parte i 28jun2013 modif ley 8-2013 rehabilitacion

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    Parte I

    Captulo 1 Disposiciones generales

    Captulo 2 Condiciones tcnicas y administrativas

    Captulo 3 Exigencias bsicas

    ANEJO I Contenido del proyecto

    ANEJO II Documentacin del seguimiento de la obra

    ANEJO III Terminologa

    Junio 2013

    (Modificaciones conforme a la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitacin, regeneracin y

    renovacin urbanas)

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    Cdigo Tcnico de la Edificacin Parte I

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    Cdigo Tcnico de la Edificacin Parte I

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    Cdigo Tcnico de la Edificacin Parte I

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    ndice

    Captulo 1 Disposiciones Generales

    Artculo 1 ObjetoArtculo 2 mbito de aplicacinArtculo 3 Contenido del CTEArtculo 4 Documentos Reconocidos del CTE y Registro General del CTE

    Captulo 2 Condiciones tcnicas y administrativas

    Artculo 5. Condiciones generales para el cumplimiento del CTE5.1. Generalidades5.2. Conformidad con el CTE de los productos, equipos y materiales

    Artculo 6 Condiciones del proyecto6.1. Generalidades6.2. Control del proyecto

    Artculo 7 Condiciones en la ejecucin de las obras7.1. Generalidades7.2. Control de recepcin en obra de productos, equipos y sistemas7.3. Control de ejecucin de la obra7.4. Control de la obra terminada

    Artculo 8 Condiciones del edificio8.1. Documentacin de la obra ejecutada8.2. Uso y conservacin del edificio

    Captulo 3 Exigencias bsicas

    Artculo 9 Generalidades

    Artculo 10 Exigencias bsicas de seguridad estructural (SE)10.1. Exigencia bsica SE 1: Resistencia y estabilidad10.2. Exigencia bsica SE 2: Aptitud al servicio

    Artculo 11 Exigencias bsicas de seguridad en caso de incendio (SI)11.1. Exigencia bsica SI 1: Propagacin interior11.2. Exigencia bsica SI 2: Propagacin exterior11.3. Exigencia bsica SI 3: Evacuacin de ocupantes

    11.4. Exigencia bsica SI 4: Instalaciones de proteccin contra incendios11.5. Exigencia bsica SI 5: Intervencin de bomberos11.6. Exigencia bsica SI 6: Resistencia estructural al incendio

    Artculo 12 Exigencias bsicas de seguridad de utilizacin y accesibilidad (SUA)12.1. Exigencia bsica SUA 1: Seguridad frente al riesgo de cadas12.2. Exigencia bsica SUA 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento12.3. Exigencia bsica SUA 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento12.4. Exigencia bsica SUA 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminacin

    inadecuada12.5. Exigencia bsica SUA 5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta

    ocupacin12.6. Exigencia bsica SUA 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento12.7. Exigencia bsica SUA 7: Seguridad frente al riesgo causado por vehculos en

    movimiento12.8. Exigencia bsica SUA 8: Seguridad frente al riesgo relacionado con la accin del rayo

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    12.9 Exigencia bsica SUA 9: Accesibilidad

    Artculo 13 Exigencias bsicas de salubridad (HS)13.1. Exigencia bsica HS 1: Proteccin frente a la humedad13.2. Exigencia bsica HS 2: Recogida y evacuacin de residuos13.3. Exigencia bsica HS 3: Calidad del aire interior13.4. Exigencia bsica HS 4: Suministro de agua

    13.5. Exigencia bsica HS 5: Evacuacin de aguas

    Artculo 14 Exigencias bsicas de proteccin frente al ruido (HR)

    Artculo 15 Exigencias bsicas de ahorro de energa (HE)15.1. Exigencia bsica HE 1: Limitacin de demanda energtica15.2. Exigencia bsica HE 2: Rendimiento de las instalaciones trmicas15.3. Exigencia bsica HE 3: Eficiencia energtica de las instalaciones de iluminacin15.4. Exigencia bsica HE 4: Contribucin solar mnima de agua caliente sanitaria15.5. Exigencia bsica HE 5: Contribucin fotovoltaica mnima de energa elctrica

    Anejo I Contenido del proyecto

    Anejo II Documentacin del seguimiento de la obre

    Anejo III Terminologa

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    Captulo 1. Disposiciones Generales

    Artculo 1. Objeto1. El Cdigo Tcnico de la Edificacin, en adelante CTE, es el marco normativo por el que se regulan las

    exigencias bsicas de calidad que deben cumplir los edificios, incluidas sus instalaciones, para satisfa-cer los requisitos bsicos de seguridad y habitabilidad, en desarrollo de lo previsto en la disposicin fi-nal segunda de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenacin de la Edificacin, en adelante LOE.

    2. El CTE establece dichas exigencias bsicas para cada uno de los requisitos bsicos de seguridadestructural, seguridad en caso de incendio, seguridad de utilizacin y accesibilidad, higiene, saludy proteccin del medio ambiente, proteccin contra el ruido y ahorro de energa y aislamiento trmi-co, establecidos en el artculo 3 de la LOE, y proporciona procedimientos que permiten acreditar sucumplimiento con suficientes garantas tcnicas.

    3. Los requisitos bsicos relativos a la funcionalidad y los aspectos funcionales de los elementos cons-tructivos se regirn por su normativa especfica, salvo los vinculados a la accesibilidad de personascon movilidad o comunicacin reducida, que se desarrollarn en el CTE.

    4. Las exigencias bsicas deben cumplirse en el proyecto, la construccin, el mantenimiento y la conser-

    vacin de los edificios y sus instalaciones.Las exigencias bsicas deben cumplirse, de la forma que reglamentariamente se establezca, en elproyecto, la construccin, el mantenimiento, la conservacin y el uso de los edificios y sus instalacio-nes, as como en las intervenciones en los edificios existentes.

    Artculo 2. mbito de aplicacin1. El CTE ser de aplicacin, en los trminos establecidos en la LOE y con las limitaciones que en el

    mismo se determinan, a las edificaciones pblicas y privadas cuyos proyectos precisen disponer de lacorrespondiente licencia o autorizacin legalmente exigible.

    2. El CTE se aplicar a las obras de edificacin de nueva construccin, excepto a aquellas construccio-nes de sencillez tcnica y de escasa entidad constructiva, que no tengan carcter residencial o pblico,ya sea de forma eventual o permanente, que se desarrollen en una sola planta y no afecten a la segu-

    ridad de las personas.3. Igualmente, el CTE se aplicar a las obras de ampliacin, modificacin, reforma o rehabilitacin que se

    realicen en edificios existentes, siempre y cuando dichas obras sean compatibles con la naturaleza dela intervencin y, en su caso, con el grado de proteccin que puedan tener los edificios afectados. Laposible incompatibilidad de aplicacin deber justificarse en el proyecto y, en su caso, compensarsecon medidas alternativas que sean tcnica y econmicamente viables.

    Igualmente, el Cdigo Tcnico de la Edificacin se aplicar tambin a intervenciones en los edificiosexistentes y su cumplimiento se justificar en el proyecto o en una memoria suscrita por tcnico com-petente, junto a la solicitud de licencia o de autorizacin administrativa para las obras. En caso de quela exigencia de licencia o autorizacin previa sea sustituida por la de declaracin responsable o comu-nicacin previa, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente, se deber manifestar expl-citamente que se est en posesin del correspondiente proyecto o memoria justificativa, segn proce-da.

    Cuando la aplicacin del Cdigo Tcnico de la Edificacin no sea urbanstica, tcnica o econmica-mente viable o, en su caso, sea incompatible con la naturaleza de la intervencin o con el grado deproteccin del edificio, se podrn aplicar, bajo el criterio y responsabilidad del proyectista o, en su caso,del tcnico que suscriba la memoria, aquellas soluciones que permitan el mayor grado posible de ade-cuacin efectiva.

    La posible inviabilidad o incompatibilidad de aplicacin o las limitaciones derivadas de razones tcni-cas, econmicas o urbansticas se justificarn en el proyecto o en la memoria, segn corresponda, ybajo la responsabilidad y el criterio respectivo del proyectista o del tcnico competente que suscriba lamemoria. En la documentacin final de la obra deber quedar constancia del nivel de prestacin alcan-zado y de los condicionantes de uso y mantenimiento del edificio, si existen, que puedan ser necesa-rios como consecuencia del grado final de adecuacin efectiva alcanzado y que deban ser tenidos encuenta por los propietarios y usuarios.

    En las intervenciones en los edificios existentes no se podrn reducir las condiciones preexistentesrelacionadas con las exigencias bsicas, cuando dichas condiciones sean menos exigentes que las es-

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    tablecidas en los documentos bsicos del Cdigo Tcnico de la Edificacin, salvo que en stos se es-tablezca un criterio distinto. Las que sean ms exigentes, nicamente podrn reducirse hasta los nive-les de exigencia que establecen los documentos bsicos.

