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SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales CONVOCATORIA I BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSl/DGRM-DSG/037/2019 CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, RECARGA Y PRUEBA HIDROSTÁTICA DE EXTINTORES Anexo 1a CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FÍSICAS Y MORALES) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE) DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE FECHA: ------- (Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración Vl/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones 1, JI, 111, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento normativo antes referido. Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito. ATENTAMENTE Nombre y firma del participante (Persona física o representante de la persona moral) DGRM-CPS-AIEXO

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SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Dirección General de Recursos Materiales

CONVOCATORIA I BASES

CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSl/DGRM-DSG/037/2019 CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, RECARGA Y PRUEBA

HIDROSTÁTICA DE EXTINTORES

Anexo 1a

CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FÍSICAS Y MORALES)

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE

FECHA: -------

(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración Vl/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones 1, JI, 111, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento normativo antes referido.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del participante (Persona física o representante de la persona moral)

DGRM-CPS-AIEXO

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CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSl/DGRM-DSG/03712019

CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, RECARGA Y PRUEBA

HIDROSTÁTICA DE EXTINTORES

Anexo 1b

MANIFESTACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE

FECHA: _____ _

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de

(nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para

recibir y oír las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación número

----------· mediante (especificar e incluir copia simple y original para cotejo de

predial, agua o CFE), asl como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los

órganos-del Poder Judicial de la Federación, el ubicado en Calle número exterior

____ ., número interior ___ , Colonia ____ , Delegación o Municipio -----Código Postal ____ , Ciudad ________ _

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

OGWAPR/C~

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CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, RECARGA Y PRUEBA

HIDROSTÁTICA DE EXTINTORES

Anexo 2a

REQUERMIENTO TÉCNICO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación requiere los servicios de mantenimiento para 115 extintores, recarga para 322 extintores y prueba hidrostática con recarga para 144; los servicios se realizarán en dos etapas:

Primera etapa

1.1 Mantenimiento de extintores

DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD UBICACION

Equipos en Edlíiclo Sede, Pino Suarez: número 2, Manlenlmlento a extlnlor C02 de 2 kg. Pieza 6 6 Colonia Cenlro, de la Ciudad de México, Código Poslal

06065, Alcaldfa Cuauhtémoc.

86 Equipos en Edificio Sede, Pino Suarez: número 2, Colonia Cenlro, de la Ciudad de México, Código Postal 06065, Alcaldia Cuauhtémoc.

Equipos en Edlíiclo Allemo - Anexo, 16 de Septiembre

Mantenimiento a extintor C02 de 4.5 kg. Pieza 93 6 número 38 y Bollvar número 30. Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Alcaldla Cuauhtt!:moc.

1 Equipos en Revolución, Avenida Revolución número 1508, Colonia Guadalupe lnn, Código Postal 01020, Alcaldla Alvaro Obregón.

--Total de exllntores para servicio de Pleus 99 mantenimiento (1ra. elapa)

1.2 Recarga de extintores

DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD UBICACIÓN . Equipos en Edificio Allerno - Anexo, 16 de Septiembre

9 número 38 y Bollvar número 30, Colonia Cenlro de Ja Ciudad de México, Código Postal 06000, Alcaldla Cuauhtémoc.

Equipos en Revolución, Avenida Revolución número 1508, Recarga a extintor P .O.S. de 4.5 kg. Pleu 12 1 Colonia Guadalupe lnn, Código Postal 01020, Alcaldla

Alvaro Obregón.

Equipos en Almacén Zaragoza, Calzada Ignacio Zaragoza 2 número 1340, Colonia Juan Esculla. Código Postal 09100,

Alcaldfa lztapalapa.

Equipos en Edificio Alterno - Anexo, 16 de Sepllembre 2 número 38 y Bollvar número 30, Colonia Centro de la Ciudad

de Mt!:xlco, Código Poslal 06000, Alcaldfa Cuauhtémoc.

Recarga a e•tintor P .a.s. de 6 kg. Plttta l6 2 Equipos en Revolución, Avenida Revolución número 1508, Colonia Guadalupe lnn. Código Postal 01020, Alcaldla Alvaro Obregón.

Equipos en Almacén Zaragoza, Calzada Ignacio Zaragoza 22 número 1340, Colonia Juan Esculla, Código Postal 09100,

Alcaldla lz:tapalaoa.

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CONVOCATORIA J BASES CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSl/DGRM-DSG/037/2019

CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, RECARGA Y PRUEBA HIDROSTÁTICA DE EXTINTORES

Recarga a extlnlor P.O.S., 9 kg.

Recarga a extintor P .a.s, 50 kg.

Recatga a extintor FE·36, 2 kg.

Recarga a extintor FE-36, 4.5 kg.

