organismos oficiales de la medición y la calibración

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ÍNDICE Introducción 2 1. Esquema Mexicano de la Normalización 3 1.1 Dirección General de Normas 3 1.1.1 Norma Oficial Mexicana (NOM) 4 1.1.2 Norma Mexicana (NMX) 5 1.1.3 Catálogo Mexicano de Normas 5 1.1.4 Normas de Referencia 8 2. Fundamentos Legales de Normalización 9 2.1 Constitución Política y Tratados Internacionales 9 3. Ley y Reglamento Federal de Metrología y Normalización 11

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ÍNDICEIntroducción 1. Esquema Mexicano de la Normalización 1.1 Dirección General de Normas 1.1.1 Norma Oficial Mexicana (NOM) 1.1.2 Norma Mexicana (NMX) 1.1.3 Catálogo Mexicano de Normas 1.1.4 Normas de Referencia 2. Fundamentos Legales de Normalización 2.1 Constitución Política y Tratados Internacionales 3. Ley y Reglamento Federal de Metrología y Normalización 3.1 De los títulos Primero a Tercero 3.2 De los Títulos Cuarto al Sexto 3.3 Reglamento Federal de Metrología y Normalización 4. Organi

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Page 1: Organismos oficiales de la medición y la calibración

ÍNDICE

Introducción 2

1. Esquema Mexicano de la Normalización 3

1.1 Dirección General de Normas 3

1.1.1 Norma Oficial Mexicana (NOM) 4

1.1.2 Norma Mexicana (NMX) 5

1.1.3 Catálogo Mexicano de Normas 5

1.1.4 Normas de Referencia 8

2. Fundamentos Legales de Normalización 9

2.1 Constitución Política y Tratados Internacionales 9

3. Ley y Reglamento Federal de Metrología y Normalización 11

3.1 De los títulos Primero a Tercero 12

3.2 De los Títulos Cuarto al Sexto 15

3.3 Reglamento Federal de Metrología y Normalización 18

4. Organismos Reguladores de la Medición y la Calibración 21

4.1 Centro Nacional de Metrología (CENAM) 21

4.2 Organismos a Nivel Internacional 23

5. Acreditación de los Laboratorios de Medición 24

5.1 Acreditación de los Laboratorios de Pruebas 24

Conclusiones 25

Referencias Bibliográficas 26

Page 2: Organismos oficiales de la medición y la calibración

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INTRODUCCIÓN

La medición y la calibración en la actualidad juegan un papel primordial en todos

los procesos científicos e industriales que hacen uso de herramientas o algún

instrumento de medición. Tan importante ha sido su utilización en todos los

campos de la ciencia que han ido evolucionando con ésta a través del paso de los

siglos. Sin la medición no sería posible que existieran la mayor parte de las cosas

tal y como las conocemos actualmente, ya que hoy en día se sabe que todo

producto, proceso, o construcción –solo por mencionar algunas- requiere de un

alto grado de precisión, que solamente se puede obtener mediante la correcta

medición y calibración de las herramientas y materiales empleados en los campos

ya mencionados.

Durante mucho tiempo y en bastantes lugares alrededor del mundo, existieron

diferentes formas de conocer las medidas y proporciones de los objetos debido a

la curiosidad natural del ser humano. Desde aquellas formas primitivas como la

braza, la cuarta o el pie, utilizadas por las primeras civilizaciones como los

egipcios y babilonios hasta las actuales como el metro, segundo o kilogramo, etc.

En los primeros despertares de la tecnología y ciencia humanas, las medidas no

se encontraban reguladas por alguna autoridad o ley, debido a que no era de

mucha importancia y por eso algunos pobladores sacaban provecho de ello. Hasta

ahora, en los siglos antepasado y pasado se comenzaron a expedir leyes y

reformas a nivel mundial que garantizaran el uso de unidades de medida a nivel

mundial, también aplicados a los estándares de calibración.

En México se tienen organismos y leyes que regulan la utilización y validación de

unidades de medida, calibración y normas para la utilización a nivel industrial o

científico. En esta breve investigación se hablará de los organismos oficiales de la

medición y la calibración en este país, abarcando desde el esquema mexicano de

la normalización, hasta la forma en la que se acreditan los laboratorios de

medición y calibración.

Page 3: Organismos oficiales de la medición y la calibración

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1. ESQUEMA MEXICANO DE LA NORMALIZACIÓN

¿Qué es la normalización? La normalización es un conjunto de actividades que

tiene por objeto establecer especificaciones de distintas clases de productos,

procesos y servicios, así como la manera de evaluar dichas especificaciones.

Figura 1: Esquema Mexicano de la Normalización

1.1 Dirección General de Normas

La DGN, tiene la atribución, entre otras, de aplicar la Ley Federal sobre Metrología

y Normalización y la Ley Federal de Protección al Consumidor en el ámbito de

competencia de la Secretaria de Economía, así como las disposiciones derivadas

de dichas leyes, en lo relativo a la formulación, revisión, expedición, difusión y

evaluación de la conformidad de las normas oficiales mexicanas y normas

mexicanas.

