pineda, roberto - la constitución de 1991 y la perspectiva del multiculturalismo en colombia

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ALTERIDADES , 19 97 7 (14): Págs. 107 -129 La Constitución de 1991 y la p erspectiva del multiculturalismo en Colombia  ROBERTO PINEDA CA MACHO* * Este tra bajo f u e redacta do en el marco de u na esta día como " Visiti ng Scholar" en el Centro de Estu dios Latinoam erican os de la Univ ersidad de Ca mbr idge, I nglaterra, du ran te el periodo octubre-diciembre de 1995. Quiero dejar consta ncia de mi gratitud con los profesores David L ehm an n, Director del Centro, Steph en Hu gh J ones, del Departa men to de A nt ropología y el profesor David Brading, del mencionado Centro, por su invaluable apoyo. 1. Introducción En el o de 1991 se expidió, en Colombia, un a n u eva Constitución que reemplazó la antigua Carta que databa del año 1886. En contraste con la anterior Cons titución, cara cterizada por u na comprensión de la n ación col ombiana sobre la bas e de la tradici ón h is- pan a, católica y castellan a, la nu eva carta considera al país, en su artículo 7, como u na nación pluriétnica y pluricultural: El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultura l de la Nación Colombian a. Y en su artícu lo 10 establece: El cast ell an o es el idioma of ici al de Colombia. Las lengu as y dialectos de los gru pos étn icos son tam bién ofici ales en sus territorios. La enseñan za que se imparta en las co- munidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe. El texto es frut o de las deliberaciones de la Asa mblea Constitucional, en la que partici paron , adem ás de los partidos tradicionales (liberal y conservador), diversos movimientos sociales, gru pos guerrill eros d esm ovi- lizad os par a forma r pa rte de dicha Asa mb lea y otros sectores polí ticos, entre ellos dos rep resentantes de las comu nidades indígenas. El objeto de este a rtículo es efectua r algun as con- sideraciones sobre la significación de la Constitución de 1991 en torno a la prá ctica de u na política mu l- ticultura l en Col ombia, en lo que ata ñe s obre todo a la situ ación de s us m inorías étnicas indígenas y a las comu nidades afroamericana s; y en lo que respecta a la construcción de una nación s ignada por el plura- lism o cultural, en u n pa ís qu e tradicionalmen te se definió a sí m ismo como “mest izo”. ¿Es p osible constru ir u n Estado m oderno y libe- ral y simultáneamente reconocer derechos espe- ciales en el dominio blico, sin t ran sgredir el prin- cipio de igualdad de oportunidades para todos los ciudadan os? ¿Se presentará , en el mediano y largo plazo, una confrontación entre la identidad étnica y la identidad n aciona l? ¿Es facti ble ma nten er de ma nera simu ltán ea una lealtad a los dos principios? ¿Cómo podemos en tender la relación entre la ley de carácter na ciona l y el orden legal trad iciona l y cons u etudi- nario? Creo que Colombia es un caso interesante para pensar este latente problema en Latinoaméri- ca; y, hoy, sin du da, u no de los principales retos del mu nd o contem poráneo en el cual la polí tica ap aren- temente es difícil de pensa r sin tener en cuen ta “la sangre”. Desde u n pu nto de vista teóri co existen dif erentes aproximaciones a la situ ación multicultur al. Por ejem- plo, John Rex, un autor britán ico, establece cuatro situaciones tipo:

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 La Cons titución d e 1 99 1 y la p erspectiva d el mu lticulturalis mo e n Colombia

108

a . On e m igh t en v i sag e a so c i ety t h a t i s u n i t a r y i n t h e

pu blic domain bu t which encoura ges diversity in wha t

are thou gth of as pr ivate or comm un al matters.

b. A society ma y be unitary in th e public domain an d also

enforce or at least en courage u nity of cultu ral practice

in private or comm un al matters.

c. A society might allow diversity an d differen tial right s

for groups in the pu blic domain a nd a lso encour age or

insist u pon d iversity of cultu ral pra ctice by different

groups.

d. A society might h ave diversity an d differencial right s in

the public domain even though there is considerable

unity of cultural practice between groups (Rex, 1988:

220).

Rex piens a qu e “th e ideal of mu lt icu ltu ral ism , inwhich m u lticultu ralism is held to be compatible withequality of oportunity is represented by (a)”; el segundo

caso —según su opin ión— es tá representa do por e lproyecto de u n ificación fran cés; “(c) is comm on u nd erall forms of colonialism an d is repres ent ed ab ove allby South African ap arth eid s ystem”. El último cas o se

ejemplifica por la situación del sureste norteamerica-no, an tes de la implementa ción del programa de losderechos civiles (ibid.: 220 ). En este contexto, dichoau tor plan tea, entre otros as pectos:

1) The m ul t icu l tu ra l idea l is to be d is t ingued from th e

notion of a plura l society.

2 ) In a m u l t i cu l tu r a l so c i ety we sh o u ld d i s t in g u ed b e -

tween th e p u b l ic d o m a in in wh ich t h e r e i s a s in g lecu l tu r e b a sed u p o n th e n o t io n o f eq u a l i t y b e tween

in d iv id u a l s an d th e p r iva t e d o m a in , wh ich p e r m i t s

diversity between groups (ibid.: 228).

La m u ltiplicida d de sen tidos del concepto h a s idoenfat izada, asimismo, por otros autores. Reciente-men te, por ejemp lo, David Miller h a señ alado ta mb iénque “mult icul tural ism implies some view about the

nature of cul tural differences and about how weshould respond to them individually and politically”(Miller, 1 99 5: 1 30 ).

En su expres ión m ás radica l, e l mu lt icul tura lis -mo es u na pol ít ica d e la d iferencia, u na pol ít ica d elreconocimiento de l a iden t idad, que p u ede inc lus ocompren der gru pos disímiles como las mu jeres, loshom osexuales, las m inorías o los grupos étnicos. Sindu da, algu na s de su s varian tes pu eden llevar, como se

pone d e ma nifiesto actu almente, a u na fisión políticaqu izás irreversible a largo térm ino. Al contra rio, “...theprinciple of nationality is resistant to special rights for

groups, over and above what equal treatment requires,beca u se of the fear th at th is will ossify group differ-

ence, an d dest roy th e sens e of comm on n ationality onwhich democracy depends” (Miller, 1995: 154).

Este ens ayo sostiene la idea de qu e, desde la pers-pectiva legal, Colomb ia y su s élites p rom ovieron des de

el siglo XIX el segundo modelo (b) en la tipología de Rex,

pero que la Cons titu ción d e 1991 plantea el prototipo

(c), sin qu e ello signifique qu e sea segregacionista oracista. Uno y otro modelo ha n esta do ínt ima men teligados con la imagen prevaleciente sobre su identidadna cional. Quizás s e pued e denomina r el modelo adop-tado como un t ipo par t i cular de mu l t icul tu ra l ism oradical, relat ivam ente a tenu ado en cier tos asp ectos,en la terminología de Miller, pero que no desafía la idea

de la constru cción de u na na ción colombiana ni tam-poco el de construcción de una democracia liberal. Elreconocimiento de d erechos esp eciales en el plano po-lítico, y la activa participación de los jueces en el pro-ceso, son mecanismos necesarios para equilibrar las

secu lares relaciones as imétricas en tre diversos sectoresdel país y las agrupaciones étnicas.

Los derechos consagrados en toda Constitución n ose reflejan en la vida social de ma nera in med iata y má-

gica. El derecho constitucional al trabajo, por ejemplo,no i m p ide que ex is t a u na b r echa en t r e la n o r m a ytas as reales de d esemp leo. Algo similar ocurre con losderechos cu ltu rales y de identidad . El derecho al us ode la lengu a vernácu la y un a edu cación bicultur al im-plican otra s erie de cond iciones (gram áticas , textos,profesores bilingües, etcétera), para su cabal imple-men tac ión. La Cons t i tu c ión se debe h acer cum pl ir

todos los días y es un a brú ju la qu e seña la la direccióngenera l del Es tado y la m an era como un a soc iedadaspi ra a cons t ru ir se y a entenderse a s í misma. Sindu da, logra gran p arte de su s m etas en la medida enque s e aclima ten s u s principios en la cu ltu ra p olíticade los ciu dada nos y grupos.

En Colomb ia existen, en la actu alida d, aproxima-dam ente 700 ,000 indígena s, divididos en 8 1 grup osé tn icos , de los cua les un nú mero impor tan te hab la

—además del castellano— su propia lengua materna(64 lengua s). Es tas agrupa ciones s on h e terogéneasent r e s í y ocu pan d iversos t e r r i tor ios d e l pa í s . Re-

presen tan el 2 por ciento de la población colombian a(estimad a en 3 7 millones ) y está n d istribu idas en 2 7de l os 3 2 d epa r t am en t os de l a Repúb lica . Un g r annú mero de comu nidades indígenas s e encuent ra enlas selvas t ropicales y saba na s orientales y, desd e elpu nto de vista regional , algun as de ellas t ienen u na

gran significación dem ográfica. En el Ama zona s re-presen tan el 27.8 p or ciento de la población total; ene l Gu ainía , e l 96 .4 p or c iento ; en ca mb io, en o t rasáreas, su par t icipación porcentual es mínima (cf .Mapa 1 y Cu adro 1).

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 Roberto Pined a Cam acho

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Cu ad ro 1

E t n i a s i n d í gen a s d e Co l om b ia

Etn ia Habita n tes Porcen ta je Etn ia Habitan tes Porcen ta je

Am oru a (Wip iwe) 165 0 .03 Ma cu n a (Sa ra ) 571 0 .10

Ach a gu a (Aju aga , Xa gu a ) 231 0 .04 Maku (Cacua, Nukak , Ubdejudp a) 7 ,860 .14 4 .00

An doke (An doqu e) 304 0 .05 Mas igu a re 387 0 .07

Arh u aco (Uka , Bin tu ku a , Ika ) 13 ,383 2 .33 Matap i (J u p ich iya ) 216 0 .04

Arzario (Wiwua, Guamaca, Sanka) 1 ,857 0 .32 Mirañ a 457 0 .08

Bara (Wa im as a ) 96 0 .02 Mu tn a n e 263 0 .05

Bara s an o (Ba ra sa n a ) 939 0 .16 Mu isca 1 ,859 0 .32

Ba ra (Ba r ira , Motilon ) 1 ,854 0 .32 Non u ya (Nu n u ya ) 199 0 .03

Betoye (J ora r re) 774 0 .13 Oca in a (Orebe, Dioka ya ) 126 0 .02

Bora 388 0 .07 Paez (Nas a ) 95 ,888 16 .69

Ca biya ri (Ka willa ry) 277 0 .05 Pia poko (Deja , Dzas e, Cu ipa co) 4 ,524 0 .79Ca raba yo (Yu ri) 200 0 .03 Pia roa (Dea ru wa , Wot ih eh ) 764 0 .13

Ca rapa n a 412 0 .07 Pira tapu yo (Pira ta pu ya ) 474 0 .08

Ca rijon a 234 0 .04 Pis am ira 54 0 .01

Ch im ila (Sim iza ) 388 0 .07 Pu in abe 5 .215 0 .91

Ch ir icoa 61 0 .01 Qu illa s in ga y Pas to 41 ,067 7 .15

Cocam a 285 0 .05 Sa liba 1 ,305 0 .23

Cocon u co 4 ,678 0 .81 Siku an i (Gu ah ibojivi, Sicu a n i) 18 ,772 3 .27

Coregu a je (Korebah u ) 1 ,731 0 .30 Sion a (Gan teyaba in , Ga tu yapa in ) 468 0 .08

Coya im a y Na taga im a 21 ,641 3 .77 Sir ian o 715 0 .12

Cu a iker (Awa , Ca u iker ) 8 ,065 1 .41 Ta jwa n o (Edu ria , Ta ju an o) 19 0 .00

Cu beo 4 ,616 0 .80 Ta n im u ka (Ufa in a , Ta n im u ca ) 277 0 .05

Cu iba (Wam on e) 2 ,305 0 .40 Ta ria n o 255 0 .04

Cu n a (Tu le) 919 0 .16 Ta tu yo 294 0 .05

Cu rr ipa co y Ban iva 6 ,948 1 .21 Totoro 1 ,875 0 .33

Desa n o (Wira ) 2 ,216 0 .39 Tiku n a (Ticu n a ) 5 ,578 0 .97

Du jos del Cagu an 96 0 .02 Ts ir ipu (Mar ipos o) 152 0 .03

Em bera (Ca t io, Ch am i, Epera ) 51 ,795 9 .02 Tu kan o (Das ea , Tu ca n o) 7 ,305 1 .27

Gu am bia n o (Mis ag) 16 ,171 2 .81 Tu n ebo (Uwa) 4 ,266 0 .74

Gu an aca 723 0 .13 Tu yu ca 570 0 .10

Gu an an o (Wan an o) 1 ,113 0 .19 Wa u n an a (Noa n a m a ) 6 ,437 1 .12

Gu aya bero (Mitu a jiw) 1 ,237 0 .22 Wa yu u (Gu a jiro) 27 ,269 22 .15

In defin ido (Ca ñ a m om o) 18 ,270 3 .18 Witoto (Mu ru i y Mu in an e) 6 ,604 1 .15

In ga 11 ,114 1 .93 Ya gu a (Nih am wo) 279 0 .05Kam s a (Ka m en txa , Cam sa ) 3 ,439 0 .60 Ya n a con a (Mit im ae) 18 ,613 3 .24

Kofán (Cofá n ) 1 ,061 0 .18 Yau n a (Ka m ejeya ) 20 0 .00

Kogu i (Kagaba , Cogu i) 6 ,677 1 .16 Yu cu n a 381 0 .07

Letu a m a (Litu an a , Detu a m a ) 206 0 .04 Yu co (Yu kpa ) 2 ,743 0 .48

Macagu a je (Airu ba in ) 50 0 .01 Yu ru ti 610 0 .11

Macagu an e (Hitn u ) 405 0 .07 Zen u 29 ,219 5 .09

Macu sa 262 0 .05 Tot a le s 5 7 4 ,8 4 2 1 0 0 .0 0

Fu ente: DNP-UDT-DTP, abr il de 19 93.

