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Anexo 1 PROYECTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE EQUIPO DE TELECOMUNICACIONES EN EL CENTRO ARCHIVISTICO JUDICIAL RELACIONADOS CON EL PROGRAMA PARA LA MODERNIZACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN DE LOS ARCHIVOS BAJO RESGUARDO DE LA SCJN

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Anexo 1

PROYECTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE EQUIPO DE

TELECOMUNICACIONES EN EL CENTRO ARCHIVISTICO JUDICIAL

RELACIONADOS CON EL PROGRAMA PARA LA MODERNIZACIÓN EN LA

ADMINISTRACIÓN DE LOS ARCHIVOS BAJO RESGUARDO DE LA SCJN

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ANTECEDENTES. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al ser el máximo tribunal de justicia de los Estados Unidos Mexicanos, tiene la imperiosa necesidad de documentar toda y cada una de las acciones y resoluciones que se toman dentro del mismo; siendo necesario contar con una administración eficiente de cada uno de estos archivos. Para tal fin, se ha creado el Centro Archivistito Judicial, el cual tiene la función de clasificar, catalogar y resguardar toda la documentación generada por el máximo tribunal, durante diferentes épocas desde su implementación en el siglo XIX, así como, de diferentes órganos judiciales, como tribunales, juzgados, etc. Una manera eficiente de poder contar con toda esta documentación, de manera fiel y sin riesgo para la documentación original, es mediante la implementación de diversas herramientas tecnológicas que permitan su consulta desde una computadora personal. OBJETIVO. Implementar la infraestructura de tecnología de la información necesaria que permita proporcionar servicios de vanguardia, que soporte tecnologías de última generación. ALCANCE. Contar con los servicios profesionales de una empresa especializada en integración de soluciones en telecomunicaciones, con al menos cinco años de experiencia en el mercado, y con al menos tres años de experiencia comprobable en el suministro, instalación y puesta en operación de soluciones en ingeniería de cómputo y telecomunicaciones para realizar:

• El suministro, instalación y puesta en operación de los equipos de comunicación necesarios para los servicios de voz y datos, dentro de las instalaciones del Centro Archivistito Judicial, en Lerma, Estado de México.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS. Los requerimientos técnicos se plasman en el cuadro siguiente, este deberá ser llenado por las empresas que estén interesadas en brindar los servicios, marcando todos los renglones con una “X” en el cuadro que corresponda, siendo que si la marca “X” se encuentra en la casilla de la columna correspondiente a “SI”, quiere decir que brindará o cumplirá con los requerimientos y/o servicios que al renglón correspondan, las casillas que se encuentren sin llenar querrá decir que no cumplen con lo estipulado en el renglón correspondiente.

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Este cuadro será la base para la calificación de la Dirección General de Informática. No deberá de ser trascrito, sino fotocopiado y llenado a mano con tinta azul. El no realizarlo de la forma descrita será motivo de descalificación.

Equipos de Comunicaciones para Centro Archivístico Judicial en Lerma, Estado de México. Objeto del servicio a ser contratado:

Suministro, instalación y puesta en operación, del equipo de comunicaciones y telefonía, necesario para el Centro Archivístico de Lerma Edo. De México. Considerando garantías, mantenimientos y cursos de capacitación, así como todos los aditamentos necesarios para su interconexión entre sí y con los servidores.

1.1- Cantidad mínima de puertos requeridos, por IDF

Cumple

SI NO

MDF/Centro de Cómputo

48 Puertos 10/100/1000 BaseTx (24 al menos con PoE) 12 Puertos 1000BaseSX 8 Puertos de 10GB en fibra Multimodo 50 micras

IDF B

168 Puertos 10/100/1000 BaseTx (con capacidad de

crecimiento a 200 puertos) con PoE. 2 Puertos de 10GB en fibra Multimodo 50 micras

IDF C

48 Puertos 10/100/1000 BaseTx (con capacidad de

crecimiento a 200 puertos) con PoE. 2 Puertos de 10GBase-LR en fibra Multimodo 50

micras

Incluir para cada sitio: Fibra óptica, conectores, cables, tornillos para rack, herrajes, mano de obra, configuración, maniobras, mudanzas y todo lo que se considere necesario para su óptimo funcionamiento.

Para garantizar la máxima integración y su óptima implementación, todos los equipos propuestos deberán de ser de la misma marca.

1.2- Características técnicas y especificaciones de los equipos de comunicaciones.

SI

NO

Arquitectura

Los equipos propuestos deberán ser de chasis modular y tener la misma interface de administración CLI. Backplane pasivo, proceso distribuido con matrices de conmutación/procesador que funcionen en modo activo-activo con balanceo de carga. Con procesamiento local en capas 2 y 3 en cada modulo.

Tipo de Interfaces que

debe soportar el equipo

• Puertos 10Gb Ethernet (802.3ae) • Puertos SX o LX Gigabit Ethernet (802.3z) • Puertos 10/100/1000 TX Ethernet en RJ45. • Con soporte de Interfaces Power Over Ethernet

(802.11af) 10/100/1000. • Los módulos propuestos deberán soportar PoE.

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Fuentes de Poder

redundantes

Fuentes de alimentación redundantes con alimentación normalizada internacional 110/220 VCA.

Facilidades importantes

Equipos Modulares

Capacidad para el intercambio de todos los componentes en Activo (hot swap), es decir módulos de interfaces, fuentes de poder y matrices de conmutación.

Procesamiento local en los módulos de

interfaz

• Cada módulo deberá contar con tablas locales para switcheo y ruteo.

Versión de software

En todos los equipos la versión del software tendrá que ser la más reciente en el mercado y estar cargada en los equipos.

Memoria del sistema

Todos los equipos deberán tener instalada la memoria necesaria para trabajar eficientemente con todos los requerimientos mencionados en este apartado de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

Capacidades equipo de

MDF/Centro de cómputo

10 ranuras para módulos de interface mínimo 2 ranuras dedicadas para módulos de matriz de conmutación/procesador 900 Gbps ancho de banda en el backplane 572 Mpps mínimo Equipado con dos matrices de conmutación de al menos 700 Gbps cada una. 168,000 direcciones MAC

Capacidad equipo de IDF´s

6 ranuras para módulos de interface mínimo 2 ranuras dedicadas para módulos de matriz de conmutación/procesador 900 Gbps ancho de banda en el backplane 488 Mpps Equipado con dos matrices de conmutación de al menos 350 Gbps cada una. 128,000 direcciones MAC

1.3- Características de los equipos de comunicaciones en cuanto a Seguridad

SI

NO

Autenticación

Los equipos deberán soportar autentificación para la consola de administración local

IEEE 802.1x Port-Based Authentication

Rate Limiting Rate Limiting para tráfico de entrada, Directed Broadcast y Supresión de Broadcast

Soporte a listas de

acceso

Los equipos propuestos deberán permitir la creación de listas de acceso para filtrado por dirección IP, por número de puerto y tipo de protocolo,

Seguridad a nivel de Puerto

• Autentificación 802.1x por medio de EAPOL (Extensible Authentication Protocol Over LAN).

• Soporte de autenticación de múltiples usuarios por puerto físico.

Administración

• SSH V2 para acceso remoto a la consola. • SNMPv3 con encripción.

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Port Mirror

Port Mirror 1 a 1, N a 1, de módulo a módulo. Adicionalmente, por medio de un ACL se podrá determinar trafico especifico a Monitorear (Traffic Mirroring).

1.4- Características de los equipos de comunicaciones en cuanto a Protocolos soportados.

