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OBRAS DE DERECHO COMUN MEDIEVAL EN CASTELLANO Del s. iv al xvt, el factor juridico fue de una importancia deternunante en el curso de la historia . Circunscribiendonos a los ultimos siglos de la Edad Media (s . xzz-xvz), el derecho de que aqui se trata es el his cotimaarne, es decir el derecho romanocano- nico, contenido en los dos Corpus Iuris y expuesto por los innu- merables comentaristas de uno y otro derecho . Las fuentes y sobre todo la literatura en torno a este derecho se presentan en muy variados niveles . Existe toda una constelacion de generos literario- juridicos 1, segfin las finalidades y destinatarios de cada obra. Nor- ma1-mente, esta literatura estA en latin, lengua que constituyo el vehiculo oficial de expresion en esta especialidad hasta tiempos relativamente recientes . r1 partir del s . xrir comienzan a registrarse en lenguas vulgares escritos juridicos generalmente destinados a la practica . A finales de la Edad Media, los seglares no solian estar muy impuestos en el manejo de la lengua latina . .A veces los clerigos tampoco rayahan muy alto en su conocimiento de este idioma. P'or otra parte, las lenguas romances van introduciendose, afirmandose y tratando de dominar como lenguas habladas y como organos ' de expresion del pensamiento escrito, sobre todo por cuanto se refiere a la literatura y a escritos de tipo practico . Estas circunstancias explican la apari- cion de obras en lengua vulgar sohre las mas variadas especiali- dades . El castellano no fue ninguna excepcion a esta regla . Es hien salaido clue a partir del s . xtz los textos legales de derecho castellano suelen redactarse en lengua vulgar . Tenemos una version castellana del Fuero Jutigo y toda una serie de ordenamientos reales redacta- 1. Sobre los generos literariojuridicos, cf . mi articulo La penetraciolro del dereclzo clasico tinedieval en Espaiia, en este ANunxio 36 (1966), 589-90 .

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Page 1: Obras de Derecho común medieval en castellano. · 2014. 8. 21. · 666 Antonio, Garcia v Garcia dos en la lengua de Castilla 2 . Portratarse de unsector bien cono-cido bajo este

OBRAS DE DERECHO COMUNMEDIEVAL EN CASTELLANO

Del s. iv al xvt, el factor juridico fue de una importanciadeternunante en el curso de la historia . Circunscribiendonos a losultimos siglos de la Edad Media (s . xzz-xvz), el derecho de queaqui se trata es el his cotimaarne, es decir el derecho romanocano-nico, contenido en los dos Corpus Iuris y expuesto por los innu-merables comentaristas de uno y otro derecho. Las fuentes y sobretodo la literatura en torno a este derecho se presentan en muyvariados niveles. Existe toda una constelacion de generos literario-juridicos 1, segfin las finalidades y destinatarios de cada obra. Nor-ma1-mente, esta literatura estA en latin, lengua que constituyo elvehiculo oficial de expresion en esta especialidad hasta tiemposrelativamente recientes.

r1 partir del s. xrir comienzan a registrarse en lenguas vulgaresescritos juridicos generalmente destinados a la practica . A finalesde la Edad Media, los seglares no solian estar muy impuestos enel manejo de la lengua latina . .A veces los clerigos tampoco rayahanmuy alto en su conocimiento de este idioma. P'or otra parte, laslenguas romances van introduciendose, afirmandose y tratando dedominar como lenguas habladas y como organos ' de expresion delpensamiento escrito, sobre todo por cuanto se refiere a la literaturay a escritos de tipo practico . Estas circunstancias explican la apari-cion de obras en lengua vulgar sohre las mas variadas especiali-dades.

El castellano no fue ninguna excepcion a esta regla. Es hiensalaido clue a partir del s. xtz los textos legales de derecho castellanosuelen redactarse en lengua vulgar . Tenemos una version castellanadel Fuero Jutigo y toda una serie de ordenamientos reales redacta-

1. Sobre los generos literariojuridicos, cf . mi articulo La penetraciolrodel dereclzo clasico tinedieval en Espaiia, en este ANunxio 36 (1966), 589-90 .

Page 2: Obras de Derecho común medieval en castellano. · 2014. 8. 21. · 666 Antonio, Garcia v Garcia dos en la lengua de Castilla 2 . Portratarse de unsector bien cono-cido bajo este

666 Antonio, Garcia v Garcia

dos en la lengua de Castilla 2 . Por tratarse de un sector bien cono-cido bajo este aspecto, no vamos a ocuparnos aqui del derechecastellano propiamente dicho, sino tan solo de textos legales yobras influenciadas por el derecho comtin . Con frecuencia aludiremosa escritos de juristas que se ocupaban primordialmente del derechocastellano, pero arm en este caso los citamos tan s61o en cuantose registra en ellos un contenido romanocan6nico . Este fen6menono encierra ningitn enigma . Los juristas que se octtpaban del de-recho castellano normalmente habian estudiado en alguna univer-sidad, y el derecbo que se cursaba en las universidades medievalesera el de los dos Corpus Iuris y no el de los ordenamientos caste-llanos 1.

Estas paginas no aspiran a esclarecer todos los problemasinherentes a esta literatura juridica en lengua vulgar, tales corm]as fuentes de inspiracidn de cada escrito, determ;nar si se tratade obras originales o de simples traducciones o adaptaciones enromance de obras originariamente latinas, analisis filol6gico, influjoy proyecci6n hist6rica, etc. Aqui me limitare a un primer intentode inventario o repertorio de estos materiales, que sin duda seracompletada en el futuro . I?n este recuento aludire a obras ya co-nocidas anteriormente, a otras que, yo mismo describi en anteriorespublicaciones y tarnbien a algunas cuya noticia aparece por primeravez en estas paginas. No dodo de que los investigadores completa-ran en el ftttttro este modesto primer cuadro que ahora cfrezco a loslectores .

2. Pueden verse casi todos estos ordenamientos en diversos c6dicesreseiiados por mi en los dos trabajos siguientes : Los mait-uscritos juridicosmedievales de la Hispanic Society of America, REDC 18 (1963), X01-59(edici6n aparte en New York 1964) ; A. GARCiA y GARCIA-R'. Goivzi,LVELRuiz, CaieElogo de los manuscritos juridicos rnedievales de la Catedral deToledo (Roma-Madrid 1970). Las edicioues de los ordenamientos que fueronimpresos son biers conocidas, resultando superfluo citarlas aqui .

3. Sobrc esta paradoja de los juristas que estudiaban el derecho comfin

rnrdieval en las universidades nacionales y extranjeras y despu6s tenianque poner en prictica ua dereclio, que al mews en principio no era el

ir!s comm2me, ef. mi articulo La caxmustica iberiea medieval posterior al

Decreto de Graciaiio, Rcpertorio de Flistoria do las Cieitcias Eclesihsticaseia Espaiza 2 (Salamanca 1971), 183-185, aparte del articulo citado en lanota 1 de este trabajo.

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Obras de Derecho comura medieval en castellano 667

Esta literatura juridica medieval versa generalmelite sobre al-guno de estos temas : fuentes y- obras generales, escritos de ca-racter procesal y obras pastorales preferentemente sobre terrahenitencial dirigidas a los confesores.

1. FUENTES Y OBRAS GENERALES

1 . -No conozco ningulna version castellana medieval de ningu-na parte considerable del Corpus Iuris Civilis, cosa facillrnente cotn-preusible si se tiene en cuenta que los juristas espanoles se manifes-taron casi unanimemente en contra de la teoria de la jurisdicciotiuniversal del emperador, teoria que trataba de apoyarse en lostextos justinianeos 4. Esto no impide que se verifique una recepcicin,a veces masiva, conio en el caso de las Partidas, de copiosos ele-mentos de derecho privado romano 5.

