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Universidad Nacional de Entre Ríos Facultad de Ciencias de la Educación Licenciatura en Comunicación Social Políticas de Comunicación Profesor titular: Licenciado Alejandro Ramírez Auxiliar docente: Licenciada Camila Fernández Trabajo Práctico Final Integrantes: Ricardo Bohl Melisa Godoy Keili Gonzalez Lucila Manzo Lucila Tosolino Fecha de entrega: 23 de junio de 2014

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Políticas de Comunicación. Paraguay

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Page 1: Paraguay

Universidad Nacional de Entre Ríos

Facultad de Ciencias de la Educación

Licenciatura en Comunicación Social

Políticas de Comunicación

Profesor titular: Licenciado Alejandro Ramírez

Auxiliar docente: Licenciada Camila Fernández

Trabajo Práctico Final

Integrantes:

Ricardo Bohl

Melisa Godoy

Keili Gonzalez

Lucila Manzo

Lucila Tosolino

Fecha de entrega: 23 de junio de 2014

Page 2: Paraguay

Derecho a la información, libertad de expresión y derecho a comunicar

Herencias constitucionales

Las constituciones nacionales junto a los tratados internacionales son las primeras

instancias de regulación de los derechos, garantías y los deberes. La procedencia a estas

normativas fue posible a través de un proceso de debates dentro y fuera de las naciones. La

problemática más discutida en todo el mundo y conflictivamente en América Latina fue la

libertad de expresión. Veamos el pasado de una de las libertades más complejas en América

Latina y el mundo entero.

Cómo no podía ser de otra manera, la herencia originaria de nuestras primeras

concepciones de libertad de expresión fueron señaladas en el artículo 19º de la Declaración

Universal de los Derechos Humanos el 10 de diciembre en París un 1948 en la Asamblea

General de las Naciones Unidas, a partir de la carta de San Francisco de 1945, en las

declaraciones universales.

En América, tiempo después, emergían similares inquietudes, un 22 de

noviembre de 1969 en San José en Costa Rica se firmó la Convención Americana sobre

Derechos Humanos o también llamado Pacto de San José de Costa Rica, el cual entró en

vigencia el 18 de julio de 1978. En dicho texto se puede leer que los Estados partes de esta

Convención se "…comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a

garantizar su libre y pleno ejercicio a toda las personas que estén sujetas a su jurisdicción,

sin discriminación alguna".

Algunas consideraciones acerca de la mencionada conferencia americana en lo que

respecta a la libertad de pensamiento y de expresión se encuentran específicamente en el

artículo 13. Ahí se afirma que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de

expresión, los cuales no pueden estar sujetos a previa censura, directa o indirecta, sino a

responsabilidades ulteriores.

Esta última objeción al principio puede parecer lógica, lo es definitivamente, pero

ocurren casos donde se atenta con determinados enunciados posteriormente, lo que no

Page 3: Paraguay

podemos dejar de mencionar como intento de censura también. Se genera así una cadena de

castigos que conforman luego lo que conocemos como autocensura. La autocensura es

adicta al silencio, del susurro, del acomodo, de la resignación. Se puede generar por miedo,

o por deferencia o temor a herir susceptibilidades de otras personas, a veces sin la presión

abierta o expresa de cualquier parte específica o institución de autoridad. Aunque la

conozcamos mayoritariamente como una característica de los totalitarismos no

descontemos que pueda ocurrir en plena democracia. Además recordemos que el poder más

coercitivo no es sólo, por lo menos en el caso correspondiente, el sistema de gobierno sino

el mercado.

Como la mayoría de las constituciones americanas, la del Paraguay es resultado, en gran

parte, de la tradicional discusión acerca de la libertad de expresión. En su artículo 26 se

menciona la libertad de prensa, la difusión del pensamiento y de opiniones. También se

hace referencia a la censura previa y la prohibición a realizar proyectos de ley que restringa

restrinja la mencionada liberación de ideas.

En el primer artículo se refiere a “prensa” y “libertad de expresión”. La terminología

utilizada no excluye ninguna forma de llevar adelante la profesión de la prensa, es decir,

incluyendo a la televisión, la radio, la imprenta e internet. Y se especifica la libertad de

expresión ya que puede ser gozada por cualquier persona que no lo haga en función de la

prensa. Importante distinción.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos reitera la relevancia del interés

general o público, en algunos casos, por sobre el interés individual. El artículo 27 de la

Constitución del Paraguay adjudica el interés público de los medios de comunicación.

Motivo por el cual se prohíbe la discriminación en la provisión de insumos para la prensa,

interferir en las frecuencias radioeléctricas o en la circulación de los periódicos,

garantizando así el pluralismo informativo.

El artículo 28 de la Constitución resulta análogo al artículo 3 de la Convención

entendiendo que se encuentra reconocido el derecho a la utilización de la información por

parte de todas las personas. El Estado debe garantizar y garantizarse que este supuesto se

materialice en todas las instancias. Por último, en el siguiente artículo se hace referencia

Page 4: Paraguay

más específicamente al periodismo, a la práctica del periodista y la posibilidad de proteger

anónimamente sus fuentes.

Democratización y propiedad de los medios

Situación paraguaya de los medios de comunicación

En Paraguay existe una concentración de los medios de comunicación que se encuentra

repartida entre los siguientes grupos: Zuccolillo, el grupo Vierci, el grupo Domínguez

Dibb, el grupo Wasmosy, el grupo Chena, el grupo Ángel González, y el grupo Rubín.

El espectro de los medios de comunicación de Paraguay más completo fue realizado por

el último informe, en el año 2009, del Directorio de Medios de Comunicación del Centro de

Información y Recursos para el Desarrollo.

En lo que respecta a las agencias y portales de noticias nacionales existe actualmente la

agencia Global de Noticias coordinada por María Silvia Calvo, Asunción Digital,

Democráticamente dirigido por Roberto Simbron, E’A Periódico de Análisis, IpParaguay,

Itapúa Hoy, Jaku’Eke dirigida por Mirian Candia, Neike administrada por Rodrigo Duré,

Paraguay al Día, Portal de Noticias, Somos Paraguay, Portal Paraguayo de Noticias dirigido

por Tania Villagra, SC Noticias coordinado por Clara Mernes, Viva Paraguay dirigido por

Benjamín Fernandez, Portales Temáticos, DFP – Deutsche Fachpresse Paraguay, Diario

TnPress, El Yacaré, Geno Tv, Tv Paraguaya, Caaguazu, Capitán Bado, Hernandarias, Pedro

Juan Caballero, Villarrica.

En lo que refiere a los canales de televisión se encuentra el Canal 2 dirigido por Arnoldo

Wiens, Canal 5 Paravisión, Canal 9 Cerro Corá administrado por Ismael Hadid, Canal 11

La Tele dirigido por Leonardo Salomón, Canal 13 presidido por Alfredo Checo, Ecocultura

Tv; Televisión Comunitaria del Paraguay, Teledifusora Itapúa Canal 7 dirigida por Carlos

Sánchez, Teledifusora del Este Canal 8, Tv Aire Canal 19 Coronel Oviedo, Tv Chaqueño

S.A, Unicanal de Germán González, Canal 4 Telefuturo administrado por Marcos Galanti.

Page 5: Paraguay

La prensa escrita paraguaya está comprendida por el Diario ABC Color dirigido por

Aldo Zucolillo, Diario Correo Comercial dirigido por Silvio Gabaglio Verón, Diario

Crónica dirigido por Néstor Insaurralde, Diario La Nación dirigido por Alejandro

Domínguez, Diario Popular dirigid por Edgardo Wasmasy, Diario Ultima Hora dirigido por

Alejandra Peralta, Diario Vanguardia dirigido por Héctor Guerín Gómez.

Las radios de amplitud modulada son: Radio Antena II 1160, Radio Cardinal 730, Radio

Cáritas Universidad Católica 680, Radio Chaco Boreal 1330, Radio Libre 1200, Radio Mil

1000, Radio Nacional del Paraguay 920, Radio Nanawa 1080, Radio 970, Radio Nuevo

Mundo 1120, Radio Ñandutí 1020, Radio 1 de Marzo 780, Radio Uno 650.

Radio de frecuencia modulada. Radio Aranduka 87.9, Radio ASPEN Classic 102.7,

Radio Azul y Oro 94.7, Radio Canal 100.1, Radio Cardinal, Radio Central, 93.3, Radio

Circo 104.5, Radio City 99.1, Radio Concert 107.7, Radio Conquistador 89.1, Radio

Disney 96.5, Radio Emisoras del Paraguay 106.1, Radio Farra 101.3, Radio Fernando de la

Mora 92.7, Radio Hit 91.9, Radio La Estación 91.1, Radio Lambare 2000 103.7, Radio

Latina 97.1, Radio Montecario 100.9, Radio Nacional del Paraguay 95.1, Radio Ñemby

88.3, Radio Obedira 102.1, Radio Planeta 104.1, Radio Popular 103.1, Radio RGS 94.3,

Radio Rock & Pop 95.5, Radio Urbana 106.9, Radio Viva (ex Radio Trinidad) 90.1, Radio

Top Milenium91.5, Radio Venus 105.1, Radio Yasyretá 98.5, Radio Ybytú 97.5, Radio

Ysapy 90.7. Existen radios a través de internet accediento a rol.paraguay.com, radioinn.net

o desdeparaguay.com.

En Paraguay se puede escuchar diversas radios, tanto AM como FM, de carácter

comunitarias, las cuales poseen un apartado en el texto de la Ley 642. Las radios son: Radio

Arami 89.9, Radio Bahía, Radio Chacarita 87.7, Radio Fe y Alegría 1300, Radio

Integración 101.7, Radio Marangatu 87.9, Radio María 107.3, Radio Rebelde 90.3, Radio

Solidaridad 107.5, Radio SPP 103.5, Radio Tape Pyahu 105.5, Radio Vianney 87.9, Radio

Viva 90.1, Radio Unión 87.5.

La lista de radios AM y FM, con o sin fin de lucro es mucho más extensa pero las

dejaremos anexadas a lo último del trabajo.

Page 6: Paraguay

El rol del Estado, sociedad civil y actores políticos

La Constitución del Paraguay

La Constitución de Paraguay, sancionada en el año 1992 y teniendo su última

modificación en el año 2011, en su artículo 107 garantiza la competencia en el mercado y

prohíbe la creación de monopolios y el alza o baja de precios que traben la libre

concurrencia. Pero brilla por su ausencia un control real a la competencia y sobre las

actividades económicas. No debemos olvidar que las leyes están inscriptas en preceptos

ideales y que poco tienen de importantes si no se las aplica, si no se las materializa en

situaciones concretas.

