pdf hacia una reforma laboral conexo 02

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HACIA UNA REFORMA LABORAL QUE PROMUEVA EL EMPLEO FORMAL análisis estado petidores en un mundo cada vez más dinámico. Ha llegado la hora de las grandes y difíciles decisiones para convertir en realidad los obje- tivos establecidos en la Estrategia Nacional de Desarrollo, las cuales deberán reflejarse en grandes pac- tos nacionales. Todo esto sin dejar de preservar el clima de estabilidad y paz laboral existentes en la República Domini- cana, materia prima para el desa- rrollo, pero reconociendo la impos- tergable necesidad de un cambio de modelo económico hacia uno orientado hacia la productividad, la competitividad y la formalización de la economía, que impulse las ex- portaciones y haga los servicios más competitivos. En este nuevo modelo económico, una moderna legislación laboral cons- tituye un elemento fundamental. Esta apreciación no es el resultado de una visión cortoplacista e inte- resada del sector empresarial, sino más bien, parte principal del com- promiso con el desarrollo sosteni- ble de la República Dominicana y la preocupación con el desempeño de la economía dominicana. Empero, una mirada al mercado la- boral genera serias preocupaciones ya que en los últimos años apenas se han generado 48,000 empleos formales, cuando la Población Eco- nómicamente Activa ha crecido en promedio sobre los 100,000 por año. Por otro lado, se han creado más de 660,000 empleos en la infor- malidad. Es decir, que por cada em- pleo formal adicional se han creado 14 en la informalidad. En ese período se ha destruido aproximadamente el 20% del em- pleo formal y el 50% del empleo in- dustrial femenino. Si el sector público no hubiera dupli- cado su nómina desde el año 2000, el desempleo rondara hoy un núme- ro cercano al 25%; aunque ya es muy preocupante que ronde el 15%. Ha quedado ampliamente demos- trado que la actual legislación labo- ral impone elevadas cargas econó- micas a las empresas, limitando el espíritu emprendedor y obligando a miles de negocios a vivir en la in- formalidad, además de dar cabida y crear las condiciones para abusos procesales que hacen desaparecer a miles de pequeñas y microempresas por la acción inescrupulosa de abo- gados y alguaciles. Si en los últimos años la economía dominicana se ha informalizado de manera dramática significa que existen elementos claros que pro- mueven este negativo proceso. La legislación laboral es uno de los principales, sin duda alguna. Es poco probable que el 75% de las empresas creadas en la última déca- da se hayan puesto todas de acuerdo para conspirar y evadir la formalidad. Las MIPYMES no recurren a la in- El pasado día diez del mes de di- ciembre del año 2013, el sector em- presarial presentó formalmente su Propuesta de Reforma al Código de Trabajo ante la Comisión Presiden- cial creada para esos fines. Dicha propuesta tiene como obje- tivo básico modernizar la legisla- ción en materia laboral y dotarla de los elementos esenciales para un mundo y una economía global considerablemente distintos a los existentes a principios de la década de los 90´s. Nuestra propuesta de reforma, es uno de los nueve pilares del Pacto por el Empleo Formal pro- puesto por el sector empresarial, y recogido como uno de los temas principales de la primera edición de CONEXO. Código Actual Cuando se aprobó el código actual la economía dominicana era com- pletamente cerrada, no existía ley de inversión extranjera, ni acuerdos de libre comercio o procesos de in- tegración regional. De igual forma, no existía la Organi- zación Mundial del Comercio (OMC). Sin embargo, el contexto económico, social, cultural y político en el mundo y en nuestro país ha cambiado. La producción, el comercio y las co- municaciones se han transformado de manera extraordinaria en las últi- mas dos décadas. El Estado Dominicano ha sido objeto de un profundo proceso de reforma, que ha incluido hasta el cambio de nuestra Constitución. A todo esto se suma el gran cambio que introdujo el régimen de la se- guridad social en las relaciones em- pleador-trabajador. Sin embargo, la legislación laboral en la República Dominicana se ha man- tenido estática e invariable, pues ha llegado el momento de dejar atrás los esquemas distorsionantes que limitan la capacidad de avanzar con mayor velocidad que nuestros com- CONEXO 53 52 CONEXO

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codigo laoral de la republica dominicana

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  • HACIA UNA REFORMA LABORAL QUE PROMUEVA EL EMPLEO FORMAL

    Una mirada al mercado laboral genera serias preocupaciones ya que en los ltimos aos apenas se han generado 48,000 empleos

    formales, cuando la poblacin econmicamente activa ha crecido en promedio sobre los 100,000 por ao.