La Dirección General de Normas, además de realizar directamente actividades

relacionadas con la metrología científica, industrial y legal, coordina los esfuerzos

del sector público federal a dichos sistemas por medio de las instituciones

competentes en la materia.

ORGANIGRAMA FUNCIONAL

DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS

DIRECCIÓN GENERAL DE

NORMAS

DIRECCIÓN DE NORMALIZACIÓN

DIRECCIÓN DE NORMALIZACIÓN INTERNACIONAL

DIRECCIÓN DE METROLOGÍA

DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE

LA CONFORMIDAD

DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN

DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA

CALIDAD

DIRECCION GENERAL

ADJUNTA DE OPERACIÓN

SUBDIRECCIÓN DE

INFORMÁTICA

Page 4: Organismos oficiales de la medición y la calibración

26

Las actividades que realiza directamente son:

• Conservar los prototipos nacionales del metro y del kilogramo.

• Expedir normas oficiales mexicanas (NOM’s) en la materia.

• Expedir la lista de instrumentos de medición cuya verificación inicial, periódica y extraordinaria es obligatoria.

• Difundir el uso y aplicación del Sistema General de Unidades de Medida.

• Autorizar los patrones nacionales de medición.

• Conservar los prototipos nacionales del metro y kilogramo.

• Coordinar la operación del Sistema Nacional de Calibración (SNC) mediante el cual se acreditan laboratorios de calibración.

1.1.1 Norma Oficial Mexicana (NOM)

Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) son regulaciones técnicas de observancia

obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las

finalidades establecidas en el artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y

Normalización (LFMN), que establece reglas, especificaciones, atribuciones,

directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso,

instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así

como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o

etiquetado y las que se refieren a su cumplimiento o aplicación.

 Las NOM tienen como principal objetivo prevenir los riesgos a la salud, la vida y el

patrimonio y por lo tanto son de observancia obligatoria. Están presentes en

prácticamente todo lo que te rodea, agua embotellada, licuadoras, llantas, ropa,

etc.

El gobierno es el encargado de identificar los riesgos, evaluarlos y emitir las NOM.

Sin embargo en el proceso se suman las consideraciones de expertos externos

provenientes de otras áreas.

Las NOM están conformadas por comités técnicos integrados por todos los

sectores interesados en el tema, no únicamente gobierno sino también por

Page 5: Organismos oficiales de la medición y la calibración

26

investigadores, académicos y cámaras industriales o de colegios de

profesionistas. Antes de que una norma entre en funcionamiento, debe existir un

consenso entre el Comité Consultivo Nacional, donde a través organismos como

Profeco el consumidor posee un representante, puesto que son discusiones de

carácter técnico y científico.

El 24 de septiembre de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la

modificación al apartado “Signo Decimal” de la Tabla 21 “Reglas para la escritura

de los números y su signo decimal”, de la NOM-008-SCFI-2002 “Sistema General

de Unidades de Medida”, por la que se permite el uso indistinto, como signo

decimal, de la coma sobre la línea (,) o del punto sobre la línea (.). Lo anterior

permite que los valores de las cantidades sean expresadas de tal forma que

puedan ser entendidas fácilmente y además brinda una alternativa de escritura,

para beneficio de las diferentes ramas productivas, comerciales, de investigación

científica, de desarrollo tecnológico, de servicios e incluso para la sociedad en

general (sector educativo).

1.1.2 Norma Mexicana (NMX)

Las Normas Mexicanas (NMX) son las elaboradas por un organismo nacional de

normalización, o la SECOFI en términos de lo dispuesto por la LFMN. Las NMX

prevén para uso común y repetido, reglas, especificaciones, atributos, métodos de

prueba, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto u

operación, así como aquellas relativas a la terminología, simbología, embalaje,

marcado o etiquetado.

1.1.3 Catálogo Mexicano de Normas

En el Catálogo Mexicano de Normas se encuentran enlistadas todas aquellas

NOM y NMX vigentes en el territorio nacional. El Catálogo Mexicano de Normas es

revisado y actualizado permanentemente conforme a las publicaciones relativas a

las  NOM y NMX que se notifican a través Diario Oficial de la Federación, como

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26

son: Declaración de Vigencia, Proyectos de Normas, Cancelaciones,

modificaciones y respuestas a comentarios.

-NOM: Actualmente existen 978 NOM’s, de las cuales 762 son definitivas, 3 son

de tipo emergente y las restantes se encuentran como proyecto. Además, se

pueden clasificar mediante clave, dependencia a la que pertenecen, fecha y rama

de actividad económica.

Figura 1.1.3 1: Catálogo Mexicano de Normas – NOM’s por tipo

Adicionalmente, las NOM pueden ser clasificadas de forma diferente hacia el

consumidor de la siguiente manera:

•Normas de Seguridad y métodos de prueba. Su objetivo: que los productos

funcionen con materiales, procesos, sistemas y métodos que eviten poner en

Page 7: Organismos oficiales de la medición y la calibración

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riesgo la integridad personal. Gracias a ellas una estufa no se incendiará mientras

alguien cocina, por ejemplo.

