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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario OPERACIONES CON TÉCNICA DE DETECCIÓN CANINA Versión 1.0 Fecha de entrada en vigencia Enmiendas: - Aviso de vigencia Este documento se encuentra vigente desde la fecha indicada en la portada. Los Estándares Nacionales para el Desminado Humanitario están sujetos a análisis, revisiones y actualizaciones regulares. Los comentarios y enmiendas propuestas pueden ser enviadas a través de la página web www.accioncontraminas.gov.co o al correo electrónico [email protected] Nota sobre los Derechos de Autor y de reproducción Este documento es de carácter público y su difusión se considera relevante para la Acción Integral contra Minas Antipersonal en Colombia. Está permitido reproducir, guardar o transmitir el documento o partes del mismo, por cualquier medio, sin el previo consentimiento escrito de la Comisión Intersectorial Nacional para la Acción contra Minas Antipersonal (CINAMAP), la Instancia Interinstitucional de Desminado Humanitario y/o de la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal (DAICMA), siempre y cuando se conserve la integridad del mismo y se cite la respectiva fuente. Este documento y su contenido no pueden ser comercializados.

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OPERACIONES CON TÉCNICA DE DETECCIÓN CANINA Versión 1.0 Fecha de entrada en vigencia Enmiendas: - Aviso de vigencia Este documento se encuentra vigente desde la fecha indicada en la portada. Los Estándares Nacionales para el Desminado Humanitario están sujetos a análisis, revisiones y actualizaciones regulares. Los comentarios y enmiendas propuestas pueden ser enviadas a través de la página web www.accioncontraminas.gov.co o al correo electrónico [email protected] Nota sobre los Derechos de Autor y de reproducción Este documento es de carácter público y su difusión se considera relevante para la Acción Integral contra Minas Antipersonal en Colombia. Está permitido reproducir, guardar o transmitir el documento o partes del mismo, por cualquier medio, sin el previo consentimiento escrito de la Comisión Intersectorial Nacional para la Acción contra Minas Antipersonal (CINAMAP), la Instancia Interinstitucional de Desminado Humanitario y/o de la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal (DAICMA), siempre y cuando se conserve la integridad del mismo y se cite la respectiva fuente. Este documento y su contenido no pueden ser comercializados.

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OPERACIONES CON TÉCNICA DE DETECCIÓN CANINA

Contenido

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................. 4 1.

ALCANCE ........................................................................................................................................................ 4 2.

GLOSARIO DE TÉRMINOS ............................................................................................................................... 4 3.

USO DE CANINOS EN EL PROCESO DE LIBERACIÓN DE TIERRAS ..................................................................... 6 4.

LIMITACIONES PARA EL USO DE LA TÉCNICA DE DESPEJE CANINO ................................................................. 6 5.

ENTRENAMIENTO DE GUÍAS Y CANINOS ........................................................................................................ 8 6.

PROCESO DE ACREDITACIÓN ......................................................................................................................... 9 7.

7.1 Acreditación Documental ................................................................................................................................. 9 7.1.1 Aprobación del Procedimiento Operativo ....................................................................................................... 9 7.1.2 Evaluación de registros internos de entrenamiento. .................................................................................... 10

7.2 Evaluación de capacidad operacional ............................................................................................................. 10 7.2.1 Tamaño del área de evaluación: .................................................................................................................... 10 7.2.2 Conformidad con los Procedimientos Operacionales .................................................................................... 10 7.2.3 Dirección y velocidad del viento .................................................................................................................... 11 7.2.4 Pausas y finalización de la prueba ................................................................................................................. 11 7.2.5 Requerimientos mínimos para la aprobación de la evaluación ..................................................................... 11 7.2.6 Criterios para determinar que el binomio ha fallado la evaluación .............................................................. 11 7.2.7 Procedimiento en caso de no aprobación de un binomio. ............................................................................ 11 7.2.8 Conducción de la prueba. .............................................................................................................................. 12

TÉCNICA DE OPERACIONES CON CANINOS ................................................................................................... 12 8.

8.1 Métodos de despliegue .................................................................................................................................. 12 8.1.1 Preparación de cajas ...................................................................................................................................... 12 8.1.2 Preparación de paneles ................................................................................................................................. 13 8.1.3 Rastreo desde línea base ............................................................................................................................... 13

8.2 Patrones y Métodos de Búsqueda .................................................................................................................. 13 8.2.1 Traílla Larga .................................................................................................................................................... 13 8.2.2 Traílla corta .................................................................................................................................................... 13

8.3 Composición mínima de un equipo de estudio técnico y/o despeje con técnica canina ................................. 14

8.4 Conducción de la técnica en Operaciones ...................................................................................................... 14 8.4.1 Remoción de cobertura vegetal .................................................................................................................... 14 8.4.2 Revisión del terreno con los caninos ............................................................................................................. 15 8.4.3 Marcación de una indicación ......................................................................................................................... 15 8.4.4 Investigación de una indicación ..................................................................................................................... 15

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8.4.5 Acciones al descubrir un artefacto explosivo ................................................................................................ 15

8.5. Requerimientos Mínimos para el despliegue ................................................................................................ 15 8.5.1 Seguridad .................................................................................................................................................. 15 8.5.2 Equipo de Protección personal................................................................................................................. 16 8.5.3 Transporte de los CDM............................................................................................................................... 16

CUIDADOS MÉDICOS DE LOS CANINOS ........................................................................................................ 16 9.9.1 Requisitos en el sitio de trabajo ....................................................................................................................... 16 9.2 Soporte Médico Veterinario ............................................................................................................................. 17

RESPONSABILIDADES ................................................................................................................................... 18 10.10.1 Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal ........................................................................ 18 10.2 Las Organizaciones de Desminado Humanitario ............................................................................................ 18

REGISTRO DE INFORMACIÓN ....................................................................................................................... 18 11.

REGISTROS DE ENMIENDAS ......................................................................................................................... 19 12.

ANEXO A PUNTOS DE CHEQUEO DIARIO ...................................................................................................... 20 13.

ANEXO B. FORMATO DE CONTROL MEDICO ................................................................................................ 21 14.

ANEXO C. ELEMENTOS NECESARIOS QUE DEBERÁ CONTENER UN BOTIQUÍN PARA UN CDM ...................... 23 15.

ANEXO D. HISTORIA CLÍNICA CANINA .......................................................................................................... 25 16.

ANEXO E. SUSTANCIAS EXPLOSIVAS PARA BÚSQUEDA CON CDM................................................................ 28 17.

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OPERACIONES CON TÉCNICA DE DETECCIÓN CANINA

INTRODUCCIÓN 1.