4. El estado de la cuesti6n, tanto por to que respecta a las fuente;

como a los juristas medievales, es expuesto asi por un autor catalan, ve-

rosimilmente Guillem de Vallseca, en unas cuestiones ineditas sobre la po-

testad real e imperial ; . . .ut apparet (se refiere a la teoria de la jurisdic-ci6n universal de emperador) in Zoanne qui Brat <Thcutonicus> et alii

ytalici. Set ys¢ani notant contrariawi, Ixii . di . c. Adrianus (D . 63 c. 22) etVincentius et Zoannes de Deo, extra de donat. inter virum et uxorena c. Et

si necesse (X 4.20.5). De iure autew canonico iMperator non est dominos

mundi nec oumes reges habent sibi esse subiecti, quia hoc nullibi cauetur,

set potius contrarium colligitur in ditto c. Pastoralis de re iudic. in Clew.(Clem. 2.11.2) cui consonat quad habetur in e. Peruenit extra qui filii sintlcgit. (X 4.17.11) obi dicitur quad Rex francorzon superiorern non recognoscit

(Bologna, Collegio di Spagna, MS 123 f. 1500) .

5. Entre los trabajos modernos realizados sobre instituciones can6nicasen las Partidas podemos citar los siguientes : E. F. REGATILLo, Las Parti-das de Alfoitso X cl Sabio y las Decrctales de Gregorio IX, .Sal Terrae 24(1935), 1003-4 ; el inismo. El derecho matrimonial en las Partidas y cu la .eDecrctales, Acta Cortgressus Iuridici Interuationalis 3 (Roma 1936), 315-84 ;R. BmAGOR, El derecho de las Decretales y do las Partidas de Alfonso clSabio de Espaiia, ib . 297-313 ; J. MALDONADO Y FERNANDEZ DEL TORro, Re-lacioues mitre el derecho de las Decretales 3, do las Partidas en materia nia-trimoxial, en este ANVARIO 15 (1944), 589-643 ; J. GI1ii:NEZ v MARTiNEZ DFG+RVAJAL, El Decreto y las Decretales fuente de la I Partida de Alfonso elSabio, Anthologica Annua 2 (1954) . 239-348 ; del mismo, S. Raintundo dePeaiafort y las Partidas de Alfonso el Sabio, ib . 3 (1955), 201-238 ; E. MAR-

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668 Antonio Garcia y Garcia

Por to que respecta al CorPiis Irrris Canonici, existe una reela-boracibn medieval castellana del Liber Extra. o Decretales deGregorio I1 . Se conserva en nmnerosos manuscritos, to que de-muestra una amplia difusidn manuscrita y consiguiente utiliza-ci6n . Esta abra consiste en tin resumen de cada decretal o capi-tulo, que en el lenguaje de los generos literariojuridicos in~-dieva-les se conoce con el nombre de Casus. No es por consiguiente unaversion medieval, comp se indica en el titttlo de la reciente edicibnde esta obra E.

2. Gonzalo Gonzilez de Bustarnante 7 escribi& una Tabula 1uriso diccionario juridico, en latin, obra de la que se conoce nn m<t-nuscrito latino, conservado en la Biblioteca del Cabildo de ToledoMS 39-30 ff.lr-156°, terminado de escribir en Santorcaz (Madrid)en 1380 8. Existen otros dos mannscritos latinos tnas tardios, en losque se conserva otra recensidn de la misiua obra : el MS 12687 dela Biblioteca Nacional de Madrid, el MS e.I .4 del Escorial9. Sala-inanca, Biblioteca Universitaria MS 166 ff.1-217. A su vez otro c6-

TINEZ MAxcos, Fuentes de la doctrina canonica de la IV Partida del Codigo

del Rey Alfonso el Sabio, REDC 18 (1963), 897-926 ; el mismo, Las causassnatrinzoniales en las Partidas de Alfonso el Sabio (Salamanca 1966).

6. C£. J. MANS PUZGARNAu, Decretalcs de Gregorio IX . Version me-

dieval espahola 1-3 (Barcelona 1939-43) .

7. Este personaje portugues aparece en 1363 como estudiante, verosi-

milmente en Avinbn . 'En 1378 era presbitero de la Iglesia de Lamego, liccn-

ciado en Decreto, bachiller en leyes, pr6ximo a doctorarse en Avinon, y con

una expectativa de un canonicato en Coimbra. En Avif16n debi6 conocer a

Pedro Diaz de Tenorio, a quien sigue a Coimbra (1371) y despues a Tole

do (1377), donde aparece como tesorero en 1389, cuando es promovido a la

sede episcopal de Segovia (1389-92). Fue uno de los arbitros en la cuestion de

la tutela de Enrique III. En la cr6nica de este rey se dice que ° es el mayor

doctor en leyes que entonces habia en Castilla". Cf . V. BELTRAN or Hrp1si>TA,

Cartulario de la llniversidad de Salamanca 1 (Salamanca 1970), 185-86 . Laidentificaci6n del Gundisalvus Gundisalvi (portugues) con Gonzalo Gonz<dezdo Bustainante no aparece del todo segura.

8. Vease la descripci6n en A . GARcrn Y GARCiA-R. GONznrtz Rusz, o . c .,14 2-43 .

9. Vease la descripci6n de estos c6dices en R. RIAZA, Sobre "La Pere-

grina" t' sus rcdarciones, en este ANUnxio 7 (1930), 168-82 . Bonifacio Perez

Garcia edit6 una ulterior recension latina de esta obra, bajo el titulo de

Peregriua. Cf. mi articulo La canonistica iberica medieval posterior al 1)e-

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Obras de Derecho comun medietwl en castellano 669

dice castellano, que es el IIS Z .1 .11 escurialense, con una recen-si6n algo mas abreviada que las anteriores . Todos estos codices,salvo el toledano, datan del siglo xv . De estas circunstanciasconcluye Riaza que el texto castellano representa el estadio o re-censidn rnas antigua de todos estos textos . Sin embargo, el c6dicetoledano, que el mencionado autor no conocid, parece invalidar estaconclusi6n, ya que es notoriamente anterior a los otros codices ytextos . Sin embargo, el cOdice toledano, que el mencionado autorno utiliz6, parece invalidar esta conclusi6n, ya clue es notoria-mente anterior a los otros codices y advierte expresamente en elcolof6n clue aquella es la obra original de donde se tomaron otrasrecensiones : . . .hec est prima et originalis tabida hunts operis ; alieautem clue in posterum apparverunt scitote inspectores ab ista ftrissesumptas. Por otra parte, la mayor o menor brevedad o extensionde una recensi6n sobre otra no concluye nada en cuanto a la prio-ridad o posterioridad cronol6gica de los textos clue contiene . Estoquiere decir clue la tradicion manuscrita de esta obra y la prioridadentre las diferentes recensiones es un problema todavia pendientede ulterior esclarecimiento . El c6dice castellano escurialense, MSZ.I.11 ffX265r lo, comienza y acaba asi : "Por quanto en estaPeregrina puse en los margines el Fuero de las Leyes et el Fuero

Judgo et el Fuero nueuo clue es dicho Ordenamiento de Alcala" . . . ;

des. " . . .et rreglas derechas . 1. final clue es 12 . rregla et todas las

leyes uide significaqio . El libro es acabado, el nombre de Dios sea

loado et acabose en Alcala de Guadayra villa de la muj noble qibdatde Seuilla en iueues siete dias de setiembre anno del nuestro Sa-luador Ihsu Christo de mill et quatroqientos et diez et nueue annos.El qual dicho libro acabo et ffizo Alfonso Sanches escriuano de ladicha villa" .

