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Solución Integral a la Administración Tributaria Plataforma Electrónica del SAT

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Solución Integral a la Administración Tributaria

Solución Integral a la Administración Tributaria

Plataforma Electrónica del SATPlataforma Electrónica del SAT

Page 2: Nva Plat Elec Sat 1

Antecedentes Electrónicos del SAT

Antecedentes Electrónicos del SAT

1992. En la RFM se reconoce la primer declaración informativa de tipo electrónica a través de código ASCII.

1997. Primera declaraciones informativas a través de medios magnéticos (DIMM).

1997-1998. Se da a conocer el programa SIPRED y el sistema SUSCRIBE para la presentación del dictamen fiscal.

1999. Se da a conocer el programa FORMUL90, a través de la plataforma JAVA, lenguaje base de desarrollo de futuras aplicaciones del SAT.

2000. Se distribuye gratuitamente el programa DeclaraSAT, para la presentación de la declaración anual de PF.

Julio 2002. Se presenta e nuevo esquema de declaraciones, pagos y avisos, a través de la clave CIEC.

1992. En la RFM se reconoce la primer declaración informativa de tipo electrónica a través de código ASCII.

1997. Primera declaraciones informativas a través de medios magnéticos (DIMM).

1997-1998. Se da a conocer el programa SIPRED y el sistema SUSCRIBE para la presentación del dictamen fiscal.

1999. Se da a conocer el programa FORMUL90, a través de la plataforma JAVA, lenguaje base de desarrollo de futuras aplicaciones del SAT.

2000. Se distribuye gratuitamente el programa DeclaraSAT, para la presentación de la declaración anual de PF.

Julio 2002. Se presenta e nuevo esquema de declaraciones, pagos y avisos, a través de la clave CIEC.

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Antecedentes Electrónicos del SAT

Antecedentes Electrónicos del SAT

2003. Se da a conocer el programa DIM y DEM, plataformas de desarrollo homologadas para la presentación de la declaración anual de PM e informativas.

2004. Modificación al CFF, incorporando cambios a la regulación de los medios electrónicos, tales como firma electrónica avanzada, certificados digitales, sellos digitales, etc.

2006-2007. Solución Integral a la Administración Tributaria, a través de la NUEVA PLATAFORMA ELECTRONICA DEL SAT. (Reformas al CFF, DOF 28/jun/06).

2003. Se da a conocer el programa DIM y DEM, plataformas de desarrollo homologadas para la presentación de la declaración anual de PM e informativas.

2004. Modificación al CFF, incorporando cambios a la regulación de los medios electrónicos, tales como firma electrónica avanzada, certificados digitales, sellos digitales, etc.

2006-2007. Solución Integral a la Administración Tributaria, a través de la NUEVA PLATAFORMA ELECTRONICA DEL SAT. (Reformas al CFF, DOF 28/jun/06).

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Principales Reformas de Índole Informático a las disposiciones fiscales

Principales Reformas de Índole Informático a las disposiciones fiscales

Se incorpora el contenido de la Ragla 2.2.3. de la RMF 06-07 al CFF en materia de FIEL (FEA) para aquellos contribuyentes que deseen solicitar devoluciones mayores a $ 25,000.00 (Art. 22–C, CFF).

Cambia la periodicidad de las declaraciones informativas de notarios, jueves o fedatarios públicos (anual a mensual -17 del mes siguiente-) (Art. 27, noveno pfo., CFF).

Se permite a los contribuyentes procesar su contabilidad, a través de medios electrónicos, en un lugar distinto a su domicilio fiscal, dando pauta a los sistemas de registro a distancia. (Art. 28, fracc III, CFF).

Se establece que las solicitudes, avisos e informes se presenten a través de documentos digitales con firma electrónica avanzada, derogando a su vez la opción de utilizar documentos en papel. (Art. 31, CFF)

Se incorpora el contenido de la Ragla 2.2.3. de la RMF 06-07 al CFF en materia de FIEL (FEA) para aquellos contribuyentes que deseen solicitar devoluciones mayores a $ 25,000.00 (Art. 22–C, CFF).

Cambia la periodicidad de las declaraciones informativas de notarios, jueves o fedatarios públicos (anual a mensual -17 del mes siguiente-) (Art. 27, noveno pfo., CFF).

Se permite a los contribuyentes procesar su contabilidad, a través de medios electrónicos, en un lugar distinto a su domicilio fiscal, dando pauta a los sistemas de registro a distancia. (Art. 28, fracc III, CFF).

Se establece que las solicitudes, avisos e informes se presenten a través de documentos digitales con firma electrónica avanzada, derogando a su vez la opción de utilizar documentos en papel. (Art. 31, CFF)

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Principales Reformas de Índole Informático a las disposiciones fiscales

Principales Reformas de Índole Informático a las disposiciones fiscales

En la sustención y motivación de resoluciones que emita la autoridad fiscal se aceptarán copias, impresiones y reproducciones de medios como (Art 63, CFF):- Microfilm- Disco y cinta magnética- Disco óptico (en todas sus modalidades)- Medios electrónicos y magnetoópticos- De cualquier otra naturaleza

En materia de notificaciones se incorpora como medio de notificación personal al medio electrónico (correo electrónico o la misma página de Internet del SAT) (Art. 134, CFF).

Se establece la obligación de presentar declaraciones informativa de IVA, de manera mensual y no anual de las retenciones señaladas en el Art. 1-A

En la sustención y motivación de resoluciones que emita la autoridad fiscal se aceptarán copias, impresiones y reproducciones de medios como (Art 63, CFF):- Microfilm- Disco y cinta magnética- Disco óptico (en todas sus modalidades)- Medios electrónicos y magnetoópticos- De cualquier otra naturaleza

En materia de notificaciones se incorpora como medio de notificación personal al medio electrónico (correo electrónico o la misma página de Internet del SAT) (Art. 134, CFF).

Se establece la obligación de presentar declaraciones informativa de IVA, de manera mensual y no anual de las retenciones señaladas en el Art. 1-A

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Principales Reformas de Índole Informático a las disposiciones fiscales

Principales Reformas de Índole Informático a las disposiciones fiscales

Adicionalmente la Fracc. VIII, a su vez establece una nueva obligación, también presentar información correspondiente apago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el impuesto, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago.

Adicionalmente la Fracc. VIII, a su vez establece una nueva obligación, también presentar información correspondiente apago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual traslado o le fue trasladado el impuesto, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago.

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Plataforma Electrónica del SAT¿Reforma electrónica fiscal o de

fiscalización?

Plataforma Electrónica del SAT¿Reforma electrónica fiscal o de

fiscalización?

En los últimos años se han intentado promover reformas sin lograr avances:

Reforma Fiscal Año 2002 Sin éxito

Las “reformas fiscales” planteadas en los últimos años han planteado:

INCREMENTO EN LA BASE GRAVABLE ó

INCREMENTO EN LOS CONTROLES DE FISCALIZACION

LO que no han hecho:

DECREMENTAR LA BASE DE CONTRIBUYENTES

En los últimos años se han intentado promover reformas sin lograr avances:

Reforma Fiscal Año 2002 Sin éxito

Las “reformas fiscales” planteadas en los últimos años han planteado:

INCREMENTO EN LA BASE GRAVABLE ó

INCREMENTO EN LOS CONTROLES DE FISCALIZACION

LO que no han hecho:

DECREMENTAR LA BASE DE CONTRIBUYENTES

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Plataforma Electrónica del SAT¿Reforma electrónica fiscal o de

fiscalización?

Plataforma Electrónica del SAT¿Reforma electrónica fiscal o de

fiscalización?

Con la incorporación de medidas electrónicas el SAT persigue:

• AMPLIAR LA BASE DE CONTRIBUYENTES• CONTAR CON NUEVOS INSTRUMENTOS DE FISCALIZACION• DISMINUIR EL COSTO DE LA RECAUDACION• HACER MAS SENCILLO EL CUMPLIMIENTO DE LOS

CONTRIBUYENTES HACIA SUS OBLIGACIONES FISCALES.• FACILITAR LA FORMA DE PAGO Y LA PRESENTACION DE

AVISOS ANTE LA AUTORIDAD HACENDARIA,

PERO

SIGUE SIENDO COMPLICADA LA FORMA DE CALCULAR IMPUESTOS

Con la incorporación de medidas electrónicas el SAT persigue:

• AMPLIAR LA BASE DE CONTRIBUYENTES• CONTAR CON NUEVOS INSTRUMENTOS DE FISCALIZACION• DISMINUIR EL COSTO DE LA RECAUDACION• HACER MAS SENCILLO EL CUMPLIMIENTO DE LOS

CONTRIBUYENTES HACIA SUS OBLIGACIONES FISCALES.• FACILITAR LA FORMA DE PAGO Y LA PRESENTACION DE

AVISOS ANTE LA AUTORIDAD HACENDARIA,

PERO

SIGUE SIENDO COMPLICADA LA FORMA DE CALCULAR IMPUESTOS

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Solución Integral a la Administración Tributaria

¿Cuáles son sus objetivos?

