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Obra PúblicaTRANSCRIPT
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5/18/2018 Obra P blica
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EJECUCIN CONTRACTUAL
EN OBRAS PBLICAS
Material de Lectura
Extrado de:"Contratacin de Obras Pblicas" - Material para el Participante. OSCE. PrimeraEdicin. Noviembre del !.
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OBRA PBLICA
Una obra pblica se define como el resultado derivado de un conjunto de actividades materiales que
comprenden la construccin, reconstruccin, remodelacin, mejoramiento, demolicin, renovacin,
ampliacin y habilitacin de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones,
perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren direccin tcnica, expediente tcnico,mano de obra, materiales y/o equipos; destinadas a satisfacer necesidades pblicas.
a normativa de contrataciones del !stado establece como elementos complementarios e
indispensables para la correcta ejecucin de una obra, la participacin del proyectista y del supervisor
de obra cuyas funciones principales implican elaborar el expediente tcnico "que incluye las pautas para
la correcta ejecucin de la obra# y controlar la obra durante su ejecucin, respectivamente. $e esta
manera, dichas funciones estar%n a car&o de profesionales altamente calificados que permitir%n una
adecuada ejecucin de la obra e indirectamente la satisfaccin del inters pblico involucrado.
's(, el )e&lamento de la ey de *ontrataciones del !stado define al consultor de obra como +a
persona natural o jur(dica con no menos de un "# a-o de experiencia especialiada, que presta
servicios profesionales altamente calificados, consistentes en la elaboracin del expediente tcnico de
obras. ambin se considera consultor de obra a la persona natural o jur(dica con no menos de dos "0#
a-os de experiencia especialiada, que presta servicios altamente calificados consistentes en la
supervisin de obras.1
'hora bien, por lo &eneral, antes de ejecutar una obra y con ello satisfacer la necesidad pblicainvolucrada, es necesario se&uir el procedimiento establecido por el 2istema 3acional de 4nversin
5blica "2345#, el cual concluye con el otor&amiento de la viabilidad del proyecto de inversin pblica
"545#, hecho que posibilita a la !ntidad su posterior ejecucin.
Sistema Nacional de Inversin Pblica
!l 2345, tiene por objeto establecer las normas tcnicas, mtodos y procedimientos de observancia
obli&atoria aplicables al *iclo de los 5royectos de 4nversin 5blica "545#; es decir, re&ula las 6ases de
5reinversin, 4nversin y 5ost inversin de un 545.
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RELACIN DEL EXPEDIENTE TCNIC CN EL SISTE!A
NACINAL DE IN"ERSIN P#$LICA % SNIP
$e acuerdo con la $irectiva 37 889089!6/:.8, )e&lamento del 2istema 3acional de 4nversin
5blica, la elaboracin del !xpediente cnico de
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!n caso que la variacin del monto de inversin supere los porcentajes antes indicados, deber%
realiarse la verificacin de la viabilidad del 545, que consiste en que el r&ano que declar la viabilidad
o el que resulte competente, realice una nueva evaluacin del 545 considerando las modificaciones que
tendr% el 545 como requisito previo a la ejecucin de dichas modificaciones.
Normas t&cnicas
*abe indicar que el expediente tcnico podr% incluir el cumplimiento de normas tcnicas, entre ellas, las
normas tcnicas de edificaciones contenidas en el )e&lamento 3acional de !dificaciones aprobado
mediante $ecreto 2upremo 37 9088:9?4?4!3$'. !stas normas establecen ciertas pautas de dise-o
que deben incorporarse al expediente tcnico a fin de que sean ejecutadas por el contratista. ales
normas est%n referidas a la arquitectura, estructura, instalaciones sanitarias, instalaciones elctricas,
mec%nicas, entre otras.
5or ejemplo, para la construccin de un centro de salud se deber%n respetar las normas referidas a la
edificacin en &eneral como por ejemplo encofrado, techado, levantamiento de paredes, etc., as( como
las referidas a edificaciones de salud "3orma '.8@8# que establece el nmero de plantas, la distribucin
de habitaciones, salas de espera, los servicios hi&inicos, ancho de las columnas, etc.
LA CNTRATACIN DE $RA
Sistema de contratacin
os sistemas de contratacin aplicables a la !jecucin de obras est%n sujeto a lo indicado en el art(culo
A8 del )e&lamento de la ey de *ontrataciones del !stado, cuyas caracter(sticas son las si&uientes>
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!odalidades de e'ec(cin
as modalidades de ejecucin contractual aplicables a obras est%n sujetas a lo estipulado en el art(culo
A del )e&lamento de la ey de *ontrataciones del !stado, cuyas descripciones son las si&uientes>
)actores de eval(acin
as bases para la contratacin de una obra deber%n considerar los factores de evaluacin y sus
respectivos puntajes. $ichos factores est%n plasmados en al art(culo A= del )e&lamento de la ey de
*ontrataciones del !stado, detall%ndose se&n el tipo de proceso de eleccin.
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EXPEDIENTE TCNIC DE $RA
!l expediente tcnico es el conjunto de documentos de car%cter tcnico y/o econmico que permiten la
adecuada ejecucin de una obra, el cual comprende la memoria descriptiva, especificaciones tcnicas,
planos de ejecucin de obra, metrados, presupuesto de obra, valor referencial, fecha del presupuesto,
an%lisis de precios, calendario de avance de obra valoriado, frmulas polinmicas y, si el caso lo
requiere, estudio de suelos, estudio &eol&ico, de impacto ambiental u otros complementarios.
*abe indicar que, el expediente tcnico es elaborado por un consultor de obras, de la especialidad o
especialidades que correspondan a las exi&encias de cada proyecto en particular, detalladas en el literal
b# del art(culo 0: del )e&lamento. 3o obstante, dicho expediente tambin puede ser elaborado por la
propia !ntidad "administracin directa# o por el ejecutor de la obra "obras ejecutadas bajo las
modalidades llave en mano o concurso oferta#. !n este ltimo caso el ejecutor de obra debe contar,
adem%s, con el re&istro de consultor de obra o consorciarse con un consultor de obra.
'l estar compuesto por un conjunto de documentos, el expediente tcnico &eneralmente es elaborado
por varios profesionales de distintas especialidades "que por lo &eneral forman parte del plantel tcnico
del consultor de obra#, en su mayor(a in&enieros o arquitectos, los cuales realiar%n los estudios y
dise-os que correspondan a la naturalea de la obra y que servir%n de referencia para la posterior
ejecucin de la obra.
2in embar&o, el consultor de obra contratado Bconocido tambin como proyectista9 es el nico
responsable ante la !ntidad por la calidad del expediente tcnico. )especto a la oportunidad de su
elaboracin, el art(culo 8 del )e&lamento de la ey de *ontrataciones del !stado dispone que, para la
ejecucin de una obra, es necesario contar con expediente tcnico, el cual debe adjuntarse al
expediente de contratacin. !llo debido a que normalmente el expediente tcnico es elaborado y
aprobado con anterioridad a la contratacin de la ejecucin de la obra. 3o obstante, existen
determinados supuestos en los que la elaboracin del expediente tcnico y la ejecucin de la obra se
contratan de manera conjunta, esto mediante las modalidades de ejecucin contractual llave en mano o
concurso oferta.
'l respecto, en la modalidad de concurso oferta y llave en mano "en caso incluya la elaboracin de
expediente tcnico#, el contratista deber% elaborar el expediente tcnico, para lue&o ejecutar la obra; por
lo que, al expediente de contratacin no deber% anexarse el expediente tcnico 9 pues ste an no
existe, sino el estudio de preinversin y el informe tcnico que sustent la declaratoria de viabilidad,
conforme al 2istema 3acional de 4nversin 5blica, sin perjuicio de incluir los trminos de referencia
necesarios para precisar el alcance de los trabajos y el objeto de la obra que servir%n de pauta para la
futura elaboracin del expediente tcnico.
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*+(i&n elabora el e,-ediente t&cnico.
a elaboracin del !xpediente cnico constituye una labor especialiada que puede ser ejecutada>
a/ Por la misma Entidad 0Administracin Directa1
a !ntidad, con sus propios recursos y personal, elabora de manera directa sus expedientes tcnicos.
al accin se realiar% a travs de sus %reas de estudios o de proyectos, siendo necesario que la
!ntidad cuente con los profesionales especialiados, la infraestructura, recursos humanos y lo&(stica
que lo permita.
!n este caso la responsabilidad sobre la elaboracin del mismo recae en el funcionario desi&nado para
tal labor.
b/ Por cons(ltores e,ternos 0Pro2ectista1
*uando la !ntidad elabora sus expedientes tcnicos de forma indirecta, a travs de un consultor de obra
contratado especialmente para tal fin observando las disposiciones de la normativa de contrataciones
del !stado.
c/ Por el contratista e'ec(tor de la obra 0Conc(rso 3erta o Llave en mano4 de ser el caso1
2i bien las Cases de los procesos de seleccin que ten&an por objeto la ejecucin de una obra deben
contener el expediente tcnico, como condicin m(nima; esta condicin no ser% exi&ida en el caso de
procesos convocados para la ejecucin de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en
mano, pues estas permiten contratar de manera conjunta la elaboracin del expediente tcnico y la
ejecucin de la obra. !n ambos supuestos es responsabilidad del ejecutor de obra elaborar cualquier
defecto en el dise-o del expediente tcnico con el que ejecutar% la obra.
!n virtud a lo expuesto, en las obras ejecutadas por concurso oferta o llave en mano que impliquen la
elaboracin del expediente tcnico no podr%n aprobarse adicionales de obra por defectos o deficiencias
del expediente tcnico, en virtud que el ejecutor de obra es el responsable de su elaboracin y, en
consecuencia, de los defectos que pudiera presentar, de conformidad con la introduccin, antecedentes, ubicacin del proyecto, estado actual de la obra, v(as de acceso,
estrate&ia para desarrollo de los trabajos, medidas de se&uridad, tolerancias, entre otros.
a memoria descriptiva se-ala la justificacin tcnica de acuerdo a la evaluacin del estado de la obra,
debiendo indicarse consideraciones tcnicas cuya (ndole depende del tipo de obra a ejecutar y que
exi&en el desarrollo de un conjunto de trabajos se-alados en el expediente tcnico. 'simismo, se se-ala
en forma precisa los objetivos a alcanar con el desarrollo de la obra o trabajos planteados.
