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PLAN
DE HIGIENE, SEGURIDAD ESCOLAR Y FUNCIONES 2014
COLEGIO SERENA
HUANHUALI Nº 730
LA SERENA
IV REGIÓN.
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INDICE
CONTENIDOS PAGINAS IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD EDUCATIVA 1 INTRODUCCIÓN 3 PLAN DE HIGIENE. ARTICULADO INTRODUCTORIO 4 OBLIGACIONES DE SEGURIDAD DEL EMPLEADOR 4
OBLIGACIONES DE HIGIENE DEL EMPLEADOR 4 OBLIGACIONES DE HIGIENE DE LOS TRABAJADORES 4
CONDICIONES DE SEGURIDAD 5 CUIDADO, CONSERVACIÓN Y USO DE MÁQUINAS, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS 5 OBLIGACIONES PARA PREVENCIÓN Y COMBATE DE INCENDIOS 5 DE LOS RIESGOS, MEDIDAS Y METODOS PARA EVITAR LOS INCENDIOS 6 PROHIBICIONES 6 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD 7 CONTROL DE SALUD 7 SUGERENCIAS DE LOS TRABAJADORES 7 COMITE PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD 8 DE LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR DE LOS RIESGOS LABORALES 8 DE LA CAPACITACIÓN LABORAL 8 ACOSO SEXUAL 8 APLICACIÓN DEL SEGURO ESCOLAR 10
VIGENCIA 10
PLAN DE SEGURIDAD 11 CAPÍTULO : Metodología AIDEP 13
CAPÍTULO : Planificación 18 CAPÍTULO : Programas de Respuesta Ante Emergencias
Programa : Incendio 20 Programa : Movimiento telúrico 22
Programa de accidentes escolares 24 Programa de evacuación 24
CAPÍTULO : Seguimiento y Ejercitaciones 27 CAPÍTULO : Glosario 29
REGLAMENTO ORGANICO DE FUNCIONES Nivel Dirección 31 Nivel Planificación y Supervisión 33
Nivel Ejecución 35 Organizaciones colegiadas 36
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IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD EDUCATIVA
COLEGIO : COLEGIO “SERENA”
R.B.D. : 587– 8
NIVELES : ENSEÑANZA BÁSICA Y ENSEÑANZA MEDIA
TIPO DEPENDENCIA : PARTICULAR PAGADA
MATRÍCULA : 300 ALUMNOS
CORREO ELECTRÓNICO : [email protected]
WEB : WWW.Colegio Serena.cl
FONO FAX : (51)2673197
REGIÓN : CUARTA
PROVINCIA : ELQUI
COMUNA : LA SERENA
AÑO ESCOLAR : 2014-2015
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INTRODUCCIÓN
El Colegio Serena está ubicado en calle Huanhualí Nº 730, en la ciudad de La Serena. Para el año
2014 cuenta con una matrícula aproximada de 300 alumnos, distribuidos en cursos de Primer año
Básico a Cuarto año Medio, atendidos por un equipo de 37 personas, entre directivos, docentes,
administrativos, paradocentes y asistentes de la educación.
Las actividades se desarrollan en una superficie construida de 3.400 m2 sobre un área de 4.500 m2.
Los cursos de 8º Bás, 1º Med. 2º Med. y 3ª Med. funcionan en dependencias emplazadas en un
segundo piso, todos los demás cursos, 2º a 6º Año Básico y Primero Básico lo hacen en el primer
piso. Además cuenta con un Laboratorio de Ciencias en el Segundo piso, aislado de las demás salas
del establecimiento.
Las causas más comunes de lesiones, se deben a accidentes que se producen tanto al interior del
Colegio como en la calle. Es difícil y complejo evitar totalmente los accidentes al interior de una
unidad educativa, donde por naturaleza hay un desplazamiento de alumnos, profesores,
funcionarios y apoderados, y en cuyo espacio físico se desarrolla un elevado número de actividades
escolares. No obstante se hacen todos los esfuerzos posibles para mejorar las condiciones de
higiene, seguridad y convivencia del establecimiento, con el propósito de reducir al máximo el
riesgo de accidentes, mediante la aplicación un plan permanente de Higiene, Seguridad Escolar y
Funciones, orientado a desarrollar, en esta comunidad educativa, hábitos de seguridad y de confort
en el lugar de trabajo, de autocuidado de sus miembros, y a fomentar una cultura preventiva, como
actitud de vida.
El Marco Curricular, a través de sus Objetivos de Aprendizajes Transversales, establece que la
labor pedagógica debe ser integral, vinculando armónicamente los saberes con el desarrollo de las
dimensiones afectivas, actitudinales, cognitivas y valóricas de los estudiantes.
El Proyecto Educativo Institucional, a través de este Plan, recoge este mandato y promueve, entre
otros principios, el autocuidado de la salud frente a los riesgos; la preservación del ambiente de
trabajo y las buenas relaciones humanas y laborales.
Entendemos, en consecuencia, que la seguridad social es un derecho humano básico, del cual
dependen otros derechos, puesto que sin seguridad no se puede garantizar la vida, la propiedad, la
libertad, los derechos sociales de la salud física y mental y los objetivos de un trabajo bien hecho
realizado en un lugar digno.
La responsabilidad que le compete a la educación formal en concordancia con otros organismos
pertinentes, dice relación con la formación integral del educando. Y la seguridad personal y social
son ámbitos educables de la vida humana a los que se les debe dar su real relevancia.
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I. PLAN DE HIGIENE.
ARTICULADO INTRODUCTORIO
(El término Colegio comprende la comunidad escolar formada por padres, apoderados, alumnos y
trabajadores)
El término trabajador se usará para referirse a damas y varones)
ARTICULO Nº 1. El presente Reglamento de Higiene y Seguridad se ha establecido para dar cumplimiento a
tales materias en el Colegio SERENA ( en adelante Colegio), de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 149 al 153
del Código del Trabajo; al artículo 67° de la ley Nº 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales; y al Decreto Supremo Nº 40 de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, sobre
prevención de riesgos profesionales, y el Decreto Supremo N° 313/73 sobre Seguro Escolar.
ARTÍCULO Nº 2. Las normas que contiene este reglamento han sido establecidas con el propósito de prevenir
los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y daños morales que pueden ocurrir a los trabajadores o entre ellos en este establecimiento educacional.
El empleador acepta la responsabilidad de la Prevención de Riesgos Profesionales y se obliga a sí mismo, a dar
las facilidades que sean necesarias para su aplicación a sus colaboradores.
La prevención de los riesgos profesionales es de interés común, por tanto es necesario que se pida la colaboración de
los trabajadores en ideas, sugerencias y en general, en el fomento de una conciencia de seguridad que se extienda
desde el Colegio al hogar, y demás actividades.
ARTICULO Nº 3. Los trabajadores quedan sujetos tanto a las normas de la Ley Nº 16.744 y sus decretos
reglamentarios actualmente vigentes o que en el futuro se dicten, como a las normas del presente Reglamento y a
las instrucciones evacuadas por los expertos que asesoren al Comité Paritario.
I. OBLIGACIONES DE SEGURIDAD DEL EMPLEADOR
ARTICULO Nº 4. De acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el empleador está obligado a proteger a todo
su personal de los riesgos del trabajo, y les entregará, según corresponda, sin costo alguno para ellos diferentes
elementos de protección personal, los que deberán usar permanentemente mientras estén expuestos a los riesgos de
cuya prevención se trate.
ARTICULO Nº 5. El Sostenedor (Director o Subdirector Administrativo) o cualquier otra persona que tenga
trabajadores a su mando, serán los directamente responsables, según proceda, en lo que es prevención y control del
uso correcto y oportuno de los elementos de protección personal, conocimiento y manejo de los equipos de seguridad
correspondientes.
ARTÍCULO Nº 6. Los elementos de protección proporcionados a los trabajadores son de propiedad del Colegio,
y no deberán ser vendidos, canjeados o sacados fuera del recinto del establecimiento, salvo que la faena o labor
encomendada al trabajador así lo requiera.
Para solicitar nuevos elementos de protección a título personal, por reemplazo, el trabajador está obligado a entregar
a su jefe o encargado, el que tenga gastado o deteriorado. Sin el canje respectivo se repondrá el elemento, pero
éste deberá ser descontado al trabajador de su primer salario o sueldo que le corresponda recibir, a excepción cuando
el usuario compruebe satisfactoriamente que la pérdida del elemento se debió a causas ajenas a su responsabilidad
de aquél.
ARTÍCULO Nº 7. Los elementos de protección personal: anteojos, guantes, zapatos, botas, etc., serán de uso exclusivo del trabajador. Quien los tenga a su cargo y uso no podrá prestarlos o facilitarlos a otros
trabajadores, para evitar el riesgo de contraer enfermedades, infecciones o uso indebido de esos implementos.
II. OBLIGACIONES DE HIGIENE DEL EMPLEADOR
ARTÍCULO Nº 8. El empleador estará obligado a cumplir las siguientes las normas elementales de higiene:
1. Disponer del número de baños, lavatorios, duchas, tazas de W.C. y urinarios, en recintos separados para hombres y
para mujeres, conforme a lo establecido en el articulo 25° del Decreto Supremo N° 762 de 1956 del Ministerio de Salud
Pública, que contiene las condiciones sanitarias mínimas laborales.
2. Poner a disposición de los trabajadores en recintos separados para hombres y mujeres salas de vestuario higiénicas y
ventiladas, con casilleros individuales adecuados para que éstos guarden sus pertenencias de uso personal.
3. Disponer de un lugar adecuado, destinado exclusivamente a consumir alimentos. separado de talleres. laboratorios y
de cualquier fuente de contaminación ambiental.
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III. OBLIGACIONES DE HIGIENE DE LOS TRABAJADORES
ARTICULO Nº 9. Todos los trabajadores deberán respetar las normas básicas de higiene que a continuación se
señalan a fin de evitar que puedan producir enfermedades y focos infecciosos:
1. Utilizar los casilleros individuales o dependencias exclusivamente para los fines a que están destinados, prohibiendo
almacenar en ellos desperdicios, restos de comida, materiales insalubres o impregnados con residuos químicos, etc.,
estando obligados, a demás a mantener esas dependencias perfectamente aseadas.
2. Cooperar al mantenimiento y buen estado de limpieza y en especial mantener los lugares de trabajo libres de restos de comida o desperdicios, los que deberán ser depositados exclusivamente en los receptáculos habilitados al efecto.
3. Preocuparse de su aseo personal, especialmente el de manos, usando jabones o detergentes y papel-toalla desechable,
salvo que las características de las labores requieran otros implementos, teniendo especial cuidado en evitar que se
obstruyan desagües y se produzcan condiciones antihigiénicas en su lugar de trabajo.
IV. CONDICIONES DE SEGURIDAD
ARTÍCULO Nº 10. Todos los trabajadores deberán respetar las siguientes las normas de prevención:
1. Evitar el almacenamiento de residuos inservibles de materiales propios de su labor u otros. Su eliminación se hará
en lugares específicamente destinados para tal efecto por la Dirección o la Inspectoría General, a fin de mantener limpio
sus lugares de trabajo y no obstaculizar las vías de circulación o desplazamiento. 2. Conducirse por las vías de evacuación establecidas, las que deberán estar señalizadas y despejadas, evitándose en
todo momento depositar en ellas elementos que puedan producir accidentes.
3. Los avisos, carteles, afiches deberán instalarse en lugares de fácil visualización y ser protegidos por todos los
miembros de la comunidad, quienes deberán impedir su destrucción, debiendo avisar a la Dirección o Inspectoría de su
falta, con el fin de reinstalarlos.
5. Evitar correr por las escaleras de tránsito y pasillos
6. Al bajar por una escalera se debe utilizar el respectivo pasamanos.
ARTÍCULO Nº 11. Todo trabajador que desempeñe habitual o eventualmente labores riesgosas deberá solicitar y
utilizar el equipo de protección personal necesario, según la actividad a realizar. En caso que no sepa utilizar
dicho equipo o éste le sea incómodo, pedirá las instrucciones pertinentes a su superior directo. Los elementos de protección personal por usar serán los que se indican a continuación:
1. Zapatos de seguridad, guantes, ropa de trabajo, traje de agua, botas, lentes de protección, según la actividad de que
se trate y a instancia de la Dirección o Inspectoría General.
