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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002 Procedimientos de Certificación de Educación Básica para Adultos

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Procedimientos de Certificación de Educación Básicapara Adultos

Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

CERTIFICACIÓN

Objetivo General

Otorgar el reconocimiento oficial a los estudios realizados por los educandos, conforme a los Planes y Programas de Estudio vigentesde la Educación Básica en el INEA.

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Políticas Generales: III.1 Emisión de Certificado de Terminación de Estudios

• En caso de que el educando desee continuar con nivel secundaria en la misma Coordinación de Zona, ésta deberá fotocopiar y archivar los documentos contenidos en el expediente del educando que concluyó nivel primaria, para integrar su expediente de secundaria.

• Para que la Delegación o IEEA realice los trámites de certificación, la Coordinación de Zona deberá enviar el expediente completo con las fotocopias cotejadas del Educando que concluyó nivel, el cual deberá contener: Informe de Calificaciones, Acta de Nacimiento o Documento Alterno y una fotografía tamaño infantil, de frente con el rostro descubierto, en blanco y negro o color y fondo claro, así como el certificado de primaria en caso de que se vaya a emitir certificado de secundaria.

• El Certificado de Terminación de Estudios, se expedirá en original una sola vez, a los educandos que hayan acreditado y concluido los estudios correspondientes a su nivel educativo (1).

• La Delegación o IEEA deberá apegarse a los instructivos de llenado para la emisión de certificados de terminación de estudios de primaria o secundaria según corresponda.

• La Delegación o IEEA sólo podrá expedir certificados de terminación de estudios de acuerdo con las fechas establecidas en el calendario determinado por la SEP.

• La vigencia de los formatos de certificados de terminación de estudios es de un año, de acuerdo con lo que establece la SEP(2).

(1) según norma No. 2 de certificación(2) según norma No. 7 de certificación

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Políticas Generales: III.1 Emisión de Certificado de Terminación de Estudios

• Las delegaciones o IEEA’s deben imprimir con tinta negra los formatos de certificados de terminación de estudios; el promedio de aprovechamiento (formato de primaria) y el promedio general de aprovechamiento (formato de secundaria) se deben registrar con un número entero y una cifra decimal, sin redondear, tomando como base para su cálculo únicamente las calificaciones generadas en su estancia en el Instituto, en los diferentes módulos. Además de pegar la fotografía del educando, cancelarla con el sello oficial “Sistema Educativo Nacional”, así como recabar el nombre y firma autógrafa del Delegado o Director General (3).

• La firma del Delegado o Director General debe ser autógrafa, con tinta negra, y al escribir el nombre se debe omitir su profesión.

• En caso de error en el llenado del Certificado de Terminación de Estudios, la Delegación o IEEA deberá cancelarlo y resguardarlo para con el fin de comprobar su destino final. En ningún caso se deben destruir los formatos de certificado, debiendo elaborar un nuevo Certificado de Terminación de Estudios (4).

• Los formatos oficiales de certificados de terminación de estudios no utilizados en el periodo de vigencia y los cancelados serán devueltos al INEA dentro de los primeros diez días del mes de octubre de cada año (5).

• La Delegación o IEEA deberá llevar un control de los folios de certificados de terminación de estudios de educación primaria y secundaria (6).

• El nombre del educando que se anote en el Certificado de Terminación de Estudios, debe corresponder textualmente con el registrado en el Acta de Nacimiento, Documento Legal Equivalente o Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP) (7).

(3) según norma No. 8 de certificación(4) según norma No. 10 de certificación(5) según norma No. 11 de certificación(6) según norma No. 10 de certificación(7) según norma No. 9 de certificación

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Políticas para el MEV: III.1 Emisión de Certificado de Terminación de Estudios

• Para obtener el Certificado de Pimaria del Modelo Educación para la Vida, el adulto deberá acreditar: 10 módulos básicos de alfabetización y primaria, y 2 módulos diversificados (8).

• Para obtener el Certificado de Secundaria del Modelo Educación para la Vida, el adulto deberá acreditar: 8 módulos básicos de secundaria y 4 módulos diversificados (9).

