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ORGANIGRAMA AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA Decreto nº 5310 de la Alcaldía de Córdoba 5 de junio de 2013

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Page 1: Organigrama del Ayuntamiento de Córdoba

ORGANIGRAMAAYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA

Decreto nº 5310 de la Alcaldía de Córdoba 5 de junio de 2013

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En lo referente a la estructura interna el Ayuntamiento de Córdoba, este se estructura en Áreas de Gobierno, que constituyen los niveles esenciales de la organización municipal. En dichas áreas se integran los distintos Servicios Municipales, órganos de gestión descentralizados y empresas públicas, atendiendo a los lazos de relación funcional, que se establecen entre ellos respecto del conjunto de la Gestión Municipal. Las Áreas de Gobierno no podrán exceder de diez, correspondiendo a la Alcaldía la determinación de su número, denominación y atribuciones, así como de los servicios que en ellas se integran (art. 173.2 Reglamento Orgánico General del Ayuntamiento de Córdoba)

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En cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Constitucional 103/2013 y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia la actuación municipal, la Alcaldía de Córdoba, en uso de las facultades que le confieren la Ley 7/85, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Reglamento Orgánico General del Ayuntamiento de Córdoba, el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás legislación concordante, procede al establecimiento de un régimen de Delegaciones de competencias de carácter general y especial, sin perjuicio, si fuera necesario, de su posterior reestructuración.

Page 4: Organigrama del Ayuntamiento de Córdoba

Haciendo uso de las atribuciones que, en materia de dirección del gobierno y de la administración municipal, y de organización de los servicios, otorga a la Alcaldía el artículo 124, 4, b) y c) de la Ley de Bases del Régimen Local, el Decreto de Alcaldía 5310, de 5 de junio de 2013, dispone los siguientes trece puntos:

Primero. Definir el contenido organizativo de las Áreas de

Gobierno municipal, que se desarrollan en sus correspondientes Delegaciones y a las que se adscriben los correspondientes organismos públicos.

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ÁREA DE FAMILIA, SERVICIOS SOCIALES Y EDUCACIÓN, a la que se adscriben las siguientes delegaciones:

- Delegación de Familia y Servicios Sociales. Incluye los departamentos de mayores e integración, zonas básicas comunitarias, servicios sociales, incluidos menores y familia, residencia de Mayores, Atención social, discapacidad, inmigración e interculturalidad, junto a las zonas de trabajo social en los distritos de la ciudad.

- Delegación de Educación e Infancia. Incluye las actividades y servicio relativo a la educación y menores, unidades de educación vial y ambiental, expresión artística, relaciones con la comunidad escolar, escuela infantil y colegios.

La dirección de los servicios integrados en el Área se encuentra bajo una Dirección General de Familia, Servicios Sociales y Educación.

Page 6: Organigrama del Ayuntamiento de Córdoba

ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA, PATRIMONIO, SEGURIDAD Y MOVILIDAD. Comprende las delegaciones de:

- Delegación de Urbanismo y Vivienda. Integra actividades relacionadas con la planificación y planeamiento urbanístico, licencias y los servicios generales y técnicos de la GMU. En vivienda se integran todas las actividades y facultades relacionadas con la vivienda. Se adscriben VIMCORSA y PROCÓRDOBA SIGLO XXI. En Disciplina urbanística se integran las actividades relacionadas con la inspección y la disciplina urbanística.

- Delegación de Seguridad y Vía Pública. integra actividades relacionadas con la Seguridad, Policía Local, Prevención y Extinción de Incendios, Protección Civil. Vía Pública comprende todas las actividades y facultades relacionadas con autorizaciones y ocupaciones de vía pública, así como cualquier otra actividad, servicio o unidad establecida en el correspondiente organigrama.

(…)

Page 7: Organigrama del Ayuntamiento de Córdoba

(…)

- Delegación de Movilidad, Accesibilidad y Transportes. Se integran todas las actividades relacionadas con la movilidad, Accesibilidad y transporte, unidad de seguridad vial y señalización y equipo de mantenimiento y señalización. Asume las funciones y actividades de la empresa AUCORSA.

- Delegación de Patrimonio Histórico y natural. Se integran las actividades y servicios relativos a Patrimonio de la Humanidad y Casco Histórico. Se adscriben el IMGEMA, Medio Ambiente y Zoológico, Ciudad de los Niños y las Niñas, Patios, Relaciones con Cofradías.

