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Situ
ació
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Sist
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púb
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pro
pues
tos
1
Partiendo del cruce de la carrera 49 con la calle 67 – Barranquilla-, en sentido oriente occidente hasta la carrera 50, por esta en sentido sur norte hasta la calle 71. Por esta en sentido oriente occidente hasta en-contrar la carrera 51, por esta en sentido sur norte hasta la calle 73, por esta en sentido occidente oriente hasta la carrera 50, por esta en sentido norte sur hasta la calle 72ª, por esta en sentido occidente oriente hasta la carrera 49, por esta en sentido norte sur hasta la calle 67, punto de partida.
ÁREA BRUTA: Es el área total del lote objeto de una actuación urbanística o área del polígono en caso de un desarrollo mediante plan parcial.
ÁREA NETA: corresponde al área resultante de descontar del área bruta, las vías existentes, espacios públicos y equipamientos existentes. También se descontarán las Áreas de Manejo Especial definidas por el plan parcial.
ÁREA ÚTIL: Es el área resultante de restarle al área neta, el área correspondiente a las zonas de cesión obligatoria para vías espacio público, equipamientos propios del proceso de urbanización y áreas de conservación y protección de los recursos naturales y paisajísticos.
DENSIDAD HABITACIONAL: Es la cantidad máxima de unidades de vivienda por hectárea que se define para un territorio y se fija de manera diferencial para cada polígono.Se aplica sobre área neta para todos los polígonos de tratamiento.
ÍNDICE DE CONSTRUCCIÓN (I.C): Es el número máximo de veces que la superficie de un lote puede convertirse por definición normativa en área construida, y se expresa por el cociente que resulta de dividir el área permitida de construcción por el área del lote. Se calcula sobre área bruta.
ÍNDICE DE OCUPACIÓN (I.O): Es la porción del área de suelo que puede ser ocupada por la edificación en primer piso bajo cubierta, y se expresa por el cociente que resulta de dividir el área que puede ser ocupada por edificación en primer piso por el área total del lote. Lo anterior, sin detrimento de los retiros establecidos por las normas.
ÁREA DE MANEJO ESPECIAL (AME): Son sectores al interior de un área a desarrollar mediante plan parcial y/o macroproyecto, cuya conformación urbanística es diferente al resto del polígono. Así mis-mo los desarrollos constructivos al interior de estas áreas presentan un alto nivel de consolidación y por lo tanto, los posibles desarrollos constructivos son limitados. En este sentido, su asignación nor-mativa será diferencial a la del resto del polígono, en ningún caso superará la norma definida para el mismo, su delimitación se hará en el marco del plan parcial y/o macroproyecto.
UNIDAD DE ACTUACIÓN URBANÍSTICA (UAU): Corresponde a un área conformada por uno o varios inmuebles. Unidad de planeamiento con el objeto de promover el uso racional del suelo, garantizar el cumplimiento de las normas urbanísticas y facilitar la dotación con cargo a sus propietarios, de la infraestructura para el transporte, los Servicios Públicos Domiciliarios y los equipamientos colectivos mediante reparto equitativo de las cargas y beneficios. UNIDAD DE REACTIVACIÓN (UR): Según lo definido por el Decreto 075 de 2013 las Unidades de Reactivación corresponden a las zonas en las cuales se promueve el cambio de las estructuras cons-truidas al interior de los predios con el fin de promover la redensificación de los sectores. Para estas áreas, el presente Decreto que adopta los Planes Parciales de la Subzona 2 del Macroproyecto Rio-Centro establece la norma general de usos, aprovechamientos y obligaciones, acompañadas de unas directrices que aseguran la continuidad volumétrica, de retiros y del paramento para conformar un trazado urbano continuo, con lo cual se permite el desarrollo individual de los predios, mediante la expedición de licencias de urbanismo, sin perjuicio del aporte que se defina para estas en el marco del reparto equitativo de cargas y beneficios. Localización del polígono