• Los motivos autorizados para emisión manual son:

•El educando no aparece en SASA•Existe un error de captura en los datos del educando•El educando no aparece como UCN (aún cuando tiene todos lo módulos acreditados)•Se asignó a un educando un folio por error

• En caso de asignar a un educando un folio por error, deberá solicitar por oficio a la Dirección de Acreditación y Sistemas la corrección en SASA.

(8) según norma No. 1 de certificación del MEV(9) según norma No. 2 de certificación del MEV

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Políticas: III.2 Emisión de Certificación de Estudios

• La Delegación o IEEA, deberá expedir en forma correcta y oportuna las certificaciones de estudios de primaria o secundaria a los educandos que la soliciten.

• La Delegación o IEEA deberá apegarse a los instructivos de llenado para la emisión de las certificaciones de estudios de primaria o secundaria según corresponda.

• Las delegaciones o IEEA’s deben imprimir con tinta negra los formatos de certificados de terminación de estudios; el promedio de aprovechamiento (formato de primaria) y el promedio general de aprovechamiento (formato de secundaria) se deben registrar con un número entero y una cifra decimal, sin redondear, tomando como base para su cálculo únicamente las calificaciones generadas en su estancia en el Instituto, en los diferentes módulos. Además de pegar la fotografía del educando, cancelarla con el sello oficial “Sistema Educativo Nacional”, así como recabar el nombre y firma autógrafa del Delegado o Director General (10).

• La firma del Delegado o Director General debe ser autógrafa con tinta negra, al escribir el nombre se debe omitir su profesión.

• En caso de error en el llenado de la Certificación de Estudios, la Delegación o IEEA deberá cancelarlo y resguardarlo para con el fin de comprobar su destino final. En ningún caso se deben destruir los formatos de certificación, debiendo elaborar una nueva Certificación de Estudios (11).

• Los formatos oficiales de certificaciones de estudios no utilizados en el periodo de vigencia y los cancelados serán devueltos al INEA dentro de los primeros diez días del mes de octubre de cada año (12).

(10) según norma No. 8 de certificación(11) según norma No. 10 de certificación(12) según norma No. 11 de certificación

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Políticas: III.2 Emisión de Certificación de Estudios

• La Delegación o IEEA deberá llevar un control de los folios de certificaciones de terminación de estudios de educación primaria y secundaria (13).

• Los formatos de certificaciones de estudios, tienen vigencia de un año, de acuerdo con lo que establece la SEP (14).

• Los formatos oficiales de certificados de terminación de estudios no utilizados en el periodo de vigencia y los cancelados serán devueltos al INEA dentro de los primeros diez días del mes de octubre de cada año (15).

• Se expedirá una Certificación de Estudios (16):

a) Con carácter de nivel: Para aquellos educandos que tienen más de seis meses de haber concluido nivel y no se ha emitido su Certificado de Terminación de Estudios con oportunidad.

b) Con carácter de duplicado: Para aquellos educandos que lo soliciten por robo o extravío y que con anterioridad se les haya emitido su Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios.

(13) según norma No. 10 de certificación(14) según norma No. 7 de certificación(15) según norma No. 11 de certificación(16) según norma No. 15 de certificación

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Políticas: III.2 Emisión de Certificación de Estudios

• El educando que solicite una Certificación de Estudios, deberá presentar:

a) Con carácter de nivel: * Acta de Nacimiento o Documento Alterno* Certificado de Terminación de Estudios (para el caso de secundaria)* Identificación Oficial con fotografía* Fotografía tamaño infantil

b) Con carácter de duplicado: * Acta de Nacimiento o Documento Alterno* Identificación Oficial con fotografía* Fotografía tamaño infantil

• El nombre del educando que se anote en la Certificación de Estudios, debe corresponder textualmente con el registrado en el Acta de Nacimiento, Documento Legal Equivalente o Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP) (17).

(17) según norma No. 9 de certificación

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Políticas: III.3 Entrega de Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios

• Se procederá a la cancelación de los certificados de terminación de estudios de primaria o secundaria que no sean recogidos por los educandos, después de un periodo de seis meses y las certificaciones de estudios de primaria o secundaria después de tres meses, ambos a partir de la fecha de expedición (18).

• Las campañas o eventos de entrega de certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios de primaria o secundaria deberán ajustarse a la fecha límite de entrega.