    anlisisestado

    petidores en un mundo cada vez ms dinmico. Ha llegado la hora de las grandes y difciles decisiones para convertir en realidad los obje-tivos establecidos en la Estrategia Nacional de Desarrollo, las cuales debern reflejarse en grandes pac-tos nacionales. Todo esto sin dejar de preservar el clima de estabilidad y paz laboral existentes en la Repblica Domini-cana, materia prima para el desa-rrollo, pero reconociendo la impos-tergable necesidad de un cambio de modelo econmico hacia uno orientado hacia la productividad, la competitividad y la formalizacin de la economa, que impulse las ex-portaciones y haga los servicios ms competitivos. En este nuevo modelo econmico, una moderna legislacin laboral cons-tituye un elemento fundamental. Esta apreciacin no es el resultado de una visin cortoplacista e inte-resada del sector empresarial, sino ms bien, parte principal del com-promiso con el desarrollo sosteni-ble de la Repblica Dominicana y la preocupacin con el desempeo de la economa dominicana. Empero, una mirada al mercado la-boral genera serias preocupaciones ya que en los ltimos aos apenas se han generado 48,000 empleos formales, cuando la Poblacin Eco-nmicamente Activa ha crecido en promedio sobre los 100,000 por

    ao. Por otro lado, se han creado ms de 660,000 empleos en la infor-malidad. Es decir, que por cada em-pleo formal adicional se han creado 14 en la informalidad. En ese perodo se ha destruido aproximadamente el 20% del em-pleo formal y el 50% del empleo in-dustrial femenino. Si el sector pblico no hubiera dupli-cado su nmina desde el ao 2000, el desempleo rondara hoy un nme-ro cercano al 25%; aunque ya es muy preocupante que ronde el 15%. Ha quedado ampliamente demos-trado que la actual legislacin labo-ral impone elevadas cargas econ-micas a las empresas, limitando el espritu emprendedor y obligando a miles de negocios a vivir en la in-formalidad, adems de dar cabida y crear las condiciones para abusos procesales que hacen desaparecer a miles de pequeas y microempresas por la accin inescrupulosa de abo-gados y alguaciles. Si en los ltimos aos la economa dominicana se ha informalizado de manera dramtica significa que existen elementos claros que pro-mueven este negativo proceso. La legislacin laboral es uno de los principales, sin duda alguna. Es poco probable que el 75% de las empresas creadas en la ltima dca-da se hayan puesto todas de acuerdo para conspirar y evadir la formalidad. Las MIPYMES no recurren a la in-

    El pasado da diez del mes de di-ciembre del ao 2013, el sector em-presarial present formalmente su Propuesta de Reforma al Cdigo de Trabajo ante la Comisin Presiden-cial creada para esos fines.Dicha propuesta tiene como obje-tivo bsico modernizar la legisla-cin en materia laboral y dotarla de los elementos esenciales para un mundo y una economa global considerablemente distintos a los existentes a principios de la dcada de los 90s. Nuestra propuesta de reforma, es uno de los nueve pilares del Pacto por el Empleo Formal pro-puesto por el sector empresarial, y recogido como uno de los temas principales de la primera edicin de CONEXO.

    Cdigo ActualCuando se aprob el cdigo actual la economa dominicana era com-pletamente cerrada, no exista ley de inversin extranjera, ni acuerdos

    de libre comercio o procesos de in-tegracin regional.De igual forma, no exista la Organi-zacin Mundial del Comercio (OMC). Sin embargo, el contexto econmico, social, cultural y poltico en el mundo y en nuestro pas ha cambiado. La produccin, el comercio y las co-municaciones se han transformado de manera extraordinaria en las lti-mas dos dcadas.El Estado Dominicano ha sido objeto de un profundo proceso de reforma, que ha incluido hasta el cambio de nuestra Constitucin. A todo esto se suma el gran cambio que introdujo el rgimen de la se-guridad social en las relaciones em-pleador-trabajador. Sin embargo, la legislacin laboral en la Repblica Dominicana se ha man-tenido esttica e invariable, pues ha llegado el momento de dejar atrs los esquemas distorsionantes que limitan la capacidad de avanzar con mayor velocidad que nuestros com-

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  • formalidad por capricho sino para sobrevivir, lo que indica que existen importantes escollos en el modelo econmico actual que no dejan otro camino a los emprendedores y pe-queos empresarios. Lo peor de todo esto es el nocivo efecto socio-econmico que esta situacin genera. El patrn de in-formalizacin de la economa do-minicana coloca en situacin de vulnerabilidad a la mayora de los trabajadores de nuestro pas de las pequeas y microempresas.

