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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL documento para aprobación definitiva 3ª aprobación municipal UTRERA2030 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA APROBADO POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EN UTRERA A JUEVES 16 DE ABRIL DE 2015 El Secretario General.-JUAN BORREGO LOPEZ Página 1/118 Verifique la integridad en http://verificarfirma.utrera.org:8088/verifirma lgSA3Ql/tL1WwEg3prpsNg==

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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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U T R E R A 20 30

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA

APROBADO POR EL PLENO DE LACORPORACIÓN EN SESIÓN ORDINARIA

CELEBRADA EN UTRERA A JUEVES 16 DEABRIL DE 2015

El Secretario General.-JUAN BORREGO LOPEZ

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

3ÍNDICE

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.

1.1. EVOLUCIÓN HACIA UN MODELO RESPONSABLE.

1.2. JUSTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO.

1.3. IDENTIFICACIÓN DEL PROMOTOR.

1.4. LÍNEAS METODOLÓGICAS GENERALES.

1.5. CRITERIOS Y OBJETIVOS AMBIENTALES DEL ESTUDIO

DE IMPACTO AMBIENTAL.

2. DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES

ESTRUCTURALES DEL PLAN.

2.1. LOS ANTECEDENTES Y LA REVISIÓN DEL PLAN.

2.2. CRITERIOS Y OBJETIVOS GENERALES DE ORDENACIÓN.

2.3. JUSTIFICACIÓN DE LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD

DE LA FORMULACIÓN DEL NUEVO PLAN GENERAL DE

ORDENACIÓN URBANÍSTICA.

2.4. DESCRIPCIÓN DEL MODELO TERRITORIAL

PROPUESTO Y DE SU COHERENCIA CON LOS PLANES

DE ORDENACIÓN VIGENTES.

2.5. CLASIFICACIÓN DEL SUELO: DETERMINACIONES.

3. ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE

UTRERA.

3.1. ENCUADRE TERRITORIAL.

3.2. EL MEDIO FÍSICO.

3.3. EL MEDIO BIÓTICO.

3.4. EL PAISAJE.

3.5. LOS PROCESOS Y RIESGOS.

3.6. LOS ESPACIOS NATURALES DE UTRERA.

3.7. PATRIMONIO ARTÍSTICO Y CULTURAL.

3.8. INFRAESTRUCTURAS TERRITORIALES.

3.9. MARCO DEMOGRÁFICO Y SOCIOECONÓMICO.

3.10. UNIDADES AMBIENTALES HOMOGÉNEAS.

3.11. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL.

3.12. ANÁLISIS DEL METABOLISMO URBANO.

3.13. ANÁLISIS DE LA COMPATIBILIDAD DE USOS.

3.14. LA MOVILIDAD DEL NUEVO MODELO URBANO

TERRITORIAL

4. DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS.

4.1. METODOLOGÍA.

4.2. IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS SUSCEPTIBLES

DE INTERACTUAR.

4.3. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS.

4.4. MATRIZ DE IMPACTO TOTAL.

4.5. VALORACIÓN AMBIENTAL FINAL.

5. MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA

AMBIENTAL.

5.1. MEDIDAS CORRECTORAS DE CARÁCTER GENERAL.

5.2. MEDIDAS CORRECTORAS EN SUELO NO URBANIZABLE.

5.3. MEDIDAS CORRECTORAS EN SISTEMAS GENERALES.

5.4. MEDIDAS CORRECTORAS EN SUELO URBANIZABLE.

5.5. RECOMENDACIONES.

5.6. MEDIDAS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO.

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1.1. EVOLUCIÓN HACIA UN MODELO RESPONSABLE

1.2. JUSTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO.

1.3. IDENTIFICACIÓN DEL PROMOTOR.

1.4. LÍNEAS METODOLÓGICAS GENERALES.

1.5. CRITERIOS Y OBJETIVOS AMBIENTALES DEL ESTUDIO

DE IMPACTO AMBIENTAL.

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1. INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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5INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

documento de evaluación ambiental como mejor forma de garantizar la consecución de los objetivos ambientales.

El estudio y análisis ambiental del territorio se complementa con la memoria informativa del P.G.O.U. Los fundamentos ideológicos del Plan se basan en una componente lógica, ética y estética, que acoge, la emergencia del territorio, la apuesta por la cohesión territorial y el fortalecimiento de los vínculos entre la ciudadanía y la ciudad. Se apuesta por un desarrollo urbano sostenible, de forma ordenada, haciendo uso racional de los recursos (agua, suelo, aire, etc.) y gestionando adecuadamente la producción de residuos sólidos, líquidos y gaseosos que son fuentes de problemas económicos, sociales y medioambientales. Plantear las bases de un desarrollo urbano sostenible requiere un nuevo planteamiento que apueste por coordinar políticas y programas sectoriales, antes dispersos entre distintos planes y organismos, en pro de una estrategia global, de carácter integral cuyo objetivo sea el logro de un municipio más sustentable.

El presente Estudio de Impacto Ambiental se redacta por encargo el Excmo. Ayuntamiento de Utrera, como consecuencia de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Utrera (P.G.O.U. de aquí en adelante).

El Estudio de Impacto Ambiental se ha solicitado en base a la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de la Junta de Andalucía. La actuación consistente en la revisión del Plan General se halla comprendida en el punto 12.3 del Anexo Primero de dicha ley y del Anexo al Decreto 292/1995 de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En este marco, la nueva Ley GICA (LEY 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental), ha evolucionado en el campo ambiental e intenta dar respuesta a las tres dimensiones de desarrollo sostenible –ambiental, social y económica- superando la normas disgregadas sectorialmente.

No obstante y a efectos de la propuesta del nuevo Plan, la Ley GICA recoge en su Disposición Transitoria Cuarta sobre la Evaluación Ambiental de los instrumentos de planeamiento urbanístico lo siguiente: “Hasta que se desarrolle reglamentariamente el procedimiento para la evaluación ambiental de los instrumentos de planeamiento urbanísticos será de aplicación el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía”

Este Estudio en cuanto a contenido y forma se ajusta por tanto en todo, a lo dispuesto en la actual legislación autonómica (Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía), haciéndose uso de las más adecuadas reglas y metodologías. Al margen del contenido formal propio del este instrumento, se asume el condicionado de la Declaración Previa bien en el documento urbanísticos, estudios y documentos sectoriales o en el propio

adaptación a la capacidad ambiental territorial.

La evaluación del nuevo modelo urbano territorial de esta Aprobación Provisional II es muy similar al evaluado para la emisión de la Declaración Previa. En cuanto a supericie ocupada por los nuevos suelos urbanizables es análogo en términos generales y sensiblemente inferior en términos de consumo de recursos suelo.

Esta evolución del modelo ha eliminado crecimientos deslocalizados al sur, concretamente aquel denominado El Pinganillo, reconvirtiendo estos suelos en ubicaciones más centrales a lo largo de la carretera de Los Palacios y de Sevilla.

En los poblados sucede lo mismo que en el núcleo principal, se han reconducido implantaciones excesivas en supericie mediante la eliminación de estos crecimientos desmesurados. En estos casos la evaluación ambiental es muy positiva.

En término generales a los efectos de evaluación ambiental, este estudio de impacto ambiental de la Aprobación Provisional II toma en consideración el nuevo planteamiento evaluando estos nuevos suelos que en cualquier caso serán objeto de exposición pública.

El proceso de redacción de cualquier Plan General conlleva la identiicación de lo existente y sus relaciones, una diagnosis actualizada del territorio en busca propuestas alcanzables, e instrumentarlas de modo que permitan llevar a cabo la expresión espacial de la política económica, social, cultural y ecológica de la sociedad. La redacción del PGOU de Utrera ha asumido la necesaria innovación de las propuestas, que en base al territorio y su diagnóstico, se han enfocado hacia un modelo solidario y dinámico acorde con los valores y relaciones actuales. La necesaria mejora permanente de la calidad técnica del Plan y del Estudio de Impacto Ambiental debe favorecer a las fases posteriores de implantación y gestión para el beneicio común de la ciudadanía.

La tramitación de las iguras de planeamiento es un proceso continuo y dilatado debido a los numerosos factores y agentes que intervienen en él, en especial las revisiones y adaptaciones de planeamiento general son necesariamente incisivas en este proceso, puesto que coniguran un nuevo escenario derivado de la actuación que se propone. Además la imprescindible y primordial exposición pública y las mejoras derivadas de las afecciones sectoriales, dan lugar a un documento más completo, real y participativo.

La participación durante el proceso se convierte en el principal argumento del mismo, una participación que se ha planteado para que sea útil y que convierta a la ciudadanía en responsable de su destino. También la participación ha de convertirse no sólo en cauce de inalidades, sino en una oportunidad para poder iniciar prácticas ciudadanas inéditas y con ellas la esperanza de una nueva dimensión en la relación de las instituciones con la sociedad que le da soporte.

Fruto del proceso de participación ciudadana, de la Administración y de la concreción de algunas propuestas, el modelo evaluado correspondiente a la primera Aprobación Provisional (I) ha evolucionado en aras de una mejor

1.1 EVOLUCIÓN HACIA UN MODELO RESPONSABLE

1.2 JUSTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO

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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN LA EDIFICACIÓN, USO DEL SUELO Y DISCIPLINA URBANÍSTICA, mediante la instalación de un régimen para las licencias urbanísticas.

DETERMINACIÓN DE CRITERIOS BÁSICOS PARA LOS PLANES DE DESARROLLO, incluyendo aquellos aspectos mínimos que los documentos de desarrollo deberán contener con el suiciente grado de profundidad y detalle y aquellos que han de sujetarse a formulas de prevención ambiental con posterioridad.

Programa para el ESTABLECIMIENTO DE NORMAS Y ORDENANZAS conforme a las competencias establecidas por la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Determinaciones a incluir en la PROGRAMACIÓN Y EL ESTUDIO ECONÓMICO FINANCIERO: las medidas anteriormente citadas pueden ser incluidas dentro del Planeamiento o programada su formulación en éste para su adecuado establecimiento a posteriori. Puesto que en estos documentos se enumeran las actuaciones que propone el plan, se valoran económicamente y se atribuyen a un agente, debería incluirse también el coste derivado de la aplicación de las medidas correctoras propuestas.

Las estrategias de desarrollo sostenible aplicadas a las políticas urbanas pretenden cambios notables en la forma de crear y de funcionar en ciudades y pueblos. La propuesta del nuevo Plan de Utrera integra contenidos ecológicos, sociales y económicos junto a los temas clásicos del planeamiento urbano. La integración a posteriori o de forma tangencial de otras disciplinas invalida la capacidad del planeamiento de convertirse de modo efectivo en un marco válido para el devenir de una ciudad o un pueblo a medio plazo.

La aportación fundamental de documentos como el Marco de Actuación para el Desarrollo Urbano Sostenible en la Unión Europea ha permitido conciliar las propuestas del nuevo Plan en el medio urbano-natural en la que se integran. Las medidas establecidas para la defensa o protección del medio ambiente se pueden introducir en el Planeamiento municipal mediante las siguientes técnicas de instrumentalización que este permite:

ZONIFICACIÓN, es decir, las distintas subunidades que constituyen el territorio a ordenar han de recibir una asignación de usos en función de su capacidad de acogida (o uso), buscando la compatibilidad entre ellos de forma que no se interieran negativamente e incluyendo la ubicación de los distintos sistemas generales.

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7INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

y desarrollo ambiental del Planeamiento.

Todos estos aspectos se contemplan en el presente Estudio.

Existe un número alto de fórmulas metodológicas a la hora de abordar el examen de alternativas y la identiicación y valoración de impactos en un Estudio de Impacto Ambiental. En este caso, se han ido eligiendo los instrumentos metodológicos que se ajustaban mejor a los objetivos inales del estudio y al carácter de la actuación evaluada.

Un sistema territorial está deinido por un conjunto de elementos y procesos naturales y artiiciales, que interactúan en el territorio. El caso que aquí se estudia, es un documento de ordenación que actúa sobre un territorio con unas características, déicits y dinámica concretas preexistentes. El análisis al que se somete la zona de estudio se orienta hacia la comprensión del modelo territorial, es decir, la expresión simpliicada del sistema constituido por elementos naturales; procesos económicos, sociales, culturales y ambientales y sus repercusiones territoriales. Un exhaustivo análisis de todos estos factores permite obtener un diagnóstico global que interprete la trayectoria histórica del territorio y su evolución previsible, expresada en términos de problemas y oportunidades actuales y potenciales. Así, el contenido del presente Es.I.A. se estructura de la siguiente forma:

El ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO ha sido realizado por el equipo redactor del presente Estudio de Impacto Ambiental, tomando como base fundamental la “Memoria Informativa” y el “Avance” realizados por los Servicios de Urbanismo del Ayuntamiento de Utrera. El diagnóstico que se ofrece en el Capítulo III sirve de revisión y análisis de toda la información contenida en el citado documento. Este apartado recoge los factores de estudio agrupados en diversas categorías clave, que satisfacen los contenidos básicos establecidos en la actual legislación estatal y autonómica.

La legislación en vigor (art. 12 RD 292/1995) establece los siguientes contenidos para un Estudio de Impacto Ambiental:

• Descripción esquemática de las determinaciones estructurales. Dicha descripción debe comprender el ámbito de actuación del Planeamiento, sus objetivos, la localización sobre el territorio de los usos globales e infraestructuras y la descripción, en su caso, de las distintas alternativas consideradas.

• Estudio y análisis ambiental del territorio afectado. Este estudio pasa por la descripción de las unidades ambientalmente homogéneas del territorio, la descripción de los usos actuales, la determinación de las áreas relevantes desde el punto de vista de la conservación fragilidad, singularidad o especial protección y la incidencia en el ámbito del Planeamiento de la normativa ambiental.

• Identiicación y valoración de impactos, que considere, los impactos ambientales y áreas sensibles y de riesgo de impacto existentes, los impactos inducidos por las determinaciones del Planeamiento y el análisis y justiicación, en sus caso, de las alternativas estudiadas.

• Prescripciones de corrección, control y desarrollo ambiental del planeamiento, incluyendo tanto medidas ambientales protectoras y correctoras, como medidas de control y seguimiento así como recomendaciones especíicas sobre los condicionantes y singularidades a considerar en los procedimientos de prevención ambiental exigibles a las actuaciones de desarrollo del Planeamiento.

• Síntesis. Resumen fácilmente comprensible de los contenidos de la Propuesta de Planeamiento, poniendo de maniiesto la incidencia ambiental de sus determinaciones y de las prescripciones de control

1.3 LÍNEAS METODOLÓGICAS GENERALES

La redacción y aprobación del PGOU y e instrumento ambiental de evaluación se lleva a cabo parte del Ayuntamiento de Utrera. La Gestión y Disciplina del Plan estará a cargo del Ayuntamiento.

1.3 IDENTIFICACIÓN DEL PROMOTOR

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Entre los objetivos ambientales que se establecen para el PGOU se destacan los siguientes:

Objetivos ambientales en relación al modelo de crecimiento compacto. En los últimos decenios ha sido habitual contemplar numerosos desarrollos residenciales e industriales desplazados de los núcleos urbanos como forma de crecimiento por agregación o comúnmente denominado en “mancha de aceite”. Este modelo ha sido uno de los responsables del aumento de la huella ecológica en Andalucía donde las infraestructuras y servicios han tenido que ponderarse y con ello ocupar espacios rurales y ecotonos relevantes en el conjunto del territorio.

El Plan debe perseguir el objetivo ambiental de completar un modelo de crecimiento compacto, equilibrado y acorde con las tipologías ediicatorias existentes en Utrera, donde los desplazamientos de la población para su acceso son mínimos, las infraestructuras y servicios se encuentran a escasos metros evitando la dispersión alóctona de usos en el territorio.

Se consigue por tanto las siguientes inalidades:

• El desarrollo territorial policéntrico más equilibrado junto con el refuerzo de la colaboración entre los espacios urbanos y rurales tratando de superar el anacronismo entre ambos ámbitos.

• El acceso equivalente a las infraestructuras y al conocimiento. Objetivo basado en el fomento de estrategias integradas de transporte y comunicación que sirvan de ayuda para el desarrollo policéntrico del territorio comunitario, constituyendo una condición necesaria para la participación activa de los pueblos.

• La gestión prudente y creativa de la naturaleza y el patrimonio

El Estudio de Impacto Ambiental es en sí una valoración comparativa del territorio sin intervención de aquel resultante de la aplicación del Plan General de Utrera. El territorio, por deinición, es algo complejo, donde se desarrollan actividades humanas que, del mismo modo, también se encuentran en continua situación de cambio, por ello la planiicación debe asumir la doble vertiente preservación y calidad de vida como aspectos fundamentales para la compatibilizar el uso natural del territorio con el desarrollo económico, social y cultural.

Se establecen en este apartado, los criterios y objetivos ambientales, que al margen de la normativa de aplicación, velarán por el modelo de ordenación y actuaciones del nuevo Plan General de Utrera.

El PGOU de Utrera debe perseguir la coordinación, la articulación y la subsidiariedad que emana de las estrategias de ámbito supraregional y asumir las incidencias de otras políticas sectoriales, entendiendo el territorio como base para el equilibrio entre regiones diversas. Desde la Estrategia Territorial Europea se plantea la importancia de conseguir un alto grado de colaboración entre las distintas administraciones competenciales para alcanzar por igual en todas las regiones de la UE los objetivos fundamentales de las políticas comunitarias. El marco europeo es por tanto orientación y referencia para los Estados miembros sus autoridades regionales y locales en las políticas de desarrollo territorial orientadas a conseguir un desarrollo equilibrado y sostenible del territorio mediante la consecución de tres políticas fundamentales:

• La cohesión económica y social;

• La conservación y gestión de los recursos naturales y del patrimonio cultural;

• La competitividad más equilibrada del territorio europeo.

1.5 CRITERIOS Y OBJETIVOS AMBIENTALES DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Posteriormente se lleva a cabo el establecimiento de la vocación y la capacidad de acogida de las unidades ambientales consideradas.

En el Capítulo II (Descripción de las Determinaciones del PGOU) se realiza una síntesis de la PROPUESTA DEL PLANEAMIENTO, que incluye las principales determinaciones para los nuevos crecimientos (urbanizable), no urbanizable y sistemas generales, pero también para el suelo urbano. Y por último se analizan los objetivos y criterios ambientales utilizados para la deinición del MODELO DE DESARROLLO.

En el capítulo IV (Identiicación y Valoración de Impactos) se lleva a cabo la IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS producidos por el planeamiento con una metodología concreta explicada con detalle en dicho capítulo.

Por último, se diseñan y valoran MEDIDAS AMBIENTALES PROTECTORAS Y CORRECTORAS DE LOS IMPACTOS previstos, así como el PROGRAMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO de las actividades propuestas (capítulo V).

El capítulo VI contiene la SÍNTESIS. En el se presentan las incidencias ambientales de la ordenación, un resumen de la propuesta de planeamiento y las prescripciones de control y plan de seguimiento.

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9INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

tipo de intercambios, lujos y encuentros que hagan viables los modos de vida.

Así, mientras todas las administraciones con competencias y presupuestos insisten en la primacía del transporte colectivo, se acelera el desequilibrio del modelo espacial con el de movilidad al desatender, prácticamente, los modos de aquél de gran rendimiento, cargando el crecimiento de la demanda sobre infraestructuras viales ya recargadas y previstas anteriormente.

Por todo ello, el Ayuntamiento de Utrera debe asegurar la mejora de la movilidad en el núcleo urbano y con el resto de municipios, mediante el perfeccionamiento y ampliación del viario existente y proponiendo nuevas vías que integren a las áreas periféricas como el nuevo sector en la privilegiada actividad social y económica de la zona central.

En resumen, como criterios generales el Nuevo Plan general debe adoptar los siguientes puntos:

• La potenciación prioritaria del Transporte Colectivo como moda preferente para el acceso a otros núcleos.

• La potenciación de modos no contaminantes y saludables, peatón y bicicleta.

• La protección a las funciones residenciales, dando prioridad en accesibilidad a residentes.

• Diseñar una política integral de aparcamientos que priorice a los residentes y garantice distancias peatonales en relación con los servicios y actividades del centro.

El nuevo Plan por tanto, debe perseguir los siguientes objetivos ambientales

Un pueblo comprometido con la mejora de las condiciones ambientales, formales y estéticas en las que se realizan las funciones sociales básicas a través de la revalorización paisajística de los diferentes sectores urbanos, con independencia de sus características urbanísticas y ediicatorias; y favorecer la accesibilidad y el disfrute de los espacios verdes urbanos y de las áreas ambientalmente signiicativas del entorno de la localidad por parte de los ciudadanos.

• El Plan debe contribuir al cumplimiento del objetivo ambiental de compatibilizar el desarrollo urbanístico con el mantenimiento de los recursos paisajísticos de su entorno: Para ello se ha tenido en cuenta introducir la perspectiva paisajística en la valoración de las áreas con potencialidades para acoger la futura expansión urbanística del pueblo, propiciar la integración paisajística del nuevo Plan y elementos presentes en las áreas no urbanizables del municipio.

• Los nuevos crecimientos deben alcanzar el objetivo de promover la adecuada integración paisajística de los usos y actuaciones con mayor incidencia en la coniguración de la imagen de Utrera. Las directrices de las futuros usos dotacionales y residenciales-productivos permitirán una adecuada implantación en el entramado urbano, desarrollando criterios paisajísticos para el diseño de los espacios libres y para la integración de infraestructuras y equipamientos con alta incidencia paisajística.

Objetivos Ambientales en relación a la mejora de la Movilidad. El nuevo Plan debe propiciar que al modelo urbano diseñado se le asocie, en el tiempo adecuado y en el modo deseado, el modelo de movilidad más conveniente para el desarrollo urbano elegido, haciendo posibles y alcanzables los criterios de elección de asentamientos de población, residencia y servicios, así como el

infraestructuras, se llevan a cabo generalmente sin el menor respeto hacia el orden físico y visual preexistente o sin las oportunas medidas que permitan la adecuada integración paisajística de los nuevos elementos.

Ante la generalizada pérdida de valores escénicos, la consolidación de paisajes triviales y sin una estructura visual claramente identiicable, así como el incremento de las presiones urbanísticas sobre los escenarios menos alterados, se evidencia una progresiva sensibilización de la sociedad de Utrera en relación a la conservación de los valores naturales y patrimoniales de su entorno. En este sentido la actuación que se propone ofrece una magníica oportunidad para asumir la protección y la calidad del paisaje de borde urbano y municipal por extensión, como un criterio general para potenciar los recursos de la localidad y para mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos.

El Plan por tanto debe encaminarse hacia los siguientes objetivos ambientales paisajísticos en el marco de la geografía de Utrera:

• El Plan debe contribuir al establecimiento de una imagen atractiva, moderna y competitiva del pueblo. La localización de los nuevos crecimientos en el borde urbano contribuye a minimizar los impactos actuales paisajísticos, donde se desarrollan actividades diversas o se han abandonado los cultivos existentes. Esto ha de contribuir decididamente a un adecuado posicionamiento en el sistema andaluz de ciudades, mediante el reforzamiento de los rasgos y características que hacen de Utrera un pueblo apreciado por sus valores escénicos y la coniguración de una imagen de futuro para el Pueblo, que tenga presente su condición en la Aglomeración Urbana de Sevilla, así como los nuevos ámbitos urbanos responsables de la revalorización simbólica y formal.

• El Plan debe favorecer el desarrollo de Utrera como pueblo habitable:

cultural. Desarrollo y protección de la naturaleza y del patrimonio cultural contribuyendo a la conservación y perfeccionamiento de la identidad regional y al mantenimiento de la diversidad natural y cultural de las regiones y ciudades.

Objetivos ambientales en relación a la mejora del paisaje. El creciente interés que el paisaje despierta en el seno de las sociedades desarrolladas hay que ponerlo en relación con las profundas transformaciones sufridas por este frágil recurso en las décadas precedentes. En un contexto general en el que los criterios productivistas y cuantitativos han primado frente a cualquier consideración por el desarrollo sostenible de los recursos ambientales y culturales, el paisaje ha sido uno de los elementos más afectados por las pautas de organización funcional y espacial de los modelos socioeconómicos que se han ido sucediendo en los últimos cincuenta años.

La aprobación de la Convención Europea del Paisaje ha consolidado el papel del paisaje como un componente importante del bienestar colectivo y ha puesto de relieve la necesidad de gestionar paisajísticamente todo el territorio, desde las áreas densamente pobladas, como los espacios urbanos y periurbanos, escenarios de la vida cotidiana, hasta los sitios de alto valor natural.

El carácter eminentemente visual de los recursos paisajísticos ha propiciado que las consecuencias del proceso generalizado de degradación medioambiental se identiiquen más rápidamente y con mayor facilidad en este recurso que en otros. Al mismo tiempo, la concepción excepcionalista que en un primer momento se otorgó al tratamiento legal del paisaje, reduciendo su protección a ámbitos muy singulares, explica la ausencia generalizada de criterios paisajísticos en la evolución reciente de los ámbitos geográicos sin aparentes recursos escénicos, en los que, los desarrollos ediicatorios, la implantación de los diferentes usos y actividades productivos, así como el diseño de las

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creación de un modelo cultural autóctono

• El modelo de consumo energético tradicional ha sido cuestionado paulatinamente, tanto por la imposibilidad de mantenerlo en el tiempo como en el espacio. El momento actual pone de relieve la necesidad de racionalizar el uso de la energía utilizada en los transportes, en la industria y en los ediicios, y garantizar también el desarrollo y la difusión de las energías renovables. La actuación pondrá en marcha, en este sentido, acciones de eiciencia energética y de estímulo del ahorro y racionalización de la energía.

Objetivos Ambientales en relación a la Calidad de Vida y Bienestar Social. La vida cotidiana de los utreranos está marcada por los desequilibrios existentes en el pueblo, tanto en la distribución de las actividades económicas como en la ubicación de las zonas verdes y los equipamientos.

El nuevo Plan por tanto, debe perseguir los siguientes objetivos ambientales en busca de la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía de Utrera:

• El equipamiento, concebido como posible soporte y catalizador de las relaciones sociales, ha de favorecer la vertebración de la vida social en todos los barrios, a través del fomento de la participación de los distintos grupos sociales, mediante una oferta diversiicada de soportes (locales, ediicios multifuncionales, naves para el desarrollo de actividades de carácter experimental, etc.) para usos dotacionales.

• Cambiar el paisaje urbano de la periferia, utilizando el carácter fuertemente simbólico de los equipamientos y su capacidad caliicadora como elementos estructurantes para facilitar la identiicación y lectura de las áreas urbanas así como recuperar el espacio cotidiano a partir del tratamiento de los zonas interbloques y su puesta en uso para pequeñas dotaciones deportivas y lugares de estancia y relación, constituyen objetivos de la política dotacional de esta actuación.

• Los equipamientos y zonas verdes propuestos representan el espacio común donde la comunidad se reconoce a sí misma, formando una red de lugares sobre los que se desarrollan las actividades simbólicas y lúdicas de la colectividad. Su carácter de patrimonio público, propiedad colectiva acumulada y reconocida como tal durante generaciones, y su valor como servicio público, corredor de las desigualdades sociales, lo convierten en un instrumento activo en la

en el marco de la movilidad municipal de Utrera:

• La propuesta de ordenación de la actuación cumple con el objetivo de poner en valor la estructura de la trama urbana donde se mejora y respeta la trama histórica, y en general el tratamiento adecuado del espacio público como un aspecto signiicativo de la calidad de vida de los ciudadanos. En este sentido, se contemplan medidas de paciicación del tráico, potenciación de medios de transporte no motorizados, creación de itinerarios peatonales, sustitución del uso de aparcamiento en la vía pública por otros de carácter estancial y recreo, etc.

• Por otra parte, es preciso se establecen medidas para conseguir la mejora de la conexión entre barrios con problemas de accesibilidad, así como para potenciar las relaciones transversales entre áreas que mejoren su movilidad.

• Se integra el sistema de tráico motorizado en las estrategias de accesibilidad, funcionando en equilibrio con los sistemas de movilidad "no motorizada”. Las propuestas principales sobre el tráico de los vehículos motorizados se encaminan hacia la jerarquía del sistema viario en el que se reconoce el sistema de circulación motorizado y no motorizada, que deben coexistir en modo armónico, permitiendo la libre elección del modo de transporte.

• Se favorece el uso de la bicicleta para interconectar los centros de equipamiento como un modo de transporte eicaz y ecológico, alternativo a la excesiva oferta de tráico motorizado, incluso para los desplazamientos laborales. De igual forma se dispone de aparcamientos cerca del los destinos principales que en este caso es el equipamiento municipal.

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11INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

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2.1. LOS ANTECEDENTES Y LA REVISIÓN DEL PLAN.

2.2. CRITERIOS Y OBJETIVOS GENERALES DE ORDENACIÓN.

A. ESTRATEGIA TERRITORIAL.

B. SUELO NO URBANIZABLE.

C. SUELO URBANO.

D. SUELO URBANIZABLE.

2.1.1. MODELOS Y ALTERNATIVAS DE EXPANSIÓN.

2.3. JUSTIFICACIÓN DE LA CONVENIENCIA Y

OPORTUNIDAD DE LA FORMULACIÓN DEL NUEVO

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA.

2.4. DESCRIPCIÓN DEL MODELO TERRITORIAL

PROPUESTO Y DE SU COHERENCIA CON LOS PLANES

DE ORDENACIÓN VIGENTES.

2.4.1. ESTRATEGIAS GLOBALES DEL PLAN.

2.5. CLASIFICACIÓN DEL SUELO: DETERMINACIONES.

2.5.1. LA ORDENACIÓN DEL SUELO URBANO.

2.5.2. INTERVENCIONES EN EL SUELO URBANO CONSOLIDADO.

2.5.3. ORDENACIÓN DEL SUELO URBANO NO CONSOLIDADO.

2.5.4. LA ORDENACIÓN DEL SUELO URBANIZABLE.

2.5.5. LA ORDENACIÓN DE LOS SISTEMAS GENERALES.

2.5.6. LA ORDENACIÓN DEL SUELO NO URBANIZABLE.

A. SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCIÓN POR

LEGISLACIÓN ESPECÍFICA.

B. SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCIÓN POR

PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA.

C. SUELO NO URBANIZABLE DE CARÁCTER NATURAL RURAL.

D. SUELO NO URBANIZABLE HÁBITA RURAL DISEMINADO.

2.5.7. EL TRATAMIENTO DE LAS VÍAS PECUARIAS.

12

2. DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

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13DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

- Necesidad de incardinación entre los núcleos de población del municipio de Utrera.

Existe demanda en suelo residencial, vivienda libre y vivienda protegida, dada la puesta en carga de la mayoría del suelo urbanizable vigente.

• Usos industriales:

- Mínimo desarrollo en suelo urbano, sobre todo en los poblados.

- Agotamiento de los suelos urbanizables que suponen una falta de oferta de nuevo suelo. Se detecta un déicit a corto y medio plazo de suelos para actividades productivas.

La problemática urbanística expuesta requiere la deinición de un nuevo Modelo Urbano que le dé respuesta no solo a corto y medio plazo, sino también a largo plazo.

públicos en el área de extensión del núcleo principal y secundarios y conforme los “límites” de la ciudad en el área de ensanche, tanto en el núcleo principal como en los secundarios.

Necesidad de suelo industrial y terciario, en especial para las empresas del municipio y de la comarca y entorno, que precisan de ampliaciones, que las mantenga competitivas en el mercado, así como de nuevas empresas de la comarca y exterior.

El suelo no urbanizable precisa de un análisis ambiental que proteja los parajes naturales de interés, en especial sus caminos, zonas forestales y vías pecuarias.

Todo ello unido a la mejora a medio plazo de las comunicaciones, induce a adelantarse con el planeamiento en la elección de un modelo territorial distinto al actual, que contemple el carácter demográico y económico de estas circunstancias en el futuro planeamiento.

Del análisis de lo expuesto anteriormente obtenemos las siguientes conclusiones:

• Estructura general del territorio:

Trazado de las variantes y nuevas vías de circulación, con nuevos accesos al municipio, con las repercusiones futuras correspondientes.

• Usos residenciales:

- Culminación del desarrollo de las actuaciones previstas en suelo urbano.

- Desarrollo de las actuaciones en suelo urbanizable.

El Municipio de Utrera cuenta con un Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU), actualmente en vigor, aprobado deinitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo el 21 de diciembre de 2001, y publicado en el Boletín Oicial de la Provincia de Sevilla nº 28 el 31 de mayo de 2002, habiéndose tramitado diversas modiicaciones de éste, siendo necesaria la Revisión del Planeamiento, para contar con un planeamiento general que funcione de manera global. Se describen a continuación datos generales del Municipio como base de la justiicación de la necesidad de una revisión del Planeamiento.

La apuesta urbanística y política que plantea el Ayuntamiento de Utrera es de una envergadura importante, dado que supondrá reactivar el mercado de suelo local, intervenir positivamente en este mercado como establece la legislación urbanística andaluza, para producir un producto residencial, productivo (industrial y terciario) y dotacional adecuados, cubriendo la demanda de viviendas sociales en el municipio, y elevando la calidad de vida del ciudadano, además de producir una reactivación de la economía local y un previsible apoyo futuro a las empresas constructoras del municipio, con la urbanización y construcción de viviendas e instalación de empresas de la comarca, extremo éste que sería importante en el municipio.

Utrera, como enclave territorial privilegiado, encrucijada entre la Campiña sevillana y el Bajo Guadalquivir, debe ser liderado desde la iniciativa pública, para dar el “gran salto” que necesita y posicionarse en Andalucía, Sevilla, su aglomeración urbana y su comarca en el lugar que le corresponde. Por tanto cualquier iniciativa pública de este tipo debe ser apoyada.

La propuesta de revisión del Planeamiento vigente se basa en la necesidad de desarrollar un nuevo modelo de ciudad que redeina los parámetros urbanísticos que han de regir las ediicaciones y la mejora de los espacios

2.1 LOS ANTECEDENTES Y LA REVISIÓN DEL PLAN

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14 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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terciario a prever en el entorno de las vías de comunicación principales, estableciendo las áreas que deben mantener su destino productivo y estableciendo los usos y conexiones con la red viaria territorial.

• Ordenación de los accesos al núcleo urbano principal y reorganización de las áreas de suelo en contacto con las carreteras y variantes-circunvalaciones, tanto existentes como previstas.

Como base de partida, se establecen los siguientes objetivos fundamentales de ordenación urbanística del municipio de Utrera, consensuados inicialmente con técnicos de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía. Como objetivo general se trata de dotar al municipio de un instrumento de planeamiento válido y adecuado a la problemática local y territorial. Los criterios particulares de la ordenación urbanística, básicamente podrían establecerse en varios niveles:

A. ESTRATEGIA TERRITORIAL.

Deinir las distintas formas de utilización del territorio de modo que se consolide una estructura territorial equilibrada de acuerdo con la ordenación territorial que pueda establecer los planes de aplicación en esta materia, impidiendo la formación de núcleos de población no deseados y potenciando los valores agrícolas, forestales, naturales y paisajísticos existentes de acuerdo con la legislación sectorial aplicable en materia de aguas, espacios naturales, montes, forestal, protección ambiental, patrimonio histórico,...

Desarrollo de las determinaciones y criterios de ordenación contenidos en el sistema de articulación natural deinido por el POTAUS y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos provincial.

Como criterios generales de ordenación se establecen los siguientes:

• Ordenación integral de las zonas adyacentes al núcleo principal, así como de los poblados, estableciendo el destino del conjunto de los suelos del término, deiniendo los usos posibles y la oportunidad de las distintas zonas para su incorporación a los procesos de urbanización, así como la ordenación del espacio de encuentro y articulación entre los núcleos.

• Adecuación de las propuestas a la nueva organización territorial que supone la ejecución de las variantes territoriales propuestas, rentabilizado las operaciones de creación de nuevas infraestructuras para la puesta en valor de los suelos en el conjunto de la comarca y del ámbito sur de la aglomeración urbana de Sevilla.

• Deinición de la estructura territorial, con especial incidencia en la mejora de la red viaria general, la red de espacios libres e itinerarios verdes y la previsión de infraestructuras de transporte colectivo.

• Adecuación de las propuestas a las determinaciones del planeamiento de ámbito supramunicipal [Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía y Plan de Ordenación del Territorio del Área Urbana de Sevilla] Plan de la aglomeración urbana de Sevilla) y sectorial, implementando las soluciones de infraestructura y ordenación del espacio en el ámbito comarcal.

• Establecimiento de áreas de especial valor paisajístico y natural e integración de éstas en las propuestas de nuevas áreas de crecimiento urbano.

• Deinición del destino de los suelos urbanizables de uso industrial y

2.2 CRITERIOS Y OBJETIVOS GENERALES DE ORDENACIÓN

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15DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

• Ampliación y mejora de los espacios libres y del sistema de equipamientos e infraestructuras.

• Estudio de la posible peatonalización de algunos espacios urbanos.

• Vertebración gradual de los nuevos crecimientos residenciales y productivos con relación a los núcleos de población existentes.

• Gestión y urbanización de los vacíos urbanos vacantes existentes en el municipio, para la consecución de nuevas dotaciones de equipamientos y espacios libres y la residencialización del entorno, así como de actividades compatibles.

• Mejora continua de la urbanización del suelo urbano.

• Incorporación de los nuevos suelos urbanizados al conjunto de los núcleos urbanos.

D. SUELO URBANIZABLE.

Los objetivos fundamentales de crecimiento urbanístico del municipio se concretan inicialmente en:

• Mejora integral del municipio y sus poblados, con la previsión de suelo para viviendas adecuadas para todos los sectores sociales y dotaciones adecuadas, que redunde en conseguir un nivel de vida adecuado del ciudadano, y la mejora sustancial de éste.

• Previsión de suelo para viviendas protegidas y sociales públicas que dinamice el sector residencial, y sobre la base de la obtención de suelo municipal a través de los convenios urbanísticos.

consecución de los objetivos ijados en el Plan, especialmente en cuanto a la participación e intervención de los diversos protagonistas del proceso urbanístico (Administración, ciudadanos, y demás agentes) proponiendo para ello los instrumentos y medios que la legislación general urbanística contiene.

Todos estos objetivos generales se pueden plasmar en:

• Mejora de los equipamientos y espacios libres del municipio: ampliación de las instalaciones, recualiicación de espacios libres, posibilidad de introducción de aparcamientos subterráneos en algunas plazas centrales signiicativas.

• Potenciación de los espacios de relación del Conjunto Histórico, en toda su continuidad lineal, como centro neurálgico del núcleo urbano, con un tratamiento espacial adecuado.

• Mantenimiento, en lo posible, de la idiosincrasia propia del núcleo urbano consolidado y de los poblados.

• Apuesta por la rehabilitación del patrimonio histórico del núcleo urbano principal y del territorio.

• Consecución de nuevas rondas urbanas continuas para el municipio, apoyadas en las nuevas variantes, con relación a las vías territoriales de comunicación, y a obtener por la técnica del aprovechamiento medio en suelo urbanizable.

• Recualiicación de las carreteras a su paso por el núcleo urbano de Utrera y poblados, en previsión del futuro funcionamiento de las variantes previstas, y la mejora de las carreteras de comunicación entre núcleos.

• Protección de yacimientos arqueológicos existentes.

• Protección de arroyos, lagunas y recursos hídricos existentes.

• Normativa adecuada para el suelo no urbanizable de carácter rural, natural o común.

C. SUELO URBANO.

Para el núcleo urbano consolidado principal y los poblados, establecer unas propuestas de: Estructura general; Ordenación; Infraestructura; Dotaciones; Usos; Tipologías y Condiciones de ediicación; coherentes con su emplazamiento, evolución y características urbanas, arquitectónicas y ambientales, y asimismo de acuerdo con las necesidades de la población actual y prevista.

Lograr una estructura urbana en la que la ciudad actual y los nuevos desarrollos que pueda proponer el plan, se integren armónicamente en el medio físico y paisaje, con la consecución de dotaciones y aprovechamiento urbanístico público en los suelos urbanos no consolidados, en atención a los criterios de la Ley de ordenación urbanística de Andalucía.

Concretar los nuevos desarrollos a los suelos necesarios en función del crecimiento poblacional y de actividades previsibles, en coherencia con la puesta en valor y uso del patrimonio ediicado existente, estableciendo las prioridades y programación de los suelos, dotaciones e infraestructuras necesarias para la incorporación de los nuevos desarrollos de forma que se garantice un crecimiento urbano equilibrado y sostenible, siguiendo las pautas de crecimiento actuales.

Establecer y propiciar las medidas urbanísticas oportunas para asegurar la

Dentro de estos criterios tendríamos:

• Apuesta por un desarrollo integral del municipio con relación a los nuevos viarios territoriales que se plantean, con la implantación de usos terciarios e industriales-servicios para Utrera, los poblados y la comarca del Bajo Guadalquivir, paliando el actual déicit de suelos de este tipo.

• Apuesta por la vertebración de un eje de desarrollo socioeconómico entre los municipios del entorno, dentro de la comarca del Bajo Guadalquivir.

• Potenciación de los sistemas territoriales del municipio y de la comarca.

B. SUELO NO URBANIZABLE.

La consecución de los objetivos fundamentales se conseguiría a través de:

• Regularización de los asentamientos irregulares en suelo no urbanizable.

• Actuación positiva en el suelo no urbanizable, con la caliicación de zonas coherente: suelos de especial protección, zona de recursos hídricos, zonas forestales, suelo de carácter rural o natural, …

• Inventario y deslinde de las vías pecuarias y caminos del municipio. Propuesta de protección de vías pecuarias, procedimiento de modiicación de trazado, en su caso, de vías pecuarias y desafectación correspondiente.

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16 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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• Potenciación de las actividades productivas y de servicios, consolidando Utrera como una ciudad de servicios, dentro del entorno sur de la aglomeración urbana de Sevilla, y con relación a otras comarcas de Cádiz y Málaga, pero en la línea de las actuaciones del siglo XXI, constituyendo una ciudad de servicios avanzados.

Estamos ante una nueva generación de planes generales que intentan resolver no sólo los problemas de escala urbana, que, en gran medida, solucionaron los planes de la década de los años 80 y 90 del siglo XX, sino que también reclaman una relexión territorial más amplia a partir de los grandes aciertos de los planes generales preexistentes. Se trata de una relexión urbanística territorial que intenta superar las iguras pasadas del esquematismo territorial, fuertemente desarraigadas de la ciudad, a través de actuaciones contemporáneas que desarrollen la nueva coniguración urbanística del territorio, como señales de los nuevos modos de entender y usar la nueva “Ciudad del Territorio”, articulando el núcleo principal con los poblados existentes, y con el resto de poblaciones del entorno, como un territorio eicaz dentro de la Estrategia Territorial Europea (ETE), donde Utrera aporta su especiicidad como Territorio de Servicios Avanzados.

No se trataría, por tanto, de negar la gran ciudad, ni el territorio de la ciudad, sino de reivindicarla, de perseguir un territorio urbanístico más solidario e integrado, que satisfaga las necesidades sociales endógenas y exógenas, menos sumido en los “espejismos” contradictorios y a la vez complementarios del “verde” y de la “máquina”, de la banalización de la naturaleza y del derroche de la técnica, en una apuesta por la sustentabilidad real, por un crecimiento urbanístico y socioeconómico sostenibles.

• Un planeamiento abierto, lexible y estratégico, integrador de actividades y de tipologías urbanas, tanto en los núcleos de población, como entre ellos.

• La mejora de la calidad de vida urbana con una estratégica situación de equipamientos y espacios libres.

• Optimización de las densidades de población y mayor integración con el medio.

• Optimización de los costes de transporte y rentabilidad y calidad del servicio de los transportes públicos, potenciando el más eiciente y menos contaminante.

• Optimización de los costes de urbanización y de conservación de las infraestructuras.

• Integración de grupos sociales y económicos en el espacio de la ciudad, propiciando las relaciones personales continuadas, la heterogeneidad urbana.

• El uso eiciente y sostenible del suelo, a in de evitar la especulación urbanística y la coniguración de áreas urbanizadas insostenibles.

• Respecto a los poblados, se procurará mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos, promoviendo estrategias integrales de desarrollo rural sostenible.

• Una participación pública extensa y completa, donde el ciudadano de Utrera y sus poblados encuentre un espacio de encuentro y diversidad social.

• Consecución de un estándar adecuado de sistema general de espacios libres (5-10 m2s/habitante), en atención a la LOUA.

• Clariicación de las determinaciones estructurales y pormenorizadas del PGOU.

Además de lo anterior, las acciones públicas principales que se prevén para el PGOU son:

• Gestión adecuada de suelo urbano, para la obtención de los sistemas locales y, en su caso, generales, y aprovechamientos urbanísticos de cesión al Ayuntamiento.

• Gestión adecuada del suelo urbanizable, para la obtención de las dotaciones, junto con la cesión de aprovechamientos urbanísticos y cesiones de suelo por encima de los estándares habituales, en virtud de convenios urbanísticos.

• Mejora e incremento de los sistemas generales de comunicaciones, infraestructuras, espacios libres y equipamientos del municipio.

• Otras actuaciones establecidas legalmente para la mejora socioeconómica y de las dotaciones del municipio, que por Ley o convenio urbanístico no deba sufragarla el propietario o promotor privado, sino a través de importantes inversiones de las Administraciones Públicas.

En el nuevo PGOU se propone, por tanto, como alternativa, un espacio para la nueva ciudad que se proyecta, articulada en el territorio, basada en:

• Creación de suelo necesario para urbanizaciones de segunda residencia o de baja densidad, con demanda en el municipio, así como de suelos dotacionales, articulando el desorden territorial de las parcelaciones irregulares existentes en suelo no urbanizable, principalmente en la zona norte del núcleo urbano de Utrera.

• Pregestión de los ámbitos de planeamiento a prever en el PGOU, que garantice su gestión adecuada posterior y la participación adecuada en las plusvalías del municipio, por parte de la Administración.

• Continuidad adecuada del planeamiento y gestión del municipio, a la vez que se realiza el PGOU, anticipando incluso, vía modiicaciones de planeamiento o planeamiento de desarrollo previsto en el PGOU, ciertas actuaciones de interés público.

• Crear una fachada adecuada a las vías de comunicación con ediicaciones y usos que den una nueva imagen del municipio hacia estas vías territoriales y nuevas vías de comunicación, así como localizar ejes vertebrados, de actividades productivas y dotaciones en los márgenes de las vías territoriales principales, de comunicación con los municipios del entorno, provocando sinergias positivas con éstos.

• Apuesta por la consecución de un importante Patrimonio Municipal de Suelo con la gestión del PGOU, así como gestión adecuada del existente, en el entorno del núcleo urbano principal y poblados.

• Establecimiento de una red adecuada y uniforme de sistemas generales del municipio: espacios libres, equipamientos, comunicaciones e infraestructuras.

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17DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

El Plan General persigue la deinición de objetivos y el establecimiento de un esquema de alternativas de la ordenación que permita formular los criterios y soluciones generales del planeamiento, contando con la colaboración ciudadana, y en particular, con los órganos de representación locales, tanto políticos, como económicos y sociales.

Se pretende hacer un planeamiento práctico, de cara a la realidad, a los intereses, a los deseos y a las necesidades de los ciudadanos, ponderando los planteamientos de coyuntura frente a las realidades ciertas y futuras del territorio.

El planeamiento, actuando sobre un marco físico, deinirá el modelo territorial más conveniente o aconsejable en un tiempo futuro a dicho territorio y supondrá la coordinación de la planiicación económica y social para el mayor bienestar de la población. Por esto, saber cómo viven y cómo quieren vivir los ciudadanos que van a soportar el planeamiento, es piedra angular de la estructura de la ordenación urbana. Esto obliga a un análisis minucioso del medio natural, el conocimiento y problemática socio-económica, las hipótesis de crecimiento del municipio y las medidas que de la política general puedan derivarse.

La justiicación de la conveniencia y oportunidad de redacción se enmarca en la necesidad de la realización de un nuevo PGOU en el municipio, dada la puesta en carga de la mayoría de los sectores previstos en el planeamiento vigente, como se deduce del Diagnóstico realizado y las condiciones establecidas por el planeamiento vigente, justiicándose la conveniencia y oportunidad de redacción del nuevo PGOU.

Procede un nuevo Plan General al adoptarse nuevos criterios respecto a la estructura general y orgánica, a la clasiicación del suelo motivada por la elección de un nuevo modelo territorial, continuista con el anterior en el

La elaboración de un documento de nuevo PGOU para el municipio de Utrera, que sustituya, una vez aprobado deinitivamente, al PGOU vigente de 2002, en atención a lo previsto en la LOUA, obedece a razones de distinta índole:

• Necesidad, por imperativo de la LOUA, de que todos los municipios andaluces cuenten con la igura de Plan General, adaptado a la LOUA en todos los municipios de Andalucía.

• Desajustes entre el desarrollo urbano previsto en algunas zonas, y el desarrollo posterior necesario (Modiicaciones de planeamiento, no resolución de las ocupaciones irregulares de suelo, …), y, en otros casos, previsiones de suelo insuicientes (necesidad de suelo productivo en los poblados y núcleo principal de Utrera, así como de suelo para vivienda protegida).

• Transformaciones del entorno territorial, fundamentalmente con los efectos derivados de la implantación de los nuevos viarios territoriales.

• Necesidad de incorporar nuevos criterios y contenidos en la ordenación urbanística: mejora de la articulación de los crecimientos exteriores en los núcleos urbanos, mejora de la imagen del perímetro de los núcleos urbanos, ordenación de zonas industriales y de servicios apoyados en las nuevas variantes, ordenación de los asentamientos en suelo no urbanizable, erradicación de usos molestos no residenciales en el interior del núcleo urbano.

• Superación del período de ocho años previsto para el vigente PGOU, previéndose la entrada en vigor de este nuevo PGOU, a corto plazo, y dadas las modiicaciones parciales producidas y la pérdida de vigencia de algunas de sus determinaciones.

2.3 JUSTIFICACIÓN DE LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA FORMULACIÓN DEL NUEVO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA

2.1.1. MODELOS Y ALTERNATIVAS DE EXPANSIÓN

Como base fundamental, para producir un proceso de información y difusión públicos, fomentando el debate ciudadano, se plantean, previamente, las posibles alternativas de crecimiento de Utrera, mediante el análisis de las ventajas e inconvenientes de las zonas de crecimiento urbanístico posible del municipio: entorno sur y entorno norte del núcleo principal, y el crecimiento sostenible de los poblados, en función de las demandas ciudadanas.

Dentro de este contexto, y procurando fomentar el debate interno municipal y externalizado a la ciudadanía, se plantea un esquema de alternativas de crecimiento y ordenación posibles en la ciudad de Utrera (considerándose que en los poblados, el crecimiento posible está garantizado en el entorno de los núcleos urbanos existentes, procurando la implantación de actividades productivas y un crecimiento residencial sostenible), estableciendo el cuadro DAFO adjunto para su análisis, respecto a las dos zonas de posible crecimiento urbanístico, aunque no obstante, al inal se opta por un crecimiento integrador y mixto entre ambas zonas, siendo la primera la de mayor desarrollo (aunque regularizándose las parcelaciones irregulares al norte de la ciudad), junto con la apuesta por los usos industriales y terciarios en el entorno de los viarios territoriales radiales, desde las variantes y rondas más exteriores.

ENTORNO SUR ENTORNO NORTE

Debilidades

•Terrenosconatomizaciónomonopolización de la propiedad, según los casos).

•Relativaproblemáticaalasoluciónde las infraestructuras necesarias.•Problemáticadecomunicacioneslongitudinales y transversales.•Diicultaddegestiónurbanística(atomización de la propiedad y monopolización de la propiedad, según los casos).

Amenazas

•Posibledescontroldelaimagenurbana con las intervenciones futuras.

•Posiblecrecimientourbanísticodesligado de las vías de comunicación.•Cercaníadeotrostérminosmunicipales.

Fortalezas •Presenciadeimportantessistemasdecomunicaciones. •Presenciadeinfraestructuras.•Dotacionesyserviciosexistentesoprevistos. •Relativoescasovalorecoagrariode los suelos afectados, por la antropización.

•Importantepresenciadeactuacionesediicatorias.•Relativoescasovalorecoagrariode los suelos afectados, por la antropización.

Oportunidades •Crecimientoendirecciónalospoblados existentes y comarca del Bajo Guadalquivir.•Ordenaciónurbanísticaconexcelentes vistas sobre el territorio. •Ordenaciónvinculadaaldesarrollodelas vías de comunicación territoriales. •Recuperacióneintegracióndelasvías pecuarias en el paisaje.

•Posiblecrecimientourbanísticodiferenciado de las vías de comunicación, y más relacionado con el entorno rural.•Ordenacióndelentornopaisajístico.•Ordenacióndelasparcelacionesyelterritorio.•Recuperacióneintegracióndelasvías pecuarias en el paisaje.

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18 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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El Territorio.

El territorio municipal debe contener las condiciones necesarias para incrementar la eicacia del espacio como elemento sustentador de proyectos urbanos que potencien el desarrollo económico y social y que preserven y mejoren el medio físico. Para ello resulta prioritario resolver las tensiones territoriales existentes a través de proyectos adaptados a las condiciones actuales y a las previstas, los que a su vez generarán requerimientos de tipo estructural y dotacional superiores a los actuales.

La estructura general trata de organizar ordenadamente la distribución de usos en el territorio, instalados en un sistema de dotaciones públicas suicientes y respetando en todo momento el medio físico que la soporta y completando y equilibrando la trama urbana actual con los nuevos desarrollos previstos.

Asimismo se trata de mejorar la accesibilidad comarcal y regional a través tanto del sistema básico viario propuesto como de la revalorización del ferroviario.

Se ha procedido a mantener las vías pecuarias del término, trabajos que se deben continuar en una segunda fase con los caminos rurales y zonas inundables.

Asímismo se prevén medidas para la protección de los elementos de interés tales como yacimientos arqueológicos, lagunas, salinas, torres, haciendas, huertas y caseríos, además de una regulación para el suelo no urbanizable en sus distintos tipos, que entre otras cosas impidan las parcelaciones y el asentamiento industrial no justiicado.

Los espacios naturales aparecen descritos y señalados con suiciencia para que se conozca su existencia, signiicado y requerimientos de preservación.

Utrera se proyecta como una ciudad básica en la Andalucía de las ciudades, y especialmente en la comarca del Bajo Guadalquivir y la aglomeración urbana de Sevilla.

El modelo territorial propuesto es coherente con los planes de ordenación previstos: Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, tal como se ha expresado anteriormente, y en el Plan de ordenación del territorio de ámbito subregional de la aglomeración urbana de Sevilla.

El Plan de Transporte Metropolitano del área de Sevilla, pone de maniiesto que el ámbito metropolitano de Sevilla se extiende en un amplio territorio que abarca más de cuarenta municipios, entre los que se incluye Utrera. Este Plan de Transporte es una de las apuestas más importantes para articular este espacio metropolitano y favorecer la accesibilidad de la población a los bienes y servicios de todo el ámbito, dando respuesta a una cuestión clave como es la de la movilidad. Con esta misma perspectiva supramunicipal, se ha avanzado en los trabajos de los sistemas de espacios libres y de uso público, así como de los sistemas de infraestructuras del agua, energía y gestión de residuos que permitan estructurar el territorio metropolitano. Así mismo, se ha avanzado en el estudio de los espacios productivos y logísticos en esa misma escala metropolitana.

Se propone una regulación de los distintos usos del suelo en el municipio, existentes y previstos, que corrija las deficiencias detectadas y complete de forma racional una estructura orgánica coherente e integradora de las distintas implantaciones que se han realizado, inconexas en algunos casos, soportada sobre unos sistemas generales de equipamientos, áreas libres e infraestructuras, a mejorar.

Se describen de forma esquemática a continuación, las actuaciones previstas en los distintos ámbitos espaciales establecidos y que se desarrollan con más detalle posteriormente.

sector residencial, pero innovador respecto a la ubicación de nuevos suelos productivos para Utrera, su entorno y la aglomeración urbana de Sevilla y respecto a la solución integral y sin limitaciones de las parcelaciones urbanísticas en suelo no urbanizable, extremo que no se llegó a completar eicazmente con el PGOU vigente; Además nuevas circunstancias demográicas y económicas, y de evolución del mercado inmobiliario y de la construcción residencial. No obstante, la demanda de suelo productivo (industrial y terciario) para Utrera, su entorno y la aglomeración urbana de Sevilla es muy importante, dado que el suelo industrial previsto en el PGOU vigente fue mínimo y está prácticamente agotado, salvo algunos suelos urbanizables no sectorizados, con problemas de gestión importantes, que hacen más acuciante aún la propuesta de suelo productivo, evitando la localización indiscriminada en el suelo no urbanizable, y regularizando las situaciones preexistentes.

2.4 DESCRIPCIÓN DEL MODELO TERRITORIAL PROPUESTO Y DE SU COHERENCIA CON LOS PLANES DE ORDENACIÓN VIGENTES

APROBADO POR EL PLENO DE LACORPORACIÓN EN SESIÓN ORDINARIA

CELEBRADA EN UTRERA A JUEVES 16 DEABRIL DE 2015

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19DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

clasiicación como suelo urbano no consolidado y llegado el caso, como suelo urbanizable, mediante su integración en Areas de Reparto para alcanzar las condiciones mínimas exigibles. Solo hay una de ellas sin posibilidades de regularización, al estar sobre dominio público de vías pecuarias, la Cañada.

El P.G.O.U. va a consolidar la nueva imagen urbana de los núcleos urbanos, potenciándola en sus aspectos territoriales y comarcales, para conigurar una ciudad puntera en la comarca del Bajo Guadalquivir y en la provincia de Sevilla, aglomeración urbana de Sevilla y en el espacio territorial andaluz, apoyada en las infraestructuras territoriales que cruzan o cruzarán su término municipal, cercanos a los núcleos de población.

Para esto, Utrera necesita prever la ordenación de su territorio y la vertebración de sus núcleos, en un proceso de transición desde la ciudad de los núcleos hasta el territorio de la ciudad, apoyados en una coordinación urbanística con las previsiones de los planes supramunicipales, Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía y Plan Director de Infraestructuras de Andalucía, así como el Plan de ordenación del Territorio de la Aglomeración urbana de Sevilla.

