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Subsecretaría de IngresosUnidad de Política de Ingresos No Tributarios
"2020, Año de Leona Vicario, Benemérita Madre de la Patria"
Oficio No. 349-B-223
Ciudad de México, a 20 de abril de 2020
LIC. JUAN CARLOS MÁRQUEZ PINODIRECTOR DE FIDEICOMISO E INGRESOS POR DERECHOS,PRODUCTOS Y APROVECHAMIENTOSComisión Reguladora de EnergíaBLVD. ADOLFO LÓPEZ MATEOS No. 172, COL. MERCEDGÓMEZ, ALCALDÍA BENITO JUÁREZ,P r e s e n t e
Me refiero a la solicitud identificada con el oficio de solicitud UA-DGAF-500/8349/2020, folionúmero 3, número de proceso 401428, gestionada a través del módulo aplicativo DEPAMIN,mediante la cual solicita autorización de 154 nuevos aprovechamientos por concepto dePrestación de Servicios.
Sobre el particular, le informo que esta Secretaría con fundamento en los artículos 31, fracción XIde la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 38, fracciones XIII y XXII del ReglamentoInterior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en vigor, 3° del Código Fiscal de laFederación, 10 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, yconsiderando que los importes propuestos fueron determinados con base en el costo total delbien o servicio, de acuerdo con la información que se adjunta a la presente solicitud, autoriza a laComisión Reguladora de Energía cobrar bajo la naturaleza jurídica de aprovechamientos, 154aprovechamientos que se describen en la tabla adjunta del folio citado.
En relación con los servicios de supervisión que presta la CRE, resulta preciso señalar que deconformidad con los artículos 28, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos; 2o., fracción II, 3o. y 4o. de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en MateriaEnergética, corresponde a la CRE regular y promover el desarrollo eficiente de: (i) El transporte,almacenamiento, distribución, compresión, licuefacción y regasificación, el expendio al públicode petróleo, gas natural, gas licuado de petróleo, petrolíferos y petroquímicos; (ii) El transportepor ductos, almacenamiento, distribución y expendio al público de bioenergéticos; y (iii) Lageneración de electricidad, los servicios públicos de transmisión y distribución de energíaeléctrica, la transmisión y distribución de energía eléctrica que no forma parte del serviciopúblico y la comercialización de electricidad; para tal efecto, cuenta con atribuciones parasupervisar y vigilar el cumplimiento de sus actos y resoluciones, de la regulación y de lasdisposiciones administrativas de carácter general o de carácter interno, así como de las normasoficiales mexicanas aplicables a quienes realicen actividades reguladas en el ámbito de sucompetencia; y ordenar y realizar visitas de verificación, inspección o supervisión, que consiste enrequerir información y documentación, así como citar a comparecer a servidores públicos,representantes de Empresas Productivas del Estado y particulares que realicen actividadesreguladas; por lo que con la finalidad de brindar certeza jurídica a dichos regulados, con fecha 6de noviembre de 2018, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo de laComisión Reguladora de Energía que señala, con base a las disposiciones jurídicas que seindican, en qué consisten los servicios que presta y las actividades que desarrolla para lasupervisión anual de los permisos y autorizaciones que regula.
Los ingresos captados por los conceptos que se autorizan a través del presente oficio se podrándestinar a la Comisión Reguladora de Energía.
Plaza de la República s/n, colonia Centro, Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06066 Tel.: 3688 1100 www.gob.mx/hacienda
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"2020, Año de Leona Vicario, Benemérita Madre de la Patria"
De conformidad con el artículo 12 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscalde 2020, los ingresos generados por los conceptos autorizados mediante el presenteinstrumento, deberán concentrarse en la Tesorería de la Federación, a través de las oficinasautorizadas por esta Secretaría, mediante el sistema de pago electrónico aprobado por elServicio de Administración Tributaria, bajo las claves de referencia asignadas por el órganoadministrativo competente.