    4. A estos efectos, se entender por obras de rehabilitacin aqullas que tengan por objeto actuacionestendentes a lograr alguno de los siguientes resultados:

    a) la adecuacin estructural, considerando como tal las obras que proporcionen al edificio condi-

    ciones de seguridad constructiva, de forma que quede garantizada su estabilidad y resistenciamecnica;

    b) la adecuacin funcional, entendiendo como tal la realizacin de las obras que proporcionen aledificio mejores condiciones respecto de los requisitos bsicos a los que se refiere este CTE; o

    c) la remodelacin de un edificio con viviendas que tenga por objeto modificar la superficie desti-nada a vivienda o modificar el nmero de stas, o la remodelacin de un edificio sin viviendasque tenga por finalidad crearlas.

    En las intervenciones en edificios existentes el proyectista deber indicar en la documentacin del pro-yecto si la intervencin incluye o no actuaciones en la estructura preexistente; entendindose, en casonegativo, que las obras no implican el riesgo de dao citado en el artculo 17.1,a) de la Ley 38/1999, de5 de noviembre, de Ordenacin de la Edificacin.

    5. Se entender que una obra es de rehabilitacin integral cuando tenga por objeto actuaciones tenden-tes a todos los fines descritos en este apartado.El proyectista deber indicar en la memoria del proyecto en cul o cules de los supuestos citados sepueden inscribir las obras proyectadas y si stas incluyen o no actuaciones en la estructura preexisten-te; entendindose, en caso negativo, que las obras no implican el riesgo de dao citado en el artculo17.1.a) de la LOE.

    56 En todo cambio de uso caracterstico de un edificio o establecimiento existente se deber comprobar elcumplimiento de las exigencias bsicas del CTE.

    En todo cambio de uso caracterstico de un edificio existente se debern cumplir las exigencias bsi-cas del CTE. Cuando un cambio de uso afecte nicamente a parte de un edificio o de un estableci-miento, se cumplirn dichas exigencias en los trminos en que se establece en los Documentos Bsi-cos del CTE.

    Artculo 3. Contenido del CTE1. Con el fin de facilitar su comprensin, desarrollo, utilizacin y actualizacin, el CTE se ordena en dos

    partes:

    a) la primera contiene las disposiciones y condiciones generales de aplicacin del CTE y las exigen-cias bsicas que deben cumplir los edificios; y

    b) la segunda est formada por los denominados Documentos Bsicos, en adelante DB, para elcumplimiento de las exigencias bsicas del CTE. Estos Documentos, basados en el conocimientoconsolidado de las distintas tcnicas constructivas, se actualizarn en funcin de los avances tc-nicos y las demandas sociales y se aprobarn reglamentariamente.

    2. Los DB contienen:

    a) la caracterizacin de las exigencias bsicas y su cuantificacin, en la medida en que el desarrollo

    cientfico y tcnico de la edificacin lo permite, mediante el establecimiento de los niveles o valoreslmite de las prestaciones de los edificios o sus partes, entendidas dichas prestaciones como elconjunto de caractersticas cualitativas o cuantitativas del edificio, identificables objetivamente, quedeterminan su aptitud para cumplir las exigencias bsicas correspondientes; y

    b) unos procedimientos cuya utilizacin acredita el cumplimiento de aquellas exigencias bsicas, con-cretados en forma de mtodos de verificacin o soluciones sancionadas por la prctica. Tambinpodrn contener remisin o referencia a instrucciones, reglamentos u otras normas tcnicas a losefectos de especificacin y control de los materiales, mtodos de ensayo y datos o procedimientosde clculo, que debern ser tenidos en cuenta en la redaccin del proyecto del edificio y su cons-truccin.

    Artculo 4. Documentos Reconocidos y Registro General del CTE

    1. Como complemento de los Documentos Bsicos, de carcter reglamentario, incluidos en el CTE y conel fin de lograr una mayor eficacia en su aplicacin, se crean los Documentos Reconocidos del CTE,

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    definidos como documentos tcnicos, sin carcter reglamentario, que cuenten con el reconocimientodel Ministerio de Vivienda que mantendr un registro pblico de los mismos.

    2. Los Documentos Reconocidos podrn tener el contenido siguiente:

    a) especificaciones y guas tcnicas o cdigos de buena prctica que incluyan procedimientos de di-seo, clculo, ejecucin, mantenimiento y conservacin de productos, elementos y sistemas cons-tructivos;

    b) mtodos de evaluacin y soluciones constructivas, programas informticos, datos estadsticos so-bre la siniestralidad en la edificacin u otras bases de datos;

    c) comentarios sobre la aplicacin del CTE; o

    d) cualquier otro documento que facilite la aplicacin del CTE, excluidos los que se refieran a la utili-zacin de un producto o sistema constructivo particular o bajo patente.

    3. Se crea, en el Ministerio de Vivienda, y adscrito a la Direccin General de Arquitectura y Poltica deVivienda, el Registro General del CTE, que tendr carcter pblico e informativo.

    4. Los Documentos Reconocidos del CTE se inscribirn en dicho Registro General. Tambin podrn ins-cribirse en el mismo:

    a) las marcas, los sellos, las certificaciones de conformidad y otros distintivos de calidad voluntariosde las caractersticas tcnicas de los productos, los equipos o los sistemas, que se incorporen a

    los edificios y que contribuyan al cumplimiento de las exigencias bsicas.b) las certificaciones de las prestaciones finales de los productos, equipos o sistemas, o de los edifi-

    cios acabados,las certificaciones de gestin de la calidad de los agentes que intervienen en la edi-ficacin, las certificaciones medioambientales que consideren el anlisis del ciclo de vida de losproductos, otras evaluaciones medioambientales de edificios y otras certificaciones que faciliten elcumplimiento del CTE y fomenten la mejora de la calidad de la edificacin.

    c) los organismos autorizados por las Administraciones Pblicas competentes para la concesin deevaluaciones tcnicas de la idoneidad de productos o sistemas innovadores u otras autorizacioneso acreditaciones de organismos y entidades que avalen la prestacin de servicios que facilitan laaplicacin del CTE.

    d) las entidades de control de calidad de la edificacin y los laboratorios de ensayos para el control decalidad de la edificacin acreditados, as como los que presenten una declaracin responsable

    desde la entrada el vigor de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificacin de diversas leyespara su adaptacin a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, el 27de diciembre de 2009.

    Tambin se inscribirn los documentos relacionados con las actuaciones de estas entidades y la-boratorios siguientes:

    Los modelos para la presentacin telemtica de las declaraciones responsables de las entida-des y laboratorios para el control de calidad de la edificacin.

    Los contenidos detallados de determinados campos de actuacin de las entidades, junto conlos procedimientos de actuacin aplicables.

    Las relaciones actualizadas de los ensayos de los laboratorios y sus normas o procedimientode ejecucin, as como los modelos de relaciones de ensayos que el laboratorio puede adjun-tar a su declaracin responsable para detallar los ensayos que realiza dentro de cada campo

    de actuacin. Los procedimientos detallados de gestin de los ensayos de los laboratorios.

    La relacin de los organismos que pueden realizar, las auditoras y evaluaciones tcnicas deentidades y laboratorios.

    La relacin de organismos aceptados para la concesin de las certificaciones para las entida-des y laboratorios.

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    Captulo 2. Condiciones tcnicas y administrativas

    Artculo 5. Condiciones generales para el cumplimiento del CTE

    5.1. Generalidades

    1. Sern responsables de la aplicacin del CTE los agentes que participan en el proceso de la edifica-cin, segn lo establecido en el Captulo III de la LOE.

    2. Para asegurar que un edificio satisface los requisitos bsicos de la LOE mencionados en el artculo 1de este CTE y que cumple las correspondientes exigencias bsicas, los agentes que intervienen en elproceso de la edificacin, en la medida en que afecte a su intervencin, deben cumplir las condicionesque el CTE establece para la redaccin del proyecto, la ejecucin de la obra y el mantenimiento y con-servacin del edificio.

    3. Para justificar que un edificio cumple las exigencias bsicas que se establecen en el CTE podr optar-se por:

    a) adoptar soluciones tcnicas basadas en los DB, cuya aplicacin en el proyecto, en la ejecucin dela obra o en el mantenimiento y conservacin del edificio, es suficiente para acreditar el cumpli-

    miento de las exigencias bsicas relacionadas con dichos DB; ob) soluciones alternativas, entendidas como aqullas que se aparten total o parcialmente de los DB.

    El proyectista o el director de obra pueden, bajo su responsabilidad y previa conformidad del pro-motor, adoptar soluciones alternativas, siempre que justifiquen documentalmente que el edificioproyectado cumple las exigencias bsicas del CTE porque sus prestaciones son, al menos, equi-valentes a los que se obtendran por la aplicacin de los DB.

    5.2. Conformidad con el CTE de los productos, equipos y materiales1. Los productos de construccin que se incorporen con carcter permanente a los edificios, en funcin

    de su uso previsto, llevarn el marcado CE, de conformidad con la Directiva 89/106/CEE de productosde construccin, transpuesta por el Real Decreto 1630/1992 de 29 de diciembre, modificado por el Re-al Decreto 1329/1995 de 28 de julio, y disposiciones de desarrollo, u otras Directivas europeas que les

    sean de aplicacin.2. En determinados casos, y con el fin de asegurar su suficiencia, los DB establecen las caractersticas

    tcnicas de productos, equipos y sistemas que se incorporen a los edificios, sin perjuicio del MarcadoCE que les sea aplicable de acuerdo con las correspondientes Directivas Europeas.