Solución Integral a la Administración Tributaria

¿Cuáles son sus objetivos?

• Facilitar los trámites fiscales y mejorar la relación con los contribuyentes.

• Motivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.

• Aumentar la base de tributaria de quienes aportan recursos tributarios.

• Combatir la evasión fiscal.• Incrementar la recaudación fiscal sin pretender

incrementar los impuestos o con nuevos tributos.• Eficientar la fiscalización.

ESTAS MEDIDAS SE PRETENDEN LOGRAR A TRAVÉS DE HERRAMIENTAS ELECTRÓNICAS

• Facilitar los trámites fiscales y mejorar la relación con los contribuyentes.

• Motivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.

• Aumentar la base de tributaria de quienes aportan recursos tributarios.

• Combatir la evasión fiscal.• Incrementar la recaudación fiscal sin pretender

incrementar los impuestos o con nuevos tributos.• Eficientar la fiscalización.

ESTAS MEDIDAS SE PRETENDEN LOGRAR A TRAVÉS DE HERRAMIENTAS ELECTRÓNICAS

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Solución Integral a la Administración Tributaria

¿Cuáles son las ventajas para los contribuyentes?

Solución Integral a la Administración Tributaria

¿Cuáles son las ventajas para los contribuyentes?

• Administración integrada a un ciclo tributario.• El SAT tendrá una visión integral del contribuyente y de su

situación fiscal.• Se creará una CUENTA TRIBUTARIA única por contribuyente.• Se tendrá un control de obligaciones en línea

ACTUALIZADO, en TIEMPO REAL• Se pretende llevar a cabo una ADMINISTRACION DE RIESGO

y determinar los perfiles.• Habrá un manejo unificado de la identidad del contribuyente

(homologación de padrones).• El portar del SAT servirá como PRINCIPAL vínculo de

generación, entrega y seguimiento de información.• Se unificarán procesos, se estandarizarán normas, reglas y

criterios para la atención de contribuyentes.

• Administración integrada a un ciclo tributario.• El SAT tendrá una visión integral del contribuyente y de su

situación fiscal.• Se creará una CUENTA TRIBUTARIA única por contribuyente.• Se tendrá un control de obligaciones en línea

ACTUALIZADO, en TIEMPO REAL• Se pretende llevar a cabo una ADMINISTRACION DE RIESGO

y determinar los perfiles.• Habrá un manejo unificado de la identidad del contribuyente

(homologación de padrones).• El portar del SAT servirá como PRINCIPAL vínculo de

generación, entrega y seguimiento de información.• Se unificarán procesos, se estandarizarán normas, reglas y

criterios para la atención de contribuyentes.

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Solución Integral a la Administración Tributaria

Ciclo Tributario

Solución Integral a la Administración Tributaria

Ciclo Tributario

Ident. ContribuyenteServs. al ContribuyenteDecls. y pagos

Contribuyente Cuenta tributariaRegistro contableCobranzaDiseño servicios

Ident. ContribuyenteServs. al ContribuyenteDecls. y pagos

Contribuyente Cuenta tributariaRegistro contableCobranzaDiseño servicios

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IdentificaciónContribuyente

Inscripciones

Actualizaciones

• Contribuyentes* Pagadores puros• Deudores puros• Contribuyentes potenciales

* Actualización delpadrón

Declaracionesy Pagos

DeclaracionesY pagos

Devoluciones yCompensaciones

• Declaración de pago (mensual, provisional)• Declaración anual

• Decls. informativas

• Devoluciones• Compensaciones

Pagos voluntarios

• Productos, derechosy aprovechamientos

• Pagos eventuales

Servicios delSAT

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Fiscalización Y Cobros

Fiscalización

Cobranza

• Ejecutar actos de fiscalización•Garantías•Pagos a plazos•Cobro de adeudos•Notificaciones ind.•Notificaciones por lote

Serviciosal

Contribuyente

Autorizaciones yConsultas

Orientación yaclaraciones

• Aut. p/incorporarse a un padrón• Requerimiento de inf.• Autorizaciones• Consultas• Otros avisos

Atención alContribuyente

Servicios delSAT

Notificaciones

Verificaciones

• Citas• Transparencia• Campañas

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Solución Integral a la Administración Tributaria

¿Qué es la cuenta tributaria?

Solución Integral a la Administración Tributaria

¿Qué es la cuenta tributaria?

NOS PERMITE EL MANEJO INDIVIDUAL DE LA RELACION FINANCIERA QUE CADA CONTRIBUYENTE TIENE CON EL SAT.

A TRAVÉS DE ELLA SE IDENTIFICAN, CLASIFICAN Y OPERAN LAS TRANSACCIONES, PAGOS, DEVOLUCIONES, CREDITOS, AUTORDETERMINACIONES Y DIFERENTES ACTOS DE AUTORIDAD QUE SE REFIERA A DICHO CONTRIBUYENTE.

RELACIONA TODOS LOS MOVIMIENTOS QUE GENERE UN CARGO O ABONO, RELACIONANDOLOS Y ORDENANDOLOS POR OBLIGACION POR CADA CONTRIBUYENTE.

AL TRABAJAR POR PROCESOS CON UNA BASE DE DATOS CENTRAL, SE PODRA COMPARTIR INFORMACION ENTRE LAS ADMINITRACIONES (CENTRAL Y LOCALES)

NOS PERMITE EL MANEJO INDIVIDUAL DE LA RELACION FINANCIERA QUE CADA CONTRIBUYENTE TIENE CON EL SAT.

A TRAVÉS DE ELLA SE IDENTIFICAN, CLASIFICAN Y OPERAN LAS TRANSACCIONES, PAGOS, DEVOLUCIONES, CREDITOS, AUTORDETERMINACIONES Y DIFERENTES ACTOS DE AUTORIDAD QUE SE REFIERA A DICHO CONTRIBUYENTE.

RELACIONA TODOS LOS MOVIMIENTOS QUE GENERE UN CARGO O ABONO, RELACIONANDOLOS Y ORDENANDOLOS POR OBLIGACION POR CADA CONTRIBUYENTE.

AL TRABAJAR POR PROCESOS CON UNA BASE DE DATOS CENTRAL, SE PODRA COMPARTIR INFORMACION ENTRE LAS ADMINITRACIONES (CENTRAL Y LOCALES)

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Solución Integral a la Administración Tributaria

¿Qué es la cuenta tributaria?

Solución Integral a la Administración Tributaria

¿Qué es la cuenta tributaria?

CuentaTributaria

Sombra

Dual

Es la información del contribuyente que resulta de cruzar la información de éste contra la de terceros

Verifica la congruencia de las declaraciones actuales y nos da una estimativa de evasión directa

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Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios de Identificación al Contribuyente

Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios de Identificación al Contribuyente

¿Qué Comprende?

Un conjunto de canales de comunicación a través de los cuales los contribuyentes podrán realizar todos los trámites distintos a los avisos, declaraciones y pagos, así como la interacción con el SAT para proporcionarle la asistencia y orientación necesaria para el cumplimiento integral de las obligaciones tributarias y contar con un expediente de estos movimientos.

¿Qué Comprende?

Un conjunto de canales de comunicación a través de los cuales los contribuyentes podrán realizar todos los trámites distintos a los avisos, declaraciones y pagos, así como la interacción con el SAT para proporcionarle la asistencia y orientación necesaria para el cumplimiento integral de las obligaciones tributarias y contar con un expediente de estos movimientos.

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Solución Integral a la Administración Tributaria

Ventajas de los Servicios al Contribuyente

Solución Integral a la Administración Tributaria

Ventajas de los Servicios al Contribuyente

Eliminación total del uso de formatos impresos

Pre-captura opcional del trámite de inscripción por Internet

10 días para solventar trámites inconclusos

Disminución de tiempos de atención

Determinación de las obligaciones al contestar un cuestionario sobre las actividades que realiza y características de éstas

Calendario de obligaciones (regímenes, fechas de vencimiento)

Entrega inmediata de CIF

Reexpedición de CIF a través de Internet

Eliminación total del uso de formatos impresos

Pre-captura opcional del trámite de inscripción por Internet

10 días para solventar trámites inconclusos

Disminución de tiempos de atención

Determinación de las obligaciones al contestar un cuestionario sobre las actividades que realiza y características de éstas

Calendario de obligaciones (regímenes, fechas de vencimiento)

Entrega inmediata de CIF

Reexpedición de CIF a través de Internet

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Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al ContribuyenteNueva Estructura de los formatos electrónicos

Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al ContribuyenteNueva Estructura de los formatos electrónicos

Para la inscripción y actualización al RFC, buscará dar respuesta a cuatro interrogantes:

¿Quién eres?. Datos de identificación

¿Dónde estás?. Ubicación del contribuyente

¿Qué haces?. Actividad del contribuyente

¿Con quién te relacionas?. Relación con otros contribuyentes

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Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al Contribuyente¿Qué servicios comprende?

Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al Contribuyente¿Qué servicios comprende?

•Orientación• Aclaraciones y quejas

•Portal del SAT•Estado de movimientos

•Expediente del Contribuyente•Solicitud de

• Información por partede los ciudadanos

•Denuncias por Evasión fiscal

•Autorizaciones•Requerimientos de

Información•Consultas

•Preguntas frecuentes•Otros avisos

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Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al ContribuyenteAvisos al RFC (Situación Actual)

Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al ContribuyenteAvisos al RFC (Situación Actual)

DESAFORTUNADAMENTE HASTA LA FECHA ESTE SERVICIO DE MODERNIZACION ELECTRÓNICA DEL SAT NO LO HA CONCLUIDO Y NO SE HA IMPLEMENTADO.

CABE SEÑALAR QUE EN LA PASADA 7ª MOD A LA RMF 2006-2007 SE DIO A CONOCER LA REGLA 2.1.30. EN LA CUAL SE PRORROGABA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES QUE SE HUBIERAN VENCIDO EN EL PERIODO DEL 23 AL 27 DE OCTUBRE DE 2006, DEBIDO A LA INHABILITACION DE LOS SERVICIOS DEL PORTAL DEL SAT.

DESAFORTUNADAMENTE HASTA LA FECHA ESTE SERVICIO DE MODERNIZACION ELECTRÓNICA DEL SAT NO LO HA CONCLUIDO Y NO SE HA IMPLEMENTADO.

CABE SEÑALAR QUE EN LA PASADA 7ª MOD A LA RMF 2006-2007 SE DIO A CONOCER LA REGLA 2.1.30. EN LA CUAL SE PRORROGABA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES QUE SE HUBIERAN VENCIDO EN EL PERIODO DEL 23 AL 27 DE OCTUBRE DE 2006, DEBIDO A LA INHABILITACION DE LOS SERVICIOS DEL PORTAL DEL SAT.

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Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al ContribuyenteAvisos al RFC (Situación Actual)

Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al ContribuyenteAvisos al RFC (Situación Actual)

ESTO SIGNIFICA QUE EL CONTRIBUYENTE EN CASO DE SOLICITAR ESTO SIGNIFICA QUE EL CONTRIBUYENTE EN CASO DE SOLICITAR ALGUN MOVIMIENTO AL RFC, TENDRÁ QUE REALIZAR EL ALGUN MOVIMIENTO AL RFC, TENDRÁ QUE REALIZAR EL SIGUIENTE PROCESO:SIGUIENTE PROCESO:

1. ACURDIR PERSONALMENTE A LA ALAC QUE CORRESPONDA A SU DOMICILIO FISCAL (PREVIA CITA O DIRECTAMENTE)

2. ESPERAR SER ATENDIDO POR UN FUNCIONARIO QUE SE ENCARGARÁ DE LLENAR EL CUESTIONARIO INDICADO EN EL FORMATO RU (INSCRIPCION, CAMBIO DE DOMICILIO, AUMENTO O DISMINUCION DE OBLIGACIONES)

3. PROPORCIONAR DOCUMENTACION EN ORIGINAL Y COPIA DE IDENTIFICACION, COMPROBANTE DE DOMICILIO, ACTA DE NACIMIENTO Y CONSTITUTIVA (ANEXO 25, RMF 2007-2008)

4. PROCESAR LA INFORMACION SOLICITADA AL CONTRIBUYENTE Y CONFIRMALA CON EL CONTRIBUYENTE

5. FIRMAR LA SOLICITUD Y OBTENER EL ACUSE Y LA IMPRESION CORRESPONDIENTE DEL TRAMITE REALIZADO (CIF AUTOMATICA, ALTA DE CONTRIBUYENTE, AUT. DE CAMBIO DE DOMICILIO, AUMENTO O DIMINUCION DE OBLIGACIONES)

EL SAT NO HA DADO A CONOCER CUANDO HABILITARA LOS SERVICIOS EN LÍNEA DE TRAMITES FISCALES, QUE DESDE

OCTUBRE DE 2006 FUERON DESHABILITADOS.

ESTO SIGNIFICA QUE EL CONTRIBUYENTE EN CASO DE SOLICITAR ESTO SIGNIFICA QUE EL CONTRIBUYENTE EN CASO DE SOLICITAR ALGUN MOVIMIENTO AL RFC, TENDRÁ QUE REALIZAR EL ALGUN MOVIMIENTO AL RFC, TENDRÁ QUE REALIZAR EL SIGUIENTE PROCESO:SIGUIENTE PROCESO:

1. ACURDIR PERSONALMENTE A LA ALAC QUE CORRESPONDA A SU DOMICILIO FISCAL (PREVIA CITA O DIRECTAMENTE)

2. ESPERAR SER ATENDIDO POR UN FUNCIONARIO QUE SE ENCARGARÁ DE LLENAR EL CUESTIONARIO INDICADO EN EL FORMATO RU (INSCRIPCION, CAMBIO DE DOMICILIO, AUMENTO O DISMINUCION DE OBLIGACIONES)

3. PROPORCIONAR DOCUMENTACION EN ORIGINAL Y COPIA DE IDENTIFICACION, COMPROBANTE DE DOMICILIO, ACTA DE NACIMIENTO Y CONSTITUTIVA (ANEXO 25, RMF 2007-2008)

4. PROCESAR LA INFORMACION SOLICITADA AL CONTRIBUYENTE Y CONFIRMALA CON EL CONTRIBUYENTE

5. FIRMAR LA SOLICITUD Y OBTENER EL ACUSE Y LA IMPRESION CORRESPONDIENTE DEL TRAMITE REALIZADO (CIF AUTOMATICA, ALTA DE CONTRIBUYENTE, AUT. DE CAMBIO DE DOMICILIO, AUMENTO O DIMINUCION DE OBLIGACIONES)

EL SAT NO HA DADO A CONOCER CUANDO HABILITARA LOS SERVICIOS EN LÍNEA DE TRAMITES FISCALES, QUE DESDE

OCTUBRE DE 2006 FUERON DESHABILITADOS.

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Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al Contribuyente Avisos al RFC (Situación Actual)

Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al Contribuyente Avisos al RFC (Situación Actual)

A. FORMATO ELECTRONICO RU.- Formato Único de Solicitud de Inscripción y Avisos al Registro Federal de Contribuyentes.

Entra en vigor el 30 de octubre de 2006. Es un cuestionario con información múltiple del contribuyente, su actividad económica. Con el se presenta la inscripción y la mayoría de los avisos durante la vida tributaria. Se derogan las formas R1 y R2

B. FORMATO RX (impreso).- Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al RFC.

A. FORMATO ELECTRONICO RU.- Formato Único de Solicitud de Inscripción y Avisos al Registro Federal de Contribuyentes.

Entra en vigor el 30 de octubre de 2006. Es un cuestionario con información múltiple del contribuyente, su actividad económica. Con el se presenta la inscripción y la mayoría de los avisos durante la vida tributaria. Se derogan las formas R1 y R2

B. FORMATO RX (impreso).- Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al RFC.

Page 23: Nva Plat Elec Sat 1

Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al Contribuyente Avisos al RFC (Situación Actual)

Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al Contribuyente Avisos al RFC (Situación Actual)

CEDULA DE IDENTIFICACION FISCAL (CIF)

-La nueva cédula entra en vigor el 30 de octubre de 2006.-Se publicó en el DOF el pasado 04 de octubre de 20006-La constancia se publicó el 30 de agosto de 2006

Bajo el nuevo esquema de SIAT, la cédula de identificación fiscal se podrá expedir o solicitar una impresión con los requisitos que se soliciten y tendrá la misma validez que la original.

Observación: Hasta la fecha la página del SAT señala que “próximamente podrá imprimir estos documentos desde Internet, por lo que la impresión podrá ser a color o blanco y negro, dependiendo del tipo de impresora que tenga”

CEDULA DE IDENTIFICACION FISCAL (CIF)

-La nueva cédula entra en vigor el 30 de octubre de 2006.-Se publicó en el DOF el pasado 04 de octubre de 20006-La constancia se publicó el 30 de agosto de 2006

Bajo el nuevo esquema de SIAT, la cédula de identificación fiscal se podrá expedir o solicitar una impresión con los requisitos que se soliciten y tendrá la misma validez que la original.

