pl querella animales

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  • 8/2/2019 PL Querella Animales

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    ENTREGA FACULTAD DE DENUNCIA O QUERELLA POR DELITO OINFRACCIONES POR MALTRATO A LOS ANIMALES A PERSONAS

    JURDICAS QUE TENGAN POR OBJETO SU PROTECCIN Y BIENESTAR

    Que durante la tramitacin de la denominada "Ley sobre Proteccin deAnimales", pudimos percatarnos que la ley no daba derecho a querellarse odenunciar la violacin de normas de bienestar animal, an si ellasconstituyen delito.

    Esto naturalmente causa diversas distorsiones, y una evidente impunidad,por ejemplo, si una persona tortura a un perro callejero, al no tener dueo,virtualmente nadie podra querellarse, pues el artculo 111 del Cdigo Penaldispone que el derecho a querella es slo de la vctima, la que generalmentese asocia al dueo, poseedor o mero tenedor del animal.

    Responsablemente, y a peticin expresa del CEFU (Coalicin por el Controltico de la Fauna Urbana), presentamos una indicacin ante el Senado paradar por trmino a esta exclusin y mordaza judicial, pero la Comisinrespectiva no dio lugar a nuestra solicitud, y por dar rpido trmite alproyecto, rechaz las modificaciones.

    Es por ello, que en el nimo de cumplir nuestro compromiso con lasorganizaciones animalistas, es que presentamos este proyecto. Creemosque constituye una norma inconstitucional, aquella que restringe la facultadde querella de las personas jurdicas que tengan por objeto la proteccin delos animales o su bienestar, en el entendido que el artculo 1 de la

    Constitucin seala que ellas son "autnomas en la consecusin de sus finesespecficos".

    Negarles a estos organismos la posibilidad de denuncia o querellaimplica intervenir en tal autonoma, suplantar a la ciudadana, mutilar lanatural facultad de defender sus intereses an en lo infraccional y penal.

    Por tanto, vengo en presentar el siguiente

    PROYECTO DE LEY

    Agrgase el siguiente Artculo 14 bis a la Ley N 20.380, sobre Proteccin deAnimales:

    Podrn querellarse en los delitos de maltrato o crueldad con animales, y lasdems infracciones previstas en esta ley, las organizaciones de derechoprivado, con personalidad jurdica que tengan por finalidad la proteccin delos derechos de los animales.

    ALEJANDRO NAVARRO BRAINSENADOR

  • 8/2/2019 PL Querella Animales

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