    3. Las marcas, sellos, certificaciones de conformidad u otros distintivos de calidad voluntarios que facili-ten el cumplimiento de las exigencias bsicas del CTE, podrn ser reconocidos por las Administracio-nes Pblicas competentes.

    4. Tambin podrn reconocerse, de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior, las certificacionesde las prestaciones finales de los productos, equipos o sistemas, o de los edificios acabados, las certi-ficaciones de gestin de la calidad de los agentes que intervienen en edificacin, las certificacionesmedioambientales que consideren el anlisis del ciclo de vida de los productos, otras evaluacionesmedioambientales de edificios y otras certificaciones que faciliten el cumplimiento del CTE.

    5. Se considerarn conformes con el CTE los productos, equipos y sistemas innovadores que demues-tren el cumplimiento de las exigencias bsicas del CTE referentes a los elementos constructivos en losque intervienen, mediante una evaluacin tcnica favorable de su idoneidad para el uso previsto, con-cedida, a la entrada en vigor del CTE, por las entidades autorizadas para ello por las AdministracionesPblicas competentes en aplicacin de los criterios siguientes:

    a) actuarn con imparcialidad, objetividad y transparencia disponiendo de la organizacin adecuada yde personal tcnico competente;

    b) tendrn experiencia contrastada en la realizacin de exmenes, pruebas y evaluaciones, avaladapor la adecuada implantacin de sistemas de gestin de la calidad de los procedimientos de ensa-yo, inspeccin y seguimiento de las evaluaciones concedidas;

    c) dispondrn de un Reglamento, expresamente aprobado por la Administracin que autorice a la en-tidad, que regule el procedimiento de concesin y garantice la participacin en el proceso de eva-

    luacin de una representacin equilibrada de los distintos agentes de la edificacin;

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    d) mantendrn una informacin permanente al pblico, de libre disposicin, sobre la vigencia de lasevaluaciones tcnicas de aptitud concedidas, as como sobre su alcance; y

    e) vigilarn el mantenimiento de las caractersticas de los productos, equipos o sistemas objeto de laevaluacin de la idoneidad tcnica favorable.

    6. El reconocimiento por las Administraciones Pblicas competentes que se establece en los apartados5.2.3, 5.2.4 y 5.2.5 se referir a las marcas, sellos, certificaciones de conformidad u otros distintivos de

    calidad voluntarios, as como las certificaciones de las prestaciones finales de los productos, equipos osistemas, o de los edificios acabados, las certificaciones de gestin de calidad de los agentes que in-tervienen en la edificacion, las certificaciones medioambientales as como a las autorizaciones de lasentidades que concedan evaluaciones tcnicas de la idoneidad, legalmente concedidos en los Estadosmiembro de la Unin y en los Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Econmico Europeo.

    Artculo 6. Condiciones del proyecto

    6.1. Generalidades1. El proyecto describir el edificio y definir las obras de ejecucin del mismo con el detalle suficiente

    para que puedan valorarse e interpretarse inequvocamente durante su ejecucin.

    2. En particular, y con relacin al CTE, el proyecto definir las obras proyectadas con el detalle adecuadoa sus caractersticas, de modo que pueda comprobarse que las soluciones propuestas cumplen lasexigencias bsicas de este CTE y dems normativa aplicable. Esta definicin incluir, al menos, la si-guiente informacin:

    a) las caractersticas tcnicas mnimas que deben reunir los productos, equipos y sistemas que seincorporen de forma permanente en el edificio proyectado, as como sus condiciones de suminis-tro, las garantas de calidad y el control de recepcin que deba realizarse;

    b) las caractersticas tcnicas de cada unidad de obra, con indicacin de las condiciones para suejecucin y las verificaciones y controles a realizar para comprobar su conformidad con lo indica-do en el proyecto. Se precisarn las medidas a adoptar durante la ejecucin de las obras y en eluso y mantenimiento del edificio, para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos,elementos y sistemas constructivos;

    c) las verificaciones y las pruebas de servicio que, en su caso, deban realizarse para comprobar lasprestaciones finales del edificio; y

    d) las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado, de conformidad con lo previsto enel CTE y dems normativa que sea de aplicacin.

    3. A efectos de su tramitacin administrativa, todo proyecto de edificacin podr desarrollarse en dosetapas: la fase de proyecto bsico y la fase de proyecto de ejecucin. Cada una de estas fases delproyecto debe cumplir las siguientes condiciones:

    a) el proyecto bsico definir las caractersticas generales de la obra y sus prestaciones mediante laadopcin y justificacin de soluciones concretas. Su contenido ser suficiente para solicitar la li-cencia municipal de obras, las concesiones u otras autorizaciones administrativas, pero insuficien-te para iniciar la construccin del edificio. Aunque su contenido no permita verificar todas las con-diciones que exige el CTE, definir las prestaciones que el edificio proyectado ha de proporcionarpara cumplir las exigencias bsicas y, en ningn caso, impedir su cumplimiento; y

    b) el proyecto de ejecucin desarrollar el proyecto bsico y definir la obra en su totalidad sin queen l puedan rebajarse las prestaciones declaradas en el bsico, ni alterarse los usos y condicio-nes bajo las que, en su caso, se otorgaron la licencia municipal de obras, las concesiones u otrasautorizaciones administrativas, salvo en aspectos legalizables. El proyecto de ejecucin incluirlos proyectos parciales u otros documentos tcnicos que, en su caso, deban desarrollarlo o com-pletarlo, los cuales se integrarn en el proyecto como documentos diferenciados bajo la coordina-cin del proyectista.

    4. En el Anejo I se relacionan los contenidos del proyecto de edificacin, sin perjuicio de lo que, en sucaso, establezcan las Administraciones competentes.

    6.2. Control del proyecto

    1. El control del proyecto tiene por objeto verificar el cumplimiento del CTE y dems normativa aplicable ycomprobar su grado de definicin, la calidad del mismo y todos los aspectos que puedan tener inciden-

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    cia en la calidad final del edificio proyectado. Este control puede referirse a todas o algunas de las exi-gencias bsicas relativas a uno o varios de los requisitos bsicos mencionados en el artculo 1.

    2. Los DB establecen, en su caso, los aspectos tcnicos y formales del proyecto que deban ser objeto decontrol para la aplicacin de los procedimientos necesarios para el cumplimiento de las exigencias b-sicas.

    Artculo 7. Condiciones en la ejecucin de las obras

    7.1. Generalidades1. Las obras de construccin del edificio se llevarn a cabo con sujecin al proyecto y sus modificaciones

    autorizadas por el director de obra previa conformidad del promotor, a la legislacin aplicable, a lasnormas de la buena prctica constructiva, y a las instrucciones del director de obra y del director de laejecucin de la obra.

    2. Durante la construccin de la obra se elaborar la documentacin reglamentariamente exigible. En ellase incluir, sin perjuicio de lo que establezcan otras Administraciones Publicas competentes, la docu-mentacin del control de calidad realizado a lo largo de la obra. En el Anejo II se detalla, con carcterindicativo, el contenido de la documentacin del seguimiento de la obra.

    3. Cuando en el desarrollo de las obras intervengan diversos tcnicos para dirigir las obras de proyectosparciales, lo harn bajo la coordinacin del director de obra.

    4. Durante la construccin de las obras el director de obra y el director de la ejecucin de la obra realiza-rn, segn sus respectivas competencias, los controles siguientes:

    a) control de recepcin en obra de los productos, equipos y sistemas que se suministren a las obrasde acuerdo con el artculo 7.2;

    b) control de ejecucin de la obra de acuerdo con el artculo 7.3; y

    c) control de la obra terminada de acuerdo con el artculo 7.4.

    7.2. Control de recepcin en obra de productos, equipos y sistemas1. El control de recepcin tiene por objeto comprobar que las caractersticas tcnicas de los productos,

    equipos y sistemas suministrados satisfacen lo exigido en el proyecto. Este control comprender:

    a) el control de la documentacin de los suministros, realizado de acuerdo con el artculo 7.2.1;

    b) el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones tcnicas de idoneidad, segn el artculo7.2.2; y

    c) el control mediante ensayos, conforme al artculo 7.2.3.

    7.2.1. Control de la documentacin de los suministros

    1. Los suministradores entregarn al constructor, quien los facilitar al director de ejecucin de la obra,los documentos de identificacin del producto exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y, ensu caso, por el proyecto o por la direccin facultativa. Esta documentacin comprender, al menos, lossiguientes documentos:

    a) los documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado;

    b) el certificado de garanta del fabricante, firmado por persona fsica; yc) los documentos de conformidad o autorizaciones administrativas exigidas reglamentariamente,

    incluida la documentacin correspondiente al marcado CE de los productos de construccin,cuando sea pertinente, de acuerdo con las disposiciones que sean transposicin de las DirectivasEuropeas que afecten a los productos suministrados.

    7.2.2. Control de recepcin mediante distintivos de calidad y evaluaciones de idoneidad tcnica

    1. El suministrador proporcionar la documentacin precisa sobre:

    a) los distintivos de calidad que ostenten los productos, equipos o sistemas suministrados, que ase-guren las caractersticas tcnicas de los mismos exigidas en el proyecto y documentar, en sucaso, el reconocimiento oficial del distintivo de acuerdo con lo establecido en el artculo 5.2.3; y

    b) las evaluaciones tcnicas de idoneidad para el uso previsto de productos, equipos y sistemas in-

    novadores, de acuerdo con lo establecido en el artculo 5.2.5, y la constancia del mantenimientode sus caractersticas tcnicas.

