participación - boletín 26 · 2 asociación civil centro de cultura popular “labor ......

20

Upload: vandan

Post on 01-Nov-2018

214 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso
Page 2: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Participación - Boletín 26

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”2

PRESENTACIÓN

En el mundo aún existen millones de personas que pasan hambre, por ello los presidentes y legisladores de muchos países y también los organismos internacionales, continúan determinando políticas para erradicar el hambre. Por su parte las Organizaciones no Gubernamentales, financieras y agencias de desarrollo vie-nen proponiendo estrategias para combatir el hambre. Sin embargo, contrariamente a todo este esfuerzo y recursos destinados en la persecución de este objetivo, el número de personas hambrientas (quienes tienen derechos y que luchan por mejores condiciones de vida), viene incrementándose.

Contaminación de los recursos naturales, desigualdades en el reparto de los recursos (tierras, infraestruc-turas, créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso al fortalecimiento de capacidades, de información, entre otros, son algunas de las causas que agrava la pobreza. Precisamente, debido a la lucha de estas personas empobrecidas que se movilizan principalmente a través de organizacio-nes campesinas y movimientos sociales, surge una alternativa para combatir las verdaderas causas del ham-bre y la pobreza, y se le conoce como Soberanía Alimentaria, alternativa que parte de un análisis profundo de estas causas; que relaciona la combinación de capacidades productivas de la agricultura campesina, con una gestión sostenible de los recursos productivos, con políticas gubernamentales que garanticen la alimentación adecuada de la ciudadanía, y con autonomía de las leyes que rigen el comercio internacional.

Para contribuir en una mejor comprensión sobre esta problemática mundial, en el presente documento abor-damos el tema, mencionando inicialmente las diversas definiciones sobre Soberanía Alimentaria, resultado de varios eventos mundiales, para luego ingresar a los derechos internacionales que envuelve esta alternativa, incidiendo en el derecho a la alimentación, a la tierra y al agua en el marco de los derechos humanos. En este mismo esquema también señalamos de cómo están considerados estos derechos en la Constitución Política del Perú, y en este aspecto, detallamos la cronología en el marco de la Ley de Tierras, debido a que su condición jurídica ha sufrido una serie de modificación en los últimos años; asimismo, rescatamos la opi-nión de Francisco Soto, director ejecutivo de IPROGA sobre el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. Otro tema que no podemos dejar de lado y que viene amenazando a la Soberanía Alimentaria es el Cambio Climático, debido a su impacto directo en la producción de alimentos, afectando principalmente a la pequeña agricultura y ganadería. Concluimos esta primera parte diferenciando entre Soberanía Alimentaria y Seguri-dad Alimentaria, aunque ambos apuntan lograr la alimentación de las personas de un determinado país.

Seguido usted encontrará nuestra experiencia institucional sobre acciones desarrolladas en el marco de la Soberanía Alimentaria, ejecutadas en comunidades campesinas de la Provincia de Pasco (Perú), gracias al valioso apoyo de Heifer Project International, cuya filosofía de trabajo es el Compartir de Recursos que esta permitiendo transmitir el don de la solidaridad. En esta parte resaltamos las principales lecciones obtenidas de nuestro relacionamiento con las comunidades; nuestra intención es que éstos puedan ser tomados en cuenta por otras instituciones y organizaciones que realizan o realizarán proyectos o actividades en este tema, y de esta manera contribuir a un trabajo sostenible a favor del desarrollo de las zonas más pobres. Dicho en

otras palabras, presentamos nuestra experiencia institucio-nal para que la propuesta de Compartir Recursos, basado en la protección y conservación de los recursos naturales, puedan ser asumidos por las instituciones públicas y priva-das que trabajan a favor de la Soberanía Alimentaria; no puede haber producción sana y segura si el agua, suelo y aire están contaminados.

Es hora de reflexionar y de actuar seriamente. Si el de-recho a una alimentación adecuada es un derecho fun-damental del ser humano establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, entonces la lucha con-tra el hambre y la pobreza es una cuestión de justicia que compete a todas las personas. Por lo tanto, tenemos el deber de involucrarnos activamente, informándonos, formándonos, compartiendo y planteando políticas efec-tivas, para velar por el respeto a este derecho y para de-nunciar debidamente a quienes atenten contra él.

1981 – 21 de Noviembre – 2010Jr. Junín Nº 266, Chaupimarca

Cerro de Pasco – PerúTelefax: 063 422627

e-mail: [email protected]: www.laborpascoperu.org.pe

Responsables de Edición:Wilmar Orlando Cosme Calzada

Nayda Faustino Prudencio

Tiraje: 1000 ejemplaresDiseño e impresión Sonimagenes del Perú

6 de Agosto 968, Jesús MaríaHecho el Depósito Legal en la Biblioteca

Nacional del Perú Nº 2008 – 06321 Lima, Junio del 2010

Page 3: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”

Participación - Boletín 26

3

¿QUÉ ES SOBERANÍA ALIMENTARIA?

En la primera Cumbre Mundial de la Alimentación, celebrada en Roma en 1996, el concepto de Sobe-ranía Alimentaria fue presentado por primera vez por La Via Campesina, como alternativa a las políticas de seguridad alimentaria promovidas por la Organi-zación de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).

Desde entonces, este nuevo concepto se ha convertido en un tema importante para el debate agrario interna-cional y materia de discusión en varios eventos mun-diales, siendo los más significativos tres de ellos: (1) El Foro Mundial sobre Soberanía Alimentaria, realizado en la Habana – Cuba, entre el 3 y 7 de setiembre del 2001; (2) El Forum de ONG/OSC para la Soberanía Alimentaria que tuvo lugar en Roma del 8 al 13 de junio del 2002; y (3) El Foro por la Soberanía Alimentaria de Nyéléni realizado en Sélingué, Malí – África, del 23 al 27 de febrero del 2007; llegando en cada una de ellas a las siguientes definiciones de Soberanía Alimentaria:

Trabajado por Concepto de Soberanía Alimentaria

La Vía Campesina

1996

Es el derecho de cada nación para mantener y desarrollar su propia capacidad para producir los alimentos básicos de los pueblos, respetando la diversidad productiva y cultural. Tenemos el de-recho a producir nuestros propios alimentos en nuestro propio territorio de manera autónoma. La Soberanía Alimentaria es una precondición para la seguridad alimentaria genuina.

La Habana

2001

Es la vía para erradicar el hambre y la malnutrición y garantizar la seguridad alimentaria du-radera y sustentable para todos los pueblos. Entendemos por Soberanía Alimentaria el dere-cho de los pueblos a definir sus propias políticas y estrategias sustentables de producción, distribución y consumo de alimentos que garanticen el derecho a la alimentación para toda la población, con base en la pequeña y mediana producción, respetando sus propias culturas y la diversidad de los modos campesinos, pesqueros e indígenas de producción agropecuaria, de comercialización y de gestión de los espacios rurales, en los cuales la mujer desempeña un papel fundamental.

Roma

2002

Es el derecho de los pueblos, comunidades y países a definir sus propias políticas agrícola, laboral, pesquera, alimentaria y de tenencia de la tierra de forma ecológica, social, económica y culturalmente adecuada a sus circunstancias únicas. Esto incluye el verdadero derecho a la alimentación y a producir los alimentos, lo que significa que todos los pueblos tienen derecho a una alimentación sana, nutritiva y culturalmente apropiada, y a la capacidad para mantenerse a sí mismos y a sus sociedades.