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situacin &eo&r%fica del proyecto, condiciones ambientales,
hidrol&icas, &eol&icas, viales, altitud, topo&raf(a, sistemas de comunicaciones en obra, control
sanitario, almacenamiento de materiales, de canteras, suministro de a&ua, ener&(a elctrica, entre otros.
Est(dios $6sicos 2 Es-ec73icos/5
$e acuerdo a la naturalea de la obra se ejecutar%n !studios C%sicos, tales como> topo&raf(a, mec%nica
de suelos, mec%nica de rocas, entre otros; as( como !studios !spec(ficos, tales como> canteras,
estabilidad de taludes part(culas en suspensin en el a&ua, hidrolo&(a, precipitaciones, arcillas
expansivas, acu(feros, calidad del a&ua, estudios sanitarios, entre otros.
os estudios deben ser realiados por personal idneo o especialiado, debiendo acreditar los t(tulos
profesionales correspondientes y la experiencia necesaria para los car&os que desempe-ar%n en el
proyecto, asimismo todo c%lculo, aseveracin, estimacin o dato contenido en el !xpediente cnico,
deber% estar justificado en lo conceptual y en lo anal(tico. 3o se deben aceptar estimaciones oapreciaciones del *onsultor sin el debido respaldo.
Planos de E'ec(cin de bra
!s la representacin &r%fica mediante dibujos de la obra a ejecutar, sus dimensiones, distribucin y los
componentes que lo inte&ran.
*onstituyen los documentos que reflejan de manera exacta cada uno de los componentes f(sicos de la
obra, pueden ser en dos o tres dimensiones.
Es-eci3icaciones T&cnicas
as especificaciones tcnicas constituyen el conjunto de re&las y documentos vinculados a la
descripcin de los trabajos, mtodo de construccin, calidad de los materiales, sistemas de control de
calidad "se&n el trabajo a ejecutar#, procedimientos constructivos, mtodos de medicin y condiciones
de pa&o requeridas en la ejecucin de la obra.
*ada partida o conjunto de partidas que conforman el presupuesto de obra debe contener sus
respectivas especificaciones tcnicas, detallando las re&las que definen las prestaciones espec(ficas,como por ejemplo los materiales a considerar, procedimiento constructivo, forma de medida y pa&o.
!etrados
os metrados constituyen la expresin cuantificada por partidas de los trabajos de construccin que se
ha pro&ramado ejecutar en un plao determinado, expresadas en la unidad de medida que han sido
establecidas para cada partida; asimismo, son necesarios para determinar el presupuesto de obra, por
cuanto representan el volumen de trabajo de cada partida.
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*on el fin de presupuestar una obra y controlar la ejecucin y el pa&o de la misma, se establece un
des&lose del total de la obra en partes denominadas partidas. !s decir, una partida se establece con la
finalidad de medir, cuantificar, presupuestar y pa&ar una obra.
Una partida de obra consta de los si&uientes elementos>
a. 3ombre de la partida.9 !s la que identifica y se-ala en trminos nominativos el alcance de la
misma.
b. Unidad de medida.9 !s la unidad f(sica que se usa para medir la partida. 2e utilian unidades
convencionales de lon&itud, superficie, volumen y peso para la medicin de partes de la obra,
as( como una unidad de medida +&lobal1 "la que se aplica cuando la medicin es para una
actividad y no para una parte f(sica de la obra#. 5or ejemplo, al referirnos a partes f(sicas
podemos se-alar volumen de concreto "mD#, el %rea del encofrado "m0#, el peso del fierro de
construccin "E por su parte, al referirnos a actividades podemos mencionar control de
tr%nsito, miti&acin de impactos ambientales, moviliacin y desmoviliacin "&lobal#.
c. Fetrado de la partida.9 !s la cuantificacin expresada en la unidad de medida, respecto a la
cantidad o actividad a ejecutar. as partidas cuya unidad de medida es +&lobal1 tienen como
cuantificacin.
d. 3orma o cl%usula de medicin de la partida.9 !n los casos que corresponda se establecer% la
manera de hacer la cuantificacin.
!n estos casos se debe establecer en el expediente tcnico adem%s de la cuantificacin, la re&la a
aplicarse para efectuarla, con ello se evitar% el sur&imiento de controversias respecto a la forma de
valoriar una determinada partida.
5or ejemplo> raslado de material excedente "desmonte#, se debe establecer si se tomar% como
referencia para cuantificarlo el volumen moviliado, la distancia, nmero de camiones, etc, cuestin que
debe definirse en el expediente tcnico.
An6lisis de Precios 8nitarios
*ada partida del presupuesto constituye un costo parcial, la determinacin de cada uno de los costos
requiere de su correspondiente an%lisis de precios unitarios; es decir la cuantificacin tcnica de lacantidad de recursos "mano de obra, materiales, equipo, maquinaria, herramientas, entre otros#, que se
requieren para ejecutar cada unidad de la partida y su costo.
5ara hacer el c%lculo se a&rupan los insumos en los rubros materiales, mano de obra, equipos y otros.
!s necesario conocer todos los insumos que intervienen en la ejecucin de cada partida, su aporte
unitario o rendimiento expresado en cantidad de insumo por unidad de medida de la partida, as( como el
costo en el mercado del insumo. !ste costo debe incluir todos los costos de adquisicin, transporte
"salvo que sea considerado en otra partida#, almacenaje, etc.
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!n los an%lisis de precios unitarios no se incluir% el impuesto &eneral a las ventas "4G?# de los insumos,
ya que este impuesto se a&re&ar% al final sobre el monto total del presupuesto.
"alor Re3erencial 0Pres(-(esto de bra1
!l valor referencial constituye el costo estimado de la obra a ejecutar, determinado a partir de la
elaboracin del presupuesto de obra, el cual est% compuesto por el costo directo, &astos &enerales,
utilidad e impuestos.
!l valor referencial en obras corresponde al monto del presupuesto de obra incluido en el expediente
tcnico, excepto en las obras ejecutadas bajo las modalidades llave en mano "que incluye la elaboracin
del expediente tcnico# y concurso oferta, debido a que en estas el valor referencial debe determinarse
considerando el objeto de la obra y su alcance previsto en los estudios de preinversin que dieron lu&ar
a la viabilidad del correspondiente proyecto, as( como el resultado del estudio de las posibilidades de
precios de mercado.
os componentes de la estructura del presupuesto base de una obra se a&rupan en dos rubros, costo
directo y el costo indirecto.
!l costo directo es el que se calcula valoriando el costo de cada partida mediante la aplicacin de los
precios unitarios calculados mediante los an%lisis de precios de cada partida, aplicados sobre los
respectivos metrados. 5or ejemplo, el costo del concreto, ladrillos, fierro, etc., constituyen costo directo
!l costo indirecto se define como todos aquellos costos que no pueden aplicarse a una partida
espec(fica, sino que tienen incidencia sobre todo el valor de 5ersonal de obra> in&enier(a y administracin. 'limentacin y vi%ticos del personal profesional y administrativo. !quipos no incluidos en costo directo.
?eh(culos. Foviliacin y desmoviliacin del personal profesional y administrativo. *ontrol tcnico.
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Gastos varios. Gastos financieros> se&uros, fianas, provenientes de flujo de caja, etc.
*abe indicar que los &astos &enerales son cantidades que se calculan anal(ticamente, por lo que, a
pesar que se expresan como un porcentaje del costo directo, no son un porcentaje sino una parte del
costo indirecto.
6inalmente cabe precisar que el ?alor )eferencial no debe tener una anti&Hedad mayor a : meses
respecto a la fecha de la convocatoria. ?ale decir, si la convocatoria es en el mes de junio el
5resupuesto de
!l nmero m%ximo de frmulas polinmicas por obra es de A y como m(nimo . !n caso que en un
contrato existan obras de distinta naturalea podr% emplearse hasta un m%ximo de frmulas
polinmicas.
Crono9rama de E'ec(cin de bra
5ara determinar el plao de ejecucin contractual, el *onsultor deber% formular el crono&rama de
ejecucin de obra considerando las restricciones que puedan existir para el normal desenvolvimiento de
las mismas, tales como lluvias o condiciones clim%ticas adversas, dificultad de acceso a ciertas %reas,
etc. !l crono&rama se elaborar% considerando todas las actividades necesarias para la ejecucin de la
obra, empleando el mtodo 5!)9*5F utiliando el softKare que el proyectista dispon&a para su
revisin, identificando las actividades o partidas que se hallen en la ruta cr(tica del proyecto, hitos,fechas parciales de determinacin, etc.
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!l *onsultor elaborar% el crono&rama de ejecucin de obra precisando la cantidad de cuadrillas
consideradas para realiar los trabajos, la cantidad de turnos, horas de trabajo diario y toda
consideracin que haya tomado para la determinacin del plao de obra. 'simismo presentar% un
crono&rama de adquisicin y/o utiliacin de equipos y materiales, concordado con el crono&rama de
ejecucin de obra.
ambin deber% presentar la relacin del equipo m(nimo necesario para ase&urar el cumplimiento de los
trabajos en los plaos pro&ramados. ' partir del crono&rama antes se-alado, el *onsultor calcular% el
*rono&rama de 'vance ?aloriado en el que intervendr%n todas las partidas del presupuesto de obra.
*Cmo se a-r(eba el e,-ediente t&cnico.
'ntes de ser aprobado el expediente tcnico de obra debe estar visado por los profesionales
responsables de su elaboracin y por el profesional encar&ado de su revisin.
ue&o, corresponde que el expediente tcnico de obra sea aprobado a travs del funcionario
correspondiente, suscribiendo el documento indicado en las normas de or&aniacin interna de la
!ntidad.