•Normas de eficacia energética. Garantizan la utilización satisfactoria de los

productos y servicios. Además este tipo de normas propician la conservación del

medio ambiente. Es bueno bañarse con una regadera que no se tapa, pero resulta

aún mejor si ésta es ahorradora de agua.

•Normas de prácticas comerciales. Verifican que los prestadores de servicios

brinden la información necesaria, a fin de disfrutar de servicios solventes y evitar

ser objeto de prácticas abusivas, desleales o coercitivas. Además de tener a la

vista los precios y que sus contratos sean justos.

•Normas de información comercial. Se aseguran de que los productos den a

conocer sus características, naturaleza, cantidades, advertencias y, en general

todos los elementos que te permitan tomar mejores decisiones. Para algunos

puede ser obvio, para otros es difícil distinguir si una prenda es de poliéster o

algodón.

•Normas metodológicas. Su objetivo es que los instrumentos de medición, a través

de los cuales se determina el pago que se tiene que hacer, funcionen

correctamente. Como las bombas de la gasolinera o las básculas del mercado.

-NMX: Hoy en día es posible contar con 4616 normas mexicanas vigentes, de las

cuales 330 se encuentran como proyecto. Asimismo se pueden encontrar

clasificadas por fecha, rama industrial y clave. Existen también 2277 NMX que ya

han sido canceladas y sustituidas por otras más recientes.

Page 8: Organismos oficiales de la medición y la calibración

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Figura 1.1.3 2: Catálogo Mexicano de Normas – NMX’s por tipo

1.1.4 Normas de Referencia (NRF)

Son aquellas que las elaboran las entidades de la administración pública federal

(vgr. PEMEX, CFE etc.), en aquellos casos en que las normas mexicanas o

internacionales, no cubran sus requerimientos, o bien las especificaciones que se

contengan se consideren inaplicables u obsoletas, cuando dichas entidades

requieran adquirir, arrendar o contratar bienes o servicios. Existen cerca de 240

NRF por parte de PEMEX y 80 de la CFE.

Aparte de los diferentes tipos de normas existentes en México, también existen las

normas internacionales, que son elaboradas por organismos internacionales como

la ISO, IEC o ASTM, dedicados a la normalización y reconocidos por el gobierno

de México en los términos de derecho internacional y en las cuales la mayoría de

las normas nacionales tienen sus bases.

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2. FUNDAMENTOS LEGALES DE NORMALIZACIÓN

Un fundamento legal es el principio y cimiento legal sobre el que se apoya una

cosa, como un pensamiento, opinión o un escrito, siendo la ley misma quien

fundamenta los actos o hechos jurídicos.

Figura 2: Fundamento Legal de la Normalización en México

2.1 Constitución Política y Tratados Internacionales

La constitución es la base de todas las leyes expedidas en el territorio nacional.

Antes de que una ley pueda ser expedida y ejecutada, debe pasar por la

aprobación y decreto en el Congreso de la Unión, para luego ser aprobada de

nueva cuenta por el presidente de la república en turno, tal y como lo dice la

Constitución en su artículo 89. Cada año se realizan distintas reformas a todas las

leyes para que puedan ser adaptadas a los acontecimientos de la actualidad, así

también sucede con aquellas leyes referentes a la metrología o normalización,

como la Ley Federal de Metrología y Normalización, de la que se hablará en el

capítulo siguiente.

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Todos los tratados internacionales que México firma contienen capítulos

específicos referentes a la normalización.

-Tratado de Libre Comercio (TLC): Un tratado de libre comercio (TLC) consiste en

un acuerdo comercial regional o bilateral para ampliar el mercado de bienes y

servicios entre los países participantes. Básicamente, consiste en la eliminación o

rebaja sustancial de los aranceles para los bienes entre las partes, y acuerdos en

materia de servicios. Este acuerdo se rige por las reglas de la Organización

Mundial del Comercio (OMC) o por mutuo acuerdo entre los países participantes.

Los acuerdos comerciales firmados por México han creado un marco jurídico que

ofrece certidumbre a los agentes económicos, incluyendo exportadores,

inversionistas y consumidores.

Los Tratados de Libre Comercio vigentes son:

•1994: Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), con Estados

Unidos y Canadá.

•1995: Tratado de Libre Comercio del G3, entre México, Venezuela y Colombia.

•1995: Tratado de Libre Comercio con Costa Rica.

•1995: Tratado de Libre Comercio con Bolivia.

•1998: Tratado de Libre Comercio con Nicaragua

•1999: Tratado de Libre Comercio con Chile

•2000: Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea (TLCUEM)

•2000: Tratado de Libre Comercio con Israel.

•2001: Tratado de Libre Comercio con la Asociación Europea de Libre Comercio

(Noruega, Islandia, Suiza y Liechtenstein)

•2001: Tratado de Libre Comercio con el Triángulo del Norte (El Salvador,

Guatemala y Honduras)

•2004: Tratado de Libre Comercio con Uruguay

•2005: Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre México

y Japón

Page 11: Organismos oficiales de la medición y la calibración

26

3. LEY Y REGLAMENTO FEDERAL DE

METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN

El sistema mexicano de normalización se encuentra regulado por la Ley Federal

sobre Metrología y Normalización (LFMN), que constituye el fundamento para la

expedición de las NOM’s de carácter obligatorio y las Normas Mexicanas de

carácter voluntario.

