participación ciudadana

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Participación ciudadana. RESEÑA HISTORIA DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Se parte de la teoría de Jhon Locke (1632 – 1704), quien apuntó a mostrar que los derechos son algo más que una concesión por parte del Estado. LA GESTIÓN PRIORITARIA DEL ESTADO ES - PowerPoint PPT Presentation

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Presentacin de PowerPoint

Participacin ciudadana

RESEA HISTORIA DE LA PARTICIPACIN CIUDADANA

Se parte de la teora de Jhon Locke (1632 1704), quien apunt a mostrar que los derechos son algo ms que una concesin por parte del Estado.

LA GESTIN PRIORITARIA DEL ESTADO ES GARANTIZAR EL GOCE DE LOS DERECHOS NATURALES

Bajo esta teora, se empieza a cuestionar las bases del absolutismo estatal y se abona el terreno para la creacin del Estado de Derecho

Su aplicacin se fundamenta en la Constitucin Poltica de Colombia de 1991

Planteamientos: COLOMBIA ES DEMOCRTICA, PARICIPATIVA, Y PLURALISTACOLOMBIA EST FUNDADA EN EL RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA, EL TRABAJO Y LA SOLIDARIDAD DE LAS PERSONAS QUE LA INTEGRAN.EN COLOMBIA PREVALECE EL INTERS GENERALFines del Estado:SERVIR A LA COMUNDADM PROMOVER Y FACILITAR LA PARTICIPACIN DE TODOS LOS COLOMBIANOS EN LAS DECISIOES QUE UEDAN INCIDIR SOBRE LOS PRONCIPIOS DE UNA SOCIEDAD ORGANIZADA

CONOZCAMOS EL ESTADO COLOMBIANONACIN GRUPO HUMANO O COMUNIDAD UNIDAPOR UNA IDENTIDAD CULTURAL, SOCIAL, ETNICA, RELIGIOSA, ETC.

CONOZCAMOS EL ESTADO COLOMBIANO

REPUBLICAIDENTIDAD DEL ESTADOEJEMPLO: ESCUDO BANDERAESTADOFORMA DE ORGANIZACIN SOCIAL, PARA EL EJERCICIO DEL PODER POLTICOTERRITORIOEL ESPACIO FSICOPATRIASENTIDO DE PERTENENCIA Y AFECTOGOBIERNODIRIGE EL DESTINO DE LOS HABITANTESPASES EL TERRITORIO EN EL QUE SE ESTABLECE EL ESTADOLO PBLICOPRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS FUERZAS IRREGULARES AMINISTRACIN PBLICA RECURSOSNATURALESORGANIZACIONESECOLOGICAS GRUPOS DE INTERESORGANIZACIONES POLITICASFACTORESSOCIALESFACTORES POLITICOSFACTORESCULTURALESFACTORESJURIDICOSFACTORESRELIGIOSOSFACTORESECOLOGICOSFACTORES ECONOMICOSOTROS FACTORESORGANIZACIONESRELIGIOSAS, CULTURALESINFLUENCIA DE OTROS ESTADOS EL ESTADO COMO SISTEMA7AUTOCONTROLGarantiza cumplimiento de normas, gestin e informacinCONTROL CIUDADANOA LO PBLICO 5PERSONERA

Vigila la moralidad pblicaCONTROL LEGAL Y DISCIPLINARIOCONCEJO CONTROL POLTICOCONTRALORA

Control posteriory selectivoCONTROL FISCALCONTROL INTERNOEN ENTIDADESVEEDURIArgano asesor y deControl preventivoDEMOCRACIA REPRESENTATIVADEMOCRACIA PARTICIPATIVA

8LOPUBLICO8El control ciudadano se soporta en el mandato constitucional de la soberana popular y en el derecho fundamental de la participacin.QU SER PARTICIPAR?Intervenir ?Organizarce ?Decidir ? Solucionar?Imponer?Negociar ?Incidir ?Un derecho?Acceder?Poder?Afectar la vida ?Un deber?Obstaculizar ?Concertar ?Ayudar ?Prevenir ?9NIVELES DE PARTICIPACIN COMO DERECHO EN COLOMBIA7. GESTIN6. DECISIN5. CONCERTACIN4. FISCALIZACIN3. INICIATIVA2. CONSULTA1. INFORMACINA medida que se progresa en la escala, el proceso participativo se hace ms exigente, implca llenar una serie de requisitos y condiciones diversas y hacer uso de diferentes instrumentos10

En la vida polticaEn la vida administrativa En la Administracinde JusticiaEn la vida social y econmica

EN DNDE PUEDEN PARTICIPAR LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS?1112DIVISIN BSICA DE LOS DERECHOS EN COLOMBIACONSTITUCIN POLITICA DE 1991

DERECHOS DE SUPERVIVENCIA: referidos a la proteccin y cuidados necesarios para garantizar el nacimiento y supervivencia, son condicin indispensable para los niveles ptimos de salud, nutricin adecuada y acceso sin restriccin a servicios mdicos y de seguridad social.

