pena de muerte

2
LAS RAMAS DEL DERECHO PRIVADO D°. del Trabajo : Regula las relaciones jurídicas derivadas del trabajo en relación de dependencia. D°. Civil : Rige a las personas en cuanto tales. D°. Comercial : Regula las relaciones jurídicas nacidas del ejercicio del comercio. Derecho Societario, concursal y el de la navegación. D°. Agrario : Rige las relaciones nacidas de la explotación agropecuaria y de la vecindad rural. LAS RAMAS DEL DERECHO PÚBLICO D°. Constitucional : derecho básicos de los habitantes y de las garantías de su ejercicio. Organización del Estado. D°. Administrativo : Regula las relaciones de la administración centralizada, descentralizadas y autárquicas. D°. Penal : Conductas que constituyen delitos y prevé la sanción que corresponde. D°. Internacional Público : Regula las relaciones de los distintos Estados que componen la comunidad internacional. D°. Procesal : Establece las reglas a que debe sujetarse el procedimiento ante el poder judicial las mas q perfectas son las q sancionan y anulan, por ejemplo cuando me embargan mis bienes, por deudas.... se anula la deuda con los acreedores y me sancionan a su vez quitandome mis bienes. un ejemplo de leyes perfectas si pudiese ser el homicidio, ya q se sanciona pero no se anula... en el caso de las menos q perfectas, pudiese ser un matrimonio con un menor de edad, no se sanciona por el hecho, pero si se anula el acto Y las imperfectas (leges imperfectae) que son las que no tienen una sanción. Estas es muy frecuente que se den en derecho público internacional, por ejemplo: deberían sancionar a E.U.A. por bombardear pueblos sin tener pruebas contundentes de que se encuentran los líderes terroristas en ellos, sin embargo, no se hace.

Upload: isaac-biondi-velarde

Post on 13-Sep-2015

221 views

Category:

Documents


2 download

DESCRIPTION

habla hacerca de la pena de mueerte en el peru

TRANSCRIPT

LAS RAMAS DEL DERECHO PRIVADO D. del Trabajo: Regula las relaciones jurdicas derivadas del trabajo en relacin de dependencia. D. Civil: Rige a las personas en cuanto tales. D. Comercial: Regula las relaciones jurdicas nacidas del ejercicio del comercio. Derecho Societario, concursal y el de la navegacin. D. Agrario: Rige las relaciones nacidas de la explotacin agropecuaria y de la vecindad rural. LAS RAMAS DEL DERECHO PBLICO D. Constitucional: derecho bsicos de los habitantes y de las garantas de su ejercicio. Organizacin del Estado. D. Administrativo: Regula las relaciones de la administracin centralizada, descentralizadas y autrquicas. D. Penal: Conductas que constituyen delitos y prev la sancin que corresponde. D. Internacional Pblico: Regula las relaciones de los distintos Estados que componen la comunidad internacional.D. Procesal: Establece las reglas a que debe sujetarse el procedimiento ante el poder judiciallas mas q perfectas son las q sancionan y anulan, por ejemplo cuando me embargan mis bienes, por deudas.... se anula la deuda con los acreedores y me sancionan a su vez quitandome mis bienes.un ejemplo de leyes perfectas si pudiese ser el homicidio, ya q se sanciona pero no se anula...en el caso de las menos q perfectas, pudiese ser un matrimonio con un menor de edad, no se sanciona por el hecho, pero si se anula el acto

Y las imperfectas (leges imperfectae) que son las que no tienen una sancin. Estas es muy frecuente que se den en derecho pblico internacional, por ejemplo: deberan sancionar a E.U.A. por bombardear pueblos sin tener pruebas contundentes de que se encuentran los lderes terroristas en ellos, sin embargo, no se hace.

La jurisprudencia tiene dos acepcciones: Ciencia del Derecho y fuente del Derecho.La Jurisprudencia tienes un significado amplio y otro restringido.

PROCESO DE FORMACIN DE LA LEY Iniciativa.Discusin. Aprobacin.Sancin. Promulgacin y publicacin.Vigencia.INTERPRETACIN DE LA LEYPara interpretar una ley se atiende principalmente a 3 aspectos:A. Por los sujetos que la realizan;B. Por los medios empleados; yC. Por su resultado.A. Por los sujetos que la realizan.1) Privada o doctrinal.- Es la que llevan a cabo los tratadistas del Derecho conocedores del Derecho 2) Judicial o jurisdiccional.- La realizan los jueces y magistrados3) Autntica o legislativa.- Se efecta por los mismos legisladores a. Contextual.- Cuando se realiza en el mismo cuerpo de la Ley. b. Posterior. Cuando se lleva a cabo despus de que ha sido publicada la Leyc. Por los medios empleados. Tenemos 2 clases: 4) Gramatical.- Se efecta atendiendo exactamente al significado de las palabras empleadas en la redaccin de la Ley. 5) Lgica.- Se atiende al fin que persigue la Ley. Se consulta la exposicin de motivos y las circunstancias que existan en el momento de su formacin para entender la razn de su creacin. Esta interpretacin debe hacerse en forma sistemtica, es decir analizando todo el orden jurdico, las leyes que se relacionan con la norma en especfico y en caso de contradiccin atender a la jerarqua de leyes C. Por su resultado. La interpretacin ser:1) Declarativa.- Cuando las palabras dicen exactamente lo que se pretenda.2) Extensiva.- Cuando el texto expresa menos de lo que se pretenda.3) Restrictiva.- Cuando las palabras pueden dar lugar a ambigedades o confusiones; y4) Progresiva.- Es adecuar la ley a las necesidades imperantes. La Jerarqua de las Normas es la siguiente:- Constitucin Poltica del Per y Tratados Internacionales- Leyes Orgnicas- Leyes Especiales (Decretos legislativos)- Decretos Supremos- Decretos Ministeriales / Reglamentos- Normas Administrativas

1