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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO 1 PERFIL FORESTAL DE VENEZUELA 2016 Elaborado por el Ing. For. Denny Rosales

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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PERFIL FORESTAL DE VENEZUELA

2016

Elaborado por el Ing. For. Denny Rosales

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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i. IntroducciónLa República Bolivariana de Venezuela, situada en el norte de

Sudamérica, con una superficie total de 91,6 millones de hectáreas,

limita con Colombia, Brasil y Guyana.

Su población es de aproximadamente 31,6 millones de habitantes,

siendo el 85% población urbana.

El pais tiene tres regiones geográficas bien definidas: la región

montañosa formada por la Coordillera de Los Andes en el Occidente

y la Coordillera de la Costa en el Norte; Los Llanos en la región central

y oriental al norte del río Orinoco y el Macizo Guayanés al Sur del

mismo río, en donde se encuentran la mayoría de los bosques en la

región Amazónica.

ii. Zona ForestalVenezuela es un país privilegiado, que cuenta con una superficie

boscosa de 50 millones de hectáreas, cubierto casi en un 50% por

bosques tropicales, concentrándose en los estados Bolívar, Amazonas

y Delta Amacuro, con un 75% de superficie forestal. De esta superficie

total, 29 millones de hectáreas presentan características que la

definen como bosques con potencialidad productora, con un

volumen de madera estimado en 6.700 millones de metros cúbicos,

de las cuales 3.500 millones corresponden a especies potencialmente

aptas para el mercado.

De estas 29 millones de hectáreas, 15 millones han sido decretados

para la producción forestal permanente en forma sustentable, en

Reservas Forestales, Lotes Boscosos y áreas boscosas bajo protección.

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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Venezuela posee adicionalmente unos 28 millones de hectáreas

decretadas como zonas protectoras, reservas de biósfera, parques

nacionales, monumentos naturales, lo que representa un 30% de la

superficie del país.

Los estados con baja proporción de bosques son Apure, Cojedes,

Monagas y Anzoátegui en los Llanos, y Carabobo, Lara y Nueva

Esparta, en el centro y el norte del país. Las demás regionales tienen

una proporción boscosa moderada.

En el país se padecen los efectos de la tala, quema,

aprovechamiento y uso indiscriminado de las tierras y explotaciones

ilegales de madera, por ello, en la Gaceta Oficial N° 40.222, de fecha

6 de agosto de 2013, fue publicada la “Ley de Bosques”, con la

finalidad de garantizar la conservación de los bosques y demás

componentes del patrimonio forestal y otras formas de vegetación

silvestre no arbórea, estableciendo los preceptos que rigen el acceso

y manejo de estos recursos naturales, en función de los intereses

actuales y futuros de la Nación, bajo los lineamientos del desarrollo

sustentable y endógeno.

Asimismo, en el artículo 5.2.1 de la Ley Plan de la Patria 2013-2019, se

estableció que se debe promover acciones en el ámbito nacional e

internacional para la protección, conservación y gestión sustentable

de áreas estratégicas, tales como fuentes y reservorios de agua dulce

(superficial y subterránea), cuencas hidrográficas, diversidad

biológica, mares, océanos y bosques.

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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Se han implementado diferentes estrategias para la protección de los

bosques y las cuencas en el país, con acciones como la creación del

Cuerpo Civil de Guardaparques, que a través del Instituto Nacional

de Parques (Inparques), tienen el compromiso de resguardar las áreas

protegidas por el Estado, generando sanciones que desmotivarán a

quienes intenten hacer mal uso de dichos espacios naturales.

Otra de las estrategias implementadas, es la puesta en marcha del

Plan Nacional “Sembrando el Agua Preservamos la Vida”. Este

proyecto está destinado a la producción de agua en las cuencas y

nacientes de los ríos mediante la plantación de especies forestales,

que permitirán la preservación de las zonas selváticas, incluyendo la

participación directa del Poder Popular, las brigadas ambientales,

guías ambientales y pequeños guardaparques.