2. Otros, según lo determine el superior directo, el comité Paritario o la Mutual de Seguridad, todo ello cuando
corresponda por las necesidades de la labor.
V. CUIDADO, CONSERVACIÓN Y USO DE MÁQUINAS, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
ARTICULO Nº 12. Serán obligaciones en cuanto a cuidado, conservación y uso de maquinarias, equipos y
herramientas las siguientes:
1. Todo trabajador deberá preocuparse y cooperar en el mantenimiento y buen estado del funcionamiento y uso de los equipos mecánicos, electrónicos, eléctricos, herramientas e instalaciones en general, tanto las destinadas a educación,
como las de servicio y de trabajo interno y de seguridad e higiene.
2. Todo trabajador que efectúe reparaciones, revisiones o cualquier otra faena que le exija retirar las defensas o
protecciones de los equipos, deberá reponerlos inmediatamente después de haber terminado su labor.
3. Mientras se revisa o se repara un equipo accionado con energía eléctrica, se señalizará o bloqueará la fuente de
energía, para evitar que otras personas puedan poner en marcha el equipo, debiéndose contemplar las siguientes
recomendaciones:
3.1 Se pondrán los comandos en punto muerto, y se cerrará el interruptor de partida.
3.2 Se desconectará el interruptor correspondiente en el tablero de distribución de corriente que alimente la
máquina o equipo.
3.3 Se cerrara la tapa de dicho tablero con candado o colgándose una tarjeta que indique que se está
efectuando manutención o reparación. 4. Los trabajadores que operen equipos electrónicos o de herramientas eléctricas, prestarán especial atención al estado
de cables, conexiones, enchufes, procediendo a la reparación o instalación según proceda.
5. Todo trabajador que deba destapar aberturas, fosos tiene la obligación de proteger y aislar el sector a fin de que nadie
sufra accidentes y terminado su faena deberá colocar la tapa original.
6. El o los trabajadores que usen escalas deberán cerciorarse de que estén en buenas condiciones. No deberán colocarse
en ángulos peligrosos, ni afirmarse en suelos resbaladizos, cajones o tablones sueltos. Si no es posible afirmar una
escala en forma segura, deberá otro trabajador sujetar la base y no algún alumno.
VI. OBLIGACIONES PARA PREVENCIÓN Y COMBATE DE INCENDIOS
ARTÍCULO Nº 13. Cualquier trabajador está facultado para dar alarma inmediata cuando verifique el inicio de algún incendio. El equipo encargado de siniestros cooperará en aplicar las medidas de evacuación, de combatirlo haciendo
uso del equipamiento pertinente y de informar a la autoridad del Colegio, cuando se haya ocupado un extintor, para
proceder a su recarga. Además deberán respetarse las normas siguientes:
1. Los trabajadores evitarán acumular, en sus casilleros, laboratorios o salas de clase, basuras o residuos de
combustibles que pueden arder, incluso espontáneamente. Cuando sea necesario utilizar materiales combustibles,
especialmente, líquidos y gases inflamables, estos deberán mantenerse alejados de cualquier fuente de calor,
almacenándose en lugares especialmente habilitados y provistos de buena ventilación.
2. Los trabajadores deberán ceñirse al plan de evacuación trazado de antemano, apoyando el retiro de los alumnos, con
rapidez, sin descontrolarse, a fin de evitar los accidentes causados por el pánico.
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3. Toda vez que se ejecuten labores con líquidos o gases inflamables, trabajos en caliente o llama viva se deberá
mantener por lo menos un extintor de polvo Químico Seco en la zona de trabajo y comunicar a la Dirección o
Inspectoría General de la actividad a realizar.
VII. DE LOS RIESGOS, MEDIDAS Y METODOS PARA EVITAR LOS INCENDIOS
ARTÍCULO Nº 14. En caso de incendio, los extintores deberán utilizarse de acuerdo a la siguiente clasificación de
fuegos: 1. Los incendios de clase A: Combustibles sólidos comunes (papeles, maderas, cartones, géneros, paja), se combaten
con extintores de soda-ácida, espuma, agua a presión o agua corriente (se prefiere agua a presión).
2. Los incendios de clase B: Combustibles líquidos y productos inflamables (gasolina, petróleo, parafina, grasas,
aceites, pinturas, etc.) se combaten con polvo químico seco (dry chemical), anhídrido carbónico comprimido, espuma
y/o arena.
3. Los incendios de clase C: Equipos eléctricos en general, (motores, tableros, transformadores, cables, etc.) se
combaten con polvo químico seco (dry chemical), y/o anhídrido carbónico comprimido.
Los extintores de espuma, soda ácida, agua a presión y el agua en general, son buenos conductores de la corriente
eléctrica, razón por la cual no deben utilizarse en fuegos que se produzcan en equipos o instalaciones eléctricas
energizadas, ni aún en sus proximidades
VIII. OBLIGACIONES EN CASO DE ACCIDENTES
ARTICULO Nº 15. Todo trabajador que sufra de cualquier tipo de dolencia, malestar o enfermedad que afecte su
capacidad de trabajo, deberá dar cuenta de ello a su superior directo, para que adopte las medidas pertinentes.
ARTÍCULO Nº 16. La entidad empleadora, como así mismo el médico tratante y el Comité Paritario deberá denunciar
al organismo administrador respectivo todo accidente o enfermedad profesional que pueda ocasionar incapacidad o
muerte al trabajador.
El trabajador que sufra un accidente dará cuenta a su superior directo, indicando en forma precisa de cómo ocurrió
el hecho.
El trabajador accidentado que no denuncie personalmente o por terceros un siniestro de que ha sido víctima,
al respectivo organismo administrador, dentro de las 24 horas de producido éste, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 74 del Decreto Supremo Nº 101, de 1968, se expone a perder los derechos a los beneficios de la Ley 16.744.
ARTÍCULO Nº 17. Los trabajadores deberán cooperar en las investigaciones de accidentes y en las
inspecciones que llevan a cabo el Comité Paritario, los superiores de los accidentados y organismos administradores
del seguro, aportando los datos que les soliciten sobre accidente o condiciones de trabajo. Dicha investigación
persigue determinar las causas del hecho para evitar su repetición a futuro.
ARTÍCULO Nº 18. Cuando se produzca un accidente, el Jefe o las personas que presencien el hecho, deberán
preocuparse que el afectado reciba atención de primeros auxilios, ya sea con los medios que cuenta el
establecimiento; enviándolo al policlínico más cercano de la Mutual, o directamente al hospital de dicha
institución, en cuyo caso se extenderá la denuncia de accidente correspondiente en un plazo no mayor de 24 horas.
ARTÍCULO Nº 19. Cada vez que ocurra un accidente con lesión que signifique un día de tiempo perdido, el
jefe directo del accidentado deberá practicar una investigación completa para determinar las causas que lo
produjeron y se adopten las medidas que procedan para prevenir futuros accidentes.
El cumplimiento de esa disposición se efectuará sin perjuicio de las demás investigaciones que por su parte pueda
hacer el personal técnico que corresponda.
ARTÍCULO Nº 20. La persona que haya sufrido un accidente del trabajo, y que como consecuencia deba ser
sometida a tratamiento médico, sólo podrá reincorporarse a sus labores habituales previa presentación del
Certificado de Alta correspondiente, otorgado por el médico tratante, de la Mutual o del organismo a que se
encuentre afiliado.
ARTÍCULO Nº 21. Los trabajadores deberán asistir a las charlas o cursos de prevención que determine la Dirección
del Colegio.
IX. PROHIBICIONES
ARTÍCULO Nº 22. No se permitirá ingresar a los recintos de trabajo a ningún miembro de la comunidad escolar
bajo los efectos del alcohol o de cualquier tipo de drogas y a ningún alumno o trabajador en mal estado de
salud, en cuyos casos quien detecte alguna de estas circunstancias dará cuenta al superior directo, para que adopte
la resolución que corresponda.
ARTÍCULO Nº 23. Se prohíbe así mismo fumar, introducir o consumir drogas o bebidas alcohólicas en los lugares
de trabajo.
ARTÍCULO Nº 24. Se prohíbe encender fuegos en los lugares de trabajo, salvo en aquellos sectores
específicamente autorizados y habilitados para tal efecto.
ARTÍCULO Nº 25. No se deberá omitir información ni proporcionar información falsa o mal intencionada en
relación a accidentes del trabajo o encubrir condiciones de peligro que existan en los lugares de trabajo que
lleven a conclusiones erróneas al respecto.
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ARTÍCULO Nº 26. Los trabajadores que excepcionalmente deban permanecer en sus lugares de trabajo, después de
la jornada diaria habitual, tienen que comunicar esta situación y sus objetivos al Director, Inspector General o al jefe
directo.
ARTÍCULO Nº 27. Se prohíbe efectuar trabajos o acciones para las cuales no se está capacitado o el estado de salud
no es el apropiado.
ARTÍCULO Nº 28. Se prohíbe tratarse por cuenta propia las lesiones que haya sufrido en algún accidente.
X. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD
ARTÍCULO Nº 29. Todo trabajador que contravenga las normas de este Reglamento, podrá ser sancionado, según
la gravedad de la falta, desde una amonestación en su hoja de vida, el pago de una multa, la cesación de contrato hasta
sin derecho a indemnización.
ARTÍCULO Nº 30. Se podrá aplicar al infractor una multa de hasta 25% de su remuneración diaria de acuerdo a
lo dispuesto en el artículo 153 de Código del Trabajo, sus modificaciones y leyes complementarias, debiendo
fijarse su monto dentro del límite señalado.
El monto de las multas deberá tener relación con la gravedad de la infracción y de ella podrá reclamarse, por
parte de los afectados a la Inspección del Trabajo correspondiente.
ARTÍCULO Nº 31. Los fondos provenientes de las multas se contabilizarán en cuenta especial que se llevará y se
destinará a la formación de un fondo de estimulo.
Estos fondos se destinarán a otorgar premios a los trabajadores en el mes de diciembre de cada año, en el caso de que
éstos se hayan distinguido en labores de prevención de riesgos, previo descuento de un 10 % destinado a la
rehabilitación de alcohólicos en conformidad a lo preceptuado por la Ley Nº 16744. La distribución del
remanente antes señalado estará a cargo de una comisión compuesta por un representante del Colegio y un
representante de los trabajadores.
ARTÍCULO Nº 32. Los casos más graves, después de una investigación y previo estudio serán sancionados, ya
sea con las multas previstas por la legislación laboral vigente.
ARTÍCULO Nº 33. Las sanciones señaladas se pueden aplicar a todos los trabajadores infractores, aún en el caso
de que ellos hayan sido las víctimas del accidente.
ARTÍCULO Nº 34. El empleador deberá, después de una investigación, determinar si existió negligencia
inexcusable o si el acto revistió carácter doloso. Para todo lo que no está consultado en el presente
Reglamento, se atendrá a lo dispuesto en la Ley N ° 16.744 y en sus Decretos Reglamentarios.
ARTÍCULO Nº 35. Las obligaciones, prohibiciones, sancionadas en este Reglamento, deben entenderse incorporadas
a los contratos individuales.
ARTÍCULO Nº 36. El Comité Paritario, permanecerá en funciones mientras dure el Colegio, o cuando alguna otra
causa o disposición legal lo haga innecesario.
El Comité Paritario deberá actuar en forma coordinada con el empleador. En caso de desacuerdo entre ellos,
resolverá el organismo administrador del seguro.
ARTÍCULO Nº 37. Las disposiciones consultadas en el presente Reglamento no podrán contravenir la normativa de la
Ley Nº 16.744 y sus Reglamentos, documentos que serán de dominio de los integrantes del Comité Paritario.
XI. CONTROL DE SALUD
ARTÍCULO Nº 38. Cuando el empleador lo estime necesario podrá enviar a exámenes médicos a cualquier trabajador con el propósito de mantener un adecuado control del estado de salud.
Los gastos que demande la atención médica o exámenes a que hubiere lugar, serán de cargo del empleador.
Todo trabajador al momento de ingresar al Colegio deberá someterse a examen médico ocupacional.