    Creacin Comisin Especial para la Revisin del Cdigo de TrabajoComo consecuencia, una elevadsi-ma proporcin no puede acceder a los beneficios del Sistema Dominica-no de Seguridad Social (salud, pen-siones y riesgos laborales), normas de higiene y seguridad en el trabajo y no disfruta de las garantas y be-neficios establecidos en el Cdigo Laboral. De ah la preocupacin del sector empresarial por empujar de forma entusiasta y con sentido de responsabilidad una serie de accio-nes tendentes a promover la refor-ma del Cdigo Laboral.

    proteccin social, actualizacin de la legislacin con respeto a los de-rechos adquiridos, as como la crea-cin y fomento del empleo.

    Modificaciones al Actual Cdigo de TrabajoMs concretamente, el sector em-presarial propone las siguientes modificaciones y mejoras al actual Cdigo de Trabajo:1. Reformar el Art. 16, relativo a la prueba y a la carga de la prueba en materia laboral, incorporando una serie de jurisprudencias y reforzan-do los textos del artculo.2. Incorporar un nuevo texto en el Art. 17 para mantener la nume-racin actual, relativo a todas las formalidades y registros que las empresas deben presentar y man-tener ante las autoridades de tra-bajo, actualmente diseminadas en Reglamentos y resoluciones, con el objetivo de:Procurar que haya una unificacin de todas las obligaciones e informes que deben hacerse en la Tesorera de la Seguridad Social, para que sean las mismas que deben hacerse ante el Ministerio de Trabajo; Buscando que haya ms simplici-dad y menos papeleo en todo lo que es gestin de personal; Ampliando el plazo de presenta-cin anual de la planilla para que sea de un mes, esto es el 31 de enero y no el 15 de enero y recortando el plazo de aprobacin a cargo del Mi-nisterio de Trabajo, y estableciendo la aprobacin automtica en caso de no recibir respuesta.

    Este sentimiento tambin fue refle-jado por el gobierno dominicano, quien a su vez (correctamente) pro-cedi a crear una Comisin Especial para la Revisin y Actualizacin del Cdigo de Trabajo mediante el De-creto 286-13. Este Decreto fue contundente, al sealar que es funcin inalienable del Estado, propiciar las condicio-nes para que segmentos cada vez ms amplios de los trabajadores ac-cedan a la proteccin que brindan las leyes laborales y las de seguri-dad social, entre otras. Cabe destacar que la propuesta del sector empresarial es el resultado de un amplio y participativo pro-ceso de las ms de 50 organizacio-nes empresariales agrupadas en el Consejo Nacional de la Empresa Privada, CONEP, representativas de todos los sectores productivos que componen la economa dominica-na. La misma corresponde con los si-guientes lineamientos generales: 1. Garantizar el respeto de los dere-chos adquiridos de los trabajadores. Una reestructuracin de la cesanta laboral conforme los mandatos de

    3. Modificar el perodo de prueba para un nuevo empleado para que sea de 6 meses, (nuevo Art. 27).4. En el contrato de temporada anual y en el contrato por cierto tiempo, se propone extender a 6 meses el plazo dentro del cual se podr contratar al empleado sin res-ponsabilidad para las partes (Arts. 29 y 32).5. Reducir el plazo de recontrata-cin sucesiva de 2 meses (actual-mente), a slo 15 das para contra-tos de obra o servicio determinado (Art. 31).6. Incluir a los trabajadores expa-triados o forneos como un tipo de contrato por cierto tiempo, dadas las condiciones especiales de su contratacin (Art. 33).7. Incluir expresamente la facultad para el empleador de hacer prue-bas mdicas para garantizar la segu-ridad y prevenir riesgos como las de antidoping y de alcohol.8. En cuanto a la suspensin del contrato, se propone aadir una causal, reducir el plazo de respues-ta del Ministerio de Trabajo para la concesin de la resolucin, y la con-cesin automtica en caso de silen-cio administrativo (Arts. 51, 55 y 56).9. En cuanto al preaviso se propone que se otorgue o pague a partir de los 6 meses de servicios y hasta un mximo de 14 das (Art. 76).10.En cuanto al auxilio de cesanta,