Las estrategias son implementadas con el objetivo de orientar hacia

un nuevo modelo de desarrollo forestal, en el cual se promueva lo

colectivo y no lo individual, abriendo un espacio para que las

comunidades participen en el desarrollo de la gestión forestal,

sensibilizándolos en cuanto al cuidado de los bienes naturales para las

generaciones futuras

iii. Política Forestal.“El objetivo fundamental de la Política Forestal Venezolana, es la

conservación de los ecosistemas forestales y su desarrollo sustentable

para la producción de los bienes y servicios, pero privilegiando al

bosque como ser vivo y no una mercancía”.

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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Esta aseveración está fundamentada en la Gestión Bolivariana

Socialista (Plan de la Patria 2013-2019), que establece en su Quinto

Objetivo Histórico “Contribuir con la Preservación de la Vida en el

Planeta y la Salvación de la Especie Humana”.

La renovación de la Ley de Bosques, el relanzamiento de la Empresa

Nacional Forestal y el reimpulso de la Misión Árbol, son acciones

impulsadas por el Estado, destinadas a recuperar y conservar la

superficie boscosa venezolana, apoyados en los principios de

corresponsabilidad y participación popular.

iv. Aspectos InstitucionalesCon la eliminación de concesiones forestales, decretos sobre rangos

de cortabilidad y protección de árboles semilleros, además de la

puesta en marcha de la Empresa Nacional Forestal Socialista, el

Gobierno Nacional impulsó la nueva gestión para el manejo del

patrimonio forestal del país.

Se trata de “una visión integral desde el punto de vista ambiental, que

busca no alterar las condiciones naturales en un grado tal que

impliquen un riesgo para el mismo ecosistema”.

Venezuela cuenta en la actualidad con más de 16 millones de

hectáreas para la producción forestal, ubicadas en reservas, áreas de

vocación forestal y lotes boscosos.

Entre las reservas más importantes destaca la Reserva Forestal de

Ticoporo, en Barinas, que cuenta con una extensión de 187 mil

hectáreas y que hace un poco más de 30 años estaba poblada con

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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árboles de grandes magnitudes y una fauna diversa, pero debido a la

supuesta administración irresponsable de los permisos y la ausencia

del Estado en el área, transformaron su uso y destruyeron su principal

recurso.

El Gobierno Nacional ha avanzado en diversas políticas de control,

conservación y de protección, con mayor enfoque al norte del

Orinoco, donde se eliminaron las concesiones forestales, y en la

Reserva Forestal de Ticoporo.

Con la creación de la Empresa Nacional Forestal Socialista se

inspeccionará, bajo un esquema socialista de desarrollo sustentable,

los bienes maderables y no maderables de los bosques del país.

Esta empresa tiene entre sus misiones orientar a las comunidades

presentes en el área contentivas del patrimonio forestal en el buen uso

de esos recursos, garantizando la satisfacción de las necesidades

económicas, sociales y la conservación del ambiente.

La creación del nuevo Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo

y Aguas quedó oficializada con la publicación en la Gaceta Oficial

de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.634, del Decreto

Presidencial 1.701.

El Ministerio de Ecosocialismo y Aguas tendrá como competencia el

“ecosocialismo ambiental; agua potable, aguas servidas y

saneamiento ambiental; cuencas hidrográficas, recursos hídricos y

embalses; la planificación y ordenación del territorio; los recursos

naturales y la diversidad biológica; los recursos forestales; así como el

manejo integral ecosocialista de desechos y residuos”. Tendrá 24

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entes adscritos y tres viceministerios: de Gestión Ecosocialista del

Ambiente; de Gestión Ecosocialista de Aguas; de Manejo

Ecosocialista de Desechos Sólidos.

La gestión que antes ejercia Seforven - MARNR, ahora es ejercida por

la Dirección General de Patrimonio Forestal del Ministerio del Poder

Popular para el Ecosocialismo y Aguas.

v. Marco JurídicoCon la promulgación del Decreto Nº 1.701 de fecha 07 de abril del

presente año, a través del cual se creó el Ministerio del Poder Popular

para Ecosocialismo y Aguas, se emprendió la reforma de la

administración ambiental a nivel nacional.