A T E N T A M E N T E
EL JEFE DE LA UNIDADIVÁN CAJEME VILLARREAL CAMERO
aZNjllJQUROx4l7y/G76qgWMsPKxeY91UDiVjbO9X1ewMrTVZLv1kWaR+oscDzdGUOYdsVRhHkwy0QHqwi5lowdYjQ64XGIqQBJ+/OpNcYhqucx2k7atq9azdh9uZoPXFMwI9pd1PT0IwGoVZFJiTrndBLFRBH0OxC5J9M0MZTqPkvfxOfbKcjl0guAw6kGZytuB2aFMI857TC3GmVopNnZL0l0d9OTvRR1jXOs0ZDuetUAYwuEupYdnqBcmDweSBKVN9H66pffCiuSriZUv330MGRvq8mJDU5Ij7I/no9fdEtMo3UneOZwTSYiIr7vNE/ceYboJRv5/H5Nb84REdQ==
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Unidad de Política de Ingresos No Tributarios
ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No Cuota
1 178,837.85
2 195,913.20
3 194,461.07
4 178,775.54
5 134,630.66
6 24,953.56
7 36,948.97
8 36,858.57
9 36,858.57
Descripción
1. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de distribución por medio de ductos de
petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo), petroquímicos o bioenergéticos.
2. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de transporte por medio de ductos de
petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo), petroquímicos o bioenergéticos.
3. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de almacenamiento de petrolíferos
(excepto gas licuado de petróleo), petroquímicos o bioenergéticos.
4. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de expendio en aeródromos de
combustibles para aeronaves.
5. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de distribución por medios distintos de
ductos de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo) o bioenergéticos.
6. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de transporte por medios distintos de
ductos de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo).
7. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de transporte por medio de buque tanque
de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo).
8. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de expendio al público mediante estación
de servicio de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo) o bioenergéticos.
9. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de expendio mediante estación de
servicio para autoconsumo de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo) o bioenergéticos.
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ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
10 24,879.40
11 709,330.18
12 141,283.77
13 25,032.07
14 25,032.07
15 185,148.02
16 186,578.23
17 26,179.62
18 26,179.62
10. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de comercialización de petrolíferos
(excepto gas licuado de petróleo) o petroquímicos.
11. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de gestión y administración de los
sistemas integrados en la conducción de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo) o petroquímicos.
12. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de distribución por medios distintos de
ductos de gas natural.
13. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de transporte por medios distintos de
ductos de petróleo crudo o gas natural.
14. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de transporte por medio de buque
tanque de petróleo crudo o gas natural.
15. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de licuefacción de gas natural.
16. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de compresión de gas natural.
17. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de descompresión de gas natural.
18. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de regasificación de gas natural.
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ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
19 34,929.55
20 195,913.10
21 194,461.08
22 24,879.40
23 709,330.18
24 68,280.98
25 25,027.23
26 25,027.23
27 37,851.17
24.Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de distribución de Gas Licuado de
Petróleo mediante Planta de Distribución.
25. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de distribución de gas licuado de
petróleo por medio de auto-tanque.
26. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de transporte de gas licuado de petróleo
por medios distintos de ductos en unidades vehiculares o carrotanques.
27. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de transporte de gas licuado de petróleo
por medio de buque tanque.
19. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de expendio al público mediante
estación de servicio de gas natural.
20. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de transporte por medio de ducto de
petróleo crudo.
21. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de almacenamiento de petróleo crudo.
22. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de comercialización de petróleo, o
hidratos de metano, condensados, gas natural procesado o sin procesar, líquidos del gas natural, petróleo y gas natural, que realicen
los contratistas de exploración y extracción.
23. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de gestión y administración de los
sistemas integrados en la conducción de gas natural
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ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
28 33,611.46
29 33,611.46
30 22,344.84
31 24,879.40
32 705,003.76
33 109,848.21
34 143,349.95
35 211,969.35
36 896,563.40
34. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de generación de energía eléctrica, con
base en la capacidad solicitada, mayor de 10 y hasta 50 MW.
35. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de generación de energía eléctrica con
base en la capacidad solicitada, mayor de 50 y hasta 200 MW.
36. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de generación de energía eléctrica con
base en la capacidad solicitada, mayor de 200 MW.
29. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de expendio de Gas Licuado de
Petróleo mediante estación de servicio para autoconsumo.
30. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de expendio al público de gas licuado de
petróleo mediante bodega de expendio.
31. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de comercialización de gas licuado de
petróleo.
32. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de gestión y administración de sistemas
integrados en la conducción de gas licuado de petróleo.
33. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de generación de energía eléctrica, con
base en la capacidad solicitada hasta 10 MW.
28. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de expendio al público de Gas Licuado
de Petróleo mediante estación de servicio con fin especifico.
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ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
37 141,211.22
38 109,848.21
39 143,349.95
40 211,969.35
41 896,563.40
42 24,622.78
43 24,622.78
44 24,622.78
45 24,622.78
44. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la autorización como empresa especializada para evaluar el cumplimiento
de las Disposiciones Administrativas de Carácter General en materia de medición aplicables al servicio de transporte de hidrocarburos,
petrolíferos y petroquímicos.
45. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la aprobación como laboratorio de prueba para evaluar la conformidad de
la NOM-014-CRE-2016, especificaciones de calidad de los petroquímicos, expedida por la Comisión Reguladora de Energía, se
pagarán aprovechamientos por cada solicitud, independientemente del número de métodos de prueba solicitados.
39. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición de la autorización de importación y exportación de energía
eléctrica con base en la capacidad solicitada, mayor de 10 y hasta 50 MW.
40. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición de la autorización de importación y exportación de energía
eléctrica con base en la capacidad solicitada, mayor de 50 y hasta 200 MW.
41. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición de la autorización de importación y exportación de energía
eléctrica con base en la capacidad solicitada, mayor de 200 MW.
42. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la autorización de terceros especialistas para evaluar la conformidad de la
NOM-014-CRE-2016 especificaciones de la calidad de los petroquímicos, expedida por la Comisión Reguladora de Energía, se
pagarán aprovechamientos por cada solicitud, independientemente del número de verificadores propuestos.
43. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la autorización como empresa especializada para evaluar el cumplimiento
a las Disposiciones Administrativas de Carácter General en materia de medición aplicables al servicio de almacenamiento de petróleo,
petrolíferos y petroquímicos.
37. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de generación de energía eléctrica con
base en la capacidad solicitada. Suministrador.
38. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición de la autorización de importación y exportación de energía
eléctrica con base en la capacidad solicitada, hasta 10 MW.
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Unidad de Política de Ingresos No Tributarios
ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
46 24,622.78
47 24,622.78
48 24,622.78
49 24,938.04
50 24,938.04
51 89,195.83
52 97,795.19
53 97,993.70
54 89,697.2754. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de expendio
en aeródromos de combustibles para aeronaves.
49. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para el uso de materiales, equipos, procesos, métodos de
prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas previamente autorizadas por la Comisión Reguladora de Energía, a
fin de dar cumplimiento a las finalidades de las NOMs.
50. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para el uso de materiales, equipos, procesos, métodos de
prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas, a fin de dar cumplimiento a las finalidades de las NOMs expedida por
la Comisión Reguladora de Energía.
51. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
distribución por medio de ductos de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo), petroquímicos o bioenergéticos.
52. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de transporte
por medio de ductos de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo), petroquímicos o bioenergéticos.
53 Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
almacenamiento de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo), petroquímicos o bioenergéticos.
46. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la aprobación como laboratorio de prueba para evaluar la conformidad de
la NOM-016-CRE-2016, especificaciones de calidad de los petrolíferos, expedida por la Comisión Reguladora de Energía, se pagarán
aprovechamientos por cada solicitud, independientemente del número de métodos de prueba solicitados.
47. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la autorización de unidades de inspección de la industria eléctrica en las
áreas de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, el procedimiento aplicable a inspecciones y las condiciones de
operación de las unidades de inspección.
48. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la aprobación de unidades de verificación para evaluar la conformidad de
Normas Oficiales Mexicanas expedidas por la Comisión Reguladora de Energía.
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Subsecretaría de Ingresos
Unidad de Política de Ingresos No Tributarios
ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
55 67,558.06
56 13,802.01
57 17,852.75
58 18,498.61
59 18,498.61
60 18,517.99
61 354,664.51
62 84,768.62
63 18,631.63
59. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de expendio
mediante estación de servicio para autoconsumo de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo) o bioenergéticos.
60. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
comercialización de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo) o petroquímicos.
61. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de gestión y
administración de los sistemas integrados en la conducción de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo) o petroquímicos.
62. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
distribución por medios distintos de ductos de gas natural en unidades vehiculares o embarcaciones marinas.
63. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de transporte
por medios distintos de ductos de petróleo crudo o gas natural en unidades vehiculares o embarcaciones marinas.
55. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
distribución por medios distintos de ductos de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo) o bioenergéticos en unidades vehiculares
o embarcaciones marinas.
56. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de transporte
por medios distintos de ductos de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo) en unidades vehiculares o carrotanques.
57. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de transporte
por medio de buque tanque de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo) por cada embarcación marina.
58. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de expendio
al público mediante estación de servicio de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo) o bioenergéticos.
Página 7
Subsecretaría de Ingresos
Unidad de Política de Ingresos No Tributarios
ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
64 18,631.63
65 94,642.28
66 97,889.07
67 17,371.44
68 17,371.44
69 17,495.70
70 97,795.20
71 97,993.70
72 18,517.99
69. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de expendio
al público mediante estación de servicio de gas natural.
70. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de transporte
por medio de ducto de petróleo crudo.
71. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
almacenamiento de petróleo crudo.
72. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
comercialización de petróleo, hidratos de metano, condensados, gas natural procesado o sin procesar, líquidos del gas natural,
petróleo o gas natural que realicen los contratistas de exploración y extracción.
64. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de transporte
por medio de buque tanque de petróleo crudo o gas natural.
65. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
licuefacción de gas natural.
66. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
compresión de gas natural.
67. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
descompresión de gas natural.
68. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
regasificación de gas natural.
Página 8
Subsecretaría de Ingresos
Unidad de Política de Ingresos No Tributarios
ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
73 354,664.51
74 26,951.01
75 13,679.14
76 18,261.65
77 18,261.65
78 18,261.65
79 13,504.70
80 13,504.70
81 18,517.99
79. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de expendio
al público de gas licuado de petróleo mediante estación de servicio para autoconsumo.
80. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de expendio
al público de gas licuado de petróleo mediante bodega de expendio .
81. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
comercialización de gas licuado de petróleo.
74. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
distribución de gas licuado de petróleo mediante planta de distribución.
75. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
distribución de gas licuado de petróleo por medio de auto-tanque.
76. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de transporte
de gas licuado de petróleo por medios distintos de ductos en unidades vehiculares o carrotanques.
77. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de transporte
de gas licuado de petróleo por medio de buque tanque.
78. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de expendio
al público de gas licuado de petróleo mediante estación de servicio con fin especifico.
73. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de gestión y
administración de los sistemas integrados en la conducción de gas natural.
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Subsecretaría de Ingresos
Unidad de Política de Ingresos No Tributarios
ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
82 352,501.31
83 67,242.73
84 54,924.10
85 71,674.41
86 105,984.68
87 448,281.13
88 70,605.04
89 24,622.78
90 24,622.78
89. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la autorización para la modificación de la autorización como unidad de
inspección de la industria eléctrica en las áreas de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, el procedimiento
aplicable a inspecciones y las condiciones de operación de las unidades de inspección.
90. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de la autorización como unidades de
verificación para evaluar la conformidad de Normas Oficiales Mexicanas expedidas por la Comisión Reguladora de Energía.
84. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de generación
y suministro de energía eléctrica, así como las modificaciones a las autorizaciones de importación y exportación, cuando implique un
análisis técnico, jurídico y financiero en términos de la Ley de la Industria Eléctrica y su Reglamento, hasta 10 MW.
85. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de generación
y suministro de energía eléctrica, así como las modificaciones a las autorizaciones de importación y exportación, cuando implique un
análisis técnico, jurídico y financiero en términos de la Ley de la Industria Eléctrica y su Reglamento, mayor de 10 y hasta 50 MW.
86. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de generación
y suministro de energía eléctrica, así como las modificaciones a las autorizaciones de importación y exportación, cuando implique un
análisis técnico, jurídico y financiero en términos de la Ley de la Industria Eléctrica y su Reglamento, mayor de 50 y hasta 200 MW.
87. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de generación
y suministro de energía eléctrica, así como las modificaciones a las autorizaciones de importación y exportación, cuando implique un
análisis técnico, jurídico y financiero en términos de la Ley de la Industria Eléctrica y su Reglamento, mayor de 200 MW.
88. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de generación
y suministro de energía eléctrica, así como las modificaciones a las autorizaciones de importación y exportación, cuando implique un
análisis técnico, jurídico y financiero en términos de la Ley de la Industria Eléctrica y su Reglamento, suministrador.
82. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de gestión y
administración de los sistemas integrados en la conducción de gas licuado de petróleo.
83. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la modificación de cada título de permiso de comercialización de gas
natural, petróleo, petrolíferos, petroquímicos y gas licuado de petróleo, para permisos que tengan más de una familia de productos.
Página 10
Subsecretaría de Ingresos
Unidad de Política de Ingresos No Tributarios
ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
91 275,819.67
92 161,929.15
93 339,856.24
94 275,819.67
95 161,929.15
96 339,856.24
97 275,819.67
98 161,929.15
99 339,856.2499. Por las actividades relacionadas a los términos y condiciones y tarifas, por el análisis, evaluación y expedición de las
contraprestaciones, precios o tarifas para las actividades permisionadas de gas licuado de petróleo.
94. Por las actividades relacionadas con los términos y condiciones y tarifas, por el análisis y, en su caso, la expedición de la
resolución sobre propuestas de los agentes regulados respecto de los términos y condiciones de las ventas de primera mano de
petróleo crudo, gas natural, condensados, líquidos del gas natural o hidratos de metano.
95. Por las actividades relacionadas a los términos y condiciones y tarifas, por el análisis y, en su caso, modificación de la expedición
de la resolución sobre propuestas de los agentes regulados respecto de los términos y condiciones de las ventas de primera mano de
petróleo crudo, gas natural, condensados, líquidos de gas natural o hidratos de metano.
96. Por las actividades relacionadas con los términos y condiciones y tarifas, por el análisis, evaluación y expedición de las
contraprestaciones, precios o tarifas para las actividades permisionadas de gas natural y petróleo.
97. Por las actividades relacionadas con los términos y condiciones y tarifas, por el análisis y, en su caso, la expedición de la
resolución sobre propuestas de los agentes regulados respecto de los términos y condiciones de las ventas de primera mano de gas
licuado de petróleo.
98. Por las actividades relacionadas con los términos y condiciones y tarifas, por el análisis y, en su caso, modificación de la
expedición de la resolución sobre propuestas de los agentes regulados respecto de los términos y condiciones de las ventas de
primera mano de gas licuado de petróleo.
91. Por las actividades relacionadas con los términos y condiciones y tarifas, por el análisis y, en su caso, la expedición de la
resolución sobre propuestas de los agentes regulados respecto de los términos y condiciones de las ventas de primera mano de
petrolíferos, (excepto gas licuado de petróleo) o petroquímicos.
92. Por las actividades relacionadas con los términos y condiciones y tarifas, por el análisis y, en su caso, modificación de la
expedición de la resolución sobre propuestas de los agentes regulados respecto de los términos y condiciones de las ventas de
primera mano de petrolíferos, (excepto gas licuado de petróleo) o petroquímicos.
93. Por las actividades relacionadas con los términos y condiciones y tarifas, por el análisis, evaluación y expedición de las
contraprestaciones, precios o tarifas para las actividades permisionadas en materia de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo) o
petroquímicos.
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ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
100 15,878.71
101 85,194.65
102 339,856.24
103 140,796.70
104 154,672.92
105 154,639.85
106 140,790.52
107 106,385.33
108 20,449.36
104. Por la supervisión anual de los permisos de transporte por medio de ductos de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo),
petroquímicos o bioenergéticos.
105. Por la supervisión anual de los permisos de almacenamiento de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo), petroquímicos y
bioenergéticos.
106. Por la supervisión anual de los permisos de expendio en aeródromos de combustibles para aeronaves.
107. Por la supervisión anual de los permisos de distribución por medios distintos de ductos de petrolíferos (excepto gas licuado de
petróleo) o bioenergéticos en unidades vehiculares o embarcaciones marinas.
