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TRIBUNAL DE CUENTAS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA
CONTRATACiÓN DE LOS SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DE NUEVAS
FUNCIONALIDADES Y MANTENIMIENTO DE LAS APLICACIONES
INFORMÁTICAS EN EL ÁMBITO DE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO,
POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
TRIBUNAL DE CUENTAS
SUMARIO
CLÁUSULA 1.- Normas generales. Objeto e identificación del contrato.
Régimen económico-administrativo.
CLÁUSULA 11.- Capacidad y solvencia de los/las licitadores/as.
CLÁUSULA 111.- Criterios de valoración de las ofertas.
CLÁUSULA IV.- Procedimiento de adjudicación .
.. cLÁUSULA V.- Garantía definitiva. Formalización del contrato. Plazo de
garantía.
cLÁUSULA VI.- Obligaciones del adjudicatario/a.
cLÁUSULA VII.- Obligaciones del Tribunal de Cuentas.
cLÁUSULA VII 1.- Extinción del contrato.
cLÁUSULA IX.- Recursos administrativos y jurisdiccionales.
ANEXO 1.
ANEXO 11.
ANEXO 111.
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CLÁUSULA I
NORMAS GENERALES. OBJETO E IDENTIFICACiÓN DEL CONTRATO.
RÉGIMEN ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO
1. El presente Pliego tiene por objeto la contratación de servicios de apoyo
informático para el desarrollo y mantenimiento de las aplicaciones que forman
parte del proyecto FISCUE-OPERA de conformidad con lo establecido en el
Pliego de Prescripciones Técnicas.
Los servicios objeto del presente Pliego se concretan en las siguientes
acciones:
• Desarrollo de las nuevas funcionalidades del proyecto FISCUE-OPERA
que se concretan posteriormente en el apartado 3 del Pliego de
Prescripciones Técnicas.
• Mantenimiento evolutivo, adaptativo y correctivo. El adjudicatario
deberá asumir la prestación de los servicios adicionales precisos para
hacer posible el pleno uso de las aplicaciones que conforman el proyecto y
para la extensión, ampliación y mejora que se realice sobre la misma para
satisfacer las necesidades evolutivas, adaptativas y correctivas del órgano
contratante.
2. La codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de
Contratos Públicos de la Comisión Europea (CPV) es: 72320000-4 Servicios
relacionados con bases de datos (CPA-2008) es 62.02.3 Servicios de soporte
técnico a las tecnologías de la información.
3. La necesidad a satisfacer por el presente contrato consiste en adaptar las
aplicaciones informáticas actuales, para dar respuesta a diversas exigencias
relativas a la rendición de cuentas anuales, a la fiscalización de la Cuenta
General del Estado como Cuenta única Consolidada, a las cuentas anuales de
las entidades estatales del sector público empresarial y fundacional y a las
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cuentas de las entidades que aplican el Plan General de Contabilidad, debido a
los cambios normativos producidos tras la aprobación de la Orden
HAP/1162/2015.
4. El presupuesto de este contrato es de 40.000,OO€ (cuarenta mil euros), IVA
excluido.
Se abonará con cargo a la aplicación 03.01.9110.620.06 del presupuesto del
Tribunal de Cuentas para los ejercicios 2016 y 2017.
5. La adjudicación y formalización del contrato queda sometida a la condición
suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las
obligaciones derivadas del contrato en los ejercicios correspondientes, de
conformidad con lo dispuesto en la Regla 42 de la Instrucción de la operatoria
contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, aprobada por Orden del
Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996.
6. El plazo de ejecución del contrato será de ocho meses, desde el 1 de
septiembre de 2016 al 30 de abril de 2017.
7. El presente contrato tiene carácter administrativo, de acuerdo con lo dispuesto
por el artículo 19.1.a) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector
Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, -en
adelante, "la Ley de Contratos" o, simplemente, "la Ley"- y se regirá, en cuanto
a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, por las normas contenidas en
el mismo, así como por las del Reglamento General del Texto Refundido de la Ley
de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto
1 098/2001, de 12 de octubre, y sus disposiciones complementarias, en cuanto no
se opongan a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público;
supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en
su defecto, las normas de derecho privado.