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    2. El director de la ejecucin de la obra verificar que esta documentacin es suficiente para la acepta-cin de los productos, equipos y sistemas amparados por ella.

    7.2.3. Control de recepcin mediante ensayos

    1. Para verificar el cumplimiento de las exigencias bsicas del CTE puede ser necesario, en determina-dos casos, realizar ensayos y pruebas sobre algunos productos, segn lo establecido en la reglamen-

    tacin vigente, o bien segn lo especificado en el proyecto u ordenados por la direccin facultativa.2. La realizacin de este control se efectuar de acuerdo con los criterios establecidos en el proyecto o

    indicados por la direccin facultativa sobre el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los crite-rios de aceptacin y rechazo y las acciones a adoptar.

    7.3. Control de ejecucin de la obra1. Durante la construccin, el director de la ejecucin de la obra controlar la ejecucin de cada unidad

    de obra verificando su replanteo, los materiales que se utilicen, la correcta ejecucin y disposicin delos elementos constructivos y de las instalaciones, as como las verificaciones y dems controles a rea-lizar para comprobar su conformidad con lo indicado en el proyecto, la legislacin aplicable, las normasde buena prctica constructiva y las instrucciones de la direccin facultativa. En la recepcin de la obraejecutada pueden tenerse en cuenta las certificaciones de gestin de calidad que ostenten los agentes

    que intervienen, as como las verificaciones que, en su caso, realicen las entidades de control de cali-dad de la edificacin.

    2. Se comprobar que se han adoptado las medidas necesarias para asegurar la compatibilidad entre losdiferentes productos, elementos y sistemas constructivos.

    3. En el control de ejecucin de la obra se adoptarn los mtodos y procedimientos que se contemplenen las evaluaciones tcnicas de idoneidad para el uso previsto de productos, equipos y sistemas inno-vadores, previstas en el artculo 5.2.5.

    7.4. Control de la obra terminadaEn la obra terminada, bien sobre el edificio en su conjunto, o bien sobre sus diferentes partes y sus instala-ciones, parcial o totalmente terminadas, deben realizarse, adems de las que puedan establecerse concarcter voluntario, las comprobaciones y pruebas de servicio previstas en el proyecto u ordenadas por la

    direccin facultativa y las exigidas por la legislacin aplicable.

    Artculo 8. Condiciones del edificio

    8.1. Documentacin de la obra ejecutada1. El contenido del Libro del Edificio establecido en la LOE y por las Administraciones Pblicas competen-

    tes, se completar con lo que se establezca, en su caso, en los DB para el cumplimiento de las exigen-cias bsicas del CTE.

    2. Se incluir en el Libro del Edificio la documentacin indicada en el artculo 7.2 de los productos equi-pos y sistemas que se incorporen a la obra.

    3. Contendr, asimismo, las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado de conformidad

    con lo establecido en este CTE y dems normativa aplicable, incluyendo un plan de mantenimiento deledificio con la planificacin de las operaciones programadas para el mantenimiento del edificio y de susinstalaciones.

    8.2. Uso y conservacin del edificio1. El edificio y sus instalaciones se utilizarn adecuadamente de conformidad con las instrucciones de

    uso, abstenindose de hacer un uso incompatible con el previsto. Los propietarios y los usuarios pon-drn en conocimiento de los responsables del mantenimiento cualquier anomala que se observe en elfuncionamiento normal del edificio.

    2. El edificio debe conservarse en buen estado mediante un adecuado mantenimiento. Esto supondr larealizacin de las siguientes acciones:

    a) llevar a cabo el plan de mantenimiento del edificio, encargando a tcnico competente las opera-

    ciones programadas para el mantenimiento del mismo y de sus instalaciones;

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    b) realizar las inspecciones reglamentariamente establecidas y conservar su correspondiente docu-mentacin; y

    c) documentar a lo largo de la vida til del edificio todas las intervenciones, ya sean de reparacin,reforma o rehabilitacin realizadas sobre el mismo, consignndolas en el Libro del Edificio.

    Captulo 3. Exigencias bsicas

    Artculo 9. Generalidades1. Los requisitos bsicos de seguridad y habitabilidad que la LOE establece en el apartado 1 b) y c) del

    artculo 3 como objetivos de calidad de la edificacin se desarrollan en el presente CTE, de conformi-dad con lo dispuesto en dicha Ley, mediante las exigencias bsicas correspondientes a cada uno deellos.

    Igualmente, se desarrolla en este cdigo el requisito bsico de funcionalidad, mencionado en el apar-tado 1.a) del artculo 3 de la LOE, relativo a la accesibilidad de las personas con movilidad y comunica-cin reducidas, con sujecin a lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre de igualdad de opor-tunidades, no discriminacin y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, y en el Real

    Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones bsicas de accesibilidad y nodiscriminacin de las personas con discapacidad para el acceso y utilizacin de los espacios pblicosurbanizados y edificaciones.

    2. En los artculos siguientes se relacionan dichas exigencias bsicas como prestaciones de carctercualitativo que los edificiosdeben cumplir para alcanzar la calidad que la sociedad demanda. Su espe-cificacin y, en su caso, cuantificacin establecidas en los Documentos Bsicos que se incluyen en laParte II de este CTE, determinan la forma y condiciones en las que deben cumplirse las exigencias,mediante la fijacin de niveles objetivos o valores lmite de la prestacin u otros parmetros. Dichos ni-veles o valores lmite sern de obligado cumplimiento cuando as lo establezcan expresamente los Do-cumentos Bsicos correspondientes. Adems, los DB incluyen procedimientos, no excluyentes, cuyaaplicacin implica el cumplimiento de las exigencias bsicas con arreglo al estado actual de los cono-cimientos.

    3. Los trminos que figuran en letra cursiva deben utilizarse conforme al significado que se establece

    para cada uno de ellos en el Anejo III.

    Artculo 10. Exigencias bsicas de seguridad estructural (SE)1. El objetivo del requisito bsico "Seguridad estructural" consiste en asegurar que el edificio tiene un

    comportamiento estructural adecuado frente a las acciones e influencias previsibles a las que puedaestar sometido durante su construcciny uso previsto.

    2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarn, fabricarn, construirn y mantendrn de for-ma que cumplan con una fiabilidad adecuada las exigencias bsicas que se establecen en los aparta-dos siguientes.

    3. Los Documentos Bsicos DB SE Seguridad Estructural, DB-SE-AE Acciones en la edificacin, DB-SE-C Cimientos, DB-SE-A Acero, DB-SE-F Fbrica y DB-SE-M Madera, especifican parmetrosobjetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfaccin de las exigencias bsicas y lasuperacin de los niveles mnimos de calidad propios del requisito bsico de seguridad estructural.

    4. Las estructuras de hormign estn reguladas por la Instruccin de Hormign Estructural vigente.

    10.1. Exigencia bsica SE 1: Resistencia y estabilidadLa resistencia y la estabilidad sern las adecuadas para que no se generen riesgos indebidos, de formaque se mantenga la resistencia y la estabilidad frente a las acciones e influencias previsibles durante lasfases deconstrucciny usos previstosde los edificios, y que un evento extraordinario no produzca conse-cuencias desproporcionadas respecto a la causa original y se facilite el mantenimientoprevisto.

    10.2. Exigencia bsica SE 2: Aptitud al servicioLa aptitud al servicio ser conforme con el uso previstodel edificio, de forma que no se produzcan defor-

    maciones inadmisibles, se limite a un nivel aceptable la probabilidad de un comportamiento dinmico in-admisibley no se produzcandegradacioneso anomalasinadmisibles.

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    Artculo 11. Exigencias bsicas de seguridad en caso de incendio (SI)1. El objetivo del requisito bsico "Seguridad en caso de incendio" consiste en reducir a lmites acepta-

    bles el riesgode que los usuariosde un edificiosufran daos derivados de un incendio de origen acci-dental, como consecuencia de las caractersticas de su proyecto, construccin, usoymantenimiento.

    2. Para satisfacer este objetivo, losedificiosse proyectarn, construirn, mantendrn y utilizarn de formaque, en caso de incendio, se cumplan las exigencias bsicas que se establecen en los apartados si-guientes.

    3. El Documento Bsico DB-SI especifica parmetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento ase-gura la satisfaccin de las exigencias bsicas y la superacin de los niveles mnimos de calidad pro-pios del requisito bsico de seguridad en caso de incendio, excepto en el caso de los edificios, estable-cimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicacin el Reglamento de seguridad contraincendios en los establecimientos industriales, en los cuales las exigencias bsicas se cumplen me-diante dicha aplicacin.

    11.1. Exigencia bsica SI 1: Propagacin interiorSe limitar elriesgode propagacin del incendio por el interior del edificio, tanto al mismo edificio como aotros edificios colindantes.

    11.2. Exigencia bsica SI 2: Propagacin exteriorSe limitar elriesgode propagacin del incendio por el exterior, tanto en el edificio considerado como aotros edificios.

    11.3. Exigencia bsica SI 3: Evacuacin de ocupantesEl edificio dispondr de los medios de evacuacin adecuados para facilitar que los ocupantes puedanabandonarlo o alcanzar un lugar seguro dentro del mismo en condiciones de seguridad.