Esta nueva institución, que nace con el reto de introducir la

conciencia ambiental en el modelo alternativo de desarrollo

diseñado en el Plan de la Patria (esto es, el ecosocialismo), tiene como

una de sus tareas principales, el suministro de información ambiental

al público en general.

Leyes, reglamentos, decretos y normas:

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Capitulo IX De los derechos ambientales, artículos 127, 128, 129.

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No.

5.908 Extraordinario de fecha 19 de febrero de 2009.

Plan de la Patria, proyecto Nacional Simón Bolívar, Segundo

Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación

2013-2019. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de

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Venezuela No. 6.118 Extraordinario de fecha 4 de diciembre de

2013.

Ley de Protección a la Fauna Silvestre, publicada en la Gaceta

Oficial de la República de Venezuela No. 29.289 de fecha 11 de

Agosto de 1970.

Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario,

publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de

Venezuela No. 5.991 Extraordinario de fecha 29 de Julio de 2010.

Decreto, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la

Administración Pública No. 1.424 de fecha 17 de noviembre de

2014, publicada en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela No. 6.147 Extraordinario de fecha 17

de noviembre de 2014.

Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos,

publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de

Venezuela No. 5.554 Extraordinario de fecha 13 de noviembre

de 2001.

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley

Orgánica de Planificación Pública y Popular No. 1.406 de fecha

13 de noviembre de 2014, publicada en la Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela No. 6.148 Extraordinario de

fecha 18 de noviembre de 2014.

Ley de Zonas Costeras, publicada en la Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela No. 37.349 de fecha 19 de

diciembre de 2001.

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de los

Espacios Acuáticos No. 1.446 de fecha 17 de noviembre de

2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela No. 6.153 Extraordinario de fecha 18

de noviembre de 2014.

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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Decreto, con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la

Ley de Pesca y Acuicultura No. 1.408 de fecha 13 de noviembre

de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela No. 6.150 Extraordinario de fecha 18

de noviembre de 2014.

Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público

Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela No. 6.015 Extraordinario de fecha 28

de diciembre de 2010.

Ley Orgánica del Ambiente, publicada en la Gaceta Oficial de

la República Bolivariana de Venezuela No. 5.833 Extraordinario

de fecha 22 de diciembre de 2006.

Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Prestación

de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento, publicada

en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

No. 38.763 de fecha 6 de septiembre de 2007.

Ley de Bosques, publicada en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela No. 40.222 de fecha 6 de agosto de

2013.

Ley de Gestión de la Diversidad Biológica, publicada en la

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No.

39.070 de fecha 1° de diciembre de 2008.

Ley de Gestión Integral de Riesgos Socionaturales y

Tecnológicos, publicada en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela No. 39.095 de fecha 9 de enero de

2009.

Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en

Cautiverio, publicada en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela No. 39.338 de fecha 4 de enero de

2010.Ley de Gestión Integral de la Basura, publicada en la

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Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No.

6.017 Extraordinario de fecha 30 de diciembre de 2010.

Ley de Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable, publicada

en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

No. 5.556 Extraordinario de fecha 13 de noviembre de 2001.

(Derogada por la Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo

Endógeno).

Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Endógeno,

publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de

Venezuela No. 38.500 de fecha 15 de agosto de 2006.

(Derogada por la Ley de Supresión y Liquidación del Fondo para

el Desarrollo Endógeno).

Ley de Supresión y Liquidación del Fondo para el Desarrollo

Endógeno, publicada en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela No. 39.676 de fecha 18 de mayo de

2011.

Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, publicada en la

Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 3.238

Extraordinario de fecha 11 de agosto de 1983.

Ley Penal de Ambiente, publicada en la Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela No. 39.913 de fecha 2 de

mayo de 2012.

Ley de Aguas, publicada en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela No. 38.595 de fecha 2 de enero de

2007.

Ley Forestal de Suelos y Aguas, publicada en la Gaceta Oficial

de la República de Venezuela No. 1.004 Extraordinario de fecha

26 de enero de 1966. (De esta Ley quedan vigentes los artículos

82 al 87).