SI

NO

Protocolo de Enrutamiento y

Multicast

Deberán soportar como mínimo las versiones más recientes de los siguientes protocolos: BGPv4 IGP OSPF, Con autentificación MD5 OSPF ECMP Rutas Estáticas RIP v1/v2 IGMP v1/IGMP v2 IGMP Snooping ICMP ARP Proxy ARP Virtual Router Redundancy Protocol (VRRP) ACL Básicos y Extendidas DHCP Server/Relay PIM-SM PIM-DM Policy Based Routing . RIPng OSPFv3 BGP+ for IPv6 VRRPv3

VLANS

• 4094 VLANs. • Con soporte de Generic VLAN Registration

Protocol (GVRP). • Los equipos tendrán la capacidad de direccionar

el tráfico de VoIP a una VLAN específica.

Link Aggregation

Por medio de 802.3ad

Misceláneos

Otros protocolos que deberán soportar los equipos propuestos: 802.1s, 802.1x GVRP (Generic VLAN Registration Protocol) 802.1w Rapid-reconvergence of Spanning Tree 802.3x Flow Control 802.1d 802.1w 802.1p Class of service 802.1s MSTP Protección de BPDU

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1.5- Características de los equipos de comunicaciones para el Control de Tráfico

SI NO

Soporte de Jumbo Frames

Habilitado con esta funcionalidad.

Soporte a listas de

acceso

Los equipos deberán permitir la creación de listas de acceso extendidas (Capa 4), para filtrado por dirección IP, por número de puerto y tipo de protocolo.

Algoritmos para encolamiento de

trafico

Deberá soportar SP, Strict Priority, y WRR, Weighted Round Robin o la combinación de ambos, configurables por puerto.

QoS/CoS

• Soporte de protocolo 802.1p , DSCP y reescritura de TOS con al menos 8 colas en hardware por puerto.

• Para VoIP deberá soportar de manera transparente dispositivos en H.323 y SIP.

• Los equipos deberán tener la capacidad de direccionar el tráfico de VoIP a una VLAN específica.

Rate Limiting

Rate Limiting para tráfico de entrada. Directed Broadcast, Supresión de Broadcast.

1.6- Características de los equipos de comunicaciones para su Administración

SI

NO

Configuración

Permitir respaldar la configuración con capacidad para soportar al menos una imagen de respaldo, tanto de la versión de firmware como de la configuración.

Sistema de Archivo

Permitir la actualización de configuraciones y carga de firmware por medio de FTP y TFTP.

Otros

Radius TACACS+ SNMP V3 Telnet SSHv2 Command Line Interface Syslog NTP

Puerto de administración

Deberá contar con un puerto de consola

RMON Para la administración remota

Consola de Administración y

monitoreo

Se deberá incluir una consola de administración y monitoreo que maneje una Interface gráfica de administración, monitoreo y configuración basado en una arquitectura cliente servidor. Deberá ser posible el monitoreo de los todos los equipos instalados desde la consola solicitada y sus múltiples variables de SNMP, RMON y MIB´s Para garantizar la máxima integración y su óptima implementación todos los equipos propuestos deberán de ser de la misma marca.

1.7.- Características técnicas del sistema de telefonía

SI NO

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Generales de Equipamiento

requerido y conexiones.

• 1 sistema de telefonía con dos puertos de red 10/100 redundante.

• 40 teléfonos IP ejecutivos • Soporte de 6 Troncales Analógicas • Reportador detallado de llamadas • 400 Horas de correo de voz en español • 1500 casillas de correo de voz integradas • 40 puertos de IMAP4 incluir licencias • 40 puertos de TAPI incluir licencias • 1000 casillas de correo de voz para usuarios sin

teléfono físico integradas • Software de Administración vía SNMP versión 3 • Software de administración que genere un mapa de

la red de voz y datos en una interface gráfica en capa 2, 3 con soporte a subredes a nivel LAN y WAN.

• 2 puertos para FAX • Puerto de Música en espera • Puerto de alta voz • Configuración y puesta a punto • Conexión via WAN con el estándar IP-ToS • 300 Troncales SIP • Crecimiento de hasta 1500 dispositivos de red • Soporte de crecimiento de hasta 700 troncales

analógicas o digitales • 4 Puertos de Operadora Automática con un

crecimiento de al menos 70 puertos en español mexicano

• Compatible con funciones de Mensajería Unificada de Microsoft

Arquitectura para el servicio

Se requiere un sistema de telefonía IP que soporte las siguientes funcionalidades • Auto descubrimiento de los equipos de telefonía en

la red de datos • Información del sistema • Horas de trabajo • Fecha y Hora • SNTP • Configuraciones de Audio G.711 G7.29 • Supresión de Silencio • Soporte de Direcciones Multicast para conferencias • Códigos de Marcación • Call PickUp • Call Park • Conferencia • Transferencia • Voceo por Zonas • Patrones de Timbrado • Monitoreo de Llamadas • Marcaciones Rápidas • Funcionalidad de Whisper por sus siglas en ingles

Mantenimiento Debe soportar:

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• Realización de Respaldos • Restauración de Respaldos • Reinicio del Sistema • Password de Administrador • Reporte detallado de Llamadas • Reporte de todas las llamadas realizadas • Exportación de los reportes a formato XML • Reporte te tiempo en que se contesta la llamada • Reporte basado en el caller ID • Borrado de base de datos de reporte de llamadas

Usuarios Se debe proporcionar:

• Agregar, mover y modificar teléfonos vía interface gráfica

• Revisión del estado del teléfono • Soporte Jefe Secretaria • Camp ON • Creación de grupos de teléfonos para su

configuración • Modificación de Grupos de teléfonos • Soporte de grabación y monitoreo de llamadas • Música en espera • Modificación de botones de configuración acorde al

modelo de teléfono • Lámpara de Ocupado • Soporte de creación de grupos para programación

de botones • Soporte de correos de voz que no tengan asociado

un teléfono físico • Clase de Servicios basados en perfiles

predeterminados • Creación de Clases de servicios para llamadas

locales, internacionales, celular, WAN basado en horas de servicios y con código de marcación acorde al grupo

Correo de VOZ • Correo de voz por extensión • Password de Correo de voz • Integración unificada con correo de voz telefónico y

correo de voz vía cliente IMAP • Configuración de operadoras personales • Notificación externa • Estadísticas de Uso de correo de voz por puerto y

usuario • Operadora Automática • VPIM • Soporte SIP para integración de otros fabricantes

Plan de Marcación

• Integración de llamadas con equipos Alcatel a través de la WAN

• Soporte de algoritmos de compresión para llamadas en la WAN

• Soporte de métodos de Autenticación de llamadas en la WAN

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Miscelaneos • Soporte de TAPI • Soporte de al menos dos versiones de Hardware

diferentes a la que esté operando. • Herramienta de respaldo de la configuración • Reportes de lista de dispositivos activos • Reporte de la base de datos de usuarios • Reporte de estado del disco duro • Reporte de las fuentes de poder • SNMP • SNMP V3 • MIB • Syslog • Soporte de DHCP Opcion 184 • Caller ID • MD5 • SHA • DES

Estandares • H.323 • G.711 • G.729A/B • ADPCM • G.722 • 802.1d • 802.1p • 802.1q • 802.2 • 802.3af • 802.11 • IP • IP-ToS • Diffserv • UDP • DHCP • DNS • SIP • TAPI 2.1 • TAPI • IMAP4 • HTTP • SMTP • VPIM • RFC 1155 • RFC 1157 • RFC 1213 • RFC 1901 • RFC 2573 • RFC 2574 • RFC 2576 • VLAN

Teléfonos IP Ejecutivos

Los teléfonos IP deberán contener como mínimo las siguientes características: • Botón de acceso directo al buzón de correo de voz. • Botón de llamada en espera.

