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Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección Legislación y Normativa Provincial 22058---ACUERDO 1361 / 2011 ACUERDO / 2011-06-09 22056---ACUERDO 1397 / 2011 ACUERDO / 2011-06-13 22045---DECRETO 1591 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22046---DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22047---DECRETO 1593 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22048---DECRETO 1594 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22049---DECRETO 1595 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22057---DECRETO 1596 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22043---DECRETO 1597 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22055---DECRETO 1598 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22052---DECRETO 1599 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22051---DECRETO 1600 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22059---DECRETO 1601 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22053---DECRETO 1602 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22054---DECRETO 1603 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22041---DECRETO 1605 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 22042---DECRETO 1788 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30 22044---DECRETO 240 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-02-10 22050---RESOLUCIONES 160 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-10 22060---RESOLUCIONES 166 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-13 22061---RESOLUCIONES 167 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-13 22065---RESOLUCIONES 249 / 2011 RESOLUCION / 2011-05-26 22064---RESOLUCIONES 348 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-07 22063---RESOLUCIONES 370 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-09 22062---RESOLUCIONES 372 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-09 Sección Avisos 159213---JUICIOS VARIOS / ACOSTA PAOLA INES S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA 159136---JUICIOS VARIOS / BANCO DEL TUCUMAN S.A. C/ COLOMBRES ALBERTO AUGUSTO Y OTROS 159164---JUICIOS VARIOS / "BELTRAN MARIA FERNANDA Y CANIGIA JUAN JOSE C/ MOLINA LOPEZ EDUARDO LUIS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS"

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Page 1: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Numero de boletin: 27554

Fecha: 21/06/2011

INDICE:

Sección Legislación y Normativa Provincial

22058---ACUERDO 1361 / 2011 ACUERDO / 2011-06-09

22056---ACUERDO 1397 / 2011 ACUERDO / 2011-06-13

22045---DECRETO 1591 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22046---DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22047---DECRETO 1593 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22048---DECRETO 1594 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22049---DECRETO 1595 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22057---DECRETO 1596 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22043---DECRETO 1597 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22055---DECRETO 1598 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22052---DECRETO 1599 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22051---DECRETO 1600 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22059---DECRETO 1601 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22053---DECRETO 1602 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22054---DECRETO 1603 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22041---DECRETO 1605 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

22042---DECRETO 1788 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30

22044---DECRETO 240 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-02-10

22050---RESOLUCIONES 160 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-10

22060---RESOLUCIONES 166 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-13

22061---RESOLUCIONES 167 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-13

22065---RESOLUCIONES 249 / 2011 RESOLUCION / 2011-05-26

22064---RESOLUCIONES 348 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-07

22063---RESOLUCIONES 370 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-09

22062---RESOLUCIONES 372 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-09

Sección Avisos

159213---JUICIOS VARIOS / ACOSTA PAOLA INES S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA

159136---JUICIOS VARIOS / BANCO DEL TUCUMAN S.A. C/ COLOMBRES ALBERTO AUGUSTO Y

OTROS

159164---JUICIOS VARIOS / "BELTRAN MARIA FERNANDA Y CANIGIA JUAN JOSE C/ MOLINA LOPEZ

EDUARDO LUIS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS"

Page 2: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

159115---JUICIOS VARIOS / CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROV. DE TUC. C/ SANCHEZ

TARDAN EDGARDO A.

158708---JUICIOS VARIOS / "DIAZ NORMA BEATRIZ Y OTRAS S/ CANCELACION (ESPECIAL)"

159156---JUICIOS VARIOS / "GRANDES BAZARES DEL NORTE S.A. Y PRIETO RAFAEL LEON Y YAPUR

DE PRIETO NELLY S/ CONCURSO PREVENTIVO"

158953---JUICIOS VARIOS / HERRERA BLANCA ROSA S/ PRESCRIPCION ADQ

159000---JUICIOS VARIOS / MONTENEGRO NORMA DEL VALLE C/ COLOMBRES GARMENDIA LUIS

OSCAR

158871---JUICIOS VARIOS / "MONTOYA MIRTA SUSANA C/ CIA. AZUCARERA BELLA VISTA S.A S/

PRESCRIPCION ADQUISITIVA"

158856---JUICIOS VARIOS / MORENO DE CORDOBA MARIA RAMONA Y OTROS C/BARROS MIGUEL

ANGEL Y OTROS

159046---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUC. -DGR- C/ TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS

TUCMA S.R.L.

159108---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN C/ CARLETTI RUBEN HUGO

159110---JUICIOS VARIOS / "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ GUTIERREZ ANTONIO S/ COBRO

EJECUTIVO. EXPTE. N° 823/09"

159187---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ CABEGE ELECTRO

CONSTRUCCIONES S.R.L.

159177---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ DROGUERIA GRAFON S.R.L.

159139---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ JUAN RICARDO VILLA S.R.L.

159146---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/JUAREZ NORMA BEATRIZ

159144---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ MICSA S.R.L.

159048---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ R.D. DISTRIBUCIONES S.R.L.

159074---JUICIOS VARIOS / PULIDO MIGUEL ANGEL S/ CONCURSO PREVENTIVO

159103---JUICIOS VARIOS / SUPERCANAL S.A..C/ TELSAT S.R.L.

159208---JUICIOS VARIOS / TARJETA PLATINO S.A. C/ SIMULA ALEJANDRINA

156687---JUICIOS VARIOS / TRUJILLO MANUEL FRANCISCO - CUARTA PUBLICACION

159221---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCION DE ARQUITECTURA Y URBANISMO

158860---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN LIC. PUB. Nº 01/2011

158855---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN LIC. PUB. Nº 02/2011

159120---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PUBLICA N° 7/2011 - FUNDACION MIGUEL

LILLO

158911---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACION PUBLICA Nº 04/2011. MINISTERIO DE

EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA

159044---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE SEGURIDAD CIUDADANA-LIC PUB Nº 05-

2011

159141---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES LICITACIÓN

PUBLICA N° 02/2011

159215---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION LIC. PUB. N°

01/2011

159072---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL LIC. PUB. 01/11

159062---REMATES / CARRASCOSA FATIMA BEATRIZ C/CORNEJO JUAN FACUNDO Y OTRO

159109---REMATES / ELIAS ALEJANDRO JOSE C/ CASTRO BUADAS CECILIA

159220---REMATES / "FEDER.DE COOP.VITIVINICOLAS ARG.COOP.LTDA. (FECOVITA) C/GUERRERO

LUIS PROSPERO S/ Z- COBRO EJECUTIYO DE PESOS - EXP Nº 5458/94"

159207---SOCIEDADES / ASOC. COOP. PROGRAMA DE EDUC. PERMANENTE ADULTOS MAYORES

(E.P.A.M.)

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159222---SOCIEDADES / AVANZADA MUTUAL DE SERVICIOS SOCIALES

159061---SOCIEDADES / BIBLIOTECA POPULAR NICOLAS AVELLANEDA

159013---SOCIEDADES / COLEGIO DE PROFESIONALES EN SERVICIO O TRABAJO SOCIAL

159209---SOCIEDADES / DORMIR CONSTRUCCIONES S.R.L.

159226---SOCIEDADES / MOVIMIENTO AUTONOMO DE BASES POR LA ESPERANZA Y LA LIBERTAD

(M.A.B.E.L)

159204---SOCIEDADES / MOVIMIENTO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO

159224---SOCIEDADES / PARTIDO "DE LA JUSTICIA Y LA VICTORIA" DISTRITO TUCUMÁN

159214---SOCIEDADES / PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE JUAN BAUTISTA

ALBERDI

159227---SOCIEDADES / PARTIDO "EL FORTIN DE LA VICTORIA" MUNICIPAL

159223---SOCIEDADES / PARTIDO "FEDERALISMO PARA LA VICTORIA" MUNICIPAL

159206---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL NUEVO ENCUENTRO

159203---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL UNIDAD Y SOLIDARIDAD SIMOQUEÑA

159225---SOCIEDADES / PARTIDO "UNIDOS PARA LA VICTORIA" MUNICIPAL

159210---SOCIEDADES / "SALSENCH S.R.L."

159205---SOCIEDADES / TRABAJANDO POR LA GENTE

159218---SUCESIONES / ABRAHAM AMADO DEBBO

159119---SUCESIONES / ALBERTO RAMON HARO

159162---SUCESIONES / ALFREDO AGUILAR

159189---SUCESIONES / BRUNO AMERICO COZZI

159104---SUCESIONES / CARLOS VICENTE BACHE

159100---SUCESIONES / CARMEN ABELLA M.I. Nº 2.525.035

159147---SUCESIONES / EDUARDO DELGADO

159217---SUCESIONES / ELIAS SANTIAGO CUEVA

159182---SUCESIONES / ELVIO JESUS MEDINA D.N.I. Nº 7.059.260

159216---SUCESIONES / FELIPE TEODORO LONSALLE Y/O FELIPE TEODORO LONZALLES

159107---SUCESIONES / FERMIN JUSTO GRAMAJO

159219---SUCESIONES / FRANCISCO ANTONIO FERNANDEZ

159212---SUCESIONES / GONZALEZ DORA CARMEN - PEREZ EVARISTO WERTEL

159142---SUCESIONES / "HUGO ANTONIO VELIZ"

159155---SUCESIONES / JOSE MARINO SAID

159117---SUCESIONES / "JOSE MERCEDES GRANEROS"

159091---SUCESIONES / JOSE NAPOLEON ORTEGA

159114---SUCESIONES / JOSE VICENTE SILVA M.I. Nº 11.910.595

159153---SUCESIONES / JUANA DEL CARMEN CASTILLO

159202---SUCESIONES / JULIO FRANCISCO BARRAZA

159201---SUCESIONES / LUIS ROSARIO CARRANZA Y ANA FRANCISCA DIAZ

159118---SUCESIONES / RAMON EDUARDO CAMPBELL D.N.I. Nº 7.016.350

159158---SUCESIONES / RAUL ROBERTO TANOS

159098---SUCESIONES / ROBIN BRITO

159211---SUCESIONES / VILLAGRA ESPECHE MARIA LUCRECIA

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Aviso número 22058

ACUERDO 1361 / 2011 ACUERDO / 2011-06-09

HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS. ACUERDO N° 1361, del 09/06/2011. --- Acuerda

Artículo 1°: Aprobar el Informe N° 4°/10 referido al Monitoreo de la Deuda

Pública correspondiente al período: mayo/junio de 2010 elaborado por el

Departamento de Contadores Fiscales, en el que se estima que al 31/08/10 la Deuda

Pública asciende a la suma de $4.821,86 (expresado en millones de pesos); y los

intereses pagados durante dicho bimestre fueron de $6.942.761,72 (pesos seis

millones novecientos cuarenta y dos mil setecientos sesenta y uno con 72/1 00).