    11.4. Exigencia bsica SI 4: Instalaciones de proteccin contra incendiosEledificiodispondr de los equipos e instalaciones adecuados para hacer posible la deteccin, el control yla extincin del incendio, as como la transmisin de la alarma a los ocupantes.

    11.5. Exigencia bsica SI 5: Intervencin de bomberosSe facilitar la intervencin de los equipos de rescate y de extincin de incendios.

    11.6. Exigencia bsica SI 6: Resistencia estructural al incendioLa estructura portante mantendr su resistencia al fuego durante el tiempo necesario para que puedancumplirse las anteriores exigencias bsicas.

    Artculo 12. Exigencias bsicas de seguridad de utilizacin y accesibilidad (SUA)1. El objetivo del requisito bsico "Seguridad de Utilizacin y accesibilidad" consiste en reducir a lmites

    aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daos inmediatos en el uso previsto de los edificios,

    como consecuencia de las caractersticas de su proyecto,construccin, usoy mantenimiento,as comoen facilitar el acceso y la utilizacin no discriminatoria, independiente y segura de los mismos a las per-sonas con discapacidad.

    2. Para satisfacer este objetivo, losedificiosse proyectarn, construirn, mantendrn y utilizarn de formaque se cumplan las exigencias bsicas que se establecen en los apartados siguientes.

    3. El Documento Bsico DB-SUA Seguridad de utilizacin y accesibilidad especifica parmetros objeti-vos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfaccin de las exigencias bsicas y la supera-cin de los niveles mnimos de calidad propios del requisito bsico de seguridad de utilizacin y acce-sibilidad.

    12.1. Exigencia bsica SUA 1: Seguridad frente al riesgo de cadasSe limitar elriesgode que los usuariossufran cadas, para lo cual los suelos sern adecuados para favo-

    recer que las personas no resbalen, tropiecen o se dificulte la movilidad. Asimismo se limitar el riesgode

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    cadas en huecos, en cambios de nivel y en escaleras y rampas, facilitndose la limpieza de los acristala-mientos exteriores en condiciones de seguridad.

    12.2. Exigencia bsica SUA 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamientoSe limitar elriesgode que los usuariospuedan sufrir impacto o atrapamiento con elementos fijos o mvi-les del edificio.

    12. 3. Exigencia bsica SUA 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamientoSe limitar elriesgode que losusuariospuedan quedar accidentalmente aprisionados en recintos.

    12.4. Exigencia bsica SUA 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminacin inade-cuadaSe limitar elriesgode daos a las personas como consecuencia de una iluminacin inadecuada en zonasde circulacin de los edificios, tanto interiores como exteriores, incluso en caso de emergencia o de fallodel alumbrado normal.

    12.5. Exigencia bsica SUA 5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta

    ocupacinSe limitar elriesgocausado por situaciones con alta ocupacin facilitando la circulacin de las personas yla sectorizacin con elementos de proteccin y contencin en previsin del riesgode aplastamiento.

    12.6. Exigencia bsica SUA 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamientoSe limitar elriesgode cadas que puedan derivar en ahogamiento en piscinas, depsitos, pozos y simila-res mediante elementos que restrinjan el acceso.

    12.7. Exigencia bsica SUA 7: Seguridad frente al riesgo causado por vehculos en movi-mientoSe limitar el riesgocausado por vehculos en movimiento atendiendo a los tipos de pavimentos y la sea-

    lizacin y proteccin de las zonas de circulacin rodada y de las personas.

    12.8. Exigencia bsica SUA 8: Seguridad frente al riesgo causado por la accin del rayoSe limitar el riesgode electrocucin y de incendio causado por la accin del rayo, mediante instalacionesadecuadas de proteccin contra el rayo.

    12.9. Exigencia bsica SUA 9: AccesibilidadSe facilitar el acceso y la utilizacin no discriminatoria, independiente y segura de los edificios a las per-sonas con discapacidad.

    Artculo 13. Exigencias bsicas de salubridad (HS). Higiene, salud y proteccin del medioambiente1. El objetivo del requisito bsico Higiene, salud y proteccin del medio ambiente, tratado en adelante

    bajo el trmino salubridad, consiste en reducir a lmites aceptables el riesgode que los usuarios, dentrode los edificios y en condiciones normales de utilizacin, padezcan molestias o enfermedades, ascomo elriesgode que los edificiosse deterioren y de que deterioren el medio ambiente en su entornoinmediato, como consecuencia de las caractersticas de su proyecto, construccin, uso ymantenimiento.

    2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarn, construirn, mantendrn y utilizarn de talforma que se cumplan las exigencias bsicas que se establecen en los apartados siguientes.

    3. El Documento Bsico DB-HS Salubridad especifica parmetros objetivos y procedimientos cuyo cum-plimiento asegura la satisfaccin de las exigencias bsicas y la superacin de los niveles mnimos decalidad propios del requisito bsico de salubridad.

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    13.1. Exigencia bsica HS 1: Proteccin frente a la humedadSe limitar elriesgoprevisible de presencia inadecuada de agua o humedad en el interior de los edificiosyen sus cerramientos como consecuencia del agua procedente de precipitaciones atmosfricas, de esco-rrentas, del terreno o de condensaciones, disponiendo medios que impidan su penetracin o, en su casopermitan su evacuacin sin produccin de daos.

    13.2. Exigencia bsica HS 2: Recogida y evacuacin de residuosLos edificios dispondrn de espacios y medios para extraer los residuos ordinarios generados en ellos deforma acorde con el sistema pblico de recogida de tal manera que se facilite la adecuada separacin enorigen de dichos residuos, la recogida selectiva de los mismos y su posterior gestin.

    13.3. Exigencia bsica HS 3: Calidad del aire interior1. Los edificios dispondrn de medios para que sus recintos se puedan ventila adecuadamente, eliminan-

    do los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante el uso normal de los edificios, deforma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extraccin y expulsin del ai-re viciado por los contaminantes.

    2. Para limitar el riesgo de contaminacin del aire interior de los edificios y del entorno exterior en facha-

    das y patios, la evacuacin de productos de combustin de las instalaciones trmicas se producir concarcter general por la cubierta del edificio, con independencia del tipo de combustible y del aparatoque se utilice, y de acuerdo con la reglamentacin especfica sobre instalaciones trmicas.

    13.4. Exigencia bsica HS 4: Suministro de agua1. Los edificios dispondrn de medios adecuados para suministrar al equipamiento higinico previsto

    agua apta para el consumo de forma sostenible, aportando caudales suficientes para su funcionamien-to, sin alteracin de las propiedades de aptitud para el consumo e impidiendo los posibles retornos quepuedan contaminar la red, incorporando medios que permitan el ahorro y el control del caudal del agua.

    2. Los equipos de produccin de agua caliente dotados de sistemas de acumulacin y los puntos termina-les de utilizacin tendrn unas caractersticas tales que eviten el desarrollo de grmenes patgenos.

    13.5. Exigencia bsica HS 5: Evacuacin de aguasLos edificios dispondrn de medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas en ellos deforma independiente o conjunta con las precipitaciones atmosfricas y con las escorrentas.

    Artculo 14. Exigencias bsicas de proteccin frente al ruido (HR)1. El objetivo de este requisito bsico Proteccin frente al ruido consiste en limitar dentro de los edifi-

    cios, y en condiciones normales de utilizacin, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruidopueda producir a los usuarios, como consecuencia de las caractersticas de su proyecto, construccin,usoy mantenimiento.

    2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarn, construirn, utilizarn y mantendrn de talforma que los elementos constructivos que conforman sus recintos tengan unas caractersticas acsti-cas adecuadas para reducir la transmisin del ruido areo, del ruido de impactos y del ruido y vibracio-

    nes de las instalaciones propias deledificio, y para limitar el ruido reverberante de losrecintos.3. El Documento Bsico "DB HR Proteccin frente al Ruido" especifica parmetros objetivos y sistemas

    de verificacin cuyo cumplimiento asegura la satisfaccin de las exigencias bsicas y la superacin delos niveles mnimos de calidad propios del requisito bsico de proteccin frente al ruido.

    Artculo 15. Exigencias bsicas de ahorro de energa (HE)1. El objetivo del requisito bsico Ahorro de energa consiste en conseguir un uso racional de la energa

    necesaria para la utilizacin de los edificios, reduciendo a lmites sostenibles su consumo y conseguirasimismo que una parte de este consumo proceda de fuentes de energa renovable, como consecuen-cia de las caractersticas de suproyecto, construccin, usoy mantenimiento.

    2. Para satisfacer este objetivo, losedificiosse proyectarn, construirn, utilizarn y mantendrn de formaque se cumplan las exigencias bsicas que se establecen en los apartados siguientes.

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    3. El Documento Bsico DB-HE Ahorro de Energa especifica parmetros objetivos y procedimientoscuyo cumplimiento asegura la satisfaccin de las exigencias bsicas y la superacin de los niveles m-nimos de calidad propios del requisito bsico de ahorro de energa.