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 La Cons titución d e 1 99 1 y la p erspectiva d el mu lticulturalis mo e n Colombia

110

Por otra par te, los afroamericanos representanentre el 14 y 21 por ciento d e la población colomb ia-na ; se encuent ran d i spersos t ambién por d iversasregiones —y su s zonas ru rales y u rban as— del país ,au n qu e se concen tran , en el litoral pacífico colombia-n o y en la cost a a tlán tica (cf.  Mapa 2). Los p oblado-res d e las Islas de Sa n An drés y Providencia y de la lo-calidad de Palenqu e, cerca de Ca rtagena, ma nt ienen

el u so de dos l engua s cr iollas . Un nú mero tam biénsignificativo de gente a froam ericana vive en gran desciu da des com o Cali, Medellín, Bogotá, Ba rra nqu illa,etcétera, cons ervan do en m uch os casos su s lazos consu s   regiones de or igen. S i bien la ma yoría de la p o-blación n egra forma pa rte de clas es y estra tos de in-gresos ba jos, tamb ién a lgun as él ites de as cenden ciaafroamericana controlan ciertos espacios políticos

regiona les ; y desde e l pu n to de v is ta económico se

pu eden cons iderar como pertenecientes a clas es eco-nóm icas dom ina ntes. Colombia es, por otra pa rte, unpaís con fu er tes contra stes en su s cul tura s regiona-les, como expres ión d e su diversidad geográfica y s uhistoria colonial y repub lican a.

He dividido este escrito en t res p artes. E n la prime-

ra esbozaré  u n pa noram a general de los aspectos má srelevantes de la construcción de sus imágenes deiden tidad n aciona l. En la segun da p arte des cribiré losprincipales artículos relacionados con el reconoci-miento de los derechos de los pu eblos indígenas yafroam erican os, y ha ré algun as a cotaciones sobre susignificación política y s ocial; fina lmen te, m e referiré

a la prá ctica de la implementa ción de la Cons titución,y sus eventu ales consecu encias e interpretaciones.

2 . Un a rch ip ié lago cu l tu r a l en e l s ig lo XVIII

A diferen cia de otr os p aíses de América Latina , el Vi-rreina to de la Nueva Grana da, como se denominaba aColomb ia en la época colonial, se car acterizó por u n

proceso de mes t iza je ace lerado. Segú n u n censo de178 8, el territorio colombian o tenía pa ra en tonces lasigu ient e composición étn ica:

B la n cos (es p añ ole s y c riollos ) 2 90 ,5 99

Mes tizos 391 ,869

In d ígen as 151 ,785

Escla vos 57 ,077

Fuen te: J aram illo, 1994: 109.

En 171 5, por ejemplo, la castellan ización de las r e-giones cen trales del país, la costa ca ribe y parte de lassaba nas or ientales h abía avanzado notablemente; noobstan te, en vastas regiones las lenguas ind ígena s s i-guieron s iendo u t ilizadas, a pesar de las m edidas decastellanización general ordenadas por Carlos III.

Du ran te la época colonial , también en el Caribe co-lombiano s e h abían fragua do lengu as cr iollas afroa-merican as, de ba se lexical protoportugu esa a inglesa.

Toda vía a finales del siglo XVIII en n u mer osa s loca-lidad es cercana s a Cartagena de Ind ias, el pr incipalcent r o de com erc io de esc lavos de l Car ibe , y en lamisma ciuda d am u rallada , la gente n egra se comun i-caba en es te m al llam ado “cast ellan o corrompido”.

Para enton ces el mest izo —resu l tado de la u nión

de l ind i o y de l b l anco , y cu ya ex is t en c ia pon í a dema nifiesto la crisis d el sistem a tr adiciona l de casta s—era fuertemente perseguido y acusado de los males dela época. Los indígena s de las t ierras b ajas eran con-siderados como car ibes (an tropófagos), y en cu an to

Mapa 1

Reg io n es i n d í gen a s d e Co lo m b ia

Zonas de selva

Zonas de saban a

Zonas de gradientey valles andinos

Zona sem idesértica

Océano

Atlántico

Pa n a má

OcéanoPacífico

Ecuador

PerúBrasil

Regiones:1. Llanura Amazónica2. Vaupés geográfico3. Selva de tra nsición4. Piedemonte Ama zónico5. Norte del Litoral Pacífico6. Sur del Litoral Pacífico7 . Cuenca del r ío San J uan8. Cuenca del río Baudó9. Cuen ca del río Atrato10. Alta l lanu ra11. Baja l lanu ra

12. Piedemonte Orinoquia13. Altiplano Nariñens e14. Sur del Cauca15. Norte y oriente del Cauca16. Noroeste Andino17. Alto río Magdalena18. Altiplano Cu ndiboyacense19. Tunebia10. Motilona21. Perijá22. Sierra Nevada de Santa Marta23. Gua jira

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Venezuela

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 Roberto Pined a Cam acho

111

tales eran temidos, pero también considerados como

med iad ores de poderes cu rativos y de bru jería.Los esclavos n egros y los libertos ta mb ién ocupa ban

un a si tua ción am bigua . Las élites de Cartagena, porejemplo, ha bían s ido criada s, desde la segun da mitaddel siglo XVI, en gran med ida por mu jeres n egras; loshom bres de l a é lit e , en par t i cular , par t ic ipab an delos dos mu nd os, asistiend o a fiestas dond e los tam bo-res recordaba n los viejos territorios y su s a ntepa sad osy generaban un ambiente aparentemente desenfrena-

do para las costu mbres y usos, según las au toridadescoloniales.

Esta topología moral del territorio es fun dam enta l

para comprender el proceso de la formación nacional.Los And es, la gente de la m ontañ a, represent an , sobretodo la Civilización; la gente d e las t ierras ba jas, de lasselvas tropicales, eran por excelencia los s alvajes, losmediadores con la n atu raleza.

La relación d e los p u eblos ind ígena s con el proyec-

to colonial fu e al pa recer diferente. Mient ras qu e en lasmon tañ as d el su r de Colombia (en el Cau ca y en Na-riño) los caciques coloniales tom aron preeminen cia ycontr ibuyeron a d efinir el esp acio y territorio indígena,en las zonas más centrales de Colombia, en el área de

influencia de Santa Fe de Bogotá, la sede del Virreinato,o en el área de influ encia d el Cabildo de Tu n ja, la legi-timidad de los an tigu os cacicazgos ha bía disminu idoostens iblemente; segú n Phelan (197 8: 101 ), los caci-ques del altiplano cundiboyacense, la zona de presen-

cia chibcha, prácticamente habían desaparecido hacia

178 1. No obs tan te, cua nd o se produ jo la Revolu ciónde lo s Com u ner os en 178 1 , en gr an m ed i da com orespu es ta a las nu evas polít icas “ilu s t rad as” de losborbon es, los in dígena s forma ron p arte de la coal i-ción jun to con criollos y mestizos, en dem an da d e su sresguar dos y la res tau rac ión de su s derechos a l asmina s d e sa l; y se erigió a Amb rosio Pisco, “príncipe de

Bogotá y señ or de Chía”, como coman da n te en jefede los indígena s, y los líderes del movim iento ins is-t ieron en su pa r t icipa ción d irecta en la f irm a d e lascapi tulaciones de Zipaquirá con la autor idad real ,como si fu ese u n Tup ac Ama ru II.

La figura de Pisco ha s ido realmen te controvert i-da ; segú n Phelan , “th e long-su ffer ing Ind ian s per-ceived Amb rosio Pisco as a sa vior , al thou gh h e sa whimself as merely as a mercha nt an d a farm er” (1978:

102 ); en p ar t e su legi t imida d fu e recobrad a por loscriollos y mestizos en bú squ eda de u n a liado qu e con-vocara a los indios. Su a bu elo hab ía sido al par ecer elú lt imo gran cac ique de Bogotá con t ítu los y b ienescorrespond ientes a s u status: “But by 1781 th e cacicaz-go had diminish ed to a few very sm all villages nea r th ecap ital (...). Am bros io Pisco, for exam ple, st ill retean edwealth, not becau se he was a cacique, but b ecause h e

lived as if h e were a creole or m estizo” (ibid.: 101).Probablemente la s itu ación fu e m ás compleja; y los

alegatos d e Pisco revelan s obre todo un a est rategiadefens iva, un a vez que el movimiento comu nero fuesom etido y tra icion ado.

Dur an te la época colonial los esclavos n egros h abíantenido diferentes ma n ifesta ciones d e resistencia a laesclavitu d y el régimen de las m inas y planta ciones: elcima rronaje, la cons trucción de palenques y, en un a

proporc ión mu y s igni fica t iva , s u propia au toman u -misión o de u n fam iliar, m ediante el pago al amo. Sufam a d e bru jos n o sólo les val ía la pers ecución sino

también algú n respeto entre su s coterráneos y amos.En 1782 , u nos 5 , 000 e sc lavos m ar cha r on h ac iaSanta Fe de Antioquia pidiendo al cabildo y al gober-na dor la expedición de u na cédula real que liberara alos es clavos: “If freed, t he slaved pr omised, th ey wouldpay a an n u al t r ibute t a x , ‘as i f they were Ind ians ’”

(ibid.: 110), au nqu e aspiraba n a recibir dos tominespor la retribución  de su trabajo por parte de los am osy amenazaban con hu ir , conformar u n pa lenqu e , encaso de no s e r acep t adas su s dem an das . En c ie r t am ed i da , su a s p i r ac ión e r a s e r t r a t ados de m an e r a

Mapa 2

Zo n as d e i n f lu en c i a n eg ro id e

en Co lo m b ia

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 La Cons titución d e 1 99 1 y la p erspectiva d el mu lticulturalis mo e n Colombia

112

similar a los indios, pero no la transformación del ré-gimen colonial. El mito de la cédu la real se expa nd ióy ju gó al par ecer un imp ortan te pa pel a fina les d el sigloXVIII y principios del XIX (ibid.: 111).

3 . La Rep ú b li ca y l a co n s t ru cc i ó n

d e l a n ac i ó n

Con la Independencia, en los primeros lustros del XIX,la s i tuación cam bió de forma parcial. Du ran te losprimeros añ os se emitieron monedas con caras de m u -

 jeres indígena s, llam ada s china s, como se llama ba a

las domést icas indígena s; América fu e represen tadacomo un a joven m u jer india. El recién fun dad o Mu seoNaciona l, el Mu seo de la Repú blica, conten ía en 182 4,entre s u s colecciones, a lgun as reliqu ias a borígenes :un a mom ia mu isca, el ma nto de la m ujer de Atah ua l-

pa, u n meteorito o piedra d el cielo, hu esos de m as to-dontes, etcétera.

Sin emb argo, en contr as te con México, dond e loscr iollos d escend ient es de los conqu istadores ju st i fi -

caron desde finales del siglo XVI sus derechos, en undiscurso ba sad o en el glor ioso pasa do azteca o en lavirgen d e Gua dalupe, el discu rso sobre la nu eva n a-cionalidad en el antiguo Nuevo Reino (llamado ahoraColombia) carecía d e u n fu nd am ento étn ico aborigen(a p esar d e los u lter iores inten tos de fu nd ar la iden-tidad en la civilización m u isca , inclu yendo la m ímes isdel conflicto desgarrador en tre Atah u alpa y Hu asca r,

en la gu erra en tre el Zipa y el Zaque, grand es caciqueschibchas del altiplano cundiboyacense).

