorra artificial el valor del módulo de

deformación, obtenido mediante ensayo de placa de cara, en segundo ciclo (E2), de acuerdo con la Norma DIN 18.300 será, como mínimo de mil quinientos kilogramos por centímetros cuadrados (E2 > 1.500 kg./cm2.) cuando la zahorra se emplee en capas de sub-base y de dos mil kilogramos por centímetros cuadrados (E2 > 2.000 kg./cm2.) cuando se emplee en capas de base.

- Un (1) ensayo granulo métrico. - Un (1) ensayo Procuro modificado. - Un (1) ensayo de límites de Atterberg. - Dos (2) ensayos de equivalentes de arena. Por cada mil metros cuadrados (1.000 m2.) o fracción de capa colocada: - Tres (3) determinaciones de humedad durante la compactación. - Un (1) ensayo de densidad "in situ". Por cada quinientos metros (500 m) o fracción de base de zahorra terminada: - Un (1) ensayo CBR en el laboratorio. - Un (1) ensayo VSS de placa de carga reducida.

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ARTICULO 13.- RIEGOS DE IMPRIMACIÓN.

Ejecución de las obras.

1.- Preparación de la superficie existente.

Se comprobará que la superficie sobre la que se va a efectuar el riego de imprimación cumple las condiciones especificadas para la unidad de obra correspondiente, y no se halle reblandecida por un exceso de humedad. En caso contrario, antes de que el Director pueda autorizar la iniciación del riego, deberá ser corregida, de acuerdo con el presente Pliego y el de Prescripciones Técnicas Particulares. Cuando la superficie sobre la que se va a efectuar el riego se considere en condiciones aceptables, inmediatamente antes de proceder a la extensión del ligante elegido, se limpiará la superficie que haya de recibirlo, de polvo, suciedad, barro seco, materia suelta o que pueda ser perjudicial, utilizando para ello barredoras mecánicas o máquinas sopladoras. En los lugares inaccesibles a los equipos mecánicos se utilizarán escobas de mano. Se cuidará especialmente los acopios de áridos, que deberán ser retirados, si es preciso, antes del barrido, para no entorpecerlo y evitar su contaminación.

2.- Aplicación del ligante.

Antes de que se realice la extensión del ligante bituminoso, la superficie de la capa a tratar deberá regarse ligeramente con agua, empleando la dotación que humedezca la superficie suficientemente, sin saturarla, para facilitar la penetración posterior del ligante.

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La aplicación del ligante elegido se hará cuando la superficie mantenga aún

cierta humedad, con la dotación y a la temperatura aprobada por el Director. La aplicación se efectuará de manera uniforme evitando la duplicación de la dotación en las juntas de trabajo transversales. Para ello, se colocarán tiras de papel, u otro material, bajo los difusores, en aquellas zonas de la superficie donde comienza o se interrumpa el trabajo, con objeto de que el riego pueda iniciarse o terminarse sobre ellos, y los difusores funcionen con normalidad sobre la zona a tratar.

La temperatura de aplicación del ligante será tal, que su viscosidad está

comprendida entre veinte y cien segundos Saybolt Furol (20-100 ºSF). Cuando la correcta ejecución del riego lo requiera el Director podrá dividir la

dotación prevista, para su aplicación en dos (2) veces. Cuando, por las condiciones de la obra, sea preciso efectuar el riego de

imprimación por franjas, se procurará que la extensión del ligante bituminoso se superponga, ligeramente, en la unión de las distintas bandas. Se protegerá, para evitar mancharlos de ligante, cuantos elementos constructivos o accesorios tales como bordillos, vallas, árboles, etc., puedan sufrir este efecto.

3.- Extensión del árido.

Cuando se estime necesaria la aplicación del árido de cobertura, su extensión se realizará de manera uniforme, con la dotación aprobada por el Director. La distribución del árido por medios mecánicos se efectuará de manera que se evite el contacto de las ruedas con el ligante sin cubrir.

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Cuando la extensión del árido se haya de efectuar sobre una franja imprimida,

sin que lo haya sido la franja adyacente, el árido se extenderá de forma que quede sin cubrir una banda de unos veinte centímetros (20 cm.) de la zona tratada, junto a la superficie que todavía no lo haya sido; con objeto de que se pueda conseguir el ligero solapo en la aplicación del ligante al que se ha hecho referencia en el apartado anterior.

Limitaciones de la ejecución.

El riego de imprimación se aplicará cuando la temperatura ambiente, a la sombra, y a la de la superficie sean superiores a los diez grados centígrados (10º C), y no exista fundado temor de precipitaciones atmosféricas. No obstante, si la temperatura ambiente tiene tendencia a aumentar, podrá fijarse en cinco grados centígrados (5º C) la temperatura límite inferior para poder aplicar el riego.

Dentro del Programa de Trabajos se coordinará la aplicación del riego de

imprimación con la extensión de las capas bituminosas posteriores, que no debe retardarse tanto que el riego de imprimación haya perdido su efectividad como elemento de unión con aquéllas.

Cuando sea necesario que circule el tráfico sobre la capa imprimida y para ello

se haya efectuado la extensión del árido de cobertura, deberá prohibirse la acción de todo tipo de tráfico, por lo menos durante las cuatro horas (4 h.) siguientes a la extensión del árido, y preferentemente, durante las veinticuatro horas (24 h) que sigan a la aplicación del ligante, plazo que define su período de absorción. La velocidad máxima de los vehículos deberá reducirse a treinta kilómetros por hora (30 km./h).

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ARTÍCULO 14.- MEZCLAS BITUMINOSAS EN CALIENTE.

Las mezclas bituminosas en caliente se fabricarán por medio de instalaciones de tipo contínuo o discontinuo, capaces de manejar simultáneamente en frío el número de áridos que exija la fórmula adaptada. La instalación deberá estar provista de indicadores de la temperatura de los áridos, situados en los silos de áridos calientes y a la salida del secador. Los elementos de transporte consistirán en camiones de caja lisa y estanca, perfectamente, y que deberá tratarse con un producto para evitar que la mezcla se adhiera a ella. Las extendedoras serán autopropulsadas, pudiendo el Ingeniero Director de la Obra exigir que aquélla esté provista de un dispositivo automático de nivelación.

Para los equipos de compactación se deberá utilizar compactadores

autopropulsados de cilindros metálicos, estáticos o vibrantes, triciclos o tándem, de neumáticos o mixtos. Las presiones lineales, estáticas o dinámicas, y las presiones de contacto de los diversos tipos de compactadores, serán las necesarias para conseguir la compacidad adecuada, pero sin producir roturas del árido ni arrollamientos de la mezcla a las temperaturas de compactación.

Ejecución de las Obras.

La ejecución de la mezcla no deberá iniciarse hasta que se haya estudiado y aprobado su correspondiente fórmula de trabajo. El contenido en ligante de las mezclas tipo A, se fijará de acuerdo a la NLT-169/72. El contenido el ligante de las mezclas densas, semidensas y gruesas D, S y G, se dosificarán siguiendo el método Marshall de acuerdo con los criterios indicados en la siguiente tabla y la Norma NLT-159/75.

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CRITERIOS DE PROYECTO DE MEZCLAS POR EL MÉTODO MARSHALL (NLT-150/75)

T R A F I C O

Caracter. Unidad PESADO MEDIO LIGERO Nº de golpes en cada cara

75

75

50

Estabil. kgf. 1.400 kgf.* 1200 kgf. 1.000 kgf. Deformab. mm. 2 3,5 2 3,5 2 4 Huecos en mezcla

%

- Capa de rodadura 3** 5 3 5 3 5 - Capa intermedia 3** 6 3 8 3 8 - Capa de base 3 8 3 8 3 8 Huecos en áridos

%

- Mezclas D.S.G.12 15 15 15 - Mezclas D.S.G.20 14 14 14 - Mezclas D.S.G.25 13 13 13 (*) En el caso de capas de base este valor será 1.200 kgf. (**) Valor mínimo deseable, 4%.