Recarga a extintor FE·36. 6kg.

Recarga a extintor C02.~.5 l<g.

Recarga a extintor de agua ligera 10 lts.

Total de extlntorea para servicio de recaraa 11ra. ataoal

Pieza 3

Pieza 3

Pieza

Pieza 96

Pieza

Pieza 8

Pieza 4

Pieza 154

1.3 Prueba hldrostátlca y recarga

DESCRIPCION

Prueba hidrostállca y recarga a extintor P.a.s .. Gkg.

Prueba hidroslátlca y recarga a extintor P.a.s .. 9kg.

Prueba hldrostática y recarga a extintor P.a.s .. 5o kg.

OGMIAPR/C~

UNIDAD CANTIDAD

Pieza 9

Pieza

Pieza

2

3

47

16

31

2

8

3

g

Equipos en Edlflclo Alterno • Anexo. 16 de Septiembre nilmero 38 y Salivar numero 30, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Alcaldía Cuauhtémoc

Equipo en Cendl y Estancia lnlan!U, CaUe Chlmalpopoca nilmero 112, Colonia Centro de la Ciudad de México. Código Postal 06010, Alcafdla Cuauhtémoc. Ciudad de México.

Equlpos en Almacén Zaragoza, Calzada Ignacio Zaragoza nilmero 1340, Colonia Juan Esculla. Código Postal 09100, Alcaldla lztaoalaoa. Equipo en Revolución, Avenida Revolución numero 1508, Colonia Guadalupe lnn. Código Postal 01020, Alcaldia Alvaro Obregón.

Equipos en Edlriclo Alterno • Anexo, 16 de Septiembre nümero 38 y Bollvar número 30, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Alcafdla Cuauhlémoc

Equipo en Cendl y Estancia lnlantU, Calle Chlmalpopoca numero 112, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06010, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.

Equipos en Revolución, Avenida Revolución número 1508, Colonla Guadalupe lnn, Código Postal 01020, Alcaldla Alvaro Obregón.

Equipos en Almacén Zaragoza, Calzada Ignacio Zaragoza nümero 1340, Colonia Juan Esculla. Código Postal 09100, Alcaldla lztapalapa.

Equipos en Edificio Alterno • Anexo, 16 de Septiembre numero 38 y Bollvar nilmero 30, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Alcaldia Cuauhtémoc.

Equlpo en Cendl y Estancia Infantil. Calle Chlmatpopoca nilmero 112, Colonia Centro dela Ciudad de México, Códlgo Postal 06010, Alcaldla Cuauhtémoc, Ciudad de México.

Equipos en Edificio Allemo • Anexo, 16 de Sepllembre nümero 38 y Bolivar nümero 30, Colonia Centro, de la Ciudad de México. Código Postal 06000, Alcaldía Cuauhtémoc.

Equipo en Cendl y Estancia Infantil, Calle Clllmalpopoca numero 112, Colonia Centro de la Ciudad de México. Código Postal 06010, Alcaldia Cuauhtémoc, Ciudad de México.

UBICACION Equipos en Almacén Zaragoza. Calzada Ignacio Zaragoza numero 1340, Colonia Juan Escutia, Código Postal 09100, Alcaldla lztapalapa.

Equipo en Repübllca de El Salvador numero 56, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06080. Alcaldla Cuauhtémoc.

Equipo en Almacén Zaragoza, Calzada Ignacio Zaragoza número 1340, Colonia Juan Esculla, Código Postal 09100, Alcaldla lztapalapa.

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CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, RECARGA Y PRUEBA

HIDROSTÁTICA DE EXTINTORES

Prueba hldrostátlca y recarga a exllntor l 1 Equipo en Almacén Zaragoza, Calzada Ignacio

Pieza 1 Zaragoza número 1340, Colonia Juan Esculla, Código P.Q.S., 70 kg. Postal 09100, Alcaldla lzlapalapa.

Prueba hldrosláUca y recarga a extlnlor Equipos en República de El Salvador número 56, Pieza 3 3 Colonia Centro de la Ch.idad de México, Código Postal FE-36, 1 kg. 06080, Alcaldla Cuauhtémoc.

Equipos en República de El Salvador número 56, 10 Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal

06080, Alcaldla Cuauhtémoc.

Equipo en Revolución, Avenida Revolución número Prueba hldrostálica y recarga a extintor Pieza 61 1 1508, Colonia Guadalupe lnn, Código Postal 01020, FE-36, 4.5 kg. Alcaldla Alvaro Obregón.

Equipos en Edificio Sede, Pino Suárez número 2, 50 Colonia Centro, de la Ciudad de México. Código Postal

06065, Alcaldla Cuauhtémoc.