Artículo 2°: Disponer que por Secretaría General se extraigan las copias

pertinentes, las que debidamente autenticadas formarán parte del presente

Acuerdo. Cumplido, deberá ponerse en conocimiento de lo actuado al Poder

Ejecutivo de la Provincia y a la H. Legislatura. Artículo 3°: Comuníquese,

publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. C.P.N. Miguel Ch.

Terraf. Dr. Sergio M. Díaz Ricci.

Page 5: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22056

ACUERDO 1397 / 2011 ACUERDO / 2011-06-13

HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS. ACUERDO N° 1397, del 13/06/2011. --- Artículo 1°:

Rectificar Parcialmente el artículo 1° del Acuerdo N° 1361-HTC-11 en el sentido

que donde dice mayo/junio de 2010 debe decir julio/agosto 2010. Art. 2°

Comuníquese y oportunamente archívese. C.P.N. Miguel Ch. Terraf. Dr. Sergio M.

Díaz Ricci.

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Aviso número 22045

DECRETO 1591 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1.591/4 (MDS), del 16/05/2011. --- Autorízase a la señora Ministra de

Desarrollo Social, Prof. Beatriz Graciela MIRKIN, a trasladarse en Misión Oficial

a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante los días 17 y 18 de mayo de 2011.

Page 7: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22046

DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1.592/3 (SH), del 16/05/2011. --- Autorízase a la DIRECTORA GENERAL DE

PRESUPUESTO, C.P.N. Ruth I. Gil Viera a trasladarse el 18 de mayo de 2011, usando

la vía aérea, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de asistir a la

"Reunión de Comité Ejecutivo del Foro Permanente de Direcciones de Presupuesto y

Finanzas de la República Argentina", a realizarse los días 18 y 19 de mayo del

corriente año, debiendo regresar a la Provincia el día 19 de mayo de 2011.

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Aviso número 22047

DECRETO 1593 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1.593/1 (SEP), del 16/05/2011. Expte. N° 762/130-M-2011. ---

Autorízase al Director del Instituto Provincial de la Administración Pública de

la Secretaría de Estado de Planeamiento, Prof. Luis R. Marchetti, a trasladarse -

vía aérea- en misión oficial a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los días 17 y

18 de mayo del corriente año.

Page 9: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22048

DECRETO 1594 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1.594/1 (SEP), del 16/05/2011. Expte. N° 786/130-S-2011. ---

Autorízase al señor Secretario de Estado de Planeamiento, Dr. Julio Saguir, a

trasladarse -vía aérea- en misión oficial a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

del 18 al 19 de mayo del corriente año.

Page 10: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22049

DECRETO 1595 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1.595/3 (ME), del 16/05/2011. Expte. N° 1571/325-SC-20011. ---

Autorízase al Dr. Rubén Darío Aquino -Categoría 20 Planta Temporaria- y al Señor

Sebastián Patricio Medina Naessens Categoría 19 Planta Temporaria, dependientes

de la Dirección Provincial del Agua a trasladarse por vía terrestre a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires el día 16 de mayo de 2011 con regreso para el día 21 del

mismo mes y año.

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Aviso número 22057

DECRETO 1596 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1.596/1, del 16/05/2011. --- Autorízase al Lic. Marcelo DITINIS,

Personal de Gabinete del Poder Ejecutivo (con rango de Subsecretario), a

trasladarse vía aérea, en misión oficial a la Capital Federal, el 17 de mayo de

2011, acompañando al Titular del Poder Ejecutivo.

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Aviso número 22043

DECRETO 1597 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1.597/5 (MEd), del 16/05/2011. --- Autorízase, a la señora Responsable

del Centro de Documentación e Información Educativa (CENDIE) -Prof. Vilma

SÁNCHEZ- dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, a ausentarse de la Provincia en

misión oficial -vía aérea- con destino a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el

día 18 de mayo de 2.011, con regreso en idéntica fecha. Déjase establecido que lo

dispuesto no producirá erogación alguna al erario provincial.

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Aviso número 22055

DECRETO 1598 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1.598/3 (ME), del 16/05/2011. --- Autorízase al Señor Secretario de

Estado de Hacienda, CPN. ROLANDO J. STEIMBERG, a trasladarse -usando la vía

aérea- el día 17 de mayo de 2011, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos

de cumplir una misión oficial el día 18 de mayo de 2011.

Page 14: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22052

DECRETO 1599 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1.599/3 (ME), del 16/05/2011. --- Autorízase al Señor Ministro de

Economía, C.P.N. JORGE GUSTAVO JIMÉNEZ a trasladarse -usando la vía aérea- a la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 17 de mayo de 2011, a fin de cumplir la

misión oficial encomendada durante los días 17 al 18 de mayo del corriente año.

Page 15: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22051

DECRETO 1600 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1.600/21 (MSP), del 16/05/2011. Expte. N° 1704/400-S-11. ---

Autorízase, al Dr. Alberto SABAJ, Personal de Gabinete con rango de Subsecretario

del MINISTERIO DE SALUD PUBLICA, a trasladarse en Misión Oficial- vía terrestre-

en colectivo de línea- a la provincia de Córdoba, el día 19 de mayo de 2011 con

regreso el día 22 de mayo de 2011.

Page 16: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22059

DECRETO 1601 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1.601/4 (SENAyF), del 16/05/2011. --- Autorízase a la Lic. Graciela

Sare de García, Secretaria de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia del

Ministerio de Desarrollo Social, a trasladarse en Misión Oficial a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires durante los días 19 al 21 de mayo de 2011.

Page 17: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22053

DECRETO 1602 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1.602/9 (MDP), del 16/05/2011. --- Autorízase al Ing. Rubén Amado Dip

- Director de Medio Ambiente, categoría 24 -, para que por vía aérea se traslade

a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 19 de mayo de 2011, atento a lo

expresado en el considerando que antecede, debiendo regresar por igual medio el

día 20 de mayo de 2011.-

Page 18: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22054

DECRETO 1603 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1.603/9 (MDP), del 16/05/2011. --- Autorízase a la Licenciada Estela

Noemí Santillán Personal de la Dirección de Medio Ambiente, para que por vía

aérea se traslade a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 19 de mayo de 2011,

debiendo regresar por igual medio el mismo día.-

Page 19: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22041

DECRETO 1605 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16

DECRETO N° 1605/7 (STSV), del 16/05/2011. --- Autorízase al Sr. Secretario de

Estado de Transporte y Seguridad Vial, Proc. Ramiro Eduardo GUTIÉRREZ, D.N.I. N°

18.185.091, a ausentarse de la Provincia, con destino a la Provincia de Santiago

del Estero, en misión oficial, vía terrestre, el día 19 de Mayo de 2011, con

fecha de regreso el día 20 del citado mes y año.

Page 20: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22042

DECRETO 1788 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30

DECRETO N° 1.788/4 (SENAyF), del 30/05/2011. Expte. N° 18.589/425-F-2.010. ---

Apruébase el gasto, al solo efecto de rendir cuentas, por la suma total de

$40.700,00, en concepto del pago efectuado a los profesionales y operadores

sociales que se desempeñan en el "Programa Provincial Proteccional de Derechos de

la Niñez, Adolescencia y Familia, correspondiente al mes de Octubre de 2.010,

autorizado por Resolución 3.828/4-SENAyF de fecha 24/11/2010. La erogación

resultante fue atendida con Orden de Pago N° 94.718/10.

Page 21: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22044

DECRETO 240 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-02-10

DECRETO N° 240/1, del 10/02/2011. --- Queda nuevamente en posesión del Poder

Ejecutivo de la Provincia, su Titular, C.P.N. José Jorge ALPEROVICH.

Page 22: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22050

RESOLUCIONES 160 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-10

DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION N° 160/2011 DPJ, del 10/06/2011. ---

ARTICULO 1°: APROBAR la reforma parcial del Estatuto de la Asociación Civil

"COMEDOR INFANTIL CAROZO Y NARIZOTA" con domicilio legal en la Provincia de

Tucumán y sede en calle Eva Duarte S/N de la Ciudad de Concepción, Dpto.

Chicligasta de la Provincia de Tucumán.- en virtud de la cual en lo sucesivo se

denominará "CENTRO COMUNITARIO DE DESARROLLO SOCIAL CAROZO Y NARIZOTA" conforme

fuera sancionado en Asamblea General Extraordinaria de fecha 12 de Mayo de 2011.

ARTICULO 2°: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución

N° 394/03 -DPJ de fecha 21/11/2003. ARTICULO 3°: DETERMINAR que las fojas del

Estatuto precedentemente aprobado obrantes en texto ordenado de fojas 09 a 23,

serán firmadas y selladas por el Sr. Director de este organismo de contralor.

ARTICULO 4°: Regístrese, notifíquese, publíquese en Boletín Oficial y archívese.-

Page 23: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22060

RESOLUCIONES 166 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-13

DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION N° 166/11 DPJ, del 13/06/2011. Art.

1°.- Apruébase el Acta Constitutiva obrante a fs. 02 a 04 del expte. N° 1931/211-

A-2011 del Club de Leones Tucumán Lola Mora Asociación Civil, con domicilio legal

en Hotel Premier, Sala Vip, calle Crisóstomo Alvarez N° 500, San Miguel de

Tucumán, Provincia de Tucumán, y reconócese a la misma el carácter de Persona

Jurídica, quedando obligada el estricto cumplimiento de las disposiciones legales

en vigor. Art. 2°.- Las fojas del estatuto precedentemente aprobado serán

firmadas y selladas por el Sr. Director de la Dirección de Personas Jurídicas.