Los perros detectores de sustancias explosivas contenidas en las minas antipersonal u otros artefactos (caninos detectores de minas antipersonal CDM), son un activo valioso en el proceso de despeje de MAP/MUSE/AEI. Su uso es óptimo cuando trabajan en áreas en las que hay baja concentración de artefactos explosivos y en áreas en las que la presencia de fragmentación de metales y suelos mineralizados limitan el uso de otras herramientas de despeje. Son ideales para actividades de Liberación de Tierras como la reducción de áreas durante los Estudios Técnicos, el despeje y el control de calidad de las operaciones. La utilización de caninos dentro del proceso debe ser entendida por los operadores como una de las herramientas para adelantar las operaciones de desminado humanitario, que deberá ser usada en las situaciones adecuadas en las condiciones adecuadas. Si los caninos son entrenados de manera adecuada pueden ser una herramienta segura y eficiente para la detección de MAP/AEI/MUSE, especialmente en los casos de minas con muy poco o sin contenido metálico en áreas de alta contaminación metálica y puede ser usada de manera complementaria con las técnicas de despeje manual y mecánico. Todas las organizaciones de Desminado Humanitario (ODH) que quieran utilizar los CDM para el proceso de Liberación de Tierras en Colombia, deberán someterse a evaluación y acreditación ante la Dirección para la Acción Integral Contra Minas Antipersonal DAICMA antes de iniciar labores operativas.

ALCANCE 2.

Este estándar, cubre los requerimientos mínimos, para realizar operaciones con CDM en Colombia, desde la acreditación de organizaciones de desminado humanitario, que utilizarán CDM, hasta el control de calidad de las operaciones, para la entrega de tareas.

GLOSARIO DE TÉRMINOS 3.

Un glosario completo, de todos los términos y definiciones utilizados en la Acción Integral, contra Minas Antipersonal en Colombia, se publica en la página web de la Dirección (www.accioncontraminas.gov.co). En los Estándares Nacionales de Acción Integral, contra Minas Antipersonal, los términos "deberá", "debería" y "puede", se utilizan para indicar el grado de cumplimiento requerido. Este uso es, consistente con el lenguaje utilizado en los estándares y normas ISO. El término “deberá", se utiliza para indicar requisitos, métodos o especificaciones que se deben aplicar, a fin de cumplir con el estándar. El término "debería", se utiliza para indicar los requisitos, métodos y especificaciones que componen las mejores prácticas.

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El término "puede", se utiliza para indicar un método o un curso de acción posible.

Los términos resaltados a continuación pueden facilitar una mejor comprensión del documento: Canino detector de minas Antipersonal (CDM) Se refiere a un canino entrenado específicamente para detectar partículas de olor de sustancias explosivas contenidas en MAP/MUSE /AEI, así como las partículas de olor provenientes del material del contenedor y otras sustancias. El entrenamiento del canino para la detección de MAP/MUSE/AEI y su despliegue es muy diferente de los procesos adelantados con otros caninos de búsqueda. (Drogas y otras sustancias) Binomio Se refiere al conjunto de un canino y un guía. Guía Canino Se refiere a la persona capacitada para el manejo y sostenimiento de caninos entrenados en una especialidad particular (Drogas, búsqueda y rescate, Detección de explosivos, etc.). Objetivo Objeto o elemento que se espera sea encontrado por el CDM durante el proceso de detección. El objetivo puede ser una mina antipersonal o munición sin explosionar o parte de ellas, que tenga las características de aquellos artefactos hallados durante las operaciones en el área. Olor objetivo Impresión la emisión de partículas de un elemento produce en el olfato. Despeje Proceso de investigación de un terreno que se presume contaminado con MAP, con el objetivo de identificar y eliminar de manera segura el 100% de los artefactos explosivos instalados en el sitio. El despeje puede ser adelantado con técnica manual, canina o mecánica. Gerente de evaluación Corresponde a la persona responsable de conducir la evaluación de la capacidad operacional del Binomio Canino en la pista de acreditación. Sendas de seguridad Son sendas en las que se ha confirmado que no existen MAP/MUSE y que son usadas para proveer acceso hacia y alrededor del área de trabajo. Deben ser mínimo de 2 m de ancho para facilitar la evacuación con camilla.

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USO DE CANINOS EN EL PROCESO DE LIBERACIÓN DE TIERRAS 4.

Los CDM son una herramienta adicional y complementaria en la definición de la extensión de la contaminación que deberán ser empleados únicamente para los siguientes propósitos:

1. Reducción de áreas peligrosas y delimitación de perímetro de las AP/APC en procesos de

Estudios Técnicos

2. Despeje de áreas peligrosas o áreas peligrosas confirmadas.

3. Control de calidad interno (entrega de tareas) a las áreas despejadas con técnica manual y/o

técnica mecánica y/o canina.

LIMITACIONES PARA EL USO DE LA TÉCNICA DE DESPEJE CANINO 5.

A continuación se presentan las circunstancias en las que las ODH deberán abstenerse del despliegue de CDM:

1. Los CDM no son aptos para trabajo en áreas donde se espera una alta concentración de MAP o

MUSE, en la medida en la que el número de indicaciones podría hacer las operaciones

ineficientes y con implicaciones de seguridad. Esta posible concentración podría ser

determinada por el respectivo Estudio No Técnico. Se recomienda que en ausencia de esta

información la técnica canina no sea la primera opción de los operadores.

2. Los CDM no trabajarán en áreas en las que de acuerdo con los resultados de los estudios no

técnicos se espera la presencia de mecanismos de activación con alambre de tropiezo. Se

recomienda que en ausencia de esta información la técnica canina no sea la primera opción de

los operadores

3. Los CDM no se deberán usar en áreas en las que la vegetación evite la búsqueda, o si la

vegetación restringe la habilidad del guía del CDM para ver y controlar la búsqueda. La altura

máxima en vegetación para la utilización del CDM para estudio técnico y/o despeje deberá ser

de 20 cm.

4. El CDM no se deberá utilizar en áreas donde la pendiente es de tal naturaleza que puedan ser

expulsadas piedras, rocas o peñascos o donde el canino deba concentrarse más en mantener su

equilibrio y no en realizar la búsqueda.

5. Los CDM no deberán ser utilizados en lugares donde se evidencia contaminación de explosivos o

hubo una detonación previa durante el tiempo que esta condición de contaminación se

mantenga, ya que puede alterar y confundir el olfato del CDM si hay presencia de explosivos

dispersos y piezas de MAP/MUSE destruidos, esto podrá generar una indicación no confiable. La

ODH deberá determinar el período de tiempo necesario de espera para el despliegue de sus

CDM después de una detonación y/o la porción de terreno alrededor de una detonación que no

será intervenida con los CDM.

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6. El CDM no debe realizar la búsqueda de sustancias cuando el viento predominante proviene de

la parte posterior de la ubicación del canino, puesto que la sustancia objetivo puede no

reconocerse sino hasta que el CDM haya pasado la ubicación real del objeto. Idealmente, los

CDM se deben utilizar para buscar con viento lateral haciendo el patrón de búsqueda en el

mismo sentido de la dirección del viento, pero también cuando hay viento en contra.