    la Ley Orgnica de la Estrategia Na-cional de Desarrollo. En este sentido, se procura armoni-zar el nmero de aos utilizado en el clculo de la cesanta, para tomar en cuenta la rotacin promedio del sector privado formal y el alto com-ponente financiado por el sector empleador de los dems costos la-borales viceversa otros pases de la regin.2. Flexibilizacin de la jornada la-boral, respetando todos los topes establecidos por la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT) y co-locando a la Repblica Dominicana a la par de sus competidores inter-nacionales. 3. Promover el primer empleo entre los jvenes y crear mejores condi-ciones para el trabajo estacional. 4. Reducir los niveles de conflicti-vidad, garantizar mayor equilibrio entre las partes involucradas en un litigio y evitar las prcticas abusivas y la compra de casos por parte de abogados.Como se explica a continuacin, la propuesta de reforma del Cdigo de Trabajo presentada por el sector empresarial conjuga flexibilidad con

    se propone un tope de hasta 3 aos de servicios y un lmite a la base de clculo de hasta 4 salarios cotiza-bles de la Seguridad Social (Art. 80). Modificar los montos de la asisten-cia econmica del Art. 82, tomando parmetros similares a los del prea-viso y el auxilio de cesanta, lo cual armonizara el nuevo Cdigo con la Ley 87-01 que cre el Sistema Domi-nicano de Seguridad Social en rela-cin con los beneficios del seguro de vida establecido por la misma. 11. Extender de 48 horas a 3 das la-borales el plazo para comunicar al Ministerio de Trabajo el desahucio, el despido y la dimisin para evitar

    Es funcin inalienable del Estado, propiciar las condi-ciones para que segmentos

    cada vez ms amplios de los trabajadores accedan a la proteccin que brindan

    las leyes laborales y las de seguridad social.

    La propuesta de reforma al Cdigo Laboral, en la amplitud que ha sido descrita, incluye tambin recomendaciones de derogacin

    de mltiples artculos por desuso o por ineficaces, adems del remozamiento y actualizacin de otros cuantos

    anlisisestado

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  • un promedio durante un perodo de tres semanas consecutivas, y hasta un lmite mensual de 192 horas. 17. Las empresas de funcionamiento continuo podrn tener jornadas de hasta 12 horas diarias y 56 horas se-manales, sin lmite promedio de se-manas, a condicin de que paguen extra las horas a partir de las 48. Y tambin en las empresas de funcio-namiento continuo, la posibilidad de pactar jornadas 4x4 y similares.18. Extender el lmite trimestral de horas extras, actualmente de 8 ho-ras extras, para que sean 195, previa consulta a los convenios de la OIT.19. Establecer normas claras para el clculo y pago de las horas extras (Art. 203) lo que completara toda la propuesta de reforma relativa a la jornada (Arts. 147 a 162).20. En lo que respecta al salario, al salario ordinario o salario computa-ble a los fines de clculo y prestacio-nes laborales, se propone incorpo-rar al Cdigo Laboral importantes jurisprudencias, as como textos nuevos, los cuales ofrecern mucho ms claridad a la hora de aplicar, calcular y pagar los derechos de los empleados; y obviamente, reducien-do as los niveles de conflictividad (Arts. 192 y 198).21. En cuanto a tecnologa se refiere, permitir que las comunicaciones de despido, desahucio, suspensiones, y cualquier otro intercambio con el Ministerio de Trabajo, incluyendo solicitudes de inspectores, se pue-dan hacer por la doble va: electrni-camente o a travs de portales de in-ternet, pero conservando los modos tradicionales (Arts. 727 y 734).

    los grandes inconvenientes que plantea un plazo tan perentorio so-bre todo cuando cae en das viernes como suele suceder; y se incluye la comunicacin al empleador de la dimisin en adicin al Ministerio de Trabajo (Arts. 77, 91 y 100)12. En lo que respecta al Art. 86 y a los ofrecimientos reales de pago (Art. 653) se proponen cambios incorporando las ms importantes jurisprudencias sobre el tema, y se propone un lmite de hasta 6 meses. Sobre el mismo tema, y para hacer ms fcil y gil este procedimiento, se propone introducir la posibilidad de consignar las prestaciones labo-rales en la cuenta del trabajador en vez de en la Direccin General de Im-puestos Internos (DGII), en aquellos casos en que durante la relacin la-boral los pagos se hacan va trans-ferencia bancaria a la cuenta de n-mina del trabajador.13. Introducir cambios en el Art. 88, relativo a las causas de despido: au-