A pesar de las diferentes representaciones icono-gráficas , en las que Bol ívar apa rece ju nto con u naindia (Amér ica), el pen sa mient o del liberta dor se a lejóde lo que h a s ido llama do —por el profesor Bra ding—el patriotismo criollo mexicano; el mismo Bolívarpensa ba qu e los american os no eran n i españ oles niindígenas. En su famosa Carta de J am aica de 1815, en

la que —de acuerdo con el profesor D. Brading “Bolívart rataba de calmar las du das de un inglés obviamen tedesconcertado por la Historia de la Revolución de

Nueva Esp añ a d e Servand o Teresa de Mier (191 3)”, elLibertad or “. . .rompía d ecisivam ente con la tra dicióndel patriotism o criollo, con s u insisten cia en qu e lasIndias formaba n verdaderos re inos con su s p ropiasleyes e instituciones”. Una medida d e su distancia res-pec to a esa t ra dición la da e l hecho de qu e no h aya

vuel to prác t icamente a mencionar a l as Casas . Eltrech o de la h istoria a l qu e se volvía su espíritu era elmu ndo an t iguo; nu nca m ost ró mu cha preocupa ciónpor las glorias del pas ad o in dio o los crímen es de laConqu ista (Brad ing, 1989: 98).

Lo que no obsta p ara que, a finales de la décad a de1820 , imp u lsa ra u na política indigenista, m ás favorablea l as comu nidades indígena s an dina s , quizás comoconsecu encia de las diversas revu eltas y resisten ciasde mu chas de esas comu nidades an te el proyecto re-

publ icano.

La actitud frente al mundo negro fue todavía másam bigu a. La posibilidad de alcanzar su liber tad, fu eu n a pa lanca p ara su movilización en los ejércitos re-volu cionarios; au nqu e, como s e sa be, en Venezu ela,en particular, considerables grupos negros apoyarontambién los ejércitos reales, bajo promesas similares.

En 1821 se es tab lec ió en la Gran Colombia (que

inclu ía enton ces a Venezu ela, Colomb ia y Ecua dor) la“liberta d de p art os”, y sólo h as ta 1 851 ba jo el gobiern ode J osé Hilar io López, se declaró ab olida la es clavitu den el terr i tor io colomb iano. Pero a l contra r io de losind ígenas, los afroam erican os n o tuvieron u na re-

presenta ción pú bl ica, al parecer , en m u seos ni en laiconografía republicana, o por lo menos ésta fue pocosignificat iva. Sin d u da , las él ites cr iol las tem ían elpoder d e los “pa rdos”, y es to explica en gran par te

el des tino trá gico de algun os de los principa les diri-gentes de origen negro dura nte los años siguientes ala Indepen dencia.

Bajo la inf lu encia de las ideas repu bl ican as fran -cesas , se sedimen tó la convicción de qu e el Esta do nopodía cons t itu irse s ino sobre la base d el ciu dad an o.En este contexto, las comunidades nat ivas, comoaconteció en otras par tes de América Lat ina, fueron

divididas y parceladas, si bien el proceso fue complejoy en cier tas área s las comu nidades m ism as s e disol-vieron en pa r te como consecu encia de su propia di-ná mica de inserción al mercado y el mestizaje de partede su s in tegrantes .

Pero tampoco podemos minimizar las aspiracionesde reforma social del General Santa nd er y parte de laélite revolucionaria, expresada en gran medida en elpap el as igna do a la edu cación. Si l a Revolu c ión d e

1810 probablemente se había fu nda do en gran p arteen la lectura de los  Derechos d el Hombre y en las doc-tr ina s d el padre Su árez, las nu evas generaciones re-

volu ciona rias del 20 —qu e tuvieron a su cargo la fu n-dación del Estado— encontraron en J eremias Benthamy en su s p rincipios d e filosofía jurídica y mora l nu evosfun dam en t os que l es pe r m i t ían p r om over un a cu l-tura republicana con principios de justicia social.

Las reforma s a nt icoloniales de la décad a d el 50 es -

tuvieron acompañ ada s de nu evos inten tos por cons-tru ir la n ación s obre la b ase d e la identidad indígena.Bajo la influencia del romanticismo, diversos autoresescribieron dra ma s de la Conquista, dond e se recrea-ba la s u erte de los ú ltimos inca s y reyes m u iscas , y en

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 Roberto Pined a Cam acho

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los cua les se constru ía realmente la idea d e u n GranReino Mu isca, con s u Zipa y Zaqu e (reyes), J equ es(sa cerdotes), guerrer os, nob les, pu eblo, como si fu ese

un a copia de un Estado feudal, aunqu e simu ltán eamentese d i scr imina ba a l ind io de carne y hu eso ya fuera

como el expon ente d e u na civilización en decad encia

o como representa nte d e un estado de sa lvaj ism o.Pero poco a p oco se fu e entron izan do la idea s egún

la cu al la Repú blica de Colombia debía s er constru idasobre la b ase d e la s an gre y cultura españ ola (hereda-da d e la m adr e patria) y la cu ltu ra francesa . Por otraparte, como en los demá s pa íses latinoam erican os, losdiscur sos p ositivista s en fatizaron la luch a en tre la Ci-

vilización y la Ba rba rie; la cons tru cción de la n aciónfu e percibida como u n doble ju ego de fijar la fronter a,en el sen tido político y de civilización (y en algu n oscasos exterminios) de su s p u eblos “salvajes”.

La cons tru cción n aciona l también plan teó el pro-

blema del idioma . A pesa r de qu e las reforma s edu -ca t ivas de 182 4 res ta blec ieron la enseñ an za de laslenguas indígenas en las u niversidades, esta medidaprácticam ente n o se implantó. En toda América Latina

se estab leció un a discu sión en torno al castellan o. ¿Elespañ ol se h abía cor rompido y degenera do, por in-fluencia del francés, como sostenía Bello? ¿O al con-tra rio, u na política del lengu aje que a firma ra lo ver-ná culo y promoviera su propia iden t idad era lo má sconveniente  para un periodo postrevolucionario? Laimp ortancia de la lengu a s e afian zó inclus o en el ám-bito de la política. Malcom Deas ha señalado que

mu chos de los m ás nota bles políticos colombian os (ypor lo menos cua tro presiden tes d e fina les del s iglopas ado y principios de esta centu ria) ha n sido tambiéndestaca dos gramá ticos, y algu nos expertos latinistas ,como si la idea de escr ibir bien fuese u na condiciónnecesar ia p ara goberna r bien. Con excepción d el re-conocimiento del “inglés” de San Andrés y Providencia,decreta do por el gobiern o del pres idente Sa n tos Acostaen a bril 12 de 1 869, expresado en la tra du cción de la

Cons titución d e Río Negro (186 3) y la contra tación detraductores para los actos of iciales , la pol í t ica l in-güística se en ten dió como cas tellan ización. Algu n as

décadas má s ta rde , por e jemplo , la Ley 17 de 19 27prohibió nombrar los espacios u rban os en u na lenguadiferen te al cas tellan o.

De otra pa r te, los n u evos sa beres m édicos —conexcepción d e la h omeopa tía— fetich izaron pa rte de larealidad ind ígena y negra. La chicha , la bebida ind íge-

na por excelencia, por ejemp lo, y símbolo na ciona l enel siglo XVIII fu e per cibida com o fu en te d e violencia ylocu ra . Los m édicos crearon la categoría ps icológicade “enchichado”, para descr ibir cier tos “síndromespsicopatológicos”.

La mencionada Const i tución de 1886 ( la sextaexpedida en el siglo pas ado) resu me en gran p arte estemovimiento, que tam bién, n atu ralmente, expresa laépoca; constituye un retorno a la tra dición h ispa nistay el tiempo de la filosofía tomista. la nación colombiana

es percibida, como dije, blanca, católica y cuya lengua

na tu ral es el habla cas tellana. Allí no se h ace m encióna los otros grup os étnicos. Poco despu és s e expide laLey 89 de 18 90, en la cu al éstos se definen como sal-vajes o s emicivilizados. Los indios d e las tierras ba jasson pen sad os , en a lgun os casos , como ca ídos en e lpecado.

En este ámbito, el catolicismo se institucionalizó

como la religión oficial y los m isioneros —en gra n pa rteespañoles— asumieron la tarea de civilizar a los indios.

En gran medida la élite política colombiana, localiza-da en San ta Fe de Bogotá, a 1,000 k m d el ma r, pen-saba que u na de su s pr inc ipa les fu nciones e ra la de

civilizar no sólo a los in dios, sin o al p u eblo, in cluido lagente de las tierras d el Caribe, los pu eblos de pescad oresde cu ltu ra a nfibia qu e vivían a lrededor de ciénagas yríos, y los a sen tam ien tos de m u latos a lo largo del río

Magdalena, por d onde pen etraba, como consecuen ciade la navegación a vapor, la “civilización” ha cia Bogotá.

A pesa r de su s u lteriores reforma s, la Constitu ciónde 1886 no perdió su p erspectiva centr alista y u nita-ria en lo político y en lo cu ltu ra l.

4 . Valor izac ión de l mes t i za je ,

p e ro p o l í t i ca d e b l an q u eami en t o

A prin cipios de es te siglo las d octrinas relativas a laeugenesia y la d ecadencia de las razas se discutieronardu am ente en Colombia; un a p arte de los intelectua -les colombian os creía firm emen te en la decad encia denu estra ra za. Todavía a m ediados de los t reinta , al -gunos au tores m an tuvieron la idea de qu e, como con-secu encia de l a m ezcla de in dios y n egros , la ra za

colombiana se había degenerado completamente. Conlos nuevos tiempos, en la década de los veinte, los mé-dicos su bst i tu yeron pa rcialmente en su s funciones a

los s acerd otes; pero el discu rso rel igioso fu e reem -plazado por u na norm atividad h igienista qu e veía enla al imen tación y otras p ráct icas cul tura les la ra zónde la pobreza y el atra so.

Antes y después de la década d e 1940, mu chas dees tas ideas y prác t icas comenzaron a cambiar ; sur -

gieron n u evas a lterna tivas y forma s de pen sa r la iden-tidad colombian a. En tre la élite se afianzó la idea d eColombia como u n país m estizo; esto significaba queel mestizo y el mulato eran percibidos como una“buena raza”, que podía contribuir al “progreso”

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den omina do Qu intín Lam e, en h omen aje al viejo líderde las luchas indígenas de l a pr imera mi tad de es tesiglo. Asimism o, otro m ovimiento llam ad o Au toridadesTrad iciona les, finca do en el resgua rdo de Gu am bia yen e l su rocc ident e colombian o, p lan teó tamb ién la

necesidad de reconocimiento de los ind ígenas como

pueblos, con t radiciones histór icas y derechos a supropia autonomía. En contraste, los   movimientosafroamericanos, a un que presentes en ciertas regionesdel país, n o lograron proyectar u na ima gen a n ivel na-ciona l, lo que s in du da inf lu yó en la diná mica de laAsamblea Constitucional.

Las nu evas or ienta c iones se p lasm aron, en gran

medida, en el Plan Naciona l de Reha bilitación formuladopor el gobiern o del pres iden te Barco, quien p rofu n -dizó el reconocimiento de los derech os terr itoriales d elas a grupa ciones étn icas de las tierras bajas e impu lsóu n interesa nte y novedoso programa d e reconocimient o

de las comun idades locales de las zona s m argina dasy afectadas por las situaciones de violencia, así comode ges t ión loca l de l as comu nidad es indígena s conbase en su s p ropias au tor idades t radicionales . Es te

mismo gobierno ab rió, asimism o, la comp u erta pa raque el presidente Gaviria, su sucesor, convocara a elec-

ciones, para conformar la Asamblea Constituyente.

6 . U n a Co n s t i t u c i ó n mu l t i cu l t u ra l i s t a

La convocatoria pa ra reda ctar u na nu eva Cons titu ción

fu e efectu ad a en u n p eriodo mu y crítico de la h istoriacolombian a, tras su cesivos y fraca sad os intentos p orreformar de m an era su s tan cia l la a nt igu a Car ta . LaConst i tu ción s e concibió como instru men to polí t icopar a res tab lecer la p az y la recon ciliación n acional ymodern izar el Estad o. Adem ás de definir a Colombiacomo un Estado Social de Derecho, establece un nú-mer o sign ificativo de der echos económ icos, s ociales(Sar miento , 1996 ) y ambienta les . Con razón se h a

dicho qu e es u na “Cons titución Verde” (Rodas Mons al-ve, 199 5). Por otro lado, como s e men cionó, la Cons-titución de 199 1 reconoce que Colombia es u na na ción

pluricultu ral. Diversos a rtículos s e refieren a las comu -nidad es indígena s y a la necesidad d e proteger la di-versidad cultural. En particular quiero llamar la aten-ción de forma breve sobre algunos de ellos. Además delos dos men ciona dos en la intr odu cción de este ens ayo,el artículo 8, establece: “Es obligación del Estado y de

las personas proteger las r iquezas cu ltura les y na tu-rales d e la Nación”; posteriormen te, el artículo 13 reza:

Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, re-

cibirán la mism a protección y trato de las au toridades y

gozarán de los m ismos derechos , libertades y oportun i-

dades s in n ingun a d iscr iminación por razones de sexo ,

raza, origen n aciona l o fam iliar, lengua , opinión política

o filosófica.