Nyéléni

2007

Es el derecho de los pueblos a decidir su propio sistema alimentario y productivo, a alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de forma sostenible y ecológica. Esto pone a aquellos que producen, distribuyen y consumen alimentos en el corazón de los sistemas y políticas alimentarias, por encima de las exigencias de los mercados y de las empresas dando prioridad a las economías locales y a los mercados locales y nacionales; otorgando el poder a los campesinos y a la agricultura familiar, la pesca artesanal y el pastoreo tradicional; colocando la pro-ducción alimentaria, la distribución y el consumo sobre la base de la sostenibilidad medioambiental, social y económica.

La Vía Campesina es un movimiento internacional de campesinos y campesinas, pequeños y medianos pro-ductores, y otros, constituida como una organización mundial en Mons, Bélgica, en mayo de 1993.

www.viacampesina.org

Page 4: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Participación - Boletín 26

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”4

La Soberanía Alimentaria incluye: Priorizar la producción agrícola local para alimentar a la población, accediendo a los campesinos • y campesinas y a los que no tienen tierras, a la tierra, al agua, a las semillas y al apoyo financiero. De ahí la necesidad de reformas agrarias, al libre acceso a las semillas, y de mantener el agua en su calidad de bien público, que se reparta de forma sostenible. El derecho de los campesinos y campesinas a producir • alimentos y el derecho de los consumidores a poder decidir lo que quieren consumir y, como y quien se lo produce.El derecho de los países a protegerse de las importaciones • agrícolas y alimentarias demasiado baratas.El reconocimiento de los derechos de las campesinas que • desempeñan un papel esencial en la producción agrícola y en la alimentación.

SOBERANÍA ALIMENTARIA EN EL DERECHO INTERNACIONAL

Pedro Castillo Castañeda, investigador peruano en temas relacionados con las comunidades campe-sinas, tierras, aguas y organizaciones rurales, señala en el Documento de Consultoría “Investigación Soberanía Alimentaria a nivel del país - 2008”, que la Soberanía Alimentaria debería discutirse bajo las premisas de los derechos como: el derecho a la alimentación, a la tierra y al agua. Veamos entonces que dice la normatividad internacional sobre estos derechos.

EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓNLa Declaración Universal de los De-rechos Humanos, en su artículo 25 es-tablece que: “Toda persona tiene dere-cho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimenta-ción…”. Esto muestra que el derecho a la alimentación está reconocido desde un principio como uno de los derechos humanos por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), uno de los organismos más significativos en materia de derechos humanos, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, resal-ta el derecho a la alimentación, a través

de su artículo 11 que menciona: “1. Los Estados en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso la alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia… 2. Los Estados Partes en el presente Pacto, reconocen el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el ham-bre…”. El artículo 12 señala: “1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.”.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, posteriormente precisó el artículo 11 del PIDESC, señalando que el derecho a la alimentación, se ejerce cuando todo hombre, mujer, niño o niña, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación ade-

La Soberanía Alimentaria es la mejor alternativa para acabar con el hambre en el mundo. Se trata de devolver el control de las políticas agrícolas y alimentarias a los sectores populares (campesinos, trabajadores, consumidores, mujeres, etc.), así como su acceso a la tierra, al agua y a los bienes comunes (que

responden al interés y beneficio de toda la comunidad).

Page 5: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”

Participación - Boletín 26

5

cuada o a medios para obtenerla. La alimentación adecuada no debe interpretarse en forma limitada solo a un conjunto de calorías, proteínas y otros elementos nutritivos. Por ello, cualquier medida o política pública desde el Estado no solo debe atender este derecho con políticas asistencialistas (re-partiendo alimentos), sino debe estar orientada al respeto de los derechos relacionados con la alimen-tación, como es el acceso y respeto por la propiedad de las tierras.

La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), sostiene que el respeto a este derecho significa que un gobierno no confisque tierras o desvíe el agua utilizada para la agricultura en zonas con déficit de alimentos. Proteger este derecho significa por ejemplo, que antes de expedir permisos o concesiones para una actividad industrial, una autoridad pública debe asegurarse que esta actividad no tendrá como resultado impedir el acceso a los alimentos.

EL DERECHO A LA TIERRALa Declaración Universal de los De-rechos Humanos, señala inicialmente el derecho a la propiedad que aparece contemplado en el artículo 17 que dice: “1. Toda persona tiene derecho a la pro-piedad, individual y colectivamente. 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad”.

También el derecho que tiene relación directa con el derecho a la tierra es el de-recho a la alimentación que es reconoci-do expresamente en el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, como lo vimos anteriormente.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), que es otro organismo significativo en materia de derechos humanos, resalta el dere-cho a la tierra, a través de su artículo 1 que dice: “Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.”, y el artículo 27 dice: “En los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas y lingüísticas, no se negará a las personas el derecho que les corresponde, en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural…”. Esta determinada cultura, se relaciona con los modos de vida asociados al territorio y al uso de sus recursos. La Observación General 23 del PIDCP, establece que el derecho a conservar la cultura está estrechamente relacionado con el disfrute y uso del territorio y sus recursos naturales como es la tierra. Tomando como base este artículo 27 del PIDCP, también la Corte Interamericana de Derechos Huma-nos, falló a favor del derecho a la tierra y su relación con las comunidades indígenas.

La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), el 2004 aprobó con la Directriz 8B lo siguiente: “8.10 Los Estados deberían adoptar medidas para promover y proteger la seguridad de la tenencia de la tierra, especialmente con respecto a las mujeres, los pobres y los segmentos desfavorecidos de la sociedad, mediante una legislación que proteja el derecho pleno y en condiciones de igualdad a poseer tierra y otros bienes…Los Estados deberían estudiar la posibi-lidad de establecer mecanismos…Tales mecanismos deberían promover también la conservación y la utilización sostenible de la tierra.”

En el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, el derecho a la tierra está considerado como una cuestión única. En efecto, el artículo 13 recoge la importancia que tiene la tierra para los pueblos interesados: “1. Al aplicar las disposiciones de esta parte del Convenio, los gobiernos deberán res-petar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras o territorios…” También se afirma que muchos pueblos indígenas y

Page 6: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Participación - Boletín 26

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”6

tribales guardan una relación especial con la tierra y que suele abarcar todo el territorio que utilizan (bosques, ríos, montañas, mares) comprendiendo la superficie como el subsuelo. En esta parte del Convenio 169 dice: “Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan…”; también señala otros puntos como es la obligación que tienen los Estados para consultar a los pueblos interesados, cada vez que se prevean medidas legislativas; éstos están detallados en los artículos 6 y 7 del presente Convenio.

En la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas aprobada el 2007, podemos encontrar varios artículos que tratan el tema del derecho a la tierra, pero señalamos sólo dos de ellos: “Artículo 26. (1) Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recur-sos que tradicionalmente han poseído, ocupado o de otra forma utilizado o adquirido. (2) Los pueblos indígenas tie-nen derecho a poseer, utilizar desarrollar y controlar las tie-rras, territorios y recursos que

poseen en razón de la propiedad tradicional u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma. (3) Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debida-mente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indíge-nas de que se trate. Artículo 27. Los Estados establecerán y aplicarán, conjuntamente con los pue-blos indígenas pertinentes, un proceso equitativo, independiente, imparcial, abierto y transparente, en el que se reconozcan debidamente las leyes, tradiciones, costumbres y sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas, para reconocer y adjudicar los derechos de los pueblos indígenas en relación con sus tierras, territorios y recursos…”

EL DERECHO AL AGUAEl Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, el 2002 aprobó la Obser-vación General Nº 15 al Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PI-DESC), donde interpreta los artículos 11 y 12 (de-tallado anteriormente), señalando: “El agua es un recurso natural limitado y un bien público funda-mental para la vida y la salud. El derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es condición previa para la realización de otros dere-chos humanos…Los Estados Partes deben adoptar medidas eficaces para hacer efectivo el derecho al agua sin discriminación alguna…”. Además de ello, se menciona que la contaminación del agua y su continuo deterioro agravan la pobreza.