XII. SUGERENCIAS DE LOS TRABAJADORES
ARTÍCULO Nº 39. La seguridad y las acciones preventivas para evitar accidentes por ser tareas primordiales
dentro de un eficiente proceso, requieren una preocupación de los trabajadores, y éstos podrán dar ideas y
sugerencias sobre las condiciones de trabajo y en general, sobre cualquier medida tendiente a mejorar la eficiencia
de la seguridad.
RECLAMACIONES Y PROCEDIMIENTOS
ARTÍCULO Nº 40. Los trabajadores tienen el derecho de reclamar ante la Comisión Médica de Reclamos de
Accidentes del Trabajo y Enfermedades, de las decisiones médicas adoptadas por los Servicios de Salud o de las
Mutualidades, que no les beneficien. Para ello lo podrán hacer dentro de un plazo de 90 días.
Las resoluciones de la Comisión Médica son apelables ante la Superintendencia de Seguridad Social dentro del
plazo de 30 días.
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ARTICULO Nº 41. Los trabajadores, si lo solicitan, serán asesorados en los procedimientos de reclamaciones por el
Comité Paritario.
ARTÍCULO Nº 42. El Comité Paritario en su labor de asesoría a sus asociados deberá estar en conocimiento del
Artículo Nº 77 de la Ley Nº 16.744 y del Decreto Supremo Nº 101 de 1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión
Social en sus artículos Nº 73 , Nº 76, Nº 79, Nº 80, Nº 81, Nº 91, Nº 93. También deberá estar al día de las
modificaciones de la legislación pertinente.
XIII. COMITE PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD
CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO
ARTÍCULO Nº 43. El Decreto Supremo Nº 54 de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social aprobó el
Reglamento para la constitución y funcionamiento del los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad. Esta
disposición legal ha sido modificada por el Decreto Supremo Nº 186 de 1969 y el Decreto Supremo Nº 30 de
1988. La norma señala que en toda empresa, faena, sucursal o agencia en que laboren más de 25 personas debe
organizarse un Comité Paritario de higiene y Seguridad.
ARTÍCULO Nº 44. El Comité Paritario estará compuesto por tres representantes patronales y tres
representantes de los trabajadores, designándose un suplente adicional por cada miembro titular.
ARTÍCULO Nº 45. La representación de los miembros patronales en el Comité Paritario se efectuará con quince
días de anticipación a la fecha en que cese en sus funciones el Comité que deba renovarse, dándose aviso a la
Inspección del Trabajo por carta certificada y a los trabajadores mediante avisos colocados en el lugar de
trabajo.
ARTÍCULO Nº 46. La elección de los representantes de los trabajadores se efectuará mediante votación directa,
convocada y presidida por el Presidente del Comité Paritario de Higiene y Seguridad que termina su periodo, con una anticipación de a lo menos quince días a su realización. Con todo, la votación deberá efectuarse con una
anticipación no inferior a cinco días de la fecha en que cese en sus funciones el Comité cuyo mandato expira.
ARTÍCULO Nº 47. Los requisitos para ser miembro representante de los trabajadores son los siguientes:
1. Tener más de 18 años de edad.
2. Saber leer y escribir.
3. Encontrarse trabajando en la respectiva empresa y haber pertenecido a la misma por 1 año como mínimo;
4. Acreditar haber asistido a un curso de orientación de prevención de riesgos profesionales, dictado por
autoridad competente.
ARTÍCULO Nº 48. El Colegio otorgará las facilidades y adoptará las medidas necesarias para que funcione adecuadamente el Comité de Higiene y Seguridad, el que se organizará conforme lo dispone el señalado D.
S. Nº 54 y, en caso de duda o desacuerdo, resolverá sin mas trámite el respectivo Inspector del trabajo.
ARTÍCULO Nº 49. El Comité Paritario se reunirá en forma ordinaria una vez al mes, pero podrá hacerlo en
forma extraordinaria a petición conjunta de un representante de los trabajadores y uno del Colegio. Con todo, el
Comité deberá reunirse cada vez que en el Colegio ocurra un accidente de carácter grave. De lo actuado por el
Comité se dejará constancia mediante actas levantadas en el libro correspondiente.
ARTÍCULO Nº 50. Para todos los efectos de su funcionamiento, derechos y actuaciones no expuestas en este
reglamento, el Comité Paritario de Higiene y Seguridad del Colegio se regirá por lo dispuesto en el decreto
supremo Nº 54 de 1969 y sus disposiciones modificatorias y/o complementarias vigentes.
XIV. DE LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR DE LOS RIESGOS LABORALES
ARTÍCULO Nº 51. El Empleador deberá informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores,
acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos.
Informará especialmente acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizarse en los procesos
de limpieza, aseo, manutención y reparaciones de las dependencias en que laboran y/o se efectúan las
clases respectivas, sobre la identificación de los mismos su fórmula, sinónimos, aspecto y color; sobre los límites de
exposición permisible de esos productos; respecto de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de
prevención que deben adoptar para evitar riesgos.
Del mismo modo la autoridad del Colegio o el delegado de está informará a los alumnos de las medidas de seguridad e
higiene dispuestas, con el fin de evitar accidentes o enfermedades.
ARTÍCULO Nº 52. La obligación de informar debe ser cumplida al momento de contratar a los trabajadores o
cuando se programen actividades que impliquen riesgos. En este último caso, la información la entregará el Comité
Paritario.
ARTÍCULO Nº 53. El empleador deberá informar acerca de los equipos y dispositivos técnicamente necesarios
para reducir a niveles mínimos los riesgos que puedan presentarse en los sitios de trabajo y mantenerlos dispuestos
para su uso.
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XV. DE LA CAPACITACIÓN LABORAL
ARTICULO Nº 54. El empleador es responsable de las actividades relacionadas con la capacitación ocupacional de sus
trabajadores, entendiéndose por tal, el proceso destinado a promover, fomentar y desarrollar las aptitudes, habilidades o
grado de conocimiento de los trabajadores, con el fin de permitirles mejores oportunidades de vida y de trabajo.
Las actividades de capacitación que se realicen se efectuarán de acuerdo a lo establecido en el Estatuto de Capacitación
y Empleo.
ARTICULO Nº 55. En casos en que por la naturaleza de los servicios prestados, cambios en la estructura de la organización o reposición de equipos, requiera de instruir a una persona para que cumpla eficazmente su labor, ésta
deberá inscribirse en los cursos o participar en las actividades de formación o desarrollo laboral que el Establecimiento
estime conveniente.
ARTICULO Nº 56. Todo trabajador que participe en acciones de capacitación mantendrá su remuneración, cualquiera
fuera la modificación de sus jornadas de trabajo; no obstante, las horas extraordinarias destinadas a dichas actividades
no tendrán derecho a remuneración.
ARTICULO Nº 57. Las circunstancias en que un trabajador se inscriba en un curso de capacitación y no lo continué
por simple abandono del mismo, sin que medie una causal oportuna y debidamente justificada, se considera falta de
probidad e incumplimiento grave de las obligaciones que supone el Contrato de Trabajo, para los efectos legales.
ARTICULO Nº 58. Al finalizar cualquier acción de capacitación, quienes hayan participado deberán informar y
certificar a su superior directo sobre los resultados obtenidos. Los participantes de cursos de capacitación deberán
desplegar la diligencia, dedicación y esfuerzo que dichas actividades requieran. El incumplimiento de esta disposición
facultará al Establecimiento para prohibir futuras participaciones del empleado en actividades de capacitación.
ARTÍCULO Nº 59. Para acordar las acciones de capacitación existirá un comité bipartito, el cual estará integrado y
tendrá las atribuciones señaladas en el artículo 13 y siguientes de la ley 19.518.
XVI. ACOSO SEXUAL
La presente modificación corresponde a las exigencias señaladas por el Artículo Nº 153 del Código del Trabajo, modificada por la ley Nº 20005, la que regula las medidas que debe tomar el empleador para prevenir, investigar y
reprimir las conductas que puedan constituir el acoso sexual, definido para el reglamento interno del Colegio como: “el
que una persona realice en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por
quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo”.
Procedimiento al que se someterán y las medidas de resguardo y sanciones que se aplicarán en caso de denuncias
por acoso sexual.
Artículo 60. En el caso de las denuncias sobre acoso sexual, el empleador representado por el Rector del Colegio, ante
una denuncia del trabajador o trabajadora afectado (a), que cumpla íntegramente con el procedimiento establecido en el
Título IV del LIBRO II del Código del Trabajo, no estará afecto al aumento señalado en la letra c) del inciso primero del artículo 168.''.
Artículo 61. En caso de acoso sexual, la persona afectada deberá hacer llegar su reclamo por escrito a la Dirección del
Colegio o ante la respectiva Inspección del Trabajo.
Artículo 62. Recibida la denuncia, la dirección del Colegio deberá adoptar las medidas de resguardo necesarias
respecto de los involucrados, tales como la separación de los espacios físicos o la redistribución del tiempo de jornada,
considerando la gravedad de los hechos imputados y las posibilidades derivadas de las condiciones de trabajo.
En todo caso las medidas deberán ser consultadas por la Dirección del Colegio con su Equipo Directivo, salvo que el
caso de acoso afecte a algunos de los miembros del equipo.
En caso que la denuncia sea realizada ante la Inspección del Trabajo, ésta sugerirá a la brevedad la adopción de aquellas medidas al empleador, las que serán cumplidas por la Dirección del Colegio, en tanto estas instrucciones se hagan
llegar por escrito por la misma Inspección del Trabajo.
Artículo 63. El Director del Colegio dispondrá la realización de una investigación interna de los hechos, la que será
realizada por la persona que ella designe del personal del Colegio. Esta persona podrá rechazar el cargo, por razones
fundadas que deberá hacer llegar por escrito a la Dirección del Colegio.
Si la persona designada para la investigación interna acepta el cargo, deberá evacuar un informe escrito en un plazo no
superior a cinco días corridos.
Artículo 64. En el caso de investigación interna, ésta deberá constar por escrito en todas sus actuaciones así como
testimonios, sin perjuicio de poder hacer constar lo obrado por medios de almacenamiento magnético. En todo caso lo declarado y lo obrado por el investigador deberá ser llevado en estricta reserva.
Durante la investigación tanto el (la) denunciante como el (la) denunciado (a) serán oídos y podrán fundamentar sus
dichos a través de medios escritos y podrán ofrecer testimonios sólo de testigos presenciales, los que podrán ser
tachados. Las conclusiones deberán enviarse a la Inspección del Trabajo respectiva.
Artículo 65. En cualquier caso la investigación deberá concluirse en el plazo de treinta días.
Artículo 66. Las conclusiones de la investigación realizada por la Inspección del Trabajo o las observaciones de ésta a
aquélla practicada en forma interna, serán puestas en conocimiento del empleador, el (la) denunciante y el (la)
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denunciado (a). En todo caso la Dirección del Colegio hará que este informe se haga llegar de manera reservada a las
personas afectadas.
Artículo 67. Si de los antecedentes recabados en la investigación, resultaren que pueden ser constitutivos de delitos, la
investigación cesará en ese momento y deberá remitirse la denuncia que dispone el artículo 175 del Código Procesal
Penal.
Artículo 68. En conformidad al mérito del informe, el empleador deberá, dentro de los siguientes quince días, contados
desde la recepción del mismo, disponer y aplicar las medidas o sanciones que correspondan. Sanciones
- En caso de que la investigación interna establezca que las conductas de acoso sexual no resultaron ciertas de ninguna
manera, la o el denunciante será cesado (a) en sus trabajos sin derecho a indemnización alguna, sin perjuicio de
denunciar el hecho a la justicia, conforme a lo señalado en el artículo 175 del Código Procesal Penal.
- En caso que la investigación interna establezca que ha existido acoso sexual, el (la) autor (a) será cesado (a) en su
contrato, ya que se entenderá que hay incumplimiento grave de las obligaciones contractuales, sin derecho a
indemnización alguna. En caso que la conducta, además sea constitutiva de algún delito, la Dirección del Colegio
también hará efectivo el artículo 175 del Código Procesal Penal.
