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Objetivos de aprendizaje Comprender el concepto de empresario mercantil

Distinguir entre empresa y empresario mercantil

Clasificar los diferentes empresarios y conocer las principales diferencias de régimen jurídico

Saber el régimen de entrada, ejercicio y salida del mercado

Conocer la empresa y sus elementos

Comprender las diferencias que entraña optar por una determinada forma jurídica.

Detectar incorrecciones, criticar y proponer soluciones en empresarios existentes

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

Page 3: Objetivos de aprendizaje - Derecho de la empresa · Comprender las diferencias que entraña optar por una determinada ... Entidades públicas ... que condensa dos situaciones de hecho

Contenidos

1. El empresario

1.1. Concepto de empresario mercantil

1.2. Clases de empresarios

1.3. El empresario mercantil individual

1.4. El empresario mercantil

1.5. Clases de sociedades

2. La empresa

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1. El empresario

Concepto empresario mercantil: Persona física o jurídica

de naturaleza privada que actúa en nombre propio, por sí

o por medio de otros y realiza para el mercado una

actividad comercial, industrial o de servicios

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1. El empresario

Denominación: nuestro Código de comercio lo denomina

“comerciante” fruto del arrastre histórico, pero debe

interpretarse (sustituirse) por el término empresario

mercantil

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

Page 6: Objetivos de aprendizaje - Derecho de la empresa · Comprender las diferencias que entraña optar por una determinada ... Entidades públicas ... que condensa dos situaciones de hecho

1. El empresarioCaracterísticas

Ocupa el vértice superior de la pirámide personal que

sirve de soporte a la actividad empresarial

Es la figura principal

En su nombre se despliega la actividad, bien él

directamente o través de sus auxiliares

Máximo poder de ordenar y decidir

Asume el riesgo y ventura del negocio

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.1. Concepto de empresario mercantil

Se excluye del concepto de empresario mercantil

Algunos pequeños empresarios: no disponen de una

verdadera empresa (p. ej. artesanos)

Algunos empresarios por el carácter civil de la

actividad (p. ej. sector agrícola)

Ciertos empresarios públicos

Profesiones liberales

Mercantilidad por la forma: las sociedades

capitalistas son siempre empresario mercantil

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.1. Concepto de empresario mercantil

Importancia de la calificación

El sujeto estará sometido a un determinado estatuto

jurídico (= conjunto de derechos y deberes

específicos)

Intervención del empresario implica que el contrato

sea mercantil

La insolvencia del empresario mercantil entraña

especialidades

No todos los empresarios están sometidos al mismo

régimen jurídico

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.1. Concepto de empresario mercantil

No confundir empresario mercantil con otras categorías:

Emprendedor: aquellas personas, independientemente de su condición de persona física o jurídica, que desarrollen una actividad económica empresarial o profesional (Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización)

Autónomo: es un régimen de Seguridad Social al que están vinculados los empresarios mercantiles individuales, pero también otras muchas personas que no lo son

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.2. Clases de empresarios mercantiles

Individual persona física

No constituye patrimonio separado

(responsabilidad art. 1911 Código civil)

Social persona jurídica

La persona jurídica tiene un patrimonio

separado del propio de los socios

(responsabilidad art. 1911 Código civil)

Los socios pueden responder también

de las deudas sociales según sea el

tipo social

Público iniciativa económica de la

Administración

Privado iniciativa económica de

los particulares

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.2. Clases de empresarios mercantilesLa Administración no siempre que actúa en el mercado recibe la calificación de

empresario mercantil, pero si lo hace está sometida a su estatuto jurídico.

La Administración está sometida en su actuación en el mercado al Derecho de

la competencia

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

Fo

rmas

in

terv

enci

ón

Servicio administrativo sin personalidad

jurídica

Organismo autónomo y agencias estatales

Entidades públicas empresariales

Sociedades mercantiles

Fundaciones

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1.3. El empresario mercantil individual

Régimen arts. 1, 3, 4 y 5 Código de comercio

Requisitos

Capacidad legal: mayor de edad y tener libre disposición

de los bienes (excepción = los menores y los

incapacitados)

Ejercicio habitual del comercio: el ejercicio profesional de

una actividad considerada como “comercio”, aunque no se

traduzca en contratos mercantiles.