Figura 3: Portada - Ley Federal Sobre Metrología y Normalización

En su organización la LFMN se encuentra dividida en seis capítulos y un

transitorio de la siguiente forma:

•Título primero Capítulo único: Disposiciones Generales

•Título segundo: Metrología   Capítulo I: Del Sistema General de Unidades de Medida   Capítulo II: De los instrumentos para Medir  

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Capítulo III: De la Medición Obligatoria de las Transacciones   Capítulo IV: Del Sistema Nacional de Calibración   Capítulo V: Del Centro Nacional de Metrología

•Título tercero: Normalización   Capítulo I: Disposiciones Generales   Capítulo II: De las Normas Oficiales Mexicanas y las Normas Mexicanas   Capítulo III : De la Observancia de las Normas   Capítulo IV: De la Comisión Nacional de Normalización   Capítulo V: De los Comités Consultivos Nacionales de Normalización   Capítulo VI: De los Organismos Nacionales de Normalización

•Título cuarto: De la Acreditación y Determinación del Cumplimiento   Capítulo I: De la Acreditación y Aprobación   Capítulo II: De los Procedimientos para la Evaluación de la Conformidad   Capítulo III: De las Contraseñas y Marcas Oficiales   Capítulo IV: De los Organismos de Certificación    Capítulo V: De los Laboratorios de Pruebas   Capítulo VI : De las Unidades de Verificación    Capítulo VII: De los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo

•Título quinto: De la Verificación   Capítulo I: Verificación y Vigilancia

•Título sexto: De los Incentivos, Sanciones y Recursos   Capítulo I: Del Premio Nacional de Calidad    Capítulo II: De las Sanciones   Capítulo III: Del Recurso de Revisión y de las Reclamaciones

•Transitorios    

A continuación se da una breve explicación de los títulos contenidos en la LFMN, así como también del contenido de sus artículos.

3.1 De los títulos Primero al Tercero

-Título Primero (Disposiciones Generales): Se habla acerca del regimiento de la

ley sobre todo el territorio nacional por parte del poder Ejecutivo Federal. El

objetivo principal de la ley queda como implementar el Sistema General de

unidades de Medida y Calibración, la creación del CENAM y la divulgación de toda

acción referente a las normas y demás actividades relacionadas con la materia.

Aquí también se definen los conceptos oficiales ante la ley de: Acreditación,

calibración, certificación, dependencias, evaluación de conformidad, instrumentos

para medir, medir, medida materializada, manifestación, método, norma mexicana,

norma o lineamiento internacional, norma oficial mexicana, organismos de

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26

certificación y normalización, patrón, patrón nacional, personas acreditadas,

proceso y verificación. Por último, la Secretaría de Relaciones Exteriores

representa al país en asuntos internacionales de metrología y normalización.

-Título Segundo (Metrología): El Sistema General de Unidades de Medida es el

que se utiliza en el país, teniendo como base al Sistema Internacional de unidades

de medida (SI), con sus siete unidades básicas: candela -intensidad luminosa-,

ampere –intensidad de corriente eléctrica-, metro –de longitud-, kelvin –de

temperatura termodinámica-, mol –cantidad de sustancia-, kilogramo –cantidad de

masa- y segundo –tiempo-; así como también sus unidades derivadas y múltiplos

y submúltiplos. Es posible adoptar otros sistemas de unidades empleando sus

respectivas equivalencias en el SI. La enseñanza en las escuelas acerca del

Sistema General de unidades es fundamental, así como también la conservación

de un patrón nacional de kilogramo y metro.

La fabricación de los instrumentos de medición deberá estar condicionada a

revisión periódica. Todos y cada uno de los instrumentos debe de encontrarse

correctamente calibrado y debe existir un documento que apruebe lo anterior, por

lo que aquellos que no reúnan los requisitos necesarios podrán ser inutilizados.

Utilizar adecuadamente los instrumentos correctos de medición para

transacciones, siempre efectuar la medición a vista de todos, reuniendo los

requisitos necesarios de capacidad para efectuar la medición. Queda prohibido

utilizar instrumentos que no reúnan los requisitos de las NOM. El contenido neto

de los productos empaquetados y envasados debe de ser indicado mediante una

etiqueta en el mismo producto.

Figura 3.1 1: Ejemplos de Instrumentos de Medición utilizados para transacciones

Page 14: Organismos oficiales de la medición y la calibración

26

Se instruye el Sistema Nacional de Calibración, con el fin de procurar la

uniformidad y confiabilidad de todas las mediciones que se realizan en el país. La

integración con el CENAM y laboratorios acreditados es responsabilidad de la

Secretaría. Solamente los laboratorios acreditados podrán prestar servicios de

medición y calibración.

-Título Tercero (Normalización): Todas las dependencias del gobierno deberán

expedir, según su ámbito de competencia, Normas Oficiales Mexicanas, marcando

sus atribuciones y su fecha de entrada en vigor. Es responsabilidad de la

Secretaría codificar las NOM’s y llevar un registro de éstas, así como también las

personas y organismos acreditados.