    15.1. Exigencia bsica HE 1: Limitacin de demanda energticaLos edificiosdispondrn de una envolvente de caractersticas tales que limite adecuadamente la demandaenergtica necesaria para alcanzar el bienestar trmico en funcin del clima de la localidad, del uso deledificio y del rgimen de verano y de invierno, as como por sus caractersticas de aislamiento e inercia,permeabilidad al aire y exposicin a la radiacin solar, reduciendo el riesgo de aparicin de humedades decondensacin superficiales e intersticiales que puedan perjudicar sus caractersticas y tratando adecuada-mente lospuentes trmicospara limitar las prdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotrmicosen los mismos.

    15.2. Exigencia bsica HE 2: Rendimiento de las instalaciones trmicasLos edificios dispondrn de instalaciones trmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar tr-micode sus ocupantes. Esta exigencia se desarrolla actualmente en el vigente Reglamento de Instalacio-nes Trmicas en los Edificios, RITE, y su aplicacin quedar definida en el proyectodel edificio.

    15.3. Exigencia bsica HE 3: Eficiencia energtica de las instalaciones de iluminacinLos edificiosdispondrn de instalaciones de iluminacin adecuadas a las necesidades de sususuarios y ala vez eficaces energticamente disponiendo de un sistema de control que permita ajustar el encendido ala ocupacin real de la zona, as como de un sistema de regulacin que optimice el aprovechamiento de laluz natural, en las zonas que renan unas determinadas condiciones.

    15.4. Exigencia bsica HE 4: Contribucin solar mnima de agua caliente sanitariaEn losedificioscon previsin de demanda de agua caliente sanitaria o de climatizacin de piscina cubierta,en los que as se establezca en este CTE, una parte de las necesidades energticas trmicas derivadas deesa demanda se cubrir mediante la incorporacin en los mismos de sistemas de captacin, almacena-miento y utilizacin de energa solar de baja temperatura adecuada a la radiacin solar global de su empla-zamiento y a la demanda de agua caliente del edificio o de la piscina. Los valores derivados de esta exi-

    gencia bsica tendrn la consideracin de mnimos, sin perjuicio de valores que puedan ser establecidospor las administraciones competentes y que contribuyan a la sostenibilidad, atendiendo a las caractersti-cas propias de su localizacin y mbito territorial.

    15.5. Exigencia bsica HE 5: Contribucin fotovoltaica mnima de energa elctricaEn losedificiosque as se establezca en este CTE se incorporarn sistemas de captacin y transformacinde energa solar en energa elctrica por procedimientos fotovoltaicos para uso propio o suministro a la red.Los valores derivados de esta exigencia bsica tendrn la consideracin de mnimos, sin perjuicio de valo-res ms estrictos que puedan ser establecidos por las administraciones competentes y que contribuyan ala sostenibilidad, atendiendo a las caractersticas propias de su localizacin y mbito territorial.

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    ANEJO I. CONTENIDO DEL PROYECTO

    1. En este anejo se relacionan los contenidos del proyecto de edificacin, sin perjuicio de lo que, en sucaso, establezcan las Administraciones competentes.

    2. Los marcados con asterisco (*) son los que, al menos, debe contener el Proyecto Bsico.3. Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediante proyectos parciales u otros documentos tcni-

    cos, en la memoria del proyecto se har referencia a stos y a su contenido, y se integrarn en el pro-yecto por el proyectista, bajo su coordinacin, como documentos diferenciados de tal forma que no seproduzca duplicidad de los mismos, ni en los honorarios a percibir por los autores de los distintos tra-bajos.

    Contenido del proyecto Observaciones

    I. Memoria

    1. Memoria descriptiva Descriptiva y justificativa, que contenga la informacinsiguiente:

    1.1 Agentes* - Promotor, proyectista, otros tcnicos.

    1.2 Informacin previa* - Antecedentes y condicionantes de partida, datos delemplazamiento, entorno fsico, normativa urbanstica,otras normativas en su caso.

    - Datos del edificio en caso de rehabilitacin, reforma oampliacin. Informes realizados.

    1.3 Descripcin del proyecto* - Descripcin general del edificio, programa de necesida-des, uso caracterstico del edificio y otros usos previs-tos, relacin con el entorno.

    - Cumplimiento del CTE y otras normativas especficas,normas de disciplina urbanstica, ordenanzas municipa-les, edificabilidad, funcionalidad, etc.

    - Descripcin de la geometra del edificio, volumen, su-perficies tiles y construidas, accesos y evacuacin.

    - Descripcin general de los parmetros que determinanlas previsiones tcnicas a considerar en el proyectorespecto al sistema estructural (cimentacin, estructuraportante y estructura horizontal), el sistema de compar-timentacin, el sistema envolvente, el sistema de aca-bados, el sistema de acondicionamiento ambiental y elde servicios.

    1.4 Prestaciones del edificio* - Por requisitos bsicos y en relacin con las exigenciasbsicas del CTE. Se indicarn en particular las acorda-das entre promotor y proyectista que superen los umbra-les establecidos en el CTE.

    - Se establecern las limitaciones de uso del edificio en suconjunto y de cada una de sus dependencias e instala-ciones.

    2. Memoria constructiva Descripcin de las soluciones adoptadas

    2.1 Sustentacin del edificio* - Justificacin de las caractersticas del suelo y parme-tros a considerar para el clculo de la parte del sistemaestructural correspondiente a la cimentacin.

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    2.2 Sistema estructural (cimentacin, es-tructura portante y estructura horizontal)

    - Se establecern los datos y las hiptesis de partida, elprograma de necesidades, las bases de clculo y pro-cedimientos o mtodos empleados para todo el sistemaestructural, as como las caractersticas de los materia-les que intervienen.

    2.3 Sistema envolvente - Definicin constructiva de los distintos subsistemas de

    la envolvente del edificio, con descripcin de su com-portamiento frente a las acciones a las que est some-tido (peso propio, viento, sismo, etc.), frente al fuego,seguridad de uso, evacuacin de agua y comportamien-to frente a la humedad, aislamiento acstico y sus ba-ses de clculo.

    - El Aislamiento trmico de dichos subsistemas, la de-manda energtica mxima prevista del edificio paracondiciones de verano e invierno y su eficiencia energ-tica en funcin del rendimiento energtico de las insta-laciones proyectado segn el apartado 2.6.2.

    2.4 Sistema de compartimentacin - Definicin de los elementos de compartimentacin con

    especificacin de su comportamiento ante el fuego y suaislamiento acstico y otras caractersticas que seanexigibles, en su caso.

    2.5 Sistemas de acabados - Se indicarn las caractersticas y prescripciones de losacabados de los paramentos a fin de cumplir los requi-sitos de funcionalidad, seguridad y habitabilidad

    2.6 Sistemas de acondicionamiento e insta-laciones

    - Se indicarn los datos de partida, los objetivos a cum-plir, las prestaciones y las bases de clculo para cadauno de los subsistemas siguientes:

    1. Proteccin contra incendios, anti-intrusin, pararra-yos, electricidad, alumbrado, ascensores, transpor-te, fontanera, evacuacin de residuos lquidos y s-

    lidos, ventilacin, telecomunicaciones, etc.2. Instalaciones trmicas del edificio proyectado y su

    rendimiento energtico, suministro de combustibles,ahorro de energa e incorporacin de energa solartrmica o fotovoltaica y otras energas renovables.

    2.7 Equipamiento - Definicin de baos, cocinas y lavaderos, equipamientoindustrial, etc.

    3. Cumplimiento del CTE Justificacin de las prestaciones del edificio por requisitosbsicos y en relacin con las exigencias bsicas del CTE.La justificacin se realizar para las soluciones adoptadasconforme a lo indicado en el CTE.Tambin se justificarn las prestaciones del edificio quemejoren los niveles exigidos en el CTE.

    3.1 Seguridad Estructural

    3.2 Seguridad en caso de incendio*

    3.3 Seguridad de utilizacin y accesibilidad

    3.4 Salubridad

    3.5 Proteccin contra el ruido

    3.6 Ahorro de energa

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    Cumplimiento de otros reglamentos ydisposiciones.

    Justificacin del cumplimiento de otros reglamentos obliga-torios no realizada en el punto anterior, y justificacin delcumplimiento de los requisitos bsicos relativos a la fun-cionalidad de acuerdo con lo establecido en su normativaespecfica.

    Anejos a la memoria El proyecto contendr tantos anejos como sean necesariospara la definicin y justificacin de las obras.

    Informacin geotcnica

    Clculo de la estructura

    Proteccin contra el incendio

    Instalaciones del edificio

    Eficiencia energtica

    Estudio de impacto ambiental

    Plan de control de calidad

    Estudio de Seguridad y Salud o EstudioBsico, en su caso

    II. Planos El proyecto contendr tantos planos como sean necesariospara la definicin en detalle de las obras.

    En caso de obras de rehabilitacin se incluirn planos deledificio antes de la intervencin.

    Plano de situacin * - Referido al planeamiento vigente, con referencia a pun-tos localizables y con indicacin del norte geogrfico

    Plano de emplazamiento* - Justificacin urbanstica, alineaciones, retranqueos, etc.

    Plano de urbanizacin* - Red viaria, acometidas, etc.

    Plantas generales* - Acotadas, con indicacin de escala y de usos, reflejan-do los elementos fijos y los de mobiliario cuando seapreciso para la comprobacin de la funcionalidad de losespacios.

    Planos de cubiertas* - Pendientes, puntos de recogida de aguas, etc.