El artículo 63 señ ala que los bienes de u so pú blico,

como parqu es n atu rales, el pat rimonio arqueológico,los resgu ard os, son impr escr ipt ibles , ina l iena bles einem bargables. En este contexto, la Con stitución rei-t e ra u n p u nto fu nda men ta l de la lucha indígena: latenencia colectiva de la tierra. Y el 68 estipula que “ElEstado garan t iza las liber tades de en señan za, apren-dizaje, in vestigación y cáted ra ”.

El artículo 286 es particularmente relevante. Allí sedefin en com o un idades t erritoriales de la n ación, losdepar ta men tos , los mu nic ip ios y t am bién los t e r r i -torios indígenas:

Son en t idades te r r i tor ia les , los depar tam entos , los d is-tr i tos, los m un icipios y los terr i tor ios indígena s. La ley

podrá da r les e l carác ter de en t idades te r r i tor ia les a las

regiones y provincias que s e constitu yan en los térm inos

de la Cons titución y de la ley.

El sigu iente ar t ículo les con cede au tonomía, valedec ir , l a capa cidad d e goberna rse por au tor idadespropias, elegidas democráticamente, establecer tribu-tos, administ rar su s propios bienes:

Las en t idades te r r ito r ia les gozan d e au tonomía para la

gestión de s us intereses, y dentro de los límites de la Cons -ti tución y la ley. En tal vir tu d ten drán los siguientes de-

rechos:

1 . Gob e rn a r se p o r au to rid ad es p r op ia s .

2 . Ejercer las competencias que les cor respondan .

3. Administrar los recursos y establecer los tr ibutos n e-

cesarios para el cum plimiento de su s funciones.

4 . Par t ic ipar en las ren tas nac ionales .

Y en lo que se r efiere a las com u nidad es indígena s,el artículo 330 prescribe su ma rco global de au tonomía:

“...los territorios in dígen as será n gobern ad os por con -sejos conformados y reglamentados según los usos ycostumbres de sus comunidades. . .”

El pará grafo de este ar tícu lo precisa:

La explotación de los recursos naturales en los terr i to-

rios indígenas se hará sin desmedro de la integridad cul-

tura l , social y económica de las comu nidades indígenas .

En las decisiones qu e se ad opten de dicha explotación, el

gob ierno prop ic iará la pa r t ic ipac ión de las r espec t ivas

comunidades .

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 La Cons titución d e 1 99 1 y la p erspectiva d el mu lticulturalis mo e n Colombia

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Otro ar tícu lo, el 246, reconoce:

Las au toridades de los pu eblos indígenas podrán ejercer

 jur isdicciones dentro de s u ám bito terr i tor ial de confor-

midad con su s propias norma s y procedimientos, siempre

que n o sean con tra r ios a la Cons t i tuc ión y leyes de la

Repúb lica. La ley esta blecerá las formas de coordinación

de esta jur isdicción especial con el sistema na cional.

De otra parte, el artículo 171 concede representaciónpolítica propia a los grupos indígena s, en el Sena do,sin p erju icio de ser elegidos ta mb ién por otros m eca-nismos contemplados para el resto de los ciud adan os.

Simu ltán eam ente, el ar t ículo 309 er igió a las a n-tiguas inten dencias y comisarías como departam entos;mu chos territorios ha bitados por las comu nidades in-dígenas están localizados en estas entidades; fueronhasta entonces verdaderas colonias internas desde el

pu nt o de v is ta ad minis t ra t ivo y fi sca l . Con e llo seresta blece el pie de igua ldad ent re todas las en tidadesadm inis t ra t ivas na c ionales ; e l a r t ícu lo 310 dec lara

que el Arch ipiélago de Sa n And rés y Providencia ten drá

tam bién su propio régimen especial de adm inistra ciónen materia de migración, régimen fiscal, etcétera,entre otras razones pa ra “proteger la ident idad cu l-tural de las comunidades nativas y preservar el medioam biente y los r ecurs os n atu rales d el Archipiélago”.

Estos y otros artículos sienta n las ba ses de lo qu epodríamos llam ar el derecho a la identidad. La n u evaCons t i tución se alejó radicalmen te de la ima gen de

un a na ción h ispan a, católica, castellan a, de la del 86.El fu nd am ento del poder ya no está en la n ación, comoen la a n terior, sin o en el pu eblo. El catolicismo dejó deser la religión oficial del Es ta do.

La p osibilidad de tra ns forma r los esp acios ocu pad ospor las comu nidades indígena s en entidades territo-

riales con su propia au tonom ía es m u y significativa sitenemos en cuenta que de 1,141,748 km qu e corres-pond en a t odo el territorio na ciona l, 277,09 7 está n ya

adjudicados legalmente a las comun idades indígenas .Sin duda, gran parte de este territorio corresponde azona s de frontera y áreas de bosqu e tropical hú medo,

cu ya relevancia intern aciona l es cad a vez ma yor. Laprobabi lidad de su pervivencia de la especie hu ma nadependerá, en gran m edida, en tre otros factores, delman ejo que ten gan los bosques t ropica les hú medosdel plan eta, y en pa r t icular de la Ama zonia; en estesent ido, las comu nidades indígenas no ocupan áreas

ma rgina les d el país, sino esp acios d e alta sen sibilidadin tern ac iona l, y con u n gran potencia l de recurs osminerales estratégicos.

Desde u n pu nt o de vista político, la r eorgan izaciónter r i tor ia l es u no de los a spec tos m ás re levan tes y

significativos de la n u eva Con stitu ción, pero ta mb ién,na t u r a lm en t e , u no de l os t em as que gene r ó m a yorcontroversia en el sen o de la Asa mb lea Cons tituyente.El reconocimiento de los territorios ind ígenas , en p ar-ticular, fue sometido a d u ra p rueba ha sta casi el fina l

de la Asam blea. De acu erdo con algu nos testimon ios,

los delegados ind ígenas a men azaron con retirarse dela Asamb lea d ías an tes de f ina l izar l as ses iones , s icurs aba u na iniciativa del ministro de Gobierno par aexcluir la norma del texto final:

La d efinición de los t erritorios indígenas como ent idades

territoriales cons titucionales fue el gran debat e de cierre

de la Consti tu yente, pues el Ministro de Gobierno qu iso

el último día de la votación sa car de la s egun da votación

y de la Constitución este punto. Los constituyentes indí-

g en as se h u b ie sen r e t i r ad o y n o h u b ie sen f i r m ad o l a

Constitución si hu biera triunfado la m an iobra del Gobierno

(Cortés, et al.: 1994).

Por otra par te, un a propu esta complemen tar ia enel sentido de genera r u n Fon do de Reconstru cción de

los pueblos indígenas no pasó el escrut inio de laAsa mb lea y fu e denegada .

El reconocimiento de los territorios indígenas,s ignifica qu e el Estado garan t iza n o sólo su carácter

 jurídico especial —su carácter inalienable, inembarga-ble e imp rescriptible— sino que le concede u na na tu -raleza política especial, en cuanto representa el espa-cio de vida para sociedades con diferentes s istemas de

produ cción qu e requ ieren de ám bi tos m ás a mp liospara su reproducción: por ejemplo, el sistema de rozay quem a itineran te exige rotar de forma periódica loscamp os de cul t ivo, para permit ir la regeneración delbosque p r i m ar i o; un a econom ía ba sad a en la cazatam bién requiere de gran des espacios para n o traspas arla capa cida d de carga d el med io am biente; pero, porotra pa rte, este concepto tam bién incorpora los s it iossa grados e históricos, inclu sive los yacimientos a rqu eo-

lógicos y otros bienes culturales. En este contexto, porejemplo, el artículo 72 es tablece con resp ecto a est osú l t imos qu e si bien per ten ece a la n ación y son ina -

l ien ab les e impr escr ipt ibles , “la ley esta blecerá losmecanismos para adqu ir ir los cuan do se encuent renen ma nos de par t iculares y reglam enta rá los demásderechos especiales qu e pu dieren ten er los grupos ét-nicos as enta dos en territorios de riqu eza arqu eológi-ca”. Sin d u da éste es congru ente con u n fuerte recla-

mo indígena s egú n el cu al su identidad s e basa en la“Madre Tierra y en los Hu esos de s u s An tepas ados ”.

Asimismo, la conformación de en tida des territoriales

indígenas (ETIS) significará , par a m u cha s s ociedad esindígena s, la inclu sión en u n m ismo espa cio político

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 Roberto Pined a Cam acho

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de comu nidades y agru paciones étnicas has ta ah orarelativam ente a u tónomas , fragmenta das políticamen -te y con sis tema s de liderazgo fu nd ados en mu choscasos en criterios r eligiosos y ritua les.

Por e jemplo , en e l á rea de l ac tua l depar tam ento

del Ama zona s se creó, en 198 8, el Gran Resgu ardo del

Predio Putu ma yo con u na extens ión aproxima da de6 mi llones de h ec táreas ; se encuen t ra ocupa do porlocal idades per tenecientes a diversas agrupacionesé tn icas (hui to to , andoque , bore , mi rana , muinane ,etcétera ) (ver Mapa 3). Si bien existe  u na organ izaciónind ígena qu e agrupa las d iversas comu nidades , supoder es débil, y en rea lidad la represen tación política

de cada comu nidad recae, actua lmen te, en el cacique(que represen ta la a utor idad en términos t radiciona-les); y el cap itán, qu e tien e, sobre todo, u n a fun ción d e“broker” con la sociedad regional y nacional. El caciquees, por lo general, un a pers ona ma yor; los an doques lo

designan , por ejemp lo, con el nomb re de “posoa”, qu esignifica “sonad or, el sonad o”, en el sentido de qu e suvoz o poder se expresa a t ravés de los instru men tosrituales. Los hu itotos tienen u na persp ectiva similar:

el abu elo que preside un a comu nidad s e caracter izapor promover determinadas f iestas y r i tuales . Encam bio, el “capitán ” por lo genera l es hoy en día u naperson a m ás joven, con cierto grado d e escolaridad yconocimiento del mundo blanco, pero que se apoya, enú ltimo término, tam bién, en el ma mb eadero, o sea ellu gar ceremon ial ma scu lino, pres idido por lo comú npor el abu elo de la localida d.

En este espa cio los hombr es se reún en diariam entepara deliberar, narra r h istorias, comentar los asu ntos

personales y cot idianos, mientras que se mambeacoca (Coca-Ipa du ) y lam e tab aco en forma d e am bil(ext rac to de t a baco en forma sem il íquida) . En es tecontexto, la tra ns formación del Resguard o Putu ma yoen u na eventu al entidad territorial representa n o sólo

e l r e to de ag rupa r com un idades au t ónom as en u na

sola ent idad a dm inis t ra t iva , s ino ta mb ién la conci-liación de la existencia de formas de representaciónpolítica d iferentes y aú n con trad ictorias .

¿Cómo lograr qu e la conformación d el Con sejo de laETIS se h aga s obre la ba se d e criterios de legitimidadque tengan en cuen ta a cham an es y otros actores queson fun dam enta les en el control social y en el man -

tenimiento de un relativo orden, incluyendo cierta ar-mon ía con la na tu raleza?

En abierto contras te con el peso dad o a lo amerin-dio, la situación de las comunidades afroamericanasapen as fue abordad a. Solam ente los grupos afroam e-

ricanos de la Isla de San And rés y Providen cia, h ablan -tes de u na lengua cr iolla d e bas e inglesa, fueron in-clu idos y reconocidos como pertenecientes a la etnia¡raizales! en r azón d e su s p eticiones y reclam os pa ra

recuperar su s raíces (roots). A pesa r de qu e el resto delas comu nidades n egras son re la t ivamen te nu mero-sas, su presencia específica sólo quedó reconocida enu n a rtículo tran sitorio, el 55, segú n el cual:

dentro de los dos añ os siguientes a la entr ada en vigencia

de la pr esent e Constitu ción, el Congreso expedirá, previo

estu dio por pa rte de u na comisión esp ecial que el gobierno

creará para ta l e fec to , una ley que les reconozca a lascom u n id ad es n eg r a s q u e h an ven id o ocu p an d o t ie r r a s

bald ías en las zonas ru r a les r ibereña s de los r íos de la

Cuenca de l Pac í f ico de acuerdo con sus p rác t icas t ra -

dicionales de p rodu cción, el derecho a la propiedad co-

lectiva sobre las áreas qu e habrá de demarcar la mism a

ley... En la comisión especial que trata el inciso anterior

tendrán participación de cada caso representa ntes elegi-

dos por las comun idades involucrad as. La propiedad as í  

reconocida s ólo será en ajenable en los términos qu e se-

ña le la ley.