El texto constitucional paraguayo considera a la libertad de expresión. Pero como

libertades inscriptas legalmente no completamente garantizadas. Esta dificultad incluye la

inacción del Congreso y los partidos políticos. También es trabajo pendiente de los

ciudadanos junto a la clase política, la deuda está en ciudadanizar esas políticas.

“Se trata de libertades amparadas constitucionalmente y que incluso parecen

ampliarse y potenciarse al ser resguardadas por tratados internacionales. Pero

fueron y son acaparadas de diverso modo. Acaparadas hegemónicamente por

un mercado que tiene a su servicio marcos legales altamente beneficiosos. Pero

también acaparadas por gobiernos que, empleando diversas estrategias, utilizan

el poder que la ciudadanía les concede con su voto, usufructuando a favor de su

propio sostenimiento y del sostenimiento de los sectores con mayor capacidad

de presión económica y política, los bienes que deberían favorecer la expresión

igualitaria y plural de la sociedad” (Mata M. C. en Ciudadanizar las políticas

de Comunicación, p. 2).

En la mencionada Constitución no se exhiben limitaciones a la hora de generar, difundir

o procesar información. Se afirma, en cambio, que no se podrá clausurar ni suspender

ningún medio de comunicación según el artículo 27 y se los declara de interés público.

Asimismo en el primer artículo de la ley de Telecomunicaciones sancionada unos tres años

después renueva esa misma consideración aseverando el dominio del Estado de las señales

electromagnéticas.

Page 7: Paraguay

Detengámonos en la aserción al interés público. Se supone a la comunicación

audiovisual en cualquiera de sus soportes una actividad social de interés público y no de

otra forma. Se concibe a los servicios de la comunicación social de carácter esencial para el

desarrollo sociocultural de la población, por el que se exterioriza el derecho humano

inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones sin

ningún tipo de censura.

Podría sonar extraño detenernos en la gran diferencia de calificar a los servicios de

comunicación audiovisual de “interés público” de la consideración: “servicio público”. La

noción de interés público está relacionada con los conceptos de “bien común” o “interés

general”, dejando al Estado en un rol de interviniente para garantizar que el desarrollo de

actividades radiofónicas persiga el bien común de la población. Diferente es la idea de

servicio público ya que se considera tal a aquél que debe ofrecerse a todos los habitantes,

con regularidad y permanencia. En ese caso el Estado se obliga a sí mismo a garantizar que

dicho servicio se cumpla adecuadamente, pudiendo asumirlo él o delegarlo a la iniciativa

privada.

Retomemos la diferencia. Interés y público son dos nociones que juntas exigen a los

entes competentes del Estado, regular el acceso a los medios de comunicación y realizar un

seguimiento para garantizar que la comunicación, como un derecho fundamental del

Hombre, se materialice en todas sus instancias. No sucede lo mismo si concebimos a los

servicios de la comunicación audiovisual, en nuestro caso, o telecomunicaciones, en el caso

paraguayo, como “servicio público”, ya que limita las posibilidades de regulación y

esclarecimiento del escenario del acceso a los medios de comunicación. Es decir, pongamos

el ejemplo del agua que es un servicio público. El Estado garantiza que todos accedamos a

ese servicio nada más y en muchos casos cede la responsabilidad a privados. No es un ideal

para los medios de comunicación.

En Argentina, en el año 1986, el Ejecutivo Nacional argumenta acerca de los servicios

de radiodifusión que, “…es un servicio público en todos los casos y sin excepción, aun

cuando se conceda parcialmente al sector privado. Por ello, el servicio público de

radiodifusión debe ser controlado por el sector público que atiende con carácter exclusivo

los intereses colectivos”.

Page 8: Paraguay

Retomando la Constitución del Paraguay, la cual, es importante destacar, regula la forma

y no el contenido. En su artículo 31 del mencionado texto constitucional se refiere a los

medios de comunicación que estén bajo la órbita regulativa del Estado. Se deberá garantizar

el acceso democrático y plural a los sectores sociales y políticos en igualdad de

oportunidad.

No manifestamos demasiada curiosidad por lo que entendemos por democrático, pero,

¿qué entendemos por plural? Según la Real Academia Española, de la cual no debemos

confiar demasiado, el término plural refiere a lo múltiple y a lo que se presenta en más de

un aspecto. No parecía estar asegurada la diversidad con tanto énfasis, pero no podemos

dejar de lado la importancia de esta concepción ya que aseguraría la posibilidad de distintas

intervenciones, opuestas, contradictorias, más o menos relevantes, etc.

No es menor la distinción entre las regulaciones que afectan las formas, el acceso a la

información y el control ejercido sobre el contenido. Éste último no es más que un

resultado de un poder autoritario y excesivamente despótico que puede fácilmente operar en

una democracia. Aun así debemos poner atención a la regulación y supuesta garantía al

acceso a la información que sin dificultades puede ser utilizada para intervenir directamente

en los discursos.

El horizonte posible es aquél al que hacía referencia Armand Mattelart en Historia de la

Sociedad de la Información, a través de la siguiente cita:

«La complejidad de la tercera ola es demasiado grande para ser gestionada por

una burocracia centralmente planificada. Desmasificación, personalización del

consumidor, individualidad, libertad, tales son las claves del éxito para la

civilización de la tercera ola [...] Si hay una "política industrial para la era del

saber", debería centrarse en la supresión de las barreras a la competencia y en

la desregulación masiva de las telecomunicaciones y del procesamiento de

datos» (Dyson, Gilder, Keyworth, Toffler, 1994).

Page 9: Paraguay

Acerca de la Ley de Telecomunicaciones

Paraguay dispone de una ley de Telecomunicaciones sancionada en el año 1995. La ley

n° 642 crea la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, una entidad autártica con

personería jurídica de derecho público encargada de regular las telecomunicaciones. Dicha

entidad estará autorizada para prevenir conductas anticompetitivas y/o discriminatorias en

el mercado y el espacio público de la comunicación. Comprende en su texto a las prácticas

concentradas que produzcan restricciones a la competencia.

En su primer artículo y título preliminar el texto comienza desarrollando que es

responsabilidad exclusiva del Estado, el dominio y control del espectro radioeléctrico.

Cabe destacar que la ley de Telecomunicaciones percibe al servicio de telefonía, no

sucede lo mismo en nuestro país. No vamos a destacar entonces las normativas en este

sentido sino solamente en relación a la radiodifusión y de los servicios audiovisuales.

Órgano de aplicación

La ley crea en su artículo tercero la Comisión Nacional de Telecomunicaciones que será

la autoridad autártica competente de aplicación de la ley. El presidente y los miembros de

dicha entidad serán designados por el Poder Ejecutivo. Este procedimiento no parece ser

demasiado democrático ya que las autoridades de la comisión tienen la posibilidad de

incidir en las políticas de comunicación del país detalladas en el artículo 16 el texto de la

ley. Sucede la misma situación en el caso de la Ley de Servicios de Comunicación

Audiovisual de Argentina y mucho más drásticamente en la anterior ley de Radiodifusión.

No es menor la responsabilidad de la entidad del Estado Nacional paraguayo sobre las

señales de comunicación electromagnéticas ya que habilita a la comisión autoridad a

cancelar emisiones que interfieran a otras. El mayor y grave problema de la regulación en

Paraguay es la inoperancia del mencionado ente.

En Argentina la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522 en su artículo

15 crea el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. En el mismo sentido que la 642

Page 10: Paraguay

en Paraguay, en Argentina, el AFSCA colabora y asesora en el diseño de las políticas

públicas de la radiodifusión, confecciona condiciones y pautas en la adjudicación de las

licencias, se hace responsable de la admisión de las licencias a través de concursos a todos

los medios con la excepción de frecuencias de corto alcance donde se entregarán

automáticamente.

En nuestro país la Corte Suprema de Justicia ha expresado una serie de recomendaciones

ante las peligrosas subjetivas interpretaciones, tanto de los grupos económicos como el

gobierno de turno.

En relación al órgano colegiado autorizado para efectivizar la regulación

correspondiendo, el AFSCA, debe ser “…un órgano técnico e independiente, protegido

contra indebidas interferencias, tanto del Gobierno como de otros grupos de presión".

En Paraguay, el presidente actual del CONATEL es Eduardo González, designado por

Horacio Cartes a través del Decreto Nº 55, graduado en Economía en la Universidad

Católica, quien al asumir afirmó que “…en primer lugar actuaremos con total transparencia,

cumpliendo estrictamente las leyes y reglamentos vigentes, de modo a garantizar las

inversiones en el sector, asimismo, priorizar el control del espectro radioeléctrico”.

El directorio del Consejo Nacional de Telecomunicaciones está integrado por un

representante del Presidente de la República, quien lo presidirá, un representante de la

Oficina de Planificación de la Presidencia de la República, un Jefe del Comando Conjunto

de las Fuerzas Armadas (similar a nuestra anterior ley de Radiodifusión hasta 1983), un

representante designado conjuntamente por las Cámaras de Producción, un representante

del Comité Central Único Nacional de los Trabajadores de Emete, un Secretario Nacional

de Telecomunicaciones y un Superintendente de Telecomunicaciones. Actualmente los

cargos del mencionado directorio lo componen, el ingeniero Jaime Guerrero Ruiz quien

ocupa el cargo de presidente del CONATE y secretario nacional de Telecomunicaciones de

la Sociedad de la Información. La licenciada Pabel Muñoz quien es secretaria nacional de

planificación y desarrollo del SENATEL. El doctor Augusto Espinosa como Ministro de

Educación, el ingeniero Roberto Aspiazu como representante de las cámaras de la

producción, el ingeniero Fabián Jaramillo como superintendente de Telecomunicaciones.

Page 11: Paraguay

Y, por último el cuerpo de asesores compuesta solamente por el licenciado Vicente Freire

como secretario del CONATEL.

En nuestro caso, el titular del AFSCA es Martín Sabatella. El resto del directorio está

compuesto por: Ignacio Saavedra, Néstor Avalle, Eduardo Rinesi, Claudio Alberto Schifer,

Marcelo Stubrin y Gerardo Milman.