3. Otro opiisculo sobre un tema muy concreto, pero clue toincluimo~s aqui por no tener facil cabida en los siguientes apartados,es el Tractatus de insigniis et arzrus de Bartolo de Saxofferrato.

creto de Graciano, Repertorio de Flistoria de las Ciencias Eclesidsticas en

F-spaiaa 2 (Salamanca 1971), 188-89 .

10. Puede verse descrito este cbdice en J. Zaaco CUEVns, Catdlogo delos manuscritos castellanos de la Real Biblioteca de El Escorial 3 (El Esco-rial 1929), 86-87.

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670 Antonio Garcia v Garcia

El texto latino original se encuentra en una infinidad de manus-critos, aparte de las tambien numerosas ediciones de que fue ob-jeto 11 . Este optisculo fue traducido por dos veces al castellanodurante el s. xv . Una de estas versiones se encuentra en el ATSRes.125 ff.jr-17` de la Biblioteca Nacional de Madrid 12, y fuerealizada por un cierto Ludovicus Bachallarilts, quien la dedica aD. Inigo L61>ez de Mendoza, Marques de Santillana . La otraversi6n se conserva en el MS 7099 ff.6r-9° de la misma BibliotecaNacional madrileria. La primera de las traducciones mencionadascomienza : "Tratado sobre las insignias et escudos de arenas" . Sigueun pr6logo del traductor : "Senor, este otro dia deleytandose vuestramerced en aquello que a todo virtuoso conviene . . ." . E1 texto pro-piamente dicho empieza (f . 1r) : Aqui comien~a el "tratado de Bar-thulo sobre las signias et escudos de artnas . Para aver noticia etconoscimiento en las senales et arenas que alguno trae en pendoneso en escudos" . . . Termina : ". . .Jas questioner que en la materiade las arenas pueden acaescer . De vuestra merced humill servidor .Ludovicus Bachallarius". La version del MS 7099 comienza"Comienqa el tratado de las senales y banderas y estandartes ;,pendones y de las arenas que cada uno trae en sus escudos o poneen sus casas fecho por el muy excelente doctor Bartulo de Saxo-ferrato . Dos maneras de senas y de arenas . . ." . Concluye : " . . .si nopone alguno de su mensa" .

11 . De la difusion de este tratado en su forma latina nor da idea elbecho de que aun hoy dia se conservan los nueve c6dices siguientes enbibliotecas espauolas

Barcelona, Archivo de la Catedral, MS 85 ff .173'"-176`° .Barcelona, Archivo de la Corona de Arag6n, MS Ripoll 67 ff .27`-30' .Escorial, Biblioteca del Monasterio, MS c.11.8 ff.84`'-93'.Madrid, Biblioteca Nacional, 2209 ff .168''°-170°" .Madrid, Biblioteca National, MS 12090 ff .63°°-65°°.Segovia, Biblioteca del Cabildo, MS s .s . ff179r`'-181'b .Seo de Urgel, Biblioteca del Cabildo, MS 2064 ff.80°°-83" .Sevilla, Biblioteca Colombina y del Cabildo, MS 83-8-13 ff .113''"-116'° .Toledo, Biblioteca del Cabildo, MS 8-3 ff.184"-189`.12. Cf. M. SCHIFF, La Bibliotheque du Marquis de Santillane (Paris

1905), 226-34 .

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Obras de Derecho corraulc medieval en castellano 671

II . OBRAS DE DERECHO PROCLSAL

-1 . El jurista frances, Nepos de iMontealbano (\eveu do Mon-tauban, que en 1266 y 1269 era juez en Alhi) escribid en latin unaobra destinada a la practica procesal, titulada Lihellus fuqitIVuso tambien Libellers fiauperzon, que tuvo una extraordinaria difusi6nmanuscrita 13, siendo editada por to menos once veces 14 . Hace algu-nos afros, encontre una traducci6n espatiola de este opitsculo en el-'IS HC :411/52fl ff.3-116 de la Hispanic Society of America deNew York 15 . Ignoro si este codice, ciertamente emigrado de L.s-pana 11, constituye el unico ejmeplar existente o solo el unico cono-cido de la tradici6n manuscrita de la versi6n castellana del Libellusfugitivus . El hecho de que solo aparezca una copra no es ningundato definitivo . Pero posiblemente se trata de una versi6n mandadapacer por algiin jurista practico para su propio uso, sin que llegaraa adquirir mayor difusi6n manuscrita.

5 . Hay una Suvmna de ordine iudiciario qua: la historiografiaespanola 17 y el MS 5-5-30 ff.lra-25°b de la Biblioteca Colombina

y Capitular de Sevilla atribuyen a Fernando Martinez de Zamora .

En el f . Ira die codice sevillano se lee en efecto fncipi soma aurea

de ordine iudiciario composita a inagistro Fernando Zaniorensi . ] .aapreacion de que esta obra es original del maestro zainorano :rno solo traducida o adaptada a base de otra preexistente, requiere

13. Manuscritos latinos de este opusculo en Espana : Seo de Urgel, Bi-

blioteca del Cabildo, MS 2027 ff .1-8 (despues de otra obra que le precede,pero que pertenece originariamente a otro manuscrito) ; MS 2030 de lamisma Biblioteca ff .24"-34`a ; Toledo, Biblioteca del Cabildo, MS 40-12ff.83'°-107°b, etc.

14. Veanse reseiiadas en F. C. voN SAVZGNY, Geschichte des ronzischenRechts hn Mittelalter 5 (Heidelberg 1850=Bad Homburg 1961), 504.

15. Cf. descripci6n en A. GARCfA Y GARCfA, Los manuscritos juridicosinedievales de la Hispanic Society of Anierica, REDC 18 (1963), 50'3 y30-31 .

16 . En la guarda final anot6 una mano del s. xvi : "En la villa deS. Sebastian a veinte de junio de 1520". En el tejuelo se lee : "Montalvan,Usos de los pleitos", to que representa una castellanizaci6n del nombre delautor.

17. J . CERDA, La "Margarita de los pleitos" de Fernando Martinez deZarraorai, en este ANUARIo, 20 (1950), 655-56 .

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672 Antonio Garcia -v Garcia

ser matizada. En Bran parte es sdlo traduccion literal de la asillamada Sionvia pa:tpertmi, atribuida al canenigo parisiense Adenul-fus de Anagni (m . en 1289 6 1290), conservada en docenas de Ina-nuscritos en su original latino . Existen ademas traducciones en fran-ces, italiano, holandes, ingles y espafiol18 . En los formularios queaparecen en el original latino ubicados en Paris, el traductor espafiolomite la referencia geogrffica . Omite ademas algunos trozos, y afade,sobre todo al final nuevos formularios mas adaptados a la realidadcastellana. Despues del titulo latino que dejarnos indicado, co-mienza si : "Este es el libro del derecho canonico de la santa igle--sia que ouo por siempre e por derecho e sacado de las sumas deldecreto a esta ordenado por sus capitulos e porque nos los meno-res podamos ser mostrados en alguna manera en d2recho en txsode los pleytos de cada dia segund el tenor de la decretal Quoniamcontra falsam, extra de probationibus (X. 2.19.11) departimos estetiempo en dies tiempos en esta manera" . . . Termina en el f.25-'` . . . e para me defender con derecho et sic notatur de in integrumrestitutione in c. Cum ex litteris" . Sigue de otra mano (f.25vab)

"Ante vos. . ." ; des. . . ."por faser pretesto fasta el fin del pleito".Este c6dice es del s. xv .