En general, las Normas Oficiales Mexicanas tendrán como finalidad establecer las

características y/o especificaciones que deban reunir cualquier tipo de producto,

además de las relacionadas con los instrumentos de medir, los patrones de

medida y sus métodos de medición, calibración, verificación y trazabilidad.

Figura 3.1 2: Logotipo Oficial de Norma Oficial Mexicana (NOM)

Además, las NOM contendrán la denominación y clave de la misma, bibliografía,

datos, identificación y especificaciones de los productos a los que se refiere dicha

NOM. Cada cinco años deben someterse a verificación. Para la elaboración de las

normas mexicanas de carácter voluntario (NMX) se debe de tener base en normas

Page 15: Organismos oficiales de la medición y la calibración

26

internacionales, siguiendo el mismo procedimiento de revisión que las normas

oficiales.

Todo producto, proceso, método, instalación, actividad o servicio debe de cumplir

con las NOM. A falta de normas oficiales en un producto, se utilizarán las

especificaciones internacionales o las del fabricante. Sin excepción, las cosas que

no cumplan con alguna NOM específica serán canceladas de inmediato, además

de requerir en los procesos de fabricación un sistema de control de calidad.

Para la elaboración y promoción de las Normas Oficiales Mexicanas se requiere

de la creación de un Comité Consultivo Nacional de Normalización, el cual estará

integrado por el personal más competente de las diferentes dependencias. Para

poder operar como un organismo nacional de normalización se requiere de tener

por objeto social el de normalizar, organizar comités consultivos, poseer cobertura

nacional y capacidad de actuar en actividades de normalización internacional.

3.2 De los títulos Cuarto al Sexto

-Título Cuarto (Acreditación y Determinación del Cumplimiento): Para poder ser

acreditado un laboratorio de medición se deben de seguir los siguientes pasos:

Presentar solicitud a la entidad de acreditación correspondiente, señalar las

normas a evaluar indicando el campo o rama respectivos y por último tener la

capacidad técnica, material y humana de acuerdo a los servicios que se quieren

prestar. Por otra parte, para poder actuar como entidad de acreditación se

requiere de la aprobación de la Secretaría y de la Comisión Nacional de

Normalización, cumpliendo con los requisitos de acreditar la capacidad jurídica,

técnica, administrativa y financiera, señalando las tarifas máximas que hará al

presentar sus servicios.

Entre los deberes de la entidad de acreditación se encuentran: Resolver las

solicitudes de acreditación, resolver oportunamente reclamaciones por sus

actividades, salvaguardar la confidencialidad de la información y mantener un

catálogo de las personas acreditadas como historial de consulta. De la misma

Page 16: Organismos oficiales de la medición y la calibración

26

manera, deberán ajustarse a las reglas y procedimientos establecidos en las

NOM, NMX o Internacionales, permitiendo la revisión de sus actividades por parte

de una dependencia competente. Una entidad de este tipo debe de prestar sus

servicios en condiciones no discriminatorias, evitando la existencia de conflictos de

interés.

Los Organismos de Certificación pueden ser aprobados por dependencias

competentes, acreditados por las NOM, siempre y cuando el organismo a aprobar

posea cobertura nacional, demuestre la participación de representantes en los

sectores de productores, comercializadores, consumidores e instituciones de

educación públicas y privadas. Dicho sea de paso, toda actividad de certificación

deberá ajustarse a las reglas, procedimientos y métodos establecidos en las NOM

y normas internacionales, realizando evaluaciones de certificación de productos,

procesos, servicios e instalaciones, un seguimiento a evaluaciones iniciales y

terminando con la elaboración de criterios generales de certificación.

La creación del Sistema Nacional de Acreditamiento de Laboratorios de Pruebas

se realiza a fin de contar con laboratorios con personal suficiente, material y

personal técnico calificado. El resultado de las pruebas realizadas por dicho

laboratorio se hará constar mediante un informe, teniendo validez ante las

dependencias y entidades de la administración pública federal.

Las unidades de verificación podrán verificar el cumplimiento de las NOM en

campos aprobados por dependencias competentes, reconociendo también los

dictámenes expedidos por dichas unidades. El resultado de las operaciones

realizadas por las unidades de verificación se hace constar en un acta, teniendo

validez una vez firmada por el representante acreditado.

Los convenios se ajustarán a lo dispuesto en los tratados internacionales suscritos

por los Estados Unidos Mexicanos, siempre y cuando exista reciprocidad

satisfactoria en el comercio de productos, concertándose preferentemente en

instituciones o entidades del mismo tipo.

Page 17: Organismos oficiales de la medición y la calibración

26

-Título quinto (Verificación): Como precepto principal del título, se establece que

las personas físicas o morales tendrán la obligación de proporcionar a las

autoridades competentes los documentos, informes y datos que les requieran por

escrito. Las dependencias pueden realizar visitas de verificación en días y horas

hábiles solamente con personal autorizado para vigilar el cumplimiento de la Ley,

expidiendo un acta en cada visita. Se pueden efectuar sin número de

verificaciones mientras no se cumplan con las especificaciones. Si se requieren

muestras o pruebas físicas de la verificación solamente las podrán realizar el

personal previamente autorizado y por duplicado, habiendo una verificación del

mismo tipo dentro de los próximos cinco días hábiles en las mismas condiciones.