6ormar% parte del documento que aprueba el expediente tcnico, el *ertificado de 4nexistencia de
)estos 'rqueol&icos "*4)'#, emitido por la $ireccin de 'rqueolo&(a del Finisterio de *ultura, en caso
corresponda.
Ti-os de e,-edientes t&cnicos se9n s( 3orm(lacin
E,-ediente t&cnico ori9inal
!l expediente tcnico ori&inal es el aprobado por la !ntidad con anterioridad al inicio de la obra y es
utiliado en el proceso de seleccin para que los postores formulen sus propuestas. 5or lo &eneral lo
elabora un consultor externo contratado para tal fin, salvo en la modalidad de llave en mano o concurso
oferta, donde la elaboracin del mismo est% a car&o del contratista.
E,-ediente t&cnico adicional
*orresponde al expediente tcnico de la prestacin adicional de obra que se aprueba y es elaborado por
la !ntidad de forma directa, con sus propios recursos y personal, o de forma indirecta, a travs de un
consultor de obra contratado especialmente para tal fin observando las disposiciones de la normativa de
contrataciones del !stado. 4ncluso el expediente tcnico adicional podr% ser elaborado por el ejecutor de
la obra, en calidad de prestacin adicional de obra "
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!l expediente tcnico, en principio, no puede ser objeto de modificaciones, ya que ello implicar(a
modificar el contrato.
2in embar&o, en caso se detecten defectos en el expediente tcnico, se aprueben modificaciones del
plao o adicionales de obra, o se establecan nuevas indicaciones en la absolucin de consultas por
parte del proyectista o la !ntidad, que sean necesarias para el cumplimiento de la finalidad del contrato,
podr% modificarse el expediente tcnico.
!s necesario se-alar que toda modificacin del expediente tcnico debe contar con la respectiva
justificacin y el sustento tcnico.
Res-onsabilidades
Del cons(ltor
!n aplicacin del art(culo @8 de la ey de *ontrataciones del !stado, en el caso de consultor(a de obras,el consultor encar&ado de elaborar el expediente tcnico es responsable respecto a la calidad ofrecida y
por los vicios ocultos de los servicios ofertados durante el periodo de a-o, contado a partir de la
conformidad otor&ada por la !ntidad.
'l respecto, la participacin del consultor no se extin&ue con la entre&a del expediente tcnico, sino que
debe prolon&arse a fin de atender los requerimientos que la !ntidad le formule durante la ejecucin de la
obra, como por ejemplo las consultas referidas al expediente tcnico. !n ese sentido, dentro de las
condiciones del contrato del proyectista, la !ntidad deber% incluir que el proyectista absolver% las
consultas que le formule la !ntidad durante la ejecucin de la obra en un determinado plao.
!n el caso de la modalidad de ejecucin contractual de concurso oferta, en vista que el contratista es
proyectista y ejecutor de obra a la ve, asume entera responsabilidad por el dise-o de la obra, debiendo
prever en el expediente tcnico las eventualidades que puedan afectar su ejecucin. !n estas obras
corresponde al contratista asumir econmicamente los errores que posteriormente se adviertan en el
expediente tcnico.
De la Entidad
a !ntidad asumir% responsabilidad respecto a la elaboracin del expediente tcnico cuando el mismo
haya estado a su car&o bajo administracin directa. !n caso el expediente tcnico haya sido elaborado
por un consultor externo, ello no menoscaba la responsabilidad que la !ntidad tiene respecto del
expediente tcnico.
LLLLLLLLLLLLLLLLLLLL
Normas t&cnicas
*abe indicar que el expediente tcnico podr% incluir el cumplimiento de normas tcnicas. ales
disposiciones se aplicar%n cuando corresponda al objeto de la obra, ya sea que se trate de
edificaciones, construccin y rehabilitacin de carreteras, construccin de puentes, obras de
electrificacin, entre otros.
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's( por ejemplo, si la obra consiste en la edificacin de un centro de salud, el expediente tcnico debe
tener en cuenta, entre otras normas, las disposiciones &enerales sobre edificacin contenidas en el
)e&lamento 3acional de !dificaciones, aprobado mediante $ecreto 2upremo 37 9088:9?4?4!3$',
as( como, de manera espec(fica, las referidas a edificaciones de salud "3orma '.8@8#, las cuales
establecen las caracter(sticas de estos centros hospitalarios, tales como el nmero de plantas, la
distribucin de habitaciones, salas de espera, los servicios hi&inicos, ancho de las columnas, etc.
!n caso el objeto de la prestacin constituya la rehabilitacin de una carretera, el expediente tcnico
deber% incluir normas tcnicas como las contenidas en las +!specificaciones cnicas Generales para la
*onservacin de *arreteras1 aprobado mediante )esolucin $irectoral 37 8@9088=9F*9A, el
)e&lamento 3acional de Gestin de 4nfraestructura ?ial, aprobado por $ecreto 2upremo 37 8DA90889
F*, entre otras que resulten aplicables.
5or su parte, para la construccin de un puente, por ejemplo, deben respetarse los lineamientos
aprobados en el Fanual de $ise-o de 5uentes, aprobado por )esolucin Finisterial 37 @J9088D9F*/80, consistentes en condiciones &enerales referidas a estructuras, resistencia de materiales,
deformaciones, periodo de vida til, entre otros.
*omo se observa, en funcin al objeto de la obra, existen normas tcnicas que deben considerarse en
el expediente tcnico, pues resultan necesarias para su correcta ejecucin.
S8PER"ISIN DE $RA
a !ntidad controlar% los trabajos efectuados por el contratista a travs del inspector o supervisor, se&ncorresponda, quien ser% el responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecucin de
la obra y el cumplimiento del contrato.
$e ello se desprende que el inspector o supervisor, se&n corresponda, tiene como funcin principal
controlar la ejecucin de la obra dentro de los par%metros de calidad, precio, plao y obli&aciones
contractuales as( como absolver las consultas del contratista.
a obli&acin de contar con un supervisor de obra depende del costo de la obra, monto que es re&ulado
por la ey de 5resupuesto del 2ector 5blico para el a-o fiscal respectivo.
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5ara que el supervisor pueda dar inicio a su labor se debe iniciar el plao de ejecucin de obra, el cual
inicia cuando se cumplan las si&uientes condiciones>
Mue se desi&ne al inspector o supervisor. Mue la entidad haya hecho entre&a del expediente completo. Mue la entidad haya hecho entre&a del terreno o lu&ar donde se ejecutar% la obra. Mue la entidad entre&ue el calendario de entre&a de los materiales e insumos. Mue se haya entre&ado el adelanto directo al contratista en las condiciones y oportunidades
establecidas en el art(culo = del )e&lamento.
)(nciones del S(-ervisor
)(ncin 9eneral:
$e conformidad con el art(culo JD del )e&lamento, la funcin &enrica del supervisor consiste en
realiar el control de los trabajos en la obra, cautelando de forma directa y permanentemente la correctaejecucin de la obra y el cumplimiento del contrato. 'simismo, debe absolver las consultas que le
formule el contratista, ajustando su actuacin a las estipulaciones contractuales sin poder modificar o
alterar su contenido.
!n ese sentido, el supervisor debe ejercer el control de manera permanente y directa durante la
ejecucin de la obra. *abe precisar que, por el trmino +permanente1"A# debe entenderse que el
profesional desi&nado como supervisor debe estar en el lu&ar de la obra durante todo el periodo de
ejecucin de la misma. 5or el trmino +directa1 debe entenderse que el profesional desi&nado como
supervisor debe realiar sus funciones personalmente, sin intermediarios.
$e esta manera, cuando el supervisor sea una persona jur(dica, esta podr% supervisar varias obras
simult%neamente, siempre que el profesional desi&nado para realiar la labor de supervisin sea distinto
en cada obra. !n cambio, cuando el supervisor sea una persona natural, esta deber% realiar por s(
misma las labores de supervisin, y, por tanto, no podr% supervisar m%s de una obra a la ve, a menos
que en su propuesta haya desi&nado a otro profesional como supervisor. En c(al;(iera de estos
casos4 el -ro3esional ;(e realice la labor de s(-ervisin no -odr6 s(-ervisar m6s de (na obra
sim(lt6neamente4 de con3ormidad con el criterio establecido en la -inin
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)echaar materiales o equipos por mala calidad o por el incumplimiento de las especificaciones
tcnicas. $isponer cualquier medida &enerada por una emer&encia.
)(nciones es-ec73icas:
'hora bien, para un mejor entendimiento las funciones del supervisor se pueden clasificar se&n el tipo
de control que ejerce>
# *ontrol del precio
9 'delantos, usos y amortiaciones
9 'vance de obra> metrados de avance, valoriaciones, reajustes.
9 'dicionales y deductivos
9 Fayores &astos &enerales
9 iquidacin de contrato
9 *ontrol de vencimiento de &arant(as.
0# *ontrol de plao
9 *ontrol de los calendarios de avance de obra y de adquisicin de materiales.
9 *ontrol de avance pro&ramado
9 'mpliaciones de plao
9 'plicacin de penalidades
D# *ontrol de calidad
9 )evisin del expediente tcnico9 !laboracin y presentacin del informe de dicha revisin con recomendaciones oportunas para
subsanar eventuales deficiencias, omisiones o adicionales.
9 ?erificar el cumplimiento del expediente tcnico de obra
9 *ontrol de procesos constrictivos
9 *ontrol de calidad de materiales
9 *ontrol de calidad de instalaciones
9 *ontrol de ensayos y pruebas
9 *ontrol topo&r%fico.
9 *ontrol de calidad de trabajos ejecutados.
9 *ontrol de maquinaria.
9 *ontrol del personal idneo.
9 5ara el control de calidad deber% verificarse el cumplimiento de las normas tcnicas, que resulten
aplicables como por ejemplo las normas tcnicas sobre edificaciones.
A# *ontrol de obli&aciones contractuales
9
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9 )elacin con la poblacin
9 )estos arqueol&icos
9 )econocimiento del %rea del proyecto
9 5resentacin de informes> quincenales, mensuales, de control de calidad, por adicionales, por
ampliaciones de plao, entre otros.