Varias polémicas vinculan a Sabatella en medio de fuerte críticas que parecen ser, a

nuestro parecer, razonables. En primer lugar una afirmación acerca de la regulación de

internet. Para un medio digital, el titular del AFSCA afirmó que "…la velocidad de la

transformación en el mundo de la comunicación es tremenda", "tendría que ir

actualizándose", "no está regulada internet, es un dato de la realidad, y tendría que hacerse.

Yo estoy de acuerdo con eso". Tras duras y masivas críticas decidió disolver su propuesta.

Por otro lado, se atacó a Sabatella por una de las decisiones de la Corte Suprema de

Justicia en coincidencia con el mismo texto de la ley en relación a los conocimientos en

materia de comunicaciones que debe poseer el titular. Indagando acerca de los desempeños

de Martín Sabatella ninguno parece ayudar a conciliar el pedido de la Corte y la misma ley

que le concede el respectivo cargo.

En un primer momento, Sabatella se desempeñó como secretario del bloque

parlamentario local del Frente País Solidario (FREPASO) y como Secretario General de ese

partido, luego se postuló como candidato a intendente de Morón el cual ganó y asumió en

diciembre del 1999. En el año 2002 fundó Nuevo Morón, luego el partido que actualmente

preside, Encuentro por la Democracia y la Equidad. Creó la Casa de la Memoria y la Vida.

Sólo se menciona en su currículo que fue seleccionado debido a logros como, la creación de

la oficina anticorrupción, el libre acceso a la información pública y la obligación a los

funcionarios de hacer públicas sus declaraciones juradas de bienes.

Podríamos entonces aceptar la decisión de la presidenta Cristina E. Fernández en la

titularización del AFSCA si no fuera por la recomendación de la Corte Suprema que

sostiene que el titular debe presentar una clara imparcialidad política y partidaria.

Page 12: Paraguay

El fallo de la Corte Suprema planteó que “…es de vital importancia recordar que

tampoco se puede asegurar que se cumplan los fines de la ley si el encargado de aplicarla

no es un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto

del Gobierno como de otros grupos de presión” “…la autoridad de aplicación debe respetar

igualdad de trato, tanto en la adjudicación como en la revocación de licencias, no

discriminar sobre la base de opiniones disidentes y garantizar el derecho de los ciudadanos

al acceso de información plural”.

Sectores percibidos

En la ley paraguaya los sectores que comprendidos en la normativa son, los

denominados servicios básicos, es decir aquellos conmutados de punto a punto mediante el

uso del cable. Por otro lugar los servicios de difusión. Y por último aquellos servicios de

valor agregado, los privados, los radioaficionados, las radios de pequeña y mediana

cobertura o comunitarias y servicios reservados al Estado.

“A lo largo de la historia de la radiodifusión en Argentina, y en general en

América Latina, pudieron observarse la fuerte incidencia de grupos de poder

que se apropiaban de licencias y de buena parte de la cadena de producción

infocomunicacional para consolidar un enorme caudal de poder y, con ello,

conservar un rol para-institucional de presión no sólo a gobiernos, sino también

a otras empresas poderosas” (Ramírez, A., Sectores, Actores e intereses en

torno a la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en la Argentina. p.1).

a) Medios de carácter comunitario

Sin precisar en cifras exactas, en Paraguay los medios de carácter comunitario, sobre

todo radios FM, ocupan gran parte del espectro. Los medios comunitarios están

reconocidos en la Ley de Telecomunicaciones y son definidos como servicios de

radiodifusión de pequeña y mediana cobertura o radios comunitarias.

Page 13: Paraguay

El objetivo de estos servicios consiste en emitir programas de carácter cultural,

educativo, artístico e informativo, sin fines de lucro ni comerciales. Estos programas no

pueden ser objeto de arrendamientos por el prestador. No se pueden efectuar en ellos ni

fuera de ellos, mención, publicidad o propaganda en ninguna de sus formas. Esta última

objeción, se verá, que fue y es ampliamente discutida.

Si bien la 642 garantiza la igualdad de condiciones para adquirir licencias, la

organización sin fines de lucros, “Voces Paraguay”, una asociación de radios comunitarias

y medios alternativos, ha denunciado constantemente la práctica antidemocrática en la

adquisición de frecuencias, a favor de grupos familiares que poseen varios medios de

comunicación, formando un oligopolio comunicacional.

La Constitución del Paraguay, en su artículo 83, establece que los objetos, las

publicaciones y las actividades que posean valor significativo para la difusión cultural y

para la educación, no se gravarán con impuestos fiscales ni municipales. Las radios

comunitarias deben pagar un derecho por la obtención de la autorización, y asimismo, un

arancel por el uso del espectro radioeléctrico, quedando exentas del pago de tasas por

explotación comercial. No parece verse reflejado en la realidad este mencionado artículo ya

que las radios comunitarias deben pagar impuestos debido a la presión de grupos de poder

en los sectores de los medios privados, quienes consideran que cualquier medio es

competencia. Ahora la pregunta, ¿es justo que un medio con contenidos de carácter, tal vez

más educativo y solidario que otros contenidos más favorables al entretenimiento, compitan

en un mismo nivel? Quizás sí, quizás no.

Otra dificultad que enfrentan los medios comunitarios específicamente en relación a los

procedimientos para la obtención de autorizaciones y acceso a frecuencias, es una de las

atribuciones del ente regulador para fijar las condiciones técnicas, jurídicas y económicas.

Según el Decreto 14.135, la Comisión Nacional de Telecomunicación, no se debe otorgar

concesión, licencia o autorización solicitada cuando el solicitante no tenga la suficiente

capacidad técnica y económica para ejecutar el proyecto presentado y en especial el plan de

expansión de los servicios que ha solicitado, tratándose de servicios públicos. En

consecuencia, el requisito tecnológico podría actuar como una especie de traba a la hora de

solicitar una autorización.

Page 14: Paraguay

Ramiro Beltrán en La comunicación para el desarrollo en Latinoamérica: un recuento

de medio siglo (2005), añadirá después la siguiente conceptualización sobre la

comunicación comunitaria:

“La comunicación alternativa para el desarrollo democrático en la expansión y

el equilibrio en el acceso de la gente al proceso de comunicación y en su

participación en el mismo empleando los medios -masivos, interpersonales y

mixtos- para asegurar, además del avance tecnológico y del bienestar material,

la justicia social, la libertad para todos y el gobierno de la mayoría” (p.21).

Añade además que “…es lógico que la comunicación protagonizada por el pueblo

recurriera preferencialmente a la radio, por ser el menor costo de equipamiento y de mayor

facilidad de operación” (op. cit., p.12).

En Paraguay ha existido una disputa entre la SICOM y el sistema de medios privados

por el otorgamiento y licencias de radios comunitarias. Recordemos que el criterio para el

otorgamiento de las licencias es político.

En el año 2009 CONATEL anunció la resolución por la cual se permite a las radios

comunitarias obtener recursos provenientes de aportes solidarios, anuncios de entidades

públicas o de otras fuentes que sean generadas dentro de su área de cobertura, en tanto que

los medios comerciales pagan los cánones correspondientes por habilitación y

mantenimiento en el aire.

Los medios comerciales consideran a las radios comunitarias competencia desleal y se

oponen a las medidas tomadas por el CONATEL.

La Ley de Telecomunicaciones, de 29 diciembre de 1995, establece sólo principios

generales sobre el tema, como por ejemplo el libre acceso al aprovechamiento del espectro

radioeléctrico en el artículo 27, de libre competencia en el artículo 29, de explotación de los

servicios de difusión mediante licencia en el 31, de libre recepción en el 33. No contiene

norma alguna referida, específicamente, a la información a su contenido.

Page 15: Paraguay

La ley de radiodifusión dispone en su artículo 7 que, un mismo propietario no pueda

tener empresas de un mismo servicio. Cada concesionario solo tendrá derecho a la licencia

para explotar una estación de radiofonía y/o una de televisión.

El artículo 27 de la Constitución Nacional del Paraguay considera a los medios

masivos de comunicación como interés público; en consecuencia no se los podrá clausurar

ni suspender su funcionamiento, y no se admite la prensa carente de dirección responsable.

En el artículo 26 se garantizan la libre expresión y la libertad de prensa, así como la

difusión del pensamiento y de la opinión, sin censura alguna. Toda persona tiene derecho a

generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier

instrumento lícito y apto para tales fines.

El artículo 28 reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz,

responsable y ecuánime. Las fuentes públicas de información son libres para todos. La ley

regulará las modalidades, plazos y sanciones correspondientes a las mismas, a fin de que

este derecho sea efectivo.

b) Medios de carácter privado

Los grupos empresariales que poseen los medios de comunicación más importantes del

país tienen un patrón común: todos tuvieron vínculos cercanos con la dictadura stronista

que devastó económica y culturalmente al país durante 35 años, desde 1954 hasta 1989. La

democracia tuvo al comienzo un carácter más ilusorio que concreto fehacientemente.

Siguiendo a Diego Segovia en Los medios y el consenso reaccionario (2013)

“…todos los medios tienen una postura ideológica .En democracia, ninguna

debería ser censurada No obstante, cuando las condiciones económicas de una

sociedad permiten que solamente un sector ideológico (o una clase social)

acceda a los medios de producción y difusión de la información, no hay

ciudadanía” (p.2, digital, fesmedia-latin-america.org).

Page 16: Paraguay

Los medios privados en Paraguay siguen siendo mayoría y sostienen un poder

fundamental que debilita la posición de otros medios, como es el caso de los medios

comunitarios.

Es famosa la pelea entre estos distintos medios como es conocido el enfrentamiento

entre el mercado y los grupos comunitarios o sin fines de lucro. Es decir, nada de esto debe

sorprender teniendo en cuenta que vivimos en una sociedad donde indefectiblemente se nos

dificulte diferencia a la palabra como un derecho y a la vez como una mercancía.

La palabra cumple esos dos roles, primero porque vivimos en una mundo que funciona

dentro del sistema capitalista pero que también, como lo dicen las declaraciones de los

Derechos del Hombre, es necesario reconocerla como un derecho. Una contradicción que

parece prevalecer hasta el momento. Lo que sí tenemos en claro es la incomodidad que esto

nos produce.