108. Por la supervisión anual de los permisos de transporte por medios distintos de ductos de petrolíferos (excepto gas licuado de
petróleo) en unidades vehiculares o carrotanques.
100. Por las actividades relacionadas con los términos y condiciones y tarifas, por la aprobación o modificación del modelo de
convenio o contrato para la realización de actividades reguladas en términos de la Ley de la Industria Eléctrica.
101. Por las actividades relacionadas con los términos y condiciones y tarifas, por el análisis, evaluación, y en su caso, otorgamiento
de transferencia de permiso de generación de energía eléctrica o suministro eléctrico en sus tres modalidades: suministro básico,
suministro calificado y suministro de último recurso, así como las transferencias de las autorizaciones de importación y exportación de
energía eléctrica.
102. Por las actividades relacionadas con los términos y condiciones y tarifas, por el análisis, evaluación y expedición de las
contraprestaciones, precios o tarifas para las actividades permisionadas de electricidad.
103. Por la supervisión anual de los permisos de distribución por medio de ductos de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo),
petroquímicos o bioenergéticos.
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ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
109 28,911.48
110 29,227.23
111 29,227.23
112 20,485.56
113 561,093.49
114 113,022.56
115 20,611.28
116 20,611.28
117 151,863.41
114. Por la supervisión anual de los permisos de distribución por medios distintos de ductos de gas natural.
115. Por la supervisión anual de los permisos de transporte por medios distintos de ductos de petróleo crudo o gas natural.
116. Por la supervisión anual de los permisos de transporte por medio de buque tanque de petróleo crudo o gas natural.
117. Por la supervisión anual de los permisos de licuefacción de gas natural.
109. Por la supervisión anual de los permisos de transporte por medio de buque tanque de petrolíferos (excepto gas licuado de
petróleo) por cada embarcación marina
110. Por la supervisión anual de los permisos de expendio al público mediante estación de servicio de petrolíferos (excepto gas
licuado de petróleo) o bioenergéticos.
111. Por la supervisión anual de los permisos de expendio mediante estación de servicio para autoconsumo de petrolíferos (excepto
gas licuado de petróleo) o bioenergéticos.
112. Por la supervisión anual de los permisos de comercialización de petrolíferos (excepto gas licuado de petróleo) y petroquímicos.
113. Por la supervisión anual de los permisos de gestión y administración de los sistemas integrados en la conducción de petrolíferos
(excepto gas licuado de petróleo) o petroquímicos.
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ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
118 149,260.18
119 21,398.63
120 21,398.63
121 28,391.86
122 154,673.24
123 154,639.85
124 20,485.56
125 561,093.49
126 32,665.32
124. Por la supervisión anual de los permisos de comercialización de petróleo, o hidratos de metano, o condensados, o gas natural
procesado y sin procesar, o líquidos del gas natural, o petróleo y gas natural que realicen los contratistas de exploración y extracción.
125. Por la supervisión anual de los permisos de gestión y administración de los sistemas integrados en la conducción de gas natural.
126. Por la supervisión anual de los permisos de distribución de Gas Licuado de Petróleo mediante Planta de Distribución.
119. Por la supervisión anual de los permisos de descompresión de gas natural.
120. Por la supervisión anual de los permisos de regasificación de gas natural.
121. Por la supervisión anual de los permisos de expendio al público mediante estación de servicio de gas natural.
122. Por la supervisión anual de los permisos de transporte por medio de ducto de petróleo crudo.
123. Por la supervisión anual de los permisos de almacenamiento de petróleo crudo.
118. Por la supervisión anual de los permisos de compresión de gas natural.
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ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
127 30,508.08
128 20,282.75
129 20,282.75
130 23,315.32
131 23,315.32
132 22,966.86
133 20,485.56
134 557,671.21
135 106,243.23
134. Por la supervisión anual de los permisos de gestión y administración de los sistemas integrados en la conducción de transporte
por medio de ductos y almacenamiento de gas licuado de petróleo.
135. Por la supervisión anual de los permisos de comercialización de gas natural, petróleo, petrolíferos, petroquímicos y gas licuado
de petróleo, para permisos que tengan más de una familia de productos.