Noción legal de comercio:

Positivo: comercio, industria y determinados servicios incluidos en

el Ccom (= banca, bolsa, seguros, etc.)

Negativo: actividades agrarias y artesanas, profesiones liberales

En nombre propio: el empresario actúa por si o por persona

interpuesta (se excluye así al gerente)

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.3. El empresario mercantil individual

Ejercicio del comercio por persona casada Régimen: arts. 6 a 11 Código de comercio

1. El empresario queda obligado con sus bienes y las resultas del comercio (art. 6 Ccom)

2. Para obligar los demás bienes comunes (gananciales) es necesario el consentimiento del otro cónyuge:

1. Expreso (escritura pública inscrita en el RM) art. 11 Ccom

2. Tácito (no oposición) arts. 7 y 8 Ccom

3. El consentimiento para obligar bienes propios deberá ser expreso

El consentimiento se podrá revocar libremente

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

Privativos no

comerciante

Privativos

comercianteGananciales

R

e

s

u

l

t

a

s

1 (6 Ccom)

2 (7, 8 y 11 Ccom)

3 (9 Ccom)

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1.4. El empresario mercantil

Adquisición

Por el ejercicio profesional en nombre propio de una

actividad mercantil

La inscripción en el Registro Mercantil o la licencia

fiscal son meras presunciones (excepción las

sociedades mercantiles requieren inscripción RM)

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.4. El empresario mercantilPérdida

La condición de empresario mercantil se pierde

por el cese en la actividad económica

Persona física:

muerte,

transmisión de la empresa,

inhabilitación del concursado,

cese voluntario

Persona jurídica: extinción de la sociedad

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.4. El empresario mercantil

Restricciones: excepciones al art. 38 Constitución

que consagra libertad de empresa

Prohibiciones: no se puede ejercer una determinada

actividad en atención a la ilícita competencia que se

produciría con otro empresario

Incompatibilidades: por razón del cargo, función o

condición de determinadas personas

Inhabilitación: empresario declarado en concurso

Determinadas actividades están sometidas a

autorización administrativa

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.5. Clases de sociedades

Sociedades

Civiles Mercantiles

Sociedad civil

Sociedad de responsabilidad limitada

Sociedad anónima

Sociedad comanditaria

Sociedad colectiva

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.5. Clases de sociedadesSociedad civil (arts. 1665 y ss Código civil)

Sociedad personalista

Personalidad jurídica (art. 1669 Código civil): solo las que

se manifiestan frente a terceros

Forma: solo se requiere escritura pública si se aportan

bienes o derechos reales (art. 1667 Código civil)

Aportaciones: bienes, dinero o industria

Objeto social: actividad civil

Administración: arts. 1692 y ss Código civil

Reparto pérdidas y ganancias: Arts. 1689 Código civil

Responsabilidad socios: subsidiaria, ilimitada y parciaria

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.5. Clases de sociedadesSociedad colectiva

Sociedad personalista

Personalidad jurídica escritura pública + Registro mercantil

Aportaciones socios: bienes, dinero o industria

Objeto social: actividad mercantil

Administradores: socios está llamados a la gestión social

Acuerdos sociales: unanimidad

Responsabilidad de los socios: subsidiaria, ilimitada y solidaria

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.5. Clases de sociedadesSociedad comanditaria simple:

Junto a los socios colectivos surgen otros (socios comanditarios) cuya responsabilidad se limita a su aportación y no se encargan de la gestión social

Se le aplican subsidiariamente las normas de la sociedad colectiva

Sociedad comanditaria por acciones:

La aportación de los comanditarios se divide en acciones

Se le aplican subsidiariamente las normas de la sociedad anónima

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.5. Clases de sociedadesSociedad anónima:

Sociedad capitalista

Personalidad jurídica escritura pública + Registro mercantil

Aportaciones socios: dinero o bienes susceptibles de valoración

Capital social dividido en acciones

Capital social mínimo: 60.000 €

Mercantilidad por la forma, con independencia del objeto social

Administradores: socios no están llamados a la gestión social

Acuerdos sociales: por mayoría

Responsabilidad de los socios: se limita a la aportación; el socio no responde de las deudas sociales