Entre las tantas democracias que faltan consolidar en este bendito vergel se halla la

relación entre consumidores y empresas. Acá los clientes tienen la razón, cuando ella

coincide con la de la prestadora del servicio. No hablamos de las entidades públicas,

páramo de desquicios varios, en donde ni el EPP quiere esconderse. Hablamos de las

empresas privadas, un continente a conocer, donde aún rige la ley del más fuerte; por

supuesto, no en todos los casos. En los últimos 20 años florecieron servicios de distinta

índole. Tarjetas de créditos, telefonía celular, internet, cooperativas y otros similares. Con

aciertos y críticas, allí se puede vislumbrar aún algo de decencia gracias al imperio de la

competencia. Un consumidor -después de sufrir las consecuencias de las letras chicas que

no leyó en el contrato y alguno que otro interés ubicado peligrosamente cerca de la usura-

al menos puede optar por cambiar de compañía. En otros casos ni siquiera se tiene ese

consuelo. Un ejemplo emblemático de esta frustrante situación es el de la televisión por

cable, que en Asunción tiene un solo nombre: Cablevisión. Monopolio que le dicen. Yo soy

un cliente de esta empresa. Feliz cuando no me suben arbitrariamente el costo del servicio

(por el débito automático me entero del encarecimiento una vez consumado), cuando recibo

la revista a tiempo, cuando no debo soportar publicidad por una prestación paga y cuando

no debo escuchar una voz cibernética que me dice, al cortarse la señal: "Ya sabemos que

tiene problemas...", pero no me informa cuándo se solucionará. En el resto de los casos soy

Page 17: Paraguay

muy infeliz. Por cierto, últimamente este servicio ya me genera ansiedad existencial. Hace

un par de días vi pasar uno de esos grupos de tercerizados que arreglan el cablerío de la

empresa. Misteriosamente, minutos después la señal se tornó borrosa y estoy a punto de

quedarme bizco por ver en pésimas condiciones las señales prémium.

c) Medios de carácter estatal

En setiembre del 2008 se inició el proceso de reestructuración y reorganización de la

Radio Nacional del Paraguay de acuerdo a los objetivos de la Secretaría de Información y

Comunicación para el Desarrollo (SICOM), con el fin de convertir las radios estatales en

Radios de Servicio Público.

El proceso de transformación se consolida con la firma del Decreto Nº 4.982, que crea la

Radio y Televisión Nacional del Paraguay (RTN), y establece un consejo asesor de la

SICOM que garantice el funcionamiento de la Radio y la Televisión Nacional del Paraguay

como medios de comunicación pública no gubernamental, con dirección autónoma e

independiente, que aseguren la objetividad, el pluralismo y la variedad de enfoques y

contenidos acorde a las diversas expresiones culturales, sociales y políticas del país.

Durante el gobierno del ex presidente Fernando Lugo, en el año 2011, en el marco de los

festejos por el bicentenario de la República del Paraguay, se inauguró la Tv Pública

Paraguay, siendo el primer canal digital del país y el primero del cual el Estado paraguayo

es propietario.

Augusto Dos Santos ministro de la Secretaría de Información y Comunicación Social

para el Desarrollo de Paraguay, en una nota periodística realizada en el Foro Permanente

Hacia una comunicación plural promovido por la facultad de Ciencias y Artes de la

Comunicación, admitió que “…los medios privados son más independientes que los

públicos, pero no siempre más plurales, ya por su vocación o porque responden a miradas

opositoras del Gobierno siempre van a ser más independientes…”.

Page 18: Paraguay

Afirmó además que si un medio público es utilizado como medio de propaganda de un

gobierno de turno no debería aterrarnos la misma utilización de dicha información en una

dictadura militar.

Modificaciones a la Ley 642

Tomaremos como punto de referencia las reformas a la Ley de Telecomunicaciones

realizadas a partir del año 2009. La información obtenida en esta sección, como debe ser,

pertenece a La Gaceta Oficial situada en el espacio digital de la Dirección de Publicaciones

Oficiales del Gobierno Nacional del Paraguay.

En 12 de noviembre del año 2010, el Poder Ejecutivo, a cargo de Fernando Lugo, vetó la

normativa sancionada por el Congreso que modifica la Ley de Telecomunicaciones, y que

regula principalmente a las radios comunitarias en su artículo 57 más específicamente

mediante el decreto del Poder Ejecutivo Nº 5.403.

El Artículo 57 de la Ley de Telecomunicaciones incluye a las radios comunitarias,

educativas, asociativas y ciudadanas designadas por el límite de su potencia efectiva,

radiada como de pequeña cobertura, hasta (50) watts, y de mediana hasta (300) watts. Estas

normativas pones claros límites a las radios con sin fines de lucro y con responsabilidad

cultural. En este sentido el actual presidente ha denegado esta modificación, sin embargo

luego se verá, habrá cambiado de opinión.

Gremios de Radios Comunitarias solicitaron al presidente el veto ya que a su criterio la

Ley restringe a las radios comunitarias y por ende atenta contra la libertad de expresión. En

cambio otros sectores, más allá de no manifestarse en contra de esta decisión, sostuvieron

que las radios comunitarias podían trabajar de igual modo que cualquier radio, teniendo

publicidad, por ejemplo, pero que no se las exima de impuestos ya que eso supone una

desigualdad para sectores que quieren beneficios y se alejan de las obligaciones.

Paralelamente el 30 de diciembre del 2009 se emitió el Decreto N° 171 que crea la

Secretaría de Información y Comunicación para el Desarrollo. La SICOM es la instancia

gubernamental rectora de la política de comunicación e información social del Gobierno

Page 19: Paraguay

Nacional en su conjunto que a través de instrumentos normativos eficientes y acciones

estratégicas para divulgar y facilitar el acceso a la información. Sus fines son, democratizar

la comunicación, fortalecer la cultura nacional y la identidad paraguaya y latinoamericana,

ampliar el alcance y la calidad de la educación, fortalecer las organizaciones de base y la

participación ciudadana; apoyar el desarrollo integral del país.

En el 2011 el mismo Poder Ejecutivo realizó otras transformaciones al texto de ley en

otro sentido completamente diferente, caracterizado por los sectores de radios comunitarias

y alternativas como una asfixia a la libertad de expresión y donde claramente han triunfado

los sectores de poder.

En esta oportunidad se modifican los artículos 57, 58, 70, 73 y 100. Ya mencionamos la

regulación del artículo 57, en este sentido, se fijan las limitaciones anteriormente

mencionadas para las radios comunitarias. La alteración del artículo 58 es central, en ella se

fija de modo tajante la imposibilidad de las radios de carácter comunitario de acceder a los

beneficios de la publicidad ni de la propaganda, es decir, ya no podrán autogestionarse. Las

restantes modificaciones no fueron demasiado agresivas en comparación de la anterior

mencionada.

Luego la resolución Nº 1.223/2011 realizada el 19 de Agosto del 2011 por la cual se

aprueba la Norma Técnica del Servicio de Televisión que incluye la Tecnología Analógica

y Digital.

EL 28 de Octubre del 2011 el Poder Legislativo modificó el artículo 34 que adjudica en

el inciso a) una frecuencia de televisión con sus respectivas repetidoras para el Estado. En

la modificación se complementan dos frecuencias más para el Poder Legislativo, una para

legisladores y otra para los diputados. En el inciso b) se otorgan frecuencias AM y FM para

cada departamento, reservadas también al Estado. En la modificación se agregan dos

frecuencias a los legisladores.

El 9 de Agosto del año siguiente por medio de la ley Nº 4.989, se crea la Secretaria

Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicación (SENATICs). En el marco de

las tecnologías de la información y comunicación, el Estado deberá proteger los derechos

de los usuarios velando por la adecuada prestación de los servicios, promover el acceso de

Page 20: Paraguay

la ciudadanía a la tecnología de la información, fomentar la utilización de las tecnologías

para expandir las acciones del gobierno a través de la plataforma electrónica, prevenir los

fraudes en la red, garantizar la igualdad de condiciones de acceso y la cobertura de zonas de

difícil acceso, y por último, promover la seguridad informática en la plataforma de la red.

Como sucede con las autoridades del CONATEL, los miembros de la Secretaría de

Tecnologías de la información y comunicación serán designados directamente por el Poder

Ejecutivo.

El 12 de Agosto del 2013 se dicta el decreto Nº 11.624 por el cual se reglamenta la Ley

Nº 4989 del 9 de agosto de 2013.

La última modificación en relación a los medios de comunicación fue el 27 de Febrero

del corriente año se emite el decreto N° 1.306 donde se modifican los artículos 6 y 7 del

decreto Nº 11.624/2013 que reglamenta la Ley 4989/2013.

Ley de Radiodifusión en Argentina

La ley N° 22.285 fue sancionada en el año 1980 en el marco de una dictadura cívico-

militar. En ella se definen a los servicios de radiodifusión como de “interés público”.

Asimismo se reserva al Poder Ejecutivo competencia exclusiva de administrar, orientar,

promover y controlar a dichos servicios. Los Estados provinciales podrán acceder a una

AM y los municipios podrán tener una FM.

En el texto de la ley se lee que las emisiones deberán contribuir al afianzamiento de la

unidad nacional, y al fortalecimiento de la fe y la esperanza en los destinos de la Nación

Argentina.

En el inciso e del artículo 45 se la ley se sostiene que ningún propietario de cualquier

empresa periodística nacional o extranjera puede integrar sociedades licenciatarias de

radiodifusión. Es decir que la ley presenta elementos legales para combatir los monopolios

y promover la pluralidad. Pero debemos recordar que la realidad demostró no sólo que eso

no sucedió sino que fue un período de auge de la concentración de los medios de

Page 21: Paraguay

comunicación en manos de unos pocos ligados directamente al poder de turno. Quizás

cabría pensar por qué las situaciones concretas contrarían tanto a las formulaciones

legislativas. Recordemos además que hoy contamos con una ley que amplía las

regulaciones para impedir la centralización y virtualización de la información, es decir,

depende mucho también de la ejecución y seguimiento del cumplimiento o no de esas

normativas, que de ninguna manera nos excluye a los ciudadanos.

Dentro del Título III, del artículo 33 hasta el 38 se puede ver una serie de normativas en

relación al Servicio Oficial de Radiodifusión. Específicamente en el artículo 106 se prevé

que las estaciones en manos del estado en forma subsidiaria deberán ser privatizadas en el

plazo de 36 meses desde la aprobación del PLANAR, el Plan Nacional de Radiodifusión.

El COMFER, el órgano autorizado para controlar a los medios de comunicación

recibiendo las decisiones unilaterales del Poder Ejecutivo. Se encontraba compuesto por los

comandantes en Jefe del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada, la Secretaría de

Información Pública, la Secretaría de Comunicaciones del Estado y dos representantes

asociados de licenciatarias.