Observación: Hasta la fecha la página del SAT señala que “próximamente podrá imprimir estos documentos desde Internet, por lo que la impresión podrá ser a color o blanco y negro, dependiendo del tipo de impresora que tenga”

Page 24: Nva Plat Elec Sat 1

1 Contribuyente inicia trámite en: www.sat.gob.mx

2 El SAT Verifica inscripción o registro anterior

Inscripción o registro anterior

Si

No

Rechaza trámite

3 Contribuyente envía datos o guarda información incompleta (10 días) Si en el plazo de 10

días no se concluye

4 Contribuyente acude a cualquier ALAC

a concluir trámite

SAT verifica y “scanea” documentos originales

5 SAT: Emite y entrega CIF y Constancia.

SAT entrega CIF y calendario de obligaciones y pagos fiscales

Solución Integral a la Administración Tributaria

Proceso de Inscripción (Vía Internet)

Solución Integral a la Administración Tributaria

Proceso de Inscripción (Vía Internet)

Page 25: Nva Plat Elec Sat 1

Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al Contribuyente Avisos al RFC (Situación Actual)

Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al Contribuyente Avisos al RFC (Situación Actual)

SOLICITUDES DE INCORPORACIÓN Y DESINCORPORACIÓN A PADRONES ESPECÍFICOSEs la actualización de la información a solicitud de contribuyente en el padrón, derivado de las autorizaciones a padrones específicos, como son entre otros:

SOLICITUDES DE INCORPORACIÓN Y DESINCORPORACIÓN A PADRONES ESPECÍFICOSEs la actualización de la información a solicitud de contribuyente en el padrón, derivado de las autorizaciones a padrones específicos, como son entre otros:

Importadores

Exportadores

Empresas transportistas

Dictaminados

Contribuyentes de bebidas alcohólicas

Representantes legales

Agentes aduanales

Síndicos del contribuyente

Impresores autorizados

Page 26: Nva Plat Elec Sat 1

Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al Contribuyente Avisos al RFC (Situación Actual)

Solución Integral a la Administración Tributaria

Servicios al Contribuyente Avisos al RFC (Situación Actual)

CLAVE CIEC - FIEL (FEA)CLAVE CIEC - FIEL (FEA)

Claves de Acceso CIEC Anterior CIEC Actualizada

FEA / FIEL

Usuario RFC RFC RFC

Contraseña Alfanumérica 8 posiciones

Alfanumérica 8 posiciones

Alfanumérica 8-255 posociones

Certificado Digital N/A N/A Si Obligatorio

Tipo de Servicio CIEC Anterior CIEC Actualizada

FEA / FIEL

Cumplimiento de Obligaciones

Si Si Si

Consulta confidencial información

No Si Si

Firmado de documentos (elec)

No No Si

Page 27: Nva Plat Elec Sat 1

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosVentajas para el Contribuyente

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosVentajas para el Contribuyente

1. Presentación vía Internet y en cualquier ALAC.2. Únicamente se solicitarán específicamente las obligaciones

registradas en el RFC.3. En cada sección de la declaración se anotarán los datos necesarios

para hacer la determinación del impuesto.4. Posibilidad de realizar cálculos automáticos o manuales, incluyendo

accesorios y aplicaciones.5. Vínculos automáticos a otros servicios.6. Emisión en línea de captura de pago.7. Consulta, impresión y reimpresión de la declaración.8. Solicitud de copias certificadas.9. Solicitud de constancias de información de pagos realizados.10. Impresión de formatos FU antes de enviarlo. No se imprimen cálculos.

Forma oficial FU. “Declaración provisional o definitiva de impuestos federales”.

Este formato es electrónico

1. Presentación vía Internet y en cualquier ALAC.2. Únicamente se solicitarán específicamente las obligaciones

registradas en el RFC.3. En cada sección de la declaración se anotarán los datos necesarios

para hacer la determinación del impuesto.4. Posibilidad de realizar cálculos automáticos o manuales, incluyendo

accesorios y aplicaciones.5. Vínculos automáticos a otros servicios.6. Emisión en línea de captura de pago.7. Consulta, impresión y reimpresión de la declaración.8. Solicitud de copias certificadas.9. Solicitud de constancias de información de pagos realizados.10. Impresión de formatos FU antes de enviarlo. No se imprimen cálculos.

Forma oficial FU. “Declaración provisional o definitiva de impuestos federales”.

Este formato es electrónico

Page 28: Nva Plat Elec Sat 1

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Presentación de Declaraciones Anteriores a Diciembre-06Se efectuará con el servicio nuevo

Presentación de Declaraciones Anteriores a Julio-02Se presentará en las forma 1-E, 1-D, 1-D1 y 17

Declaraciones complementarias estadísticas en cerosSe realizará bajo el procedimiento anterior, vigente hasta el 30 de noviembre

Declaraciones complementarias de corrección de datosSe realizará bajo el procedimiento anterior, vigente hasta el 30 de noviembre

Presentación de Declaraciones Anteriores a Diciembre-06Se efectuará con el servicio nuevo

Presentación de Declaraciones Anteriores a Julio-02Se presentará en las forma 1-E, 1-D, 1-D1 y 17

Declaraciones complementarias estadísticas en cerosSe realizará bajo el procedimiento anterior, vigente hasta el 30 de noviembre

Declaraciones complementarias de corrección de datosSe realizará bajo el procedimiento anterior, vigente hasta el 30 de noviembre

Page 29: Nva Plat Elec Sat 1

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosPresentación de Declaraciones

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosPresentación de Declaraciones

Declaraciones Complementarias

Declaraciones complementarias que modifican a lo anterior.

Cuando el pago de una declaración no se haya efectuado dentro del plazo

Declaraciones complementarias con errores relativos al periodo de pago o concepto de impuesto.

Declaraciones por las que haya dejado de presentar una o más obligaciones

Declaraciones Complementarias

Declaraciones complementarias que modifican a lo anterior.

Cuando el pago de una declaración no se haya efectuado dentro del plazo

Declaraciones complementarias con errores relativos al periodo de pago o concepto de impuesto.

Declaraciones por las que haya dejado de presentar una o más obligaciones

Page 30: Nva Plat Elec Sat 1

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Declaraciones con pago vía transferencia

1. Ingresar al “Servicio de declaraciones y pagos”, subservicio de declaraciones de pago, “declaración provisional o definitiva de impuestos federales”.

2. Ingresar con la CIEC o FEA/FIEL.

3. El llenado de la declaración se podrá hacer en línea o fuera de línea.

4. Seleccionar el periodo a declarar y tipo de declaración.

5. El programa mostrará las obligaciones correspondientes al periodo seleccionado.

6. Se capturarán los datos solicitados por el programa: automático o manual

Declaraciones con pago vía transferencia

1. Ingresar al “Servicio de declaraciones y pagos”, subservicio de declaraciones de pago, “declaración provisional o definitiva de impuestos federales”.

2. Ingresar con la CIEC o FEA/FIEL.

3. El llenado de la declaración se podrá hacer en línea o fuera de línea.

4. Seleccionar el periodo a declarar y tipo de declaración.

5. El programa mostrará las obligaciones correspondientes al periodo seleccionado.

6. Se capturarán los datos solicitados por el programa: automático o manual

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Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Declaraciones con pago vía transferencia

7. El programa mostrará, en el caso de pagos provisionales acumulados, las cifras correspondientes a los periodos anteriores para efectos de hacer el cálculo.

8. Al concluir la captura de datos se envía la declaración al SAT mediante su página en Internet.

9. El SAT envía acuse de recibo electrónico: No. de operación, fecha de presentación, , sello digital, línea de captura, fecha límite de pago.

10. Pagar en el portal bancario ingresando la “línea de captura”.

11. En banco enviará el “recibo bancario de pago de contribuciones federales”

Declaraciones con pago vía transferencia

7. El programa mostrará, en el caso de pagos provisionales acumulados, las cifras correspondientes a los periodos anteriores para efectos de hacer el cálculo.

8. Al concluir la captura de datos se envía la declaración al SAT mediante su página en Internet.

9. El SAT envía acuse de recibo electrónico: No. de operación, fecha de presentación, , sello digital, línea de captura, fecha límite de pago.

10. Pagar en el portal bancario ingresando la “línea de captura”.

11. En banco enviará el “recibo bancario de pago de contribuciones federales”

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Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Declaraciones por ventanilla bancaria (mecanismo optativo)

Contribuyentes que pueden optar por este mecanismo:-PF con actividades empresariales e ingresos inferiores a $ 1,750,000.00 en el año anterior.-PF con actividades distintas a las empresariales e ingresos inferiores a $ 300,000.00 en el año anterior.-PF con actividades empresariales del régimen de pequeños contribuyentes.

NOTA: Se elimina el uso de la tarjeta tributaria a partir del 01 de diciembre de 2006.

Declaraciones por ventanilla bancaria (mecanismo optativo)

Contribuyentes que pueden optar por este mecanismo:-PF con actividades empresariales e ingresos inferiores a $ 1,750,000.00 en el año anterior.-PF con actividades distintas a las empresariales e ingresos inferiores a $ 300,000.00 en el año anterior.-PF con actividades empresariales del régimen de pequeños contribuyentes.

NOTA: Se elimina el uso de la tarjeta tributaria a partir del 01 de diciembre de 2006.