6. Bajo el titulo de Margarita hay una obra conservada en lostres manuscritos sigulentes : Escorial M.11.18 ff.95-100, Real Academia de la Lengua de Madrid MS 7 ff.13v-22r y Biblioteca Uni-versitaria de Valencia MS 39 ff.lxxxrb-lxxxiiira . Esta obra fueeditada por J . Cerda 11, dando por seguro que su autor es FernandoMartinez de Zamora . Es muy posible que asi sea en efecto, perolos argurnentos aducidos por el editor andan lejos de llevar a laconviccion. Este opusculo es una vulgarizacidn del proceso romarno-canonico, no para el pueblo, como sugiere el tnencionado editor,sino para los juristas pr~icticos . De los codices indicados, el de la

18. Cf. estudio y edici6n del texto latino en L. WAIIRMUND, Die SummaMinorwin des Magister Arsmlpdtus, Qztellen wnr GescltiicFate des rosnisch-kanonischen Processes im Mittclalter 1-2 (Innsbruck 1905=Aalen 1962),xix-58 pp . Vease sobre este tema H. KANTOROWICZ-W. W. BUCKLAND StU-dies in the Glossators of trite Roman Laze, (Cambridge 1938), 27 y 29 .

19 . CL el articulo citado en la nota 17 de este estudio pp. 677-738.Precede un estudio introductorio en ]as pp . 634-676.

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O17ras de Derecho C0171f11 medieval en castcllano 673

Real Academia est<i completo, mientras clue los otros son fragmen-tarios . La obra consta de 33 titulos . Comietuza : "Titulo de comoamonestaras a ayuel clue quieres traer en juizio. Cerca (Tel amones-taniiento de aquel que quisieres sitar en juizio" . . . Termina " . . .de-ves salver que de dereclio se pueden fazer las posNiones, ut de ellect .lludum (X 1 .6.34) et d-- litiscontest . Olim (X 2.~ .un.)" .

7. En el MS 41-7 ff.3--311'1 (s . xtv) de la 13iblioteca del Ca-hildo (IL Toledo 2° se contiene una obrita titulada 11aryarita oLibro de las posiciones . Comienza : "11qui comien4a la MargaritaLibro de las Posiciones . Flores decretalium in qua debent condetnp-nare in expensis . . . ". Termina : " . . . como sabras quales son lasleyes et los derechos por onde preues to que diras todo to fallarasen este libro. Aqui fenesce el libro de las margaritas Ioannes Sanciide Fuentsalida" . No es claro si este personaje es el autor o sola-iuente el amanuense de este opusculo .

8, 1;1 MS 41-8 ff.9r-79v de la misua Biblioteca toledana(s. xv) conserva varios tratados de derecho procesal de un autorsalmantino, bachiller en leyes, Ilatnado Fer<dinandus> 21 . Estostratados estan en latin y en castellano . Comienza : "Ante omniainuo-co (?) auxilium magni L)otuini nostri Saluatoris lesu Christi textusaliter legitur tit in Auth . de armis" . . . Termina : " . . . cluantos me-nester disieren para guarda de mi derecho" . Eli el f.9v-10r se ex-plica asi el prop6sito y contenido'd-- la presente obra, subdividida~en varioc, tratados : . . ."ego Fer<dinandus>in iure sciuli bachala.-rius . . . paucis verbis copillaui istos nouem breues tractatus apponedoin eis circa practicatn solununodo breues conclusiones precipuasdoctorum quorum prinnts est de forma et practica iudicioruil-isciuilium, sectmdus de accusationibus, tertius de denunciationibuset exceptionbus, quartos de inquisitione crinlinaliunt qtuestionumet qualiter predicta negotia de facto et de ittre cotidie platicanturnet alias debent platicari in iudiciis in romancio, duintus de suppli-~cationilnis reguin et reginarun?., archiepiscoporum et aliorum no-lriliuzn uirortuin e" dominornin huius regni. In aiis quattior ex-

20 . Cf. descripci6n en A. GARCiA 5- GAizciA-R. Gotiznr.vrz Ruiz, o. c. 159.21 . Cf . descripci6n del c6dice ib . 159-60 ; cf . adernas uii articulo La ca-

,nonistica. iberica vtedicval posterior al Uecreto de Graciano, Repertorio deHistoria de !as Ciencias Eclesieistzcas en Eshaiia 1 (Salamanca 1967), 422-23 .

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674 Antonio Garcia y Garcia

traittdicialibus : in primo qualiter quis debet assumere gradumbachalariatus uel alitzm gradtmm platicatttm reperies. In sectmdoproficuum et optimum tractum copilatum de penitentia in latinoet rornancio inuenies . In tertio curam proficuam de ancipitribus etfalconibus inuenies . In quarto et finali ad uitatn huius mundi defen-dendam copiosum et titilern super onmnibus tractatum de proprietateet preparatione ciborttm ad plernttm reperies" . . . De los ntteve tra-tados a que aqui se alude, solo se conservan en el codice toledanolos cinco primeros . En el f.627 da la fecha de 1431 en tin formularioCita, adetuds, el Ordenarniento de Alcala y el Fuero Real, entreotros ordenamientos castellanos . Varios de los formularios aquicontenidos se sitlian geograficamente en Salamanca. Eli el f.P haytin formulario de znano inns tardia que el resto del cddice .

9. El Maestro Jacobo de las Leyes, que florecio en la segundamitad del s. xur, y es uno de los posibles compiladores (le lasPartidas, escribio tres obritas de tipo procesal : Flores del derecho,Doctrinal v Sunta de los none tiempos de los pleytos. Los mismostitulos apuntan a generos literariojuridicos del derecho romano-canonico medieval y no del derecho castellano . Las tres obras ftte-ron editadas por Urena y Smenjaud en colaboracion con Bonilla ySan Martin 22 .

Las Flores, sulxlivididas en tres libros, comienzan : "Titulo i .

de la dignidat del juiz . Sennor, conuiene que quando ouieredesoyr los pleytos por aguardar la ondra de uestra dignidat" . . . Ter-mina : " . . . que es dicha en latin actio personalis". Procede tinprologo qtte comienza : "Al may noble et macho ondrado sennordon Alfonso Fernandez fijo del may noble et bien auenturadosennor don Fernando por la gracia de Dios Rey de Castiela et deLeoti, yo maestre Jacobo de las Leys'' . . . Lsta obra se conserva enmachos codices, a1gunos de los cuales puede verse resefiados por

los editores citados 2s . Circularon tanibien traducciones catalana y

22 . Okras del Maestro Jacobo do tas Leycs, jarisconsulto del s. XIZI,

publicadas en virtud de acuerdo del (lustre Colegio de Abogados de Murcia,

ed . par 1Z. DE URERA Y SAIENJAUD -A . BONTLLA Y SAN MARTIN (Madrid

7324), estudio ?)revio en las pp . i-xxv, Flores (pp. 1-184), Dotrinal (pp. 185-

37G) . Suma (pp. 377-90) y apendices (pp. 391-=409) .

23 . 1b . 3-4.

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Obras de Derecho comun medieval en eastellano 675

galaicoportuguesa 24 . A los cedices conocidos del original caste-llano, pueden ahadirse ahora el ATS 43-22 ff.6%rb-69°" (s .- xrv) dela Biblioteca del Cabildo de Toledo 25, el MS 6501 ff.124y''-158v°(s . xzn) de la Biblioteca Nacional de Madrid, y el --\1S HC :411/534 ff.1-42 (s . xv) de la Hispanic Society of America de NewYork 26 .