Con el comienzo de la democracia presidida por el Dr. Alfonsín se dejó sin efecto una

gran molestia de la ley, el PLENAR y además reorganizó el COMFER excluyendo a las

Fuerzas Armadas. Se mandó a revisión las 41 licencias otorgadas durante el período

dictatorial. Lo decepcionante fue que jamás se conocieron esas revisiones.

Ciudadanía y participación

¿Ciudadanos o consumidores?

“Siempre el ejercicio de la ciudadanía estuvo asociado a la capacidad de

apropiarse de los bienes y a los modos de usarlos, pero se suponía que esas

diferencias estaban niveladas por la igualdad en derechos abstractos que se

concretaban al votar, al sentirse representado por un partido político o un

sindicato” (Canclini N. García, Consumidores y ciudadanos, p.13)

Page 22: Paraguay

La ciudadanía no es solamente el ejercicio de las prácticas relacionadas al Estado,

solamente como el cumplimiento de un posible derecho o una obligación. Nos resulta

sumamente confuso definirlo para intentar disociarlo del consumismo. Pero, quizás estamos

frente a dos nociones equivocadas. Ciertamente lo es, porque nos referimos a los

consumidores como aquellos sujetos que son manipulados por el marketing.

Ser ciudadanos es identificar las prácticas sociales y culturales que dan sentido de

pertenencia y hacen sentir diferentes a quienes poseen una misma lengua, semejantes

formas de organizarse y satisfacer sus necesidades. Es decir, esta noción trasciende la idea

de ciudadano ligado los derechos que reconoce un estado en un determinado territorio.

Si entendemos el ejercicio de ser ciudadanos en relación a interrogantes como, ¿a dónde

pertenezco, qué derechos tengo, quién me los otorga, cómo hago para acceder a la

información para reconocelos? Son innumerables los cuestionamiento que se generan a

partir de querer comprender la ciudadanía. Ahora, ¿qué sucede cuando la forma de conciliar

esos interrogantes y ejecutar la ciudadanía tiene una sólida relación con el consumo?

Recordemos que vivimos en un período donde los fenómenos son además fenómenos

mediáticos. Es decir, confluyen en y por los medios de comunicación. Entonces el ejercicio

de la ciudadanía está estrechamente vinculado al consumo de los medios de comunicación.

La ciudadanía es parte del consumo mediático. No es una descripción de un mal momento,

de una época despolitizada, por supuesto que no es así. Nuestra forma de vivir la política, y

no sólo la política, ha cambiado profundamente. No es una novedad.

“Las luchas generacionales acerca de lo necesario y lo deseable muestran otro

modo de establecer las identidades y construir lo que nos distingue. Nos vamos

alejando de la época en que las identidades se definían por esencias ahistóricas:

ahora se configuran más bien en el consumo, dependen de lo que uno posee o

es capaz de llegar a apropiarse” (Canclini N. García, óp. cit., p.14).

Para sintetizar debemos reiterar que ciudadanía no es simplemente una cuestión política,

o los sujetos actuando en función únicamente en favor de principios específicamente

ideológicos. Por otro lado, consumidores no son sólo aquellos irracionales, superfluos,

sujetos dominados por pulsiones primarias y manipulados por el mercado.

Page 23: Paraguay

Es necesario entonces concebir a la ciudadanía para comprender la construcción de las

subjetividades, papel que cumplen, en gran medida, los medios de comunicación. Por eso

se debe insistir con el derecho al acceso a pertenecer al sistema sociopolítico. Es decir

reelaborar la noción de los derechos de los ciudadanos para poder ser parte de transformar

eso que queremos ser. Nada menos.

Proyecto de Ley de Medios de Comunicación en Paraguay

Cómo se puede leer en el subtítulo, Ley de Medios es un proyecto para una futura

legislación en materia de comunicación presentada por el Frente Guasu, a quienes

podríamos identificar como una concertación de partidos de “centro

izquierda” del Paraguay. Frente que llevó a Fernando Lugo a la presidencia hasta el 22 de

junio del 2012 cuando fue destituido a través de un juicio político.

El proyecto de ley es producto de un proceso de intercambio de distintos sectores de la

sociedad, periodistas, propietarios de empresas de medios, intelectuales y organizaciones

sociales, con el fin de instalar el debate en la agenda pública.

“Asumir la ciudadanía como la irrupción en la esfera pública de lo excluido,

negado o reprimido que manifiesta el derecho a tener derechos por sobre el

orden estatuido, implica asumir que aunque no es lo único que la hace posible,

la comunicación es consustancial a su existencia en un doble sentido. Por un

lado porque la comunicación resulta imprescindible para colectivizar las

necesidades, las demandas y las propuestas; por otro, porque ella es necesaria

para hacerlas presentes en el espacio público” (Mata M. C, óp. cit., p. 7).

Uno de los propósitos más importantes de este proyecto de ley es regular y controlar,

pero más específicamente terminar con los oligopolios y monopolios de los medios de

comunicación. En el mismo sentido que la normativa vigente, el proyecto de Ley de

Medios no tiene como objetivo controlar ni manipular el contenido, sino por el contrario,

ofrecería una mejor circulación de la información impidiendo que siga la corriente liberal

actual, posición que coincide con la hegemonía política del momento.

Page 24: Paraguay

Algunos planteamientos del Frente Guasu se vinculan con la repartición absolutamente

Equitativa distribución del espectro radioeléctrico (Radio y Tv) entre los medios

Públicos, Privados y Comunitarios, ofreciéndoles un 33,3% a cada uno de los sectores. Una

diferencia sustancial con la distribución en nuestro país. Con respecto a la desarticulación

de la corporación de medios concentrados ofrecen la posibilidad de imitar el mecanismo

que utilizó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Argentina donde

se limita la cantidad de medios en manos de una persona o empresa, se prohíbe la

propiedad cruzada de televisión abierta y televisión por suscripción y se establece un

porcentaje de producción nacional y extranjero.

A gran diferencia de Argentina, el frente de “izquierda” ha decidido discutir también la

pauta publicitaria del Estado. Una materia pendiente en nuestra legislación que por

intereses se ha decidido dejar al libre albedrío político de turno el “control” de la pauta

oficial. En el proyecto de ley que propone Guasu se propone que, del total gastado en

concepto de publicidad (no propaganda) por el Estado, un 33% se distribuirá entre los

medios independientes y/o pequeños. Otra gran iniciativa que ofrece el texto está vinculada

a los incentivos por exenciones impositivas.

Una de los ítems generales y quizás el más desconcertante donde se refiere a la

propuesta de limitar el porcentaje de población alcanzable por los medios de una misma

persona o empresa.

Aquí la noción en torno a la información y a la comunicación puede asimilarse a los

avances en materia control de los medios en el resto de América Latina. El proyecto de ley

anteriormente descripto tiene análogas intenciones políticas que aquellas que produjeron la

ley 26.522. La comunicación está más cerca del interés público que en la ley anterior, y

mucho más que en el vacío legal donde rige pura y exclusivamente la ley del más fuerte;

los intereses del gobierno de turno y los medios concentrados.

Page 25: Paraguay

Proyecto para modificar la Ley de Telecomunicaciones

El diputado David Ocampos Negreiros del partido Unión Nacional de Ciudadanos Éticos

y Fernando Oreggioni, perteneciente al Partido Liberal Radical Auténtico, han presentado

el proyecto para modificar la actual ley vigente N° 642.

Algunos objetivos que sostienen esta modificación son el fomento de la competencia

realmente efectiva en el marco del mercado de la telecomunicación. Garantizar el acceso a

las redes y servicios de telecomunicaciones al público por parte de los prestadores y

usuarios de servicios de telecomunicaciones, los generadores y receptores de información,

y los proveedores y usuarios de servicios de información.

Ley de Acceso a la Información Pública en Argentina y Paraguay

El proyecto de una Ley de Acceso a la Información Pública en nuestro país tuvo media

sanción en Diputados en el 2003 y llegó a Senadores el 2 de diciembre del 2004 en donde

se realizaron modificaciones que no han sido compartidas por los diputados.

En el caso de Paraguay tardó más la sanción pero logró aprobarse, el 19 de diciembre del

2013, hasta ese año era uno de los pocos países de América Latina que no contaba con una

reglamentación que contemplara el acceso a la información de carácter público para todos

los ciudadanos que así lo requirieran. Meses antes de su aprobación en el Senado se amplió

el debate sobre la necesidad de contar con una ley que garantice el derecho a acceder a la

información en Paraguay, que en el ámbito judicial lleva implícito el derecho de acceso a la

justicia. En el debate se sostuvo que garantizar el acceso a la información pública es

imprescindible para lograr la calidad de las instituciones del Estado y es la gran deuda de la

democracia paraguaya.

Tanto Argentina como Paraguay han realizado una serie de modificaciones en esta ley.

En nuestro país la Cámara de Senadores realizó modificaciones que han sido reenviadas a

la cámara de origen para rediscutirlas.

Page 26: Paraguay

En Paraguay el proyecto de ley surgió tras los casos contra el favoritismo y la

corrupción. El Senado paraguayo aprobó con modificaciones el proyecto de ley, la

normativa establece que todas las instituciones públicas deberán ofrecer información que

obre en su posesión, custodia o control en la forma más amplia posible excluyendo sólo la

que se encuentre alcanzada por una causal de excepción que sea legítima y necesaria en una

sociedad democrática.

Enrique Bacchetta, senador del Partido Colorado y presidente de la Comisión de

Legislación, estableció que se modificaron los primeros artículos para que no haya doctrina

que es innecesaria para una ley y además se establecen definiciones, alcances y la gratuidad

de la información pública. Asimismo, el senado paraguayo suprimió la parte donde se

establece que las fuentes públicas deberán habilitar una oficina de acceso a la información

pública, por motivo de que crearía más burocracia en el proceso de obtención de los datos

públicos. En este caso cada institución podrá establecer su oficina.

Por otro lado, la Cámara Alta de Paraguay también ha aprobado con modificaciones esta

ley. El proyecto está enfocado en reglamentar el artículo 28 de la Constitución,

estableciendo modalidades, plazos y sanciones a fin de garantizar el libre acceso a la

información pública.

Una de las modificaciones que estableció la Cámara Alta fue el artículo 22, de la

información pública reservada. Estipuló que sea definida en forma expresa por la ley, con

lo que restringe los casos en que las instituciones pueden negarse a divulgar datos.