Esta observación señala que el agua es imprescin-dible para varios fines, dice: “El agua es necesaria para producir alimentos (el derecho a una alimenta-ción adecuada) y para asegurar la higiene ambiental (el derecho a la salud). El agua es fundamental para procurarse medios de subsistencia (el derecho a ga-

Derecho a la consulta en el PerúEl Congreso Peruano, aprobó el 19 de mayo del presente año (2010), el dictamen para la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos

Indígenas u Originarios, establecido en el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT. El artículo 2 de este dictamen menciona: “Del derecho a la consulta. Es el derecho de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados en forma

previa sobre las medidas legislativas o administrativas que afecten direc-tamente sus derechos colectivos, sea sobre su existencia física, identidad

cultural, calidad de vida o desarrollo. También corresponde efectuar la con-sulta respecto a los planes, programas y proyectos de desarrollo nacional y

regional que afecten directamente estos derechos. La consulta a la que hace referencia la presente Ley es implementada de forma obligatoria sólo por el Estado.”. El artículo 7 señala en una parte: “Las comunidades campesinas o andinas y las comunidades nativas o pueblos amazónicos podrán ser identifi-cados también como pueblos indígenas u originarios conforme a los criterios señalados en el artículo 7”. En caso de aprobarse como Ley, hay que estar

atentos en cuanto a su reglamentación.

Page 7: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”

Participación - Boletín 26

7

narse la vida mediante un trabajo) y para disfrutar de determinadas practicas culturales (el derecho a participar en la vida cultural).”.

La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, abor-da sobre el derecho al agua, a través del párrafo 2 del artículo 14; se dispone que los Estados Partes asegurarán a las mujeres el derecho a “gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de (…) el abastecimiento de agua”.

La Convención sobre los Derechos del Niño, a través del párrafo 2 del artículo 24, exige a los Esta-dos Partes que luchen contra las enfermedades y la malnutrición mediante “el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre”.

La Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, aprobado en la Conferencia de las Nacio-nes Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo de 1992, reconoce la importancia del derecho al agua.

La Agenda 21 (1998), en su capítulo 18, se dedicó a la protección de la calidad y el suministro de los recursos de agua dulce. En este capítulo consideran al agua como “un recurso natural y un bien social y bien económico cuya cantidad y calidad determina la naturaleza de su utilización”. En este capítulo, se pone énfasis en la situación de las mujeres, sobre todo rurales, así como en los pueblos indígenas.

El derecho al agua se ha reconocido desde hace muchas décadas en diversos instrumentos internacionales, podemos agregar a la Declara-ción de Estocolmo (1972), la de Mar de Plata (1977), de Dublín (1992) y otros.

SOBERANÍA ALIMENTARIA EN EL MARCO LEGAL PERUANO

DERECHOS DE SOBERANÍA ALIMENTARIA EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚEl derecho a la alimentación, a la tierra y al agua, no están mencionados como tal, en la vigente Cons-titución Política del Perú (de 1993), así lo señala Pedro Castillo en su libro “El derecho a la tierra y los acuerdos internacionales el caso del Perú - 2009”, por ello el Comité de Observaciones Finales de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, lla-mó la atención al Estado Peruano en 1997, ya que no se habían incorporado las disposiciones del PI-DESC.

En efecto, el derecho a la alimentación no es recono-cido como tal en la actual constitución, como sí lo ha-cía la de 1979 que decía en su artículo 18: “El Estado atiende preferentemente las necesidades básicas de la persona y de su familia en materia de alimentación, vi-vienda y recreación.”.

Sobre el derecho al agua y el derecho a la tierra, la

El acceso a los mercados internacionales no es una solución para el sector rural. El problema de los campesinos y campesinas es antes que nada, la falta de acceso a sus

propios mercados locales, por los precios demasiado bajos para sus productos y el dumping (precios bajos de mercan-cías provenientes de otros países), a través de la importa-

ción que deben enfrentar.

“Historia Junto al Fuego” por Wilmar Cosme Calzada.

Page 8: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Participación - Boletín 26

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”8

situación es similar a la del derecho a la alimentación, ya que ambos son reconocidos solamente como recursos naturales por lo que el Estado es propietario de ellos y puede otorgarlos a los particulares para su aprovechamiento, pero como derechos a ser exigidos por las personas no existe mención alguna.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional (TC) ha establecido que en la Constitución vigente de 1993, hay derechos innominados, que significa que aunque no tengan nombre especial o no hayan sido claramente identificados, tienen relación directa con la dignidad de las personas y con los derechos humanos, y que para conocerlos es importante interpretarlos en su conjunto.

Respecto al derecho al agua, si bien no tiene reconocimiento expreso en la Constitución, el TC lo ha reconocido como tal en la sentencia 2064-2004-AA/TC, que dice: “6. El agua constituye un elemento esencial para la salud básica y el desarrollo de toda actividad económica, por lo que resulta vital para la supervivencia de todo ser humano… 7. Por ello, se reconoce en los ciudadanos el derecho al agua, que impone en los estados los deberes de respetar, proteger y realizar tal derecho… 8. La calidad de agua, entonces, resulta un elemento vital para asegurar el derecho a la salud de la población y tiene una repercusión directa en el medio ambiente.”.

Respecto al derecho a la tierra, la Constitución, en su artículo 88, se cuida de afirmarlo como un dere-cho de las personas, pero lo reconoce en su carácter patrimonial: “El Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario. Garantiza el derecho de propiedad sobre la tierra…”.

Por lo señalado y en el marco de la Soberanía Alimentaria, Castillo concluye que el derecho a la alimentación y al agua, sí tienen un reconocimiento en la legislación peruana, ya que ambos están reconocidos en tratados internacionales en materia de derechos humanos (en la que el Perú es fir-mante), y que estos tratados tienen rango constitucional, según lo señala el Tribunal Constitucional. El derecho a la tierra alcanza a ser reconocido en el ámbito internacional, pero no se ha traducido claramente en la constitución peruana.

El Perú de hoyEl Perú es un país megadiverso, multiétnico, pluricultural y multilingüista, con un territorio de 1.25 millones de Km2 y una población de 27,219.264 millones de habitantes (Censo Nacional 2005 – INEI), en tres zonas geográficas: costa (zona árida), sierra (valles interandinos y alta montaña) y selva (amazonía). Con un 74%

de su población que vive en zona urbana y 26% en el área rural.Presenta un crecimiento económico sostenido en los últimos 7 años que no ha significado una distribución equitativa de la riqueza, por el contrario ha profundizado patrones de injusticia social. Los principales pro-blemas del Perú de hoy se pueden sintetizar en la situación de pobreza en que se encuentra el 48% de la

población del campo y en la ciudad, el cambio climático (la desertificación y pérdida de la biodiversidad bio-lógica y cultural), una gran dependencia alimentaria y un centralismo no sólo en términos económicos sino también políticos. Con ellos se puede explicar porqué de un régimen económico y social excluyente, que

privilegia la extracción y explotación indiscriminada de los recursos naturales y la inversión de las grandes transnacionales; además de una política agraria que discrimina al pequeño agricultor y a las comunidades

campesinas, cuyo principio básico es el libre mercado como el único asignador de los recursos.Documento Síntesis Nacional Sistematización de Soberanía Alimentaria. Por Mariela Wismann – Heifer

Perú (2008).