    Alzados y secciones* - Acotados, con indicacin de escala y cotas de altura deplantas, gruesos de forjado, alturas totales, para com-probar el cumplimiento de los requisitos urbansticos yfuncionales.

    Planos de estructura - Descripcin grfica y dimensional de todo del sistemaestructural (cimentacin, estructura portante y estructu-ra horizontal). En los relativos a la cimentacin se inclui-

    r, adems, su relacin con el entorno inmediato y elconjunto de la obra.

    Planos de instalaciones - Descripcin grfica y dimensional de las redes de cadainstalacin, plantas, secciones y detalles.

    Planos de definicin constructiva - Documentacin grfica de detalles constructivos.

    Memorias grficas - Indicacin de soluciones concretas y elementos singu-lares: carpintera, cerrajera, etc.

    Otros

    III. Pliego de condiciones

    Pliego de clusulas administrativas

    Disposiciones generalesDisposiciones facultativas

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    Disposiciones econmicas

    Pliego de condiciones tcnicas particulares

    Prescripciones sobre los materiales - Caractersticas tcnicas mnimas que deben reunir losproductos, equipos y sistemas que se incorporen a lasobras, as como sus condiciones de suministro, recep-

    cin y conservacin, almacenamiento y manipulacin,las garantas de calidad y el control de recepcin quedeba realizarse incluyendo el muestreo del producto,los ensayos a realizar, los criterios de aceptacin y re-chazo, y las acciones a adoptar y los criterios de uso,conservacin y mantenimiento.

    - Estas especificaciones se pueden hacer por referenciaa pliegos generales que sean de aplicacin, Documen-tos Reconocidos u otros que sean vlidas a juicio delproyectista.

    Prescripciones en cuanto a la ejecucin porunidades de obra

    - Caractersticas tcnicas de cada unidad de obra indi-cando su proceso de ejecucin, normas de aplicacin,condiciones previas que han de cumplirse antes de su

    realizacin, tolerancias admisibles, condiciones de ter-minacin, conservacin y mantenimiento, control deejecucin, ensayos y pruebas, garantas de calidad, cri-terios de aceptacin y rechazo, criterios de medicin yvaloracin de unidades, etc.

    - Se precisarn las medidas para asegurar la compatibili-dad entre los diferentes productos, elementos y siste-mas constructivos.

    Prescripciones sobre verificaciones en eledificio terminado

    - Se indicarn las verificaciones y pruebas de servicioque deban realizarse para comprobar las prestacionesfinales del edificio.

    IV. Mediciones - Desarrollo por partidas, agrupadas en captulos, conte-niendo todas las descripciones tcnicas necesarias pa-ra su especificacin y valoracin.

    V. Presupuesto

    Presupuesto aproximado* - Valoracin aproximada de la ejecucin material de laobra proyectada por captulos.

    Presupuesto detallado - Cuadro de precios agrupado por captulos

    - Resumen por captulos, con expresin del valor final deejecucin y contrata.

    - Incluir el presupuesto del control de calidad.

    - Presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud

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    ANEJO II. DOCUMENTACIN DEL SEGUIMIENTO DE LA OBRA

    En este anejo se detalla, con carcter indicativo y sin perjuicio de lo que establezcan otras Administracio-nes Publicas competentes, el contenido de la documentacin del seguimiento de la ejecucin de la obra,tanto la exigida reglamentariamente, como la documentacin del control realizado a lo largo de la obra.

    II.1. Documentacin obligatoria del seguimiento de la obra

    1. Las obras de edificacin dispondrn de una documentacin de seguimiento que se compondr, al me-nos, de:

    a) el Libro de rdenes y Asistencias de acuerdo con lo previsto en el Decreto 462/1971, de 11 demarzo;

    b) el Libro de Incidencias en materia de seguridad y salud, segn el Real Decreto 1627/1997, de 24de octubre;

    c) el proyecto, sus anejos y modificaciones debidamente autorizados por el director de obra;d) la licencia de obras, la apertura del centro de trabajo y, en su caso, otras autorizaciones adminis-

    trativas; y

    e) el certificado final de la obra de acuerdo con el Decreto 462/1971, de 11 de marzo, del Ministeriode la Vivienda.

    2. En el Libro de rdenes y Asistencias el director de obra y el director de la ejecucin de la obra consig-narn las instrucciones propias de sus respectivas funciones y obligaciones.

    3. El Libro de Incidencias se desarrollar conforme a la legislacin especfica de seguridad y salud. Ten-drn acceso al mismo los agentes que dicha legislacin determina.

    4. Una vez finalizada la obra, la documentacin del seguimiento ser depositada por el director de la obraen el Colegio Profesional correspondiente o, en su caso, en la Administracin Publica competente, queaseguren su conservacin y se comprometan a emitir certificaciones de su contenido a quienes acredi-ten un inters legtimo.

    II.2. Documentacin del control de la obra

    1. El control de calidad de las obras realizado incluir el control de recepcin de productos, los controlesde la ejecucin y de la obra terminada. Para ello:

    a. el director de la ejecucin de la obra recopilar la documentacin del control realizado, verificandoque es conforme con lo establecido en el proyecto, sus anejos y modificaciones;

    b. el constructor recabar de los suministradores de productos y facilitar al director de obra y al di-rector de la ejecucin de la obra la documentacin de los productos anteriormente sealada ascomo sus instrucciones de uso y mantenimiento, y las garantas correspondientes cuando proceda;y

    c. la documentacin de calidad preparada por el constructor sobre cada una de las unidades de obrapodr servir, si as lo autorizara el director de la ejecucin de la obra, como parte del control de ca-lidad de la obra.

    2. Una vez finalizada la obra, la documentacin del seguimiento del control ser depositada por el directorde la ejecucin de la obra en el Colegio Profesional correspondiente o, en su caso, en la Administra-cin Publica competente, que asegure su tutela y se comprometa a emitir certificaciones de su conte-nido a quienes acrediten un inters legtimo.

    II.3. Certificado final de obra

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    1 En el certificado final de obra, el director de la ejecucin de la obra certificar haber dirigido la ejecu-cin material de las obras y controlado cuantitativa y cualitativamente la construccin y la calidad de loedificado de acuerdo con el proyecto, la documentacin tcnica que lo desarrolla y las normas de labuena construccin.

    2 El director de la obra certificar que la edificacin ha sido realizada bajo su direccin, de conformidadcon el proyecto objeto de licencia y la documentacin tcnica que lo complementa, hallndose dispues-

    ta para su adecuada utilizacin con arreglo a las instrucciones de uso y mantenimiento.3 Al certificado final de obra se le unirn como anejos los siguientes documentos:

    a) descripcin de las modificaciones que, con la conformidad del promotor, se hubiesen introducidodurante la obra, haciendo constar su compatibilidad con las condiciones de la licencia; y

    b) relacin de los controles realizados durante la ejecucin de la obra y sus resultados.

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    ANEJO III. TERMINOLOGAA efectos de aplicacin del CTE, los trminos que figuran a continuacin deben utilizarse conforme al signi-ficado y a las condiciones que se establecen para cada uno de ellos.

    Accin previsible:Accin que debe ser tenida en cuenta, conforme a la reglamentacin vigente.

    Agentes de la edificacin:Todas las personas fsicas o jurdicas que intervienen en el proceso de la edificacin segn se estableceen la LOE.

    Bienestar trmico:Condiciones interiores de temperatura, humedad y velocidad del aire establecidas reglamentariamente quese considera producen una sensacin de bienestar adecuada y suficiente a sus ocupantes.

    Cerramiento:Elemento constructivo del edificio que lo separa del exterior, ya sea aire, terreno u otros edificios.

    Comportamiento estructural adecuado:Comportamiento de una estructura y de las distintas partes que la componen, que no supone efectos inde-bidos.

    Comportamiento dinmico inadmisible:Nivel de vibraciones u oscilaciones de una estructura, que no cumple con lo establecido en la reglamenta-cin vigente.

    Construccin:Conjunto de las actividades para la realizacin fsica de la obra.El trmino, cubre la construccin in situ, pero tambin la fabricacin de partes en taller y su posterior mon-taje in situ.

    Constructor:Es el agente que asume, contractualmente ante el promotor, el compromiso de ejecutar con medios huma-nos y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de las mismas con sujecin al proyecto y al contrato, ysiguiendo las instrucciones del director de obra y del director de la ejecucin de la obra.

    Demanda energtica:Es la energa necesaria para mantener en el interior del edificio unas condiciones de confort definidas re-glamentariamente en funcin del uso del edificio y de la zona climtica en la que se ubique. Se componede la demanda energtica de calefaccin y refrigeracin, correspondientes a los meses de la temporada decalefaccin y refrigeracin respectivamente.

    Deformacin inadmisible:

    Nivel de deformacin que supera los lmites de deformacin admisibles establecidos en la reglamentacinvigente.

    Degradacin inadmisible:Nivel de degradacin que no cumple con las exigencias establecidas en la reglamentacin vigente.

    Direccin facultativa:Est constituida por el director de obra y el director de la ejecucin de la obra.

    Director de la ejecucin de la obra:Es el agente que, formando parte de la direccin facultativa, asume la funcin tcnica de dirigir la ejecucinmaterial de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construccin y la calidad de lo edificado.