Norma general del polígono
Área bruta 8.50 ha
5.13 ha
1
2,74
300 viv/ha
50
24 UAU
0 UR
1 AME
En plataforma 90% del área útil
Área neta
I.C Base
Índice de ocupaciónmáximo
I.C Adicional (POT)
Densidad base
Densidad adicional
U. de reactivación
U. de actuación
Á. manejo especial
ConvencionesSituación actual del polígonoDelimitación polígono de tratamiento
Áreas de manejo especial
Subsistema de equipamientos colectivos existentes Vías existentes Área Neta
Espacio público de esparcimiento y encuentro existente
Delimitación polígono de tratamiento
Áreas de manejo especial
Subsistema de equipamientos colectivos propuestos Área Útil
Espacio público de esparcimiento y encuentro proyectado
ConvencionesSistemas públicos propuestos
Glosario general Acuerdo 048 de 2014 - Decreto 0075 de 2013
Código Polígono: Z1_R_10 Nombre: PLAN PARCIAL SAN PEDRO Macroproyecto Ríocentro
2
Áreas de manejo especial
SP 1 AME PN
Nombre: PLAN PARCIAL SAN PEDRO Código Polígono: Z1_R_10Macroproyecto Ríocentro ÁREAS DE MANEJO ESPECIAL -AMEs
Convenciones Unidades de Actuación y Áreas receptoras de cargas
Código Área Neta Área Útil UAU/AR SP1B 3.675 2.015 UAU
SP1A 2.589 1.263 UAU
SP7A 1.122 975 UAU
SP7D 1.079 1.003 UAU
SP7B 1.209 1.050 UAU
SP7C 955 896 UAU
SP8D 1.082 1.000 UAU
SP8A 1.156 1.050 UAU
SP8B 973 839 UAU
SP8C 1.109 965 UAU
SP9B 1.175 1.035 UAU
SP9A 1.153 1.080 UAU
SP9C 1.281 1.127 UAU
AMES DEFINIDAS POR PREEXISTENCIA NORMATIVA (AMES PN):Estas Áreas de Manejo Especial están relacionadas con preexistencias normativas, producto de otros instrumentos de planificación previos que han delimitado sectores al interior de los planes parciales en formulación, asignándoles usos y aprovechamientos que comprometen estas áreas y que las escinden del ejercicio de reparto de cargas y beneficios del nuevo Plan.
En el presente Decreto para la Subzona 2 Distrito Medellinnovation se define la normativa aplicable para cada una de las AMEs que se presentan a continuación.
Código Área Neta Área Útil UAU/ AR SP10 AR 5.442 0 AR
SP11A 1.850 1.505 UAU
SP11B 1.674 1.577 UAU
SP12C 2.017 750 UAU
SP12B 2.720 1.225 UAU
SP12A 1.746 1.184 UAU
SP13A 1.727 696 UAU
SP13E 1.028 400 UAU
SP13B 3.466 1.379 UAU
SP13C 2.018 1.085 UAU
SP13D 1.237 935 UAU
SP32A 6.576 3.852 UAU
SP32 AR 1.254 0 AR
Delimitación polígono de tratamiento
Unidad de Actuación urbanística (UAU)
Área receptora de carga (AR )
Área de manejo especial por preexistencianormativa ( AME PN )
Código de identificación 1
Código AME Referencia
CBML Tipología/ Categoría
PROPUESTA NORMATIVA Dirección
SP 1 AME PN
Suelo de cesión para
equipamiento de PP Sevilla
04070210005
1 / A
Esta manzana será comprada y adecuada en su totalidad como equipamiento deportivo por parte del plan parcial de Sevilla. Su nor-mativa se ajusta a lo establecido por el POT para este tipo de equipamientos. Dado que es un suelo objeto de cesión.
Cra 51 con Calle 71.
Barrio Sevilla
04070210014
04070210022
04070210023
04070210016
04070210013
04070210029
Código AME Referencia CBML Tipología/
CategoríaPROPUESTA NORMATIVA Dirección
SP 1 AME PN
Suelo de cesión para
equipamiento de PP Sevilla (Plan Parcial
Sevilla. Decreto 0674
de 2010)
04070210020
1 / A
No se le asigna aprovechamien-tos y obligaciones, sino que se mantiene su dependencia acorde con lo establecido por el PP Sevilla en el Decreto 674 de 2010.
Su norma volumétrica y crite-rios para la implementación y diseño, serán los determinados para los equipamientos de la subzona 2 Distrito Mede-llinnovation, adoptados en el presente Decreto.
Cra 51 con Calle 71.