La misma ley “establecerá mecanismos para laprotección de la identidad cultu ral y los derech os dees tas comu nidades , y par a e l de su des ar ro l lo eco-nómico y social.”

La h istoria del proceso legislativo en torn o a las co-mu nidades negras aú n está, a nu estro parecer, por ser

invest igada. De hecho, la d iscu sión sobre la n atu ra-leza de la identidad d e las comu nidad es negras y su sconsecuen cias jur ídicas se inició en la Su bcomisiónde Igu aldad y Carácter Multiétn ico con vocada , ju nt ocon otras comisiones, en los meses previos a la

Mapa 3

A s en t ami en t o s i n d í g en as d e l A mazo n as

Fuen te: Departam ento Nacional de Plan eación (PND), 1991.

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 La Cons titución d e 1 99 1 y la p erspectiva d el mu lticulturalis mo e n Colombia

118

Asamblea Const i tuyente (J imeno, 1990-91) . Comoun mecan ism o de presión contra la renuen cia de unnú mero de cons t itu yentes a a ceptar la ident idad ét-n ica propia de gran par te d e los a f roam er icanos , e lmovimiento n egro organizó comités u rba nos y rura les,

en d iferent es region es del pa ís, y se rea lizaron diversa s

ma nifesta ciones p olíticas. El artículo 55 fue ap robad oen votación n ominal por 49 votos, apen as p asa nd o poru n voto el límite mínimo r equ erido (48 ); fu e u no d e losartículos má s contr overtidos y en lo que concierne alreconocimiento de la propiedad colectiva de los pueblosafroam erican os (el meollo de la cu est ión) dividió a laAsamblea:

Esta propuesta polar izó a la Asamblea. El MNS (Movi-

mien to de Salvac ión Nacional ) asumió nuevamente e l

comportam iento de no votar pa ra impedir que la norma

fuera aprobada ... Su sector ma yoritario contó ap enas con

6 de sus 11 delegatarios y su jefe político, el delegatario Ál-varo Gómez, tamp oco votó. los sectores ma yoritar ios del

libera lism o (18 d e 24 d elegat ar ios) y del M 19 (13 de 1 9

miembros), respa ldaron la propu esta, a l igual que el par-

t ido PSC (Part ido Social Cons ervador) (4 d e 5 delegata -

rios); tam bién votaron a favor los indígenas , los m iembros

del EPL y el represen tan te del Movimiento Est ud iantil; la

propues ta fue p resen tada por Car los Esgu er ra ( ¡MSN!)

Or land o Fals Borda (M l9 ) y Rojas Bir ry (ind ígena in -

dependiente) (Cepeda, 1993b).

Pero entr e los l íderes del m ovimiento afroam eri-

cano la p ropu esta en sí levan tó polémica; e inclus o, enalgunos de ellos, rechazo y desacuerdo por la inclu-sión d el concepto d e “tierra s ba ldías ” al referirse a losterritorios de las comunidades negras del Pacífico(Friedeman n y Arocha , 199 5: 69).

Si se coteja el proyecto originalmente presentadopor el gobierno con la carta promulgada, cotejo reali-

zado y comenta do por J osé Man u el Cepeda (1993 a),consejero presidencial para el desa rrollo de la Cons-t itu c ión de l pres idente Ga vir ia , y un a p ersona mu ycercan a a todo el proceso, se pone d e ma nifiesto la pre-caria y casi inexistencia de los derechos étnicos en la

propu esta origin al que n o recogió a es te respecto las

recomenda ciones de l a Sub comis ión de Igua ldad yCarácter Multiétnico. Entre otros aspectos, no existíau na norm a equivalente a los artículos 7 o 10 citados.El artículo equ ivalente a las ent idades t erritoriales n ocontemplaba la conformación de en tidad es territoria-les indígena s. La propu esta gu berna men tal se limita-ba, en gran medida, al reconocimiento constituciona l

de los resgu ardos y su na tu ra leza imprescr ip t ib le einalienable.

En este sent ido se puede af i rmar que la CartaCons t i tuc ional en lo qu e se re fiere a s u na tu ra lezamu lt icu ltu ral es el fru to de las s esiones de la Asam -

blea Const ituciona l. Sin emb argo, como el mism o Ce-peda h a pu esto de ma nifiesto, el peso de la represen-tación d el partido libera l fu e decisiva pa ra la expedi-ción d e todo el art iculado de la Cons titución, si bien

mu chas in ic ia t ivas no su rgieron de su seno. Si unagran ma yoría de los congresistas liberales no h u bieseapoyado a lgunos de los a r t í culos más impor tantesrespecto a las m inorías étnicas, quizás los grupos m ás“conservadores” (liberales y conservadores) de la Asam-blea hu biesen podido b loqu ear es tas in ic ia t ivas . Elmismo Cepeda resalta también la relativa disciplinadel bloque libera l en torn o a las iniciativas pres enta da s

por su s m iembr os y frente a s u líder en la Asam blea.Sin du da, esta situación contribu yó a la apr obación

no sólo del artículo en cuestión sobre los territoriosindígena s, sino también de otros as pectos fun dam en-tales ligados con el ordenamiento territorial, posible-men te contra las ideas del mismo gobierno, o por lom en os de a l gu nos de s u s p r i nc ipa l e s a se so r e s . Laopos ic ión a a lgun as de las propu es tas vino en es taocasión del Partido Conservador o del Movimiento de

Salvación Nacional. Pero tampoco se comportaronde manera uniforme, y es necesario profundizar másen el aná lisis de las votaciones. Así como tam poco po-

dem os sob revalorar el ap oyo a los ar tícu los referentesa todo el ordenam iento territorial. Segú n Cepeda, es-tu vieron en “la cu erda floja”, entr e otros los ar tículos30 6, 30 7, 32 1, 32 9 y 33 0 (Cepeda , 199 3b : XXXVII);es tos t r es ú l t imos ar t í culos forma n e l meollo de l apolítica territorial indígena.

Desde otro punto de vista , es interesante pre-guntarnos por qué los derechos indígenas quedaronreconocidos, en relativo contr as te con las com u nidad esnegras . ¿Tiene es to solam ente qu e ver con la capa ci-dad de gestión del movimiento ind ígena y su s líderes?

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 La Cons titución d e 1 99 1 y la p erspectiva d el mu lticulturalis mo e n Colombia

120

establecidos en la Carta. Esta situación no se limita alos derechos ind ígenas y afroamericanos, en la medi-da en que la misma Carta tam bién establece el recono-cimiento d e las diferencias cultu rales en los d iversosám bitos regiona les y sociales.

Esta perspectiva ha exigido, entonces, la definición

 jurídica del concepto de “costumbre”. el límite del de-recho consu etud ina rio, de la l ibertad de cu ltos, el al-cance del derecho a la autonomía, o la reinterpretacióndel concepto de igualdad, entre otros aspectos. Sindu da, ésta no es u na cuestión fácil, y, como veremos,el pen sa miento cons t i tucion al oscila , a veces, entr ediferentes posiciones. En los párrafos siguientes me

r e fe r ir é a a lguna s de l a s s en t enc i a s y t u t e la s a m i ju icio má s relevan tes p ara garan tizar los p rincipios d ela Const i tución.

a) “Derecho es tricto, injus ticia s up rema ”:

la costumbre como fundamento del Derecho

En el ámbito de la n u eva Constitución fue deman dad aan te la Corte Const ituciona l la Ley 153 de 188 7, cuyo

artículo 13 reza: “la costumbre, siendo general yconforme a la moral cr is t ian a, cons t i tuye derecho, afalta de legislación positiva”.

Al respecto, la s enten cia d e la Corte discu rre sobrela relación entre el Derecho y la Moral, la universalidado relativida d de la m isma , el sen tido de la expres ión“moral cristiana” en la Ley 153 de 1887, y la situaciónde la moral cr is t iana en el ámb ito de la nu eva Cons -

titución.La Corte d eclaró exequible la n orma ya qu e —según

su concepto— la Cons titu ción de 19 91 n o es contrariaa la moral cristiana con bas e en las sigu ientes con si-deraciones:

1 . P e s e a la a u s e n c ia d e e s t a d ís t i ca s e x a c ta s e n e s t e

campo, como en otros, es un hecho incontrovertible

que la r eligión ca tólica es la de la m ayoría de la po-

blación.

2 . Pe r o la r e l ig ió n ca tó l ic a e s s ó lo u n a d e l a s i gl es i a s

crist ianas, la mayor por su nú mero, pero apenas u na

de e llas ; s i a su s adep tos se su man los de las demá siglesias cristiana s existentes en Colomb ia, la m ayoría

distaría de la u nan imidad s ólo un pequeño porcentaje.

3 . (. . .) No p u e d e s e r c o n t r a r i a a l a C on s t it u c i ón u n a

norm a qu e se limita a reconocer la mora l de las ma -

yorías...

El respeto a las m inorías, tam bién proclama do por el

l iberalism o, no pu ede l legar h asta el extremo de p re-

tender que las m ayorías s e sometan a ellas o que re-

nu ncien al derecho de hacer prevalecer su s opiniones.

Por ello, si en lugar de referirse a la moral de la mayoría

de los colombianos, la ley pretendiera imponer a éstos

la m oral de una tribu indígena confinada en u n rem oto

lugar d e la selva  amazónica, tal ley sí sería contraria

a la Const i tución.

No obstan te, en el párra fo anterior se enu ncia que

“en ca sos excepciona les ten dría validez como fu ent edel derecho u na costumb re que no sea a corde con lamora l genera l de l pa ís , pero qu e sea con forme conla m oral de un grupo étnico cu ltu ral en p ar t icu lar”.

La sen tencia discu rre, posteriorm ente, en el aná lisisde la costum bre como fu ente de d erecho y el status delderecho cons u etud inario en la legislación colomb iana,

reafirm an do la legitimidad de la costu mb re secundum

legem y de la costum bre praete r legem (e invalidándo-se la costum bre contra legem ) en u n “país d e regiones”:“pero más propio sería afirmar que en Colombiacoexisten m uch os países cuya su ma es la n ación, que

t ienen en su d ivers idad cul tura l un a d e las razonesde su existen cia y de su fu erza”.

Los ju eces deben tom ar en cu enta la costum bre, yno aten erse exclu sivam ente a la norm a, porque como

señ ala el aforism o latino, “derech o estricto, injus ticiasu prem a”. En es te sen tido, la Corte resu elve qu e “laexpresión m oral cr is t iana significa ‘mora l general om oral social’, como s e dice en la p art e m otivo de es tasentencia”.

b) Des tierro, confis cación o e jercicio

del derecho de la comunidad 

En m ayo de 1994, en la sentencia T-254/ 94 la Corteexaminó y resolvió el derecho de amparo de un indíge-na per tenec iente a u na comun idad d e la región de ldeparta men to del Tolima , que a cus aba al cabildo dedicha comu nidad de vulnerar su s derechos al ser ex-pu lsado de ella y al ser su s bienes reintegrados a lacomunidad. El cabildo justificó su decisión en cuantoel peticionario ha bía reincidido en u n comportam ien-

to no adecu ado pa ra la vida de la comu nidad , y en elcarácter colectivo de la tierra. La sentencia de la Corteexam ina con deta l le la n atu raleza de la decisión de

expu lsión, la relación entr e el régimen u n itar io y laau tonom ía ind ígena , el alcan ce de la jurisdicción in-dígena, entre otros a spectos.

En cont rapos ic ión con la s entencia de l Tr ibu na lde Pr imera Ins tan c ia , que cons ideraba a decuad a ladisposición porqu e interp retab a la decisión como pro-

ducto del ejercicio de la libertad de asociación prote-gida por la n orma tividad constitucional, ya qu e “na diees tá obl igado a cont inu ar a soc iado en cont ra de s uvolu nta d”, l a Cor te cons ideró que las comun idadesindígenas no se equiparan jurídicamente a un a s imple

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 Roberto Pined a Cam acho

121

asociación; son una real idad histór ica, dinámica:“se na ce ind ígena y se pertenece a u na cultura , que seconserva o está en proceso de recuperación. La p er-tenencia a u na comu nidad indígena n o surge de unacto espontán eo de la volu nta d de dos o más persona s”.

En consecuencia lo que está en juego es la aplicación

del ar t ículo 266 de la Const i tu ción qu e reconoce elderecho de las comu nidades indígena s a su propia ju-risdicciona lida d; pero ¿cu ál es su límite?