1 Equipo en Revolución, Avenida Revolución número 1 1508, Colonla Guadalupe lnn, Código Postal 01020,

Alcaldla Alvaro Obregón. Prueba hldrostátlca y recarga a extintor Pieza 12 COz, 4.5kg. Equipos en Edificio Sede, Pino Suárez número 2,

11 Colonia Centro, de la Ciudad de México, Código Postal 06065. Alcaldla Cuauhtémoc.

Total de extintores para servicio de prueba hldrostátlca y recarga l1ra. Pieza 88 etaoal

OGMIAPRIC~ OGRM·Cl'S.ANEXO

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CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, RECARGA Y PRUEBA

HIDROSTÁTICADE EXTINTORES

Segunda etapa

1.1 Mantenimiento de extintores DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD UBICACION

Equipos en Almacén Zaragou. Calzada Ignacio Mantenimiento a extintor C02 de 2 kg. Pieu 3 3 Zaragou número 1340. Colonia Juan Esculla, Código

Postal 09100, Alcaldla lztapalapa.

13 Equipos en Almacén Zaragou. Calzada Ignacio Mantenimiento a extinlor C02 de 4.5 kg. Pieza 13 Zaragoza nümero 1340, Colonia Juan Esculla, Código

Postal 09100, Alcaldla lztapalapa.

Total de extintores para servicio de Piezas 16 mantenimiento (1ra. etapa)

1.2 Recarga de extintores

DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD UBICACIÓN

Equipo en Edificio Sede, Pino Suárez número 2, Colonia Recarga de extintor P.O.S. de 4.5 kg. Pieu 2 2 Cenlro. de la Ciudad de México, Código Postal 06065,

Alcaldla Cuauhtémoc.

Equipos en Edificio Sede. Pino Suárez número 2. Colonia Recarga de extintor P.O.S. de 6 kg. Pieza 1 1 Centro. de la Ciudad de México, Código Postal 06065,

Alcaldia Cuauhtémoc.

Equipos en República de El Salvador número 56. Colonia Recarga de extintor FE-36 de 1 kg. Pieza 4 4 Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06080,

Alcaldla Cuauhtémoc.

Equipos en Edificio Sede, Pino Suárez número 2, Colonia 27 Centro, de la Ciudad de México, Código Postal 06065.

Alcaldla Cua1.1htémoc Recarga de exlintor FE·36 de 2 kg. Pieza 39

Equipos en Las Flores, Boulevard Adolfo López Mateos 12 (Periférico Sur). número 2321, Colonia Tlacopac, San Angel,

CódlQO Postal 01760. Alcaldla Alvaro Obrecón. Equipos en Edilicio Sede, Pino Suárez número 2, Colonia Centro, de la Ciudad de México, Código Postal 06065.

19 Ak:aklla Cuauhtémoc.

Equipos en Edificio 5 de Febrero: Chlmalpopoca 112 esq. 5 51 de febrero, Colonia Centro, Alcald la Cuauhtémoc, C.P.

06080

Equipos en República de El Salvador número 56, Colonia Recarga de extintor FE·36 de 4.5 kg. Pieza 100 9 Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06080.

Alcaldla Cuauhtémoc.

Equipos en San lázaro. Avenida Eduardo Mollna número 2, 11 esquina Sldar y Rovlrosa, Colonia Del Parque. Código Postal

15960, Alcaldía Venusliano Carranza.

10 Equipos en Archivo Humboldt: Calle Humboldt número 49, Colonia Centro de la Ciudad de México, código postal 0601 O. Alcald la Cuauhtémoc.

Equipo en Almacén Zaragou, Calzada Ignacio Zaragoza Recarga de exlintor Agua llgera de 10 lts. Pieu 16 número 1340, Colonia Juan Esculla, Código Postal 09100,

Alcaldla lztapalapa.

OGMJAPRJ~

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CONVOCATORIA/ BASES

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CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, RECARGA Y PRUEBA

HIDROSTÁTICA DE EXTINTORES

Equipos en Edificio Sede, Pino Suárez número 2, Colonia 4 Centro. de la Ciudad de México, C6dlgo Postal 06065,

Alcaldla Cuauhtémoc. Recarga de agua ligera 10 lls. Pieza 22

2 Equipos en Edificio 5 de Febrero; Chlmalpopoca 112 esquina. 5 de lebrero, C.P. 06080, Alcaldla Cuauhtémoc.

Total de extintores para servicio de Pieza 168 recarga (2da. etapa)

1.3 Prueba hldrostática y recarga

DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD UBICACION

Prueba hldrostáUca y recarga a extintor Equipos en Edificio Sede, Pino Suárez número 2, Pieza 49 49 Colonia Centro, de la Ciudad de México, Código Postal FE·36, 4.5 kg. 06065. Alcaldla Cuauhtémoc.