La versión aprobada originalmente por la Cámara Alta definía la información reservada

como "…toda información cuya difusión puede comprometer la seguridad pública o la

defensa nacional, menoscabar las relaciones internacionales (...) dañar la estabilidad

financiera, económica o monetaria del Estado".

También incluía la información que pueda "…poner en riesgo la vida, la dignidad

humana, la seguridad o la salud de cualquier persona; implicar una pérdida de ventajas

competitivas o que puedan dañar su proceso de producción; o desproteger descubrimientos

científicos, tecnológicos o culturales desarrollados".

Page 27: Paraguay

Las comisiones de Legislación, Derechos Humanos y Asuntos Constitucionales de la

Cámara de Diputados recomendaron el cambio del artículo. Los diputados alcanzaron el

consenso sobre el cambio de la cláusula y resaltaron, sin importar su adscripción partidaria,

que la ley fomentará la transparencia del Estado y contribuirá a que la ciudadanía participe

en los debates públicos. El proyecto de ley pretende hacer más transparentes

las contrataciones de funcionarios, los sueldos de los cargos públicos y los gastos del

Estado.

Concentración, centralización y convergencia

Los principales medios radiofónicos paraguayos son 970 AM, vinculada al grupo

Domínguez Dibb, Radio Ñanduti del grupo Rubín, Radio 1° de Marzo del grupo Riveros y

que conforma una mega cadena de comunicaciones integrada por Radio Canal 100 FM,

Radio Latina FM, y otras emisoras en el interior. La Radio Cardinal del grupo Chena y la

Radio Monumental del grupo Vierci. Los principales medios televisivos son “Canal 9 Cerro

Corá” perteneciente a un empresario extranjero, “Teledifusora paraguaya S.A. Canal 13”

perteneciente el grupo Chena, Canal 2 TEVEDOS SA., “Telefuturo”, Canal 4, del grupo

Vierci; Canal 5 “Paravisión” perteneciente a un empresario extranjero, Canal 11, “La Tele”

perteneciente al grupo Vierci.

En la Constitución se prohíbe la creación de monopolios pero como podes observar en la

realidad de los medios del Paraguay esto no sucede. Recordemos que en el año 2008 la

CONATEL dictó una resolución por la cual aprueba el reglamento de defensa de la

competencia, en el cual prohíbe “… el abuso de posición de dominio y conductas

colusorias en general, que deriven en conductas tales como prácticas, acuerdos, convenios,

contratos o decisiones conjuntas o unilaterales que falseen o limiten la competencia efectiva

en el mercado de las telecomunicaciones”.

Las concesiones, licencias y autorizaciones son estrictamente responsabilidad de la

Comisión Nacional de Telecomunicaciones.

Más allá de la regulación existente, tanto en la Constitución como en la Ley 642, a los

grandes empresarios paraguayos, como en el resto de América Latina, les resulta fácil

evadir los controles previstos en la legislación. Un caso explícito en el que se prohíbe la

Page 28: Paraguay

asociación entre licenciatarios individuales pero que fácilmente pueden vincularse

implícitamente y así mantener dicho monopolio.

Los medios de comunicación históricamente, por lo menos a partir de la explosión del

“capitalismo”, han operado según la lógica mercantilista. De esta forma el único fin detrás

de cualquier información es obtener réditos por los productos ofrecidos. Esta negociación

de la información ha hegemonizado la forma de trabajar de los medios de comunicación

hasta el punto de no poder concebir otra estructura de trabajo, no idealmente sino

literalmente, un medio no puede subsistir sino se embarga en la cadena de la venta

progresiva.

En cuanto a la regulación sobre propiedad, registro de publicaciones y propiedad

extranjera en las empresas periodísticas, en Paraguay y en la mayoría de los países

latinoamericanos, no existe para la prensa escrita ninguna limitación, objeción o permiso de

carácter restrictivo legal. No existe ley sobre porcentajes de propiedad de acciones en

periódicos o diarios por parte de extranjeros. Las empresas extranjeras pueden explotar el

servicio de telecomunicaciones siempre que constituyan un domicilio en el país o nombren

un representante legal domiciliado.

Paralelamente al interés financiero existen otros. Los productos comunicacionales

ofrecen a la sociedad herramientas y prácticas culturales de suma importancia para la

construcción de las subjetividades. No menos importante es poder habilitar el paso a la

mayor cantidad de voces para que no exista una centralización del espacio de expresión.

Los medios de comunicación poseen una capacidad característica, la posibilidad de

mediatizar realidades. Un producto que circula por el espectro radioeléctrico no es de

ninguna manera un sentido privilegiado por el sólo hecho de poder discurrir desde un

centro a una multiplicidad de audiencias. Esta concepción nos obliga a admitir que existen

inmensos espacios de circulación de sentido. Pero en lo que refiere a los espacios ocupados

por los periodistas, hoy denominados sin demasiada preocupación, comunicadores sociales,

hay un llamado de atención acerca del “poder” que la sociedad le otorga a los medios de

comunicación.

Page 29: Paraguay

Siguiendo la misma hipótesis podemos comprender, siguiendo a Segovia Alonso, por

qué “…el imperialismo es ahora cultural: Se crea, mantiene y extiende el sistema de

dominación y dependencia a escala mundial a través de los medios de comunicación de

masas” (Revista de Economía Política de las Tecnologías de la Información y

Comunicación, p.2, digital).

También, lo que discuten Patricia Fasano, Juan M. Giménez, Aurora Ruiu y Alejandro

Ramírez, en La realidad como pieza comunicacional, refiere a la capacidad de los sujetos

comunicadores sociales, quienes posibilitados de mediatizar pensamientos e ideas, se

encuentran habilitados y legitimados por una sociedad que “consume” prácticas culturales

sin desconfiar de la veracidad o posición de esas “verdades”, la mirada comunico-lógica.

«Palabra e imagen (no en el sentido ―visual‖, sino emparentado con el

imaginario) trabajan en la construcción de una mirada para dar orientación y

sentido al campo comunicacional en el ámbito de la producción de saber, esto

decimos cuando decimos mirada comunico-lógica« (p.4)

Esta operación que realiza la sociedad en relación a los medios de comunicación ubican

a los periodistas en el famoso “cuarto poder”, una hipótesis totalmente agotada. Pero resulta

que además los ponen en peligro. Veamos un ejemplo de esta última afirmación sobre el

caso de Enrique Galeano.

Caso de Kike Galeano

Enrique Galeano, un periodista y ciudadano paraguayo vivía y trabajaba en el

Departamento de Concepción, no había dado señales de vida desde el 4 de febrero de 2006.

Después de 17 meses de haber sido secuestrado, torturado y llevado a Brasil, reaparece en

Sao Paulo donde estaba escondido. Según la prensa paraguaya, actualmente se encuentra en

Uruguay donde ha pedido asilo.

El periodista, antes de desaparecer, estaba efectuando una investigación de alto riesgo

sobre el narcotráfico en su región. En las primeras horas de la tarde del 4 de febrero de

2006 el periodista, que trabajaba en Azotey, llamó a su mujer al domicilio de Yby Yaú, a

Page 30: Paraguay

35 kilómetros de allí, para decirle que regresaría antes de la caída de la noche. En la

carretera, dos individuos que circulaban en un automóvil blanco le obligaron a pararse, y le

secuestraron. Los agresores hablaban portugués, lo que llevó a Galeano a pensar que se

trataba de dos secuaces de "Cabeza Branca" ("Cabeza Blanca"), una organización mafiosa

brasileña que actúa en la frontera entre ambos países. "Me dijeron: Vas a cumplir todo lo

que te ordenamos, o hacemos una llamada y tu hijo Pedro (el mayor de cuatro) es asesinado

en el mismo instante", contó Galeano.

Golpeado y quemado con cigarrillos, al periodista le llevaron a San Juan Caballero

(Noreste). Los secuestradores le obligaron a mostrarse por las calles de la ciudad y

posteriormente a instalarse en el hotel Dina Tony, con una prostituta. En la noche del 5 de

febrero dejaron en libertad al periodista en Campo Grande (Brasil), con la siguiente

advertencia: "¡Si volvés a Paraguay, estás muerto!"

Poco antes de desaparecer Galeano había cubierto, para su emisora, el embargo de un

cargamento de armas y cocaína en presencia del comisario de distrito Osvaldo Núñez, y del

diputado del Partido Colorado (en el poder) Magdaleno Silva. Ambos son sospechosos de

connivencia con el jefe de la "Cabeza Branca", Luiz Carlos da Rocha. A ninguno de los tres

se les ha interrogado en el marco de la investigación. Ante el anuncio de la reaparición de

Galeano, Magdaleno Silva ha prometido denunciar ante la justicia al Sindicato de

Periodistas de Paraguay (SPP), por haberle implicado en la desaparición del periodista.

En marzo del 2007 un ciudadano brasileño prófugo de la justicia de su país por un caso

de asalto y homicidio fue capturado por la Policía en Pedro Juan Caballero. El extranjero

era conserje del Hotel Dinatonic de la capital del Amambay cuando supuestamente se

hospedó en el lugar el periodista Enrique “Kike” Galeano, antes de su desaparición en el

2006. El brasileño detenido fue identificado como Waldemar Pereira Rivas o Waldemar

Rivas Díaz.

Waldemar es cuñado del dueño del citado hotel, Dilson Asuncão Jara, también brasileño,

un narcotraficante que murió hace poco por causas naturales, según revelaron los

investigadores. El brasileño es uno de los testigos del caso Galeano.

Page 31: Paraguay

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA ha pedido conocer el

paradero del periodista desaparecido Enrique Galeano pero el gobierno y los organismos

del Estado no dieron respuesta. El procurador general de la República en ese entonces,

Nelson Mora, sostuvo que se ha descartado que el caso se trate de desaparición forzada,

señalando que la principal pista ahora es un correo electrónico (presuntamente) firmado por

Galeano, que indicaría que el mismo se encuentra en Argentina.

El principal argumento esgrimido por aquel gobierno se basó en un "perfil psicológico"

de Galeano fabricado a partir de una única entrevista realizada hace años por una

organización no gubernamental obtenida, sin autorización, por el Ministerio Público. El así

llamado "perfil psicológico" concluye de manera tendenciosa que Galeano tendría un

patrón comportamental sistemático y estable de conducta de fuga y desaparición,

actividades al margen de la ley, sentimientos depresivos de rabia e indignación, marcada

identificación con la vida y la cultura de la calle.