- Si de la investigación se establece que sólo hubo actos que no alcanzaron a constituir acoso sexual, pero hubo tentativa
de ello, se amonestará por escrito al (a la) autor (a) y se dispondrá una multa así como la prohibición de acercarse por
seis meses a la persona acosada.
Las sanciones antes mencionadas serán aplicadas por la Dirección, salvo que la denuncia por acoso sexual se haya efectuado ante la respectiva Inspección del Trabajo.
XVII. APLICACIÓN DEL SEGURO ESCOLAR.
ARTICULO N° 69. Los accidentes escolares dentro del establecimiento como los de trayecto ida y regreso del
Colegio que afecten a los estudiantes estarán cubiertos por el Decreto Supremo 313/73 y el protocolo para su atención
primaria será el descrito en el Reglamento de Convivencia del Colegio.
XVIII. V I G E N C I A
ARTÍCULO Nº 70
El presente Reglamento tendrá vigencia a contar desde el 20 de febrero del año 2014 hasta febrero del año
2016.
II. PLAN DE SEGURIDAD
1. OBJETIVOS GENERALES El propósito de este plan integral de seguridad escolar es resguardar la vida, la integridad física y la salud de los
estudiantes y de todo el personal que en él se desempeñe, como además, de proteger la propiedad educativa, dando
especial énfasis a la etapa de actuación para lograr una evacuación ordenada del recinto en casos de incendios y
catástrofes naturales, en que se apliquen los procedimientos establecidos, evitando desórdenes, desborde emocionales
colectivos que pueden ser causas de accidentes y pérdidas mayores dentro del establecimiento.
Este plan integral de seguridad tiene como objetivos:
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OBJETIVO GENERAL
1. Educar hacia una cultura preventiva generando actitudes de autocuidado y de adquisición de
habilidades para enfrentar situaciones de emergencia.
2. Planificar eficaz y eficientemente cada año la seguridad de toda la comunidad educativa,
tomando en consideración los riesgos y recursos con que contamos.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
I. Generar en la comunidad escolar una actitud de seguridad personal y colectiva.
II. Proporcionar a los escolares un efectivo ambiente de seguridad integral mientras cumplen con sus actividades
formativas.
III. Constituir al establecimiento en un modelo de protección y seguridad, aplicable en el hogar y en el barrio.
IV. Proporcionar conocimientos del correcto uso y manejo de equipos extintores de incendios al personal del
colegio.
V. Instruir a Monitores de patio en sus funciones de guiar al grupo de alumnos hasta las zonas de seguridad o
evacuación del recinto, minimizando los estados alterados de la conciencia y de manteniendo la disciplina, en
caso de incendios y catástrofes naturales.
VI. Conformar un Comité de Seguridad en el establecimiento, encargado de promover la capacitación a los
Monitores de patio y mantener comunicación con los organismos de emergencia.
INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SUSA FUNCIONES
INTEGRANTES COMITÉ DE SEGURIDAD FUNCIÓN
JULIA YOLANDA BURGOS ARAYA SUPERVISIÓN Y CONTROL
LEANDRO ESCOBAR ALARCÓN COORDINADOR DE SEGURIDADESCOLAR
DARIO PIZARRO CORTÉS COMITÉ DE EMERGENCIA
MARCELA AMIGO BURGOS COMITÉ DE EMERGENCIA
CLAUDIA AMIGO BURGOS COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN
LORENA ALFARO MUÑOZ PRESIDENCIA COMITÉ PARITARIO
JAIME RUIZ ALVAREZ COMUNICACIÓN E INFORMACION
LUCAS SALAS UGARTE ALUMNO MONITOR
ROSARIO DIAZ CONTADOR ALUMNO MONITOR
MUNIR SFEIR BORTOLOTTI ALUMNO MONITOR
CECILIA CONTRERAS COORDINADOR APODERADOS
ANITA CAROLINA GONZÁLEZ COORDINADOR APODERADOS
Se agregan a este Comité las siguientes personas:
VILMA VÁSQUEZ G. CRUZ ROJA
ELOY PINTO G. MONITOR PRIMER CICLO BÁSICO
ÁNGEL ASTORGA S. MONITOR SEGUNDO CICLO BÁSICO
JEAN THENOUX R. MONITOR ENSEÑANZA MEDIA
ANTONIO ESPEJO L. CORTE DE LUZ MAÑANA
JORGE SAAVEDRA C. CORTE DE LUZ TARDE
LUIS LIZARDI A. CORTE DE GAS
RESPONSABILIDADES ANTE EMERGENCIA
1. DIRECTORA DEL ESTABLECIMIENTO
SRTA. JULIA YOLANDA BURGOS ARAYA
i. Conocer el Plan en su totalidad para entender su ejecución y prestar la ayuda necesaria al Coordinador de
Seguridad Escolar.
ii. Mantener contacto con los organismos de educación competentes en esta materia.
iii. Recepcionar toda la información recopilada por el Coordinador de Seguridad Escolar.
iv. Buscar las formas más adecuadas de resolver las necesidades que se presenten en la emergencia.
2. COORDINADOR DE SEGURIDAD ESCOLAR
SR. LEANDRO ESCOBAR ALARCÓN
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i. Asumir el control y la dirección de toda la evacuación y rescate.
ii. Coordinar la necesidad de ayuda exterior con los bomberos, servicio de ambulancias, hospital, clínicas, puestos
de socorro, organismos de auxilio, autoridades, etc.
iii. Distribuir funciones a los miembros del Comité Paritario de Higiene y Seguridad del establecimiento.
iv. Reunir toda la información necesaria para realizar una búsqueda de soluciones para evitar presuntos daños
personales y materiales.
v. Estar en constante comunicación con la Directora del establecimiento para mantener el apoyo externo y
resolver materias de seguridad.
vi. Mantenerse presto a resolver todas las dudas que presenten los alumnos, el Comité de Seguridad y C.P.H.S.
del establecimiento en aspectos de seguridad escolar y aplicación de este Plan.
3. COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR:
i. Seguir todas las instrucciones que entregue el Coordinador de Seguridad Escolar.
ii. Conocer el Plan en su totalidad y tener la capacidad de manejarlo de la mejor manera.
iii. Trabajar coordinadamente con el Comité Paritario de Higiene y Seguridad del establecimiento.
iv. Capacitar a personas que por sus características personales puedan ser de ayuda ante un siniestro.
v. Evaluar su grado de desarrollo a medida que la emergencia este avanzando y entregar los resultados de estos al
Coordinador de Seguridad Escolar.
vi. Realizar todas las gestiones en que sea necesaria su participación, previa instrucción entregada por el
Coordinador de Seguridad Escolar.
4. COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD:
Este Comité actuará bajo el mando del Coordinador de Seguridad y Emergencia Escolar. Sus miembros serán
los encargados de prestar los servicios de brigadistas de rescate que están estipulados en este Plan. Toda la
información que reciban deberá ser otorgada de manera oportuna al Coordinador de Seguridad Escolar.
i. Trabajar de manera coordinada con el Comité de Seguridad Escolar y los alumnos Monitores de evacuación,
para el correcto desarrollo de este plan.
ii. Realizar todas las gestiones en la que sea necesaria su participación previa instrucción entregada por el
Coordinador de Seguridad Escolar.
5 ALUMNOS MONITORES DE EVACUACIÓN:
i. Tomar sus puestos asignados de manera inmediata para efectuar la evacuación.
ii. Ayudar en tener un proceso de evacuación ordenado y tranquilo hacia las Zonas de Seguridad conocidas por
ellos.
iii. Mantener siempre un listado de alumnos que les permita realizar la contabilidad de estos en la evacuación.
iv. Entregar información recopilada de manera oportuna al Coordinador de Seguridad Escolar.
6. RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL EN GENERAL:
El personal docente, paradocente, asistente, alumnado en general deberá asumir la responsabilidad de cumplir con las
reglas dispuestas para la evacuación, colaborando con los responsables de evacuación.
CAPÍTULO : Metodología AIDEP
1. Análisis Histórico
El Colegio posee dos accesos:
- Acceso Principal por calle Huanhualí, sector señalizado por el Departamento de Tránsito de la Municipalidad de La
Serena
- El segundo acceso por calle Ramón Ángel Jara, donde también se encuentra señalizada la zona de escuela.
Se realizó una investigación respecto de daños personales, materiales y accidentes escolares dentro y en las
inmediaciones del establecimiento. Para ello se revisó La Bitácora del Colegio, se realizaron entrevistas al personal
con mayor cantidad de años de servicio y se mantuvo una reunión con la presidente del Comité Paritario, llegando a las
siguientes conclusiones:
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- No se han registrado accidentes de gran magnitud dentro del establecimiento por accidentes escolares y ninguno por
movimientos sísmicos, incendio.
En lo referido a accidentes escolares en el exterior inmediato, se cuenta un accidente de tránsito, ocurrido el año 2009,
en circunstancia que un alumno cruzó la calle Ramón Angel Jara, delante de un bus estacionado, sin cerciorarse de
que se aproximaba un vehículo a exceso de velocidad, por el cual fue atropellado sufriendo fractura expuesta en una de
su pierna.
- Se tiene un primer conocimiento del comportamiento de los padres y apoderados ante una alarma de tsunami (fallida) Este hecho fue observado el año 2010, cuando los padres llegaron al Colegio a retirar a sus hijos, provocando una
enorme congestión vehicular que desencadenó una serie de problemas en la calle Huanhualí.
2. Investigación en Terreno
En esta etapa se revisaron los planos y el inventario de recursos, útiles para enfrentar emergencias en forma oportuna o
para evitar deterioro de los bienes materiales. Dentro de los recursos, se cuenta con 8 extintores operativos : 7 para
cualquier tipo de incendio ( A, B, C ) y 1 de agua sólo para fuegos de tipo “A”.
El mantenimiento de estos dispositivos es anual y lo realiza la Empresa Willob, que posee los permisos que cumplen
con las Normas de Seguridad y estándares que requiere la Certificación de los Extintores.
Se observa también que el Establecimiento tiene dos situaciones externas de peligro: - Un alto tráfico vehicular al inicio y término de la jornada escolar, coincidente con los horarios punta de la locomoción
colectiva y particular.
- El Colegio colinda con una automotora que tiene en sus patios un número aproximado de 20 vehículos, muchos de los
cuales están un largo período de tiempo estacionados.
3. Ficha de Puntos Críticos Con la información anterior y con la ayuda de mapa de microzonificación del establecimiento y su entorno, se
completó la ficha de puntos críticos de cada una de las zonas en las que se dividió el Colegio. En esta recolección de
información se contó con el apoyo de los Docentes, alumnos Padres y Apoderados y personal auxiliar del
Establecimiento.
RIESGO / PUNTO
CRÍTICO
INTERNO
/
EXTERNO I , interior del
Establecimieno
E , exterior
UBICACIÓN
EXACTA
IMPACTO
EVENTUAL
SOLUCIONES
POSIBLES
RECURSOS
NECESARIOS
Escala de
emergencia 2º
piso
I Segundo piso
No tener
segunda vía de
escape
Habilitar salida
a segundo patio
Construcción
escalera.
Vidrios de
ventanales I Todas las salas
Estallido de
vidrios
Recubrir con
lámina plástica
Lámina de
plástico
Mobiliario en
salas de clases I Salas
Caídas u
obstrucción Empotrar
Flujo vehicular E Calle
Huanhualí
Accidente de
alumnos,
apoderados y
profesores
Solicitar
construcción
resalto
Resalto
4. Discusión y Análisis de los Riesgos
Los integrantes del Comité de Seguridad discutieron y analizaron cada riesgo, estableciendo la respectiva prioridad,
clasificándolos en una escala de 1 al 3, siendo 1 la más inmediata.
RIESGOS SOLUCIÓN PRIORIDAD
Falta de segunda vía de escape
del segundo piso
Habilitar salida alternativa del segundo piso 1 prioridad
Vidrios de la salas de clases
Cubrir con lámina autoadhesiva, transparente.
2 prioridad
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Mobiliario en salas de clases
-Identificar mobiliario endeble y/o en mal estado.
-Verificar firmeza de los muebles que se encuentran
adosados en la pared.
-Empotrar en la pared muebles como por ejemplos
estantes.