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8. El órgano de contratación del Tribunal de Cuentas es su Presidente, conforme
al artículo 20.d) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo y 2.1 j) de la Ley
7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento, que, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 320.1 del TRLCSP, estará asistido por la Mesa de Contratación, con la
composición determinada mediante Resolución de la Presidencia de 3 de
diciembre de 2014, publicada en el B.O.E. del 10 de diciembre, que emitirá la
correspondiente propuesta de adjudicación. La Mesa de Contratación estará
asistida en esta licitación por un responsable del Proyecto FISCUE-OPERA,
designado por la Comisión de Gobierno en su reunión de 13 de enero de 2016, y
el Subdirector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a cuyos
efectos serán convocados a sus reuniones.
9. El presente pliego de cláusulas administrativas particulares, el pliego de
prescripciones técnicas, el contrato y la oferta completa del adjudicatario son los
documentos que tendrán carácter contractual. De acuerdo con el artículo 26.1.e)
de la Ley, esta enumeración está jerarquizada, a efectos de posibles
contradicciones entre los documentos anteriores.
10. El perfil de contratante es accesible a través de la dirección
https://sede.tcu.es.
CLÁUSULA 11
CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES
1. Podrán tomar parte en el procedimiento de adjudicación todas las personas
naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de
obrar y que no se hallen comprendidas en ninguna de las prohibiciones
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expresadas en el artículo 60 de la Ley y puedan justificar su solvencia económica,
financiera, técnica o profesional conforme a lo establecido en los apartados 2 y 3
de la presente cláusula 11.
Los fines, objeto o ámbito de actividad propios de las personas jurídicas, a tenor
de sus estatutos o reglas fundacionales, deberán ser comprensivos de las
prestaciones objeto del presente contrato.
También podrán presentar ofertas las uniones temporales de empresarios que se
constituyan en la forma y con los efectos prevenidos por el artículo 59 de la
misma Ley.
En el caso de empresas extranjeras se observará lo establecido en los artículos
55 y 58 de la Ley.
2. El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el
volumen anual de negocios de la empresa licitadora, que referido al año de mayor
volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos igual al
presupuesto de licitación.
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de
sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el
empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las
depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios
individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de
negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el
Registro Mercantil.
3. El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la
experiencia en la realización de servicios del mismo tipo o naturaleza al que
corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los
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trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años
correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del
contrato y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de
mayor ejecución sea igualo superior al 70% del presupuesto de licitación.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados
expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una
entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante
un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una
declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados
directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
4. De conformidad con lo establecido en el arto 146.5 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, los/las licitadores/as deberán reunir los
requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la presente cláusula con carácter
previo al vencimiento del plazo de presentación de ofertas.
CLÁUSULA 111
CRITERIOS DE VALORACiÓN DE LAS OFERTAS
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta
económicamente más ventajosa, se atenderá a los siguientes criterios:
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Criterios cuya cuantificación requiere Puntos (30)
un juicio de valor
1. Oferta técnica 30
1. 1 Calidad técnica de la oferta 20
1.2 Plan de garantía de calidad 5
1.3 Metodología de gestión de 5
seguridad
Criterios evaluables en función de Puntos (70)
fórmulas matemáticas
2. Valoración del equipo de trabajo 15
2. 1 Experiencia en el desarrollo de 5
aplicaciones .NET en relación con