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• Botón de transferencia de llamadas. • Botón de conferencia. • Botón de remarcación. • Botón de enrutamiento al buzón de voz. • Botón de manos libres. • Botón de altavoz. • Botones de control de volumen. • Botón para desactivar el micrófono. • Display LCD de 2 x 24 caracteres. • Botones para manejar el directorio a través del

display • Botones de avance para búsqueda de los nombres

en el directorio. • Programación de botones para marcación rápida. • Lámpara de mensaje en espera. • Soporte de Power Over Ethernet 802.3af. • Dos puertos Ethernet 10/100Base-TX. • Montura para escritorio y pared. • Micrófono unidireccional. • Altavoz full-duplex. • Pantalla con capacidad de mostrar, número de

extensión, identificación de llamada, número de llamadas perdidas, estatus de las líneas.

Otras • El sistema de telefonía IP deberá de soportar la conexión de FAX y/o extensiones analógicas por medio de un convertidor de medios. • El sistema de telefonía IP deberá de soportar interconectarse con conmutadores TDM tradicionales vía los convertidores de medios, ya sea analógicos o digitales. • El sistema de telefonía IP deberá de soportar interconectarse con la red pública telefónica • Incluir curso de certificación de la solución propuesta por parte del fabricante

Incluir para su instalación: Fibra óptica, conectores, cables, tornillos para rack, herrajes, mano de obra, configuración, maniobras, mudanzas y todo lo que se considere necesario para su óptimo funcionamiento.

Para garantizar la máxima integración y su óptima implementación, el equipo propuesto deberá de ser de la misma marca que los de LAN.

1.8.- Instalación, Garantía y Mantenimiento del equipo de comunicaciones

SI

NO

Montaje

Todos los equipos se montarán en racks de 19 pulgadas. El licitante ganador deberá incluir todos los accesorios necesarios para este fin. El licitante ganador será responsable de montar el nuevo equipo, incluyendo la conexión de todos los cables de alimentación, UTP y fibras ópticas.

Se deberá incluir una garantía y póliza de mantenimiento por tres años, a partir de la puesta en operación de los equipos, con el reemplazo avanzado del equipamiento en caso de falla, con respuesta de restauración de

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Garantía y Mantenimiento

operaciones al 100% en cuatro horas para todos los equipos contratados. La empresa deberá contar con atención a reportes 7 x 24 x 365, con todos los procedimientos de atención y escalación entregados formalmente. Se requieren al menos dos mantenimientos preventivos al año en todos los equipos, el cual deberá ser efectuado por personal debidamente certificado y especificado en fecha y hora por la Dirección General de Informática. Se deberá incluir todas las actualizaciones de firmware y soporte telefónico 7 x 24. Es requisito indispensable entregar

• Copia de la póliza emitida por el fabricante y dirigida a la SCJN en la cual se especifiquen los productos cubiertos, el inicio del contrato y su duración.

• Garantía por escrito incluyendo a cada uno de los componentes suministrados por un lapso de tiempo mínimo de tres años directo con el fabricante.

Se deberán generar reportes bimestrales de eventos atendidos durante el periodo, ya sean preventivos o correctivos, especificando a detalle el tipo de evento, su resolución y las causas que lo originaron. El pago de estos servicios se hará mensualmente a mas devengado mediante la presentación de la factura correspondiente y con la validación de la Dirección General de Informática a su total satisfacción.

1.8- Consideraciones Generales

SI NO

• El licitante ganador deberá de realizar de manera obligatoria una visita a sitio para conocer las condiciones donde operará la solución y será condición para poder participar en el procedimiento. Es responsabilidad del participante hacer saber sus observaciones respecto al alcance, resultado de la visita.

• El licitante ganador deberá de considerar todos los insumos, materiales, mano de obra y todo aquello necesario para la óptima implementación, funcionamiento y puesta en marcha del proyecto.

Trabajos previos

• La empresa licitante ganadora tendrá que designar un líder de proyecto, para la supervisión y ejecución de los trabajos de instalación y puesta en marcha.

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• Dentro de la propuesta técnica se deberá incluir un plan de trabajo completo que incluya diagramas de conexión, cronograma y logística, mismo que deberá de revisarse con personal de la Dirección General de Informática para su aprobación antes de comenzar con los trabajos relativos al proyecto.

• Contar con los servicios profesionales de un especialista certificado en PMI. Quien será el responsable de generar el Plan de Trabajo que contemple: actividades, comunicación, abastos, Recursos Humanos, etc. El seguimiento del proyecto se hará utilizando Project Management.

• En caso de que la empresa participante requiera la contratación o subcontratación de un tercero, deberá hacerlo del conocimiento de esta Suprema Corte por escrito.

• La empresa participante deberá contar con cartas del fabricante como obligado solidario, asimismo, deberá tener carta del fabricante avalando la capacidad técnica del mismo y las certificaciones actualizadas necesarias para efectuar el proyecto.

• El proveedor deberá presentar carta del fabricante reconociéndolo como proveedor autorizado. No se admitirán cartas de apoyo del fabricante a través de un tercero (Distribuidor o Mayorista).

1. Los horarios propuestos para laborar, una vez adjudicado el proyecto, serán: • de las 9:00 horas y hasta las 20:00 horas de

lunes a viernes. • Sábados y Domingos se podrá laborar las 24

horas, por lo que es responsabilidad de la concursante ganadora, definir a detalle dichos tiempos, y contar con los insumos materiales, humanos y financieros necesarios para cumplir con el plan de trabajo previamente establecido.

• Se podrá laborar los días feriados y festivos, si la empresa ganadora así lo manifiesta con 48 horas de anticipación.

´

Otras

Consideraciones

• Al concluir los trabajos, el licitante ganador deberá

entregar la memoria técnica que documente a detalle la instalación. Incluir: Diagramas, galería fotográfica, certificados, normatividad que cumpla la solución, manuales de operación en español y todo aquello que documente las obras realizadas. Esta entrega tendrá que ser en CD y en dos tantos.

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DOCUMENTACION A ENTREGAR POR PARTE DE LA LICITANTE GANADORA, UNA VEZ CONCLUIDOS LOS TRABAJOS. Entregar a la Dirección General de Informática la memoria técnica, tanto en medios impresos como en Disco compacto, que incluya: • Plano(s) o croquis, en Autocad o Microsoft Visio donde se

describa la ubicación y etiquetación de los equipos. • Galería fotográfica. • Bitácoras de avance de obra. • Minutas de las reuniones de trabajo o acuerdos generados. • Copia del contrato u orden de servicio emitida por la SCJN a la

empresa ganadora. • Todo aquello que documente los trabajos realizados.

Garantía por escrito para los materiales y mano de obra de los trabajos solicitados para la instalación e interconexión de los equipos.

PENALIZACIONES Se penalizará por retraso en la entrega de los bienes, el equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar diario a la cantidad que importen los bienes pendientes de entrega, los servicios no prestados o los conceptos de trabajos no realizados, y no podrán exceder del 30% del monto total del contrato. En las operaciones en que se pacte ajuste de precios, la penalización se calculará sobre el precio ajustado. Se penalizará por retraso en la prestación de los servicios o en la ejecución de los trabajos, una vez pasadas los 31 días hábiles de entrega, así como las 4 horas convenidas para la restitución del servicio. En el entendido de que para este tipo de servicios en ningún caso se otorgará prórroga, se penalizará en un 5% del total del servicio no prestado por la empresa adjudicada a plena satisfacción por cada hora de retraso, penalización que se descontará del monto total del contrato, sin que estas alcancen el 10% del monto total contratado, lo cual podrá ocasionar una rescisión del contrato. Las penas podrán descontarse del monto o montos pendientes de cubrir por parte de la Suprema Corte, al Proveedor, Prestador de Servicios o Contratista, en caso de que las penalizaciones excedan el 10% del monto total contratado, la Dirección General de Informática analizará la conveniencia de rescindir el contrato. FORMA DE PAGO Se realizará un anticipo del 25% del monto total licitante ganador, a la firma del contrato y el restante 75% se hará contra entrega de los trabajos y la memoria solicitada, cubriendo todos y cada uno de los puntos planteados en el cuadro de especificaciones.