Si llega a existir una inexactitud en los datos o información del algún producto o

proceso una vez realizada la verificación correspondiente, las dependencias

competentes podrán hacer que se modifique de forma coordinada y estricta, sin

perjuicio de imponer la sanción que proceda.

-Título Sexto (Incentivos, Sanciones y Recursos): El Premio Nacional de Calidad

es instruido con el objeto de reconocer y premiar a los fabricantes y prestadores

de servicios nacionales que mejoren la calidad de estos. La falta o incumplimiento

hacia esta Ley ocasiona sanciones como multa, clausura temporal definitiva del

organismo, arresto desde seis hasta treinta horas y suspensión o cancelación de

la autorización, aprobación y registro ante la ley. Las sanciones son aprobadas en

base a las actas de verificación levantadas con anterioridad, tomando en cuenta el

carácter intencional o no de la acción, la gravedad de la infracción hacia el

comercio y los consumidores y las condiciones económicas del infractor.

Figura 3.2 1: Logotipo del Premio Nacional de Calidad

Page 18: Organismos oficiales de la medición y la calibración

26

3.3 Reglamento Federal de Metrología y Normalización

El Reglamento de la Ley Federal de Metrología y Normalización es una colección

ordenada de reglas o preceptos que, por autoridad competente, se dan para la

ejecución de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización y la aplicación de

sus artículos dentro del territorio nacional.

Figura 3.3 1: Portada – Reglamento de la LFMN

De manera obligatoria, los artículos escritos en el reglamento se refieren al mismo

escrito dentro de la LFMN, conservando el mismo orden en los títulos y capítulos.

Dentro del reglamento, la mayoría de los artículos hablan acerca de

modificaciones a los de la Ley, que es claro que deben de pasar por una revisión

por parte de la Secretaría. En los primeros treinta artículos, se redacta

principalmente la aprobación de nuevos instrumentos de medida, la utilización de

otro Sistema de Unidades a parte del General, la conservación de los patrones

nacionales de kilogramo y metro, su trazabilidad y la calibración de los mismos en

laboratorios acreditados, el ajuste de tolerancias en instrumentos para

transacciones, informes de verificación, el cumplimiento de las NOM en materia

de tolerancia y errores máximos, dictámenes de laboratorios de medición, la

Page 19: Organismos oficiales de la medición y la calibración

26

certificación de los patrones en cuanto a exactitud con las magnitudes físicas y

químicas.

Los artículos treinta a cien básicamente toman nota de la elaboración de las NOM

por parte de dependencias y su regulación, incluyendo la finalidad de éstas,

mediante la presentación de una carta que incluya los requisitos presentados; la

revisión de las NOM, el plazo de entrada en vigor de estas y su promoción

fehaciente a nivel nacional, la estructura del Comisión Nacional de Normalización

mediante un presidente, secretario técnico y consejo técnico, la coordinación de

actividades de normalización a nivel nacional mediante el Programa Nacional de

Normalización y el tiempo de aprobación máximo de este, organismos y entidades

de acreditación, procedimientos para la evaluación de conformidad, disposiciones

y requisitos.

Page 20: Organismos oficiales de la medición y la calibración

26

Figura 3.3 2: Procedimiento en la Elaboración de las NOM’s

En la última parte del reglamento está escrito la verificación de los procedimientos

y formas de medición y calibración, de acuerdo con la ley, las sanciones

presentadas y la inmovilización como sanción ante el incumplimiento con las NOM

utilizadas en el caso, las condiciones que deben de reunir los participantes del

Premio Nacional de la Calidad (PNC), sus características evaluadas por la

Secretaría, la utilización durante un año del emblema del PNC y la publicidad

producida por la obtención de dicho reconocimiento en pro de la empresa o

sociedad ganadora.

Page 21: Organismos oficiales de la medición y la calibración

26

4. ORGANISMOS REGULADORES DE LA MEDICIÓN

Y LA CALIBRACIÓN

De acuerdo con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización en su artículo 3°,

se define como medir al acto de determinar el valor de una magnitud y calibración

como el conjunto de operaciones que tiene como finalidad determinar los errores

de un instrumento para medir y otras características metrológicas. A nivel

internacional existen diferentes organismos que regulan que estas actividades

mencionadas se lleven a cabo correctamente siguiendo una ley específica en cada

país, como en México se tiene la LFMN.

4.1 Centro Nacional de Metrología (CENAM)

El Centro Nacional de Metrología (CENAM) es el laboratorio nacional de referencia

en materia de mediciones. En el CENAM se dedican esfuerzos a establecer las

unidades de medición con las más altas cualidades metrológicas posibles de

acuerdo a las capacidades científicas y técnicas.