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Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Opción y procedimiento de presentación de declaraciones para PF

1. Acudir a cualquiera de los siguientes sitios:A. Acudir a la ALAC, preferentemente con previa cita.B. En los espacios abiertos al público por Internet (EAPI´s)

2. Utilizar la bitácora de declaraciones y pagos

3. La captura y envío se hace conforme al procedimiento general

4. Se entrega al contribuyente “acuse de recibo electrónico”: No. De operación, fecha de presentación, sello digital, línea de captura y fecha límite.

5. Llevar el acuse de recibo a ventanilla bancaria, o bien, sólo la línea de captura.

Opción y procedimiento de presentación de declaraciones para PF

1. Acudir a cualquiera de los siguientes sitios:A. Acudir a la ALAC, preferentemente con previa cita.B. En los espacios abiertos al público por Internet (EAPI´s)

2. Utilizar la bitácora de declaraciones y pagos

3. La captura y envío se hace conforme al procedimiento general

4. Se entrega al contribuyente “acuse de recibo electrónico”: No. De operación, fecha de presentación, sello digital, línea de captura y fecha límite.

5. Llevar el acuse de recibo a ventanilla bancaria, o bien, sólo la línea de captura.

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Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

¿Qué es la bitácora de declaraciones y pagos?

Es una herramienta que está a disposición de las personas físicas no obligadas a pagar mediante transferencia y que les ayudará a llenar el formato electrónico “FU”, dicha bitácora se irá actualizando conforme haya modificaciones en las disposiciones fiscales.

NOTA:• No es de uso obligatorio.• Su uso es indispensable y recomendable para el control.• Se requiere de esta bitácora para ser orientado en la ALAC.

¿Qué es la bitácora de declaraciones y pagos?

Es una herramienta que está a disposición de las personas físicas no obligadas a pagar mediante transferencia y que les ayudará a llenar el formato electrónico “FU”, dicha bitácora se irá actualizando conforme haya modificaciones en las disposiciones fiscales.

NOTA:• No es de uso obligatorio.• Su uso es indispensable y recomendable para el control.• Se requiere de esta bitácora para ser orientado en la ALAC.

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Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

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Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

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Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

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Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Línea de Captura

Contiene los datos representativos para la identificación del pago de contribuciones federales, que el contribuyente deberá realizaren los bancos, ya sea por Internet o ventanilla bancaria.

Se conforma con una cadena de 20 caracteres que asocia la declaración presentada con el importe a pagar, como sigue:

Línea de Captura

Contiene los datos representativos para la identificación del pago de contribuciones federales, que el contribuyente deberá realizaren los bancos, ya sea por Internet o ventanilla bancaria.

Se conforma con una cadena de 20 caracteres que asocia la declaración presentada con el importe a pagar, como sigue:Tipo de Pago Identificador Referencia Vigencia

línea capturaImporte Tipo

VlidaciónDigitos

Globales

2 caract 8 caract 2 caract 4 caract 1 caract 1 caract 2 caract

Tipo de Pago Identificador Referencia Vigencia línea captura

Importe Tipo Vlidación

Digitos Globales

01 05S97W57 00 20070117 500 2 04

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Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Procedimiento para Declaraciones Complementarias

1. Que modifican a la anterior

A. Mismo procedimiento que el general, marcando “declaración complementaria”.

B. El programa desplegará los datos de la declaración que se corrige y evitar recapturar toda la información.

C. Para procedimiento optativo, se puede hacer el pago mediante transferencia o ventanilla bancaria.

Procedimiento para Declaraciones Complementarias

1. Que modifican a la anterior

A. Mismo procedimiento que el general, marcando “declaración complementaria”.

B. El programa desplegará los datos de la declaración que se corrige y evitar recapturar toda la información.

C. Para procedimiento optativo, se puede hacer el pago mediante transferencia o ventanilla bancaria.

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Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Procedimiento para Declaraciones Complementarias

2. Cuando no se haya efectuado el pago dentro del plazo (gral y optativo)

A. Ingresar al programa de declaraciones.

B. Seleccionar el periodo por el que no se hizo el pago.

C. Elegir en tipo de declaración la opción “complementaria” y a su vez la opción “actualización de importe a pagar”.

D. Se muestra automáticamente los datos capturados originalmente incluyendo actualización y recargos. También puede ingresarse manualmente.

E. Se hace el envío al SAT.

F. Estas declaraciones no se computan para las 3 declaraciones del Art, 32 CFF

Procedimiento para Declaraciones Complementarias

2. Cuando no se haya efectuado el pago dentro del plazo (gral y optativo)

A. Ingresar al programa de declaraciones.

B. Seleccionar el periodo por el que no se hizo el pago.

C. Elegir en tipo de declaración la opción “complementaria” y a su vez la opción “actualización de importe a pagar”.

D. Se muestra automáticamente los datos capturados originalmente incluyendo actualización y recargos. También puede ingresarse manualmente.

E. Se hace el envío al SAT.

F. Estas declaraciones no se computan para las 3 declaraciones del Art, 32 CFF

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Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Procedimiento para Declaraciones Complementarias

3. Complementarias con errores de periodo o concepto

A. Se presentarán cuando haya error en el concepto de pago o periodo.

B. Al ingresar al programa y seleccionar el periodo, elegir “Declaración complementaria” y la opción “dejar sin efectos”.

C. Se mostrarán los datos que se registraron en la declaración que se modifica y se confirmarán. Se procede a hacer la corrección respectiva.

D. Si los cálculos y determinación de impuesto es correcta, el sistema ingresa ceros en todos los conceptos.

E. Envío de declaración y pago.

Procedimiento para Declaraciones Complementarias

3. Complementarias con errores de periodo o concepto

A. Se presentarán cuando haya error en el concepto de pago o periodo.

B. Al ingresar al programa y seleccionar el periodo, elegir “Declaración complementaria” y la opción “dejar sin efectos”.

C. Se mostrarán los datos que se registraron en la declaración que se modifica y se confirmarán. Se procede a hacer la corrección respectiva.

D. Si los cálculos y determinación de impuesto es correcta, el sistema ingresa ceros en todos los conceptos.

E. Envío de declaración y pago.

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Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y Pagos Presentación de Declaraciones

Procedimiento para Declaraciones Complementarias

4. Complementarias por las que se haya dejado de presentar una o más obligaciones

A. Se presentarán cuando haya error en el concepto de pago o periodo.

B. Ingresar al programa.

C. Seleccionar el periodo de la obligación omitida.

D. Elegir “declaración complementaria” y opción “obligación no presentada”.

E. Se mostrarán los datos de todos los conceptos no declarados, debiendo seleccionar los que se vayan a cubrir.

F. Se capturan los datos

G. Envío de la declaración y pago

Procedimiento para Declaraciones Complementarias

4. Complementarias por las que se haya dejado de presentar una o más obligaciones

A. Se presentarán cuando haya error en el concepto de pago o periodo.

B. Ingresar al programa.

C. Seleccionar el periodo de la obligación omitida.

D. Elegir “declaración complementaria” y opción “obligación no presentada”.

E. Se mostrarán los datos de todos los conceptos no declarados, debiendo seleccionar los que se vayan a cubrir.

F. Se capturan los datos

G. Envío de la declaración y pago

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Plataforma Electrónica del SAT

Plataforma Electrónica del SAT

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosDeclaraciones InformativasPrecisión del Art. 32 de la Ley del IVA

Art. 32. “Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el Art. 2-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:”

V… Expedir constancias y emitir información mensual.

VIII… Emitir información mensual de operaciones con proveedores.

Precisión del Art. 32 de la Ley del IVA

Art. 32. “Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el Art. 2-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:”

V… Expedir constancias y emitir información mensual.

VIII… Emitir información mensual de operaciones con proveedores.

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

OBSERVACION:

Algunos contribuyentes no tendrían la obligación de presentar la declaración informativa de IVA, entre otros:

Renta de casa habitación Médicos y dentistas Librerías Honorarios asimilados a salarios Agentes de seguros de vida Servicio público de transporte terrestre de personas

OBSERVACION:

Algunos contribuyentes no tendrían la obligación de presentar la declaración informativa de IVA, entre otros:

Renta de casa habitación Médicos y dentistas Librerías Honorarios asimilados a salarios Agentes de seguros de vida Servicio público de transporte terrestre de personas

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas1. Declaraciones de retenciones.- Se modifica la

periodicidad de esta declaración, debiendo presentarse mensualmente a más tardar el 17 de cada mes siguiente.2. Declaraciones de operaciones con terceros.- Nueva obligación de presentar la forma electrónica A29 a más tardar el día 17de cada mes siguiente, y se presenta por:

TrasladoPagoRetenciónAcreditamientoEn las operaciones con sus PROVEEDORES desglosando

el valor de los actos o actividades por tasa, incluyendo las que están exentas.Estas declaraciones originalmente debieron presentarse a partir del mes de octubre de 2006 para el 3° Trimestre y 4° Trimestre en Enero 2007.