Todas estas delegaciones, salvo la de Urbanismo y Vivienda, están bajo la supervisión de una Dirección General y una subdirección General de Seguridad, Movilidad y Patrimonio.

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ÁREA DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO. Comprende las delegaciones siguientes:

- Delegación de Empleo, Turismo y Agricultura. Incluye el Departamento de Turismo, con la unidad de redes turísticas, dependientes de la Subdirección General de Promoción y Desarrollo. Se integran todas las actividades relacionadas con el empleo y todas las funciones encomendadas al Instituto Municipal de Desarrollo Económico (IMDEEC) y todas las funciones y servicios que se creen relacionados con la Agricultura.

- Delegación de Cultura. Se adscriben los servicios culturales, unidad de programación y recursos expositivos de la sala capitular, posada del flamenco y casa Góngora; Departamento de Museos y monumentos, el Departamento de Bibliotecas. A esta Delegación se adscribe el Instituto Municipal de Artes Escénicas (IMAE) y la Orquesta Ciudad de Córdoba.

(…)

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(…)- Delegación de Deportes. Se incluyen todas las

actividades y materias relacionadas con el Deporte y concretamente todas las que engloba el Instituto Municipal de Deportes (IMDECO).

- Delegación de Fiestas y Tradiciones Populares. Bajo la supervisión de la Subdirección General de Promoción y Desarrollo, se integran las actividades relacionadas con las tradiciones populares, fiestas populares y festejos y las relaciones con las Peñas que serán gestionadas por el Departamento de Fiestas y Tradiciones Populares.

Los Servicios integrados en el Área se articulan a través de una Dirección General de Promoción y Desarrollo, y dos subdirecciones Generales; una de Cultura y otra, de Promoción y Desarrollo.

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ÁREA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, comprende las delegaciones siguientes:

- Delegación de Hacienda, Gestión y Administración Pública. Directamente a la Delegación se adscriben:

• La Intervención General del Ayuntamiento, y • El Consejo Municipal para la Resolución de las

Reclamaciones Económico-Administrativas (CREA.)

Bajo la supervisión del Coordinador General de Hacienda y Administración Pública, quedan los tres Órganos existentes en el Área de Hacienda:

o El Órgano de Planificación Económico Presupuestaria con los departamentos de Análisis y Estudios Económicos y la Oficina de Control Presupuestario.

o El Órgano de Gestión Económico Financiera con los Departamentos de Tesorería y Contabilidad.

o El Órgano de Gestión Tributaria con los Departamentos de Gestión Tributaria, Inspección y Recaudación.

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Bajo el control de la Dirección y Subdirección General de Gestión, Comercio y Vía Pública y la supervisión del Coordinador General de Hacienda y Administración Pública se engloban las funciones relativas a Informática, Información ciudadana y Recursos Internos que incluye las unidades de sanciones, contratación administrativa, patrimonio y equipamiento, normalización, análisis y responsabilidad patrimonial y servicios sociales.

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- Delegación de Recursos Humanos y Comercio, se articula a través de una Dirección General y una Subdirección General de Recursos Humanos, y comprende todas las actividades y servicios relativos a la Seguridad y Salud laboral, Selección y formación y Dirección, Gestión y Administración de Personal.

Comercio comprende todas las actividades y facultades relacionadas con comercio, Venta ambulante, mercados, Consumo, y la Oficina de Información al consumidor (OMIC), Salud Pública y Defensa del Consumidor. Asume todas las funciones y actividades relacionadas con la empresa MERCACÓRDOBA.

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ÁREA DE PRESIDENCIA, PARTICIPACIÓN Y POLÍTICAS TERRITORIALES Y TRANSVERSALES, comprende las delegaciones:

- Delegación de Presidencia y Cooperación. Se ocupa de la Gestión y Administración directa, bajo la superior Dirección de Alcaldía, de los servicios habitualmente adscritos a Alcaldía, tales como jurídicos y protocolo o prensa. Igualmente ejercerá las funciones de Portavoz del Equipo de Gobierno. En concreto, contará con una Subdirección General de Presidencia bajo la cual estarán el Departamento de Gestión Documental y Archivos, con el archivo histórico, fototeca de la ciudad, el Órgano Especial de Administración de Medios de Comunicación, el Gabinete de Protocolo y el Gabinete de Prensa. A su vez la Asesoría jurídica Municipal dependerá directamente de la Delegación para preservar la independencia y autonomía. Se encomiendan a la Coordinación y a la Subdirección General de Participación y Políticas Territoriales y Transversales las funciones pertenecientes a Juventud y Cooperación, Mujer e Igualdad y Participación ciudadana.