Este proceso debe producirse mediante propuestas a escala territorial, acompañadas de los sistemas generales de comunicaciones, espacios libres, equipamientos e infraestructuras necesarios, y de un nuevo modelo de tipologías ediicatorias más lexibles y adecuadas al modo de vida actual. Todo esto apoyado en una gestión que garantice una oferta de suelo de calidad y diversiicada, que redunde en la producción de viviendas asequibles a todos los sectores sociales, y en la implantación de usos industriales y terciarios que fomenten el crecimiento económico y el empleo, junto con los usos turísticos adecuados.

En esta situación no podemos olvidar la necesidad de realizar un crecimiento urbanístico sostenible, desde los conceptos de desarrollo armónico y

Las Parcelaciones.

El crecimiento incontrolado de parcelaciones han dado origen a una estructura territorial no prevista con grandes disfunciones y carencias que han supuesto un impacto negativo en el medio rural, perjudicando su calidad ambiental con la contaminación del acuífero y destrucción del paisaje por lo que se pretende congelar este tipo de actuación en cualquier caso.

Considerando la clase de suelo donde se asientan las parcelaciones existentes, así como su antigüedad, grado de consolidación y urbanización se prevé su

La Ciudad.

La ordenación propuesta en la ciudad de Utrera ha tenido en cuenta los problemas urbanísticos detectados relativos, entre otros, al trazado ferroviario, déicit de equipamientos, áreas libres e infraestructuras, red viaria, vacíos en la trama urbana, operaciones de reforma interior, reurbanización de áreas degradadas, protección del Centro Histórico y elementos de interés mediante ampliación del Catálogo existente y medidas de protección del patrimonio histórico-artístico, mejora de los accesos desde las nuevas vías de circunvalación propuestas, depuración de las aguas residuales. Se deinen nuevas zonas para el crecimiento residencial, residencial-terciario, terciario, terciario-industrial e industrial, en dos vertientes, la colmatación de los suelos hasta los anillos de infraestructuras territoriales y los suelos en el entorno de las vías radiales de comunicación importantes.

Los Núcleos secundarios de Población.

En el Palmar de Troya se deinen nuevas áreas para el crecimiento residencial e industrial, y medidas concretas para el sistema viario, áreas libres y equipamiento comunitario e infraestructuras.

Para los restantes núcleos, se propone ampliar el suelo residencial e industrial en Guadalema de los Quintero, Trajano y Pinzón y adecuación de áreas libres y deportivas, así como resolver el problema de la depuración de las aguas residuales y zonas inundables en todos los núcleos.

En el caso de El Torbiscal se plantea su clasiicación como suelo no urbanziable, con la categoría de Hábitat rural diseminado, en espera de una actuación de interés público que regenere la zona.

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20 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

incidencia en el núcleo principal de Utrera, tienen su origen en la pertenencia a la zona de inluencia de la comarca del Bajo Guadalquivir y aglomeración urbana de Sevilla.

La situación de potencialidad de la comarca del Bajo Guadalquivir, parece perilar políticas en las que los factores internos y externos tendrán prioridad, en el sentido de vislumbrar un desarrollo que provoque un crecimiento de las ciudades acorde con las expectativas.

Las previsiones de crecimiento demográico efectuadas para la zona son medias, a aumentar con los factores de potencialidad enunciados anteriormente. Por tanto, el impacto demográico externo sobre los municipios periféricos del área va a ser medio, con tendencia a aumentar.

El Plan por tanto, se conigura en base a las tendencias internas como un Plan para ahora, para dar respuesta a las demandas sociales, para inalizar el proceso de recuperación de los núcleos urbanos, para inalizar la recomposición de ese modelo desagregado y quebrado, y en previsión del crecimiento exógeno futuro.

Un Plan de estas características tiene la obligación de entrar en cuestiones de diseño urbano, vías, espacios públicos, ediicación, etc., aunque sea de forma indicativa en algunos casos, habida cuenta que, en gran medida, estamos actuando sobre zonas ya consolidadas y una simple zoniicación de usos, alturas y ediicabilidad, no serviría para incidir en la mejora de la situación actual. El Plan se conigura por tanto como un instrumento para la recuperación y, en su mayor parte, creación de ciudad, introduciendo esos elementos que pertenecen a la esfera de lo público, de la relación social, y que permitirá que zonas que ahora no son más que aglomerados informes de viviendas, construcciones, …, empiecen a participar de las características de una ciudad extendida sobre el territorio, de importancia capital en la comarca

se diferencian las subcategorías de suelo urbano consolidado y no consolidado.

• En el suelo no urbanizable se incluyen las zonas a proteger, por legislación general o sectorial, así como por el planeamiento urbanístico (protección de comunicaciones, vías pecuarias, arroyos, yacimientos arqueológicos, zona forestales, zonas de valor ecológico o paisajístico, …) y aquellos otros suelos que por su valor agrícola o su inadecuación para el desarrollo urbano deben ser incluidos en esta categoría de suelo, correspondiendo estos últimos al resto de los suelos clasiicados como no urbanizables, junto con una categoría de hábitat rural diseminado en el poblado histórico de El Torbiscal.

• Por último, en el suelo urbanizable se incluyen los suelos que no han sido incluidos en las categorías de urbano o no urbanizable, o los que el planeamiento urbanístico ha decidido incluir en dicha categoría en atención a su carácter óptimo para su inclusión en ella, por su carácter vertebrador del territorio, tanto en el núcleo principal de Utrera como en los poblados, estableciéndose las categorías de urbanizable ordenado (ámbitos del PGOU vigente en tramitación), suelo urbanizable sectorizado y suelo urbanizable no sectorizado, para poder cumplir con los objetivos generales del POTA.

2.4.1. ESTRATEGIAS GLOBALES DEL PLAN.

Regeneración Urbana del Municipio.

La evaluación de las perspectivas de una ciudad deriva tanto de su dinámica interna como de factores externos. Los factores externos con una fuerte

La estructura del territorio municipal queda determinada por la presencia y localización de los usos y ocupaciones e infraestructuras territoriales más signiicativos:

• El modelo territorial se mantiene en sus actuales términos, en base a la concentración de la población en el núcleo principal de Utrera y en los poblados, aunque articulados ahora entre sí, no produciéndose así evolución alguna hacia nuevos núcleos de población.

• La ordenación de la autovía a Sevilla y los nuevos viarios y variantes territoriales, suponen la opción por un modelo de asentamiento concentrado de las actividades productivas terciaria e industrial frente al modelo actual de ocupación dispersa en el territorio. Por otra parte, estos viarios territoriales, sitúan al núcleo de Utrera, en uno de los puntos de mayor accesibilidad desde el propio territorio municipal, y en relación a la comarca y aglomeración urbana de Sevilla.

• De la red viaria territorial municipal se identiican, ordenan y protegen las vías pecuarias y los caminos rurales, que desempeñan un relevante papel de articulación del territorio municipal. La ordenación del viario territorial perimetral al núcleo urbano de Utrera también tiene una incidencia muy positiva en la mejora de esta red viaria, debido a que el núcleo de Utrera constituye el mayor enclave de concentración y articulación del viario territorial municipal.

• En cuanto a la clasiicación del suelo, el urbano incluye los terrenos que disponen, en condiciones suicientes, de acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica, así como los que tienen su ordenación consolidada por ocupar la ediicación al menos las dos terceras partes de los espacios ediicables según la ordenación establecida. Dentro del suelo urbano

estructurado, con respeto al medio ambiente y procurando utilizar los recursos con el mayor rendimiento social y económico. Esto lleva asociado el respeto a los recursos paisajísticos e hídricos y al patrimonio histórico y natural de Utrera, buscando su uso, recuperación y disfrute.

En el ámbito funcional intermunicipal y en relación con el equipamiento comunitario de rango intermedio, se mantiene el modelo de interrelación existente con los núcleos urbanos del municipio.

En relación con la actividad económica, la ordenación prevista de los viarios territoriales, optimiza la localización de la actividad productiva del municipio, externo o interna a éste y resultante de la relocalización de actividades existentes o de nueva creación, respecto a un ámbito territorial claramente supramunicipal.

Así el modelo territorial actual del término municipal de Utrera se verá alterado signiicativamente por la implantación de los nuevos viarios territoriales, que producirá dos efectos ya comentados: la necesidad y oportunidad de implantación de usos industriales y terciarios en el entorno de dichos viarios, y la incardinación de Utrera en el área funcional y socioeconómica del ámbito sur de la aglomeración urbana de Sevilla, más incluso que actualmente, junto con las expectativas de crecimiento que produciría.

En el ámbito físico-territorial, la ordenación de nuevas rondas perimetrales al núcleo urbano de Utrera y, en menor medida, a los poblados, que una las carreteras radiales existentes, mejorará la articulación de los núcleos en la red viaria comarcal y subregional. Por otro lado, la polarización del crecimiento del núcleo urbano hasta el entorno de estas rondas y viarios exteriores, supondrá el máximo de crecimiento residencial de los núcleos, localizándose el crecimiento terciario y productivo en el entorno de las vías radiales a estos suelos.

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21DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

niveles, y que en nuestro caso cobra una especial signiicación por tratarse de un patrimonio extenso y por tanto, más necesaria si cabe su salvaguarda y protección, extendida al patrimonio arquitectónico signiicativo del siglo XX.

Protección contínua de los recursos naturales.

La protección de los recursos naturales hace referencia especialmente a aquellos que permiten el mantenimiento de la base productiva (suelo, agua y vegetación).

Esta opción implica la ineludible necesidad de establecer una regulación precisa respecto a la localización y las condiciones de implantación de usos y actividades que potencialmente pueden comprometer el mantenimiento de los recursos naturales.

Paralelamente a esta regulación de tipo cautelar, aparece la necesidad de impulsar actuaciones de mejora del medio ambiente.

Todo ello en un territorio complejo en el que los usos urbanos han traspasado, con más frecuencia de la deseada, la frontera de la producción agrícola, dando lugar a un territorio penetrado por usos urbanos de todo tipo, tales como industrias, espacios recreativos, equipamiento, parcelaciones rústicas ilegales, etc. Esta complejidad derivada de la afección producida por la aglomeración urbana, es sin duda un factor importante que se ha introducido, sobre la base de la compatibilidad con el objetivo de protección de los recursos naturales, en las propuestas de ordenación y actuación del Avance.

servicios públicos.

Continuación con la mejora de la imagen urbana.

Utrera, aún teniendo en cuenta la transformación urbana operada en la última década, falta aún por completar la deinición en términos formales de una ciudad cuya identiicación sea clara para propios y foráneos.

Es evidente, por un lado, el carácter diferenciado de la trama, que no se contradice con el repertorio variopinto de tipos y formas que, en paquetes autónomos articulados, añade un factor a considerar respecto a la imagen urbana resultante. A esto habría que añadir los elementos de calidad estética que se localizan, fenómeno generalizado en la periferia, y en algunas zonas del casco todavía.

Corregir esta situación no es una misión que pueda encomendarse exclusivamente al Plan de Urbanismo, eso sería el resultado de un largo y complejo proceso social, cuya responsabilidad corresponde en primera instancia a los propios actores locales y a sus representantes. Pero tampoco debe excluirse la oportunidad de relexionar acerca de estos problemas en el marco de la redacción del Plan, además de la oportunidad que éste supone al proponer soluciones acordes con la opción urbanística deinida. En este sentido el Plan puede intentar, por las determinaciones normativas y por las propuestas concretas en cada sector, no sólo mejorar aspectos objetivos sino también contribuir, por la vía del ejemplo, a ir formando la conciencia social en estos temas.

Establecimiento continuado de medidas de protección sobre el patrimonio de interés histórico, artístico y arquitectónico.

No parece necesario fundamentar esta opción, hoy día asumida a todos los

objetivos urbanísticos podemos sustanciarlos en las siguientes ideas:

La inalización de los núcleos urbanos existentes.

Se prevé la inalización de los núcleos urbanos principal de Utrera y los poblados como núcleos menores. Se debe seguir con los constantes esfuerzos de gestión e inversiones, tanto públicas como privadas, en mejorar, inalizar y recuperar las implantaciones urbanas existentes, integrándolas.

La opción por un modelo urbano integrado social y funcionalmente.

Parece comúnmente admitido que Utrera, aún habida cuenta del tipo de transformación y desarrollo urbanístico que ha sufrido ultimamente, y de la lejanía del modelo de partida, no es propiamente ciudad en términos urbanísticos.

Por tanto, se hace inevitable contar con un modelo de referencia, de carácter inalista, de tipo de ciudad hacia el que encaminar los pasos a dar. Pese a todo, la discusión y elaboración de una alternativa es una necesidad ineludible: una ciudad integrada.

Frente a los modelos de “zonning”, basados en la compartimentación del espacio urbano de las distintas actividades, se opta por la integración funcional y espacial, con el único límite de la compatibilidad con la residencia. En el caso de Utrera, se observa en general, una estructura urbana integrada, que el Plan propone conservar y controlar, según los casos.

Continuación con la mejora del nivel de cobertura de dotaciones.

Este objetivo está en conexión con la estrategia de elevar el nivel de vida de la población, mediante la ampliación y mejora de la oferta de dotaciones y

del Bajo Guadalquivir.

El tipo de desarrollo contenido en el Plan, se basa en rentabilizar el capital inmovilizado que supone lo existente, frente al posible despilfarro de recursos que conllevan los procesos exclusivamente desarrollistas; en elevar las rentas de población mediante una mejor oferta de servicios, equipamiento comunitario y espacios libres, lo que supone una elevación de las condiciones de vida de la población; y en mejorar ,la situación de la actividad industrial y de los servicios, verdadero motor de desarrollo previsto en el Plan.

Vertebración Territorial de los Núcleos Urbanos del Municipio.

El nuevo PGOU que se plantea, sin olvidar la mejora constante de la imagen urbana de los núcleos urbanos del municipio, va más allá, proponiendo un desarrollo urbano que articule y vertebre las diferentes implantaciones urbanas del municipio entre sí.

Esta nueva vertebración se apoya en los nuevos sistemas viarios, de infraestructuras y de dotaciones existentes y los que se han de implantar. Se trata de organizar el entramado básico de articulación entre los núcleos, que garantiza de esta forma una adecuada implantación de usos globales y pormenorizados en la zona, en una apuesta por un espacio de centralidad productiva y dotacional.

Objetivos Urbanísticos Básicos.

El Plan constituye un desarrollo de los objetivos de política urbana previos. Por tanto, el documento de Información Urbanística y el Diagnóstico-criterios-objetivos, constituyen los antecedentes de este Avance.

En un primer nivel general, y en relación con las estrategias de Plan, los

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22 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

medio en Suelo Urbano No Consolidado.

e. La delimitación de zonas con usos, características y aprovechamiento determinado, con expresa deinición de la utilización de los terrenos incluidos en cada una de ellas.

f. La identiicación y delimitación de los Sistemas Generales en el suelo urbano consolidado y no consolidado, señalando si son usos existentes o previstos.

g. La delimitación de los espacios libres y zonas verdes, así como de las zonas deportivas, con independencia de los sistemas generales.

h. El emplazamiento de los centros de servicios y equipamientos, que forman parte del equipamiento urbano comunitario.

i. La determinación de las características morfológicas y tipológicas de la ediicación y de la ordenación urbana de cada zona deinida.

j. El trazado y características de la red viaria pública, con jerarquización en función del tráico previsto.

k. La previsión y localización de los aparcamientos públicos y su adecuada relación con el transporte público.

l. La reglamentación detallada en el Suelo Urbano ordenado del uso pormenorizado, volumen o aprovechamiento y condiciones ediicatorias de los terrenos y construcciones, así como las características tipológicas y estéticas de la ordenación, de la ediicación y de su entorno.

2.5.1. LA ORDENACIÓN DEL SUELO URBANO.

Al objeto de deinir la ordenación y proceder al desarrollo urbanístico del suelo urbano el Plan General dispone las siguientes determinaciones:

a. La delimitación de los perímetros de las supericies que lo conforman.

b. La delimitación de los ámbitos de Suelo Urbano Consolidado por la urbanización, así como los ámbitos de Suelo Urbano No Consolidado.

c. El señalamiento de los ámbitos de planeamiento especíico, distinguiendo entre aquellos ámbitos cuya ordenación pormenorizada y detallada, en el momento de la entrada en vigor del Plan se diiere a un momento posterior, de aquellos ámbitos en los que se procede a incorporar un planeamiento de desarrollo anterior. En los Ámbitos de Planeamiento Diferido se requiere la formulación de un instrumento de planeamiento de desarrollo para el establecimiento de la completa ordenación pormenorizada y detallada; en estos ámbitos de planeamiento diferido se diferencian de una parte, las áreas en las que se prevén operaciones integradas de reforma interior, que precisan la formulación de Planeamiento Especial, y en los que se ijan los objetivos que la reforma propone y los usos e intensidades previstos; y de otra, los sectores del Suelo Urbano No Consolidado no ordenado que precisan de la formulación de un Plan Parcial y para los que se establece igualmente los criterios y objetivos. Por su parte, los Ámbitos de Planeamiento Incorporado son ámbitos territoriales en los que el Plan General asume genéricamente las determinaciones del planeamiento de desarrollo del planeamiento general anterior, así como su gestión.

d. La delimitación de Áreas de Reparto y ijación del aprovechamiento

2.5 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: DETERMINACIONES

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23DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

de las condiciones que un espacio emblemático de estas características debe tener. Se plantea la regeneración ambiental de este ámbito urbano, que contribuya a la re-activación urbana de esta zona de la ciudad.

o ASE-CH-2,3,4: Obtenciones para equipamientos

Las actuaciones planteadas en esta categoría tienen como inalidad principal la dotación de ciertas áreas de las reservas dotacionales que mejoren la calidad ambiental del ámbito en el que se inserta.

- Actuaciones singulares de espacios libres:

o ASI-01: Parque y aparcamiento Los Salesianos

o ASI-02: Parque Cto. Aligido-Fuente 8 Caños

o ASI-03: Mejora del espacio libre “recinto ferial”

En estas actuaciones se plantea abordar la recualiicación de varios elementos de espacios libres, como proyectos concretos de gran importancia. Se plantea la mejora de la urbanización en general y la inclusión de los servicios necesarios.

B. ACTUACIONES DE CONEXIÓN URBANA:

- MUV-1,2,3: Pasos FFCC conectividad Fontanilla-C.H.

- MUV-4: Reurbanización travesía A-394

En estas actuaciones se plantea la reconiguración de ciertos elementos viarios existentes con déicit de urbanización, que por ello actualmente suponen fracturas urbanas. Se plantea la mejora de la urbanización en general.

C. ACTUACIONES DE CARÁCTER LOCAL:

Estas actuaciones, como ya se ha anunciado, plantean la reconiguración del sistema viario existente con déicit de urbanización. Así mismo se plantea la recualiicación ambiental de estos ejes de comunicación, mediante la mejora de sus acerados.

o MUV-CH-01: Avda. Mª Auxiliadora-Avda. San Juan Bosco.

o MUV-CH-02: c/ Corredera-Fernanda y B.-Cto. Aligidos.

o MUV-CH-03: Viario y aparcamiento Bda. El Tinte.

o MUV-CH-04: Reurbanización entorno de Renfe.

- Semi-peatonalización del Centro:

o MUV-CH-05: Antig. Alhóndiga-c/ Mujeres-Glorieta Pio XII

o MUV-CH-06: Conexión elementos valor patrimonial

o MUV-CH-07: Conexión nuevo parque Salesianos-C.H.

Las actuaciones planteadas en esta categoría, tienen como inalidad principal la intervención sobre áreas concretas del Centro Histórico, con especial relevancia en la trama urbana, para hacerlas más amables y transitables al peatón mejorando la calidad ambiental del ámbito en el que se inserta.

- Actuaciones singulares de equipamientos:

o ASE-CH-1: Proyecto patrimonial del Castillo y su entorno

Importante actuación del Suelo Urbano Consolidado, que junto con las anteriores, persigue el objetivo de recualiicación ambiental del Castillo y su ámbito, hoy caliicada como Sistema General de Espacios Libres, pero carente

• Actuaciones Puntuales en Suelo Urbano Consolidado: 282.055 m²

2.5.2. EL SUELO URBANO CONSOLIDADO.

Se plantean en el suelo urbano consolidado una serie de intervenciones de mejora, acondicionamiento y reurbanización de determinados viarios y espacios libres.

Los objetivos generales de ordenación de las Actuaciones Puntuales son la reurbanización de determinados espacios públicos (espacios libres y viarios) para mejorar la calidad urbana del ámbito, y su conectividad y permeabilidad con la trama urbana existente así como la mejora dotacional de los mismos, mediante la reserva puntual de suelo para la localización de equipamientos públicos de carácter local.

Dentro del conjunto de Actuaciones en Suelo urbano Consolidado propuestas por el presente Plan General, se distinguen tres tipologías en función del objetivo fundamental que se pretende conseguir con la intervención. Así tenemos, por un lado, actuaciones destinadas a la mejora de las condiciones del centro histórico, como es la intervención en el Castillo y su entorno, actuaciones que implican la mejora del diseño del sistema viario existente, especialmente en cuanto a la conectividad entre ambos márgenes de las vías del tren; y por último actuaciones de mejora y puesta en valor de ámbitos puntuales o singulares de toda Utrera.

Las actuaciones aisladas identiicadas en el presente Plan General de Ordenación Urbanística en el suelo urbano consolidado son:

A. ACTUACIONES EN CENTRO HISTÓRICO:

- Mejora urbana viaria:

m. Los criterios, objetivos y directrices para la ordenación detallada de las áreas de reforma interior no ordenadas.

n. Los criterios, objetivos y directrices para la ordenación detallada de los sectores del suelo urbano no consolidado que precisan de Plan Parcial para el establecimiento de la completa ordenación pormenorizada.

o. Las características y trazado estructurante de las redes de infraestructura básica (agua, alcantarillado y energía eléctrica).

p. Previsiones sobre programación del desarrollo urbanístico de las zonas, consolidadas o no consolidadas.

q. Evaluación económica de la implantación de los servicios y de la ejecución de las obras de urbanización.

Los datos generales que resultan de la ordenación propuesta por el presente Plan General son:

• Supericie total del Suelo Urbano: 10.337.839 m²

• Suelo urbano consolidado: 7.109.836 m²

• Suelo urbano no consolidado: 3.228.003 m²

- Áreas de reforma interior con ordenación pormenorizada: 1.048.759 m²

- Áreas de reforma interior con ordenación diferida: 1.971.425 m²

- Sectores de Suelo Urbano No Consolidado: 207.819 m²

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24 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

identiicación de un ámbito de ordenación integrada y de ejecución sistemática, o Áreas que sufren un incremento en su aprovechamiento.

Se delimitan un total de 32 Áreas de Reforma Interior con ines de renovación, rehabilitación y/o regeneración urbana, distribuidos en dos grupos:

B.1. El primer grupo está formado por las “Áreas con Ordenación diferida”, que son las que precisan de la formulación y aprobación de un instrumento de desarrollo para establecer su ordenación pormenorizada y completa.

Se delimitan un total de 26 Áreas de Reforma Interior con ordenación diferida. Son las siguientes:

- De Uso Global Residencial:

• ARI-R1

• ARI-R2

• ARI-R3

• ARI-R4

• ARI-R5

• ARI-R6

• ARI-R7

• ARI-R8

• ARI-R9

- De uso global Industrial:

• S-SUNC-(T)-I1

• S-SUNC-I1

Los datos globales de los Sectores de Suelo Urbano No Consolidado propuestos por el presente Plan General son:

SECTORES DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO

DENOMINACIÓN USO GLOBAL SUPERFICIE

S-SUNC-O-R1 RESIDENCIAL 102.433 m2

S-SUNC-R1 RESIDENCIAL 69.671 m2

S-SUNC-R2 RESIDENCIAL 83.778 m2

S-SUNC-R3 RESIDENCIAL 56.340 m2

S-SUNC-R4 RESIDENCIAL 112.317 m2

S-SUNC-R5 RESIDENCIAL 24.373 m2

S-SUNC-R6 RESIDENCIAL 22.795 m2

S-SUNC-R7 RESIDENCIAL 30.566 m2

S-SUNC-(T)-I1 INDUSTRIAL 66.552 m2

S-SUNC-I1 INDUSTRIAL 21.756 m2

La supericie total de los Sectores de suelo urbano no consolidado propuestos es de 590.581 m2.

B. ÁREAS DE REFORMA INTERIOR (ARI)

Son áreas urbanas que presentan signos de obsolescencia para las que se prevé una actuación de reforma o renovación urbana mediante la oportuna

2.5.3. ORDENACIÓN DEL SUELO URBANO NO CONSOLIDADO.

Plan General diferencia las siguientes tipologías en el Suelo Urbano No Consolidado:

A. SECTORES DE SUELO URBANO NO CONSOLIDADO (S-SUNC).

Para actuaciones de urbanización de ejecución sistemática y, con carácter general, ordenación pormenorizada remitida a planeamiento de desarrollo, en ámbitos que representan vacíos urbanos con elementos de urbanización próximos.

En concreto, el Plan delimita 10 sectores:

- De uso global Residencial:

• S-SUNC-O-R1

• S-SUNC-R1

• S-SUNC-R2

• S-SUNC-R3

• S-SUNC-R4

• S-SUNC-R5

• S-SUNC-R6

• S-SUNC-R7

Se prevén inalmente dar respuesta a multitud de pequeñas necesidades detectadas en todo el término, tanto en Utrera como en los poblados, que siendo de escasa complejidad pueden mejorar enormemente la calidad de sus entornos inmediatos.

Los datos globales de las Actuaciones en Suelo Urbano Consolidado propuestas por el presente Plan General son:

ACTUACIÓN DESCRIPCIÓN SUPERFICIE

MUV-CH-01AVDA. Mª AUXILIADORA-AVDA. SAN JUAN BOSCO

42.556 m2

MUV-CH-02 C/ CORREDERA-FERNANDA Y B.-CTO. AFLIGIDOS 29.000 m2MUV-CH-03 VIARIO Y APARC. BRDA. EL TINTE 5.000 m2MUV-CH-04 ENTORNO RENFE 5.519 m2

MUV-CH-05ANTIG. ALHÓNDIGA-C/ MUJERES-GLORIETA PIO XII

6.000 m2

MUV-CH-06 CONEX. ELEMENTOS VALOR PATRIMONIAL 10.000 m2

MUV-CH-07 CONEX. NUEVO PARQ. SALESIANOS-C.H. 1.200 m2

ASE-CH-1 PROY. PATRIMONIAL CASTILLO Y SU ENTORNO 13.000 m2

ASE-CH-2,3,4 OBTENCIONES PARA EQUIPAMIENTOS 1.929 m2

ASI-01 PARQ. Y APARC. LOS SALESIANOS 6.000 m2

ASI-02 PARQ. CTO. AFLIGIDO-FUENTE 8 CAÑOS 15.000 m2

ASI-03 MEJORA ESPACIO LIBRE “RECINTO FERIAL” 54.381 m2

MUV-1,2,3PASOS FFCC CONECTIVIDAD FONTANILLA-CENTRO

3.800 m2

MUV-4 REURBANIZACIÓN TRAVESÍA A-394 80.625 m2

LOCALES ACTUACIONES DE CARÁCTER LOCAL 1.500 m2

La supericie total de las Actuaciones Puntuales propuestas en el Suelo Urbano Consolidado de Utrera es de 275.510 m2

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CELEBRADA EN UTRERA A JUEVES 16 DEABRIL DE 2015

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25DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

ÁREAS CON ORDENACIÓN PORMENORIZDA

DENOMINACIÓN USO GLOBAL SUPERFICIE

ARI-O-R1 RESIDENCIAL 10.800,00 m2

B.2. El tercer y último grupo está formado por las “Áreas de Reforma Interior transitorias” que son las áreas territoriales sobre las que el Plan General reconoce el régimen y gestión provenientes del planeamiento vigente.

Se delimitan 7 Áreas de Reforma Interior Transitorias. Son las siguientes:

- De Uso Global Residencial:

• ARI-(T)-R1

• ARI-(T)-R1

• ARI-(T)-R1

• ARI-(T)-R1 Casacerros

- De Uso Global Industrial:

• ARI-(T)-I1

• ARI-(T)-I1

• ARI-(T)-I1

Los datos globales de las Áreas de Reforma Interior Transitorias en suelo urbano no consolidado propuestas por el presente Plan General son:

ÁREAS DE REFORMA INTERIOR CON ORDENACIÓN DIFERIDA

ARI-I2 INDUSTRIAL 61.647 m2

ARI-I3 INDUSTRIAL 52.357 m2

ARI-I4 INDUSTRIAL 18.106 m2

ARI-T1 TERCIARIO 88.773 m2

ARI-T2 TERCIARIO 60.414 m2

ARI-T3 TERCIARIO 41.040 m2

ARI-T4 TERCIARIO 8.880 m2

La supericie total de las Áreas de Reforma Interior con Ordenación Diferida propuestas es de 2.128.631 m².

B.2. El segundo grupo está formado por las “Áreas con Ordenación Pormenorizda” , que son las áreas territoriales sobre las que el Plan General establece las determinaciones de ordenación pormenorizada y completa.

Se delimita un solo Áreas de Reforma Interior Ordenada, en el Núcleo del Palmar de Troya:

- De Uso Global Residencial:

• ARI-O-R1

Los datos globales de las Áreas de Reforma Interior con Ordenación Pormenorizada en suelo urbano no consolidado propuestas por el presente Plan General son:

Los datos globales de las Áreas de Reforma Interior con Ordenación Diferida en suelo urbano no consolidado propuestas por el presente Plan General son:

ÁREAS DE REFORMA INTERIOR CON ORDENACIÓN DIFERIDA

DENOMINACIÓN USO GLOBAL SUPERFICIE

ARI-R1 RESIDENCIAL 21.639 m2

ARI-R2 RESIDENCIAL 28.590 m2

ARI-R3 RESIDENCIAL 57.051 m2

ARI-R4 RESIDENCIAL 89.534 m2

ARI-R5 RESIDENCIAL 8.700 m2

ARI-R6 RESIDENCIAL 2.437 m2

ARI-R7 RESIDENCIAL 4.385 m2

ARI-R8 RESIDENCIAL 3.158 m2

ARI-R9 RESIDENCIAL 6.550 m2

ARI-R10 RESIDENCIAL 33.035 m2

ARI-R11 La Pachequilla Norte RESIDENCIAL 100.226 m2

ARI-R12 El Comodoro RESIDENCIAL 188.814 m2

ARI-R13 Bencarrón RESIDENCIAL 205.646 m2

ARI-R14 El Poeta RESIDENCIAL 46.785 m2

ARI-R15 Don Pablo RESIDENCIAL 91.887 m2

ARI-R16 Los Rebolaos RESIDENCIAL 180.929 m2

ARI-R17 El Vicario RESIDENCIAL 227.009 m2

ARI-R18 La Herradera RESIDENCIAL 388.587 m2

ARI-I1 INDUSTRIAL 112.452 m2

• ARI-R10

• ARI-R11 La Pachequilla Norte

• ARI-R12 El Comodoro

• ARI-R13 Bencarrón

• ARI-R14 El Poeta

• ARI-R15 Don Pablo

• ARI-R16 Los Rebolaos

• ARI-R17 El Vicario

• ARI-R18 La Herradera

- De Uso Global Industrial:

• ARI-I1

• ARI-I2

• ARI-I3

• ARI-I4

- De Uso Global Terciario:

• ARI-T1

• ARI-T2

• ARI-T3

• ARI-T4

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26 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

En concreto, el Plan delimita 3 Sectores de Suelo Urbanizable Ordenado:

- De uso global Residencial:

• SUO-R1 (Proveniente del PGOU 2002). En el núcleo urbano de Utrera

• SUO-R2 (Proveniente del PGOU 2002). Guadalema de los Quinteros.

- De uso global Industrial:

• SUO-I1 (Proveniente de la Innovación nº 7 del PGOU 2002)

(Centro logístico. Área de Oportunidad POTAUS.)

Los datos globales de los Sectores de Suelo Urbanizable Ordenado propuestos por el presente Plan General son:

SUELO URBANIZABLE ORDENADO (SUO)

DENOMINACIÓN USO GLOBAL SUPERFICIE

SUO-R1 RESIDENCIAL 431.420 m2

SUO-R2 RESIDENCIAL 39.324 m2

SUO-I1 INDUSTRIAL 468.537 m2

La supericie total de los Sectores de Suelo Urbanizable Ordenado propuestos es de 939.281 m2.

La Revisión del PGOU 2015 de Utrera no clasiica ningún “nuevo” suelo como SUO.

El nuevo Plan identiica como Suelo Urbanizable una supericie de 6.480.758 m2.

2.5.4.1. EL SUELO URBANIZABLE CON DELIMITACIÓN DE SECTORES.

Constituye el suelo urbanizable con delimitación de sectores del presente Plan General, aquellos terrenos especíicamente así delimitados en los planos de Clasiicación en ámbitos concretos para su ordenación y ejecución integrada, que encontrándose en situación básica de suelo rural a los efectos del artículo 12 de la Ley de Suelo estatal, RDL 2/2008, deban ser objeto de actuaciones de transformación urbanística, y que contienen las determinaciones de ordenación precisas y suicientes para garantizar su adecuada inserción en el modelo urbano-territorial, formando parte necesaria de su estructura general, y que están destinados a absorber con suiciencia las necesidades de suelo urbanizado apto para la ediicación según las proyecciones, dimensiones y características del desarrollo urbano del municipio previstas durante la programación inicial del Plan General, que a estos efectos se considera de 16 años mediante su desarrollo directo o en virtud de de Planes Parciales.

La supericie total del Suelo Urbanizable con delimitación de sectores del Plan General de Ordenación Urbanística de Utrera es de 3.894.449 m2, y se subdivide en:

A. SUELO URBANIZABLE ORDENADO (SUO).

Es el suelo urbanizable con delimitación sectorial en el que el presente Plan General establece su ordenación pormenorizada completa para ser objeto de ejecución inmediata de una actuación de urbanización en los primeros años de las previsiones temporales del mismo por situarse colindante con la ciudad existente y contar con los servicios infraestructurales de conexión disponibles.

2.5.4. LA ORDENACIÓN DEL SUELO URBANIZABLE.

El Suelo Urbanizable que establece el Plan General de Utrera integra aquellos suelos que contando con aptitudes para ser transformados se integran en el modelo urbano-territorial adoptado. Forman parte necesaria de su estructura general los categorizados como Ordenados y Sectorizados, o pudiendo completarla, en el caso de los de categoría de No Sectorizado.

Están destinados a absorber las necesidades de suelo urbanizado apto para la ediicación según las proyecciones, dimensiones y características del desarrollo urbano del municipio de Utrera.

Los criterios que han determinado la incorporación de estos suelos a algunas de las categorías de suelo urbanizable son los siguientes:

· Objetivos y criterios de la ordenación.

· Volumen de la oferta de ediicación previsible de acuerdo a las necesidades y demandas del municipio y los límites establecidos en la Norma 45 del POTA.

· Desarrollo del Suelo Urbanizable del Plan vigente.

· Optimización de las infraestructuras.

· Estrategias respecto al crecimiento.

· Conectividad de los tejidos urbanos.

· Tendencias en la dinámica de localización y

· Aptitud de los terrenos.

ÁREAS DE REFORMA INTERIOR TRANSITORIAS

DENOMINACIÓN USO GLOBAL SUPERFICIE

ARI-(T)-R1 RESIDENCIAL 20.983 m2

ARI-(T)-R2 RESIDENCIAL 14.381 m2

ARI-(T)-R3 RESIDENCIAL 6.000 m2

ARI-(T)-R4 RESIDENCIAL 442.010 m2

ARI-(T)-I1 INDUSTRIAL 14.289 m2

ARI-(T)-I2 INDUSTRIAL 120.976 m2

ARI-(T)-I3 INDUSTRIAL 65.050 m2

La supericie total de las Áreas de Reforma Interior Transitorias propuestas es de 683.689 m2

C. SISTEMAS GENERALES ADSCRITOS AL SUNC

El Plan General también adscribe, a los efectos de su obtención por los distintos sectores y áreas del suelo urbano no consolidado, una serie de Sistemas Generales, cuya supericie asciende a 21.545 m2, a las distintas Áreas de Reparto del suelo urbano no consolidado.

Estos sistemas generales son los siguientes:

En el Área de Reparto AR 16, que contiene los suelos urbanos no consolidados S-SUNC-R3 y S-SUNC-R4

- Sistema General Viario:

• SGV-2.1 (7.776 m2)

- Sistema General Ferroviario:

• SGF-2 (13.769 m2)

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27DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

C. SUELO URBANIZABLE TRANSITORIO (SUT).

Es el suelo urbanizable derivado del planeamiento general anterior que a la entrada en vigor del presente Plan General cuenta con su ordenación y gestión completa, y está siendo objeto de una actuación urbanística de transformación que es asumida por este Plan General. Se delimita 1 Sector de suelo urbanizable de uso global residencial (SUT-R1), con una supericie de 82.125 m2.

SUELO URBANIZABLE TRANSITORIO (SUT)

DENOMINACIÓN USO GLOBAL SUPERFICIE

SUT-R1 RESIDENCIAL 82.125 m2

D. SISTEMAS GENERALES ADSCRITOS AL SUELO URBANIZABLE.

El Plan General también adscribe, a los efectos de su obtención por los distintos sectores del suelo urbanizable, una serie de sistemas generales, cuya supericie asciende a 160.006 m2, a las distintas Áreas de Reparto del suelo urbanizable sectorizado. Estos sistemas generales son los siguientes:

- En las Áreas de Reparto AR 1 y AR 2, que contiene los suelos urbanizables sectorizados SUS-I1, SUS-I2, SUS-I3 y SUS-I4:

Sistema General Equipamiento:

• SGEQ-4 (76.347 m2)

- En el Área de Reparto AR 4, que contiene los suelos urbanizables sectorizados SUS-T1 y SUS-T2:

Sistema General de Espacios Libres:

Los datos globales de los Sectores de suelo urbanizable sectorizado propuestos por el presente Plan General son:

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SUS)

DENOMINACIÓN USO GLOBAL SUPERFICIE

SUS-R1 RESIDENCIAL 214.752 m2

SUS-R2 RESIDENCIAL 100.150 m2

SUS-R3 RESIDENCIAL 159.335 m2

SUS-R4 RESIDENCIAL 300.132 m2

SUS-I1 INDUSTRIAL 484.562 m2

SUS-I2 INDUSTRIAL 546.393 m2

SUS-I3 INDUSTRIAL 361.683 m2

SUS-I4 INDUSTRIAL 294.158 m2

SUS-I5 INDUSTRIAL 30.363 m2

SUS-I6 INDUSTRIAL 28.201 m2

SUS-I7 INDUSTRIAL 15.860 m2

SUS-I8 INDUSTRIAL 12.978 m2

SUS-I9 INDUSTRIAL 16.826 m2

SUS-T1 TERCIARIO 159.778 m2

SUS-T2 TERCIARIO 147.802 m2

La supericie total de los Sectores de suelo urbanizable sectorizado propuestos es de 2.872.973 m2.

- De uso global Industrial:

• SUS-I1. (Proveniente de la Innovación nº 39 del PGOU 2002)

• SUS-I2.

• SUS-I3

• SUS-I4

• SUS-I5

• SUS-I6

• SUS-I7

• SUS-I8

• SUS-I9

- De uso global Terciario:

• SUS-T1

• SUS-T2

B. SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO (SUS).

Es el suelo que clasiicado como urbanizable por el presente Plan y contando con delimitación sectorial, debe ser objeto de una actuación de transformación urbanística mediante la previa formulación del correspondiente Plan Parcial, en la programación establecida.

Se delimitan un total de 15 Sectores de Suelo Urbanizable. Son las siguientes:

- De uso global Residencial:

• SUS-R1. (Proveniente del PGOU 2002). En el núcleo urbano de Utrera

• SUS-R2. (Proveniente del PGOU 2002). En el núcleo urbano de Utrera

• SUS-R3. (Proveniente del PGOU 2002). En el núcleo urbano de Utrera

• SUS-R4. (Proveniente de la Innovación nº 20 del PGOU 2002)

La Revisión del PGOU 2015 de Utrera no clasiica ningún “nuevo” suelo como SUS con uso global residencial. Es decir, no programa ningún crecimiento de viviendas en suelo urbanizable adicional al pendiente de desarrollo y ejecución del PGOU 2002.

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28 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

público, y con un grado de redotación de la ciudad existente, y de hibridación en la ciudad proyectada.

Por tanto los elementos estructurales, en su mayoría establecidos como Sistemas Generales por el PGOU, en materia de red viaria, ferroviaria, espacios libres, dotaciones e infraestructuras son los que deinen el nuevo modelo de ciudad, por supuesto junto con la distribución de los usos, las nuevas áreas, y las intervenciones en la ciudad consolidada consideradas de carácter prioritario.

2.5.5.1. LOS SISTEMAS GENERALES DE ESPACIOS LIBRES

La red de Sistemas Generales de Espacios Libres (SGEL) parte del reconocimiento de los ya existentes, que responden a tipologías y funcionalidades diferentes.

Cabe destacar por su dimensión y funcionalidad mixta el Parque de Consolación, parque dotado, que conforma un elemento de gran relevancia en la ciudad de Utrera, referencia en los últimos crecimientos residenciales de la ciudad. Además de esta pieza destacan otros elementos que conforman la red existente: es el caso del Parque de La Feria, Parque Huerta de la Vereda, Parque de los Remedios y las Plazas de Constitución y Altozano, consideradas por el presente Plan General como sistemas generales. Con esto queremos dejar constancia que la consideración de sistema general no puede quedar solo deinida por su dimensión, sino también por la función social que cumple.

También se ha de considerar, que hay espacios libres de carácter general que se obtuvieron por el desarrollo del Plan del 2002, pero que no llegaron a ejecutarse. Es por tanto misión del presente Plan darle una identidad, y a través de la gestión de este permitir su ejecución. Este es el ejemplo claro de los espacios vacios de Vistalegre, junto al complejo deportivo de mismo nombre.

Este plan considera actuaciones sobre espacios libres existentes, tal y como se

2.5.5. LA ORDENACIÓN DE LOS SISTEMAS GENERALES.

Como se ha indicado anteriormente, la construcción de un Modelo se deine en la búsqueda de una estructura general lógica que se apoye en principios fundamentales tales como:

1. El espacio libre como matriz de diseño de la ciudad que conforme una red continua y de articulación de las partes de la ciudad.

2. Generación de centralidades externas al centro histórico a través de la me-jora dotacional de barrios periféricos.

4. El concepto de la movilidad sostenible apoyado en una estructura viaria donde cada vez más el automóvil privado pase a un segundo plano.

6. La ordenación lógica de las grandes infraestructuras.

Por tanto se trata de trabajar con los elementos existentes, proyectados del plan anterior, terminando de coser con nuevas propuestas y nuevas fórmulas de gestión en las mismas áreas, otorgando un nuevo rol, dándoles una nueva funcionalidad.

El nuevo Plan General se orienta a la consecución de un modelo de ciudad donde la movilidad general dependa cada vez menos de los medio motorizado privados, y donde el sistema de los espacios públicos, los equipamientos y los nodos de centralidad públicos sean accesibles para todos los ciudadanos. Un modelo donde la accesibilidad del ciudadano quede articulada sobre ejes que conformen una malla de continuidad para el peatón, la bicicleta, el transporte

• SUNS-8

• SUNS-9

• SUNS-10

• SUNS-11

Los datos globales de los suelos urbanizables no sectorizados propuestos por el presente Plan General son:

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO (SUNS)

DENOMINACIÓN SUPERFICIE

SUNS-1 261.738 m2

SUNS-2 709.376 m2

SUNS-3 290.010 m2

SUNS-4 285.708 m2

SUNS-5 171.728 m2

SUNS-6 433.472 m2

SUNS-7 251.468 m2

SUNS-8 29.465 m2

SUNS-9 25.684 m2

SUNS-10 104.985 m2

SUNS-11 22.675 m2

La supericie total de los suelos urbanizables no sectorizados propuestos es de 2.586.309 m2.

• SGEL-1 (69.978 m2)

- En el Área de Reparto AR 7, que contiene los suelos urbanizables sectorizados SUS-I5, SUS-I6, SUS-I7, SUS-I8 y SUS-I9:

Sistema General de Espacios Libres:

• SGEL-11 (13.681 m2).

2.5.4.2. EL SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO.

El Suelo Urbanizable no Sectorizado, viene a ser “la reserva de suelo” que, en ciertas zonas con aptitudes, establece el Plan, en previsión de los largos periodos normalmente requeridos para la urbanización del suelo desde la clasiicación de éste, a in de que pueda satisfacerse principalmente las demandas que puedan presentarse.

Son los siguientes ámbitos:

• SUNS-1

• SUNS-2

• SUNS-3

• SUNS-4

• SUNS-5

• SUNS-6

• SUNS-7

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29DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

2.5.5.3. LOS SISTEMAS GENERALES DE EQUIPAMIENTOS.

Los equipamientos constituyen un sistema de gran incidencia en la funcionalidad urbana, siendo piezas fundamentales de la cohesión y equilibrio social.

Los equipamientos representan un espacio común que sirve también para la conectividad, formando una red de espacios de consumo colectivo donde se desarrollan actividades simbólicas, culturales y de necesidades básicas. Por ello reservar suelo dotacional para grandes equipamientos es un papel fundamental para el cumplimiento del objetivo básico del presente Plan General de componer una sociedad articulada y equilibrada, a través de un proyecto de ciudad compartido por la mayoría cívica. Se trata de aportar un nivel de calidad que garantice el mantenimiento de la cohesión social a la vez que sea fuente de innovación, cultura y de riqueza social. Es por ello que se muestra la necesidad de reconsiderar la misión de los equipamientos colectivos como base de una estrategia de recualiicación urbana.

En el caso de los equipamientos, la articulación se mide bajo otros parámetros; especialización o categoría, concentración relativa, niveles de equipamientos y localización en el territorio de múltiples piezas.

La red de Sistemas Generales de Equipamientos del Núcleo de Utrera queda conformada por los siguientes:

SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTOS EXISTENTES

SGEQ-S-1 Cementerio

SGEQ-S-2 Estación de Autobuses

SGEQ-S-3 Policia Local

SGEQ-S-4 Plaza de Abastos

SGEL-15 Parque Este 2- Pinzón 12.174,05

La supericie total de la red de Sistemas Generales de Espacios libres del núcleo de Pinzón es de 86.285 m²s.

SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES EXISTENTES 

SG-PU-14 Parque Noreste - Trajano 33.210,17

SG-PU-15 Parque Sur - Trajano 17.213,28

SG-PU-16 Parque Oeste - Trajano 13.733,06

SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES PROPUESTOS 

SGEL-16 Ampliación Parque Noreste - Trajano 8.531,62

La supericie total de la red de Sistemas Generales de Espacios libres del núcleo de Trajano es de 72.688 m²s.

SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES EXISTENTES 

SG-PU-17 Parque Este - Guadalema de los Quinteros 44.444,01

SG-PU-18 Parque Sur - Guadalema de los Quinteros 18.738,21

SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES PROPUESTOS 

SGEL-17 Parque Mudapelo - Guadalema de los Quinteros 2.580,48

La supericie total de la red de Sistemas Generales de Espacios libres del núcleo de Guadalema de los Quinteros es de 65.762 m²s.

SGEL-6 Parque Vistalegre 358.650,00

SGEL-7 Parque Antiguo Cauce Calzas Anchas

SGEL-8 Parque Lineal A-349 - Tramo 1 10.810,00

SGEL-9 Parque Lineal A-349 - Tramo 2 19.000,00

SGEL-10 Parque Lineal A-349 - Tramo 3 11.810,00

La supericie total de la red de Sistemas Generales de Espacios libres del núcleo de Utrera es de 633.467 m²s.

SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES EXISTENTES 

SG-PU-9 Parque Recinto Ferial - El Palmar de Troya 10.854,10

SG-PU-10

Parque Canal Grande - El Palmar de Troya 6.754,76

SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES PROPUESTOS 

SGEL-11 Ampliación Parque Recinto Ferial - El Palmar de Troya 13.681,72

SGEL-12 Parque Área Industrial Oeste - El Palmar de Troya 3.646,51

SGEL-13 Parque Canal Grande - El Palmar de Troya 6.501,24

La supericie total de la red de Sistemas Generales de Espacios libres del núcleo de El Palmar de Troya es de 41.438 m²s.

SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES EXISTENTES 

SG-PU-11 Parque de Pinzón 38.413,96

SG-PU-12 Paruqe junto al Campo de Fútbol - Pinzón 12.935,78

SG-PU-13 Parque junto al Polígono Industrial - Pinzón 12.153,19

SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES PROPUESTOS 

SGEL-14 Parque Este 1 - Pinzón 10.608,22

justiica en la memoria económica. Así mismo el Plan propone nuevos sistemas generales de espacios libres, amparados en los principios que se han descrito anteriormente provocando el reequilibrio dotacional de la ciudad.

La red de sistemas generales de espacios libres de Utrera queda conformada por los siguientes:

SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES EXISTENTES 

SG-PU-1 Parque urbano Los Remedios 19.872,80

SG-PU-2 Parque Cristo de los Aligidos-Fuente de los 8 Caños 17.159,15

SG-PU-3 Parque urbano del Muro 4.176,68

SG-PU-4 Parque Vistalegre 1 44.235,28

SG-PU-5 Parque Vistalegre 2 26.531,17

SG-PU-6 Parque Huerta la Vereda 17.083,98

SG-PU-7 Parque de la Consolación 32.424,59

SG-PU-8 Parque del V Centenario 120.661,88

SG-PL-1 Plaza de la Constitución 1.215,88

SG-PL-2 Plaza del Altozano 2.152,79

SG-EP-1 Avenida Cuesta del Merendero 8.883,48

SG-EP-2 Recinto Ferial 59.898,08

SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES PROPUESTOS 

SGEL-1 Parque Arroyo del Moro 69.978,80

SGEL-2 Parque junto al cementerio 29.840,67

SGEL-3 Parque Fontanilla 25.316,27

SGEL-4 Parque Cañada Real 30.765,85

SGEL-5 Parque Anillo Sur 23.000,40

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30 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

La red de Sistemas Generales de Equipamientos del Núcleo de Trajano queda conformada por los siguientes:

SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTOS PROPUESTOS SGEQ-6 Nuevo Campo de Fútbol - Trajano 18.464,65

2.5.5.3. LOS SISTEMAS GENERALES INFRAESTRUCTURALES.

Los elementos estructurantes que conforman la matriz del Modelo Urbano se completa con los Sistemas Generales Infraestructurales, tales como Sistemas Generales Viarios, Sistemas Generales Ferroviarios, y Sistemas Generales de infraestructuras urbanas.

SISTEMA GENERAL FERROVIARIO EXISTENTE

Nomenclatura en plano Nombre

SGF-E-1 Estación Renfe

SISTEMA GENERAL FERROVIARIO PROPUESTO

SGF-2 Apeadoero Norte

En el núcleo de Utrera:

SISTEMA VIARIO NIVEL TERRITORIAL

Nomenclatura en plano

Nombre

A-376 Autovía Sevilla-Utrera y acceso desde Sevilla

A-394 Travesía y accesos desde Carretera Ecija-Jerez

A-362 Acceso de los Palacios y Villafranca

A-8030 Acceso de la carretera de las Alcantarillas

La red de Sistemas Generales de Equipamientos del Núcleo de El Palmar de Troya queda conformada por los siguientes:

SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTOS EXISTENTES

SGEQ-S-28

Consultorio Médico

Hogar del Pensionista

Correos  

SGEQ-S-29 Centro Cultural

SGEQ-S-30 Recinto Ferial

SGEQ-D-8 Polideportivo

SGEQ-E-8 I.E.S Torre del Águila

SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTOS PROPUESTOS

SGEQ-7 Cementerio Palmar de Troya 20.000

La red de Sistemas Generales de Equipamientos del Núcleo de Pinzón queda conformada por los siguientes:

SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTOS EXISTENTES

SGEQ-S-31 Iglesia

SGEQ-D-9 Campo de Fútbol

La red de Sistemas Generales de Equipamientos del Núcleo de Guadalema de los Quinteros queda conformada por los siguientes:

SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTOS EXISTENTES

SGEQ-S-32 Iglesia

SGEQ-D-10 Campo de Fútbol

SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTOS EXISTENTES (cont.)

SG-D-2 Campo de Fútbol

SG-D-3 Estadio de Fútbol Municipal

SG-D-4 Piscina Municipal

SG-D-5 Campo de Fútbol San Juan Bosco

SG-D-6Complejo Deportivo junto a Parque del V Centenario

SG-D-7 Campo de Fútbol Barriada el Tinte

SG-E-1 Escuela Infantil La Fuente

SG-E-2 Centro de Educación Especial “Maruja de Quinta”

SG-E-3 Colegio Salesiano

SG-E-4 I.E.S José María Infantes

SG-E-5 I.E.S Ruiz Gijón

SG-E-6 I.E.S Ponce de León

SG-E-7 I.E.S Virgen de Consolación

SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTOS PROPUESTOS

SGEQ-1 Ampliación del cementerio 20.651

SGEQ-2 Equipamiento en Barriada Fontanilla 18.364

SGEQ-3 Equipamiento C/Bergantín - Avda. Matadero 9.790

SGEQ-4 Equipamiento Vistalegre 76.372

SGEQ-5 Silo Grande

SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTOS EXISTENTES (cont.)

SGEQ-S-5 Castillo Auditorio

SGEQ-S-6 Convento Madres Carmelitas

SGEQ-S-7 Iglesia de Santiago Mayor

SGEQ-S-8 Delegación de Hacienda

SGEQ-S-9 Casa de la Cultura

SGEQ-S-10 Parroquia Santa María de la Mesa

SGEQ-S-11 Equipamiento en el Tinte

SGEQ-S-12 Centro Hospitalario Alta Resolución

SGEQ-S-13 Equipamiento en C/ Matadero

SGEQ-S-14 Iglesia San José

SGEQ-S-15 Biblioteca

SGEQ-S-16 Teatro Municipal

SGEQ-S-17 Ayuntamiento

SGEQ-S-18 Equipamiento en Mª Auxiliadora 9

SGEQ-S-19 Ambulatorio

SGEQ-S-20 Juzgados

SGEQ-S-21 Cruz Roja - Bomberos

SGEQ-S-22 Equipamientos en el Merendero

SGEQ-S-23 Hogar del Pensionista

SGEQ-S-24 Centro de Salud

SGEQ-S-25 Plaza de Toros

SGEQ-S-26 Santuario de Nuestra Señora de Consolación

SGEQ-S-27Equipamiento Ronda Norte - Ruedos de Consolación

SG-D-1 Barriada de la Renfe

APROBADO POR EL PLENO DE LACORPORACIÓN EN SESIÓN ORDINARIA

CELEBRADA EN UTRERA A JUEVES 16 DEABRIL DE 2015

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31DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

SISTEMA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS PROPUESTAS

SGI-14 E.D.A.R SUC

SGI-15 E.B.A.R SUC

En el núcleo de Guadalema de los Quinteros:

SISTEMA VIARIO NIVEL TERRITORIAL

Nomenclatura en plano

Nombre

SE-9014 Conexión con N-IV

SISTEMA VIARIO URBANO

Viario intermedio de conexión urbana

SGV-G1 Calle Eladio del Río

SGV-G2 Calle Malvaloca

SISTEMA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES

Nomenclatura en plano Nombre Suelo en el que se ubica

- - -

SISTEMA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS PROPUESTAS

SGI-18 E.D.A.R. SNU

SISTEMA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES

Nomenclatura en plano Nombre Suelo en el que se ubica

SGI-11 Depósito de agua SUC

SISTEMA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS PROPUESTAS

SGI-12 E.D.A.R. SNU

En el núcleo de Pinzón:

SISTEMA VIARIO NIVEL TERRITORIAL

Nomenclatura en plano

Nombre

SE-9009 Carretera hacia Los Chapatales-Los Palacios y Villafranca

SISTEMA VIARIO URBANO

Viario intermedio de conexión urbana

VLE-P1 Viario local estructurante calle la Rambla

VLE-P2 Viario local estructurante calle del Andén

VLE-P3 Viario local estructurante Ronda norte

VLE-P4 Viario local estructurante Ronda oeste

VLE-P5 Viario local estructurante Ronda Sur

VLE-P6 Viario local estructurante Ronda Sur-este

SISTEMA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES

Nomenclatura en plano Nombre Suelo en el que se ubica

SGI-13 Depósito de agua SUC

SISTEMA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES

Nomenclatura en plano Nombre Suelo en el que se ubica

SGI-1 E.D.A.R. SNU

SGI-2 Subestación eléctrica SUC

SGI-3 Depósito de agua SUC

SGI-4 Subestación eléctrica SUC

SGI-5 Depósito de agua SUC

SGI-6 Punto limpio SUC

SGI-7 Subestación eléctrica SUC

SGI-8 E.B.A.R SNU

SISTEMA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS PROPUESTAS

SGI-9 Subestación eléctrica SUO-I1

SGI-10 Nuevos depósitos SNU

En el núcleo de El Palmar de Troya:

SISTEMA VIARIO NIVEL TERRITORIAL

Nomenclatura en plano

Nombre

A-394 Travesía y accesos desde Carretera Ecija-Jerez

SE-9014 Carretera a Guadalema

SISTEMA VIARIO URBANO

Viario principal de conexión urbana

SGV-P1 Sistema general viario Avenida de Cádiz

SGV-P2 Sistema general viario Avenida de Utrera

A-8100 Acceso de Carmona

En Proyecto Propuesta de variante este a A-394

SVE-1 Sistema Viario Enlace a A-376

SISTEMA VIARIO URBANO

Nomenclatura en plano

Nombre

Viario principal de conexión urbana

SGV-1 Sistema general viario Rondas norte, este y sur

SGV-2 Sistema general viario Ronda supra noreste

Viario intermedio de conexión urbana

VLE-1 Viario local estructurante ronda oeste y ronda super norte

Viario Primer nivel urbano

SGV-3 Sistema general viario Avenida General Giráldez

SGV-4 Sistema general viario carretera Los Palacios

SGV-5Sistema general viario Avda. La Fontanilla-Avda. Los Palacios

SGV-6 Sistema general viario Barriada el Tinte

SGV-7Sistema general viario continuidad A-8030 hasta C/ Los Puertos

SGV-8 Sistema general viario travesía A-394 interior a Utrera

SGV-9 Sistema general viario Avenida Portugal-Avda. Juan XXIII

SGV-10 Sistema general viario Avda. Mª Auxiliadora-San Juan Bosco

SGV-11Sistema general viario Avda. La Correder hasta Cristo Aligidos

SGV-12 Sistema general viario Ctra. Utrera-Carmona

APROBADO POR EL PLENO DE LACORPORACIÓN EN SESIÓN ORDINARIA

CELEBRADA EN UTRERA A JUEVES 16 DEABRIL DE 2015

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32 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

• La preservación de terrenos destinados a los usos agropecuarios, y que han tenido históricamente una importante función en la actividad productiva del municipio. De igual modo se han tenido en cuenta en la asignación de la clase de Suelo No Urbanizable, las siguientes circunstancias:

- Su pertenencia al dominio público natural o en su caso, las limitaciones que derivan de su colindancia con el mismo, cuando el régimen jurídico demanda la preservación de sus características para asegurar su integridad. Es el caso principalmente de los terrenos del dominio público hidráulico y de sus afecciones.

