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Planes de acción tributaria COVID - 19 Elaborado por: Roger Román Sánchez Olga Viviana Tapias Sandra Liliana Gutiérrez

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Planes de acción tributaria COVID-19

Elaborado por:

Roger Román SánchezOlga Viviana TapiasSandra Liliana Gutiérrez

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Planes de acción

TRIBUTARIA Contratos Aduanero y cambiario

El contenido de este Webinar fue preparado con la normatividad vigente al día 16 de abril de 2020. Russell Bedford y INCP no se hacen responsables por el contenido de este Webinar frente a los cambios normativos o interpretación que se realicen posterior a esta presentación.Nada de lo contenido en este Webinar debe considerarse como asesoría profesional o consejo legal, para tal efecto se debe consultar con sus asesores en la materia.

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TÉRMINOS

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4

Estado de emergencia. D 417/2020 Hasta 17 de abril

Emergencia sanitaria. Res 385/2020 Minsalud. Hasta 30 Mayo

Aislamiento obligatorio. D 457/ 2020 Y D 531/2020 Hasta 27 de abril

ALGUNOS TÉRMINOS

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DERECHO TRIBUTARIO

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D 520 6 de abril de 2020- Nuevos plazos impuesto de renta (DIAN Oficio 411 de 2020)

Grandes contribuyentes (GC)

• 20% del valor pagado en el año 2018

• Del 11 al 24 de Febrero de 2020 Cuota 1

• 45% del valor a pagar del año 2018

• 21 Abril hasta 5 de MayoCuota 2

• Saldo a pagar. • 9 de Junio y 24 de Junio

Presentación y pago 3

cuota

Interpretación Oficial

1) Si proyecta saldo a favor, no deberá liquidar la segunda cuota.

2) Si ya presento la declaración de renta deberá

Del valor a pagar, restará la primera cuota, y el saldo se pagará: 50% en la cuota 2 y el restante en la cuota 3.

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D 520 6 de abril de 2020- Nuevos plazos impuesto de renta (DIAN Oficio 411 de 2020)GRANDES CONTRIBUYENTES (GC)

Supuestos

(1)Valor a pagar 2019 mayor al

2018

(2)Menor valor a

pagar en el año 2019

(3)Saldo a favor en el

2019, valor pagado en 2018

(4)Valor a

pagar 2019 con saldo a favor 2018

(5)Valor a pagar 2019 mayor a

2018, declaración presentada

Valor pagado 2018 $ 1.000 $ 1.000 $ 1.000 $ - $ 1.000

Valor a pagar 2019 $ 2.000 $ 500 $ 0 $ 2.000 $ 2.000

Cuota 1(11 al 24 de febrero) $ 200 $ 200 $ 200

Cuota 2(21 de abril al 5 de Mayo) $ 450 $ 300 $ 900

Cuota 3 y Presentación(9 al 24 de Junio) $ 1.350 $ 2.000 $ 900

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D 520 6 de abril de 2020- Nuevos plazos impuesto de renta (DIAN Oficio 411 de 2020)

Personas Jurídicas (PJ)

• 50% del valor a pagar del año 2018

• 21 Abril hasta el 19 de Mayo

Cuota 1

• Saldo a pagar. • 1 de Junio al 01 de Julio

Presentación y pago 2

cuota

Interpretación Oficial

1) Si proyecta saldo a favor, no deberá liquidar la segunda cuota.

2) Si ya presento la declaración de renta deberá

Pagar el 50% de la primera cuota de acuerdo a la declaración de renta del año 2019.