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- Delegación de Infraestructuras. Integra las actividades y servicios relacionados con el mantenimiento de la vía Pública, parques y jardines y proyectos de obras, alumbrado, parque móvil y talleres y mantenimiento de edificios municipales y colegios.

- Delegación de participación ciudadana, mayores y juventud. Integra bajo la supervisión de la Subdirección General de Participación y Políticas Territoriales y Transversales, todas las actividades y servicios relacionados con la participación ciudadana, Consejos de Distrito, Equipamientos de distrito, Juntas Municipales de Distrito y Asociaciones de Vecinos. En mayores se integran todas las actividades y facultades relacionadas con los Centros de Día para mayores y las políticas de participación y ocio de los mayores no dependientes. También integra las actividades relacionadas con juventud, Casa de la juventud y todos los servicios y unidades establecidas en el organigrama.

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- Delegación de Mujer e Igualdad. En ella se integran todas las actividades y servicios

relacionados con igualdad y el Departamento de Mujer e Igualdad.

A este área se adscriben las empresa públicas: - EMACSA (Empresa Municipal de Aguas de

Córdoba)- SADECO (Saneamientos De Córdoba)

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Segundo.

De conformidad con lo dispuesto en el art 126.2 de la Ley 7/85, Reguladora de Bases de Régimen Local, se nombran como Miembros de la Junta de Gobierno Local a los Concejales que a continuación se relacionan:

- D. Rafael Navas Ferrer- D. Luis Martín Luna- D. Miguel Ángel Torrico Pozuelo- D. José María Bellido Roche- Dª Laura Ruiz Moral- Dª. Ana Tamayo Ureña- D. Juan Miguel Moreno Calderón- Dª Carmen Sousa Cabrera- Dª Blanca Córdoba Nieto

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Tercero.

De conformidad con lo dispuesto en el art 125 de la Ley 7/85, RBRL, se nombra a los siguientes Concejales y por el orden descrito, como Tenientes de Alcalde, a los efectos de sustituir al titular de la Alcaldía en caso de vacante, ausencia o enfermedad. Les corresponderá el tratamiento de Ilustrísima.

1.º D. Rafael Navas Ferrer2.º D. José María Bellido Roche3.º Dª. Ana Tamayo Ureña4º D. Luis Martín Luna5º D. Miguel Angel Torrico Pozuelo6º Dª. Laura Ruiz Moral7º D. Juan Miguel Moreno Calderón8º Dª Carmen Sousa Cabrera9º Dª Blanca Córdoba Nieto

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Cuarto.

Mantener como Concejal-Secretario de la Junta de Gobierno Local a D. Miguel Ángel Torrico Pozuelo y como Concejal-Secretario Suplente a D. José María Bellido Roche, quienes contarán en el desempeño de sus funciones con el asesoramiento del Titular del Órgano de Apoyo, como así se dispone en el art. 126.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.

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Quinto.

Efectuar a favor de los Concejales que a continuación se relacionan, la delegación genérica de atribuciones, conforme a lo establecido en el apartado primero y séptimo del presente Decreto:Dña. María Jesús Botella Serrano

Dña. Luisa María Arcas RuizD. Luis Martín LunaDña. Carmen Sousa CabreraDña. Ana Tamayo UreñaDña. Ana Tamayo UreñaD. Rafael Jaén ToscanoD. Rafael Navas FerrerD. Juan Miguel Moreno CalderónD. Miguel Reina SantosDña. Amelia Caracuel del OlmoD. José María Bellido RocheD. Ricardo Rojas PeinadoD. Miguel Ángel Torrico PozueloDña. Laura Ruiz MoralDña. Blanca Córdoba NietoFamilia y Servicios SocialesEducación e Infancia

Urbanismo y ViviendaSeguridad y Vía PúblicaMovilidad, Accesibilidad y TransportesMujer e IgualdadPatrimonio, Casco Histórico y NaturalezaEmpleo, Turismo y AgriculturaCulturaDeportesFiestas y Tradiciones PopularesHacienda, Gestión y Administración PúblicaRecursos Humanos y ComercioPresidencia y CooperaciónInfraestructurasParticipación Ciudadana, Mayores y Juventud

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Sexto.