9 $e documentos necesarios para iniciar la obra.
9 5articipar en la entre&a de terreno.
9 Utiliar cuaderno de obra.
$el mismo modo se pueden a&rupar en tres etapas>
# 'ctividades antes del inicio de la obra>
9 )econocimiento del %rea del proyecto.
9 )evisin del expediente tcnico.
9 !laboracin y presentacin del informe de dicha revisin con recomendaciones oportunas parasubsanar eventuales deficiencias, omisiones o adicionales.
0# 'ctividades durante la ejecucin de la obra>
0.# *ontrol cnico
9 *ontrol topo&r%fico.
9 *ontrol de calidad de materiales.
9 *ontrol de procesos constructivos.
9 *ontrol de calidad de trabajos ejecutados.
9 *ontrol de maquinaria.
9 *ontrol del personal idneo.
9 *ontrol de ensayos y pruebas de laboratorio.
9 5resentacin de informes> quincenales, mensuales, de control de calidad, por adicionales, por
ampliaciones de plao, entre otros.
0.0# *ontrol del *ontrato
9 $e documentos necesarios para iniciar la obra.
9 5articipar en la entre&a de terreno.
9 *ontrol de los calendarios de avance de obra y de adquisicin de materiales.
9 !xi&ir medidas de se&uridad en obra.
9 Utiliar cuaderno de obra.
0.D# *ontrol !conmico 6inanciero
9 )evisin y aprobacin de las valoriaciones.
9 *alculo de reajustes.
9 !laboracin y tr%mite de presupuestos adicionales y sus reajustes.
9 !laboracin y tr%mite de presupuestos deductivos.
9 *ontrol de vencimiento de &arant(as.
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D# 'ctividades posteriores al trmino de la obra>
9 5ruebas de puesta en marcha "de ser el caso#.
9 5articipar en la recepcin de la obra.
9 $e estar en el contrato, formular la liquidacin de obra.
9 )evisin de la liquidacin final de obra.9 4nforme final de obra.
bservaciones
. !l inspector o supervisor debe tener experiencia en el tipo de obra a controlar, as( como estudiar los
planos, especificaciones tcnicas, etc., del expediente tcnico.0. !l inspector o supervisor debe conocer la ey de *ontrataciones del !stado y su )e&lamento para
su correcta y oportuna aplicacin y no perjudicar los intereses de la !ntidad.D. !l inspector o supervisor debe respetar y hacer respetar "al contratista# el contrato.A. 2e recomienda que la !ntidad entre&ue a sus inspectores o supervisores, al inicio de sus funciones,
un manual de funciones acorde con las normas vi&entes.@. 'unque no se encuentre expresamente re&ulado en la normativa de contrataciones del !stado, es
recomendable que las !ntidades incluyan en los contratos de supervisin, que el supervisor
presente informes peridicos a efectos de sustentar su pa&o, en los cuales se indique y/o adjunte>
$escripcin cualitativa y cuantitativa de los avances valoriados expresados en trminos de
cantidades como de frentes de obra. 5rincipales problemas presentados durante el periodo. )elacin de los in&resos de los principales materiales y equipos, as( como movimiento de la
mano de obra.
Pechos relevantes sucedidos en el periodo. 5revisin de avances para el si&uiente mes o periodo de pa&o. *opia de la hoja resumen de valoriacin y de factura.
Pla@o de vi9encia del contrato de obra:
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El c(aderno de obra
!l cuaderno de obra es el documento de re&istro de acontecimientos y de formulacin de consultas
oficial para el control de la obra. 2lo el in&eniero residente y el inspector o supervisor "se&n
corresponda# son las nicas personas autoriadas para escribir en el cuaderno de obra, quienes
firmar%n al pie de cada anotacin, se&n sea el que efecte la anotacin.
!n ese sentido, el objeto del cuaderno de obra es dejar constancia de los hechos relevantes que
suceden durante la ejecucin de la obra tales como movimiento de materiales y equipos, sucesos con el
personal, el clima y todo tipo de situaciones que requieran ser re&istradas para posteriormente ser
consultadas a fin de interponer reclamos, pedidos y/o consultas.
's(, dado que muchos de los procedimientos que se inician con la anotacin en el cuaderno de obra
tienen plaos definidos, es conveniente que el cuaderno de obra sea revisado diariamente por el
inspector o supervisor y que se evite dejar per(odos sin anotaciones.
!l ori&inal del cuaderno de obra debe permanecer en la obra "siempre y cuando haya las &arant(as de
se&uridad suficientes# bajo custodia del residente, el cual no puede impedir el acceso del mismo al
inspector o supervisor. 2i ello sucede se le penalia al contratista con @/888 de la valoriacin por cada
d(a de impedimento. *oncluida la ejecucin de la obra, el ori&inal del cuaderno de obra quedar% en
poder de la !ntidad.
Costo de la s(-ervisin
!l costo de la supervisin de obra tiene como l(mite el die por ciento "8Q# del valor referencial de la
obra o del monto vi&ente del contrato de obra, el que resulte mayor.
!n funcin a ello, el monto del contrato ori&inal de supervisin de obra, m%s las variaciones que este
pueda sufrir, tales como la ejecucin de prestaciones adicionales, aprobacin de la ampliacin del plao
contractual o el reajuste de precios, entre otras, no pueden exceder del l(mite antes mencionado.
3o obstante, conforme al art(culo J del )e&lamento de la ey de *ontrataciones del !stado existen
dos supuestos en los que el costo de la supervisin puede superar el l(mite antes mencionado, nos
referimos a los si&uientes>
5restaciones adicionales de supervisin ori&inadas por variaciones en el plao de la obra o
variaciones en el ritmo de trabajo de la obra, en los casos distintos de los adicionales de obra. 5restaciones adicionales de supervisin que se ori&inan por adicionales de obra.
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E,tensin de los servicios de s(-ervisin 0am-liacin de -la@o1
!l ejecutor de obra podr% solicitar la ampliacin del plao del contrato en la medida que se enmarque en
al&una de las causales indicadas en el art(culo 088 del )e&lamento de la ey de *ontrataciones del
!stado, tales como por>
i# atrasos y/o paraliaciones por causas no atribuibles al contratista;ii# atrasos y/o paraliaciones en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a
la !ntidad;iii# por caso fortuito o fuera mayor debidamente comprobado; yiv# iv# cuando se apruebe adicional de obra. al art(culo precisa que la ampliacin del plao de
ejecucin de la obra ser% procedente nicamente cuando tales hechos sean ajenos a la
voluntad del contratista y modifiquen la ruta cr(tica del pro&rama de ejecucin al momento
de la solicitud de ampliacin.
*omo consecuencia de la ampliacin de plao del contrato de obra, la !ntidad ampliar% el plao de los
contratos celebrados por sta y vinculados directamente al contrato principal, entre estos el contrato de
supervisin.
'l respecto, si bien puede existir un contrato de obra sin que exista un contrato de supervisin "ya que
dicha obli&acin puede ser cumplida por el inspector#, no podr(amos tener un contrato de supervisin sin
la existencia de un contrato de obra, dado que si no existe una obra que se ejecute no puede existir
control de la ejecucin. $e ello se desprende que, si bien, para la entera satisfaccin de la necesidad
que busca satisfacer la !ntidad mediante la ejecucin de una obra, las actividades que realian tanto el
ejecutor como el supervisor resultan complementarias, el contrato de supervisin se encuentra
supeditado a la existencia y ejecucin del contrato de obra, por lo que ambos contratos deben
ejecutarse simult%neamente.
!n ese sentido, considerando que toda ejecucin de un contrato de obra debe ser supervisada podemos
inferir que el contrato de supervisin es un contrato directamente vinculado al contrato de obra; por
tanto, cuando se apruebe una ampliacin del plao del contrato de obra, corresponde a la !ntidad
ampliar el plao de la supervisin.
'simismo, si bien la funcin del supervisor se extiende hasta su participacin en el *omit de )ecepcinde la
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Adicionales de s(-ervisin
*onforme al art(culo A de la ey de *ontrataciones del !stado la !ntidad puede aprobar prestaciones
adicionales siempre que sean indispensables para alcanar la finalidad del contrato.
a. 'hora bien, respecto a los servicios de supervisin, cuando por casos distintos de adicionales de
obra, se producan variaciones en el plao de la obra o variaciones en el ritmo de trabajos
autoriados por la !ntidad, y siempre que impliquen prestaciones adicionales en la supervisin que
resulten indispensables para el adecuado control de la obra, el itular de la !ntidad puede
autoriarlas, bajo las mismas condiciones del contrato ori&inal y hasta por un monto m%ximo del
quince por ciento "@Q# del monto contratado de la supervisin, considerando para el c%lculo todas
las prestaciones adicionales previamente aprobadas derivadas de casos distintos de adicionales de
obra.
'simismo, cuando se supere el porcentaje indicado en el p%rrafo precedente, se requerir% la
autoriacin, previa al pa&o, de la *ontralor(a General de la )epblica, no siendo aplicable paraeste caso el l(mite dispuesto en el numeral A. del art(culo A de la ey de *ontrataciones del
!stado.
b. !n relacin a las prestaciones adicionales de supervisin como consecuencia de la aprobacin de
las prestaciones adicionales de obra, el art(culo J del )e&lamento"@# se-ala que en estos casos
se aplicar%n para la supervisin los art(culos =A y =@ del )e&lamento, los cuales establecen que
la !ntidad podr% disponer directamente la ejecucin de prestaciones adicionales siempre que
cuente con la asi&nacin presupuestal necesaria. 5ara este supuesto, no ser% aplicable el l(mite
establecido en el numeral A. del art(culo A de la ey, es decir, las prestaciones adicionales
aprobadas por la aprobacin de adicionales de obra podr%n superar el l(mite de 0@Q establecido en
el art(culo =A del )e&lamento.