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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Decreto N° 1.257 de fecha 13 de marzo de 1996, mediante el

cual se dictan las Normas sobre Evaluación Ambiental de

Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente, publicado

en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

N° 35.949 de fecha 25 de abril de 1996.

Decreto N° 4.335 de fecha 6 de marzo de 2006, mediante el cual

se dicta la Reforma del Decreto N° 3.228 de fecha 8 de

noviembre de 2004 contentivo de las Normas para regular y

Controlar el Consumo, la Producción, Importación, Exportación

y el Uso de las Sustancias agotadoras de la Capa de Ozono,

publicada en la gaceta Oficial de la República Bolivariana de

Venezuela N° 38.392 de fecha 7 de marzo de 2006.

Decreto N° 883 de fecha 11 de octubre de 1995, mediante el

cual se dictan las Normas para la Clasificación y el Control de

Calidad de los Cuerpos de Agua y Vertidores o Efluentes

Líquidos, publicada en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela N° 5.021 Extraordinaria de fecha 18 de

octubre de 1995.

Decreto N° 2.635 de fecha 22 de julio de 1998, mediante el cual

se dicta la Reforma Parcial del decreto N° 2.289 de fecha 18 de

Diciembre de 1997 contentivo de las Normas para el Control de

la Recuperación de Materiales peligrosos y el manejo de los

Desechos Peligrosos, publicado en la Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela N° 5.245 Extraordinaria de

fecha 3 de agosto de 1998.

Decreto N° 2673 de fecha 19 de agosto de 1998, mediante el

cual se dictan las Normas sobre Calidad del Aire y Control de la

Contaminación Atmosférica, publicada en la Gaceta Oficial de

la República Bolivariana de Venezuela N° 4.899 Extraordinaria

de fecha 19 de mayo de 1995.

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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Decreto N° 2.673 de fecha 19 de agosto de 1998, mediante el

cual se dictan las Normas sobre la Emisión de Fuentes Móviles,

publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de

Venezuela N° 36.532 de fecha 4 de septiembre de 1998.

Decreto N° 1.400 de fecha 10 de julio de 1996, mediante el cual

se dictan las Normas sobre la Regulación y Control del

Aprovechamiento de los Recursos Hídricos y de las Cuencas

Hidrográficas, publicada en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela N° 30.013 de fecha 2 de agosto de

1996.

Decreto 2.210 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual se

dictan las Normas Técnicas y Procedimientos para el Manejo de

Materiales Radiactivos, publicado en la Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de

fecha 27 de abril de 1992.

Decreto N° 2.211 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual

se dictan las Normas para control de Generación y Manejo de

Desechos Peligrosos, publicado en la Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de

fecha 27 de abril de 1992.

Decreto N° 2.214 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual

se dictan las Normas para la Administración de Actividades

Forestales, en Reservas Forestales, Lotes Boscoso, Áreas

boscosas bajo Protección y Áreas Boscosas en Terrenos de

Propiedad Privada Destinadas a la Producción Forestal

Permanente, publicado en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de fecha 27 de

abril de 1992.

Decreto N° 2.216 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual

se dictan las Normas para el manejo de Desechos Sólidos de

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Origen Domésticos, Comercial, Industrial o de cualquier otra

naturaleza, publicado en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de fecha 27 de

abril de 1992.

Decreto N° 2.218 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual

se dictan las Normas para la Clasificación y Manejo de

Desechos en Establecimientos de Salud, publicado en la

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°

4.418 Extraordinaria de fecha 27 de abril de 1992.

Decreto N° 220 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual

se dictan las Normas para Regular las Actividades Capaces de

Provocar cambios de Flujo, Obstrucción de Causes y Problemas

de Sedimentación, publicado en la Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela N° 4.418 Extraordinaria de

fecha 27 de abril de 1992.

Decreto N° 2.267 de fecha 26 de noviembre de 1992, mediante

el cual se dictan las Normas Ambientales para la Apertura de

Picas y Construcción de Vías de Acceso, publicado en la

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°

35.103 de fecha 1 de diciembre de 1992.