- La salvaguarda de la integridad y funcionalidad de las infraestructuras existentes y previstas.

- Asegurar el mantenimiento de las funciones naturales y de vertebración territorial de determinados terrenos de suelo no urbanizable.

La inadecuación para el desarrollo urbanístico de determinados terrenos atendiendo: a razones relacionadas con localizaciones incoherentes con la ordenación estructural, a las directrices establecidas en la planiicación territorial, a la presencia de riesgos y a razones de sostenibilidad y racionalidad en la utilización de los recursos naturales.

Se incorporan en esta categoría, los siguientes ámbitos:

A. SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCIÓN POR LEGISLACIÓN ESPECÍFICA.

SNU-EP-LE Sistemas Territoriales.

del proceso de desarrollo urbano, bien con medidas de protección tendentes a evitar la transformación degradante de la naturaleza y destino rústico que lo caracteriza, o bien con medidas de potenciación y regeneración para la mejora de sus condiciones de aprovechamiento integrado. En la labor de identiicación de los terrenos que deben clasiicarse como Suelo No Urbanizable, se han tenido presente las conclusiones del estudio del medio físico y de impacto ambiental, que han puesto de relieve:

• El carácter funcional de este espacio en la actividad agropecuaria, en su vertiente articuladora del medio rural y su capacidad de organización conforme a los sistemas de explotación que hoy se utilizan.

• El carácter que coniere a la sociedad el estado actual y evolutivo del paisaje, diferenciando aquellos de alta calidad y valor de la fragilidad frente a actuaciones en esta clase de suelo.

• La fragmentación de los hábitats se ha convertido en una de las principales causas de pérdida de biodiversidad en Andalucía. El desarrollo urbanístico, las nuevas infraestructuras de comunicación o la degradación de hábitats de interés están deteriorando la calidad ecológica y paisajística del entorno inmediato. De ahí que la funcionalidad de la infraestructura verde en el territorio no dependa únicamente de la existencia de espacios (hábitats) bien conservados, sino de que la conectividad ecológica entre los mismos sea adecuada (Mallarach i Carrere. 2005).

• La presencia de importantes elementos naturales en el término municipal que debe asegurarse su preservación tanto en cuanto que portadores de valores naturales, ambientales, territoriales y paisajísticos intrínsecos, como por su función de preservación de riesgos naturales.

2.5.5. LA ORDENACIÓN DEL SUELO NO URBANIZABLE.

La creciente concienciación sobre el entorno rural como espacio donde mejor se desarrolla la actividad medioambiental constituye hoy un derecho colectivo de los ciudadanos y, además, una necesidad y una responsabilidad social en cuanto a las Administraciones Públicas.

Por tanto, la regulación del Suelo No Urbanizable debe ser hoy reajustada a los nuevos enfoques y requerimientos actuales y no sólo como mejor garantía de la protección, sino también para alcanzar dos objetivos que hoy parecen ser el centro de la demanda ciudadana en materia ambiental, a saber: la utilización positiva de los espacios naturales cuando es compatible con su conservación y restauración, con el requerimiento de que las actividades que se desarrollen en ellos estén dominadas por el concepto de la sostenibilidad; y la incorporación de los elementos y espacios naturales a la ordenación integral del territorio y a través de ésta su aprehensión como espacios de la ciudad.

En congruencia en respuesta a las reivindicaciones sociales, el nuevo Plan pretende desarrollar para el Suelo No Urbanizable una idea positiva, oponiéndose a la frecuente desnaturalización o debilitamiento de la potestad administrativa de ordenación y de planeamiento en esta clase de suelo. Por tanto, el nuevo Plan General concibe el Suelo No Urbanizable como un territorio que, aún siendo ciertamente excluido del proceso urbanizador, puede y debe cumplir funciones y actividades de relieve, que deben ser explicitadas, reguladas y ordenadas. Por el último, la voluntad de seguir conservando los usos agropecuarios que han tenido históricamente una importante función en la actividad productiva del municipio es otro de los criterios que inspiran la propuesta inicial de suelo no urbanizable realizada en este documento.

Para el nuevo Plan General, el Suelo No Urbanizable está integrado por aquellas áreas del territorio municipal que deben ser activamente preservadas

En el núcleo de Trajano:

SISTEMA VIARIO NIVEL TERRITORIAL

Nomenclatura en plano

Nombre

SE-428 Conexión con A-471

SISTEMA VIARIO URBANO

Viario intermedio de conexión urbana

SGV-T Ronda del Rocío

SISTEMA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES

Nomenclatura en plano Nombre Suelo en el que se ubica

SGI-16 Depósito de agua SUC

SISTEMA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS PROPUESTAS

SGI-17 E.D.A.R. SNU

APROBADO POR EL PLENO DE LACORPORACIÓN EN SESIÓN ORDINARIA

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33DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

establecida por la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y ampliada hasta la totalidad de los terrenos incluidos en el LIC. ES6180001 a efectos de normativa.

En 2002, el Paraje Natural fue designado, por la importante diversidad de aves presente en el espacio, como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), por cumplir los criterios establecidos en la entonces vigente Directiva 79/409/CEE, de 2 de abril, relativa a la conservación de las aves silvestres (derogada por la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009 relativa a la conservación de las aves silvestres). En consecuencia, forma parte de la Red Ecológica Europea Natura 2000. Además, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de diciembre de 2005, el Paraje Natural Brazo del Este ha sido incluido en la lista de Humedales de Importancia Internacional, conforme al «Convenio relativo a Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas», elaborado en Ramsar el 2 de febrero de 1971.

Por Decreto 198/2008, de 6 de mayo, se aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Paraje Natural y se amplió el ámbito territorial del mismo en sus límites norte, este y sur, de conformidad con el artículo 4.2 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, mediante la inclusión de terrenos colindantes pertenecientes al dominio público marítimo-terrestre que reunían características ecológicas adecuadas para ello. Estas zonas ampliadas albergan el mismo tipo de hábitat y las mismas especies que el resto del espacio natural protegido, por lo que resulta coherente clasiicar igualmente estas zonas ampliadas como ZEPA.

Presenta valores ecológicos como hábitat para la fauna en especial para las aves que alcanzan algunas poblaciones un número elevado (morito común, avetoro, cigüeña negra, aguilucho lagunero occidental, martinete y calamón, entre otras). Por su localización en las marismas del Guadalquivir, el Brazo del

preservación del medio ambiente natural, así como las actividades forestales y ganaderas.

SNU-EP-LE Red Natura 2000.

Se corresponde con los terrenos incluidos en la Red Natura 2000 relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y lora silvestres, conforme a la Directiva Hábitats, la Red Natura 2000. Estos espacios son la red ecológica europea coherente de zonas especiales de conservación compuesta por los lugares que alberguen tipos de hábitats naturales que iguran en el Anexo I (de la Directiva) y de hábitats de especies que iguran en el Anexo II. Se establece como objetivo de la ordenación garantizar el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los tipos de hábitats naturales y de los hábitats de las especies de que se trate en su área de distribución natural.

El Brazo del Este ES0000272, el complejo endorreico ES6180001 y los arroyos Salado y Santiago ES180014 y ES180007 respectivamente son los hábitats que el Plan reconoce en esta subcategoría.

A efectos de establecimiento de usos característicos y autorizables, se establecen aquellos compatibles con la conservación de estos hábitats.

SNU-EP-LE Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía.

Se corresponde con los terrenos adscritos a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía. Se distinguen dos espacios, el Paraje Natural Brazo del Este y la Reserva Natural Complejo Endorreico.

La delimitación del Paraje Natural Brazo del Este es coincidente con la

Administración competente. Son objetivos de la ordenación, la conservación y restauración de los cauces y de la vegetación de ribera así como de las formaciones vegetales potenciales que contribuyan a la estabilización de los cursos luviales. A efectos de establecimiento de usos característicos y autorizables, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas y su desarrollo reglamentario y el uso público de ocio y esparcimiento compatible con la conservación-regeneración de los cursos luviales.

SNU-EP-LE-. Inluencia costera del Brazo del Este.

Se incluye en esta subcategoría de suelo no urbanizable los terrenos pertenecientes al Dominio Público Marítimo-Terrestre salvo que esté incluido en el ámbito del Paraje Natural Brazo del Este. Es objetivo de ordenación en esta subcategoría: preservar los espacios de inluencia costera de valor ambiental de cualquier proceso de urbanización y de usos inadecuados y asegurar su integridad y adecuada conservación, contribuyendo a mejorar las condiciones ambientales el término municipal, y fomentar el uso naturalístico y recreativo de estos espacios. Se establecen como usos característicos: los de conservación, regeneración y restauración, así como el uso público de ocio y esparcimiento. Son usos autorizables: los permitidos por la Ley 22/1988, de 28 de julio de Costas y su desarrollo reglamentario.

SNU-EP-LE Montes de Dominio Público.

Se corresponde con los terrenos del Monte Público denominado Corona Rústica del Embalse de Torre del Águila, adscrito en la actualidad a la Confederación Hidrográica del Guadalquivir con el código SE-60009-EP. Es objetivo de la ordenación preservar este espacio de valor ambiental, sin perjuicio de la servidumbre del propio embalse. Son usos característicos las actividades relacionadas con los objetivos de conservación, mantenimiento y

En esta subcategoría quedan recogidas las infraestructuras de comunicación de carreteras, ferrocarril y pasillos de red eléctrica; con el objetivo de la salvaguarda de su integridad y funcionalidad de las existentes y previstas.

La regulación de usos de las infraestructuras están sujetas en las respectivas normativas de aplicación en cada una de ellas.

SNU-EP-LE-02. Vías Pecuarias.

Se integran en esta subcategoría los terrenos pertenecientes al dominio público víapecuario recogidos en el Proyecto de Clasiicación así como los trazados alternativos o modiicaciones provocados por el planeamiento vigente. Al margen del objetivo general de ordenación que persigue garantizar su conservación y mantenimiento por sus valores naturales, paisajísticos, recreativos y sociales, las vías pecuarias formarán parte de la naturaleza urbana como parte de integrada del campo a la nueva ciudad. Se persigue su preservación funcional, demanial y de los valores naturales contenidos o enlazados por la red pecuaria, coadyuvando a la actividad agropecuaria y al metabolismo social urbano, el uso público recreativo compatible, y su capacidad de contacto entre el espacio urbano y el entorno natural, de forma que se mantenga e incremente el contacto social con la naturaleza. A efectos de establecimiento de usos característicos y autorizables se asume lo dispuesto en la Ley 3/1.995 de23 de Marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Ley autonómica 17/1999, de 28 de Diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.

SNU-EP-LE. Dominio Público Hidráulico. Cauces y Riberas Fluviales.

En esta subcategoría quedan integrados todos los cursos luviales municipales susceptibles de ser deslindados como Dominio Público Hidráulico por la

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34 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

la Biodiversidad, cualquier actuación que pueda afectar al Reserva Natural, se someterá a una adecuada evaluación de sus repercusiones sobre el lugar. El procedimiento será el establecido por la Ley 7/2007, de9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, o norma que la sustituya.

SNU-EP-LE Red Bienes de Interés Cultural.

Se incluyen en esta categoría todos aquellos Bienes de Interés Cultural declarados que se encuentren en esta clase de suelo.

La delimitación de estos elementos es coincidente el acto de declaración, donde no es posible el desarrollo de ningún uso salvo el dirigido al estudio y protección del bien. Se trata de suelo de especial protección por su contenido en patrimonio histórico, y el objetivo del Plan es preservarlo de actividades no deseadas, así como coadyuvar a su puesta en valor.

B. SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCIÓN POR PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA.

SNU-EP-PTU. Espacios Agrarios de Interés.

Son suelos situados al oeste del núcleo urbano adscritos en a los suelos Cuaternarios de marisma, surcados por una compleja red de infraestructuras de regadío. El arroz, algodón y otras gramíneas son los principales cultivos anuales de este espacio.

En consonancia con lo establecido en el Plan de Ordenación del Territorio de la aglomeración urbana de Sevilla, los objetivos que se plantea el Plan General para estos suelos son la preservación del valor agrologico de los suelos y la

Este actúa como punto de descanso en la escala migratoria de aves y como hábitat alternativo a las especies existentes en el Parque Nacional de Doñana, cuando las condiciones en este espacio son desfavorables, especialmente en verano.

Son objetivos de la ordenación, la conservación y, en su caso, restauración de los diferentes elementos que han motivado su protección por legislación especíica. Son usos característicos los que se determinen en el PORN.

La delimitación de la Reserva Natural Complejo Endorreico de Utrera es coincidente con la establecida por la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y ampliada hasta la totalidad de los terrenos incluidos en el LIC. ES6180001 a efectos de normativa.

Su marcado carácter estacional hace que dependan de los aportes directos de las lluvias, por lo que suelen secarse en los periodos estivales o de sequía continuada. El complejo endorreico posee alto valor ecológico para la avifauna, ya que constituye un punto clave para el mantenimiento, reproducción y descanso durante las migraciones de numerosas especies de aves acuáticas. Además, su posición geográica, próxima a las marismas del Guadalquivir, lo convierte en hábitat alternativo, junto con el cercano Embalse de Torre del Águila, que constituye otro importante enclave de interés faunístico. Son objetivos de la ordenación preservar los espacios los espacios de mayor valor ambiental del término de conformidad con el PORN.

Son usos característicos las condiciones que regule el correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, aprobado por el Decreto 419/2000, de 7 de noviembre, y las actividades relacionadas con los objetivos de conservación, mantenimiento y preservación del medioambiente natural. De acuerdo con lo establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de

Ordenación del suelo no urbanizable.

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35DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

• Obras de mejora, deslinde, clasiicación y recuperación de la totalidad de vías pecuarias, caminos y pistas agrarias.

• Inventario existente y focos de contaminación de aguas subterráneas. Control de los mecanismos de depuración de las actividades agrarias e industriales, así como de vertidos incontrolados.

• Disponibilidad de agua para abastecimiento, tanto para usos agrarios como para otros usos, deiniendo zona de protección de acuíferos con identiicación de elementos de impacto y medidas correctoras a los mismos.

C. SUELO NO URBANIZABLE DE CARÁCTER NATURAL RURAL.

SNU-NR Tierras de Alcor.

Los terrenos adscritos a esta subcategorías se localizan en la zona norte del término municipal, en la unidad ambiental denominada Campiña con predominio tradicionalmente del olivar.

Se trata de un espacio con un importante valor agrícola, que en los últimos 40 años se ha ido degradando por el desarrollo de más de 50 parcelaciones urbanísticas con alrededor de 2500 viviendas, además de otros cientos de ediicaciones dispersas por todo su ámbito.

Por lo tanto, se establece como objetivo principal, el tratar de frenar la expansión urbanizadora y ediicatoria ilegal, manteniendo y recuperando, en lo posible, su destino agropecuario.

A tal in se dispone como usos característicos, las actividades agrícolas, y las actividades relacionadas con los objetivos de conservación, mantenimiento

pequeñas manchas de vegetación perilacustre (eneas, juncos, carrizos, etc.). La fauna acuática ha desaparecido casi totalmente.

SNU-EP-PTU Recursos paisajísticos y forestales.

El PGOU contempla la protección de los recursos que conieren carácter al paisaje como la topografía cualiicada, masas forestales o elementos relevantes., quedando preservados en su conjunto todas aquellas vistas singulares de alto valor paisajístico estando localizadas en los siguientes parajes: Los Granadillos, Portaceli, Buena Vista, La Indiana, La Romana, Doña Jacinta Baja. Además se incluyen en este tipo de protección la topografía por encima de la cota 100, las zonas forestales de interés en el sur del término.

Como medidas de protección para todos los espacios naturales catalogados en los distintos inventarios, planes, etc., se establece una zona de protección de 500 m a partir de la línea de máximo embalse, salvo para el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Complejo Endorreico de Utrera, que establece una Zona Periférica de Protección especíica.

Además para el alcornocal situado en la inca de Don Ismael y la masas forestal Pinar de Doña, no se permitirá ningún tipo de instalación ija o construcciones permanentes que no esté justiicadas por la naturaleza o destino de la inca y no exista posibilidad de ubicación fuera de esta categoría de suelo.

Contempla también el PGOU, para su primer cuatrienio de vigencia, la aprobación del Plan Especial de Mejora del Medio Rural en las que se acometen una serie de actuaciones que redundarán en beneicio del Medio Ambiente, como:

• Limpieza y restauración de áreas degradadas, basureros y pequeñas canteras.

complejo endorreico de las Peñuelas, Guadalema, Las Capellanías, La Ventosilla y El Carmen; las cuencas vertientes de estas y del complejo endorreico además de la salina de Valcargado.

Lagunas aunque no forman parte del Complejo Endorreico de Utrera, se podría considerar que tienen características muy similares, en cuanto a formación, lora y fauna, ya que se encuentran relativamente cercano a éste y cumple la misma función de áreas de reproducción y descanso durante las migraciones de las numerosas especies de aves acuáticas que las utilizan como hábitat complementario o alternativo a los humedales de Doñana.

Los objetivos especíicos que se persiguen con la protección de las lagunas, las cuencas vertientes y la salina son la conservación del sistema lagunar incluida el vaso del que depende su llenado como partes relacionadas con el complejo lagunar de Lebrija en la zona de contacto de la marisma con las primeras estribaciones de la sierra sur de Sevilla.

Además es objetivo de este Plan General recuperar el estado natural de las mismas, prohibiendo de todo tipo obra, construcción o instalación que conlleve el drenado artiicial de las mismas así como ordenando la remoción de las existentes, de forma que se restituya el primigenio estado alterado por la intervención de los propietarios de los suelos.

Por su parte la salina del Valcargado drenada por el arroyo de la Salina, es una zona húmeda transformada, situada en la parte sur del término, cerca del Embalse Torre del Águila, tiene una topografía alomada y se encuentran a unos 60 m de altitud. El sustrato lo conforman, depósitos de margas, arcillas, yesos, etc., de textura arcillosa y vocación agrícola con limitaciones (salinidad y drenaje deiciente).

La vegetación ha sido reemplazada por cultivos agrícolas, restando sólo

integridad de la expoliación agraria, el mantenimiento de la actividad agraria en condiciones de sostenibilidad ambiental y económica, la reutilización de las infraestructuras hidráulicas, la diversiicación de la base económica y el mantenimiento de la vegetación y fauna que sustenta, recuperando su elevado interés ambiental, evitando los riesgos de erosión y de pérdida de biodiversidad.

Por los mismos motivos expuestos, el Plan amplía la protección a los terrenos terciarios contiguos a las marismas que en la actualidad se encuentran en regadío, con ellos se incluyen las infraestructuras del sistema de regadíos en funcionamiento.

SNU-EP-PTU Sistema Hidrológico.

Se corresponde con los terrenos delimitados por el Plan de Ordenación Territorial de la aglomeración urbana de Sevilla que persigue objetivos generales de carácter ambiental sobre la preservación de los recursos ligados al sistema hidrológico, esto son los arroyos, los acuíferos y los embalse y cuencas alimentadoras.

Ocupa un amplio espacio al sureste del término municipal, abarcando desde la cerrada del embalse de Torre del águila hasta el límite con Morón de la Frontera.

Al margen de la protección ambiental, se establece como objetivo el uso y disfrute de estos espacios de la ciudadanía y asegurar la correcta evacuación de las aguas evitando los riesgos de inundación de las actuaciones que allí se implanten.

SNU-EP-PTU. Lagunas y cuencas vertientes.

Se adscribe a esta subcategoría los terrenos de las lagunas excluidas del

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36 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

• Arroyo del Búho.

• Los Alcornocalillos.

• La Minilla.

• La Romana Margen Izquierda y Derecha 1 y 2.

• El Mulero 1, 2, 3 y 4.

• Las Alcantarillas.

• Arroyo del Moro.

• Herriza de Mariano.

• La Cañada.

• Santa Lucía.

• Vallehermoso.

• La Indiana.

• Orán.

El Plan General pretende con esta delimitación que las agrupaciones de ediicaciones y los asentamientos no integrables en el modelo territorial y urbanístico previsto, en la medida de lo posible, adquieran un carácter más rural y adopten las medidas ambientales y paisajísticas para su regeneración.

Por lo tanto, el Plan trata de eliminar el carácter residual que estos ámbitos

• El Saltillo.

• Las Plateras.

• Las Perdigueras.

• Casablanca.

• Las Aguardienteras Centro, Este y Oeste.

• San Nicolás.

• Los Adrianes.

• El Galgo Negro.

• El Recuero.

• La Juncosa.

• Las Cuevas Norte y Sur.

• La Novenera Norte y Sur.

• La Lombarda.

• La Cañada de Morón.

• Cura Matos.

• Las Mesas 1 y 2.

objetivos de conservación, mantenimiento y preservación del medioambiente natural. Son usos autorizables, las instalaciones vinculadas a la explotación agropecuaria conforme al Proyecto de Actuación de Interés Social que deba aprobarse. Son usos autorizables, los mismos que para el SNU-NR Tierras de Alcor, pero permitiéndose, allí donde sea estrictamente necesario, con los límites establecidos por la LOUA, la la vivienda unifamiliar aislada vinculada a un destino relacionado con ines agrícolas, forestales o ganaderos; conforme al Proyecto de Actuación que deba aprobarse.

SNU-NR de Regeneración Ambiental y paisajística en ámbitos con parcelaciones y agrupaciones de ediicaciones irregulares

El Plan prevé una protección especíica, dentro del régimen de suelo no urbanizable sin ningún tipo de protección, de los ámbitos de mayor entidad con parcelaciones y agrupaciones de ediicaciones irregulares, no incorporados al desarrollo urbanístico como Suelo Urbano No Consolidado.

Estos ámbitos son El Granadillo

• El Granadillo 1 y 2.

• La Marquesita.

• La Pachequilla Sur.

• Doña Jacinta Baja.

• Doña Jacinta-El Fantasma.

• El Saltillo Chico.

y preservación del medioambiente natural. Son usos autorizables, las instalaciones vinculadas a la explotación agropecuaria, las instalaciones extractivas, las naturalísticas o recreativas, los establecimientos turísticos o terciarios, la ediicación pública, las instalaciones territoriales, las ediicaciones vinculadas a grandes infraestructuras y la industria y comercio al por mayor; conforme al Proyecto de Actuación de Interés Social que deba aprobarse.

Se prohíben, entre otros usos, el de vivienda unifamiliar aislada vinculadas a un destino relacionado con ines agrícolas, forestales o ganaderos, por considerarse innecesarias dada la proximidad del núcleo de población de Utrera.

SNU-NR Campiña Baja.

Los terrenos que se adscriben a esta subcategoría se distribuyen por la franja central del término municipal, previos a las áreas más movidas del sur. Son tierras de labor, predominantemente de cereal salpicados de algunos cultivos leñosos que se desarrollan sobre suelos Terciarios profundos.

Las ediicaciones son escasas dominando un paisaje abierto salpicado de elementos que estructuran el sistema de explotación agraria, como linderos, casas de aperos, cortijos, etc.

Se establece como objetivo principal, el mantenimiento de su destino natural, que no es otro que el agropecuario, para seguir cumpliendo una función equilibradora del sistema territorial, posibilitando la implantación de determinados usos vinculado a las actividades agropecuarias en circunstancias adecuadas que no deterioren ni entren en incompatibilidad con la adecuada preservación del medio y el hábitat rural. A tal in se dispone como usos característicos, las actividades agrícolas, y las actividades relacionadas con los

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37DESCRIPCIÓN DE LAS DETERMINACIONES ESTRUCTURALES DEL PLAN

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

tratamiento adecuado a aquellos asentamientos que por sus características no pueden tener la consideración de ediicaciones aisladas, ni tampoco reúnen los requisitos establecidos para los asentamientos urbanísticos, por lo que deben de seguir manteniendo su clasiicación como suelo no urbanizable.

El Decreto 2/2012, de 10 de enero, regula de forma detallada los criterios, requisitos y demás especiicaciones para la incorporación a la ordenación del Plan General de Ordenación Urbanística, de los asentamientos urbanísticos que resulten compatibles con el modelo territorial y urbanístico aplicable al municipio y no se encuentre en alguna de las situaciones especiicadas por el artículo 13.3 de dicho Decreto, así como la delimitación y regulación de los ámbitos del Hábitat Rural Diseminado.

Atendiendo a sus características y al reconocimiento de un fenómeno histórico y tradicional en el municipio de Utrera, el presente Plan le otorga la consideración de Hábitat Rural Diseminado al asentamiento de población de El Torbiscal.

Este asentamiento, de carácter rural, localizado en terrenos en regadío próximos a la marisma, se dispone asociado a la N-IV conformando un arco de viviendas con predominio de la vivienda unifamiliar, cuyo desarrollo está vinculado a la actividad agraria que se desarrolla en su entorno, la explotación de los terrenos forzados mediante riego de cultivos gramíneos principalmente.

2.5.7. EL TRATAMIENTO DE LAS VÍAS PECUARIAS.

Las vías pecuarias constituyen testimonios físicos de un modo de aprovechamiento, uso del territorio, y desarrollo económico basado en la utilización sostenible de los recursos naturales y el medio ambiente, que en el devenir de los tiempos ha ido perdiendo interés debido a las nuevas

• Estructura de la propiedad del suelo y de las ediicaciones.

• Dotaciones y equipamientos, infraestructuras y servicios con los que estén dotados, con indicación de sus características y su estado de conservación y funcionamiento.

• Conexiones exteriores, tanto viarias como las de suministro de los servicios de abastecimiento de agua, saneamiento, dotación de energía eléctrica y telecomunicaciones.

• Captaciones de agua.

• Pozos negros y vertidos directos a cauces.

• Riesgos a los que pueden estar sometidos los terrenos ocupados por el ámbito.

• Limitaciones derivadas de las legislaciones sectoriales.

D. SUELO NO URBANIZABLE HÁBITA RURAL DISEMINADO.

SNU-HRD. El Torbiscal.

El Decreto 2/2012 desarrolla la regulación establecida por el artículo 46.1.g) de la LOUA, para los asentamientos considerados Hábitat Rural Diseminado.

Se trata de un tipo asentamiento de carácter rural que ha evolucionado en el tiempo, ubicado en un área territorial delimitada y que, sin presentar una estructura urbanística deinida, puede precisar de ciertas dotaciones y servicios.

La regulación de estos ámbitos por este Plan General permitirá dar un

(recogida de aguas, depuradoras, etc.), siempre que esto no suponga, en ningún caso, la consolidación urbanística de los mismos.

• Asegurar que las zonas no parceladas, urbanizadas o ediicadas, mantengan o recuperen el uso agrícola, ganadero o forestal.

Estos planes serán requisito indispensable para la regularización individualizada de las ediicaciones situadas en esta clase y categoría de suelo, conforme al Decreto 2/2012 y la Ordenanza municipal reguladora del procedimiento administrativo de declaración en situación de asimilación al régimen de fuera de ordenación de Utrera.

Tomarán las decisiones precisas para conseguir los objetivos anteriormente enumerados, con el grado de detalle que cada ámbito requiera.

Para ello, identiicarán en el documento de información y diagnóstico, para cada parcelación urbanística o agrupación de ediicaciones, lo siguiente:

• Situación y delimitación del ámbito territorial.

• Proceso histórico de su implantación.

• Clase y categoría del suelo donde se sitúa la ampliación del ámbito deinida en el apartado 4. de este artículo.

• Usos del suelo.

• Parcelas y ediicaciones existentes, con indicación de sus características básicas y de su situación jurídica. Las ediicaciones se clasiicarán conforme a lo establecido en el artículo 3 del decreto 2/2012.

han tenido en el planeamiento urbanístico en general y en el Plan General de Utrera, en particular; con la convicción de que un tratamiento individualizado del problema, como plantea el Decreto 2/2012, es decir, regularizando el régimen legal de las ediicaciones, no soluciona la situación urbanística, ambiental y paisajística de los ámbitos donde se integran.

Para ello se propone, con independencia de la regularización individualizada de cada una de las ediicaciones (principalmente mediante la igura de asimilado al fuera de ordenación); dar un paso previo y preceptivo, que no es otro que la redacción en cada uno de estos ámbitos o conjuntos de ellos, de un Plan Especial de regeneración ambiental y paisajística, cuyos objetivos serán los siguientes:

• Adoptar las medidas necesarias para frenar la actividad urbanizadora y ediicatoria.

• Devolver a estos ámbitos su carácter rural original, eliminando toda posibilidad de asimilación o consideración como entornos urbanos (calles asfaltadas, alumbrado público, recogida de basura, etc.)

• Mejorar la calidad ambiental y paisajística de los mismos.

• Proceder, en aquellos casos en los que sea posible, a la reagrupación de incas.

• Clariicar la situación jurídica de las parcelaciones y ediicaciones, proponiendo cuando aun sea posible, las medidas disciplinaria oportunas conforme a la legislación vigente.

• Proponer, excepcionalmente y de forma justiicada, la ejecución de determinadas infraestructuras comunes para la mejora ambiental,

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38 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

El tratamiento de las vías pecuarias en su relación con los suelos clasiicados como urbanizables se ha entendido como estructuras orgánicas que penetran en la realidad urbana con el objeto de establecer un contacto amistoso entre el suelo no urbanizable y el suelo urbanizado. Es en un sentido amplio la apuesta por integrar y dotar a la ciudad de un verdadero acercamiento a los elementos que

La clasiicación del espacio por el que discurren es la siguiente:

• Suelo No Urbanizable de Especial Protección/Dominio Público/Vías Pecuarias.

Por tanto, no se afecta al suelo de dominio público de vías pecuarias manteniendo su trazado íntegro en la ordenación propuesta para el documento de Aprobación Provisional.

rural, caracterizado por su interés ecológico o histórico y cultural.

3. Uso Ecológico: hace referencia a la potencialidad de las vías como enlace de espacios protegidos, generando biodiversidad en zonas simpliicadas ecológicamente, y, más allá, como corredores de fauna y lora entre zonas de naturalidad elevada.

Además, las Vías Pecuarias, por su coniguración y estructura reticular, ofrecen grandes posibilidades para la articulación e integración de puntos de interés territorial, siendo un recurso útil para una ordenación sostenible del territorio. La posibilidad que ofrece la Red Andaluza de Vías Pecuarias para integrarse en los núcleos urbanos, unido a las características intrínsecas de este dominio público, lo convierte en un recurso territorial de estructura lineal idóneo para la constitución del Sistema de Protección Regional (Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía) tal y como se ha mantenido en Utrera.

Cordeles, cuando su anchura no sobrepase los 37,5 metros.

Veredas, son las vías que tienen una anchura no superior a los 20 metros.

Recientemente la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, en su artículo 9.9, sobre Competencias Municipales, les atribuye, el deslinde, ampliación, señalización, mantenimiento, regulación de uso, vigilancia, disciplina y recuperación que garantice el uso o servicio público de los caminos, vías pecuarias o vías verdes que discurran por el suelo urbanizable del término municipal, conforme a la normativa que le sea de aplicación.

Mediante Decreto 155/1998, de 21 de julio, se aprobó el reglamento andaluz que desarrolla la legislación básica en materia de Vías Pecuarias, con la que se establecieron los mecanismos necesarios para lograr su defensa y protección para satisfacer los intereses generales.

En esta disposición se estableció la necesidad de elaborar un Plan de Recuperación y Ordenación de las Vías Pecuarias de Andalucía, el cual una vez elaborado por la Consejería de Medio Ambiente, fue aprobado por el Consejo de Gobierno, mediante Acuerdo de fecha 27 de marzo de 2001.

El Plan Andaluz de Vías pecuarias, deine la Red Andaluza de Vías Pecuarias de factible recuperación y ordenación, establece los objetivos a alcanzar en un periodo de 20 años, asigna los usos prioritarios de cada eje o itinerario de conexión, y determina las actuaciones a realizar y su coste aproximado. Los usos reconocidos, son:

1. Uso Tradicional o Ganadero: recoge el tránsito ganadeo de las vías y el mantenimiento de la accesibilidad a las incas agrícolas colindantes a las vías.

2. Uso Turístico Recreativo o Uso Público: hace referencia al turismo

formas de explotación socioeconómicas del territorio. La regulación jurídica de estos bienes a través de legislación estatal (Ley 3 /1995 de Vías Pecuarias) y autonómica (Reglamento de las Vías Pecuarias de Andalucía, aprobado por decreto 155/1998, de 21 de julio) tiene por objeto la defensa y protección de un patrimonio dominio público de interés general para la población.

Con relación a las Vías Pecuarias, la Ley 3/1995 de Vías Pecuarias, que deroga la legislación anterior al respecto, establece la normativa básica aplicable a las vías pecuarias y deine a éstas como “las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero”, aunque podrán ser destinadas a otros usos compatibles y complementarios en términos acordes con su naturaleza y sus ines, dando prioridad al tránsito ganadero y otros usos rurales, e inspirándose en el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente, al paisaje y al patrimonio natural y cultural.

Asimismo, deine a las Vías Pecuarias, como un domino público adscrito a las Comunidades Autónomas, a las que corresponde de manera exclusiva su gestión y administración. Son bienes de dominio público y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables.

Atendiendo a sus dimensiones, podemos diferenciarlas en: Cañadas (anchura máxima 75,22 m), Cordeles (anchura máxima 37,61 m) o Veredas (anchura máxima 20,89 m), y junto a estas vías principales, los ramales o coladas, de anchura inferior y variable, que los conectan entre sí. Además de los abrevaderos, los descansaderos y las majadas, como lugares de descanso asociados al tránsito ganadero, cuya anchura y supericie es variable.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1. de la Ley de Vias Pecuarias, se clasiican, con carácter general en:

Cañadas, son aquellas cuya anchura no exceda de los 75 metros.

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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

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3. ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

3.9. MARCO DEMOGRÁFICO Y SOCIOECONÓMICO

3.9.1. MARCO DEMOGRÁFICO.

3.9.2. MARCO SOCIOECONÓMICO.

A. CENTRALIDAD Y COMPLEMENTARIEDAD DE UTRERA EN EL

TERRITORIO.

B. INNOVACIÓN Y COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL.

C. SERVICIOS AVANZADOS A LAS EMPRESAS COMO COMPONENTE

ESTRATÉGICO PARA LA COMPETITIVIDAD.

3.10. UNIDADES AMBIENTALES HOMOGÉNEAS.

3.10.1. LAS UNIDADES AMBIENTALES DEL TERRITORIO Y EL ESTUDIO DE

IMPACTO AMBIENTAL DEL PGOU.

3.10.2. CALIDAD AMBIENTAL Y CAPACIDAD DE ACOGIDA.

A. VALORACIÓN DE LA CAPACIDAD DE ACOGIDA. METODOLOGÍA.

B. ANÁLISIS POR UNIDADES/SUBUNIDADES AMBIENTALES.

C. DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES AMBIENTALES.

3.11. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL.

3.12. ANÁLISIS DEL METABOLISMO URBANO.

3.13. ANÁLISIS DE LA COMPATIBILIDAD DE USOS.

3.14. LA MOVILIDAD DEL NUEVO MODELO URBANO

TERRITORIAL

3.1. ENCUADRE TERRITORIAL.

3.2. EL MEDIO FÍSICO.

3.3. EL MEDIO BIÓTICO.

3.4. EL PAISAJE.

3.5. LOS PROCESOS Y RIESGOS.

3.5.1. RIESGOS POR EROSIÓN

3.5.2. RIESGOS GEOTÉCNICOS

3.5.3. RIESGOS POR SISMICIDAD

3.5.4. RIESGOS DEBIDOS A SEQUÍAS

3.5.5. RIESGOS POR INUNDACIONES

3.6. LOS ESPACIOS NATURALES DE UTRERA.

3.7. PATRIMONIO ARTÍSTICO Y CULTURAL.

3.8. INFRAESTRUCTURAS TERRITORIALES.

3.8.1. TRANSPORTE Y COMUNICACIÓN.

3.8.2. INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS URBANOS.

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41ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

3.1 ENCUADRE TERRITORIAL

3.2 EL MEDIO FÍSICO

Toda la información relativa al encuadre territorial del municipio de Utrera, se desarrolla en el capítulo 3 de la Memoria de Información del presente Plan General (“Encuadre Territorial: del ámbito regional y subregional, hasta la dimensión metropolitana”), en concreto en los apartados 3.2. (“Ámbito Regional y Subregional”) y 3.3. (“La dimensión metropolitana”).

Toda la información relativa al medio físico se desarrolla en el capítulo 4 de la Memoria de Información del presente Plan General (“Las condiciones geográicas del territorio”), en concreto en el los subapartados primero a quinto del apartado 4.1. (“El sistema físico ambiental”), que versan sobre el clima, la geología, la geomorfología, los suelos y la hidrología del territorio en el que se enmarca el Municipio de Utrera.

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42 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

El paisaje, como todos los demás recursos, necesita protección y, por tanto, puede y debe intervenir en la determinación de la capacidad y la fragilidad del territorio para el desarrollo de las actividades humanas.

Como expresión de los valores plásticos y emocionales del medio natural se distinguen tres cualidades: Visibilidad, Calidad y Fragilidad.

Estas son complementarias, en el sentido en que la primera intenta deinir las condiciones físicas en que se va a establecer la consideración de las otras dos. Se describen y analizan primero las restricciones impuestas por el territorio a un observador que va a analizar después lo que ve.

La visibilidad viene a establecer las condiciones en las que se establece la observación, es decir, el nivel de apreciación de un determinado espacio.

• La calidad visual es la valoración subjetiva que los potenciales observadores realizarían de los elementos plásticos y emocionales percibidos del paisaje.

• La fragilidad es una componente intrínseca al paisaje que evalúa su mayor o menor adaptación a los cambios producidos por acciones transformadoras que sobre él se efectúen.

Todo territorio está surcado por una serie de corredores visuales, que son básicamente las vías de comunicación y la red de caminos rurales, y que concretan, de una manera que se puede considerar casi absoluta, a los observadores potenciales.

Esto que es totalmente cierto para los espacios no urbanos, sin embargo, en los espacios urbanos, la visión es mucho más cerrada y el paisaje más totalizador, con más elementos diferenciadores.

En los últimos años, el análisis del paisaje ha comenzado a introducirse en los estudios territoriales como un factor de interés, desde el punto de vista de la ordenación territorial e incluso de la identidad cultural. Así, este proceso evolutivo ha llevado al medio perceptual a ser motivo de consideraciones relevantes en las ideas concluyentes.

El paisaje es un elemento integrador de componentes físicos y bióticos del medio, así como de los usos del territorio. Constituye la síntesis histórica de la interacción entre procesos organizativos (evolución, sucesión, colonización) y otros desorganizativos (laboreo, erosión, fuego). El paisaje es un factor de bienestar social, un componente de la calidad del medio ambiente, un integrante de la identidad cultural y un importante recurso económico; aspectos que son progresivamente valorados por la sociedad, que desea evitar su paulatina degradación.

Se puede deinir el paisaje como “la imagen de un territorio”. Sin embargo, el paisaje se comprende y se explica por los procesos naturales que los moldean, así como por los procesos que lo han generado. El paisaje es simultáneamente una realidad objetiva y subjetiva en la que si no se toma en consideración la mirada humana, desaparecen los valores interpretativos, estéticos o culturales que le son intrínsecos y que, al serles atribuidos, diferencian este concepto de otros próximos como supericie terrestre o espacio geográico.

En los estudios del medio físico, el paisaje se contempla como un elemento comparable al resto de los recursos: vegetación, suelo, fauna, etc., ello exige considerarlo en toda su amplitud. Las estructuras de los ecosistemas que constituyen el paisaje vienen deinidos por los elementos físicos y bióticos, así como por los usos del territorio.

3.3 EL MEDIO BIÓTICO

3.4 EL PAISAJE

Al igual que ocurre con el medio físico, la información relativa al medio biótico del territorio en el que se enmarca el Municipio de Utrera se desarrolla en el capítulo 4 (“Las condiciones geográicas del territorio”) de la Memoria de Información, en concreto en el los subapartados sexto y séptimo del apartado 4.1. (“El sistema físico ambiental”), que versan sobre la lora y la fauna.

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43ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

La calidad general se ve rota por los elementos verticales antrópicos lineales (tendido eléctrico).

El complejo endorreico de Utrera constituye una subunidad diferenciada de paisaje dentro de la unidad campiña, que tiene como elemento deinitorio el agua, que por el contrario no es protagonista en la unidad campiña debido a la escasez de cursos de agua. Esta unidad se forma como consecuencia de varios factores:

• Horizontalidad morfotopográica del terreno.

• Hundimiento sobre sustrato margoyesífero,

• Encharcamiento permanente como consecuencia de las litofacies impermeables subyacentes.

La singularidad de las lagunas, junto a las comunidades bióticas exclusivas que acogen dentro de la línea general del término, hacen considerar en esta unidad con una muy elevada calidad paisajística y una elevada fragilidad, por la intervención antrópica que se desarrolla en sus límites de inluencia.

Los elementos constitutivos y deinitorios de la calidad del paisaje del término municipal de Utrera son el relieve, los usos del suelo, los complejos húmedos y los elementos singulares y antrópicos. Por otra parte, la carretera A-394 actúa como el principal corredor visual, concentrando a los observadores potenciales.

Pueden distinguirse los siguientes paisajes en Utrera:

La campiña utrerana, deinida por las margas blancas “albarizas”. La monótona continuidad de los cultivos herbáceos sólo se rompe por cambios en las tonalidades debido a las teselas formadas por las parcelas agrícolas, así como por la presencia de cortijos, de un valor estético y cultural muy elevado. Estos conservan un diseño arquitectónico tradicional y dominan las tierras circundantes desde los puntos más elevados de las lomas. Estos componentes deinen una elevada calidad general por su carácter de paisaje agrario singular y una fragilidad media, consecuencia de la transparencia visual de la cuenca.

DELIMITACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES PAISAJÍSTICAS

EL PAISAJE NATURAL-RURAL

El paisaje es la síntesis histórica de las interacciones entre diversos procesos y viene deinido por los elementos físicos, los bióticos y los usos del territorio. Donde la presencia humana es antigua, como en el caso de Utrera, el papel del hombre tiene una importancia fundamental en su coniguración.

Analizando la evolución histórica de los diferentes paisajes de Utrera, debe destacarse por su extensión, la campiña. Este espacio ha sido sometido a una intensa colonización y explotación por parte del hombre, aprovechándolo inicialmente con una fuerte presencia de ganadería extensiva, y en épocas más recientes por una paulatina implantación de la roturación agrícola. Esta tendencia ha dado lugar a una regresión de los sistemas naturales, tanto en su diversidad como en su ubicación espacial. La transformación del espacio es más relevante hacia el este del municipio, por el aprovechamiento mayor de cultivos de regadío, así como en la zona norte, donde se encuentra el mayor número de zonas urbanas, de redes de caminos, ediicaciones aisladas, redes eléctricas, etc., deiniendo un paisaje marcadamente antrópico.

Sólo son los ámbitos marginales, al S y SE del término, han conservado reductos de elementos naturalísticos que permiten deinirlos como paisaje natural. Estos espacios están vinculados a arroyadas intensas, laderas de pendientes acusadas en relación a las planicies circundantes, áreas endorreicas de implantación lagunar (Zarracatín, Alcaparrosa y Arjona). Destaca también en este punto el Brazo del Este en las marismas del Guadalquivir.

Como consecuencia de los diferentes elementos físicos y bióticos, y resultado de los diferentes procesos de ocupación y usos del suelo, pueden distinguirse en Utrera dos grandes unidades de paisaje: unidad urbana y unidad rural.

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44 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

EL PAISAJE URBANO

Al norte del término, en la zona deinida geológicamente por el inal del relieve tabular de los alcores, y donde se encuentra el núcleo de población de la comarca, con los espacios y el blanco de las ediicaciones contrastando con las zonas de cultivo que bordean sus límites.

Utrera

Una vez dentro del casco urbano el campo visual es muy cerrado y el paisaje totalizador. Este paisaje urbano se estructura en base a una planta clásica con ediicaciones cuya estética sigue la línea de un pueblo tradicional de la comarca. Esta línea estética se mantiene en las zonas más antiguas, perdiéndose en las de desarrollo más reciente, donde el pueblo ha crecido con tipologías de construcción diversas y austeras.

La belleza y riqueza de la ciudad han merecido su declaración como Conjunto Histórico.

En las zonas transformadas y con cultivos de arroz, el desarrollo de las plantaciones destaca en un perfecto y contínuo manto verde que acoge a la avifauna que busca zonas húmedas donde alimentarse.

• El Brazo del Este, pese a su intensa transformación y pérdida de condiciones naturales de encharcamiento, dibuja entre las zonas más antropizadas trazos de espacio natural con componentes bióticos (fundamentalmente avifauna) que determina su consideración de calidad y fragilidad muy elevada.

La unidad de paisaje Olivar mioceno se encuadra en su totalidad en la porción norte del término municipal sobre el que se localiza el núcleo urbano de Utrera. Alrededor de éste se desarrolla una actividad eminentemente agrícola aunque también el uso industrial tiene un gran peso especíico pues es aquí donde se concentra la mayor parte de la que se desarrolla en el término.

El uso del suelo en la unidad en cuestión es básicamente agrícola con una vocación sobre cultivos anuales y permanentes con áreas de olivar, cítricos, etc. y pequeñas masas arbóreas de pinares que la hacen muy uniforme y homogénea. El suelo urbano está presente en la unidad a nivel del propio núcleo de Utrera y de asentamientos diseminados y desorganizados alrededor de éste, como son La Herradura, La Pachequilla o El Comodoro (entre otros).

Dicha unidad paisajística se ve inluenciada por las vías de comunicación como la A-376 y otras secundarias que conectan el municipio con Dos Hermanas y Sevilla. En sus lindes se desarrollan la mayoría de los núcleos en diseminado con acceso a las mismas.

Inmerso en el piedemonte el pantano de Torre del Águila constituye una unidad diferenciada por su singularidad, ya que conforma un complejo húmedo de alto valor estético. La presencia de una topografía circundante dominada por relieves muy pronunciados, determina que se deina una cuenca visual muy centralizada para los observadores potenicales, lo que coniere a la unidad una alta fragilidad.

Las Marismas del río Guadalquivir. Se corresponden con depósitos aluviales del cuaternario generadores de espacios marismeños, actualmente transformados para uso agrícola. Tres vías de comunicación de alto volumen de vehículos atraviesan la unidad: ferrocarril, N-IV y Autovía Sevilla-Cádiz, si bien la autovía Sevilla-Cádiz transcurre sólo unos pocos kilómetros por el municipio. Por otra parte vegetación paralela al trazado de la autovía focaliza la visión del observador y reduce la contemplación de esta unidad por parte de observadores potenciales.

En esta unidad la transformación antrópica de la unidad es máxima debido a la intensiicación de las labores agrícolas. El paisaje humanizado domina el espacio por la creación de monocultivos, la construcción de zonas urbanas -poblados-, redes de caminos, ediicaciones aisladas que no guardan una estética tradicional, redes eléctricas, etc.

Se trata en general de un espacio marcado por el aprovechamiento agrícola, que constituye un uso tradicional e histórico para la gran mayoría de los observadores cotidianos. Sin embargo el escaso cuidado en el diseño de las instalaciones y la falta de restauración de los espacios más degradados no permite una integración estética en el paisaje, que presenta una calidad y fragilidad en general bajas debido al deterioro estético y pérdida de naturalidad. Existen no obstante áreas de mayor calidad:

La unidad de paisaje del piedemonte de las Sierras Subbéticas domina en extenso el Sur del término municipal, y presenta una mayor complejidad visual que las anteriores consecuencia de una isiografía más abrupta. Hacia el Este, donde las observaciones potenciales siguen la trayectoria de la vía SE-343, existe una zona de interfase, en la que la campiña abandona su isiografía llana general, pasa a insertar relieves acolinados con una pendientes muy suaves.

El uso predominante de la unidad es el agrícola, que se presenta como un agrosistema de secano mecanizado y fertilizado a pesar de la limitación que supone las importantes pendientes en la unidad. Este agrosistema mantiene rodales de vegetación mediterránea, reductos de elementos naturalísticos que permiten asimilarse a un paisaje natural.

Presenta además hitos de singularidad histórica y cultural, representados por las Torres Vigías (Torre del Bollo y Torre Lopera), que dominan los enclaves calizos más estratégicos, dotándola de una gran calidad estética.

APROBADO POR EL PLENO DE LACORPORACIÓN EN SESIÓN ORDINARIA

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45ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

La estructura del núcleo de Pinzón marcado por su origen como poblado de colonos de tierras agrícolas determina el paisaje de la localidad. La uniformidad de las casas en cuanto a las alturas, materiales y diseño coniere un carácter armónico al poblado. La relación con la agricultura ha determinado que los espacios libres más amplios se ocupen por maquinaria agrícola. Entre todos los núcleos de Utrera, Pinzón es que presenta mayores necesidades de intervención en materia paisajística, siendo los principales impactos la presencia de cableado aéreo, antenas, el insuiciente mantenimiento de zonas verdes y espacios libres, la heterogeneidad y desorden del arbolado urbano o el estado de conservación de las fachadas de ediicios públicos.

Guadalema de los Quinteros. Este poblado se caracteriza por su estilo típicamente andaluz: casas blancas con tejadillos y azoteas, rejas ailigranadas por las que asoman macetas y enredaderas, calles limpias y tranquilas adornadas con verdes naranjos. Todas las calles tienen nombres de personajes o comedias quinterianas. Los principales impactos paisajísticos se relacionan con la presencia de elementos como antenas de telefonía móvil o las viviendas de nueva construcción cuya tipología diverge de la de las casas originales del poblado. Entre los hitos del paisaje de este núcleo de población pueden destacarse la Plaza de los Quinteros o el monumento e los Hermanos Quintero.

Trajano es un núcleo de población ordenado, regular y uniforme, lo cual representa su principal atractivo. A esto hay que añadir la presencia de los naranjos que componen el arbolado urbano, calles peatonales, elementos vegetales como setos de romero o pequeños huertos familiares que le dan un carácter personal al pequeño núcleo de población. Frente a estos elementos que mejoran el paisaje, se detectan ciertos impactos negativos causados por cableado eléctrico aéreo, residuos y herbáceas no controladas en el parque periurbano o la existencia de infraestructura (gasolinera) cuya ubicación diiculta la vista del palmeral que existe en el núcleo. Este impacto es especialmente signiicativo si se considera que la gasolinera se encuentra en el acceso al núcleo y por ello tiene un mayor número de observadores potenciales.

Entre los espacios libres más interesantes destacan la Plaza del Altozano y de la Constitución, centro comercial y funcional que forma parte de un eje donde se comprueba la existencia de inmuebles que sobresalen de resto por su carácter tradicional y que pujan por el protagonismo con las ediicaciones modernas, más altas y con materiales diferentes.

Frente al efecto positivo sobre el paisaje que introducen los elementos patrimoniales, monumentales y las zonas verdes, existen ciertos elementos que restan calidad al paisaje, entre los que se pueden mencionar la existencia puntual de fachadas en muy mal estado de conservación, la acumulación de contenedores de residuos en espacios libres y zonas verdes o la existencia de pintadas y cartelería en fachadas.

Subrayar por último el hecho de que el castillo de Utrera es uno de los elementos signiicativos del paisaje de la ciudad; se comporta como un mirador, ofreciendo una incomparable panorámica de Utrera.

Estructuralmente en su crecimiento ha inluido la topografía del relieve, ya que éste se produce principalmente por el norte que muestra una topografía más llana mientras que por el sur se paraliza por la existencia de desniveles. El asentamiento de expansión se produce adaptándose al volumen y forma del caso, situándose las ediicaciones linealmente al inal de cada salida de la muralla con lo que se ha conservado la red de comunicaciones lógica ya existente.

Las manzanas son cerradas, típicamente medievales, en las que las fachadas eran exteriores y el centro quedaba vacíos, que han llegado hasta nuestros días. Se pueden distinguir dos grandes zonas, separadas por el antiguo cauce del arroyo Calzas Anchas, hoy principal eje de actividad.

La tipología dominante en el casco consolidado es la de Casa Patio con dos plantas (con algún caso de tres y cuatro plantas). En las periferias la tipología es esencialmente popular, por los que aunque mantienen la altura de planta, en cambio han intervenido en sus fachadas exteriores con recubrimiento de cemento bruñido, zócalos de pinturas llamativas, etc. Los arrabales tienen una imagen degradada que contrasta con las ediicaciones nuevas que surgen, tanto residenciales como industriales, que con su altura y proporciones forman un maremagnum constructivo que ahogan a las ediicaciones más antiguas.

Los monumentos más interesantes son la Casa Palacio de Surga, el Puente de la Alcantarilla, el Santuario de Nuestra Señora de Consolación, la Iglesia de Santa María de Mesa, la Iglesia del Convento de los Carmelitas, la Iglesia Parroquial de Santiago, el Recinto amurallado con la Puerta de la Villa, la Fortaleza de Alcantarilla y la Casa Cuartel de la Guardia Civil. Junto con los anteriores, pueden citarse como hitos del paisaje el silo de cereales de Utrera, el Parque de Consolación, la plaza del Altozano, la fachada del colegio de los Salesianos y la calle Niño Perdido.

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46 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

Las áreas más susceptibles a la erosión son las que han sido desprovistas de cobertura vegetal y donde las prácticas de cultivo empleadas (laboreo a favor de pendiente, zonas entre los olivos desprovistas de vegetación, etc) favorecen el arrastre de materiales, especialmente tras episodios de lluvias torrenciales

(escasos pero muy agresivos).

75%

16%

6% 3% Suelos de erosión: Baja

Suelos de erosión: Moderada

Suelos de erosión: Elevada

Suelos de erosión: Muy elevada

Gráfico: suelos de Utrera según la erosión. Fuente: Instituto de estadística de Andalucía. 2006

En este apartado se analizan los fenómenos físicos y químicos que originan o pueden originar modiicaciones de las formas supericiales de la tierra o interferencias en al iniciativa de uso. En base a esto se estudiará los riesgos de degradación por procesos erosivos, la inundabilidad, en los alrededores del núcleo urbano, la susceptibilidad a la contaminación de acuíferos y las características geotécnicas del término.

3.5.1. RIESGOS POR EROSIÓN

Dentro de los procesos edafogénicos presentes en el término municipal de Utrera la erosión, el transporte y el depósito de materiales juegan un papel primordial en la formación de las ricas terrazas aluviales del Guadalquivir. Estos procesos de formación del suelo están presididos por el equilibrio existente entre los distintos fenómenos que los componen. La ruptura de estos equilibrios, da lugar al deterioro del recurso suelo, tan valioso en Utrera donde el cultivo ha sido una actividad practicada tradicionalmente.

El agua es el principal agente erosivo de los suelos de Utrera. La intensidad de los fenómenos de erosión viene determinada por la conjunción de diversos factores: la pendiente (tipo y longitud), el tipo de suelo y roca subyacente y el tipo de vegetación y uso de suelo.

A grandes rasgos, hay un aumento progresivo de la susceptibilidad hacia el sureste, derivado del crecimiento del porcentaje de pendientes y de las características litológicas de los materiales. Tan sólo se encuentra como excepción determinados aloramientos que, o bien no han desarrollado prácticamente suelo y el proceso erosivo sólo puede actuar sobre la roca virgen, o que son coincidentes con las zonas de mayor pendiente y altura dentro del terreno. En otros casos las excepciones se corresponden con áreas relativamente planas, como en los alrededores del embalse de Torre del Águila.

El Palmar de Troya presenta un aspecto más desordenado que los otros núcleos de población de Utrera; las calles no son uniformes en cuanto a su anchura o trazado y las viviendas no responden a una tipología uniforme, sino que fueron surgiendo a criterio de sus propios constructores.

El resultado de todo ello es un mosaico heterogéneo en el que sobresale por sus dimensiones la Iglesia, que constituye el hito paisajístico más signiicativo de la localidad. Entre los elementos a resaltar se encuentra la travesía de la carretera al pantano Torre del Águila, que por su localización y altura se comporta como un mirador natural hacia el exterior, ofreciendo una panorámica de las áreas cultivadas en los alrededores de El Palmar de Troya. Los impactos negativos que se detectan son la presencia del canal de riego entubado que penetra en el núcleo y la presencia de diversos elementos como un poste de media tensión o placas solares muy visibles en viviendas particulares.

Estas unidades son las mismas que se deinen en el apartado de Unidades Ambientales, por lo que la valoración paisajística de las mismas se realiza dentro de cada unidad en dicho apartado. Solo se detallaran las características correspondientes a las unidades del medio natural.

3.5 LOS PROCESOS Y LOS RIESGOS

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47ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

Van a estar caracterizadas por una competencia mecánica de tipo medio, que puede llegar a formar asientos también de magnitud media.

TERRENOS CON CONDICIONES CONSTRUCTIVAS ACEPTABLES.

Se sitúan en la zona centrooriental del término, así como áreas aisladas de distribución irregular, en la parte Sur del mismo.

Engloban, por un lado, el conjunto de margas silíceas blancas, terciarias, conocidas localmente con el nombre de moronitas, así como la alternancia de margas y margocalizas constituyentes de la cobertura.

La morfología es muy variable, suave y alomada en su mayoría, no existiendo problemas de estabilidad. No obstante, en aquellos lugares en que existe una cierta pendiente y, por tanto, está en mayor o menor medida desarrollada la red de drenaje, pueden aparecer abarrancamientos y deslizamientos en potencia por la erosión.

Los materiales son predominantemente impermeables, aunque pueden existir capas permeables o semipermeables indiferenciadas. El drenaje existente va a ser función de la topografía. En las zonas de pendiente el drenaje es bueno, efectuándose por escorrentía supericial, mientras que en las llanuras es deiciente, pudiendo producirse encharcamientos breves después de las lluvias.