Al respecto la Cort e esta blece los s igu ientes criterios:

1. El régimen p olítico está funda do en la conservación de

la diversidad en la u nidad.

2 . A m a y or c on s e r va c ió n d e s u s u s o s y c os t u m b r e s ,

mayor autonomía.

3 . Lo s d e r ech o s f u n d am en ta l e s co n s t it u c io n a le s co n s -

tituyen el mínimo obligatorio de convivencia para

todos los p articulares.

4 . Las n o r m as l ega l e s im p e r a t iva s ( d e o r d en p ú b l i co )de la República priman sobre los usos y costumbres de

las comun idades indígenas , siempre y cua ndo prote-

 jan directamen te un valor cons ti tucional sup erior al

principio de diversidad étnica y cultural.

5 . Lo s u so s y cos tu m b r es d e u n a com u n id ad in d ígen a

priman sobre las norma s legales disposit ivas [Lo que

no significa, entonces, la primacía de las costumbres

contra legem ].

En es te caso, a ju icio de la Corte, se presenta ba u nacolisión de intereses entre el principio de la diversidad

cul tura l vs . la vigencia de los derechos fundamenta-les. Bajo el pun to de vista de la p rohibición constitu-ciona l del destierro y la con fiscación , los m agistrad osexaminan la m ateria. Con r especto a la expu lsión d elpet icionario cons ideraron que se t rata ba en rea lidadde la aplicación d e u na práctica social de ostracismo,comprensible en el ám bito de derecho consu etudina rioin dígena , y en cu an to tal no podía ser ca lificado comodest ierro, un concepto que, segú n su pu nto de vista ,

se as ocia con la existen cia del Esta do-na ción.Sin emba rgo, y a pesar de su reconocimiento de la

propiedad colectiva de la tierra, la sen tencia cons ideró

que la pérdida de la t ierra, incluyend o su s m ejoras,configu raba u n acto de “confiscación” que, ad emá s,afectab a la integridad d e terceros, lo cu al a su ju icioera incon stitu ciona l y violatorio de los der echos h u -m anos .

La pena de conf iscac ión no puede ser impuesta por e l

E s t ad o —y m en o s a ú n — p or u n a com u n id ad in d ígen a

que, como lo expresa la Const itución, se gobierna por su s

us os y costum bres s iempre que e l los no pu gnen con la

Cons titución y la ley impera tiva.

Si bien la propiedad d e la cual puede s er t i tular un a co-

munidad indígena t iene carácter colectivo, no escapa a

esta Corte que, en la medida en que sus usos y costumbres

permitan e l reconocimien to de m ejoras e fec tua das por

su s m iembros, la sa nción que consiste en la expu lsión de

un os de su s m iembros qu e, al mismo tiempo, signifique

la pérdida absoluta de aquellas, equivale a la pena de con-

fiscación oficialmente proscr ita.

En verdad el sujeto pasivo de la sanción se vería expuesto

a u na s i tua c ión de ind igencia y de abso lu to despo jo . ..

Ind epend ientemen te del sistema privado o colectivo con-

forme al cu al se organice la pr oducción, el régimen pu ni-

tivo no puede tener sanciones que aparejen consecuencias

tan extremas p ara el sujeto pasivo y su familia.

[Además de revocar la sentencia, se ordenó a] los miembros

del cabildo ind ígena de El Tam bo, velar p or la vida e in -

tegr idad de NN y de sus h i jos du ran te e l t iempo de s u

reintegro a la comunidad y mientras se adopta una

determinación definit iva, sobre su conducta, según susnorma s y condu cta , pero en conformidad con la Cons -

titución y la ley.

Est a sen tencia h a generad o diversas con trover-sias; y ha sido vista como cortapisa a la a plicación delartículo 346 y a la au tonom ía relativa d e los pu eblosindígena s. E l pr incipio de equ ivalencia “mayor pre-se r vac ión de lo s u sos y cos t um br es = m a yor au t o -nom ía”, no p arece ser el má s a decua do. ¿Qué significama yor preservación? ¿Q u ién y cómo la d efine?

La Con stitución n o restringe el u so de los derechos

en este sen tido. Pero tampoco debemos ver esta s enten -cia com o u na actitud “perversa”, sino qu e, a m i ju icio,expresa las dificultades que genera todo este proceso,como lo revela la exposición de motivos de la misma.

c. El de recho a la igua lda d y el uso d e la lengu a

A pr i nc ip i os de 199 4 , s e en t ab ló un a dem an da detu tela contr a el secretar io de Gobiern o del depa rta-

men to del Guain ía, quien en el per iodo previo a laselecciones había publ icado una circular telegráf icacu yo texto reza:

Con el fin de garan tizar imp arcialidad abs olut a pr óximos

debates electorales coma a part ir de la fecha queda n (sic)

terminantemente prohibidas las conferencias radiales y

de carácter polí t ico coma así como también las charlas

por radio utilizando otro idioma ajeno al castellano punto.

En lo suces ivo y para t odos los e fec tos lega les deber á

us arse rad iograma pun to .

Debe tenerse en cu enta qu e el Gua inía es un vastoterritorio localizado en el oriente colombiano, de una

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 La Cons titución d e 1 99 1 y la p erspectiva d el mu lticulturalis mo e n Colombia

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extens ión aproximad a d e 72 ,000 km 2; se encuent raha bitado principalmen te por comu nidades indígenas ,cuya población se est ima en 1 2,970 persona s, de u ntotal de 13,38 9 (Mapa 4). Su capital, Puerto Inírida, s eencuentra cerca a la desembocadura del río Inírida en

la cuenca del Orinoco; la navegación por el río es el

pr incipal m edio de comu nicación intrarregiona l; lascarreteras, las l íneas telefónicas, son precarias; elrad io teléfono, local izado en algu nos as enta mientosestra tégicos, es el med io de comu nicación m ás expe-di to, y, con frecu encia, el ú nico ins tru men to de co-municación disponible.

La Cor t e desecha u no de l o s a r gum en t os de l os

pet iciona rios (en el sen t ido de qu e se h a violado suderecho a la pa rticipación política) y se concentra enla p rohibición del u so de la lengua na t iva. Sin du da,el ar t ículo 10 p lan tea qu e las lengua s indígenas sonoficiales en su s res pect ivos terr i tor ios. ¿Pero h as ta

dónd e y en d ónde es oficial la lengu a cu rripaco? El ju ezde pr imera insta ncia ha bía rechazado la pet ición delo s c u r r ip a c os a r g u m e n t a n d o q u e , a u n q u e s o n u ngrupo ind ígena d e l Gu ainía , no p or e llo podía con-

clu irse qu e la len gua fu ese oficial en todo el depar-tam ento o en e l depar ta men to . La Cor te , en ton ces ,examinó el concepto de territorio, y concluyó:

El Departam ento del Gua inía t iene como lengua s oficia-

les e l cas te l lan o y e l cur r ipaco , porque los resgua rdos

indígena s d e los qu e participan los m iembros de esa etnia

cub ren el 90% de los 78,238 km del territorio... Ademá s,

el 98.7% de la población es indígena , y el ám bito tradiciona lde su s a ctividades económicas y cultura les está constituido

por resguard os y por el único mun icipio del Departa men to:

Puerto Inírida, la capital, con sus ocho corregimientos...

Pero, por otra p arte, la Corte estab lece que la citadaresolución viola, además de los principios de diversidadcultural y étnica, el derecho a la igualdad consagradoen el artículo 13 d e la Con stitu ción, y diversos p actos

firmados por Colombia que prohiben la discriminaciónpor raza , lengua , cul tura , en p ar t i cular la Conven-ción Intern aciona l sobre la el imina ción d e todas las

forma s de discr imina ción ra cial ; en s u concepto, ladiscr imina ción de la lengu a es u na forma d e discr i-minación racial. En consecuencia, la Corte sentencia:

1 . Revocar la sen tencia de l J uez de Puer to In í r ida y tu -

telar el Derecho a Igua ldad, y denegar la petición en

cua nto al derecho de pa rticipación.

2 . Ina p l icar la c ircu lar “en todo lo que pu eda impl icar

un a discr iminación en razón de su lengua m aterna y

absten erse en el futu ro de incurrir en h echos como los

que originaron el presente p roceso.

8 . La co n s t ru cc i ó n d e l a s en t id a d es

t er rit oria les in d íge n a s

El reorden am iento territorial na ciona l, y en pa rticularel indígena y de las comu nida des n egras en el Pacífico,es u no de los retos más imp ortant es para el desar rollode los principios constitucionales y la Ley 70. Para elefecto, el gobierno designó u na Comisión d e Orden a-miento Territorial que h a venido estu diand o seriam entelo atinen te a todo este pu nt o, con la pa rticipa ción de

miembros de las comun idades ind ígena s. Asimism o,las organizaciones indígenas han elaborado diversaspropuesta s al respecto.

Como se expresó en las páginas anter iores, elreconocimiento d e la territorialida d ind ígena const itu yela delim itación d el ámb ito del ejercicio de a u tonom ía,

 jurisdiccionalidad, uso oficial de la lengua, entre otrosaspectos. De acuerdo con la Constitución, los territoriosind ígena s son de tres tipos, a sa ber, de menor a m ayor

 jerarquía.

a. Los Resgua rdos Ind ígena s (“los resguard os in-

d ígena s s on d e propiedad colec t iva y no ena - jen ab le” —ar tículo 3 29 ).b. Los Resgu ardos Ind ígena s Mun icipios (“los mu -

nicipios par ticipar án de los ingresos corrientesde la Nación ... Para efectos de es ta p articipa ción,la ley determinará los resguardos indígenas que

serán considerados como m u nicipio” —artículo357).

c. Las en t idad es terr itor iales indígena s (ETIS)están definidas , según lo expresado, por el ar-tícu lo 286. Sin em bargo, la n orma no d efine s u

Mapa 4

As en t am i en t o s in d í g en as d e G u a in í a

Fuen te: Departam ento Nacional de Planeación (PND), 1991.

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 Roberto Pined a Cam acho

123

contenido sino que pr eve, en el artículo 329 qu esu de lim i t ac ión s e h a r á s ob r e la ba se de u nafutura  Ley Orgán ica d e Orde na m ien to Territo-

rial, y se es tipu la qu e el proceso de “delimitaciónse hará por el Gobierno Nacional con participa-

ción de los representantes de las comun idades

indígenas , previo concepto de la Comisión d eOrdenamiento Territorial”.

La d efinición d e la na tu raleza d el resgu ard o estáregida por el ar t ículo 2 del decreto 2001 d e 198 8, elcua l compren de ta mb ién u na definición d el territorioindígena . Por otra pa r te, el Código de Mina s , e n s u

artículo 124 (decreto 265 5 de 1 988 ) inclu ye tamb iénuna definición de territorio indígena que vale la penacitar: “Se entiende por terr itorios indígena s las áreasposeídas en forma regular y perman ente por u na co-mu nidad, pa rcialidad o grupo indígena , y aquellos qu e

au nqu e no poseídos en esa forma constituyan á mbitotradicional de su s actividad es económicas y cultura les”.

Por otra parte, el mismo artículo 329, establece queen el caso de que u n terr itorio indígena perten ezca a

dos o más departam entos, su adm inist ración se ha rápor pa rte de los m iemb ros del cons ejo ind ígena jun tocon sus respectivos gobernadores, aunque plantea laposibilidad de qu e dicho terr itorio int egre un a ETIS (oentidad territorial ind ígena ).

La conformación de las ETIS se efectuará sobre labase de los resguardos ya constituidos. No obstante,el concepto de terr itorio n o es un iforme. De acu erdo

con u n reciente estud io del Departa men to Naciona l dePlan eación, exis ten por lo men os c inco acepcionesde este concepto, que deben ser tenidas en cuen ta enun proceso de ordenamiento territorial indígena:

a . El t er r itor io en propiedad ac tua lb . El te r r itorio ocupado de facto

c. El territorio h istórico legald. El terr itor io t radicional

e. El terr itor io posible de u na ETIS

La S ierra Nevada de Sa nta Marta, por ejemp lo, al

norte de Colombia, está ocup ada por diversos grup osétnicos (kogui, i jka, wiwas) más un grupo “mestizo”(kankuamos). Los tres primeros ocupan generalmentela pa rte media y alta de la Sierra, y se encuen tran ro-deados por un cintu rón de colonos, algunos con u naocup ación qu e data de pr incipios de s iglo; desde el

pu nto de vista h istórico, las d iversa s etn ias h abitaba náreas diferentes de la Sierra, au nqu e hoy en d ía granparte de sus a sentam ientos se encuentran mezclados,e incluso encontramos pueblos formados por familiaskogui y wiwas .

