perú: sistema normativo laboral y derechos fundamentales en el trabajo lima, 28 de julio de 2004

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  • Diapositiva 1
  • Per: Sistema Normativo Laboral y Derechos Fundamentales en el trabajo Lima, 28 de julio de 2004
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  • Sistema de fuentes Poder Legislativo: Congreso. Promulga leyes Poder Ejecutivo: Presidente y Consejo de Ministros. Ejecuta las leyes y las reglamenta. Promulga leyes por delegacin expresa del Congreso y leyes de urgencia en materia econmica y financiera Poder Judicial: Corte Suprema, Cortes Superiores y Juzgados. Resuelve conflictos de derecho. Anula reglamentos ilegales. Tribunal Constitucional: Intrprete mximo de la Constitucin. Resuelve conflictos constitucionales. Anula leyes inconstitucionales.
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  • Sistema de fuentes NIVELNORMAS Constitucional Constitucin Tratado sobre derechos humanos Primario Tratado Ley Decreto legislativo Decreto de urgencia Sentencia anulatoria del Tribunal Constitucional Secundario Reglamento Sentencia anulatoria del Poder Judicial Terciario Convenio colectivo Reglamento interno de trabajo Costumbre
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  • Constitucin Consagra los siguientes derechos laborales: Libertad de trabajo Proteccin especial al nio y adolescente Igualdad ante la ley, de trato y de oportunidades Sindicacin, negociacin colectiva y huelga Estos derechos han sido reconocidos por la OIT como principios fundamentales del trabajo
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  • Constitucin Consagra adems los siguientes derechos: Remuneracin mnima Jornada mxima de 8 horas diarias o 48 horas semanales Adecuada proteccin frente al despido arbitrario Participacin en las utilidades de la empresa Seguridad social universal y progresiva
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  • Tratados internacionales Los tratados, como los Convenios OIT y dems tratados de derechos humanos, una vez ratificados, son exigibles sin necesidad de un posterior desarrollo legislativo El Per ha ratificado 65 Convenios OIT, incluidos los 8 convenios fundamentales Ha ratificado adems la Declaracin Universal de Derechos Humanos, la Convencin Americana de Derechos Humanos y su Protocolo Adicional, y el Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales
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  • Ley y reglamento Las relaciones individuales de trabajo se encuentran reguladas por el Texto nico Ordenado del Decreto Legislativo 728 Ley de Fomento del Empleo, y su reglamento Las relaciones colectivas de trabajo se encuentran reguladas por el Texto nico Ordenado del Decreto Ley 25593, Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, y su reglamento Adems, hay leyes que regulan la jornada de trabajo, los descansos semanales, en das feriados y vacacionales, y otros beneficios
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  • Relaciones individuales de trabajo Contratacin laboral A plazo indefinido A plazo definido: sujeta a causas (nueva actividad productiva, incremento coyuntural de la demanda, suplencia, etc.) Jornada completa Jornada parcial: no se encuentra sujeta a causa alguna, pero si es menor a cuatro horas diarias en promedio, el trabajador no goza de ciertos derechos laborales
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  • Relaciones individuales de trabajo Causas de extincin del contrato de trabajo Renuncia del trabajador Fin del contrato a plazo definido Invalidez absoluta permanente Muerte Jubilacin Despido individual Cese colectivo
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  • Relaciones individuales de trabajo Despido Se justifica por causas relacionadas con la capacidad o conducta del trabajador establecidas por ley El despido arbitrario: si la causa no se prueba, otorga al trabajador derecho a una indemnizacin El despido nulo: si la causa es el ejercicio de la libertad sindical, la presentacin de una queja contra el empleador ante autoridades competentes, la discriminacin o el embarazo, otorga al trabajador derecho a su reposicin y a las remuneraciones dejadas de percibir
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  • Relaciones individuales de trabajo Cese colectivo Se justifica por causas objetivas relacionadas con el caso fortuito, la fuerza mayor, motivos econmicos, tecnolgicos, estructurales o anlogos, la disolucin y liquidacin de la empresa, la quiebra, y la reestructuracin patrimonial En los casos de caso fortuito, fuerza mayor, y motivos econmicos, tecnolgicos, estructurales o anlogos, se requiere de verificacin previa del Ministerio de Trabajo
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  • Relaciones individuales de trabajo Existen leyes especiales que regulan las relaciones de trabajo de los trabajadores del sector pblico, adolescentes, en formacin, extranjeros, domsticos, agrcolas, mineros, portuarios, obreros de construccin, profesores, periodistas, artistas, deportistas y trabajadores de micro y pequeas empresas
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  • Relaciones colectivas de trabajo Sindicacin Los trabajadores tienen derecho a constituir organizaciones sindicales de: empresa gremio rama de actividad Los trabajadores tienen derecho a afiliarse, no afiliarse o desafiliarse a las organizaciones sindicales
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  • Relaciones colectivas de trabajo Negociacin colectiva Las organizaciones sindicales o los trabajadores a travs de representantes negocian con el empleador las condiciones de las relaciones de trabajo La negociacin colectiva se realiza por etapas: presentacin del pliego de reclamos, negociacin directa, arbitraje y huelga