1. Declaraciones de retenciones.- Se modifica la periodicidad de esta declaración, debiendo presentarse mensualmente a más tardar el 17 de cada mes siguiente.2. Declaraciones de operaciones con terceros.- Nueva obligación de presentar la forma electrónica A29 a más tardar el día 17de cada mes siguiente, y se presenta por:

TrasladoPagoRetenciónAcreditamientoEn las operaciones con sus PROVEEDORES desglosando

el valor de los actos o actividades por tasa, incluyendo las que están exentas.Estas declaraciones originalmente debieron presentarse a partir del mes de octubre de 2006 para el 3° Trimestre y 4° Trimestre en Enero 2007.

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

3. Información a no relacionar.- La declaración informativa contempla que hasta un 10% del monto total, sin que ninguna de las erogaciones supere los 50,000.00 por proveedor no serán relacionadas. (Regla 5.1.2., RMF 07-08, anterior 5.1.22)

No se considera incluido en este porcentaje los gastos de combustible.

Y, el 10% que no se detalle se manifestará en la declaración con la clave XXX010101000.

3. Información a no relacionar.- La declaración informativa contempla que hasta un 10% del monto total, sin que ninguna de las erogaciones supere los 50,000.00 por proveedor no serán relacionadas. (Regla 5.1.2., RMF 07-08, anterior 5.1.22)

No se considera incluido en este porcentaje los gastos de combustible.

Y, el 10% que no se detalle se manifestará en la declaración con la clave XXX010101000.

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

4. Fechas de presentación.- Esta declaración quizás, sea una de las que se le han realizado diversos cambios en lo referente a la fecha de presentación, siendo originalmente para el año 2007:

4. Fechas de presentación.- Esta declaración quizás, sea una de las que se le han realizado diversos cambios en lo referente a la fecha de presentación, siendo originalmente para el año 2007:

Información correspondient

e al mes de:

Se presentará en el mes de:

Enero de 2007 Julio de 2007

Febrero de 2007 Julio de 2007

Marzo de 2007 Julio de 2007

Abril de 2007 Julio de 2007

Mayo de 2007 Julio de 2007

Junio de 2007 Julio de 2007

Julio de 2007 Septiembre de 2007

Agosto de 2007 Septiembre de 2007

Septiembre de 2007 Noviembre de 2007

Octubre de 2007 Noviembre de 2007

Noviembre de 2007 Enero de 2008

Diciembre de 2007 Enero de 2008

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

De manera extraoficial el SAT, en su página web dio a conocer el pasado 01/jun/07 la modificación a la regla 5.1.12. que reprograma la calendarización de esta declaración y de aplicación EXCLUSIVA a las PM

De manera extraoficial el SAT, en su página web dio a conocer el pasado 01/jun/07 la modificación a la regla 5.1.12. que reprograma la calendarización de esta declaración y de aplicación EXCLUSIVA a las PM

Información correspondient

eal mes de:

Se presentará en el mes de:

Enero de 2007 Septiembre de 2007

Febrero de 2007 Septiembre de 2007

Marzo de 2007 Septiembre de 2007

Abril de 2007 Septiembre de 2007

Mayo de 2007 Septiembre de 2007

Junio de 2007 Septiembre de 2007

Julio de 2007 Octubre de 2007

Agosto de 2007 Octubre de 2007

Septiembre de 2007 Noviembre de 2007

Octubre de 2007 Noviembre de 2007

Noviembre de 2007 Enero de 2008

Diciembre de 2007 Enero de 2008

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Por si fuera poco, en la disposición extraoficial, se adiciona la regla 5.1.13., que considera una declaración simplificada, lo que entendemos es aplicable para PM que no hayan podido realizar cambios a su estructura contable o de control.Como se puede observar la calendarización es la originalmente planteada.

Por si fuera poco, en la disposición extraoficial, se adiciona la regla 5.1.13., que considera una declaración simplificada, lo que entendemos es aplicable para PM que no hayan podido realizar cambios a su estructura contable o de control.Como se puede observar la calendarización es la originalmente planteada.

Información correspondiente al mes de:

Se presentará en el mes de:

Enero de 2007 Julio de 2007

Febrero de 2007 Julio de 2007

Marzo de 2007 Julio de 2007

Abril de 2007 Julio de 2007

Mayo de 2007 Julio de 2007

Junio de 2007 Julio de 2007

Julio de 2007 Septiembre de 2007

Agosto de 2007 Septiembre de 2007

Septiembre de 2007

Noviembre de 2007

Octubre de 2007 Noviembre de 2007

Noviembre de 2007 Enero de 2008

Diciembre de 2007 Enero de 2008

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Precisiones a la Regla 5.1.13.

1. La opción a que se refiere la regla 5.1.13, será de aplicación temporal, por lo que se recomienda aprovechar este periodo para realizar las modificaciones a sus sistemas contables y estar en posibilidad de cumplir con esta obligación en los términos de la regla 5.1.12.

Lo que significa que para ambas reglas en los periodos de:

Sep-Oct 07 Se presenta en Noviembre-07Nov-Dic 07 Se presenta en Enero-08

Se unifican

Precisiones a la Regla 5.1.13.

1. La opción a que se refiere la regla 5.1.13, será de aplicación temporal, por lo que se recomienda aprovechar este periodo para realizar las modificaciones a sus sistemas contables y estar en posibilidad de cumplir con esta obligación en los términos de la regla 5.1.12.

Lo que significa que para ambas reglas en los periodos de:

Sep-Oct 07 Se presenta en Noviembre-07Nov-Dic 07 Se presenta en Enero-08

Se unifican

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Precisiones a la Regla 5.1.13.

2. Se da la opción (adicional) de presentar en el periodo que les corresponda a los contribuyentes PM, de acuerdo al siguiente calendario, considerando el primer carácter alfabético del RFC:

Precisiones a la Regla 5.1.13.

2. Se da la opción (adicional) de presentar en el periodo que les corresponda a los contribuyentes PM, de acuerdo al siguiente calendario, considerando el primer carácter alfabético del RFC:

Letras del RFC Fecha en que se presenta

De la A a la F del 1 al 10 de agosto de 2007

De la G a la O del 13 al 21 de agosto de 2007

De la P a la Z y & del 22 al 30 de agosto de 2007

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Precisiones a la Reglas 5.1.12 y 5.1.13.

3. Cuando se capturen más de 500 registros por periodo la presentación no se efectuará vía Internet, sino directamente en la ALAC, a través de los siguientes medios:-Disco compacto, o-Dispositivo USB

Observación: La autoridad no ha podido mejorar su infraestructura informática para procesar a distancia vía Internet declaraciones con más de 500 registros, tal y como sucede con el programa DIM (declaración Informativa Múltiple)

Precisiones a la Reglas 5.1.12 y 5.1.13.

3. Cuando se capturen más de 500 registros por periodo la presentación no se efectuará vía Internet, sino directamente en la ALAC, a través de los siguientes medios:-Disco compacto, o-Dispositivo USB

Observación: La autoridad no ha podido mejorar su infraestructura informática para procesar a distancia vía Internet declaraciones con más de 500 registros, tal y como sucede con el programa DIM (declaración Informativa Múltiple)

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Precisiones a la Reglas 5.1.12 y 5.1.13.

4. En ambas situaciones (declaración normal y simplificada), los se aclaran los siguientes campos en la forma A-29:

- Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas) NO SERA OBLIGATORIO SU LLENADO.

- Proveedor global Se deberá señalar la información de los proveedores que no fueron relacionados en forma individual en los términos de la regla 5.1.2.

Precisiones a la Reglas 5.1.12 y 5.1.13.

4. En ambas situaciones (declaración normal y simplificada), los se aclaran los siguientes campos en la forma A-29:

- Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas) NO SERA OBLIGATORIO SU LLENADO.

- Proveedor global Se deberá señalar la información de los proveedores que no fueron relacionados en forma individual en los términos de la regla 5.1.2.

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Precisiones a la Reglas 5.1.12 y 5.1.13.

5. La presentación de estas declaraciones informativas en los términos de las mencionadas reglas darán como consecuencia la NO presentación de la declaración informativa de:

- Clientes y proveedores (PM y PM con fines No lucrativos) Art. 86, fracc. VIII, LISR, 101, fracc. V.

ACLARACION: Sólo por el año 2007.

Precisiones a la Reglas 5.1.12 y 5.1.13.

5. La presentación de estas declaraciones informativas en los términos de las mencionadas reglas darán como consecuencia la NO presentación de la declaración informativa de:

- Clientes y proveedores (PM y PM con fines No lucrativos) Art. 86, fracc. VIII, LISR, 101, fracc. V.

ACLARACION: Sólo por el año 2007.

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Retenciones ISR.

Pagos a residentes en el extranjero.

Proveedores, desglosando valor de actos ó actividades

de IVA e IEPS

Art. 32- G CFF INFORMATIVAS MENSUALES.