Ante el gravísimo accionar del gobierno, el Sindicato de Periodistas del Paraguay han

decidido hacer público el informe del procurador general de la República, Nelson Mora,

remitir a las Comisiones de Derechos Humanos de las Cámaras de Senadores y Diputados

la respuesta del gobierno a fin de solicitar la interpelación de los funcionarios involucrados

en la confección del informe. Además se decidió rechazar el informe del gobierno,

presentado por el procurador general Nelson Mora, por falaz, indignante y atentatorio a los

derechos fundamentales de las personas como el derecho a la libertad, a la seguridad y el

derecho a la vida. Se ratificó que el caso del compañero Enrique Galeano se trata de una

desaparición forzada, por lo que el Estado está obligado a su búsqueda hasta encontrarlo. Se

exigió seguir la investigación hasta lograr el esclarecimiento del caso y el juicio y castigo

de los responsables de este crimen de lesa humanidad. Se repudió el intento de los

organismos del Estado y del gobierno de encubrir a los culpables y cubrir con el manto de

la impunidad este hecho. Y por último se manifiesto un enérgico repudio al método y la

concepción nazi-fascista empleados por el Ministerio Público, el Ministerio del Interior, la

Procuraduría de la República y la Policía, que han llevado a entronizar en nuestro país el

terrorismo de Estado.

Page 32: Paraguay

Pluralismo, diversidad y Sociedad de la información y globalización

“La justificación de la nueva tecnología de las comunicaciones se apoya en

gran medida en su promesa de reducir las desigualdades y de ampliar, tanto

local como internacionalmente, oportunidades educativas, culturales y

humanas. Los esquemas institucionales que se están estableciendo, sin

embargo, apuntan hacia resultados totalmente diferentes” (Schiller, 1983, p.

13).

Zygmunt Bauman en La Globalización: Consecuencias Humanas discuto acerca de la

globalización en la sociedad. Para algunos posee una directa relación con el empleo,

oportunidades, nuevas tecnologías, pero por otro lado y paralelamente, otras personas

critican este fenómeno como causante de hambre, miseria, desempleo y guerra.

“El desarrollo de la tecnología no implica necesariamente un aumento en el

acceso de los ciudadanos a la información —tanto en los informativamente

ricos como en los informativamente pobres—, ni su participación en el

proceso de producción. No se han atendido las necesidades sociales y de las

naciones más pobres, y es otro motivo más para su irrevocable mantenimiento

en la dependencia” (Segovia, Alonso, Revista de Economía Política de las

Tecnologías de la Información y Comunicación, p.13, digital).

De modo más general se concibe a la globalización en torno a los países que participan

en negocios, esta idea deja mucho que desear. Hay dimensiones en donde los negocios, las

finanzas, el comercio y el flujo de información entran en un proceso localizador de fijación

en el espacio. Por un lado está la existencia de poblaciones y por otro, los segmentos de

cada una de ellas.

Page 33: Paraguay

“…el término "incorporación selectiva" para describir la extendida tendencia

de los Estados nacionales a "copiar" ideas y prácticas de otras sociedades -

comprometiéndose, en grados diversos de sistematicidad, con proyectos de

importación e hibridación” (Robertson, Glocalización, p.22).

Podemos vincular estas interpretaciones en relación a lo que sucede en los debates sobre

una nueva ley que regule la realidad de los medios de comunicación en Paraguay. El

proyecto, al que hicimos referencia anteriormente, propuesto por el Frente Guasú contiene

elementos, que reinterpretados a nivel local, fueron traídos desde afuera de las fronteras del

país.

No podemos ya, con estas hipótesis, seguir entendiendo a la globalización como una

operación de homogeneización que, en todo caso, sólo produce el mercado. Si es cierto que

existen, de acuerdo a las categorías de Raymond Williams, culturas hegemónicas que

configuran elementos y reestructuras las prácticas culturales en las culturas emergentes.

Pero como también afirma Williams no es un proceso total, es decir, sólo se requiere del

domino coercitivo para imponer determinados significantes. Y si nos remontamos a la

historia en estos modos de ejercicio del poder sabremos el fracaso de esta operación.

Dominique Wolton, director del Instituto de Ciencias de la Comunicación de Francia, en

el marco de un foro mundial sobre la diversidad organizado por el CNRS en el 2008, señaló

la relevancia que comienza a tener el papel del migrante (entiéndase como cualquier otro).

Afirmó además que el futuro de la humanidad pasa mucho más por el destino de la

diversidad cultural que por la homogeneización que produce el mercado económico global.

Interesante. En este mismo sentido es válida la discusión ampliamente discutida acerca de

la tensión entre lo global y lo local.

Como decíamos unas líneas antes, hay una visible puja entre la operación en serie de la

industria en todos sus niveles que tiende a homogeneizar las practicas a una especie de

universalidad simbólica. Pero jamás debemos perder de vista que el futuro apunta a la

diversidad. Esta característica comenzó con los procesos de migración donde además

fracasaron los intentos por frenar las migraciones. Un delirio, claramente, pero que fue

insistentemente sostenido por distintas ideologías fascistas.

Page 34: Paraguay

Si estamos seguros entonces del proceso de intercambio de prácticas, al menos en un

principio de centro a periferias, y, en el mejor de los casos, de muchos centros a otros,

debemos estar también seguros de promover las posibilidades para el acceso, este sí,

universal. Como decía García N. Canclini, lo propio y lo ajeno es una frontera se desdibuja.

“La cultura es un proceso de ensamblado multinacional, una articulación

flexible de partes, un montaje de rasgos que cualquier ciudadano de cualquier

país, religión o ideología puede leer y usar” (óp. cit., p.16).

Roland Robertson empleó una categoría acerca de la discusión de lo global y lo local, la

glocalización. Lo global no excluye a lo local, la globalización de la cultura, aparece como

una realidad que puede demostrarse fácilmente con solo mirar alrededor. Para ilustrarlas

suelen emplearse dos discursos, uno hace referencia a la diversidad y la fragmentación de la

cultura, mientras que el otro apunta a la circulación mundial de los bienes culturales a

través de los medios masivos de comunicación. Allí el Robertson menciona que “…el

propio Estado Nacional ha sido un agente importante para la producción de diversidad y la

hibridación” (Robertson, Glocalización, p.1).

Así como la conformación de la Constitución reflejada en sus antecesores pactos y

declaraciones de derechos, los proyectos de nuevas leyes fueron resultado de una operación

de glocalización. Incluso un miembro de Guasú afirmó que la ley de Servicios de

Comunicación Audiovisual de Argentina fue un punto de referencia importante para su

proyecto.

Periodismo en Paraguay

Paraguay es cuna del periodismo sudamericano. En el año 1560 en Asunción, nace Ruy

Díaz Guzmán, el primer cronista del Río de la Plata. En el 1612, Díaz de Guzmán terminó

de escribir Anales del descubrimiento, población y conquista del Río de la Plata donde

compiló las crónicas de lo que sucedía en la conquista.

Page 35: Paraguay

Dos siglos más tarde, luego que Paraguay declare su independencia separándose

definitivamente de la Confederación Argentina, el 25 de noviembre de 1842, comienza a

emergen la prensa como actualmente se conoce.

El presidente Carlos A. López creó El Paraguayo Independiente. Por el 1845, la

independencia nacional debía consolidarse dentro y fuera del Estado por lo cual el

periódico no pudo tener otro nombre más pertinente. A partir de la primera mitad del siglo

XIX, el periodismo paraguayo tuvo como como objetivo principal, defender y difundir los

derechos del Paraguay en la soberanía territorial y disputaba ante las injurias de los

periódicos porteños, que no aceptaban su separación. Poco a poco fue fortaleciéndose la

relación entre la ciudadanía y la prensa gracias a los semanarios de avisos que comenzaron

a perfilar un importante papel social del periodismo.

En 1864, cuando estalla la guerra contra la Triple Alianza, en el periodismo paraguayo

prevaleció el nacionalismo. Luego, denominado como el primer periódico de trinchera, en

1867 se creó El Centinela, periódico con el cual el presidente Francisco S. López intentó

mantener reforzado el espíritu ciudadano y la moral frente a la guerra que acontecía.

Los paraguayos reconocen un rol importantísimo del periodismo durante la época de

guerra, ya que se supo mantener y reavivar el campo popular. Durante esa época nace el

humor político como una manera de informar. Cabe destacar que es allí también donde

nace El grito paraguayo, que enfatizaba en un estilo contestatario y de oposición. El mismo

pertenecía a paraguayos migrantes y exiliadas en Buenos Aires, que criticaban al gobierno

del ese entonces presidente López.

A partir de 1870, tiempo de pos guerra, nace la prensa politizada, postura que dependía

del gobierno de turno. A un poco más de cuarto de siglo, Paraguay nuevamente se

encuentra atravesando una guerra. Ésta vez es contra Bolivia, en la llamada guerra del

Chaco, iniciada en 1932 y finalizada en 1935. Nuevamente reaparece el periodismo

centrado en el espíritu nacionalista en defensa del territorio.

Durante década del 50 y del 60, el periodismo da un giro con el diario La Tribuna, con

una posición más mercantilista, lejos de la inclinación política. Durante ese período no

podía haber una línea editorial que atacara a Alfredo Strossner, militar, político y dictador

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paraguayo, presidente durante los años 1954 y 1989, dictadura que duró 35 años. Durante

los 80, periódicos como Patria y Noticias mantenían una muy buena relación e incidían en

el régimen dictatorial haciendo que la ciudadanía no sienta dos décadas posteriores al

periodismo como su aliado.

Ya a finales del siglo XX y principios XXI se asomaba la mirada de cuarto poder hacia

el periodismo. Como la mayoría de los países latinoamericanos en vía de desarrollo,

Paraguay se vio afectado por la explosión en materia tecnológica, la web y efecto de la era

digital, golpeando a su periodismo.

Permitiéndonos un salto exagerado en el tiempo, nos remitimos al 21 de junio de 2012

cuando se llevó a cabo el juicio político que corrió a Fernando Lugo de la presidencia de

Paraguay y puso en su lugar a su vice, el liberal Federico Franco.

El gobierno de facto duró un año, hasta que en abril de 2013, fue electo el actual

presidente de la República, Horacio Cartes. En un país donde el 98 por ciento del espectro

radioeléctrico está en manos de diez personas, que también poseen cadenas de

supermercado, constructoras y explotaciones sojeras, principales beneficiarios de las

políticas económicas de Franco, es necesario reflexionar sobre el rol que jugaron los

periodistas de los distintos medios en ese proceso de irrupción de la escena política.