Todo ello con las tolerancias expresadas en el Art. 542.5 del PG-3. En cuanto a

la fabricación y transporte de la mezcla se estará a lo dispuesto en el Art. 542.5.2 y subsiguiente del ya citado Pliego PG-3 y PG-4 posterior. La mezcla no se extenderá hasta que no se haya comprobado que la superficie sobre la cual ha de montar tiene la densidad debida y las rasantes indicadas en los Planos. Si la extensión de la mezcla requiere la previa ejecución de riegos de imprimación o de adherencia se comprobará que ha transcurrido el plazo de curado de estos riegos no debiendo quedar vestigios de fluidificante o agua en la superficie.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV

ARTÍCULO XIV PÁGINA 3 de 7

A menos que se ordene otra cosa, la colocación comenzará a partir del borde de

la calzada a las zonas a pavimentar con sección bombeada, o en el lado inferior en las secciones con pendientes en un solo sentido. Cuando sea posible, se realizará la extensión en todo lo ancho a pavimentar, en caso contrario después de haber extendido y compactado la primera franja, se extenderá la segunda y siguiente y se ampliará la zona de compactación para que incluya quince (15) centímetros de la primera franja. Las franjas sucesivas se colocarán aún en caliente y en condiciones de ser compactado fácilmente. De no ser así, se ejecutará una junta longitudinal.

La compactación de la mezcla se regirá por lo dispuesto en el Art. 542.5.6. del

PG-3 y en todo caso, su densidad deberá ser por lo menos el noventa y siete por ciento (97%) de la obtenida aplicando a la fórmula de trabajo la compactación prevista en el método Marshall según la Norma NLT 159/75 o, en su efecto la que indique la Dirección de Obra, debidamente justificada basándose en los resultados conseguidos en los tramos de prueba.

Las juntas presentarán la misma textura, densidad y acabado que el resto de la

capa. Las juntas entre pavimentos nuevos y viejos, o entre trabajos realizados en días sucesivos, deberán cuidarse especialmente, a fin de asegurar su perfecta adherencia. A todas las superficies de contacto de franjas construidas con anterioridad se aplicará una capa uniforme y ligera de ligante de adherencia antes de colocar la mezcla nueva, dejándolo curar suficientemente. Las juntas transversales de capas superpuestas se procurará que queden a un mínimo de cinco metros (5 m.) una de otra, y que las longitudinales queden a un mínimo de quince centímetros (15 cm.) una de otra. Al iniciarse los trabajos, el Contratista de las obras construirá una o varias secciones de ensayos, del ancho y longitud adecuados, de acuerdo con las condiciones establecidas anteriormente, y en ellas se probará el equipo y el plan de compactación.

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La superficie acabada no diferirá de la teórica en más de diez milímetros (10

mm.) en las capas de rodadura, o quince milímetros (15 mm.) en el resto de las capas. La superficie acabada no presentará irregularidades de más de cinco milímetros (5 mm.) en las capas de rodadura, u ocho milímetros (8 mm.) en el resto de las capas, cuando se compruebe con una regla de tres metros (3 m.), aplicada tanto paralela como normalmente al eje de la zona pavimentada.

La fabricación y extensión de mezclas bituminosas en caliente se efectuará

cuando las condiciones climatológicas sean adecuadas. Salvo autorización expresa del Director, no se permitirá la puesta en obra de mezclas bituminosas en caliente cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea inferior a cinco grados centígrados (5º C), con tendencia a disminuir, o se produzcan precipitaciones atmosféricas. Se estará a lo dispuesto en el Art. 542.8 del PG-3. Además de las especificaciones anteriores, pertenecientes en su mayor parte al PG-3; se deberán observar las siguientes consideraciones:

1.- Compactación de mezclas. 2.- Equipo necesario para la ejecución de la obra.

1.- Compactación de las mezclas.

La compactación exigida para todas ellas será del 97%, como mínimo, de la obtenida en el laboratorio en el ensayo Marshall, pudiendo tolerarse en casos muy excepcionales la disminución hasta un 95%.

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2.- Equipo necesario para la ejecución de la obra.

El equipo necesario para la ejecución de las obras deberá ser aprobado por el Ingeniero Director de las mismas y habrá de mantenerse en todo momento en condiciones precisa para garantizar que la mezcla puesta en obra posea las características impuestas en el Pliego de Condiciones. Se emplearán instalaciones de tipo discontinuo para la ejecución de la mezcla. Dichas instalaciones cumplirán como mínimo, los siguientes requisitos:

Dispondrán de cinco (5) tolvas para áridos en la alimentación en frío de la planta salvo autorización expresa del Director de Obra.

Deberán ser provistas de dispositivos de dosificación de paso, cuya precisión sea superior al medio por ciento (0,5%), en más o menos. Las de arena dispondrán de vibrador.

El ligante deberá ser introducido uniformemente en el mezclador y las válvulas que controlen su entrada no deberán permitir fugas ni goteos. Asimismo deberán estar provistas de básculas independientes para la dosificación en peso de los áridos y del filler.

Se deberá poder dosificar dos tipos distintos de filler de aportación independientemente uno del otro, para lo cual deberá disponer de 2 tolvas que dosifiquen a la misma báscula.

Cualquiera que sea el tipo de planta de fabricación que se emplee, ésta deberá además, disponer para el secado, de un dispositivo de dosificación del combustible, para que este arda de forma completa y no pueda mezclarse el excedente con el árido. Dispondrá asimismo, de recogida de filler eliminando, para sustituirlo por filler de aportación debidamente dosificado.

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ARTÍCULO XIV PÁGINA 6 de 7

El porcentaje máximo permitido de filler natural sin recuperar por la planta

será del 2,5% respecto al total de la mezcla. (En caso de mezclas calizas sólo si no cumple las condiciones exigidas de filler natural, independientemente de la recuperación y dosificación posterior en peso).

El volumen mínimo de los acopios existentes en planta será el necesario para

mantener la producción durante 7 días. Para el transporte del aglomerado a obra, la mezcla debe ir cubierta obligatoriamente de un toldo para evitar la disminución de temperatura.

La compactación se realizará con un equipo compuesto por las apisonadoras

necesarias para obtener la densidad especificada, pero no será inferior a dos (2), una de neumáticos y otra estática de tipo Tándem. Las ruedas de las apisonadoras deben mantenerse húmedas para evitar adherencias de material.

Las apisonadoras deben trabajar lo más cerca posible de la extendedora y con

sus ruedas motrices del lado de ella. Deben moverse a una velocidad moderada y uniforme (aproximadamente 5 km./h. las de llanta metálica y 8 km./h. las de neumáticos), y al invertir el sentido de la marcha lo deben hacer sin sacudidas bruscas.

No deben quedar paradas en zonas donde la superficie no se haya enfriado o

curado lo suficiente. Se debe empezar el apisonado por las juntas longitudinales y bordes para luego avanzar el centro, según práctica habitual y en todo caso cumpliendo instrucciones de la Dirección de Obra.

En las curvas con peraltes se empezará por el lado inferior avanzando hacia el

superior.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV

ARTÍCULO XIV PÁGINA 7 de 7

El extendido se realizará cuando la temperatura ambiental sea superior a 5º C.

y siempre que no haya precipitaciones. Se comprobará las cotas y la uniformidad de la capa y en caso de que en alguna zona o tramo se den espesores excesivos en relación con la capa a extender, es conveniente hacerlo en dos o más capas, la primera con sky o patín y la segunda con máquina libre.

Para poner a punto la fórmula de trabajo y para la realización de cualquier otra

prueba necesaria de comprobación de calidad, el Contratista pondrá a disposición los medios humanos y materiales a su cargo; así como botes, cubos y demás utensilios de uso común para transporte de muestras de todo tipo de materiales y su etiquetado, cuadernos de tickets, por triplicado para control, etc..

El Contratista pondrá a disposición permanente dos termómetros en planta y

dos en extendido tarados y contrastados, y en extendido un puntero señalado cada 5 mm.; y pondrá los medios de transporte necesarios para que la producción sea contínua y la extendedora no sufra por su causa.

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ARTÍCULO 15.- TUBERÍAS DE PVC.

1.- Condiciones Generales.

Las tuberías de PVC a emplear en obras de saneamiento vendrán definidas por su presión de servicio, según UNE 53.332, la unión se realizará mediante junta elástica. Se utilizarán como mínimo las correspondientes a una presión de 5 Atmósferas. Serán de aplicación las siguientes normas:

UNE 53.112 y UNE 53.144 “Accesorios inyectados de UPCV para evacuación de aguas pluviales y residuales, para unión con adhesivo y/o junta elástica. Características y métodos de ensayos”.

UNE 53.332 “Tubos de UPCV para redes de saneamiento horizontales. Características y métodos de ensayos”.

UNE 53.144 “Tubos y accesorios de UPCV para unión con adhesivo y/o junta elástica, utilizados para evacuación de aguas pluviales y residuales”.

2.- Control de Calidad.