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ANEXO 2 Poder Judicial de la Federación Suprema Corte de Justicia de la Nación Licitación Pública Nacional

Propuesta Técnica

Descripción General de la Propuesta

Partida Concepto Descripción Suministro, Instalación y puesta en operación del equipo de comunicaciones y telefonía, necesario para el centro Archivístico de Lerma, estado de México. Cursos de capacitación, así como todos los aditamentos necesarios para su interconexión entre sí y con los servidores.

Única

Garantías y mantenimiento. Garantías___________________________________________ Nombre de la empresa________________________________ Nombre y firma del representante legal___________________

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Anexo 3

Poder Judicial de la Federación Suprema Corte de Justicia de la Nación Licitación Pública Nacional Propuesta económica Partida Concepto Precio

UnitarioPrecio Total

Descuentos Subtotal IVA Total Neto

Suministro, Instalación y puesta en operación del equipo de comunicaciones y telefonía, necesario para el centro Archivístico de Lerma, estado de México. Cursos de capacitación, así como todos los aditamentos necesarios para su interconexión entre sí y con los servidores.

Única

Garantías y mantenimiento.

Precio mensual

Precio por 36 meses

Totales Tiempo de entrega e instalación del equipo (que en ningún caso deberá exceder de 31 días hábiles contabilizados a partir del día hábil siguiente a aquél en que se firme el contrato correspondiente) El plazo de prestación de los servicios de garantía y mantenimiento, por un periodo de 36 meses empezará a correr a partir del día hábil siguiente a aquél en que sean instalados y puestos en operación. Nombre de la empresa________________________________ Nombre y firma del representante legal___________________ Vigencia de la propuesta______________________________ Anexar carta de aceptación de la forma de pago descrita en las bases.

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ANEXO 4

(CARTA PROTESTA) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL CONCURSANTE)

Fecha:__________________

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION P R E S E N T E.

Declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que:

1. A partir del dos de enero de dos mil ocho, a mi representada no se le ha rescindido contrato alguno con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal o el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

2. Entre sus socios no se encuentra algún servidor público en activo. 3. No tiene conocimiento de que se encuentra en el supuesto de que sus

representantes legales o socios tengan con los servidores públicos de la Suprema Corte que intervengan en cualquier forma en la adjudicación, contratación, vigilancia y cumplimiento de los contratos, alguna relación familiar dentro del cuarto grado, por consanguinidad o afinidad, o bien, profesional, laboral o de negocios, incluyendo aquéllas con las que en caso de contratar pueda resultar un beneficio para alguno de esos servidores públicos, su cónyuge o sus parientes consanguíneos o afines dentro del cuarto grado, o parientes civiles, así como para los socios o sociedades, incluyendo sus representantes legales, de los que formen o hayan formado parte o las hayan representado en los cinco años previos a la Licitación.

4. No se encuentra sujeta a proceso de liquidación, en concurso mercantil, concurso de acreedores o huelga estallada;

5. No se encuentra inhabilitada por cualquiera de los órganos competentes de la Administración Pública Federal

6. Por su conducto no participan personas físicas o jurídicas que se encuentren inhabilitadas o impedidas conforme a la regulación aplicable a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación.

7. En el caso de personas físicas, no participan en el capital social de personas jurídicas que se encuentran inhabilitadas o impedidas conforme a la regulación aplicable a los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial de la Federación.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

A T E N T A M E N T E

Nombre y firma del representante legal.

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ANEXO 5

CARTA DE CONFIDENCIALIDAD

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL CONCURSANTE)

FECHA:________________

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN COMITÉ DE ADQUISICONES Y SERVICIOS OBRAS Y DESINCORPORACIONES (Nombre del representante legal de la empresa concursante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa concursante). Por medio de la presente manifiesto el compromiso para guardar estricta confidencialidad y no divulgar a título personal, ni por medio de esta empresa, la información recibida en la carpeta correspondiente a la Licitación Pública LPN/SCJN/___/2009 para la____. De la misma forma manifiesto el compromiso de no hacer de dicha información para propósitos diferentes en trabajos presentes o futuros que no sean ejecutados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Estamos conscientes de que los datos son exclusiva propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, razón por la cual nos obligamos a devolver a ustedes toda la documentación recibida, sin haber obtenido copia de esta documentación a la entrega de nuestra propuesta. A nombre de mi representada, protesto que conocemos el alcance de nuestro compromiso y las consecuencias legales que su incumplimiento acarrearía, conforme a las disposiciones legales aplicables contenidas en la Ley de Propiedad Industrial y Código Penal Federal vigentes, las cuales aceptamos en este acto.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal.

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ANEXO 6 (CARTA DE DOMICILIO LEGAL DE LA EMPRESA)

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

(Nombre del representante legal de la empresa concursante) actuando a nombre y

representación de (Nombre de la empresa concursante). Por medio del presente manifiesto

que respecto a la empresa que represento:

Que el documento expedido durante el último semestre por (Nombre del órgano del Estado

Mexicano) en el cual consta el domicilio de mi representada, es el domicilio legal para

efectos de recibir toda clase de notificaciones de los actos derivados del procedimiento de

contratación relativo a la Licitación Pública Nacional número ______________________,

incluyendo los derivados de la adjudicación correspondiente, e incluso todos los

relacionados con la contratación que, en su caso, llegue a celebrarse.

A T E N T A M E N T E

Nombre y firma del representante legal.

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ANEXO 7 PROYECTO DE CONTRATO

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGAS/AI-___/__/____

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EQUIPO DE COMUNICACIONES Y TELEFONÍA Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LO SUCESIVO “LA SUPREMA CORTE”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DOCTORA MÓNICA MARÍA DEL ROSARIO BARRERA RIVERA, SECRETARIA EJECUTIVA DE SERVICIOS, Y POR LA OTRA LA EMPRESA _______________________________, EN LO SUCESIVO "EL VENDEDOR" REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

I. DE "LA SUPREMA CORTE" POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE: I.1. Es uno de los órganos depositarios del Poder Judicial de la Federación en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. I.2. Requiere adquirir los bienes y contratar los servicios resultado de la Licitación Pública Nacional número _________________________, relativa al suministro, instalación y puesta en operación del equipo de comunicaciones y telefonía, para el Centro Archivístico Judicial en Lerma, estado de México, ubicado en Calle Luis Gutiérrez Dosal S/N manzana 5, Lote 4, 5 y 6, Parque Industrial Exportec 2, C.P. 50200, Toluca, estado de México. I.3. La contratación aludida en el inciso anterior fue autorizada por _______________________________________________ en su _______________ sesión ______________ celebrada el _____ de _________ de ___________, resultado de la Licitación Pública Nacional número _____________, conforme a lo establecido en los artículos ___ ___ ____ ___ ___ ____ del Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. I.4. La doctora Mónica María del Rosario Barrera Rivera, en su carácter de Secretaria Ejecutiva de Servicios, está facultada para suscribir el presente contrato, según lo dispuesto en los artículos 136, fracciones VIII y XIV del Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 10, párrafo primero y 11, fracción XXI, del Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. I.5. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SCJ9502046P5 a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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I.6. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en la calle de José María Pino Suárez número 2, colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, México, Distrito Federal. II. DE “EL VENDEDOR” POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE: II.1. Acredita ser una sociedad mercantil legalmente constituida y registrada conforme a las leyes mexicanas, en términos de la escritura pública número ______ de ____ de ______de _______, otorgada ante la fe del licenciado ________________________, Notario Público número _______________, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de ________________ bajo la partida número ___, ________ de _________ de______ de ______.