Un ámbito, el de los trabajadores de prensa, donde se elaboraron pequeñas y grandes

formas de resistencia al golpe en un clima doblemente hostil. Según un estudio realizado

por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, antes del golpe el 65,5

por ciento de los trabajadores de prensa del Paraguay estaba en la informalidad. Ya en

2008, el 53,8 por ciento de los periodistas del país había sido censurado al menos una vez

en su producción periodística, y el 90 por ciento había practicado la autocensura, según el

Sindicato de Periodistas del Paraguay.

Estructura oligopólica dominada por el capital privado, precariedad laboral y

levantamiento del orden democrático fue el cóctel donde se gestó la resistencia desde el

periodismo al golpe contra Lugo. Su epicentro, la Televisión Pública Paraguay, donde sus

trabajadores se atrincheraron por varios días junto con centenares de ciudadanos de

Asunción para evitar el cierre y cambio de programación de la emisora. Marcelo

Page 37: Paraguay

Martinessi, su director en ese momento, aseguró que la TV Pública “movió un montón de

instancias de participación que estaban dormidas”. Se puede decir que se da “una

apropiación del Estado por parte de la ciudadanía”.

Basada en un proyecto que sus creadores definen como enfoque de derechos, la TV

Pública fue denostada desde su aparición en el mapa mediático paraguayo por la mayoría

de los medios privados del país. “Tenían miedo de que hubiese un Aló Presidente con

Lugo”, explicó Martinessi, a la vez que subrayó la importancia de ese proyecto de

constitución de la emisora, que se convirtió en el símbolo de la resistencia contra el

gobierno de Franco.

Pero, la primera reacción de la mayoría de los periodistas del país fue el silencio. “Los

que de alguna manera tomamos la postura de no prestarnos a lo que estaba sucediendo

debimos replegar”, explicó Paulo López, ex periodista del diario ABC Color, el de mayor

circulación del país. “En lugar de trabajar en esa campaña de legitimación del golpe en un

momento nos llamamos al silencio.” Los medios hegemónicos intentaron desde un primer

momento presentar al golpe como una normal transición en el marco de la democracia.

Pero algunos de sus trabajadores lograron “colar” sus notas, reportajes o simples frases para

intentar quebrar el discurso oficial: una actitud que tuvo fuertes consecuencias. El SPP

registró –solamente en los primeros meses del golpe– 45 despidos de comunicadores. La

TV Pública fue totalmente vaciada y sus trabajadores aún están peleando en la corte el

reconocimiento de los motivos ideológicos detrás del despido.

“Aquellos que no encontraban espacio para manifestarse en sus medios, adonde estaba

ganando una voz distinta o un discurso distinto, lo hacían a través de otro medio, por las

redes sociales o aportando datos y compartiendo noticias con los medios alternativos”,

explicó Santiago Ortiz, secretario general del SPP.

Existieron varios factores que le dieron fortaleza al proceso: los comunicadores no

pudieron prescindir del apoyo de medios comunitarios, alternativos y populares, desligados

de la lógica empresarial o estatal, ni tampoco de la resistencia que los movimientos sociales

llevaron adelante en las calles, de la que también ellos fueron parte. Pero, principalmente,

debieron fortalecer la organización, no de manera aislada, sino con toda la ciudadanía: una

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enseñanza que todos los periodistas latinoamericanos deberíamos mantener en nuestras

prácticas cotidianas.

Lo público y lo privado

“No fue el sector público sino el sector privado el que saqueó a la República", lo dijo el

presidente del Paraguay, Horario Cartes quién insistió además en “…que es el sector

privado el que corrompe y el sector público el que acepta".

Si bien no se refería a los medios de comunicación de carácter privado, el presidente

paraguayo hizo referencia al sector en general privado, que, como en el resto de América

Latina, en Paraguay siempre se creyó que el sector público siempre fue en detrimento del

privado. Esta teoría no es nueva ni originaria de Paraguay sino que recorrió toda América

Latina.

La Cámara de Diputados de Paraguay aprobó el 28 de octubre del 2013 la Ley de

Alianza público-privada de promoción de las inversiones en infraestructura, bienes y

servicios a cargo del Estado, que otorga poderes al presidente Horacio Cartes para celebrar

los contratos. A partir de ahora, el Ejecutivo podrá establecer alianzas con el sector privado

para el dragado de hidrovías, construcción de aeropuertos internacionales, construcción y

mantenimiento de rutas y ferrovías, entre otros.

Esta última referencia indica la noción del vínculo que debe crearse entre lo público y lo

privado para el actual presidente del Paraguay. A diferencia de los presientes que apuestan

por un sector más que por el otro. Específicamente los medios de comunicación

pertenecientes a los empresarios no han sido en ningún momento de la historia perjudicados

por ninguna ley.

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En cambio, el presidente enjuiciado y destituido, Fernando Lugo afirmó acerca de la

comunicación de carácter público que “…es el diálogo entre todos los ciudadanos, entre

todos los sectores de la sociedad, que busca criterios de convivencia respetando los

disensos” “La comunicación pública es la manifestación más rotunda del pluralismo en

democracia”. El Estado paraguayo en ese entonces había puesto en marcha un plan por el

que se espera poner en funcionamiento un canal público de televisión en un plazo de un

año, siete emisoras públicas de radio en todo el país en alianza con universidades

nacionales y mejorar los servicios de Radio Nacional del Paraguay.

Un síntoma de nuestros miedos

Para concluir

Sin dudas el principal problema que se nos presenta en el escenario de los medios de

comunicación es su estructura mercantilista, una mirada totalmente repetida

constantemente, aunque no por eso menos válida. Ahora, ¿hasta cuándo vamos a estar

dispuestos a culpar al sistema económico y a seguir actuando como sí…? A eso, muy

pertinentemente Slavoj lo denominó la ideología cínica de la Modernidad.

“El sujeto cínico está al tanto de la distancia entre la máscara ideológica y la

realidad social, pero pese a ello insiste en la máscara” “La razón cínica ya no es

ingenua, sino que es una paradoja de una falsa conciencia ilustrada: uno sabe

de sobra la falsedad, está muy al tanto de que hay un interés particular oculto

tras una universalidad ideológica, pero aun así, no renuncia a ella” (Žižek, El

sublime objeto de la ideología, pp. 56-57).

Sin duda radica exactamente ahí, nuestro conflicto por querer cambiar casi sin ninguna

voluntad “real”. Pero, por otro lado y completamente distinto, se nos presenta otro

problema, ¿cuál es la lectura implícita del funcionamiento de la sociedad para afirmar esta

situación marxista de nuestra situación?

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Hasta aquí con algunas definiciones ya podemos sostener que entonces estamos de

acuerdo con que las estructuras del mercado y sus funcionamientos definen nuestras

conciencias y nuestra cultura. No podemos dejar de creer en dicha afirmación fundacional

de Karl Marx. Pero, deberíamos, en el mismo sentido, poder observar que es una posición

criticable. Esta postura podemos redefinirla, junto con la posición de uno de los mejores

lectores del marxismo, Raymond Williams.

“La idea más simple de superestructura, que no ha sido de ningún modo

completamente abandonada, es la que supone el reflejo, la imitación o la

reproducción de la realidad de la base en la superestructura de manera más o

menos directa” “‘La base es el conjunto de relaciones reales de producción que

corresponde a una instancia del desarrollo de las fuerzas productivas

materiales’” “La superestructura (…) adquirió principalmente el significado de

una ‘zona’ unitaria dentro de la cual todas las actividades culturales e

ideológicas podían ser ubicadas” (Williams. Cultura y Materialismo, pp. 52-

53)

Hasta aquí sostenemos ampliamente la idea más dogmática del marxismo, pero también

adherimos a la posición del esloveno. Pero sumado a la crítica de Williams emerge un

cuestionamiento:

¿Hay algo más detrás de la gran concentración económica que insista con la

concentración en los medios de comunicación? ¿Podemos explicar la imposibilidad de ser

parte de la tan discutida libertad de expresión de los sectores eufemísticamente

denominados populares? Digo eufemismo porque según la Real Academia Española, el

adjetivo popular, del latín “Populāris”, es estimado o, al menos, conocido por el público en

general. Es contradictorio que sean populares y no estén en ningún diario, ninguna radio, ni

en la pantalla de la televisión, una popularidad paradójica. Al menos hasta la aparición de la

segunda definición: propio de las clases sociales menos favorecidas. Ahora ya no es

extraño.

Retomando, las respuestas pueden ser evadidas y fundamentadas en la clara división de

las disciplinas. Claro que no podríamos hablar del miedo, el desprecio y la desigualdad

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como factores que incidan en la concentración porque de eso se encargarían la psicología o

la antropología. Pero esquivemos nosotros también esa separación simplista y agotada.

¿A quién le tenemos miedo? ¿Por qué insistimos en callar ciertas voces y posibilitar

nada más que ellas nos escuchen? ¿Quiénes somos nosotros para hablar a los otros sin

ellos? ¿Es nuestro yo, el Yo (ideal)?

La respuesta debería negativa, al menos para quienes creen en una democracia real y no

en una monarquía presidencialista valga la “contradicción”. No se trata solamente de la

forma de hacer política se trata del funcionamiento cultural, del síntoma de nuestros

miedos.

Las formas arquitectónicas de las ciudades, los espacios públicos, los no-lugares,

aquellos en los que estamos nada más que de paso, y por supuesto, la forma de

comunicarnos. Todos estos mecanismos sociales materializan en resultados; la manera en

que preferimos convivir. Ahora ¿por qué?

Una vez que se configuraba la comunicación posible a largas distancias era necesario

que se seleccione (se restringa) quienes serían las (únicas) voces. No la comunicación de un

punto a otro, sino la comunicación mediática, es decir, de un punto a miles. Es

precisamente aquí donde radica el máximo síntoma que nos permite conocer nuestras

debilidades y nuestros miedos.

Sin duda, el único momento, singular e irrepetible, en que podríamos calificar a nuestra

especie humana de homogénea, fue el primero, ese momento inicial de la emergencia, en el

planeta, del homo sapiens. Recordemos: en ese entonces éramos pocos, probablemente

apenas unos cuantos miles de individuos. Paradojas de la historia, teníamos la misma

identidad y habíamos nacido en el mismo territorio que la mayoría de los que hoy, como

nosotros en aquel primer momento, intentan migrar hacia Europa: éramos todos africanos.

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