Prueba hldrostátlca y recarga a extintor Equipo en Almacén Zaragoza, Calzada Ignacio Pieza 3 1 Zaragoza número 1340, Colonia Juan Esculla, Código C<ñ., 4.5 kg. Postal 09100, Alcaldla lztapalapa.

Prueba hldrostátlca y recarga a exUntor Equipo en Almacén Zaragoza, Calzada Ignacio Pieza 4 4 Zaragoza número 1340, Colonia Juan Escutia, Código Agua ligera 10 lts. Postal 09100, Alcaldla lztapalapa.

Total de extintores para servicio de Pieza 56 recarga (2da. etapa)

MES DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS: La primera y segunda etapa se definirá de común acuerdo entre el administrador del contrato y el adjudicatario.

ALCANCE TÉCNICO PARA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO, RECARGA Y PRUEBA HIDROSTÁTICA DE EXTINTORES

• El mantenimiento de extintores consistirá en: la revisión de cada uno de ellos emitiendo el diagnostico correspondiente, sustituyendo con refacciones aquellas que presenten daños y efectuando las reparaciones necesarias, aplicando pintura a todos los cilindros y colocando las etiquetas con el sello de seguridad y su vigencia (NOM-154-SCFl-2005)

• En el caso de los agentes limpios, se debe contar con un sistema de recuperación que permita retirar el agente extinguidor sin la perdida de éste, para la revisión interna del extintor y posteriormente, incorporar nuevamente el agente extinguidor.

• La inspección visual se realizará a los siguientes elementos: cuerpo del extintor, manguera, conexiones, válvula de descarga, manija sujetadora, soporte y gancho de sujeción. Estos elementos no deben presentar agrietamiento, porosidad o desajuste en sus ensambles y en ninguna de sus partes.

• Si los equipos no cuentan con una marca clara de la fecha de la prueba hidrostática, el prestador del servicio deben efectuar una prueba hidrostática al cilindro debiendo colocar una placa permanente marcando claramente la fecha en la que se realizó.

OGM/Af>RJC~

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HIDROSTÁTICA DE EXTINTORES

• El color de la pintura deberá tener una apariencia uniforme.

• Las instrucciones de uso deben estar en español y en un lugar visible contrario al gancho de sujeción.

• El prestador de servicio debe reemplazar en calidad de préstamo, cada extintor que se designe para mantenimiento y recarga, en una relación de uno por cada dos equipos recolectados, con al menos la misma capacidad nominal y tipo de fuego (A, B, C, D o K) del enviado a servicio.

• El servicio de mantenimiento, recarga y prueba hidrostática se realizará en las instalaciones del prestador del servicio.

• La empresa se hará responsable del equipo que recolectará para el servicio

• Cualquier equipo que hiciera falta de entregar por el prestador de servicio o resultara defectuoso debido al servicio y traslado, será sustituido por uno nuevo de las mismas características, incluyendo el contenido.

• El equipo que presente daños a sus componentes, sobre carga o baja presión, de acuerdo a la zona operable del manómetro, no será recibido hasta que el prestador de servicio realice las reparaciones pertinentes.

• El personal que recolecte el equipo se identificará con credencial de la empresa al realizar el servicio.

• Durante el transporte hacia y desde las instalaciones del prestador de servicio, deberá realizarse en un vehículo que cuente con cualquier sistema que garantice que los extintores no sufrirán daños ni sean accionados accidentalmente por el movimiento del vehículo.

• El servicio se realizará conforme a las Normas Oficiales Mexicanas vigentes: NOM-002-STPS-2010 y NOM-154-SCFl-2005.

• En la recarga se deberá garantizar la carga del agente extinguidor nuevo y de máxima calidad, deberá presentar por escrito la certificación por parte del proveedor.

• En los extintores de Polvo Químico Seco que se les realice recarga, deberá colocarse collarín de garantía NOM-154-SCFl-2005).

• La recarga de Polvo Químico Seco será el vigente, al 75% de fosfato mono amónico y estará certificado por escrito de acuerdo a las normas actuales.

• Cambio de manómetro a los extintores que lo requieran de acuerdo al agente extinguidor y a la presión que corresponda.

• El adjudicatario entregará en hoja membretada garantía por un año en el trabajo realizado a partir de la fecha de entrega del equipo.

• El prestador de servicios entregará carta responsiva elaborada en hoja membretada, en la cual se hará una relación de los extintores a los cuales se les realizó el servicio de mantenimiento, recarga y prueba hidrostática, según sea el caso, especificando la capacidad de cada uno de ellos y el agente extinguidor que contiene, así como, el número de la factura del servicio.

• Cambio de etiquetas nemotécnicas personalizada con el nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de identificación: Polvo Químico Seco, FE-36, C02, etc.