Art. 3°.- Notifíquese, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Page 24: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22061

RESOLUCIONES 167 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-13

DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION N° 167/11-DPJ, del 13/06/2011. ---

Art. 1°.- Apruébese el Acta Constitutiva obrante a fs. 04 a 06 del expte. N°

634/211-C-2011 del Club de Leones Tucumán Aconquija Asociación Civil, con

domicilio legal en Hotel Premier, Sala Vip, Crisóstomo Alvarez N° 500, San Miguel

de Tucumán, Provincia de Tucumán, y reconócese a la misma el carácter de Persona

Jurídica, quedando obligada al estricto cumplimiento de las disposiciones legales

en vigor. Art. 2°.- Las fojas del estatuto precedentemente aprobado serán

firmadas y selladas por el Sr. Director de la Dirección de Personas Jurídicas.

Art. 3°.- Notifíquese, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Page 25: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 22065

RESOLUCIONES 249 / 2011 RESOLUCION / 2011-05-26

JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 249/11-H.J.E.P., del 26/05/2011. --- I-

Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación ACCIÓN DEMOCRATICA" para

actuar como partido político en la jurisdicción del Municipio de Las Talitas,

Departamento Tafi Viejo. II- Otorgar el número 289 al mencionado partido según lo

dispuesto por el artículo 26° de la ley 5.454 y resolución de la H. Junta

Electoral del 22/04/03.- III- Publíquense edictos por un día, libre de derechos,

en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la declaración de

principios y bases de acción política, carta orgánica y la presente resolución.-

Hagase Saber.- Dr. Antonio Daniel Estofan, Presidente. Dr. Pedro Vicente Giudice,

Vocal. Leg. Regino Néstor Amado, Vocal Presidente Subrogante de la H. Legislatura

de Tucumán.

DECLARACION DE PRINCIPIOS

Tucumán en toda se extensión, muy especialmente el radio capitalino y lo que

podría ser El Gran San Miguel de Tucumán, tiene la posibilidad de lograr su

desarrollo, por la avasalladora personalidad que la caracteriza históricamente y

puede ser dueña del propio destino, esa es nuestra cuestión. Nuestra provincia

con el municipio capitalino y todos los del interior en forma conjunta con el

país, se encuentran atravesando una etapa de transición y cambios que la han

ubicado en una situación donde toda determinación no admite errores, por lo tanto

se hace necesario tomar rápido control de las situaciones planteadas por lo cual

debemos inclinarnos a la creación de proyectos simples, cortos o de mediano

plazo, sin la fantasía a la que nos llevaría la promesa fácil y la mentira. Es en

esta etapa coyuntural de nuestro país, que nos encontramos formando un partido

político que comenzó siendo de acción comunitaria, para transformarse en Político

Social. Las necesidades imperantes, nos han dotado de una capacidad de acción,

creación, imaginación, decisión y realización que no estamos viendo en los

partidos tradicionales con estructuras anquilosadas, mas preocupados en

permanecer que en hacer, incapaces de contener a las personas o de dar respuestas

a un crecimiento sostenido con imaginación, creatividad y libertad. El actual

panorama de los políticos nos muestra que están mas dedicados al interés personal

y del grupo mezquino que los rodea, que a dar respuestas a la problemática de la

comunidad; a hacer nepotismo y asegurarse algún tipo de continuidad en el poder

(con esposas, hijos, novias, amantes, amigos íntimos, etc.), generando unas

especies de feudos reinos de la corrupción, llegando a abarcar provincias

completas, embargando el accionar de Instituciones Fundamentales de la Nación,

como Legislaturas, Congresos y Justicia, todo con una población a la que han

empujado para que sea chata e incapaz de reaccionar por la compra de voluntades

con planes sociales que exceden lo inmoral, hasta vergonzosos bolsones de comida

que les permite jugar con el hambre y la necesidad del pueblo, llegando a

concluir que la representación y la defensa de los intereses del pueblo es lo que

menos cuenta. Por lo expuesto, es que queremos asumir el papel protagónico en ese

destino que de todos modos nos embargará para nuestro bien o mal. Estamos seguros

y consientes que el camino es de lucha, duro, largo y penoso, pero se trata de

Page 26: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

ser dueños y artífices de nuestro destino; no luchar mas la batalla de otros cuya

única y fundamental preocupación es su individualidad, no queremos más ser

víctimas y perdedor, tanto si se pierde como cuando se gana. No más pelear la

batalla de otros que dicen quitemos el látigo de nuestro explotador, para después

blandirlo sobre nuestras espaldas. Se trata de ser dueños de nuestra voluntad, de

no mendigar la comida, el espacio, el salario, sin doblegarnos ni ganar con la

gloria efímera para poner la imaginación en el poder. Por lo tanto nuestro

Partido Acción Democrática, propone justamente eso acción e imaginación dentro de

un marco democrático; buscando entre todos una solución a cada problema de

nuestra comunidad y de los individuos; estudiar cada caso hasta encontrar la

calidad y excelencia en la respuesta, sin impedimentos ni imposiciones. Por ello

llamamos y convocamos a los ciudadanos de Las Talitas, a incorporarse para tratar

su problemática y visión, y proponer mecanismos de acción con el solo límite de

la imaginación, la posibilidad real y la razón. Por lo expuesto consideramos que

es un deber y un derecho de las personas, participar de su comunidad y hacerlo

por todos los medios que disponga y sea posible. Nosotros le entregamos este

canal e instrumento de participación, distinto de la problemática y punto de

vista de los partidos tradicionales, esperando que la comunidad así lo comprenda,

valore y se incorpore, estudie proponga y peticione. Nosotros lo haremos

primorosamente, buscando la calidad de excelencia en nuestras personas, a las que

se les exige por sobre todas las cosas, la búsqueda permanente de las situaciones

problemáticas, como así también el estudio metódico y sistemático de cada caso.

No aceptaremos al político vocacional y oportunista, deberá conocer

sistemáticamente las leyes fundamentales de la nación, la provincia y el

municipio, como así también sus instituciones, su funcionamiento y uso. Todos

estos estudios se harán sin limitaciones ideológicas o partidarias, y para ello

se confeccionará como parte programática un diagrama de conferencias, actos

culturales y sociales, que se realizaran tanto internamente como públicamente,

con conferenciantes propios o ajenos, que se invitarán para tratar temas que nos

preocupen o interesen, todo esto en estrecha relación con ONG., partidos

políticos sin distinción de banderas, instituciones gubernamentales, educativas,

artísticas y/o deportivas, todos pueden ser invitados a dar a conocer su

perspectiva o puntos de vista. La permanencia en cargos se verá sujeta siempre a

presentar trabajos, monografías, conferencias, actividades sociales, culturales,

turísticas y/o artesanales, para lo cual se ira emplazando a los individuos a

presentar su programa personal de estudio, trabajo y acción, en conferencias

internas, externas o en las que fuera invitado dentro o fuera de nuestra

comunidad con la frecuencia de por lo menos una vez al año por persona y cargo

burocrático ocupado, llevándose un registro cierto de ello, sin limitación

ideológica o partidaria, no importando la polémica que genere, porque estimamos

que debe ser y por sobre todas las cosas EL TRIUNFO DE LO EXELENTE. Priorizaremos

dentro de nuestro accionar como pilares básicos, la defensa, lucha por logros,

renacimiento e institucionalización de dos temas que consideramos olvidados

dentro de nuestra comunidad y que siempre fueron pilares de todos los pueblos, la

CULTURA y el TURISMO y como un tercer tema en cuestión que empezaremos a darle el

tratamiento y jerarquización como obligación dentro de nuestra comunidad en

primera instancia, hasta hacer una causa nacional con respuesta inmediatas y

jurisprudencia adecuada de estricto acatamiento, las CAPACIDADES DIFERENTES o

DISCAPACIDAD. Todo lo aquí expresado, no es meramente enunciativo, está plasmado

Page 27: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

en las Bases de Acción Política para el futuro, que ha sido cuidadosamente

elaborado por expertos profesionales, tomando muestreos reales y por una gran

parte de integrantes de la comunidad. Algunos de estos proyectos ya han sido

puestos en funcionamiento con notable éxito y otros se están desarrollando ahora;

por eso invitamos a todos los ciudadanos de buena voluntad, sumarse a nuestro

proyecto de trabajo, para que juntos pongamos de pie y en marcha a nuestra

municipio, provincia y a la nación entera, que pensamos, lentamente se va

despertando de un largo sueño. Volviendo a lo netamente partidario, destacamos

que para un integrante de Acción Democrática, lo mejor no es solo otro integrante

partidario, sino cualquier otro ciudadano que lo revalorizará en cuanto piensa,

trabaja, estudia y da respuestas, aunque estas sólo sean asertivas o

aproximativas. Invocando la protección de Dios, fuente de toda sabiduría, y con

manifiesta fe en un futuro de grandeza que ya se vislumbra, dejamos sentada esta

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS para esta comunidad y para todos los hombres de buena

voluntad de la nación entera.

BASES DE ACCION POLITICA

Frente a la agobiadora realidad que padecen las mujeres y hombres de Las Talitas

y de toda la provincia de Tucumán, el Partido ACCIÓN DEMOCRÁTICA convoca a todos

los sectores que integran su tejido social, a efectos de que cada uno de ellos

estructure su propio programa político, económico y social con la finalidad de

que así lo exponga en abierto debate sin limitaciones, de lo que surgirá un

enriquecimiento mutuo y programas de bases comunes, para responder a las

esperanzas que han puesto sus individuos. Este intercambio de ideas y continuo

dialogo entre sectores políticos y sociales es lo que se fomentará para alcanzar

las bases de un desarrollo en libertad e independencia. BIENESTAR DEL PUEBLO El

progreso de cualquier comunidad esta vinculado esencialmente a la calidad de vida

de la totalidad de sus habitantes. El hombre constituye el factor esencial de

todo proceso económico, social y político. El hombre determina estos procesos y

los pone a su servicio. El hombre modifica su medio y su propia realidad. La

capacidad creadora y realizadora de los pueblos es ilimitada. Consideramos que la

Salud Pública y la Educación, inciden directamente en todo proceso de superación

material y cultural de su pueblo, por ello las dos grandes batallas a librar son

las de la Saluda Publica y la Educación, sin descuidar hoy entre otros aspectos,

la Seguridad. SALUD PÚBLICA. La Salud Publica es el incremento, preservación,

prevención y promoción de la salud de todos los integrantes de una comunidad.