Mantener a favor de los Tenientes de Alcalde y Concejales que a continuación se relacionan, asignación de coordinadores políticos de las áreas de gobierno a las que se relacionan, y específicamente las siguientes competencias sobre las delegaciones que comprenden su delegación:

- Dirigir, gestionar e impulsar los asuntos de las distintas Delegaciones adscritas a su área que les ha sido encomendada y/o de los distintos servicios integrados en las mismas.-

- Preparar y presentar a la Junta de Gobierno Local y al Pleno, en función de la competencia que alcance, las Propuestas y Proyectos de las distintas Delegaciones adscritas a su área.

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Ttes. Alcaldes y Concejales coordinadores políticos de Área:

Dª M. Jesús Botella SerranoÁrea de Familia, Servicios Sociales y EducaciónD. Luis Martín LunaÁrea de Urbanismo, Vivienda, Patrimonio,

Seguridad y MovilidadD. Rafael Navas FerrerÁrea de Promoción y DesarrolloD. José María Bellido RocheÁrea de Hacienda y Administración PúblicaD. M. Ángel Torrico PozueloÁrea de Presidencia, Participación y Políticas

Territoriales y Transversales.

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Séptimo.

La Delegación Genérica efectuada, comportará las facultades que a continuación se relacionan, en favor de los distintos concejales delegados o en determinados titulares de los distintos órganos directivos municipales:

- Otorgar autorizaciones y licencias, atribuidas a la Alcaldía por la legislación sectorial.

- Resolver mediante Decreto los asuntos propios de la Delegación incluidas las cuestiones que afecten a terceros.

- Firmar el visto bueno de las certificaciones emitidas en relación a los asuntos propios de la Delegación.

- Autorizar y disponer gastos en las materias competencia del Alcalde-Presidente, con cargo a los créditos comprendidos en la Delegación así como la aprobación del acto administrativo del que traiga su causa el gasto.

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- Suscribir los anuncios y edictos necesarios para la publicación de los Decretos, Resoluciones y Acuerdos que sea preciso publicar en los diferentes diarios oficiales y Tablón de Edictos, siempre que sean sobre las materias encomendadas, así como las comunicaciones dirigidas a autoridades u organismos.

- Resolver sobre las peticiones de acceso a la información formuladas por los miembros de la Corporación de conformidad con lo dispuesto en la LBRL y en el Reglamento Orgánico General de la Corporación.

- Solicitar subvenciones y aceptar las que se concedieren a este Ayuntamiento, en materias propias de la Delegación, siempre que dicha competencia no fuese atribuida a otro órgano, con carácter indelegable.

- Ejercer la potestad sancionadora correspondiente a la Alcaldía.

- Resolver los recursos administrativos que formulen los interesados contra resoluciones dictadas en el ejercicio de las atribuciones delegadas.

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Octavo.

Delegar la Presidencia de la Junta Municipal de Distrito (JMD) de Levante en Dª Carmen Sousa Cabrera. (Esta presidencia era ocupada por Dª Eva Pedraza López, que deja de ser concejala no electa por STC).Como información, aunque no aparezca en el Decreto de Alcaldía, estos son los capitulares presidentes de las distintas Juntas municipales de Distrito de Córdoba:JMD Centro: D. RAFAEL JAÉN TOSCANOJMD Sureste: Dª. ANA TAMAYO UREÑA.JMD Sur : Dª. BLANCA CÓRDOBA NIETO.JMD Levante: Dª. CARMEN SOUSA CABRERA.JMD Norte Sierra: Dª. AMELIA CARACUEL DEL OLMO.JMD Noroeste : Dª. LUISA Mª. ARCAS GONZÁLEZ.JMD Poniente Norte : Dª. BLANCA CÓRDOBA NIETO.JMD Poniente Sur : D. MIGUEL ÁNGEL TORRICO POZUELOJMD Periurbano Oeste-Sierra: Dª. LAURA RUIZ MORAL.JMD Periurbano Este-Campiña: Dª. LAURA RUIZ MORAL.

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Noveno. Las atribuciones delegadas se ejercerán en los

términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en otras personas, por sus titulares.

Décimo. En las resoluciones que se adopten en ejercicio de las

delegaciones otorgadas, se hará constar expresamente esta circunstancia, así como la fecha del Decreto de Delegación.