Salvo lo que especifique el P.P.T.P; el control de Calidad se llevará a cabo mediante el ensayo de aplastamiento entre placas paralelas móviles de un tubo cada 500 metros lineales de tubería por cada clase y diámetro. Cuando la muestra se deforma por aplastamiento un 60% (hasta el punto donde la distancia entre las placas paralelas es igual al 40% del diámetro exterior original) no deberá mostrar evidencias de agrietamiento, fisuración o rotura.

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Si el tubo ensayado no supere dichas pruebas, será rechazado todo el lote sin

perjuicio de que la Dirección de Obra, a su criterio, pueda aceptar la reclasificación de los tubos correspondientes a una categoría inferior, acorde con los resultados del ensayo. Se comprobará igualmente en la prueba de aplastamiento que el módulo resistente (E x I), obtenido con la carga se produce una deformación del 5%, no es inferior al obtenido mediante la fórmula:

E . I = 5.000 . S3 Siendo S el espesor del tubo en cm.

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ARTICULO 16.- ESCOLLERA DE PIEDRAS SUELTAS.

Definición y Alcance.

Corresponde a esta unidad de obra a la extensión por vertido piedra a piedra de un conjunto de piedras, relativamente grandes procedentes de excavaciones en roca sobre un talud preparado previamente. Sobre él se forma una capa compacta, bien graduada y con un mínimo de huecos. Su ejecución comprende las siguientes operaciones:

P Preparación de la superficie de apoyo de la escollera.

Colocación de una capa filtro si así lo especificara el proyecto.

Excavación, carga y transporte del material pétreo que constituye la escollera.

Ejecución de la cimentación, rellenando posteriormente los huecos con hormigón HM-15 ó HM-20. Las piedras se dejarán sobresaliendo de la superficie, sin que se configuren superficies de hormigón ó lechada lisa.

Vertido próximo del material pétreo y colocación piedra a piedra, colocándose de forma estable, manteniendo en todo momento su contrainclinación de 1 (V) a 3 (H) ó la que figure en planos y el talud de intradós a un máximo del 1 (H) : 2,5 (V). La tolerancia en abertura entre bloques no superará en ningún punto los 12 cm. y cada bloque deberá apoyar en su cara inferior en, al menos, dos bloques, estando también en contacto con sus bloques laterales al fin de asegurar la mayor trabazón posible.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV

ARTÍCULO XVI PÁGINA 2 de 2

Ejecución de las obras.

Se estará en todo caso a lo dispuesto en la legislación vigente en materia medioambiental, de seguridad y salud, y de almacenamiento y transporte de productor de construcción. Las zanjas de cimentación y demás excavaciones necesarias deberán realizarse por el Contratista de acuerdo con el “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia” y las prescripciones del Director de Obra. Los taludes a ser protegidos por la escollera ó los elementos de contención (muros de escollera) deberán presentar una superficie regular y estar libres de materiales blandos, restos vegetales y otros materiales indeseados.

Si se estableciera en el Proyecto la disposición de una capa filtro sobre la

superficie preparad del talud, cuidando de que no se produzca la segregación del material. Se podrá prescindir de la capa de filtro cuando así lo exprese el Proyecto, atendiendo a que la escollera tenga como única misión la protección del talud frente a la meteorización y no sean de prever flujos de agua. Si en el Proyecto se especificara la disposición de un filtro geotextil, éste deberá desenrollarse directamente sobre la superficie preparada. los solapes serán de al menos treinta (30) centímetros. Los geotextiles se solaparán de forma que el situado aguas arriba se apoye sobre el de aguas abajo. En aplicaciones bajo el nivel de agua, el geotextil y el material de rellano se situarán el mismo día. El relleno se iniciará en el pié, progresando hacia la zona alta del talud. El geotextil se anclará al terreno mediante dispositivos aprobados por el Director de Obra. En cualquier caso el tipo de geotextil será el especificado por el Proyecto ó, en su defecto, por el Director de Obra.

La piedra se colocará de forma que se obtengan las secciones tipo

transversales indicadas en el Proyecto. No se admitirán procedimientos de puesta en obra que provoquen segregaciones en la escollera, ni daño en el talud, capa de filtro ó geotextil. La escollera no se verterá sobre el geotextil desde una altura superior a treinta centímetros (30 cm.). Cualquier geotextil dañado durante estas operaciones será reparado ó sustituido a costa del Contratista. El frente de escollera será uniforme y carecerá de lomos ó depresiones, sin piedras que sobresalgan ó formen cavidades respecto de la superficie general.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV

ARTÍCULO XVII

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ARTICULO 17.- BORDILLOS.

Los bordillos constituyen la faja o cinta que delimita la superficie de la calzada, la de una acera o la de un andén. Podrán ser de piedra, reuniendo entonces las características siguientes: homogéneas, grano fino y uniforme, textura compacta, carecer de grietas, poros y coqueras, nódulos, zonas meteorizadas y restos orgánicos, darán sonido claro al golpearlo con un martillo y tendrán adherencia a los morteros. También se podrán utilizar prefabricados de hormigón ejecutados con hormigón tipo HA - 30 ó superior, según el artículo 610 “Hormigones” del PPTGC de 1.975 PG-3 y modificaciones posteriores. La longitud máxima de las piezas será de un metro (1), admitiéndose una tolerancia de 10 mm.. La sección transversal de los bordillos curvos, será la misma que la de los rectos, y su directriz se ajustará a la curvatura del elemento constructivo en que vayan a ser colocados.

Características de los materiales.

Las partes vistas de los bordillos de piedra deberán estar labradas con punteros o escoplo y las operaciones de labra se terminarán con bujarda media. Los dos (2) centímetros superiores de las caras interiores de labrarán a cincel. El resto del bordillo se trabajará a golpe de martillo, refinándose a puntero las caras de junta, hasta obtener superficies aproximadamente planas y normales a la directriz del bordillo. Tanto la resistencia a compresión, como el coeficiente de descarga y la resistencia intemperie de los bordillos de piedra se determinarán de acuerdo a las Normas UNE 7067, UNE 7068 y UNE 7070, siendo sus limitaciones las siguientes:

Resistencia a compresión: no será inferior a 1.300 kgr./cm2..

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV

ARTÍCULO XVII

PÁGINA 2 de 2 Coeficiente de desgaste: será inferior a trece centésimas de centímetro (0,13 cm.).

Resistencia a la intemperie: sometidos los bordillos a veinte (20) ciclos de congelación al final de ellos no presentarán grietas, ni alteración visible alguna.

Ejecución de obras.

Una vez replanteada en la superficie existente la alineación del bordillo, arista interior superior, se replantearán y marcarán los bordes de la excavación a realizar para su alojamiento y asiento. Si la superficie existente se trata de un pavimento, se procede a su serrado longitudinal de forma que la excavación no afecte a las tierras adyacentes y la reposición se realice según un contacto limpio. Como mínimo se excavarán 30 cm a cada lado de cada una de las caras exteriores del bordillo.

Las piezas se asentarán sobre un lecho de hormigón, cuya forma y

características se especifican en los Planos. Las piezas que forman el bordillo se colocarán dejando un espacio entre ellas de cinco milímetros (5 mm.). Este espacio se rellenará con mortero del mismo tipo que el empleado en el asiento. El remate de los firmes contra el nuevo “encintado” colocado se realizará a base de HM-15 ó HM-20, salvo la capa de rodadura cuya definición corresponderá al Director de las Obras, en cuyo defecto se dispondrá una mezcla bituminosa en caliente tipo S-12. Los encuentros de alineación recta se producirán a inglete, de forma que la junta exterior vista tenga una separación máxima de 5 mm. Las longitud de los bordillos en alineaciones rectas no será inferior a 50 cm. ni superior a 2 m.. En alineaciones curvas será superior a 30 cm. e inferior a 50 cm..

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV

ARTÍCULO XVIII

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ARTICULO 18.- ADOQUINADO.

Definición y alcance.

Se define como adoquinados los pavimentos constituidos por adoquines de piedra o artificiales, colocados de forma regular sobre una base preparada, generalmente de mortero de cemento. Se considera incluido en la unidad:

Base de asiento con mortero de cemento.

Colocación de los adoquines con las tolerancias en la nivelación que se indiquen en proyecto.

Relleno de las juntas con lechada de cemento.

Regado y curado del pavimento.