Partiendo de un relevamiento, revalorización de los servicios sanitarios

existentes, planteamos garantizar sistemas de asistencia médica integral, a la

que todos podrán acceder sin impedimentos dinerarios de ningún tipo y cuando así

lo requieran, o se manifieste que es necesario operar socialmente, a todos los

habitantes y ciudadanos que lo requieran, coordinando servicios públicos,

sociales, mutuales y privados. Introduciendo el criterio de que los servicios

públicos estatales o municipales son costosos a la comunidad, y que NO son

gratuitos en lo absoluto, ya que finalmente alguien debe pagarlos y que los

presupuestos por prevenidos que sean, terminan siempre siendo insuficientes o

escasos, es que habría que considerar el pagarse por parte del usuario a fin de

reponerlos a la comunidad y que estos servicios no se agoten, siempre que tenga

medios de pago que puedan ser exigibles y estos medios suministrados por los

llamados sistemas pre-pagos de salud u otro análogo como seguros, etc., de esta

Page 28: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

manera siendo exigibles tendríamos ahorros reales que servirían al pago de la

salud del individuo que contribuyo a ellos. El estado los exigirá al ciudadano a

través de una declaración jurada y/o de otro medio de prueba. Perseguirá el cobro

de los servicios de salud efectivamente prestados de cualquier naturaleza. Las

empresas financiadoras de salud individual, sean privadas o públicas y lo hagan

por cualquier forma de seguro, como así también todo servicio de salud o campaña

pública contará con un servicio de procuración y gestión de repagos a cargo de

profesionales del derecho. Con esto no queremos limitar la salud a nadie, sino

que quienes poseen la capacidad real de pago, así lo hagan, pero siempre con la

premisa fundamental PRIMERO: CUREMOS, DESPUES: INSTRUMENTEMOS LA FORMA DE COBRAR,

cuando ya el paciente se encuentre totalmente recuperado o se haya producido su

deceso. EDUCACION: El vivir y compartir la vida, origina relaciones con los

individuos y el medio físico y social, a través de esto se adquiere

conocimientos, desarrollando capacidades, actitudes y experiencia. Este proceso

cuando se sistematiza y es planificado se denomina EDUCACIÓN. Tanto el

aprendizaje como la educación son procesos continuos y de por vida. El estado

debe garantizar una educación, básica y común, respetando la libre religiosidad

de los individuos. Se determinará el ciclo de grados obligatorios y se

establecerá que no se puede pretender puesto público en el ámbito provincial en

ninguna categoría, bajo ese nivel de instrucción. Se afianzará el sistema de

educación primaria para mayores. Por la obligatoriedad de educación de los

menores responden los padres que deberán ser conminados a presentarlos a la

escuela pública o serán denunciados. Existiendo escuelas públicas los empleados

del estado municipal, provincial o nacional, no puede dejar de presentar a sus

hijos en la escuela. Todos los sistemas de enseñanza primaria y secundaria o

cualquier otra existente, como así también su reglamentación y aplicación, será

la vigente emergentes de los organismos oficiales de educación que para cada caso

se haya estipulado. El ingreso a la universidad será libre y gratuito, sin

perjuicio de las exigencias de nivelación debidamente evaluadas. El estado

responderá por el ingreso a la escuela media y/o universitaria de los egresados

desde sus escuelas según el nivel. Deberá solucionar y arbitrar los medios por

los problemas que hubiere en la educación, para el cuidado y preparación debida

de los educandos, gestionando o suprimiendo barreras limitacionistas que afecten

a los egresados de sus escuelas. Propenderá la realización periódica de cursos de

superación y actualización docente y laboral en su ámbito, en forma directa o

indirecta auspiciando programas de este tipo, propiciados por particulares de la

educación o producción u otros a ella vinculados. Los medios de comunicación

social, deberán brindar espacios culturales, artísticos, educativos y deportivos,

como carga publica en número mínimo de horas anuales a escuelas del estado y a

otras, con motivo determinable y atendible. VIVIENDA: Se buscará la forma de

posibilitar y lograr el acceso a la vivienda única de la familia de todos los

trabajadores, haciéndose extensible a todos los integrantes de la comunidad, con

planes de urbanización. Se controlará estrictamente y se adecuaran periódicamente

las reglamentaciones a cerca de loteos privados y públicos. De la misma manera se

deberá proceder con la formulación (si no existiera) de un código de construcción

que permita ordenar urbanamente a cada municipio, permitiendo que adquieran una

fisonomía y orden regular, como toda ciudad bien organizada. Se procurará mejorar

las condiciones de vivienda a las familias radicadas en loteos irregulares,

procurando solucionar esta problemática y erradicándola definitivamente, para que

Page 29: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

en el futuro todos los terrenos y sus viviendas sean poseídos por los ciudadanos

con dignidad, dejando de lado las viviendas ranchos sin sanitarios, sin

tratamiento de aguas y elementos fecales. DE LA JUVENTUD: Se procurará insertar

al joven en los objetivos de pertenencia, para que este se identifique con la

comunidad y la cosa publica, respetándola, amándola y haciéndola respetar,

dándole una participación destacada en actos públicos a través de su escuela,

club, capilla, comedor comunitario, academia, ong, etc., o en eventos culturales,

deportivos, religiosos o de cualquier índole dentro de su jurisdicción o fuera de

ella, haciéndolos sentir útiles y otorgándoles protagonismo en su propia

historia. Siendo hoy acosados por tentaciones y despreocupaciones, los jóvenes en

su gran mayoría buscan mitigar su soledad con vicios peligrosos, salvo aquellos

muy pocos que prefieren con inteligencia encontrar albergue en la cultura, el

deporte u otra actividad recreativa o de ayuda humanitaria. De ellos podemos

decir que no debemos preocuparnos tanto, los otros son la cuestión, todos

aquellos que viendo su familia destruida, que sus padres por razones laborales no

pueden controlarlos, los que por necesidades extremas, etc., se vuelcan a lo

fácil y peligroso, las drogas, el alcohol, el juego, la prostitución, la

delincuencia. Es a esa juventud a la que debemos insertar o mejor dicho

reinsertar en la sociedad, procurándoles acciones que les permita vislumbrar un

futuro que valga la pena vivir, dejando de lado todo lo malo que hemos señalado,

que sabemos nos esta llevando a nuestros jóvenes por los caminos incorrectos. Por

lo expuesto es que debemos retrotraernos a los primeros párrafos de este tema tan

frágilmente tratado por la sociedad quizás por temor, pero se nos ocurre pensar

que con ejemplos de vida, formando lideres dentro de los campos deportivos,

culturales, etc., dándoles responsabilidades y protagonismo en la comunidad,

cuando todos los ojos los miren, sentirán sin presión que son útiles y que vale

la pena vivir en esta sociedad. El ¿Cómo?, es tarea de todos nosotros ya, con

proyectos claros y aplicables. DEL MENOR: Al igual que el tema de la juventud hay

que tratar este, que paralelamente corre estrechamente vinculado. En la

problemática del menor digamos que se constituirán hogares para recepción de

menores desamparados, en forma directa o apoyando a ong., estableciéndose

estricta fiscalización sobre establecimientos de este tipo, públicos o privados.

Se realizarán planes especiales para estudiar cada caso, incorporando esos

menores a la sociedad, haciéndolos útiles a ellos y a la comunidad que velará por

su bienestar y futuro. DEL DEPORTE: Este es un punto donde hoy todo el país está

estacionado y sin reflejos para corregir su marcha o puesta en funcionamiento,

por eso, proponemos que para paliar la inactividad, en espacios comunes de

barrios donde quede un espacio libre, se construyan playas de salud, predios de

mayores dimensiones, se dé prioridad a todas las disciplinas deportivas tanto del

tipo de práctica individual como a las colectivas. Toda expresión deportiva será

revalorizada y se garantizará la práctica y desenvolvimiento de una gran cantidad

de niños, jóvenes, ancianos, varones, mujeres y todo el que quiera comenzar o

perfeccionar algún deporte, contando con una secretaría de deportes que velará

por el desarrollo multidisciplinario dentro del territorio provincial, como así

también, enviando delegaciones a competencias fuera del ámbito que nos

corresponde. SEGURIDAD SOCIAL: Se propenderá la reestructuración del actual

sistema provisional y de seguridad social, asegurando la prestación de servicios

de salud incondicional y eficazmente y una jubilación inmediata y cierta,

garantizando la participación de trabajadores activos y pasivos en la conducción

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y funcionamiento de organismos provisionales y de seguridad social. SISTEMA