• La Delegación o Instituto Estatal serán responsables de la entrega correcta y oportuna de los certificados de terminación de estudios o certificaciones de estudios a los educandos. Asimismo, deberán recabar la firma y asentar la fecha de recepción en la copia fotostática de dicho documento. En caso de que sea entregado a algún familiar, la Delegación o IEEA deberá solicitarle una identificación, registrando los datos en la fotocopia del certificado o certificación y recabando la firma de recibido (19).

(18) según norma No. 13 de certificación(19) según norma No. 12 de certificación

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Políticas: III.4 Corrección de Datos de un Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios

• Para poder efectuar la corrección en el Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios, el Educando deberá presentar la copia certificada de su Acta de Nacimiento.

• El Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios erróneo deberá ser entregado por el educando para su cancelación y resguardo en la Delegación o IEEA para efectos de análisis y evaluación, entregándole al educando una Certificación de Estudios con carácter de duplicado. (la no entrega del documento, de ninguna manera será motivo para no emitir la nueva Certificación de Estudios).

• Una vez efectuada la corrección, la Delegación o IEEA debe resguardar en el expediente (SAC-05) del educando, la copia del Acta de Nacimiento debidamente cotejada.

Nota:

El error detectado en un Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios puede derivarse de alguno de los siguientes casos:

a) Se asentaron mal sus datos en el certificado o certificación;

b) El educando presentó su Acta de Nacimiento o Documento Alterno y se le emitió el certificado con los datos de éste; presentando posteriormente Acta de Nacimiento con datos correctos.

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Políticas: III.5 Concentración de Certificados y Certificaciones Cancelados y no Utilizados en Oficinas Centrales

• La Delegación o IEEA deberá registrar las fechas de entrega y/o cancelación en el Libro Electrónico de Control para comprobar el uso o destino final de cada uno de los formatos enviados por Oficinas Centrales.

• Los formatos de certificados y certificaciones que hayan sido robados, extraviados, destruidos, o que no se pueda demostrar su uso o destino final; se deben comprobar con Acta Administrativa (20).

• Todos los formatos de certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios de primaria y secundaria cancelados deberán estar registrados en SASA.

• Los formatos oficiales de certificados no utilizados en el periodo de vigencia y los cancelados serán devueltos al INEA dentro de los primeros 10 días del mes de octubre de cada año.

(20) según norma 10 generales

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Procedimiento: III.5 Concentración de Certificados y Certificaciones Cancelados y no Utilizados en Oficinas Centrales

Inicio

1.- Arma paquetes por cada uno de los motivos de cancelación y por número de folio ascendente, de acuerdo a cada uno de los tipos de cancelación:

Documentos Cancelados por ErrorDocumentos Cancelados por no Entregarse al AdultoDocumentos Cancelados sin UtilizarDocumentos Faltantes Comprobados con Acta

2.- Envía los paquetes a la Dirección de Acreditación y Sistemas, de acuerdo a la fecha establecida en la normatividad vigente.

3.- Recibe de cada Delegación o IEEA los paquetes con los certificados o certificaciones cancelados.

4.- Arma paquetes por cada uno de los motivos de cancelación y por número de folio ascendente, de acuerdo a cada uno de los tipos de cancelación y genera los reportes respectivos.

5.- Entrega a la SEP los formatos de certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios cancelados y no utilizados para su destrucción.

Termina Procedimiento

DELEGACIÓN / IEEAÁrea de Acreditación

OFICINAS CENTRALESDirección de Acreditación y

Sistemas

RESPONSABLE ACTIVIDAD

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Políticas: III.6 Asignación de Nueva Remesa de Folios

• La Delegación o IEEA deberá solicitar de manera anticipada a la Subdirección de Registro y Control de la Dirección de Acreditación y Sistemas, las remesas de folios para la emisión de certificados y certificaciones de estudios.