Adicionalmente, las ODH deberían considerar otras circunstancias que podrían dificultar el uso de los caninos, y si de acuerdo a su sistema de entrenamiento, consideran que pueden hacer el despliegue en estas circunstancias, deberán desarrollar en sus POA el manejo de cada una de ellas.

1. Despliegue de caninos en zonas húmedas con espejo de agua superior a 1 metro cuadrado.

2. Despliegue de caninos si la velocidad del viento es mayor a 7 m/s o 30km/h a nivel del suelo

donde la superficie del suelo es muy seca y se levanta polvo. El guía debería determinar la

anterior condición a través de la medición de viento y temperatura con un dispositivo adecuado

para ello.

3. Despliegue de caninos en áreas donde la temperatura del suelo se encuentra cercana al punto

de congelamiento, siendo posible que el olor se reduzca e impida la detección.

4. Despliegue de caninos en áreas donde la temperatura sea mayor a 39°C. El golpe de calor

consiste en una elevación de la temperatura corporal del perro, que traspasa los límites

tolerables para su organismo. Su temperatura puede alcanzar alrededor de los 42°C y sufrir

entonces un golpe de calor, que ponga en serio riesgo la vida del CDM.

5. Utilización de CDM durante periodos de lluvia. La lluvia podría lavar las sustancias explosivas

expuestas, derivados, componentes y objetivos de la superficie y llevarlas hacia partes más

profundas del suelo. Las lluvias fuertes por un periodo extendido retirarán la mayor parte de las

sustancias objetivo de la superficie del suelo. Por lo tanto, el CDM no se debería utilizar para la

detección de partículas de olor cuando llueva o hasta que se haya secado el suelo después de

una lluvia fuerte. Las operaciones de CDM pueden reiniciar una vez la superficie del suelo esté

seca. Las condiciones para el despliegue en circunstancias de humedad del terreno deberán ser

determinadas en los POA de la ODH

6. Utilización de CDM en áreas en las que la vegetación se ha quemado recientemente solo debería

utilizarse después de quince días o cuando quien hace la supervisión del equipo y los guías

caninos determinan que las condiciones son adecuadas para el despliegue.

7. Despliegue de CDM por primera vez en una región, cuando el canino proviene de otra región.

Los CDM deberían someterse a periodos de adaptación en el área de operaciones antes de ser

desplegados: estos periodos deberán ser determinados por las ODH en sus POA, teniendo en

cuenta los cuidados y criterios para determinar que se puede proceder con el despliegue.

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Si se hace el empleo de la técnica canina haciendo un segundo barrido después del equipo mecánico las siguientes consideraciones deberán ser tenidas en cuenta y desarrolladas en los POA de la ODH:

Si la máquina ha removido la tierra, la técnica canina podría no ser aplicable hasta dos días después siempre y cuando haya llovido al menos una vez durante estos días. De lo contrario se debería esperar un mínimo de 5 días. Si la máquina ha sido utilizada para barrer un área con una densidad relativamente alta de MAP/AEI/MUSE, la técnica canina no debería ser utilizada, ya que es muy posible que restos de los contendores de las minas y de explosivo estén dispersos por toda el área y esto puede confundir al CDM y hacer que su búsqueda no sea confiable.

Si se hace el empleo de barrido con CDM en áreas peligrosas o áreas peligrosas confirmadas donde la vegetación se ha quemado o cortado las siguientes consideraciones deberán ser tenidas en cuenta y desarrolladas en los POA de la ODH:

La vegetación se debe cortar considerando la amenaza que representan los palos y desechos con bordes filosos o disparejos que puedan lesionar al CDM.

ENTRENAMIENTO DE GUÍAS Y CANINOS 6.

Las ODH podrán desarrollar las técnicas de entrenamiento que identifiquen como adecuadas, eficientes y sobretodo que cumplan con el objetivo de generar binomios que son capaces de encontrar de manera precisa MAP/AEI/M antipersonal, mediante el rastreo de las sustancias explosivas contenidas en ellas, y otro tipo de artefactos explosivos, de acuerdo con sus POA.

Las ODH que utilizan un CDM, deben mostrar en sus Procedimientos Operativos (PO), los detalles del entrenamiento del CDM. Las ODH deberán identificar los instructores que de acuerdo con el criterio definido en el POA, cuenten con experiencia en el entrenamiento de caninos, así como los criterios para la selección de las instalaciones adecuadas para garantizar el cuidado y bienestar de los caninos y los guías.

En ningún momento los tiempos de entrenamiento deberán ser inferiores a 60 días calendario para el canino y el guía. El entrenamiento del guía deberá incluir como mínimo el conocimiento del procedimiento para despeje con técnica canina, teorías sobre aprendizaje canino, reconocimiento de artefactos explosivos, entrenamiento práctico y primeros auxilios veterinarios básicos.

Todos los CDM deben ser sometidos a un reentrenamiento regular, así como una evaluación interna y externa periódicamente, con el fin de asegurar y garantizar la validez de la acreditación tal como se define en este estándar nacional.

La ODH deberá establecer en sus POA los responsables y los sistemas con los que mantendrá el registro del entrenamiento, que deberá ser enviado al componente de monitoreo externo como se define más adelante, como prerrequisito para la acreditación. Los registros y certificaciones de la evaluación interna, estarán disponibles para DAICMA, o el organismo que ésta designe; también se debe informar DAICMA, las fechas de evaluaciones internas. El personal de monitoreo externo de DAICMA, puede visitar los lugares donde se realizan las pruebas de evaluación, en cualquier momento sin cita previa.

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PROCESO DE ACREDITACIÓN 7.

DAICMA llevará a cabo un procedimiento de acreditación documental, a partir de la validación del Procedimiento Operacional de la ODH y sus registros internos de entrenamiento, y una evaluación de capacidad operacional que será realizada en los sitios de evaluación dispuestos para ello por DAICMA. Las ODH que soliciten acreditación para el despliegue de sus CDM, requerirán cumplir con todos los requisitos establecidos en este estándar nacional, antes de desplegar cualquiera de sus CDM, así como lo establecido en el estándar nacional de Acreditación. La acreditación de un Binomio tiene una vigencia de 12 meses, tiempo después del cual la ODH deberá presentar el binomio nuevamente para evaluación. El guía y el CDM deberán capacitarse y certificarse conjuntamente, permaneciendo como binomio durante las operaciones.