IMPOSITIVO: Suspensión de la superposición de impuestos, simplificando la

percepción. Que se trate de una contribución del ciudadano y no de una imposición

que pese como castigo; devolviendo a cambio, servicios y obras públicas para su

bienestar. Simplificar su cobro a través de bocas en los negocios barriales, de

tal manera que el contribuyente evite las colas que son motivo de abandono de

pagos en muchos casos. Que estas contribuciones exclusivamente para el ciudadano

común, sean mínimas y no asfixiantes y para el comerciante, según el régimen

impositivo existente. LUZ, GAS AGUA Y SERVICIOS SANITARIOS: Se procurará romper

toda gestión que garantice el monopolio de las prestaciones por empresas únicas,

al menos en el ámbito provincial, por cuanto de esta manera podremos contar con

la libertad de elección y excelencia en servicios. Pasaremos de ser esclavos de

una empresa al estatus de clientes preferenciales, se nos atenderá con

privilegios y no como asta ahora solo un número aportante para recibir lo que a

ellos se les ocurra creer que es lo mejor. Se procurará la optimización de los

servicios, examinando la calidad de los mismos, promoviendo dentro del ámbito

provincial que las empresas eduquen y actualicen su personal en todos los

niveles. Severamente se sancionará la calidad de los trabajos mal terminados con

fallas o de mala calidad. TURISMO: Este será uno de los pilares sobre los que

asentaremos nuestra propuesta, por considerar que la Industria sin chimeneas

dentro del ámbito provincial esta mal diseñada y carece de proyectos serios,

propicios para su explotación. Primero hay que contar con infraestructura

necesaria, caminos óptimos para llegar a los lugares a explotar y poniendo

inteligencia e imaginación, preservando totalmente la naturaleza y el medio

ambiente, empezar una campaña de promoción. Hoy toda la actividad apunta

solamente a la promoción de dos zonas vallistas (Tafí del Valle y Ráco) las

cuales se encuentran sobre saturadas y aun así no cuentan con la infraestructura

necesaria para tanta promoción. Se ha olvidado que la provincia cuenta en cada

municipio o comuna con paisajes, costumbres o monumentos históricos que la hacen

digna de promoción turística, por ello proponemos la creación de zonas de

atracción turística alternativa, en cada una de ellas incentivar a los organismos

del estado (intendencias y/o comunas) o inversores privados, con programas

estructurados y bien definidos, a la instalación de servicios básicos de atención

a los visitantes, tales como autocamping, hostel, hosterías, hoteles, etc. Según

la cantidad de visitantes estimada. Que el organismo de aplicación del estado

Ente Tucumán Turismo sirva de contralor y principal colaborador, allanando los

caminos de quienes deseen realizar inversiones o acudan solicitando apoyo para

sus iniciativas. De esta manera esta institución estatal, estará cumpliendo con

el rol fundamental por e1 cual ha sido creada. Con miras al turismo, se relevará

lugares de significación histórica procurando la creación de museos y realizar

exposiciones del tipo que fueran, como así también ferias diversas estable o

transitorias, como epocales y/o festivales. También se revalorizará todo espacio

verde buscando el diseño de plazas y parques que sirvan de atracción. Hoy la

provincia cuenta con lugares propicios para recibir a personas de escasos

recursos, para mejorar y optimizar estos se buscará la forma del desarrollo del

turismo social interno, permitiendo a quienes no tienen la posibilidad de

vacacionar fuera de la provincia, que pueda hacerlo dignamente en estos lugar

propios. CULTURA: Como este será el otro pilar sobre los que se asentaran

nuestras actividades políticas, por todos los medios a nuestro alcance buscaremos

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establecer un régimen que permita a todos los hombres y mujeres de esta

provincia que quieran desarrollar sus actividades dentro del campo artístico

cultural, que se profesionalicen libremente permitiéndoles hacer de ello un medio

de vida que sirva como sustento y actividad laboral. Se propenderá a la creación

de leyes de protección a los artistas en todos los géneros y especialidades, que

estas leyes especiales protegiendo su actividad laboral los dignifique

permitiendo que quienes vocacionalmente han elegido el arte como medio de vida,

no vean frustrado su futuro. Así también con la dignificación se les otorgue,

créditos, becas y subsidios especiales que permitan su expansión y dedicación

exclusiva, que no sea meramente un hobby. Que se los incorpore al sistema

provisional como lo que son, y no buscando una figura jurídica nueva que pueda

aplicarse en casos especiales, en una palabra que al entrar en años y tras haber

dejado una vida en su profesión, se los dignifique con una justa jubilación

acorde con lo realizado. Que al momento de tener que contratar artistas de

cualquier genero y en cualquier ocasión, quien deba hacerlo, sea un organismo del

estado o empresario privado, por ley esté obligado a contratar en un 90% a los

artistas locales, es decir que sean oriundos o que vivan dentro del territorio

provincial. MEDIOS DE COMUINICACION SOCIAL: Se buscará que aparte de su

programación comercial, sirvan a la educación y difusión de la cultura y el arte

local como una formación integral, esparcimiento sano y la libertad informativa

garantizada. Se exigirá a los organismos de control del estado en materia de

información publica, el permanente control sobre los contenidos de las letras de

canciones, en lo que respecta a las que atentan contra la moral, castigando

severamente a aquellos que haciendo caso omiso sobre las normas vigentes,

propalen este tipo de material; no se pretende con esto censurar el arte, sino

preservar el bien publico, no permitiendo que lo soez y agresivo, que daña a la

gran mayoría de la capa social, se instale en nuestro medio, permitiendo a unos

pocos cultivarse con la anticultura de lo mal llamado popular. PRODUCCIÓN

AGROPECUARIA: Se buscará llegar al productor con planes educativos, para el

mejoramiento de su producción del tipo que fuese, procurando un mejor uso de sus

recursos y bajar los costos. Se lo educará en mercadeo y/o ventas, mostrándole

como puede operar personalmente o reunido a otros, sobre las mejores formas de

vender lo que producen. Así también se buscará guiarlo a optimizar sus productos

y presentaciones, para acercarlo a mercados nacionales e internacionales. PEQUEÑA

Y MEDIANA EMPRESA: Promover su desarrollo, acercando información de interés sobre

todo plan nacional, provincial, privado y/o de ong. al respecto. Asesorar y

gestionar con personal técnico especializado, sobre la presentación a

instituciones bancarias que posibiliten el crédito. Llevar un ordenamiento o

registro del tipo, producto o servicio de todas las PYMES del ámbito provincial,

para mantener un contacto fluido con ellas, donde además se estudiará y se les

facilitará con gestión oficial el acceso a mercados provinciales, nacionales, del

MERCOSUR e internacionales en general. VIGENCIA PLENA DE LOS DERECHOS Y

GARANTIAS: Se ejercerán plenos los Derechos y Garantías, con oficinas de Derechos

Humanos y maltrato de personas, sea cual fuere su origen, no permitiendo que

autoridad alguna, civil, policial o militar se extralimite, pidiendo el máximo

control judicial de los actos y a través de programas de educaron, divulgación,

conferencias u otros, se enseñara a defender la plena vigencia del ámbito

democrático, representativo, republicano, federal y pluralista. DERECHOS DE LA

MUJER: Se procurará desarrollar una oficina de asistencia, a la mujer con

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dificultades, a la mujer golpeada, a la madre soltera para que no arruine su vida

y salud matando al niño en el ultimo mes del embarazo, garantizándole su dignidad

por sobre todas las cosas y la posibilidad de una adopción con las garantías de

la Ley y bajo una estricta supervisión. Se desarrollarán planes materno

infantiles, donde el desamparo tanto de madres como de criaturas, no engrasen las

estadísticas alarmantes y se instrumentaran planes de nutrición con alimentación

a las madres como a los niños, realizándose un control ajustado, para evitar

casos aislados de desnutrición o de mala alimentación en toda la etapa de

crecimiento desde el feto hasta los 8 (ocho) años. PARLAMENTARIOS: Partiendo de

la premisa que el cargo de parlamentario le pertenece al pueblo que lo ha votado

eligiéndolo su representante, que este cargo no lo inviste de inmunidades

especiales ni lo aleja de promesas formuladas durante el periodo electoral, como

así tampoco lo declara omnipotente ni omnipresente, siendo dichos calificativos

solamente aplicable a Dios, fijamos con estas bases algunos ínfimos conceptos

morales que deberá observar, quien ostente la dicha de ser representante del

pueblo. Será obligatoriedad del parlamentario en cualquiera de sus formas, el

presentar proyectos y/o ante proyectos que sirvan de beneficio y orden para la

comunidad, por lo menos uno por año mientras dure su mandato. Así también queda

obligado a efectuar informes periódicos sobre sus actividades de rutina, que

permitan un seguimiento de su desempeño. Se instrumentará la forma de que por mal

desempeño de sus funciones o por falta grave, se les revoque el mandato. Entre

otras obligaciones deberá atender al publico que reclame audiencia a puertas

abiertas en su despacho, tratando cada tema de la problemática planteada con el

interés que este requiera y entregándolo a manos de especialistas que lo seguirán

hasta resolver cada problema. Deberá acompañar al ejecutivo en el accionar como

así también controlarlo y exigirle por los carriles correspondientes, que informe

a la comunidad sobre su accionar, obras y servicios desarrollados y/o a

desarrollar. DE ESTAS BASES: Consideramos que en la elaboración de estas bases de

acción política, hemos puesto de manifiesto nuestro interés cívico y la mejor

voluntad filosófica, logrando que sea de fácil interpretación y síntesis muy

breve del verdadero pensamiento; que sirva de aplicación para el engrandecimiento

de los hombre y de las instituciones democráticas del país. Por lo expresado,

concluimos con este trabajo, poniéndolo a consideración de quien o quienes deseen

leerlo, aplicarlo, sancionarlo o simplemente usarlo de guía para futuras bases de

otras instituciones; hoy se lo entregamos y nos sirve de guía para la formación

de nuestro Partido: Acción Democrática

CARTA ORGANICA

CAPITULO I DE LA CONSTITUCIÓN

Art. 1° - Constituyen el PARTIDO ACCION DEMOCRATICA todas las personas de buen

voluntad que habitan en el territorio geográfico de Tucumán denominado con el

nombre de : Ciudad de Las Talitas, zonas urbanas y suburbanas, que cumpliendo con

la legislación vigente, se ajusta al dictado de la misma y obligándose a respetar

y acatar la Constitución Nacional, Provincial, Ley Orgánica de Municipalidades y

Leyes que se dicten en consecuencia, de acuerdo a las prescripciones de la

presente CARTA ORGANICA. Art. 2° - Todas las personas que quieran participar de

este partido hacen suyas la Declaración de Principios, Bases de la Acción

Política y Carta Orgánica del mismo, así como los reglamentos que en su

consecuencia se dicten. Art. 3° - El PARTIDO ACCIÓN DEMOCRÁTICA constituye

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domicilio a los efectos legales en Calle 5 Nro. 147 CP 4101 Villa Mariano

Moreno Las Talitas Dpto. Tafí Viejo Tucumán, siendo atribución de sus órganos

ejecutivos determinar el cambio del mismo y asiento real.