E'em-lo>
Fonto *ontrato de 2upervisin
"F*2# L 2/. 888 888.88 "inc. 4G?#
@Q F*2 L 2/.@8 888.88 "inc. 4G?#
0@Q F*2 L 2/.0@8 888.88 "inc. 4G?#
*aso
'mpliacin de 5lao de
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"ALRIACINES
Conce-to de valori@acin
2e&n el 'nexo Rnico de $efiniciones del )e&lamento, la valoriacin de una obra, es la cuantificacin
econmica del avance f(sico en la ejecucin de la obra, realiada en un per(odo determinado.
'simismo, se podr(a definir a la valoriacin como el monto de la contraprestacin que corresponde
abonar al contratista, por el trabajo ejecutado en un periodo de tiempo, usualmente mensual; sin
embar&o, nada impide establecer en las Cases o el contrato otra periodicidad.
'dicionalmente, cabe se-alar que las valoriaciones tienen el car%cter de pa&os a cuenta, toda ve que
en la liquidacin final es donde se define el monto total de la obra y el saldo a pa&ar.
*+(& s(cede si el contratista est6 en desac(erdo con los metrados o la valori@acin.
2i sur&ieran discrepancias respecto a la formulacin, aprobacin o valoriacin de los metrados entre el
contratista y el inspector o supervisor o la misma !ntidad, se&n sea el caso, se resolver%n en la
liquidacin final del contrato, sin perjuicio de que el contratista cobre la parte no controvertida. 2lo ser%
posible iniciar un procedimiento de conciliacin o arbitraje dentro de los quince "@# d(as h%biles
despus de ocurrida la controversia si la valoriacin de la parte en discusin representa un monto i&ual
o superior al @Q del contrato actualiado, siendo este el monto del contrato ori&inal afectado por las
variaciones realiadas por los reajustes, prestaciones adicionales, reduccin de prestaciones o mayores
&astos &enerales variables por ampliaciones de plao, de conformidad con el art(culo JJ del)e&lamento.
Procedimiento de valori@acin
Elaboracin
!n los p%rrafos se&undo y tercero del art(culo J= del )e&lamento, se establece la metodolo&(a que
debe emplearse para elaborar o formular las valoriaciones, la cual depende del sistema de contratacin
mediante el cual se ejecuta la obra "precios unitarios o suma alada#. 'simismo, el cuarto p%rrafo del
referido art(culo precisa que mientras que en las obras contratadas a precios unitarios se valoria hastael total de los metrados realmente ejecutados, en las obras ejecutadas a suma alada se valoria hasta
el total de los metrados contratados del presupuesto de obra del expediente tcnico.
5or su parte, del primer y antepenltimo p%rrafo del art(culo J= del )e&lamento, se desprende que
corresponde al contratista y al supervisor o inspector, de forma conjunta, formular y valoriar los
metrados de obra ejecutados.
!s as( que, a efectos de realiar una valoriacin, el supervisor o inspector y el residente, se constituyen
en la obra y personalmente miden los avances por cada partida "estas cantidades se denominan
+metrados de avance1#, lue&o de lo cual multiplican los resultados por los precios unitarios de las
mismas.
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a1 Elaboracin se9n el sistema de contratacin de -recios (nitarios
$e conformidad con el se&undo y cuarto p%rrafo del art(culo J= del )e&lamento, en caso de obras
contratadas bajo el sistema de precios unitarios, las valoriaciones se formular%n en funcin a los
metrados ejecutados, al que se multiplica los precios unitarios ofertados por el contratista, a&re&ando losmontos proporcionales de &astos &enerales y utilidad de la oferta del contratista; y a ste monto se
a&re&ar% el 4G?. a valoriacin se efectuar% hasta el total de los metrados realmente ejecutados.
!l sistema de precios unitarios ser% aplicable a las obras, que por su naturalea, no permita conocer con
exactitud o precisin las cantidades o ma&nitudes requeridas; por ejemplo las obras de carreteras,
saneamiento, canales, represas, tneles, etc.
5or lo tanto, en este sistema se valoria en funcin a los metrados realmente ejecutados, con los
precios unitarios, &astos &enerales y utilidad ofertados por el contratista durante el proceso de seleccin,conforme al si&uiente detalle>
4F5
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!jemplo> si el postor ofert 2/. J@8,888.88 para la ejecucin de una obra cuyo valor referencial fue 2/.
N888,888.88, entonces el factor de relacin es L 8.J@888.
5ara mejor entendimiento tenemos>
5or lo tanto en este sistema no se &eneran reconocimiento de los mayores metrados ejecutados ni se
descuentan los metrados no ejecutados, pa&%ndose los metrados contratados hasta el monto ofertado
por el contratista en su oferta econmica.
c1 Elaboracin se9n el Sistema de Contratacin Es;(ema !i,to de S(ma Al@ada 2 Precios
8nitarios
$e tratarse de obras contratadas bajo el esquema mixto, las partidas se valoriar%n de acuerdo al
sistema de contratacin del componente al que pertenecen.
I!PRTANTE>
9 a diferencia de procedimiento entre los dos primeros sistemas de contratacin, reside en que en los
contratos a suma alada los precios unitarios ser%n los del valor referencial proporcionado por la !ntidad
multiplicados por el llamado factor de relacin; mientras que en los contratos de obras a precios
unitarios ser%n los considerados en el contrato, los mismos que provienen de la oferta del contratista.
9 anto para obras a precios unitarios como a suma alada, es una buena pr%ctica trabajar el avance del
mes por +diferencia de acumulados1. !sto si&nifica que cada mes, o fin de periodo, se establece el
avance acumulado total alcanado a esa fecha y por diferencia con el avance acumulado total
valoriado en el per(odo anterior, se determina el metrado "o porcentaje# a valoriar en el presente
per(odo. $e este modo, cualquier error de estimacin anterior es superado de manera autom%tica.
*+(e debe contener la valori@acin.
?aloriacin del avance f(sico> consiste en aplicar a los metrados establecidos como ejecutados
los precios del contrato. )eajuste de precios> se obtienen por aplicacin de las frmulas polinmicas de reajuste de
precios establecidas en el contrato. 'mortiaciones de adelanto en efectivo y de adelanto para materiales, de corresponder.
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Pojas de metrado certificados por el inspector o supervisor. ista de metrados afectados por los precios unitarios contratados o del valor referencial, se&n
el sistema de contratacin. *uadros de c%lculo de los factores de reajuste con la documentacin sustentatoria. *uadro de control de reajustes "demostrando la situacin atraso o adelanto en que se encuentra
la obra, con el fin de aplicar correctamente los reajustes#. *roquis, planos de terreno natural o cualquier otro elemento &r%fico que sustente el avance
valoriado. *uadro de control de amortiaciones de adelanto. !stado de vi&encia de &arant(as. Poja )esumen que muestre claramente los avances acumulados anterior y actual, el avance del
presente periodo y el saldo por valoriar. 4nformacin sobre nuevos precios y/o partidas que se hubieran acordado en el periodo. Poja de control de valoriaciones anteriores y de pa&os efectuados por la !ntidad. Gr%ficos de avance de obra pro&ramada contra obra ejecutada. 6actura emitida por el contratista.
A-robacin
$e acuerdo con el art(culo J= del )e&lamento, las valoriaciones deben ser aprobadas y remitidas a la
!ntidad por el supervisor "o inspector# de la obra, en un plao m%ximo de cinco "@# d(as calendario
contados del primer d(a h%bil del mes si&uiente al de la valoriacin, para periodos mensuales. *uando
las valoriaciones se refieran a per(odos distintos a los mensuales, la !ntidad deber% establecer, en las
Cases o el contrato, el tratamiento correspondiente.
Pa9o
as valoriaciones de obra ser%n canceladas por la !ntidad hasta el ltimo d(a del mes si&uiente de la
valoriacin, en caso de per(odos mensuales. !n casos distintos, lo establecer%n las Cases. $e no
efectuarse el pa&o en el plao antes indicado, el contratista tendr% derecho al pa&o de intereses le&ales.
E'em-lo>
?aloriacin de obra> Faro 08
6echa de elaboracin de la valoriacin y su remisin al supervisor, de ser el caso> D.8D.08
5rimer d(a h%bil del mes de abril 08> ?iernes 8 5lao de aprobacin cinco "@# d(as calendario, contados desde el 8.8A.08 6echa m%xima de pa&o de la valoriacin de maro 08> D8.8A.08
En el s(-(esto ;(e la Entidad a-recie (n error en la valori@acin4 *Cmo deber7a -roceder.
$e conformidad con el numeral D.@ de la
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.
's(, de comprobarse la existencia de un error en la valoriacin, que perjudique o afecte el inters
pblico, la !ntidad podr(a decidir no pa&ar la valoriacin aprobada por el supervisor; sin perjuicio, del
pa&o de la parte no controvertida.
"alori@aciones de Intereses
!n caso de demora en el pa&o de valoriaciones de obra imputables a la !ntidad, se reconocer%n
intereses le&ales, para cuyo pa&o se formular% una valoriacin de 4ntereses.
' partir del vencimiento del plao establecido para el pa&o de una valoriacin, sin que esta se haya
efectuado, por raones imputables a la !ntidad, el contratista tendr% derecho al reconocimiento del
inters le&al, de conformidad con los art(culos 0AAO, 0A@O y 0A:O del *di&o *ivil. 5ara el pa&o de los
intereses se formular% una valoriacin de intereses y se efectuar% en las valoriaciones si&uientes.
I!PRTANTE:
2obre los intereses se debe tener en cuenta>
os intereses deben ser expresamente solicitados por el contratista, por escrito, en las
valoriaciones si&uientes o en la liquidacin final del contrato. os intereses no prescriben. os intereses se reconocen en base a la tasa de inters le&al efectiva "factor acumulado#.
"alori@acin de !a2ores astos enerales
5ara el pa&o de los mayores &astos &enerales se formular% una valoriacin que ser% presentada por el
residente al inspector o supervisor, quien en un plao de cinco "@# d(as calendario la elevar% a la
!ntidad, con las correcciones a las que hubiere lu&ar, para su revisin y aprobacin. a !ntidad deber%
cancelarla en un plao m%ximo de treinta "D8# d(as calendario a partir del d(a si&uiente de recibida la
valoriacin por parte del supervisor "o inspector#, caso contrario, el contratista tendr% derecho al
reconocimiento de intereses le&ales.