El Dotrinal, dividido en seis lihros, es tanibien una okra de pro-cedimiento judicial . Sigue l;astante de cerca las Partidas . Comien-za : "Los sal,ios antiguos que fablaron de como los padres deuenamar a sus rijos, dixeron duel mayor ainor queles podrien rnostrares este : queles fagan aprend,r los saberes que los entiendidosdexaron escritos en los lil;ros . . ." . Concluye : " . . .Aue el julgadorentregarlo al ven~.edor en pagainiento desu dehda, conmno en ma-nera cle conpra, por tanto quanto entendiere clue vale . Esta obrafue editada a 1;ase del unico codice entonces conocido, clue es el\IS rf .l-;2 (s . xv) de la Real Academia de la Lengua . A estecodice se puede ariadir allora el MS HC :411/533 ff.l-83 de laBiblioteca de la Hispanic Society of America de New York, cluetambien es del s. xv L'' .

La Summa de los none tiempos de los pleytos es conocida a tra-ves de cinco inanuscritos 21 . Coniienza : "Todos los pleytos puedensepartir en none tienpos. El primero tienpo es quando el onrne fazchamar a otro quele faga derecho. . ." . Concluye : " . . . non puedeel iuyz toller delas clue son iuradas. Existe una traduccion gaiaico-hortuguesa de esta obra 29 .

10 . En el MS HCAH/538 ff.l-27 de la Hispanic Society ofAmerica 3° hay un Tractatus libellorunt en castellano, inspirado

24 . Ib . 4-5 .25 . Descripcion de este codice en A . GARCfA Y GARCSA-R . GONZALVFZ

Ruiz, o . c . 174 .

26 . Descripci6n de este rnanuscrito en A. GARCfA Y GARCfn, Los rrra-nuscritos jrcridicos nirdievalcs de la Hispanic Society of Annerica, RF,DC 18(1963), 522-23 .

27 . Descripci6n it) . 503 y 532.28 . Cf . descripcicn en la obra citada en la nota 22 de este estudio,

hp. xvii-xxii.29 . Ed en Portrcyaliae blorrunrenta Historica 1 (Lisboa 1856), 330-32 .30 . Descripcion en A . GARCia Y GARCiA, Los rrrafruscritos jrcridico,r nte-

dievales de la His¢arric Societi, of Anaerdca, RF_DC 18 (1963), 533.

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676 Antonio Garcia y Garcia

en otros latinos precedentes, para juzgar segiin el dtrecho deCastilla, pero con machos elementos roinanocan6nicos . Coinienza"Incipit Traciatus libellorurn . Ante vos fulano fachiller en decretos,juez en tal lngar, por fulano fijo de fulano . . . . . . Termina : " . . . nonhay nias" . 1~:s de finales del s. xm o primera mitad del s. xiv.

III . LITERATURA CAIKONICO-PASTORAL

11 . En el MS 21 ff.12-218 (s . xlzi-xfv) de la Biblioteca dela Real Colegiata d° l :e6n 31 se conserva un manual o suma an6-ninla de confesores en Castellano . Consta de 177 capittilos, a losque precede tua indice o tahla en los ff .2-1l . El texto coini°nza"Titulo de los pecados en que pueden caer los obispos et los perla-dos otrosi et de las irregularidades et primero de la bigainia . Ca-pitulo primero. A los obispos et a los otros perlados demandarascomo ovieron las dignidades" . . . Terniina fragmentariamente en elpenultimo capitulo, por haberse perdido un folio . l :n esta obra se vancatalogando los pecados segun los distintos oficios y estamentossociales . Huelga decir que constituye tin excelente documental nos6lo para el estudio de la instituci6n penitential, sino tamhien, parala sociologia de la epoca 32 .

12 . Otra obra sobre la misma tematica es la de Martin Percz,

te6logo canonista del s . xrv, que escribi6 en Castellano una extensa

obra sobre la penitencia, que despues fue traducida al portugues " .

Nicolas Antonio 34 cita tin c6dice de la Biblioteca Colombina y del.Cah.ildo de Sevilla, en la clue se conserva esta obra en leiigua ori-

ginal (Castellano), fechada en 1437 . El cddice sevillano aludido es

31 . Cf . um descripci6n may deficiente de J. PP zr_z LLAMAZARES, Cahi-

logo de los c6dices 3, documentos de la Real Colegiata de San Zsidoro de

Lc6tn (Lc6n 1923), 43 .32 . Este e6dice fue descrito por Lhimazares como coutenieudo las

t'artidas, equivoco clue ya deshizo J . A. ARIAS BoNET, Man«scritos do lasI'artidos do la Real Colegiata do Salt Isidoro de Lcnn, en este ArrrntzIO 35

(1965), 365-68 .33 . Cf . AT . MARTINS, 0 Poiitencial do Martins Pcrc .- cm b7edicvo-

Portztgx~s (Lisboa 1957).3=t . Nicolas ANTONro, Ribliotheca HisPaaaa Vetus 2 (Madrid 1788), 373.

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Obras de Derecho corntin medieral en castellario 677

el actual AIS 7--I-3 ff .2''-137`" de la mencionada Bi131ioteca. Co-

niienza : " Aqui comienzan ciento e dos capitulos con ciento

e dos ruhricas del libro de Alartyn Peres . E es estc

el terq.ero libro de Martin Peres . En esta tercera parte son

ciento e dos capittilos con ciento e dos ruhricas e en cada capitulo

se contienen estas cocas que se siguen" . . . Terniina : " . . . de los

l~enefiqios lion vale otra dispensacion si non la del papa . Finito

libro sit laus et gloria Christo . Amen. aue Maria . 1?ste libro

escriuio Johan Fernandes fijo de Juan Fernandes de Halahejos

e acabose a dies dias andados del vies de enero anno del nacimiento

del ntiestro Saluador Ihesu Christo de mill et quatro~ientos e

treynta e siete annos . johannes scriha supradictus . Johannes vo-

catur, a Christo benedicatur" . Como se desprencle del comienzo

transcrito, aqui no se contiene mas que 1a tercera parte de la obra

comhleta de Martin Perez, e incluso hay en ella algunas lagunas,

coino se indica en tuna inscripcion muy posterior (s . Yv r :) que se

registra en el r.lr : "Martin Perez, Suina de Sacranientos . Fue

escrita esta copia por Juan Fernandez 11ijo de Juan F'ernandez

de Alahejos, y la acaho en 10 de enero de 1437 . 'ease la ultima

hoja . En el l ;' titulo se expresa ser esta la 3.a parte de la obra.

y que las dos primeras pertenecen a otro libro, y se hahla en ellas

de los pecados de todos los estados de hombres, y de los que pertene-

cen a ciertos estados sefialados, esta tercera parte esta duplicada en la

Ril ;lioteca tir no tiene la falta de los titulos 3, 4 y 3 .° que faltan a

este exemplar'' . Fn el XIS 7-7-2 de la Colomhina se conserva

actualniente et segundo manuscrito de esta obra a la que se alude en

1a inscripci6n que queda transcrita . La fecha de la traduccion por-

tuguesa, o quiza la de transcripcion del cbdice en que se conserva,

e5 el aYio 1399 . 1?n nortugues Ileva el titulo de "Povre livro das

confiss6es" .

13 . Pedro Gomez Barroso cuenta entre sus obras tin Confe-sonario, clue se conserve en el nianuscrito escurialense a.IVA1ff .1''-1141' 3-" . Conlienza : "Dize Dionjsio en el libro de la celestialjerarchia clue en el qielo" . . . Terniina : " . . . e estudieses en ellosfasta el cuello syn a~idia y aziries" . El actor da en el prologo las

35 . Descripci6n en J . 7axco CrFVAS, o. c. 1 (Madrid 1924), 17-18.