• La empresa adjudicada deberá contar con personal autorizado y/o certificado por alguna unidad de verificación acreditada, presentando el dictamen vigente de cumplimiento a la NOM-154-SCFl-2005, Equipos contra Incendio-Extintores-Servicios de Mantenimiento y Recarga.

OGMIAPAJC!+

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CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, RECARGA Y PRUEBA

HIDROSTÁTICA DE EXTINTORES

• El tiempo de entrega será de 20 días naturales a partir de la recolección del equipo y la entrega se realizará en el mismo sitio donde fueron recolectados.

• El procedimiento de recolección por parte del prestador de servicio y posterior entrega de extintores sometidos al servicio correspondiente se realizará de acuerdo a lo indicado a continuación:

o La Dirección General de Seguridad, a través del personal asignado al cumplimiento de las labores de Protección Civil, entregarán el equipo contra incendios, portátil o móvil, al personal designado por el prestador de servicio, en el inmueble correspondiente.

o Se verificará visualmente las condiciones externas de cada extintor de cada extintor en conjunto con el personal de la empresa encargado del traslado de los equipos. En caso de identificarse un daño físico irreparable a los componentes, el prestador de servicios deberá manifestarlo por escrito, durante el proceso de recolección, al personal de la Dirección General de Seguridad encargado.

• Aquel equipo que presente componentes dañados, deberán ser reparados con refacciones nuevas.

• Para el equipo que resulte identificado como defectuoso y que por sus condiciones no sea posible realizar las reparaciones pertinentes, se deberá emitir el dictamen correspondiente en el cual señale explícitamente que por sus condiciones, no podrá ser sometido al servicio. Dicho dictamen deberá ser entregado en original a la Dirección General de Seguridad.

o El personal de la Dirección General de Seguridad, registrará la condición física y el número de extintores que serán trasladados por el personal-del prestador de servicio.

o Para la recepción del equipo que ha sido sometido al servicio correspondiente, se verificará que los componentes de los extintores se encuentren en buenas condiciones, de acuerdo a lo anteriormente dispuesto y de conformidad con la NOM-002-STPS-201 O y la NOM-154-SCFl-2005, registrando el ingreso de cada uno.

o La recepción del producto será a entera satisfacción, conforme a lo establecido en el Alcance Técnico.

OGMIAPRJ~ ~PS-ANEXO

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CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, RECARGA Y PRUEBA

HIOROSTÁTICA DE EXTINTORES

Anexo2b

CARTA NORMAS NACIONALES E INTERNACIONALES (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE}

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE

FECHA:. ___ _

(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre

y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo

protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante

autoridad distinta a la judicial que mi representada cumple con las Normas Nacionales e Internacionales

respecto de conforme lo establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y,

demás disposiciones aplicables, según se indica a continuación:

l. Normas Nacionales

11. Normas Internacionales

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal

OGM/APRJ~

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Anexo 3

PROPUESTA ECONÓMICA

FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA:

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PARTICIPANTE:

Columna Columna Columna 1111 .a Unidad

••A" "B" "Cº .,, ~ Descripción de toa Precio t: a servicios de Precio Total 1111 .a medida Cantidad D. ::::1 Unitario ("A" por U> ue•'\

1.1 Manlenimiento a extintor C01 2 kg. pieza 9 Mantenimiento a extintor C014.5 kg. pieza 106 Reca1ga a exlinlor P.O.S. 4.5 kg. pieza 14 Recarga extintor P.Q.S. 6 kg . pieza 27 Recarga a extintor P.O.S. 9 kg. pieza 3 Recarga a extintor P.O.S. 50 kg. pieza 3 Recarga extintor FE·36 1 kg. pieza 4

-· 1.2 Recarga extintor FE·J6·2 kg . pieza 40 Recarga extintor FE·36 4.5 kg. pieza 196

Recarga extintor FE·36 6 kg. pieza 1

Recarga extintor C014.5 kg. pieza 8

Recarga extintor Aguar íigera 10 lts. pieza 26 Recarga y prueba hidrostática a extintor pieza 9

1 P.O.S.6kQ. Recarga y prueba hidrostática a extintor pieza 1 P.Q.S.9kQ. Recarga y prueba hidrostática a extintor pieza 1 P.a .s . 50 ka. Recarga y prueba hidrostática a extintor pieza 1

1.3 P.O.S. 70 ka. Recaiga y prueba hidrostática a extintor pieza 15 C014.5 ka . Recarga y prueba hidrostática a extintor pieza 3 FE·361 ka. Recarga y prueba hidrostática a extintor pieza 110 FE·36 4.5 ka. Recarga y prueba hidrostática a extintor pieza 4 Aaua liaera 1 Olts. Nota: La ubicación de los e1tlntores se encuentra Totales sumas descoto en el Ano•o 2a

OGWAPRJC~

Columna Columna .. D .. uen

Impuesto apllcable Total

Neto ("C" por 161/e"l "C"+"D"

sumas sumas

DGRM·CPS-ANEXO

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Las operaciones aritméticas se deberán efectuar con redondeo a dos decimales.