fas cuentas anuales en formato
XBRL de entidades públicas o
privadas
2.2 Titulación oficial TIC 10
3. Precio 55
1. Oferta técnica (30 puntos)
1.1. Calidad técnica de la oferta (20 puntos)
En este apartado se valoran las siguientes características:
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* Rigor técnico y detalle en la presentación de la solución propuesta, que deberá incluir un
plan de trabajo, con especial atención a la precisión en cada uno de los elementos individuales
que la componen así como en sus interrelaciones y dependencias: 15 puntos
* Claridad expositiva de la exposición técnica, valorándose la brevedad y concreción de las
explicaciones y la referencia a modelos de diseño de uso estándar en el sector TIC: 5 puntos
1.2. Plan de garantía de calidad (5 puntos)
En este apartado se valora la idoneidad, sencillez de aplicación y claridad de los
procedimientos propuestos para realizar las siguientes actividades:
* Gestión del cambio, especificando el protocolo de actuación ante solicitudes de modificación
de los componentes del proyecto y resolución de incidencias, con especial hincapié en los
criterios de aprobación y rechazo y la documentación asociada al proceso: 3 puntos
* Gestión de riesgos que pueden afectar a la planificación del proyecto, especificando cuáles
están previstos de antemano y las medidas para eliminarlos o mitigar el impacto en caso de
ocurrencia: 2 puntos
1.3. Metodología de gestión de la seguridad (5 puntos)
En este apartado se valora la inclusión en la oferta de tareas encaminadas a mejorar la
seguridad de las aplicaciones que forman parte del proyecto FISCUE-OPERA:
* Implantación de soluciones hardware o software concretas para implementar o facilitar el
seguimiento de las medidas de seguridad aplicables según la Ley Orgánica de Protección de
Datos (LaPO) y el Esquema Nacional de Seguridad: 3 puntos
* Plan de gestión de los incidentes de seguridad, detallando el procedimiento para la
notificación de incidencias, el mantenimiento informatizado del registro de incidencias y los
procedimientos de autorización y recuperación de datos: 2 puntos
2. Valoración del equipo de trabajo (15 puntos)
2.1. Experiencia en proyectos similares (5 puntos)
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Experiencia durante los últimos 30 meses en el desarrollo de aplicaciones .NET en relación
con las cuentas anuales XBRL de entidades públicas o privadas Puntos = N° meses de
experiencia x 5 / 30
2.2. Titulación oficial TIC (10 puntos)
Titulación Puntos
Ingeniero o licenciado en Informática o 10
Telecomunicaciones
Diplomado en Informática o Telecomunicaciones 5
Formación profesional en tecnologías de la información y 1
las comunicaciones
En caso de ofertarse más de un técnico, la valoración total del equipo de trabajo, en cada
uno de los apartados anteriores 2.1 y 2.2, será la suma de la valoración de cada técnico
dividida entre el número total de técnicos.
Todos los técnicos ofertados deberán formar parte del proyecto durante la duración
completa del contrato, no aceptándose ofertas con participaciones inferiores de ningún
miembro del equipo.
3. Precio (55 puntos)
El precio se puntúa de forma creciente a mayor baja sobre el precio de licitación del
proyecto. Se aplica una regla de tres en relación con la mayor de las bajas a fin de respetar
la asignación de puntos respecto de la proporción entre las bajas relativas.
Ofertas sin baja sobre el precio de licitación: O puntos
Oferta con el menor coste de entre las presentadas: 55 puntos. Si más de una oferta
coincide en este importe, todas las coincidentes obtendrán 55 puntos.
A continuación se calculará la puntuación con arreglo al porcentaje de sobrecoste en relación
con la oferta más baja. El algoritmo aplicable es la siguiente:
o Se calcula la baja de cada oferta respecto del precio de licitación: Porcentaje_bajai = (precio_licitación - precio_ofertai) * 100/ preciolicitación
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e Se determina cuál es el mayor porcentaje de baja de entre todos los calculados en el paso
anterior y se le denomina Porcentaje_baja_máximo.
ID Por último, se otorga la puntuación que resulte de aplicar esta fórmula:
o Puntos_Ofertai = 55 * (1 - [ (Porcentaje_baja_máximo - Porcentaje_bajai) / 50] ).
.. Cuando el valor de Puntos_Ofertai sea negativo, se asignará O (cero) puntos.
En caso de empate en cuanto a la proposición económicamente más ventajosa,
se dará preferencia en la adjudicación del contrato a las proposiciones
presentadas por aquellas entidades que, en el momento de acreditar su solvencia
técnica, tengan en su plantilla personas con discapacidad o en riesgo de
exclusión social, en los términos establecidos en la Disposición adicional cuarta
de la Ley de Contratos.