Barrio Sevilla
04070210011
04070210026
04070210001
04070210004
04070210025
04070210015
04070210003
04070210002
04070210031
04070210007
04070210030
04070210019
04070210008
04070210010
04070210028
04070210017
04070210024
04070210021
04070210027
04070210012
04070210009
04070210018
AMES PN : Áreas de Manejo Especial por Preexistencia Normativa.SP: San Pedro
SP 1 AME PNÁrea de manejo especial por preexistencianormativa
DELIMITACIÓN DE UNIDADES DE ACTUACIÓN URBANÍSTICA Y ÁREAS RECEPTORAS DE CARGAS
Convenciones Áreas de Manejo Especial
Unidades de Actuación Urbanística y Áreas receptoras de cargas
*ver plano con mayores dimensiones en la página 7
SP 1 AME PN
3
Unidad
Aprovechamientos
Uas VIS VIP
TOTALES CARGAS
INTERNAS [m²]
TOTALES APORTES
ADICIONALES (Cargas
EXTERNAS ) [ m² ]
IC Densidad
SP 11A 3,8 385 7.348 9 11 345 2.195
SP 11B 4,3 417 7.442 9 11 96 3.123
SP 12A 3,7 380 6.547 8 10 562 2.324
SP 12B 3 351 7.902 12 15 1.494 2.077
SP 12C 2,6 321 5.082 8 10 1.268 80
SP 13A 1,6 156 2.846 3 4 1.030 0
SP 13B 3 373 9.671 16 20 2.086 3.524
SP 13C 3,5 413 6.943 11 13 933 2.774
SP 13D 5,2 439 7.273 7 9 302 2.858
SP 13E 2 209 2.127 3 3 627 92
SP 1A 3,6 320 10.343 10 13 1.326 4.081
SP 1B 3,6 307 15.117 14 18 1.657 4.720
SP 32A 4,2 427 29.543 35 44 2.708 6.076
SP 7A 2,2 321 2.183 5 6 147 501
SP 7B 2,2 315 2.327 5 6 159 526
SP 7C 2,4 356 2.036 4 5 60 427
SP 7D 2,3 341 2.235 5 6 75 198
SP 8A 2,3 330 2.326 5 6 107 183
SP 8B 2,3 336 1.949 4 5 134 466
SP 8C 2,2 323 2.168 5 6 144 502
SP 8D 2,3 341 2.235 5 6 81 345
SP 9A 2,4 347 2.421 5 6 73 156
SP 9B 2,2 321 2.299 5 6 140 208
SP 9C 2,2 312 2.462 5 6 154 557
TOTALES 4,4 189 142.824 198 247 15.708 37.993
VIVIENDA VIS Y VIP
Nota 1. La cantidad de metros cuadrados correspondiente a la obligación de generación de vivienda VIS y VIP aparece contenida en la tabla anterior. El cálculo final de la obliga-ción de generación de estos tipos de vivienda, dependerá de los metros cuadrados de vivienda efectivamente licenciados y de las proporciones de la obligación de generación de vivienda VIS y VIP determinados en los Artículos 324º y 325º del Acuerdo 048 de 2014.
Nota 2: El escenario planteado por el presente reparto simula el 100% de la exigencia de VIP en unidades de vivienda construidas al interior de la subzona 2 Distrito Medellinno-vation, sin embargo, este escenario no es obligante, el Operador Urbano o gestor de cada Unidad de Actuación Urbanística, podrá determinar la forma de pago de dicha exigencia en los términos del presente Decreto.
Nota 3: El área por tipo de vivienda contenida en la simulación urbanística y financiera del Documento Técnico de Soporte, responde a un escenario planteado por el reparto de cargas y beneficios del plan parcial. El desarrollador de la unidad de actuación urbanística podrá definir el tamaño de cada vivienda, sin superar la edificabilidad máxima en usos residenciales asignada por el presente Decreto a cada unidad. Así mismo, el área de las viviendas por cada tipología, no podrá ser menor a las establecidas en el artículo 370 del Acuerdo 048 de 2014.
CONVERTIBILIDAD DE USOS
Para permitir una mayor flexibilidad a los desarrollos constructivos al interior de los planes parciales, se permitirá la convertibilidad de edificabilidad a partir de las Unidades de Aprovechamientos por uso equivalentes asignadas a cada polígono, unidad de actuación urbanística o unidad de reactivación incluidas en ellos. La convertibilidad se realiza por medio de los factores de equivalencia asignados para cada tipología de uso, a partir de las Unidades de Aprovechamiento por uso equivalentes [UAs], asignadas a cada unidad.
Para realizar la conversión de UAs equivalentes hacia Edificabilidad específica (metros cuadrados de construcción – según índice- en los diferentes usos previstos), se divide el número de UAs a convertir entre el correspondiente Factor de UAs equivalentes –en la respectiva tipología de uso-.