Se tendrá por cumplida al presentar la informativa de IVA.

Regla 2.1.23 3a MRMF 2006

•Federación •Entidades Federativas, Distrito Federal y Organismos Descentralizados•Municipios

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Solución Integral a la Administración Tributaria

Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

INFRACCIONES Y MULTAS POR NO PRESENTAR DECLARACIONES O HACERLAS INCOMPLETAS O CON ERRORES

1. Declaración de retención a terceros.- De 7,750.00 a 15,500.00.

2. Declaración informativa de operaciones de IVA.- De 7,750.00 a 15,500.00.

3.Declaración informativa de operaciones del sector público con particulares.- De 7,406.00 a $ 14,811.00

INFRACCIONES Y MULTAS POR NO PRESENTAR DECLARACIONES O HACERLAS INCOMPLETAS O CON ERRORES

1. Declaración de retención a terceros.- De 7,750.00 a 15,500.00.

2. Declaración informativa de operaciones de IVA.- De 7,750.00 a 15,500.00.

3.Declaración informativa de operaciones del sector público con particulares.- De 7,406.00 a $ 14,811.00

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

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Declaraciones y PagosDeclaraciones Informativas

Precisiones a la Reglas 5.1.12 y 5.1.13.

5. La presentación de estas declaraciones informativas en los términos de las mencionadas reglas darán como consecuencia la NO presentación de la declaración informativa de:

- Clientes y proveedores (PM y PM con fines No lucrativos) Art. 86, fracc. VIII, LISR, 101, fracc. V.

ACLARACION: Sólo por el año 2007.

Precisiones a la Reglas 5.1.12 y 5.1.13.

5. La presentación de estas declaraciones informativas en los términos de las mencionadas reglas darán como consecuencia la NO presentación de la declaración informativa de:

- Clientes y proveedores (PM y PM con fines No lucrativos) Art. 86, fracc. VIII, LISR, 101, fracc. V.

ACLARACION: Sólo por el año 2007.

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Solución Integral a la Administración Tributaria

Plataforma Electrónica del SATPlataforma Electrónica del SAT

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Solución Integral a la Administración TributariaDeclaraciones y Pagos

Declaraciones Informativas

Solución Integral a la Administración TributariaDeclaraciones y Pagos

Declaraciones Informativas

Software para presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)

El pasado 05/jun/07 se dio a conocer en el página del SAT el programas para elaborar y presentar la declaración informativa de operaciones con terceros SIMPLIFICADA.

Esto hace pensar que se dará a conocer la versión completa del programa posteriormente, por lo que dicho software se apega a la regla 5.1.13.

El programa igualmente se denomina DIOT y se obtiene de la página del SAT, en www.sat.gob.mx, en la sección Novedades y Noticias y publicaciones en Diario Oficial

Software para presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)

El pasado 05/jun/07 se dio a conocer en el página del SAT el programas para elaborar y presentar la declaración informativa de operaciones con terceros SIMPLIFICADA.

Esto hace pensar que se dará a conocer la versión completa del programa posteriormente, por lo que dicho software se apega a la regla 5.1.13.

El programa igualmente se denomina DIOT y se obtiene de la página del SAT, en www.sat.gob.mx, en la sección Novedades y Noticias y publicaciones en Diario Oficial

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Solución Integral a la Administración TributariaDeclaraciones y Pagos

Declaraciones Informativas

Solución Integral a la Administración TributariaDeclaraciones y Pagos

Declaraciones Informativas

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Solución Integral a la Administración TributariaDeclaraciones y Pagos

Declaraciones Informativas

Solución Integral a la Administración TributariaDeclaraciones y Pagos

Declaraciones Informativas

Requerimientos para la instalación de DIOTTamaño del archivo de descarga: 11 Mb

Requerimientos para su instalaciónAunque no se especifica, se recomienda:

- Pc con Windows 95, 98, ME, 2000, XP- Espacio en disco duro de aproximadamente 50 Mb a 100 Mb- Unidad de disco compacto grabable, unidad USB- Memoria RAM 504 Mb mínimo- Procesador 1 GHz- Conexión a Internet y cuenta de correo electrónico- Impresora (inyección o laser)- Plataforma JAVA, en su última versión 1.5.0.05

No se recomienda utilizarlo con Windows Vista

Requerimientos para la instalación de DIOTTamaño del archivo de descarga: 11 Mb

Requerimientos para su instalaciónAunque no se especifica, se recomienda:

- Pc con Windows 95, 98, ME, 2000, XP- Espacio en disco duro de aproximadamente 50 Mb a 100 Mb- Unidad de disco compacto grabable, unidad USB- Memoria RAM 504 Mb mínimo- Procesador 1 GHz- Conexión a Internet y cuenta de correo electrónico- Impresora (inyección o laser)- Plataforma JAVA, en su última versión 1.5.0.05

No se recomienda utilizarlo con Windows Vista

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Declaraciones Informativas

Instalación del programa DIOTEl proceso de instalación se realiza al ejecutar el archivo DIOT (doble click) y este se descarga en el directorio de Dem_07 (mismo que la declaración informativa múltiple y anual), pero en el subdirectorio DIOT.

Terminado el proceso de instalación se generará un icono dentro del grupo de programas Dem_07 donde se podrá observar el archivo ejecutable DIOT

Instalación del programa DIOTEl proceso de instalación se realiza al ejecutar el archivo DIOT (doble click) y este se descarga en el directorio de Dem_07 (mismo que la declaración informativa múltiple y anual), pero en el subdirectorio DIOT.

Terminado el proceso de instalación se generará un icono dentro del grupo de programas Dem_07 donde se podrá observar el archivo ejecutable DIOT

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Declaraciones Informativas

Descripción breve del programa DIOTLa interfase gráfica de DIOT versión 1.0.0., es muy similar al programa DIM o DEM y que también trabajan bajo lenguaje Java.

Esto es, una presentación gráfica de árbol desplegable (sección derecha) y una sección de captura de datos a través de cuadro de diálogo (sección izquierda).

El programa es “multiperiodos” y “multicontribuyentes”, esto es permite capturar varios periodos, como así se requerirá, y además de las declaraciones de más de un contribjyente.

Descripción breve del programa DIOTLa interfase gráfica de DIOT versión 1.0.0., es muy similar al programa DIM o DEM y que también trabajan bajo lenguaje Java.

Esto es, una presentación gráfica de árbol desplegable (sección derecha) y una sección de captura de datos a través de cuadro de diálogo (sección izquierda).

El programa es “multiperiodos” y “multicontribuyentes”, esto es permite capturar varios periodos, como así se requerirá, y además de las declaraciones de más de un contribjyente.

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Secciones del programa DIOTDatos de Identificación-RFC del contribuyente-CURP (PF)-Ejercicio (2007)-Nombre del contribuyente o denominación o razón social

Datos Generales-Declaración informativa de operaciones con terceros-Tipo de declaración-Número de operación o folio anterior-Fecha de presentación anterior-Periodo

Secciones del programa DIOTDatos de Identificación-RFC del contribuyente-CURP (PF)-Ejercicio (2007)-Nombre del contribuyente o denominación o razón social

Datos Generales-Declaración informativa de operaciones con terceros-Tipo de declaración-Número de operación o folio anterior-Fecha de presentación anterior-Periodo

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Secciones del programa DIOTInformación de identificación del proveedor o tercero-Tipo de tercero-Tipo de operación (proveedor nacional, extranjero o global)-RFC-Número de ID fiscal (tratándose de extranjeros)-País de residencia-Nacionalidad

Información del IVA-Valor de los actos o actividades pagados de IVA-Valor de actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios de IVA-Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)-Valor de los demás actos o act. Pagados a la tasa del 0% IVA-Valor de los actos o actividades pagados por los que no se pagará el IVA (exentos)-IVA Trasladado al contribuyente excepto importaciones de bienes y servicios (pagado)-IVA pagado en las importaciones de bienes y servicios-IVA correspondiente a las devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre compras.

Secciones del programa DIOTInformación de identificación del proveedor o tercero-Tipo de tercero-Tipo de operación (proveedor nacional, extranjero o global)-RFC-Número de ID fiscal (tratándose de extranjeros)-País de residencia-Nacionalidad

Información del IVA-Valor de los actos o actividades pagados de IVA-Valor de actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios de IVA-Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)-Valor de los demás actos o act. Pagados a la tasa del 0% IVA-Valor de los actos o actividades pagados por los que no se pagará el IVA (exentos)-IVA Trasladado al contribuyente excepto importaciones de bienes y servicios (pagado)-IVA pagado en las importaciones de bienes y servicios-IVA correspondiente a las devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre compras.