"alori@aciones de Adicionales de bra
!l pa&o de los presupuestos adicionales aprobados se realiar% mediante valoriaciones adicionales."'rt(culo 08= del )e&lamento#.
!stas son independientes a las valoriaciones del contrato ori&inal.
as valoriaciones de los presupuestos adicionales se efectan en forma similar a las del contrato
principal.
' fin de llevar un orden, se su&iere que las valoriaciones se denominen> ?aloriacin 3O 8 del
adicional de obra 3O 8, ?aloriacin 3O 80 del adicional de obra 3O 8, y as( sucesivamente.
Rea'(stes
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De3inicin
2e&n lo establecido en el art(culo AJ del )e&lamento, las Cases deben establecer las frmulas de
reajuste, considerando los Indices Unificados de 5recios de la *onstruccin "4U5# del 4nstituto 3acional
de !stad(stica e 4nform%tica B 43!4, correspondiente al mes en que debe ser pa&ada la valoriacin, en
concordancia al $ecreto 2upremo 3O 89=J9?* y sus modificatorias.
!n el mismo sentido, el art(culo J del )e&lamento establece que, los reajustes se calcular%n con el
coeficiente +S1 conocido a ese momento. 5osteriormente, se re&ulariar%n los reajustes y se pa&ar%n
con la valoriacin m%s cercana, o en la liquidacin final, sin intereses.
$e los citados preceptos le&ales, se desprende que los reajustes son c%lculos matem%ticos que se
efectan tanto a las valoriaciones correspondientes a las prestaciones ori&inalmente pactadas en el
contrato, como de aquellas prestaciones adicionales que la !ntidad ordene ejecutar al contratista, a
efectos de ajustar sus precios al mes en que debe ser pa&ada la valoriacin. "
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que parte de los an%lisis de los precios unitarios, lue&o pasa por la determinacin del presupuesto y
concluye en la determinacin de los denominados +coeficientes de incidencia1 que se aplican a cinco
conceptos de &astos determinados por la norma le&al> mano de obra, materiales, equipos de
construccin, insumos varios y &astos &enerales y utilidad, cada uno de los cuales corresponde a un
monomio de la forma &eneral de la frmula polinmica.
$eterminar los coeficientes de incidencia no es otra cosa que determinar la participacin porcentual que
cada uno de estos conceptos de &asto o monomio tienen en un determinado presupuesto de obra.
a forma &eneral de una frmula polinmica es>
SL * "r/o# V *0 "Fr/Fo# V *D "?r/?o# V *A"!Mr/!Mo# V*@"G*Ur/*GUo#
$onde>
*, *0, *D, *A y *@ son los denominados coeficientes de incidencia.
!l sub(ndice +r1 representa el mes en que se reajusta y el sub(ndice +o1 representa al mes del
presupuesto base o valor referencial.
as letras , F, ?, !M y GGU representa a los jornales, los materiales, los insumos varios, los equipos
de construccin, &astos &enerales y utilidad, respectivamente.
*uando se construye una frmula cada uno de esos trminos adopta un valor preciso. 5or ejemplo, la
frmula de un contrato puede ser>
SL 8.8::"r/o# V 8.0:A"*r/*o# V 8.8J"'$5r/'$5o# V 8.D="FMr/FMo# V 8.=A"G*Ur/*GUo#
!n esta frmula los (ndices unificados considerados son los si&uientes>
L ornales, (ndice A=, correspondiente al monomio mano de obra.
*L *emento asf%ltico, (ndice 08, correspondiendo al monomio materiales.
'$5 L Faquinaria y equipo importado, (ndice D8, correspondiendo al monomio equipos.
GGU L Indice General de 5recios al *onsumidor, (ndice DJ, correspondiendo al monomio &astos
&enerales y utilidad.
os (ndices unificados son valores representativos de los insumos que se utilian en la construccin. $e
acuerdo a la metodolo&(a del 43!4 existen 8 (ndices que se trabajan todos los meses. !stos 8 (ndices
unifican, en ellos a todo el universo de insumos. 2e denominan por un nmero. !l (ndice A= representa
la mano de obra, el (ndice 08 representa el concreto asf%ltico y as( sucesivamente.
os (ndices no son precios sino nmeros que expresan cuanto han variado los precios respecto de una
fecha base. os (ndices actuales tienen como base julio JJ0 fecha en que todos los (ndices adoptaron
el valor 88.88. 5or lo tanto el valor de cada (ndice representa en qu proporcin variaron los precios de
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los insumos correspondientes a cada (ndice desde julio de JJ0 hasta la fecha de publicacin del (ndice
cuya variacin se quiere conocer.
b1 La a-licacin de la 3rm(la -ara calc(lar mes a mes el rea'(ste ;(e corres-onde cancelar al
contratista:' partir de los valores que vayan adoptando mes a mes los referidos (ndices unificados se
puede ir calculando tambin mes a mes los valores de los reajustes de precios a cancelar al contratista.
r, *r, '$5r, FMr y GGUr. *ambian todos los
meses y se obtienen de los listados que el 43!4 publica en el $iario !l 5eruano y se utilian conforme se
van calculando las distintas valoriaciones mensuales.
as frmulas al ser expresiones al&ebraicas, pueden adoptar valores diversos se&n la variacin de
precios que el 43!4 va identificando e informando, pudiendo adoptar valores i&uales, mayores o menores
a la unidad, dependiendo de si los precios de los insumos crecen o bajan.
!xisten tambin disposiciones espec(ficas de control de reajustes para el caso de obras atrasadas que
impiden que el contratista vaya a verse beneficiado con el reajuste de cantidades valoriadas en
periodos que no le hubieran correspondido de haber estado la obra de acuerdo al pro&rama.
LI+8IDACIN DE $RA
De3inicin
a liquidacin final de una obra se puede definir como un c%lculo tcnico, efectuado dentro de las
condiciones contractuales "penalidades, intereses, &astos &enerales, etc.#, cuya finalidad es determinarel costo total de la obra, el mismo que al compararlo con los montos pa&ados por la !ntidad, podr%
determinar el saldo econmico, ya sea a favor del contratista o de la !ntidad, se&n corresponda.
2i el contrato es por el sistema de contratacin a suma alada las partidas se liquidan al 88Q cada una
de ellas, independientemente de su ejecucin real, salvo que se hayan aprobado adicionales o
deductivos, en cuyo caso se estar% conforme a lo aprobado.
2i el contrato es por el sistema de contratacin de precios unitarios, considerando que bajo este sistema
se pa&a lo realmente ejecutado, corresponder% hacer un remetrado de todas las partidas de obra a fin
de determinar su real ejecucin. !n este caso se deben tener tambin presentes los presupuestos
adicionales y deductivos que se hubieran aprobado as( como los planos de replanteo "o +planos se&n
construido1# para determinar los metrados realmente ejecutados tambin llamados +metrados de post
construccin1.
iquidar el contrato es un proceso mediante el cual se deben establecer los valores de la si&uiente
frmula>
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a importancia de la liquidacin del contrato no solo es desde un punto vista de cumplimiento de una
norma re&lamentaria y le&al, sino que adem%s tiene efectos contables y tributarios, ya que un contrato
no liquidado continua siendo considerado como una obra en curso y la obra no puede ser activada como
parte del inventario de la !ntidad.
!l proceso de liquidacin del contrato requiere se cumplan dos condiciones>
a# Mue se haya suscrito el acta de recepcin de obra, o el acta de constatacin f(sica e inventario de
obra si el contrato fue resuelto.b# Mue no existan controversias pendientes.
Ti-os de Li;(idaciones:
a# $e *uentas> a liquidacin de cuentas de una obra "acta de constatacin f(sica e inventario en
el lu&ar de la obra# corresponde a una obra no terminada, que no se culmina debido a una
resolucin de contrato.b# 6inal> a liquidacin final de una obra terminada "acta de recepcin de obra# corresponde a una
obra culminada, ya sea dentro o fuera de su plao, es decir con o sin penalidad.
Procedimiento 2 -la@os
!l contratista presenta su liquidacin debidamente sustentada con la documentacin y c%lculos
detallados, dentro de plao de sesenta ":8# d(as calendario o el equivalente a /8 del plao de
ejecucin de la obra, el que resulte mayor, contado desde el d(a si&uiente de la recepcin de la obra.
$entro del plao de sesenta ":8# d(as calendario de recibida, la !ntidad debe pronunciarse, ya sea
observando la liquidacin o, de considerarlo pertinente, elaborando otra, y notificar% al contratista para
que se pronuncie dentro de los quince "@# d(as calendario si&uientes. 2i el contratista no se pronuncia
la liquidacin queda consentida.
2i el contratista no presenta la liquidacin en el plao previsto, la efectuar% la !ntidad en idntico plao,
siendo los &astos de car&o del contratista. a !ntidad notificar% al contratista para que ste se pronuncie
dentro de los quince "@# d(as calendarios si&uientes.
a liquidacin quedar% consentida cuando, practicada por una de las partes, no sea observada por la
otra, dentro del plao establecido.
Posibles escenarios en la li;(idacin de obra:
S(-(esto ?> !l contratista presenta su liquidacin final
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. ' partir del d(a si&uiente de recepcionada la obra "en forma definitiva#, el contratista debe
presentar la liquidacin se&n lo si&uiente>
a. $ebidamente sustentada "fundamentalmente solo documentos que sustenten c%lculos#.
b. *on c%lculos detallados.
c. Finuta de $eclaratoria de 6%brica o la Femoria $escriptiva ?aloriada.d. 5lanos post construccin.