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D 520 6 de abril de 2020- Nuevos plazos impuesto de renta (DIAN Oficio 411 de 2020)

PERSONA JURÍDICA (PJ)Supuestos

(1)Valor a pagar 2019 mayor

al 2018

(2)Menor valor a

pagar en el año 2019

(3)Saldo a favor en

el 2019, valor pagado en 2018

(4)Valor a pagar

2019 con saldo a favor

2018

(1)Valor a pagar 2019 mayor al

2018, Declaración presentada

Valor pagado 2018 $ 1.000 $. 1.000 $ 1.000 $ - $ 1.000

Valor a pagar 2019 $ 2.000 $ 300 $ 2.000 $ 2.000

Cuota 1(21 de abril al 19 de Mayo) $ 500 $ 300 $ 1.000

Cuota 2 y Presentación(1 Junio al 01 de Julio) $ 1.500 $ 2.000 $ 1.000

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Forma de liquidación de cuota (1)

10

Paso 1, ingresar al diligencia y presentar, Formulario 110

Paso 2, Asignar el año 2019

Paso 3, seleccionar ”Pago Cuotas”

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Forma de liquidación de cuota (2)

11

Paso 3, seleccionar ”Pago Cuotas” Paso 4, elegir cuota 1 PJ y cuota 2 GC

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Declaración de activos en el exterior.

12

GC9 al 24

de Junio

de 2020

PJ1 de

junio al 1 de Julio

Ley 2010/19, establece la oportunidad de presentar

las declaraciones de activos en el exterior de periodos

anteriores con sanción reducida del 0,1% antes de emplazamiento y 0,2% con

emplamiento, sin que exceda el 2% de la

declaración

30 de Abril de 2020

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13

Recomendación

Proyecte la declaración de renta antes del vencimiento de la segunda cuota.

Si es menor el valor del 2019 a pagar que el de 2018, presente la declaración en la segunda cuota sea GC o PJ

Si genera saldo a favor presente lo antes posible la declaración y solicite el saldo a favor si lo considera viable.

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Alternativas de reducción anticipo impuesto de renta.

14

• Art. 808 – causas ajenas a la voluntad de los contribuyentes se permita preveer una disminución de rentas

Facultad General

• 15% de reducción de ingresos en los tresprimeros meses

• 25% de reducción de ingresos en los 6 primeros meses

Autorización de reducción en casos

individuales (Art. 809)

Solicitud

Aportar las pruebas

necesarias

Certificador de contador y/o revisor fiscal

DIAN

Determinará por resolución

especial el monto del anticipo

No obtener respuesta en dos meses, silencio administrativo

Ver circular No 044 del 01 de Junio de 2009 Emitida por la DIAN

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IVA E IMPUESTO AL CONSUMO

Expendio de comidas preparadas

Expendio de bebidas alcohólicas para consumir en

el establecimiento

Agencias de viaje

Operadores Turísticos

Permite pagar (no declarar) hasta el 30

de junio el IVA y el Impuesto Nacional

al Consumo del bimestre marzo-abrily cuatrimestre enero-

abril

D. 435 - Ampliación de Plazos

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D. 401 - Ampliación de Plazos

Transporteaéreo comercial

de pasajerosHoteles Actividades

teatralesEspectáculos en

vivo

Grandescontribuyentes

pago de 2dacuota renta hasta

el 31 de julio y 3ra cuota hasta

31 de agosto

No grandescontribuyentespago 1ra cuota

renta hasta el 31 de julio y pago

2da cuota hasta 31 de agosto

Pago IVA 2dobimestre o 1ercuatrimestre

hasta el 30 de junio de 2020

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Ampliación Plazos

Decreto 397 -Presentación y pago

Contribución Especial del Turismo primer

timestre hasta el 29 de Julio

Decreto 438 -Ampliación plazo

actualización registroweb Régimen Tributarioespecial hasta el 30 de

junio

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Renovación registro mercantilA través del decreto 434 del 19 de marzo de 2020, se amplía el plazo para renovar registro mercantil entre otros.