Derecho a la vidaDerecho a su nombre y nacionalidadDerecho a tener una familia y no ser separado de ellaDerecho a la alimentacin equilibradaDerecho a la saludDerecho a la seguridad socialDerecho al cuidado y al amor

12132. DERECHOS DE DESARROLLO: referentes a las condiciones de promocin y proteccin necesarias para un desarrollo armnico e integral del nio, en sus aspectos fsico, intelectual, afectivo, psquico, ldico y de relacin con el entorno inmediato.

Derecho a la educacinDerecho a la recreacinDIVISIN BSICA DE LOS DERECHOS EN COLOMBIACONSTITUCIN POLITICA DE 1991

1313143. DERECHOS DE PROTECCIN: referidos a las acciones de defensa y promocin por parte del Estado y la sociedad, de aspectos fundamentales relativos a la vida del ser humano, contra toda forma de abuso, maltrato, explotacin o prcticas que impidan las posibilidades de desarrollo integral como seres humanos.

Derecho a la integridad fsica Derecho a ser protegido contra toda forma de abandono, violencia fsica o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotacin laboral o econmica y trabajos riesgosos.Derecho a Gozar tambin de todos los dems derechos consagrados en la Constitucin, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.DIVISIN BSICA DE LOS DERECHOS EN COLOMBIACONSTITUCIN POLITICA DE 199114154. DERECHOS DE PARTICIPACIN: concepto indito en la legislacin de minoridad que se refiere al ejercicio de la condicin de sujeto social por parte de todos y todas, aqu, se comprende el derecho a pensar, a hacer sus propias cosas, a expresar libremente su propia opinin y que esta sea tenida en cuenta y a tener una voz afectiva sobre cuestiones que afecten la propia vida y a la comunidad. Es muy importante como condicin indispensable para la toma de decisiones.

Derecho a la libre expresin de su opinin.DIVISIN BSICA DE LOS DERECHOS EN COLOMBIACONSTITUCIN POLITICA DE 1991 815 INSTRUMENTOS JURDICOSMecanismos de participacin

16

Mecanismos para intervenir ante los riesgos de la Gestin Pblica717

Mecanismos para intervenir ante los riesgos de la Gestin Pblica1819

91920

20* Nios salvajes21Ciclo de VidaDerechos Generales Y Libertades Fundamentales18 a 38 EDAD ADULTA Nombre, y NacionalidadSalud fsica y mentalVacunacinDesarrollo PersonalDesarrollo Educacin Superior TrabajoRecreacinCalidad de VidaCompetenciasVida, Salud, AutocuidadoParticipacin39 a 5353 a 65De 66 a Ms PensinRecreacinEntre otros

Garantizando Derechos22Ciclo de Vida18 a 38 EDAD ADULTA39 a 5353 a 65De 66 a Ms Restableciendo Derechos

MALTRATO, ABANDONO Y NEGLIGENCIA PASIVA23

TORMENTA DE HIELO EN SUIZA23QU ES LA PARTICIPACIN CIUDADANA?Es un derecho constitucional que le permite al ciudadano, participar activamente en la toma de decisiones que afecten en su entorno econmico, poltico, administrativo y culturalPORQU ES IMPORTANTE EL CIUDADANO?Porque lo convierte en un supervisor de los servicios del Estado y le obliga a mejorar continuamente para brindar un mejor servicio.

Ficha 1CULES SON LAS HERRAMIENTAS DE PARTICIPACIN QUE TIENE EL CIUDADANO?Peticin: Es una solicitud presentada en forma respetuosa verbal o escrita ante un servidor pblico, con el fin de obtener pronta solucin sobre la misma.Queja: Es el medio por el cual el usuario manifiesta su inconformidad en razn de unairregularidad administrativa, por la actuacin de determinado funcionario o por la forma y condiciones en que se preste o no un servicio, con el propsito de corregir oadoptar las medida correspondientes.Reclamo: Es una solicitud que manifiesta la inconformidad del usuario por una actuacin administrativa de la entidad, con el objeto de que se revise

Sugerencia: Es una manifestacin orientada al mejoramiento del servicio prestado por la Entidad.Denuncia: Es el mecanismo mediante el cual cualquier ciudadano da aviso o notifica, en forma escrita o verbal, hechos o conductas con las que se pueda estar configurando un posible manejo irregular o un eventual detrimento de los bienes o fondos delEstado.Annimo: Es la denuncia o queja, verbal o escrita, que una persona presenta en forma respetuosa haciendo uso del derecho a proteger su identidad.