Consecuentemente, si la necesidad es determinar el número de UAs equivalentes que corresponden a un número de metros cuadrados construidos –según índice- en una determinada tipología de uso, se multiplica dicha edificabilidad a convertir, por el correspondiente Factor de UAs equivalentes –en la respectiva tipología de uso
Parágrafo 1. La conversión realizada no implica el pago de nuevas cargas de urbanización
Parágrafo 2. La edificabilidad total resultante de la conversión (luego de realizar las diferentes conversiones necesarias entre usos para la unidad en consideración), no podrá ser superior a la edificabilidad original asignada para la unidad. En caso de superarla, tendrá que recurrirse a la compra de edificabilidad adicional (a través del instrumento de venta de derechos de construcción), lo cual podrá ser realizado hasta el margen máximo previsto para la unidad en consideración. (edificabilidad contenida en las Artículos Aprovechamien-tos Adicionales por unidad con aprovechamientos lucrativos, correspondientes a cada polígono considerado).
Código Polígono: Z1_R_10
APROVECHAMIENTOS, OBLIGACIONES Y UAs POR UNIDAD DE ACTUACIÓN URBANÍSTICA
Tipología de Uso Factor UA Equivalentes
VIS 0,4
VIP 0,2
Vivienda No VIS 0,7
Comercio1 1,3
Comercio2 0,7
Servicios 1,0
Industria1 1,0
Industria2 0,6
Dotacional 0,7
Nombre: PLAN PARCIAL SAN PEDRO Macroproyecto Ríocentro
UAs: Unidad de Aprovechamiento
4Código Polígono: Z1_R_10
Porcentaje de ocupación mínima lotes iguales o mayores a 2000 m2
Porcentaje de ocupación mínima lotes entre 501 m2 y 2000 m2
Porcentaje de ocupación mínima lotes iguales o menores a 500 m2
AME con posibilidad de desarrollo
DEFINICIÓN DE NORMA TIPOLÓGICA
NOTA ACLARATORIA: Para mayor claridad acerca de la información volumétrica presentada en estos esquemas, remitirse al Decreto que adopta el presente Plan Parcial.
Nombre: PLAN PARCIAL SAN PEDRO Macroproyecto Ríocentro
5Código Polígono: Z1_R_10
Aplicabilidad de norma tipológica en secciones viales iguales y mayores a 22 m
Aplicabilidad de norma tipológica en secciones viales iguales y menores a 14 m
DEFINICIÓN DE NORMA TIPOLÓGICA14m
22m
3m
4m
3m
4m
4m
4m
Nombre: PLAN PARCIAL SAN PEDRO Macroproyecto Ríocentro
Calle 67
Los perfiles viales y los criterios para su definición, podrán verificarse en el presente decreto y en el Documento Técnico de Soporte de la Subzona 2 Distrito Medellinnovation.
* El código hace referencia a la localización de los perfiles viales sobre la planta incorporada en esta página
Carr
era
50
Carr
era
49
Calle 71
Carr
era
51
Calle 72 ASP31
SP30
Calle 68
Carre
ra 5
1
Carre
ra 51
A
6Código Polígono: Z1_R_10
DEFINICIÓN DE PERFILES VIALES
VÍA
CÓD
IGO
*
COST
ADO
AND
ÉN
Z.V.
CALZ
.
SEPA
R.
CALZ
.
Z. V
.
AND
ÉN
Z.V.
PÚBL
ICO
TOTA
L
CARRERA 51A-CALLE 73 Viaducto del Metro S 64 SW 5,00 1,50 6,50 9,00 6,50 1,50 5,00 35,00 35,00
CARRERA 51 entre Cl 68 y Cl 70A S 37 W VBLE 6,50 8,00 6,50 1,50 5,00 27,50 27,50
CARRERA 51 entre Cl 70A y Cl 73 S 60 W 5,00 1,50 6,50 6,00 6,5 1,50 5,00 32,00 32,00
CARRERA 50 entre Cl 67 y Cl 68 SP 17 W 5,00 1,50 7,00 1,50 5,00 20,00 20,00