Renovación matricula mercantil

RUNEOL y demás registros que integran el RUES

Renovación afiliación cámara de comercio

Renovación del registro único de proponentes

Hasta el día tres (3) de julio de 2020

Más tardar quinto (5) día habil de julio de 2020 (7 Julio 2020)

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Nuevos plazos para la presentación de estados financieros a la Superintedencia de Sociedades

A través de la Circular Externa 100-007 del 08 Abril de 2020 se amplia los plazos para el envió de estos financieros como sigue:

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“Quien sobrevive no es el más fuerte ni el más inteligente, sino el que se adapta mejor al cambio”

- Charles Darwin

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Nuevo listado de bienes exentos sin derechos a devolución y/o

compensación

21

D 438/2020

Equipos médicos

Importación y venta en el territorio nacional

Vigente hasta el estado de excepción (17 Abril de

2020)

No otorga derecho a devolución

Rendir informes, incluir en la factura

D 540/2020

Exentos de IVA servicios de voz e internet < 2 UVT ($

71.214)

Periodo de cuatro meses a partir del 13 de abril

D 551/2020

211 Elementos de salud y aseo (Tapabocas)

Importación y venta en el territorio nacional

Vigente hasta la emergencia sanitaria (30

Mayo)No otorgar derecho

devolución y/o compensación

Rendir informe e incluir en la factura

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D 558 del 15 de abril 2020, Reducción aporte seguridad social

22

Cálculo

Aportes a Pensión

D 558 / Abril 20203% del IBC

Aporte Empleador3% x 75% =

2.25%

Aporte empleado

3% x 25% = 0,75%

Art. 20 Ley 100/9316% del IBC

Aporte empleador

16% x 75% = 12%

Aporte empleado

16% x 25%= 4%

Sólo aplica para cotización de abril

(mayo) y mayo (Junio) de 2020

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D 560 15 de abril de 2020, Empresas en reorganización empresarial (RE)

23

Empresas admitidas, hayan celebrado o se encuentren ejecutando un proceso RE, contarán con los siguientes beneficios

• No sometidos a retención• No aplica Autorretención• No obligados a renta presuntiva año

2020• No sujetos anticipo de renta

Renta• Estarán sujetos a retención de IVA

por el 50% • La retención deberá ser aplicada por

todos los agentes retenedoresIVA

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D 575 15 de Abril de 2020 – Medidas económicas para la industria de transporte aéreo

24

RentaAcceso a régimen de

Mega Inversión

Inversión 2.000.000 UVT ( $ 71.214.000)

IVALa Gasolina de aviación Jet A1 y/o

Gasolina de aviación 100/130 Nacionales gravados al 5% de IVA

Servicio de transporte aéreo gravado con tarifa del 5%

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D 568 del 15 de Abril de 2020- Impuesto solidario

25

Hecho generador. El abono en cuenta de salarios, honorarios mensuales y pensiones superior a $ 10 MM

El salario incluye está la asignación básica de salario, gastos de representación, primas o

bonificación

Se excluye las prestaciones sociales ni los beneficios salariales que reciben mensual a

anualmente.

Sujeto PasivoServidor público (Ejecutivo, legislativo,

Judicial, Departamento, alcaldía, registraduría…)

Los pensionados con megapensiones

Salario, honorarios y pensión igual o superior a $ 10 MM.

No Sujetos aquellos que están expuestos al COVID-10

Impuesto Solidario (01 Mayo al 31 de Julio de 2020)

Destinación especifica a inversión social

Servidores públicos con ingresos igual o superior a $ 10 MM y Mega pensiones

El impuesto será Ingreso no constitutivo de trabajo ni ganancia ocasional

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D 568 del 15 de Abril de 2020- Impuesto solidario

26

Procedimiento

Se paga en retención en la fuente Procedimiento del impuesto de renta

Tarifa

Tarifa escalonada Inicia desde 15% al 20%

Causación

Por abono y pago de salarios, honorarios y pensión

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DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN

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Generalidades

28

Es un derecho delcontribuyente, que seproduce por excesos enla declaracionestributarias,

1. Definición

2. Forma de recuperación

Devolución

Compensación

Imputación

Es un derecho delcontribuyente, que se producepor excesos en la declaracionestributarias,

3. Termino para solicitud de devolución

4. Tipos de derecho

Saldo a favor

Pagos en exceso

Pago de lo no debido

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Requisitos para solicitar la devolución

29

Certificado de existencia y representación (no mayor 1 mes)

Certificado de cuenta bancaria (No mayor a 1 mes)

Poder si lo adelanta alguien diferente al representante.