QU DEBE TENER UN DERECHO DE PETICIN?Todo Derecho de Peticin debe contener la siguienteinformacin:1. Nombre e Identificacin del Peticionario, el Representante o su apoderado.2. Direccin del Peticionario (A donde recibir la respuesta).3. Nombre de la Entidad o del funcionario a quien se dirige.4. Objeto de la peticin y las razones que la respaldan.5. Listado de los documentos que sustentan la peticin.6. Firma del Peticionario.* La respuesta al derecho de peticin ser enviada al ciudadano, a la direccin que haya dejado para envo de correspondenciaFicha 2EN QU TRMINO SE DEBE RESPONDER?El derecho de Peticin en inters general o particular debe resolverse dentro de los QUINCE (15) das hbiles siguientes a la fecha de su recepcin.

El derecho de Peticin de informacin o Solicitud de copias de documentos que no haga parte de expedientes deber resolverse dentro de los DIEZ (10) das hbiles y el peticionario asumir el costo respetivo.

Cuando el derecho de peticin verse sobre solicitud de copias y certificaciones de expedientes deber resolverse en un plazo no mayor a TRES (3) das.

Cuando se trate de una solicitud de consulta en relacin con la materia a cargo de la entidad, sta se deber resolver dentro de un trmino mximo de TREINTA (30) das hbiles.

Cuando se trate de una solicitud de informacin de los congresistas, sta se deber resolver dentro de un trmino mximo de 5 das calendario, siguientes a la fecha de su recepcin.IMPOSIBIIDAD DE CONTESTAR LA PETICINEn el caso de no poder responder el derecho de peticin dentro del plazo por ley establecido, se le informar por escrito al peticionario, detallando los motivos y sealando la fecha en la cual se resolver. CMO SE PRESENTAN LAS QUEJAS?Toda queja debe contener la siguiente informacin?1. Nombre, identificacin y direccin del que presenta la queja. (dnde recibir la respuesta).2. Nombre de la entidad o del funcionario contra quien se dirige la queja.3. Objeto de la queja y los motivos que la sustenta.4. Pruebas documentadas, testimoniales o cualquier otra que sustenta la queja.5. Firma del Quejoso.EN QU TRMINO DEBEMOS TRAMITAR UNA QUEJA?Las quejas, Reclamos y Denuncias se resolvern dentro de los QUINCE (15) das hbiles siguientes a su recibo, exceptuando aquellas que requieran de un PROCESO DISCIPLINARIO, las cuales sern atendidas en los Trminos previstos en el Cdigo nico disciplinario de cada institucin. QU ES UNA ACCIN DE TUTELAEs un mecanismo de participacin ciudadana que tiene como objeto hacer cumplir de forma mediata una peticin para la satisfaccin de los derechos humanos.La accin de tutela se presenta ante un juzgado de reparto. QU ES UNA ACCIN DE CUMPLIMIENTO?Es el mecanismo de participacin por medio del cual se exige el cumplimiento de lo dispuesto en las respuestas de tutelas que han sido falladas en actos administrativos o jurdicos, cuando se hace caso omiso de su cumplimiento. Ficha 3QU ES UNA ACCIN POPULAR?

Son los medios procesales para la proteccin de derechos e intereses colectivos. Las acciones populares se ejercen para evitar el dao contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneracin o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible.