Decreto N° 227 de fecha 23 de abril de 1992, mediante el cual

se dictan las Normas Técnicas Conservacionistas para Controlar

el Ejercicio de la Actividad Pesquera, publicado en la Gaceta

Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 4.418

Extraordinaria de fecha 27 de abril de 1992.

La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente

de Trabajo (Lopcymat), publicada en Gaceta Oficial número

38.236, de fecha 26 de julio de 2005, promueve la

implementación del Régimen de Seguridad y Salud en el

Trabajo, abarca la promoción de la salud de los trabajadores,

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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la prevención de enfermedades profesionales y accidentes de

trabajo, la atención, rehabilitación y reinserción de los

trabajadores y establece las prestaciones dinerarias que

correspondan por los daños que ocasionen enfermedades

ocupacionales y accidentes de trabajo.

vi. Investigación Forestal y AcademiaEl objetivo de la investigación forestal en la actualidad se centra en

construir de forma colectiva “un nuevo enfoque en la investigación

que permita formular y adelantar una política forestal nacional que

garantice el uso múltiple sustentable en lo económico, en lo social y

en lo ambiental de los bosques venezolanos”.

En tal sentido, se contemplan tres ejes definitorios que versan sobre: los

nuevos modelos de gobernanza de los bosques; el uso múltiple del

bosque y la participación de las comunidades en el manejo del

recurso bosque.

En cuanto a la educación, la Universidad de los Andes y la UNEG

siguen impartiendo carreras a cinco años de Ingeniería Forestal en la

ULA y la de Ingeniería en Industrias Forestales en la UNEG, existe

también la Ingeniería en Recursos Naturales impatida por la UNELLEZ.

A nivel de estudios superiores están las maestrías en Manejo de

Bosques, Manejo de Cuencas Hidrográficas, Tecnología de Productos

Forestales y Ordenación Territorial y Ambiente en la ULA.

vii. Mecanismo de Desarrollo Limpio - Cambio

ClimáticoEl ministerio para Ecosocialismo y Aguas (Minea) suscribió un acuerdo

con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (Pnud)

para evaluar los inventarios nacionales de gases de invernadero

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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como parte del proyecto Segunda Comunicación para Cambio

Climático.

El plan también trata sobre los programas nacionales que contengan

medidas para mitigar los efectos al cambio climático.

Dentro de los proyectos que se desarrollan en la actualidad se

encuentra: el apoyo al fortalecimiento institucional de las

capacidades del Minea, el fortalecimiento del sistema de áreas

protegidas marino-costera de Venezuela y otros relacionados a la

diversidad biológica.

Implementación de la Agenda 2030, que promueve las Naciones

Unidas, la cual está integrada por los 17 Objetivos de Desarrollo

Sostenible (ODS). Entre los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible está la

reducción de las desigualdades; la adopción de medidas urgentes

para combatir el cambio climático y sus efectos; la protección,

restablecimiento y la promoción del uso sostenible de los ecosistemas

terrestres; el combate de la pobreza extrema en todas sus formas y la

lucha contra el hambre.

viii. Plantaciones y empleoLa caracterización del sector permite señalar que Venezuela en sus

916.445 Km2, posee un sistema de Áreas Protegidas (Áreas Bajo

Régimen de Administración Especial) que representa el 58,8 % de la

superficie del país. De estas ABRAES, que se clasifican en tres

categorías de acuerdo a sus funciones (estrictamente protectoras,

científicas, educativas y recreacionales; protectoras con usos

normados y productoras); un 17% están destinadas para la

producción forestal, constituidas por Reservas Forestales, Lotes

Page 16: Perfil forestal de venezuela

PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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Boscosos y Áreas Boscosas Bajo Protección. (Anuario Estadísticas

Forestales, serie 11, Año 2007)

En relación a la distribución territorial de estas unidades, se han

decretado como Reservas Forestales 11,32 millones de hectáreas, 1,22

millones de hectáreas como Lotes Boscosos y 3,38 millones de

hectáreas como Áreas Boscosas Bajo Protección, sumando todo el

sistema de Áreas para la Producción Forestal Permanente 15,92

millones de hectáreas que representan el 17,34 % de la superficie total

del país.