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  • Relaciones colectivas de trabajo Convenio colectivo La negociacin colectiva culmina por acuerdo de partes o intervencin de tercero (un arbitro elegido por las partes, o el Ministerio de Trabajo, en caso de huelga larga o violenta) El convenio colectivo vincula a las partes y regula las relaciones de trabajo sin necesidad de incorporarse al contrato de trabajo El laudo arbitral o la resolucin del Ministerio de Trabajo tienen los mismos efectos
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  • Sistema de justicia Procedimiento laboral ordinario Atiende demandas en materia laboral a travs de juzgados especializados Garantiza doble instancia. Las resoluciones de juzgado pueden ser apeladas ante la Corte Superior La Corte Suprema garantiza la correcta aplicacin de la legislacin laboral en las resoluciones de la Corte Superior y unifica la jurisprudencia laboral
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  • Sistema de justicia Procedimiento constitucional Atiende demandas de violacin de derechos constitucionales a travs de juzgados civiles Garantiza doble instancia. Las resoluciones de juzgado que no amparen el derecho vulnerado pueden ser apeladas ante la Corte Superior El Tribunal Constitucional acta como ltima instancia si la Corte Superior no ampara el derecho
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  • La Administracin Laboral Competencia del Ministerio de Trabajo Reglamentar las normas de trabajo y seguridad y salud en el trabajo Verificar el cumplimiento de las normas de trabajo y seguridad y salud en el trabajo Fomentar el ejercicio efectivo de los derechos laborales Promover el empleo, en especial de la poblacin con dificultad de acceso al empleo, y la constitucin de micro y pequeas empresas
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  • La Administracin Laboral
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  • Inspeccin de Trabajo La verificacin administrativa del cumplimiento de las normas laborales se realiza a travs de visitas de inspeccin a las empresas
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  • La Administracin Laboral Los inspectores de trabajo tienen las siguientes facultades: Ingresar a los centros de trabajo Interrogar a los trabajadores Realizar investigaciones, solicitar documentos y obtener pruebas Disponer correcciones inmediatas
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  • La Administracin Laboral La visita de inspeccin puede ser: Programada: de acuerdo a los planes del Ministerio de Trabajo, para verificar el cumplimiento general de las normas laborales, de seguridad o de salud en el trabajo Especial: a pedido del trabajador, el empleador, la organizacin sindical, autoridad administrativa o judicial, o tercero con legtimo inters, para verificar hechos relacionados con el incumplimiento de normas laborales, de seguridad o de salud en el trabajo A iniciativa del inspector de trabajo: ante hechos que pongan en peligro la integridad fsica, la salud o la seguridad de los trabajadores
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  • La Administracin Laboral El Ministerio de Trabajo puede imponer sanciones econmicas por: Obstruccin, abandono o inasistencia durante la visita de inspeccin Incumplimiento de normas laborales, de seguridad o de salud El monto de la sancin depende de tres factores: la gravedad del incumplimiento, el nmero de trabajadores afectados, y la reincidencia
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  • La Administracin Laboral Denuncia de ofertas de empleo discriminadoras El Ministerio de Trabajo puede imponer sanciones econmicas por realizar ofertas de empleo discriminadoras La denuncia puede ser de oficio o a pedido de parte
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  • La Administracin Laboral Trabajo de menores El Ministerio de Trabajo autoriza el trabajo de los adolescentes y promueve la proteccin de los derechos del menor de edad y la erradicacin del trabajo infantil
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  • La Administracin Laboral Otros servicios El Ministerio de Trabajo ofrece adems: Servicios de defensa y conciliacin gratuitas a los trabajadores Servicios de asesora gratuita por va telefnica, fax o por correo electrnico a los trabajadores y empleadores Programas de promocin de empleo (mujeres, jvenes, discapacitados) y de constitucin de micro y pequeas empresas
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  • La Administracin Laboral Consejo Nacional de Trabajo rgano consultivo del Ministerio de Trabajo conformado por el Ministro, representantes de los trabajadores, de los empleadores y de organizaciones sociales representativas Debate actualmente un proyecto de Ley General de Trabajo Debati la reforma de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo que levant las observaciones de la OIT
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  • Principios y derechos fundamentales en el trabajo El Per ha ratificado todos los convenios relativos a los principios y derechos fundamentales en el trabajo Los convenios de la OIT ratificados sirven de criterios de interpretacin de los derechos constitucionales sobre las mismas materias
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  • Libertad de asociacin, libertad sindical y derecho de negociacin colectiva Normativa La Constitucin establece la obligacin del Estado de garantizar la libertad sindical, fomentar la negociacin colectiva y regular la huelga La Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo regula los derechos colectivos