Importe total por la partida en letra:----------------------------Forma de pago: El pago se realizará en dos eventos a la conclusión completa de los servicios por cada etapa a los 15 dlas hábiles partir del dla hábil siguiente de Ja presentación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente en ventanilla úni de la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, acompañado de la constancia de entrega a entera satisfacción.

Plazo de entrega: El plazo de entrega de los servicios será de 20 dlas naturales, para cada etapa contados a partir de la formalizació del contrato y de la recepción de los bienes.

Vigencia de la propuesta: Permanecerá vigente por un plazo no menor a 60 dias hábiles siguientes a la fecha de entrega de la mismas.

Los precios ofertados no serán sujetos a ningún ajuste y cualquier error en los mismos, será de la estricta responsabllld del ofertante.

Los precios se mantendrán firmes hasta el cumplimiento total del contrato.

En el precio se deberán considerar todos los requerimientos del Anexo 2a. Razón Social ______________________________ _ R.F.C •. ______________________________ _ Domlclllo _______________________________ _

Nombre y firma del representante o apoderado legal ________________ _

Domicilio para firma del contrato respectivo: Señalar en su propuesta que en caso de resultar adjudicado, el representante legal deberá presentarse a firmar el instrumento contractual respectivo, en la Dirección General de Recursos Materiales, sita en Calle Bollvar 30, cuarto piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de Méxic_o,_en horario de_9_;!)0 a 17:00 horas.

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Anexo4 Modelo de contrato Slmpllflcado

l.• La Suprema Corte de Justicia de 111 Nación, en lo sucesivo "Suprema Corte• por conducto de su representante para los efectos de este Instrumento manlfle1ta que: 1.1.· Es el mblmo órgano depositarlo del Poder Judicial de la Federación, en ténnlnos de lo dispuesto en los artlculos 94 de la Consllluclón Polllica de los Estados Unidos Mexicanos y 1°, fracción 1, de la Ley Organic:a del Poder Judicial de la Federación. 1.2.·La presenle contratación fue autorizada por el Director General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante el procedimiento de Concurso Publico Sumario de conformidad con lo previsto en los artleulos 39. fracción 111. 43, fracción 111, y 82 del Acuerdo General de Aclmin!stración Vl/2008, del veintlctnco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Goblerno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimienlos para la adquisición, administración y deslncorporaclón de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. 1.3.· El Director General de Recursos Materiales esta facultado para suscribir et presente Instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 10 del Acuerdo General de Administración Vl/2008. 1.4.· Para todo lo relacionado con el presente contrato, se"ª'ª como su domicilio el ubicado en la Calle de José Maria Pino Suárez numero 2, colonia Centro de la ciudad de México, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06060, en la Ciudad de México 11.· El "Prestador de Servicios" por conducto de su representanta legal manifiesta bajo protesta de dac:lr verdad que: 11.1.· Se encuentra consUtuida bajo las leyes meidcanas e Inscrita en el Registro Público correspondiente. 11.2.· Cuenta con personal con la suficiente experiencia y callflcación para ejecutar los servicios requeridos por la Suprema Corte, asl como con los elementos t~cnlcos y capacidad económica necesaria para tal fin. 11.3.· A la fecha de adjudicación de la presente contratación, no se ern:uentra en los supuestos de los articulos 48 y 58, fracción XVI. del Acuerdo General de Admlnlstración VU2008 del veinticinco de septiembre de dos mll ocho, del Comtté de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 11.4.· Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración Vl/2008. del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobiemo y Administrac:lón de la Suprema Corte de Justicia de ta Nación por el que se regulan los procedimientos para la adqulslclón, admlnlstraci6n y deslncorporaci6n de bienes y la conlrataci6n de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal. 11.5.· Para todo lo relacionado con el presente contrato, se"ª'ª como su domicilio el Indicado en la carálula del presente lnstrumenlo, en el apartado denominado "Prestador del Servicios". JU.· La "Suprema Corte• y el "Prestador de Servicios" decl8fan que: 111.1.· Reconocen mutuamente la personalidad jurldk:a con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domlclllos indicados en los antecedentes 1.4 y 11.5 de esle Instrumento. 111.2.· El acuerdo de voluntades plasmado en este instrumento contractual se rige por lo dlspueslo en la Constitución Politica de los Estados Unldos Mexicanos. la Ley Orgánica del Poder Judlcial de la Federad6n, el Acuerdo General de Administrad6n Vl/2008, del veinlicinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. el Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, de manera supletoria el Código Clvil Federal. el Código Federal de Procedimientos Clvlles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Responsabllldades Administrativas de los Servidores públicos y la Ley Federal del Procedlmlento Adrn!nlstraUvo en lo conducente. al tenor de las slgulentes.:-