En su defecto, y subsidiariamente, se dará preferencia en la adjudicación a
aquellas entidades que, en el momento de acreditar su solvencia técnica o
profesional, hubieran adoptado medidas en materia de igualdad, conforme a lo
prevenido en el artículo 34 de la Ley 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres
y hombres.
CLÁUSULA IV
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACiÓN
1. PROCEDIMIENTO.
El contrato se adjudicará mediante el procedimiento abierto de acuerdo con lo
establecido en los artículos 138 y siguientes, 157 a 161 y demás artículos
concordantes de la Ley.
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2. PROPOSICIONES.
2.1. Las personas o entidades que desearen tomar parte en el procedimiento
deberán presentar sus proposiciones en tres sobres cerrados, identificados, en su
exterior, con la indicación siguiente:
PROPOSICiÓN PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO DE
ADJUDICACiÓN PARA LA CONTRATACiÓN DE LOS SERVICIOS PARA EL
DESARROLLO DE NUEVAS FUNCIONALIDADES Y MANTENIMIENTO DE LAS
APLICACIONES INFORMÁTICAS EN EL ÁMBITO DE LA CUENTA GENERAL
DEL ESTADO,
Todos los sobres serán firmados por el/la Iicitador/a o persona que lo represente
con indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa, así como el
teléfono y la dirección postal y electrónica de contacto.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido
enunciado numéricamente.
2.2. EL PRIMER SOBRE, que irá marcado con la letra "A" en lugar visible, deberá
contener los siguientes documentos:
2.2.1. Copia o fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del Pasaporte
del/la licitador/a o, en su caso, de la persona que le representare, debidamente
legalizado por Notario o compulsado por Autoridad administrativa.
2.2.2. En sU caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las
notificaciones.
2.2.3. Una declaración responsable del/la licitador/a, o de su representante,
conforme al modelo contenido en el Anexo I de este Pliego, indicando que
cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la
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Administración, sin perjuicio de que el órgano de contratación, en orden a
garantizar el buen fin del procedimiento, pueda recabar de los/las licitadores/as,
en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, la
aportación de la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones
establecidas para ser adjudicatario del contrato.
2.3. EL SEGUNDO SOBRE, que irá marcado con la letra "B" en lugar visible,
contendrá la oferta técnica, firmada por el licitador/a o por quien lo representase, y
se ajustará al modelo definido en el Anexo 11 del presente Pliego.
2.4. El TERCER SOBRE, que irá marcado con la letra "C" en lugar visible,
contendrá la oferta relativa a los criterios de adjudicación evaluables en función de
fórmulas matemáticas, y se ajustará al modelo definido en el Anexo m del
presente Pliego.
Los precios se indicarán en euros, debiendo figurar como partida independiente,
el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido a este
Tribunal.
2.5. Los pliegos y la documentación complementaria a los mismos se publicará en
el perfil de contratante del Tribunal de Cuentas. Los interesados en la contratación
podrán solicitar información adicional, que deberá facilitarse al menos seis días
antes de la fecha límite fijada para la recepción de ofertas, siempre que la petición
se haya presentado diez días antes de la expiración del plazo de presentación de
las ofertas.
2.6. Los sobres referidos en los apartados anteriores se entregarán en el Registro
General del Tribunal de Cuentas, calle de José Ortega y Gasset nO 100, código
postal 28006 de Madrid, que dará recibo al presentador/a en que constará el
nombre del licitador/a, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la
presentación; o bien se enviarán por correo a la indicada dirección, con las
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prevenciones establecidas en el artículo 80.4 del Reglamento General del Texto
Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, dentro del
plazo de quince días naturales a contar desde la fecha de publicación del
anuncio de la licitación. La remisión de la oferta por correo podrá anunciarse al
órgano de contratación mediante télex, fax o telegrama, o bien mediante el envío
de un correo electrónico a la dirección contratació[email protected].
La presentación de las proposiciones supone la aceptación incondicionada por el
empresario/a del contenido de la totalidad de cláusulas administrativas
particulares, sin salvedad o reserva alguna.