Garantías, cuando se presenta con póliza

RUT Actualizado

Certificado histórico de representante legal y revisor fiscal (Algunos casos)

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Quienes pueden solicitar devolución y compensación

30

Renta

• PJ• PN

IVA

• Art 481 ETN• Art 477 ETN• Parágrafo

815 ETN

Diplomáticos

• IVA

Los contribuyentes diferentes a los contemplados en los terminos anteriores, podrán imputar el saldo a favor en la declaración siguiente del mismo impuesto.

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Procedimiento general

31

• 2 Años desde el vencimiento para declarar (General)

Término

• 50 días• 20 días con garantía• 90 días si la autoridad

fiscal suspende.

Solicitud •Devolver•Requerimiento especial•Respuesta (3 meses)•Liquidación oficial de revisión (6 meses)•Recurso de reconsideración (2 meses)•Recurso de reconsideración (1 Año)•Demanda de nulidad (4 meses)

DIAN

OEA 30 días

30 días bienes exentos del art 477

30 días responsables de bienes y servicios 5%

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Solicitud de IVA, términos especiales

32

Devolución Bimestral para los Bienes

Exentos (Art. 481 del E.T.)

Devolución una Vez al Año para los bienes y servicios gravados al

5% (Arts. 468 – 1 y 468 – 3 E.T.)

Devolución dos veces al Año para los

Productores de Bienes Exentos (Art. 477 E.T.)

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Procedimiento general impuesto de renta.

33

Formato 010 “Solicitud de Devolución”

Formato 1220 “Relación de Retenciones en la

Fuente”

Formato 1391 “Información de Poder o

Mandato”

Certificado Histórico de Representante Legal y/o Revisor Fiscal (Cuando

Aplique)

Formato 1385 “Información de la

Garantía”

Formato 1668 “Información constancia

titularidad cuenta bancaria”

Relación de Costos y Gastos declarados en la

solicitud y que componen el arrastre.

(No tiene prevalidador)

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Procedimiento general de IVA

34

Formato 010 “Solicitud de Devolución”

Certificado Histórico de Representante Legal y/o Revisor Fiscal (Cuando

Aplique)

Formato 1668 “Información constancia

titularidad cuenta bancaria”

Formato 1391 “Información de Poder o

Mandato”

Formato 1385 “Información de la

Garantía”

NOTA: En el caso del Impuesto de IVA; los formatos

para soportar los requisitos especiales cuando se trata de solicitudes de devolución y/o

compensación de productores de bienes exentos,

exportaciones, retención por IVA y proveedores a

sociedades de Comercialización

Internacional se pueden consultar en el portal

institucional de la DIAN

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35

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36

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Decreto 1422 de 2019 (No está operativo)

37

A la fecha no está operando esté sistema.

Requisitos

No representen riesgo para la DIAN Más del 85% de costos, gastos e IVA descontable provengan de facturación

electrónica con validación previa

Devolución automática

Devolución dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de radicación

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Solicitud de devolución D 535 de 2020- COVID-19

38

Res. DIAN 030 29 marzo 2020

Reanudación de términos para algunos servicios, entre estos

devolución

D 535 10 de Abril 2020

Procedimiento abreviado para

solicitud de devolución

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1. Saldos a Favor

Impuesto Sobre la Renta

Impuesto sobre las Ventas

ü No sean calificados deriesgo Alto. Por la DIAN

Dentro de los 15 días siguientes a la

ü TérminoHasta tanto permanezcavigente la emergencia. 30 deMayo.

15

D 535 10 de Abril de 2020Procedimiento abreviado

A la fecha de presentación de la solicitud de devolución y/o compensación.

Oportunamente y en debida forma

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22

Art. E.T

No es aplicable lo establecido en parágrafo 5 del Art. 855 del E.T.Para las devoluciones automáticas.