Así mismo, se puede encontrar localmente agua subterránea en pequeñas cantidades y a poca profundidad, ya que pueden existir supericialmente capas permeables y en profundidad capas impermeables.

En cuanto al segundo grupo, como ya se ha indicado, está compuesto por los aloramientos miocenos que dentro de esta zona están representados por arenas y margas arenosas, con locales calcarenitas, que a su vez presentan diferentes grados de cementación y compactación.

La topografía que presentan es variable, de suave a intermedia ofreciendo desde llanuras hasta pendientes de cierta entidad, no obstante, no suelen presentar problemas de estabilidad.

En conjunto se considera que estos materiales tienen una permeabilidad media (semipermeables), con un drenaje que es aceptable por porosidad intergranular cuando la topografía es llana, y favorable por escorrentía supericial cuando existen pendientes.

En general, la competencia mecánica es buena, dependiendo localmente de la litología, que puede dar lugar a una capacidad de carga media o baja, según el grado de cementación de los materiales.

Es también de destacar el hecho de que apenas existen recubrimientos vegetales, siendo en muchos casos la cobertura los propios desechos materiales.

Estos terrenos pueden presentar problemas de tipo litológico y geotécnico debido a que, al estar la base de la formación constituida, como se ha dicho, por una alternancia de margas arenosas y arenas, con intercalaciones calcáreas, pueden producirse asientos distintos de escala media.

Por último, conviene señalar que, en el entorno del núcleo urbano de Utrera, pueden aparecer localmente áreas con características geotécnicas distintas de los anteriormente descritas, y constituidas por materiales predominantemente impermeables, por lo que pueden presentarse problemas de tipo hidrológico.

El primer grupo constituye en líneas generales depósitos de poco espesor, que dan lugar a una morfología plana o con poca pendiente (nunca superior al 3%), de extensas llanuras, que presentan, en general una buena estabilidad. No obstante, en los cauces de los ríos hay una cierta inestabilidad mecánica, como consecuencia de la facilidad de erosión, lo que se traduce en abarrancamientos y zonas instables, pudiendo alcanzar los conos de deyección pendientes de hasta un 30%.

En conjunto, los materiales marismeños se consideran como impermeables, aunque existen variaciones según la litología. El drenaje que presentan va a ser también función de la litología presente, pudiéndose formar zonas inundadas en las llanuras cuando los materiales sean impermeables. Así mismo, la existencia de alguna pendiente va a incrementar de forma favorable el drenaje.

El aluvial suele presentar una alta permeabilidad por porosidad intergranular.

Los materiales tienen en general capacidades de carga y asiento de magnitud media produciéndose, como ya se ha indicado problemas de derrumbamientos en los cauces de los ríos causados por lavados constantes de las aguas.

A pesar de su morfología llana, pueden existir problemas litológicos y geotécnicos, por ser una mezcla de diferentes materiales, que se presentan en distintos formas y espesores y en consecuencia con distintas capacidades de carga.

Así mismo, debido a la gran proporción de arcillas que contienen pueden aparecer temporalmente, después de grandes lluvias, problemas de tipo hidrológico, produciéndose encharcamientos o inundaciones.

3.5.2. RIESGOS GEOTÉCNICOS

De acuerdo con lo señalado en el Mapa Geotécnico General (IGME 1975), se puede dividir el término municipal en terrenos según las condiciones constructivas existentes:

a. Terrenos con condiciones constructivas favorables.

b. Terrenos con condiciones constructivas aceptables.

c. Terrenos con condiciones constructivas desfavorables.

d. Terrenos con condiciones constructivas muy desfavorables.

TERRENOS CON CONDICIONES CONSTRUCTIVAS FAVORABLES.

Se extienden por las zonas Norte y Oeste del término, incluyendo como núcleos de población, los de Utrera, Trajano, Pinzón y el Palmar de Troya.

Se corresponden, a grandes rasgos, con dos grupos de materiales. Por un lado, con los depósitos cuaternarios de limos y arenas de Marismas y de arcillas, gravas, arenas y cantos presentes en forma de aluviales y coluviales (estos últimos formando piedemontes y conos de deyección). Por otro, aquellos de margas arenosas y arenas, con intercalaciones de calcarenitas, correspondientes al Mioceno Superior.

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48 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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áreas desde el punto de vista de la estabilidad del terreno:

A. Áreas naturalmente estables, con posibilidad de movimiento en excavaciones importantes. Se localizan fundamentalmente al noroeste y en el centro del término, presentado además núcleos aislados hacia el sur del mismo.

B. Áreas con posibilidad signiicativa de movimiento en laderas y/o taludes. Se presentan fundamentalmente al sur y noreste del municipio.

C. Áreas llanas inestables frente a excavaciones. Se corresponden con la zona occidental del término.

ROTURA DE PRESAS

Es el desplome de elementos estructurales que sirven de contención de aguas almacenadas para su aprovechamiento, con el consiguiente perjuicio para los cultivos, bosques y núcleos de población, que aguas abajo de la presa se encuentran. Este riesgo se localiza en la presa del Pantano de Torre del Águila, a 5 Km. del Palmar de Troya.

Se verían afectadas viviendas de El Palmar de Troya y Guadalema de los Quinteros, así la población que vive en diseminados, cultivos y canales de las incas colindantes. Además las comunicaciones de acceso a la presa y las carreteras nacionales IV y A-394, así como la línea de alta tensión de suministro eléctrico.

Un riesgo a tener en cuenta, es el oleoducto Rota-Zaragoza, que cruza por delante del área de inluencia de las correntías de aguas y que agravaría las consecuencias de la rotura de la presa.

Finalmente, y a partir del Mapa de Riesgos de movimientos de ladera en el valle del Guadalquivir (ITOC, 1989), pueden señalarse dentro del territorio tres tipos de áreas desde el punto de vista de la estabilidad del terreno:

A. Áreas naturalmente estables, con posibilidad de movimiento en excavaciones importantes.

B. Áreas con posibilidad signiicativa de movimiento en laderas y/o taludes.

C. Áreas llanas inestables frente a excavaciones.

3.5.3. RIESGOS POR SISMICIDAD

SISMOLOGÍA

En relación a las características sísmicas del término municipal de Utrera, conviene señalar que este se sitúa en la zona sísmica A, donde, la intensidad máxima, en la escala internacional alcanzada y registrada por el Servicio de Sismología, es de VI.

Esto implica la posibilidad de movimientos sísmicos notables, que puede producir ligeros daños del tipo de isuras o grietas en ediicaciones compuestas por bloques de piedra en seco, o piedra y barro como argamasa, con cimentación insuiciente.

Avalanchas: Movimientos de Laderas

A partir del Mapa de Riesgos de movimientos de ladera en el valle del Guadalquivir (ITOC, 1989), pueden señalarse dentro del territorio tres tipos de

Su litología (alto contenido en yeso) y la fácil disolución de los materiales que la componen, hace que estos terrenos sean muy inestables, tanto bajo la acción humana como bajo la acción de fenómenos naturales. Los abarrancamientos, deslizamientos y hundimientos son muy frecuentes.

En conjunto, son impermeables, con drenaje nulo en las llanuras, lo que provoca lagunas permanentes como la de Zarracatín, y encharcamientos despúes de las lluvias. No obstante, puede considerarse como favorable la escorrentía supericial en cuanto existe algo de pendiente.

La hidrología subterránea es muy escasa, pudiéndose formar acumulaciones en los contactos entre materiales semipermeables e impermeables, generalmente a poca profundidad: sin embargo, el agua que se encuentra es de tan mala calidad que en todos los casos será no potable.

Debido precisamente al alto contenido en sulfatos en el agua y a los litológicos presentes, estós terrenos pueden ser considerados como de capacidad de carga baja, con formación de asientos de magnitud alta, aunque pueden existir variaciones de éstos según la litología existente.

Dada que la fácil disolución de los sulfatos, y tal como se indicó anteriormente, es posible la aparición de hundimientos bruscos por la existencia de cavernas subterráneas. Así mismo, el alto poder corrosivo de estas disoluciones ataca a la cimentación de las construcciones. Es de destacar también que los recubrimientos existentes son escasos.

En resumen, en la mayor parte del área los problemas existentes son de tipo geotécnico, hidrológico y geotécnico, tan sólo en las cercanías del Cerro de las Mentiras, al Sur del embalse de la Torre del Aguila, se unen también los de tipo geomorfológico, que se derivan de las pendientes existentes.

La capacidad de carga es media, siendo los asientos previsibles también de magnitud media. Existen posibilidades de deslizamientos producidos por la aplicación de cargas cerca del vértice de laderas de inclinación media, debido a la incompetencia en general de los materiales.

Aunque los terrenos considerados descritos pueden considerarse aceptables para la construcción, pueden presentarse problemas geotécnicos, con asientos de magnitud media, hidrológicos y geomorfológicos, como consecuencia de la pendiente existente.

TERRENOS CON CONDICIONES CONSTRUCTIVAS DESFAVORABLES.

Este tipo de terrenos está escasamente representado en el término. Tan sólo se ha considerado como tales una zona situada en el extremo suroriental, en las cercanías del Cortijo de las Reyertas. Corresponde a un aloramiento de materiales del Mioceno superior, son terrenos desfavorables en base a problemas de tipo geomorfológico, derivados de la existencia de altas pendientes.

TERRENOS CON CONDICIONES CONSTRUCTIVAS MUY DESFAVORABLES.

Situados, prácticamente en su totalidad, en la zona meridional del término, incluyen como único núcleo de población destacable el de Guadalema de los Quinteros.

Se corresponden con los aloramientos de los materiales triásicos, constituidos por margas, arcillas, yesos y, ocasionalmente, calizas.

La morfología es variable, según el desarrollo que alcance la red de drenaje.

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49ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

ACUMULACIONES PLUVIALES

Son inundaciones generadas por precipitaciones caídas directamente en la zona de inundación y su cuenca, siempre que ésta no se produzca por desbordamiento de sus cauces. Por ejemplo ocurre en pequeñas cuencas endorreicas sin cauces de aguas públicas o el de precipitaciones muy intensas y duraderas sobre zonas muy llanas y con deiciente drenaje natural o en las zonas bajas de las ciudades, cuando la red de saneamiento es insuiciente. En el término de Utrera se produce en:

• Zonas bajas del casco urbano de Utrera , aunque la red de saneamiento sea suiciente: Bda. Coca de la Piñera, Zona Avda. de los Palacios, Bda. La Gordilla, Bda. los Dolores, Plz. de la Trianilla, Puente de la Alcantarilla, Plz. de Santa Ana, Plz. Constitución, Plz. Altozano,, Bda. Consolación, Bda. los Remedios, C/ Virgen de Fátima, C/ Boscán, C/ Apolo XI. Además, en zonas bajas que lindan con explotaciones agrícolas, las acumulaciones de agua son mayores por falta de drenaje suiciente.

• Zona del El Palmar debido por ser llana, de baja altura y conluir varias cuencas.

• Zona comprendida entre El Palmar y Pinzón debido a su baja altura y a ser zona de regadío, con un drenaje natural del terreno no suiciente. Quedarían afectadas las siguientes vías de comunicación: Ctra.A-375, Utrera-A-394;, Écija-Jerez; Ctra. A-362, Los Palacios-Utrera; Ctra. A-8030, Utrera-N-IV; Acceso y tráico interior de C/ Molares, San Juan Bosco, Avda. de los Palacios, Bda. La Gordilla, Bda. Los Dolores, Avda. Fontanilla y Coca la Piñera.

• En El Palmar y la franja comprendida entre El Palmar y Pinzón (zona

Como consecuencia de las crecidas podrían verse afectadas las comunicaciones del municipio (carreteras y ferrocarril, así como las viviendas de las zonas circundantes, industrias, equipamientos e infraestructuras). Como objeto de prevenir la aparición de estos procesos se ha desviado el arroyo de Calzas Anchas hacia el exterior del núcleo de Utrera.

Cabe reseñar en último lugar que el Pantano de la Torre del Águila fue construido con el objeto principal de regular la cuenca del arroyo de Salado y controlar de este modo el riesgo de inundaciones.

3.5.5. RIESGOS POR INUNDACIONES

CRECIDAS O AVENIDAS

Consiste en la acumulación de agua provocada por el desbordamiento de cauces, ocasionada, bien por lluvias de tipo torrencial o lluvias ininterrumpidas.

Afectan a arroyos, ríos y canales, así como a conducciones de saneamiento en el municipio y pedanías. Este riesgo se presenta en:

• El núcleo de Utrera debido al paso subterráneo de los arroyos de las Veredillas, arroyo de Consolación, arroyo de calzas Anchas, y Coca de la Piñera. Actualmente desviado y canalizado, con el in de solucionar dicha problemática.

• En el Palmar de Troya y Guadalema de los Quinteros como consecuencia del Canal de Salado. El entorno es parte urbano y parte de cultivo en éstas dos últimas pedanías, siendo zonas bajas y con riesgo de acumulación de agua. Las vías de comunicación hacia el Palmar son la carretera A-394 y el camino de Guadalema que la comunica con la N-IV.

• Otro factor de riesgo es el Canal del Bajo Guadalquivir, éste atraviesa el término municipal entre los poblados de Guadalema y Trajano, siendo la zona de mayor riesgo los cruces de la ctra. A-8030, Utrera-N-IV, y de la ctra. A-471, Sevilla-Chipiona, con la N-IV. Otro punto conlictivo se sitúa en la carretera Utrera-Los Palacios, donde debido a la diferencia de nivel, el canal discurre de manera semi-aérea, lo que hace que la posibilidad de rotura sea mayor que en las zonas donde discurre enterrado.

3.5.4. RIESGOS DEBIDOS A SEQUÍAS

Déicit de precipitaciones lo suicientemente intenso y prolongado, como para generar impactos negativos sobre la sociedad que la padece, pudiendo afectar al suministro municipal para las personas, a los usos industriales, a la agricultura y la ganadería. Citar como dato, que en el penúltimo período de sequía comprendido entre los años 81 al 83, quedó totalmente vacío el Pantano Torre del Águila, así como las lagunas y las marismas; además el complejo endorreico sufrió grandes pérdidas. Como consecuencia de ésta pertinaz sequía, el suministro de agua potable a la población sufrió restricciones, teniendo que suministrar la población con ayuda de vehículos autotanques.

Varios son los puntos donde puede manifestar los efectos:

• Pantano Torre del Águila.

• Zona regable del Salado de Morón.

• Marismas.

• Núcleos de Población: Utrera, Guadalema, Pinzón, Trajano, El Torbiscal

• Cortijos, Haciendas.

• Lagunas: Zarracatín, La Alcaparrosa, Peñuelas, Complejo endorreico de Guadalema de los Quinteros.

Se verían afectadas las zonas cultivables, y en mayor medida los cultivos de regadío, y se incrementaría el riesgo de incendios forestales. Si el periodo persiste se afectarían los núcleos de población e industrias del lugar. Dado que el suministro de agua se realiza a partir de una única fuente, la vulnerabilidad es mayor.

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50 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

• Decreto 95/2003, de 8 de abril, por el que se regula la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y su Registro

• Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Ámbito de Protección

Coexisten en el término municipal de Utrera realidades bien diferentes desde el punto de vista de la conservación; de un lado, las condiciones del medio físico han posibilitado tradicionalmente el cultivo y la práctica ganadera, por lo que buena parte del término ha sido transformado de manera importante por el hombre. Por otra parte, diferentes condiciones naturales y socioeconómicas han permitido la persistencia de áreas donde la naturaleza se conserva en buen estado, razón por la cual han merecido una especial protección a través de distintas normas:

• POTAUS

• Ley 2/1989, de 18 de julio , por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.

• Directiva 92/43/CEE del Consejo, 21 de Mayo de 1992, relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales, de la Fauna y la Flora Silvestres. La Red Natura 2000, recogida en esta Directiva ), diferencia dos tipos de espacios:

• La zonas especiales de Conservación (ZEC), que han de ser designadas previamente por los Estados como Lugares de Interés Comunitario (LIC) y posteriormente seleccionados como ZEC por la Comisión

Montes Públicos

Normativa

• Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía.

• Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía.

• Plan Forestal de Andalucía.

Según la información facilitada por el Servicio de Gestión del Medio Natural de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla, no existen Montes Públicos en el término municipal de Utrera.

Red de Espacios Naturales Protegidos

Normativa

• Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.

• Ley 2/1995, de 1 de junio, sobre modiicación de la Ley 2/89, de 18 de julio, por la que se aprueba el inventario de espacios naturales protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección (BOJA nº 82, de 07.06.95).

• Ley 6/1996, de 18 de julio, relativa a la modiicación del art. 20 de la Ley 2/89, de 18 de julio, por la que se prueba el inventario de espacios naturales protegidos de Andalucía (BOJA nº 83, de 20.07.96).

3.6 LOS ESPACIOS NATURALES DE UTRERA

regable del Salado de Morón y parte de las mismas), se verían afectados los núcleos de población de Pinzón, El Palmar, Guadalema de los Quinteros y la Hacienda el Torbiscal. La inundación en éstas zonas afectaría a zonas de cultivos de regadío y de secano, infraestructura de viviendas y personas.

En Pinzón se producirían las mayores inundaciones, ya que al estar en zona casi plana, drena sus aguas mediante una bomba que aspira del colector principal y vierte fuera de la población. Si faltase este sistema, quedaría totalmente inundada la población y las vías de comunicación: A-394, Écija-Jerez; SE-9014 Local Palmar-Guadalema; N-IV, Sevilla-Cádiz; Camino de las Marismas; Ctra. A-8030, Utrera-N-IV; A-4711, Sevilla-Chipiona; Orografía: Zonas bajas, llanas y de cultivos.

APROBADO POR EL PLENO DE LACORPORACIÓN EN SESIÓN ORDINARIA

CELEBRADA EN UTRERA A JUEVES 16 DEABRIL DE 2015

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51ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

sombría y reidora, etc.

Embalse Torre del Águila

Normas de Protección:

• POTAUS

• Plan General de Ordenación Urbanística de Utrera Es una Zona Húmeda Transformada. Presenta un relieve alomado con pendientes muy suaves (entre 16-30%). El conjunto de terrenos es de origen postpaleozoicos, típicamente Trías, puntos de Eoceno y Oligoceno.

Las aguas son salobres con mucha materia orgánica y poca transparencia. Los aportes sólidos de los aluentes y arroyos que vierten al embalse son de unas dimensiones desproporcionadas, dada la deleznabilidad de los materiales junto a la puesta en cultivo de todos los alrededores, aún con fuertes pendientes.

y de aguas temporales.

Las lagunas que comprenden la Reserva Natural del Complejo Endorreico de Utrera, se caracterizan por poseer vasos lacustres de reducida extensión y escasa profundidad, siendo en general lagunas de aguas someras, muy dependientes de los aportes directos de la pluviometría y por lo tanto de un régimen de inundación estacional.

La morfología que presentan las lagunas es variable. Las de Alcaparrosa, que es la que posee una cuenca vertiente más pequeña, y Arjona, presentan formas ovaladas, extremadamente alargadas en ésta última, mientras que las de Zarracatín, que es la que posee la supericie mayor de cuenca vertiente, tiene una planta bastante irregular, aproximadamente más a la forma circular.

Los cinturones de vegetación perilagunar constituyen las únicas formaciones naturales que encontramos en el ámbito del complejo endorreico.

Esta vegetación se ha visto fuertemente afectada por la acción del hombre, particularmente en la Laguna de Zarracatín, donde las especies son escasas. Tan sólo se observan algunos pies aislados de taraje, juncos, eneas, carrizos y algunos macróitos sumergidos. En la Laguna de la Alcaparrosa aparece cubierta por una comunidad de carrizo. Y por último en la Laguna de Arjona, también es el carrizo la especie dominante acompañado de eneas, salicornias, juncos, y especies de los géneros Zannichellia y Potamogeton.

La importancia ecológica de estas formaciones viene determinada por su función ya que constituye un punto clave para el mantenimiento, reproducción, y descanso durante las migraciones de numerosas especies de aves acuáticas. Las especies más representativas son:la focha común, el pato real, el ánade silbón, el pato cuchara, la cerceta común, el porrón común, la garcilla bueyera, la garceta, la garza real, la agachadiza común, el aguilucho lagunero, la gaviota

de agua en unos sectores de forma temporal y en otros de permanente lo que permite el mantenimiento de la avifauna durante el verano. Las especies más signiicativas de aves son: el calamón, la focha común, la garza imperial, la garcilla bueyera, cigúeña blanca, cigúeñelas, correlimos, garcilla cangrejera, martinete,rascón, avetorillo, pechiazul, carricero tordal, etc.

Respecto al vegetación hay que destacar la variación que ha sufrido hasta la actualidad quedando fundamentalmente: eneas, carrizo, taraje y en las zonas encharcables internas: ranúnculos, scirpus, carex, juncos, etc.

Complejo Endorreico de Utrera

Normas de Protección:

• POTAUS

• Ley 2/1989, de 18 de julio , por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.

• Directiva 92/43/CEE del Consejo, 21 de Mayo de 1992, relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales, de la Fauna y la Flora Silvestres Zona de Especial Protección para Aves de Andalucía (ZEPA y LIC).

Se localiza en la zona sur del término municipal, también denominado Conjunto Lagunar de Utrera. Está formado por las Lagunas de Alcaparrosa, Zarracatín y Arjona, declarado como Reserva Natural. El relieve de esta zona, comienza a conigurarse alomado aunque de forma suave, llegando la altitud de 30 a 73 metros. Dichos terrenos están formados por margas y arcillas correspondientes al cuaternario, sobre los cuales se originan vertisoles. No se ha desarrollado una red luvial dominante, por lo que se han formado estos conjuntos endorreicos

Europea

• Las zonas de especial protección para las aves (ZEPA), designadas por los Estados, que entran a formar parte directamente de la Red Natura 2000

Los Espacios protegidos de Utrera se clasiican en cuatro grupos: las zonas húmedas, las masas arbóreas, espacios protegidos por razones forestales y/o paisajísticas y espacios propuestos para su protección como hábitat de especies amenazadas.

Zonas Húmedas

Brazo del Este

En el límite del término municipal de Utrera y afectando a los municipios de Puebla del Río, Coria del Río, Dos Hermanas, Las Cabezas de San Juan y Lebrija, se encuentra el Paraje Natural denominado Brazo del Este (río Guadalquivir), que es un estuario con morfología meandrizante y abandonado, de régimen luvial. Los materiales que lo componen son limos y arcillas que le conieren impermeabilidad.

Tras su separación del Guadalquivir, el brazo fue encauzado y cortado en varios sectores independientes, conectados entre si de forma artiicial, pasando así de un régimen luvial a otro casi endorreico, alimentado por las aguas de lluvia y los sobrantes de riego, muy manejado por el hombre a través de canales y compuertas.

El paisaje , a pesar de la modiicaciones y obras, mantiene gran valor gracias a al abundancia de aves y de la vegetación palustre. Este paraje está incluido entre los de importancia internacional para avifauna, debido a la permanencia

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52 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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Lagunas de las Peñuelas, Guadalema, Las Capellanías, La Ventosilla y El Carmen

Normas de Protección:

• Plan General de Ordenación Urbanística de Utrera

Lagunas aunque no forman parte del Complejo Endorreico de Utrera, se podría considerar que tienen características muy similares, en cuanto a formación, lora y fauna, ya que se encuentran relativamente cercano a éste y cumple la misma función de áreas de reproducción y descanso durante las migraciones de las numerosas especies de aves acuáticas que las utilizan como hábitat complementario o alternativo a los humedales de Doñana.

Masas arbóreas

Masa Forestal de Pinus pinea “Pinar de Doña”

Normas de Protección:

• Plan General de Ordenación Urbanística de Utrera

El Pinar de Doña se encuentra a un distancia de unos 2,5 km al norte del casco urbano de Utrera, con una extensión de aproximadamente 15 ha. El suelo donde se asienta es arenoso, de carácter ácido, existiendo zonas donde la cercanía de los horizontes más profundos de carácter arcilloso favorecen la aparición de áreas encharcables.

Se trata de un pinar de Pino piñonero, sobresaliendo su extensión en comparación con otras masas de pinos existentes en el término municipal, apareciendo zonas con ejemplares de gran tamaño. En cuanto a las especies acompañantes se pueden citar: algunos ejemplares de acebuche, lentisco,

La lora carece de un especial interés salvo los pastizales, en casi toda la margen inmediata al embalse y diversas manchas de tarajes. Lo más destacable es la fauna presente como el pato malvasía (especie en extinción) y 20 especies más, principalmente el pato real, la focha común y el porrón común. Otras especies son el pato cuchara, las culebras viperina, ciega y bastarda, barvo, boga, carpas, etc.

Este embalse supone una zona húmeda de vital importancia tanto por su proximidad al Parque Nacional de Doñana, como por formar parte de la ruta migratoria de las aves.

Salinas de Valcargado

Normas de Protección:

• POTAUS

• Plan General de Ordenación Urbanística de Utrera.

Es una Zona Húmeda Transformada, situada en la parte sur del término, cerca del Embalse Torre del Águila, tiene una topografía alomada y se encuentran a unos 60 m de altitud. El sustrato lo conforman, depósitos de margas, arcillas, yesos, etc., de textura arcillosa y vocación agrícola con limitaciones (salinidad y drenaje deiciente).

Está drenada por el arroyo de la Salina. Textura grosera y coeiciente de torrencialidad moderado. Alta susceptibilidad a la erosión.

La vegetación ha sido reemplazada por cultivos agrícolas, restando sólo pequeñas manchas de vegetación perilacustre (eneas, juncos, carrizos, etc.). La fauna acuática ha desaparecido casi totalmente.

procedentes las gavias de los terrenos colindantes y por aguas pluviales. Esto propicia la presencia de aves acuáticas como la polla de agua, garza real, correlimos, milano real, águila calzada, etc. Respecto a otras especies de fauna destaca el tejón y el meloncillo.

En el límite sur destaca una masa de eucalipto, formada por ejemplares de notable tamaño.

Espacios propuestos por razones forestales y/o paisajísticas

Normas de Protección:

• Plan General de Ordenación Urbanística de Utrera

Contempla además del PGOU, la protección del suelo no urbanizable por razones forestales y/o paisajísticas, quedando protegidas todas las masas arbóreas existentes en este tipo de suelo, estando localizadas en los siguientes parajes: Los Granadillos, Portaceli, Buena Vista, La Indiana, La Romana, Doña Jacinta Baja. Además se incluyen en este tipo de protección, las zonas forestales situadas por encima de la cota 100 existentes en el sur del término dada su función antierosiva.

Como medidas de protección para todos los espacios naturales catalogados en los distintos inventarios, planes, etc., se establece una zona de protección de 500 m a partir de la línea de máximo embalse, salvo para el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Complejo Endorreico de Utrera, que establece una Zona Periférica de Protección especíica.

Además para el alcornocal situado en la inca de Don Ismael y la masas forestal Pinus pinea (Pinar de Doña), no se permitirá ningún tipo de instalación ija o construcciones permanentes que no esté justiicadas por l naturaleza o destino

palmito, labiérnago, mirto y otras especies subarbustivas como la aulaga, espárrago negro, jaguarzo, lavanda o trepadoras como la zarzaparrilla. En cuanto a la fauna se observan: verderones, zorzales, trigueros, currucas, palomas, abubillas, el águila de calzada, milano real.

Alcornocal de Don Ismael

Norma de protección:

• Plan General de Ordenación Urbanística de Utrera 2002.

Este espacio natural se encuentra a unos 4,5 km al oeste del casco urbano de Utrera, con una extensión aproximada de 32 ha. La linde norte del Alcornocal la conforama la vía pecuaria “Cordel del Pico, Mesas y Arca del Agua”, cuyo trazado actual en dirección a Utrera transcurre a poca distancia también, del borde sudeste del Pinar de Doña.

Las características del suelo son similares, debido a su cercanía, con las del Pinar de Doña, formándose en algunas zonas pequeñas lagunas temporales.

Este espacio constituye un reducto natural de la vegetación potencial de la zona. Actualmente cuenta con unos 400 ejemplares de alcornoques, que forman masas arbóreas con matorral acompañante como lentisco, palmito, mirto, coscoja, majuelo, retama, etc., sobre todo en la parte sur de la zona.

En la parte central se extienden áreas de pastizal, con ejemplares dispersos de alcornoques y especies herbáceas como leguminosas, gramíneas, etc., destacando una especie, Loeflingia baetica catalogada como Vulnerable.

En la zona este se observa encharcamiento del terreno en época de lluvia, albergando dos pequeñas lagunas temporales, alimentadas por aguas

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53ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

El proyecto de clasiicación de las vías pecuarias del término municipal de Utrera, aprobado por Orden Ministerial en el año 1957, incluye 32 vías pecuarias de las cuales 17 son cañadas, 10 cordeles, 4 veredas y 1 colada; además se identiican 5 lugares asociados a las vías entre descansaderos y abrevaderos:

Se produjeron dos modiicaciones posteriores de la clasiicación, la primera

aprobada por Orden Ministerial de 12 de mayo de 1966 y la segunda por Orden Ministerial de 10 de junio de 1967.

En los últimos años, el Ayuntamiento de Utrera junto con la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía han desarrollado importantes esfuerzos en relación a las vías pecuarias, habiéndose deslindado la práctica totalidad de las mismas y abordado el amojonamiento y señalización de los tramos principales de muchas de ellas.

Salado de Lebrija – Las Cabezas

Este espacio se encuentra propuesto como LIC por las mismas razones que el Arroyo de Santiago, Salado de Morón y Matabueyes / Garrapata. Pese a que los cauces principales que motivan la propuesta de protección no discurren por el término de Utrera, sí lo hacen algunos de sus aluentes (arroyos de las Yeguas, de la Lechuza y del Endrinal) que quedarían igualmente englobados en el espacio protegido de ser aprobada la propuesta de LIC.

Vías Pecuarias

Normativa

• Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.

• Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• Acuerdo de 27 de marzo de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan para la Recuperación y Ordenación de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Ámbito de Protección

Las vías pecuarias han sido utilizadas desde antiguo para conectar las distintas entidades de población y transportar ganado y materiales obtenidos de la explotación de los recursos agrarios tradicionales. De acuerdo con el artículo 4.1. de la Ley de Vías Pecuarias, las vías se clasiican en función de su anchura en Cañada: 75 m, Cordel: 37.5 m, Vereda: 20 m, Colada: anchura variable y Abrevaderos y descansaderos: supericie variable.

Protección para Aves de Andalucía (propuesta de LIC).

Este espacio, compuesto por los arroyos que le dan nombre y sus aluentes, está propuesto como lugar de importancia comunitaria (LIC) debido a la presencia de una especie piscícola en peligro crítico de extinción: género Lebias, especie Aphanius iberus.

Un estudio realizado por la Consejería de Medio Ambiente en colaboración con la Universidad de Córdoba, ha descubierto una nueva población de la especie mencionada, denominada comúnmente fartets, en arroyos de la provincia de Sevilla que nutren la cuenca del Guadalquivir. Estos arroyos (Santiago, Salado de Morón y Matabueyes) desembocan en el embalse Torre del Águila y pertenecen a los términos municipales de Utrera, Montellano y El Coronil.

El estado de conservación de esta población de peces de reducido tamaño es óptimo y se une a otras cinco poblaciones ya conocidas. No obstante, esta especie para Andalucía está catalogada en peligro crítico de extinción debido a varios factores: sequía y el uso de sustancias para cultivos agrícolas, y la elevada competencia en su propia área de distribución (la gambusia en agua dulce y el fúndulo en los medios muy salinos) y empeorado por especies introducidas en Andalucía desde Estados Unidos que sufren una enorme proliferación y que limitan en gran medida el desarrollo de las poblaciones de fartets.

La zona se caracteriza principalmente por la presencia de cultivos extensivos de cereal (incluyendo los que alternan con barbecho) y otras zonas de menor importancia, con cultivos de plantas leñosas, pastizales áridos, manchas de bosque, en su mayor parte escleróilo y zonas arbustivas con brezales.

de la inca y no exista posibilidad de ubicación fuera de esta categoría de suelo.

Contempla también el PGOU, para su primer cuatrienio de vigencia, la aprobación del Plan Especial de Mejora del Medio Rural en las que se acometen una serie de actuaciones que redundarán en beneicio del Medio Ambiente, como:

Limpieza y restauración de áreas degradadas, basureros y pequeñas canteras.

Obras de mejora, deslinde, clasiicación y recuperación de la totalidad de vías pecuarias, caminos y pistas agrarias.

Inventario existentes y focos de contaminación de aguas subterráneas. Control de los mecanismos de depuración de las actividades agrarias e industriales, así como de vertidos incontrolados.

Disponibilidad de agua para abastecimiento, tanto para usos agrarios como para otros usos, deiniendo zona de protección de acuíferos con identiicación de elementos de impacto y medidas correctoras a los mismos.

Clasiicación y deslinde del Dominio Público Hidráulico (arroyos)

Espacios propuestos para su protección como hábitat de especies amenazadas

Arroyo de Santiago, Salado de Morón y Matabueyes / Garrapata

Normas de Protección:

Directiva 92/43/CEE del Consejo, 21 de Mayo de 1992, relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales, de la Fauna y la Flora Silvestres Zona de Especial

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54 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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Remitimos al Catalogo General del Patrimonio Arquitectónico, Etnológico y Arqueológico de Protección que forma parte del presente documento de Aprobación Provisional del Plan General de Utrera.

3.7 PATRIMONIO ARTÍSTICO Y CULTURAL

• Cañada Real de la Armada con el ferrocarril Sevilla-Cádiz.

• Cordel de Montería con las carreteras A-471 y N-IV

• Vereda de Dos Hermanas con el ferrocarril Sevilla Cádiz (cruce resuelto mediante un puente)

• Cordel del Pico con las carreteras A-362, A-3111 y A-394

• Cordel del Gallego con la carretera A-394 y el ferrocarril Sevilla-Málaga.

• Cañada Real de Venta Larga con la Circunvalación (cruce resuelto con un puente)

• Cañada Real de Ubrique a Sevilla con las carreteras A-394 y SE-445.

Destacar por último la existencia de vertidos de residuos y escombros en las márgenes, bien dispersos (Vereda de Dos Hermanas, Cañada Real del Pajarero y Cañada Real del Coronil) o bien concentrados en puntos concretos (Cordel del Pico, Cañada Real de los Pájaros).

El acuerdo de 27 de marzo de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan para la Recuperación y Ordenación de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el objetivo de deinir la Red Andaluza de Vías Pecuarias, asigna diferentes usos a cada tramo diferenciado de vía Pecuaria y marca diferentes niveles de prioridad que relejan la importancia relativa de cada ruta. Se contemplan tres tipos de uso: Ganadero, Turístico-Recreativo (Público) y Ecológico y tres niveles de prioridad (1º, 2º y 3º; 0=prioridad no deinida)

Las incidencias más signiicativas que presentan las vías son la ocupación parcial o completa de su trazado que se ha producido pese al deslinde principalmente por parte de cultivos. A estas incidencias debe añadirse las causadas por infraestructuras de comunicación:

Situaciones en las que la propia vía ha sido pavimentada y coincide con el trazado de carreteras:

• A-4 en el Cordel de Gibraltar

• A-471 en la Cañada Real de la Armada

• A-31111 en la Cañada Real de Las Cabezas

• A-362 y SE-428 en la Cañada Real de los Pájaros

• A-376 en la Cañada Real del Coronil

• A-394 en la Cañada Real de Venta Larga.

• Corte de la vía pecuaria por infraestructuras de comunicación:

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55ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

3.8.1. TRANSPORTE Y COMUNICACIÓN.

Remitimos al capítulo 10 de la Memoria de Información del presente Plan General (“La Movilidad en Utrera”), en el que se hace un análisis de las infraestructuras y modos de transporte, así como de los hábitos de movilidad en la población.

3.8.2. INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS URBANOS.

En el capítulo 11 de la Memoria de Información se hace una completa exposición del estado de desarrollo de las diferentes infraestrcuturas urbanas, asi como de las previsiones e intenciones futuras en el municipio de Utrera: agua, saneamiento, red eléctrica, gas, alumbrado, telefonía y telecomunicaciones.

3.8 INFRAESTRUCTURAS TERRITORIALES

de Utrera, obtenida a partir de la Proyección de Población de Andalucía por ámbitos subregionales 2009-2035. Esta última es una proyección derivada de la Proyección de la población de Andalucía 2009-2070 en su escenario de hipótesis media (estimación a medio plazo -25 años-).

Esto permitirá una actualización adecuada de la misma, incorporando la evolución demográica más reciente y proporcionando una mayor coherencia a la información estadística oicial.

Según esta hipótesis tendríamos la estimación demográica que se muestra en la tabla de la página siguiente:

3.9.1. MARCO DEMOGRÁFICO.

Reproduccimos a continuación la estimación demográica realizada al inal del capítulo 1.6 de la Memoria de Información del presente Plan General. A dicho punto remitimos para el análisis de los datos de partida que la han hecho posible:

“La Proyección de la Población de Utrera para la Hipótesis Corto Plazo (H3) constituye una simulación estadística del tamaño y estructura demográica de la población que residiría en Utrera, en los próximos 10-20 años, en caso de mantenerse las tendencias y los comportamientos demográicos actualmente observados. De esta forma, estos resultados muestran, básicamente, el efecto que, sobre el futuro más próximo, tendrían la evolución recientemente observada de la fecundidad, la mortalidad y las migraciones en el municipio.

Las proyecciones de población para las Hipótesis Largo Plazo (H1) y Medio Plazo (H2), entre 50-80 años de horizonte temporal en H1 y 25-50 años en H2 , intentan captar los grandes cambios demográicos estructurales y dibujar una imagen en el medio y largo plazo. Por su metodología tampoco se adaptan al seguimiento de la coyuntura y los primeros años quedan rápidamente desactualizados, por lo que si se precisa de simulaciones para un horizonte más cercano no se encuentra información convenientemente actualizada en la que apoyarse.

Por su parte, las proyecciones a corto plazo pueden incorporar desarrollos metodológicos más adaptados a la extrapolación a corto término y que permiten tener en cuenta el devenir más reciente de los factores económicos y sociales en los que se desarrolla la evolución de la población.

Es por ello, que se considera que la Hipótesis de Proyección de Población a Corto Plazo (H1) complementa a la ya estimada Proyección de población

3.9 MARCO DEMOGRÁFICO Y SOCIOECONÓMICO

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56 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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El resultado inal es una pirámide con las mayores cohortes en la segunda fase de la edad activa, de los 40 a los 55 años, y con gran cantidad de efectivos en el grupo de ancianos, una sociedad con gran capacidad productiva de la que se ignora su capacidad de atraer población para atender los nuevos servicios que se demandarán, o su capacidad para reactivar la fertilidad atendiendo a las condiciones del nuevo escenario.

Las consecuencias de la estructura demográica resultante en el mercado de trabajo plantean un escenario decreciente. Aunque en los próximos 20 años seguirá incorporándose más población a la edad activa que a la edad de jubilación, en especial en los primeros 5 años.

Jubilaciones y Nuevas incorporaciones al Mercado de Trabajo.

2108 2023 2028 2033

P. Que cumplen 15 años 3.116 3.211 3.299 3.383

P. Que supera edad de jubilación 2.110 2.356 2.789 3.215

Diferencia: Puestos de trabajo a crear 1.006 855 510 168

Fuente: Elaboración propia a partir de datos del IEA-INE.

Atendiendo a estos resultados será necesario crear alrededor de 201, 171, 102 y 34 nuevos puestos de trabajo al año en cada uno de los cuatro quinquenios de la proyección para mantener las actuales condiciones de empleo en el municipio. Esta variable, junto con el factor de localización de Utrera, las futuras comunicaciones y su propuesta de activación económica y empresarial gracias a las expectativas empresariales y productivas generadas a raíz de la creación en Utrera de un Centro Logístico con carácter supramunicipal y al mantenimiento de la oferta residencial, son sustanciales para esperar en el futuro un saldo migratorio positivo.”

El número de defunciones, que aún creciendo en la última década, se ha estabilizado en los últimos años, tiende a aumentar debido al progresivo envejecimiento de la población, tal y como es apreciable en los cohortes superiores de las pirámides poblacionales de la serie proyectada.

El balance de jóvenes menores de 15 años en relación a los mayores de 65 años tiende al decrecimiento, pasando de ser el 138,46% en el primer quinquenio (2013-2018) a ser el 75% en el cuarto quinquenio (2028-2033). La edad mediana al inal del periodo proyectado supera en todos los casos los 40 años y la fertilidad ha de resentirse del hecho de que las grandes generaciones actualmente por debajo de los 40 años hayan superado ese grupo, y la población que se encuentre en plena actividad reproductiva sean las disminuidas generaciones que actualmente se encuentran entre los 5 y los 14 años.

El volumen de población en edad de formar un hogar familiar o no familiar, disminuye en el horizonte de 2033 en un 12,29%, momento que se prevé para la ejecución del Plan General. Esta pérdida de población se reparte en los 4 quinquenios de la serie proyectada (2013-2033) según los siguientes porcentajes: 2,89%(1º), 5,39%(2º), 2,91%(3º) y 1,78%(4º). A lo largo de estos 20 años se debe ofertar los hogares necesarios y suicientes para este rango de población (de 20 a 45 años) en sus distintas modalidades al igual que prever la modalidad de hogares para mayores de 65 años. En relación a los estudios de las distintas modalidades de población, y de cara al dimensionado de las necesidades de vivienda, se ha realizado un estudio pormenorizado que se

encuentra incluido en el Capítulo 9 de esta Memoria de Información.

El grupo de población activa, que representa en 2013 el 69% de la población total, decrece progresivamente, situándose al inal del periodo proyectado (año 2033) en el 65% de la población total, lo que supone un descenso de 4 puntos porcentuales.

Como resultado, en el horizonte de 20 años del Plan General de Utrera, en el ámbito temporal de estudio 2013-2033, se estima que la población del municipio crezca en 6.170 habitantes (11,98%).

Las proyecciones de población que aquí se estudian tomando los 4 periodos quinquenales (2013-2018, 2018-2023, 2023-2028 y 2028-2033), marcan una tendencia creciente progresiva hasta un momento 2018-2023 que esta comienza a decrecer en relación con los años anteriores, por lo que el crecimiento poblacional se va a moderar signiicativamente, y la población va a seguir envejeciendo.

La población absoluta para el primer quinquenio (2013-2018) crece un 3,40%. Ello supone que en los próximos 5 años Utrera crecerá en 1.752 habitantes, lo que signiica un crecimiento anual del 0,68%, y que resulta equivalente con lo que ha ocurrido en los últimos años si el crecimiento registrado se atenúa teniendo en cuenta el débil pulso del crecimiento vegetativo en el municipio.

En los siguientes quinquenios el crecimiento anual será inferior paulatinamente, siendo este del 0,59% en el periodo 2018-2023, del 0,53% en el 2023-2028 y del 0,49% en el 2028-2033.

El saldo natural, a pesar de la renovación de la población joven, tiende a ralentizarse, aunque continúe siendo positivo, debido al potencial genésico del municipio (peso relativo de las mujeres entre 15 y 49 años) y al aumento de la tasa de natalidad de los últimos años. Sin embargo, se debe tener en cuenta que el número de hijos por matrimonio se ha reducido de forma generalizada y, por tanto, los últimos escalones de la pirámide poblacional son cada vez más pequeños. Esto conlleva una reducción en el número de nacimientos del municipio en los próximos años salvo que el potencial reproductor del mismo se vea incrementado a través de la inmigración.

Crecimiento Estimado de la Población. Utrera (2013-2033).

(Proyección de la Población de Andalucía por ámbitos subregionales)

Proyección de la Población de Utrera (2013-2033)

Año Proyección PoblaciónCrecimiento Proyectado

PeriodoHabitantes %

2013 51.210 1.577 3,08% 2013-20182018 52.787 1.141 2,16% 2018-20232023 53.928 857 1,59% 2023-20282028 54.785 634 1,16% 2028-20332033 55.419 4.209 8,22% 2013-2033

Crecimiento Proyectado de la Población de Utrera (2013-2033)

Hipótesis 3 (Corto Plazo)

Año Proyección PoblaciónCrecimiento Proyectado

PeriodoHabitantes %

2013 51.887 1.926 3,71% 2013-20182018 53.813 1.999 3,71% 2018-20232023 55.812 2.072 3,71% 2023-20282028 57.884 2.150 3,71% 2028-20332033 60.034 8.147 15,70% 2013-2033

Proyección de la Población de Utrera (2013-2033)

Combinación de Proyecciones

Año Proyección PoblaciónCrecimiento Proyectado

PeriodoHabitantes %

2013 51.549 1.752 3,40% 2013-20182018 53.300 1.570 2,95% 2018-20232023 54.870 1.465 2,67% 2023-20282028 56.335 1.392 2,47% 2028-20332033 57.727 6.178 11,98% 2013-2033

Fuente: Elaboración propia.

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57ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

Utrera ha de adquirir el rango de ciudad central y organizar la estructura suburbana completando sus infraestructuras. Al mismo tiempo debe complementar un espacio metropolitano de pleno derecho (no sólo en tipología) y convertirse en Centro regional, nodal y de servicios, contribuyendo a la vertebración interior de Andalucía y su modernización.

Esta formulación de nueva apertura y conectividad precisa también de redes que no sean físicas exclusivamente, también de conexiones a los sistemas de la sociedad de lujos económicos y de telecomunicaciones.

Utrera debe conigurar un proyecto territorial de futuro que le permita desbordar el estrecho mundo en el que durante muchos años se ha proyectado, autolimitando extraordinariamente sus posibilidades de desarrollo. Debe identiicarse con un lugar de creación y generación de más conocimiento para constituir un entorno social de mayor rango y competitividad. También debe alcanzar nuevos niveles de comprensión de su espacio metropolitano que permita proyectar una visión diferente de su morfología urbana.

Para la consecución de estos objetivos han de orientarse actividades productivas relevantes en el nuevo marco de globalidad de su espacio metropolitano, proyectar una nueva morfología urbana interna y externa y enfatizar su carácter de Centro Regional y Nodal.

Esta línea de actuación establece tres iniciativas claves:

• La consecución de un modelo metropolitano para la ciudad y su entorno de inluencia.

• La mejora de la articulación subregional en Andalucía.

• La de ampliar su inserción económica en las redes globales.

función de capitalidad.

• Escaso aprovechamiento de su nivel de especialización en actividades agrícolas, turísticas, culturales, medioambientales, de servicios avanzados y tecnológicas.

• Bajo nivel de innovación en el conjunto de las actuaciones.

• Poca correlación entre los procesos globales y las actividades locales.

• Primacía de objetivos sectoriales frente a objetivos globales de ciudad.

• Lenta dinamización de un importante potencial comercial.

• Escaso aprovechamiento de su emplazamiento geoestratégico en Andalucía.

• Baja modernización de los sistemas de participación y conexión con los sistemas económicos.

• Bajo nivel educativo y de promoción del empleo y el empresariado.

• Limitado valor añadido del recurso patrimonial, turístico y cultural.

• Débil entorno de generación y difusión del conocimiento.

A pesar de este escenario relativamente acomodado a inercias no deseables, la Ciudad de Utrera tiene un momento de oportunidad para orquestar su potencial de desarrollo impulsando un nuevo horizonte que corrija y fomente los anteriores desequilibrios, propiciando una nueva situación de liderazgo en el sistema andaluz y en el marco general de las ciudades.

del total, indicador que en Utrera se sitúa en el 8,62 %.

La presente coyuntura económica marcada por la recesión tiene un indicador en la tasa de desempleo. Según el Instituto Nacional de Estadística, que aporta datos más recientes a los del Censo 2001, las tasas de desempleo han evolucionado en consonancia con la coyuntura general, lo que se ha traducido en un incremento del porcentaje de parados entre 2005 y 2012.

Es necesario considerar la importancia de los espacios productivos de Utrera desde una vertiente cualitativa. A pesar de los esfuerzos y acciones llevadas a cabo, los espacios productivos de Utrera presentan importantes déicits estructurales, y lo más importante, no existen ofertas que se adecuen a los nuevos requerimientos derivados de las también nuevas lógicas organizativas y funcionales del actual modelo económico. Ello puede debilitar el papel del municipio en un futuro próximo, lo que ya se releja en indicadores como la limitada presencia de actividades o funciones estratégicas y/o innovadoras en los suelos productivos de la localidad con relación a su entorno inmediato.

Utrera debe corregir las circunstancias y factores que han llevado al municipio a esta situación:

• Baja inserción en las redes económicas y sociales provinciales y regionales.

• Poca captación de recursos humanos y anclaje de los mismos.

• Falta de liderazgo como ciudad y baja concertación interadministrativa.

• Visión tradicional y poco renovada en la ciudad.

• Actividades económicas de escaso valor añadido y separadas de la

3.9.2. MARCO SOCIOECONÓMICO.

Respecto de las circunstancias socioeconómicas de Utrera, remitimos igualmente al punto 1.7 de la Memoria de Información, de la que reproducimos a continuación sus conclusiones y diagnóstico.

“Las líneas que se presentan a continuación se fundamentan en la necesidad de resumir y concretar los aspectos más relevantes y signiicativos de la información que se ha presentado hasta el momento de las Actividades Económicas del municipio de Utrera.

Atendiendo a los indicadores de naturaleza Económica y en función de los resultados de las tasas habitualmente empleadas para deinir la “salud económica” de los ámbitos objetos de análisis, la situación de Utrera estaría en un intervalo inferior a la media provincial y a la corona metropolitana. Por ejemplo la Población Activa se sitúa en el 44,49%, 50,70% y 53,10%, respectivamente en Utrera, la provincia, y la corona metropolitana.

Un dato del diagnóstico que ha llamado poderosamente la atención en función de la reciente historia económica de Utrera que se ha caracterizado por la temprana y activa incorporación de la mujer a la vida laboral, es que la población desempleada masculina (50,57%) supera levemente a la femenina (49,43%), siendo la tasa de paro de la población masculina y femenina bastante similares, 23,10% y 23,39% respectivamente.

Que efectivamente el sector servicios sea cada vez más relevante en Utrera no debe suponer una inla-consideración del sector industrial. Así, si bien es cierta su mayor capacidad de generar empleos (el ya citado 81,19%), y que además se irá reforzando, el municipio está aún un poco alejado de valores del resto de la provincia, donde los ocupados en este sector se sitúa en el 84,10%. En paralelo los trabajadores en el sector industrial de la provincia representan un 7,36 %

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58 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

de desarrollarse pueden llevar a cabo una estrategia de crecimiento endógena (con un crecimiento auto-sostenido y adaptándose a la realidad socio-económica de la zona) o por el contrario, pueden llevar una estrategia de crecimiento exógeno.

Un ejemplo, concreto en Andalucía, es el Parque cientíico tecnológico de Utrera (Rabanales 21) en el que se llevan a cabo investigaciones de Biotecnología y Tecnología de la Salud, tratamiento de aguas residuales, centros de Empresas, I+D, Centros de Investigación aplicada, etc.

• Parques de Investigación y formación agraria.

Existe un centro de estas características en el municipio próximo de Los Palacios en el que se llevan a cabo programas de desarrollo experimental de cultivos para mejorar la producción y programas formativos destinados a empresas agrarias para modernizar sus instalaciones y mejorar la calidad de sus productos en lo referente a la producción, almacenamiento y distribución. Este parque se encuentra dentro de la Red Andaluza de Experimentación Agraria (RAEA). En Utrera se podría crear un parque de similares características para incrementar la producción de los suelos del oeste de Utrera.

La línea consiste en identiicar las repercusiones de los sectores productivos provinciales en la economía de la ciudad y su posibilidad de apoyo recíproco. Para ello habría que hacer un Plan especial para que Utrera asumiera el papel de espacio de exhibición o de los productos agroalimentarios etc. que se fabrican y se distribuyen a través de la provincia.

Este Plan no consiste sino en incrementar la capacidad de Utrera como

conjunto de estrategias económicas que normalmente provendrán de la iniciativa libre del mercado, pero que pueden ser incentivadas mediante mejoras sustanciales en los aspectos logísticos y disponer de suelo suiciente. Estas mejoras han de pasar en primera instancia por las infraestructuras de transporte, almacenaje y distribución. En segundo lugar por la priorización de los mercados emergentes de la provincia y de Andalucía. En tercer lugar por la conexión de esos mercados a los espacios productivos de la capital y sus ámbitos de investigación y desarrollo. Y por último pasan por la adecuada disposición de centros logísticos anteriores a la bifurcación de la N IV en sentido hacia Málaga y Sevilla (Centro logístico de Levante) puesto que el Centro del Higuerón se emplazaría en una localización mucho más dependiente de Sevilla y restaría importancia a la posición nodal de Utrera.

B. INNOVACIÓN Y COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL.

Las actividades innovadoras necesitan de buenas infraestructuras y comunicaciones, por lo que se localizan en lugares de alta centralidad. Utrera podría beneiciarse de este hecho debido a su posición entre Sevilla, ámbito en el que se concentran mayor número de empresas innovadoras junto con Málaga, y Cádiz.

En Utrera debería desarrollarse este tipo de industrias de investigación apoyadas por la centralidad regional. Existen diferentes ejemplos de parques que podrían desarrollarse en Utrera como:

• Parques cientíicos Tecnológicos.

Los objetivos de estos parques es fomentar el desarrollo económico regional, mediante la creación de empresas innovadoras, e impulsar los procesos de difusión y transferencia de tecnología desde los centros de investigación hacia el tejido empresarial. Los parques a la hora

Para ese cambio de rango, Utrera parte de sus valores aún no aprovechados suicientemente, innovando en patrimonio, calidad de vida, cultura, inserción económica y sostenibilidad. Esta es una apuesta trascendental para su posición geoestratégica de encrucijada en el interior de Andalucía y las conexiones con la bahía de Cádiz, Sevilla y costa oriental.

Es necesario dinamizar y romper estas inercias para evitar que Utrera mantenga demasiado tiempo un escenario por debajo de sus posibilidades.

A. CENTRALIDAD Y COMPLEMENTARIEDAD DE UTRERA EN EL TERRITORIO.

De forma voluntarista o por razones objetivas indiscutibles, los nodos de transportes se localizan en determinados puntos del territorio y desde allí actúan como factores de concentración de actividades económicas y como puntos de referencia de redes organizadas a gran escala. Esto es sobre todo cierto para las mercancías, pero también para los viajeros y de gran importancia para la implantación de actividad industrial.

La complementariedad que Utrera ofrece como centralidad logística en la relación Sevilla-Bahía de Cádiz y al vínculo Bahía de Cádiz- Andalucía oriental permiten posicionar este ámbito en foco de atracción de actividades ligadas al transporte logístico, a la agricultura de Utrera y los municipios colindantes y al sector servicios como derivados de estos.

El cambio de situación estratégica de Utrera como Centro regional está ligado a la oportunidad de cambiar su rango de ciudad corredor a una posición emisora y receptora de lujos que la consolide como encrucijada anclada a los corredores económicos del Sur y de Valle del Guadalquivir.

Esta posición o nuevo emplazamiento en el mapa global requiere de un

Aun teniendo puntos en común, las tres iniciativas diieren sustantivamente en los alcances. El modelo metropolitano y el entorno de inluencia afectan a un territorio cercano a la ciudad que hay que alorar y poner en relación con la ciudad misma.

La mejora de la articulación regional y subregional ha de servir para conectar las áreas costeras e interior de Andalucía con Utrera, ahora insuicientemente vertebradas con ella y, además, con sus ámbitos comarcales de mayor desarrollo económico susceptible de tener proyección, difusión e impactos positivos en la Ciudad de Utrera: Ronda, Lebrija y Los Palacios y Villafranca.

La inserción económica en las redes globales depende no sólo de las redes físicas, sino también de las redes virtuales que la sociedad de la información pone en juego. Incluimos aquí la globalización, las actividades deslocalizables, las redes de conocimiento, nueva economía, investigación y formación de recursos humanos, inancieros y empresariales, logística, transportes y distribución, servicios avanzados y turismo, industria y otras actividades de alcance regional, nacional, europeo e internacional, para las cuales, la Ciudad de Utrera puede aportar periles especíicos como encrucijada privilegiada por su posición geoestratégica en los sistemas de ciudades.

Las tres iniciativas son complementarias porque articulan una superposición de mallas y alcances, de forma que unas actúan con las otras (las relaciones regionales en Andalucía) y con el resto en el territorio global, hacia otros mercados muy distantes y distintos de los que ahora, con el peril actual, se pueden obtener y alcanzar.

Para adquirir el rango deseado de ciudad regional en el sistema general de ciudades, Utrera ha de romper inercias y conformidades que hipotecan cualidades y estándares necesarios para conigurarse como ciudad de un alto nivel de calidad y de vida.

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59ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

Empresas España

B65D Receptáculos para el almacenamiento o el transporte de objetos o materiales, p. ej. sacos, barriles, botellas, cajas, latas, cartones, arcas, botes, bidones, tarros, etc.

A61K Preparaciones de uso médico, dental o para el aseo.

C07D Compuestos heterocíclicos.

G07F Aparatos accionados por monedas o aparatos similares

B65B Maquinas, aparatos, dispositivos o procedimientos de embalaje de objetos o materiales; desembalaje.

Universidades España

G01N Investigación o análisis de materiales por determinación de sus propiedades químicas o físicas.

C12N Microorganismos o enzimas; composiciones que los contienen.

A61K Preparaciones de uso médico, dental o para el aseo.

C01B Elementos no metálicos; sus compuestos.

A61B Diagnóstico, cirugía, identiicación (análisis de material biológico)

Conjuntas (Univ-empresas) España

C12N Microorganismos o enzimas; composiciones que los contienen.

C12Q Procesos de medida, investigación o análisis en los que intervienen enzimas o microorganismos.

A61K Preparaciones de uso medico, dental o para el aseo.

C07D Compuestos heterocíclicos.

A23L

Alimentos, productos alimenticios o bebidas no alcohólicas; su preparación o tratamiento, p. ej. cocción, modiicación de las cualidades nutritivas, tratamiento físico ; conservación de alimentos o productos alimenticios en general.

Relación de Sectores (CIP) con mayor número de Patentes

Empresas Andalucía

A23L

Alimentos, productos alimenticios o bebidas no alcohólicas; su preparación o tratamiento, p. ej. cocción, modiicación de las cualidades nutritivas, tratamiento físico ; conservación de alimentos o productos alimenticios en general.