Undécimo. Notificación a los interesados, recabando su

aceptación, que se entenderá tácitamente otorgada si en el plazo de tres días no hicieran manifestación contraria.

Page 26: Organigrama del Ayuntamiento de Córdoba

Duodécimo. Notificación a la Sra. Interventora General y al Sr.

Tesorero, en cuanto Claveros Municipales, así como a las Entidades bancarias, a los efectos de autorización de firmas y Claveros, en lo referente a la ordenación de pagos y disposición de fondos.

Decimotercero. Orden de publicación en el Boletín Oficial de la

Provincia de Córdoba y orden de dar cuenta a la Junta de Gobierno Local y al Pleno Corporativo del Ayuntamiento de Córdoba, en la primera sesión que celebren dichos Órganos.

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Por último, El Ayuntamiento de Córdoba, ha creado diversos organismos públicos para la realización de actividades de ejecución o gestión tanto administrativas de fomento o prestación, como de contenido económico de competencia de la Administración municipal.

Los organismos públicos dependen de la Administración municipal y se adscriben a una Concejalía o Área de Gobierno competente en razón a la materia a tratar. En algunos casos, las Entidades Públicas Empresariales pondrán estar adscritas a un Organismo Autónomo Local.

Los organismos públicos se clasifican en: a) Organismos Autónomos. b) Entidades Públicas Empresariales

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En la actualidad, el Ayuntamiento de Córdoba dispone de:

ORGANISMOS AUTÓNOMOS

- GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO (GMU)- IMAE - Instituto Municipal de Artes Escénicas “Gran

Teatro de Córdoba” - IMDECO - Instituto Municipal de Deportes de Córdoba - IMDEEC - Instituto Municipal de Desarrollo Económico y

Empleo - IMGEMA - Instituto Municipal de Gestión Medio

Ambiental “Jardín Botánico de Córdoba”

Page 29: Organigrama del Ayuntamiento de Córdoba

EMPRESAS MUNICIPALES :

- AUCORSA - Autobuses de Córdoba, S.A.

- CECOSAM - Cementerios y Servicios Funerarios Municipales, S.A.

- EMACSA – Empresa Municipal de Águas de Córdoba, S.A.

- MERCACORDOBA – Mercados de Abastecimiento de Córdoba

- PROCORDOBA – Proyectos de Córdoba Siglo XXI S.A.

- SADECO – Saneamientos de Córdoba, S.A.

- VIMCORSA – Viviendas Municipales de Córdoba, S.A.

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CONSORCIOS

- CONSORCIO DE TURISMO DE CÓRDOBA

- ORQUESTA DE CÓRDOBA – Consorcio Orquesta de Córdoba

ÓRGANOS ESPECIALES

- O.E. DE ADMINISTRACIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN

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OTROS ÓRGANOS :

- EL CONSEJO DE DIRECCIÓN.- A los efectos de coordinación de la actuación de la

administración municipal existirá un Consejo de Dirección, que estará presidido por el Alcalde y estará integrado por:

- El primer Teniente de Alcalde - El segundo Teniente de Alcalde - Los Coordinadores Generales y - las personas titulares de los distintos órganos que

no dependan directamente de una Coordinación general. El Consejo podrá celebrar sesiones ampliadas con todos o

parte de los Directores Generales. Celebrará una reunión ordinaria con periodicidad trimestral. Las sesiones extraordinarias se celebrarán cuando así lo considere la presidencia del dicho órgano. Además de las funciones de coordinación mencionadas, corresponderá a este órgano la implantación y evaluación de los programas de control de calidad, así como la formulación de propuestas, criterios y objetivos para realización de estudios y auditorias de gestión.

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- EL ÓRGANO COLEGIADO PARA LA COORDINACIÓN DE BARRIADAS PERIFÉRICAS.

Este Órgano Colegiado para la “Coordinación de Barriadas Periurbanas” esta creado en virtud de lo dispuesto en el vigente Reglamento Orgánico de Pleno del Ayuntamiento de Córdoba, y sus objetivos serán:

- El seguimiento, coordinación y control de las políticas municipales que tengan su ámbito de aplicación en las barriadas periurbanas del término municipal de Córdoba: Alcolea, Cerro Muriano, El Higuerón, Santa Cruz, Trassierra y Villarrubia.

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ESTA PRESENTACIÓN SE REALIZA CON LOS DATOS EXISTENTES EN EL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA, AL DÍA DE LA FECHA

20 febrero 2014