Ejecución de las obras

Sobre la capa de base se extenderá una capa de mortero, de espesor inferior a cinco centímetros (5 cm.), para absorber la diferencia de tizón de los adoquines cuando estos son de piedra labrada. Sobre esta capa de asiento se colocarán a mano los adoquines; golpeándolos con un martillo para reducir al máximo las juntas y realizar un principio de hinca en la capa de mortero; quedarán bien sentados, y con su cara de rodadura en rasante prevista en los Planos, con las tolerancias previstas en el Proyecto.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO IV

ARTÍCULO XVIII

PÁGINA 2 de 2 Asentados los adoquines, se macearán con pisones de madera, hasta que

queden perfectamente enrasados. Los que queden fuera de las tolerancias antedichas una vez maceados, se corregirá extrayendo el adoquín y rectificando el espesor de la capa de asiento si fuera preciso.

Los adoquines quedarán colocados en hiladas rectas, con las juntas

encontradas; y el espesor de éstas será el menor posible, y nunca mayor de ocho milímetros (8 mm.). Una vez preparado el adoquinado, se procederá a regarlo; y seguidamente se rellenarán las juntas con lechada de cemento.

Entre tres (3) y cuatro (4) horas después de realizada esta operación, se

efectuará el llagueado de las juntas comprimiendo el material en éstas y echando más lechada si al efectuar esta operación resultaran descarnadas.

El pavimento terminado no se abrirá al tráfico hasta pasados tres días (3),

contados a partir de la fecha de terminación de las obras; y en este plazo, el Contratista cuidará de mantener constantemente húmeda la superficie del mismo.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

CAPITULO 5

CONTROL, MEDICIÓN, VALORACIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO I PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 1.- DEMOLICIONES.

Las demoliciones se abonarán por metro cúbico (m3.) de volumen exterior demolido, hueco y macizo, realmente ejecutado en obra en el caso de demolición de obras de fábrica (muros, etc.,). Las escaleras se asimilan a losas de quince centímetros (15 cm) de espesor para su abono por metro cúbico (m3.).

Las edificaciones se abonarán por metro cuadrado (m2.) realmente demolido.

De igual manera las demoliciones de aceras y pavimentos asfálticos o de hormigón se pagarán por metro cuadrado, o por metro cúbico S/C. de Precios.

En el caso de demolición de macizos se abonará por m3. hallando la diferencia

entre los datos iniciales, tomados inmediatamente antes de comenzar la demolición y los datos finales, tomados inmediatamente después de finalizar la misma.

El precio comprenderá, también, las operaciones de carga sobre camión,

transporte a vertedero y canon. En el presente Proyecto se abonará este precio si se precisara el empleo de compresor y/ó martillo romperrocas en caso contrario la unidad de demolición se entenderá que está comprendida en la de excavación y por lo tanto, no habrá lugar su medición y abono por separado.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO II PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 2.- EXCAVACIONES Y PRESTAMOS.

Medición y Abono.

La excavación se abonará por metros cúbicos (m3.) medidos sobre los Planos de perfiles transversales, una vez comprobado que dichos perfiles son correctos, en el caso de explanación. En este “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia” la excavación tanto por medios mecánicos como por manuales se considera sin clasificar, es decir en cualquier tipo de terreno.

Los préstamos no se medirán en origen, ya que su cubicación se deducirá de

los correspondientes perfiles de terraplén, si es que existe precio independiente en el Cuadro de Precios nº 1 del proyecto para este concepto. De no ser así, esta excavación se considerará incluida dentro de la unidad de terraplén.

Las medidas especiales para la protección superficial del talud se medirán y

abonarán siguiendo el criterio establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. En el caso de rocas sueltas, dispersas o derrubios, etc; en pequeña cantidad, la medición podrá efectuarse sobre camión.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO III PÁGINA 1 de 2

ARTICULO 3.- EXCAVACIÓN EN ZANJA Y POZOS.

Medición y Abono.

En el presente Proyecto, la excavación en zanja y pozos para tuberías o cimentaciones, comprenderá el agotamiento, si fuese necesario, la entibación, retirada de tubería antigua, el vertido del material excavado en camión y transporte, con pago del oportuno canon, a vertedero. Iguales condiciones regirán para la medición y abono de excavaciones para pozos, fosas sépticas, etc.. Los precios reflejados en los correspondientes cuadros de precios se aplicarán a los diversos tipos de terrenos, clasificados de acuerdo al artículo sobre excavaciones del Capítulo nº 4, o si así constara en el Cuadro de Precios, en la modalidad de sin clasificar. Es decir en cualquier tipo de terreno. En este proyecto la excavación se considera sin clasificar, es decir en cualquier tipo de terreno.

La excavación de las zanjas se abonarán por metro cúbico (m3.), o por metro

lineal (ml.) calculado a partir de la sección tipo, si así lo ordenase el Ingeniero Director de la Obra. A efectos de cuantificar su profundidad, se considerará ésta definida por la generatriz inferior de la tubería, incrementándola en diez (10) centímetros para el lecho granular que en ella se aloje. La sección de zanja será la representada en los planos del Proyecto como sección tipo. Si el Contratista realizara una zanja de menores dimensiones que la sección tipo, no tendrá derecho al abono de esa diferencia volumétrica. No se abonarán los excesos de excavaciones resultantes como consecuencia de efectuar sin entibaciones las excavaciones que en el contrato, estuvieran previstas con ella. La excavación para obras de fábrica (zapatas, diversas cimentaciones, pozos de registro, arquetas, muros de contención, etc.) se abonarán por metro cúbico (m3.) medido por diferencia entre los datos iniciales, tomados inmediatamente antes de iniciar los trabajos y los datos finales, tomados inmediatamente después de finalizar los mismos. El precitado abono, comprenderá también el coste de la entibación y agotamiento precisos. No se aceptarán suplementos en los precios de excavación por la presencia de servicios existentes que ocasionen un menor rendimiento.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO III PÁGINA 2 de 2

No serán de abono los excesos de medición de otras unidades de obra (terreno

mejorado, hormigón de limpieza y/ó en cunas de apoyo, etc.) derivados de sobreexcavaciones aún cuando ésta cumpla las tolerancias permitidas.

Igualmente será de cuenta del Contratista los sobrecostos debidos a refuerzos

y/o aumento de la calidad de la tubería inducidos por sobreanchos de excavación que excedan las dimensiones definidas en los Planos del “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia”.

Asimismo, no será objeto de abono cualquier incremento de excavación

producido como consecuencia del procedimiento constructivo utilizado por el Contratista.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO IV PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 4.- RELLENOS.

Medición y Abono.

Los rellenos se medirán en metros cúbicos (m3.) obtenidos como resultado de la diferencia entre los perfiles iniciales del terreno antes de comenzar el relleno y el perfil teórico correspondiente a la explanación y los taludes definidos en los planos, sin tener en cuenta excesos producidos por taludes más tendidos o sobreanchos en el terraplén. Esta unidad de obra se abonará según el precio que figura en el Cuadro de Precios para:

M3. de formación de rellenos ó terraplén con material seleccionado procedente de la excavación.

M3. de formación de rellenos ó terraplén con material procedente de préstamo.

M3. de formación de rellenos ó terraplén con material de cantera.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO V PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 5.- RELLENOS COMPACTADOS DE ZANJAS Y POZOS A CIELO

ABIERTO.

Medición y Abono.

El relleno de zanja se abonará por aplicación de los precios correspondientes del Cuadro de Precios, según las respectivas definiciones, a los volúmenes obtenidos por aplicación, como máximo de las secciones tipo correspondientes, no abonándose generalmente los que se deriven de excesos en la excavación estando obligado, no obstante, el Contratista a realizar estos rellenos a su costa y en las condiciones establecidas.

Si el Contratista al excavar las zanjas no pudiera mantener las características

del terreno dentro de los límites de los taludes establecidos en los Planos de secciones tipo de zanja, deberá comunicarlo a la Dirección de Obra, para que ésta pueda comprobarlo “in situ”, y dé su visto bueno o reparos al abono suplementario correspondiente. En este abono también será de aplicación los precios anteriores a los volúmenes resultantes.

En los precios citados, están incluidas todas las operaciones necesarias para la

realización de estas unidades de obra.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO VI PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 6.- RELLENOS DE TIERRAS LOCALIZADOS.

Las distintas zonas de los rellenos localizados se abonarán por metro cúbico (m3.) realmente ejecutado, medido por diferencia entre los datos iniciales, tomados inmediatamente antes de iniciarse los trabajos, y los datos finales, tomados inmediatamente después de completarse el relleno.