CLÁUSULAS Primera. CondlclonH Ganerale1. El "Prestador de Servicios· se compromete a proporcionar el servicio descrilo en la caratula del presente instrumento y respetar en todo momento el precio, plazo y condiciones de pago señalados en la referida carátula, durante y hasta el cumplimleflto total del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago se"alado en la presente clausula. cubre el total del servicio contratado, por lo cual ·1a Suprema Corte" no tiene obilgación de cubrir ningún Importe adicional. SeGunda. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para el'ec:tos fiscales et "Prestador de SeNlcios" debera presentar la o las facturas a nombre de la "Suprema Corte· según consta en la cédula de idenüíscaci6n fiscal, expedida por la Secretarla de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, Indicando el domiclllo se"alado en la declaraclón 1.4 de esle instrumento y demás requisitos fiscales a que haya lugar, copia del presente Instrumento contractual y la acredilaclón de que los servicios se recibieron a entera salisfaccl6n. Tercera. Modificaciones de este Instrumento. Las condiciones pactadas en el IJ(esente Instrumento podrán ser objeto de modif1Cacl6n en términos de lo previsto en los artk:ulos 12, fracción XXII y 143 del referido Acuerdo General Vl/2008. Cuarta. Inexistencia de relación laboral. El "Prestador de Servicios", como empresario y palrón del personal que ocupe para los servicios profesionales materia de este contrato, será el unleo responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demas ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad soclal. por lo que responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o de la -Suprema Corte•, en relacl6n con los servicios molivo de este contrato. La ·suprema Corte• estará facultada para requerir al "Prestador de Servicios' los comprobantes de afiliación a sus trabajadores al IMSS, asf como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores del ·Prestador de Servicios", ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de la ·suprema Corte•, el 'Prestador de Servicios· deberá reembolsar la totalidad de los gastos que erogue la ·suprema Corte" por concepto de traslados, viáticos. hospedaje transportación, alimentos y demás Inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a la ·suprema Corte" de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaren a ocasionar podra ser deducidos por la "Suprema Corte" de las facturas que se encuentren pendientes de pago, Independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer. Quinta. Pena Convencional. Las penas convencionales serán detennlnadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. en función del lncumpMmiento decretado, conforme lo siguiente: En caso de incumplimlento en cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente Instrumento contractual, la "Suprema Corte· aplicará al "Prestador de Servicios". en fonna proporcional, una pena convencional hasta por un 10% (diez por ciento) del monto que corresponda al valor de los servicios, sin incluir Impuestos, que no se hayan prestado, o bien, no se hayan recibido a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justk:la de la Nación. En caso de Incumplimiento en el plazo de la prestación de los servicios pactado en el presente contrato, se aplicará al "Prestador de Servicios" una pena convencional por los atrasos que le sean imputables, equfvalente al monto que resulte de aplicar el 1 O al millar por cada dla natural de retraso, a la cantidad que Importen servicios no prestados en el plazo establecido, lo que no podrá exceder del 10o/e (diez por ciento) del monto que corresponda al valor de los servicios, sin Incluir Impuestos, que no se hayan prestado, o bien. no se hayan recibido a entera satisfacción de la ·suprema Corte•.