II.2. El _____________________________, en su carácter de ___________________, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato, de conformidad con las facultades conferidas mediante instrumento número ________de ______de _____ de ____________, otorgado ante la fe del licenciado _________________________, Notario Público número ____ , _____________ las cuales no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna. II.3. A la fecha de la adjudicación de la presente contratación ni el vendedor persona moral, ni los socios de éste, se encuentran inhabilitados para celebrar contratos con la Administración Pública Federal o bien con el Poder Judicial de la Federación, ni éstos desempeñan actualmente un empleo, cargo o comisión en el servicio público y entre sus socios o accionistas no se encuentra un servidor público del Poder Judicial de la Federación. II.4. Conoce perfectamente las especificaciones técnicas de los equipos y servicios descritos en la cláusula primera de este instrumento, y cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para entregarlos y prestarlos a satisfacción de "la Suprema Corte". II.5. Para el desarrollo de sus actividades mercantiles cuenta con los siguientes registros: a) Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Registro Federal de Contribuyentes número ____________, según cédula de identificación fiscal que exhibe. b) Instituto Mexicano del Seguro Social, Registro Patronal número ___________según Aviso de Inscripción Patronal que exhibe. II.6. Señala como domicilio para todos los efectos del presente contrato el ubicado en la calle ____________ número ___, colonia ____________________ código postal _____, ______, _____________. Asimismo, manifiesta que notificará por escrito a este Alto Tribunal cualquier cambio de domicilio que realice. II.7. Para recibir los pagos derivados del presente contrato, señala la cuenta de cheques número ____________ de la Institución Bancaria _______________, plaza ____ ciudad de _______, sucursal ______, con número de Clave Bancaria Estandarizada __________________. III. DE LAS PARTES POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES QUE:

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III.1. Se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad jurídica con la que comparecen por conducto de aquellos para la celebración del presente contrato y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes I.6 y II.6. III.2. Conocen el alcance y contenido de este contrato, por lo que están de acuerdo en someterse a las siguientes:

C L Á U S U L A S PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO. En los términos y condiciones de este contrato "el Vendedor" vende y se obliga a entregar a "la Suprema Corte", los siguientes bienes y a prestar los siguientes servicios: Partida

Concepto Cantidad

Suministro, instalación y puesta en operación del equipo de comunicaciones y telefonía, necesario para el Centro Archivístico Judicial en Lerma, estado de México. Cursos de capacitación, así como todos los aditamentos necesarios para su interconexión entre sí y con los servidores.

1 proyecto Única

Garantías y mantenimiento. 36 meses

*Se incluirá la propuesta técnica de la empresa ganadora. Los bienes y servicios no especificados en esta cláusula, se contienen en las propuestas técnica y económica presentadas por "el Vendedor", el __________ de ______________ de dos mil nueve, documentos que forman parte integrante del presente contrato y se agregan a él como Anexo “1” y Anexo “2”, respectivamente. Para efectos de la obligación antes señalada “el Vendedor” se compromete a entregar los bienes y a prestar los servicios y “la Suprema Corte” a efectuar su pago. SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO. “La Suprema Corte" cubrirá a “el Vendedor” como precio por la adquisición de los bienes y la prestación de los servicios mencionados en la cláusula anterior, la cantidad de $_____________ (_________________________________________________ /100 M.N.), más el 15% del impuesto al valor agregado equivalente a $__________ (_______________________________________ /100 M.N.), dando un importe total neto de $____________ (__________________________________________________ /100 M.N.).

A su vez “el Vendedor” se obliga a respetar los precios y condiciones de pago pactados en el párrafo anterior.

TERCERA. LUGAR Y PLAZOS DE ENTREGA DE LOS BIENES. La entrega de los bienes se hará dentro de los 31 días hábiles siguientes a la fecha de firma del presente instrumento, en el Centro Archivístico Judicial en Lerma, estado de México, ubicado en la calle Luis Gutiérrez Dosal S/N, manzana 5, lote 4, 5 y 6, Parque Industrial Exportec 2, código postal 50200, Toluca, estado de México.

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El plazo citado en el párrafo que antecede empezará a correr al día hábil siguiente al en que “el Vendedor” suscriba este contrato por triplicado en las oficinas de la Dirección General de Adquisiciones y Servicios de “la Suprema Corte”, en el domicilio ubicado en la calle de Bolívar número 30, 4° piso, colonia Centro, código postal 06065, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, en la inteligencia de que un original del mismo se entregará una vez firmado a “el Vendedor”. Los servicios de garantías y mantenimiento serán por 36 meses, los cuales correrán a partir del día hábil siguiente a aquél en que sean instalados y puestos en operación los equipos. CUARTA. FORMA DE PAGO. Las partes convienen en que el pago de la adquisición de los bienes y la prestación de los servicios precisados en la cláusula primera de este contrato se realizará de la siguiente manera: Partida

Concepto Cantidad

Suministro, instalación y puesta en operación del equipo de comunicaciones y telefonía, necesario para el Centro Archivístico Judicial en Lerma, estado de México. Cursos de capacitación, así como todos los aditamentos necesarios para su interconexión entre sí y con los servidores.

Se pagará un anticipo del 25% del monto total, previa presentación de la garantía de anticipo y la factura correspondiente, y el 75% restante contra la entrega de los trabajos y la memoria solicitada. Única

Garantías y mantenimiento.

36 mensualidades vencidas a entera satisfacción de la Dirección General de Informática de “la Suprema Corte” y previa presentación de las facturas correspondientes a revisión.

* se detallará la forma de pago de acuerdo a los montos de la empresa ganadora. Las facturas correspondientes deberán ser entregadas dentro de los diez días hábiles siguientes a la entrega e instalación de los bienes, así como dentro de los diez días hábiles del mes que corresponda el mantenimiento y deberán cumplir con los requisitos de ley y con los datos señalados en las declaraciones I.5 y I.6 de este instrumento. En caso de incumplimiento por parte de “el Vendedor”, “la Suprema Corte” podrá retener los pagos que tenga pendientes de cubrir. Los pagos que realice “la Suprema Corte” a favor de “el Vendedor” sólo podrán realizarse mediante depósito en la cuenta de cheques señalada en la declaración II.7 de este instrumento, la que podrá sustituirse mediante escrito firmado por________ en su carácter de _________ de “el Vendedor”, previa exhibición de la factura correspondiente. QUINTA. ANTICIPO. Previo a la entrega de los bienes, “la Suprema Corte” entregará un anticipo del 25% del monto total correspondiente al suministro, instalación y puesta en marcha de los equipos contratados, equivalente a la cantidad de $ _________________ /100 moneda nacional), más el 15% del impuesto al valor agregado, equivalente a la cantidad de __________________________, ascendiendo el importe total del anticipo a la cantidad de $___’___,___.__ (_________________ __/100 moneda nacional).