7.1 Acreditación Documental

7.1.1 Aprobación del Procedimiento Operativo Teniendo en cuenta que el despliegue de CDM en el terreno, su alcance, sus limitaciones, etc., dependen del entrenamiento que estos han recibido, y la voluntad de las ODH para la actividad para la que será usado, este Estándar Nacional establece unas guías técnicas generales que deberán ser acogidas por las ODH, sin embargo estas podrán seguir sus propios criterios para la definición de algunos aspectos de la operación. En todo caso, las ODH deberán desarrollar en sus POA como mínimo los aspectos que se enumeran a continuación:

a. Cuándo se utilizará el CDM en operaciones de liberación de tierras. b. Las Normas de Seguridad y limitaciones para el uso de los CDM. c. Responsabilidades y roles del personal del binomio, así como del resto del equipo en el área de

trabajo d. Los diferentes métodos de búsqueda que serán utilizados por los CDM, de acuerdo con las

condiciones del área de trabajo (Traílla larga, traílla corta o sin traílla). e. Equipo para los caninos y el equipo de protección personal para el guía canino. f. La rutina diaria de la que se encarga el guía o el cuidador del canino (programas de salud

ocupacional y cuidado del canino) de acuerdo con los aspectos mínimos para revisión diaria establecidos en el Anexo A. Este anexo provee los mínimos criterios que deberán ser revisados diariamente. La ODH deberá hacer un registro de la conducción diaria de la revisión, y deberá diligenciar el formato completo solamente en el caso de hallazgos anormales en la condición física del canino. El guía y el líder del equipo determinarán si es necesario retirar el canino de las operaciones o si está en condición de continuar con el trabajo.

g. Establecimiento de áreas de rutina y entrenamiento diario. Número de piezas de prueba, características y rotación o cambio de áreas de rutina y entrenamiento. La ODH deberá desarrollar este aspecto en sus POA de acuerdo con lo establecido en el IMAS 9.41 numeral 6.3

h. Responsables y procedimiento para el mantenimiento de los registros internos de re entrenamiento y evaluación.

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i. Rutinas de trabajo para los CDM y establecer los criterios de rotación. Sin embargo, la duración de

cada periodo de búsqueda para cada CDM, la decidirá el guía del CDM, de acuerdo con el desempeño del CDM.

j. Para el uso de los CDM en pares, se deberán rotar sistemáticamente, entre los roles de búsqueda primaria y secundaria. Esta rotación se deberá realizar varias veces al día.

k. describir la señal de indicación del canino que en cualquier caso deberá ser pasiva. l. indicar y describir cuál es el patrón de búsqueda. m. Se deberá indicar, cómo se marcarán los recintos de búsqueda. El marcado de los recintos de

búsqueda y las sendas de cruce, durante el establecimiento de sitios de trabajo del CDM, se ajustará a los requerimientos generales de marcación establecidos por los Estándares Nacionales o en su ausencia al Estándar Internacional que desarrolle el tema.

n. La Organización deberá definir las responsabilidades de gestión y supervisión en los casos en los que equipos CDM sean utilizados.

o. La ODH deberá definir de manera clara el sistema de identificación de sus caninos, la utilización de chips, tatuajes u otras formas, y la ubicación normal de estas marcas de identificación. Todos los caninos presentados a acreditación deberán tener una única identificación.

7.1.2 Evaluación de registros internos de entrenamiento.

Durante los últimos 60 días antes de la finalización del entrenamiento, La ODH deberá enviar sus registros internos de entrenamiento al DAICMA así:

El primer reporte deberá ser enviado 30 días antes de finalizar el entrenamiento, presentando

los registros internos de los 30 días anteriores a la fecha de la presentación del reporte.

El segundo reporte deberá ser entregado al finalizar el entrenamiento, cubriendo los últimos 30

días del mismo y añadiendo los registros y resultados de la evaluación interna de la ODH.

Si la ODH cuenta con binomios/caninos entrenados en centros de entrenamiento por fuera de su propia estructura, deberá proveer los registros de los últimos 60 días del entrenamiento.

7.2 Evaluación de capacidad operacional DAICMA y el organismo de monitoreo diseñarán los ejercicios de acreditación de acuerdo con lo presentado por cada ODH en los POA, en lo que se refiere a las técnicas de despliegue, rendimiento diario esperado para los caninos, manejo de vegetación, periodos de tiempo de trabajo, etc. De esta manera DAICMA busca recrear durante la Acreditación una condición que refleje de la mejor manera los escenarios de operaciones en los que serán desplegados los CDM.

7.2.1 Tamaño del área de evaluación: La ODH deberá establecer cuál es el área que espera pueda ser intervenida por un CDM durante una rutina diaria de trabajo. DAICMA reducirá el tamaño declarado por la ODH en el 20%, de tal manera que el 80% restante constituye el tamaño del área para evaluación. Cada canino será evaluado en áreas diferentes. Las áreas donde se realiza la evaluación de un canino no serán usadas por la Autoridad Nacional para hacer una nueva evaluación en un periodo mínimo de 7 días.

7.2.2 Conformidad con los Procedimientos Operacionales El guía deberá seguir sus procedimientos operacionales durante la evaluación. Sin embargo, algunas desviaciones a los mismos podrán ser solicitadas con anticipación por el gerente de la evaluación, esto

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con el fin de facilitar la evaluación. P.e. continuar con la búsqueda tras la indicación de haber encontrado el objetivo, tener flexibilidad frente a condiciones de viento, etc.

7.2.3 Dirección y velocidad del viento El guía canino deberá identificar la dirección del viento e iniciar la búsqueda de acuerdo a esta y sus POA. Podrá cambiar la dirección de la búsqueda en cualquier momento.

7.2.4 Pausas y finalización de la prueba El guía canino podrá realizar pausas a su canino en cualquier momento durante la evaluación. Adicionalmente, el guía canino podrá dar por finalizada la evaluación si considera que el CDM no está realizando la tarea de acuerdo a lo esperado o se encuentra en una condición de desconcentración. La finalización de la evaluación no implica una no aprobación. Por lo tanto, la ODH deberá acordar con el organismo de monitoreo y DAICMA otro momento para volver a realizar la prueba.

7.2.5 Requerimientos mínimos para la aprobación de la evaluación Se determinará que un Binomio canino de despeje ha aprobado una evaluación cuando:

El CDM cubre, siguiendo los patrones de búsqueda establecidos en el POA, el 100% del área

designada para la evaluación.

El CDM logra hallar el 100% de los objetivos instalados.

Todas las indicaciones positivas realizadas por el CDM están dentro de un radio de un metro con

respecto a la ubicación real de la pieza de prueba indicada.

7.2.6 Criterios para determinar que el binomio ha fallado la evaluación Se determinará que un Binomio canino ha fallado una evaluación y se suspenderá la prueba cuando:

El CDM genera la tercera falsa indicación durante la prueba

El CDM pasa por alto alguno de los objetivos

El CDM tiene una indicación activa en el área de prueba (correr, rasguñar, tocar el elemento de

prueba o alterar la superficie)

El guía canino falla en la conducción de los patrones de búsqueda o método de detección, y no

corrige las fallas, permitiendo que una porción del área de acreditación no sea cubierta por el

canino.