129. Por la supervisión anual de los permisos de transporte de gas licuado de petróleo por medio de buque tanque.
130. Por la supervisión anual de los permisos de expendio al Público de Gas Licuado de Petróleo mediante estación de servicio con fin
específico.
131. Por la supervisión anual de los permisos de expendio de Gas Licuado de Petróleo mediante estación de servicio para
autoconsumo.
132. Por la supervisión anual de los permisos de expendio al público de gas licuado de petróleo mediante bodega de expendio.
133. Por la supervisión anual de los permisos de comercialización de gas licuado de Petróleo.
127. Por la supervisión anual de los permisos de distribución de gas licuado de petróleo por medio de auto-tanques.
128. Por la supervisión anual de los permisos de transporte de gas licuado de petróleo por medios distintos de ductos en unidades
vehiculares o carrotanques.
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ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
136 19,264.38
137 105,595.71
138 260,448.94
139 430,382.09
140 1,308,964.81
141 83,879.63
142 17,431.06
143 18,600.04
144 21,440.97144. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la inscripción del sistema de gestión de certificados y cumplimiento de
obligaciones de energías limpias (S-CEL) de suministrador.
139. Por la supervisión anual de las autorizaciones de importación de energía eléctrica y de los permisos de suministro eléctrico,
mayor de 50 y hasta 200 MW.
140. Por la supervisión anual de las autorizaciones de importación de energía eléctrica y de los permisos de suministro eléctrico,
mayor de 200 MW.
141. Por la supervisión anual de las autorizaciones de importación de energía eléctrica y de los permisos de suministro eléctrico,
suministro eléctrico.
142. Por la supervisión anual del permiso, por la supervisión anual de la operación de unidades de inspección de la industria eléctrica.
143. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la inscripción del sistema de gestión de certificados y cumplimiento de
obligaciones de energías limpias (S-CEL) de generador limpio.
136. Por la supervisión anual de las autorizaciones de importación de energía eléctrica y de los permisos de suministro eléctrico, hasta
3 MW.
137. Por la supervisión anual de las autorizaciones de importación de energía eléctrica y de los permisos de suministro eléctrico,
mayor de 3 y hasta 10 MW.
138. Por la supervisión anual de las autorizaciones de importación de energía eléctrica y de los permisos de suministro eléctrico,
mayor de 10 y hasta 50 MW.
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ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
145 14,901.47
146 12,650.17
147 20,744.13
148 22,513.01
149 24,389.10
150 16,616.75
151 10,284.88
152 25,027.23
153 13,679.14
149. Por la Administración de las cuentas del Sistema de Gestión de Certificados y Cumplimiento de Obligaciones de Energías
Limpias (S-CEL) de participante obligado.
150. Por la Administración de las cuentas del Sistema de Gestión de Certificados y Cumplimiento de Obligaciones de Energías
Limpias (S-CEL) de entidad voluntaria.
151. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la acreditación de las unidades que certificarán a las centrales eléctricas
limpias y certificarán la medición de variables requeridas para determinar el porcentaje de energía libre de combustible.
152. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición del título de permiso de distribución de gas licuado de
petróleo por medio de vehículo de reparto.
153. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso la autorización para la modificación de cada título de permiso de
distribución de gas licuado de petróleo por medio de vehículo de reparto.
145. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la inscripción del sistema de gestión de certificados y cumplimiento de
obligaciones de energías limpias (S-CEL) de participante obligado.
146. Por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la inscripción del sistema de gestión de certificados y cumplimiento de
obligaciones de energías limpias (S-CEL) de entidad voluntaria.
147. Por la Administración de las cuentas del Sistema de Gestión de Certificados y Cumplimiento de Obligaciones de Energías
Limpias (S-CEL) de generador limpio.
148. Por la Administración de las cuentas del Sistema de Gestión de Certificados y Cumplimiento de Obligaciones de Energías
Limpias (S-CEL) de suministrador.
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ANEXO AL OFICIO No. 349-B-223
No CuotaDescripción
154 30,508.08154. Por la supervisión anual de los permisos de distribución de gas licuado de petróleo por medio de vehículo de reparto.
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