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El anticipo será pagado contra la entrega del comprobante de pago que reúna los requisitos fiscales correspondientes y después de haberse entregado y aceptado la póliza de fianza para la garantía del anticipo. “El Vendedor” se compromete a destinar la totalidad del anticipo para la adquisición de los bienes materia del presente instrumento, por lo que no podrá solicitar ajuste de precios por ningún motivo. “El Vendedor” se compromete a exhibir ante la Dirección General de Adquisiciones y Servicios de “la Suprema Corte” los comprobantes que acrediten el destino de esos recursos dentro de los tres días naturales siguientes a la fecha en que recibió el anticipo, ya que en caso contrario se aplicará como pena convencional el equivalente al 0.5% (cinco al millar) del monto total del anticipo no comprobado por cada día natural de retraso, la cual no podrá exceder del 10% del monto total del anticipo otorgado. Esta sanción se descontará de los montos de las estimaciones pendientes de pago a favor de “el Vendedor”. En caso de que “el Vendedor” no cumpla con lo estipulado en ésta cláusula dentro del plazo establecido y el monto indicado en el contrato, se aplicará la pena convencional que corresponda para garantizar el mejor cumplimiento sobre el anticipo otorgado. Si “el Vendedor” no utiliza la suma recibida a título de anticipo para el fin estipulado o no lo demuestra a satisfacción de “la Suprema Corte”, deberá devolverlo junto con los intereses que correspondan de conformidad con lo establecido en la cláusula décima segunda de este contrato, en un plazo no mayor de cinco días hábiles a partir de la fecha en que se le hubiese notificado esta decisión, en caso contrario se hará efectiva la fianza correspondiente. “El Vendedor” podrá hacer uso del derecho de solicitar o rechazar el anticipo, en cuyo caso no será necesaria la elaboración de un convenio modificatorio para cambiar la forma de pago establecida en el presente instrumento. SEXTA. IMPUESTOS. El impuesto al valor agregado se pagará a “el Vendedor” aplicando la tasa del 15% en términos de lo previsto en el artículo 1° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, lo que deberá señalarse en la factura respectiva. SÉPTIMA. PENA CONVENCIONAL. Cuando “el Vendedor” incurra en incumplimiento de las obligaciones pactadas en este contrato, salvo en el caso que se refiere el párrafo siguiente, se hará acreedor a una pena convencional que se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido, sin menoscabo de hacer efectiva la garantía de cumplimiento referida en la cláusula novena de este contrato. Si el incumplimiento versa sobre el plazo de ejecución pactado en la cláusula tercera de este instrumento, se generará una sanción económica equivalente al 10 al millar del monto que represente los bienes pendientes de entregar, que será aplicable por cada día de retraso hasta en tanto se dé cumplimiento total a lo pactado, sin que dicha sanción pueda exceder del 30% del monto total de este contrato. Se penalizará por retraso en la prestación de los servicios o en la ejecución de los trabajos, una vez pasados los 31 días hábiles de entrega, así como las 4 horas convenidas para la restitución del servicio y en el entendido de que para este tipo de servicios en ningún caso se otorgará prórroga, en un 5% del total de la partida convenida, sobre el servicio prestado por “el Vendedor” a plena satisfacción por cada hora de retraso, penalización que se descontará del monto total del contrato, sin que éstas alcancen el 10% del monto total contratado, lo cual podrá ocasionar una rescisión del contrato.

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En el caso de que la pena convencional sea igual o mayor al 20% del importe contratado, ésta se podrá descontar de la cantidad pendiente de pago. La pena convencional y la sanción económica antes referidas podrán aplicarse a los montos que adeude “la Suprema Corte” a “el Vendedor”. OCTAVA. GARANTÍA DEL ANTICIPO. Para garantizar la correcta inversión o la devolución del anticipo a que se refiere la cláusula quinta del presente contrato, “el Vendedor” otorgará a “la Suprema Corte”, fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 100% del monto total del anticipo otorgado, que asciende a la cantidad de $___________ (_________________ pesos__/100 moneda nacional), la cual deberá ser entregada dentro de los cinco días hábiles posteriores a la firma del presente contrato. En el caso de que “el Vendedor” no lo utilice para el fin estipulado, o no lo hubiese devuelto al ser requerido, se hará efectiva la fianza referida. La garantía a que se refiere esta cláusula será requisito para la entrega del anticipo y deberá subsistir hasta la terminación del contrato. En el texto de la póliza de fianza que presente “el Vendedor”, deberá constar la siguiente leyenda: “ Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en fiadora hasta por la cantidad de $___’___,___.__ (_________________ pesos XX/100 moneda nacional) para garantizar, por parte de ___________________, con domicilio en calle ____________ número _____, colonia _______________, Delegación ______________, código postal _____, _________________________, la debida aplicación o en su caso, la devolución del importe recibido por concepto de anticipo al amparo del contrato número ___________________, relativo al suministro, instalación y puesta en operación del equipo de comunicaciones y telefonía, para el Centro Archivístico Judicial en Lerma, estado de México, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y ___________________, el cual asciende a la cantidad de $___’___,___.__ (_________________pesos _XX/100 moneda nacional). “La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal” y en el contrato número _____________ celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y ___________________, con el objeto de garantizar la debida aplicación, o en su caso, la devolución del importe recibido por concepto de anticipo relativo al suministro, instalación y puesta en operación del equipo de comunicaciones y telefonía, para el Centro Archivístico Judicial en Lerma, estado de México, con un monto total contratado de $_________ (___________________ pesos XX/100 moneda nacional). - La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número ______________.

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- La presente fianza tendrá vigencia, desde la fecha de su expedición y hasta que “el Vendedor” haya comprobado totalmente el anticipo otorgado, acreditando tal circunstancia ante “la Suprema Corte”, considerándose el anterior como plazo determinado y que para su cancelación será necesaria comunicación a la afianzadora por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en forma previa y por escrito. - En caso de que exista prórroga o atraso en la entrega de los equipos con la consiguiente ampliación del plazo para la amortización del anticipo, la fianza continuará vigente por el mismo lapso. - La presente fianza cubrirá los accesorios en el caso de que el anticipo se haya invertido para fines diversos a los previstos en el presente contrato. - La Tesorería de la Federación, podrá reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme al procedimiento señalado en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, con respecto al destino que debe darle al anticipo otorgado, a su obligación de acreditarlo a satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o a devolverlo en caso de ser requerido para ello. - Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio, tengan o llegaren a tener, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación”. NOVENA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que “el Vendedor” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10% del monto total del mismo, esto es, por la cantidad de $__________ (______________________________________________pesos XX/100 M.N.), y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los bienes y servicios contratados. La presente garantía, deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los bienes y servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de “la Suprema Corte” y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”. I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por a cantidad de $__________ (______________________________________________pesos /100 moneda nacional) y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo debe incrementarse el costo de los bienes y servicios contratados, para garantizar, por parte de la empresa _______________________________ con domicilio en la calle de _______________

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número ___, colonia ___________________, código postal _____, ______, __________, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número _______________, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la empresa _______________________________, con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $____________ (_________________________________ pesos XX/100 moneda nacional). "La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal” y en el contrato número _______________, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y _______________________________, con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de toda y cada una de las obligaciones a cargo de “el Vendedor” relativo al suministro, instalación y puesta en operación del equipo de comunicaciones y telefonía para el Centro Archivístico Judicial en Lerma, estado de México, con un monto total contratado de $____________ ______________________________________________________ pesos XX/100 moneda nacional). - La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número

________________.

- La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los bienes y servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de “la Suprema Corte” y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”. - De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número _____________________, la fianza otorgada por “el Vendedor” tendrá plena vigencia durante la substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aún cuando exista subcontratación con la autorización expresa de “la Suprema Corte”. - La Tesorería de la Federación, podrá reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme al procedimiento señalado en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. - La presente fianza podrá ser liberada “al Vendedor” siempre y cuando “la Suprema Corte” emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato.