Son aquellas acciones interpuestas por un nmero plural o un conjunto de personas que renen condiciones uniformes respecto de una misma causa que origin perjuicios individuales para dichas personas. Las condiciones uniformes deben ser tambin respecto de todos los elementos que configuran la responsabilidad. La accin de grupo se ejercer exclusivamente para obtener el reconocimiento y pago de indemnizacin de perjuicios.La Oficina Asesora Jurdica del Instituto, es la encargada de representar judicial y extrajudicialmente a la Entidad, y por lo tanto, efecta el seguimiento y control de todos los procesos judiciales instaurados, a favor o en contra del Estado.Ficha 4MECANISMOS DE PARTICIPACINCIUDADANAConsagrados en el Artculo 103 de la Constitucin Poltica de Colombia, desarrollado por la ley134 de 1994. Estatuto de los Mecanismos de Participacin Ciudadana.Voto: Es un mediante el cual que el pueblo puede ejercer el derecho al sufragio.El voto es, ante todo, un acto personal y de voluntad poltica; adems, es un derecho y un deber de todos los ciudadanos.Referendo: Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurdica o derogue o no una norma ya vigente.Plebiscito: Es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la Repblica, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisin del Ejecutivo.La Consulta Popular: Es la institucin mediante la cual, una pregunta de carcter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, es sometida por el Presidente de la Repblica, el Gobernador o el Alcalde, segn el caso, a consideracin del pueblo para que ste se pronuncie formalmente al respecto. El Cabildo Abierto: Es la reunin pblica de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de inters para la comunidad.La Revocatoria del Mandato: Es un derecho poltico, por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.Ficha 5la Iniciativa Legislativa: Es el derecho poltico de un grupo de ciudadanos de presentar proyecto de acto legislativo y de ley ante el Congreso de la Repblica, de ordenanza ante las asambleas departamentales, de acuerdo ante los concejos municipales o distritales y de resolucin ante las juntas administradoras locales, y dems resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, segn el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporacin pblica correspondiente..

MARCO LEGAL PRINCIPIOS CONSTITUCIONALESEn el marco de la constitucin de 1991 se consagraron principios orientados para luchar contra la corrupcin a d m i n i s t r a t i v a e n C o l o m b i a .

La Constitucin Poltica de 1991 dio gran importancia a la participacin de la ciudadana en el control de la gestin publica, y estableci la responsabilidad patrimonial de los servidores pblicos. Los Artculos relacionados son: 1,2,23,74,90,122,123, 1 2 4 , 1 2 5 , 1 2 6 , 1 2 7 , 1 2 8 , 1 2 9 , 2 0 9 , 2 7 0 .

Las siguientes leyes regulan y orientan la participacin ciudadana y sus mecanismos. Se han expedido normas que garantizan la participacin democrtica de todos los ciudadanos.

Ley 190 de 1995, por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administracin Pblica y se fijan disposiciones con el objeto de erradicar la corrupcinDecreto 2591 de 1991, por el cual se reglamenta la accin de Tutela consagrada en el Artculo 86 de la Constitucin Poltica.

Decreto 306 de 1992, por el cual se reglamenta el Decreto 2591 de 1991.

Ficha 6Decreto 1382 de 2000, por el cual se establecen reglas para elreparto de la accin de tutela.Ley 393 de 1997, por la cual se desarrolla el Artculo 87 de laConstitucin Poltica.Ley 472 de 1998, por la cual se desarrolla el Artculo 88 de la Constitucin Poltica de Colombia, en relacin con el ejercicio de las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones.Ley 152 de 1994, por la cual se establece la Ley orgnica del plan de desarrollo.Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organizacin y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en losnumerales 15 y 16 del Artculo 189 de la Constitucin Poltica y se dictan otras disposiciones.Ley 150 de 2007, por la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones

Referencias1Pintor Oswaldo GuayasaminObra: Variada - Invitadopor el Dr. Carlos Medina Gallego. Conferencia. Gestin Social Integral. Nociones y conceptos. 2010. Universidad Nacional de Colombia Facultad de Derecho - Carrera de Ciencia Poltica2Foro Social Mundial. Otro Mundo es Posible Caracas, Venezuela. 2007.3Constitucin Poltica de Colombia 19914Conceptos inditos Equipo Transdisciplinario Producciones ASOP. 2008.5Orozco P. Alys. Conferencia Redes Sociales y Trabajo en Equipo -* Veedura Distrital. 2010.6Ibit.7Ibit. Op. Cit.8Constitucin Poltica de Colombia 19919Conceptos inditos Equipo Transdisciplinario Producciones ASOP. 2009.10GUZMAN GARCIA, Nelly Luca. NIOS Y NIAS, Gua Metodolgica para la reflexin sobre sus derechos. Bogot. Editorial KIMPRES LTDA. 2003. 59 p.11UNICEF. PARA QUE LOS NIOS Y LAS NIAS PUEDAN VIVIR EN DIGNIDAD. Bogot. Editorial Editores Ltda. 2003 221 p. 12Orozco P. Alys. Equipo Transdisciplinario Producciones ASOP. Para Conferencia Universidad de Cundinamarca 2011.13Recopilacin, Orozco P. Alys. Equipo Transdisciplinario Producciones ASOP. Para Conferencia Universidad de Cundinamarca 2011. 14Fuente: Direccin electrnica: htp://www.fundacionpdh.org/normativa/cuadronormativo.htm35

GRACIASPresentado por ALYS STELLA OROZCO PULIDO(Psicloga Social Comunitaria)CONTACTO: [email protected] [email protected]. 3124377020

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