CAPITULO II GOBIERNO ADMINISTRACIÓN FISCALIZACIÓN CONTROL Y DISIPLINA

Art. 4° - Son organismos del PARTIDO ACCIÓN DEMOCRÁTICA: a) Los Congresos

Ordinarios y Extraordinarios de afiliados; b) La Junta Ejecutiva; c) La

Comisión Fiscalizadora;: d) el Tribunal de Disciplina. Ellos ejercerán sus

funciones conforme a lo determinado en la presente CARTA ORGANICA. CONGRESOS:

Art. 5° - El Congreso es el órgano de jerarquía superior y autoridad suprema del

PARTIDO ACCIÓN DEMOCRÁTICA y ejercerá sus atribuciones según las normas de la

presente Carta Orgánica y de más normas legales vigentes. Art. 6° - La

convocatoria se efectuará a través de la Junta Ejecutiva, indicando lugar, fecha

y hora de su celebración y el correspondiente orden del día. Con el voto

favorable de los dos tercios de sus miembros debidamente acreditados, se podrán

incorporar nuevos puntos en el temario o alternarse el propuesto. Las comisiones

propuestas en la convocatoria, así como las que designe el congreso, se

compondrán de tres miembros como mínimo y un miembro de la Junta Ejecutiva. En

todo lo referente a los Congresos en el aspecto de procedimiento, se aplicará en

lo que fuere pertinente, las disposiciones respectivas de la Carta Orgánica y

subsidiariamente el Reglamento de la Cámara de Legisladores de la Provincia de

Tucumán. Art. 7° - La Junta Ejecutiva designará por simple mayoría la Comisión de

Poderes que se reunirá 24 (veinticuatro) horas antes del Congreso y durará hasta

el término de las sesiones. Esta comisión estará compuesta de 3 (tres) miembros

titulares y 2 (dos) suplentes; uno de los miembros deberá pertenecer a la Junta

Ejecutiva. Las decisiones se tomarán por el voto coincidente de dos de sus

miembros. De todo lo actuado confeccionará actas y elevará un informe por escrito

a la Mesa Directiva del Congreso. Art. 8° - Los delegados a los congresos deberán

presentar hasta una hora antes de la iniciación de las sesiones, ante la Comisión

de Poderes, la documentación que acredite sus respectivos mandatos. Art. 9° - Con

los delegados cuyas credenciales no hubiesen sido objetadas por la Comisión de

Poderes, se constituirá automáticamente el Congreso en el día y hora establecidos

en la convocatoria. El acto será presidido provisionalmente por el Secretario

General de la Junta Ejecutiva, asistido por dos secretarios que él mismo

designará de entre los congresales procediéndose a elegir por votación por signos

de Mesa Directiva, compuesta por un presidente (que podrá ser delgado o no), dos

vicepresidentes y dos secretarios (que deberán serlo). Constituida la Mesa

Directiva, el Congreso se pronunciará en primer término, sobre las credenciales

observadas por la Comisión de Poderes. Art. 10° - Participarán en el Congreso,

los afiliados de los distintos centros, con más de seis meses de antigüedad,

siempre que hubieren cumplido con las exigencias de esta Carta Orgánica y las

disposiciones en vigencia. Cada centro podrá designar un delegado titular y un

suplente por cada 100 (cien) afiliados o fracción no menor de 50 (cincuenta).

Siempre podrá nombrar un delegado cualquiera sea el número de miembros. Art. 11

El mandato de los delegados sólo es válido para ser ejercido en el ceno del

congreso para el cual fueron electos, caducando automáticamente en el momento en

que concluya el mismo. Art. 12° - Los delegados titulares y suplentes serán

elegidos por los afiliados de los centros, reunidos en Asamblea Extraordinaria

convocada a tal fin, mediante voto secreto y directo. Los delegados serán

designados en forma proporcional al número de votos obtenidos por cada lista

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participante. La Comisión Administrativa del centro, en la convocatoria,

determinará el sistema proporcional a aplicar. Art. 13° - Los delegados titulares

y suplentes deberán tener como mínimo un año de antigüedad partidaria, sin otra

exigencia, en el centro que los designe; pero si el centro tiene más de seis (6)

meses y menos de un (1) año de antigüedad, será suficiente la antigüedad de seis

(6) meses del delegado. No pueden ser elegidos delegados indirectos. Art. 14° -

Los congresos actuarán conforme a las siguientes normas: a)- para formar quórum,

será necesaria la presencia de la mitad más uno de los delegados que ya se vayan

incorporando al congreso o con los miembros presentes una hora después de la

convocatoria; b)- sin perjuicio de los dispuesto en el artículo siguiente, las

proposiciones serán presentadas a la presidencia por escrito y firmadas, la que

las girará a las comisiones respectivas; c)- Ninguna proposición será

considerada por el congreso sin el despacho de la comisión respectiva, salvo que

se resuelva tratarla sobre tablas por dos tercios de votos de los delegados

presentes; d)- Las mociones de orden, sobre tablas y de reconsideración se

presentarán de viva voz, se discutirán brevemente y se votarán si fueren apoyadas

por tres (3) o mas delegados; e)- Son mociones de orden: 1- que se levante la

sesión, 2- que se pase a cuarto intermedio, 3- que se declare libre el debate, 4-

que se cierre el debate, 5- que se pase al orden del día, 6- que se postergue la

consideración de un asunto o que se vuelva a comisión, 7- que se cierre el debate

con lista de oradores. Las mociones de orden interrumpen el debate y deben ser

consideradas y resueltas antes de continuarlo; f)- Es moción sobre tablas las que

tienen por objeto considerar un asunto con o sin despacho de comisión en el

momento en que disponga el Congreso; g)- es moción de reconsideración, para ser

aprobada deberá ser votada afirmativamente por dos tercios de los delegados

presentes. Art. 15° - La Junta Ejecutiva convocará a los Congresos ordinarios con

no menos de 40 (cuarenta) días de anticipación y a los extraordinarios dentro de

un plazo no mayor de 20 (veinte) días. Por lo menos 30 (treinta) días antes de la

realización de los Congresos Ordinarios, los centros podrán formular

proposiciones sobre las cuestiones que estimen pertinentes. La Junta Ejecutiva

podrá enviar proposiciones a los congresos. Art. 16° - Los miembros de la Junta

Ejecutiva, Legisladores, Concejales, Director o Directores del periódico del

partido (en caso de existir), tendrán voz pero no voto en los congresos. Art. 17°

- Queda terminantemente prohibido atacar o discutir supuestas intenciones

atribuidas a proposiciones o despachos. Art. 18° - Cada delegado tendrá un voto,

cualquiera sea el número de afiliados del Centro que representa. Todas las

resoluciones serán adoptadas por simple mayoría, salvo las que tengan previsto un

régimen especial.

CONGRESOS ORDINARIOS

Art. 19° - El Congreso Ordinario de Centros se reunirán por lo menos una vez al

año, para tratar los informes de la Junta Ejecutiva, representantes municipales y

de gobierno, Comisión Fiscalizadora y Tribunales de Disciplina. Fijará la línea

política y programática del partido en su territorio de acción en un todo de

acuerdo con lo resuelto por los Congresos.

CONGRESOS EXTRAORDINARIOS

Art. 20° - El Congreso Extraordinario de Centros se reunirán por convocatoria de

la Junta Ejecutiva o a petición del 20% (veinte por ciento) como mínimo, de los

Centros reconocidos, con no menos de 6 (seis) meses de antigüedad o a petición

del 10% (diez por ciento) de los afiliados del partido. Será privativo de los

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Congresos Extraordinarios de Centros, considerar todos los asuntos cuya

naturaleza, importancia y/o urgencia impidan su tratamiento en el Congreso

Ordinario, así como las cuestiones especiales previstas en la presente Carta

Orgánica. Art. 21° - Asimismo corresponde resolver a los Congresos

Extraordinarios de Centros, por dos tercios de votos de los miembros presentes,

por votación nominal: a)- concurrencia o abstención a elecciones en el orden que

fueran convocadas, como también la alianza, acople o frente electoral con otro/s

partido/s; b)- las alianzas, pactos o listas mixtas y toda otra forma de acuerdo

o apoyo a candidatos no afiliados en el orden que fuera o la abstención a

comicios. Art. 22° - Realizado el Congreso Ordinario o Extraordinario de Centros,

es obligación de los organismos, centros y afiliados, respetar y hacer cumplir

sus resoluciones, bajo pena de medida disciplinaria.

JUNTA EJECUTIVA

Art. 23° - La Junta Ejecutiva del Partido ACCIÓN DEMOCRÁTICA se compondrá de

8(ocho) miembros, que deberán tener una antigüedad mayor de un año como afiliado

al partido y que serán elegidos por el voto secreto y directo de los afiliados y

durarán 3 (tres) años en sus funciones. Asimismo, se elegirá a igual número de

suplentes, los que se incorporarán a la Junta en los siguientes casos: a)-

fallecimiento del titular; b)- ausencia del titular por más de 30 (treinta) días;

c)- renuncia o expulsión del titular; d)- impedimento del titular. Art. 24° - En

su primera reunión, la Junta Ejecutiva procederá a designar por simple pluralidad

de votos de sus componentes, los siguientes cargos: 1)- PRESIDENTE Representará

al partido ante las autoridades nacionales, provinciales, municipales, y

legislativas, partidos políticos, instituciones publicas o privadas; supervisará

y coordinará las tareas de todos los secretarios. 2)- VICEPRESIDENTE Reemplazará

al Presidente transitoriamente ante casos eventuales con sus mismas facultades.

Designándose también a los siguientes secretarios. 3)- SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN

E INTERIOR, Atenderá todo lo relacionado con las campañas de afiliación y el

fichero de afiliados. Intervendrá en toda actividad dispuesta por otros

secretarios, procurando a tal fin proveer la mejor utilización de los recursos

del partido; atenderá también los asuntos del interior del distrito o radio de

acción partidario y sobre la constitución y normal funcionamiento de los centros.