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678 Antonio Garcia v Garcia

siguientes indicaciones sohre los fines que se propone conseguircon su ohra : "Los perlados e los rrectores asy commo superoresdeuen auer mayor notiqia e mayor saber de la fe catolica e masexpiicitamente creer deuhen que los comunes oinnes que son infi-riores . E por esto yo don Pedro segundo ar~obispo deste nombre,ar~obispo de la santa yglesia de la rnuy noble 4ilhdat de Seuillacomp dujer que jndigno e ynsufiqiente e de poco saber. Emperopor que soy puesto a jnformar e a gobernar do ~ibo spiritual lospueblos a mj cometidos fiando e aViendo firtne speran,a en aquelque de pecadores e ydiotas fizo sabidores e lunbre para alunhrartodo el mundo en nombre e a honrra de la sancta Trenjdat e a sa-lud e prouecho de las almas de los ynorantes e scnplices ornnes queson subiectos e inferiores de los duales yo deco dar rrazon el diadel juycio pense hreue e claramente goner en su este volurnen pri-mero los diez mandamientos de la ley con alguna jnstru~ion dea1gunas cosas que son contra ellos ; to segundo los doze e seguedotros yuattorze que todo es vno articulo de la fee ; el tercero lossiete sacrainentos de la yglesia ; quatro las siete obras de miseri-cordia corporales e otras siete spirituales . A postre porne los sietepecados mortales con algunas de sus spe~ias e rramos".

14 . En el MS 9264 ff.lr-138 (s. xv) de la Biblioteca Nacionalde Madrid" se registra otro manual de confesores, que comienza"Primero due saber el confesor si a al pecador de confesar toconfesado. Cuando alguno viniere a ti a confesion nuebarnienteduiero derqir que nunca contigo confeso". . . Termina : " . . .ca iron sepueden todas las cosas escriuir". Entre otros datos interesantescontenidos en esta obra es de notar su rigorismo en el trato conmoros y judios . 1?n el MS 1-9 de la Bihlioteca del Cahildo deToledo 17 hay dos folios de guarda, que contienen tin fragnmento deesta obra, aunque no de este c6dice madrilefio, sino de otro nianus-crito.

15 . En la niisma Biblioteca Nacional, MS 9465 ff.150°-165°(s . xv) se contiene tin opiisculo de caracter popular y divulgativo

36 . Buena descripci6n de este c6dice en A. PAZ Y MALTA, Bibliotcca delCoride de Haro, fmidada en 2945, Revista de Archivos, Bibiotecas Y Mac-scos 19 (1908-2), 132-136.

37 . Descripci6n en A. GAacfn Y GARCiA-R . GoxznLvEz Ruiz, o. c. 183.

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Obras de Derecho connin medieval en castellarnn 679

sobre el inisino terra penitencial. Lleva por titulo : "Como la con-fession buena et pura deue auer des et siete condiciones et soil estasque se siguen : Confesson general" . . . Coinienza el texto : "Todopecador que desea faser verdaderamente penitencia deue saberante de todas las cocas que la perfecta confession". � Termina :" . . .puedes to confessar a Qtro idoneo sacerdote" .

16 . Otra obra importante e influyente es el Confcsional del

Tostado 31 . A los codices ya conocidos pueden afiadirse todavia elNIS 4183 ff .lr'-64° (s . xv) de la Biblioteca Nacional de Madrid ylet :US 1%36 ff .lr'-31°x' de la Biblioteca Universitaria de Salamanca ".Comienza en este t'iltimo codice : "Crio Dios al hombre a su seme-jan-a . . . Primeramente auemos de considerar" . . . Termina : " . . . sinon los nombra especialnnente . A honra e a loor . . . esta breue formade, confesion se a concluyda. In artibus magister hac sacra theologiaAlfonsus de ibladrigal confesionurn breuis formula . . . perfecta fuit.Deo gracias .:'amen . Gracias ago tiby Chris.te quoniam explicit liberiste" . El codice de Madrid comienza fragrnentariamente, por ha-berse perdido algiin folio . Fn el colofon da las siguientes indica-ciones : "Este libro mando escreuir el mucho onrrado et virtuosocauallero Pedro de Samias (?) mi senor, guarda mayor del Reynuestro seinor et de su confesor et alcayde. . . en esta . . . cibdad deAndujar a mi Barthoioine de Alcaras su criado el quo se acabo deescretur jueves trese dias del roes de agosto de m.cccc.lx ii . anos."

En el mismo MS 4183 ff .63r-71I' de la Biblioteca Nacional (s . xv)se contiene una version castellana del tratado, escrito originaria-mente en latin por Andres Dias de Escobar, titulado Confessiovuirror o Confessio Generalis o tambien 111'odus confitendi, Bajo eltitulo de "Confesion general ordenada por maestro Andres espanolet romanqada por Juan de Cardenas vesino de Andujar", comien-za : "Porque a todo confesante es necesario desir la confesion ge-neral la qual es de tanta virtud segund el maestro de las Sentencias

38 . Ed . en Salamanca 151$, bajo el titulo Corrfesimal o breve tratadode corafesidn .

39 . Buma descripei6n en F. MARGOs ROURIGUEZ, Los marruscritos prc-lridentirros hispaitos de cimcias sagradas err la Biblioteca Urriversitaria doSalamartca, Repertorio de Historia de las Ciericias Eclesidsticas era Esparia 2,Salamanca 1971), 372.

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680 Antonio Garci"a -° Garcia

en el liltro quarto" . . . Tertnina : " . . . v- luego to confiesa segun queto fisiere . Asi es fin desta confesion. Amen" 40 .

18 . En c6dices de dereclio castellano se encuentran a --eces

gequefios escritos, en lengua vulgar, eti los que se contienen peclue-

nos olnisculos sol :re los mas diversos tetras, coin mayor o rnenor

interes cat16nico F?sto es tuna muestra de que esta literatura en

lengim castellana era inAs utilizada 1>or seglares clue por clerigosAsi en el \1S leg . 36907 (9i B-l'1) de la Bihlioteca del Castillo

de 1'erelada (Gerona), que contiene el Fuero Real (ff.1''ll-184ra) y

las LCYes Nucvas (ff .1(S3v''-193'''), se registrar estos tres pequenos

escritosf.194''~'v ` : " IFstos son los casos en que lion ha logar la recon-

vencion. Los que son acusados de a1gund maleficio, ca non se purgaCl pecado por rzlacion de otro, quer decir 1>or rescontamiento deotro pecado, si non por ynocencia, porque pro et coiuunal es quees dicho de las reconvenciones de los acusados" . . . Termina : " . . .Sya1guna eglesia es querella de algund home quel hizo injuria et pideenlienda non ha logar la reconvenqion" .- ff.194"(-195''" : "C)uantas maneras son de interesse. Tres ma-

neras son de interesse. La primera es affec~onal." Termina : " . . .etsi tal non era corre la pena contra el aluedrio del lhusgador et nonmas".- ff.195''"-196''11 : "A cuales non defiende la eglesia. Quales .

cocas en (ltte los canones inandan sacar de la eglesia a los que seacojen a ella, son estos bretieniente : El puhlico ladron famoso . Etlos que de noche fazen dano en las miesses" . . . Concluye : " . . . et los.adulterios e los que fuercan ]as virgenes" 41 .

19 . 1=n el XIS 43-13 de la Biblioteca del Cahildo de Tole-do (s . -xTv) se registra en los ff .150v"-1 S2'''' 4z un texto an6ninio,,mas teol6gico clue juridico, clue versa sohre los inandamientos

40 . Suhre cste personaje y ,u obra cf, mi articulo La canonistica ibericautcdieval posterior (11 IJecreto de Graciano, Pcpertorio de Ilistoria do lasCicncias Eclesiasticas (-ti Eshaiia 1 (Salawanca 1967), 420-21 .