El/la licitador/a que concurriere en unión temporal con otras empresas, no podrá
suscribir oferta alguna individualmente o figurar en más de una unión temporal,
siendo rechazadas todas las ofertas por él presentadas en caso de contravención
de este principio.
Terminado el plazo de recepción, el Registro General del Tribunal de Cuentas
expedirá certificación relacionada de la documentación recibida o de la ausencia
de licitadores/as, en su caso.
3. ACTUACiÓN DE LA MESA DE CONTRATACiÓN.
3.1. La Mesa calificará previamente, en sesión privada, la documentación
administrativa contenida en los sobres marcados con la letra "A" que hubieran
sido presentados en tiempo y forma, decidiendo sobre su admisión o rechazo, y
concediendo a los/las interesados/as, en los casos de defectos u omisiones
subsanables, un plazo no superior a tres días hábiles para su corrección.
3.2. Posteriormente, yen acto público que se celebrará el11 de julio de 2016, a
las 10:00 horas, en la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas en la dirección
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indicada en el punto 2.6 anterior, la indicada Mesa procederá a la comunicación
del acuerdo que haya adoptado sobre admisión de los/las licitadores/as
concurrentes.
Acto seguido se procederá a la apertura de los sobres "8", dándose lectura por la
Sra. Secretaria de las proposiciones admitidas, después de haberse invitado a los
presentes a comprobar el estado de integridad de los sobres recibidos. Terminado
el acto de apertura del sobre "B", se entregará al servicio correspondiente del
Tribunal de Cuentas, la documentación contenida en los mismos, para el estudio y
ponderación de los criterios de valoración relativos a dicha documentación. De
todo lo actuado se dejará constancia documental.
3.3. En acto público que se celebrará el15 de julio de 2016 a la misma hora yen
el mismo lugar indicado en el párrafo anterior, la Mesa dará a conocer la
ponderación asignada a los criterios de valoración a que se refiere la
documentación contenida en los referidos sobres marcados con la letra "B".
Acto seguido la Mesa procederá a la apertura de los sobres marcados con la letra
"C", dándose lectura por la Sra. Secretaria a las ofertas, después de haber
invitado a los presentes a comprobar el estado de integridad de los sobres
recibidos. Terminado el acto de apertura de plicas, se invitará a losllas
licitadores/as asistentes a que expongan cuantas reclamaciones o reservas
estimen oportunas contra el acto celebrado, y se levantará la correspondiente
acta, que será firmada por la Presidenta y la Secretaria de la Mesa y por quienes
hubieren manifestado dichas reclamaciones o reservas.
De todo lo actuado se dejará constancia documental.
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4. ADJUDICACiÓN.
4.1. El órgano de contratación, clasificará las proposiciones presentadas, por
orden decreciente, atendiendo al criterio de valoración de las ofertas establecido
en la cláusula 1II del presente Pliego.
4.2. El órgano de contratación requerirá al/la Iicitador/a que haya presentado la
oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el
requerimiento, presente la siguiente documentación justificativa:
4.2.1. Si se trata de personas jurídicas, escritura o documento de constitución, los
estatutos o el acto fundacional, en los que consten los fines, el objeto, o ámbito de
actividad, y las normas por las que ésta se regula, debidamente inscritos, en su
caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de
que se trate.
En el caso de que el firmante de la proposición no sea la misma persona que
haya de obligarse, poder notarial especial para el acto, o general debidamente
inscrito en el Registro Mercantil, con facultades bastantes para dicho acto. No
obstante, cuando el firmante sea administrador de la persona jurídica que haya de
obligarse, se aportará escritura de nombramiento para el cargo de donde resulte
su representación.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la
Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo, documento acreditativo de la inscripción en los Registros o presentación
de las certificaciones que se indican en el Anexo I del Reglamento General del
Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
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Los demás empresarios extranjeros, informe expedido por la Misión Diplomática
Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa,
en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran
inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto,
que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a
las que se extiende el objeto del contrato.
4.2.2. La que justifique los requisitos de su solvencia económica, financiera y
técnica o profesional, conforme a lo establecido en la Cláusula 11 del presente
Pliego.