El Centro Nacional de Metrología, CENAM, fue creado con el fin de apoyar el

sistema metrológico nacional como un organismo descentralizado, con

personalidad jurídica y patrimonio propios, de acuerdo al artículo 29 de la Ley

Federal sobre Metrología y Normalización, publicada en el Diario Oficial de la

Federación el 1 de julio de 1992, y sus reformas publicadas en el Diario Oficial de

la Federación el 20 de mayo de 1997.

El CENAM es el laboratorio nacional de referencia en materia de mediciones. Es

responsable de establecer y mantener los patrones nacionales, ofrecer servicios

metrológicos como calibración de instrumentos y patrones, certificación y

desarrollo de materiales de referencia, cursos especializados en metrología,

asesorías y venta de publicaciones. Mantiene un estrecho contacto con otros

laboratorios nacionales y con organismos internacionales relacionados con la

metrología, con el fin de asegurar el reconocimiento internacional de los patrones

Page 22: Organismos oficiales de la medición y la calibración

26

nacionales de México y, consecuentemente, promover la aceptación de los

productos y servicios de nuestro país.

Figura 4.1 1: Centro Nacional de Metrología CENAM

Siendo un organismo descentralizado, el CENAM no ejerce funciones de

autoridad. La Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y su Reglamento,

establecen la responsabilidad de la Secretaría de Economía (antes Secretaría de

Comercio y Fomento Industrial SECOFI) y otros organismos, como la Procuraduría

Federal del Consumidor y la Comisión Nacional de Normalización para aplicar las

disposiciones establecidas por la ley.

El CENAM cuenta con un Consejo Directivo integrado por el Secretario de

Economía, los subsecretarios cuyas atribuciones se relacionen con la materia, de

las Secretarías de Hacienda y Crédito Público; Energía; Educación Pública;

Comunicaciones y Transportes; un representante de la Universidad Nacional

Autónoma de México; un representante del Instituto Politécnico Nacional; el

Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; sendos

representantes de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales; de la

Cámara Nacional de la Industria de Transformación y de la Confederación

Nacional de Cámaras de Comercio y el Director General de Normas de la

Secretaría de Economía.

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4.2 Organismos a Nivel Internacional

-BIPM: La Oficina Internacional de Pesas y Medidas (BIPM, por sus siglas en

francés, Bureau International des Poids et Mesures) es el coordinador mundial de

la metrología. Está ubicada en el suburbio de Sèvres, en París. Es la depositaria

del kilogramo patrón internacional, única unidad materializada del Sistema

Internacional de Unidades (SI) que persiste. La Misión y objetivo principal del

BIPM es el de proveer las bases de un sistema de medidas simple y coherente

alrededor del mundo, de tal manera que la diseminación de las unidades pueda

ser de forma directa –como en el caso de la masa o el tiempo-, hasta la

coordinación a través de comparaciones a nivel internacional con patrones

nacionales de otros países.

Figura 4.2 1: Logotipos de organismos a nivel internacional: BIPM y NIST

-NIST: El Instituto Nacional de Normas y Tecnología (NIST por sus siglas en inglés,

National Institute of Standards) es una agencia de la Administración de Tecnología

del Departamento de Comercio de los Estados Unidos. La misión de este instituto

es promover la innovación y la competencia industrial en EUA mediante avances

en metrología, normas y tecnología.

Como parte de esta misión, los científicos e ingenieros del NIST continuamente

refinan la ciencia de la medición (metrología) creando una ingeniería precisa y una

manufacturación requerida para la mayoría de los avances tecnológicos actuales.

También están directamente involucrados en el desarrollo y pruebas de normas

hechos por el sector privado y agencias de gobierno. En representación de EUA,

el NIST participa en el Sistema Interamericano de Metrología.

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5. ACREDITACIÓN DE LOS LABORATORIOS DE

MEDICIÓN

Los laboratorios de medición se acreditan bajo normas nacionales o

internacionales que marcan requisitos a cumplir por los laboratorios para

demostrar su competencia. Los laboratorios en base a un protocolo de auditorías

determinan si los laboratorios son competentes para ser acreditados o se

acreditan bajo alguna norma nacional equivalente, México, por ejemplo, tiene la

norma NMX-17025-IMNC: 2000.

La norma ISO/IEC 17025 se compone de dos secciones: la primera que regula la

administración del sistema de calidad del laboratorio y la segunda sección que

especifica los requerimientos de competencia técnica para los tipos de pruebas y/o

calibraciones que el laboratorio realiza. La sección técnica, es la que diferencia la

acreditación de los laboratorios de pruebas y/o calibraciones de la certificación del

sistema de calidad administrativo de las empresas industriales y/o de servicios.

5.1 Acreditación de los Laboratorios de Pruebas

Con base en la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización en su artículo 81 se

instituye el Sistema Nacional de Acreditamiento de Laboratorios de Pruebas con el

objeto de contar con una red de laboratorios acreditados que cuenten con equipo

suficiente, personal técnico calificado y demás requisitos que establezca el

reglamento, para que presten servicios relacionados con la normalización a que se

refiere esta Ley.