Sociedad abierta

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.5. Clases de sociedadesSociedad de responsabilidad limitada

Rasgos comunes con SA

Sociedad capitalista

Personalidad jurídica escritura pública + Registro mercantil

Aportaciones socios: dinero o bienes susceptibles de valoración

económica

Mercantilidad por la forma, con independencia del objeto social

Administradores: socios no están llamados a la gestión social

Acuerdos sociales: por mayoría

Responsabilidad de los socios: se limita a la aportación; el socio

no responde de las deudas sociales

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.5. Clases de sociedades

Sociedad de responsabilidad limitada

Diferencias con la SA

Sociedad cerrada

Capital social dividido en participaciones

Capital social mínimo: 3.000 €

Sociedad más flexible y económica

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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1.5. Clases de sociedadesSociedad cooperativa:

Personalidad jurídica escritura pública e inscripción en el registro de cooperativas

Sociedad mutualista

Regidas democráticamente (igualdad de voto)

Puerta abierta de entrada y salida

Órganos: Administradores (Consejo rector) y Asamblea general

No paga dividendos

Distribución del excedente como retorno en proporción a la utilización de los servicios

Educación cooperativa y fomento de relaciones intracooperativas

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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2. La empresa

Concepto

La legislación no proporciona un concepto de

empresa.

Económico: organización de capital y trabajo

destinada a la producción o a la mediación de bienes

o de servicios para el mercado, planificada con arreglo

a un criterio de economicidad

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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2. La empresaDiferentes aspectos desde un punto de vista jurídico:

Aspecto subjetivo: aunque en el lenguaje se hable de empresa como sujeto, la empresa carece de personalidad jurídica; el titular de los derechos y obligaciones es el empresario

Aspecto funcional: actividad organizadora del empresario; es una actividad permanente, especializada y frecuentemente acotada a una determinada actividad; relacionada con el art. 38 CE donde se reconoce la libertad de empresa (= libre iniciativa del individuo para realizar una actividad económica

Aspecto objetivo: conjunto de bienes que son un medio para obtener una finalidad económica; son un conjunto de bienes pero con un carácter dinámico; puede ser objeto de negocios jurídicos

Aspecto laboral: organización de personas; regulada por el Derecho del trabajo

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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2. La empresaElementos

La empresa es un conjunto de elementos de variada condición y naturaleza que, debidamente organizados, posee como finalidad la explotación de una determinada actividad económica: Relaciones laborales

Bienes materiales muebles e inmuebles

Derechos de propiedad industrial

Ciertas relaciones jurídicas de naturaleza contractual que permiten una disponibilidad de elementos esenciales de la empresa (p. ej. arrendamiento del local de negocio)

Organización productiva de los anteriores (fondo de comercio), que condensa dos situaciones de hecho propias de la empresa en funcionamiento: la clientela y las expectativas de ganancias

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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2. La empresaCaracterísticas de los elementos integrantes de la

empresa:

Son autónomos

Se renuevan sin que la empresa pierda su unidad

Transmisión:

La empresa puede transmitirse en un solo negocio jurídico, pero hay que respetar los diversos regímenes de transmisión de los elementos que la componen (unidad de título, pluralidad de modos)

Nuestro derecho no establece ningún sistema de publicidad legal de transmisión de la empresa

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher

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Cuestiones a resolver Es empresario mercantil el socio único de una sociedad

anónima unipersonal

Pon un ejemplo de intervención de la Administración en la económica e identifica la forma jurídica adoptada para hacerlo

¿El régimen del art. 6 a 11 del Código de comercio se aplica a un matrimonio sometido al régimen económico matrimonial valenciano?

Enumera cinco diferencias entre la sociedad limitada y la colectiva

Enumera cinco similitudes entre la sociedad anónima y una cooperativa

Enumera cinco diferencias entre una sociedad anónima y una sociedad civil

¿Qué diferencia hay entre traspasar una empresa y traspasar un local de negocio?

Juan Bataller (dir.), Mario Pérez, Javier Vercher