7.2.7 Procedimiento en caso de no aprobación de un binomio. Cuando un binomio pierde una evaluación de acreditación, la ODH puede volver a presentar su binomio a un nuevo ejercicio pasados 7 días hábiles. En el caso en el que el binomio pierda por segunda vez el ejercicio, la ODH podrá presentarlo nuevamente a evaluación pasados 30 días calendario, y adjuntando los registros del rentrenamiento. En el caso en el que el canino falle por tercera vez, y de acuerdo con la evaluación de desempeño de la ODH en la utilización de técnica canina, esta podrá presentarlo por última vez pasados 12 meses de la fecha de la última evaluación, adjuntando los registros de reentrenamiento a DAICMA. Si la composición del equipo para la ODH es de un guía por dos caninos, el gerente de la evaluación podrá permitir continuar la evaluación con el segundo canino.

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7.2.8 Conducción de la prueba. El Guía canino indica al gerente de la evaluación el momento en el que se encuentra listo para iniciar el ejercicio. Posteriormente, el canino deberá realizar en el área el proceso normal que esta descrito en sus POA. En la totalidad del área de evaluación estarán instalados entre 6 y 7 objetivos (ver anexo E), de acuerdo con el diseño de la evaluación, y existirán partes del área que se encuentran vacías. A medida que el CDM avanza, el guía es quien determina cuando marcar una indicación positiva. Por regla general, la sustancia contenida en los objetivos instalados para la evaluación estará enterrada a 13 cm y tendrá un peso no menor a 70gr; además el diseño de los objetivos buscará reflejar las características de los artefactos que se espera hallar durante las operaciones. Para marcar la indicación positiva, el guía con traílla larga deberá indicar con una estaca en la línea base, el gerente de evaluación ingresará al área y el guía será quien le determina el lugar exacto en el que desea marcar la indicación del canino. El guía con traílla corta podrá hacer la marcación directamente sobre la indicación de acuerdo a los POA de la ODH. Incluso si la indicación es falsa, el gerente de la evaluación permitirá que se continúe con el ejercicio hasta que el canino genere la tercera indicación falsa. Si el CDM incurre en alguna de las causas para el fallo de la evaluación, el evaluador detendrá de manera inmediata la evaluación y notificara al guía sobre lo ocurrido.

TÉCNICA DE OPERACIONES CON CANINOS 8.

8.1 Métodos de despliegue La utilización de caninos puede hacerse organizando el sitio de trabajo de tres maneras:

8.1.1 Preparación de cajas De acuerdo con su POA, la condición del terreno y el conocimiento acerca de la contaminación, la ODH podrá preparar áreas cuadradas de 10m x 10m, usando técnica de despeje manual o mecánico para abrir las sendas que determinen los perímetros de estas cajas que serán de mínimo 2 metros de ancho, y que constituirán además las rutas de evacuación y transito seguro en el área. El avance lateral en las cajas no deberá ser mayor de 50cm, una vez el CDM ha inspeccionado la senda a los 10m de fondo.

Figura 1. Modelo de organización del sitio de trabajo en cajas

-----10m------

-----10m------

2m

50 cm

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

8.1.2 Preparación de paneles De acuerdo con su POA, la condición del terreno y el conocimiento acerca de la contaminación, la ODH podrá preparar áreas rectangulares de máximo 50m sobre el área que se considera segura x 10m de fondo, usando técnica de despeje manual o mecánico para abrir las sendas que determinen los perímetros de estas cajas de mínimo 2 metros de ancho, y que constituirán además las rutas de evacuación y transito seguro en el área. El avance lateral en los paneles deberá ser de 50cm, cuando el canino ha inspeccionado la senda a los 10m de fondo.

Figura 2. Modelo de organización del sitio de trabajo en paneles

8.1.3 Rastreo desde línea base El binomio puede ubicarse desde la línea base, especialmente para el tratamiento de caminos, y permitir que los CDM investiguen el terreno manteniendo sendas de 50cm de ancho por hasta 10m de fondo. Después de que los dos caninos han completado la franja que se está inspeccionando, el guía moverá la línea base máximo 9 metros a partir de la línea base original, para usar esta nueva como punto de partida y repetir el proceso.

Figura 3. Modelo de organización del sitio de trabajo en rastreo desde línea base

8.2 Patrones y Métodos de Búsqueda Existen dos formas del manejo de los caninos para las operaciones en las que sean usados durante el proceso de liberación de tierras y desminado humanitario:

8.2.1 Traílla Larga Con la utilización de este patrón, el CDM busca en una serie de sendas paralelas rectas de 50cm de ancho, con una longitud de hasta 10m de fondo. La ODH podrá, solo si está acreditada para ello, desplegar este patrón sin correa.

8.2.2 Traílla corta El CDM busca en una serie de sendas paralelas rectas de 50cm de ancho. El guía del CDM, debe caminar al lado del canino siempre ubicado sobre la línea base, es decir en una zona que ya ha sido despejada o que desde el principio se consideró segura.

-----10m------

--Max. 50m------

-----10m------ Línea B

ase

Patrón de Búsqueda

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

Durante el proceso de despeje con CDM deberá asegurarse lo siguiente: a) la búsqueda deberán ajustarse a lo definido como patrón de búsqueda en los POA de la ODH b) los CDM deberán realizar la búsqueda del 100% de la caja o panel, sin dejar alguna porción por revisar c) los CDM deberán buscar con el hocico cerca al suelo durante todo el tiempo de la búsqueda y d) Ni el guía canino, ni ninguna otra persona deberá entrar a un área sospechosa antes que haya sido inspeccionada por dos CDM.

8.3 Composición mínima de un equipo de estudio técnico y/o despeje con técnica canina Para la utilización de caninos, las ODH deberán desplegar como mínimo los siguientes roles:

Un (1) responsable de la supervisión del equipo de acuerdo con los POA. Este responsable

deberá haber sido formado como guía canino y conocedor de cualquiera de las técnicas

desplegadas en el área.

Un (1) Guía canino

Dos (2) caninos

Dos (2) desminadores manuales

Una (1) persona responsable del apoyo médico para el personal de acuerdo con los POA y el

Estándar Nacional de apoyo médico.

Con excepción del responsable de la supervisión del equipo, la ODH puede delegar más de un rol en una persona que conforma su equipo. Si la ODH no cuenta con apoyo médico externo en el sitio de trabajo, en ningún caso la composición del equipo puede ser menor a 3 personas formadas para brindar el apoyo médico en el caso de una emergencia y al menos una adicional que pueda cuidar de los caninos en el área.