Los laboratorios acreditados podrán denotar tal circunstancia usando el emblema

oficial del sistema nacional de acreditamiento de laboratorios de pruebas El

resultado de las pruebas que realicen los laboratorios acreditados, se hará constar

en un informe de resultados que será firmado por la persona facultada por el

propio laboratorio para hacerlo. Dichos informes tendrán validez ante las

dependencias y entidades de la administración pública federal, siempre que el

laboratorio haya sido aprobado por la dependencia competente.

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CONCLUSIONES

Hoy en día México puede ser considerado como un país que sustenta una

aceptable organización en lo que respecta a la creación de normas y leyes y

reglamentos que las sustenten. Aquí se presentó de una manera breve la

estructura de organización de los organismos oficiales de la medición y la

calibración. La Normalización no deja de ser una de las bases para que todos los

productos comercializados dentro del territorio nacional sean controlados y estén

bajo estricto monitoreo en lo que respecta al control de calidad, diferenciando a su

vez que no es lo mismo una NOM y una NMX entre una ISO, que bien puede ser

la base de las dos anteriores.

Las leyes deben de explicar claramente para que van a funcionar si no pues no

tiene caso aprobarlas y en el caso de México por el Congreso de la Unión y la SE

pasan muchas leyes sin que nosotros nos percatemos de ello. En esta

investigación se presentó a manera de resumen y de forma clara el contenido de

la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, así también su reglamento

correspondiente; básicamente tratan de ordenar y repartir responsabilidades sobre

cuestiones relativas a la creación y difusión de normas, acreditación y revisión

sobre metrología y calibración. Es mejor leer paso a paso la Ley completa y con

calma para comprenderla mejor, no basta con leer lo presentado aquí.

La existencia de una autoridad dentro de la sociedad en toda la historia de las

civilizaciones u organizaciones a facilitado la comunicación y el orden dentro de

éstas, siempre y cuando todos sus miembros queden de acuerdo, obteniendo

beneficios de ello, como es el caso de lo visto con el CENAM, el NIST o BIPM que

fungen como principales reguladores de metrología y calibración nacional o

internacional. Su trabajo no es fácil, ya que cada día aparecen nuevas

incertidumbres en las mediciones y nunca se tendrá un patrón totalmente

controlado, sobre todo si aquellos laboratorios de medición no cumplen con los

requisitos de acreditación requeridos, aunque sean de medición o de pruebas.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

•Dirección General de Normas: http://www.economia.gob.mx/?P=85 http://www.eumed.net/libros/2007b/281/50.htm

•Norma Oficial Mexicana (NOM): http://revistadelconsumidor.gob.mx/?p=7077 http://www.eumed.net/libros/2007b/281/50.htm http://www.economia.gob.mx/work/normas/Promocion/Elaboracion_NOM_y_NMX.pdf

•Norma Mexicana (NMX): http://www.eumed.net/libros/2007b/281/50.htm http://es.wikipedia.org/wiki/Norma_Oficial_Mexicana#NOM_y_NMX http://www.economia.gob.mx/work/normas/Promocion/Elaboracion_NOM_y_NMX.pdf

•Catálogo Mexicano de Normas: http://www.economia.gob.mx/?P=144 http://www.economia-noms.gob.mx/noms/inicio.do http://normas.economia.gob.mx/normasmx/index.nmx

•Norma de Referencia: http://www.economia.gob.mx/?P=144 http://www.economia.gob.mx/work/normas/Promocion/Elaboracion_NOM_y_NMX.pdf Pemex:http://www.pemex.com/index.cfm?action=content&sectionID=4&catID=254&contentID=3994 CFE:http://lapem.portal.cfe.gob.mx/normas/listado_nrf.asp

•Fundamento Legal (Definición): Enciclopedia Salvat 12 tomos. Tomo 6 Fer-Har, Salvat Editores, 1970

•Constitución Política: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2009

•Tratado del Metro: http://www.cenam.mx/siu.aspx

•Tratado de libre comercio: http://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_de_libre_comercio http://www.promexico.gob.mx/wb/Promexico/tratados_de_libre_comercio

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•Ley Federal Sobre Metrología y Normalización: http://www.itescam.edu.mx/principal/sylabus/fpdb/recursos/r9347.DOC http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/130.pdf

•Reglamento Federal de Metrología y Normalización: http://redescolar.ilce.edu.mx/redescolar2008/educontinua/educ_civica/La_Gracia/El_reglamento/Reglamento.htm, http://www.cofemer.gob.mx/documentos/marcojuridico/reglamentos/rlfmn.pdf

•Elaboración de las NOM: http://www.economia.gob.mx/work/normas/Promocion/Elaboracion_NOM_y_NMX.pdf

•Organismos Reguladores de la Medición y la Calibración: http://www.itescam.edu.mx/principal/sylabus/fpdb/recursos/r46435.DOC

•CENAM: http://www.cenam.mx/quienes.aspx http://www.cenam.mx/acerca/

•BIPM: http://www.bipm.org/en/bipm/ http://es.wikipedia.org/wiki/BIPM

•NIST: http://es.wikipedia.org/wiki/Instituto_Nacional_de_Est%C3%A1ndares_y_Tecnolog%C3%ADa

•Acreditación de los Laboratorios de Medición: http://www.itescam.edu.mx/principal/sylabus/fpdb/recursos/r46448.DOC