Las obras de desviación de aguas superficiales y subálveas se considerarán

como accesorias y se abonarán como tales, independientemente de las del relleno. El abono de la humectación, si fuera necesaria, y el de la compactación, estarán

incluidos en el precio correspondiente a la unidad de relleno. Para aplicar una humectación y/ó compactación adicional, en los casos en que no estuviera previsto en el presente Pliego de Condiciones, deberá estudiarse, previamente, un precio contradictorio.

El abono del relleno de la zanja se abonará por metro cúbico (m3.) medido por

diferencia entre los datos iniciales, tomados indirectamente antes de iniciar los trabajos y los datos finales, tomados inmediatamente después de finalizar los mismos, efectuándose el relleno con la compactación prevista. Se deducirá del mismo el asiento o lecho de arena y el volumen ocupado por la tubería.

El abono de los pasos de carretera comprende además el volumen de hormigón

HM-15 ó HM-20 hasta la rasante de la carretera con las operaciones necesarias para su vibrado y vertido. Se reforzará con una capa de veinte (20) centímetros las canalizaciones bajo aparcamientos y calles municipales, salvo indicación en contra del Proyecto o de la Dirección de Obra. en los cruces de caminos o carreteras se rellenarán completamente la zanja con hormigón. Su precio unitario, en este segundo caso incluye el hormigón HM-15 ó HM-20 vertido. Todo lo anterior regirá salvo indicación en contra de los Cuadros de Precios.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

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ARTÍCULO 7.- TUBERÍA DE HORMIGÓN EN MASA.

Pruebas de presión interior.

Preparación del tramo para la prueba de presión interior. El tramo de ensayo se cerrará por ambos extremos mediante sendas culatas que

se sujetarán por medio de macizos de anclaje o refiriendo. Se llenará de agua lentamente dicho tramo dejando abiertos todos los elementos que puedan dar salida al aire. A ser posible se dará entrada al agua por la parte baja del tramo. En esta zona se colocará la bomba para la presión hidráulica, que puede ser manual o mecánica y deberá estar provista de elementos de regulación y medición de la presión.

Los cambios de dirección, piezas especiales, etc. deberán estar ancladas y sus

fábricas deberán tener la resistencia debida en el momento de la realización de la prueba.

Presión de la prueba.

Se procurará que hayan transcurrido 24 horas desde el llenado hasta el momento de realizar la prueba. La presión interior de prueba de la tubería montada, será tal que alcance en el punto más bajo del tramo en prueba 1,4 veces la presión de servicio (es decir, con un mínimo de 0,3 y un máximo de 0,7 kp./cm2.). Una vez obtenida dicha presión se considerará la prueba satisfactoria si durante 30 minutos el manómetro no acusa un descenso superior al 40% de la diferencia entre la presión de prueba y la de servicio.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO VII PÁGINA 2 de 3

Prueba de estanqueidad.

Preparación del tramo (para la prueba de estanqueidad). La prueba de estanqueidad de la tubería se realizará con idéntica preparación a la que se indica anteriormente y después de que la prueba de presión interior haya sido realizada satisfactoriamente.

Pérdida admisible.

La presión de la prueba de estanqueidad en el tramo ensayado será igual a la presión máxima de trabajo, es decir 0,5 kp./cm2.. La pérdida a lo largo del tramo se define como la cantidad de agua que debe suministrarse al tramo de tubería de prueba para mantener la presión de 0,5 kp./cm2.. La duración de la prueba será de 2 horas y no se admitirán durante este tiempo pérdidas superiores al valor dado por la fórmula..

V = .L siendo: V = pérdida máxima admisible, en litros.

= diámetro interior, en metros. L = longitud del tramo objeto de la prueba, en metros.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO VII PÁGINA 3 de 3

Tampoco se admitirá pérdidas de agua localizadas apreciables, aunque la

cantidad total de pérdida sea inferior al valor anterior.

Medición y Abono.

Las tuberías de hormigón en masa, se abonarán por metro lineal (ml.) realmente colocado, medido sobre el terreno, incluyendo en el mismo la parte proporcional de piezas especiales que fuera preciso implementar.

El precio de esta unidad de obra incluirá el importe de las juntas, montajes y

pruebas necesarias que se efectúen en la tubería.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO VIII PÁGINA 1 de 1

ARTÍCULO 8.- DRENES SUBTERRÁNEOS.

Medición y Abono.

La medición de los drenes se realizará por metros lineales (ml.) realmente colocados, medidos sobre el terreno.

En el caso de disponerse de arquetas intermedias se considerará, a efectos de

medición, que el dren es continuo. La membrana de geotextil se abonará por metros cuadrados (m2.) de no tejido

realmente colocado , pudiendo estar incluido, si así figurara en el Cuadro de Precios, en el anterior abono por metro lineal.

El abono se realizará de acuerdo con el precio que figura en el Cuadro de

Precios para los distintos tipos, si así los hubiera, de drenes. Se incluye en cualquier caso el material filtrante que rodee al dren o sea a su

vez envuelto por el geotextil en el abono de esas unidades.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO IX PÁGINA 1 de 1

ARTÍCULO 9.- ARQUETAS Y POZOS DE REGISTRO.

Medición y Abono.

Las arquetas y pozos de registro se medirán por unidades realmente colocadas. En abono de las arquetas se hará de acuerdo con los precios que figuran en el

cuadro de precios para cada tipo de arqueta. En los pozos de registro de saneamiento que sigan la tipología del Consorcio

de Aguas de Bilbao Bizkaia, la altura ó profundidad del mismo se medirá desde la cara superior de la meseta a construir dentro del pozo hasta el nivel de la tapa de fundición.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO X PÁGINA 1 de 1

ARTÍCULO 10.- PATES Y TAPAS DE REGISTRO.

Medición y Abono.

Los pates de registro se abonarán y medirán mediante la aplicación de los precios correspondientes del Cuadro de Precios nº 1, a las unidades realmente instaladas en obra, incluyendo todas las operaciones necesarias para su correcta colocación.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO XI PÁGINA 1 de 2

ARTÍCULO 11.- HORMIGONES.

Ensayos.

Las características de los materiales empleados, así como la bondad de la obra realizada, se comprobará durante su ejecución efectuando ensayos cuya frecuencia y tipo son los que se señalan a continuación, entendiéndose que las cifras que se dan mínimas y se refieren a cada una de las procedencias. Por cada día de trabajo:

Un ensayo granulométrico de la mezcla de áridos.

Moldeo de seis (6) probetas tipo que, después de conservarlas en un ambiente normal, se romperán, por compresión, a los veintiocho días (28 d.).

Moldeo de seis (6) probetas tipo que, después de conservarlas en un ambiente análogo al de la obra, convenientemente defendidas de la humedad, se romperán, por compresión, a los veintiocho (28) días. Si la resistencia característica del hormigón de las probetas correspondientes no alcanzan la especificada en el presente Proyecto, se extraerán directamente probetas de los elementos afectados, siempre que dicha extracción no comprometa la estabilidad y resistencia de dichos elementos.

Serán asimismo de aplicación los artículos correspondientes de la EHE-98 “Control de materiales” y los de la misma Instrucción “Control de la ejecución”.

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ARTÍCULO XI PÁGINA 2 de 2

Medición y Abono.

Los distintos tipos de hormigones, armados o en masa, se abonarán por metros cúbicos (m3.) de hormigón realmente fabricado y colocado en obra, medidos sobre los Planos de Construcción. En los macizos construidos contra el terreno, se considerará un sobreespesor de cinco (5) centímetros, para compensar la parte de material correspondiente al relleno de las desigualdades del terreno y al que se incruste al apisonar. El abono de adiciones no previstas en el presente Proyecto quedará condicionado a la aprobación de la Administración, efectuándose del mismo modo que los provistos. No se abonarán las operaciones que sea preciso efectuar para limpiar, enlucir o reparar las superficies de hormigón en las que se acusen irregularidades de los encofrados superiores a las tolerables, o que presenten aspecto defectuoso. El bombeo del conglomerante está también englobado en su medición y abono.

No habrá lugar a abonar por separado el cemento y los áridos empleados en la

fabricación del hormigón. Los pavimentos de hormigón en masa se abonarán por metro cuadrado (m2.) de pavimento realmente ejecutado medido sobre las plantas del Proyecto. Su abono incluye las operaciones de nivelado, vibrado, apisonado, vertido y formación de juntas precisas; así como el resto de operaciones que la buena ejecución del mismo haga necesarias.