CRONOLOGÍA EN EL MARCO DE LA LEY DE TIERRASEl derecho a la alimentación tiene relación directa con la tierra, recurso que en el país ha sufrido una serie de modificaciones respecto a sus condiciones jurídicas, afectando a las poblaciones rurales más sensibles. La cronología que señalamos a continuación lo demuestra así.

En julio de 1995, se aprobó la Ley Nº 26505 “Ley de la inversión privada en el desarrollo de las acti-vidades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas”. Más conocida como Ley de Tierras, busca dotar de seguridad a los propietarios agrícolas, regulando de forma particular el abandono de tierras, restringiendo las posibilidades de expropiación y estable-ciendo la servidumbre minera en caso de exploración y explotación. Esta Ley permite en sus artículos 10 y 11 la disposición de las tierras comunales.

Page 9: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”

Participación - Boletín 26

9

En octubre de 1996, el artículo 7 de esta Ley fue reglamentado a través del Decreto Supre-mo Nº 017-96-AG, referido a las servidumbres sobre tierras para el ejercicio de actividades mi-neras o de hidrocarburos.

En junio de 1997, la Ley de Tierras fue regla-mentada por el Decreto Supremo Nº 011-97-AG, que regula la mayor cantidad de aspectos de dicha Ley.

En junio de 1997 se reglamenta sobre los de-nuncios de tierras eriazas a través del Decreto Supremo Nº 010-97-AG.

En julio de 1997, se promulga la Ley 26845 “Ley de titulación de las tierras de las comuni-dades campesinas de la costa”, que modificó el artículo 10, solo en lo referido a las tierras de las comunidades campesinas de la costa.

En mayo de 2008, el gobierno de Alan García publicó el Decreto Legislativo Nº 1015, el cual, modificando los artículos 10 y 11 de esta Ley, igualaba los requisitos para la disposición de tierras comunales.

En junio de 2008, este decreto fue modificado por el Decreto Legislativo Nº 1073.

En junio de 2008, se publicó el Decreto Legis-lativo Nº 1064, que derogó la Ley de Tierras, de-jando solo vigente el artículo 10 (que había sido modificado por el Decreto Legislativo Nº 1015).

En setiembre de 2008, la Ley 29261 dero-gó ambos decretos legislativos (Nros. 1015 y 1073) y restituyó la vigencia de los artículos 10 y 11 de la Ley de Tierras, con sus textos origi-nales.

En junio de 2009, la Ley 29376 “Ley que sus-pende la aplicación de los decretos legislati-vos Nros. 1090 y 1064”, dejó en suspenso el Decreto Legislativo Nº 1064 pero restituyó el texto de la Ley de Tierras, sus modificatorias y restituyó la vigencia de su reglamento.

En junio del 2009, a través de la Ley Nº 29382 se derogó los decretos legislativos 1090 y 1064.

REGLAMENTO DE LA LEY DE RECURSOS HÍDRICOS AMENAZA LA SOBERANÍA ALIMENTARIA

Texto extraído de Manuela Zurita (Agraria.pe)

El reglamento de la Ley de Recursos Hídricos 29338 promulgado en el mes de marzo del presente año (y que reemplazó a la Ley de Aguas 17752), favorecería a las grandes industrias, ya que les permitiría la acumulación de tierras y derechos de agua, así lo mencionó Francisco Soto, director ejecutivo del Instituto de Promoción para la Gestión del Agua (IPROGA).

Ley Nº 26505, Ley de TierrasObligación de regularizar derecho de propie-

dad según Constitución de 1993Artículo 10º.- Las Comunidades Campesinas y las Comunidades Nativas deberán regularizar su organización comunal de acuerdo con los preceptos Constitucionales y la presente ley.

Tratándose de tierras de propiedad de las Co-munidades Campesinas de la Costa, la regula-rización del derecho de propiedad se regirá por

las siguientes normas:a) Para la adquisición en propiedad por parte de posesionarios comuneros sobre la tierra que po-seen por más de un año, el acuerdo de Asam-

blea General de la Comunidad requerirá el voto a favor de no menos del cincuenta por ciento

de los comuneros posesionarios con más de un año. Para los efectos de la adquisición por el

actual posesionario, la entrega de las parcelas se acredita con el documento extendido por la

Comunidad a su favor.b) Para la adquisición en propiedad por parte

de miembros de la comunidad no posesionarios o de terceros así como para gravar, arrendar o ejercer cualquier otro acto de disposición sobre las tierras comunales de la Costa se requerirá el voto a favor de no menos del cincuenta por ciento de los miembros asistentes a la Asam-blea instalada con el quórum correspondiente.(Artículo modificado por la Ley Nº 26845, publi-

cada el 26 de julio de 1997. Dicha Ley modi-ficatoria sólo es aplicable a las comunidades

campesinas de la costa).Facultades de comunidades de sierra y selva

sobre sus tierras y requisitosArtículo 11º.- Para disponer, gravar, arrendar o ejercer cualquier otro acto sobre las tierras

comunales de la Sierra o Selva, se requerirá del Acuerdo de la Asamblea General con el voto conforme de no menos de los dos tercios de

todos los miembros de la Comunidad.

Page 10: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Participación - Boletín 26

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”10

“Para el otorgamiento de la licencia de uso de agua, se piden una serie de estudios; parecería que ha sido pensado sólo en la agroexportación, ya que nos preguntamos ¿Qué pasa con el agricultor que tiene 3 o 5 hectáreas? ¿Está en capacidad económica para hacer un estudio de aprovechamiento hídrico?”, cuestionó Soto.

Peligros. Soto alertó que el artículo Nº 79 del Reglamento implica dos peligros: El primero, la acumulación de hectáreas y de agua manejada por parte de las grandes empresas agroindustriales que al ver que los agricultores se quedan sin licencias de agua, comienzan a comprarles los terrenos. “El otro peligro es que vamos a tener mayor pobreza de parte de los agricultores, cuyo único recurso son sus 2 hectáreas”.

Innovaciones. Sobre los aspectos que destacaba del nuevo Reglamento, Soto apuntó a la Gestión Integrada de Recursos Hídricos, que establece el trabajo coordinado entre autoridades. También la planificación de cuencas. “El país pasa a tener una delimitación de cuencas. Las 14 Autoridades Ad-ministrativas del Agua (AAA) no comparten cuencas. Esto es importante porque la delimitación política que tiene el país es la mayor causa de conflictos. Esta delimitación integra las cuencas completas”.

Destacó el artículo Nº 133 sobre vertimiento de aguas residuales, que señala que las aguas residuales deben ser sometidas a un tratamiento previo que cumplan con los límites máximos permisibles.

Contradicción. Soto señaló que existe una contradicción entre la Ley de Saneamiento que esta-blece las cuotas familiares y el Reglamento que sólo estable-ce tarifas. “En la zona rural del país, donde vive casi el 30% de la población, se consume agua potable y no pagan tarifa. Pagan cuota familiar. No se les va a po-der implantar una tarifa. Se de-bería exceptuar que en la zona rural se acepte el pago de esa cuota familiar”.

Amazonía. “La Amazonía nece-sita un articulado especial”, dijo. “Falta un mayor peso en la ley a toda la parte amazónica, que no es ya tanto agrícola, sino que tie-ne otro uso”, “mayormente es para consumo, producción y transpor-te”, dijo. “La ley da prioridad para uso productivo, agricultura y acui-cultura. Dejan una ventanita abier-

ta que dice que estas prioridades pueden ser cambiadas. Me parece que no se puede tratar así a la mitad del país geográficamente hablando”.