B65D Receptáculos para el almacenamiento o el transporte de objetos o materiales, p. ej. sacos, barriles, botellas, cajas, latas, cartones, arcas, botes, bidones, tarros, etc.

C02F Tratamiento del agua, agua residual, de alcantarilla o fangos.

A23N Máquinas o aparatos para tratar las cosechas de frutos, hortalizas, etc. Aparatos para la preparación de comida para animales.

E06B Cierres ijos o móviles para la abertura de ediicios, vehículos, puertas, ventanas, etc.

Universidades Andalucía

G01N Investigación o análisis de materiales por determinación de sus propiedades químicas o físicas

C12N Microorganismos o enzimas; composiciones que los contienen

A61B Diagnostico; cirugía; identiicación

C12Q Procesos de medida, investigación o análisis en los que intervienen enzimas o microorganismos

B01D Separación de sólidos por vía húmeda, por vía seca, separación magnética o electrostática, aparatos centrifugadores, etc.

Conjuntas (Univ-empresas) Andalucía

C12Q Procesos de medida, investigación o análisis en los que intervienen enzimas o microorganismos.

C12N Microorganismos o enzimas; composiciones que los contienen.

de centralidad; pero a su vez la oferta de estos servicios resulta atractiva para las nuevas irmas que optan por localizarse allí donde se les ofrecen más posibilidades de mejorar su gestión, sus productos o sus procesos.

• Sectores económicos cambiantes y tecnologías emergentes.

La tecnología patentada en Andalucía y España durante un periodo de seis años (1996-2002) constituye un indicador que se ha mostrado de gran utilidad para identiicar las posibilidades tecnológicas de empresas y también de universidades donde Utrera puede dar cabida. Los cinco sectores más relevantes en cada uno de los bloques (empresas, universidad y empresas/universidad) para el conjunto de Andalucía y para el conjunto de España son:

Foro Económico de la provincia mediante una serie de instrumentos que conecten los Parques empresariales propios con las actividades productivas provinciales y con un recinto ferial que vaya más lejos que el organizado en la actualidad, que cuente con un espacio de exhibición propio y que aumente la capacidad expositiva y comercial hacia la ciudad y su área metropolitana, pero también al exterior de ésta, con instrumentos avanzados de gestión, publicidad y marketing.

Activar esas conexiones signiica también ligar empresarios e investigadores a los nuevos sectores emergentes de producción industrial, distribución y servicios, para fomentar la capacidad logística de la provincia en la ciudad y viceversa. Aumentando estas inluencias recíprocas, Utrera puede incrementar notablemente su inluencia en las redes comerciales globales.

• Parques Logísticos.

En ellos se desarrollan actividades de distribución de mercancías de las empresas, es decir, todas aquellas actividades asociadas al transporte. Al encontrarse, Utrera, en un punto cercano a Sevilla y a la creación de una autopista que uniría el puerto de Cádiz, principal puerto atlántico del sur español, con la ciudad Autonómica lo hace un espacio propicio para la creación de un nodo de transportes.

C. SERVICIOS AVANZADOS A LAS EMPRESAS COMO COMPONENTE ESTRATÉGICO PARA LA COMPETITIVIDAD.

Los servicios avanzados a las empresas se han convertido en uno de los activos principales con que cuenta un territorio para poder competir y dinamizar su economía. En un ejercicio de retroalimentación, la presencia de éstos surge por la existencia de cierta masa crítica empresarial, además de condiciones

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60 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

d. Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).

Las TIC se espera que continúen diez años más su rápido proceso de crecimiento y de inluencia en el crecimiento económico. Sin embargo, el mantenimiento de su crecimiento acelerado dependerá de la aplicación de componentes a escala nanométrica.

Algunos de los avances más signiicativos en 2020 serán:

- Internet sin cable en todo el planeta (incluidas zonas rurales).

- Control de instrumental médico, electrodomésticos y sistemas de entretenimiento por ordenador.

- Bases de datos con información personal individualizada (médica, genética, etc.)

- Pequeños y baratos mecanismos de almacenamiento de todo tipo de datos e información.

- Mejora de las capacidades de los mecanismos de búsqueda, para texto y para imágenes, video, etc.

- Etiquetas con identiicador de radiofrecuencia para productos, con aplicación a hábitos de consumo, movimientos de gente, etc.

- Uso generalizado de información biométrica individual para viajes, acceso seguro a instalaciones, a ordenadores o con ines comerciales.”

la recogida y almacenamiento de información y comunicación.

- Nanoestructuras funcionales para controlar el suministro y dosis de medicamentos y para mejorar el resultado de implantes y prótesis.

c. Materiales.

Este campo tecnológico, que se nutre de la física, química, metalurgia, ciencia de los polímeros, cerámica e incluso biología, facilitará las bases de la biotecnología, de las nanotecnologías, las telecomunicaciones y la calidad de vida. Algunas de las aportaciones más signiicativos en 2020 serán:

- Nuevos tejidos, que incorporarán ibra óptica y fuentes de energía, y responderán a estímulos externos.

- Implantación generalizada de técnicas de producción ecológica que evitarán la contaminación, aprovecharán la totalidad de residuos y evitarán catástrofes medioambientales.

- Producción masiva de células solares usando compuestos basados, en parte, en materiales nanoestructurados, orgánicos o biomiméticos.

- Puriicación de aguas y sistemas de descontaminación basados en iltros y membranas activas nanoestructuradas.

- Construcción de tejidos multifuncionales cultivados en vivo a partir de estructuras biodegradables.

- Existencia de implantes y prótesis que imitarán y mejorarán algunas funciones biológicas.

- Creación de insectos genéticamente modiicados para evitar la extensión de plagas o la transmisión de enfermedades.

- Alimentos genéticamente modiicados, como cereales, disponibles de forma generalizada para países poco desarrollados.

- Fabricación de plantas y algas capaces de absorber CO2.

- Nuevas técnicas avanzadas con células troncales.

b. Nanotecnologías.

Las nanotecnologías constituyen el sector tecnológico de mayor potencial; sin embargo, no se esperan cambios revolucionarios hasta inales de la próxima década. El interés por este tipo de tecnologías reside en la creencia generalizada en que de sus aplicaciones se derivarán importantes mejoras en biotecnología, materiales y computación.

Algunos de los avances más signiicativos serán:

- Nuevos tipo de sensores químicos y biológicos miniaturizados, altamente sensibles y selectivos.

- Uso generalizado de dispositivos computacionales miniaturizados insertados en todo tipo de bienes de consumo.

- Sistemas personales de monitorización médica con capacidad para

Las tecnologías desarrolladas por el sistema productivo andaluz (utilizando las patentes como indicador) muestran que hay un paralelismo entre el tipo de tecnología que más se patenta y la importancia del sector industrial en la estructura productiva.

Algunos de los avances tecnológicos que se espera sean de aplicación común e implantación en los futuros suelos industriales de Andalucía hasta el año 2020, según el estudio de “Prospectiva 2020 de la Consejería de la Presidencia, pueden tener cabida en el parque empresarial que se implante en Utrera:

a. Biotecnologías.

Buena parte de las aplicaciones de la biotecnología estarán relacionadas con la genética. Este tipo de avances tendrán un impacto signiicativo, sobre todo, en los sectores farmacéutico, sanitario y agroalimentario.

Entre las aplicaciones más signiicativas de la biotecnología se pueden mencionar:

- Diagnósticos rápidos basados en múltiples pruebas –de tipo biológico y genético- a partir de una única muestra, favorecidos por la existencia de grandes bases de datos con información de pacientes individulizada.

- Creación de fármacos especíicos con capacidad para actuar en tumores u órganos concretos mediante reconocimiento molecular. Desarrollo de la farmacogenómica.

- Diseño y prueba de medicamentos mediante simulación en ordenadores.

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61ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

Para la determinación de la capacidad de acogida de cada unidad hacia cada acción o actividad sujeta a planiicación-gestión urbanística, se seguirá un modelo que opera sobre los conceptos de VULNERABILIDAD, o efecto de la actividad en cuestión sobre la unidad homogénea correspondiente, y APTITUD, o medida en que el medio cubre (satisfactoria o insatisfactoriamente) los requisitos de una actividad.

El fundamento de este modelo reside en la evidencia de que la mayor capacidad de acogida la proporcionan aquellas unidades donde coinciden la máxima aptitud con el grado de vulnerabilidad más bajo. La capacidad de acogida de las diferentes unidades ambientales se representa en cuadros realizados a partir de una matriz de vulnerabilidad – aptitud.

En la columna de VULNERABILIDAD se valora el efecto que pudieran producir las acciones y usos propuestos por la Revisión del PGOU sobre cada unidad ambiental. El rango de valor deinido por los diferentes impactos vendrá determinado de la siguiente forma:

Excluyente 0

Muy vulnerable 1

Vulnerable 2

Indiferente 3

En la columna APTITUD, se valora la aptitud o potencial de uso de cada unidad ambiental para absorber las acciones o usos planteados, bajo la hipótesis de que fueran realizadas en dicha unidad. Por lo tanto, constituye una medida de la idoneidad que se valora según el siguiente rango de valores:

de la capacidad de acogida de cada una de ellas frente a las actuaciones de la ordenación urbanística.

Estas unidades físico-ambientales se tratan como sectores territoriales básicos, homogéneos y tienen carácter de unidades operativas, en el sentido que se adoptan como áreas de toma de decisiones en el diagnóstico y en las propuestas de actuación, permitiendo su ordenación conjunta.

De cada una de ellas se identiican los elementos del medio físico-natural, los usos, la vegetación y fauna presente, los recursos disponibles, los impactos actuales, la propuesta preliminar de actuación, las limitaciones de uso derivadas tanto de los condicionantes ambientales como normativos y su calidad ambiental.

3.10.2. CALIDAD AMBIENTAL Y CAPACIDAD DE ACOGIDA.

A. VALORACIÓN DE LA CAPACIDAD DE ACOGIDA. METODOLOGÍA.

La determinación de la capacidad de acogida es una fase fundamental dentro del procedimiento de diagnóstico ambiental del territorio.

Se puede entender la capacidad de acogida como el nivel de idoneidad para la localización de una acción o actividad en un espacio concreto, así como los efectos derivados sobre el medio.

Con la deinición de la capacidad de acogida para cada acción y unidad se deducen los usos más adecuados del territorio teniendo en cuenta tanto el punto de vista de las acciones o actividades que se proponen, como el medio que ha de acogerlas, logrando la integración entre ambas perspectivas.

Es importante la división espacial del territorio en unidades de paisaje, cuya respuesta visual sea homogénea en sus componentes paisajísticos, que nos permitan obtener mayor conocimiento sobre sus características y una clasiicación previa a las distintas fases del estudio. en el capítulo 5 de la presente Memoria se incorpora un detallado estudio del paisaje.

En el caso de Utrera, y en la zona que nos ocupa, se han establecido 7 unidades homogéneas de paisaje, compuestas por los distintos sectores de crecimiento planteados en el nuevo PGOU de Utrera atendiendo a criterios de integración geográica y de los componentes del medio natural y urbano que las conforman, si bien se les ha dado entidad propia basándonos sobre todo en su situación con respecto al núcleo urbano consolidado, puesto que sus características isiográicas (geomorfología, relieve, agua, vegetación,...), y antrópicas (usos del suelo), resultaban bastante homogéneas entre sí. (Escribano, 1.987).

3.10.1. LAS UNIDADES AMBIENTALES DEL TERRITORIO Y EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PGOU.

La deinición de las unidades físico-ambientales se basa en la superposición y generalización cartográica de un conjunto de elementos territoriales (tipo de suelo, cobertura vegetal, riesgos, niveles legales de protección, etc.) que, por sus características y grado de integración, ofrecen mayor capacidad explicativa de síntesis.

Las características semejantes de cada una de las variables que componen el territorio, son las que conforman unidades sintéticas de similar comportamiento. De esta forma, a partir de la superposición y generalización de distintos mapas temáticos, se delimitan un conjunto de unidades físico-ambientales, que sirven de base para la valoración de la calidad ambiental y la determinación

3.10 UNIDADES AMBIENTALES HOMOGÉNEAS

Nula 0

Muy escasa 1

Escasa 2

Media 3

Alta 4

Sobresaliente 5

Una vez deinida la vulnerabilidad y la aptitud en cada una de las unidades ambientales se realizará un cruce de ambos factores, obteniéndose la CAPACIDAD DE ACOGIDA, con los siguientes rangos: nula, muy baja, baja, media, alta y muy alta.

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62 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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63ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

UNIDAD 4.1 EMBALSE TORRE DEL AGUILA

ACTUACIONES VULNERAB./APTITUD C. ACOGIDAUsos Urbanos 0/0 NULA

Suelo Urbanizable 0/0 NULA

Equipamientos generales 2/4 MEDIA

Usos industriales 0/0 NULA

Espacios Libres 3/5 MUY ALTA

Carreteras-Autovías 2/2 BAJA

Abastecimiento 2/2 BAJA

Saneamiento 2/2 BAJA

Red eléctrica 1/2 MUY BAJA

Suelo No Urbanizable Carácter Rural

3/3 MEDIA

Suelo No Urbanizable Protegido

3/5 MUY ALTA

SUBUNIDAD 3.1 COMPLEJO ENDORREICO

ACTUACIONES VULNERAB./APTITUD C. ACOGIDAUsos Urbanos 0/0 NULA

Suelo Urbanizable 0/0 NULA

Equipamientos generales 2/0 NULA

Usos industriales 1/3 MUY BAJA

Espacios Libres 3/4 ALTA

Carreteras-Autovías 1/1 NULA

Abastecimiento 1/4 MUY BAJA

Saneamiento 1/3 MUY BAJA

Red eléctrica 0/0 NULA

Suelo No Urbanizable Carácter Rural

2/3 MEDIA

Suelo No Urbanizable Protegido

3/5 MUY ALTA

UNIDAD 4. PIEDEMONTE

ACTUACIONES VULNERAB./APTITUD C. ACOGIDAUsos Urbanos 1/0 NULA

Suelo Urbanizable 1/2 MUY BAJA

Equipamientos generales 2/2 BAJA

Usos industriales 1/2 MUY BAJA

Espacios Libres 3/3 MEDIA

Carreteras-Autovías 3/3 MEDIA

Abastecimiento 3/2 MEDIA

Saneamiento 3/2 MEDIA

Red eléctrica 3/2 MEDIA

Suelo No Urbanizable Carácter Rural

3/3 MEDIA

Suelo No Urbanizable Protegido

3/3 MEDIA

SUBUNIDAD 2.1 BRAZO DEL ESTE

ACTUACIONES VULNERAB./APTITUD C. ACOGIDAUsos Urbanos 0/0 NULA

Suelo Urbanizable 0/0 NULA

Equipamientos generales 2/0 NULA

Usos industriales 1/3 MUY BAJA

Espacios Libres 1/3 MUY BAJA

Carreteras-Autovías 1/1 NULA

Abastecimiento 1/4 MUY BAJA

Saneamiento 1/3 MUY BAJA

Red eléctrica 0/0 NULA

Suelo No Urbanizable Carácter Rural

2/3 MEDIA

Suelo No Urbanizable Protegido

3/5 MUY ALTA

UNIDAD 3. CAMPIÑA

ACTUACIONES VULNERAB./APTITUD C. ACOGIDAUsos Urbanos 0/1 NULA

Suelo Urbanizable 0/1 NULA

Equipamientos generales 1/1 NULA

Usos industriales 1/1 NULA

Espacios Libres 3/4 ALTA

Carreteras-Autovías 2/2 BAJA

Abastecimiento 3/2 BAJA

Saneamiento 3/2 BAJA

Red eléctrica 2/3 MEDIA

Suelo No Urbanizable Carácter Rural

3/4 ALTA

Suelo No Urbanizable Protegido

3/3 MEDIA

B. ANÁLISIS POR UNIDADES/SUBUNIDADES AMBIENTALES.

UNIDAD 1. OLIVAR MIOCENO

ACTUACIONES VULNERAB./APTITUD C. ACOGIDAUsos Urbanos 2/4 MEDIA

Suelo Urbanizable 2/4 MEDIA

Equipamientos generales 3/3 MEDIA

Usos industriales 3/3 MEDIA

Espacios Libres 3/4 ALTA

Carreteras-Autovías 2/3 MEDIA

Abastecimiento 2/3 MEDIA

Saneamiento 2/3 MEDIA

Red eléctrica 2/4 MEDIA

Suelo No Urbanizable Carácter Rural

3/4 ALTA

Suelo No Urbanizable Protegido

3/3 MEDIA

UNIDAD 2. REGADÍO CUATERNARIO

ACTUACIONES VULNERAB./APTITUD C. ACOGIDA

Usos Urbanos 1/0 NULA

Suelo Urbanizable 1/2 MUY BAJA

Equipamientos generales 3/3 MEDIA

Usos industriales 1/2 MUY BAJA

Espacios Libres 3/3 MEDIA

Carreteras-Autovías 3/3 MEDIA

Abastecimiento 3/3 MEDIA

Saneamiento 3/3 MEDIA

Red eléctrica 3/3 MEDIA

Suelo No Urbanizable Carácter Rural

3/3 MEDIA

Suelo No Urbanizable Protegido

3/3 MEDIA

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64 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

• Subunidad Complejo Endorreico.

Son aguas de naturaleza endorreica y carácter temporal que conforman un importante complejo húmedo próximo al embalse de Torre del Águila. Está compuesto por tres lagunas, la de Alcaparrosa, la de Arjona y la de Zarracatín. La vegetación que rodea las lagunas está compuesta principalmente por salicornias acompañadas de juncos y carrizos principalmente y variando en cantidad y conservación según las lagunas. Varias aves acuáticas usan el lugar como zona de invernada y para el descanso en sus viajes migratorios. Entre muchas especies se encuentran aquí el ánade real, el porrón común, la avoceta, el correlimos y la cigüeñuela.

• Unidad Regadío Cuaternario.

La deinición y delimitación de esta unidad sigue un marcado parámetro geológico, valorándose la aparición de variable de uso y las características hidrogeológicas. De todo ello se han deinido cuatro subunidades naturales que tienen en común su origen geológico, de edad muy reciente, y formados gracias a los depósitos aluviales del río Guadalquivir y otros de menor importancia. La morfología en estos espacios es muy llana con cotas que oscilan entre los 5 y 30 metros.

• Unidad Campiña.

Esta unidad se localiza en la zona central del término siendo la más característica y extensa en el municipio. La extensión de los cultivos de secano en su mayoría, deinen un paisaje con un alto valor cultural y tradicional.

El relieve ondulado y su monótona continuidad está rota por las teselas de las parcelas y las estribaciones del piedemonte al sur. Geológicamente son las margas silíceas blancas (moronitas) del mioceno las que deinen su génesis.

Las características edáicas de la campiña están deinidas por los suelos vérticos siendo los más abundantes en esta unidad de relieves suaves, junto a los suelos de Regosol calcáreo.

La práctica totalidad de la unidad soporta un continuo aprovechamiento agrícola debido a la bondad de sus suelos. Esto ha provocado la total desaparición de la vegetación natural, sólo localizada en reductos de escasa entidad y de forma singular en las lagunas del complejo endorreico.

El recurso hídrico supericial más característico de esta unidad es el arroyo Salado (represado aguas arriba) máximo exponente de una red hídrica difusa y sin entidad en toda la unidad de campiña.

La base geológica de la unidad favorece procesos endorreicos por hundimiento de la litología margoyesifera y su asentamiento en un sustrato impermeable. Este proceso es palpable y determina la deinición de una subunidad que agrupa a las lagunas de Arjona, Alcaparrosa y Zarracatín, que por sus características bióticas en relación permiten su consideración como subunidad natural.

dando lugar a numerosas fuentes. Son numerosos los pozos localizados en la unidad.

El uso del suelo en la unidad en cuestión es básicamente agrícola con una vocación sobre cultivos anuales y permanentes con áreas de olivar, cítricos, etc. y pequeñas masas arbóreas de pinares. El suelo urbano está presente en la unidad a nivel del propio núcleo de Utrera y de forma ilegal en base a asentamientos diseminados y desorganizados alrededor de éste.

La interpretación de los elementos descritos del medio físico permiten subdividir la unidad en dos: oriental y occidental. La diferenciación viene marcada por la primera de ellas, al ser la que soporta elementos de riesgos por inundabilidad debidas al trazado del arroyo Calzas Anchas, la topografía general y las obras civiles. También por procesos erosivos asociados a una erosión laminar motivada por la pendiente más acusada y favorecida por el uso agrícola.

C. DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES AMBIENTALES.

A continuación se señalan las unidades delimitadas en el análisis desarrollado en el término municipal de Utrera. En cada unidad natural determinada se caracteriza de forma descriptiva los elementos objetivos más signiicativos del medio.

• Unidad Olivar Mioceno.

Esta unidad se encuadra en su totalidad en la porción norte del término municipal sobre el que se localiza el núcleo urbano de Utrera. Alrededor de éste se desarrolla una actividad eminentemente agrícola aunque también el uso industrial tiene un gran peso especíico pues es aquí donde se concentra la mayor parte de la que se desarrolla en el término.

Geológicamente, se veriica en los estudios realizados la presencia de aloramientos constitutivos por depósitos del Mioceno Superior

y Plioceno con una litología caracterizada por arenas, areniscas y conglomerados.

La edafología más característica de esta unidad viene deinida por los suelos luvisol cálcicos, en el 60% de la unidad, y por planosoles.

El relieve es llano y muy suave presentando una hidrología supericial caracterizada por el arroyo Calzas Anchas como curso principal, que atraviesa por completo el casco urbano. El resto de cursos de agua no tienen una cuenca deinida y algunos de ellos tienen un carácter discontinuo. La unidad se encuentra sobre terrenos permeables dentro del acuífero Sevilla-Carmona con una alta transmisibilidad

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65ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

El embalse se asienta sobre el curso luvial más importante de Utrera, construido sobre un relieve muy atenuado con colinas suaves, que no impide la colmatación de pantano debido a la fragilidad de sustrato y a la actividad agrícola que se desarrolla en sus límites.

La presencia de la lámina de agua favorece la presencia de vegetación hidróila y necesariamente la aparición de fauna asociada que recibe cobijo y alimento.

A pesar del origen antrópico de la unidad esta ha generado unos valores ambientales importantes, a la vez que propicia el uso público del espacio, a través de las actividades recreativas que se desarrollan en la unidad. En esta unidad se conservan los reductos de vegetación natural climática y subclimática, constituyentes de la subunidad natural mediterráneo. La posición que ocupa esta subunidad sobre terrenos sin posibilidades agrícolas se valora con una muy elevada calidad por su singularidad natural.

Aquí la vegetación natural no presenta un estrato arbóreo continuo, debido a la inluencia humana por tales o incendios, o a las características propias del terreno (aridez, falta de suelo).

• Subunidad Embalse Torre del Águila.

Está ubicado en municipio de Utrera (Sevilla), más concretamente en el segundo núcleo más importante: El Palmar de Troya, aunque también ocupa terrenos de El coronil y Montellano, ambos de la provincia de Sevilla y el río que lo “alimenta” es el Arroyo Salado de Morón.

Caracteriza este espacio un relieve alomado con pendientes muy

civilización para su reproducción, así como suiciente alimento en los cercanos arrozales de Los Palacios, Puebla del Río o Isla Mayor.

Destacan las colonias de ardeidos, garcilla cangrejera y garza imperial principalmente, que se establecen entre el carrizo y las eneas de paisaje natural.

• Unidad Piedemonte.

Esta unidad natural viene deinida tanto por su geología básica como por la relevancia que adquiere la energía de sus pendientes.

Los materiales geológicos de esta unidad son alóctonos del subbético, procedentes de la edad triásica y representados básicamente por arcillas yesíferas que presentan aloramientos de calizas y dolomías. Éstos coronan precisamente los puntos más elevados de la unidad y del término municipal (Cerro de Lopera 249 m.s.n.m.) con un descenso en altura hasta la unidad regadío cuaternario, en la dirección SE-NO.

Edafológicamente domina en la unidad los suelos cambisol vértico/vertisol, con importante presencia de regosol calcáreo. Este tipo de suelo no posee una capacidad agrológica revelante sobre todo por la presencia de limitaciones, en este caso topográicas, que inducen un incremento en su susceptibilidad a la erosión, lo que indica que se trate de suelo que precisa de fuerte protección.

La hidrología supericial en esta unidad es clara y muy marcada, siendo una de los constituyentes morfogenéticos de la geomorfología de la unidad. El curso principal es el del arroyo Salado, sobre el que se ha creado un complejo húmedo antrópico (Pantano Torre del Águila).

Las transformaciones ejercidas sobre las antiguas marismas han permitido el uso intensivo agrícola en estos espacios. El control hídrico en los cultivos de arroz y la presencia de suelos típicos Solonchak de textura arcillosa uniforme y claramente salino, permiten alcanzar unas productividades muy importantes. Paralelamente estos cultivos son utilizados como zona de refugio y alimento durante los meses de verano, por parte de la avifauna procedente de los espacios naturales cercanos como el Parque Nacional de Doñana.

• Subunidad Brazo del Este.

El Paraje Natural Brazo del Este se encuentra en los términos municipales de La Puebla del Río, Coria del Río, Utrera, Dos Hermanas, Las Cabezas de San Juan y Lebrija, teniendo una supericie aproximada de 1.653 hectáreas. Este espacio es uno de los antiguos brazos en que se dividía el río Guadalquivir en su recorrido por las marismas.

El relieve es totalmente llano. El cauce aparece fragmentado en varios sectores, independizado del río Guadalquivir. A lo largo de éste, se suceden meandros, conocidos localmente como “vueltas”, en avanzado estado de colmatación, cuyos cauces aparecen cubiertos en su mayoría de vegetación acuática. Los restos de las playas que se formaron en las caras internas de estos meandros aparecen cubiertas de una vegetación propia de terrenos más irmes, o de cultivos.

Las especies dominantes de vegetación son el carrizo, la espadaña, la castañuela y el junco.

Además de numerosas anátidas, las especies más interesantes garzas reales e imperiales, avetorillos, calamones, gansos, cigüeñas blancas, etc. que tienen en el Brazo del Este un lugar idóneo y alejado de la

La unidad presenta una marcada intervención antrópica general debido al uso agrícola de carácter intensivo. En todas las subunidades han desaparecido la red hídrica original transformada ahora o controlada para el mejor y mayor aprovechamiento del suelo, que permite elevadas productividades.

Sólo conserva el cauce original la subunidad del Brazo del Este aunque su funcionamiento como cauce es nulo, y su drenaje se produce gracias a unos pasos de control. Esto signiica que se comporta prácticamente como una laguna o cubeta de recepción de aguas de lluvia o procedentes de los cultivos. Esta subunidad reúne los únicos valores naturales de la unidad, representando en unión del complejo endorréico y Torre del Águila, los ecosistemas con mayor diversidad y productividad del término, manteniendo un gran número de especies tanto acuáticas como terrestres. Desde el punto de vista tróico, las zonas húmedas ofrecen inmejorables condiciones para la cría y crecimiento rápido de un elevado número de aves. Ello se debe a que estas áreas ofrecen periódicamente una gran cantidad de alimento que no es consumido por el propio sistema.

La hidrología subterránea sólo presenta relevancia como elemento deinitorio de la subunidad aluvial, pues la litología genérica deine formaciones permeables entre sus componentes geológicos.

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66 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

• Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.

• Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

• Real Decreto 995/2000, de 2 de junio, por el que se ijan objetivos de calidad para determinadas sustancias contaminantes y se modiica el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril.

• Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, por el que se modiica el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (BOE nº 135, de 06.06.03).

• El texto refundido de La Ley de Aguas en su artículo 43.3 establece que las previsiones de los planes hidrológicos a que se reieren los apartados anteriores deberán ser respetadas en los diferentes instrumentos de ordenación urbanística del territorio.

b. De la Comunidad Autónoma

• Decreto 204/2005, de 27 de septiembre, por el que se declaran las zonas sensibles y normales en las aguas de transición y costeras y de las cuencas hidrográicas intracomunitarias gestionadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• Ley 9/2010, de 30 de julio , de Aguas de Andalucía.

Caza y pesca

En el presente epígrafe se identiica el conjunto de normas, planes y programas, tanto de ámbito estatal como autonómico, que de algún modo, aunque sea indirecto, pueda afectar al término municipal de Utrera y por tanto, deba ser tenido en cuenta en cualquier planiicación territorial.

Con objeto de no establecer una relación demasiado extensa, el conjunto de la legislación estudiada queda limitado, presentándose tan sólo las normas que, según lo establecido en el Artículo 12.2 del Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, recogen las determinaciones legales más relevantes afectas a las diferentes legislaciones sectoriales:

Recursos Naturales

Protección Ambiental

Infraestructuras

Bienes Protegidos

Ordenación del Territorio

Prevención y Corrección de Impactos

LEGISLACIÓN SOBRE RECURSOS NATURALES

Aguas Supericiales y Subterráneas

a. Del Estado

3.11 MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL

Lo más destacable es la fauna presente con pato malvasía (especie en extinción) y 20 especies más, principalmente pato real, focha común y porrón común. Otras especies son pato cuchara, culebras viperina, ciega y bastarda, barbo, boga, carpas, etc.

Del paisaje sobresale el contraste existente entre la aridez del entorno, cuando las tierras no están cultivadas, frente a la zona húmeda.

El embalse de la Torre del Águila supone una zona húmeda de vital importancia tanto por su proximidad al Parque Nacional de Doñana, como por formar parte de la ruta migratoria de las aves.

Tiene una capacidad de 64 hm3, contando ahora mismo y tras las fuertes lluvias sufridas este otoño-invierno con dicha cantidad. Se construyo en 1947 y tiene una supericie de 993 hectáreas.

suaves (entre 16-30%) con estas máximas junto al cerro del Inierno (144 mts.) y Atalaya II (120 mts.) y mínimas de 51 mts.

El conjunto de terrenos es de origen potspaleozoico, típicamente Trías, puntos de Eoceno y Oligoceno.

Las aguas son salobres con mucha materia orgánica y poca transparencia.

Los aportes sólidos de los aluentes y arroyos que vierten al embalse son de unas dimensiones desproporcionadas, dada la deleznabilidad de los materiales junto a la puesta en cultivo de todos los alrededores, aún con fuertes pendientes.

La lora carece de un especial interés salvo los pastizales, en casi toda la margen inmediata al embalse y diversas manchas de tarajes.

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67ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

especies protegidas y se dictan normas para su protección en el territorio de la Comunidad Autónoma (BOJA nº 9 de 1/ 2/86).

• Decreto 104/1994, de 10 de mayo, por el que se aprueba el Catálogo Andaluz de Flora Silvestre amenazada.

• RealDecreto1432/2008,de29deagosto,porelqueseestablecenmedidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

LEGISLACIÓN REFERIDA A LA PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL

Vertidos y Tratamiento de Aguas Residuales

a. Del Estado

• Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

• Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.

• Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

• Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planiicación Hidrológica, en desarrollo de los Títulos II y III de la Ley de Aguas.

• Real Decreto 1541/1994, de 8 de julio, por el que se modiica el

Por ello, cuando en la elaboración del planeamiento urbanístico se prevea alterar la clasiicación de terrenos forestales para su conversión en suelo urbanizable o categoría análoga, el Ayuntamiento solicitará preceptivamente informe a la Administración Forestal.

Flora y Fauna Silvestre

a. Del Estado

• Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

• Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y lora silvestres.

• Orden de 10 de marzo de 2000 por la que se incluyen en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas determinadas especies, subespecies y poblaciones de lora y fauna y cambian de categoría y se excluyen otras especies ya incluidas en el mismo.

• Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.

b. De la Comunidad Autónoma

• Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la lora y la fauna silvestres.

• Decreto 4/1986, de 22 de enero, por el que se amplía la lista de

de 21 de noviembre, de Montes.

b. De la Comunidad Autónoma

• Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía.

• Orden de 2 de junio de 1997, por la que se regula la recolección de ciertas especies vegetales en los terrenos forestales de propiedad privada en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía.

• Ley 5/1999, de 29 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en Andalucía.

• Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de Prevención y Lucha contra los incendios forestales.

• La Ley Forestal de Andalucía establece que los montes o terrenos forestales son elementos integrantes para la ordenación del territorio, y que comprenden toda supericie rústica cubierta de especies arbóreas, arbustivas, de matorral, o herbáceas, de origen natural o procedente de siembra o plantación, que cumplen funciones ecológicas, protectoras, de producción, paisajísticas o recreativas. Los enclaves forestales en terrenos agrícolas también tienen la consideración de montes.

• La mencionada Ley determina que la Administración Forestal será oída en la elaboración de cualquier instrumento de planiicación que afecte de alguna manera, a los recursos o terrenos forestales.

a. Del Estado

• Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre, por el que se declaran las especies objeto de caza y pesca y se establecen normas para su protección.

• Real Decreto 1118/1989, de 15 de septiembre, por el que se determinan las especies objeto de caza y pesca comercializables y se dictan normas al respecto.

b. De la Comunidad Autónoma

• Decreto 232/2007, de 31 de julio, por el que se aprueba el Plan Andaluz de Caza y se modiica el Reglamento de Ordenación de la Caza aprobado por Decreto 182/2005, de 26 de julio.

• Orden de 13 de julio de 2007, por la que se desarrollan determinados aspectos del Decreto 182/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza.

• Decreto 182/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza.

Montes y Zonas Forestales

a. Del Estado

• Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE nº 280, de 22.11.03).

• Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modiica la Ley 43/2003,

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68 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

• Decreto 218/1999, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director Territorial de Gestión de Residuos Urbanos de Andalucía.

• Decreto 104/2000, de 21 de marzo, por el que se regulan las autorizaciones administrativas de las actividades de valoración y eliminación de residuos y la gestión de residuos plásticos agrícolas.

• El capítulo II del Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía versa sobre los residuos sólidos urbanos y sobre la potestad de los Ayuntamientos para elaborar las Ordenanzas Municipales sobre Residuos Sólidos.

• Entre los objetivos más importantes a regular por las ordenanzas se hallan las actividades y servicios de limpieza de los espacios públicos y privados, la recogida de basuras, y el control y tratamiento de modo que se consigan las condiciones adecuadas de salubridad, pulcritud, ornato y bienestar ciudadano.

• Asimismo, se estipulan una serie de contenidos potestativos que se pueden incluir en las Ordenanzas en la medida que lo hagan posible las posibilidades inancieras del Ayuntamiento (programas para restaurar áreas degradadas por vertidos incontrolados, programas de sensibilización y concienciación social, y campañas de formación ciudadana).

Residuos Tóxicos y Peligrosos

a. Del Estado

• Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

en las condiciones que determinen las respectivas ordenanzas. Las Entidades Locales adquieren la propiedad de aquellos desde dicha entrega y los poseedores quedan exentos de la responsabilidad por daños que puedan causar tales residuos.

• La misma Ley señala que si las Entidades Locales consideran que los residuos urbanos presentan características que los hacen peligrosos, o que diiculten su recogida, transporte, valorización o eliminación, pueden obligar al productor o poseedor de los mismos a que, previamente a su recogida, adopten las medidas para eliminar o reducir dichas características, o que los depositen en forma y lugar adecuados.

• Finalmente, la Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados determina que los municipios con población superior a 5.000 habitantes están obligados a implantar sistemas de recogida selectiva de residuos urbanos que posibiliten su reciclado y otras formas de valorización; además faculta a las Entidades Locales para elaborar su propio Plan de gestión de residuos urbanos de acuerdo a lo que se establezca en la legislación y en el Plan de residuos de la Comunidad Autónoma.

b. De la Comunidad Autónoma

• Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

• Decreto 283/1995, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Residuos Sólidos

a. Del Estado

• Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados, e incluir el Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía

• Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.

• Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.

• Real Decreto 252/2006, de 3 de marzo, por el que se revisan los objetivos de reciclado y valorización establecidos en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, y por el que se modiica el Reglamento para su ejecución, aprobado por el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril.

• Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

• Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

• Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados establece que los poseedores de residuos urbanos están obligados a entregarlos a las Entidades Locales para su reciclado, valorado y eliminación

anexo número 1 del Reglamento de la Administración pública del agua y de la planiicación hidrológica, aprobado por el Real Decreto 927/1988, de 29 de julio.

• Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planiicación Hidrológica.

• Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas (BOE nº 312, de 30.12.95).

• Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.

• Real Decreto 2116/1998, de 2 de octubre, por el que se modiica el Real Decreto 509/1996, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.

• Orden de 12 de noviembre de 1987 sobre normas de emisión, objetivos de calidad y métodos de medición de referencia relativos a determinadas sustancias nocivas o peligrosas contenidas en los vertidos de aguas residuales (BOE nº 280, de 23.11.87).

• Orden de 25 de mayo de 1992 por la que se modiica la orden de 12 de noviembre de 1987 sobre normas de emisión, objetivos de calidad y métodos de medición de referencia relativos a determinadas sustancias nocivas o peligrosas contenidas en los vertidos de aguas residuales.

APROBADO POR EL PLENO DE LACORPORACIÓN EN SESIÓN ORDINARIA

CELEBRADA EN UTRERA A JUEVES 16 DEABRIL DE 2015

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69ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

• Reales Decretos 3482/2000, de 29 de diciembre, por el que se regula la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas; 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente; 5/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado en la actividad agraria, y 6/2001, de 12 de enero, sobre fomento de la forestación de tierras agrícolas, mediante los cuales se aplica el Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento en España aprobado por la Comisión Europea de acuerdo con el Reglamento (CE) 1257/1999, del Consejo, de 17 de mayo, sobre ayudas al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria (FEOGA).

• Real Decreto 1852/1993, de 22 de octubre, sobre producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios.

b. De la Comunidad Autónoma

• Ley 8/1984, de 3 de Julio, Reforma Agraria en Andalucía.

• ORDEN de 4 de febrero de 2009, por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias y otras Organizaciones, Federaciones o Asociaciones vinculadas a actividades relacionadas con la gestión sostenible del medio natural andaluz y se convocan para el año 2009.

Calidad del Aire

a. Del Estado

industrias del dióxido de titanio (BOE nº 102 de 20 de abril de 1991).

b. De la Comunidad Autónoma

• Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

• Decreto 283/1995, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• Decreto 134/1998 de 23 de junio, por el que se aprueba el Plan Director de Gestión de Residuos Peligrosos.

• Decreto 99/2004 de 9 de marzo, por el que se aprueba la revisión del Plan Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía.

• Orden de 7 de febrero de 2000 por la que se establecen sistemas de gestión para los envases usados y residuos de envases de productos itosanitarios.

Actividades Agrícolas

a. Del Estado

• Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

• Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.

• Real Decreto 653/2003, de 30 de mayo, sobre incineración de residuos.

• Real Decreto 551/2006, de 5 de mayo, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español.

• Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los PCBs y PCTs y aparatos que los contengan.

• Real Decreto 228/2006, de 24 de febrero, por el que se modiica el Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan.

• Real Decreto 1416/2001, de 14 de diciembre sobre envases de productos itosanitarios (BOE nº 311 de 28 de diciembre de 2001).

• Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados.

• Orden de 13 de octubre de 1989 por la que se determinan los métodos de caracterización de los residuos tóxicos y peligrosos (BOE nº 270 de 10 de noviembre de 1989).

• Orden 12 de marzo de 1990, sobre traslados transfronterizos de residuos tóxicos y peligrosos (BOE 16 de abril de 1990).

• Orden de 18 de abril de 1991 por la que se establecen normas para reducir la contaminación producida por los residuos de las

Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados, e incluir el Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía.

• Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos (BOE, 30 de julio de 1988 y 29 de enero de 1989).

• Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por el que se modiica el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, básica de residuos tóxicos y peligrosos, aprobado mediante Real Decreto 833/1988, de 20 de julio.

• Real Decreto 108/1991, de 1 de febrero sobre la prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto.

• Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasiicación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas (BOE nº 133, de 5 de junio de 1995).

• Real Decreto 1802/2008, de 3 de noviembre, por el que se modiica el Reglamento sobre notiicación de sustancias nuevas y clasiicación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, con la inalidad de adaptar sus disposiciones al Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (Reglamento REACH).

• Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y los acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.

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70 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

Dominio Público

Servidumbre Legal

Afección No

ediicaciónVías de Gran Capacidad

8 m 25 m 100 m 100 m

Vías Convencionales

3 m 8 m 50 m 50 m

• Las determinaciones en cuanto a los usos prohibidos y régimen de autorizaciones en los márgenes de las carreteras son análogas a los estipulados en la legislación estatal.

Líneas eléctricas

a. Del Estado

• Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

• Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

LEGISLACIÓN REFERIDA A LOS BIENES PROTEGIDOS

Espacios Naturales Protegidos

a. De la Unión Europea

• Directiva 79/409/CEE, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres (Directiva Aves).

Autopistas, autovías y vías rápidas

Resto de carreteras

Línea de Ediicación

50 m 25 m

• Para ejecutar en la zona de ediicación cualquier tipo de obras o instalaciones ijas o provisionales, cambiar el uso o destino de las mismas y plantar o talar árboles, se requerirá la previa autorización del Organismo Titular de la carretera.

• Con carácter general, en las carreteras estatales que discurran total o parcialmente por zonas urbanas, el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente podrá establecer la línea de ediicación a una distancia inferior de la deinida en el Art. 84 del Reglamento de Carreteras, siempre que lo permita el planeamiento urbanístico correspondiente.

b. De la Comunidad Autónoma

• Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía.

• Las zonas afectadas en las carreteras de titularidad autonómica, medidas horizontalmente desde la arista exterior de la calzada, son las que iguran en el siguiente esquema.

LEGISLACIÓN REFERIDA A LA INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL

Carreteras

a. Del Estado

• Ley de carreteras 25/1988, de 29 de julio.

• Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras.

• Real Decreto 1911/1997, de 19 de diciembre, por el que se modiica el Reglamento General de Carreteras.

• Real Decreto 597/1999, de 16 de abril, por el que se modiica el Reglamento General de Carreteras.

• Real Decreto 114/2001, de 9 de febrero, por el que se modiica el Reglamento General de Carreteras, aprobado por el Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre.

• Las zonas afectadas en las carreteras de titularidad estatal, medidas horizontalmente desde la arista exterior de la calzada, son las que iguran en el siguiente esquema:

Autopistas, autovías y vías rápidas

Resto de carreteras

Dominio Público 8 m 3 m

Zona de Servidumbre

25 m 8 m

Zona de Afección 100 m 50 m

• Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

• Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control integrados de la Contaminación (IPPC).

• Orden de 18 de octubre de 1976, sobre prevención y corrección de la contaminación atmosférica industrial.

b. De la Comunidad Autónoma

• Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

• Decreto 326/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la contaminación acústica en Andalucía.

• Decreto 239/2011, de 12 de julio, por el que se regula la calidad del medio ambiente atmosférico y se crea el Registro de Sistemas de Evaluación de la Calidad del Aire

• El Capítulo I del Título III del Reglamento de Protección contra la contaminación acústica, establece los límites admisibles de ruidos y vibraciones en el interior de las ediicaciones.

• Las condiciones de aislamiento acústico exigidas para ediicaciones donde se ubiquen actividades e instalaciones productoras de ruidos y vibraciones se especiican en el Capítulo II del Título III de dicho Reglamento.

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71ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

complementarios con aquel.

• Por razones de interés público se podrá variar o alterar el trazado de una vía pecuaria siempre que se asegure el mantenimiento de la identidad supericial, la idoneidad de los itinerarios y de los trazados alternativos, junto con la continuidad de la vía pecuaria (artículo 32).

Patrimonio Histórico

a. Del Estado

• Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

• Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, en desarrollo parcial de la ley anterior.

• Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, por el que se modiica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

b. De la Comunidad Autónoma

• Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

• El artículo 50.1 de la Ley 14/2007, de Patrimonio Histórico de Andalucía establece que cualquier hallazgo casual de objetos y restos materiales que posean los valores propios del Patrimonio Histórico Andaluz deberá ser notiicada inmediatamente a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico o

• Los usos compatibles de las vías pecuarias son aquellos que fomentan la biodiversidad, el intercambio genético de las especies faunísticas y lorísticas y la movilidad territorial de la vida salvaje. De esta forma, las vías pecuarias deberán estar totalmente libres y expeditas de cualquier cerramiento u obstáculo, con independencia de la naturaleza del mismo, que pueda diicultar o entorpecer el libre tránsito de personas y ganado.

• Se consideran compatibles con la actividad pecuaria los usos tradicionales que, siendo de carácter agrícola y no teniendo la naturaleza jurídica de la ocupación, pueden ejercitarse en armonía con el tránsito ganadero y los valores ambientales. Son compatibles también las plantaciones forestales lineales, cortavientos u ornamentales, así como la conservación de las masas vegetales autóctonas ya sean de porte arbóreo, arbustivo o natural, siempre que permitan el normal tránsito de los ganados.

• Se consideran usos complementarios de las vías pecuarias aquellos que, respetando la prioridad del tránsito ganadero, la biodiversidad, el intercambio genético de especies y la movilidad territorial de la vida salvaje, fomenten el esparcimiento ciudadano y las actividades de tiempo libre, tales como paseo, senderismo, cabalgata, cicloturismo y otras formas de ocio y deportivas que no conlleven la utilización de vehículos motorizados.

• La Consejería de Medio Ambiente podrá autorizar o conceder, en su caso, ocupaciones de carácter temporal, por razones de interés público y, excepcionalmente de forma motivada, por razones de interés particular, siempre que tales ocupaciones no alteren el tránsito ganadero, ni impidan los demás usos compatibles y

enero de 2001).

c. De la Comunidad Autónoma

• Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la lora y la fauna silvestres.

• Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección (BOJA nº 60, de 27.07.89).

Vías Pecuarias

a. Del Estado

• Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias.

b. De la Comunidad Autónoma

• Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• Acuerdo de 27 de marzo de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan para la Recuperación y Ordenación de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• El Decreto 155/1998, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía establece que las mismas tienen la consideración de “Suelo No Urbanizable de Especial Protección”.

• Directiva de la Comisión 49/97/CE, de 29 de julio, por la que se modiica la Directiva 79/409/CEE, del Consejo, relativa a la conservación de las aves silvestres (DOCE nº L 223, de 13.08.97).

• Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, de conservación de los espacios naturales y de la fauna y lora silvestres (Directiva Hábitats).

b. Del Estado

• Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

• Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (BOE nº 82 de 05-04-1990).

• Orden de 10 de marzo de 2000 por la que se incluyen en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas determinadas especies, subespecies y poblaciones de lora y fauna y cambian de categoría y se excluyen otras especies ya incluidas en el mismo (BOE nº 72, de 24.3.00). Corrección de errores (BOE nº 96, de 21.4.00).

• Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y lora silvestres (BOE nº 310, 28-Dic-1995).

• Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente (BOE nº 12 de 13 de

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72 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

esencialmente mediante el cambio en la consideración cultural sobre el origen y gestión de los recursos y mediante la coniguración de modelos y servicios urbanos mucho más eicientes.

Por otro lado, el origen de gran parte de los problemas de contaminación y calidad ambiental presentes en los medios urbanos andaluces son consecuencia del metabolismo urbano actual, incapaz de reducir su dependencia de recursos vírgenes y de cerrar el ciclo de los materiales.

La protección del medio ambiente en las ciudades se ha ido convirtiendo en una de las cuestiones que más preocupan a los ciudadanos y, en consecuencia, ha ido recibiendo una mayor atención por parte de las administraciones competentes.

En particular, una de las actuaciones más ambiciosas que se han puesto en marcha ha sido la aprobación de la nueva Directiva 2008/1/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación, que sustituye a la Directiva 96/61/CE, conocida como “Directiva IPPC”.

Dicha Directiva, trasladada al ordenamiento jurídico español mediante la vigente Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, (la nueva Directiva aún no ha sido transpuesta al ordenamiento jurídico español) tiene como objetivo establecer medidas para evitar, o al menos reducir, las emisiones de las principales actividades industriales a la atmósfera, el agua y el suelo de forma que se alcance un elevado nivel de protección del medio ambiente considerado en su conjunto. Para hacer efectivo este control, entre otros aspectos, se especiican los valores límite de emisión de sustancias contaminantes. Estos valores límites deben basarse en las mejores tecnologías disponibles, pero a la vez tomando en consideración las características técnicas de la instalación, los valores límite de emisión ijados por la normativa

Las ciudades andaluzas no has sido ajenas a una tendencia global de generación de un modelo de ciudad dispersa y especializada, opuesto al tradicional al tradicional de la ciudad mediterránea, donde los lugares de residencia, trabajo, servicios o abastecimiento se encuentran segregados alejados entre sí, fruto de los planteamiento del Movimiento Moderno del urbanismo.

Las tasas de consumo de recursos naturales asociadas al medio urbano mantienen una tendencia consolidada al alza, tanto en lo que se reiere al uso de la energía como al consumo de materiales y agua. Esta tendencia ha tenido como consecuencia el incremento paralelo de la huella ecológica en Andalucía, es decir, del impacto ambiental global de nuestro modo de vida, y ello pese a los esfuerzos realizados desde muchos ámbitos de la sociedad andaluza para reducirla. Estos altos niveles de consumo también inciden en el descenso de la eiciencia de todo el sistema, relejado en un incremento de la intensidad energética, dado que cada vez se necesita más energía para producir un mismo volumen de Producto Interior. La disponibilidad de energía es clave para el mantenimiento del sector productivo y de la calidad de vida de los ciudadanos. El previsible agotamiento y encarecimiento de las fuentes energéticas de origen fósil, aconsejan un estudio detallado del sistema urbano desde la perspectiva de sus lujos metabólicos pues, del modo en que éstos tengan lugar, dependerá que las ciudades y pueblos de Andalucía se desenvuelvan en unos niveles aceptables de organización interna compatibles con un desarrollo económico y social sostenible en un futuro a medio plazo. Son muchas las alarmas que se vienen encendiendo alertando de que el modelo de desarrollo actual, basado en elevados consumos de energía fósil, entre otros, es insostenible al entrañar graves amenazas de abastecimiento y severos riesgos ambientales, sociales y económicos. Así pues, el reto de la sostenibilidad urbana consiste en minimizar el consumo de estos recursos sin que ello afecte a los niveles de calidad de vida que se han alcanzado,

3.12 ANÁLISIS DEL METABOLISMO URBANO

•Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA).

•Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental (De aplicación exclusivamente a los instrumentos de planeamiento urbanístico hasta que se desarrolle reglamentariamente, en este sentido, la Ley 7/2007 GICA).

al Ayuntamiento correspondiente, quien dará traslado a dicha Consejería en el plazo de veinticuatro horas.

LEGISLACIÓN REFERIDA A LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y LA PLANIFICACIÓN FÍSICA

a. Del Estado

• Real Decreto Legislaivo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo.

b De la Comunidad Autónoma

• Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

• La Ley de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía establece en su artículo 23.1 que los Planes de Ordenación del Territorio son vinculantes para el Planeamiento Urbanístico General.

LEGISLACIÓN REFERIDA A LA PREVENCIÓN Y CORRECCIÓN DE IMPACTOS

a. Del Estado

Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

b. De la Comunidad Autónoma

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73ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

para su legalización urbanística y ambiental o restablecer los usos primigenios.

4. Si fruto del reconocimiento de algunas de las urbanizaciones implantadas en suelo no urbanizable estuviesen colindantes a suelo urbanizable industrial o proyecto de actuación en suelo no urbanizable, la urbanización deberá establecer los mismos mecanismos mencionados en el punto 1. Si bien, el proyecto de actuación deberá establecer medidas en la actualización de la Autorización Ambiental Uniicada.

b) Variable olfativa: a nivel de análisis se ha considerado inviable el contacto directo entre los usos residenciales y ganaderos. En este aspecto, se ha regulado para la los usos ganaderos futuros y actuales los siguientes condicionantes mínimos:

1. La implantación de los usos ganaderos en suelo urbano y urbanizable se establece incompatibles en este plan.

2. La distancia que se establece para su implantación es de 1.000 metros de los núcleos de población o de aquellos lugares donde se desarrollen actividades que originen la presencia permanente o concentraciones de personas.

3. Las instalaciones agropecuarias que actualmente estén en funcionamiento y se encuentren a menos de 1.000 metros de los nuevos suelos urbanos y urbanizables, quedarán fuera de ordenación con la obligación de presentar un estudio olfatométrico que justiique la no afección al suelo residencial con proyecto de ediicación aprobado.

El nuevo Plan General establece para los nuevos crecimientos y para la recualiicación urbana, en coherencia con el modelo urbano territorial y las directrices de los planes de rango superior, usos globales establecidos en la LOUA.

Cabe recordar que la ordenación que se proponen se establece bajo los criterios que emanan del modelo urbano territorial en el que se tiene presente la situación sobrevenida de usos legales y alegales que puntualmente coexistirán hasta la aprobación deinitiva de este Plan y las medidas de disciplinas urbanísticas. En este sentido, el Plan intenta corregir la incompatibilidad entre los usos de la ciudad existente en la medida y capacidad que tiene este instrumento, y aquellos que por su nueva caliicación deben cambiar de uso.

Realizado el análisis sobre la compatibilidad de usos, se resumen dos situaciones en función de la variable:

a) Variable acústica: a nivel de análisis se ha considerado inviable el contacto directo entre los usos residenciales e industriales. En este aspecto, se ha regulado para la los nuevos crecimientos una banda de transición suiciente entre ambos usos con los siguientes condicionantes mínimos:

1. Si la afección es provocada por un nuevo crecimiento propuesto sobre su perímetro, este se ha condicionado a dejar al menos una calzada, más aceras más una banda de zona verde.

2. Si la afección es provocada por dos nuevos crecimientos propuestos, sobre el perímetro de ambos se dispondrá además de un viario unitario una banda de zona verde a modo de transición.

3. Si la afección es provocada por una actividad alegal en suelo urbano o no urbanizable, la disciplina urbanística tendrá que activar los mecanismos

3.13 ANÁLISIS DE LA COMPATIBILIDAD DE USOS

en vigor que les afecte, su implantación geográica y las condiciones locales del medio ambiente. En síntesis, el desarrollo y aplicación de esta Ley otorga un instrumento de suma utilidad para garantizar la protección y recuperación, en su caso, de la calidad ambiental del medio físico y los recursos naturales, mediante la vigilancia de las actividades productoras de emisiones, vertidos o residuos.

El Plan camina hacia mejores cotas de sostenibilidad posibles y deseables, no obstante la delicada situación actual en cuanto a nivel de consumo y de emisiones. Se ha intentado dotar de las mejores técnicas disponibles que hagan imposible la acción, siempre objetivos claros y los ámbitos en los que esa acción debe desarrollarse con una inversión en los recursos económicos importante.

El Plan realiza un análisis de costes en el Estudio Financiero que evidencia el métodos de racionalidad en los consumos de recursos: agua, energía, suelo y residuos.

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74 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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y la ciudad existente. La evaluación de este modelo se realiza por tanto en ese documento que forma parte del documento urbanístico.

El nuevo Plan General establece para los nuevos crecimientos y para las medidas de recualiicación urbana, en coherencia con el modelo urbano territorial y las directrices de los planes de rango superior, nuevos viarios que permitan un modelo de movilidad más eiciente y con menor contaminación atmosférica, acústica, y consumo de recursos.

Uno de los retos que se marca este plan en materia de movilidad es evolucionar hacia modelos económicos de bajo consumo de carbono y menor consumo energético, haciéndolo con criterios de equidad social y reparto justo de la riqueza. Es, en suma, el reto de la sostenibilidad. Por ello, la movilidad plantada en Utrera inenta garantizar que nuestros sistemas de transporte respondan a las necesidades económicas, sociales y medioambientales, reduciendo al mínimo sus repercusiones negativas.

La funcionalidad y la organización de la mayoría de los distintos sistemas de movilidad dependen en un alto porcentaje del transporte y, por ello, se han adoptado estrategias que, sin mermar el funcionamiento y la organización urbana e interurbana, permiten resolver los problemas que hoy se maniiestan de manera tan contundente.

Las estrategias de movilidad planteadas abordan no sólo los problemas de la congestión, sino también el de las variables que la acompañan, es decir, una solución integral y coherente en todos los términos asumiendo la complejidad que ello supone. Los sistemas urbanos e interurbanos, entre ellos el de una ciudad como Utrera llevan asociados pautas y ritmos diferentes que inluyen sobre la movilidad, conigurando una demanda de movilidad compleja, en cuanto a destinos, horarios y características de los servicios.

Debido al rango del municipio de Utrera desde el punto de vista territorial y del sistema urbano de Andalucía establecido en el POTA, el Plan tiene la obligación de presentar un estudio de movilidad para los nuevos crecimientos

3.14 LA MOVILIDAD DEL NUEVO MODELO URBANO TERRITORIAL

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75ESTUDIO Y ANÁLISIS AMBIENTAL DEL TERRITORIO DE UTRERA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

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4.1. METODOLOGÍA.

4.2. IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS SUSCEPTIBLES

DE INTERACTUAR.

4.2.1. IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL PLAN GENERAL

SUSCEPTIBLES DE PROVOCAR IMPACTOS.

4.2.2. IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL MEDIO SUSCEPTIBLE DE

RECIBIR IMPACTOS.

4.3. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS.

4.3.1. IMPACTOS GENERALES.

4.3.2.. IMPACTOS DE LOS SUELOS NO URBANIZABLES.

4.4. MATRIZ DE IMPACTO GLOBAL.

4.5. VALORACIÓN AMBIENTAL FINAL.

76

4. DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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77DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

CAPACIDAD DE IMPACTO.

MUY ALTA ALTA MEDIA BAJA MUY BAJA

CA

LID

AD

AM

BIEN

TAL

Muy Alta Crítico Severo Severo Positivo Positivo

Alta Severo Severo Severo Compatible Positivo

Media Severo Severo Moderado Compatible Compatible

Baja Moderado Moderado Moderado Moderado Compatible

Muy Baja Moderado Moderado Moderado Moderado Moderado

Una vez identiicados los impactos, se procede a su descripción, análisis y valoración. La descripción de los impactos se ajusta al nivel de deinición que alcance el Planeamiento y a la relevancia ambiental de las actuaciones propuestas. De manera general se atiende a la siguiente terminología:

• Intensidad del impacto, según el carácter beneicioso o perjudicial, pueden catalogarse los impactos como de alta, media o baja intensidad.

• Signo del impacto, se reiere al grado de incidencia sobre el medio en el ámbito especíico en que se actúa. Se valora según sea positivo, negativo o de signo indeterminado.