4)- SECRETARIO DE ACTAS Redactará las actas en las reuniones de la Junta

Ejecutiva, firmándolas con el Presidente y mantendrá la información partidaria

interna. Estará a su cargo llevar debidamente el libro de actas y resoluciones en

hojas fijas. 5)- SECRETARIO GREMIAL Coordinará la acción sindical de los

afiliados y la difusión entre los trabajadores, del pensamiento y programa

partidario. 6)- SECRETARIO DE PRENSA Y PROPAGANDA atenderá lo relacionado con la

difusión de los principios y programas del partido en los medios de comunicación

social, propaganda permanente y las campañas especiales y/o electorales. 7)-

SECRETARIO DE FINANZAS PERCIBIRÁ LOS INGRESOS Y EFECTUARÁ LOS PAGOS. Realizará

las operaciones financieras que acuerde la junta. Llevará al día el estado

financiero del Partido en el distrito y la contabilidad de todo ingreso de fondos

o especies, con indicación de la fecha de los mismos y de los nombres y

domicilios de las personas que los hubieren ingresado y/o recibido. Deberá llevar

un libro de Inventario y un libro de Caja, conservando la documentación

complementaria correspondiente por el término de 3 (tres) años. Elevará cada 3

(tres) meses un estado de cuentas a la Junta Ejecutiva, la que también podrá

exigirlo en cualquier momento. Tendrá a disposición de la Comisión Fiscalizadora

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toda la contabilidad y comprobantes, como así también el balance que deberá

confeccionar al finalizar cada ejercicio anual. 8)- SECRETARIO DE CULTURA Y

ASUNTOS TECNICOS programará la actividad cultural del partido, auspiciando y

coordinando conferencias de tipo informativo y atenientes a la realidad

provincial, nacional, municipal e internacional y todo lo concerniente a

capacitación de los cuadros partidarios en la problemática universal. Combinará

la información técnica y creará comisiones de estudio para la preparación de los

programas y el análisis de los problemas existentes. Art. 25 El quórum de la

Junta Ejecutiva se constituirá con la mitad más unote sus miembros. Las reuniones

serán mensuales como mínimo y de carácter público, salvo que la mitad mas uno de

sus miembros resuelvan declararla reservada. Podrá ser convocada de urgencia por

resolución del Presidente o a petición de 3 (tres) secretarios en cualquier

momento. Art. 26° - Cada Secretario tendrá un voto. Las resoluciones se tomarán

por simple mayoría de votos y el Presidente tendrá doble voto en caso de empate.

Art. 27° - En los casos previstos en el Artículo 23 in fine se observará las

siguientes reglas: a)- el Vicepresidente reemplazará al Presidente. b)- El

Secretario de Organización e Interior reemplazará al Vicepresidente. c)- El

Secretario de Actas, reemplazará al Secretario de Organización e Interior y al

Vicepresidente en ese orden. d)- los miembros suplentes de la Junta Ejecutiva se

incorporarán por el orden de lista. El suplente se incorporará a la Secretaría

que ejercía el ausente, salvo que se trate del presidente, el vicepresidente y

del secretario de organización e interior. En caso de que la ausencia de esos

Secretarios sea permanente, el o los suplentes se incorporarán a la Junta,

oportunidad en que se deberán distribuir las Secretarías de conformidad con lo

dispuesto por el Art. 24 de la presente Carta Orgánica. Art. 28 Son atribuciones

de la Junta Ejecutiva: a)- representar al partido en todo el territorio

municipal, provincial y nacional a los efectos políticos, civiles y

patrimoniales; b)- coordinar y fiscalizar las actividades de los centros y grupos

parlamentarios; c)- proponer el ingreso de nuevos centros al partido o proponer

la aprobación de sus disolución; d)- interpretar las disposiciones de la presente

Carta Orgánica y reglamentarla total o parcialmente; e)- nombrar mandatarios o

apoderados; f)- ejercer todos los derechos de carácter público o privado

tendientes al mejor cumplimiento de sus tareas; g)- cumplir y hacer cumplir la

Declaración de Principios, esta Carta Orgánica, el Programa y las decisiones

adoptadas y velar por el sostenimiento del régimen democrático, representativo,

republicano y federal y por el de los principios y los fines de la Constitución

Nacional y provincial, así como el respeto por los Derechos Humanos; h)- ejercer

toda tarea o función no enumerada anteriormente en este articulo que esté

implícitamente contenida dentro de la presente Carta Orgánica; i)- elevar los

antecedentes relativos a in conducta partidaria al Tribunal de Disciplina. Art.

29° - No podrán ser miembros de la Junta Ejecutiva, los empleados a sueldos de la

misma.

COMISIÓN FISCALIZADORA

Art. 30° - Juntamente con la elección de miembros de la Junta Ejecutiva y por

igual periodo se elegirán 3 (tres) miembros titulares y 3(tres) suplentes, que

deberán tener una antigüedad mayor de un año como afiliado del partido, que

integrarán la Comisión Fiscalizadora. Art. 31° - La Comisión Fiscalizadora tendrá

a su cargo el control patrimonial del partido e informará al Congreso respecto

del balance presentado. A tal efecto tendrá acceso a los libros partidarios y

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demás información contable, como así mismo a los que lleven los centros. La

comisión deberá hacer observar fielmente todas las disposiciones que sobre

control patrimonial establecen las normas vigentes. Certificará el estado anual

del patrimonio y la cuenta de ingresos y egresos del ejercicio, en su carácter de

órgano de control, así como la documentación contable que debe presentarse a la

autoridad de aplicación.

TRIBUNAL DE DISCIPLINA

Art. 32° - El Tribunal de Disciplina se compone de 3 (tres) miembros titulares y

3 (tres) suplentes, los que deberán tener una antigüedad mayor de un año como

afiliado del partido y serán elegidos como a los miembros de la Junta Ejecutiva,

por igual termino de mandato, pudiendo ser reelectos. A los fines de garantizar

que los integrantes del Tribunal de Disciplina gocen de garantías que aseguren la

independencia de su cometido, los miembros serán inamovibles, salvo caso de mala

conducta y no podrán ocupar cargos en ningún otro cuerpo orgánico del partido, ni

ser delegados a los Congresos, ni ser candidatos a elecciones. Art. 33° - El

Tribunal de Disciplina, designará en su seno un presidente y un secretario de

actas. Sus resoluciones serán siempre fundadas y requerirán dos (2) votos

coincidentes. De no conseguirse este número después de tres votaciones, el

tribunal se ampliará con los suplentes y resolverá a pluralidad de sufragios. En

caso de empate el presidente tendrá doble voto. Art. 34° - Si el Tribunal de

Disciplina no se reúne durante mas de dos meses sin causa justificadas y teniendo

asuntos a dictaminar, la Junta Ejecutiva lo intimará para que realice su tarea

dentro del termino improrrogable de 60 (sesenta) días, bajo apercibimiento de

declarar su caducidad total por mal desempeño de sus funciones, llamando a

elecciones para completar el periodo, dando cuenta de su proceder al primer

congreso ordinario que se efectúe. Art. 35° - Todos los afiliados tienen el

derecho y la obligación de velar por la buena organización y administración del

partido. Deben estricto acatamiento a la Declaración de Principios, a la Carta

Orgánica y Reglamentos que se dicten en consecuencia, a las resoluciones de los

Congreso y de los Órganos partidarios, al programa, a la plataforma electoral y a

los fallos del Tribunal de Disciplina. Art. 36° - Los afiliados responsables de

in conducta partidaria serán pasibles de acuerdo a la importancia y gravedad de

la falta cometida y personalidad del infractor, de las siguientes sanciones

disciplinarias: amonestaciones, suspensión de hasta un año, separación del cargo

partidario que ocupe y expulsión del partido. La sanción de suspensión lleva

implícita la suspensión en el cargo partidario que desempeña y de los derechos de

afiliado, hasta el cumplimiento efectivo y completo de la sanción. Art. 37° - Son

atribuciones y deberes del Tribunal de Disciplina: 1) investigar y decidir las

cuestiones que lleguen a su conocimiento, de oficio por denuncia de cualquier

afiliado del distrito, con derecho a voto o según lo dispuesto por los Art. 28°

Inc.) y Art. 52° de la presente, e imponer la sanción que corresponda. 2) llevar

acta de sus reuniones consignando los votos de sus miembros y conservar en orden

la documentación; las actas serán suscriptas por el Secretario y el Presidente,

después de leídas y aprobadas por el tribunal. 3) respetar y hacer respetar el

derecho de defensa, asegurando el debido proceso. 4) informar de su gestión al

congreso ordinario de centros. Art. 38° - El Tribunal de Disciplina dictará su

reglamento interno, el que será aprobado previamente por el Congreso Ordinario.

Art. 39° - Todas las resoluciones que adopte el tribunal de disciplina, podrán

ser apeladas ante el mismo tribunal, en las formas y plazos establecidos por el

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régimen interno.

CAPITULO III DE LOS CENTROS

Art. 40° - Los Centros partidarios se conformarán con un mínimo de 10 (diez)

afiliados y a cada uno de ellos la Junta Ejecutiva, les asignará un ámbito

territorial de actuación. Art. 41° - Los Centros para funcionar como tales,

deberán ser reconocidos por la Junta Ejecutiva del partido. A tal efecto deberán

elevar a la misma, la solicitud acompañando copia del acta constitutiva y nomina

de autoridades del Centro. La Junta Ejecutiva propondrá el reconocimiento al

Congreso ordinario y extraordinario, el más cercano a la fecha de presentación.

Art. 42° - Los Centros tienen a su cargo la actividad partidaria, dentro del

territorio de su actuación, de acuerdo con la Declaración de Principios, el

programa y directivas que impartan los organismos del partido. Art. 43° - Los

Centros se administraran mediante una Comisión Administrativa, constituida por un

mínimo de 5 (cinco) miembros y un máximo de 7 (siete), de los cuales uno

revestirá el cargo de Secretario General, otro de Secretario de Actas y un

tercero de Tesorero, siendo los restantes sus vocales. Art. 44° - Las Comisiones

Administrativas de los Centros se reunirán, por lo menos cada 30 (treinta) días y

tratarán sobre tablas todos los asuntos que fueran sometidos a su consideración

por los integrantes o los afiliados del Centro, adoptándose todas las

resoluciones por simple mayoría de votos de los presentes; en caso de empate el

Secretario General tendrá doble voto. Para sesionar se constituirá el quórum con

la mitad mas uno de los miembros. Art. 45° - Los miembros de la comisión

administrativa del centro, durará un año en sus funciones y para poder

integrarlas se requiere una antigüedad como afiliado, mayor de 6 (seis) meses.