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    Director de obra:Es el agente que, formando parte de la direccin facultativa, dirige el desarrollo de la obra en los aspectostcnicos, estticos, urbansticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la li-cencia de edificacin y dems autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto deasegurar su adecuacin al fin propuesto.

    Edificio:Construccin fija, hecha con materiales resistentes, para habitacin humana o para albergar otros usos.

    Ejecucin de la obra:Vase Construccin.

    Elementos estructurales:Parte de una estructura distinguible fsicamente. Por ejemplo: pilar, viga, losa, zapata, etc.

    Estructura:Conjunto de elementos, conectados entre ellos, cuya misin consiste en resistir las acciones previsibles yen proporcionar rigidez.

    Exigencias bsicas de calidad de los edificios:Caractersticas genricas, funcionales y tcnicas de los edificios que permiten satisfacer los requisitos b-sicos de la edificacin.

    Influencia:a) Influencia qumica, fsica o biolgica que incide en una estructura, en las partes que la componen o en

    los elementos resistentes no estructurales, y que puede afectar de manera desfavorable a su compor-tamiento en servicio, y su resistencia y estabilidad.

    b) Causa (que no pertenezca a las categoras de las acciones o de las mencionadas en a)) de efectosdesfavorables en el comportamiento en servicio, o en la resistencia y estabilidad de una estructura, delas partes que la componen o de los elementos resistentes no estructurales. Por ejemplo: imperfec-ciones geomtricas, defectos inducidos por los procesos de fabricacin o montaje, errores humanos,etc.

    Influencia previsible:Influencia que debe ser tenida en cuenta, conforme a la reglamentacin vigente.

    Intervencin en los edificios existentes:Se consideran intervenciones en los edificios existentes, las siguientes:a) Ampliacin: Aquellas en las que se incrementa la superficie o el volumen construidos.b) Reforma: Cualquier trabajo u obra en un edificio existente distinto del que se lleve a cabo para el

    exclusivo mantenimiento del edificio.c) Cambio de uso.

    Licencia municipal de obras:

    Acto administrativo por el cual el Ayuntamiento competente autoriza la ejecucin de la obra proyectada,una vez comprobada su conformidad con la legalidad aplicable.

    Mantenimiento:Conjunto de actividades destinadas a conservar el edificio o las partes que lo componen para que, con unafiabilidad adecuada, cumplan con las exigencias establecidas.Conjunto de trabajos y obras a efectuar peridicamente para prevenir el deterioro de un edificio o repara-ciones puntuales que se realicen en el mismo, con el objeto mantenerlo en buen estado para que, con unafiabilidad adecuada, cumpla con los requisitos bsicos de la edificacin establecidos.

    Mantenimiento previsto:Mantenimiento que, para cada edificio, consiste en el cumplimiento de las Instrucciones de uso y manteni-miento contenidas en el Libro del Edificio.

    Marcado CE:

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    Marcado que deben llevar los productos de construccin para su libre circulacin en el territorio de los Es-tados miembros de la Unin Europea y pases parte del Espacio Econmico Europeo, conforme a las con-diciones establecidas en la Directiva 89/106/CEE u otras Directivas que les sean de aplicacin.

    Particiones interiores:Elemento constructivo del edificio que divide su interior en recintos independientes. Pueden ser verticales u

    horizontales (suelos y techos).

    Producto de construccin:Aquel que se fabrica para su incorporacin permanente en una obra incluyendo materiales, elementossemielaborados, componentes y obras o parte de las mismas, tanto terminadas como en proceso de eje-cucin.

    Promotor:Es el agente de la edificacin que decide, impulsa, programa y financia las obras de edificacin.

    Proyectista:Es el agente que redacta el proyecto por encargo del promotor y con sujecin a la normativa tcnica y ur-banstica correspondiente.

    Proyecto:Es el conjunto de documentos mediante los cuales se definen y determinan las exigencias tcnicas de lasobras contempladas en el artculo 2 de la LOE, y en el que se justifican tcnicamente las soluciones pro-puestas de acuerdo con las especificaciones requeridas por la normativa tcnica aplicable.

    Proyecto bsico:Fase del trabajo en la que se definen de modo preciso las caractersticas generales de la obra, mediante laadopcin y justificacin de soluciones concretas. Su contenido es suficiente para solicitar, una vez obtenidoel preceptivo visado colegial, la licencia municipal u otras autorizaciones administrativas, pero insuficientepara iniciar la construccin.

    Proyecto de ejecucin:

    Fase del trabajo en la que se desarrolla el proyecto bsico, con la determinacin completa de detalles yespecificaciones de todos los materiales, elementos, sistemas constructivos y equipos, definiendo la obraen su totalidad. Su contenido ser el necesario para la realizacin de las obras contando con el preceptivovisado colegial y la licencia correspondiente.

    Proyectos parciales:Los que desarrollan o completan el proyecto en aspectos concretos referentes a tecnologas especficas oinstalaciones del edificio, definiendo con suficiente detalle para su ejecucin, sus caractersticas constructi-vas. Su contenido ser el necesario para la realizacin de las obras que en l se contemplan y contar conel preceptivo visado colegial.

    Puentes trmicos:Parte de la envolvente trmica de un edificio donde la resistencia trmica normalmente uniforme cambia

    significativamente debido a:

    a) penetraciones completas o parciales en el cerramiento de un edificio, de materiales con diferenteconductividad trmica;

    b) un cambio en el espesor de la fbrica; oc) una diferencia entre las reas internas o externas, tales como juntas entre paredes, suelos, o techos.

    Recinto:Espacio del edificio limitado por cerramientos, particiones o cualquier otro elemento separador

    Recinto habitable:Recinto interior destinado al uso de personas cuya densidad de ocupacin y tiempo de estancia exigenunas condiciones acsticas, trmicas y de salubridad adecuadas. Se consideran recintos habitables los

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    a) habitaciones y estancias (dormitorios, comedores, bibliotecas, salones, etc.) en edificios residenciales;b) aulas, bibliotecas, despachos, en edificios de uso docente;c) quirfanos, habitaciones, salas de espera, en edificios de uso sanitario;d) oficinas, despachos; salas de reunin, en edificios de uso administrativo;e) cocinas, baos, aseos, pasillos y distribuidores, en edificios de cualquier uso;f) zonas comunes de circulacin en el interior de los edificios;

    g) cualquier otro con un uso asimilable a los anteriores.

    Se consideran recintos no habitables aquellos no destinados al uso permanente de personas o cuya ocu-pacin, por ser ocasional o excepcional y por ser bajo el tiempo de estancia, slo justifica unas condicionesde salubridad adecuadas. En esta categora se incluyen explcitamente como no habitables los garajes,trasteros, las cmaras tcnicas y desvanes no acondicionados, y sus zonas comunes.

    Recinto protegido:Recinto incluido en la categora de recinto habitable pero que cuenta con caractersticas acsticas msrestrictivas que prevalecen sobre las exigencias de los recintos habitables convencionales. Se consideranen todo caso recintos protegidos los recintos habitables mencionados en los prrafos a), b), c) y d).

    Requisitos bsicos de la edificacin:

    Objetivos derivados de la demanda social de calidad de los edificios y cuya consecucin debe procurarsetanto en el proyecto como en la construccin, mantenimiento y conservacin de los mismos.

    Residuos ordinarios:Parte de los residuos urbanos generada en los edificios, con excepcin de:a) animales domsticos muertos, muebles y enseres; yb) residuos y escombros procedentes de obras menores de construccin y reparacin domiciliaria.

    Resistencia al fuego:Capacidad de un elemento de construccin para mantener durante un perodo de tiempo determinado lafuncin portante que le sea exigible, as como la integridad y el aislamiento trmico en los trminos especi-ficados en el ensayo normalizado correspondiente.

    Riesgo:Medida del alcance del peligro que representa un evento no deseado para las personas. Un riesgo se ex-presa en trminos de la probabilidad vinculada a las consecuencias de un evento no deseado.

    Solucin alternativa:Cualquier solucin que difiera total o parcialmente de las establecidas en los DB.

    Suministradores de productos:Son todas las personas fsicas o jurdicas que proporcionan productos de construccin a las obras: fabri-cantes, almacenistas, importadores o vendedores de productos de construccin.

    Uso del edificio:Actividades que se realizan en un edificio, o determinadas zonas de un edificio, despus de su puesta en

    servicio.

    Uso previsto:Uso especfico para el que se proyecta y realiza un edificio y que se debe reflejar documentalmente. El usoprevisto se caracteriza por las actividades que se han de desarrollar en el edificio y por el tipo de usuario.

    Usuario:Es el agente que, mediante cualquier ttulo, goza del derecho de uso del edificio de forma continuada. Estobligado a la utilizacin adecuada del mismo de conformidad con las instrucciones de uso y mantenimientocontenidas en el Libro del Edificio.Otras acepciones utilizadas:a) persona que habitualmente acude a un edificio con el fin de realizar una determinada actividad segn

    el uso previsto;

    b) la propiedad o su representante, aunque no acuda habitualmente al edificio;

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    c) persona que ocasionalmente acude a un edificio con el fin de realizar una determinada actividadacorde con el uso previsto. Por ejemplo: visitante, proveedor, cliente, etc.; o

    d) personas que no acuden al edificio, pero que se pueden encontrar, habitualmente u ocasionalmente,en su zona de influencia. Por ejemplo: vecinos, transentes, etc.