• Extensión, se reiere al área de inluencia teórica del impacto en relación con el entorno del proyecto considerado. En este sentido, si la acción produce un efecto localizable de forma pormenorizada dentro

Para facilitar la comprensión de los resultados obtenidos en la valoración de los impactos, tanto la capacidad de impacto, como la calidad ambiental y los propios impactos, se clasiican en función de su intensidad utilizando un código de colores según la siguiente escala cualitativamente decreciente de relevancia del impacto negativo: crítico, severo, moderado y compatible. Los impactos positivos se identiican de la misma manera.

Capacidad de Impacto Potencial

Muy Alta Alta Media Baja Muy Baja

Calidad Ambiental

Muy Baja Baja Media Alta Muy Alta

Impacto Crítico Severo Moderado Compatible Positivo

El cruce entre las actuaciones con su potencial capacidad de impacto y de los elementos del medio, proporcionará una orientación al impacto potencial que se podría generar.

Es importante subrayar en este punto que la valoración de los impactos se realiza, en todo caso, tomando en consideración la aplicación de las medidas correctoras que se describen en el Capítulo 5.

Esta relación matricial se recoge de forma resumida en la siguiente tabla, desarrollándose estas afecciones en la matriz de impacto.

interés, recursos y factores de socioeconomía, susceptibles de recibir impactos. Se trata de un método que se considera de gran valor orientativo y de elevado poder visual y que enlaza con el estudio de la capacidad de acogida del territorio, realizado en capítulos anteriores.

De este modo, es posible hacer un cruce de valores de conservación/fragilidad de los elementos del medio, con la capacidad potencial de generar impactos de cada uno de los sectores y actuaciones en el actual suelo no urbanizable. No es de extrañar, pues, que en las zonas con menor capacidad de acogida para cada uso, éstos tengan un impacto mayor.

Cada casilla de cruce está ocupada por símbolos que determinan la existencia de una relación causa-efecto. Estos símbolos son ± A/B donde:

± Signo de impacto? Indeterminado

A

Intensidad del impacto según el carácter beneicioso o perjudicial, pueden catalogarse los impactos como de alta, media o baja intensidad. A la intensidad del impacto se asocia un valor numérico comprendido entre (-5) y (+5), que indica la magnitud relativa del mismo.

B

Posibilidad de aplicar medidas correctoras:

Si B=S es viable

Si B=N no es viable la aplicación de medidas correctoras.

*La interacción es indirecta, poco signiicativa o ya se ha evaluado en otra casilla.Cuando la casilla está en blando signiica que no existe interacción relevante.

En el siguiente capítulo se procede a la identiicación, descripción y valoración de los impactos causados por el Plan General sobre el medio ambiente.

El procedimiento empleado en la identiicación de impactos sigue el siguiente esquema metodológico:

En primer lugar se identiican los elementos del Medio y del Plan General susceptibles de interaccionar.

En la identiicación de los impactos y su catalogación se sigue un modelo matricial (Matriz de Leopold) donde las ilas corresponden a las actuaciones propias del Plan que son susceptibles de generar un impacto (desde los movimientos de tierra de los procesos constructivos a la asignación de regímenes especiales de protección a los elementos naturales del territorio) y las columnas a los elementos del medio físico, biótico, paisaje, bienes de

4.1 METODOLOGÍA

IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS SUSCEPTIBLES DE INTERACCIONAR

Elementos del ProyectoElementos del Medio

IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS(Matriz)

DESCRIPCIÓN DE IMPACTOS

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78 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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establecer un conjunto básico de Medidas Correctoras que deberán asumir los respectivos Estudios de Impacto Ambiental.

Por otra parte, y con objeto de simpliicar la identiicación y descripción de impactos, se incluyen dos bloques de Impactos Generales relacionados con el Planeamiento, esto es: la fase de Urbanización-Ediicación y la fase de Funcionamiento de las Áreas urbanas e infraestructuras creadas. La descripción de estos impactos, que serán un denominador común para diferentes sectores o ámbitos, incluirá si fuera necesario los matices a considerar en sectores concretos derivados de las características particulares del medio en el que se inscriban.

Cada uno de los bloques deinidos se somete al esquema de identiicación, evaluación y descripción que se expuso anteriormente. En cualquier caso, la metodología empleada se ajusta en cada bloque al nivel de deinición que alcanza el planeamiento y a la relevancia ambiental de las actuaciones propuestas en cada caso.

- Suelo No Urbanizable: será objeto de análisis el modelo adoptado, es decir, la deinición de la estructura del SNU, protección de áreas relevantes por sus valores ambientales, la conexión entre éstas y con las áreas habitadas, etc. Paralelamente se tomará en consideración la categoría asignada a cada uno de los ámbitos deinidos, la asignación de usos y las medidas de protección establecidas por el PGOU. En este punto cobra una importancia fundamental la valoración de las Actuaciones Estratégicas de interés ambiental e intervención concreta sobre el territorio.

- Suelo Urbanizable: Áreas de Crecimiento. Como en el caso del Suelo No Urbanizable, la relexión acerca de los impactos en las áreas de crecimiento estará basada en el modelo territorial escogido. Además del consumo de recurso suelo y del impacto derivado del cambio de uso (en relación directa con la capacidad de acogida), se analizarán distintas cuestiones relacionadas con la ordenación, cuyo nivel de detalle estará necesariamente relacionado con la categoría de Suelo Urbanizable (Sectorizado y no Sectorizado, en este caso).

- Sistemas Generales. Los impactos más relevantes del Planeamiento en este ámbito se derivan también del modelo diseñado: sistemas previstos, objetivos, emplazamientos elegidos, etc., además de los impactos relativos a la propia naturaleza de cada Sistema General. Las infraestructuras de comunicación constituyen un caso particular, puesto que por lo general deberán pasar por procedimientos particulares de Prevención Ambiental para su ejecución. No obstante lo anterior, y con objeto de marcar las directrices a seguir, se identiican también los impactos más relevantes asociados a las mismas, de manera que sea posible

de éste ámbito espacial, consideramos entonces que el impacto tiene un carácter puntual. Si por el contrario, el efecto no admite una ubicación precisa dentro del entorno del proyecto, teniendo una inluencia generalizada sobre la zona, entonces concluiremos que el carácter de dicho impacto, en lo que al ámbito espacial se reiere, es extenso. Las situaciones intermedias se consideran como parciales.

• Momento en el que se produce el efecto/impacto: alude al tiempo que transcurre entre la ejecución una acción concreta y la aparición del efecto sobre alguno de los factores contemplados, varía según sea inmediato, a medio plazo o a largo plazo.

• Persistencia del impacto, ligada con el tiempo que supuestamente permanecería el efecto a partir de la aparición de la acción en cuestión. Dos son las situaciones consideradas, según que la acción produzca un efecto temporal o permanente.

• Reversibilidad, se reiere a la posibilidad de reconstruir las condiciones iniciales una vez producido el efecto. Varía según sea a corto, a medio plazo, a largo plazo o imposible.

• Junto con los aspectos metodológicos descritos, el presente Estudio de Impacto Ambiental aborda la descripción de impactos en distintos bloques. Este análisis diferenciado responde a la necesidad de hacer distintas aproximaciones para las diferentes clases de suelo1 (no Urbanizable y Urbanizable) y elementos territoriales (Sistemas Generales), en los que el PGOU interviene en modo distinto:

1 El presente Estudio de Impacto no entrará a valorar la incidencia en Suelo Urbano, por entender que este espacio no cambia de clasiicación.

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79DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

concentra en su clasiicación y caliicación, la integración de los regímenes sectoriales superpuestos de protección y la asignación de usos y actuaciones territoriales que garanticen la permanencia de sus valores e incluso la mejora de sus características.

Por esa razón, la identiicación y valoración de impactos entrará a considerar, para cada ámbito del SNU:

• La clasiicación del suelo, y la adecuación de la categoría asignada a cada ámbito en función de sus valores intrínsecos (ambientales, ecológicos, paisajísticos), estratégicos (conexión de espacios de gran calidad ambiental, conexión de los sistemas naturales con los urbanos, etc.) o locacionales.

• La protección otorgada desde la normativa urbanística. El Plan General debe establecer la normativa aplicable a las distintas categorías del suelo, que para el caso de los ámbitos protegidos por la Legislación Especíica, habrá de incorporar la normativa sectorial vigente.

• Integración los regímenes sectoriales superpuestos de protección, de carácter lineal o zonal, en función del bien a proteger (cauces públicos, carreteras, vías pecuarias, infraestructuras, yacimientos arqueológicos, etc.). Hay que destacar que esta integración debe operar en dos niveles:

- Como clasiicación de suelo, en la medida en que estas afecciones sectoriales implican en muchos casos la clasiicación por LOUA como suelo no urbanizable de especial protección por legislación especíica.

- Como caliicación del suelo, en la medida de que estos

Sistema Hidrológico

Espacios Agrarios de Interés

Zonas cautelares ante el riesgo de inundación

• Suelo No Urbanizable de Carácter Natural-Rural: Campo de Utrera preservado por razones de sostenibilidad y racionalidad así como por su valor ambiental y paisajístico. Engloba los terrenos no urbanizables que no reciben un régimen de protección especial, ni son soporte de asentamientos rurales diseminados. Su adscripción en Utrera permite manteniendo y potenciando la producción y el uso agrícola, ganadero o forestal, posibilitando la implantación de determinados usos en circunstancias adecuadas que no deterioren ni entren en incompatibilidad con la adecuada preservación del medio y el hábitat rural.

• Suelo No Urbanizable de Hábitat Rural Diseminado: se propones esta cuarta categoría del Suelo No Urbanizable con objeto de legalizar las ediicaciones y construcciones del poblado del Torbiscal.

La regulación del Suelo No Urbanizable se articula en la Normativa Urbanística. Junto con una serie de condiciones Generales relativas al uso del suelo, la ediicación, el paisaje y los vertidos, se establecen ordenanzas particulares de uso del suelo y ediicación de las diferentes categorías de suelo no urbanizable. Además, se establecen actuaciones de interés público en suelo no urbanizable y en relación con las viviendas unifamiliares aisladas vinculadas a la explotación agropecuaria.

De este modo, la actuación del Planeamiento sobre el SNU se

- Red de Vías Pecuarias y Descansaderos.

- Cauces, embalses y servidumbres

- Yacimientos Arqueológicos.

- Red de Espacios Protegidos [REPA y LIC].

- Infraestructuras de comunicación y energía.

• Suelo No Urbanizable de Especial Protección por Planiicación Territorial y Urbanística. Comprende aquellos terrenos no incluidos en ningún régimen de protección por la legislación administrativa y que poseen un elevado valor ecológico, medioambiental y/o paisajístico. Estos son:

- Suelo No Urbanizable Protegido por su valor Natural y Ambiental. [Lagunas del Carmen, Ventosilla, Capellanías, Guadalema, y las Peñuelas]

- Suelo No Urbanizable Protegido por razones Forestales y/o Paisajísticas.

- Parque Periurbano Pantano Torre del Águila.

- Planiicación Territorial [POTAUS]:

Corredores Verdes

Áreas para actividades recreativas-naúticas.

4.2.1. IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL PLAN GENERAL SUSCEPTIBLES DE PROVOCAR IMPACTOS.

En Relación a la Clasiicación y Caliicación del Suelo

El Suelo No Urbanizable

La propuesta del Planeamiento Urbanístico sobre el Suelo No Urbanizable es sustancialmente distinta de la que aborda en el suelo Urbano o Urbanizable. Para estos terrenos, se excluye la posibilidad de transformación en urbanos al artículo 46 de la LOUA.

El Plan General de Utrera estructura el Suelo No Urbanizable bajo cuatro categorías diferentes: Suelo No Urbanizable de Especial Protección por Legislación Especíica, Suelo No Urbanizable de Especial Protección por Planiicación Territorial y Urbanística, Suelo No Urbanizable de Carácter Natural-Rural y Suelo No urbanizable de Hábitat Rural Diseminado, legalizando así las ediicaciones y construcciones históricas del poblado de El Torbiscal.

• Suelo No Urbanizable de Especial Protección por Legislación Especíica. De acuerdo con la LOUA integra los terrenos que tienen la condición de bienes de dominio público natural o están sujetos a limitaciones o servidumbres, así como algún régimen de protección por la legislación administrativa. Asimismo, bajo esta categoría se incluyen los suelos que presentan riesgos ciertos de inundabilidad (cuando tales riesgos queden acreditados en el planeamiento sectorial).

De este modo, quedan recogidos bajo esta categoría los siguientes suelos:

4.2 IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS SUSCEPTIBLES DE INTERACTUAR

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80 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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• Suelo Urbanizable Sectorizado: integrado por los terrenos suicientes y más idóneos para absorber los crecimientos previsibles, de acuerdo con los criterios ijados por el PGOU. Para ellos, el Plan General establece a modo de determinaciones los usos, densidades y ediicabilidades globales, así como los criterios y directrices para la ordenación detallada de los distintos sectores incluyendo las condiciones para su ordenación mediante Planes Parciales.

• Suelo Urbanizable No Sectorizado, integrado por los restantes terrenos adscritos a esta clase de suelo. Para esta subclase de suelo, el PGOU establece los usos incompatibles, las directrices y objetivos de cada ámbito, la ubicación de los Sistemas Generales e incluso determinaciones complementarias de ordenación.

• El suelo urbanizable ordenado (transitorio o no) es el resultante de la incorporación al Plan General de los ámbitos de suelo urbanizable del planeamiento anterior, que han tramitado su planeamiento de desarrollo pero que están pendientes de su gestión y/o urbanización.

Los nuevos Suelos Urbanizables Sectorizados propuestos por el Documento de Aprobación Inicial se localizan en conexión directa con el actual suelo urbano de Utrera, mientras que los suelos No Sectorizados se localizan inmediatamente después de los primeros de forma general. En este sentido, el presente Estudio de Impacto Ambiental estructura las áreas de crecimiento según la localización y el uso global (residencial e industrial).

En Relación a las Determinaciones y Transformaciones del Suelo

La propuesta de suelo urbanizable del Plan General de Ordenación Urbanística de Utrera lleva implícito la generación de acciones susceptibles de causar

Sistema General de Espacios Libres

• Presencia de la zona verde (supericie, distribución, tipología, conexión, etc.).

• Labores de mantenimiento (riego, poda, limpieza, etc.).

• Uso y disfrute de la zona verde.

Sistema General de Equipamiento

• Presencia de los equipamientos (características morfológicas y estéticas, distribución y dimensionamiento).

• Labores de mantenimiento.

• Uso.

Sistema General de Infraestructuras Urbanas

En este bloque es posible diferenciar dos puntos: de un lado, las redes (abastecimiento y saneamiento de agua, electricidad y telefonía) y de otro los equipamientos (centros de transformación eléctrica, depuradora, etc.). Para ambos habrán de considerarse la presencia de la infraestructura (en supericie o en el subsuelo), los efectos positivos del servicio que prestarán y las repercusiones de su mantenimiento.

Suelo Urbanizable

Integrado por aquellas porciones del territorio que acogerán los nuevos usos urbanos, estructurados como sigue:

• Sistema General de Equipamiento, compuesto por los Centros Docentes, Deportivos y demás.

• Sistema General de Infraestructuras Urbanas, compuesto por las ediicaciones, instalaciones y redes adscritas al abastecimiento y agua, alcantarillado, energía eléctrica y de aquellos otros servicios que en su caso se establezcan.

Junto con los aspectos relativos a la construcción, que son tratados genéricamente en un bloque independiente, los principales elementos causantes de impacto son los debidos a la propia presencia de los espacios e infraestructuras y los derivados de los servicios que ellos generan.

El Sistema General de Espacios Libres Naturales se ha tratado ya en el capítulo destinado al suelo no urbanizable.

Sistema General de Comunicaciones.

• Presencia de las infraestructuras como ejes territoriales, así como sus elementos asociados: puentes, accesos, taludes, medianas, etc. (localización, trazado, interconexión).

• Tráico, con sus elementos característicos (Intensidad horaria de tráico, Velocidad de los vehículos, Proporción de vehículos pesados, Tipo de supericie de la carretera, pendiente).

• Labores de mantenimiento.

• Comunicación y Movilidad (tráico de personas y mercancías).

condicionantes superpuestos, implican limitaciones adicionales de uso y ediicación. Del mismo modo, resulta necesaria la integración de los regímenes sectoriales superpuestos de protección, que suponen limitaciones adicionales de uso y ediicación.

- El alcance, inluencia y adecuación de las propuestas de intervención sobre el territorio que se diseñen para potenciar la estructura propuesta para el modelo territorial y mejorar e incluso aumentar el capital ambiental existente.

- Las sinergias que se generan entre los diferentes espacios.

Los Sistemas Generales e Infraestructuras Territoriales2

Los Sistemas Generales son el conjunto de redes que articulan el territorio, tanto internamente como con otros territorios colindantes, aseguran la racionalidad y coherencia del desarrollo urbanístico y garantizan la calidad y funcionalidad de los principales espacios de uso colectivo. El PGOU de Utrera distingue cuatro tipologías de Sistema General:

• Sistema General de Comunicaciones, compuesto por la Red de Carreteras, Ferrocarriles y Caminos Rurales Municipales. Dentro de este Sistema se incluye un subsitema denominado Comunicaciones en Suelo No Urbanizable.

• Sistema General de Espacios Libres, compuesto por los parques y jardines localizados tanto en suelo Urbano-Urbanizable como No Urbanizable

2 A los elementos citados debe sumarse los asociados a los procesos de construcción que se detallan más adelante.

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81DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

• Áreas Productivas. En este apartado cabe hacer la misma consideración que en el anterior, no sin hacer notar la “capacidad impactante” de las áreas productivas, en especial las industriales.

• Espacios Libres. Los espacios libres y en especial las zonas verdes juegan un papel esencial en la calidad ambiental urbana. Son espacios de relación y convivencia, soporte de la biodiversidad urbana, áreas de esparcimiento e hitos del paisaje, entre otras funciones.

• Transporte. Se trata de otro de los elementos clave del Medio Ambiente Urbano. De su planiicación y organización dependerá en buena medida la congestión del tráico y sus efectos asociados (contaminación atmosférica, ruido, etc.).

• Mantenimiento. El mantenimiento y la conservación de los espacios urbanos tendrá repercusiones sobre el paisaje y sobre la propia sociedad, afectando a la calidad de vida.

Matriz de identificación de impactos de proceso de construcción

PRO

CES

O D

E C

ON

STRU

CC

IÓN

Desbroce y Tala

Movimiento de Tierra

Mov de maquinaria

Instalaciones Auxiliares

Urbanización y Ediicación

atm

ósf

era

geo

mo

rfo

log

ía y

su

elo

hid

rolo

gía

veg

etac

ión

fau

na

pai

saje

bie

nes

pro

teg

ido

s

agu

a

resi

du

os

ener

gía

soci

edad

emp

leo

y s

ecto

res

eco

n.

Transformación del Suelo. Funcionamiento

En este bloque se identiican los aspectos fundamentales que se derivan del funcionamiento de las nuevas áreas urbanas y su relación con el entorno.

• Viviendas. Tanto la presencia de los elementos físicos que constituyen las viviendas, como su distribución y densidad, así como las actividades que en ellas se realizan, van a tener una incidencia sobre el ambiente, pudiendo destacarse el efecto sobre el paisaje, la generación de residuos o la necesidad de consumo de recursos (agua, energía).

Transformación del Suelo. Urbanización –Ediicación

La actividad constructiva comporta una serie de acciones, normalmente secuenciada, que tienen como resultado inal la transformación del medio, y con ello una repercusión ambiental evidente. Habida cuenta que esta actividad es denominador común en numerosas vertientes (urbanización, ediicación o desarrollo de infraestructuras, equipamientos, zonas verdes, etc.), se hace un tratamiento conjunto que permitirá la identiicación de medidas correctoras de aplicación general en todos los supuestos mencionados. Las principales acciones a considerar son:

• Desbroce y Tala. Mediante esta operación se elimina la cubierta vegetal existente en un área a construir, ya sea vegetación natural o cultivada.

• Movimiento de tierras y explanaciones, para obtener una supericie y una cota adecuada para abordar la construcción y urbanización.

• Instalaciones auxiliares. La utilización de equipamientos de carácter provisional (como casetillas de obra, tomas de agua o similares) tendrá también una incidencia sobre el medio que deberá considerarse.

• Movimiento de maquinaria. El empleo de distintos equipos en las diferentes operaciones que comporta una obra (transporte, excavación, construcción, etc.) tendrá también efectos ambientales.

• Urbanización y edificación. Esta actividad, que supone el establecimiento permanente de los elementos característicos de un área urbana (viarios, infraestructuras y redes, ediicaciones, etc.) comporta numerosas afecciones al medio ambiente.

impactos. Se relaciona a continuación, aquellas acciones básicas que inciden positiva o negativamente sobre los elementos del medio físico natural o en la ordenación del territorio.

Suelo Urbanizable No Sectorizado

Las acciones del Planeamiento susceptibles de causar impacto sobre los distintos elementos del medio son los siguientes:

• Clasiicación del suelo.

• Deinición de los usos incompatibles.

• Criterios de localización de los Sistemas Generales.

• Determinación de las Condiciones de Sectorización.

• Determinaciones complementarias de Ordenación.

Suelo Urbanizable Sectorizado

• Clasiicación del Suelo.

• Establecimiento de los usos, densidades y ediicabilidades globales.

• Condiciones de transformación mediante Plan Parcial de Ordenación: criterios y directrices para la ordenación detallada (condiciones de desarrollo).

• Determinaciones complementarias.

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82 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

• Materiales. Se tratan en este apartado los impactos causados sobre el ciclo de los materiales, prestando especial atención a su última fase, es decir: la generación residuos.

• Agua. Se valoran en este punto los impactos causados sobre el recurso agua, en lo que se reiere a consumo (cantidad).

• Energía. En este apartado se valora la incidencia energética del Planeamiento, considerándose no sólo el incremento de las necesidades energéticas previsibles sino también la tipología de energía empleada (desde el punto de vista de las energías alternativas).

Medio Socioeconómico

• Sociedad: Bajo la amplia denominación de sociedad, se hace referencia a aspectos de aceptación social y al nivel de bienestar social. No se incluyen aquellos otros aspectos característicos del medio socioeconómico que tienen que ver con el mercado de trabajo y con la estructura económica, que reciben un tratamiento independiente.

• Mercado de Trabajo: Dada su trascendencia como indicador social y económico se introduce la consideración sobre las consecuencias que el Plan General tendrá sobre la creación de empleo.

• Sectores Productivos: Se analizan las repercusiones del Plan General sobre el tejido económico local, comprobando en qué medida se contribuye a la diversiicación y el fortalecimiento de la economía local o si, por el contrario, se incrementan sus debilidades.

los hábitat potenciales de diferentes especies como consecuencia de la expansión urbanística.

Paisaje

• Se valora la afección paisajística que producen los cambios de uso propuestos para el desarrollo del suelo urbanizable, como aumento de viviendas, de equipamientos, de las infraestructuras, etc. así como aquellos efectos beneiciosos derivados de otros elementos como los Sistemas Generales de Espacios Libres.

Bienes Protegidos

• Vías pecuarias: Se valoran las afecciones sobre las vías pecuarias incluidos en el Proyecto de Clasiicación de Vías Pecuarias.

• Bienes de interés histórico-arqueológico: Se valoran las afecciones sobre los bienes de interés cultural y los yacimientos arqueológicos recogidos en el municipio de Utrera.

Recursos

Este bloque de impactos hace referencia a la presión sobre los recursos que tendrá como consecuencia la Ordenación establecida por el Plan General (y con ella los cambios de uso, la tipología de áreas urbanas, las modalidades de áreas productivas, etc.). Estos impactos se caracterizan porque sus efectos no se generan, en la gran mayoría de los casos, sobre el territorio concreto de actuación sino fuera de sus límites. A efectos de no duplicar impactos no se considerarán los efectos causados sobre recursos que haya sido ya tratados con anterioridad (suelo, paisaje, recursos botánicos, faunísticos, etc.)

generalmente por la ocupación que se realiza al urbanizar. También se valora el impacto sobre el suelo desde el punto de vista del territorio como recurso.

• Geomorfología: Se consideran los riesgos erosivos y la modiicación del relieve supericial.

• Hidrología superficial: Se valoran los impactos relacionados con la calidad del agua supericial y con la pérdida de morfologías hídricas por interrupción o derivación de cauces.

• Hidrología subterránea: Se valoran los impactos relacionados con la calidad del agua subterránea, las características acuíferas del sustrato o la pérdida de supericies de recarga del acuífero como consecuencia de la ocupación del suelo de los diferentes sectores de urbanización.

• Atmósfera: Entre los impactos sobre la atmósfera se incluyen los que afectan a la calidad del aire y los relacionados con la generación de ruidos.

Medio Biótico

• Vegetación: Se consideran los impactos sobre el conjunto de las especies vegetales no sujetas a protección especíica desde el planeamiento vigente (vegetación de linderos, árboles aislados, masas forestales de reducidas dimensiones, etc.). También se valora la introducción o mejora de especies vegetales autóctonas en parques, jardines y sistemas generales de espacios libres.

• Fauna: Se valoran las afecciones sobre los diferentes grupos faunísticos presentes en el municipio, tanto directa como por la desaparición de

Matriz de identiicación de impactos de proceso de transformación del suelo. Funcionamiento

FASE

DE

FUN

CIO

NA

MIE

NTO

Consumo Recursos

Generación de Residuos

Movilidad. Tráico

Equipamientos y Esp. Libres

Mantenimiento

atm

ósf

era

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n.

4.2.2.. IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS DEL MEDIO SUSCEPTIBLES DE RECIBIR IMPACTOS.

Medio Físico

• Suelos: Se valoran los impactos relacionados con la calidad del suelo y con la pérdida de las características originales del peril edáico,

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83DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

repercusión sobre el resto del acuífero, con pocas opciones de reversibilidad.

De otro lado, se prescriben medidas correctoras de aplicación directa para evitar la posible contaminación de las aguas supericiales y subterráneas por vertidos de aceites, lubricantes, etc. procedentes de la maquinaria. No obstante, existe riesgo de un vertido accidental que provoca un impacto negativo de baja intensidad, puntual e inmediato, de persistencia temporal e irreversible.

La geomorfología

Los impactos sobre las formas naturales del terreno se reieren a alteraciones más o menos sustanciales que se pueden producir en la topografía debido a las adecuaciones necesarias para implantar los usos programados. Como consecuencia también puede producirse la eliminación puntual de algunos hitos o puntos de interés geológico o puede ocasionarse un impacto paisajístico. La homogeneidad geológica y morfológica de las áreas que se van a ocupar que no del territorio municipal da lugar a situaciones también distintas de afección sobre este elemento. En el núcleo urbano y su entorno, al tratarse de un relieve relativamente plano se producen impactos entre compatibles y moderados. A modo de garantía, se establecen medidas correctoras para estos impactos, que tendrán una extensión importante, inmediato, permanente y, en la práctica, irreversible.

El desbroce de las áreas de crecimiento y el movimiento de tierras provocarán la desaparición de la cobertura vegetal del suelo, básica en la lucha frente a los agentes erosivos. No obstante es necesario considerar que, en la práctica, estos suelos no quedarán expuestos, puesto que serán la base para el proceso de urbanización, construcción o la ejecución de sistemas generales. Así, las afecciones relacionadas con la erosión se consideran de baja media.

Por su parte, la conexión de las redes de abastecimiento, saneamiento y

ello modiicarán la escorrentía supericial actual.

Otro impacto signiicativo es el causado por los desbroces y talas, que al aumentar el riesgo de erosión pueden afectar a la hidrología supericial, minorando el drenaje y la iniltración y alterando las líneas naturales de escorrentía. Estos se valoran parcialmente en la afección a la geomorfología.

La valoración de estas afecciones sobre la hidrología supericial, es de compatible después de la aplicación de medidas correctoras. Por lo demás, se trata de un impacto de extensión parcial, que se genera con carácter inmediato, persistente y reversible. Con el objeto de minimizar el riesgo de afección al dominio público hidráulico-servidumbre de paso y el de inundación de los suelos urbanizables, la propuesta de crecimiento de este Plan General se ha condicionado al periodo de retorno de 500 años del estudio de inundabilidad especíico para el PGOU. Las conclusiones de este estudio se recogen en el correspondiente Estudio de Inundabilidad.

Por otra parte, los cauces naturales existentes o próximos al área de actuación pueden deteriorarse como consecuencia del arrastre de materiales, taponamientos o desviaciones. Aunque la integridad de los cauces de dominio público queda salvaguardada por la legislación vigente en la materia, se establecen medidas correctoras para añadir garantías a su preservación; en paralelo, se establecen medidas correctoras para evitar perjuicios a terceros como consecuencia de la actuación sobre cauces de dominio privado.

La hidrología subterránea también se verá afectada por la alteración de las características del suelo derivada de la compresión por la ediicación. La implantación deinitiva de infraestructuras viarias y ediicaciones ocasionará un sellado del suelo que en la práctica se traduce en la pérdida de un área de iniltración de agua (además de la pérdida de suelo con ines productivos). Se valora por tanto este impacto como moderado de intensidad alta por la

El desbroce de las áreas de crecimiento y el movimiento de tierras provocarán, en primera instancia la desaparición de la cobertura vegetal del suelo, básica en la lucha frente a los agentes erosivos. No obstante es necesario considerar que, en la práctica, estos suelos no quedarán expuestos, puesto que serán la base para el proceso de urbanización, construcción o la ejecución de sistemas generales. Así, las afecciones relacionadas con la erosión se consideran de baja intensidad.

Durante esta fase de construcción, se producirán también incidencias sobre los suelos provocadas por su ocupación con instalaciones auxiliares, movimiento de tierras y explanaciones y el movimiento de la maquinaria. Así, los horizontes del suelo serán eliminados o alterados total o parcialmente y se producirá una compactación del suelo, pérdida de la estructura original, disminución de la porosidad, etc. La capa de suelo fértil será retirada y reservada para las zonas verdes y para la recuperación de áreas o suelos degradados, por lo que se minimizará el impacto provocado.

De otro lado cabe considerar las afecciones sobre la calidad de los suelos derivadas del riesgo de contaminación por el depósito temporal o permanente de escombros y otros residuos derivados de la construcción. Este riesgo, de carácter puntual e inmediato no presenta una magnitud elevada, puesto que se encuentra minimizado por la aplicación de medidas correctoras, siendo además temporal y reversible.

La hidrología

La supericie que se va a ocupar por las ediicaciones residenciales y actividades productivas así como los movimientos de tierra necesarios para

4.3.1. IMPACTOS GENERALES

Fase de Urbanización y Ediicación

Impactos sobre el Medio Físico

El suelo

Los impactos sobre el suelo serán tratados parcialmente en los bloques relativos a geomorfología e hidrología, por lo que en este punto se analizará sólo el suelo aunque como recurso desde dos puntos de vista:

• en cuanto a la cantidad, es decir, la supericie de suelo no ocupada por actividades humanas o susceptibles de acoger otras actividades diferentes a las que ahora soporta. Las acciones propias del proceso urbanizador conllevarán una ocupación del suelo existente que, en la práctica, tiene un carácter permanente e irreversible. El suelo ha de entenderse en este sentido como un recurso no renovable y por ello, su utilización debe partir de la premisa de la sostenibilidad. El nuevo PGOU incrementará la supericie susceptible de convertirse en urbana (Suelo Urbanizable Ordenado y Sectorizado) en 1.118,31 hectáreas siendo el suelo urbano y urbano no consolidado relejado en el Plan de unas 1.447,66 hectáreas. Esta pérdida de suelo tendrá una extensión muy amplia en los sectores urbanizables y sistemas generales deinidos por el Plan, por lo que el impacto es de carácter puntual. Este impacto ha sido catalogado como de alta intensidad.

• en cuanto a la calidad, es decir, en función de su valor agrológico y ecológico: la pérdida de suelos como recurso agrario y soporte de biodiversidad es inseparable al desarrollo del planeamiento.

4.3 IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS

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84 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

áreas ocupadas por los nuevos crecimientos y por las infraestructuras.

El riesgo de afección sobre los yacimientos arqueológicos en la fase de construcción es cierto por las determinaciones establecidas en el Plan Especial del Conjunto Histórico de Utrera que incluye un catálogo de las áreas de evidencia arqueológica. En los sectores que contengan restos arqueológicos serán objeto de medidas correctoras especíicas.

No obstante previo a los trabajos de urbanización y construcción, la Delegación de Cultura debe informar sobre la idoneidad de la ocupación en relación a los yacimientos. Independientemente de las previsiones que ésta establezca se ha descrito, entre las medidas correctoras, un procedimiento de actuación ante la situación de que se encuentren yacimientos arqueológicos durante las obras. En cualquier caso, del riesgo de afección sobre el Patrimonio no inventariado se desprende un impacto de signo indeterminado, puntual, inmediato, permanente e irreversible.

Corresponde valorar en este punto el riesgo de impacto por el trasiego de maquinarias y vertidos de materiales derivados de la construcción, así como la ocupación puntual de las vías adyacentes o incluidas en las áreas a desarrollar. Este impacto negativo compatible, reversible y de extensión puntual. Se aplicarán medidas correctoras encaminadas a respetar los bienes protegidos.

Impactos sobre los Recursos

El ciclo de los materiales

Se tratan en este apartado los impactos causados sobre el ciclo de los materiales, prestando especial atención a la generación residuos.

Durante la fase de construcción será necesario realizar movimientos de

Impactos sobre el Paisaje

El movimiento de tierras, el tránsito de maquinaria y las instalaciones auxiliares incidirán negativamente en el entorno paisajístico de la zona. Este impacto es inevitable e irreversible, eliminándose por completo una vez inalizadas las obras. Se aplicarán medidas correctoras con el in de minimizar estas afecciones.

Por otra parte y considerando el impacto globalmente existen otras acciones del proyecto que afectarán moderadamente sobre este factor ambiental, como es el cambio de uso, variando este impacto en intensidad en cada caso en función de la cuenca visual y la concentración de observadores potenciales en el área.

Las diferentes actuaciones modiicarán el paisaje urbano actual consolidando y mejorando áreas de borde urbano, pero también haciendo desaparecer zonas con un paisaje característicamente rural y natural.

Las medidas correctoras que se han redactado se ejecutarán en los correspondientes proyectos de urbanización, debiendo preverse una arquitectura integrada en el entorno. Si a esto se añade la aplicación de medidas correctoras encaminadas a la restauración paisajística, el impacto puede catalogarse como moderado y en algunos crecimientos como severo, de intensidad media, extensión parcial, momento inmediato, temporal e irreversible

Impactos sobre los Bienes Protegidos

Los yacimientos arqueológicos y las vías pecuarias son bienes protegidos por legislación sectorial que constituyen parte del patrimonio heredado de nuestros antecesores. Las afecciones sobre estos elementos se adscriben a las

como consecuencia del uso a implantar. En la primera parte de la fase de construcción se lleva a cabo el desbroce y tala de los terrenos para lo cual es preciso la eliminación de la vegetación actual, tanto la de carácter natural como cultivada. La pérdida de estos soportes introduce un impacto compatible de carácter puntual, inmediato, permanente e irreversible. Dado que se establecen medidas correctoras para proteger la vegetación, el impacto de la construcción sobre la vegetación (cuya intensidad variará en función de la vegetación existente en la parcela -diversidad y abundancia-) se considera compatible y de extensión puntual, momento inmediato, permanente, irreversible.

La fauna

Respecto a los impactos sobre la fauna, cabe realizar un comentario similar a la vegetación. Las especies faunísticas que se verán afectadas por la construcción serán aquellas que tengan su hábitat en el núcleo urbano. También se verán afectadas especies de avifauna que encuentran en este ecosistema su área de campeo, aunque nidiiquen en zonas distintas. En este sentido el impacto presenta una diferencia con respecto a los que se producen sobre la vegetación, diferencia que radica en la extensión del impacto. Al afectar a las áreas de campeo de las especies, el impacto no se puede localizar en un punto concreto, sino en un área más amplia y de límites imprecisos.

Por otra parte, en la fase de construcción se produce un efecto directo sobre la fauna ligada al suelo como consecuencia de la desaparición de estos soportes y la eliminación de los hábitats correspondientes.

La presencia humana y la generación de ruidos procedentes de las maquinarias y del personal de la actuación en los sectores colindantes con el suelo no urbanizable, provocará un impacto negativo sobre la fauna presente en las áreas citadas, que se considera poco relevante dado su carácter temporal, reversible, de extensión puntual.

electricidad se considera compatible con la conservación de las formas naturales del terreno.

La atmósfera

En la fase de construcción se producirán ruidos propios de dicha labor, como consecuencia de las operaciones de urbanización y construcción, y en menor medida por los movimientos de maquinaria, tierra y explanaciones. Paralelamente se generará un aumento de partículas en suspensión como consecuencia del movimiento de tierras para hacer explanaciones o acopios, que supondrá un nuevo impacto sobre la atmósfera. Se trata de un impacto de potencial intensidad, extensión parcial, inmediato, temporal y reversible; por lo demás presentará características similares en áreas residenciales e industriales.

El efecto producido por los ruidos y polvo en suspensión se encuentra atenuado por la aplicación de medidas correctoras que deberán incluirse en todos los proyectos de infraestructuras y urbanización de sectores de crecimiento. Dado que además los impactos se circunscriben temporalmente al periodo de construcción, su valoración global es de moderado.

Esta valoración podrá variar localmente en función de las características topográicas (condicionantes de los movimientos de tierra), la proximidad de zonas habitadas susceptibles de recibir los impactos y la inluencia del viento, entre otros factores condicionantes.

Impactos Sobre el Medio Biótico

La vegetación

Los impactos sobre la vegetación hacen referencia a la eliminación total o parcial de las especies vegetales existentes, así como a su posible afección

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85DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

las conexiones a la red de saneamiento y las actividades habrán de tener su propio sistema de gestión de residuos. Las medidas correctoras deberán estar deinidas en los correspondientes proyectos de urbanización. Este impacto se valora como compatible, de baja intensidad, extenso, temporal y reversible.

La hidrología

Las alteraciones sobre los lujos de escorrentía que se producen durante la fase de construcción permanecerán durante la Fase de Funcionamiento.

En cuanto a la afección a la calidad de las aguas durante la fase de funcionamiento por vertido de aguas residuales (urbanas e industriales) sin depurar, se estima queda minimizada por la aplicación de medidas correctoras encaminadas a garantizar el tratamiento y depuración de las aguas residuales urbanas.

Los arroyos colindantes a las áreas de crecimiento serán objeto de la presión de la actividad que se desarrolle en estos sectores [industrial, residencial o terciario]. El estudio de inundabilidad debe ser la garantía de no afección al dominio público y la servidumbre de paso. En esta misma línea, la aplicación de medidas correctoras encaminadas a proteger el Dominio Público Hidráulico minimizará la potencial afección que se pueda producir por vertidos sobre las aguas y sobre la lora y fauna de la ribera. La valoración global del impacto es compatible siempre y cuando se apliquen las medidas correctoras asumidas por el nuevo Plan.

Además, con impacto se valora como moderado, de baja intensidad, extenso, temporal y reversible previa aplicación de medidas correctoras.

En las áreas industriales o mixtas, donde se instalen actividades económicas, de almacenamiento o terciario o cualquier otra actividad que genere

de empleo relacionado con el sector construcción, y actividades periféricas a la misma, generándose un impacto positivo, temporal y de magnitud relativa media. Se establecen medidas correctoras dirigidas a potenciar que el empleo generado repercuta sobre la población de Utrera.

Los sectores económicos

Durante la fase de construcción de los diferentes sectores e infraestructuras se verá beneiciado el sector construcción de manera moderada y temporal, recibiendo un impacto positivo de intensidad media, carácter puntual, inmediato, temporal e irreversible.

Fase de Funcionamiento

Impactos sobre el Medio Físico

El suelo

En la fase de funcionamiento, permanecerá la ocupación del suelo con los nuevos usos urbanos y de infraestructuras. El impacto de esta ocupación ha sido ya valorado en la etapa de construcción.

El riesgo de contaminación del suelo como consecuencia de la puesta en funcionamiento de las nuevas áreas urbanas y en especial en las áreas donde se desarrollen actividades económicas, se considera minimizado a través de las medidas correctoras diseñadas, que se apoyan en la legislación vigente. Así, las actividades potencialmente contaminantes habrán de someterse a los preceptivos procedimientos de prevención ambiental, que se consideran garantía suiciente para la preservación de la calidad ambiental.

Además, con carácter previo a su funcionamiento deberán estar ejecutadas

La energía.

Las necesidades energéticas durante la fase de construcción (funcionamiento de maquinaria, transporte, etc.) se valoran como compatibles dado su carácter puntual.

Impactos sobre el Medio Socioeconómico

La sociedad

Durante la fase de construcción, la sociedad estará afectada por las obras como consecuencia del trasiego de camiones y maquinarias. Unido a este proceso están las molestias de reducción de movilidad, disminución de la limpieza viaria, aumento del polvo en suspensión y ruidos procedentes del área de actuación. El impacto se valora globalmente como negativo compatible debido a la aplicación de medidas correctoras y a que en parte este impacto ha sido ya considerado en los apartados de Impactos sobre la Atmósfera y Residuos.

Además, existe el riego de caída accidental de personas o animales a zanjas. Este riesgo que introduce un impacto compatible (por la aplicación de medidas correctoras), puntual, inmediato, temporal e irreversible, se deriva de las labores propias de las primeras fases de construcción y ediicación: movimientos de tierras, cimentaciones e instalación de infraestructuras.

Por último, existe riesgo de incendios debido a la acumulación de materiales y maquinaria. Este riesgo se atenúa con la aplicación de medidas correctoras.

El mercado de trabajo

La urbanización y construcción de los diferentes sectores signiicará un aumento

tierras y excavaciones; además, se generarán residuos propios de esta labor (escombros y restos de obra) así como residuos de carácter urbano e incluso residuos peligrosos (latas de pintura, disolventes, baterías, aceites y otros). En el capítulo de medidas correctoras se establecen las prescripciones necesarias para garantizar su correcta gestión, por lo que el impacto se valora como compatible, de intensidad media, extensión puntual, inmediata, temporal e irreversible.

Tal y como establecen las medidas correctoras, para minimizar el impacto indirecto ligado a las labores extractivas necesarias para cubrir los déicits de material, la obra habrá de plantearse con el criterio de vertido cero, aprovechando al máximo los materiales extraídos de la propia actuación; se establece además la obligatoriedad de emplear, en caso necesario, materiales procedentes de cantera autorizada.

Pueden incluirse en este bloque las afecciones sobre la limpieza viaria relacionadas con la construcción, que afectarán fundamentalmente a las áreas urbanas consolidadas que se encuentren adyacentes a las obras. Se establecen medidas correctoras encaminadas al mantenimiento de la limpieza viaria en las inmediaciones de estas áreas.

El ciclo del agua.

Se valoran en este punto los impactos causados sobre el recurso agua, en lo que se reiere a consumo (cantidad), puesto que las afecciones sobre vertidos se trataron en el bloque de hidrología.

Durante las labores propias de la fase de construcción será necesario el consumo de agua; dado el carácter temporal de esta actividad, el impacto se valora como compatible.

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86 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

tendentes a la armonización paisajística de las áreas urbanas, el respeto por las tipologías locales y la integración de las infraestructuras y servicios.

También se tendrán en cuenta otros aspectos regulados desde las medidas correctoras para la conservación y mejora del paisaje urbano con elementos como las zonas verdes, el arbolado urbano, la iluminación de ediicios singulares y otros hitos del paisaje.

El impacto en cualquier caso es signiicativo fundamentado por la pérdida de calidad y ocupación de aquellas zonas de mayor fragilidad, es el caso de los espacios colindantes de los ejes de entrada a Utrera. El impacto severo se ve agravado por la pérdida en casi su totalidad del peril de la ciudad de Utrera donde destaca aquellos elementos patrimoniales protegidos por el PECH.

Los Bienes Protegidos

La afección a los bienes protegidos ha sido valorada en los bloques de Suelo No Urbanizable y de Construcción. No obstante, cabe mencionar en este apartado el riesgo de deterioro del patrimonio inmueble como consecuencia de la contaminación atmosférica. El crecimiento del tráico rodado, y su contaminación atmosférica asociada, tienen un efecto negativo sobre los bienes patrimoniales, causando además un deterioro paisajístico. Este impacto afectará tanto a los monumentos que ya se encontraban en el núcleo urbano consolidado como a los que se incorporan al mismo con el crecimiento de la ciudad.

Impactos sobre los Recursos

El ciclo de los materiales

Durante la fase de explotación se generarán residuos de carácter urbano

En cuanto a la vegetación de los cauces luviales, la proximidad de arroyos temporales a las áreas industriales puede provocar la alteración de esta vegetación de ribera. Por otra parte, la aplicación de medidas correctoras encaminadas a proteger el Dominio Público Hidráulico minimizará la potencial afección que se pueda producir por vertidos sobre las aguas y sobre la lora y fauna de la ribera. La valoración global del impacto es compatible siempre y cuando se apliquen las medidas correctoras asumidas por el nuevo Plan.

El Paisaje

Cuando se inalice la urbanización y la construcción prevista se habrán incorporado al paisaje natural-rural elementos y estructuras estables ajenas al mismo tal y como se indica en el estudio especíico de paisaje. Se trata de una transformación permanente que se realiza considerando la aplicación de medidas correctoras que mejoran la integración paisajística de la zona: en los desarrollos de uso residencial e industrial (actividades productivas o económicas) se realizará un tratamiento de borde mediante el distanciamiento y/o ajardinamiento en todas las colindancias de estas características, por lo que el impacto de los desarrollos mixtos se minimizará.

Se establecen asimismo criterios de ordenación que favorecen el paisaje, tales como la creación de espacios verdes conectados o las prescripciones de la normativa sobre la ediicación de las áreas residenciales y áreas industriales. Por ello, este impacto se cataloga como compatible, de intensidad media, extensión puntual, momento inmediato, permanente, irreversible de magnitud relativa.

Para las distorsiones paisajísticas ocasionadas sobre el medio urbano por diferentes infraestructuras, elementos constructivos, dotaciones, etc. (cableados eléctricos, antenas, materiales y colores de fachadas, acumulación de contenedores, tráico, etc.) se establecen una serie de medidas correctoras

de agua, cocinas, etc.) como industriales. Los impactos en áreas productivas dependerán de la tipología de empresa que se implante en los polígonos. Se establecen medidas correctoras encaminadas al control ambiental y a la localización de las empresas en polígonos industriales y a la prevención de las potenciales molestias a los ciudadanos.

Todo lo anterior conduce a la catalogación de un impacto de intensidad media, parcial, inmediata, temporal y reversible. De manera general, se deine como compatible para áreas residenciales y moderado para las industriales.

Impactos sobre el Medio Biótico

Vegetación y fauna

Los impactos relacionados con la vegetación y la fauna se asocian directamente a las zonas verdes y espacios libres. Estos impactos han sido descritos y valorados en el Capítulo de Sistemas Generales de Espacios Libres; asimismo, los sistemas Locales han sido tratados en las ichas de impacto de los diferentes sectores de crecimiento. Por esta razón, y a efectos de no duplicar descripciones y valoraciones, sólo se mencionan a continuación los aspectos más sobresalientes.

Se considera que tanto los sectores ediicados como el sistema de espacios libres, contarán con vegetación de distinta naturaleza y porte. A las áreas existentes, se anexionarán las de nueva creación, formando pasillos-corredores que permitan conectar y acceder a la mayor parte de Utrera. Estas áreas vegetadas servirán de hábitat a diferentes grupos faunísticos, que sin embargo, serán más sensibles que la vegetación a la presencia humana, por lo que no cabe esperar que permanezcan en la misma situación de abundancia y diversidad que antes de la ocupación urbana.

residuos líquido como aceites, la afección potencial sobre los cauces, estará minimizada por las propias medidas preventivas de la actuación y la necesidad de pretratamiento/depuración, en su caso, conforme a las características del vertido y cumpliendo con las especiicaciones del procedimiento de protección ambiental al que hayan sido sometidos.

Por otra parte, la desaparición de la actividad agrícola en las áreas de crecimiento supondrá también la desaparición de las afecciones sobre la calidad de las aguas derivadas de la aplicación de nitratos y itosanitarios a los cultivos. No obstante, la importante ocupación del terreno que asume por iniltración el mantenimiento del caudal acuífero, se verá drásticamente minimizada evaluando esta afección de impacto severo previa aplicación de medidas correctoras.

La atmósfera

El crecimiento urbano incrementa los desplazamientos necesarios desde la vivienda hasta los centros de trabajo, ocio, etc. Cuando este hecho se une a un transporte público por lo general deicitario, se aumenta considerablemente el tráico en vehículos privados, lo que irremediablemente incrementa la contaminación atmosférica del municipio a nivel global. El aumento de tráico de vehículos incidirá tanto sobre la calidad atmosférica (por el incremento de emisiones contaminantes: óxidos de nitrógeno, partículas en suspensión, etc.) como sobre los niveles de ruido. Este impacto negativo será luctuante a lo largo del día y variará en función del uso al que se destine el área (residencial, industrial, etc.). Este aspecto será especialmente relevante en áreas productivas, debiendo valorarse la circulación de vehículos pesados.

De otro lado, se podrán producir efectos sobre la atmósfera debido al incremento de las emisiones contaminantes procedentes de las actividades propias de las áreas urbanas, tanto domésticas (climatización, calentamiento

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87DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

de escala, buenas comunicaciones, etc. El desarrollo industrial favorecerá indirectamente a otros sectores productivos de carácter terciario (transporte de mercancías, servicios a las empresas, etc.). Este impacto se cataloga como positivo, puntual, permanente y de magnitud relativa positiva.

Los impactos sobre el sector de la agricultura están relacionados con la ocupación del suelo, debiendo considerarse que se trata de un impacto signiicativo, dada la capacidad agrológica de los suelos. Este impacto ha sido valorado en parte en el bloque correspondiente a los suelos. Las medidas correctoras en este impacto no son posibles. Las pérdidas de renta no se consideran (al menos a corto plazo) por el presumible incremento del precio del suelo al declararse urbanizable.

4.3.2.. IMPACTOS DE LOS SUELOS NO URBANIZABLES

Con objeto de ofrecer una lectura clara e integrada posible, los impactos en Suelo No Urbanizable se analizan en una icha, que reúne los siguientes aspectos clave:

• Esquema de Situación de la Unidad, que permita contextualizarla en el territorio municipal.

• Datos Básicos de la Unidad: Denominación, Usos Actuales, Clasiicación, Unidad Ambiental, Uso Global asignado por el PGOU y Capacidad de Acogida

• Áreas Relevantes / Sensibles: Se describen en este punto los Espacios y Elementos singulares existentes en el territorio de análisis, así como sus límites y las posibles incidencias que tenga.

• Descripción Impactos: En este bloque se especiican:

indirectamente aparejada una mejora sustancial en las infraestructuras de abastecimiento, saneamiento, telecomunicaciones, etc. en los nuevos sectores a desarrollar.

Por todo ello, se valora que la aceptación social del proyecto es buena, asignándosele un impacto positivo de carácter puntual, inmediato, permanente y reversible.

No obstante, la puesta en funcionamiento de nuevas áreas urbanas también puede producir un crecimiento de la cogestión del tráico, que se traduce en atascos, incremento de los tiempos de desplazamiento, etc., con las consiguientes molestias a la ciudadanía. Este impacto negativo varía de intensidad en función de la magnitud del crecimiento, y tiene un carácter puntual, de aparición inmediata, a medio e incluso a largo plazo, permanente y de difícil reversibilidad.

El mercado de trabajo

Durante la fase de operación se prevé la generación de puestos de trabajo directos relacionados con el sector industrial y de servicios, y una serie de empleos indirectos que se identiican con actividades conectadas con la industria (transporte, servicios asociados, etc.), la asistencia doméstica, educación, etc. Este impacto se considera positivo, de media intensidad, puntual de momento inmediato, permanente y reversible.

Los sectores económicos

Con la puesta en servicio de las nuevas áreas productivas se verá favorecido el sector industrial, permitiendo de un lado la ampliación y modernización de las empresas existentes y suponiendo un atractivo para la implantación de nuevas industrias, aprovechando las infraestructuras disponibles, economías

La energía.

Una vez se ocupen las nuevas zonas urbanas, se van a generar nuevas necesidades de consumo energético, tanto en el ámbito comunitario (alumbrado, equipamientos) como en el doméstico y productivo, así como en el transporte que tienen vocación de persistir en el tiempo. El impacto, minimizado por las medidas correctoras relativas al ahorro energético (por ejemplo la utilización de lámparas de vapor de sodio, de dispositivos de encendido mediante célula fotoeléctrica en el alumbrado público, el aislamiento de ediicios, el empleo de energías renovables, la creación de redes de movilidad no motorizada, etc.) se valora como compatible, con mayor intensidad en áreas industriales que en las residenciales. Por lo demás se trata de un impacto puntual, inmediato, permanente e irreversible.

Impactos sobre el Medio Socioeconómico

La sociedad

Desde la perspectiva de las necesidades sociales y de la calidad de vida, el impacto de la puesta en funcionamiento de nuevas áreas urbanas e infraestructuras se considera positivo: la mejora de las infraestructuras y aumento de la supericie de espacios públicos disponibles, la oferta de viviendas, etc., potencialmente han de ser positivas para la sociedad.

La sociedad podrá disfrutar de las distintas infraestructuras viarias para una mejor accesibilidad, de los corredores verdes interconectados con las zonas verdes, el suelo no urbanizable y los sistemas hidrológico y viapecuario. Paralelamente se crean nuevas oportunidades de desarrollo para el municipio y se refuerzan las infraestructuras básicas del modelo de desarrollo económico de Utrera. De otro lado, la ampliación de la oferta de suelo residencial satisfará las necesidades de un cierto sector de la población; además la actuación traerá

o asimilables (residuos domiciliarios, restos de poda, etc) procedentes de actividades domésticas, productivas y comunitarias; que serán gestionados de acuerdo con la legislación vigente y tal como se precisa en las medidas correctoras. Ello permite identiicar este impacto como un impacto compatible con una extensión puntual, inmediato, temporal e irreversible.

De otro lado, las actividades que se instalen en las áreas productivas (y en especial las de carácter industrial) producirán previsiblemente cierta cantidad de residuos peligrosos que variarán en cantidad y composición en función de la tipología de industria de que se trate. También se generarán a escala doméstica ciertos residuos de carácter peligroso (baterías, medicamentos, luorescentes, envases de pinturas y disolventes, etc.) para los que se deberá disponer, según establecen las medidas correctoras, mecanismos apropiados de gestión. Tras la aplicación de medidas correctoras, el impacto se valora globalmente como compatible con una extensión puntual, inmediato, temporal e irreversible.

El ciclo del agua.

La puesta en funcionamiento de las nuevas zonas urbanas tendrá como consecuencia directa unas necesidades de agua (consumo urbano e industrial) que van suponer un impacto sobre este recurso renovable, pero limitado y frágil. Las medidas correctoras dirigidas a su uso racional, permiten valorar este impacto como compatible. La novedad de la red de abastecimiento determina que las pérdidas de agua por fugas o averías en la misma sean mínimas.

De lo anterior se desprende que el impacto sobre el recurso agua es de carácter moderado, con una intensidad media y de carácter extenso por la propia naturaleza del recurso. Se trata de un impacto que aparecerá inmediatamente tras la puesta en servicio de las zonas urbanas y persistirá en el tiempo, siendo sus efectos irreversibles.

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88 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

Una vez analizados los impactos de todas las actuaciones del Plan según los bloques arriba mencionados, y con objeto de componer una imagen integrada de la afección ambiental del Planeamiento, se elabora una matriz de impacto global

Esta matriz, que puede caliicarse de resumen, expone de manera agregada todos los impactos inventariados. En este caso, las ilas están compuestas por las unidades ambientales, señalándose su calidad ambiental. Frente a ellas, y en las columnas, se sitúan las diferentes actuaciones del Planeamiento, esta vez agrupadas en unidades o paquetes de intervención

4.4 MATRIZ DE IMPACTO GLOBAL

- Actuaciones Territoriales: Finalmente, merece una especial consideración la evaluación de las actuaciones previstas por el Plan en Suelo No Urbanizable. Se tratará de intervenciones activas en Suelo No Urbanizable, con ines restauradores o conservadores que merecen, por norma general, un impacto positivo.

- Descripción de Impactos: siguiendo los elementos expuestos en la matriz.

• Medidas Correctoras deinidas para incrementar las garantías ambientales del territorio, y que serán asumidas por el Plan.

• Valoración Global que, partiendo del impacto de la clasiicación, directamente ligado a la capacidad de acogida, se module en función de los impactos adicionales descritos.

• Capacidad de Acogida de la unidad para el uso global deinido: Según la caracterización de las unidades ambientales.

• Impacto del cambio de uso: Se relaciona con la capacidad de acogida de la unidad según la siguiente matriz de correspondencias:

Capacidad de acogida

Nula Muy baja Baja Media Alta Muy alta

Impacto

Crítico Severo Moderado Compatible PositivoMuy

positivo

-5 -4 -3 -2, -1+1, +2,

+3+4, +5

• Otros Impactos. En este punto se analizan las interacciones más signiicativas que se producen, relacionadas con la Ordenación, los Criterios, los usos, densidades, etc.

• Matriz de Identiicación de Impactos, en la que, sobre los elementos del medio descritos con carácter general, inciden las siguientes actuaciones del Planeamiento:

- Clasiicación del Suelo, y adscripción a una de las categorías previstas por la LOUA. Se valora la idoneidad de la clasiicación propuesta tanto desde el punto de vista legal como desde la óptica de la capacidad de acogida para el uso asignado, en este caso, Sistema Ambiental.

- Normativa / Régimen de protección del PGOU. Se analiza en este epígrafe el nivel de protección asignado por el Plan General a los diferentes espacios no urbanizables, siempre y cuando éstos sean más exigentes que los imperativos de la legislación sectorial, de ineludible incorporación.

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89

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS

CALIDAD/CONSERVACIÓN IMPACTO SUELO URBANIZABLE SS.GG SNU

MUY ALTA GRAVE

A-3

76

URB

AN

OS

NO

CO

NSO

L.