DIAN

Facultades

Calificación Riesgo alto

Solicitud de devolución y/o compensación

Clasificación de los sujetos

Parametrización del Sistema de Devoluciones

Dirección Seccional

Suspender el proceso y los términos de

devolución y/o compensación

Devolver

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1.1 Hasta tanto permanezca vigente laemergencia.

Se suspende Demás casos

ü En aquellos casos en los quecon los elementos objetivos,historial del contribuyente einformación disponible, seaviable identificar un riesgo defraude fiscal y/o riesgoespecífico frente a la solicitudparticular. Lo anterior sinnecesidad de enmarcarsedentro alguno de los hechosdefinidos en el artículo 857-1del Estatuto Tributario.

Devolver.1.2

ü Informar a Fiscalización Tributaria.ü Control Posterior.ü Termine la Vigencia de la

Emergencia.

Suspensión de la Devolución

ü IVA universidadesü IVA VIS y VIPü Pago en excesoü Pago de lo no debido.

No incluye

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23

Art. E.T

Solicitudes de devolución

10 de abril en adelante

Procedimiento abreviado

ü DI Control inicial a Devoluciones.ü Etapa Fiscalización Tributaria

Se regresan para procedimiento abreviado en Devoluciones .

1.

2.Suspendida las actuaciones hastavigencia de la emergencia.

Clasificación de los sujetos

ü Suspensión de terminos (90 días)ü Etapa Fiscalización Tributaria

ü Decreto 491 28 de marzo.ü Resolución 30 29 de marzoü Resolución 31 3 de abril2020

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2

Art. No es necesario anexar relación de costos, gastos ydeduccionesPresentación

Dentro de los treinta días calendario (30) siguientes al levantamiento de la Emergencia Sanitaria o su prórroga. Modifica.

ü requisito que se establecióen el art. 3 deldecreto1422 del 6 deagosto de 2019,

ü Sin que medieRequerimiento deinformación.

ü El no hacerlo Aplicaciónartículo 651 del E.T.

2.1

2.2El artículo 3 modificó elartículo 1.6.1.21.14. delcapítulo 21 título l parte 6 dellibro 1 del Decreto 1625 de2016, Único Reglamentarioen Materia Tributaria

Relación de Costos, Gastos y Deducciones

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Procedimiento sin firma electrónica.Conforme parágrafo 2 Resolución 030 de 2020.

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Agendamiento cita (Solo para) Bogotá, Medellín Cali, Bucaramanga GC

RadicaciónSe envía al buzón

determinado por la DIAN

Soportes en formato PDF

máximo 20 MB por envió

Asunto: Solicitud devolución – Razón social – NIT- Envió

No- Fecha

RespuestaEl funcionario debe

responder informando:

1) Confirmación de recibido

2) No de radicado

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Régimen sancionatorio por devolución improcedente.

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10% del valor devuelto y/o compensado en exceso, corregido de forma voluntaria, más los

intereses de mora.

20% del valor devuelto y/o compensado en exceso cuando la DIAN modifica o rechaza el saldo a

favor, más los intereses de mora

100% cuando la DIAN detecte fraudes o falsedad, aplica responsabilidad solidaría RL, RF y contador. Podrá compulsar copias a la fiscalía cuando supere

más de 250 SLMV

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Recomendación.

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Seguridad en la solicitud del saldo a favor.

Enviar el formato de costos y gastos del impuesto de renta dentro de la solicitud.

Compensación con impuestos vencidos del año 2020, si corresponde a saldo a favor en renta del año 2019.

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Contacto

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Roger Román Sánchez

Socio-Tributario y legal

3176901553 [email protected]

Olga Tapias García

Gerente – Tributario y Legal

3167519823 [email protected]

Sandra Gutiérrez

Acting Manager –Tributario y legal

3208957312 [email protected]

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“Si miras bien, la mayoria de éxitos tomaron mucho tiempo”

- Steve Jobs