4.2.3. La que justifique hallarse al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de
contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a
la ejecución del contrato, y de haber constituido, a disposición del Presidente del
Tribunal, la garantía definitiva, por cuantía equivalente al 5% del importe de
adjudicación, excluido el impuesto sobre el valor añadido. Los correspondientes
certificados no podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o
telemáticos.
4.2.4. Una declaración responsable del/la licitador/a, o de su representante legal,
acreditativa de que el primero no se encuentra incurso en ninguna de las
prohibiciones de contratar relacionadas por el artículo 60 de Ley de Contratos del
Sector Público.
4.2.5. Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción
de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las
incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con
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renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder
al licitante.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el/la licitador/a ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a
recabar la misma documentación al/la licitador/a siguiente, por el orden en que
hayan quedado clasificadas las ofertas.
4.3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores
de acuerdo con lo establecido en el artículo 151.4 de la Ley y, simultáneamente,
se publicará en el perfil de contratante.
El órgano de contratación no podrá declarar desierta la licitación si existe alguna
oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en
el presente Pliego.
CLÁUSULA V
GARANTíA DEFINITIVA. FORMALIZACiÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE
GARANTíA
1. El importe de la garantía definitiva ascenderá al 5% del importe de
adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y se constituirá en la
forma y con los efectos que se establecen en los artículos 95 y siguientes de la
Ley de Contratos, sin que pueda hacerse mediante medios electrónicos.
En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o
indemnizaciones exigibles al/la adjudicatario/a, éste deberá reponer o ampliar
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aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la
ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Asimismo, cuando, como consecuencia de una modificación del contrato,
experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para
que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de
quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo
de modificación.
2. El contrato se formalizará en un plazo no superior a quince días hábiles
siguientes a aquel en que se remita la notificación de la adjudicación a los/las
licitadores/as, mediante documento administrativo otorgado por el órgano de
contratación y el/la contratista. No obstante, el contratista podrá solicitar que el
contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes
gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el
contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación. La
falta de formalización en el plazo indicado dará lugar a las consecuencias
previstas en el artículo 156 de la Ley de Contratos.
3. Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaren responsabilidades, se
devolverá la garantía constituida o se cancelará el avalo seguro de caución.
Transcurridos seis meses desde la fecha de terminación del contrato, sin que la
recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables
al contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las
garantías una vez depuradas las responsabilidades a que están afectas las
garantías conforme al artículo 100 de la Ley.
4. El presente contrato tendrá un plazo de garantía de un año desde la recepción
del contrato.
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CLÁUSULA VI
OBLIGACIONES DEL/LA ADJUDICATARIO/A
1. El adjudicatario/a está obligado a la realización del servicio en la forma y en el
plazo establecidos en el presente Pliego y en el de prescripciones técnicas, con
estricta sujeción a dichas cláusulas y prescripciones, y de acuerdo con las
instrucciones que para su interpretación diera al contratista el órgano de
contratación. Asimismo, las prestaciones se ajustarán a las especificaciones que
a tal efecto hubiera incluido el adjudicatario en su oferta.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle
y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que
se deduzcan para el Tribunal de Cuentas o para terceros de las omisiones,
errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del
contrato.
2. Antes de la formalización, el/la adjudicatario/a deberá efectuar el pago de los
gastos del anuncio del procedimiento de adjudicación y cuantos otros gastos
hubiera ocasionado la tramitación y la adjudicación del mismo, hasta un importe
máximo de 3.500 €.
3. El/la adjudicatario/a adquiere el compromiso de custodia fiel y cuidadosa de la
documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la
obligación de que ni la documentación ni la información que ella contenga llegue
en ningún caso a poder de terceras personas.
En todo caso, el/la adjudicatario/a será responsable de los daños y perjuicios que
se deriven del incumplimiento de esta obligación.
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4. Para el desarrollo del trabajo se requiere la participación de, al menos, un
técnico con perfil de Analista/Consultor con las cualificaciones establecidas en el
apartado quinto del Pliego de Prescripciones Técnicas.