Sobre la Autoridad Nacional del Agua (ANA). Soto mostró preocupación sobre la capacidad coactiva que deberá ejercer la ANA, ya que desconoce los mecanismos de supervisión y sanción que aplicará. “Yo tengo muchas dudas respecto a ello, precisamente respecto a las industrias extractivas. Hablo de límites máximos permisibles. Pero, ¿está en capacidad de decirle a una minera que pare la producción porque está contami-nando?”.

Dijo que espera que el ANA, dependiente del Ministerio de Agricultura (MINAG), se adscriba al Minis-terio del Ambiente (MINAM).“La agricultura es un sector dentro de la gestión del agua. También está el sector de vivienda, energético, minero y turístico. Entonces, una autoridad no puede estar adscrita a una de las partes interesadas. No puede ser juez y parte”.

Finalmente, Soto opinó que la Ley de Recursos Hídricos establece una excesiva concentración de poder en el ANA. “La otras entidades opinan y sirven para consultar, pero la última decisión las toma el ANA. Este Reglamento y esta Ley no son nada descentralista”, afirmó.

Page 11: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”

Participación - Boletín 26

11

CAMBIO CLIMÁTICO AMENAZA LA SOBERANÍA ALIMENTARIA

Es cierto que para los campesinos y campesinas del mundo, el cambio climático tiene un impacto directo. Las inundaciones, sequías, la alteración de los ciclos naturales de la lluvia que trae como consecuencia “huaycos” y el surgimiento de nue-vas pestes están acabando con la pequeña agri-cultura y ganadería que contribuyen de manera decisiva en la alimentación, amenazando la So-beranía Alimentaria, nuestras culturas, nuestra salud y nuestras vidas.

Analizando la situación, hay que tomar en cuenta otros aspectos que influye en esta problemática global como por ejemplo la agricultura industrial, que promueve la deforestación y los monocul-tivos, que contribuye a las emisiones de gases efecto invernadero (GEI). Los bosques, mangla-res, páramos, humedales, entre otros, que cap-tan naturalmente grandes cantidades de Dióxido de Carbono (CO2) de la atmósfera, están siendo destruidas, desapareciendo su biodiversidad. Esta actividad industrial, además de utilizar cantidades considerables de fertilizantes y pesticidas químicos provenientes del petróleo, maquinaria y semillas trans-génicas, provocan la degradación del medio ambiente, contaminando principalmente las fuentes de agua.

Por otro lado, hay que señalar que la destrucción de estos ecosistemas que protegen al planeta del cambio climático, están siendo destruidas gravemente por actividades extracti-vas como la minería, la explotación petrolera, la conversión en monocultivos para producir agrocombustibles o productos transgé-nicos en grandes cantidades para la exportación. Esto viene aumentando la presión sobre la tierra agrícola, repercutiendo en la masiva apropiación de tierras por las compañías trasnacionales en países en desarrollo y aumenta la marginación de los pequeños productores, asimismo, contribuye también a la contaminación de las fuentes de agua, recurso donde se sostiene nuestra Soberanía Alimentaria.

Por lo tanto, actuar para controlar los problemas señalados y apoyar a la agricultura campesina de pequeña escala permitiría mitigar los efectos negati-vos del cambio climático y juega un papel vital en la economía de los productores. Hay que tener presen-te que la producción local sostenible de alimentos, utiliza menos energía y elimina la dependencia de productos importados, asimismo retiene carbono en la tierra al mismo tiempo que aumenta la biodiversi-dad. Además de ello da empleo a hombres y muje-res y sigue siendo la mejor manera para combatir el hambre y la malnutrición.

Recordemos entonces que si a los pequeños productores se les da acceso a la tierra, al agua, a la educación, a la salud y son apoyados con políticas que permitan una Soberanía Alimentaria, entonces seguiremos alimentando el mundo y protegiendo el planeta.

El Calentamiento Global, es el incremento de la temperatura media relativamente estable de la atmósfera, de la tierra y de los océanos, debido al incremento de emisiones de gases de efecto

invernadero (GEI), provocado principalmente por las actividades industriales, la deforestación y la quema de combustibles fósiles, que esta acelerando la eva-poración del agua superficial, provocando alteracio-nes en el clima (cambio climático), y poniendo en

riesgo el futuro de la vida en el planeta.

Page 12: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Participación - Boletín 26

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”12

¿Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA?

Para una mejor comprensión sobre Seguridad Alimentaria, hay que resaltar primero que la Soberanía Alimentaria reclama en primer lugar, el derecho de los Estados a definir su política alimentaria y agra-ria; en segundo lugar, la necesidad de asegurar la satisfacción de la demanda interna de alimentos con producción nacional; y en tercer lugar, el papel protagónico de los campesinos en la producción de alimentos. Sin embargo, es necesario continuar con la discución y poder diferenciarla de la Seguridad Alimentaria, ya que ambas tienen la misma orientación, de lograr la alimentación de la población de un determinado país, tal como lo menciona Mariela Wismann de Heifer Perú en el “Documento Sintesis Nacional Sistematización de Soberanía Alimentaria” - 2008.

Entonces es importante referirnos al derecho a la alimentación adecuada, con aportes significa-tivos de calorías y proteínas que garanticen la buena salud de las personas.

Hoy en día es frecuente las enfermedades en los animales por concentraciones peligrosas de micotoxinas. Recordemos la propagación en la década pasada, de la encefalopatía espongi-forme bovina o “vacas locas”, enfermedad que afecta el sistema nervioso, generado por ali-mentos contaminados y que se puede transmitir al hombre por el consumo de partes infectados.

Los vegetales transgénicos es los últimos años resulta de mayor importancia para la industria alimenticia, muchos productos (soya, maíz, tomates, otros), están siendo modificados genéticamente, que influye en la pérdida de su calidad causados también por los conservantes incorporados al producto.

Con ello, quiero decir que ahora existen en los alimen-tos sustancias u organismos no perceptibles, como aditivos, microorganismos y residuos de plaguicidas, fármacos veterinarios o contaminantes medioambien-tales; ello implica primero que su producción deteriora el medio ambiente, amenaza la salud de las personas y destruye la agricultura familiar, agravando el hambre en el mundo, en otras palabras no garantiza la Segu-ridad Alimentaria.

A raíz de esta realidad y por ser una cuestión urgente, muchos países vienen actualizando su legislación en materia alimentaria, en ese sentido, el Estado peruano, con la suscripción en junio de 2002, de la Declaración

de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación y luego de firmado el Acuerdo Nacional (en julio de 2002) entre el Gobierno, los partidos políticos y la sociedad civil, consideró la necesidad de instaurar por primera vez, políticas de Seguridad Alimentaria (yendo más allá del asistencialismo), por ello se crea mediante Decreto Supremo Nº 118-2002-PCM, del 14 de noviem-

bre del 2002, la Comi-sión Multisectorial de Seguridad Alimentaria, en cuyo artículo 1 se define: “se entiende por seguridad alimentaria al acceso material y económico a alimentos suficientes, inocuos y nutritivos para todos los individuos, de manera que puedan ser utilizados adecuadamen-te para satisfacer sus necesidades nutricionales, y llevar una vida sana, sin correr riesgos indebidos de perder dicho acceso”.

La agroecología es la aplicación de los concep-tos y principios de la ecología al diseño, desarrollo y gestión de sistemas agrícolas sostenibles (agri-

cultura ecológica).La agricultura ecológica, es un sistema de pro-

ducción agrícola autónoma basada en la utilización óptima de los recursos naturales, sin emplear productos químicos de síntesis, u organismos

genéticamente modificados (ni para abono ni para combatir las plagas), logrando de esta forma obte-

ner alimentos orgánicos a la vez que se conserva la fertilidad de la tierra y se respeta el medio ambien-te. Todo ello de manera sostenible y equilibrada.