Si bien s e pu ede cons truir u n ma pa étn ico “tradi-ciona l”, el territorio h a tenido cam bios importan tes ensu s forma s d e ocupación, ta nto desd e la p erspect ivaind ígena como desde la de los colonos . En a lgu na sáreas, ciertas comu nidades indígenas ha n desarrollado

estra tegias d e ocu pa ción de territorios en ap ariencia

ha bi tados t rad ic ionalmen te por miembros de o t rosgrupos . De h echo, es pos ib le que es ta forma de re-presenta r su d iná mica sea parc ia lmen te incor rec taporque lo que probab lemente exista, de acu erdo con elan tropólogo Carlos Uribe, sea n localida des b ajo elma nd o de sacerdotes (ma ma s) que tejen diversas re-laciones en tre s í. Los intercam bios por m atrimon io, la

pres ión d e la colonización, la bú squ eda d e mejorest ierras , etcétera, complica aú n má s el ma pa étnico.

En este contexto, como se p one de m an ifiesto en elMapa 5 , en la Sierra debem os distinguir diversos te-rr i tor ios, de a cu erdo con los cr i ter ios esb ozad os. El

territorio h istórico ab arca ba , in cluso, el litora l, cu yosgrupos mantenían una es t recha re lac ión con lassociedades localizadas en las m ontañ as de la SierraNevada. Por ejemplo, el yacimiento arqueológico de

Pueb l it o , ce r ca de l m ar , a u na ho r a en ca r r o de l aciudad de Santa Marta, es un típico poblado tairona,como se denominó de m an era global a las cu ltura s dela Sierra en el siglo XVI; aunque no existía una unidadpolít ica, y dicho térm ino correspon día en u n pr imermomen to sólo a u n grupo de la Sierra.

Fuen te: Departam ento Nacional de Planeación (PND), 1991.

Sierra Nevada de Santa Marta:Sup erposición d e terri torialidades

Valledupar•

•Santa MartaT. Posesión

Nevados

Franjaocupada porno indígenas

Línea Negra

T. Propiedad

Mapa 5

El concepto de terri torio indígena y su s cam pos de a plicación

T. propiedad

T. posesión

T. históricolegal

T. tradicional

Entidad terr i torial

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 La Cons titución d e 1 99 1 y la p erspectiva d el mu lticulturalis mo e n Colombia

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Actualmente los grupos serranos se localizan, comose dijo, sobre todo en la pa rte m edia y alta de la Sierra;su área d e ocu pación reba sa la zona legalmente as ig-nad a, así como parte de esta zona también se encu en-tra ocu pad a de facto por colonos. Por otra par t e, de

acu erdo con s u cosmología, s u territorio está delimitado

por la “Línea Negra”, esta blecida por la Madre An ces-tral, cu yos límites llegan casi ha sta la ciuda d de S an taMarta o h as ta la ciud ad de Valledu par. Esto s ignificaque mu chos de sus s i tios sagrados están al lende su sfronteras a ctua les , y a m u chos estos lugares se des-plazan los m ama s o sa cerdotes, para h acer ofrendas y“pagamentos”.

En 199 4 , du r an t e la pasa da adm in i s t r ac ión de lpresidente Gavir ia , dentro del área del resguardokogui fue incluida una franja del litoral, realizándoseuna vieja y legítima aspiración indígena, ya que partede su s objetos y materias cerem oniales provienen de

dicha zona .La s i tu ac ión te r r i tor ia l es má s comp leja ya qu e

parte de la zona ha s ido declarad a Parqu e Natu ral ; yen l a m i sm a se encuen t r an po r lo m enos 200 yaci-

mientos a rqu eológicos, entre ellos la l lam ada Ciu dadPerdida, adm inistrada por el Ins titu to Colombiano d eAnt ropología. La declara ción d e Parqu e Natu ra l res-t r inge parc ia lmen te a lgun os de los derechos de u sopor pa rte de los indígena s, ya qu e deben a cogerse a lalegislación respectiva.

No obsta nt e, la crea ción de u na ETIS en la SierraNevada es rea lmente factible en el corto plazo, debido

a la relativa uniformidad cultural y continuidad terri-torial. A pesar de las diferencias étnicas, los gruposreconocen a los mamas, los sacerdotes indígenas,como las au tor idad es legít ima s d e su s p u eblos y co-m un i dades .

En otras regiones la ocupación actual es f rag-men tada, dispersa y mu ltiétnica. Ésta es la situación,por ejemplo, de los pequ eños grup os del Casa na re oincluso d e ciertas áreas del departam ento del Vichad a,

regiones caracter izada s por la existen cia de gran dessaba na s y bosques t r op ica le s en la s r ibe r a s d e lo sgrandes r íos. Mu chas de estas regiones h an sido ob-

 jeto de fuertes procesos de colonización, que han afec-tado la disponibilidad de los recursos, y que en ciertomodo ha n conforma do grandes p ropiedades (ha tos)que rodean los resgua rdos indígenas . Uno de es tosresgua rdos, Cañ o Mochu elo, en la esqu ina orienta l deldepar tam ento de l Casan are es u n gran te r r itor io de

refugio, donde fueron desplazados diversos grupos —incluso de antiguos cazadores-recolectores— que tra-diciona lmente vivían al su r d el río Meta.

La Con stitución de ETIS en la r egión a nd ina plan-tea otros problemas. En el suroccidente de Colombia,

en el departam ento del Cau ca, por ejemplo, las com u -nidades indígenas m an tienen en gran medida su s an -tigu os resgua rdos de origen colonial. Has ta 1 990 , susitua ción p odía s er descrita sobre la bas e del conceptode “region es d e refugio” defin ido por el an trop ólogo

mexicano Gon zalo Aguirre Beltrán : en térm in os gene-

rales , la población indígena habi taba la zona rural ,mientras que las cabeceras municipales se encontra-ban ocup adas por sectores m estizos. Éstos controlabanel sistem a p olítico local, y ma n ten ían a tra vés de los“procesos dom inicales” u na verda dera relación as imé-t r ica con los indígenas y su s resguard os ; e l cont ro lpolítico, el control religioso y el merca do es tab an en

s u s m a n o s.Todavía hacia 1970, un número importante de fa-

milias indígenas vivían como “terrazgueros”, en elcontexto de gran des lat i fu nd ios. A cam bio de poderus u fr uc t u a r u na pa r ce la de t e r r eno de la h ac ienda

debían pagar al du eño en especie o en t raba jo.Pero la lu cha de l movimiento indígena , como se

men cionó, camb ió rad icalmente la s itu ación: term inócon el terraje y tu vo éxito en el proceso de recu pera-

ción d e la tierra. En esta región, los ind ígenas as pirana inclu ir los espacios u rban os dentro de las futu rasent idades  terr itor iales , lo qu e de h echo marcará u nainflexión imp ortan te en las relaciones t ra diciona lesentre los “mestizos” y los indígenas.

Como se mencionó, la au tonomía de las comu nida-des indígena s encu entra cierta restricción en la su per-posición entre territorios indígenas y ocho santuarios

y p a r q u e s n a t u r a l es . É s t e es u n t e m a q u e d e b er átam bién s er abordad o a la luz de la n u eva Constitución.

9 . La p rác t i ca d e l a Co n s t i t u c i ó n

Probablemente es todavía u n p eriodo mu y corto paraproceder a u na evaluac ión de l imp acto de la Cons -t i tución d e 199 1 en el ám bito del respeto de los de-

rechos étnicos y culturales de los pueblos indígenas ynegros, as í como en la pers pectiva rea l de cons tru cciónde u n Estad o mu lticultura l. No obstan te, vale la p ena

destacar, entre otros, los siguientes aspectos:

1 . Algunos depar tam entos —como la Gu aj ira ySan An drés y Providencia— esta blecieron com olengua s oficiales su s lengua s vernácu las ma yo-r i t a r ias . En la Gu aj ira , l a Asam blea Depa r ta-

men tal esta bleció el wayú com o len gua oficial(es u na lengua h ablada por aproximad amen te140,00 0 m iembros d e la etn ia wayú, la pobla-ción indígena má s n u merosa de Colombia). Enel caso del Departamento de San Andrés se

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implan tó la lengu a criolla local, de origen a froin -glés. En este ú ltimo cas o se prescr ibió que, enu n periodo de t iempo razonab le, los fu nciona -rios d e la ad ministra ción regiona l y local deberánhablar también el idioma vernáculo.

2. Los aspectos más relevantes de la Const i tuciónfu eron tra du cidos a diversos idiomas ind ígena s

(ijka, cu beo, gua jiro, pa ez, gu am biano, etcétera)por pa rte del Centro d e Lingüística Aborigen d ela Universidad de los Andes a petición del go-bierno n aciona l. Esto no es m eramen te, como se

sabe, un ejercicio mecánico. ¿Cómo traducirconceptos tales como Constitución, derecho, juez,

territorio, lengu a, jus ticia, cu ltura?

De acue r do con J on Landa bur u , lo s kam sátradujeron la palabra Constitución con el nombre

ind ígena de / wama -an/ , cuyo significado es“mando-esencial”; los nasayuwe (los paeces)como “l ibro m ayor de p oder”; pa ra los i jka el

significado es “raíz de los argu men tos elabora dos”;mientras que pa ra los cubeo —del Ama zona s—

Constitución fu e tra du cido como “libro d el árboldel alimen to pa ra la vida ”.

La palabra derecho tuvo también, de a cuerdocon Landaburu, varias significaciones: para loscubeo significaba “vivir con rectitud”; según

los p aeces, “camino d el anda r a rm ónico”; para loska men tza del Pu tu ma yo, “lo mer ecido, lo quecorresponde”.

El concepto de  juez fu e t radu cido por par tede los ijka como “el que ind ica el bien a los qu edañ an ”; o como au tor idad que h ace el “bien alma l en s u tierra”, por parte d e los cub eo.

El concep to de cultura tiene el sentido de “la

ma nera de ser” para los wayu de la Gu ajira; paralos ijka de la Sierra Nevada significa “formapropia d e vivir, pensa r, h ab lar qu e existe”; paralos a ma zónicos cu beo “vivencia de los d iferen tesgrup os h u ma nos o grup os ‘étnicos’”; finalmen -te, para los nasayuwe “forma de comportamientoque resu lta de la perman encia en relación arm ó-

nica con la na tu raleza”.La prá ctica de la tradu cción represen ta de por

sí u n acto p olítico, como la elección d e u n alfa-beto, o el conten ido de u n cu rrículo.

Esta situa ción h a podido estimu lar la lectu rade la Cons t i tución en algu nos gru pos étn icos;pero sobr e todo tiene u na significación s imbó-lica qu e pu ede, si se continú a el esfu erzo, abrirpas o a u na reflexión sobr e la pr áctica del mu lti-

cultu ralism o como proceso de diálogo entre cu l-t u r a s .

3. De acuerd o con las disposiciones legales, elEsta do ha iniciado u n p roceso de tran sferenciadirecta d e recurs os a los cabi ldos como repre-senta ntes legales de las comu nidades. Esto h agenerado, para los cabildos, el reto de redactar,

ges t iona r y rea l izar su s p ropios p royectos de“desar ro l lo” . Probablemente es ta s i tuac iónreforzará el papel de aquellos indígenas conma yor edu cación forma l, en el sentido de la es -colaridad nacional, un incremento de la mone-tar ización de la econom ía local y n u evas forma sde gestión administrativa.

4. Como consecu encia del movimiento indígenay de algu na s medidas adoptada s desde el pu ntode v is ta l ega l y soc ia l , d iversas comu nidad es

ind ígena s reaf irm aron s u p ropia ident idad, o

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promovieron u n proceso de reindianización desdela década de 1970 . Las com u ni dades de SanAnd r és de So t aven t o , en e l depa r t a m en t o deCórdoba, o las gen tes de Coyaima y Nata gaima,en las t i e r ras p lana s de l Tolima, ent r e o t ros ,

acentu aron su carác ter de comu nidad indíge-

na , en oposición a ciertos sectores dom ina ntes“blancos” a nivel regional e incluso ciertas dis-posiciones legales que le negaban este carácter.

Es t a s i t ua c ión t iene en a l gu nos ca sos u nalarga historia. En el caso del Tolima, por ejem-plo, desde el siglo pasado sus comunidades hanvenido lu chan do por l a recons t rucc ión de su s

resguar dos. En los ú lt imos lustr os un procesosimilar se presen tó entre las comu nidades d eldepa rta men to de Nariño y del Macizo Colom-biano, en el departam ento del Cau ca.