SEC

TORE

S O

ESTE

A-3

62

SEC

TORE

S A

-803

0

SEC

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A N

ORO

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SEC

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S ES

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MEDIA MODERADO

BAJA COMPATIBLE

MUY BAJA POSITIVO

NULA INDETERMINADO

GEN

ERA

L MODELO de CRECIMIENTO

OCUPACIÓN DEL SUELO

NAT

URA

L- R

URA

L

ESPACIOS PROTEGIDOS

BIODIVERSIDAD Y ESTADO ECOLÓGICO

PIEDEMONTE FORESTAL

PIEDEMONTE CULTIVADO

CA

MPI

ÑA

REGADÍOS

CULTIVOS SECANO (OLIVAR)

CULTIVOS SECANO (HERBÁCEAS)

CULTIVOS REGADÍO

ZON

AS

MED

AS COMPLEJO ENDORREICO

SISTEMA HIDROLÓGICO

SUELOS CUATERNARIOS E INUNDABLES

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90 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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91DESCRIPCIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

Del Estudio de Impacto Ambiental del Plan General de Ordenación Urbanística de Utrera, se deduce:

• Que la actuación es necesaria para la adopción de nuevos criterios respecto a la estructura general, la clasiicación del suelo, y los suelos disponibles para vivienda, espacio productivo y rotacional. De este modo se resuelve los déicits actuales, por agotamiento cuantitativo y cualitativo del modelo de desarrollo del Planeamiento vigente y se adapta a los múltiples cambios operados en la última década tanto en la legislación urbanística básica, como en la legislación y planiicación sectorial con incidencia en el planeamiento.

• Que el desarrollo del Planeamiento se hace viable con las medidas preventivas y correctoras propuestas. Estas medidas correctoras básicas son las que se han referido en apartados anteriores y su incorporación a la Normativa Urbanística, con las medidas que se deriven de la propia Declaración de Impacto deinitiva será la mejor garantía para evitar impactos sobre el medio.

Así pues, la valoración ambiental inal del PGOU de Utrera es de compatible, permaneciendo las acciones del Planeamiento dentro de unos límites ambientales aceptables.

4.5 VALORACIÓN AMBIENTAL FINAL

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5.1. MEDIDAS CORRECTORAS DE CARÁCTER GENERAL.

5.2. MEDIDAS CORRECTORAS EN SUELO NO URBANIZABLE.

5.3. MEDIDAS CORRECTORAS EN SISTEMAS GENERALES.

5.4. MEDIDAS CORRECTORAS EN SUELO URBANIZABLE.

5.4.1. MEDIDAS CORRECTORAS APLICABLES EN ACTUACIONES

URBANIZADORAS Y PROCESOS DE CONSTRUCCIÓN.

5.5. RECOMENDACIONES.

5.6. MEDIDAS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO.

5.6.1. INTRODUCCIÓN.

5.6.2. PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL.

92

5. MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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93MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

de Andalucía, estando obligado a controlar de forma periódica el cumplimiento de los límites en cada una de las áreas establecidas.

• A in de regular la protección del medio ambiente frente a los ruidos y vibraciones que impliquen molestia, riesgo para la salud de las personas o daño para bienes de cualquier naturaleza se redactarán unas ordenanzas municipales conforme al modelo tipo de ordenanza municipal de protección contra la contaminación acústica aprobado por Orden de la Consejería de Medio Ambiente, de 26 de julio de 2005.

• Con objeto de minimizar los niveles de ruido generados como consecuencia del tráico, las zonas residenciales se tratarán como “zona 30”, es decir, que la velocidad de circulación quedará limitada a 30 Km/h. Se emplearán badenes en los puntos donde sean previsibles velocidades superiores, situándose sobre los mismos pasos de cebra a nivel del acerado.

Residuos

• Los residuos sólidos generados asimilables a residuos sólidos urbanos (R.S.U.) serán depositados en contenedores y trasladados al circuito más cercano de recogida y gestión municipal.

• Cualquier residuo tóxico o peligroso que pueda generarse deberá gestionarse de acuerdo con la legislación vigente. En este sentido se prestará una atención especial en el caso de los envases de productos itosanitarios, para los que se contará con un gestor autorizado u otro medio que proporcione la misma garantía de correcta gestión y que la ley prevea.

Administración Local

• El Ayuntamiento deberá asumir, como objetivo a desarrollar durante el periodo de vigencia del Plan General de Ordenación Urbana, la redacción de unas Ordenanzas de Protección del Medio Ambiente para regular aspectos complementarios al planeamiento (control de vertidos, limpieza pública, recogida y tratamiento de residuos, arbolado urbano y zonas verdes, gestión del agua, higiene rural, contaminación lumínica, publicidad exterior, etc.).

• Los terrenos objeto de las actuaciones propuestas habrán de mantenerse en su estado y uso actual hasta la aprobación del Proyecto de Urbanización, no pudiéndose ejecutar actuaciones de preparación del terreno que conlleven la eliminación de la vegetación leñosa -tanto de origen natural como agrícola u ornamental- o movimientos de tierra.

Atmósfera

• Las emisiones a la atmósfera se efectuarán conforme a los límites y las determinaciones establecidas en la Sección II sobre Contaminación Atmosférica de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

• El control de los niveles de emisión de ruidos y vibraciones se realizará conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica de Andalucía, aprobado por Decreto 326/2003, de 25 de noviembre.

• El Ayuntamiento deberá determinar las áreas de Sensibilidad Acústica según el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica

5.1 MEDIDAS CORRECTORAS DE CARÁCTER GENERAL

El objetivo de este capítulo es establecer las medidas correctoras y protectoras necesarias para minimizar el efecto de los impactos ambientales descritos en el presente Es.I.A. Las medidas que se detallan a continuación plantean soluciones a los impactos ambientales que pueden generarse en la ejecución del nuevo Plan General Municipal de Ordenación Urbanística de Utrera y a los déicits ambientales actuales.

En muchos casos, el impacto previsible es susceptible de ser corregido mediante la inclusión en la Normativa Urbanística de determinaciones especíicas de protección o corrección que aseguran la eliminación del riesgo de impacto. En otros casos, por el contrario, el Planeamiento no puede dar respuesta a deiciencias existentes, y por ello el Es.I.A. sólo se limita a contrarrestar los efectos negativos, indicando los Organismos competentes para su ejecución.

En general las medidas a incluir en la normativa tendrán ya forma de artículo de ésta y se señalará el capítulo en que se han de situar.

Dado el número y diversidad de medidas correctoras resultantes del presente Estudio de Impacto, se ha optado por estructurarlos en modo de facilitar su acceso y lectura. Así, se incluye un primer bloque de medidas aplicables de modo directo y con carácter general en todas las áreas de crecimiento con independencia de su localización o valor físico-natural y en el medio natural-rural. Seguidamente se recogen las medidas correctoras para el Suelo No Urbanizable, los diferentes Sistemas Generales y las aplicables en la fase de urbanización – construcción. El capítulo se completa con las medidas correctoras de aplicación a las áreas de nueva ocupación propuestas por el Planeamiento.

Cada uno de los bloques mencionados se organiza internamente clasiicando las medidas correctoras según el elemento del medio sobre el que pretenda incidir: atmósfera, paisaje, sociedad, etc.

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94 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

correspondiente autorización de vertido.

• Aquellas instalaciones cuya producción de aguas residuales se mantenga dentro de los límites asimilables con los residenciales, podrán verter directamente a la red con sifón hidráulico interpuesto.

• En todos los sectores industriales deberán instalarse arquetas adecuadas para la toma de muestras de las aguas de la red de saneamiento para cada empresa con objeto de facilitar el control de los vertidos efectuados a dicha red.

• Si se prevén elementos de depuración previos al vertido a la red municipal, por no alcanzar los parámetros mínimos necesarios para el vertido directo a red, deberán proyectarse de acuerdo a los criterios de la Norma Tecnológica correspondiente.

• Se prohíbe el riego de las zonas verdes públicas con agua de red, esta medida se ampliará al agua para el baldeo de calles para todos los nuevos crecimientos y se ira progresivamente implementando en la ciudad consolidada. Se realizarán nuevas captaciones de aguas subterráneas, con la correspondiente autorización del organismo de Cuenca, para el riego de los espacios. A esta nueva red se incorporará también y progresivamente las aguas depuradas con características adecuadas para su reutilización sin riesgos.

• Cualquier actuación deberá garantizar el suministro de agua potable suiciente en función de los usos e intensidades previstos, mediante conexión a la red municipal, e incluir la red de distribución desde el enganche a la red municipal hasta cada una de las parcelas, ediicios públicos, bocas de incendios y bocas de riego. Caso de optarse por una red alternativa para los usos no domésticos se habrá de contar

• El Plan General de Ordenación Urbana deberá incluir la necesidad de que la red de alcantarillado que se proyecte y desarrolle se conecte siempre a la red urbana existente, y que sea tal que garantice la rápida evacuación de aguas residuales sin isuras ni iltraciones a las aguas subterráneas, por lo que se adoptarán las correspondientes medidas constructivas que impidan fugas en la red.

• En todo el territorio municipal se tendrá especial cuidado en la no afección a las subterráneas por vertidos sólidos o líquidos. En este sentido, queda prohibido con carácter general y sin perjuicio de las autorizaciones administrativas que pudieran concederse:

- Efectuar vertidos directos o indirectos que contaminen las aguas supericiales y subterráneas.

- La implantación de fosas sépticas o pozos negros en el ámbito de los suelos urbanos y urbanizables.

- Acumular residuos sólidos, escombros o sustancias, cualquiera que sea su naturaleza y el lugar en que se depositen, que constituyan o puedan constituir un peligro de contaminación de las aguas o degradación de su entorno.

- Efectuar acciones sobre el medio físico o biológico afecto al agua, que constituyan o puedan constituir una degradación del mismo.

• Las solicitudes de licencia para actividades generadoras de cualquier tipo de vertido deberán incluir todos los datos exigidos por la legislación vigente para la concesión de autorizaciones de vertido. El otorgamiento de licencia urbanística o de apertura para estas actividades quedará condicionado a la obtención de la

• Cualquier obra o actuación que afecte al acuífero y a las aguas subterráneas requiere concesión o autorización de la confederación Hidrográica del Guadalquivir, para ello deberá solicitarse ante el Organismo de Cuenca dicha autorización o concesión administrativa, adjuntando la documentación que establece el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

• Cualquier tipo de construcción en la zona de policía de cauces necesitará autorización previa del Organismo de Cuenca de acuerdo con el art. 78 del R.D.P.H. En la zona de servidumbre para uso público será de aplicación lo dispuesto en el art.7 del R.D.P.H., y en especial en lo referente a la prohibición de ediicar sobre ella sin obtener la autorización pertinente del Organismo de Cuenca, que sólo se otorgará en casos muy justiicados.

• Los predios inferiores están obligados a recibir las aguas de escorrentía por lo que no se pueden hacer obras que desvíen, impidan ni agraven esta servidumbre.

• Si algún pozo o sondeo legal existente en el entorno se viera afectado se deberá indemnizar a los propietarios según lo dispuesto en el art. 184 del R.D.P.H., por lo que el Plan General de Ordenación Urbana deberá recoger este supuesto.

• Se deberá obtener autorización previa del Organismo de cuenca para efectuar el tratamiento de depuración previa y el vertido directo o indirecto de aguas y productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales, o cualquier otro elemento del Dominio Público Hidráulico (art. 100 a 108 de la Ley de Aguas, RDL 1/2001, de 20 de julio).

• Con el objeto de prevenir y reducir el impacto sobre el medio ambiente de los envases y la gestión de los residuos de envases a lo largo de todo su ciclo de vida se seguirá lo establecido en la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Embalaje y en el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la misma, aprobado por R.D. 782/1998, de 30 de abril.

• Aquellas basuras o residuos sólidos producto de una actividad que, por sus características, no deban ser recogidos por el servicio de recogida domiciliario, habrán de ser trasladados al lugar adecuado para su vertido de forma directa y por cuenta del titular de la actividad.

• Las operaciones de gestión de residuos sólidos urbanos y escombros y, en su caso, el traslado al vertedero al que se destinen los residuos, serán realizadas tanto por la Administración como por particulares, contando con todas las autorizaciones administrativas preceptivas que en cada caso correspondan, tal como las previstas en la Ley de Residuos y desarrollo reglamentario.

• Todas las actividades de eliminación de residuos mediante su depósito en vertederos se desarrollarán conforme al régimen jurídico establecido en el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

Agua

• Cualquier obra o instalación en el dominio público hidráulico precisa de autorización previa por parte del Organismo de Cuenca en virtud de lo dispuesto en los art. 126 y ss. del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (R.D.P.H.).

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95MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

- Control de polvo y sólidos dispersos durante la fase de construcción.

- Control de las emisiones de olores, ruidos y gases nocivos, tanto en la fase de ejecución de las obras como de funcionamiento de las distintas actividades que luego acojan, no pudiendo superarse los niveles establecidos por el procedimiento de prevención ambiental al que se haya sometido o, en general, a los establecidos por la legislación en vigor.

- Se vigilará que no se realicen cambios de aceites de la maquinaria en la propia obra o los aledaños, debiéndose efectuar en una instalación acondicionada y autorizada al efecto, que garantice que no se produzcan afecciones por derrame, así como la correcta gestión de estos residuos.

- Control de los residuos sólidos generados, de forma que los mismos sean conducidos a estación de transferencia o vertedero de inertes legalizado.

- Control de la no afección a cauces y riberas de la red hidrográica durante la ejecución de los proyectos de urbanización del suelo urbanizable propuesto.

- Control del sometimiento a las medidas de prevención ambiental de la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, para aquellas actividades a las que sea de aplicación dicha norma.

- Las obras de implantación o reforma de las redes de infraestructuras requerirán licencia municipal y de las entidades gestoras, en cuya concesión el Ayuntamiento podrá establecer condiciones en orden a que se coordinen en el tiempo las intervenciones en los

- Apertura de zanjas y calas.

- Instalación de maquinaria, andamios y apeos.

- Sondeo de terrenos.

- Colocación de invernaderos.

- Ocupación de terrenos por espectáculos al aire libre o ferias.

Inspección de Obras

• El Ayuntamiento, por medio de sus técnicos y agentes, podrá inspeccionar, cada vez que lo estime oportuno, las obras que se realicen en su término municipal, al objeto de comprobar que se ajustan a la licencia concedida.

• En todas las obras de urbanización, el particular habrá de poner en conocimiento del Ayuntamiento para la preceptiva inspección: el replanteo inicial de las obras, la terminación de las instalaciones de alcantarillado, suministro de agua y electricidad, antes de proceder a taparlas, y por último, la recepción provisional y deinitiva de las obras. Estas prescripciones se harán constar expresamente como condición de licencia y, en su caso, en las actas de compromiso.

Vigilancia Ambiental

• En general para cualquier actuación que se ejecute en el término municipal, la autoridad local podrá realizar tareas de vigilancia ambiental. Entre dichas tareas, están las que se detallan a continuación:

medioambientalmente sensibles que puedan efectuarse en el término municipal, estarán sujetas a licencia urbanística además de los elementos habituales, las siguientes actuaciones, salvo que estén contempladas por licencias de urbanización o ediicación:

a. Actuaciones de duración indeinida:

- Movimientos de tierra no vinculados a obras de urbanización o ediicación, incluidos los relativos a apertura de pozos y construcción de piscinas.

- Tala o destrucción por otros medios de árboles y plantación de masas arbóreas.

- Instalaciones y tendidos eléctricos, así como antenas u otros montajes sobre el suelo o ediicios ajenos al servicio normal de éstos y no previstos en sus proyectos originarios.

- Construcción de imágenes, símbolos conmemorativos o monumentos.

- Instalaciones propias de servicios públicos o actividades mercantiles en la vía pública, tales como cabinas, quioscos, postes, y otros.

- Adecuaciones naturalistas o recreativas

b. Actuaciones provisionales:

- Vallados de obras y solares.

con una autorización especíica del ayuntamiento.

Actividades con incidencia ambiental

• No se admitirá la implantación de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera. Sin perjuicio de lo anterior, las actividades que se implanten en el municipio deberán someterse, según sus características, a los procedimientos de Protección Ambiental previstos por la legislación vigente, garantizándose que no alcancen los niveles de emisión de contaminantes atmosféricos, condicionantes de aislamiento acústico y de gestión de residuos exigibles en la normativa ambiental de aplicación.

• Se promoverá el progresivo traslado a suelos de usos exclusivo industrial de toda aquella actividad productiva generadora de molestias a los usuarios de zonas residenciales.

Licencia e Inspección de Carácter Ambiental

Licencias

• Estarán sujetos a previa licencia, sin perjuicio de las autorizaciones que fueren procedentes con arreglo a la legislación especíica aplicable, los actos relacionados en el art. 1 del RDU (Reglamento de Disciplina Urbanística) y, en general, cualquier otra acción sobre el suelo, el vuelo o el subsuelo que implique o requiera alteración de las rasantes de los terrenos o de los elementos naturales de los mismos, la modiicación de sus linderos, el establecimiento de nuevas ediicaciones, usos e instalaciones o la modiicación de los existentes.

• Para un mejor control municipal de las actividades

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96 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

separación de las mismas a linderos, establecidas por la presente Normativa. Salvo lo establecido para cada caso en particular, la distancia mínima entre construcciones será de 50 m, y la densidad máxima será de 1 viv/ha.

- La apertura de viales o caminos que no cuenten con la preceptiva licencia municipal.

- La alineación de ediicaciones con frente a camino, vía pública o privada existente o en proyecto. La existencia o proyecto de abastecimiento de agua, alcantarillado o electriicación comunitarios con acometidas individuales, no previstas por Proyecto aprobado por el Ayuntamiento.

- Publicidad referente a parcelación o segregación de parcelas sin control administrativo municipal, cualquiera que sean los medios utilizados para la misma (carteles, anuncios en medios de comunicación, octavillas, etc.).

- Utilización de alguna parcela para ines y usos que contravengan el uso dominante del Suelo, aunque se trate de usos e instalaciones temporales, estacionales, móviles o no estables.

- Tipología, morfología y estructura de asentamiento, contraria a la naturaleza del Suelo prevista en el Plan para el mismo.

• Ausencia de cláusulas en los títulos de enajenación o alquiler de las parcelas que condicionen y comprometan al comprador o arrendatario al cumplimiento de la condición rústica de la inca o que no adviertan de las limitaciones de ediicación y parcelación en el predio enajenado o alquilado.

Parcelaciones y Formación de Núcleos de Población

• Se considera parcelación urbanística, toda división simultánea o sucesiva de terrenos en dos o más lotes, que pueda inducir la formación de un nuevo asentamiento, que pueda derivar en un nuevo núcleo de población. Se considerará acto revelador de una posible parcelación urbanística, siguiendo el sentido establecido por el Art. 66.b de la LOUA, la interposición de sociedades, divisiones horizontales, o asignaciones de uso o cuotas en pro indiviso de un terreno o de una acción o de una participación social, entre diversos titulares a los que corresponda el uso individualizado de una parte de un terreno único.

• Están prohibidas las parcelaciones urbanísticas de los terrenos en el suelo rural, salvo los que hayan sido incluidos en el ámbito de una actuación de urbanización en la forma que determine la legislación de ordenación territorial y urbanística (Art. 13 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo).

• Se considera núcleo de población, un asentamiento humano que genera demandas o necesidades asistenciales y de servicios urbanísticos comunes de agua, energía eléctrica, acceso rodado y alcantarillado.

• Se considera que constituyen lugares en los que existe el riesgo de formación de núcleo de población, aquellos en los que se presente una sola de las siguientes condiciones:

- El incumplimiento en las construcciones existentes o previstas de las condiciones de parcela mínima, distancia entre construcciones,

5.2 MEDIDAS CORRECTORAS EN SUELO NO URBANIZABLE

diversos servicios con el in de causar el mínimo de molestias a la población y de gastos de reposición de pavimentos.

- Condicionado para las licencias de obra en los nuevos crecimientos e infraestructuras.

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97MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

construcciones existentes.

g. Segregaciones de incas que produzcan parcelas registrales menores del doble de la unidad mínima de cultivo ijada por la Administración agraria competente.

h. Parcelaciones.

• Para la obtención de licencia urbanística o de apertura correspondiente a actividades industriales o extractivas será necesario justiicar debidamente la existencia de la dotación de agua necesaria, así como la ausencia de impacto cualitativo negativo sobre los recursos hídricos de la zona.

• Iguales justiicaciones deberán aportarse en la tramitación de todos los proyectos de Urbanización y para la implantación de usos residenciales u hoteleros en Suelo No Urbanizable.

• Será necesaria la obtención previa de licencia urbanística para el levantamiento e instalación de cercas, vallados y cerramientos con ines cinegéticos, sin que en ningún caso puedan autorizarse aquellos cerramientos exteriores del coto que favorezcan la circulación de especies cinegéticas en un sólo sentido. Entre la documentación necesaria para la tramitación de la licencia se incluirá el informe del organismo competente en el que se justiique la adecuación del proyecto a la ordenación cinegética.

Implantación de Ediicios, Construcciones e instalaciones

Condiciones generales de regulación de las ediicaciones

- Campos de polo.

- Balsas de riego.

- Almacenes, industrias y pabellones agropecuarios.

- Invernaderos.

- Infraestructuras y construcciones ligadas al pastoreo (cercados, bordas, abrevaderos, etc.).

- Infraestructuras e instalaciones ligadas a la vigilancia, aprovechamiento y gestión en general de los recursos forestales.

- Industrias agrarias.

- Actividades extractivas de todo tipo e instalaciones a su servicio.

- Infraestructuras de todo tipo, así como las instalaciones y ediicios necesarios para su construcción y mantenimiento.

- Instalaciones y tendidos eléctricos.

- Vertederos y depósitos de residuos.

- Obras para la realización de captaciones de agua.

- Industrias o almacenamientos peligrosos.

- Ampliación y reforma de las ediicaciones existentes.

- Demoliciones totales o parciales de las ediicaciones y

de Andalucía (LOUA), las siguientes actuaciones, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (G.I.C.A):

a. Obras civiles de todas clases.

b. Apertura de caminos y modiicación o ensanchamiento de los existentes.

c. Ocupación, modiicación y desviación, aunque sea provisional, de los cauces públicos y sus zonas de protección.

d. Cambio de uso de suelo: puesta en cultivo de terrenos de uso forestal.

e. La realización de cualquier cierre.

f. Establecimiento y apertura de las siguientes actividades y sus modiicaciones:

- Acondicionamiento e instalaciones relacionadas con el recreo equipado y la hostelería, incluidas las instalaciones no permanentes y de carácter desmontable.

- Instalación de campamentos de turismo y campamentos públicos y sociales, así como la construcción en su interior de instalaciones de cualquier naturaleza.

- Circuitos para vehículos a motor.

- Campos de golf.

• En toda parcela de Suelo No Urbanizable, en las que se dé alguna de las circunstancias establecidas en el punto anterior, se prohíbe expresamente el acto de ediicar, aunque esté permitido por las condiciones particulares de la Unidad Homogénea a la que pertenezca.

Acciones contra la parcelación ilegal

• La concurrencia de cualquiera de los indicios expresados en los anteriores apartados en parcelaciones realizadas en una misma inca rústica, tanto en una actuación conjunta, como por agregación en el tiempo de varias próximas, mediante plan preconcebido, o proyecto de urbanización, o actuación común o acumulativa, aunque fuese discontinua en el tiempo y el espacio, dará lugar a las acciones previstas por la LOUA (Art. 181 y ss., Art. 214).

Prevención de la parcelación ilegal

• En la autorización de escrituras de segregación o división de incas, los notarios exigirán, para su testimonio, la acreditación documental de la conformidad, aprobación o autorización administrativa a que esté sujeta, en su caso, la división o segregación conforme a la legislación que le sea aplicable. El cumplimiento de este requisito será exigido por los registradores para practicar la correspondiente inscripción (Art. 22 de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo y Art. 177 de la LOUA).

Régimen Especial de Licencias en Suelo No Urbanizable

• Estarán sujetas a licencia en Suelo No Urbanizable, además de las indicadas con carácter general en la Ley de Ordenación Urbanística

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98 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

compositivos propios de las zonas urbanas. Los materiales serán adecuados al entorno, siendo preferente el acabado de fachadas en revoco o enfoscado y pintado en color blanco u otros colores tradicionales. Cuando se adopten soluciones compositivas o de materiales distintas de las tradicionales, el proyecto deberá incluir la documentación gráica y estudios necesarios para poder valorar la integración del ediicio en el entorno.

• Condiciones constructivas: Los ediicios en suelo no urbanizable cumplirán toda la normativa sobre acciones en la ediicación, materiales de construcción, instalaciones, seguridad, aislamiento térmico y acústico, higiene, barreras arquitectónicas, normas tecnológicas y otras aplicables a los ediicios en general. Se tenderá a aplicar las soluciones técnicas más acordes con la eiciencia energética y la sostenibilidad ambiental.

• Cercas y cerramientos: Las incas rústicas en general permanecerán abiertas o se rodearán con cercas tradicionales, o con cercas de malla metálica u otros elementos transparentes cuando ello venga exigido para evitar la salida del ganado. No obstante, se permitirá el cerramiento de los terrenos circundantes a un ediicio o instalación autorizado, en un perímetro no superior al triple de la supericie ocupada por dicho ediicio, con un cerramiento de fábrica maciza hasta 1 m. de altura y de reja, empalizada, malla, seto u otros materiales transparentes hasta 3 m. de altura máxima; o, excepcionalmente, de cerramientos macizos hasta esta altura en el caso de ediicios o instalaciones en los que se justiique por sus especiales requerimientos de protección o seguridad.

• Tratamiento de los terrenos no ediicados: Los terrenos no ediicados

un coste desproporcionado, en cuyo caso deberán minimizar el impacto ambiental. Se tenderá a implantar los sistemas energéticos más eicientes y sostenibles, de acuerdo con el carácter aislado de las ediicaciones en suelo no urbanizable.

• Situación del ediicio en la inca: En las licencias urbanísticas, se podrá exigir la modiicación de la situación de los ediicios en la inca, con el in de minimizar el impacto en el medio ambiente y el paisaje. Ello, sin perjuicio del cumplimiento de las distancias a las lindes y otras que se establecen en la vigente Normativa.

• Condiciones tipológicas y estéticas: En el suelo no urbanizable los ediicios deberán presentar características tipológicas y estéticas adecuadas a su ubicación y a su integración en el entorno, y armonizar con la arquitectura popular preexistente. Para ello, cumplirán las siguientes condiciones:

- Los ediicios tendrán la condición de aislados y todos sus paramentos verticales se deberán tratar como fachadas, prohibiéndose las paredes medianeras.

- Los ediicios no superarán una altura de 2 plantas y 6,5 metros medidos desde el pavimento de la planta baja hasta la cara superior del último forjado, o si es menor la que se establezca en las normas para este tipo de suelo. Por encima de esta altura tan sólo se podrá construir la cubierta del ediicio, y los silos u otras construcciones o instalaciones que forzosamente deban de sobresalir por cuestiones técnicas en el caso de ediicios no residenciales.

- La composición arquitectónica se adecuará en lo posible a la de las construcciones tradicionales de la zona, evitándose los esquemas

- El proyecto o solicitud de licencia deberá ir acompañado de los estudios y medidas correctoras necesarias para garantizar la ausencia o corrección de los impactos sobre la estabilidad o erosionabilidad del suelo, debiendo denegarse la licencia si no se justiican debidamente estos extremos, y pudiendo exigirse garantías económicas que aseguren la realización de las actuaciones correctoras.

• Infraestructuras de servicios:

- Abastecimiento de agua: Los proyectos de ediicios deberán garantizar el caudal mínimo de agua necesaria para la actividad, debiendo justiicar la potabilidad del agua aportando los datos y análisis establecidos por la Administración sanitaria.

- Saneamiento: Los proyectos de ediicios deberán prever la depuración de las aguas residuales mediante un sistema homologado. Quedan prohibidos los vertidos directos sin depuración previa, y los pozos negros u otros sistemas no homologados.

- Eliminación de residuos sólidos: El proyecto de ediicio deberá especiicar el sistema de eliminación o traslado hasta un vertedero de los residuos sólidos. Si se precisa implantar un vertedero autónomo, se incluirá en el proyecto.

- Suministro de energía eléctrica, telefonía y otras infraestructuras: En el suelo no urbanizable, en las nuevas ediicaciones las conducciones de suministro de energía eléctrica, telefonía u otros servicios que se precisen deberán discurrir subterráneas por el camino de acceso a la ediicación, excepto cuando ello comporte

Condiciones de adecuación ambiental de los ediicios

• En el suelo no urbanizable, los ediicios, construcciones e instalaciones deberán cumplir las siguientes condiciones de adaptación al ambiente:

• Acceso: Los ediicios deberán tener acceso por carretera o camino existente, o camino de nuevo trazado que deberá ejecutarse por el promotor del ediicio. Dicho camino, si tuviera más de 100 m. de longitud o discurriera por terrenos exteriores a la inca donde se levanta el ediicio, se considerará una infraestructura y se deberá someter a las condiciones y trámites para la apertura de caminos.

• Movimientos de tierras: Las obras de construcción de ediicios o instalaciones se adaptarán, en lo posible, a la topografía natural del terreno. Cuando ello no sea posible y sea necesario realizar movimientos de tierras, éstos cumplirán las siguientes condiciones en orden a la protección y restauración de los suelos:

- Estarán sujetos a previa obtención de licencia municipal, bien dentro de la licencia del proyecto del ediicio o bien en un expediente independiente si no se incluyen en dicho proyecto.

- No podrán dar lugar a desmontes o terraplenes de altura mayor de 3 metros, ni se podrán construir muros de contención de una altura superior a 1,50 metros.

- En el proyecto se resolverá dentro de la inca la circulación y evacuación de aguas pluviales, no pudiendo verterlas sin autorización a incas colindantes.

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99MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

• Los proyectos de obra para la construcción de cualquier infraestructura deberán acompañarse del correspondiente EsIA, sin el cual no podrá tramitarse la correspondiente Licencia de Obras. Dichos estudios contemplarán entre otros extremos las actuaciones de restauración ambiental y paisajística que deban emprenderse.

Condiciones para las Actividades Extractivas

• Con independencia de las autorizaciones exigidas por la legislación sectorial; los Proyectos de Actividades Extractivas incluyendo las obras aparejadas de construcción, e instalaciones inherentes a la misma, precisarán la autorización de la Comisión Provincial de Urbanismo, que se tramitará con carácter previo a la concesión de la Licencia Municipal.

• La solicitud de autorización de la actividad deberá acompañarse del informe de la Consejería de Medio Ambiente, relativo al Plan de Restauración Ambiental correspondiente, deducido del EsIA.

• Se prohíben las extracciones de áridos en cauces de los ríos y arroyos del Término.

Condiciones para las Estabulaciones Ganaderas

Cuando las condiciones particulares de la Zona en la que se pretenda instalar la estabulación ganadera, no lo prohíban, podrán instalarse dichas actividades con los siguientes condicionantes:

• Las estabulaciones de ganado existentes o de nueva implantación en suelo no urbanizable deberán contar con un sistema de depuración homologado de sus aguas residuales, con el in de evitar la

Instalación de Actividades de Utilidad Pública e Interés Social

• Para la declaración de Utilidad Publica o Interés Social en el Suelo No Urbanizable será de aplicación el Régimen de Usos Vocacionales, Admisibles y Prohibidos en cada zona particular, y en cualquier caso lo establecido por la legislación vigente (Art.42-43 LOUA).

• La licencia o autorización para este tipo de instalaciones contendrá el compromiso de restitución de la parcela objeto de la actividad a su estado natural en el caso de cese o desaparición de la misma, sin que pueda reconvertirse a usos distintos del inicialmente autorizado, salvo nueva iniciación.

Condiciones para las Obras de Infraestructuras

• Podrán realizarse, sobre Suelo No Urbanizable obras de infraestructura de acuerdo con Proyecto Técnico que se redactará a tal efecto. Igualmente, se podrán ejecutar obras no ediicatorias, relacionadas con el uso asignado.

• Todas ellas están sujetas a la licencia municipal. Además se tendrán en cuenta las Normas Generales de Protección y, en su caso, las Normas Particulares para las distintas categorías del Suelo No Urbanizable.

• Durante la realización de las obras deberán tomarse las precauciones necesarias para evitar la destrucción de la cubierta vegetal en las zonas adyacentes, debiéndose proceder a la terminación de las mismas a la restauración del terreno mediante la plantación de especies ijadoras.

• Se asegurará el drenaje de las cuencas vertientes en forma suiciente para la evacuación de las aguas pluviales.

b. Ediicios o restos de ediicios que, aún no estando en la situación anterior, por concurrir en ellos valores arquitectónicos, históricos, culturales o etnológicos o por ejempliicar tipos arquitectónicos tradicionales o haber albergado actividades tradicionales.

c. Otros ediicios existentes en el momento de aprobación del Plan.

En los ediicios o restos de ediicios del tipo a), las obras se adecuarán a lo que establece la legislación de protección del patrimonio y a los criterios que establezca la Consejería de Cultura en los trámites de la actuación.

En los ediicios o restos de ediicios del tipo b), se podrán realizar obras de conservación, reconstrucción, rehabilitación o reforma, tendentes al mantenimiento, recuperación o mejora de las condiciones de habitabilidad y estéticas del ediicio o a su adecuación a nuevos usos compatibles con la zona en la que se sitúe el ediicio, siempre que no signiiquen un incremento de más del 50% del volumen ediicado existente o del que hubiera existido en el pasado, demostrado mediante la aportación de planos, escrituras o documentos similares. Dichas obras estarán sujetas a las condiciones de protección y adecuación al ambiente, a las de la zona en la que se sitúe el ediicio, y en su caso a las de protección de los valores arquitectónicos, históricos, etnológicos u otros que se establezcan en virtud de los trámites de la actuación. Las obras que supongan un incremento del volumen ediicado superior, se considerarán obra nueva.

En los ediicios del tipo c), para poder realizar obras de conservación, rehabilitación, reforma o ampliación se deberán cumplir las condiciones de implantación según el uso que se piense dar al ediicio, y el volumen ediicado no podrá superar los límites que allí se determinan. Asimismo, se cumplirán las condiciones de protección y de adecuación al ambiente y las normas de la zona en la que se sitúe el ediicio.

anexos a una ediicación se destinarán al uso agrario o forestal propio de la zona en la que se sitúen. Se podrán autorizar áreas de aparcamiento o pavimentadas, jardines y otras instalaciones no ediicadas en un perímetro no superior al triple de la supericie ocupada por el ediicio y siempre que cumplan lo establecido en cuanto a protección del arbolado.

• Restauración de las condiciones ambientales y paisajísticas: En los proyectos de ediicios en el suelo no urbanizable se deinirán y presupuestarán las medidas correctoras necesarias para la restauración de las condiciones ambientales y paisajísticas de los terrenos afectados por el ediicio y de su entorno inmediato, de manera que se eliminen o corrijan los impactos de la actuación (vertidos de tierras, taludes, desmontes, acumulación de materiales, desbroces, apertura de caminos provisionales de obra, afectación a escorrentías o arroyos, etc.) y se realicen las actuaciones de adecuación topográica e hidrológica, forestación, y en general de restauración de manera que las características ambientales y paisajísticas de los terrenos y su entorno no empeoren con respecto a las anteriores a la actuación.

Obras en los ediicios existentes

En el suelo no urbanizable, se podrán realizar obras en los ediicios existentes, legales y adecuados al planeamiento, clasiicándose para ello en los siguientes tipos:

a. Ediicios o restos de ediicios que, por sus valores históricos o artísticos, estén declarados Bien de Interés Cultural o incluidos o en fase de inclusión en el Catálogo Andaluz del Patrimonio Histórico, o en el Catálogo del PGOU.

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100 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

protección que establecieran.

• La Ley Forestal de Andalucía establece que los montes o terrenos forestales son elementos integrantes para la ordenación del territorio, y que comprenden toda supericie rústica cubierta de especies arbóreas, arbustivas, de matorral, o herbáceas, de origen natural o procedente de siembra o plantación, que cumplen funciones ecológicas, protectoras, de producción, paisajísticas o recreativas. Los enclaves forestales en terrenos agrícolas también tienen la consideración de montes.

• La mencionada Ley determina que la Administración Forestal será oída en la elaboración de cualquier instrumento de planiicación que afecte, de alguna manera, a los recursos o terrenos forestales. Por ello, cuando en la elaboración del planeamiento urbanístico se prevea alterar la clasiicación de terrenos forestales para su conversión en suelo urbanizable o categoría análoga, el Ayuntamiento solicitará preceptivamente informe a la Administración Forestal.

• Independientemente de lo establecido para cada Categoría y Sub-Categoría de Suelo No Urbanizable, se considera en general obligatoria la conservación de las masas forestales existentes como partes integrantes del sistema ambiental del municipio.

• La desaparición de masas forestales por incendio, acción de agentes químicos, o cualquier otra causa no dará lugar a posibilidad alguna de recaliicación de los espacios protegidos; al contrario será obligatorio actuar de modo adecuado para la rehabilitación ambiental del espacio dañado.

Suelos

Cauces y riberas

• Las riberas de los ríos y cauces públicos se dedicarán a usos forestales, siempre que no contradigan lo establecido en el Reglamento de Dominio Público Hidráulico.

• El Art. 14.3 del R.D.P.H. deine como zonas inundables las delimitadas por los niveles teóricos que alcanzarían las aguas en las avenidas cuyo periodo estadístico de retorno sea de quinientos años. En virtud de lo establecido en el art. 67 de las Normas del Plan Hidrológico del Guadalquivir, el Plan General deberá respetar las áreas inundables, y tenerlas en consideración a efectos de las posibles restricciones que sobre el uso de ese suelo puedan establecerse. Los cauces deberán ser capaces de soportar sin daños el paso de avenidas de hasta 500 años de periodo de retorno en los cruces de las ciudades. Para ciudades de población inferior a 50.000 habitantes deberá asegurarse la evacuación de una avenida tal que ocupe íntegramente la zona de policía. Las obras de terceros que afecten a cauce o a sus márgenes, se dimensionarán para evacuar sin daños la avenida de 500 años y sin empeorar las condiciones preexistentes de desagüe.

Recursos Forestales

• A efectos de lo establecido en el artículo 27 de la Ley 2/92 Forestal de Andalucía, los terrenos incluidos en el Catálogo de Montes Públicos de Andalucía se clasiican en el suelo no urbanizable.

• Los terrenos que, en el futuro, se incluyan en dicho Catálogo, pasarán automáticamente a estar sujetos a las limitaciones al uso y la ediicación establecidas para la zona forestal, prevaleciendo éstas sobre las de la zona en la que se sitúen si fuera mayor el grado de

subterráneas.

• Las explotaciones ganaderas deberán tener una pantalla vegetal a lo largo de todo su perímetro con el in de disminuir su incidencia visual.

Condiciones para Vertedero

• Los estudios de impacto de la actividad deberán referirse entre otros a los siguientes extremos:

- Estimación del volumen de residuos a tratar.

- Justiicación de la capacidad para hacer frente a los mismos y vida útil para la instalación.

- Sistema de captación y tratamiento.

- Impacto sobre el medio atmosférico.

- Impacto sobre el suelo.

- Impacto sobre las aguas.

- Impacto paisajístico.

Vías Pecuarias

• Cualquier nueva ediicación admisible previa autorización cercana a vías pecuarias, deberá retranquearse del límite de está deinido en el presente Plan General de Ordenación Urbana, un mínimo de 20 m en Cañadas, y 10 m en cordeles y coladas.

contaminación de los recursos hídricos supericiales y subterráneos.

• Las instalaciones de ganadería o cría intensiva que cuenten hasta:

- 55.000 plazas para pollos.

- 2.000 plazas para ganado ovino o caprino.

- 300 plazas para ganado vacuno de leche.

- 600 plazas para vacuno de cebo.

- 20.000 plazas para conejos.

estarán sometidas a caliicación ambiental según el art. 41 de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

• Los purines y estiércoles requerirán un manejo controlado, no pudiéndose practicar el vertido indiscriminado de los mismos al suelo o cursos de agua permanentes o temporales. En este sentido, las explotaciones ganaderas deben prever un traslado periódico de estiércoles a un vertedero autorizado, (evitando así los malos olores) donde posteriormente, y tras un tratamiento adecuado, puedan aprovecharse como abono biológico.

• Las granjas, establos ganaderos, caballerizas, etc., no podrán tener suelo de tierra, sino que deberán contar una solería impermeable.

• Los recintos acondicionados para la acumulación transitoria de residuos ganaderos, deberán contar asimismo con una base impermeable, que evite la precolación de orines y purines a las aguas

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101MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

• Aquellos caminos que no dispongan de la anchura mínima especiicada se estima necesaria su apertura, se declara expresamente su utilidad pública e interés social a efectos de la gestión del suelo necesario mediante expropiación, salvo que se acuerde su compra o permuta.

Redes Territoriales de Abastecimiento y Saneamiento

• Las Redes territoriales de Abastecimiento y Saneamiento de aguas, están sometidas a una protección mínima de una franja de terreno de cinco metros (5 m) a cada lado de la instalación, salvo que en los proyectos de Expropiación de las existentes se hubiese establecido una franja mayor, en cuyo caso prevalecerá esta última.

Antenas de telecomunicación y telefonía móvil

• Este tipo de Instalaciones están expresamente sometidas a licencia municipal.

• La instalación en suelo no urbanizable se ajustará a las condiciones de compatibilidad de las distintas zonas de esta clase de suelo.

• En tanto una Normativa Estatal no regule las distancias mínimas de estas instalaciones respecto a los lugares de permanencia habitual de personas, se establece una distancia mínima de 150 m.

• El ayuntamiento podrá determinar la concentración en una sola torre de las antenas de las diferentes compañías en orden a minimizar el impacto paisajístico de estas infraestructuras.

• A tal efecto en la primera Licencia, en el lugar ambientalmente mas

• Se establecen las siguientes protecciones deinidas para las franjas de terrenos situadas a ambos lados de las líneas mas externas (si son varias), de la siguiente anchura:

- hasta 13 KW............. 10 m

- hasta 30 KW............. 15 m

- hasta 132 KW............ 20 m

- hasta 220 KW........ ... 25 m

- hasta 380 KW........... 40 m

• En las franjas de protección establecidas en el apartado anterior se prohíbe cualquier tipo de ediicación residencial, y ediicaciones para usos industriales, terciarios o vinculados a las actividades primarias que impliquen la permanencia continuada de personas.

Protección de caminos rurales.

• El sistema de caminos rurales está formado por los caminos públicos, en el ancho que tengan o, si han desaparecido en el de los tramos que subsistan, o en su defecto, en un ancho de 4 m. En estos terrenos no se permitirá ningún tipo de ediicación ni uso distinto al tránsito de personas, vehículos o ganado.

• Las ediicaciones admisibles previa autorización deberán retranquearse un mínimo de cinco (5) metros respecto a cualquier camino municipal.

Infraestructuras y Servicios

Carreteras

En cuanto a régimen particular de autorizaciones:

• Queda prohibida la publicidad en cualquier lugar visible desde la zona de Dominio Público.

• Para ejecutar en la zona de ediicación cualquier tipo de obras o instalaciones ijas o provisionales, cambiar el uso o destino de las mismas y plantar o talar árboles, se requerirá la previa autorización del Organismo Titular de la carretera, sin perjuicio la regulación en materia de las condiciones de las ediicaciones ligadas a los usos vocacionales y admisibles en SNU.

• Desde la línea de ediicación hasta la carretera queda prohibido cualquier tipo de obra de construcción, reconstrucción o ampliación, a excepción de las que resulten imprescindibles para la conservación y mantenimiento de las construcciones ya existentes.

Líneas eléctricas de Alta Tensión

• Los tendidos de media y alta tensión que discurran por los nuevos desarrollos previstos deberán de subterranizarse con cargo a los propietarios de los mismos. En áreas de suelo urbano consolidado el Ayuntamiento con fondos propios y/o externos en convenio con las Compañías irá acometiendo como desarrollo del PGOU un programa de subterranización a medio plazo, pudiendo valorar para ello la posibilidad de repercutir parte de dichas cargas en las zonas de que se trate.

• En el suelo no urbanizable, en virtud de lo establecido en el artículo 52.1.a de la LOUA, están prohibidas las actuaciones que comporten un riesgo previsible y signiicativo, directo o indirecto, de inundación, erosión o degradación del suelo, siendo nulos de pleno derecho los actos administrativos que las autoricen.

• Las solicitudes de licencia para la realización de cualquier obra o actividad que lleve aparejada la realización de movimientos de tierras en pendientes superiores al 15%, o que afecten a una supericie de más de 2.500 m2, o a un volumen superior a 5.000 m3, deberán ir acompañadas de la documentación y estudios necesarios para garantizar la ausencia de impacto negativo sobre la estabilidad o erosionabilidad de los suelos. La concesión de la licencia podrá realizarse únicamente cuando se justiiquen debidamente dichos extremos, y quedará condicionada a la no aparición de tales impactos negativos, así como a la adopción de las medidas necesarias para su corrección. Para la concesión de la licencia podrán exigirse garantías que permitan asegurar la realización de las actuaciones correctoras necesarias para garantizar la estabilidad de los suelos.

• Se estima que existe un riesgo cierto de erosión en aquellos espacios donde las pendientes superen el 30%. Con independencia de los usos permitidos con carácter general en cada Unidad Homogénea, la ediicación estará condicionada a la inexistencia de pendientes superiores al 30%, situación que deberá justiicarse expresamente en los proyectos de actuación.

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102 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

- Se respetarán, en la medida de lo posible, los pies arbóreos existentes de mayor porte y edad que se hallen en la trayectoria de la vía. Aquellos pies que incuestionablemente deban ser eliminados y tengan un valor ecológico o botánico signiicativo, se llevarán a un vivero para su posterior utilización como árboles ornamentales.

- Se deberá crear una "barrera" arbustiva en los bordes de la vía, de modo que esta vegetación diiculte la dispersión de contaminantes.

- Para asegurar el éxito de la plantación se tendrán en cuenta los siguientes requisitos básicos: diseñar adecuadamente los desmontes y terraplenes, con pendientes tendidas y abancalamientos; preparar adecuadamente el terreno (p.e.: mediante mulches, extendido de tierra vegetal, abonados, etc).

- En el diseño de las plantaciones en rotondas conviene combinar plantas de diferentes especies y altura. En zonas urbanas es recomendable la instalación de riego automático para asegurar la supervivencia y calidad estética de la plantación.

- La distribución de las plantas deben garantizar la visibilidad en las entradas y salidas de las rotondas.

Sistema General de Espacios Libres.

Diseño

• Salvo que existan criterios de ordenación especíicos las zonas verdes se ubicarán necesariamente donde ya exista arbolado importante y en sitios fácilmente accesibles y céntricos respecto a las viviendas a

Sistema General de Comunicaciones.

• En las zonas en las que el nivel de ruido sobrepase los límites establecidos por el Reglamento de la Calidad del Aire (Decreto 74/1996, de 20 de febrero) se implantarán taludes o pantallas acústicas.

• Con el objeto de reducir la velocidad de los vehículos que discurran por la ronda, se colocarán señales de velocidad máxima permitida, así como bandas de reducción de velocidad.

• El diseño de las instalaciones asociadas a la infraestructura viaria (transformadores, áreas de control, áreas de descanso, casetas, etc.) han de adecuarse estéticamente al paisaje del entorno, adoptando en el diseño, formas, materiales, texturas y colores propios del lugar.

• El proyecto de ejecución de los viarios de gran capacidad propuestos deberán garantizar la continuidad de los caminos rurales existentes, resolviendo las conexiones y pasos necesarios.

• El proyecto de ejecución incluirá un apartado de tratamiento de taludes y márgenes que comprenda la revegetación con ines paisajísticos y de estabilidad. Se tendrán en consideración los siguientes aspectos:

- El tipo de cobertura vegetal a implantar a lo largo del perímetro de la ronda estará determinado en función de las siguientes variables: Vegetación autóctona existente; pendiente de los terrenos; clima; condiciones edáicas; entorno paisajístico; uso social del lugar.

5.3 MEDIDAS CORRECTORAS EN SISTEMAS GENERALES

• Las ediicaciones y carteles publicitarios o identiicativos deberán mantenerse en buenas condiciones de seguridad, higiene y ornato.

• La instalación de carteles de propaganda, inscripciones o artefactos de cualquier naturaleza con ines publicitarios, excepto los necesarios para la seguridad vial, los informativos de carácter institucional y los carteles de información de las áreas de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía (RENPA), estarán sujetos a licencia municipal, en la que se valorará su posible incidencia negativa en el paisaje, pudiendo denegarse la licencia o imponer condiciones por este motivo. Queda expresamente prohibida la publicidad apoyada o construida sobre elementos naturales como roquedo, árboles, laderas, etc.

• En las solicitudes de licencia para la construcción de imágenes y símbolos conmemorativos en las cumbres y otros lugares especialmente visibles, o de minas, canteras, vertederos, depósitos de vehículos o chatarra, y otros usos que puedan generar un fuerte impacto en el paisaje, los proyectos deberán ir acompañados de un estudio paisajístico en el que se valore su incidencia en el conjunto de la cuenca visual afectada, en especial desde carreteras y caminos desde los que sean visibles.

Áreas de sensibilidad paisajística

• Estas áreas deinidas en el diagnóstico, dispondrán de una franja de 200 m de protección, quedando prohibida cualquier tipo de instalación y/o construcción, incluidas las de carácter rural así como las ligadas a actividades agrícolas, que alteren su visibilidad, con el in de preservar las áreas que conforman el abanico de paisajes que componen la imagen de la localidad.

idóneo, el Ayuntamiento podrá introducir la condición a la compañía de la obligatoriedad de permitir (dentro de parámetros de viabilidad técnica) su utilización a compañías sucesivas que deseen implantarse en el municipio, compartiendo entre si los costes de la primera implantación susceptibles de caliicación de comunes.

Yacimientos Arqueológicos

• Se prohíben los movimientos de tierra de cualquier naturaleza excepto los directamente ligados a la investigación cientíica.

• Se prohíbe cualquier obra o actividad que pueda afectar las labores de investigación y el mantenimiento de los yacimientos o los ediicios.

• Para la obtención de licencia municipal será necesario aportar un Estudio Arqueológico en el que se valoren las repercusiones de la actividad o instalación sobre el bien protegido; así como obtener autorización de la Comisión Provincial de Urbanismo, previo informe de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

Paisaje

• Las actuaciones que se realicen tendrán en cuenta la conservación de los paisajes característicos del municipio.

• Las diferentes actuaciones que se desarrollen deben contar con medidas de integración paisajística, en especial la apertura de nuevas vías e instalaciones de nuevas infraestructuras de telecomunicaciones y tendidos eléctricos.

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103MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

- Susceptibilidad a los factores climáticos del área.

- Susceptibilidad a los factores ambientales del área (contaminación por vehículos u otros).

- Agresividad con el medio.

- Capacidad para generar alergias.

- Vulnerabilidad de las especies a plagas y enfermedades.

• Los grandes Parques Urbanos contendrán elementos (carriles, sendas, etc.) que permitan el desplazamiento en bicicleta paralelo a su borde.

Incendios

• Por asimilación y según establece el Decreto 470/1994, de 20 de diciembre de Prevención de Incendios Forestales, se tomarán la siguiente medidas para las líneas eléctricas de alta tensión que crucen el parque: Se dotará el trazado de una franja de seguridad de 15 m de anchura mínima, libre de residuos, matorral y vegetación seca, manteniendo las formaciones arbóreas y arbustivas implicadas en dicha franja (art. 14).

Mantenimiento

• Conforme a las medidas propuestas para la disminución de los consumos en agua de red, se prohibirá, salvo excepciones muy fundadas, el riego con agua de red acudiéndose a la captación subterránea autorizada y a la reutilización de ARU.

libres locales próximos.

• Los ediicios de interés arquitectónico, sociocultural y paisajístico que queden integrados en las zonas verdes se dotarán de un radio de protección suiciente de modo que no se altere su conjunto ni alrededores. El proyecto, en lo posible, deberá contemplar la restauración de lo que queda de esos ediicios sujetos a uso público.

• El mobiliario urbano será el adecuado a la función del espacio libre: reposo, juego niños, juegos y deportes no especializados adultos, actos colectivos al aire libre, etc. y se proyectará teniendo en cuenta las condiciones de funcionalidad, estética y adecuación al entorno, economía y seguridad de los usuarios, utilizándose en lo posible elementos homologados.

• En los Proyectos de jardinería se deberá incluir los siguientes criterios de xerojardinería a la hora de proceder a la selección del arbolado:

- Volumen aéreo disponible.

- Calidad del suelo.

- Interés paisajístico, histórico o cultural del entorno.

- Longevidad de la especie.

- Criterios de mantenimiento.

- Tamaño del alcorque.

- Pluviometría y/o riego.

para disimular e integrar.

- Hacer uso de la remodelación para deinir el espacio visual y para el control de las vistas.

- Seleccionar especies vegetales teniendo en cuenta la forma, dimensiones, coloración, textura, fenología y, en deinitiva, su compatibilidad desde el punto de vista visual y que son las adecuadas conforme a las mencionadas en las medidas sobre la vegetación.

- Disposición espacial de la vegetación, utilizándola para enlazar visualmente elementos del paisaje que queden desligados, crear pantallas visuales y ocultar vistas, suavizar formas geométricas, enmarcar vistas agradables, ayudar a deinir espacios, etc.

• De forma general, se impedirá el acceso de vehículos a motor a los espacios verdes, excepto al servicio de mantenimiento y vigilancia.

• En los casos de solapamiento entre infraestructuras viarias con los espacios libres, habrá de darse solución de continuidad al tránsito de los peatones y otros usuarios con los medios de transporte que resulten compatibles con las normas de uso de los mismos; en este sentido se contemplaran, bien en el proyecto de ejecución de alguno de ellos, o bien en ambos, los oportunos cruces a distinto nivel, así como la debida interposición de barreras de protección. Se entiende que no deben tener cabida en terrenos del parque instalaciones al servicio de la vía rodada.

• Siempre que sea posible, se procurará la conectividad de las actuaciones del sistema general de espacios libres con los espacios

las que sirven. Las restauraciones forestales de la vegetación natural existente, en aquellas áreas donde ésta permanezca y constituya parte de las nuevas zonas verdes de las zonas a urbanizar, deberán tener un carácter prioritario.

• Se mantendrán y mejorarán las escorrentías permanentes y estacionales que discurran por los parques. Los proyectos de ejecución contemplarán su regeneración hídrica y vegetal, interponiendo los dispositivos precisos para evitar la entrada de aguas residuales.

• Deberán respetarse los elementos naturales o naturalizados singulares (vegetales, geológicos, hidrográicos) preexistentes en el sistema territorial, con su consecuente integración. Esta consideración se entiende extensiva respecto a elementos signiicativos de construcción tradicional relativos a aprovechamientos agrarios, productivos, infraestructurales, etc.

• Se respetará al máximo el arbolado existente de modo que las vías se diseñen a lo largo de sus plantaciones o se bifurquen o hagan isletas para conservarlo, o incluso se modiiquen sus anchos, alineaciones y trazados para evitar en lo posible la destrucción innecesaria.

• El arbolado y los elementos vegetales se proyectarán de acuerdo con los criterios del buen diseño, teniendo en cuenta los aspectos técnicos, ambientales, estéticos, de coste y mantenimiento; y valorando la adecuación al ecosistema y el paisaje urbano en el que se sitúen. El diseño de las zonas verdes tomará en consideración los siguientes aspectos para adecuar el Proyecto a la topografía local y para que este sea coherente con las características del entorno paisajístico:

- Respetar la escala de la topografía del lugar, apoyándose en ella

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104 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

accesibles peatonalmente, a través de una red de itinerarios.

• Los Planes Parciales y los Proyectos de Actuación en Suelo No Urbanizable deberán incluir estudios de las modiicaciones de lujo y escorrentía supericial que van a causar, como modo de garantizar la correcta evacuación de las aguas pluviales a través de sistemas de desagüe con secciones suicientes disminuyendo así el riesgo de encharcamiento.

• Cuando el suelo urbanizable limite o sea atravesado por canales de riego o cursos de agua, ya sean permanentes o temporales, éstos deberán representarse cartográicamente en la ordenación del sector. El proyecto de urbanización deberá ser informado por el Organismo de Cuenca, cuyo pronunciamiento tendrá carácter vinculante.

• Se garantizará la disponibilidad de suelo para la ejecución de viviendas de protección oicial u otros regímenes de protección pública.

Arbolado, Jardinería y Mobiliario Urbano.

• La revegetación de zonas transformadas debe realizarse preferentemente con especies autóctonas que al estar adaptadas al medio no requieran especiales cuidados o labores de mantenimiento. En los parques y jardines la vegetación autóctona representará una parte signiicativa de la vegetación total y se perseguirá una distribución no geométrica de la misma.

• En la medida de lo posible se deberán aprovechar los pies arbóreos que se extraigan, para su posterior utilización en las zonas verdes y viario proyectado.

Medidas Generales

• El Plan Parcial, y en su defecto, el proyecto de urbanización, recogerá las medidas de corrección, protección y prevención medioambiental establecidas en la Normativa Urbanística y del Estudio de Impacto Ambiental del Plan General de Ordenación Urbanística.

• En tanto no se haya aprobado el Plan Parcial correspondiente, no se podrán realizar parcelaciones urbanísticas.

• El otorgamiento de licencias preceptivas para la ediicación en el suelo urbanizable sectorizado estará condicionada a la ejecución y puesta en servicio del Sistema General Viario que conecte el núcleo de población con dichos sectores y de continuidad y conectividad a la trama de infraestructuras viarias.

Zoniicación y Ordenación

• En los suelos urbanizables que existan actividades de uso ganadero o explotaciones ganaderas deberán trasladarse a suelo no urbanizables antes de la aprobación del planeamiento de desarrollo.

• Se realizará una distribución tipológica de usos y/o actividades en congruencia con la topografía y la zona, de manera que se evite una coniguración de las manzanas ediicables que provoquen traseras perceptibles desde el exterior o lindando con el borde del ámbito.

• Es recomendable ubicar los equipamientos en zonas centrales, sobre todo los servicios de interés público y social (equipamientos deportivos, comerciales y sociales como por ejemplo guarderías), y dotarlos de gran accesibilidad, de modo que puedan resultar

depuradas para el riego. En cualquier caso, deberán ajustarse a los requisitos de vertido establecidos por la Directiva del Consejo 91/271/CEE, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.

• La gestión de los residuos obtenidos del funcionamiento de la EDAR garantizará el cumplimiento de los requisitos de la legislación vigente. Los residuos obtenidos del proceso de depuración de las aguas serán depositados en la forma que determine el Ayuntamiento para su correcta recogida y transporte; procurándose su reutilización como abono.