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- La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que en su caso llegare a suscribirse o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento al monto, la fianza cubrirá hasta un 20% adicionalmente al originalmente pactado. - Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio, tengan o llegaren a tener." II. Las partes convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se firme el contrato, en caso de que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza en la forma y términos pactados, “la Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. “El Vendedor” por medio de este instrumento renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de “la Suprema Corte”, dando con esta renuncia cumplimiento a lo que se establece en el párrafo último del artículo 118 Bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Las partes convienen que la presente garantía será exigible cuando “el Vendedor” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el presente instrumento. DÉCIMA. GARANTÍA DE LOS BIENES. “El Vendedor”, garantiza en sitio los equipos en todas sus partes por tres años a partir de la fecha del acta de entrega-recepción a entera satisfacción de “la Suprema Corte”, incluyendo refacciones y mano de obra (o sustitución del equipo en el caso de que éste no sea reparado en menos de ____ horas), debiendo repararse con refacciones originales (de igual marca y modelo o superiores) nuevas; en caso de sustitución del equipo, el que lo sustituya deberá ser configurado igual al originalmente ofertado. Los equipos, partes y materiales que estén fuera de especificaciones y/o presenten fallas serias antes de su instalación y aceptación o bien después y dentro de los treinta días siguientes, deberán ser reemplazados por productos nuevos, por parte de “el Vendedor”, sin ningún costo adicional para "la Suprema Corte". DÉCIMA PRIMERA. PROCESO DE RECEPCIÓN DE LOS BIENES. “El Vendedor” se obliga a entregar en los términos pactados en el presente instrumento, los bienes adquiridos, así como a completar y en su caso, a sustituir los bienes defectuosos o faltantes una vez que se haya realizado el proceso de recepción correspondiente en el que “la Suprema Corte” por conducto de la Dirección General de Informática reciba los bienes adquiridos. Una vez recibidos los referidos bienes, en un plazo no mayor de cinco días hábiles, la Dirección General de Informática verificará la cantidad y contenido de los mismos, y realizará un reporte para la Secretaría Ejecutiva de Servicios, en el que especifique las condiciones de los bienes entregados.

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Posteriormente, la referida Dirección General en un plazo no mayor a tres días hábiles, extenderá a “el Vendedor” la carta de recepción de conformidad de los bienes o la solicitud de entrega de los bienes faltantes y en su caso, la reposición de los que se encuentren defectuosos. En el caso de que se solicite a “el Vendedor” la entrega o reposición de los bienes, éste tendrá un plazo no mayor a cinco días hábiles para corregir dicha anomalía a fin de no incurrir en incumplimiento del presente contrato. Lo anterior, sin menoscabo de las garantías que “el Vendedor” debe otorgar respecto de los bienes adquiridos. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios para dar por concluidos los derechos y obligaciones asumidos por las partes en el presente contrato, elaborará el finiquito correspondiente, anexando el acta recepción física de los trabajos, bienes o servicios. DÉCIMA SEGUNDA. PAGOS EN EXCESO. “El Vendedor”, deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses que correspondan conforme a la tasa prevista en la Ley de Ingresos de la Federación, del ejercicio relativo a la firma de este instrumento, para los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago a “el Vendedor”, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “la Suprema Corte”. DÉCIMA TERCERA. PARTES Y REFACCIONES. “El Vendedor” se obliga a tener a disposición de “la Suprema Corte” durante un plazo de tres años contados a partir de la fecha de firma del presente contrato, las partes y refacciones que sean necesarias para mantener los equipos en condiciones adecuadas de funcionamiento y que estas refacciones tengan un precio igual o inferior a las del mercado y de igual calidad a las originales que se reemplazan. DÉCIMA CUARTA. RESCISIÓN. Las partes convienen y aceptan que “la Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato sin que medie declaración judicial, en caso de que “el Vendedor” deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en el presente contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación. Antes de declarar la rescisión, “la Suprema Corte” notificará por escrito las causas respectivas a “el Vendedor” en el domicilio señalado en la declaración II.6 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga y anexe los documentos que estime convenientes y vencido este plazo con su respuesta o sin ella, “la Suprema Corte” resolverá si procede o no la rescisión. Serán causas de rescisión del presente instrumento las siguientes circunstancias:

1. Contravenir las disposiciones, lineamientos, bases, procedimientos y requisitos establecidos para el procedimiento de Licitación Pública Nacional de conformidad con el Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del veinticinco de septiembre de dos mil ocho y demás disposiciones administrativas sobre la materia.

2. Si “el Vendedor” no exhibe las garantías descritas en el presente instrumento.

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3. Si “el Vendedor” suspende injustificadamente la entrega de los bienes o la prestación de los servicios señalados en la cláusula primera del presente contrato o se niega a reponer alguna parte de ellos que hubiere sido rechazada por “la Suprema Corte”.

4. Si “el Vendedor” no entrega los bienes o presta los servicios de conformidad con lo

estipulado en su cotización, en el presente contrato o sin motivo justificado no acata las órdenes dadas por escrito por “la Suprema Corte” siempre y cuando sean congruentes con la naturaleza del servicio.

5. Si los subcontratistas o prestadores de servicios con los que haya celebrado

convenios de participación conjunta, son declarados mediante resolución judicial en embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.

6. Si subcontrata parte del objeto del presente contrato que no haya sido previamente

autorizado por escrito por “la Suprema Corte”.

7. Si cede cualquier derecho, incluso los de cobro, derivados del presente contrato, sin autorización previa y por escrito de “la Suprema Corte”.

8. Si “el Vendedor” incurre en falsedad total o parcial respecto de la información

proporcionada para la celebración del presente contrato.

9. En general por el incumplimiento por parte de “el Vendedor” a cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato.

En los supuestos a que se refiere esta cláusula, las partes convienen en que “la Suprema Corte” podrá descontarle a “el Vendedor” del monto pendiente por pagar, la pena convencional decretada por “la Suprema Corte” a que se refiere la cláusula séptima del presente instrumento, considerando las causas que hayan motivado la rescisión y podrá hacerla efectiva con cargo a las cantidades pendientes de cubrirse por los bienes entregados o servicios no prestados, ello independientemente de que haga efectiva la garantía de cumplimiento establecida en este contrato o se solicite a “el Vendedor” su pago ingresando el monto de la pena convencional a la Tesorería de “la Suprema Corte”. DÉCIMA QUINTA. SUPUESTOS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, DIVERSOS A LA RESCISIÓN. El presente contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas o razones de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Administración VI/2008. DÉCIMA SEXTA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. Las partes acuerdan que “la Suprema Corte” podrá en cualquier momento suspender temporalmente, en todo o en parte el objeto materia de este contrato, por causas justificadas o por razones de interés general, sin que ello implique su terminación definitiva y, por tanto, el presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez desaparecidas las causas que motivaron dicha suspensión. El procedimiento de suspensión se regirá por lo previsto en el artículo 145 del Acuerdo General de Administración VI/2008.