El muro prefabricado o de tierra armada se abonará por metros cuadrados

(m2.) realmente colocados en obra, medios sobre los Planos de construcción. Su abono comprende todas las operaciones necesarias para su correcta realización, estando incluido en el mismo la ejecución por parte del Contratista de un tramo de ensayo a determinar por el Ingeniero Director de la Obra, cuya superficie de paramento visto será como máximo de tres (3) por ciento sobre la medición total del Proyecto.

El tratamiento de las caras vistas, piezas especiales, impostas, elementos de

ornato, etc., etc; se consideran incluidos en el precios del metro cuadrado (m2.) mencionado, si así se especificara en el Cuadro de Precios.

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ARTÍCULO XII PÁGINA 1 de 1

ARTÍCULO 12.- ENCOFRADOS, CIMBRAS Y MOLDES.

En encofrado se abonará por metro cuadrado (m2.) de superficie de hormigón realmente encofrado, medida sobre los Planos de construcción. A tal efecto, los forjados se considerarán encofrados por la cara inferior y bordes verticales, y las vigas por sus laterales y fondos.

Salvo que por el Ingeniero Director de la Obra se especifique lo contrario, no

se abonarán por separado el encofrado correspondiente a las piezas de hormigón prefabricadas, cuyo abono se considerará incluido en el correspondiente a ellas.

Los apeos y cimbras se abonarán por metro cúbico (m3.) del volumen que

resulte al delimitar lateral y verticalmente los elementos sustentados sobre la horizontal, medido en los Planos de construcción.

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ARTÍCULO XIII PÁGINA 1 de 1

ARTÍCULO 13.- ARMADURAS DE ACERO A EMPLEAR EN HORMIGÓN

ARMADO.

Ensayos.

Se exigirá que las armaduras empleadas en el hormigón armado cumplan las especificaciones, en cuanto a ensayos, de la EHE-98, y las condiciones de aceptación y rechazo de aceros serán las reflejadas en dicha Instrucción.

Para homologaciones de la adherencia de las barras corrugadas se estará a lo

dispuesto en la EHE-98.

Medición y Abono.

Las armaduras de acero empleadas en hormigón armado se abonarán por kilogramos (kg.) realmente empleado, deducidos de los Planos de Construcción por medición de su longitud, aplicando los pesos unitarios correspondientes a los distintos diámetros empleados.

Salvo indicación expresa del Ingeniero Director de la Obra, el abono de los

empalmes, despuntes y solapes se considerará incluidos en el de la armadura.

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ARTÍCULO XIV PÁGINA 1 de 1

ARTÍCULO 14.- RIEGOS DE IMPRIMACIÓN.

Medición y Abono.

La preparación de la superficie existente se considerará incluida en la unidad de obra correspondiente a la construcción de la capa subyacente; y por tanto, no habrá lugar a su abono por separado. Sin embargo, cuando dicha construcción no haya sido realizada bajo el mismo Contrato, la preparación de la superficie existente constituirá una unidad independiente del riego de imprimación.

El ligante bituminoso empleado, incluida su extensión, se abonará por

toneladas (ton.) realmente empleadas en obra, medidas antes de su empleo por pesada directa en báscula debidamente contrastada. Si la deducción tuviera que hacerse a partir de su volumen, éste deberá reducirse al correspondiente a la temperatura de veinticinco grados centígrados (25º C), por medio de las tablas de corrección correspondientes a su naturaleza.

El árido empleado, incluida su extensión, se abonará por toneladas (ton.)

realmente empleadas en obra, medidas antes de su empleo por pesada directa en báscula debidamente contrastada. Salvo indicación en contra de los Cuadros de Precios, el riego de imprimación se abonará por metro cuadrado ( m2.) de superficie realmente tratada.

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ARTÍCULO XV PÁGINA 1 de 3

ARTÍCULO 15.- MEZCLAS BITUMINOSAS EN CALIENTE.

Medición y Abono.

La preparación de la superficie existente se considerará incluida en la unidad de obra correspondiente a la construcción de la capa subyacente.

El ligante bituminoso empleado en la fabricación de mezclas bituminosas en

caliente se abonará por toneladas (Ton.) realmente empleadas en obra, deduciendo la dotación mediante ensayos de extracción realizados diariamente, o por pesadas directas en báscula debidamente contrastada.

El abono de áridos, filler de recuperación o de aportación y eventuales

adiciones, empleadas en la fabricación de las mezclas bituminosas en caliente, se podrá considerar incluido en el de fabricación y puesta en obra de las mismas salvo indicación expresa del Cuadro de Precios, así como el del ligante bituminoso. En ese supuesto dichas cuantías se deberán restar de las toneladas de mezcla bituminosa extendidas y puestas realmente en obra.

En el presente Proyecto en el abono y medición de las mezclas bituminosas en

caliente, se incluyen el del ligante bituminoso, tal y como se detalla en la justificación de precios, salvo que la Dirección de Obra y la Propiedad especifiquen otra cosa.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO XV PÁGINA 2 de 3

Ensayos.

Las características de los materiales empleados, así como la bondad de la obra realizada se comprobará durante su ejecución, efectuando ensayos cuya frecuencia y tipo son los que se señalan a continuación entendiéndose que las cifras que se dan son mínimos y que se refieren a cada una de la procedencias elegidas.

Por cada jornada de trabajo: Un (1) ensayo granulométrico de la mezcla de áridos a la entrada del mezclador.

Una (1) determinación de la temperatura de los áridos y del ligante bituminoso a la entrada del mezclador.

Una (1) determinación de la temperatura de la mezcla a la salida del mezclador.

Por cada dos horas de trabajo: Un (1) ensayo de extracción de muestras tomadas en la extendedora.

Una (1) determinación del equivalente de arena de la mezcla de áridos.

Por cada jornada de trabajo: Un (1) ensayo Marshall o Hubbar-Fiel sobre seis (6) probetas fabricadas a lo largo de la jornada de trabajo, a intervalos regulares, tres (3) por la mañana y tres (3) por la tarde.

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ARTÍCULO XV PÁGINA 3 de 3

Por el ligante bituminoso: Un (1) ensayo de penetración.

Un (1) ensayo de índice de penetración.

Un (1) ensayo de peso específico.

Por cada mil (1.000) metros cuadrados de mezcla extendida: Un (1) ensayo de determinación de densidad "in situ".

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ARTÍCULO XVI PÁGINA 1 de 1

ARTÍCULO 16.- ESCOLLERA DE PIEDRAS SUELTAS.

Medición y abono.

La escollera de piedras sueltas se abonará por metros cúbicos (m3.) realmente colocados en obra, medidos sobre plano de obra ejecutada.

El material de filtro granular se abonará por metros cúbicos (m3.) realmente

colocados en obra, asimismo medidos sobre plano de obra ejecutada. El material geotextil se abonará por metros cuadrados (m2.) de superficie cubierta, conforme a lo especificado en el Proyecto no siendo de abono la superficie correspondiente a solapes ó recortes. Cuando el Proyecto no incluya la valoración de la capa filtro, esta unidad no será de abono y se considerará como una obligación subsidiaria del Contratista.

El conglomerante hidráulico (HM-15 ó HM-20) para trabazón de la

cimentación en el caso de muros de sostenimiento de escollera se medirá aparte, por metros cúbicos (m3.) realmente colocados en obra, sin que su cantidad pueda superar el veinte (20%) por cien del volumen de escollera del elemento en cuestión.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO V

ARTÍCULO XVII

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ARTÍCULO 17.- BORDILLOS.

Control de Calidad.

Los materiales y la ejecución de esta unidad se controlarán mediante inspecciones periódicas a efectos de comprobar que unos y otra cumplen las condiciones anteriormente establecidas.

Se admitirá una tolerancia máxima en las dimensiones de la sección transversal

de diez milímetros (10 mm.). La absorción máxima será del seis por ciento (6 %) en peso siendo la helacidad inerte más o menos veinte grados centígrados (± 20º C).

El coeficiente de desgaste será inferior a trece centésimas de centímetro (0,13

cm.). El Director de Obra podrá ordenar la realización de ensayos sobre muestras de los materiales para comprobar alguna de sus características. Se rechazarán los materiales o unidades que no cumplan estrictamente lo especificado.

Medición y abono.

Los bordillos se medirán y abonarán por metro lineal (ml.) realmente colocados, de cada tipo y medidas en terreno, abonándose según el precio correspondiente del Cuadro de Precios Nº 1. Se considerarán incluidas cuantas operaciones se han descrito en la definición y alcance.