1 prioridad
Puertas salas
-Verificar que cada sala cuente con marcación de radio
de giro
-Arreglar las que necesiten mantención 3 prioridad
Desniveles en patios -Pintar con franjas amarillas
-Remplazar huincha 2 prioridad
Especificaciones de seguridad en sala de clases
-Aplicar las especificaciones de seguridad en caso de
emergencia o incidente.
1 prioridad
Implementación botiquín -Revisión e implementación botiquín móvil
2 prioridad
5. Elaboración de Mapas
5.1. Distribución del espacio interno
Zonas de Seguridad Internas – Evacuación por sismo de mediana intensidad
Ubicación extintores
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5.2. Zona de Seguridad Externa:
Plaza Buenaventura Osorio : Evacuación por sismo de 7º o más.
Evacuación según lugar del foco de incendio
Sector Huanhualí : Evacuación según lugar del foco de incendio
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5.3. Accesos vehiculares a Vías de Evacuación y Zonas Seguridad Externa
HACIA PLAZA BUENA AVENTURA OSORIO, UBICADA EN INTERSECCIÓN DE LAS CALLES
RAMÓN ÁNGEL JARA Y BUENAVENTURA OSORIO.
ZONA DE SEGURIDAD
EXTERNA
COLEGIO SERENA
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CAPÍTULO : Planificación
Cada dos años la Dirección del establecimiento convocará a programas de capacitación interna para todos los
funcionarios y a través de la Mutual de Seguridad u otra institución capacitadora, destinada a instruir a la comunidad
escolar sobre el tema.
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Sin embargo, anualmente, en los primeros Consejos Generales de Profesores se actualizarán las directrices relacionadas
con :
- Atención de primeros auxilios
- Actuación frente a incendios, a accidentes escolares y a movimientos telúricos.
- Programa de difusión y sensibilización
Periódicamente, la comisión de seguridad inspeccionará el local escolar, con el propósito de detectar situaciones no
seguras para nuestra comunidad escolar, levantando un informe que será entregado a la Dirección del colegio.
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN : PRIMEROS AUXILIOS.
OBJETIVO: Aprender y aplicar maniobras básicas de primeros auxilios.
RESPONSABLES: SRA. VILMA VÁSQUEZ G. Y SR. ELOY PINTO G.
PARTICIPANTES: Todos los integrantes del Comité Integral de seguridad.
PRODUCTO O RESULTADO: responder efectivamente frente situaciones de emergencia.
RECURSOS MATERIALES ASIGNADOS: Botiquín, camillas otros apropiados para el tema.
FECHA DE INICIO Y TÉRMINO: Febrero 2014 Diciembre 2014.
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD:
PROGRAMA INCENDIO
OBJETIVO: Pretende conseguir que cualquier incidente de esta naturaleza tenga una influencia mínima o nula sobre:
- Las personas Alumnos, Profesores, apoderados y Auxiliares.
- Las Instalaciones del establecimiento como Salas, Laboratorios, biblioteca, sala de profesores, etc.
- La continuidad de las actividades normales programadas.
RESPONSABLES: Leandro Escobar A. Eloy Pinto G. y Ángel Astorga S.
PARTICIPANTES: Todos los integrantes de la comunidad educativa.
PRODUCTO O RESULTADO: responder efectivamente frente situaciones de emergencia.
RECURSOS MATERIALES ASIGNADOS: Megáfono, Campana, Extintores.
FECHA DE INICIO Y TÉRMINO: Febrero 2014a Diciembre 2014.
DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES:
PROGRAMA: ACCIDENTE ESCOLAR
OBJETIVO: Pretende conseguir que, frente a un accidente escolar, ocurrido a cualquiera persona que se encuentre
dentro del área del establecimiento; o accidente de trayecto ocurrido en las inmediaciones del colegio a alumnos,
docentes y funcionarios se pueda actuar de manera eficiente, con el fin de minimizar los riesgos a la salud de la víctima.
RESPONSABLES: Leandro Escobar A. Eloy Pinto G. y Angel Astorga S.
PARTICIPANTES: Todos los integrantes de la comunidad educativa.
PRODUCTO O RESULTADO: Vilma Vásquez G., Eloy Pinto G
RECURSOS MATERIALES ASIGNADOS: Camilla, silla de ruedas, botiquín primeros auxilios.
FECHA DE INICIO Y TÉRMINO: Febrero 2014 a Diciembre 2014.
DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES:
En forma periódica la dirección del establecimiento convocará a programas de capacitación para todos los funcionarios,
a través de la Mutual de Seguridad u otra institución capacitadora, destinada a instruir a la comunidad escolar sobre el
tema.
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO Y EJERCITACIÓN
OBJETIVO: Realizar seguimiento de acuerdo a los cronogramas del calendario formulado para dar
respuesta a situaciones de riesgo.
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RESPONSABLES: Juana Espinoza M., Leandro Escobar A., y Darío Pizarro P.
PARTICIPANTES: Todos los integrantes de la comunidad educativa.
PRODUCTO O RESULTADO: verificación del logro de los objetivos de los programas dispuestos
para las diferentes emergencias.
RECURSOS MATERIALES ASIGNADOS: Inventario de recursos, Documentos con puntos
críticos, constatación de soluciones en Bitácora del Colegio.
FECHA DE INICIO Y TÉRMINO: Febrero 2014 a Diciembre 2014.
DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES:
Simulación: Se refiere a ejercicios de escritorio que permite coordinar los roles y observar en el plano del
establecimiento los movimientos a realizar.
Para lograr los objetivos en esta área se efectuarán reuniones de coordinación a lo menos una vez al mes.
Simulacros: Permiten de forma física poder llevar a cabo la simulación, observando y evaluando in situ la emergencia.
Durante esta actividad se observan y corrigen los roles, las coordinaciones de las evacuaciones, los elementos técnicos y
materiales que se deben utilizar para cada emergencia
PROGRAMA DIFUSIÓN Y SENSIBILACIÓN
OBJETIVO: Programar con los padres y apoderados un sistema de evacuación en el hogar y de coordinación en caso de que sus
hijas o hijos se encuentren en el establecimiento. RESPONSABLES: Juan Espinoza M. Profesores Jefes de Curso
PARTICIPANTES: Toda la comunidad educativa.
PRODUCTO O RESULTADO: Crear en cada hogar su propio Plan de Seguridad.
RECURSOS MATERIALES ASIGNADOS: Folletos con indicaciones básicas de seguridad en el hogar,
información a los profesores jefes, tiempo dentro de las reuniones de subcentros de padres.
FECHA DE INICIO Y TÉRMINO: Febrero 2014 a Diciembre 2014.
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD: Plan Familiar de Emergencia
Este plan consiste en tres etapas, EL ANTES – EL DURANTE - EL DESPUÉS:
- ANTES:
Cada Plan Familiar de Emergencia es único e irrepetible, ya que nunca una casa es igual a otra, de esto se deriva la
importancia de que Ud. realice los siguientes pasos:
1. Análisis de vivienda: cuales son las vías de escape en su hogar, verificar muebles que pueden obstaculizar las vías
de escape, sistema eléctrico, sistema de conexión de gas, etc. Luego poner remedio a lo deficitario (atornillar muebles
que puedan caerse, cambiar sistema eléctrico deficiente, flexible de cañerías, etc.) determinar zona de seguridad.
2. Análisis sector: ¿Por dónde tengo que evacuar? ¿cuáles son las vías más expeditas? ¿cuáles son los riesgos en mi
sector? (cables de luz, alcantarillado, etc.) determinar zona de seguridad.
3. Análisis de mi familia: si tenemos bebés que no caminan, ancianos e inválidos, ¿Cómo los vamos a ayudar a
evacuar?
4. Responsables de la familia: ¿Quién corta la luz, el agua, el gas?
5. Acordar ¿Cuál va a ser el lugar de encuentro familiar?
6. Acordar quién va a buscar a los hijos o hijas al establecimiento, partiendo de una base real (cercanía y medios de
transporte)
7. Preparar un bolso que sirva en caso de emergencia
8. Ejercitar el plan. 9. Colocar el Plan de Seguridad Familiar en un lugar visible.
- DURANTE:
Habrá que tener mucho cuidado con el vocabulario que se usa durante un siniestro, por muy pequeño que sea, ya que no es lo mismo decir “Escapen” que “Evacúen”. Ciertas palabras inducen al miedo y al descontrol.
1. Guardar la calma y hacer saber que todo va a salir bien, ya que se tiene todo planeado.
2. Poner el plan de acción previamente ejercitado.
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- DESPUÉS:
1. Volver a su hogar SOLO cuando se verifique que es totalmente seguro.
2. Estar atentos a la información de radio como medio de comunicación.
Si un siniestro se produjere durante el horario de clases, el colegio se encuentra correctamente delimitado con vías de
evacuación y zonas de seguridad, además se ha puesto en práctica el Plan Integral de Seguridad. En el caso que el sismo
sea de alta intensidad, los alumnos podrán ser retirados cuando el Comité de Seguridad verifique el estado real del interior y exterior inmediato del colegio y de cada curso y alumno.
El retiro de los alumnos será por calle Ramón Angel Jara, cuando el sismo sea de mediana intensidad y en Plaza
Buevaventura Osorio cuando el sismo sea igual o superior a 7°.
El retiro se hará por lista y nombre de quién lo retira.
PROGRAMA DE MEJORAS DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO.
OBJETIVO: Mejorar la infraestructura del establecimiento e implementar con recursos que
permitan minimizar los riesgos y actuar pronta y organizadamente frente a una emergencia.
RESPONSABLES: Yolanda Burgos A. , Marcela Amigo B., Claudia Amigo B.
PARTICIPANTES: Dirección del establecimiento.
PRODUCTO O RESULTADO: Reparación y equipamiento del establecimiento.
RECURSOS MATERIALES ASIGNADOS: Los que se designen según mantenimiento y otras entidades que apoyen
la reparación para mejorar la infraestructura y responder a eventuales situaciones de riesgo.
FECHA DE INICIO Y TÉRMINO: Diciembre 2013 a febrero 2014
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD: Según orden de solicitud de recursos para emergencias, así como también para la reparación de la infraestructura, se irán implementado las necesidades descubiertas según programa ACCEDER y recursos disponibles para aquello.
CAPÍTULO : Programas de Respuesta Ante Emergencias
1. PROGRAMA INCENDIO
METODOLOGÍA ACCEDER
1. ALARMA
Activar alarma interna, toques reiterados de campana para evacuación del colegio y se informará de inmediato
a bomberos.
Si es factible tratar de apagar el fuego, y si no es posible o hay riesgo, evacuar el lugar, cerrando todas las
puertas que vaya pasando.
2. COMUNICACIÓN E INFORMACION:
Al descubrir un incendio o humo en las instalaciones del Colegio, cualquier funcionario deberá dar la alarma y
luego informará con calma y claramente del hecho, al Coordinador de Seguridad o a la persona que en ese momento la
subrogue.
Esta información podrá ser personal o a través de un teléfono celular, indicando en su contenido la respuesta a
tres interrogantes fundamentales :
Quién informa
Qué ocurre
Dónde ocurre
Para la comunicación con los puntos de apoyo que tiene el establecimiento, el Coordinador General de Seguridad
Escolar Sr. Leandro Escobar A., o en su ausencia, los Coordinadores suplentes de Seguridad la Sra. Marcela Amigo B.
o el Sr. Darío Pizarro C. responsables de dar aviso de inmediato a los siguientes equipos de emergencias:
Bomberos, el fono emergencia general 132 para la coordinación de ellos.
El hospital para apoyar asistencia médica al alumnado de establecimiento
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Carabineros de Chile 133 para la coordinación de cierre de vías si es necesario y apoyo en general.
Las comunicaciones externas serán coordinadas por parte de la Dirección del Establecimiento, las comunicaciones
internas la asumirá quién esté en ese momento de turno, ocupando los medios disponibles para estos eventos. (Radios,
megáfonos, celulares o a viva voz).
.
3. AUTO CONVOCATORIA DE TRABAJO PERMANENTE. Las personas con responsabilidades en este ámbito, tendrán que auto convocarse, es decir, concurrir sin necesidad que
se les llame a participar en la superación de las situaciones de emergencia. Bastará con que conozcan la Alerta y/o la
Alarma mediante pruebas hechas anteriormente.