8.4 Conducción de la técnica en Operaciones Los caninos son una herramienta que en combinación con otras, y siguiendo una secuencia de pasos, podrá garantizar que en un área que se presumía contaminada, se han eliminado los artefactos explosivos y con esto el riesgo a la vida y la movilidad de las personas. Las ODH podrán determinar los detalles de la conducción de la técnica en su PO, sin embargo deberán seguir como mínimo la siguiente secuencia de acciones:

8.4.1 Remoción de cobertura vegetal Los CDM solo pueden ser desplegados en áreas donde el guía puede tener línea de vista directa con el canino todo el tiempo durante el avance de la senda. En los casos en los que la vegetación impide la visibilidad del guía, la ODH podrá utilizar máquinas para preparar el terreno de acuerdo con lo que se ha establecido en el POA. En los casos en la que la vegetación no impida la visibilidad, no será necesaria la eliminación completa de la vegetación. El guía deberá determinar si el CDM puede trabajar de manera segura, y la ODH deberá describir este procedimiento en sus POA.

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

8.4.2 Revisión del terreno con los caninos Independientemente de la actividad para la cual los caninos son usados en áreas peligrosas, áreas peligrosas confirmadas, la revisión del terreno o rastreo deberá hacerse como mínimo con dos caninos diferentes, antes de poder establecer una conclusión sobre el terreno. Para los casos de utilización de caninos para el control interno de calidad, un solo canino será suficiente para completar este proceso. En el caso en que durante la revisión con el primer canino, este genere una indicación, el guía deberá suspender el proceso de revisión en esa porción del área, marcar la indicación, y podrá mover el CDM a otra porción del área, respetando la zona de contingencia de la señal, o podrá detener la revisión e iniciar la investigación de manera inmediata.

8.4.3 Marcación de una indicación En el caso en el que la señal no será investigada de manera inmediata, el guía canino debe establecer: una marca en las líneas de base cuando se trate de cajas o paneles, que indique la senda y la altura en la que se encuentra la señal; o en los casos de rastreo desde línea base, ubicará una marca en esta. La ODH deberá desarrollar esta acción en sus POA.

8.4.4 Investigación de una indicación El encargado de la Supervisión del área deberá garantizar que se acceda desde un área segura o que ha sido previamente despejada hasta un metro antes de la indicación, donde se iniciará el proceso con técnica manual. En el caso en que no se pueda acceder a la indicación por sendas seguras o despejadas, el responsable de la tarea deberá garantizar que se inicie el procedimiento de técnica manual desde la línea base, de acuerdo con los POA de la ODH. En ningún caso el área a investigar alrededor de la indicación podrá ser inferior a 1 metro a cada lado del punto de indicación. Si el barrido con técnica manual en esta área determinada no resulta en un hallazgo de MAP, debe quedar determinado en el POA de la organización el procedimiento a seguir al presentarse indicaciones falsas.

8.4.5 Acciones al descubrir un artefacto explosivo La ODH debe determinar en sus POA, si hará la destrucción inmediata o de lo contrario, la manera en la que marcará el hallazgo, así como los pasos a seguir una vez se concluye la investigación de la señal. En todos los casos, si el artefacto explosivo permanece por más de 7 días en el terreno, la ODH deberá enviar a DAICMA el reporte de No Destrucción y la propuesta para la misma.

8.5. Requerimientos Mínimos para el despliegue

8.5.1 Seguridad Las siguientes precauciones generales de seguridad deberán ser consideradas y aplicadas durante las tareas con técnica canina:

a. Las sendas de seguridad para la técnica canina deberán garantizar un acceso seguro para que el

equipo de CDM pueda adelantar y seguir sus procedimientos y en ningún caso podrán ser

inferiores a 2 metros de ancho.

b. No está permitido que los Guías caninos lleven, porten o utilicen objetos que puedan distraer al

canino o al mismo guía o alterar la seguridad en el sitio mientras estén trabajando.

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

c. Las distancias mínimas de seguridad entre CDM serán las mismas que se han determinado en el

Estándar Nacional de Señalización, Marcación y Organización del sitio de Trabajo.

8.5.2 Equipo de Protección personal Un adecuado y efectivo equipo de protección personal deberá ser usado por los Guías caninos conforme este definido en los POA de la ODH.

8.5.3 Transporte de los CDM. Los CDM se deberían transportar, cargar y descargar de los vehículos de manera que prime la salud y el bienestar de los animales en todo momento. Los POA de la ODH deberán asegurar el cumplimiento de la legislación nacional en la materia, y que como mínimo se apliquen las siguientes instrucciones:

a. Los CDM deberán ser transportados siempre en caniles, perreras o jaulas que han de sujetarse

adecuadamente para evitar el movimiento o deslizamiento de ellos.

b. Las Jaulas de transporte ideales deberían estar hechas de fibra de vidrio, de metal o de plástico rígido, ya que estas son más fuertes y permiten su limpieza y desinfección con más facilidad que las jaulas de madera. Las jaulas de transporte deben tener un marco fuerte, sin sobresalir clavos o tornillos. Las jaulas de metal se deberían evitar en climas muy calientes o fríos debido a la conductividad térmica del metal.

c. Se debe asegurar que ningún canil o perrera se pueda soltar durante el transporte. d. La ODH debe definir en sus POA la forma segura en la que realizará el transporte de los caninos. e. Se debe garantizar que los orificios de ventilación de los caniles o perreras estén libres de

cualquier obstrucción. f. Cuando se tengan que cubrir largas distancias, se deben planificar adecuados descansos para

facilitar y asegurar que los CDM pueden ser liberados para tomar agua y evitar su fatiga. g. Durante el transporte, los CDM deben ir acompañados de su guía u otra persona de confianza

del canino. Los CDM no deben ser desatendidos innecesariamente durante el transporte.

CUIDADOS MÉDICOS DE LOS CANINOS 9.

9.1 Requisitos en el sitio de trabajo Durante el desarrollo de operaciones la ODH deberá garantizar el cumplimiento de los siguientes requisitos en el sitio de trabajo para adelantar operaciones con caninos.

1. Mantener en todo momento agua suficiente para los caninos. 2. Verificar que los CDM tengan los descansos indicados en los POA de la ODH. 3. Si un CDM no está motivado para hacer el trabajo, este no deberá trabajar. 4. En caso de lesión o enfermedad, la ODH debería mantener disponible y en todo momento, un transporte adecuado para la evacuación del CDM al centro de salud veterinario más adecuado. 5. Considerar procedimientos para contrarrestar las amenazas de perros callejeros y otros animales. 6. Proveer adecuadas protecciones que garanticen que los CDM no se mantienen en el sol o en condiciones que no ofrecen temperaturas aceptables para su rendimiento.

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

9.2 Soporte Médico Veterinario Las organizaciones de desminado humanitario deberán garantizar a sus CDM atención médico veterinaria de manera permanente y prioritaria en caso de ser necesario. Igualmente, deberá programar chequeos médicos veterinarios de control al menos cada 60 días calendario y consignar los resultados de acuerdo con el anexo B. Cuando los CDM están operando se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a. Deberá tener acceso a servicios médicos veterinarios prioritarios en caso de ser requeridos, así

mismo el guía canino deberá tener conocimientos básicos en primeros auxilios veterinarios.

b. El equipamiento médico apto deberá estar disponible en el sitio para el tratamiento de los CDM.