5. El contratista estará obligado a la realización de la prestación en el lugar y
plazo señalado en el contrato. La implementación de la funcionalidad RF1,
prevista en el apartado 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas, deberá ponerse
en producción en el plazo de dos meses a partir de la fecha de la firma del
contrato. Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en
demora respecto al cumplimiento del citado plazo, el Tribunal podrá imponer
penalidades, cuya cuantía será de 500 €, por cada día de retraso, a detraer del
precio de adjudicación del proyecto.
6. El/la adjudicatario/a queda obligado al cumplimiento de las disposiciones
vigentes en materia tributaria, laboral, de Seguridad Social, prevención de riesgos
.. laborales y protección del medio ambiente.
7. La prestación del servicio se entenderá hecha cuando el objeto del contrato
haya sido efectivamente recibido por el Tribunal de Cuentas, mediante acto formal
y positivo por parte del mismo. Si observare algún motivo de disconformidad, dará
las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos
observados o proceder, en su caso, a la resolución del contrato.
8. El conjunto de los trabajos desarrollados se entenderá como confidencial,
debiendo el adjudicatario asegurar de la forma más razonable posible esta
característica. El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta
confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión
del cumplimiento del contrato, y no copiarlo o utilizarlo con fin distinto al que figura
en este pliego, ni tampoco cederlo a otros.
21
TRIBUNAL DE CUENTAS
9. La empresa contratista presentará la factura relativa a los trabajos
efectivamente realizados en el periodo correspondiente a los dos meses
anteriores, dentro del plazo de treinta días siguientes a la terminación de dicho
periodo.
Las facturas se presentarán de acuerdo con lo establecido en la ley 25/2013, de
27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro
contable de facturas en el Sector Público, a efectos de su remisión al registro
contable del Tribunal y a la Gerencia de la Secretaría General como unidad a
quien corresponde la tramitación de la misma. Se hará constar en la factura el
código DIR3: 100000021 en oficina contable, órgano gestor y unidad tramitadora.
10. El Tribunal de Cuentas podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos
que el contratista adjudicatario ha de hacer a todos los subcontratistas o
suministradores que participen en el contrato.
El contratista adjudicatario remitirá al Tribunal de Cuentas, cuando este lo solicite,
relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en
el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones
de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación
directa con el plazo de pago. Asimismo, deberá aportar, a solicitud del Tribunal de
Cuentas, justificante de cumplimiento de los pagos a aquellos una vez terminada
la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo
228 de la Ley de Contratos y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en lo que le
sea de aplicación. Estas obligaciones se consideran condiciones esenciales de
ejecución.
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TRIBUNAL DE CUENTAS
CLÁUSULA VII
OBLIGACIONES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
El Tribunal de Cuentas tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los
treinta días siguientes a la fecha de aprobación de los documento que acrediten la
conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados y si se
demorase deberá abonar al contratista los intereses de demora y la
indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en los artículos
216 y 217 de la Ley.
El Tribunal de Cuentas deberá aprobar los documentos que acrediten la
conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados dentro de
los treinta días siguientes a su entrega efectiva.
El precio no será susceptible de revisión.
CLÁUSULA VIII
EXTINCiÓN DEL CONTRATO
1. El contrato se extinguirá por resolución o por cumplimiento del mismo.
2. Serán causas de resolución las establecidas en los artículos 223 y 308 de la
Ley de Contratos. En particular, conforme al artículo 223, f) de la Ley, será causa
de resolución el incumplimiento de las obligaciones esenciales establecidas en el
apartado 4 de la cláusula VI.
3. La resolución del contrato tendrá los efectos establecidos en los artículos 225 y
309 de la Ley de Contratos
23
TRIBUNAL DE CUENTAS
4. En el caso de resolución por incumplimiento culpable del contratista le será
incautada a éste la fianza y deberá, además, indemnizar al Tribunal de Cuentas
los daños y perjuicios ocasionados en lo que exceda del importe de la garantía
incautada.