4. COORDINACION: En el caso de un incendio será el Coordinador General de seguridad Escolar o sus delegados los que asumirán la
responsabilidad de distribuir o delegar las funciones a los miembros del comité de evacuación según su organización.
Los docentes deberán asumir y liderar en su momento la evacuación de las personas que se encuentran dentro del sector
amagado. En primera instancia se procederá a controlar el fuego en su inicio y si no es posible, evacuar dirigiéndose a
las zonas de seguridad que les corresponde, según plano de evacuación.
Además, los docentes deben reunir las informaciones necesarias como por ejemplo: cantidad de alumnos, evacuados,
cantidad de apoderados evacuados, cantidad total de lesionados y la gravedad de las lesiones, producidas directa o
indirectamente por el siniestro.
Esta información debe ser entregada al Coordinador del Comité de Seguridad del Establecimiento, para luego realizar
un informe detallado de todo el acontecimiento y derivar éste a los organismos pertinentes de la comuna.
5. EVALUACIÓN PRIMARIA DESPUES DEL EVENTO:
Será obligación del Comité Paritario de Higiene y Seguridad del establecimiento verificar las lesiones a las personas y
los daños materiales que se presenten después del siniestro. Estas van a estar especificadas dentro del siguiente marco
de evaluación.
Evaluación de lesiones personales: - Lesiones leves
- Lesiones de mediana gravedad
- Lesiones graves
- Las lesiones mencionadas anteriormente serán atendidas por las personas capacitadas y entrenadas para ello. El
Comité Paritario de Higiene y Seguridad dejará previamente establecido quienes de sus miembros serán las
personas que prestarán la ayuda preliminar, antes que el herido sea derivado a un centro hospitalario y
además quienes concurrirán a buscar de manera eficaz los
equipos y elementos necesarios para atender los requerimientos básicos tales como:
Camillas.
Botiquines.
Elementos de primeros auxilios.
Manuales de primeros auxilios, etc.
Estos elementos de apoyo serán ubicados en Inspectoría del establecimiento y todos los elementos deben estar en
buenas condiciones para su utilización.
Evaluación general por daños materiales que pueda sufrir el establecimiento:
- Derrumbes de infraestructura.
- Daño a las instalaciones del establecimiento.
- Caídas de alumbrado eléctrico. Ruptura de cañerías de agua, gas (debe cortar de manera oportuna la circulación de este suministro), etc.
6. DECISIONES:
En una emergencia de incendio, la persona que detectó el fuego o inicio de incendio debe evaluar si puede apagarlo
mediante técnicas básicas como la utilización del extintor. En caso que no se pueda controlar, debe dar el aviso correspondiente a personas del Comité de Seguridad, quienes darán la orden de evacuar el lugar, siguiendo las
instrucciones que están en este plan, hacia las zonas de seguridad dirigidos por los monitores de patio.
El sistema de comunicación con los servicios de apoyo Ambulancia, Bomberos, Carabineros entrará en funcionamiento
según la magnitud de la emergencia de incendio, ya que como se explica anteriormente, si el fuego se puede controlar
no será necesaria la comunicación con estos servicios.
Dependiendo de la magnitud del siniestro se determinará si la Dirección del Colegio solicita o no la suspensión de
clases a la Secretaria Regional Ministerial de Educación.
7. EVALUACIÓN SECUNDARIA:
Esta evaluación se llevará a cabo, con el fin de medir parámetros más minuciosos que afecten a al establecimiento y
sus alrededores.
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El Comité de Seguridad Escolar, en conjunto con la Dirección del establecimiento y el Comité Paritario de Higiene y
Seguridad realizarán las gestiones de evaluación para determinar de manera coordinada los efectos en los siguientes
lugares:
DAÑOS MATERIALES:
Salas de clases: Se revisará el sector afectado por el incendio y cada sector que rodea el lugar de la emergencia,
constatando daños de los componentes principales de éstas.
Laboratorios: En esta inspección se debe considerar los aspectos más importantes de ellas como los depósitos de
sustancias peligrosas, ya que en laboratorio permanecen gases que pueden combinarse y producir una explosión.
En los laboratorios que se encuentran implementados con mecheros con combustión de gas licuado, se debe realizar una
inspección a todas las líneas que conducen dicho gas.
Instalaciones eléctricas: En éstas se debe constatar que ningún cable, tanto de la instalación lumínica como de las tomas de fuerza se encuentren expuestos al contacto con las personas a quienes que puedan provocar electrocución.
8. READECUACION DEL PLAN Después de terminada la emergencia y se pueda restablecer la normalidad dentro del establecimiento, se reunirá la
Directora del establecimiento, el Comité de Seguridad y la brigadas de evacuación con toda la información recopilada
dentro de la emergencia ocurrida y el plan de emergencia actual, con el fin de modificar todos los puntos bajos de éste,
reforzar y determinar todas las medidas que sean necesarias para complementar este plan de emergencia y optimizarlo,
de manera tal que no se produzcan los mismos errores en otra situación de similares características.
Completar pauta de evaluación al evento.
2. PROGRAMA MOVIMIENTO TELÚRICO
METODOLOGÍA ACCEDER
1. ALERTA/ALARMA
El terremoto o sismo fuerte es la alarma.
Durante los sismos los Profesores darán instrucciones a los alumnos de manera clara y calmada para “Agacharse-
Cubrirse-Sostenerse” en lugares seguros en las salas de clases.
Posteriormente al sismo, toques de campana anunciarán que los alumnos evacuarán de manera ordenada hacia las Zonas
de Seguridad, previo aviso de las personas que autorizan la evacuación interna.
Evitar correr hacia Zonas de Seguridad y hacerlo con rapidez, de manera controlada y serena.
2. COMUNICACIÓN E INFORMACION:
Frente a un sismo se debe establecer la comunicación e información entre el Coordinador de Seguridad, los Monitores
de la evacuación y los Apoyos externos. Esta comunicación e información debe tener las siguientes condiciones: - Rápida
- Concisa
- Serena
Para la comunicación con los puntos de apoyo que tiene el establecimiento, el Coordinador General de Seguridad
Escolar, o en su ausencia, los Coordinadores suplentes de Seguridad deberán:
- Contactarse con la Central de Bomberos de la ciudad y con Carabineros de Chile por si se necesita apoyo en la
emergencia sólo si existieran daños personales o materiales en el establecimiento.
- Ante un sismo de mediana intensidad se evacuará hacia las zonas de seguridad interna y si fue de alta magnitud (6°
o más) se procederá a evacuar hacia zona de seguridad externa sólo después de que haya sido chequeado el estado
de las vías de evacuación y la Zona de Seguridad.
La comunicación interna la realizarán los Profesores que se hallan en diversas actividades y lugares dentro del Colegio.
3. LISTA DE RESPONSABLES DE GRUPOS DE TRABAJO INTERNOS Y EXTERNOS
Deberá existir la nómina visible de los integrantes del Comité de Seguridad, en que se registre, direcciones, teléfonos y
todos aquellos datos que sirvan para ubicarlos rápidamente y puedan presentarse oportunamente a enfrentar una
situación de emergencia.
4.AUTO CONVOCATORIA DE TRABAJO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR.
Las personas con responsabilidades en este ámbito, tendrán que auto convocarse, es decir, concurrir sin necesidad que
se les llame a participar en la superación de las situaciones de emergencia. Bastará con que conozcan la Alerta y/o la
Alarma.
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5. COORDINACION:
Los Monitores encargados de los patios y El Comité de Seguridad Escolar deberán actuar de manera coordinada para
que la evacuación de las personas que se encuentran en el establecimiento sea tranquila y organizada, tomando todas las
medidas posibles para evitar incidentes durante este proceso.
En el caso de un sismo, será el Coordinador de Seguridad Escolar o sus suplentes los que asumirán la responsabilidad
de distribuir o delegar las funciones a los miembros del Comité de Evacuación.
Los alumnos del Comité deberán asumir la evacuación de las personas a su cargo, dirigiéndolos a las Zonas de
Seguridad que les corresponde según plano de evacuación. Además ellos deben reunir las informaciones necesarias, como por ejemplo: cantidad de alumnos, evacuados, cantidad
de apoderados evacuados, cantidad total de lesionados y la gravedad de sus lesiones.
Esta información debe ser entregada al Coordinador del Comité de Seguridad del Establecimiento.
6. EVALUACIÓN PRELIMINAR DESPUES DEL EVENTO:
Será obligación del Comité Paritario de Higiene y Seguridad del establecimiento verificar los daños materiales y
lesiones a las personas que se presenten después del siniestro, dentro del siguiente marco de evaluación.
Evaluación generalizada de daños materiales que pueda sufrir el establecimiento:
- Derrumbes de infraestructura.
- Daño a las instalaciones del establecimiento.
- Caídas de alumbrado eléctrico
- Ruptura de cañerías de agua, gas ( se debe cortar de manera oportuna la circulación de este suministro), etc.
Evaluación de lesiones personales: Lesiones leves: golpes, caídas, cortes, desmayos, ataques de pánico que sufran las personas que se encuentren en el
establecimiento y que sean de carácter leve.
Lesiones de mediana gravedad: golpes, caídas, cortes, desmayos, que sufran las personas que se encuentren en el
establecimiento y que deban ser atendidas de forma inmediata.
Lesiones graves: heridas expuestas, amputaciones, fracturas de gravedad, infartos cardiovasculares, u otras que sufran los ocupantes del establecimiento y que comprometan la vida de éstos.
Todas las lesiones mencionadas serán atendidas preliminarmente por personas capacitadas y entrenadas para ello a la
espera de atención especializada. El Comité Paritario de Higiene y Seguridad dejará previamente establecido quiénes
de sus miembros serán las personas que prestarán esta ayuda primaria y además quiénes concurrirán a buscar los
equipos y elementos tales como:
-Camillas
-Botiquines
-Elementos de primeros auxilios
-Manuales de primeros auxilios, etc.
7. DECISIONES Dependiendo de la magnitud del siniestro se determinará si las clases deban ser o no suspendidas. Esta decisión quedara
a cargo de la Dirección del colegio, previo informe del Coordinador de Seguridad Escolar o de los suplentes.
8. EVALUACIÓN SECUNDARIA
Esta evaluación se llevará a cabo con el fin de medir los daños materiales de modo más minuciosos en ámbitos que
afecten a la comunidad educativa y sus alrededores inmediatos.
La Dirección del establecimiento y el Comité Paritario de Higiene y Seguridad, y si es necesario organismos externos
realizarán esta evaluación en diferentes dependencias e instalaciones;
Salas de clases: Se realizará la revisión a todas y a cada una de las salas de clases del establecimiento, constatando
daños de los componentes principales de éstas.
Laboratorios: En esta inspección se debe considerar los aspectos más importantes de ellas como los depósitos de
sustancias peligrosas. En este punto se debe constatar que las mismas no hayan sufrido fisuras o el rompimiento total
del mismo. En los laboratorios que se encuentran implementados con mecheros con combustión de gas licuado, se debe
realizar una inspección a todas las líneas de conducto de dicho gas, haciéndola de forma minuciosa a todos los laboratorios que constan con este tipo de instrumento.
Instalaciones eléctricas: Se debe constatar que ningún cable, tanto de la instalación lumínica como de las tomas de
fuerza, se encuentren expuestos al contacto con las personas por peligros de electrocución.
Baños: Se verificará el estado de estos lugares, constatando daños como derrumbes u otros que permitan dar
autorización o prohibición del uso de estas zonas.
Los resultados de las inspecciones que se realicen en el establecimiento se registrarán en un documento que deberá presentarse a la Dirección del colegio, para que posteriormente éste informe a los organismos pertinentes y se tenga un
catastro de daños para eventuales reparaciones.
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Daños personales: Dados los informes preliminares de heridos, se procederá a recopilar datos individuales de cada uno
de ellos e informar a los familiares más directos. Cualquiera persona que sufra daños personas dentro del
establecimiento será conducida al recinto hospitalario de la ciudad.