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En caso de lncumpllm4ento en el plazo de enlrega pactado en el presente contrato, se apllcará al Prestador de Servicios, una pena convencional por atrasos que le sean Imputables, equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 ar mlllar por cada dla natural de retraso, a la cantidad que Importen servicios no prestados en el plazo establecido, lo que no podra exceder del 1~/. (diez por cienlo) del monto total de los setvlclos no prestados en el plazo establecido, sin incluir et Impuesto al Valor Agregado. El "Prestador de SeNlclos" responsable del incumplimiento se hará acreedor a las penas convencionales previstas en los párrafos que anteceden, con independencia de que se hagan electivas las garantias otorgadas. las penas podran descontarse de los montos pendientes de cubrir por parte de la ·suprema Corte· al "Prestador de Servicios· y, de ser necesario, ingresando su monto a la Tesorería de este Alto Tribunal. Sexta. Subcontrataclón. La Suprema Corte de Justicia de la Nación manillesta que no se permite la subcontrataclón. Para los efectos de esta contratación, se entiende por subtontratación el atto mediante el cual el "Prestador de Servicios" encomienda a otra persona fislca o jurldlca, la ejecución parcial o total del objeto del contrato. Séptima. Rescisión. Queda expresamente convenido que la "Suprema Corte• podra dar por rescindido et presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial. en caso de que el "Prestador de Se1Vlcios" deje de cumplir cualquiera de las obllgaclones que asume en esle contrato por causas que le sean Imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercanm o llquidaclón. Antes de declarar la rescisión, la ·suprema Corte" notificara por escrito las causas respectivas al "Prestador de Servicios· en su domicilio seilalado en la declaración 11.4 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, olorgandole un plazo de quince dlas hablles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime conveniente y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de la "Suprema Corte" determinará sobre la procedencia de la rescisión, lo que se comunicará al "Prestador de Se1Vicios· en su domlclUo seilalado en la declaración 11.5 de este instrumento. Octava. ConfldenclaHd8d. La documentación que se proporcione al "Prestador de Servlck>S" con motivo de la celebración de este contrato, es propiedad de la ·suprema Corte", por to que el "Prestador de Servicios", por sf o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato obtenido de los se¡yfcios o trabajos prestados a la primera. Novena. Supuestos de terminación de contrato, diversos a la resclalón. El presente contrato podra darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas, o razones de Interés general, en términos de lo previsto en los artlculos 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Administración Vl/2008. Decima. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales. Las partes estan de acuerdo en que el presente instrumento consUtuye Información publica en términos de lo dispuesto en los artlculos 1•. 70, 113y116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la lnfonnación Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podran realizar su consulta. De conformidad con lo establecido en el Articulo 71 del Acuerdo General de la Comlslón de Transparencia, Acceso a la Información Publica Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a tos órganos y procedimlenlos para tutelar en el ambito de este Tribunal los derechos de acceso a la Información a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el articulo 6' Consllluclonal, et ·Prestador de Servicios· se obliga a guardar secreto y a no dlvulgar por ningún medio, aun electrónico, ni por conferencias y/o Informes tos datos personares a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de Incumplimiento la "Suprema Corte· podra exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este Instrumento, por concepto de pena convencional. Décima Primera. Resolución de controversias. Para efecto de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, el "Prestador de Servicios" se somete expresamenle a las decisiones del Tribunal Pleno de la "Suprema Corte• renunciando a cualquier fuero que en razón de su domlcllfo teoga oJ!egare a tener, de conformidad con lo indicado en el articulo 11, fracción XX. de la ley Organlca del Poder Judicial de la Federación. las partes acuerdan que cualquier nollflCatión que tengan que realizarse de una parte a otra, se realizará por escrito en el domlcUio que ha sellalado en las declaraciones 1.4y11.5 de este Instrumento.

RECEPCK'>N Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRA TO SIMPLIFICADO POR EL PREST AOOR DE SERVICIOS

Nombre Firma Fecha

OGMIAPRJC~ OGRM·CPS.ANEXO

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HIDROSTATICADE EXTINTORES

Anexo 5

PROYECTO DE FIANZA DE CUMPLIMIENTO

"- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por la cantidad de$[ ],[ ].[] ( (pesos] 00/100 [M.N.]), y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse los servicios contratados o el plazo pactado para garantizar, por parte de [ J, con domicilio en [ ], el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número [ ] celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con un monto total contratado que asciende a la cantidad de$( ],[ ].[] ( [pesos] 00/100 [M.N.]), más el Impuesto al Valor Agregado.

"la afianzadora" expresamente declara que: - la presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el ·Acuerdo General de Administración Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal" y en el contrato número [ ], celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y [ ], con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de [ ], relativo a [ ], con un monto contratado por la cantidad de $[ ],[ ).[] ( [pesos] 00/100 [M.N.]), más el Impuesto al Valor Agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas e_n_el contrato número [ ]. - La preseñfe fianzatendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los servicios, materia del contrato de referencia, hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; sólo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número [ ], la fianza otorgada por [ ], tendrá plena vigencia durante la substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - En caso de incumplimiento contractual de [ ], la Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de Ja Federación podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 279 y 282 de la ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. - la presente fianza podrá ser liberada a [ ], siempre y cuando Ja Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - la presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como el pago de penas convencionales a que se haga acreedor [ ], pagos en exceso y los intereses que correspondan por los mismos. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que, en su caso, llegare a suscribirse, o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento en el monto o plazo de ejecución, la fianza cubrirá hasta un 20% adicional al originalmente pactado.

OGM/APRJrf~

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CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, RECARGA Y PRUEBA HIOROSTÁTICA DE EXTINTORES

- Para la interpretación y cumplimiento de las cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza, asl como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el articulo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón del domicilio tenga o llegare a tener."

OGWAPRJr(r:J}ltln DGRM·CPS.ANEJ<O