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DÉCIMA SÉPTIMA. INEXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL. Todas las personas que intervengan para la realización del objeto de este contrato, serán trabajadores de “el Vendedor”, por lo que de ninguna manera existirá relación laboral entre ellos y “la Suprema Corte”. Será responsabilidad de “el Vendedor” cumplir con todas las obligaciones que a cargo de los patrones establecen las disposiciones que regulan SAR, INFONAVIT, Seguro Social y las contempladas en la Ley Federal de Trabajo; por tanto, responderá a todas las reclamaciones administrativas y juicios de cualquier orden que los trabajadores de “el Vendedor” presenten en su contra o de “la Suprema Corte”, en relación con la adquisición de los bienes o prestación de servicios motivo del presente contrato. El costo que implique el cumplimiento de estas obligaciones correrán a cargo de “el Vendedor” el que será el único responsable de las obligaciones adquiridas con sus trabajadores. “La Suprema Corte” estará facultada para requerir a “el Vendedor” los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores de “el Vendedor” ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación administrativa o juicio en contra de “la Suprema Corte”, “el Vendedor” deberá rembolsar la totalidad de los gastos que erogue “la Suprema Corte” con motivo de las demandas instauradas por concepto de traslado, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a “la Suprema Corte” de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrán ser deducidos por “la Suprema Corte” de las facturas que se encuentren pendientes de pago, independiente de las acciones legales que se pudieran ejercer. DÉCIMA OCTAVA. INTRANSMISIBILIDAD DE LOS DERECHOS DERIVADOS EN EL PRESENTE CONTRATO. "El Vendedor" no podrá ceder, gravar, transferir o afectar bajo cualquier título todo o parte de los derechos y obligaciones que adquiere con motivo del presente contrato. DÉCIMA NOVENA. MODIFICACIÓN AL CONTRATO. Las partes convienen y aceptan que cualquier modificación al presente instrumento procederá sólo por causas excepcionales plenamente justificadas a solicitud y por acuerdo de las partes y plena aprobación de los órganos competentes de “la Suprema Corte” de conformidad con lo previsto en los artículos 143, fracción I y 162 del Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del veinticinco de septiembre de dos mil ocho. VIGÉSIMA. DEL FOMENTO A LA TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1°, 7° y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta. De conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la información, a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6° Constitucional, “el Vendedor” se obliga a guardar secreto y a

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no divulgar por ningún medio, aún electrónico, ni por conferencias y/o informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de incumplimiento “la Suprema Corte” podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de pena convencional. VIGÉSIMA PRIMERA. LEGISLACIÓN APLICABLE. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en lo no previsto en éste por el Código Civil Federal, Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo en lo conducente. VIGÉSIMA SEGUNDA. TRIBUNAL COMPETENTE. Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato, las partes se someten expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que es el órgano competente para interpretar y dirimir las controversias que pudieran llegar a suscitarse con motivo de lo pactado en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio o vecindad, tengan o llegaren a tener. VIGÉSIMA TERCERA. ANEXOS. Forman parte integrante del presente instrumento los siguientes anexos:

La Propuesta Técnica de “el Vendedor” de ____________ de _____ de dos mil nueve, como Anexo “1”.

La Propuesta Económica de “el Vendedor” de ___________ de ______ de dos mil

nueve, como Anexo “2”. Leído y explicado el presente contrato y al estar de acuerdo en su contenido y alcance, se firma con la conformidad de las partes por triplicado, en México, Distrito Federal el ______________ de ________ de ____________.

POR “LA SUPREMA CORTE”

_______________________________ DOCTORA MÓNICA MARÍA DEL

ROSARIO BARRERA RIVERA SECRETARIA EJECUTIVA DE

SERVICIOS

POR “EL VENDEDOR”

_______________________________

T E S T I G O S

_______________________________ INGENIERO RODOLFO CEJA MENA

DIRECTOR GENERAL DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS

_______________________________ INGENIERO MIGUEL SEBASTIÁN

CASILLAS RUPPERT DIRECTOR GENERAL DE

INFORMÁTICA 24062009

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ANEXO 8 MODELO DE GARANTÍA DE ANTICIPO “ Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en fiadora hasta por la cantidad de $___’___,___.__ (_________________ pesos XX/100 moneda nacional) para garantizar, por parte de ___________________, con domicilio en calle ____________ número _____, colonia _______________, Delegación ______________, código postal _____, _________________________, la debida aplicación o en su caso, la devolución del importe recibido por concepto de anticipo al amparo del contrato número ___________________, relativo al suministro, instalación y puesta en operación del equipo de comunicaciones y telefonía, para el Centro Archivístico Judicial en Lerma, estado de México, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y ___________________, el cual asciende a la cantidad de $___’___,___.__ (_________________pesos _XX/100 moneda nacional). “La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal” y en el contrato número _____________ celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y ___________________, con el objeto de garantizar la debida aplicación, o en su caso, la devolución del importe recibido por concepto de anticipo relativo al suministro, instalación y puesta en operación del equipo de comunicaciones y telefonía, para el Centro Archivístico Judicial en Lerma, estado de México, con un monto total contratado de $_________ (___________________ pesos XX/100 moneda nacional). - La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número ______________. - La presente fianza tendrá vigencia, desde la fecha de su expedición y hasta que “el Vendedor” haya comprobado totalmente el anticipo otorgado, acreditando tal circunstancia ante “la Suprema Corte”, considerándose el anterior como plazo determinado y que para su cancelación será necesaria comunicación a la afianzadora por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en forma previa y por escrito. - En caso de que exista prórroga o atraso en la entrega de los equipos con la consiguiente ampliación del plazo para la amortización del anticipo, la fianza continuará vigente por el mismo lapso. - La presente fianza cubrirá los accesorios en el caso de que el anticipo se haya invertido para fines diversos a los previstos en el presente contrato. - La Tesorería de la Federación, podrá reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme al procedimiento señalado en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, con respecto al destino que debe darle al anticipo otorgado, a su obligación de acreditarlo a satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o a devolverlo en caso de ser requerido para ello.

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- Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio, tengan o llegaren a tener, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación”.

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ANEXO 9 MODELO DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por a cantidad de $__________ (______________________________________________pesos /100 moneda nacional) y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo debe incrementarse el costo de los bienes y servicios contratados, para garantizar, por parte de la empresa _______________________________ con domicilio en la calle de _______________ número ___, colonia ___________________, código postal _____, ______, __________, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número _______________, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la empresa _______________________________, con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $____________ (_________________________________ pesos XX/100 moneda nacional). "La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal” y en el contrato número _______________, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y _______________________________, con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de toda y cada una de las obligaciones a cargo de “el Vendedor” relativo al suministro, instalación y puesta en operación del equipo de comunicaciones y telefonía para el Centro Archivístico Judicial en Lerma, estado de México, con un monto total contratado de $____________ ______________________________________________________ pesos XX/100 moneda nacional). - La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número

________________.

- La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los bienes y servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de “la Suprema Corte” y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”. - De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número _____________________, la fianza otorgada por “el Vendedor” tendrá plena vigencia durante la substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza requerida.

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- La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aún cuando exista subcontratación con la autorización expresa de “la Suprema Corte”. - La Tesorería de la Federación, podrá reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme al procedimiento señalado en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. - La presente fianza podrá ser liberada “al Vendedor” siempre y cuando “la Suprema Corte” emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que en su caso llegare a suscribirse o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento al monto, la fianza cubrirá hasta un 20% adicionalmente al originalmente pactado. - Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio, tengan o llegaren a tener."

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ANEXO 10 MODELO DE GARANTÍA DE EQUIPO Declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que

declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que mi representada “_______”,

garantizará los equipos en todas sus partes por 3 años a partir de la fecha del acta de

entrega-recepción a entera satisfacción de “la Suprema Corte”, incluyendo refacciones y

mano de obra (o sustitución del equipo en el caso de que éste no sea reparado en menos de

48 horas naturales), debiendo repararse con refacciones originales (de igual marca y modelo

o superiores) y nuevos equipos; en caso de desperfectos deberá sustituirlos por otros al

originalmente ofertado.

Los equipos, partes y materiales que estén fuera de especificaciones y/o presenten fallas

serias antes de su instalación y aceptación o bien después y dentro de los ____ días

siguientes, deberán ser reemplazados por productos nuevos, por parte de mi representada

“_____”, sin ningún costo adicional para "la Suprema Corte".

A T E N T A M E N T E

Nombre y firma del representante legal.