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Secciones del programa DIOTTotales-Total de operaciones que relaciona-Total de los actos o actividades pagados de IVA-Total de actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios de IVA-Total del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)-Total de los demás actos o act. Pagados a la tasa del 0% IVA-Total de los actos o actividades pagados por los que no se pagará el IVA (exentos)-Total Trasladado al contribuyente excepto importaciones de bienes y servicios (pagado)-Total de IVA pagado en las importaciones de bienes y servicios-Total de IVA correspondiente a las devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre compras.-Total de IVA retenido al contribuyente (acreditable)

Secciones del programa DIOTTotales-Total de operaciones que relaciona-Total de los actos o actividades pagados de IVA-Total de actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios de IVA-Total del IVA pagado no acreditable incluyendo importación (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)-Total de los demás actos o act. Pagados a la tasa del 0% IVA-Total de los actos o actividades pagados por los que no se pagará el IVA (exentos)-Total Trasladado al contribuyente excepto importaciones de bienes y servicios (pagado)-Total de IVA pagado en las importaciones de bienes y servicios-Total de IVA correspondiente a las devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre compras.-Total de IVA retenido al contribuyente (acreditable)

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Secciones del programa DIOTValidación de Datos y Generación del Archivo de Declaración

El programa DIOT, contiene al igual que el programa DIM y DEM un proceso que permite validar el contenido de la información proporcionada antes de generar el archivo de la declaración, este proceso se ejecuta con el icono que aparece en la parte superior del programa en forma de “paloma” color verde, y que se denomina “validar declaración”.

Una vez realizada la validación y sin tener errores de por medio se procederá a generar el paquete de envío, y que consiste en un proceso de encriptación de datos para generar el archivo de .DEC

Secciones del programa DIOTValidación de Datos y Generación del Archivo de Declaración

El programa DIOT, contiene al igual que el programa DIM y DEM un proceso que permite validar el contenido de la información proporcionada antes de generar el archivo de la declaración, este proceso se ejecuta con el icono que aparece en la parte superior del programa en forma de “paloma” color verde, y que se denomina “validar declaración”.

Una vez realizada la validación y sin tener errores de por medio se procederá a generar el paquete de envío, y que consiste en un proceso de encriptación de datos para generar el archivo de .DEC

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Precisiones al programa DIOT1. Para borrar un contribuyente en el programa, previamente

se tiene que eliminar la declaración dad de alta.2. El programa DIOT no cuenta con una opción de respaldo de

archivos, así como de reinstalación de los mismos, por lo que deberá considerar el nombre de los archivos correspondientes:

Por cada contribuyente se genera un paquete de 3 archivos:a. Datos del contribuyente: CTO691204CF6DOT2007001b. De los registros habilitados: CTO691204CF6DOT2007001REGc. De los registros totales: CTO691204CF6DOT2007001TOT

3. Aunque se modifico la presentación de la sección de búsqueda, adición y borrado de registros, este proceso no se mejoro.

4. Los errores que encuentra y muestra el programa no señala como solucionarlos.

Precisiones al programa DIOT1. Para borrar un contribuyente en el programa, previamente

se tiene que eliminar la declaración dad de alta.2. El programa DIOT no cuenta con una opción de respaldo de

archivos, así como de reinstalación de los mismos, por lo que deberá considerar el nombre de los archivos correspondientes:

Por cada contribuyente se genera un paquete de 3 archivos:a. Datos del contribuyente: CTO691204CF6DOT2007001b. De los registros habilitados: CTO691204CF6DOT2007001REGc. De los registros totales: CTO691204CF6DOT2007001TOT

3. Aunque se modifico la presentación de la sección de búsqueda, adición y borrado de registros, este proceso no se mejoro.

4. Los errores que encuentra y muestra el programa no señala como solucionarlos.

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Proceso de carga BATCH en DIOT¿Qué es? Es un proceso de conversión y traspaso de bases de datos de los registros de las operaciones con proveedores realizadas por los contribuyentes en archivos ASCII o de texto.

BeneficiosEl contribuyente se ahorra la captura directa de la información, permitiendo la simplificación de trabajo, ahorro de tiempo y la reducción de errores.

Restricciones- Se permiten caracteres alfanuméricos (mayúsculas o minúsculas)-No se permiten acentos, comas, puntos, ñ ó Ñ y otros símbolos especiales.-Cada campo deberá estar separado de un “pipe” |

Proceso de carga BATCH en DIOT¿Qué es? Es un proceso de conversión y traspaso de bases de datos de los registros de las operaciones con proveedores realizadas por los contribuyentes en archivos ASCII o de texto.

BeneficiosEl contribuyente se ahorra la captura directa de la información, permitiendo la simplificación de trabajo, ahorro de tiempo y la reducción de errores.

Restricciones- Se permiten caracteres alfanuméricos (mayúsculas o minúsculas)-No se permiten acentos, comas, puntos, ñ ó Ñ y otros símbolos especiales.-Cada campo deberá estar separado de un “pipe” |

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Recomendaciones para realizar la carga BATCH en DIOT

1. Utilizar un procesador de palabras o una hoja electrónica de cálculo, aunque se recomienda éste último.

2. Acomodar en la hoja cálculo los 16 campos requeridos en el mismo orden en cada una de las columnas comenzado en la columna A

3. Se recomienda incluir un renglón con los títulos o cabezales que permiten identificar la información y familiarizarse.

4. Capturar, copiar o transferir la información a la hoja de cálculo de acuerdo al esquema de 16 columnas con títulos.

5. Elegir del menú la opción Archivo\Guardar Como y elegir la opción “guardar como tipo” seleccionado la opción CSV “delimitado por comas”, y confirmar positivamente las preguntas que realice excel posteriormente. Cerrar archivo

6. Utilizar un editor de texto como block de notas o editor de MS DOS “EDIT” ¿se ejecuta con la opción Inicio\Ejecutar\Edit

7. Utilizar la opción del menú Edicion\Reemplazar, para lo cual reemplazaremos los separadores de comas por el símbolo pipe

Recomendaciones para realizar la carga BATCH en DIOT

1. Utilizar un procesador de palabras o una hoja electrónica de cálculo, aunque se recomienda éste último.

2. Acomodar en la hoja cálculo los 16 campos requeridos en el mismo orden en cada una de las columnas comenzado en la columna A

3. Se recomienda incluir un renglón con los títulos o cabezales que permiten identificar la información y familiarizarse.

4. Capturar, copiar o transferir la información a la hoja de cálculo de acuerdo al esquema de 16 columnas con títulos.

5. Elegir del menú la opción Archivo\Guardar Como y elegir la opción “guardar como tipo” seleccionado la opción CSV “delimitado por comas”, y confirmar positivamente las preguntas que realice excel posteriormente. Cerrar archivo

6. Utilizar un editor de texto como block de notas o editor de MS DOS “EDIT” ¿se ejecuta con la opción Inicio\Ejecutar\Edit

7. Utilizar la opción del menú Edicion\Reemplazar, para lo cual reemplazaremos los separadores de comas por el símbolo pipe

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Recomendaciones para realizar la carga BATCH en DIOT

8. Una vez reemplazados los caracteres “,” por “|”, se deberá elegir del menú Archivo\Guardar como\ y se renombrará el archivo con la extensión TXT.

9. Se procederá a realizar el proceso de carga en el programa DIOT, para lo cual en el menú Herramientas se elegirá la opción “Importar declaración”, de donde se mostrará un cuadro de diálogo que contendrá:Ubicación del archivoTipos de validación:

Parcial, recomendadaCompletaCarga completa

Layout, que contiene la estructura del archivo que se deberá generar para realizar este proceso.Histórico, que contendrá los resultados de procesos batch previos y sus resultados, positivos o negativos.

Recomendaciones para realizar la carga BATCH en DIOT

8. Una vez reemplazados los caracteres “,” por “|”, se deberá elegir del menú Archivo\Guardar como\ y se renombrará el archivo con la extensión TXT.

9. Se procederá a realizar el proceso de carga en el programa DIOT, para lo cual en el menú Herramientas se elegirá la opción “Importar declaración”, de donde se mostrará un cuadro de diálogo que contendrá:Ubicación del archivoTipos de validación:

Parcial, recomendadaCompletaCarga completa

Layout, que contiene la estructura del archivo que se deberá generar para realizar este proceso.Histórico, que contendrá los resultados de procesos batch previos y sus resultados, positivos o negativos.

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Observaciones al proceso de carga BATCH en DIOT

En caso de errores:DIOT muestra los errores, pero no así la solución que el usuario debe realizar.

Aunque los campos no son tantos como en DIM, si se recomienda verificar los valores

La sección totales no implica carga batch, por lo que esta información se tomará automáticamente de la suma de cada uno de los registros alimentados.

Observaciones al proceso de carga BATCH en DIOT

En caso de errores:DIOT muestra los errores, pero no así la solución que el usuario debe realizar.

Aunque los campos no son tantos como en DIM, si se recomienda verificar los valores

La sección totales no implica carga batch, por lo que esta información se tomará automáticamente de la suma de cada uno de los registros alimentados.