La etnoveterinaria, es la aplicación de conocimientos sobre el manejo y uso de plantas medicinales para aplicación vete-rinaria como remedio terapéutico. Su uso tradicional se va perdiendo en la medida

que el producto químico penetra en la sociedad.

No olvidemos…La agricultura ecológica que promue-

ve la conservación de los recursos naturales, y el conocimiento del valor nutricional de los alimentos, es funda-mental para garantizar la buena salud

de nuestra familia a través de una alimentación balanceada.

Page 13: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”

Participación - Boletín 26

13

SOBERANÍA ALIMENTARIA DESDE LA REGIÓN CENTRAL DEL PERÚ: CASO PASCO

HEIFER Y LA SOBERANÍA ALIMENTARIAHeifer Project International es una organización sin fines de lucro, cuya misión es trabajar junto a las comunidades para erradicar el hambre, la pobreza y cuidar el medio ambiente. Actualmente viene apo-yando a más de 10 millones de familias alrededor de 128 países, entre ellas el Perú.

Heifer Perú define a la Soberanía Alimentaria como:

“El derecho de los pueblos a alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de forma sostenible y ecológica, y su derecho a decidir su propio sistema alimentario y productivo. Se incluye a los gobiernos, población y comunidades sobre el derecho a decidir sus políticas agrarias y de alimentos, por encima de las exigencias de los mercados y de las empresas, colocando a productores y consumidores locales como los principales encargados de los sistemas de alimentación con la capacidad de decidir qué alimentos se producen y

se consumen y cómo ellos los producen y los preparan”.

Asimismo, señala que la Soberanía Alimentaria envuelve:

El derecho humano a la alimentación.• Acceso y control sobre productos y recursos naturales: tierras y agua.• Producción agroecológica.• Producción de alimentos y venta en mercados locales y nacionales.• Producción de alimentos culturalmente apropiados.•

HEIFER Y EL CENTRO LABOR, A FAVOR DE LAS ZONAS MÁS POBRESA partir del 2003, Heifer Perú reorientó su trabajo a través de proyectos de magnitud, tal es el caso del Proyecto Sombrilla Pasco que hoy en día contribuye valiosamente al desarrollo de la zona de interven-ción, gracias al trabajo coordinado con varias instituciones de la zona.

En el marco de este proyecto, en enero del 2008, el Centro Labor inició a ejecutar el sub proyecto “Forta-leciendo capacidades y organización para estilos de vida saludables en el marco de la Soberanía Alimentaria en las comunidades campesinas de Pasco”, de igual manera, las demás instituciones como la Federación Regional de Comunidades Campesinas y Nativas de Pasco, el Grupo Andes, Coor-dinadora Rural, Separ y Fodesa, ejecutaron sub proyectos en varias comunidades campesinas de la pro-vincia de Pasco y Daniel Carrión.

El ámbito de trabajo del Centro La-bor es la microcuenca del río Tingo, ubicado al norte de la ciudad de Ce-rro de Pasco, donde coordinamos con algunas comunidades de los distritos de Yanacancha, Yarusya-cán y Pallanchacra, perteneciente a la Provincia y Región Pasco, cuyos sectores muestran extrema pobre-za, ello a pesar de tener a la minería dentro del ámbito y que paradójica-mente ha contribuido escasamente en su desarrollo. Estas comunida-des campesinas son:

Page 14: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Participación - Boletín 26

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”14

Malaucayán, perteneciente al distrito de Yana-cancha, ubicada a 4,117 msnm., fue fundada el 16

de julio de 1972 pero aun no es reconocida legalmen-te. Cuenta con una población de 85 personas aproxima-

damente quienes se dedican a la actividad agropecuaria sobresaliendo la producción de papa y la crianza de

ovinos. En esta comunidad se viene coordinando con 24 familias originales.

Chauyar, perteneciente al distrito San Francisco de Asís de Yarusyacán, ubicado a 3,470 msnm.

Se constituyó el 16 de setiembre de 1961, pero la celebración por aniversario se celebra el 8 de mayo.

Tiene una población de 172 habitantes aproximadamente donde el 80% se dedican a la agricultura (producción de

papa, olluco, habas y oca) y a la ganadería (ovinos, porcinos, caprinos y asnos). En esta comunidad, se

cuenta con 16 familias originales.

Anasquizque, pertenece al distrito de Yana-cancha, ubicado a 3,654 msnm. Fue reconocido

como comunidad campesina en 1987 y como centro poblado el 8 de mayo de 1997. Su población es de 700

habitantes aproximadamente. La actividad económica de la zona es la agricultura (siendo la papa el principal pro-

ducto), y la ganadería (ovinos y porcinos). En esta comunidad se viene coordinando con 72 familias.

Cochacharao, que pertenece al distrito San Francisco de Asís de Yarusyacán, esta ubicada a 3,619 msnm., (en su nivel mínimo). Su reconocimien-to como centro poblado fue el 25 de noviembre de 1997.

Cuenta con 890 habitantes aproximadamente quienes se dedican principalmente a la agricultura y en menor escala a la ganadería. Aquí se viene coordinando

con 52 familias originarias.

Huancamachay, perteneciente al distrito San Fran-cisco de Asís de Yarusyacán, esta ubicada a 4,100 msnm., con un clima que oscila entre 15ºC durante el

día y menos 0ºC durante las noches. Fue fundada el 24 de mayo de 1970 y es reconocido como anexo el 1 de octubre

de 1998, pero la celebración por aniversario es el 30 de mayo. Cuenta con una población de 240 habitantes aproximada-

mente quienes se dedican principalmente a la producción de papa y a la crianza de ovinos. En esta comunidad

se viene coordinando con 40 familias.

Page 15: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”

Participación - Boletín 26

15

Junipalca, del distrito San Francisco de Asís de Yarusyacán. Esta ubicada a 3,455 msnm. Como

anexo fue creado en 1940 y el 29 de setiembre de 1996 es reconocido como centro poblado. Su pobla-

ción es de 520 habitantes aproximadamente. La actividad productiva es la agricultura (papa, olluco, oca, habas, hortalizas), y la ganadería (ovinos, porcinos y animales

menores). Venimos coordinando con 57 familias originales.

Pallanchacra, que corresponde al distrito del mismo nombre, esta ubicada a 3,115 msnm. Fue

fundado el 28 de enero de 1938; su fiesta patronal se desarrolla el 16 de julio en honor a la Virgen del

Carmen. Cuenta con una población de 5,000 habitantes aproximadamente donde el 70% de la PEA se dedica a la

actividad agrícola (papa, maíz, habas y frejol); el 10% se dedica a la ganadería (ovinos, porcinos, caprinos y va-

cunos); y el 20% se dedican a la minería. Se cuenta con 73 familias originales.

Huichpin, pertenece al distrito de Pallancha-cra y esta ubicado a 3,398 msnm. Cuenta con un promedio de 80 habitantes donde el 90% de

la población económicamente activa se dedican a la agricultura y ganadería cuya producción es básicamente

para el autoconsumo y el excedente de la producción son comercializados en los mercados de Cerro de Pasco principalmente. En ésta venimos coordinando con

18 familias originales.

Nuestros objetivos

1. Familias de las comunidades campesinas consumen productos agropecuarios producidos con téc-nicas agro ecológicas, cuidando el

medio ambiente, a la vez que nego-cian los excedentes de su producción

en mejores condiciones.

2. Familias de comunida-des campesinas viven en espacios saludables que

les permite un estilo de vida en armonía con su medio

ambiente.