Las áreas de producción de maderas se concentran en la

denominada región Guayana conformada, por los estados Bolívar y

Delta Amacuro. También se ha establecido una superficie de

plantaciones forestales cercana a las 700.000 ha.

Sin embargo la contribución de la industria de la madera al desarrollo

y crecimiento económico del país ha sido poca, debido a varios

factores entre los que destacan; políticas incoherentes, problemas de

control y vigilancia por parte del Estado, dificultad de acceso a las

áreas forestales, inadecuada o nula educación ambiental de la

población, poco incentivo para desarrollar este subsector de la

economía, entre otros, (Carrero et al 2008).

Los datos de contribución del sector forestal al empleo y a la

economía no se encuentran disponibles oficialmente en forma

sistemática. El último dato de generación de empleo realizado en

base al Censo Económico de 2009, realizado por el Banco Central de

Venezuela, estimaba que el sector silvicultura incluido en un sector

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

17

más amplio empleaba en forma directa alrededor de 1.165.832

trabajadores.

El sector madera forestal comprende todas las actividades

relacionadas con el aprovechamiento de los recursos forestales, sean

estos maderables o no maderables, por lo que en su composición

existen actividades de extracción y transformación de madera, tanto

primaria como secundaria, además de una importante industria muy

vinculada con el sector, como la industrial del papel.

La investigación destaca la existencia desde el 2003 del Sindicato

Único Nacional de Trabajadores, Profesionales, Técnicos

Administrativos de la Industria de la Madera, afines anexos similares y

conexos de Venezuela (SUNTIMAVEN) y del Sindicato de trabajadores

de la Industria de la Madera, Afines y Conexos del Distrito Capital y

Estado Miranda (SITRAMADERA) y otros estados del país; así como del

sindicato único profesional de trabajadores del bosque y de la

industria de la madera conexos y afines del Estado Bolívar;

En la industria de pulpa de papel y cartón en Venezuela tenemos las

siguientes empresas: Smurfit cartones de Venezuela, Manpa, Papeles

Venezolanos ca, grupo kimberly, Clark Venezuela ca, Venepal S.A.

c.a. y grupo Adcdle Cartiere. Este sector demanda 3.400 empleos

directos y 8.000 indirectos. Por otra parte, el estudio señala que para

el periodo estudiado el despido interanual es del 12,9 % indicado que

ese aspecto se debe a la crisis económica y política que afecta al

país.

Las actividades de plantaciones forestales generan 13.600 empleos

directos y 25.000 indirectos a nivel nacional tanto masculino como

femenino no especializado.

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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En el sector madera-forestal encontramos al Grupo Empresarial

MASISA, Terranova de Venezuela; Empresa Forestal Socialista de

Venezuela (Unidad Imataca V, 440 empleos directos y dos mil empleos

indirectos) y Desarrollos Forestales San Carlos II.

El régimen de subcontratación en el sector forestal-madera se

encuentra en las actividades de aprovechamiento y silvicultura. No se

conoce concesionaria (pública o privada) que tenga como personal

fijo a los motosierristas que ejecutan la tumba y el roleo; el recurrir a

subcontratistas conlleva que la gran mayoría de obreros forestales de

montaña no goza de los beneficios y seguridad de un contrato

colectivo ni seguros privados o Seguro Social que los ampare en caso

de accidentes o enfermedades que los afecten a largo plazo.

Como conclusiones el mapeo presenta dos aspectos importantes:

1) Señala que existe una disminución de industrias y empresas

(pequeñas, medianas y grandes: carpinterías, fábricas de muebles,

artesanías, aserraderos, fábricas de chapas, aglomerados,) forestales

lo que genera una disminución considerable de trabajo y empleo en

el sector.

2) En relación a las organizaciones sindicales del sector forestal

madera se puede señalar que han disminuido en alto grado su

participación, ello debido en gran parte el efecto en cadena que ha

producido la inactividad laboral, debido al cierre de industrias y

empresas al serles rescindidos los contratos administrativos de manejo

de bosques en Abraes forestales por el Ministerio del Ambiente.