Estos datos serán entregados por los Monitores al Coordinador del Comité de Seguridad y luego éste a la Dirección y
de este nivel a los organismos pertinentes.
9. READECUACION DEL PLAN
Después de terminada la emergencia y si se puede restablecer la normalidad dentro del establecimiento, como el inicio
de clases, se reunirá la Directora del establecimiento, el Comité de Seguridad y el Comité de Evacuación con toda la
información recopilada dentro de la emergencia ocurrida y el plan de emergencia actual, con el fin de modificar todos los puntos bajos de éste, reforzar y determinar todas las medidas que sean necesarias para complementar este plan y
optimizarlo de manera tal que no se produzcan los mismos errores para otra situación de similares características.
3. PROGRAMA SOBRE ACCIDENTES ESCOLARES
Una vez ocurrido el accidente al alumno se debe proceder de la siguiente manera:
a) Quien detecte la situación deberá informar a quien se encuentre lo más cercano posible, con tal de llevar esta
información a la Inspectoría.
b) Quien auxilia debe lograr que el alumno permanezca en su lugar sin realizar movimiento alguno hasta que llegue el encargado de los primeros auxilios.
c) Si la situación permite que el alumno pueda caminar es ideal conducirlo a la enfermería donde debe permanecer en
reposo por un tiempo razonable hasta que se pueda trasladar al centro de asistencia médica que corresponde.
d) En presencia de un caso de lesiones leves Inspectoría canalizará el traslado del alumno con la documentación que
corresponde.
e) En presencia de un caso de lesiones no leves, es decir, de cierta complejidad, Inspectoría canalizará la solicitud de la
ambulancia correspondiente al Servicio de Salud.
f) Inspectoría comunicará a los padres y/o apoderados de lo ocurrido al alumno, las circunstancias y su destino en ese
instante.
g) Inspectoría elaborará toda la documentación correspondiente, de tal modo de facilitar las atenciones necesarias que el
Servicio de Salud debe prestar dentro del marco del Seguro Escolar Obligatorio.
h) Un representante del colegio deberá mantenerse con el afectado en todo momento si la situación así lo permite, inclusive en la asistencia pública, hasta la llegada de uno de los Padres y/o Apoderados del alumno afectado.
i.) La Dirección del establecimiento solicitará al Comité de Seguridad Escolar un informe con el origen, causas y
consecuencias que provocaron el accidente, cualquiera sea su gravedad.
4. PROGRAMA DE EVACUACIÓN
1. OBJETIVOS: - Instruir y aplicar los procedimientos de evaluación, con el fin de ejecutar un proceso rápido, ordenado y seguro de
las personas que se encuentran dentro del Establecimiento Educativo.
- Proporcionar información clara, concisa, oportuna y serena, con respecto a la evacuación, de las vías propiamente tal
y sus respectivas Zonas de Seguridad, en caso de ocurrencia de un Sismo o Incendio.
2. ALCANCE Estos procedimientos serán aplicables en todas las instalaciones de este establecimiento educacional y a todas las
personas que se encuentren dentro de él.
3. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACION ANTES DE UNA EVACUACION
ANTES DE LA EVACUACIÓN: - Proporcionar información a las personas tales como:
¿Quiénes son las personas encargadas de la evacuación y los Monitores de patio.
Cuántos y dónde, se encuentran los lugares de Zonas de Seguridad
Cuáles son las vías de evacuación y cuántas existen.
Cuáles son las fuentes de energía que se deben desactivar.
Cómo deben estar las vías de evacuación
Cómo se debe evacuar?
- Realizar inspecciones a los letreros que indican las vías de evacuación, así como las de las Zonas de Seguridad. Los aspectos a
considerar son: Estado de los letreros: letras e imágenes, tamaño en relación a distancia medias, lugar de emplazamiento.
- Por otra parte, las llaves del establecimiento educativo deben encontrarse en un lugar determinado y al alcance del Coordinador de Seguridad Escolar y/o los suplentes.
Las puertas del establecimiento, en general, deben mantenerse en buenas condiciones de funcionamiento.
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Las puertas deben abrirse hacia el sentido de la evacuación.
Mantener expedita las vías de evacuación.
Mantener las escaleras en buenas condiciones de tránsito.
Las zonas de seguridad deben permanecer despejadas.
La campana, que dará la alarma de evacuación, se debe mantener en perfectas condiciones de funcionamiento
DURANTE LA EVACUACIÓN - Todo el Personal deberán evacuar las áreas ocupadas, solicitándoles que en forma ordenada y rápida (sin correr)
abandonen las instalaciones por las salidas de emergencia y dirigirse de inmediato a las Zonas de Seguridad
determinadas.
- Evitar conversar en el momento de la evacuación, para no distraer a las demás personas.
- Desconectar de inmediato todas las fuentes principales de energía (eléctrica y calórica).
- Alertar a los equipos de apoyo externo, si la emergencia lo amerita.
- En la evacuación dar la preferencia a las personas más vulnerables.
- Las personas encargadas de la evacuación deben saber mantener la calma y por lo tanto establecer una actitud de
liderazgo frente a las personas durante el siniestro.
- Las personas evacuadas deben transitar por el lado derecho, con respecto a la vía de evacuación, para dejar el lado
izquierdo expedito para la acción del grupo de apoyo.
- Las personas evacuadas deben obedecer disciplinadamente al Comité de Evacuación.
- Ninguna persona debe devolverse al lugar evacuado, con excepción del Comité de Evacuación, que inspeccionará el
recinto para constatar la presencia de personas atrapadas o lesionadas.
- Cualquiera persona que se encuentren dentro del establecimiento debe dirigirse a Zona de Seguridad
- Retirar los vehículos que se encuentran en el estacionamiento del Colegio para facilitar el acceso a organismos de
apoyo externo (ambulancia, bomba, patrulla)
DESPUÉS DE LA EVACUACIÓN - El Comité de Seguridad Escolar debe realizar un informe detallado de las personas lesionadas o desaparecidas y las
dependencias afectadas por el siniestro.
- Informar a la Dirección de daños y riesgos potenciales para tomar la decisión si el establecimiento debe parar sus
funciones o continuar con las clases.
- Entregar toda la información necesaria a los equipos de apoyo.
- Informar a los familiares, de las personas que sufrieron lesiones.
- Transmitir confianza y calma a las personas que tenga a su alrededor.
- Las emisoras de radio y televisión le facilitarán información. Présteles atención.
- No propague rumores o informaciones exageradas sobre la situación.
4. ALARMA:
Activar alarma interna, toques reiterados de campana para evacuación de las dependencias hacia las Zonas de
Seguridad. La alarma interna será activada por el Coordinador de Seguridad Escolar, su suplente o la persona
encomendada para esta acción.
5. SISTEMA DE ALARMA: El sistema de alarma del establecimiento educativo es una campana de capacidad audible más que suficiente para el
colegio y se encuentra empotrada a un pilar que da hacia el patio central.
Las señales de alarma son las siguientes:
- 2 toques y pausa. Esta secuencia debe repetirse 5 veces, indica llamado a los Miembros del Comité de Seguridad y
alerta de los alumnos Monitores.
- 5 toques y pausa, secuencia que debe repetirse 5 veces, indica evacuación después de un temblor o terremoto.
- Toques continuados sin pausas, indican evacuación por incendio o bomba.
6. METODOLOGÍA DE LA COMUNICACIÓN: El encargado de Seguridad Escolar deberá comunicar el tipo de evacuación (interna o externa)
Las personas que detecten la emergencia, deben alertar a todos aquéllas que se encuentren dentro del establecimiento,
mediante el sistema de alarma mencionado en el punto 5 para alertar a los encargados(a) del Comité de Seguridad
Escolar.
Las personas del Comité de Seguridad más específicamente el Coordinador o los suplentes de seguridad, deben llevar
a cabo la comunicación a los equipos de apoyo externo como son los bomberos, apoyo médico y carabineros, cuando se
precise.
Además coordinar la evacuación, según el Plano Adjunto, en el presente Plan de Seguridad Escolar, teniendo el apoyo del Comité de Evacuación.
7. METODOLOGÍA DE INFORMACIÓN. Todas las personas habituales del establecimiento deben conocer los puntos a considerar en el momento de entregar la información al Comité de Seguridad Escolar.
* Este en caso de incendio :
Lugar del siniestro:
- Biblioteca
- N° de sala
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- Tipo de Laboratorio
- Sala se computación, etc.
Nivel físico:
- Segundo piso
- Primer piso
El comité de Seguridad Escolar debe comunicar a la jefatura del establecimiento los datos recopilados como
consecuencia de un siniestro. Dentro de los datos se consideran:
Tipo de Emergencia.
- Sismo
- Incendio
- Derrumbes
- Simulacros
- Cantidad de personas evacuadas
- Zonas de seguridad ocupadas y el número de ellas.
El tipo de evacuación
- Externo
- Interno
Apoyo externo involucrado
- Bomberos
- Carabineros
- Ambulancia 8. COORDINACION El Comité de Seguridad tiene la responsabilidad de coordinar con los alumnos del Comité de Evacuación el proceso de
evacuación, como también evaluar el accionar de los integrantes del Comité de Evacuación al momento de un
simulacro.
Los encargados del Comité de Seguridad del establecimiento deben reunirse periódicamente, ocasión en que acordarán y evaluarán el cronograma de actividades. A partir de este documento se realizarán los simulacros de evacuación, cuyo
propósito será practicar fuertemente la coordinación entre las personas encargadas de funciones específicas, además de
habituar a los residentes en la aplicación de los procedimientos establecidos para el desalojo.
El fin de automatizar el proceso de evacuación, es desalojar organizadamente las dependencias o el establecimiento
mismo en forma rápida, serena y sin accidentes.
9. EVALUACIÓN PRIMARIA DESPUÉS DEL SUCESO Es responsabilidad de los Comités de Seguridad Escolar y Paritario evaluar el estado de las personas evacuadas y las
dependencias del establecimiento educativo, con el objetivo de tener una visión de la gravedad de las consecuencias
originadas por el siniestro.
Los puntos a considerar son:
Daños a las personas
- Menos Graves.
- Lesiones de mediana gravedad.
- Lesiones graves.
- Muerte.
Todas las lesiones mencionadas anteriormente serán atendidas por las personas capacitadas y entrenadas. El Comité de
Seguridad Escolar dejará establecido quiénes serán las personas que prestarán ayuda preliminar y además quiénes
concurrirán a buscar los equipos y elementos necesarios para atender estas necesidades, a saber:
- Camillas
- Botiquines
- Elementos de primeros auxilios - Manuales de primeros auxilios, etc.
- Estos elementos de apoyo serán obtenidos de la enfermería del establecimiento.
- Daños estructurales - Derrumbes de infraestructura
- Daño a las instalaciones del establecimiento: agua, gas, teléfono, energía eléctrica
10. DECISIONES La Directora del establecimiento, en conjunto con el Comité de Seguridad Escolar y/o los equipos de apoyo Externo,
debe determinar si continúan las clases en el establecimiento educativo. Si la SECREDUC IV Región dictara otra
resolución, ésta prevalecerá ante aquélla.
El Coordinador de Seguridad Escolar, asesorado por el Comité de Seguridad, tomará la decisión de si la evacuación es
Externa o Interna
Evacuación Externa: esta evacuación será determinada si se presentan las siguientes condiciones
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- Si las dependencias afectadas presentan deterioros que son potenciales riesgos para las personas
- Si existen riesgos de explosiones
- Si las personas evacuadas al interior se encuentran muy conglomeradas
- Si entorpecen el accionar de los equipos de apoyo
- Después de un evento sísmico de intensidad 6 grados o más.
- Si la situación se agrava y las personas se exponen a riesgos de accidentes.
Evacuación Interna: Esta evacuación se realizará si presentan las siguientes condiciones:
- Si las personas del establecimiento no se exponen a riesgos de su integridad física.
- Si las dependencias comprometidas no revisten daños medianos ni mayores - Si no se presentan riesgos de derrumbes.
- Si se presenta un sismo de mediana magnitudes bajo 6 grados
- Si no se entorpece el accionar de los equipos de apoyo
- Si existe algún riesgo potencial en las afueras del establecimiento.