3. Comunidades campesi-nas participan en espacios de decisión y proponen políticas de desarrollo con el enfoque

de soberanía alimentaria.

LA EXPERIENCIA TIENE ACIERTOS…Para nosotros resultan satisfactorias las acciones emprendidas, porque nos brinda la oportunidad de involucrarnos aún más en la vivencia del poblador rural, hemos compartido incluso sus necesidades, el que nos ha permitido nutrir las actividades desarrolladas a lo largo de la intervención, siendo las principales la entrega de variados recursos a más de 350 familias beneficiarias originales (que recibió inicialmente el recurso), todo ello entregado bajo el sistema “Compartir de Recursos”, que implica que la familia original compartió o debe compartir con otra familia el resultado de la producción del re-curso entregado, considerando su valor equivalente y transcurrido el período de tiempo estipulado. Este sistema en todo momento estuvo acompañado del fortalecimiento de capacidades con el propósito de que los recursos sean manejados adecuadamente y también para contribuir en ambientes saludables.

Page 16: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Participación - Boletín 26

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”16

Módulos de cuyesSe entregaron 240 cuyes a 24 familias originales

de las comunidades de Chauyar, Junipalca, Huich-pin y Pallanchacra, quienes también recibieron y sem-braron un total de 42.74 Kg. de semillas de pasto, 24

rollos de alambre de púa, 10.8 Kg. de alambre de amarre y 4.8 Kg. de grapas. Asimismo, se desarrollaron cursos

de capacitación en los temas: Instalación y manejo de pastos, manejo y crianza de cuyes, sanidad de

cuyes y visitas técnicas personalizadas.

Semillas de maíz, de habas y de hortalizasSe entregaron 288 Kg se semillas de maíz a 24

familias originales de las comunidades de Junipalca y Pallanchacra; 960 Kg. de semillas de habas a 32 fa-

milias originales de Junipalca, Huichpin y Pallanchacra; y 5 familias de Pallanchacra recibieron semillas de hortalizas.

Para un mejor manejo de los recursos, se desarrollaron los cursos de capacitación: Técnicas de producción de

maíz y habas con visión agroecológica, prevención y control de enfermedades y plagas; asistencia

personalizadas.

Módulos de ovinosA través del sub proyecto en mención, entregamos

463 ovinos a 125 familias originales de las 8 comunida-des campesinas, quienes también recibieron y sembraron un total de 467.50 Kg. de semillas de pasto, 125 rollos de alambre de púa, 42.15 Kg. de alambre de amarre y 22.80 Kg. de grapas. Para el buen manejo de los animales, a cada comunidad se entregó 01 botiquín veterinario y 01 fondo de recursos (con semillas de pasto y alimento balanceado),

asimismo, se desarrollaron cursos de capacitación en los temas: Instalación y manejo de pastos, manejo y crianza de ovinos, sanidad en ovinos y soberanía alimentaria,

así como visitas técnicas personalizadas.

Viviendas saludablesSe instalaron 50 estufas mejoradas y se entrega-ron 22 módulos de este recurso para su construc-ción, beneficiando a 72 familias originales entre las 8 comunidades campesinas. Asimismo, se entregó a

10 familias de Malaucayán y Huancamachay, materiales para la refacción de sus viviendas y se entregó a 12 familias de estas comunidades, materiales para mejorar sus fuentes de agua para consumo humano. Para contribuir a lograr

viviendas y comunidades saludables desarrollamos cursos de capacitación en los temas: Viviendas saludables y es-tufas mejoradas, mirando y diseñando nuestro espacio, construcción de letrinas, selección y recolección de

residuos sólidos, conservación y forestación de sue-los y otros relacionados al tema ambiental.

Page 17: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”

Participación - Boletín 26

17

Semillas de papaSe entregaron y sembraron 5,794 Kg. de semillas

de papa (2,394 Kg. de papa blanca y 3,400 Kg. de papa amarilla), beneficiándose 59 familias originales de

las comunidades de Malaucayán, Anasquizque y Cocha-charao. Asimismo, desarrollamos cursos de capacitación

respecto a: Técnicas de producción de papa y sobre el valor nutritivo de los alimentos; asistencia personaliza-

da. Para los dos últimos casos, hemos entregado a cada comunidad, módulos de herramientas.

Otras actividades que resaltamos

No hemos dejado de lado, nuestra intención de contribuir en la buena organización de las familias y autoridades de las comunidades para su participación activa en los espacios de decisión, ello a través de capacitaciones sobre género y liderazgo; derechos económicos, sociales, culturales y ambientales; participación ciudadana y presupuesto participativo; planes de desarrollo comunal (teniendo como re-sultado su elaboración); organización de productores, plan de negocios, estrategias de venta y comer-cialización, pero también consideramos importantes las actividades que resaltamos a continuación:

Compartir de Recursos Rescatando la filosofía de Heifer mencionamos que, el Compartir de Recursos permite hacer sostenible el desarrollo de las comunidades campesinas. Esta acción va más allá de la simple entrega de animales o bienes y se convierte en una acción de esperanza. Cuando se inicia la cadena del Compartir se va aña-

diendo un valor agregado a los recursos.Cada familia cuida con mucho cariño y responsabilidad los animales y demás recursos que recibe y se ca-pacita para hacerlo cada vez mejor. Es así que un ovino, un cuy, una semilla, etc., pueden cambiar la vida de una familia, ayudarle a salir de la pobreza, desarrollar sus

capacidades y darle esperanza de un mejor futuro. Las familias que originalmente reciben recursos, se compro-meten a dar a otras familias

los mismos recursos que les ayuden a mejorar sus

ingresos y calidad de vida. De esta manera, todas las familias participantes, se convierten en donantes,

transmitiendo el don de la solidaridad.

Cuando el número de familias que han recibido

y entregado un don se ex-tiende, logramos que las comunidades refuercen

aun más los lazos que las han mantenido unidas a pesar de las dificultades y la violencia. Logran entonces unir esfuerzos y organizarse a fin de avanzar en el camino del desarrollo sostenible en base a sus

propias decisiones y valores, dando al mundo ejemplo de progreso y humanidad.

Page 18: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Participación - Boletín 26

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”18

Segundo análisis de calidad de agua de la microcuenca del río Tingo (con el apoyo de Flaviano Bianchini, especialista italiano); paralelo a ello desarro-llamos el inventario y análisis de calidad de agua de fuentes usados para consumo humano. Los resulta-

dos se detallan en el Boletín Participación Nº 21.

Intercambio de experiencias, concretado en una pasantía a la provincia Daniel Carrión (junio del 2009), donde las familias intercambiaron experien-cias sobre técnicas de producción agroecológicas, que aplican los beneficiarios de otras contrapartes

de Heifer.

Compartiendo publicaciones para motivar instalación de bibliotecas comunales, esto en el

marco de apoyar al fortalecimiento de capacidades y el compartir de conocimientos.

Identificación de valores nutritivos de alimen-tos, a través de un concurso de platos típicos donde se expuso los aportes proteícos de alimentos que se producen y consumen en la zona, actividad que se

constituye como espacio de capacitación.

Estudio de calidad de agua de la microcuenca del río Tingo, río San Juan y de la naciente del

río Huallaga. Los resultados publicados en el Bole-tín Institucional “Participación” Nº 18, desmuestran la existencia permanente de metales pesados que sobrepasan los límites permitidos por la Organiza-

ción Mundial de la Salud (OMS).