La n u eva Cons titución h a reforzado esta ten-

den cia en diversos lu gares del país. Los an tigu osmest izos de Atan ques , e l cua r to grupo d e laSierra Nevada, ha reivindicado nuevamente suident idad ind ígena . El proceso su pone , ent re

otros as pectos, u n a política de “rescat e de la cu l-tu ra a n cestra l”. Por ejem plo, a est e respecto losmiembros má s jóvenes de la comu nidad yana -cona d e Río Blan co, expresa n:

Debemos recuperar el pensam iento, la historia, la cu l-

tu ra y la relación con la n atu raleza que n os identifica

como pueblo yan acona y así cons tru ir aquella s ociedad

digna, f loreciente y l ibre p ara todos, com o fu e la denuestros primeros antepasados y así todas las criaturas

vuelvan a na cer . . . (citado en Gros, 1994 : 145).

Pero como ha s ido señ alado por C. Gros estemovimiento de rescate de la cu l tura a ncestr al(que involucra un espacio para la investigación

arqueológica, antropológica e histórica) se planteaigualmente acompañ ado de u n proceso de capa-

citación, en el cu al la edu cación tiene u n lu garfu nda mental como mecanismo de búsqu eda dela identidad y de apropiación también del mundo

del blanco, en lo que resulta positivo y necesariopara su s in tereses . Es to su pone , además , u n a

comprensión de la situación (existencial) in dígena

en el mu nd o: “Ser indígena, ser pijao, es a lgo mu ybonito. Es esta r en convivencia con la  naturalezay con la sociedad” (cit. en Gros, l994: 158).

5. Sin emba rgo, las reacciones de las comun idadesind ígenas frente al nu evo escenario plan teadopor la Const i tución no s on, al pa recer , un ifor-mes ; en p arte reflejan su s estra tegias a nterioresde relación con los otros gru pos regiona les.

Los grupos m ás t ra dicionales pers is ten en s uposición; la n u eva Cons titución les perm ite tenerma yores ins t ru mentos lega les p ara enfrentar ,neu tral izar o mit igar la intru sión de agentes einstituciones externas. Los grupos más vincula-

dos a la econom ía del merca do poseen m ejores

herramientas para, a nivel local y regional,negociar y modificar la tradicional situación conlos cent ros d e poder —local y region al—, sinperder su ident idad étnica.

6. De man era para dójica, el movimiento ind ígena anivel centra l, a nu estro juicio, se h a d ebilitado opor lo menos fragmenta do. La comp etencia por

acceder a los ca rgos de repres enta ción p olíticaha genera do algu na s rivalidad es qu e, por el mo-men to, no parecen lo más conveniente para ellogro de ciertas meta s. Al contr ario, el procesopostconstitucional ha reforzado la movilización

de los gru pos af roam er icanos y , de hecho, hafortalecido a nivel regiona l y na ciona l a a lgun osde su s principales líderes.

Posiblemen te la ten dencia a d esplazar m ás la

política a n ivel regiona l y local plan tea nu evosretos a las organizaciones  indígen as . A su vez,como cons ecuencia de l proceso de d escent ra-lización an terior —qu e incluyó el nombra mientode a lcaldes y gobernadores por elección p opu-lar— en a lgu n as r egiones los líderes in dígena sasu mieron los cargos de a lcaldes m u nicipales ,l o que de h echo gene r a o t r a d i m ens ión a s u

prá ct ica pol í t ica y s ocial . Si los m ovim ientosindígenas se consolidan podrían ser fuerzas po-lít icas decisivas en d iversos dep arta men tos delpaís .

Eventu almente podrían asu mir los cargos d egoberna dor y controlar otros apara tos de la ad-minist ración.

7. La reafirma ción de los derechos territoriales hagenerado en cier tas áreas algunas fr icciones

entre las comu nidades ind ígena s, m estizos, co-lonos y comu nidades n egras. Esta situ ación pa-rece particularmente delicada en el Pacífico,

don de la territorialida d de los pu eblos a froam e-ricanos n o fu e su ficient emen te reconocida conanterioridad a la Constitución; y la definición desu s derech os terr i tor iales enfrenta este ser ioconstreñimiento. Sin d u da, la implementaciónde las ETIS (en t idades terr i tor iales ind ígenas )

ex ig ir á u na p r o fu nd a com pr en s i ón de l a s s i -tu aciones regionales para no vulnerar derechoso propiciar conflictos interétnicos.

8. Como se ha visto, la prá ctica de la tu tela h a fre-na do la acción de comp añ ías foráneas o protegido

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los derechos d e diversos pu eblos. En fu nción dedichas disposiciones, se h a impedido la cons -trucción de ciertas obras, se ha prohibido la ac-tividad proselitista de u na entidad m isionera, seha exigido la realización de es tu dios de impa cto

am biental y de un plan d e ma nejo y mitigación

de impactos. Los diversos artículos relacionadoscon el medio amb iente apu ntalan también estasi tuación, en la defensa de u n medio ambientesan o, la exigencia de estu dios de impa cto am-bienta l, etcétera. Algun as compañ ías petroleras,por ejemplo, ha n tenido que aban donar s u s ex-ploraciones en ra zón de sen tencias de la Corte;

la actu al legislación exige que se tom e má s enserio la comu nida d y el med io am biente.

No obstante, diversas tu telas ha n s ido dene-gadas, y la Corte ha rechazado los argumentosesgrimidos por los peticionarios indígenas, en

algu nos casos como consecu encia d e la estra tegiade la a rgumen tación jur ídica.

1 0 . Co n s i d e rac i o n es f in a l e s

A casi cinco añ os de p romu lgada la n u eva Cons titu ción,todavía algunos d e los ar t ículos m ás fun dam enta lespara propiciar l a cons t ru cc ión de u n p a í s p lur icu l-tural no han sido todavía reglamentados. Esto espar ticu larmen te notorio en relación con los a rtículosrelativos al ordenamiento territorial indígena, sus

forma s de gestión, la jur isdicción especial, etcétera.Asimism o, en lo que res pecta a la Ley 70 , relativa a

los afroamericanos, toda vía n o se h a efectu ado el pro-ceso de cons titu ción de las t ierras comu na les y otrasdisposiciones. Sin duda, el desarrollo de los artículosde Ordenamiento Territorial confronta intereses de laclas e política colombian a y otros sectores d e la sociedad.

Como se ha presentado, el Ordenamiento Territo-rial exige, ad emá s, el diseño de u n s istema d e gobiern o

local y regional peculiar, ya que la legitimidad de la au-toridad a n ivel de los territorios indígena s n o se ba saen p rincipios libera les clásicos y abs tractos s ino que

tiene qu e tener en cuen ta otras formas de ejercicio dela au toridad y del poder. Los líderes de la región a n-dina a pelan a lo que h a sido denom inado por ellos EL

DERECHO  MAYOR, c om o fu n d a m e n t o p a r a r e gu l a r s u spropias relaciones jur ídicas. E ste derecho, ba sad o engran p ar te en e l legado d e los grand es cac iqu es de l

siglo XVIII, con stitu ye, por a sí decirlo, su prop io fu n -da m en to. Los caciqu es del s iglo XVIII, como J u anTam a, n o sólo obtu vieron r econocimiento d e los te-rr i tor ios indígena s por pa r te de la Corona , s ino quelegaron tam bién u na forma de ha cer la política.

La situ ación es m ás com pleja en las t ierras ba jas,en las que las soc iedades son, p or lo genera l, frag-men tada s políticamen te; en cierta ma nera, n o se ha nconstruido nuevas formas de derecho que fundamentenla “comunidad” de comunidades étnicas y cul tural-

men te heterogénea s. En este sen tido, el desarr ollo de

la Constitución no es solamente un acto administrativos ino qu e su pone , además de la h ermenéut ica de l asnormas, inventar nuevas formas de convivenciapolítica.

El reconocimiento de la plura lidad cultu ral de Co-lombia debe entenderse en el marco, también, de lasmúlt iples t ransformaciones que si lenciosa pero de

ma nera fun dam ental ha ten ido la sociedad colombia-na en las ú lt imas décadas. Entre el las cabe destacar ,como ha sido señalado por Malcom Deas, la se-cularización de la sociedad, el desplome del poder dela Iglesia, el control nata l, u na ma yor pres encia de la

mu jer , los camb ios en la t a sa de m or ta lidad y mor-bilidad, el crecimiento d e las clases med ias, etcétera(Deas , 19 94).

La nu eva Cons titu ción n o ha su primido los m ú ltiples

problema s d e las regiones ind ígena s. Much os territo-r ios indígena s y, en cier tos cas os, algu na s área s depoblación afroamericana , han sido escena rio de con-frontación a rma da; entre 1990 y 1994, se estima que200 ind ígenas fu eron víctima s d e hom icidio o de ma-tan zas. Los procesos de colonización coquera fomen -tan la ocu pación de tierra ind ígena. Los resgua rdos dec ie r t a s á r ea s p r e sen t an p r ob lem as de agot am i en t o

de los suelos, pulverización excesiva de la propiedad,o inclus o tala del bosque. Los cam bios en los p atron escul tura les , la nu cleac ión de mu chas comu nidades ,los cam bios en los h ábitos alimen ticios, genera n nu evasenfermedades . En pa r te , mu chos de sus p roblemasson similares al resto de la socieda d colombian a, y susolu ción forma parte de u na estrategia económica ysocial globa l y region al.

No obstante, la práctica real de la nu eva Cons titución

podrá s in du da p ropic iar m ejores cond ic iones pa rasu luch a. En gran m edida ello dependerá de la conso-lidación de la justicia que, con razón, Malcom Deas ha

ind icado como un a de las ins t itu ciones qu e seña lanu n os tens ible “retras o”, de ma nera qu e los indígena sy afroamericanos p u edan contar con el apoyo de los

 ju eces en la defens a d e su s d erechos . Ello t am biéndependerá de l acceso rea l de es ta s minor ías d i scr i-mina da s a los sistema s edu cativos y la m odificación

de los principios de la edu cación en u na pers pectivamá s plural is ta . En ú lt imo término, su s nu evas posi-bilidad es están ata das a la dinám ica general del paísy, en p articular, al fomento de u n espíritu toleran te dela diferencia y a l diálogo en tre gru pos con d iferent es

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 La Cons titución d e 1 99 1 y la p erspectiva d el mu lticulturalis mo e n Colombia

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culturas y perspectivas. La lu cha de las comu nidadesindígenas no h a ap u nta do a u n ejercicio separat is ta;la a utonomía es pen sada como u na forma de vida enel ma rco de la n ación colombian a, y mu chas de su s de-ma nd as t i enen como obje to la su pres ión de la d i s -

crimina ción p or razones de “raza”, lengu a, cu ltura, y

la p ar t icipación en la cond u cción d el Estado y en ladefinición d el presu pu esto pú blico.

La idea de un indígena “salvaje”, que prevaleció enla ideología dom ina nt e , ha s ido su s t i tu ida en granparte por la imagen de cu idad or de la n atu raleza; elreconocimiento y la influencia n aciona l de la cu lturacaribe es s imu ltán eam ente el reconocimiento de los

valores a ncestra les d e la h erencia afr ican a. La topo-logía moral de la República sigue en gran medida lama tr iz del s iglo XVIII, au n qu e las valencias se h anm odificado. Ahora , la “civilización” no b aja des de losAnd es s ino qu e se a limen ta de la cu ltura afrocaribe-

ña , del Pacífico, y tam bién d e los s ímbolos y m itos d elAma zon as y del oriente colomb iano; de la fuerza de losproyectos regiona les y de la inf lu encia creciente d elos medios de comu n icación m asivos qu e t rasm iten

la cu ltura global in terna ciona l.Todo esto nos plantea el reto de repensa r n u estra

iden tidad mes tiza. E sta ya n o pu ede significar políticade blanqueamiento. Pero tampoco const i tuye sim-plemen te la disolu ción de las cu ltura s en u na nu evau n ida d. Qu izás s ignifiqu e el reconocimiento de qu etenemos s imu ltán eamen te, como individu os y comogrupos, mu cha s identidad es, incluso contrad ictorias.

El pensar y representar públ icamente es ta nuevaidentidad es u na de las tarea s p rioritarias. A diferen-cia de otros países de América Latina (como México) notenemos u n cent ro , s ino mu chos cent ros , he terogé-neos, a veces incompa rab les y disímb olos.

Pero, acas o esto no lo vio ya nu estro primer cronis-ta de Bogotá, el criollo Rodrígu ez Freyle, au tor d e  El

Carnero. Concomitantemente tam poco tendríamos u nasola tem poral idad , s ino qu e nu estra h is tor ia recorre

simu ltáneam ente laberintos con ritmos y tiempos di-ferentes. Si estas ideas son correctas , Colombia es, apesar de su violencia, un t iempo sobre todo pa ra los

historiadores, los poetas, los dra ma tu rgos y n ovelista sque deberán contr ibuir a la constru cción de nu estranu eva m emoria, de nu estros nu evos mitos, a alimen -tar y vivir n u estra his tor ia, n u estra na cional idad.

Bibliografía

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