41 . Lste c6dice de Perelada perteneci6 al Convento de S. Francisco, deSalamanca. Fs del s . xv . En el f.196" da la fecha de 1254 que parece que-rer referirse a la aparici6ii del Fucro Real.

42 . vescrlj-,ci6i, en A. GARCiA P GARCiA-1). GONZALvFz Ruiz, o. (' . 169.

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Obras de Derecho conlin medieval en castellarto 681

"Estos son los x. inandarnientos de la ley. Item deuen sser pre-guntados los x. niandamientos de la ley que sse entienden en estosversos" . . . Termina : " . . . nin ssu ssieruo nin sstt ganado nin ssubestia, etc. I,aus sit tilio Christe, quoniarn lilher explicit iste . Finitolil>ro sit laws, gloria Christo. Amen . Q)ui scripsit scrihat, senipercum Domino uiuat. Karnahas est dictus, clui scripsit sit benedictus".

20 . Hay- tamlrien tin sector de textos de 1)erecho canbnico

particular que interesa clesde el punto de vista que nos ocupa .

Me refiero a los concilios y sinodos celehrados en Castilla durante

el medievo, _v <lue generalnlente van redactados en lengua caste-

Ilaiia . Istos textos son particularmente interesantes, porque re-

presentan un tipo de normas discihlinares mucho mas cercanosa la vida cotidiana de cuanto to estuvo el llerecho universal con-tenido en el Corpus Iuris Canonici y en los grander comentariosal niismo . Interesaron por consiguiente tnucho nlas a los practicosdel Derecho y a los pastores de almas que el resto del Derechocontenido en el ordenamiento general de la Iglesia . Desafortunada-mente, no poseemos todavia un huen estudio de conjunto sobrelos concilios y sinodos tnedievales espailoles . Sobre los concilioscenemos mar inforniacion, e incluso la mayor parte de las vecesalguna edicion del texto . Pero por ctianto respecta a los estatutossinodales es muchisitno menos to clue nor es conocido . Sin etn-f,argo, los sinodos fueron generalniente una iniportante fuente delegislacion, ya desde la era carolingia . Aparecen prescritos en Gra-ciano 43, se irnponen con rigor en el Concilio IN" Lateranense de121~ 44, volviendo todavia sohre esta norma el Concilio cue Tren-to 45 . La ruejor hibliografia e indicacion de fuentes que puedeutilizar quien se interese por concilios particulares y sinodos me-dievales espanoles es la del profesor polaco Sawicki 46 . Por to que

-43 . D.18 c .16 .44 . Canon (i .45 . Sesi6n 24 de reforma c. 2.46 . J. Th . Sssc°icxr, Ribliographia spiodorum fartittrlariunt, 141onumenta

luris Cauonici, Series C : Subsidia vol. 2 (Citta del Vaticano 1967) ; ver rese-na de esta obra por Lamberto nF 'ECHE:VFHxfa en RF_DC 24 (1969), 472-74 .

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682 Antonio Garcia v Garcia

respecta a las ediciones, la inns utilizable es la de Tejada y- Ra-niiro "7 .

21 . 1?n orden a un futuro repertorio de fuentes de constitti-ciornes sinodales esliafiolas de la Edad Media, se puede senalarqtze en el 1I5 &876 ff.1-227 de la Biblioteca \acional de Madridhay- unas interesantes constituciones sinodales de Avila, corres-pondientes al aiio 1481, ineditas coino tales, aunque recogidas enla edici6n de otras posteriores. 1?mpiezan (f.1r) : " l,,ste libro es lla-niado synodal . Contierne nueve titulos . El primero es de to que per-tenesce al culto diuino . . . . . . I?n el f.srv, Seqitur oratio qnam Rcire-rendissilxirs dominos Ahulensis habirit ad liceyzciandttsn clenrtn etProcura.'ores felici finita sinodo . Continua con nuineraci6n arabiga(f .lr) : "In Dei noniine Amen. Manifiesto sea a todos commo en laiglesia Catedral de Sefior Sant Saluador de la noble e leal cibdat~de Auila lunes (lies dias del inns de Setienbre ano del nascirnientode ntzestro Saluador Ihesu Christo de mill e quatrocientos e ochen-ta anos estando dentro de la dicha iglesia . . ." Terinina (f.217"). . .Et mesnores mei in oratiolzibtrs et sacrificiis icestris semper esto-te . Gracia Domini nostri Ihesit Christi, karitas I)ei et cosnunicatiosancti Spiritus sit seinper uobiscion et nobiscmn Amen .

1'n el MS B :2561 ff.1-30 de la Hispanic Society- eo ?ine-rica 4l se registra una copia del s . xvrt-xviii del sinodo de Se-govia, celebrado en Turegano en 14-90 . Se conservan otros dosc6dices de este sinodo en la Bihlioteca del Cahildo de Segovia,.MS 93 ff.l%-58 y otro manuscrito sin signatura titulado CodexCanonion de la inisnla biblioteca.

22 . Otro genero de literature candnica particular son las 6-sitas candnicas. Un ejemplo de esto puede verse en el AIS 8561ff .l''-39r de la Biblioteca Nacional de Madrid, donde se contienela visita realizada en 1427 a las iglesias del arciprestazgo de Ma-Arid, por order del arzol>ispo de Toledo . Comienza : "Visitacione cuenta d ., la eglesia d~_~ santa Maria del Aliiituleua de Madrit

47 . J. TLIA>A Y RAMIRO, Colffciou do canons y de todos los concilios.de la Iylesia do Eshafia y de Arn,,rica 1-6 (Madrid 1859-63) .

48 Descripci6n en A. GARCia 1 GARCIA, Los manuscritos juridicos me-,dievales de la Hispanic Society of America, REDC 18 (1963), 5-13-44 .

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Obras de Derecho comrin medieval en castellano 683

.a veynte ocho dins de hiar~o del afio del nascimiento de nuestroSalvador Jesuchristo de mil et quatrocientos e veynte et sieteanos" . . . Termina : " . . . fis aqui este mio signo en testimonio deto sobredicho" . Esta literatura sobre la visita can6nica tiene pre-cedentes y paralelos en Castilla . Rodrigo de Palencia, durante laprimera Initad del s. xlv escribi6 De visitatione prelati liber sep-tenarius, que se conserva en los siguientes c6dices : Burgo de Osma,Biblioteca del Cabildo, AIS 17 y Toledo, Biblioteca del Cabildo,1VTS 12-18 ff .lr'1-36vu 4l) . Relacionado con este tema esta el NISVitr . 19 n. 11 (Estante derecha Caj6n 6 Parte inferior n. 128 ;66 ; 28) de la Biblioteca del Cabildo de Segovia 5°, en cuyosff.l99--202x" se contiene un Ordo ad visitandrrnb clerictrnr. (cle-rm,n?) et popiditin et ecclcsias parochiales . Comienza : Primo visi-tatis conuocet cleruin et populum. . . Termina : . . . et scribanturetiam redditus earundent. A este breve tratado sigue de hechouna indicaci6n de las parroquias y demas beneficios eclesiasticosobjeto de vista can6nica en la di6cesis de Toledo : "Estos sonlos arciprestazgos y las iglesias y los beneficios servideros e pres-taineros que hay en todo el arzobispado de Toledo en la cibdadson eglesias xxv. e beneficios c. vi . . . en la cibdad de Toledo" . . .Termina : " . . . de la iglesia de Toledo". Suman en total 652.