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  • Libertad de asociacin, libertad sindical y derecho de negociacin colectiva Aplicacin La reciente reforma de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo ha levantado 14 de la 16 observaciones del CLS-OIT. El Ministerio de Trabajo prepara proyectos de Ley y Reglamento que levantan las observaciones pendientes Las tasas de sindicacin y la cobertura de la negociacin colectiva dan signos de recuperacin El Ministerio de Trabajo asume la labor de control de cumplimiento de los convenios colectivos
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  • Abolicin del trabajo infantil Normativa La Constitucin establece la obligacin estatal de dar proteccin y atencin prioritaria al menor que trabaja La legislacin establece la edad mnima de 14 aos para el trabajo de menores y de 12 aos slo en caso que la labor no ponga en riesgo la salud o integridad fsica o moral La legislacin establece sanciones penales en el caso de explotacin sexual de menores El control de cumplimiento de estas normas corresponde a diversas instancias estatales
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  • Abolicin del trabajo infantil Aplicacin Direccin de Proteccin del Menor y de Seguridad y Salud en el Trabajo: otorga las autorizaciones de trabajo adolescente y supervisa el cumplimiento de la normatividad del adolescente trabajador Plan Nacional de Accin por la infancia: beneficia a menores con acciones de desarrollo personal, actividades recreativas, formativas y de reinsercin familiar
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  • Eliminacin del trabajo forzoso u obligatorio Normativa La Constitucin de 1993 reconoce la libertad de Trabajo y seala que nadie est obligado a prestar trabajo sin retribucin y sin su consentimiento La legislacin impone sanciones penales a quien vulnera la libertad de trabajo y regula las excepciones admitidas por los convenios OIT
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  • Eliminacin del trabajo forzoso u obligatorio Aplicacin El Per ha llevado a cabo diversas acciones para levantar las 4 observaciones realizadas por la OIT: Ha modificado el Cdigo de Ejecucin Penal en lo referido al trabajo de los internos procesados La OIT ha tomado nota de las acciones llevadas a cabo por el Per para la erradicacin del trabajo forzoso, en particular las referidas a operativos de inspeccin
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  • Eliminacin de la discriminacin en materia de empleo y ocupacin Normativa La Constitucin consagra el principio de igualdad y prohbe la discriminacin por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religin, opinin, condicin econmica o de cualquiera otra ndole La legislacin penal y laboral sancionan los actos discriminadores, incluido el acoso sexual El control de cumplimiento de las normas que prohben la discriminacin en las ofertas de empleo corresponde al Ministerio de Trabajo
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  • Eliminacin de la discriminacin en materia de empleo y ocupacin Aplicacin El Ministerio de Trabajo ha implementado diversos programas que buscan promover la igualdad de oportunidades en el empleo A Trabajar Urbano: 175 mil empleos temporales para jefes de hogar con responsabilidades familiares PROFECE: 37,024 empleos temporales para mujeres PRO Joven: 32,000 jvenes capacitados Red CIL Pro Empleo: intermedia y brinda informacin para la bsqueda de empleo a sectores vulnerables
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  • Otras condiciones de trabajo Normativa La Constitucin establece: Una jornada ordinaria mxima de 8 horas diarios y 48 semanales El derecho a una remuneracin equitativa y suficiente, la prioridad de los crditos laborales y la fijacin de la remuneracin mnima vital (RMV) con participacin de trabajadores y empleadores El derecho de toda persona a la vida y a la salud
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  • Otras condiciones de trabajo Normativa La legislacin establece: En materia de jornada el pago de una sobretasa por horas extras (35% y25%) y una remuneracin mnima para trabajo nocturno La RMV debe ser fijada en el Consejo Nacional del Trabajo, instancia consultiva del MTPE de carcter tripartito. Actualmente la RMV asciende a S/. 460.00 Normas sectoriales regulan la seguridad y salud en el trabajo (industrias, minera y construccin). La seguridad social establece reparaciones
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  • Otras condiciones de trabajo Normativa Se ha ratificado el "Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo" (IA-SST), que procura la proteccin de la seguridad y la salud en el centro de trabajo y se prepara un proyecto de ley que regula condiciones uniformes en materia de salud y seguridad en el trabajo
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  • Otras condiciones de trabajo Situacin Existen comentarios de OIT pendientes de levantar en materia de elevacin de la jornada y reglamentacin de la atribucin del CNT de fijar la RMV Tambin se recomienda ampliar la cobertura de la inspeccin del trabajo y su especializacin por materia. Existen 200 inspectores para 1400,000 asalariados
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  • Efectividad de los derechos fundamentales y mejora de las condiciones de trabajo Estrategia: hacer efectivo el derecho de los trabajadores a gozar de condiciones de trabajo adecuadas Fortalecimiento de la Inspeccin del Trabajo: ampliacin de la cobertura y especializacin de la funcin inspectiva. Coordinacin con otros entes fiscalizadores Acciones de fomento de las buenas prcticas laborales: Plan Nacional de fomento del trabajo decente y la competitividad empresarial Mayor difusin de la normativa laboral