El proyecto básico de la Depuradora deberá, en cualquier caso, contemplar la superación de la cota de inundación y contemplar medidas de protección de la infraestructura en caso de emergencia por este tipo de riesgo.

• El organismo municipal responsable de la gestión de los espacios verdes establecerá un programa para realizar los abonados nitrogenados (sobre todo nitratos) en la forma que limite al máximo las iniltraciones al acuífero.

Sistema General de Infraestructuras. Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR)

• La instalación de la Depuradora para los poblados habrá de someterse a procedimiento Ambiental. En dicho procedimiento deberá prestarse una especial atención a:

- Identiicación de Impactos y medidas correctoras frente a olores, de manera que se garantice la no afección a los núcleos de población próximos. En este sentido habrá de ser objeto de revisión la localización de la instalación con respecto a los vientos dominantes y la existencia en la zona de otros focos de olor. La distancia de la ubicación de la depuradora en relación con zonas habitadas está en función de las garantías adoptadas, pudiéndose colocar en recinto cerrado y con las medidas adecuadas en las proximidades de la zona habitada.

- Identiicación de Impactos y medidas correctoras frente a ruidos, teniendo en cuenta las fases de la actividad de la planta, los horarios diurno y nocturno y la tipología de maquinaria empleada (ventiladores y salidas de gas)

- La Integración paisajística de la instalación.

- Los parámetros de calidad de los eluentes de salida, tomando en consideración la intención de reutilización de las aguas residuales

5.4 MEDIDAS CORRECTORAS EN SUELO URBANIZABLE

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105MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

conectarán siempre que sea posible a la red pública. En caso de no ser posible se verterán a fosas sépticas impermeabilizadas debidamente o bien en depósitos químicos. Posteriormente, serán retiradas por un gestor autorizado.

Accesos

• Los accesos a áreas residenciales y en especial a zonas industriales deberán estar adecuadamente señalizados, así como la circulación de vehículos, como objeto de evitar en la medida de lo posible la ocurrencia de accidentes de tráico.

Ediicaciones

Energía

• Como mínimo, toda ediicación nueva incorporará instalaciones receptoras de energía solar con capacidad suiciente para satisfacer el 60 % de las necesidades energéticas medias anuales relativas al agua caliente sanitaria propias del ediicio, salvo que pueda justiicarse que sólo puede alcanzar un valor inferior. Se recomienda incorporar placas fotovoltaicas y las correspondientes instalaciones acumuladoras, con capacidad suiciente o razonable para cubrir parte de las necesidades propias del ediicio. Esta previsión tendrá en cuenta el impacto estético y visual, sobre todo en zonas de especial signiicación ambiental

• Todo ediicio de nueva construcción, o las reformas y ampliaciones sustanciales de ediicios existentes, contemplarán en su diseño el máximo nivel de acondicionamiento térmico pasivo posible mediante la combinación adecuada de:

alcorques, el ancho de la acera no debe bajar de 3 m, para evitar que las raíces afecten a las canalizaciones.

• El Plan Parcial contemplará la creación de carriles de circulación no motorizada que permitan la movilidad interna.

• El diseño de calles, plazas y otros espacios públicos deberá adecuarse a las condiciones en cuanto a eliminación de barreras urbanísticas que establece el Decreto 72/92 de la Presidencia de la Junta de Andalucía (BOJA nº 44, de 24 de mayo).

• En áreas industriales, si se diseñan medianas, deben ser rebasables por los vehículos pesados en sus giros para acceder a las parcelas.

Infraestructuras

Agua

• Se limitará en lo posible en los nuevos crecimientos la impermeabilización de la totalidad de la supericie buscándose estrategias para la iniltración de las aguas pluviales para realimentar el acuífero.

• En el diseño de la Red de Saneamiento se considerará que, siempre que técnica y económicamente sea competente, el sistema de alcantarillado funcione por gravedad, ya que las impulsiones exigen mayor mantenimiento, con el sobre costo económico que ello supone, y además comportan el riesgo de problemas medioambientales derivados de un mal funcionamiento de los equipos mecánicos.

• Las aguas sanitarias procedentes de instalaciones provisionales, se

de los acabados supericiales), y otros elementos complementarios, como los equipamientos: bancos, papeleras, fuentes de agua potable, etc.

• Los Proyectos de Urbanización establecerán los requisitos de recepción de materiales para jardinería, entre los que deben igurar los siguientes, por sus implicaciones medioambientales:

- Procedencia de vivero acreditado y legalmente reconocido.

- Condiciones de suministro y almacenaje (guía itosanitaria, etiqueta con nombre botánico y tamaño correcto, capellón protegido con yeso y/o malla metálica o suministro con raíz desnuda, etc.).

Diseño del Viario

• Los viales se ajustarán en lo posible a los caminos y sendas actuales, no rompiendo de forma arbitraria la estructura de caminos y garantizando la continuidad de las tramas urbana y rural. Para minimizar la remoción de la cubierta vegetal se diseñará la trama viaria y el parcelario al que da servicio de modo que la jerarquía y situación de los mismos se adapten en lo posible a la topografía del terreno.

• Las tramas ortogonales serán económica y funcionalmente recomendables, pues favorecen las conexiones. En caso de terreno suicientemente llano hay que tender a este tipo de trama.

• El acerado debe estar correctamente dimensionado para albergar las infraestructuras y otros elementos. Con un ancho de 2,50 m se pueden instalar los contenedores de recogida selectiva de residuos así como el resto de mobiliario urbano habitual. Si se proyecta arbolado en

• Se garantizará que la forma, supericie y localización de las zonas verdes sean adecuadas para que éstas cumplan sus funciones. En este sentido se considerará:

- Áreas de juego: se destinan al juego de niños, y debe tener una supericie mínima de 200 m² y se debe poder inscribir un círculo de 12 m de diámetro.

- Jardines: es el tipo más pequeño de zona verde que está destinado propiamente a zona ajardinada. Se debe poder inscribir un círculo de 25 m de diámetro en posición tangente a cualquier punto de su perímetro. Para incluir esquinas que tienen también su valor funcional importante como jardines, se incluye también el suelo que entra en un círculo auxiliar concéntrico con el anterior que diste 6 m de supericie exterior. Su supericie mínima será de 1.000 m2.

- Parque: como condiciones dimensionales, se debe poder inscribir un círculo de 150 m de diámetro, y su supericie mínima es de 25.000 m2.

• Forma de los espacios libres y zonas verdes: Los espacios libres y las zonas verdes pueden ser verdaderamente eicaces cuando alcanzan un tamaño relativamente adecuado con respecto al continuo ediicado circundante. Por lo tanto será objeto del estudio determinar cuáles son las dimensiones y formas de la red actual y redimensionarlas adecuadamente.

• Otras condiciones intrínsecas de las zonas verdes y espacios libres serán la presencia de vegetación (caduca o perenne), el acabado supericial (albedo de suelo), la permeabilidad del soporte (escorrentía

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106 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

Circunvalaciones y grandes avenidas con tráico denso 80 dB a 6 metros (es decir: 86 en la fuente).

Avenidas con tráico medio de 75 dB en la fuente

Calles con tráico medio 70 dB en la fuente

Dist.(m)

Nivel ruido (dB)

Disminución (dB)

Dist. (m)

Nivel ruido (dB)

Disminución (dB)

Dist.(m)

Nivel ruido (dB)

Disminución (dB)

0 86 3 0 75 - 0 70 -

3 83 6 3 72 3 3 67 3

6 80 9 6 69 6 6 64 6

12 77 12 12 66 9 12 61 9

24 74 15 24 63 12 24 58 12

48 71 18 48 60 15 48 55 15

96 68 21 96 57 18 96 52 18

192 65 24 192 53 21 192 49 21

Niveles de ruido. Orientaciones para calle horizontal asfaltada con menos de un 10% de vehículos pesados.

En base a todo lo anterior se establecen las siguientes medidas correctoras, que serán de aplicación tanto a las nuevas vías como a las modiicaciones signiicativas de las ya existentes.

• Las ediicaciones colindantes con las vías de comunicación de elevada intensidad de tráico deberán presentar medidas de aislamiento en las fachadas acordes con los niveles de ruido previsibles en la zona.

• Los ediicios situados en las áreas de inluencia sonora de las carreteras y vías de alta capacidad, se dispondrán de modo que se ofrezca protección a las viviendas, bajo fórmulas como:

- La disposición de las actividades terciarias en las plantas bajas de los ediicios.

Situación Tipo de LocalNiveles Límites (dBA)

Día (7-23) Noche (23-7)

Equipamientos

Sanitario y bienestar 30 25

Cultural y religioso 30 30

Educativo 40 30

Para el Ocio 40 40

Servicios Terciarios

Hospedaje 40 30

Oicinas 45 35

Comercio 55 45

Residencial

Piezas habitables, excepto

35 30

pasillos, aseos y cocinas

40 35

Zonas de acceso común

50 40

Distintos factores contribuyen a la mejora de los niveles de ruido, entre otros los siguientes:

• Pantallas acústicas: reducen los niveles de ruido generalmente entre 10 a 15 dB(A) en la zona de sombra acústica detrás de la barrera.

• Tipos de pavimento: ejercen una notable inluencia sobre el ruido de tráico. Los mejores resultados los proporcionan los pavimentos asfáltico-porosos, también llamados drenantes, que absorben el sonido generado por el contacto del neumático con la calzada, disminuyendo los niveles de ruido entre 4 y 6 dB (A).

• Distancia al foco de emisión: (disminución de 3 dB cada vez que se duplica la distancia con respecto a la fuente emisora).

- Los grifos de los aparatos sanitarios de consumo individual dispondrán de aireadores de chorro o similares.

- El mecanismo de accionamiento de la descarga de las cisternas de los inodoros dispondrá de la posibilidad de detener la descarga a voluntad del usuario o de doble sistema de descarga.

- Los cabezales de ducha implementarán un sistema de ahorro de agua a nivel de suministros individuales garantizando un caudal máximo de 9 litros por minuto a 5 atm. de presión.

- Los grifos y los alimentadores de los aparatos sanitarios de uso público dispondrán de temporizadores o cualquier otro mecanismo eicaz para el ahorro en el consumo de agua.

Uso de los Terrenos Colindantes Infraestructuras de Comunicación

El ruido provocado por los automóviles es la fuente más importante de las ciudades andaluzas. Las medidas de este bloque tienen por objeto reducir los niveles de ruido generados por el tráico soportado por las calles e infraestructuras de comunicación sobre los crecimientos urbanos que se produzcan en su entorno.

Antecedentes:

La legislación vigente (Estatal y Autonómica) en materia de ruidos no especiica límites de emisión para el caso concreto del tráico rodado. No obstante, el artículo 22 del Decreto 326/2003 por el que se aprueba el Reglamento de la Calidad del Aire recoge los límites admisibles del nivel sonoro en el interior de las ediicaciones, en función de la zoniicación, tipo de local y horario.

- Orientación solar idónea, explotando las posibilidades de la parcela.

- Soleamiento adecuado, dotando de protección solar adecuada y suiciente a todos los huecos de fachada. Esta protección deberá poder realizarse mediante persianas móviles o mediante protecciones ijas si se garantiza su funcionalidad. No será obligatoria la previsión de persianas móviles para supuestos de baños, aseos, trasteros y escaleras comunitarias, siempre que la supericie de los huecos sea igual o inferior a un metro cuadrado.

• El acceso directo desde el exterior a los locales o dependencias se producirá preferentemente a través de vestíbulos de independencia o exclusas cortavientos de doble puerta.

• Las carpinterías acristaladas en contacto con el exterior deberán disponer siempre de doble lámina de vidrio con cámara intermedia estanca que minimicen el consumo de energía anual, salvo cuando las dependencias afectadas no se destinen a estancia prolongada de personas.

• En el diseño de todo ediicio o construcción, la iluminación diurna será preferente y básicamente natural (solar) en todas sus dependencias, de manera que la iluminación artiicial sólo sea considerada como solución excepcional o de emergencia para las horas diurnas.

Agua

• Al objeto de minimizar el gasto de agua, en los puntos de consumo se diseñarán los mecanismos adecuados para permitir el máximo ahorro de luido, y a tal efecto:

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107MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

de los parámetros establecidas por la empresa gestora. Los elementos de depuración previos al vertido en red que resulten precisos, deberán proyectarse de acuerdo a los criterios de la Norma Tecnológica ‘’NTE-ISA-DEPURACIÓN Y VERTIDO’’.

Residuos

• En los suelos de uso industrial en los que por las características de las instalaciones que puedan localizarse en ellos se generen residuos peligrosos se deberá garantizar por parte de los promotores del mismo la infraestructura mínima de un punto limpio para la recepción, clasiicación y transferencia de residuos peligrosos, con capacidad suiciente para atender las necesidades de las instalaciones que puedan localizarse en el mismo. En todo caso, la gestión del citado punto limpio se llevará a cabo por parte de una empresa con autorización para la gestión de residuos peligrosos.

Energía

• Se recomienda la instalación de paneles fotovoltaicos en las áreas de aparcamiento para satisfacer necesidades eléctricas comunes.

Medidas Especíicas por Sectores

Las medidas correctoras especíicas de cada sector de suelo urbanizable se detallan en sus respectivas ichas de identiicación y valoración de impactos

función de la ocupación prevista. Las labores de carga y descarga se efectuarán en el interior de las parcelas o en espacios correctamente habilitados al efecto.

Agua

• Los vertidos de las aguas industriales en los sistemas de alcantarillado, sistemas colectores o en las instalaciones de depuración de aguas residuales urbanas serán objeto de tratamiento previo para:

- Proteger la salud del personal.

- Garantizar que los sistemas colectores, las instalaciones de tratamiento y los equipos correspondientes no se deterioren.

- Garantizar que no se obstaculice el funcionamiento de las instalaciones de tratamiento de aguas residuales.

- Garantizar que los vertidos de las instalaciones de tratamiento no tengan efectos nocivos sobre el medio ambiente y no impidan que las aguas receptoras cumplan los objetivos de calidad de la normativa vigente.

- Garantizar que los fangos puedan evacuarse con completa seguridad.

• Las aguas residuales procedentes de procesos industriales serán decantadas y depuradas en la propia industria, de forma que se garanticen preferentemente, antes de ser asumidas por los sistemas de depuración municipales, unos niveles de DBO y de residuos de todo tipo, similares a los de uso doméstico y en cualquier caso dentro

realizará en modo de contribuir, cuando sea posible, a la separación entre las grandes vías de comunicación y los usos residenciales. Cuando los sistemas locales y generales que se interpongan entre la carretera y los usos residenciales tengan un uso público, se adoptarán las medidas correctoras necesarias para garantizar la adecuación de los niveles de ruido en estas áreas, especialmente si se trata de zonas verdes.

• En las áreas inmediatamente colindantes con las vías de comunicación de alta intensidad de tráico, y sin perjuicio de las medidas correctoras y preventivas que se establezcan para reducir los niveles sonoros, deberá quedar limitada o prohibida la implantación de otras actividades potencialmente generadoras de ruido.

Áreas Industriales

Generales

• En los suelos industriales la posibilidad de implantar usos ganaderos (incluida la doma de animales y picaderos) quedará especíicamente excluida. Además, se establecerá una zoniicación interna en los duelos productivos de manera que en las parcelas colindantes a suelo residencial (urbano o urbanizable), se establezcan actividades que acrediten su compatibilidad con la proximidad a las viviendas.

• Se deberá realizar un análisis de la inluencia que el tráico de vehículos generado por la actividad concreta pudiera tener sobre los accesos y luidez de la circulación de la zona. En este sentido, las actividades económicas que precisen del tránsito o estacionamiento prolongado de vehículos susceptibles de causar molestias en la vía pública habrán de disponer en la parcela de un aparcamiento dimensionado en

- En la utilización de unos ediicios como barrera al ruido para otros, se dedicarán los más expuestos a las actividades menos sensibles al ruido.

- El uso de diseños escalonados en los propios ediicios, de manera que las zonas más elevadas se encuentren más alejadas de la carretera.

- Creación de patios interiores en los ediicios.

• Las construcciones se orientarán, en lo posible, de forma que expongan a la fuente de ruido la menor supericie y sin huecos o ventanas.

• La distribución interior de las viviendas deberá tener en cuenta que las estancias más sensibles al ruido (dormitorios, salón y zonas de estar en general) deberán disponerse en las zonas menos expuestas, situando las que tienen menores exigencias (cocina, aseos y zonas de acceso y paso) en la zona más próxima a la carretera.

• Los nuevos crecimientos urbanos de carácter industrial que se produzcan en las inmediaciones de vías de comunicación estarán separados de la carretera una distancia mínima, a in de garantizar la reducción del ruido procedente del tráico rodado hasta niveles situados entorno a los 65 decibelios.

• No se dispondrán equipamientos sanitarios, de bienestar social, culturales, religiosos y educativos en la primera línea de ediicaciones desde la carretera.

• El diseño y la disposición de los sistemas locales y generales se

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108 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

Atmósfera

• La maquinaria empleada durante las obras deberá tener en regla la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), como garantía de control de las emisiones atmosféricas.

• En caso de ser necesario el traslado de tierras y material geológico, (ya sea como excedente con destino a un vertedero controlado, o bien, como materiales de préstamo procedentes de explotaciones y actividades legalmente establecidas) éste deberá ser realizado con camiones entoldados para evitar la dispersión de partículas a la atmósfera.

• En la carga, descarga y transporte de material sobrante se minimizará la creación de polvo, evitando el llenado en exceso de los camiones y secuenciando el transporte. Esta medida se extremará entre los meses de mayo y septiembre y bajo condiciones de vientos fuertes.

• Los horarios en los que se lleven a cabo las obras deberán evitar las molestias a la población de las viviendas próximas, ajustándose al horario convencional de jornada laboral (8.00-15.00 h. y 16.00-20.00 h.).

• Con el objeto de reducir el ruido en la fase de construcción se hará un correcto mantenimiento de los sistemas mecánicos.

• En la fase de obras se debe regar periódicamente los caminos de acceso de la maquinaria con la inalidad de que no haya polvo en suspensión. Esta medida será aplicada con mayor escrupulosidad cuando se trabaje en áreas adyacentes a zonas urbanizadas.

maquinaria.

• Se habrá de recomendar que la construcción se haga por fases que consideren unos tramos abarcables, que generalmente habrían estar comprendidos entre dos vías de acceso, con el in de minimizar la afección posible sobre el tráico y accesibilidad en la zona.

• Con el objeto de evitar la caída accidental de animales y personas a las zanjas, se deberá minimizar el tiempo que éstas permanezcan abiertas y se delimitará mediante cinta de plástico el perímetro de las mismas.

• Para evitar el riesgo de incendios durante el desarrollo de las obras debe quedar terminantemente prohibido la quema de cualquier material en el ámbito de la obra, debiendo disponer, en cualquier caso, de algún sistema apagafuegos (extintor) permanentemente en la misma.

• Debe mantenerse la accesibilidad a las instalaciones del entorno, para ello debe evitarse el impedimento, por estacionamiento u operaciones varias de la maquinaria pesada empleada en la construcción, de acceso a las incas por parte de sus usuarios.

• Se comprobará que previo al inicio de las obras se han asegurado o restituido pasos, electricidad, abastecimiento y saneamiento de agua.

• A las prescripciones observables en la ejecución de obras se añadirán las condiciones acústicas exigibles por el Decreto 326/2003, de 25 de noviembre, respecto al uso de maquinaria al aire libre y actividades de carga/descarga.

• El tráico de maquinaria pesada que se produzca durante la fase de construcción, ha de planiicarse en el proyecto de seguridad, contando con personal que controle y señale la presencia de maquinaria a los conductores que se desplazan por la misma. Deberá además planiicarse utilizando aquellas rutas que resulten menos molestas para las zonas pobladas próximas, creando para ello rutas que las circunvalen y, si fuera preciso, contando con la presencia de agentes municipales que controlen el tráico. En el caso de existir una imposibilidad técnica para conseguirlo, se facilitará una circulación luida al atravesar las zonas residenciales, limitando a su vez la velocidad máxima para minimizar en lo posible la emisión de ruidos, vibraciones y gases.

• A in de reducir las zonas degradadas, se delimitará, por ejemplo mediante cinta plástica, el área que comprenda las obras y las zonas de acceso donde haya vegetación de interés, con la inalidad de restringir el paso a la maquinaria a zonas ajenas al proyecto, reduciendo así, los impactos provocados por el trasiego de vehículos y personas. Dicha limitación aparecerá en el Pliego de Prescripciones Técnicas de los respectivos proyectos.

• Con el in de reducir al máximo la supericie afectada, deberá procurarse la utilización de los accesos e infraestructuras existentes.

• Se justiicará en el proyecto la necesidad del mantenimiento de los caminos trazados durante la fase de construcción, que en otro caso serán inmediatamente eliminados y restaurada la zona que ocupen.

• Se favorecerá que las nuevas actuaciones respeten los ediicios y construcciones de interés. Para ello y de forma general se señalizarán ámbitos de protección suicientes a los que se prohibirá el acceso de

5.4.1. MEDIDAS CORRECTORAS APLICABLES EN ACTUACIONES URBANIZADORAS Y PROCESOS DE CONSTRUCCIÓN

Medidas Generales

• Las siguientes medidas se añadirán a los considerados de las autorizaciones de obra para su aplicación, en su caso, por los proyectistas y contratistas de obra.

• Los instrumentos de desarrollo del Suelo Urbano, Urbanizable o los proyectos que necesariamente hayan de realizarse en el Suelo No Urbanizable incluirán una serie de medidas necesarias para minimizar el impacto ambiental y paisajístico, y garantizar el control de los desechos y residuos sólidos generados en las fases de construcción y funcionamiento.

• Todas las medidas correctoras y protectoras propuestas que deban incorporarse al Proyecto de Urbanización han de hacerlo con el suiciente grado de detalle de modo que se garantice su efectividad. Aquellas medidas que sean presupuestables deberán incluirse como una unidad de obra, con su correspondiente partida presupuestaria en el Proyecto, o bien en un nuevo Proyecto de mejoras. Para las medidas que no puedan presupuestarse se exigirá que se incluyan en los pliegos de condiciones técnicas y en su caso, económico-administrativas, de obras y servicios.

• Los Planes Parciales, y en su defecto, proyectos de urbanización, recogerán las medidas de corrección, protección y prevención ambiental establecidas en la Normativa Urbanística de Utrera y de este Estudio de Impacto Ambiental.

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109MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

o aprovechen se dotarán de elementos de evacuación de aguas pluviales (obras de fábrica, cunetas, desviadores de lujo, pendiente transversal, etc.). Estos elementos se calcularán y diseñarán para períodos de retorno de 10-25 años. Las obras de paso transversales dispondrán de un tamaño suiciente para evitar la obturación por rocas y restos vegetales, así como contendrán aletas para disipar la energía.

• De forma general, se evitará las formas planas y aristas rectas en desmontes y terraplenes. La supericie del desmonte debe ser lo más rugosa posible, sin perder la estabilidad del mismo. De esta forma la colocación de plantas y arbustos, ya sea natural o artiicial, es mucho más fácil.

Vegetación y Fauna. Arbolado del Viario Público y Zonas Verdes

• Antes del inicio de las obras de urbanización se deberá prever la retirada de la capa superior de suelo fértil. Su acopio se llevará a cabo en caballones no superiores a los 2 m de altura, quedando esta tierra disponible para las obras de ajardinamiento.

• Localización de instalaciones auxiliares: estas instalaciones (parque de maquinaria, oicinas, etc.) se situarán en zonas desprovistas de vegetación natural y alejadas de los cauces. En el caso del parque de maquinaria deberá contar con la autorización del organismo ambiental competente.

• La destrucción de la vegetación es susceptible de minimizarse con un adecuado diseño de las obras y de paliarse con una revegetación de las supericies desnudas generadas en la cubrición de zanjas y taludes.

• Con el in de acomodarse la ocupación a la morfología existente, en las lomas que presenten pendientes superiores al 30%, se evitará el desmonte abusivo del terreno, siendo los bancales máximos permitidos de 2 m verticales desde la cota suelo.

• El desmonte en las áreas de actuación debe ser mínimo, afectando lo menos posible a la geomorfología actual.

• Se excluirán para el acopio de tierras aquellas zonas donde puedan existir riesgos de inestabilidad del terreno.

• Los lugares elegidos para el acopio temporal del sustrato edáico deberán tener pendiente nula, estar protegidos de cualquier arrastre, y situarse en zonas donde no se vayan a realizar movimientos de tierra ni tránsito de maquinaria.

• Los acopios reutilizables de suelo (los horizontes superiores) serán sembrados en la última capa de especies herbáceas de crecimiento rápido que actúen como ijadoras del suelo frente a la erosión, a la vez que contribuyan a mantener las características físicoquímicas de los mismos.

• Se evitará en lo posible el mantenimiento en el tiempo de suelos descubiertos programando su siembra lo antes posible y utilizando para ello preferentemente el suelo almacenado.

• Con el objeto de reducir riesgos erosivos, deberá garantizarse la estabilidad de los taludes que puedan producirse durante la fase de construcción, así como su revegetación.

• Al objeto de evitar procesos erosivos, los caminos que se construyan

de Cuenca, cuyo pronunciamiento tendrá carácter vinculante.

• Quedan prohibidas las labores y obras en los cauces de dominio privado que puedan hacer variar el curso natural de las aguas en perjuicio del interés público o de terceros, o cuya destrucción por fuerza de avenidas pueda ocasionar daños a personas o cosas.

• La red de drenaje de aguas pluviales y de saneamiento se dimensionará teniendo en cuenta los caudales máximos a evacuar y la posible inluencia de las restantes áreas a urbanizar. De esta manera se evitará la sobresaturación de la red bajo condiciones climáticas extremas, modiicaciones producidas en la escorrentía natural, acumulación de caudales a evacuar, y de la presión y caudales de la red de saneamiento.

• Por lo establecido en el punto anterior y de cara a favorecer la optimización de la gestión de la depuradora,, la red de evacuación de pluviales y de residuales será separativa siempre que sea posible.

• Los proyectos de urbanización deberán contemplar el nivel piezométrico recogido en el Estudio Geotécnico con el in de establecer el modo de cimentación de las viviendas proyectadas.

Suelo, Geomorfología y Geotecnia

• Los Planes Parciales que se desarrollen en el suelo urbanizable deberán incluir las características geotécnicas de los terrenos y sus posibles limitaciones.

• Se respetarán los hitos geológicos en su forma original, ubicando sobre ellos las zonas verdes o sistemas de espacios libres.

• Con el objetivo de minimizar los movimientos de tierra, deberán determinarse en el proyecto los puntos de acopio, tanto temporales como permanentes. Aquel material que se vaya a utilizar en los accesos y terraplenes se apilará lo más cercano a su lugar de utilización.

Hidrología

• En toda la supericie del suelo urbanizable, sistemas generales o en los proyectos que necesariamente se hayan de implantar en SNU, se tendrá especial cuidado en la no interferencia de forma negativa de escorrentías y arroyos de origen estacional. En cuanto a su encauzamiento, canalización o entubado, se deberán mantener sus márgenes limpias de cualquier material susceptible de ser arrastrado y que pudiera ocasionar el taponamiento de la canalización. El margen mínimo a mantener para uso público es de 5 m de anchura.

• Deberá evitarse cualquier afección a los cauces naturales existentes. Por ello, no se realizará ningún tipo de reparación mecánica de maquinaria, ni tampoco ningún cambio de aceite a excepción de maquinarias de gran tonelaje, que accidentalmente pudiera afectar la calidad de las aguas supericiales y subterráneas.

• Queda prohibido el vertido de cualquier sustancia contaminante directamente (aceites, grasas, lubricantes, etc.), en estado líquido o sólido, sobre los cauces de dominio público o privado que se localizan en las inmediaciones de la zona de actuación.

• Cuando el suelo urbanizable limite o sea atravesado por canales de riego o cursos de agua, ya sean permanentes o temporales, éstos deberán representarse cartográicamente en la ordenación del sector. El proyecto de urbanización deberá ser informado por el Organismo

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110 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

los periles actuales y se ubiquen en situaciones de alta visibilidad se incluirán medidas de tratamiento de los taludes generados y de localización de áreas libres en los bordes de la actuación.

• Se incluirá en los pliegos que una vez inalizada la obra, la empresa constructora procederá a la limpieza de las áreas afectadas y zonas adyacentes, retirando todas las instalaciones temporales, así como todo tipo de desechos, restos de maquinaria, escombros y embalajes, utilizados por dicha obra. Igualmente, se procederá a la restauración de las zonas afectadas por el tránsito de maquinaria hasta conseguir unas condiciones ambientales idóneas. Este hecho debe quedar deinido en el calendario de trabajo de la construcción de la obra.

• Los Proyectos de Urbanización o el documento que los sustituya, tendrán que contener un Plan de Restauración, ambiental y paisajístico, de la zona de actuación que abarque entre otros los siguientes aspectos:

- Análisis de las áreas afectadas por la ejecución de las obras o por actuaciones complementarias de éstas, tales como: instalaciones auxiliares; vertederos o escombreras de nueva creación; zonas de extracción de materiales a utilizar en las obras; red de drenaje de las aguas de escorrentía supericiales; accesos y vías abiertas para la obra; carreteras públicas utilizadas por la maquinaria pesada.

- Actuaciones a realizar en las áreas afectadas para conseguir la integración paisajística de la actuación y la recuperación de las zonas deterioradas dedicando una especial atención a los siguientes aspectos: limpieza y tratamiento general y de los bordes en particular, nueva red de drenaje de las aguas de escorrentía; descripción detallada de los métodos de implantación

infraestructuras y otros elementos.

• Se deberá realizar un análisis de la inluencia que el tráico de vehículos pudiera tener sobre los accesos y luidez de la circulación de la zona.

Paisaje

• Los Planes Parciales y Especiales que se desarrollen en el borde urbano o en suelo no urbanizable contendrán un estudio paisajístico del ámbito completo donde se analice la incidencia paisajística del sector. En el estudio paisajístico se analizará la incidencia de los volúmenes y colores pretendidos en la ordenación sobre la imagen, tanto a nivel urbano como desde los corredores visuales más frecuentados (carreteras y caminos de acceso al núcleo), estableciendo medidas correctoras para paliar su impacto. A tal efecto, se aplicarán entre otras las siguientes:

- Las Ordenanzas del planeamiento de desarrollo incorporarán el tratamiento obligado de los espacios no ocupados por la ediicación y en los bordes de contacto con las vistas más comprometidas (carreteras) se implantarán pantallas vegetales que oculten, al menos parcialmente, la ediicación prevista.

- Se asumirá como criterio de ordenación el mantenimiento, en lo posible, de la topografía existente y minimizar el volumen de movimientos de tierras, evitando la creación de grandes explanadas con taludes perimetrales. La urbanización se acomodará en lo posible a la coniguración primitiva del terreno, evitándose alteraciones y transformaciones signiicativas del peril existente.

- Para las actuaciones que impliquen necesariamente la alteración de

perjuicio de las sanciones a que ello diera lugar.

• Las obras de nueva ediicación, reforma o sustitución de ediicios respetarán en lo posible el arbolado existente en la parcela, en especial los individuos de más edad y porte. En caso de que dicha ediicación pudiera comportar la desaparición de individuos singulares por su aspecto, porte o signiicación botánica, el Ayuntamiento podrá exigir que el Proyecto técnico respete dichos individuos.

• En la fase de construcción se efectuará una prospección previa al inicio de las obras para detectar especies nidiicantes que pudieran verse afectadas por las mismas. En caso de ser detectada alguna especie protegida con pollos o huevos se retrasará el inicio de las obras hasta que los pollos volanderos abandonen el nido. En cualquier caso siempre se comprobará la ausencia de individuos en nidos.

Viario

• Para minimizar la remoción de la cubierta vegetal se diseñará la trama viaria y el parcelario al que da servicio de modo que la jerarquía y situación de los mismos se adapten en lo posible a la topografía del terreno.

• Las tramas ortogonales serán económica y funcionalmente recomendables, pues favorecen las conexiones. En caso de terreno suicientemente llano hay que tender a este tipo de trama.

• En áreas industriales, si se diseñan medianas, deben ser rebasables por los vehículos pesados en sus giros para acceder a las parcelas.

• El acerado debe estar correctamente dimensionado para albergar las

• En orden a minimizar la incidencia sobre la vegetación y el paisaje, se deberá evitar efectuar un desbroce total del matorral en las zonas donde tenga algún valor.

• En la medida de lo posible se deberán aprovechar los pies arbóreos que se extraigan, para su posterior utilización en las zonas verdes y viario proyectado.

• La parquización de las zonas verdes y la revegetación de zonas transformadas ha de realizarse preferentemente con especies autóctonas que al estar adaptadas al medio no requieran especiales cuidados o labores de mantenimiento.

• Parte de los pies de los árboles arrancados, (sobre todo aquellos que por su porte y sus características se consideran de mayor valor) se deberán transportar y almacenar en condiciones óptimas para su posterior reutilización, en la medida de lo posible, en tareas de revegetación de zonas degradadas o para su inclusión en las zonas verdes proyectadas.

• En las obras que puedan afectar a algún ejemplar arbóreo público o privado, se exigirá que durante su transcurso se dote a los troncos de un adecuado recubrimiento rígido hasta una altura de 1,8 m, con el in de impedir su deterioro.

• Toda actuación urbanizadora incluirá el tratamiento de los parques, jardines, plazas y espacios libres públicos, en base de arbolado y otros elementos de jardinería y mobiliario urbano.

• Toda pérdida o deterioro no autorizado del arbolado de las vías o espacios públicos deberá ser repuesta a cargo del responsable, sin

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111MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

de evitar los malos olores y derrames, y de forma que se faciliten las operaciones de recogida y transporte. En el estudio económico y inanciero del Plan Parcial ha de aparecer el gasto estimado correspondiente a la gestión de los residuos urbanos y de los servicios de limpieza y mantenimiento. La retirada de los materiales de desecho será especialmente escrupulosa en los bordes de la actuación.

• La entidad promotora deberá garantizar, durante las obras, la inexistencia de afectaciones sobre el suelo producidas por vertidos de aceites, grasas y combustibles procedentes de maquinarias y motores. Los cambios de aceites usados por la maquinaria deberán realizarse en instalaciones ijas acondicionadas y autorizadas a tal efecto, que garanticen la correcta gestión de dichos aceites según establece la Orden de 28 de febrero de 1989 (BOE nº 57, de 8 de marzo de 1989) caso de ser imposible se señalarán en el proyecto, al menos, los espacios propuestos y su acondicionamiento al efecto en obra y el gestor autorizado contratado para la gestión de los residuos. El aceite procedente del mantenimiento de las máquinas ijas se depositará en un recipiente estanco con todas las garantías y en el mínimo plazo deberá ser retirado por un gestor autorizado de residuos tóxicos y peligrosos, de acuerdo con la Ley de Residuos, y con el Reglamento que la desarrolla.

• Las tierras limpias, sin restos de materiales derivados de la construcción o generados en las instalaciones de la obra, podrán reutilizarse.

Infraestructuras

• Las redes eléctricas y telefónicas que se desarrollen en sectores de crecimiento serán soterradas.

ahorro de agua en las cisternas (mecanismos de descarga selectiva).

Materiales. Residuos

• Con el otorgamiento de la licencia de obra se establecerá la obligación del director de obra de velar, mediante la comprobación de albaranes y registros del contratista, por la correcta gestión de los residuos de la obra y procedencia de los aportes de préstamo. En el certiicado inal de obra se establecerá explícitamente el cumplimiento en ese sentido.

• La construcción se realizará bajo la premisa del “Vertido Cero” de inertes, por lo que los materiales excedentes de excavaciones y movimientos de tierra, deberán ser utilizados en la propia obra. El Proyecto Técnico debe especiicar en un capítulo el balance de tierras de modo de prevenir impactos provocados por el exceso o déicit de material. En el caso que haya excedentes se debe determinar que tramos de la obra presentan excedentes y buscar el emplazamiento donde acopiar los materiales. En el caso de déicit, se deben localizar las actividades extractivas más próximas a la obra capaces de suministrar materiales. Los excedentes de materiales (excepto la tierra vegetal que deberá acopiarse para ser usada en labores de revegetación) que resulten de las labores de movimiento de tierra podrán utilizarse como materiales de préstamo para la construcción de viario.

• Los proyectos de urbanización incluirán las medidas necesarias para garantizar el control sobre los residuos que se generen durante la fase de construcción, mediante acciones que permitan una correcta gestión de los mismos. Para ello, la entidad promotora del proyecto tendrá obligatoriamente que poner a disposición del Ayuntamiento los residuos en las condiciones higiénicas más idóneas, de modo

tomará en consideración criterios para evitar la proyección de luz hacia arriba y la consecuente contaminación lumínica.

Bienes Protegidos

• Se establecerá un procedimiento cautelar para el caso de aparición de restos arqueológicos durante las fases de urbanización y ediicación. A este respecto, se deberá comunicar de inmediato la aparición de restos arqueológicos a la Consejería de Cultura, conforme al artículo 50 de la Ley 1/1991 del Patrimonio Histórico de Andalucía.

• Previo al inicio de las obras debe quedar resuelta la posible afección sobre Vías Pecuarias mediante el acuerdo con el Servicio de Vías Pecuarias de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Sevilla.

Agua

• No se otorgarán licencias para la construcción de ningún ediicio mientras no quede garantizado el caudal de agua necesario y la presión idónea para el desarrollo de su actividad, mediante el sistema de suministro municipal, y acreditada la garantía sanitaria de las aguas destinadas a consumo humano de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 928/1979, de 16 de marzo, sobre Garantías Sanitarias de los Abastecimientos de Agua con Destino al Consumo Humano.

• No se podrá ediicar hasta que los terrenos cuenten con conexión a las redes de abastecimiento y saneamiento, no admitiéndose con carácter general, el uso de pozos negros, fosas sépticas o el vertido directo de aguas residuales al terreno o a cauces.

• Las viviendas incorporarán, en la medida de lo posible, sistemas de

y mantenimiento de las especies vegetales (que tendrán que adecuarse a las características climáticas y del terreno de la zona) y la conservación y mejora del irme de las carreteras públicas que se utilizasen para el tránsito de maquinaria pesada.

- Se justiicará en el proyecto la necesidad del mantenimiento de los caminos trazados durante la fase de construcción, que en otro caso serán inmediatamente eliminados y restaurada la zona que ocupen.

• El citado plan de restauración ha de ejecutarse antes de la emisión del acta provisional de recepción de la obra. El promotor del proyecto remitirá al ayuntamiento, antes de dicho plazo, el documento que certiique la realización del plan de restauración referenciado.

• Las nuevas construcciones deberán ajustarse a las condiciones de ediicación y estética acorde con el paisaje urbano existente. Se utilizarán los materiales, colores y condiciones estéticas propios de la zona con el in de armonizar las nuevas áreas residenciales con las existentes.

- Se debe prestar especial atención al tratamiento de las traseras de las casas y naves industriales, considerándolas como fachadas; junto a ello, se deberá dar un especial tratamiento al arbolado urbano en los límites de la parcela.

- Cuando se produzca el derribo de cualquier inca urbana, será obligatorio el cerramiento de la misma, situándolo así mismo en la alineación oicial. Los solares se mantendrán limpios.

• El diseño de las luminarias empleadas para el alumbrado público

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112 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

• Se preverá la conexión entre los distintos espacios libres propuestos mediante carriles bicis o senderos peatonales arbolados. Se favorece de este modo la movilidad sostenible dentro del pueblo y la potenciación de las relaciones sociales entre los utreranos.

Para el abastecimiento energético de los parques rústicos se emplearán en lo posible energías alternativas.

5.5 RECOMENDACIONES

• Las actuaciones urbanizadoras deberán incluir la dotación de alumbrado público en las calles y espacios públicos, adecuada a las necesidades de iluminación según el tipo y función del espacio, y proyectada de acuerdo con las técnicas más adecuadas para evitar la contaminación lumínica del cielo nocturno. En el proyecto se tendrá en cuenta la adecuación de los elementos de alumbrado al entorno arquitectónico y urbano en el que se sitúen.

• Las luminarias empleadas en el alumbrado público serán de Vapor de Sodio e incorporarán dispositivos fotoeléctricos que regulen el encendido-apagado.

• Deberá garantizarse la no afección al dominio público, servidumbre o/y zonas de protección de las infraestructuras existentes en el territorio, solicitando para ello el informe pertinente al organismo competente con carácter previo a la fase de urbanización.

• En las instalaciones se establecerán zanjas comunes para servicios compatibles respetando las directrices reglamentarias.

• El diseño de calles, plazas y otros espacios públicos deberá adecuarse a las condiciones en cuanto a eliminación de barreras urbanísticas que establece el Decreto 72/92 de la Presidencia de la Junta de Andalucía (BOJA nº 44, de 24 de mayo).

Los viales se ajustarán en lo posible a los caminos y sendas actuales, no rompiendo de forma arbitraria la estructura de caminos y garantizando la continuidad de las tramas urbana y rural.

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113MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

- Dirección de Obra, durante la ejecución.

- Ayuntamiento, durante las obras y antes de la emisión del certiicado inal de obras o del acta de recepción provisional de las mismas.

- COPV, igualmente.

• Ediicaciones:

- Dirección de Obra.

- Ayuntamiento, durante las obras y antes de la emisión del certiicado inal de obras o del otorgamiento de la licencia de ocupación.

- COPV, igualmente.

- En ambos casos, si las obras afectaran a zonas de dominio público y sus áreas de protección, los entes titulares de las mismas podrán ejercer vigilancia del cumplimiento de las medidas relativas a esas zonas.

Vigilancia de las medidas relativas a las actividades afectadas a procedimientos de Prevención Ambiental conforme a la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Fines: veriicar el cumplimiento de todas las normas de carácter medioambiental que puedan establecerse en el P.G.O.U., especialmente las relativas a vertidos líquidos, emisiones a la atmósfera y depósitos y tratamiento de residuos sólidos.

con todos los condicionados ambientales incluidos en la Declaración de Impacto Ambiental. Remisión del Certiicado a la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente. Comprobación del organismo sustantivo, que en el supuesto de detectar anomalías, deberá instar al promotor a su corrección.

Responsables de Momento de Realizarla:

• P.G.O.U. y Planes de Sectorización:

- Ayuntamiento, antes de la aprobación provisional.

- Consejería de Obras Públicas y Vivienda (COPV), antes de la aprobación deinitiva.

• Planes Parciales, Proyectos de Urbanización o Documento Asimilable:

- Ayuntamiento, antes de su aprobación.

Vigilancia de las medidas que deberán adoptarse durante las fases de realización y inalización de las obras de urbanización y ediicación.

Fines: comprobar que se han adoptado todas las medidas correctoras y protectoras, así como los grados de eicacia de las mismas.

Acciones: inspección ocular; cuando se detecten desvíos o incumplimiento de medidas, deberán corregirse.

Responsables y Momento de Realizarla:

• Urbanizaciones:

la materia facultados para la autorización del Plan, sin perjuicio de la vigilancia que realice el organismo ambiental.

• En el supuesto del PGOU es la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, el órgano que lo aprueba deinitivamente, quien comprobará que el Plan incorpora la Declaración de Impacto Ambiental que se produzca y de constatar que se está aplicando conforme a las autorizaciones que se realicen. El órgano ambiental es la Consejería de Medio Ambiente.

• El Ayuntamiento de Utrera es el responsable de ejecutar las actuaciones a las que se obliga por este documento, mantener los registros y de informar a las Consejerías a solicitud de estas o a iniciativa propia de la evolución ambiental de la ejecución del PGOU.

• Otros órganos administrativos, dentro de sus competencias y funciones de vigilancia, podrán colaborar o participar en las funciones de vigilancia y control por su acción general o acuerdo especíico con cualquiera de las administraciones señaladas aquí como actores. Así, por ejemplo, la vigilancia de aquellas medidas que afecten a las zonas de dominio público y sus áreas de protección.

5.6.2. PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL

Vigilancia de las medidas a incluir en los documentos del P.G.O.U y de los planes de desarrollo del mismo

Fines: veriicar la adopción y adecuación de tales medidas en los documentos citados.

Acciones: Certiicación del Técnico Redactor de que el documento cumple

5.6.1. INTRODUCCIÓN

Una vez realizada la propuesta de medidas protectoras y correctoras del P.G.O.U., se debe establecer un sistema que garantice el cumplimiento de éstas, con arreglo a lo dispuesto en el R.D 1131/1988, de 30 de septiembre; en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto 292/1995, de 12 de diciembre.

No es tarea fácil diseñar un mecanismo de carácter apriorístico que consiga dicho objetivo, dadas las características inherentes a cualquier análisis predictivo, no ausente de cierta incertidumbre. Además, parece más propio de instancias ejecutivas o judiciales, con capacidad de coacción, establecer el citado sistema.

No obstante lo indicado en el párrafo anterior, será necesario (además de obligatorio) señalar una serie de criterios técnicos que permitan realizar un seguimiento y control por la Administración de las medidas establecidas en el Estudio de Impacto Ambiental. Estos criterios facilitarán un posterior análisis en cada fase del P.G.O.U que permitirá observar la evolución del desarrollo ambiental del Plan, la efectividad de las medidas establecidas o si se deben de adoptar nuevas medidas no previstas.

El presente Programa de Vigilancia Ambiental se diseña en base a las siguientes premisas:

Con arreglo a lo dispuesto en el Capítulo IV del R.D citado anteriormente, en el anexo II apartado B de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, el seguimiento y vigilancia del cumplimiento de lo que establezca la Declaración de Impacto Ambiental se realizará por los órganos competentes por razón de

5.6 MEDIDAS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO

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114 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

a. Las inspecciones de vertidos se realizarán mensualmente, especialmente en aquellas zonas que por las actividades que se realicen o por su carácter de trasera y cercanía a áreas urbanizadas sean susceptibles de recibir vertidos.

b. Las visitas de control de abonado se realizarán especialmente en las épocas de aplicación para cada tipo de cultivo.

c. La toma de muestras de agua subterránea para su posterior análisis se realizará, en zonas potencialmente contaminadas y vulnerables, al menos una vez al trimestre.

d. Los programas de actuación se revisarán, al menos, cada cuatro años, y se modiicarán si fuera necesario.

Responsable:

• Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación; Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente;

• Ayuntamiento de Utrera.

Vigilancia de las medidas relativas a las parcelaciones urbanísticas en S.N.U.

Fines: comprobar que no se implanten usos residenciales marginales en Suelo No Urbanizable.

Acciones: inspección ocular; cuando se detecten desvíos o incumplimiento de medidas, deberán corregirse.

Acciones: revisión de documentos y comprobación periódicamente de la limpieza de los principales cauces que cruzan el municipio.

Frecuencia: la operación se realizará anualmente, justo antes del comienzo de la época de lluvias (septiembre-octubre).

Responsable: El Ayuntamiento que podrá solicitar apoyo a la Confederación Hidrográica del Guadalquivir.

Vigilancia de las medidas relativas a la protección de las aguas subterráneas

Fines: Proteger las aguas subterráneas del término municipal frente a posibles agentes contaminantes de origen agrícola, industrial o doméstico.

Acciones:

a. Vigilar que no se realicen vertidos directos a los cauces o al terreno, así como el establecimiento de vertederos de residuos, y otros usos potencialmente contaminantes de las aguas subterráneas.

b. Establecer una vigilancia de las dosis de abonado aplicadas por los agricultores.

c. Tomar muestras de agua subterránea para determinar el grado de contaminación que presentan.

d. Promover la utilización de abonados orgánicos y fomentar la agricultura ecológica.

Frecuencia:

Fines: Veriicar el cumplimiento de todas las Normas contenidas en la Ley 3/1995, del 23 de marzo, de Vías Pecuarias; y en el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por D.155/1998, de 21 de julio, contenidas en este documento.

Acciones:

a. Establecer una vigilancia de todas las vías pecuarias del municipio y recuperar su espacio legal para uso público.

b. Promover el deslinde de las vías existentes en el término municipal.

c. Proceder a la señalización de las mismas.

d. Garantizar la realización del programa y acciones de cumplimiento con la modiicación de trazado de las vías pecuarias.

Frecuencia:

Las visitas de control se realizarán trimestralmente.

Responsable: Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Utrera con apoyo de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente.

Vigilancia de las medidas relativas al drenaje supericial

Fines: comprobar la inclusión en los proyectos de los drenajes adecuados y evitar que distintos tipos de residuos, acarreados por el agua o no, entorpezcan el correcto lujo de la escorrentía supericial ocasionando desbordamientos de los cauces naturales.

Acciones: Para actividades de nueva implantación, sujetas o no a Caliicación Ambiental: evaluación del Proyecto técnico y comprobación de la adopción de las medidas y del grado de eicacia de las mismas.

Responsables y Momento de Realizarla:

• Ayuntamiento, al informar el Proyecto técnico durante el procedimiento de Caliicación Ambiental, o en su caso antes de otorgar la licencia de obra e instalación.

• COPV, si ha de autorizar la implantación en suelo no urbanizable, antes de la resolución.

• Comisión Interdepartamental Provincial, durante el procedimiento de Informe Ambiental.

Vigilancia de las medidas relativas a residuos urbanos e inertes.

Fines: controlar la inexistencia de depósitos o vertederos incontrolados y corregir posibles impactos negativos.

Acciones: inspección periódica, y en su caso, limpieza y recuperación de uso del suelo.

Frecuencia: mensual.

Responsable: Ayuntamiento.

Vigilancia de las medidas relativas a la protección de Vías Pecuarias

APROBADO POR EL PLENO DE LACORPORACIÓN EN SESIÓN ORDINARIA

CELEBRADA EN UTRERA A JUEVES 16 DEABRIL DE 2015

El Secretario General.-JUAN BORREGO LOPEZ

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115MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

Lista de indicadores

Medio Natural

Usos del suelo

Distribución de los usos del suelo.

Nº de núcleos de población.

Bienes Protegidos del territorio

Supericie de los espacios naturales protegidos (% de la supericie total del término).

Km de Vías Pecuarias.

Riesgos Naturales

Supericie afectada por una erosión alta o muy alta.

Medio Urbano

El ciclo del Agua

Consumo de agua

Consumo anual de agua per cápita.

Porcentaje de pérdidas teóricas de agua urbana.

Porcentaje de viviendas con contadores individuales y/o sistemas economizadores de agua.

Proyectos de jardinería mediterránea.

Ordenanza municipal para el ahorro de agua.

Depuración y tratamiento de agua residual urbana

Grado de cobertura de las instalaciones de aguas residuales urbanas.

Porcentaje de vertidos depurados respecto a los vertidos totales.

Porcentaje de vertidos con sistemas de depuración terciaria.

Reutilización de aguas residuales urbanas

Porcentaje de reutilización de aguas residuales urbanas por tipología de destino.

Porcentaje de aprovechamiento de lodos de aguas residuales para valorización energética o agrícola.

Residuos urbanos

Generación de residuos

Desviación de la generación de residuos urbanos per cápita del municipio respecto a la media provincial.

Sistema de tratamientos de residuos

Porcentaje de población servida por vertederos controlados.

Inspección durante la ejecución de las obras que se lleven a cabo en suelo urbano y urbanizable.

Frecuencia: mensual.

Responsable: Ayuntamiento de Utrera.

Seguimiento de las metas ambientales que se plantean en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Fines: establecer una lista de indicadores susceptibles de establecer la situación ambiental general del municipio, de cada área y de los efectos de la acciones puestas en marcha por el PGOU.

Acciones: comprobación periódica de la evolución de los diferentes parámetros.

Frecuencia: datos trimestrales como mínimo de todos los parámetros e informe anual general de evaluación. Cada cinco años se realizará una evaluación y corrección en cada caso.

Responsable: Ayuntamiento.

Vigilancia de las medidas relativas a la preservación de zonas arqueológicas.

Fines: preservar y proteger las Zonas Arqueológicas del municipio de Utrera de las posibles incidencias ocasionadas por usos o actividades que se registren en sus inmediaciones.

Acciones: inspección periódica para asegurar la no afección del yacimiento.

Frecuencia: trimestral.

Responsable:

• Delegación Provincial de Cultura y Ayuntamiento.

• La Consejería de Cultura podrá ampliar el perímetro de protección de los yacimientos detectados si lo considera necesario, como así también incorporar al inventario de yacimientos arqueológicos nuevas zonas que se descubran. En este sentido, el Ayuntamiento participará en la confección y actualización del inventario de yacimientos arqueológicos y de los bienes de interés histórico-artísticos del municipio.

Vigilancia de las medidas relativas a las emisiones a la atmósfera

Fines: controlar que las emisiones a la atmósfera de elementos radioactivos, polvo y gases no sean superiores a los establecidos en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y en el Reglamento de Calidad del Aire.

Acciones: inspección periódica de las industrias radicadas en el municipio.

Responsables Y Momento De Realizarla:

El Ayuntamiento deberá vigilar celosamente cualquier tipo de nueva implantación de urbanización en Suelo No Urbanizable, para detener lo antes posible la ejecución de las obras previa sanción económica a la entidad promotora de la misma.

Si las obras afectaran a zonas de Dominio Público y sus áreas de protección, los entes titulares de las mismas ejercerán la vigilancia del cumplimiento de las medidas relativas a esas zonas.

Vigilancia de las medidas relativas a las emisiones de ruidos.

Fines: comprobar que los niveles de contaminación acústica y vibratoria no sobrepasen los límites marcados por la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y el Reglamento de Calidad del Aire.

Acciones: inspección periódica de zonas donde se detecten desvíos o incumplimiento de medidas, o bien existan quejas al respecto por parte de los vecinos.

Frecuencia:

a. mensual en las zonas de nueva construcción, durante el tiempo que duren las obras.

b. mensual en las áreas industriales próximas a zonas residenciales.

Responsable: Ayuntamiento de Utrera.

APROBADO POR EL PLENO DE LACORPORACIÓN EN SESIÓN ORDINARIA

CELEBRADA EN UTRERA A JUEVES 16 DEABRIL DE 2015

El Secretario General.-JUAN BORREGO LOPEZ

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116 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

d o c u m e n t o p a r a a p r o b a c i ó n d e f i n i t i v a

Ratio de carriles-bici por mil habitantes en el municipio.

Grado de peatonalización

Porcentaje de calles con prioridad para peatones.

Implantación de medidas para el fomento de modos de transporte sostenible

Grado de implantación de medidas para fomentar modos de transporte sostenible.

Medio Socio-Económico

Población y territorio

Evolución de la población

Evolución de la población que vive en el municipio. Incremento relativo de la población

Ocupación urbana del suelo

Porcentaje de supericie urbana y urbanizable respecto a la supericie total del municipio y la densidad de población.

Número de licencias concedidas para la rehabilitación de viviendas.

Educación ambiental, Comunicación y Participación ciudadana

Actividades de educación ambiental y comunicación

Número de equipamientos dedicados a la educación ambiental y a la comunicación.

Programación estable y continuada de educación ambiental y comunicación.

Número y diversidad de campañas de sensibilización para la adopción de buenas prácticas ambientales.

Porcentaje de población escolar que accede a programas de educación ambiental organizados por el Ayuntamiento.

Porcentaje de población receptora de campañas de sensibilización para la adopción de buenas prácticas ambientales

Participación ciudadana en temas ambientales

Consejo Local de Medio Ambiente.

Ratio de asociaciones y ONGs por cada 1000 habitantes.

Espacios municipales de valor natural y/o paisajístico

Recursos paisajísticos en el medio natural, según usos del suelo (forestal arbolado, forestal desarbolado y vegetación natural, zonas húmedas, etc.).

Restauración de áreas paisajísticas de entornos urbanos.

Supericie de áreas paisajísticas recuperadas respecto al total de áreas degradadas.

Programas de integración de infraestructuras con impacto paisajístico signiicativo.

Paisajes de alto valor histórico

Grado de conservación de ediicios antiguos singulares: número de ayudas a la rehabilitación.

Zonas verdes y espacios libres

Dotación de zonas verdes

Metros cuadrados de zonas verdes por habitante en la ciudad.

Desviación al estándar legal de 5 m2/habitante de la dotación de zonas verdes de la ciudad.

Metros cuadrados de zonas verdes respeto al número total de viviendas.

Recursos relacionados con la gestión y el mantenimiento de las zonas verdes

Fórmulas de mantenimiento de zonas verdes: tipo de agua suministrada para riego (potable/no potable) y sistema de riego empleado.

Recursos para el mantenimiento de las zonas verdes.

Flora y fauna urbana

Número de árboles por habitante en la ciudad.

Ordenanza Municipal de Arbolado Urbano.

Porcentaje de especies autóctonas de vegetación.

Conservación de la fauna

Inspecciones realizadas sobre especies de inmaduros, exóticas o protegidas.

Superpoblación de especies

Control de superpoblación de especies.

Grado de población de la lora y la fauna urbanas

Porcentaje de ediicios rehabilitados con medidas para la protección de aves.

Movilidad urbano

Dotación de autobuses públicos

Ratio de autobuses públicos por habitante en el municipio.

Dotación de carriles bici

Porcentaje de población que utiliza plantas de recuperación y compostaje.

Recogida selectiva de residuos

Grado de cobertura del parque de contenedores para la recogida selectiva por tipologías de residuos.

Recogida selectiva por fracciones reciclables.

Ratio de punto limpio por habitante.

Número de entradas en punto limpio por habitante y año.

Energía

Consumo de energía eléctrica

Consumo doméstico de electricidad por mil habitantes y año. Incremento.

Número de conexiones a la red de gas natural.

Ahorro y eiciencia energética

Porcentaje de ediicios que han conseguido el certiicado de eiciencia energética respecto al total de ediicios.

Ratio de paneles solares por 1000 habitantes.

Porcentaje de ediicios públicos que utilizan algún tipo de energía renovable respecto al total de ediicios públicos.

Ordenanza municipal para el uso racional y eiciente de la energía.

Calidad del aire

Valoración global de la calidad del aire

Número de días al año con caliicaciones regular, mala o muy mala en la valoración global de la calidad de la atmósfera en el municipio.

Caliicación de la calidad del aire según contaminantes

Número de veces al año que se supera el umbral de protección de la salud humana y el umbral de información a la población para el ozono.

Ruido

Actuaciones contra la contaminación acústica

Declaración de zonas de saturación acústica.

Mapas Acústicos.

Incremento del número de sanciones a motos.

Regulación municipal para la prevención de ruidos y vibraciones

Ordenanzas sobre ruidos y vibraciones.

Paisaje urbano

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117MEDIDAS CORRECTORAS Y PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UTRERA

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