!l plao para presentar la liquidacin final es de :8 d(as naturales o /8 del plao vi&ente de ejecucin
"plao ampliado# de la obra, el que resulte mayor. !jemplo>
5lao contractual> 88 d(as
'mpliacin de plao 37 8> 08 d(as
'mpliacin de plao 37 80> D8 d(as
5lao vi&ente> @8 d(as
5lao para liquidar> /8 "@8# L @ d.c. W :8 d.c. 5lao mayor L :8 d.c.
0. 5resentada la liquidacin por el contratista, la !ntidad debe pronunciarse dentro de los sesenta ":8#
d(as calendarios si&uientes. $e no aprobarla puede>
a.
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dentro de los quince "@# d(as h%biles si&uientes, cualquiera de las partes deber% solicitar el
sometimiento de esta controversia a conciliacin y/o arbitraje.
S(-(esto >> !l contratista no presenta su liquidacin final.
. 2i el contratista no presenta la liquidacin en el plao previsto, su elaboracin ser% responsabilidad
exclusiva de la !ntidad en idntico plao "/8 del plao vi&ente o :8 d(as calendario, el que sea mayor#,
siendo los &astos de car&o del contratista.
!l +car&o1 debe ser precisado en las Cases o el contrato de obra a fin de que el contratista ten&a
conocimiento del monto que le costar% si no hace la liquidacin.
0. a !ntidad notificar% su liquidacin final al contratista, quien dispondr% de @ d(as calendarios para
pronunciarse. 2i el contratista no se pronuncia la liquidacin de la !ntidad quedar% consentida.
2i el contratista si se pronuncia puede ocurrir>
a. 'cepta la liquidacin de la !ntidad.
b. 3o acepta la liquidacin de la !ntidad.
D. !n el supuesto que el contratista comunica la !ntidad que no aco&e su liquidacin final, esta deber%
pronunciarse dentro de los @ d(as calendarios si&uientes de haber recibido la observacin, de no
hacerlo se tendr% por aprobada la liquidacin con las observaciones formuladas.
2i la !ntidad se pronuncia puede ocurrir>
a. 'cepta las observaciones del contratista a la liquidacin de la !ntidad.
b. 3o acepta las observaciones del contratista a la liquidacin de la !ntidad.
A. !n el caso de que una de las partes no acoja las observaciones formuladas por la otra, aqulla
deber% manifestarlo por escrito dentro del plao previsto en el p%rrafo anterior. !n tal supuesto, dentro
de los quince "@# d(as h%biles si&uientes, cualquiera de las partes deber% solicitar el sometimiento de
esta controversia a conciliacin y/o arbitraje.
S(-(esto F:2i nin&una de las dos partes presenta la liquidacin final de obra.
$e acuerdo con la
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a. os metrados finales realmente ejecutados, separando metrados contractuales de metrados
adicionales "aprobados con )esolucin#.
b. os precios unitarios ofertados.
c. os &astos &enerales ofertados.
d. a utilidad ofertada.
0. !n caso de obras contratadas bajo el sistema a suma alada la liquidacin final se practica con>
a. os metrados totales contratados del presupuesto de obra.
b. os precios unitarios del valor referencial por el factor de relacin.
c. os &astos &enerales del valor referencial por el factor de relacin
d. a utilidad del valor referencial por el factor de relacin.
I!PRTANTE:
. a liquidacin final es un procedimiento tcnico administrativo que consiste en recalcular las
valoriaciones, reajustes, deducciones, penalidades, etc., para determinar el costo final de obra y los
saldos econmicos por pa&ar o devolver.
0. !l procedimiento de c%lculo de una liquidacin de obra depende si el contrato de obra fue a suma
alada "con los metrados contratados#, precios unitarios "con los metrados realmente ejecutados#,
concurso oferta "con los metrados del expediente tcnico elaborado por el contratista#, etc.
D. a !ntidad tiene la potestad de observar la liquidacin final presentada por el contratista "existe una
sola liquidacin# o formular su propia liquidacin "existen dos liquidaciones#.
A. a !ntidad no puede devolver "f(sicamente# la liquidacin final presentada por el contratista bajo el
ar&umento de su deficiente o incompleta formulacin. $e ser el caso, la !ntidad est% en la facultad de
formular su propia liquidacin.
@. os documentos sustentatorios exi&ibles de una liquidacin son aquellos que sustentan los c%lculos
que considera la citada liquidacin.
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8. os saldos a favor de la !ntidad los debe devolver el contratista en el lapso de tres d(as calendario
de haber sido notificado caso contrario la !ntidad est% facultada a ejecutar la &arant(a de fiel
cumplimiento de contrato y cobrarse la parte necesaria.
LA A!PLIACIN DE PLA
De3inicin>
!l plao de ejecucin de obra es el periodo establecido por la !ntidad en las Cases para la ejecucin de
la obra.
!n ese sentido, la ampliacin del plao, es la extensin del tiempo previsto para la ejecucin de la obra,
en funcin a las causales previstas en la normativa de contrataciones del !stado.
Ti-os>
as ampliaciones de plao pueden ser de dos tipos>
a# 5or atrasos
b# 5or paraliaciones
a diferenciacin que se debe hacer entre atrasos y paraliaciones se debe a que los efectos sobre los
&astos &enerales son distintos en cada caso. 2e considera que hubo un atraso cuando la obra ha
se&uido en ejecucin a un ritmo menor al pro&ramado en el calendario de avance de obra y ello no
permite concluir la obra en el plao previsto; por su parte, una paraliacin, implica que la totalidad de la
obra dej de trabajar y por ello no se puede cumplir con el plao previsto.
$e acuerdo con el art(culo 080 del )e&lamento, slo cuando la ampliacin de plao hubiese sido
&enerada por la paraliacin total de la obra, por causas ajenas al contratista, dar% lu&ar al pa&o de
mayores &astos &enerales variables debidamente acreditados, de aquellos conceptos que formen parte
de la estructura de costos de la oferta del contratista o del valor referencial, se&n sea el caso. 2i la
ampliacin se produjo por un atraso, se le pa&ar% al contratista el &asto &eneral variable diario por el
nmero de d(as de atraso.
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*ausales>
!l contratista podr% solicitar ampliacin de plao por cualquiera de las si&uientes causales ajenas a la
voluntad del contratista, siempre que modifiquen la ruta cr(tica del pro&rama de ejecucin de obra
vi&ente al momento de la solicitud de ampliacin, se&n art(culo 088 del )e&lamento. !stos supuestos
abarcan>
. 'trasos y/o paraliaciones por causas no atribuibles al contratista.
0. 'trasos y/o paraliaciones en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la !ntidad.
!jemplo> $emora en el pa&o de adelantos de materiales e insumos, demora en absolucin de consultas,
falta de disponibilidad del terreno, etc.
D. *aso fortuito o fuera mayor debidamente comprobada.
!n este marco podemos considerar hechos fortuitos o fuera mayor, entre otros, a los hechos de la
naturalea como por ejemplo> huaycos, terremotos, etc.
A. *uando se aprueba la prestacin adicional de obra.
!sta causal se complementa con el quinto y ltimo p%rrafos del art(culo 08= "obras adicionales menores
al @Q#. !s decir, aprobada la prestacin adicional con resolucin del itular, si esta prestacin afecta la
ruta cr(tica de la obra el contratista podr% solicitar la ampliacin de plao que corresponda.
*abe precisar que una prestacin adicional de obra puede &enerar dos tipos de ampliacin de plao>
i. 5or la demora en su aprobacin "que estar(a dentro del se&undo caso arriba descrito#.
ii. 5or la ejecucin del propio adicional de obra.
'simismo, el contratista puede solicitar ampliacin de plao en caso el supervisor y la !ntidad no
absuelvan sus consultas de obra, y corresponder% a la demora desde la fecha en que la no ejecucin de
los trabajos materia de la consulta empiece a afectar la ruta cr(tica del pro&rama de ejecucin de obra.
"'rt(culo J: del )e&lamento#.
!n caso de causales diferentes o de distintas fechas, cada solicitud debe tramitarse
independientemente; siempre que las causales diferentes no correspondan a un mismo periodo de
tiempo sea total o parcial.
!n tanto se trate de causales sin fecha prevista de conclusin, debidamente acreditadas y sustentadas
por el contratista, la !ntidad podr% otor&ar ampliaciones parciales, a efectos que se valoricen los &astos
&enerales por dicha ampliacin. !jemplo> podr(an hacerse por cada mes, mientras subsista la causal.
Re;(isitos o condiciones -ara -rocedencia:
a# 2iempre que la demora afecte la ruta cr(tica del pro&rama de ejecucin de obra vi&ente y el plao
adicional sea necesario para la culminacin de la obra.
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b# oda solicitud de ampliacin de plao debe presentarse dentro del plao vi&ente de la obra, fuera del
cual ser%n no admitidas.
2i es visible que la causal va a superar el plao de ejecucin de la obra, el contratista debe solicitar una
ampliacin parcial antes del trmino de dicho plao, a efectos de no incumplir la norma.
Procedimiento:
5ara que proceda una ampliacin de plao desde el inicio y durante la ocurrencia de la causal, el
contratista, por intermedio de su residente, deber% anotar en el cuaderno de obra las circunstancias que
a su criterio ameriten ampliacin de plao. $entro de los quince "@# d(as calendario si&uientes de
concluido el hecho invocado, el contratista o su representante le&al cuantificar% "determinar el nmero
de d(as# y sustentar% su solicitud de ampliacin de plao ante el supervisor, siempre que la demora
afecte la ruta cr(tica del pro&rama de ejecucin de obra vi&ente y el plao adicional sea necesario para
la culminacin de la obra. !n caso que el hecho invocado supere el plao vi&ente, la solicitud se
efectuar% antes del vencimiento de obra.
!l supervisor emitir% un informe expresando su opinin sobre la solicitud y lo remitir% a la !ntidad, en un
plao no mayor de siete "=# d(as calendario, contados desde la presentacin de la solicitud. a !ntidad
emitir% su resolucin y notificar% al contratista en un plao m%ximo de catorce "A# d(as calendario,
contados desde el d(a si&uiente de la recepcin del informe del supervisor. $e no emitirse
pronunciamiento al&uno, se considerar% ampliado el plao, bajo responsabilidad de la !ntidad.