S61o me resta manifestar mis esperanzas de que la futura in-vestigaci6n completara y perfeccionara este primer intento de re-pertorio de obras de Derecho comiin medieval en lengua caste-llana.

ANTONIO GARCiA Y GARCIA

Universidad Pontificia de Salamanca

49. Sobre esta obra y los c6dices que la contienen cf . M. W. BLOOMFIELD,A preliminary list of inci/rits of latin works on the vices, mainly of the XIII,XII' and Xh Centuries, Traditio 11 (1955), 355, n. 866 ; T. Rojo ORCAJO,Cateflogo descriptivo de los codices que se conservan en la Santa lylesiaCatedral de Pzcrqo de Osrna, Boletiti, de la Real Academia do la Historia 94(1929), 728 ; A. GARCiA Y CxARrfA, La cmionistica iberica medieval posterioral Decreto de Graciano, Rcpertorio do Ilistoria de lcrs Ciencias Eclcsi6sticas.cn, Espaica 1 (Salamanca 1967), 432 ; A . GARCiA Y GARCiA-R. GONznLVEZRuiz, o. c. 43-46.

50. Los c6dices de Segovia no estan en Orden por to que todas estassignaturas no garantizan su hallazgo .

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684 Antonio Garcia y Garcia

LISTA DE MANUSCRITOS U'IILIZADOS EN E'TE ESTUDIO 5`

Barcelona, Catedral, MS 85 : n.3 nota 11 .Barcelona, Archivo de la Corona de Aragon, MS Ripoll 67 : n.3 nota 11.Bologna, Collegio di Spagna, MS 123 : n.1 nota 4.Burgo de Osma, Biblioteca del Cabildo, MS 17 : n.22.

* Escorial, Biblioteca del Real Monasterio, MS a .IV.ll : n.13.

E'scorial, Biblioteca del Real Monasterio, MS c.II.8 : n.3 nota 11 .

Escorial, Biblioteca del Real Monasterio, MS e.1 .4 : n.2 .'" Escorial, Biblioteca del Real Monasterio, MS M.II.18 : n.6 .Escorial, Biblioteca del Real Monasterio, MS Z.I .11 : n.2 .

Le6n, Biblioteca de la Real Colegiata de S. Isidoro, MS 21 : n.11.Madrid, Biblioteca National, MS 2209 : n.3 nota 11 .Madrid, Biblioteca National, MS 4183 : n.16 y 17 .Madrid, Biblioteca National, N^,S 6501 : n.9 .Madrid, Biblioteca National, MS 7099 : n.3 .Madrid, Biblioteca National, MS 8561 : n.22 .

Madrid, Biblioteca National, MS 8876 : n.21.Madrid, Biblioteca National, MS 9264 : n.14.Madrid, Biblioteca Nacianal, MS 9465 : n.15.Madrid, Biblioteca National, MS 12090 : n.3 nota 11 .Madrid, Biblioteca National, MS 12687 : n.2 .Madrid, Biblioteca National, MS Res.12u : n.3 .* Madrid, Biblioteca de la Real Academia de la Lengua, MS 7 : nn .6 y 9.

New York, The Hispanic Society of America Library, M5 HC :411/520 : n.4 .

New York, The Hispanic Society of America Library, MS HC :411/533 : n.9 .

New York, The Hispanic Society of America Library, MS HC:411/534 : n.9 .New York, The Hispanic Society of America Library, MS HC :411/538 : n.10.New York, The Hispanic Society of America Library, MS B:2561 : n.21.Perelada, Biblioteca del Castillo, MS Reg.36905 (95 B=VI): n.18.Salamanca, Biblioteca Universitaria, MS 166 ff .1-217 : n.2 .Salamanca, Biblioteca Universitaria, MS 1756 : n.16.Segovia, Biblioteca del Cabildo, MS 93 : n.21.Segovia, Biblioteca del Cabildo, MS Vitr.19: n.11, n.22.Segovia, Biblioteca del Cabildo, MS dos manuscritos sin signatura : n.3

nota 11 y n.21 .Seo de Urgel, Biblioteca del Cabildo, MS 2027 : n.4 nota 13 .Seo de Urgel, Biblioteca del Cabildo, MS 2030 : n.4 nota 13 .Seo de Urgel, Biblioteca del Cabildo, MS 2064 : n.3 nota 11 .Sevilla, Biblioteca Colombina y del Cabildo, MS 5-5-30 : n.5 .

i1 . Los mannscritos que llevan un asterisco no lian sido consultadospor mi directamente, sino que me he servido de las indicaciones de otrosautores, que se titan oportunamente.

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Obras de Derecho coniun medieval en castellano 685

Sevilla, Biblioteca Colombina y del Cabildo, MS 7-4-3: n.12.Sevilla, Biblioteca Colombina y del Cabildo, MS 83-8-13 : n.3 nota 11 .Toledo, Biblioteca del Cabildo, MS 1-9 : n.14.

Toledo . Biblioteca del Cabildo, MS 8-3 : n.3 nota 11 .Toledo, Bibiioteca del Cabildo, MS 12-18: n.22.Toledo, Biblioteca del Cabildo, MS 39-30: n.2.

Toledo, Biblioteca del Cabildo, MS 40-12 : n.4 nota 13 .

Toledo, Biblioteca del Cabildo, MS 41-7 : n.7 .Toledo, Biblioteca del Cabildo, MS 41-8 : n.8 .Toledo, Biblioteca del Cabildo, MS 43-13 : n.19.

Toledo, Biblioteca del Cabildo, MS 43.22 : n.9 .

* Valencia, Biblioteca Universitaria, MS 39 : n.6 .

INCIPIT DE OBRAS CITADAS EN ES'IE ARTICULO

A los obispos et a los otros perlados demandaras, n.11 .Al muy noble et m,ucho ondrado, n.9 .A quales non defiende la eglesia, n.18.Aqui comiencan ciento e dos capitulos, n.12.Aqui comienga el tratado de Bartulo, n.3 .Aqui comienga la Margarita Libro de las posiciones, n.7 .Ante omnia inuoco auxilium magni Domini, n.8 .Ante vos fulano bachiller en Decretos, n.10.Comienga el tratado de las senales, n.3 .

Como la confession buena et pura deue auer, n.15.Crio Dios al hombre a su semejanca, n.16.Dize Dionjsio en el libro de gelestial rerarchia, n.13.En esta tercera parte son ciento e dos capitulos, n.12.Este es el libro del derecho can6nico, n.5 .Este libro es el llamado synodal, n.21 .Estos son los arciprestazgos y las iglesias, n.22.Estos son los casos en que no ha logar la reconvention, n.18.Estes son los x. mandamientos . n.19.Flores decretalium. in qua debent, n.7 .Incipit tractatus libellorum. Ante vos fulano bachiller, n.10.

Los que son acusados de a1gund maleficio, n.18.

Los sabios antiguos que fablaron de como los padres, n.9 .Manifiesto esto sea a todos commo en la iglesia catedral, n.21.

Por quanto en esta Peregrina, n.2 .

Porque a todo confesante es necesario desir, n.17.Primero deue saber el confesor si a el pecador, n.14.Primo uisitans conuocet clerum, n.22.Quales cosas en que los canones mandan sacar, n .18.Quantas maneras son de interesse, n.18.Sennor, conuiene que quando ouiredes, n.19.

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Sefior este otro dia deleytandose, n.3 .Titulo de como amonestaras a aquel, n.6 .Titulo de los pecados en que pueden caer los obispos, n.11.Titulo i . de la guarda et de la dignitat, n.8.Todos los pleytos puedense partir, n.9 .Tres maneras son de interesse, n.18.Visitacion e cuenta de la eglesia, n.21.