Conformación del Comité de Vigilancia Am-biental de la microcuenca del río Tingo, del río

San Juan y de la naciente del río Huallaga

Page 19: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”

Participación - Boletín 26

19

APRENDIZAJESSobre esta experiencia, resaltamos el cambio de actitud de muchos beneficiarios sobre el manejo ade-cuado de los recursos entregados. Pero ahora queremos centrarnos en los aprendizajes; nuestra inten-ción es que éstos puedan ser tomados en cuenta por otras instituciones y organizaciones que realizan o realizarán proyectos o actividades en este tema. En este marco, deseando contribuir a un trabajo soste-nible en favor del desarrollo de las zonas más pobres, compartimos los siguientes comentarios:

Es evidente la necesidad de contar con el Plan de Desarrollo Agrario, herramienta que permitiría que los objetivos de cada institución sea encaminado a una sola meta, por ello las instituciones públicas (como gobiernos locales y regional), y privadas (como empresas mineras) quienes ejecutan proyectos en la zona rural, deben coordinar sus intervenciones.La profundización del asistencialismo en las políticas sociales, viene afectando las relaciones comunales, influyendo en la pérdida de valores ancestrales como el apoyo mutuo y el trabajo comunitario por ejemplo; es necesario aplicar estrategias de trabajo que permita evitar esta situación.Los conocimientos ancestrales de las familias campesinas sobre protección y conservación de suelos a través de la utilización de desechos orgánicos (para nutrir la tierra), así como orientarse por el clima para realizar el sembrío, entre otros, es funda-mental; por lo mismo, las diferentes instituciones que trabajan en zona rural deben continuar promoviendo estas acciones.El agua es fundamental para la producción de alimentos, por ello resulta urgente desarrollar proyectos que apuntan a la cosecha de agua y construcción de canales de riego, ello acompañado de una forestación masiva; esto permitirá una producción diversificada. Muchas comunidades consumen agua provenientes de puquiales o manantiales sin ninguna protección y tratamiento, lo que no garantiza la buena alimentación y salud del poblador. Es necesaria una mejor participación y/o intervención de las instituciones competentes.A pesar de todo esfuerzo, es difícil consolidar comunidades saludables cuando sus recursos naturales vienen afec-tándose negativamente, tal es el caso del río Tingo (considerado recurso muerto), contaminada por aguas ácidas, servidas y residuos sólidos. Es urgente una efectiva participación de las autoridades competentes en coordinación con los causantes, y la población para mitigar esta situación.

Los efectos negativos del cambio climático, como los deslizamientos de terreno a causa de las fuertes lluvias y la presencia de enfermedades y plagas, viene agravando la producción agrícola y ganadera; esto es materia de análisis sobre lo que nos espera en el futuro. La actividad minera en nuestra zona, limita el desarrollo de las comunidades campesinas, uno porque contamina sus recursos naturales y otro porque debilita el nivel de organización ya que muchas veces influye en los pocos líderes, autoridades y pobladores comunales agudizando incluso conflictos internos. Hay que recordar que la Soberanía Alimentaria se sostiene sobre la base de los derechos humanos.

Muchas veces son dejados de lado los instrumentos de planificación como los Planes de Desarrollo Comunal elaborados de manera participativa, esto demuestra que aún las autoridades y demás actores, no comprenden la importancia que tienen los mis-mos frente al desarrollo de sus comunidades. Recordemos actuar sobre la base de las necesidades expresadas por la mayoría.Finalmente, no olvidemos que la constante y activa participación de la población en los diversos espacios de capaci-tación (con equidad de género), influye en el manejo adecuado de los recursos y una participación más activa frente al desarrollo de las comunidades.

Oficina de contacto para venta de productos agropecuarios, donde se realiza el contacto entre el comprador y el productor y concretar la negociación a precios justos, sin la presencia del intermediario. Compartiendo información a través de boletines.

Page 20: Participación - Boletín 26 · 2 Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor ... créditos, etc.), de los servicios (agua y desagüe), bajos ingresos, el difícil acceso

Participación - Boletín 26

Asociación Civil Centro de Cultura Popular “Labor”20

Inversión pública con enfoque compartirPonemos a disposición nuestra experiencia institucional para que la propuesta de Compartir Recursos, puedan ser asumidos por las instituciones públicas (gobiernos locales y regional) y privadas, que trabajan a favor de la

Soberanía Alimentaria. La agudización del asistencialismo manifestado a través de diversos programas sociales, si bien es cierto, por un lado contribuye en la búsqueda de mejorar la calidad de vida, por otro lado viene influyen-

do en la pérdida de valores o costumbres ancestrales como el trabajo comunitario por ejemplo.

POBREZA Y DESNUTRICIÓN EN PASCO

Indicadores Sociales a nivel Departamental y Provincial

Indicadores Sociales

PASCODepartamento Provincias

PASCO PASCO OXAPAMPA DANIEL CARRIÓN

N° % N° % N° % N° %SALUD

Niños menores de 5 años de edad sin ningún Seguro de Salud 10,394.0 35.7 5,637.0 38.1 3,028.0 30.4 1,729.0 40.0Tasa de Mortalidad Infantil (Por mil) 22.3 19.4 23.2 29.1

Edad Promedio de la Madre al nacimiento del primer hijo (años) 20.8 21.3 19.8 21.0IDENTIDAD

Niños menores de 5 años de edad sin partida de nacimiento 2,424.0 8.6 468.0 3.3 1,837.0 19.0 119.0 2.9VIVIENDA

Viviendas Sin Abastecimiento de Agua 41,307.0 63.8 17,942.0 51.7 15,469.0 81.0 7,896.0 71.9Viviendas Sin Desagüe 36,264.0 56.0 17,794.0 51.3 10,458.0 54.7 8,012.0 72.9

INDICADORES DE POBREZA E INGRESOIncidencia de Pobreza Total 177,717.0 63.4 92,614.0 61.4 50,291.0 61.4 39,326.0 82.3

Incidencia de Pobreza Extrema 88,317.0 31.5 40,204.0 26.7 25,894.0 31.6 24,871.0 52.0Ingreso Promedio Percápita Mensual (nuevos soles) 239.3 281.3 204.0 170.4

Índice de Desnutrición Crónica NCHS: Centro Nacional de Estadísticas de la Salud 8,989.0 30.9 5,376.0 36.3 2,896.0 29.0 1,424.0 33.0

OMS: Organización Mundial de la Salud 11,491.0 39.5 6,793.0 45.9 3,744.0 37.5 1,315.0 30.4POBLACION

Población Censada 280,449.0 1.0 150,717.0 53.7 81,929.0 29.2 47,803.0 17.0Población Rural 106,856.0 38.1 35,896.0 23.8 51,124.0 62.4 19,836.0 41.5

Mujeres en Edad Fértil (de 15 a 49 años de edad) 73,306.0 53.8 41,376.0 56.0 19,470.0 50.4 12,460.0 52.4Niños menores de 5 años de edad 29,090.0 10.4 14,796.0 9.8 9,972.0 12.2 4,322.0 9.0

EDUCACIONMujeres de 15 a 49 años de edad que no saben leer ni escribir 3,685.0 5.1 1,367.0 3.3 1,602.0 8.4 716.0 5.8

Mujeres de 15 a 49 años de edad, en el área rural, que no saben leer ni escribir 2,328.0 9.3 610.0 6.8 1,371.0 12.2 347.0 7.0FUENTE: Mapa de desnutrición crónica de niños menores de 5 años de edad – INEI 2007 (Consolidado de la Mesa de Concertación Para la Lucha Contra la Pobreza – Pasco).

“Es la hora de la Soberanía Alimentaria, de aquellos y aquellas que trabajan la tierra. Es necesario dar la vuelta al actual sistema agroalimentario y poner en su centro a las personas y el respeto a la madre tierra”. Maryam Rahmanian