CARRERA 50 entre Cl 68 y Cl 69 SP 20 W 5,00 1,50 7,00 1,50 5,00 20,00 20,00
CARRERA 50 entre Cra 69 y Cra 70 SP 22 W 5,00 2,00 7,00 1,50 5,00 20,50 20,50
CARRERA 50 entre Cl 70 y Cl 71 SP 24 W 5,00 1,50 7,00 1,50 5,00 20,00 20,00
CARRERA 50 entre Cl 71 y Cl 72A SP 26 W 5,00 1,50 7,00 1,50 5,00 20,00 20,00
CARRERA 50A entre Cl 71 y Cl 72A SP 30, SP 31 Se convierte en espacio público
CARRERA 50 entre Cl 72A y Cl 73 SP 36 W 5,00 1,50 7,00 1,50 5,00 20,00 20,00
CARRERA 49 entre Cl 67 y Cl 68 SP 43, SP 42 W 5,00 1,20 7,00 1,20 3,70 3,00 18,10 21,10
CARRERA 49 entre Cl 68 y Cl 69 SP 41 W 5,00 1,20 7,00 1,20 3,70 3,00 18,10 21,10
CARRERA 49 entre Cl 69 y Cl 70 SP 40 W 5,00 1,20 7,00 1,20 3,70 3,00 18,10 21,10
CARRERA 49 entre Cl 70 y Cl 71 SP 39 W 5,00 1,20 7,00 1,20 3,70 3,00 18,10 21,10
CARRERA 49 entre Cl 71 y Cl 72A SP 38 W 5,00 1,20 7,00 1,20 3,70 3,00 18,10 21,10
CALLE 68 entre Cra 50 y Cra 49 SP 19 N 5,00 1,50 7,00 1,50 5,00 20,00 20,00
CALLE 69 entre Cra 50 y Cra 49 SP 21 N 5,00 1,50 6,00 1,50 5,00 19,00 19,00
CALLE 70 entre Cra 50 y Cra 49 SP 23 N 5,00 1,50 6,00 1,50 5,00 19,00 19,00
CALLE 71 entre Cra 51A y Cra 51 S 58 N 5,00 1,50 6,00 1,50 5,00 19,00 19,00
CALLE 71 entre Cra 51 y Cra 50A SP 29 N 5,00 1,50 6,00 1,50 5,00 19,00 19,00
CALLE 71 entre Cra 50A y Cra 50 SP 27 N 5,00 1,50 6,00 1,50 5,00 19,00 19,00
CALLE 71 entre Cra 50 y Cra 49 SP 25 N 5,00 1,50 6,00 1,50 5,00 19,00 19,00
CALLE 72A-CALLE 71 entre Cra 51 y Cra 50 SP 32, SP 33 N 5,00 1,50 6,00 1,50 5,00 19,00 19,00
CALLE 72A entre Cra 50 y Cra 49 SP 37 N 3,70 1,50 7,00 2,00 5,00 19,20 19,20
CALLE 73 entre Cra 50C y Cra 51 S 63 N 6,00 1,50 5,00 12,50 12,50
CALLE73 entre Cra 51 y Cra 50 SP 35, SP 34 N 2,00 2,00 7,00 2,00 5,00 18,00 18,00
Estas dimensiones se encuentran por fuera del polígono subzona 2 Distrito Medellinnovation
CALLE 67 BARRANQUILLA
VÍAS SECUNDARIAS
CÓD
IGO
*
N -
E
AN
TEJ
AN
DÉN
CICL
OR
Z.V.
CALZ
.
SEPA
R
CALZ
MPL
US
ESTA
CIÓ
N
CALZ
MPL
US
SEPA
R
CALZ
BAH
Z. V
.
AN
DÉN
AN
TEJ
S - W
PÚBL
ICO
TOTA
L
CR 50 CR 49 SP 44 N 7,00 2,50 1,50 6,50 0,15 7,00 3,00 7,00 0,15 6,50 1,00 3,50 5,00 S 45,80 50,80
Nombre: PLAN PARCIAL SAN PEDRO Macroproyecto Ríocentro
7Código Polígono: Z1_R_10
*NOTA ACLARATORIA:Estas simulaciones e imágenes son de carácter ilustrativo y no comprometen el proyecto definitivo
Unidades de Actuación Urbanística y Áreas receptoras de cargas Aproximación Volumétrica del Plan Parcial San Pedro (Z1_R_10 )*
Nombre: PLAN PARCIAL SAN PEDRO Macroproyecto Ríocentro
SP 1AME PN
RIO NORTE
RIO NORTE
Bienes deInterésCultural (BIC)
Arquitectónicos
Bienes deValorPatrimonial- nodeclarados
Arquitectónicos
Urbanísticos
Planes Parciales
Distrito MedellInnovation
Equipamientos
Espacio Público
Espacio Público Proyectado
Áreas de manejo especial pornivel de consolidacionÁreas de manejo especial por PreexistenciaNormativaPropuesta Volumétrica Plataformas
Propuesta Volumétrica Otros Instrumentos
Propuesta Volumétrica Torres
8 Subzona 2. Distrito Medellinnovation Planteamiento Urbanístico
Planteamiento urbanístico Planteamiento urbanístico ambientado
Macroproyecto Ríocentro
Z1_R_10
Z3_R_11
Z3_R_12