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

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Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Anexo 1

Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Anexo 2

Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Anexo 3 CALENDARIO DE EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS DE TERMINACIÓNDE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA

FECHA DE EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS

VEINTISIETE DE JULIO DEL DOS MIL UNO

AGOSTO

TRES DE AGOSTO DEL DOS MIL UNODIEZ DE AGOSTO DEL DOS MIL UNODIESIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL UNOVEINTICUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL UNOTREINTA Y UNO DE AGOSTO DEL DOS MIL UNO

SEPTIEMBRE

SIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL UNOCATORCE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL UNOVEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL UNOVEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL UNO

OCTUBRE

CINCO DE OCTUBRE DEL DOS MIL UNODOCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL UNODIECINUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL UNOVEINTISEIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL UNO

NOVIEMBRE

NUEVE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL UNODIECISEIS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL UNOVEINTITRES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL UNOTREINTA DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL UNO

DICIEMBRE SIETE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL UNOCATORCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL UNO

ENERO ONCE DE ENERO DEL DOS MIL DOSDIECIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL DOSVEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DOS

FEBRERO

PRIMERO DE FEBRERO DEL DOS MIL DOSOCHO DE FEBRERO DEL DOS MIL DOSQUINCE DE FEBRERO DEL DOS MIL DOSVEINTIDOS DE FEBRERO DEL DOS MIL DOS

MARZO

PRIMERO DE MARZO DEL DOS MIL DOSOCHO DE MARZO DEL DOS MIL DOSQUINCE DE MARZO DEL DOS MIL DOSVEINTIDOS DE MARZO DEL DOS MIL DOS

ABRIL

CINCO DE ABRIL DEL DOS MIL DOSDOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DOSDIECINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL DOSVEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DOS

MAYO

TRES DE MAYO DEL DOS MIL DOSDIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DOSDIECISIETE DE MAYO DEL DOS MIL DOSVEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DOSTREINTA Y UNO DE MAYO DEL DOS MIL DOS

JUNIO

SIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DOSCATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DOSVEINTIUNO DE JUNIO DEL DOS MIL DOSVEINTIOCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DOS

MES DE TERMINACIÓN DE ESTUDIOS

JULIO

SEIS DE JULIO DEL DOS MIL UNOTRECE DE JULIO DEL DOS MIL UNOVEINTE DE JULIO DEL DOS MIL UNO

Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

TRAMITES ESPECIALESDelegación Coordinación de Zona Fecha

Nombre del adulto

Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s)CURP o RFE 1a Etapa 2a Etapa 3a Etapa

Alfabetización Primaria Secundaria

Anexo 4

Tipo de trámite:

Oficinas Centrales

1. Legalización de certificado

2. Dictamen de autenticidad

Coordinación de Zona

3. Revisión de examen

4. Duplicado de credencial

5. Confirmación de calificaciones

6. OtroDelegación7. Confirmación de calificaciones

8. Solicitud de duplicado de certificado

9. Solicitud de emisión de una certificación con carácter de nivel

Recibí duplicado de certificado o certificación con folio

Lugar y fecha:

10. Solicitud de corrección de certificado

Tipo de corrección:

En nombre

En fotografía

En calificación o promedio

Falta sello

En la fecha de emisión

Falta de nombre y firma del Delegado

Firma del adulto

Si la corrección es el nombre, calificación o promedio

anote las etapas de aplicación de cada parte o grado

Para los trámites 5, 7, 8, 9 y 10 anexar copia del kárdex del adulto (S.A.S.A. o Manual).

Firma del adulto(firme como lo hizo en el examen)

Nombre y firma del responsable de acreditación

Para uso exclusivo de la delegación

Datos del certificadoFecha de emisión Folio impreso

ACE.04

Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Anexo 5 Certificación de EstudiosAnverso

1

2

3

4

5

6 7

8

9

10

1112

13

14

Subdirección de Normatividad y Apoyo mayo de 2002

Anexo 5 Certificación de EstudiosReverso

REGISTRADO CON

(15) LIBRO III

(16) FOJA 76

(17) FOLIO F0053900

(18) CENTRO SIN DATOS

(19) CCT 04FIA0001G

(20) FECHA 14-09-1998

(21) COTEJÓ JUAN PEREZ PEREZ

(22)

ESTA CERTIFICACIÓN NO ES VALIDA SI PRESENTA RASPADURAS O EMNENDADURAS

INSTITUTO NACIONAL PARA LAEDUCACIÓN DE LOS ADULTOS

DELEGACIÓN CAMPECHE