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ARTÍCULO XVIII

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ARTICULO 18.- ADOQUINADO.

Control de Calidad.

Pasados los tres días contados a partir de la fecha de terminación, el Contratista cuidará de corregir la posición de los adoquines que pudieran hundirse o levantarse. Dispuestas referencias, niveladas hasta milímetros (mm.) con arreglo a los Planos, en el eje y bordes de perfiles transversales, cuya distancia no exceda de diez metros (10 m.), se comparará la superficie acabada con la teórica que pase por dichas referencias.

Salvo especificación en contra en el Proyecto o indicación del Director de

Obra, la superficie acabada no deberá diferir de la teórica en más de doce milímetros (12 mm.) y no deberá variar en más de cinco milímetros (5 mm.) cuando se compruebe con una regla de tres metros (3 m.), aplicada tanto paralela como normalmente al eje de la carretera. Las zonas en que no se cumplan las tolerancias antedichas, o que retengan agua sobre la superficie, deberán corregirse de acuerdo con lo que, sobre el particular, ordene el Director de las Obras.

Medición y abono.

Los adoquinados se abonarán por metros cuadrados (m2.) de superficie de pavimento realmente ejecutados, medido en el terreno. A esta medición se aplicará el correspondiente precio del Cuadro de Precios Nº 1, para contabilizar su abono.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

CAPITULO 6

CONDICIONES GENERALES.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

ARTÍCULO I PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 1.- COMPROBACIÓN POR PARTE DEL CONTRATISTA

A todos los efectos se considerará por la Propiedad que el Contratista ha comprobado el lugar de construcción, los planos y demás documentos del Proyecto antes de someter su oferta, y que ha quedado satisfecho en lo que se refiere a las condiciones en que habrá de ejecutar las obras, inclusive en lo que se refiere al alcance del Proyecto, índole y naturaleza del mismo, posibles obstrucciones y cualquier otra condición que, de uno u otro modo, puedan influir en el mismo.

Igualmente se considerará que el Contratista conoce los reglamentos,

disposiciones y condiciones laborales vigentes, incluyendo disponibilidad de mano de obra local y materiales, condiciones locales de transporte y alojamiento del personal.

No se admitirá ninguna reclamación del Contratista por no haber hecho dicha

comprobación. Se hace notar que las proporciones de los componentes de las mezclas

(aglomerantes bituminosos, etc.) que aparecen en la Justificación de Precios y Cuadro nº 2, no tienen más carácter que el meramente indicativo para la obtención de los respectivos precios, sin que el Contratista pueda reclamar modificaciones de dichos precios por variación de las citadas proporciones al estudiarse la fórmula de trabajo.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

ARTÍCULO II PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 2.- PERMISOS, LEYES Y REGLAMENTOS. SEGUROS.

El Contratista cumplirá con todas las leyes, disposiciones, ordenanzas y reglamentos estatales, provinciales o municipales vigentes. El Contratista deberá obtener los permisos y licencias que le sean exigidas por la ley para realizar las obra. El Contratista deberá aportar fotocopia de su licencia fiscal, así como, los oportunos justificantes de seguridad social, etc. También mantendrá en vigor las pólizas que cubran los seguros que, a continuación, se indican o aquéllos otros precisos:

1) Seguro obligatorio de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de todo su personal en la obra, de acuerdo con la legislación vigente.

2) Seguro de responsabilidad civil de los vehículos, obligatoriamente asegurables según la ley que regula el uso de vehículos de propulsión mecánica, por un riesgo ilimitado.

3) El Contratista deberá aportar Póliza ó Certificado expedido por Compañía de Seguros para la ejecución de las obras explicitadas en este Proyecto, que comprenda :

a.- Seguro de Responsabilidad Civil frente a terceros incluyendo daños a colindantes con un límite de 100.000.000 ptas.. como mínimo.

b.- Responsabilidad Civil Patronal con sublímite mínimo de 50.000.000 ptas..

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ARTÍCULO III PÁGINA 1 de 2

ARTICULO 3.- REGLAMENTACIONES SOBRE SEGURIDAD Y SALUD.

El Contratista bajo su responsabilidad, cumplirá las exigencias impuestas por la Administración y por disposiciones del estado y de las autoridades locales sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, siendo responsable de la estricta observancia de las mimas. El Contratista nombrará un Inspector de Seguridad, el cual, de acuerdo con las indicaciones de la Propiedad y de la Dirección Facultativa, velará por el cumplimiento, por parte del Contratista, de las normas de seguridad específicas para este tipo de obras, de las normas o indicaciones requeridas por la Propiedad o la Dirección de Obra y de lo establecido por las disposiciones vigentes. El Inspector de Seguridad se reunirá cuando estime necesario, y al menos una vez por mes, con la Dirección Facultativa para estudiar los diferentes asuntos de seguridad que puedan surgir durante el curso del trabajo. En caso de epidemia, el Contratista estará obligado a cumplir con todas las regulaciones, órdenes y requerimientos dictados por las autoridades sanitarias, con objeto de vencer la epidemia. El coste de estas medidas correrá a cargo del Contratista.

El Contratista proveerá a su personal con casco y deberá garantizar su uso,

adoptará además las máximas seguridades en todo lo referente a entibaciones y excavaciones a realizar. Asimismo y de acuerdo con las necesidades de la obra, a juicio del Ingeniero Director de la Obra, equipará a su personal con buzos, guantes de amianto, zapatos de seguridad, botas y traje de agua, gafas de seguridad, equipos de protección de soldadura, etc.. Siempre que se prevea el paso de personas o vehículos ajenos a las obras se dispondrá a todo lo largo de la zanja, en el borde contrario al que se acopian los productos de la excavación, o a ambos lados si se retiran, vallas que se iluminarán cada quince (15) metros con luz roja. Igualmente, se colocarán sobre las zanjas pasos a distancias no superiores a cincuenta (50) metros. Cuando se prevea la existencia de canalizaciones en servicio en la zona de excavación, se determinará su trazado y se solicitará, si fuera necesario, el corte del fluido o el desvío, paralizándose los trabajos hasta que no se haya adoptado una de las dos alternativas, o, por el Ingeniero Director de las Obras se ordene las condiciones de trabajo, no pudiendo alegarse estas circunstancias como causa de fuerza mayor en posibles retrasos de las obras.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

ARTÍCULO III PÁGINA 2 de 2

Al comenzar la jornada se revisarán las entibaciones. En zanjas y pozos se

comprobará la ausencia de gases y vapores. De existir, se ventilará la zanja o pozo y no se comenzará los trabajos hasta eliminarlos.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

ARTÍCULO IV PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 4.- LIMPIEZA DE LAS OBRAS.

Es obligación del Contratista limpiar las obras y sus inmediaciones de escombros, hacer desaparecer las instalaciones provisionales que no sean necesarias, así como adoptar las medidas y ejecutar los trabajos precisos para que las obras ofrezcan un buen aspecto a juicio de la Dirección de Obra. El Contratista no permitirá que se acumulen desperdicios o basuras en el emplazamiento de la Obra, comprometiéndose a limpiarlo cuando lo ordene el Ingeniero de la Obra.

A la terminación del trabajo, el Contratista retirará toda la basura y

desperdicios del emplazamiento de la obra, así como todas las herramientas, andamios y materiales sobrantes, dejando completamente limpio el lugar donde se ha realizado las diversas actividades. En el caso de que el Contratista no cumpla lo indicado anteriormente, la Propiedad efectuará dicha limpieza y su importe se deducirá de las Certificaciones del Contratista.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

ARTÍCULO V PÁGINA 1 de 2

ARTICULO 5.- MEDICIÓN Y ABONO DE LAS OBRAS.

Como norma general, no se abonarán las distintas unidades como acopio, ahora bien, si la marcha de la obra es satisfactoria, la Dirección de Obra, previa autorización de la Propiedad, podrá abonar hasta un máximo del 75% del precio correspondiente por acopio, sobre aquellos elementos susceptibles a una fuerte financiación por parte de la Contrata. En General, para las obras del presente Proyecto regirán las condiciones de abono y medición que a continuación se explicitan:

1.- En los precios unitarios correspondientes se entenderá incluidos cuantos aparatos, medios auxiliares, herramientas y dispositivos sean necesarios para la más completa y absoluta terminación de los trabajos.