    22. Formalizacin de los pagos va transferencia electrnica (Art. 196), tal como se hace actualmente en una significativa proporcin de casos.23. Armonizar las obligaciones lega-les durante el descanso pre y post natal con las disposiciones de la ley de Seguridad Social (Art. 239).24. Establecer la posibilidad de pactar una terminacin por mutuo acuerdo con una empleada emba-razada, y la posibilidad de pactar pa-gos de derechos e indemnizaciones en dicho mutuo acuerdo; y de otra parte, la posibilidad de que la em-pleada misma pueda ejercer el des-ahucio (Arts. 232 y 71).25. Introducir el contrato de los aprendices o primer empleo, con el objetivo de fomentar el empleo de los jvenes sin experiencia y viabi-lizar su insercin en el mercado de trabajo (Arts. 277 al 287 + Art. 4), es-tableciendo contratos de dos aos sin responsabilidad por la termina-cin como un estmulo a los mismos.26. Introducir los principios de la oralidad e inmediatez en la audien-cia de produccin y discusin de las pruebas ante los tribunales labora-les. Con esto, la reforma del Cdigo se colocara a la par con las reformas que ya se han introducido en ms de la mitad de los pases de Amri-ca Latina, los que durante lo que va del siglo XXI han reformado la parte procesal laboral conforme a los nue-vos tiempos (Arts. 524 al 535).27. Establecer la Conciliacin fuera de la audiencia de los tribunales, a travs de un Departamento de Me-diacin Laboral, eliminando as a los vocales del tribunal (467 al 523), pero

    mentando el ordinal 2 de 3 a 6 me-ses, tomando en consideracin que se propone un periodo de prueba de 6 meses; incluir las agresiones a clientes y relacionados como causal; introducir formalmente el abando-no de labores desde el instante en que se producen 3 das corridos de ausencias injustificadas; incluir la ne-gligencia que provoca una multa por parte de las autoridades a cargo de la empresa.14. En cuanto a la contratacin de extranjeros, eliminar las disposicio-nes que expresan prohibicin de la contratacin de extranjeros en cargos gerenciales y administrativos (Art. 144).15. Establecer la posibilidad de que los lmites 80% dominicanos y 20% extranjeros, para la contratacin de personas no nacionales, pueda ser excepcionalmente extendido por autorizacin del Ministerio de Traba-jo (Art. 144).16. Establecer la jornada de trabajo 8/48 (8 horas diarias y 48 horas se-manales), con la posibilidad de so-brepasar dicho lmite, en determina-dos casos (jornadas corridas), si se mantienen esos lmites (8/48) como

    anlisisestado

    sin volver al Ministerio de Trabajo.28. En cuanto al Art. 539, establecer que el recurso de apelacin tenga efecto suspensivo, evitando as los embargos que todos conocemos.29. Establecer que el recurso de casacin tambin tenga efecto sus-pensivo (Art. 640)30. Establecer que las partes ten-gan que acudir personalmente (y no representadas por abogados) a la audiencia de conciliacin. Adems, que el demandante tenga que estar presente y a la disposicin de ser interrogado, en la audiencia de pro-duccin y discusin de las pruebas. (Art. 503)31. Establecer el arbitraje convencio-nal (Art. 419).32. Simplificar los trmites en cuan-to a la prueba escrita, su admisin y presentacin en el tribunal (Arts. 543 al 545)33. En relacin a los embargos eje-cutivos, establecer nuevas dispo-siciones que procuran proteger a las empresas y negocios contra los abusivos embargos que han tenido lugar durante los ltimos aos con la ejecucin de las sentencias labo-rales (Arts. 669 y 670).

    34. Eliminar la disposicin que li-mita slo a un 15% del salario del trabajador la posibilidad de cobrar una indemnizacin en daos y per-juicios que disponga un tribunal (Art. 672).35. Aadir nuevos textos en las secciones Disposiciones finales y Disposiciones transitorias (Art. 731 y 734). La propuesta de reforma al Cdi-go Laboral, en la amplitud que ha sido descrita, incluye tambin re-comendaciones de derogacin de mltiples artculos por desuso o por ineficaces, adems del remo-zamiento y actualizacin de otros cuantos. La misma fue presentada ante la Comisin Presidencial de reforma al Cdigo de Trabajo por Manuel Diez Cabral, presidente del Consejo Nacional de la Empre-sa Privada (CONEP) y el Ingeniero Jaime Gonzlez, presidente de la Confederacin Patronal de la Re-pblica Dominicana (COPARDOM).

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