I!PRTANTE> !l inspector o supervisor debe basar su an%lisis en comprobar por lo menos, lo
si&uiente>
X2e cumplieron las formalidades del procedimiento re&lamentarioY X2e cumplieron los plaos previstosY X2e hicieron las anotaciones en el cuaderno de obraY X!st% probada la causalY X!st% probado que la causal es ajena a la voluntad del contratistaY X!st% probada la afectacin de la ruta cr(tica del pro&rama de obra vi&enteY X!st% probado que el plao adicional resulta necesario para la culminacin de la obraY
REC!ENDACINES> presentada una solicitud de ampliacin de plao es necesario>
Primero> caracteriar la solicitud, a fin de determinar en cu%l de las causales previstas por la ey se
enmarca.
Se9(ndo> la causal debe encontrarse debidamente comprobada, es decir, debe existir pruebas de que
ha sucedido y sus efectos.
Tercero> la causal con sus ocurrencias ha debido modificar la ruta cr(tica del calendario de obra vi&ente.
' efectos de cumplir con el procedimiento previamente expuesto X2e debe anotar diariamente en el
cuaderno de obra la totalidad del periodo donde se evidencie la circunstancia que amerite una
ampliacin de plaoY
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a obli&acin del contratista de anotar en el cuaderno de obra, por intermedio de su residente, los
hechos o circunstancias que, a su criterio, ameriten la ampliacin de plao, para que proceda su
solicitud de ampliacin; implica que en el cuaderno de obra se anote, cuando menos, el inicio y el final
del hecho o circunstancia que determina la confi&uracin de la causal de ampliacin, sin perjuicio de
que, entre el inicio y el final de tal hecho o circunstancia, tambin pueda efectuarse otras anotaciones
que sean relevantes para sustentar y/o cuantificar, de mejor manera, la solicitud de ampliacin de plao.
4F5 meses
4n&eniero a car&o> residente
iempo de trabajo del residente> meses
2ueldo mensual del residente> 2/. @,888.88 "&asto &eneral variable#
Gasto &eneral variable total> 2/. A8,888.88
'mpliacin de plao> mes
iempo de extensin del residente> mes
2ueldo a pa&ar por ese mes> 2/. @,888.88 "mayor &asto &eneral variable#
Gasto General ?ariable $iario L 2/. ::.:=
*omentario> FGG L 37 d(as ampliados x GG?$
!n el ejemplo> FGG L D8 x ::.:= L @888
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$onde>
FGG> Fayores Gastos Generales
37 $> 3mero de d(as ampliados
GG?$> Gastos Generales ?ariables $iario
!n caso de ampliacin de plao por paraliacin de obra, por causas ajenas a la voluntad delcontratista, dar% lu&ar al pa&o de mayores &astos &enerales variables debidamente acreditados por el
contratista, de aquellos conceptos que forman parte de la estructura de &astos &enerales variables de su
oferta econmica o del valor referencial, se&n corresponda "precios unitarios o suma alada#.
!n caso de reduccin de prestaciones que afecten el plao contractual, se calcular% menores &astos
&enerales variables se&n lo indicado anteriormente.
!l )e&lamento, no establece el momento exacto en que se debe reducir el plao contractual, lo
recomendable es que se efecte cuando se apruebe la reduccin, m%s no al momento de la liquidacin.
E3ectos sobre el calendario
!n este punto es necesario tener en cuenta que>
a ampliacin de plao obli&ar% al contratista a presentar al inspector o supervisor un calendario de
avance de obra valoriado actualiado y la pro&ramacin 5!)/*5F correspondiente, considerando
para ello solo las partidas que se han visto afectadas y en armon(a con la ampliacin de plao
concedida, en un plao que no exceder% de die "8# d(as contados desde el d(a si&uiente de notificado
al contratista la resolucin que aprueba la ampliacin de plao.
!l inspector o supervisor deber% elevarlos a la !ntidad, con los reajustes concordados con el residente,
en un plao m%ximo de siete "=# d(as, contados desde la recepcin del nuevo calendario presentado por
el contratista.
!n i&ual plao, contado a partir del d(a si&uiente de la recepcin del informe del inspector o supervisor,
la !ntidad deber% pronunciarse sobre dicho calendario, el mismo que, una ve aprobado, reemplaar%
en todos sus efectos al anterior. $e no pronunciarse la !ntidad en el plao antes indicado, se tendr% por
aprobado el calendario presentado por el contratista, bajo responsabilidad de la !ntidad.
E3ectos sobre otros contratos relacionados:
!n virtud de la ampliacin de plao otor&ada, la !ntidad ampliar% el plao de los otros contratos
vinculados directamente al contrato principal. "!jemplo> contrato de supervisin#
Sol(cin de Controversias
*ualquier controversia relacionada con el pronunciamiento de la !ntidad sobre la solicitud de ampliacin
de plao podr% ser sometida a conciliacin y/o arbitraje, dentro de los quince "@# d(as h%biles
posteriores a la comunicacin de esta decisin.
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*Cmo se calc(la el 9asto 9eneral variable en caso de -restaciones adicionales ;(e re;(ieran
am-liacin de -la@o.
2e debe incluir el monto de los &astos &enerales variables en el presupuesto del adicional, necesarios
para ejecutar la prestacin adicional.
*Todas las am-liaciones de -la@o conllevan el reconocimiento al contratista de ma2ores 9astos
9enerales variables.
3o, las ampliaciones de plao que provienen de la ejecucin de obras adicionales "5restaciones
'dicionales# no &eneran reconocimiento de estos mayores &astos &enerales variables, en ran de que
el 'dicional tiene un 5resupuesto 'dicional y este a su propio &asto &eneral.
*En caso de a-robacin de adicional de obra4 a -artir de c(6ndo inicia el cm-(to de -la@o -ara
;(e el contratista solicite la am-liacin de -la@o.
$esde la notificacin de la resolucin que aprueba la prestacin adicional.
Errores 3rec(entes en el -rocedimiento de am-liacin de -la@o:
!l supervisor no debe responder directamente al contratista, aun si su opinin es desfavorable sobre la
solicitud de ampliacin de plao.
a !ntidad no puede computar como d(as adicionales al plao que tiene para emitir y notificar dicha
resolucin, los d(as no utiliados por el contratista o el supervisor para formular la solicitud o presentar la
ampliacin de plao a la !ntidad, respectivamente; de conformidad con la !s la valoracin econmica de la prestacin adicional de una obra que
debe ser aprobado por la *ontralor(a General de la )epblica cuando el monto supere al que puede ser
autoriado directamente por la !ntidad, es decir @Q del monto del contrato ori&inal.1
4F5
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I!PRTANTE> !n las obras ejecutadas bajo la modalidad de concurso oferta o llave en mano que
impliquen la elaboracin del expediente tcnico, no cabe aprobar como obra adicional trabajos
resultantes de errores cometidos en la elaboracin del expediente tcnico, toda ve que el contratista
ejecutor de la obra es, a su ve, el proyectista que elabor el expediente tcnico; de conformidad con la
existen, tambin existen sus precios unitarios. os adicionales de mayores metrados slo se &eneran en
las obras contratadas a precios unitarios. os adicionales de mayores metrados no existen en las obras
contratadas a suma alada.
5or otro lado, una obra complementaria es una partida +nueva1, es decir una partida que no existe en el
presupuesto contractual. *omo son partidas que no existen, no existen sus precios unitarios. os
adicionales por obras complementarias se &eneran en las obras contratadas a precios unitarios y a
suma alada.
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bras Adicionales !enores al ?=H
2olo proceder% la ejecucin de obras adicionales cuando previamente se cuente con disponibilidad
presupuestal y resolucin del itular de la !ntidad y en los casos en que sus montos, por si solos o
rest%ndole los presupuestos deductivos vinculados sean i&uales o no superen el @Q del monto del
contrato ori&inal.
Pres(-(esto del adicional:
a# !n contratos a precios unitarios> los adicionales se formulan con los precios contratados y/o
pactados: y los &astos &enerales fijos y variables propios del adicional, debiendo realiarse el an%lisis
correspondiente teniendo como base los an%lisis de los &astos &enerales del presupuesto ori&inal
contratado, incluyendo la utilidad ofertada y el 4G?.
b# !n contratos a suma alada> se usan los precios del presupuesto referencial ajustados por el factor
de relacin y/o los precios pactados con los &astos &enerales fijos y variables propios del adicional,
debiendo realiarse el an%lisis correspondiente tomando como base los montos asi&nados en el valor
referencial multiplicado por el factor de relacin; incluyendo la utilidad multiplicada por el factor de
relacin, y el 4G?.
Notas:
3o siempre se debe reconocer &astos &enerales variables toda ve que al&unas prestaciones
adicionales no &eneran ampliacin de plao.
a prestacin adicional requiere de expediente tcnico adicional en el cual tambin se debe incluir su
propia frmula de reajuste.
*+(& es (n ded(ctivo vinc(lado.
2e denomina as( a los trabajos o prestaciones que se dejan de realiar, a causa de la aprobacin de una
prestacin adicional.
!jemplo> Un saln de clases es dise-ado inicialmente con una puerta. !n virtud de una norma posterior
del sector educacin se dispone que todas las aulas cuenten con dos puertas, por lo que es necesario
adicionar una puerta, pero al mismo tiempo es necesario dejar de construir el pedao de pared donde se
ubicar% la se&unda puerta, por lo que se utiliar% menos mano de obra, ladrillos, cemento, pintura, entre
otros. !stos ltimos componentes de la pared constituyen el +deductivo vinculado1.
Procedimiento se9n el art7c(lo >
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2i lo hace la !ntidad o un consultor externo, debe verificarse con el contratista ejecutor, que la
solucin tcnica dise-ada se ajusta a la prestacin adicional. *oncluida la elaboracin del expediente tcnico, dentro de los catorce "A# d(as si&uientes el
inspector o supervisor informa a la !ntidad sobre la procedencia de la ejecucin de la