2.- Solamente serán abonadas las unidades ejecutadas con arreglo a las condiciones de este Pliego y ordenadas por el Ingeniero Director de la Obra. No se cubrirán ningún cimiento o elemento que resulte oculto sin que previamente quede reseñado en un plano por duplicado para el Director de la Obra y el Contratista, con dimensiones y cuantas observaciones se estimen oportunas. En caso contrario serán por cuenta del Contratista los gastos realizados para descubrir el elemento. El Contratista presentará relación de las unidades ejecutadas, acompañadas de los Planos antedichos para que una vez revisados por el Ingeniero Director de la Obra, sirvan de base para la Certificación correspondiente. Siendo el Contrato para la terminación de la obra, se entiende que las unidades han de estar completamente terminadas aunque alguno de los accesorios no aparezcan taxativamente determinado en los Cuadros de Precios y Mediciones. Finalizada la obra se efectuará una Certificación liquidadora, recibiéndose las obras y empezando a contar el plazo de garantía. Transcurrido el año, se llevará, salvo orden en contra, a efectos la liquidación y recepción definitivas.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

ARTÍCULO V PÁGINA 2 de 2

El Ingeniero Director de las Obras podrá disponer la realización de los ensayos

necesarios, toma de muestras, etc., por medio de laboratorios oficiales, siendo los gastos que se ocasionen por este motivo, de cuenta del Contratista.

En el presente “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río

Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia” los gastos de ensayo por Control de calidad de la Obra que, deberá abonar el Contratista no excederán del uno con cinco (1,50 %) por ciento del importe del Presupuesto de Ejecución Material. Su repercusión se ha incluido en los diversos precios unitarios, por lo que no ha lugar a su abono por separado.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

ARTÍCULO VI PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 6.- NEGLIGENCIAS POR PARTE DEL CONTRATISTA

Cuando el Contratista no cumpla las condiciones del Contrato por retraso en la ejecución del trabajo, falta de calidad en los materiales ó mala ejecución de las obras el Ingeniero Director convocará una reunión con los representantes del Contratista en la que establecerán las medidas a adoptar. Si transcurridos diez (10) días de la solicitud, por parte de la Dirección de Obra, de dicha reunión, ésta no se hubiera celebrado ó si celebrada la misma no se hubieran puesto en práctica las medidas acordadas, la Propiedad podrá adoptar las resoluciones que estime necesarias para terminar adecuadamente las obras. El costo de las medidas adoptadas se deducirá de las cantidades debidas al Contratista.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

ARTÍCULO VII PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 7.- PERSONAL DEL CONTRATISTA.

El Contratista comunicará los nombre, condiciones y niveles orgánicos de las personas que hayan de tener mando ó responsabilidad en misiones generales ó en sectores de la obra. En todo caso la totalidad del personal que intervenga será homologado en sus respectivos oficios y estarán debidamente asegurados, debiendo el Contratista velar asimismo por su seguridad e higiene en el trabajo, y a tal fin procurará suministrar equipos, herramientas, medios auxiliares y vestuarios de acuerdo con lo dictaminado por la Autoridad competente en estas materias.

El Contratista cumplirá todas las disposiciones vigentes de carácter social, tales

como accidentes de trabajo, seguros sociales, seguros de enfermedad, subsidio familiar, vejez, etc..

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

ARTÍCULO VIII PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 8.- EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.

Todas las obras se ejecutarán siempre atendiéndose a las reglas de la buena construcción, con observancia de las normas del presente Pliego. En aquellos casos en que no se detallen en éste las condiciones, tanto de los materiales como de la ejecución de la obra, se entenderá a lo que la costumbre ha sancionado como regla de buena construcción.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

ARTÍCULO IX PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 9.- CONFRONTACIÓN DE MEDIDAS Y DATOS.

El Contratista deberá confrontar los Planos y comprobar las cotas, disposiciones de armaduras, etc., antes de iniciar las obras y será responsable por cualquier error que hubiera podido evitar de haberlo hecho.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

ARTÍCULO X PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 10.- CONSTRUCCIONES AUXILIARES Y PROVISIONALES.

ALQUILER DE CANTERAS Y/Ó ESCOMBRERAS.

El Contratista queda obligado a construir por su cuenta y retirar al fin de las obras todos los cobertizos, almacenes, instalaciones sanitarias, etc; así como a cumplir lo indicado en la O.M. del 14 de Marzo de 1.960 y disposiciones posteriores, sobre señalización de las obras y accesos, extremando tal precaución en zonas pobladas y de tráfico rodado, siendo responsable de cualquier incidente o accidente por una deficiente señalización o protección. Será de cuenta del Contratista el suministro de energía para la ejecución de las obras y los accesos a los distintos tajos.

Será, asimismo, de cuenta del Contratista la adquisición, alquiler de

escombreras o fórmula de uso que proceda, de las canteras para obtener materiales de construcción o préstamo y para verter los productos sobrantes de cualquier tipo de excavación.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

ARTÍCULO XI PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 11.- INDEMNIZACIÓN.

El Contratista eximirá a la Administración de toda responsabilidad por cualquier pérdida o daño en los bienes de su propiedad o encomendados al cuidado, custodia, o control del propio Contratista, sus agentes o empleados.

El Contratista indemnizará y exonerará a la Propiedad de toda responsabilidad

por cualquier reclamación presentada por terceros referente a imposición de costas, tasas judiciales o minutas de abogado y procuradores por pleitos relacionados directa o indirectamente con las obras del presente “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia”.

En cualquier caso, el Contratista aceptará y asumirá la responsabilidad

exclusiva por el exacto cumplimiento de todas las obligaciones expuestas en disposiciones nacionales, provinciales o municipales, reglamentaciones, ordenanzas o estatutos relacionados con el seguro de desempleo, seguro de accidente y trabajo, y, en general, por todas las normas que puedan implicar un cargo o responsabilidad sobre la Propiedad.

El Contratista se comprometerá a reembolsar a la Administración (Propiedad)

todas las sumas que ésta se vea obligada a pagar debido a negligencias por parte del Contratista en el cumplimiento de sus obligaciones.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

ARTÍCULO XII PÁGINA 1 de 1

ARTICULO 12.- ABONO DE OBRAS DEFECTUOSAS PERO ACEPTABLES.

Si alguna obra o parte de la misma no se halla exactamente ejecutada, según las condiciones indicadas en los Documentos del “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia” y lo ordenado por la Dirección de Obra, fuera sin embargo admisible, podrá ser recibida provisionalmente, pero el Contratista quedará obligado a aceptar la reducción de valor que la Administración apruebe, salvo que prefiera demolerla y rehacerla de acuerdo con dichas condiciones.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

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ARTICULO 13.- PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA.

A partir de la comprobación del Replanteo se fija el plazo de ejecución de las obras definidas en el “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia” en doce (12) semanas.

El Contratista trabajará en horas extras y festivos sin cargo alguno para el

Propietario, hasta recuperar los retrasos ocurridos en la obra, imputable a él, y obtendrá, a su costa, todos los permisos necesarios para trabajar en horas extraordinarias, nocturnas o festivas.

El Contratista informará por escrito al Ingeniero Director de la Obra de las

causas que pueden suponer retraso en las obras. El mal tiempo no podrá ser alegado como justificante de los retrasos en la realización del trabajo.

No supondrá incumplimiento de las obligaciones, aquí previstas, los retrasos

provocados por causa fortuita o fuerza mayor, entendiendo por tales los sucesos imprevisibles o que, previstos, fueran inevitables.

Si existiera demora, por encima del Plazo de Ejecución establecido, el

Contratista será penalizado, de acuerdo a lo previsto por la Ley de Contratos del Estado, Ley de Contratación de las Administraciones Públicas, Entidades Locales y demás normativas vigentes.

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES CAPÍTULO VI

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ARTICULO 14.- CONSERVACIÓN DURANTE LA EJECUCIÓN Y PLAZO DE

GARANTÍA.

El Adjudicatario quedará obligado a la conservación de las obras ejecutadas, durante el plazo de un (1) año, a partir de la recepción de la obra. Durante este plazo deberá realizarse cuantos trabajos de guardería y conservación sean preciso para mantener en perfecto estado las obras.

Asimismo el adjudicatario quedará comprometido a conservar, a su costa, y

hasta que sean recibidas todas las obras de cualquier índole que integran el “Proyecto de sostenimiento de la margen derecha del río Ibaizabal en Lemoa, aguas debajo de su confluencia con el río Arratia”, incluso las carreteras afectadas que requieran conservación para mantenerlas en condiciones aceptables de vialidad durante la ejecución de las obras.

Bilbao, Octubre del 2.007

Fdo: D. José Ernesto Izquierdo Azkue Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.