Page 19: Perfil forestal de venezuela

PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

19

ix. Aprovechamiento e IndustrializaciónEl aprovechamiento e industrialización de la madera y sus derivados

son de competencia del Ministerio del Poder Popular de Industrias y

Comercio, la cual se creó mediante decreto nacional el 26 de

noviembre de 2011. Este ministerio reemplazó al Ministerio del Poder

Popular para las Industrias Básicas y Minería. Entre sus funciones

principales del ministerio está en formular, regular, ejecutar, hacer

seguimiento y evaluación de las políticas, planes y proyectos, para

promover la creación de pequeñas y medianas industrias dentro de

Venezuela.

El control se lleva mediante el Registro Nacional de Industrias

Forestales (REGIFOR), que es de carácter único, público y obligatorio,

como se expresa en el artículo 124 del Decreto con Rango, Valor y

Fuerza de Ley de Bosques, publicado en Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela N° 40.222, de fecha 6 de agosto

de 2013.

La ejecución se enmarca dentro del Motor Forestal, que prioriza el

procesamiento de semillas, papel y madera de plantaciones, es uno

de los 15 motores productivos activados por el Estado para potenciar

la economía del país y crear un nuevo sistema económico productivo

nacional. Es considerado uno de los más importantes, dado que de él

depende el inicio de la activación de la cadena productiva desde el

punto de vista forestal, que tradicionalmente ha funcionado de

manera aislada y en la actualidad se busca integrarlo a la cadena

productiva nacional.

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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El Estado también le ha dado impulso al proyecto del Complejo

Industrial Maderero Libertadores de América - CIMLA, que contempla

la activación de 5 aserraderos más la planta de pulpa y papel -

PULPACA, y se estructuró una "agenda forestal" para fortalecer el

sector, mediante:

1. Aprobación de recursos para plantar 15mil hectáreas.

2. Plan para la instalación de 5 aserraderos.

3. Plan para la culminación e inauguración de PULPACA.

4. Plan especial para multiplicación de carpinterías comunales (5 mil

a nivel nacional).

La empresa Maderas del Orinoco C.A., ente adscrito al Ministerio del

Poder Popular para Industrias y Comercio (MPPIC), representa para el

Estado, la alternativa hacia una economía diversificada, La maderera

estatal es pilar para promover el desarrollo conjunto entre los sectores

público y privado de la industria instalada en el país productora de

madera, pulpa y papel. Es el ente responsable por la activación del

Motor Forestal inclusive con fines de exportación.

Con una trayectoria cercana a cinco décadas, la empresa

procesadora y transformadora de madera, es pionera en Venezuela

en el establecimiento de plantaciones de Pino Caribe a las que se han

sumado en los últimos años otras especies como Acacia, Eucalipto,

Teca y Saladillo; producto de una actividad forestal que se desarrolla

en los estados Monagas, Anzoátegui, Bolívar, Falcón, Apure, Barinas y

Aragua.

Asimismo, más de 2000 trabajadores materializan las diversas

actividades de la cadena productiva de Maderas del Orinoco, desde

la producción de semillas de Pino Caribe, hasta la elaboración de

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PERFIL FORESTAL VENEZOLANO

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productos terminados que se distribuyen a todas las regiones de la

nación.

Actualmente el aserradero Uverito pasó de producir 20 mil metros

cúbicos de madera aserrada al año, para producir 200 mil metros

cúbicos, para ello se cuenta con el bosque de pino caribe más

grande del mundo. Del bosque se extrae madera gruesa, para la

industria del aserrío y madera delgada para la pulpa de papel, que,

con la culminación de PULPACA se procesarán 100 mil toneladas para

consumo interno y 150 mil para exportación. Hasta los momentos el

Sector Público abarca más del 80% de esta actividad, es por ello que

las estadísticas en el Sector Privado han quedado muy bajo perfil y por

ende no se cuenta con información fidedigna para compartir.