La Organización deberá presentar en sus PO los contenidos mínimos de los elementos que

conformarán estos equipos médicos de acuerdo con el anexo D de este Estándar.

c. Debe haber un plan de evacuación de emergencias para caninos por cada área peligrosa, que

incluya procedimientos para extraer al CDM de manera segura del área y transportarlo a través

de la ruta más rápida y segura para ofrecerle el soporte veterinario adecuado. La Organización

deberá establecer en los planes los centros de atención médica veterinaria más cercana y los

niveles de atención en cada uno.

d. La ODH debe cumplir todos los demás requerimientos establecidos por la legislación colombiana

para el uso y tenencia de caninos.

Cuando los CDM no están operando por ejemplo, durante horas no laborales o en fines de semana:

a. Se debe designar una persona con el conocimiento y las destrezas requeridos para prestar

tratamiento médico veterinario a los caninos, que se encuentre disponible para recibir una

llamada de emergencia.

b. Debe haber un plan para el transporte de caninos enfermos o lesionados a las instalaciones

veterinarias adecuadas.

Se deberá mantener un registro de la historia clínica de cada CDM. La información sobre vacunación, demás profilácticos, desparasitación, enfermedad, lesiones y cualquier tratamiento médico, se debe incluir en la historia clínica. Los aspectos mínimos de salud que deberán ser incluidos en la historia clínica se detallan en el Anexo D; cada organización podrá establecer aspectos adicionales si lo considera necesario.

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

RESPONSABILIDADES 10.

10.1 Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal

1. Acreditar los CDM de las ODH conforme lo define el estándar nacional. 2. Implementar un sistema de aseguramiento de calidad y control de calidad para asegurar la efectividad, eficiencia y seguridad de los CDM en el proceso de liberación de tierras. 3. Asesorar a las ODH interesadas en el empleo de técnica canina. 4. Establecer sistemas de información y procedimientos para la recolección de datos sobre las operaciones de desminado con técnica canina y de seguimiento. 5. Monitorear la efectividad de la técnica canina dentro del proceso de Liberación de tierras.

10.2 Las Organizaciones de Desminado Humanitario

1. Obtener la acreditación para cada CDM que será empleado en operaciones de desminado humanitario. 2. Emplear los CDM conforme al estándar nacional y a los Procedimientos Operacionales Aprobados de la ODH. 3. Implementar un Sistema de Gestión de Calidad Interno que garantice la calidad de los resultados de los procedimientos realizados con técnica canina. 4. Someterse al monitoreo externo establecido por DAICMA 5. Coordinar con DAICMA la realización de operaciones con la técnica canina y mantener actualizado su plan de acción. 6. Recolectar las informaciones específicas requeridas en los formatos establecidos por DAICMA para tareas con Técnica Canina. 7. Actualizar y entregar a DAICMA copia de la documentación y registros acumulados durante la realización de operaciones con la técnica canina. 8. Establecer sistemas y procedimientos para garantizar que los CDM operan con eficacia, eficiencia y seguridad y mantienen las condiciones en las cuales fueron acreditados. 9. Asegurar que la ODH cuenta con suficiente personal calificado en el área de trabajo que le permite cubrir todos los aspectos que las operaciones de desminado humanitario con técnica canina imponen conforme a este estándar nacional. 10. Asegurar que todo el personal responsable de la atención de la salud ocupacional y general de los CDM están debidamente calificados.

REGISTRO DE INFORMACIÓN 11.

La organización de desminado humanitario deberá cerciorarse que se prepare un libro de registro para cada CDM. El propósito del libro de registro es ofrecer a la organización de desminado y a los grupos de monitoreo, una evaluación escrita continua de la habilidad de búsqueda del CDM.

Es importante que los guías caninos, los entrenadores, el veterinario y la gerencia de una organización puedan seguir el desarrollo de un CDM diariamente. La evaluación diaria de cada CDM se escribirá en el libro de registro antes de iniciar el trabajo cada mañana. La evaluación del trabajo del CDM también se deberá escribir en el libro de registro una vez finalizada la búsqueda. Debe también contener documentación detallada del trabajo diario del CDM, incluyendo planos del área despejada. El guía canino o el líder del grupo junto con el guía canino, escribirán en el libro de registro. Si el guía canino no ha escrito en el libro de registro, entonces deberá firmar el registro después de cada entrada para confirmar su precisión. El libro de registro se deberá almacenar de acuerdo con la ley de archivo

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

nacional. El libro de registro se mantendrá por parte del funcionario de la ODH asignado y se presentará a los equipos de Aseguramiento de Calidad a solicitud. Se adjuntará una copia de la hoja de trabajo diaria en el informe de culminación. De igual manera se deberá actualizar con la historia clínica de cada CDM. Anexo D.

REGISTROS DE ENMIENDAS 12.

Los Estándares Nacionales de Desminado Humanitario están sujetos a revisiones periódicas anuales como mínimo, y con ocasión de la necesidad. Sin embargo, hasta que se haga una revisión del documento, pueden hacerse enmiendas a los textos con el fin de mejorar la seguridad y eficiencia operacional o por razones editoriales. Las enmiendas serán registradas en la tabla incluida en este capítulo y su inclusión se verá reportada en la carátula de este Estándar Nacional de Desminado Humanitario. Cuando se realice la revisión periódica del Estándar Nacional de Desminado Humanitario puede producirse una nueva edición del documento, en cuyo caso, el nuevo texto contendrá todas las enmiendas registradas a la fecha y la tabla de enmiendas volverá a estar en blanco. Para consultar una lista de los Estándares Nacionales de Desminado Humanitario vigentes con sus enmiendas, por favor dirigirse al sitio de Internet: www.accioncontraminas.gov.co

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

ANEXO A PUNTOS DE CHEQUEO DIARIO 13.

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

ANEXO B. FORMATO DE CONTROL MEDICO 14.

CONTROL MEDICO HC N° _____

DATOS DEL PACIENTE

NOMBRE CDM: FECHA ____ _____ ____

N° MICROCHIP: PESO:

GUIA ASIGNADO:

VACUNACION

FECHA VACUNACION: ___ ___ ___ TIPO VACUNA:

PROXIMA VACUNACION: ___ ___ ___ MARCA/LOTE VACUNA:

DESPARACITACION

INTERNA FECHA: ___ ___ ___ PRODUCTO:

EXTERNA FECHA: ___ ___ ___ PRODUCTO:

CONSTANTES FISIOLOGICAS

F/C: _____ /min FR: _____ / rpm TLC: _____ / s Pulso: F_ L_ C_ TEMP: _____ C°

ESTADO HIDRATACION: ESTADO CONCIENCIA:

E/G: MUCOSAS:

ANAMNESICOS

EXAMEN FISICO

LISTA DE PROBLEMAS

1. 2.