La decisión de solicitar el equipo de apoyo, tanto de Bomberos, Carabineros y ayuda médica, será responsabilidad del
Coordinador de Seguridad Escolar o los suplentes. Para ello se deben considerar los siguientes aspectos:
Apoyo Médico: El apoyo médico se solicitará cuando una persona presente lesiones de carácter menos grave, grave o
fatal. Aquéllas que presenten lesiones leves, recibirán las primeras atenciones en el establecimiento, para luego ser
derivaba a un centro asistencial.
Apoyo de Carabineros: Carabineros se solicitará cuando se necesite el apoyo para orden externo, como:
- Corte del transito
- Cerrar perímetros del área de peligro
- En casos de búsqueda de desaparecidos producto de sismos (derrumbes).
- En caso de muertes
- Protección de la propiedad etc.
Apoyo de Bomberos: Los bomberos se solicitarán en casos donde se presenten las siguientes características:
- Manejo de residuos peligrosos o con características explosivas o tóxicas
- Incendio descontrolado
- Solicitud de primeros auxilios
- En casos de búsqueda de desaparecidos producto de sismos (derrumbes). - Para la investigación de las causas que ocasionaron que el suceso se desencadenara
- Si no proporcionan la ayuda necesarias para poder completar un diagnósticos, el Coordinador de Seguridad Escolar,
asesorado por el Comité de Seguridad conformará un Comité de Evaluación.
11. READECUACION DEL PLAN El Plan será evaluado posterior a los acontecimientos que puedan ocurrir dentro del establecimiento educativo. Para ello
se considerarán todos los puntos del plan de evacuación, con el objetivo de remediación y adaptación a las
características del establecimiento.
Una vez adoptadas las modificaciones del Plan, proporcionar esta información a todas las personas que son residentes
habituales del establecimiento educativo.
CAPÍTULO : Seguimiento y Ejercitaciones
- Toda práctica de evacuación del Colegio deberá ser evaluada.
- Toda evaluación debe ser registrada por el Coordinador del Comité de Seguridad Escolar o su suplente en un libro
especialmente dedicado para estas actividades y para emergencia, indicando, al menos, los siguientes datos:
1. EVALUACIÓN DEL EJERCICIO DE EMERGENCIA
Pauta de evaluación
Nº Aspectos a observar Sí No
Mediana-
mente
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1 ¿Funcionó la alarma?
2 ¿Se dieron todas las instrucciones?
3 ¿Las instrucciones las recibió todo el personal?
4 ¿El personal actuó de acuerdo a las instrucciones?
5 ¿El personal tuvo bajo su custodia los libros de clase?
6 ¿Hubo coordinación en las comunicaciones?
7 ¿Se dirigieron las personas al lugar convenido?
8 ¿El personal del Comité de Evacuación se ubicó en lugar
indicado?
9 ¿Se evacuaron todas las dependencias?
10 ¿Los alumnos tuvieron un comportamiento disciplinado?
11 ¿El tiempo de respuesta estuvo dentro de los márgenes
establecidos?
11 ¿Se precisa de re instrucción?
11 ¿Se precisa la revisión de procedimientos?
Informe del Ensayo
Fecha
Tipo de Ensayo Número de alumnos participantes.
Número de salas evacuadas.
Evaluación de la comunicación y la coordinación
Evaluación del comportamiento de los alumnos.
Evaluación del desempeño del personal del colegio.
Evaluación del Comité de Evacuación
Irregularidades presentadas.
Posibles soluciones
Conclusiones y recomendaciones.
2. RED DE APOYO EXTERNO
EMERGENCIA AMBULANCIA : Fono: 131
BOMBEROS : Fono: 132
CARABINEROS : Fono: 133
INVESTIGACIONES : Fono: 134/ 2224488
ASISTENCIA PÚBLICA LA SERENA : Fono: 200600
MUTUAL DE SEGURIDAD : Fono: 221991
ONEMI REGIONAL : Fono : (051) 2212531
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR : Fono: 2225201
EMERGENCIA ELÉCTRICA : Fono: 600-600-3632
CAPÍTULO : Glosario
• Accidente: Alteración de la normalidad, con eventual daño a las personas o a las estructuras físicas.
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• Alarma: Aviso o señal preestablecida para seguir las instrucciones específicas ante la presencia real o inminente de
un fenómeno adverso. Pueden ser campanas, timbres, alarmas u otras señales que se convengan.
• Alerta: Estado declarado ante la presencia real o inminente de un fenómeno adverso del cual se conoce o maneja
información al respecto. Tiene por finalidad activar las medidas previstas para estar preparados ante
esas situaciones.
• Amenaza: Elemento externo que pone en peligro a las personas, a la unidad educativa, así como a la comunidad a la
que pertenece el establecimiento. Está representada por la potencial ocurrencia de una emergencia de
origen natural o generado por la actividad humana. Ejemplos : son la inundación que puede producirse
por la crecida de un río del sector; el derrame de sustancias tóxicas ocasionada por el volcamiento de un
camión que transporta químicos hacia una industria de la zona; la erupción de un volcán ubicado en las
cercanías de la localidad; el incendio de un bosque aledaño a una población; el terremoto generado por
la falla tectónica situada en la localidad; un incendio iniciado por una falla eléctrica; el desplome de un
muro mal construido o deteriorado por el paso del tiempo; una esquina de calles sin señalización,
cercanía de actividades industriales de alto riesgo, grupos de personas inescrupulosas que merodean el
sector, etc.
• Comunicación: Proceso donde cada componente está al servicio del otro para alcanzar algo común. Se trata de un
compartir, donde ya no hablamos de un tuyo y un mío, sino de un nuestro. Supone una
retroalimentación constante para mantener vivo y enriquecer el proceso.
• Coordinación: Armonización y sincronización de esfuerzos individuales y de grupos u organizaciones para el logro
de un objetivo común. Lleva implícito el ponerse de acuerdo antes de realizar una labor determinada.
Qué se quiere lograr y qué se puede disponer o hacer para lograrlo.
• Cronograma: Relación entre actividades y fechas, que permiten establecer un orden de acciones a desarrollar en el
tiempo. El establecer plazos para el cumplimiento de tareas y actividades impide que los propósitos se
diluyan en el tiempo o que otras acciones surgidas con posterioridad vayan dejando inconclusas las
anteriores. Los Cronogramas también facilitan las evaluaciones y seguimientos.
• Daño: Alteración o pérdida causada por un fenómeno o situación adversa.
Desastre: Alteraciones intensas en las personas, los bienes, los servicios y el medio ambiente, causadas por un suceso natural o generado por la actividad humana, que excede la capacidad de respuesta establecida en
el Programa o Plan de Respuesta de la comunidad afectada.
• Ejercicio de Actuación: Simulación varios roles para la toma de decisiones ante una situación imitada de la realidad.
Tiene por objetivo probar la planificación y efectuar las correcciones pertinentes. Se realiza en espacios
cerrados, salas de clase, oficinas,etc.
• Ejercicio de Simulacro: Actuación en grupo en un espacio abierto, con movimiento físico de personas y elementos,
en la que se representan varios roles para la medición de tiempos y decisiones de coordinación ante una
situación imitada de la realidad, con el objetivo de probar la planificación, a fin de efectuar las correcciones pertinentes.
Emergencias causadas por: Alteraciones en las personas, los bienes, los servicios y el medio ambiente, generadas
por un fenómeno natural o por la actividad humana, que puede resolverse con los recursos de la
comunidad afectada. La emergencia ocurre cuando los aquejados pueden solucionar el problema con los
recursos contemplados en la planificación.
• Grupo : Conjunto de personas que se hallan en mutuo contacto e interacción y tienen conciencia de cierto sujeto,
objeto o circunstancia de común importancia.
• Líder: Persona que posee la habilidad para inducir a los seguidores a trabajar con responsabilidad en tareas
necesarias para un mejor bienestar.
• Liderazgo: Patrón o tipo de comportamiento orientado a integrar esfuerzos e intereses, personales e institucionales, en
procura de un objetivo.
• Mapa de Riesgos: Representación gráfica de la distribución espacial de los riesgos. En el mapa se muestran los tipos
de riesgos y las áreas que podrían afectar de acuerdo a la infraestructura y las particulares condiciones
del territorio.
• Micro zonificación: División de un sector, zona o área geográfica en mínimas o pequeñas partes, para efectos de
estudios detallados. (Poner simuladamente el área, estructura o sector bajo un microscopio)
• Objetivo: Expresión de lo que se desea conseguir o el punto al que se quiere llegar.
• Objetivo de Capacitación: aptitud que se desea lograr en un participante al término de un proceso de capacitación.
En otros términos, es la habilitación para hacer algo.
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• Plan: Ordenamiento, disposición de acciones y elementos para lograr un propósito.
• Presupuesto: Recursos financieros o fondos que se reservan para realizar determinadas actividades a cumplir en un
tiempo establecido.
• Preparación: Conjunto de medidas y acciones para reducir al mínimo los daños a las personas, a sus bienes y a su
medio ambiente ante la eventual ocurrencia de un accidente o emergencia. Implica organizar oportuna y
eficazmente la respuesta y atención y la rehabilitación o restablecimiento de las condiciones de
normalidad. Por ejemplo, el Plan de Seguridad Escolar-DEYSE prevé esta etapa con el desarrollo de la
metodología ACCEDER, para diseñar el Programa de Respuesta ante Emergencias.
• Prevención: Conjunto de acciones cuyo objeto es impedir o evitar que fenómenos naturales o provocados por la
actividad humana, causen accidentes, emergencias o desastres. La conforman todas las medidas
destinadas a otorgar mejores condiciones de seguridad a la unidad educativa y su entorno.
• Proceso: Secuencia ordenada en tiempo y espacio, de actividades o hechos relacionados entre sí. Trata del conjunto
de cada una de las fases sucesivas de un hecho, las que se representan en su constante evolución.
• Programa: Conjunto de actividades afines entre sí. Corresponden a objetivos que contribuyen al logro de lo que se
desea conseguir o al punto al que se quiere llegar con un Plan. Los programas pertenecen al Plan. Cada
uno de ellos tiene objetivos acordes a los planteados en el Plan. Un programa incluye justificación,
responsables, diagnóstico, objetivos, cronograma, presupuesto, entre otros aspectos.
• Protección Civil: Concepto internacional, que significa la protección a las personas, a sus bienes y al medio
ambiente, a través de acciones de prevención, de preparación, de atención y de rehabilitación efectivas
ante emergencias y desastres. La Protección Civil es un área del quehacer humano que ha llevado a
muchas naciones a establecer sistemas centrales y locales de trabajo conjunto entre todos aquellos
organismos que de una u otra manera puedan aportar a dar seguridad a las personas. El sistema central,
nacional de protección civil es coordinado en Chile por la Oficina Nacional de Emergencia del
Ministerio del Interior, ONEMI. La protección civil se sustenta en los principios de ayuda mutua
(trabajar en equipo y sumar capacidades) y empleo escalonado de recurso (utilización gradual de
recursos de acuerdo a las necesidades especificas), a expresar eficazmente en una Planificación.
• Reconstrucción: Volver a construir. Proceso de reparación a mediano y largo plazo, del daño físico, social y
económico, y de recuperación de las estructuras afectadas, para acceder a un nivel de desarrollo igual o
superior al existente antes del fenómeno adverso.
• Rehabilitación: Restablecer, devolver o recuperar a corto plazo los servicios básicos. En esta etapa se inicia la
reparación del daño físico, social y económico.
• Respuesta: Acciones realizadas ante un fenómeno adverso, que tienen por objeto salvar vidas, reducir el sufrimiento y
disminuir las pérdidas.
• Riesgo: Exposición a un daño que puede o no suceder. El riesgo es un peligro que puede sobrevenir Está conformado
por la amenaza (potencial ocurrencia de un fenómeno adverso) y la vulnerabilidad (disposición de una
persona, objeto y sistema a sufrir daños).
• Vulnerabilidad: Disposición interna a sufrir daños ante la potencial ocurrencia de un fenómeno adverso, como
erupciones volcánicas, inundaciones, terremotos, aluviones, entre otros. El grado de vulnerabilidad
depende de la fortaleza de una persona, de un objeto o una comunidad frente a una determinada
amenaza.