CLÁUSULA IX
RECURSOS ADMINISTRATIVOS Y JURISDICCIONALES
Los acuerdos del órgano de contratación a este respecto serán impugnables en
alzada ante el Pleno del Tribunal de Cuentas, de acuerdo con lo dispuesto por los
artículos 21.3.c) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de
Cuentas, y 3.D de la Ley 7/1988, de 5 de abril, .de Funcionamiento del mismo.
Las Resoluciones del Pleno en dichos recursos de alzada podrán impugnarse
ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, conforme con lo establecido por los
artículos 46.1 y 12.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa.
DILIGENCIA para hacer constar que este Pliego de
Cláusulas Administrativas ha sido aprobado con
fecha de hoy por el Presidente del Tribunal de
Cuentas.
13 de junio de 2016
::r(lo;<~:::qc)Se Luis Lorenz Falomir
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TRIBUNAL DE CUENTAS
ANEXO I
DECLARACiÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR/A, O DE SU
REPRESENTANTE, INDICANDO QUE CUMPLE LAS CONDICIONES
ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA
ADMINISTRACiÓN
(Sobre A)
Don/Doña* ................................................................................................................ .
En nombre y representación de la empresa,
enterado/a del procedimiento abierto de adjudicación convocado por el Tribunal
de Cuentas en el B.O.E. del día ..................... para LA CONTRATACiÓN DE LOS
SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DE NUEVAS FUNCIONALIDADES Y
MANTENIMIENTO DE LAS APLICACIONES INFORMÁTICAS EN EL ÁMBITO
DE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO,
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que cumple las condiciones
establecidas legalmente para contratar con la Administración, a los efectos de lo
dispuesto en el artículo 146.4 del texto refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, aprobado por Real Decreto 3/2011, de 14 de noviembre.
y en prueba de conformidad con lo anterior, firmo la presente declaración en
Madrid, a .................................................... .
Fdo.:
* Expresar el nombre del firmante de la proposición.
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TRIBUNAL DE CUENTAS
ANEXO 11
OFERTA TÉCNICA
(Sobre B)
Don/Doña* ................................................................................................................ .
En nombre y representación de la empresa
enterado/a del procedimiento abierto de adjudicación convocado por el Tribunal
de Cuentas en el B.O.E. del día ..................... para la CONTRATACiÓN DE LOS
SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DE NUEVAS FUNCIONALIDADES Y
MANTENIMIENTO DE LAS APLICACIONES INFORMÁTICAS EN EL ÁMBITO
DE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO,
se compromete a realizar la ejecución del mismo, con estricta sujeción a sus
Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas Particulares,
que le son plenamente conocidos, de acuerdo con la oferta técnica que se
adjunta, que deberá ajustarse al siguiente contenido, de acuerdo con la Cláusula
111 del presente Pliego:
1. Calidad técnica de la oferta.
2. Plan de garantía de calidad.
3. Metodología de gestión de seguridad.
Yen prueba de conformidad con lo anterior, firmo la presente oferta a ..
Fdo.:
* Expresar el nombre del firmante de la proposición.
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TRIBUNAL DE CUENTAS
ANEXO m OFERTA RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACiÓN EVALUABLES
EN FUNCiÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS
(Sobre C)
Don/Doña* ................................................................................................................ .
En nombre y representación de la empresa
enterado/a del procedimiento abierto de adjudicación convocado por el Tribunal
de Cuentas en el B.O.E. del día ..................... para la CONTRATACIÓN DE LOS
SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DE NUEVAS FUNCIONALIDADES Y
... MANTENIMIENTO DE LAS APLICACIONES INFORMÁTICAS EN EL ÁMBITO
DE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO,
se compromete a realizar la ejecución del mismo, con estricta sujeción a sus
Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas Particulares,
que le son plenamente conocidos, en los siguientes términos, de acuerdo con la
Cláusula 111 del presente Pliego:
1.- Valoración del equipo de trabajo
a) Experiencia en el desarrollo de aplicaciones. NET en relación con las
cuentas anuales en formato XBRL de entidades públicas o privadas:
b) Titulación oficial TIC:
2.- Precio:
y en prueba de conformidad con lo anterior, firmo la presente oferta a ..... .
Fdo.:
* Expresar el nombre del firmante de la proposición.
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