3. 4.

DX PRESUNTIVO: DX DIFERENCIAL:

EXAMENES LABORATORIOS

1 2

3 4.

AYUDAS DIAGNOSTICAS

1 2

3 4.

DX DEFINITIVO:

TRATAMIENTO

N° MEDICAMENTO DOSIS DESCRIPCIÓN

1

2

3

4

5

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

MEDICO VETERINARIO FIRMA ________________________________ POSFIRMA ________________________________ R.M. ________________________________

SEGUIMIENTO DEL PACIENTE

FECHA OBSERVACIONES (DATOS, ANALISIS, DIAGNOSTICOS Y TERAPEUTICA)

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

ANEXO C. ELEMENTOS NECESARIOS QUE DEBERÁ CONTENER UN BOTIQUÍN 15.

PARA UN CDM

Al preparar un botiquín de primeros auxilios para CDM se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

Número y tamaño de CDM que pueden necesitarlo.

Cualificación y experiencia del personal encargado para la atención de urgencias y atención veterinaria.

Distancia y tiempo de desplazamiento desde el lugar donde se pueda requerir la utilización del botiquín, hasta el punto donde se brinde la atención veterinaria de urgencia en el caso de que fuera necesaria.

1. Normas Generales Básicas

Estar accesible para cualquier guía canino que requiera utilizarlo; todo el personal debe conocer su situación y acceso.

Debe revisarse periódicamente para eliminar productos y medicamentos caducados o deteriorados.

Debe tener un inventario escrito en el que aparezca una lista con todo su contenido.

Todos los medicamentos deben incluir su prospecto y/o instrucciones de uso.

Deben protegerse los productos estériles y sensibles a la humedad.

El contenedor utilizado debe ser apropiado y acorde al número de productos que integran el botiquín canino.

El punto de almacenamiento debe ser apropiado protegido del calor excesivo, la luz solar directa y la humedad. Teniendo en cuenta factores medio ambientales y la disponibilidad para su uso.

Se recomienda un contenedor hermético y resistente.

El botiquín debe poder manejarse y trasladarse con rapidez y comodidad al lugar que se requiera.

No debe ser “compartido” para las personas y los caninos.

2. Materiales de autoprotección

Guantes de látex

Guantes de cuero grueso

Un bozal del tamaño (y modelo) adecuado para los CDM empleados.

Una manta o una toalla

3. Materiales e insumos médicos

Tijeras romas

Pinzas con garra

Termómetro digital

Jeringas desechables (diferentes tamaños)

Algodón

Gasas ( estériles- curación)

Peróxido de hidrógeno

Vaselina / lubricante

Compresa fría o caliente instantánea (paquetes de gel)

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

Compresas estéril

Venda estéril

Alcohol

Venda elástica

Esparadrapo

Bolsas rojas

4. Medicamentos

Antiinflamatorio tópico e inyectable

Antidiarreico

Antialérgico

Antibióticos

Solución salina

Lactato de Ringer

Dextrosa al 5%

Antisépticos

Lágrimas artificiales

Suero fisiológico estéril

Antibióticos tópicos.

Analgésicos

Cicatrizantes

NOTA: estos medicamentos serán utilizados bajo la supervisión y/o recomendación de un médico

veterinario

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

ANEXO D. HISTORIA CLÍNICA CANINA 16.

HISTORIA CLINICA CANINA N° ______

DATOS DEL PACIENTE

NOMBRE CDM: FECHA ____ _____ ____

N° MICROCHIP: PESO:

RAZA: SEXO: COLOR:

FECHA NAC. ALZADA: ESPECIALIDAD:

PREDIO: MCIPIO: DPTO:

PELAJE: TATUAJE: CIRUGIAS:

ESTADO REPRODUCTIVO: CICATRICES:

AMBIENTE: N°ANIMALES/CANIL:

GUIA ASIGNADO:

PROPIETARIO:

ALIMENTACION

TIPO DE DIETA: MARCA:

N° RACIONES DIA: RACION TOTAL DIA:

FUENTE DE AGUA: TOTAL AGUA CONSUMIDA/DIA:

VACUNACION

FECHA VACUNACION: ___ ___ ___ TIPO VACUNA:

PROXIMA VACUNACION: ___ ___ ___ MARCA/LOTE VACUNA:

DESPARACITACION

INTERNA FECHA: ___ ___ ___ PRODUCTO:

EXTERNA FECHA: ___ ___ ___ PRODUCTO:

CONSTANSTES FISIOLOGICAS

F/C: _____ /min FR: _____ / rpm TLC: _____ / s Pulso: F_ L_ C_ TEMP: _____ C°

ESTADO HIDRATACION: ESTADO CONCIENCIA:

E/G: MUCOSAS:

ANAMNESICOS

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

EXAMEN CLÍNICO POR SISTEMAS SISTEMA DIGESTIVO: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ SISTEMA RESPIRATORIO: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ SISTEMA CARDIOVASCULAR: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ SISTEMA GENITOURINARIO: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ SISTEMA NEUROLÓGICO: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ SISTEMA LINFÁTICO: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ SISTEMA MUSCULO ESQUELÉTICO: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ SISTEMA ENDOCRINO: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ PIEL Y ANEXOS: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

LISTA DE PROBLEMAS

1. ________________________________ 2. ________________________________

3. ________________________________ 4. ________________________________

5. ________________________________ 6. ________________________________

DIAGNOSTICO PRESUNTIVO ________________________________________________________________________________ DIAGNOSTICO DIFERENCIAL 1. ________________________________ 2. _________________________________

EXÁMENES LABORATORIO

1. ________________________________ 2. ________________________________

4. ________________________________ 4. ________________________________

AYUDAS DIAGNOSTICAS 2. ________________________________ 2. ________________________________

5. ________________________________ 4. ________________________________

DIAGNOSTICO DEFINITIVO ________________________________________________________________________________ TRATAMIENTO

N° MEDICAMENTO DOSIS DESCRIPCIÓN

1

2

3

4

5

MEDICO VETERINARIO FIRMA ________________________________ POSFIRMA ________________________________ R.M. ________________________________

PROXIMO CONTROL ____ ____ ____

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[ 2.3.2 ] Estándares Nacionales de Desminado Humanitario

ANEXO E. SUSTANCIAS EXPLOSIVAS PARA BÚSQUEDA CON CDM 17.

N° SUSTANCIAS ASOCIADAS

1 Pólvora Negra

2 Nitrato de Amonio

3 Trinitrotolueno (TNT)

4 Ciclotrimetilentrinitramina (RDX)

5 Tetra Nitrato De Pentaeritritol O Pentrita (PENT)

6 Indugel Plus

7 Clorato de potasio