Serán electos por el voto directo y secreto de los afiliados del centro, en actos

eleccionarios que la comisión administrativa saliente o la Junta Ejecutiva en su

defecto convocará a tal fin. Art. 46° - Todos los afiliados con mas de tres meses

de antigüedad en el partido, tienen derecho a elegir miembros de la Comisión

Administrativa de los Centros. Art. 47° - Con la anticipación no menor de treinta

días a la fecha del vencimiento del mandato, la Comisión Administrativa Saliente

convocará a asamblea general ordinaria de afiliados del centro a los efectos de

proceder a la renovación de autoridades. En el seno de dicha asamblea se

postularán los candidatos, se integrarán las distintas listas y se procederá a la

votación. La comisión administrativa, se integrará en forma proporcional al

número de votos obtenidos por cada lista participante. La comisión administrativa

saliente, en su convocatoria, o la junta ejecutiva en su defecto establecerá el

sistema proporcional a aplicar. Art. 48° - Las Asambleas de los Centros serán

Ordinarias y Extraordinarias. Las Extraordinarias serán convocadas con no menos

de 48horas de anticipación. Art. 49° - Las Asambleas Ordinarias se celebrarán

anualmente y se tratará obligadamente el informe de la comisión administrativa

saliente, el balance y los de mas temas que incluya la misma en el Orden del

Día, el que deberá remitirse a los afiliados juntamente con la convocatoria. Art.

50° - Las Asambleas Extraordinarias, serán convocadas por la comisión

administrativa cuando asunto de urgencia lo requerían y para tratar los asuntos

del orden del día confeccionado al efecto. Se convocarán asimismo a petición del

10 % de los afiliados del centro para considerar los asuntos que ellos

solicitaren. Art. 51° - Las Asambleas del Centro sesionarán conforme a las normas

establecidas en la presente Carta Orgánica para los Congresos partidarios. Art.

52° - La Comisión Administrativa del Centro podrá elevar los antecedentes

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relativos a las faltas disciplinarias de los afiliados ante el tribunal de

disciplina, salvo los miembros de la Junta Ejecutiva provincial.

CAPITULO IV DE LOS AFILIADOS

Art. 53° - Pueden ser afiliados del PARTIDO ACCIÓN DEMOCRÁTICA todos los

ciudadanos argentinos, naturalizados o por opción que hayan cumplido los 18años

de edad y que tengan su domicilio dentro del distrito. Art. 54 El ciudadano que

desee afiliarse al partido deberá presentar, su ficha de solicitud de afiliación

por triplicado ante el centro respectivo o al mas próximo a su domicilio o ante

la Junta Ejecutiva o ante la justicia de aplicación o por intermedio de la

oficina de correos de la localidad del domicilio. El centro que corresponda

considerará la misma en la primera reunión de su comisión administrativa y la

Junta en su primera reunión ordinaria, dispondrá su aprobación o rechazo. Art.

55° - Si estos organismos no se expidieran en el término de 90 días de la

presentación de la solicitud de afiliación, la misma se tendrá por aceptada. Si

mediare rechazo expreso, el solicitante podrá recurrir ante la primera asamblea

ordinaria del centro respectivo, la que se expedirá al respecto y remitirá los

antecedes a la junta ejecutiva para su resolución. El congreso ordinario será el

organismo que decidirá en definitiva cualquier impugnación. El registro de

afiliados estará permanentemente abierto. Art. 56° - No pueden ser afiliados: a)

los excluidos del registro nacional de electores como consecuencia de

disposiciones legales vigentes; b) el personal superior y sub alterno de las

fuerzas armadas de la nación en actividad o en situación de retiro cuando hayan

sido llamados a prestar servicios; c) el personal superior y sub alterno de las

fuerzas de seguridad de la nación y de la provincia en actividad o jubilados

llamados a prestar servicios; d) los magistrados y funcionarios del Poder

Judicial Nacional y Provincial. Art. 57° - Todos los afiliados están obligados a

respetar la Declaración de Principios del partido, su programa, resoluciones de

sus cuerpos orgánicos y las disposiciones que en su consecuencia se adopten, así

como la presente Carta Orgánica y guardar respeto a sus compañeros y directivos.

Art. 58° - Los afiliados cesan en su carácter de tales en virtud de:

fallecimiento, renuncia o medidas disciplinarias expulsivas o según los previsto

por los Art. 30° inc. 2° de la Ley 22.627 Carta Orgánica de los Partidos

Políticos. Art. 59° - La renuncia deberá hacerse llegar por escrito y firmada a

la comisión administrativa de su centro o a la Junta Ejecutiva. Las renuncias o

fallecimientos serán comunicados de inmediato por el centro a la Junta Ejecutiva,

esta deberá comunicar al juez de aplicación la extinción de afiliación por

cualquier causa, dentro de los 30días de haberse conocido.

CAPITULO V DEL REGIMEN ELECTORAL

Art. 60° - Las elecciones de la Junta Ejecutiva, de la Comisión Fiscalizadora y

del Tribunal de Disciplina y para candidatos a cargos públicos electivos se

ajustarán a las prescripciones del presente capitulo. Art. 61° - 90 (noventa)

días antes de finalizado su mandato o 90 (noventa) días antes de la fecha fijada

para la oficialización de las listas a cargos públicos electivos, la Junta

convocará a los centros adheridos para que elijan a los integrantes de la nueva

junta, comisión fiscalizadora, tribunal de disciplina y candidatos a cargos

públicos electivos en su caso. Fijará la fecha de los comicios con no menos de 45

(cuarenta y cinco) días de anticipación, los que se realizarán simultáneamente en

todo el distrito. Las elecciones se llevarán a cabo en los lugares y durante el

horario que al efecto fije la junta ejecutiva en la convocatoria. Art. 62° - Con

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la convocatoria, la Junta Ejecutiva designará una junta electoral de 5 (cinco)

miembros) titulares y 3 (tres) suplentes los que deberán tener como mínimo una

antigüedad no menor de un año como afiliado al partido y no pertenecer a la Junta

Ejecutiva, a la Comisión Fiscalizadora, al Tribunal de Disciplina, ni ser

Legislador, Concejal ni funcionario público nacional, provincial o municipal.

Art. 63° - La Junta Electoral tendrá a su cargo todo lo correspondiente al

proceso electoral y se integrará además por un representante de las listas que

intervengan en el comicio. En su primera reunión, la junta electoral designará un

secretario general y un secretario de actas, fijará los días y horas de atención

a los representantes de las listas. Sus deliberaciones quedarán con constancia en

acta firmada por los comparecientes. Todas sus decisiones serán adoptadas por los

dos tercios de los votos de los miembros presentes. Art.64° - Las resoluciones

serán numeradas quedando notificaciones para todos los representantes de listas y

afiliados en el mismo local de actuación de la junta electoral. Art. 65° -

Durante su primera reunión la junta electoral resolverá sobre el término de

presentación de listas que no podrá ser menor de 10 (diez) días antes de la fecha

del comicio. Las listas deberán ser refrendadas por el uno por ciento como mínimo

de los afiliados empadronados. Esta resolución será dada a difusión en forma

inmediata. Los centros serán notificados directamente. Toda otra resolución que

adopte la junta electoral respecto al reclamo de listas o afiliados será dada a

conocer mediante la exposición en los transparentes en la sede central del

partido, habilitado especialmente a esos fines. Art. 66° - El comicio se

realizará mediante el voto secreto y directo en los lugares y horarios que fije

la convocatoria, pudiendo votar todos los afiliados con antigüedad no menor de

tres meses a la fecha de la convocatoria. Art. 67° - La Junta Ejecutiva

conjuntamente con la convocatoria a elecciones procederá a dar a publicidad de

los padrones de afiliados. El periodo para las impugnaciones vence 10 días

después de darse a conocer los padrones, siendo posteriormente inadmisible todo

reclamo al respecto. Las impugnaciones serán resueltas por la junta electoral.

Art. 68° - Las lista a candidatos se identificarán por orden numérico de acuerdo

a su fecha de presentación y serán firmadas por todos los candidatos, con

expresión de su documento de identidad, domicilio y centro al que pertenecen.

Art. 69° - Dentro de los 10 días posteriores a la presentación de las listas,

podrán producirse tachas de los candidatos, que deberán fundarse en el

incumplimiento de los deberes de afiliados. La junta electoral debe resolver

dentro de las 48horas siguientes de hacerse lugar a las mismas, se concederá a la

lista un plazo de 48horas para suplir al candidato observado. Las listas bajo

penas de nulidad de la presentación deberán ofrecer candidatos para cubrir la

totalidad de los cargos titulares y suplentes. Art. 70° - La Junta Electoral

designará autoridades de los distintos comicios pudiendo recaer el cargo en

miembros de la comisión administrativa de los centros. Art. 71° - Los afiliados

depositarán su voto personalmente en urnas lacradas y selladas, en sobres

debidamente autorizados por el presidente de la mesa y el o los fiscales que

deseen hacerlo. El votante acreditará su identidad con documento hábil y debe

encontrarse empadronado. Art. 72° - Las listas podrán controlar los comicios

mediante fiscales designados por los delegados incorporados a la junta electoral

y acreditados ante la misma. Art. 73° - Las urnas con todos los votos emitidos y

el acta, se remitirán inmediatamente a la Junta Electoral que practicará el

escrutinio definitivo y resolverá sobre las impugnaciones, votos nulos y todo lo

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concerniente al escrutinio, siendo su dictamen definitivo. La junta electoral

proclamará los resultados obtenidos por cada lista, practicándose acta detallada.

Los candidatos electos serán puestos en posesión de sus cargos por los salientes

el día que cumplan con su mandato o en su defecto por la junta electoral. Esta

comunicará el resultado al juez electoral y realizará las publicaciones de ley.

Art. 74° - Los puestos de la junta ejecutiva se adjudicarán en forma proporcional

a los votos obtenidos por cada una de las listas participantes. Cada lista

accederá a tantos cargos como veces el coeficiente (resultante de dividir el

número de votos, validamente emitidos por el número de cargos a cubrir) este

contenido en el número de votos por ella obtenido. En su primera reunión la junta

electoral decidirá la forma y readjudicación de los restos que pudieran existir.

Art. 75° - Los puestos de la comisión fiscalizadora y el tribunal de disciplina

serán adjudicados en la forma prevista en el articulo anterior. Los suplentes

reemplazarán a los titulares según la lista y el orden de su elección en los

casos previstos en el Art. 23°. Art. 76° - En lo referente a la elección para

cargos públicos electivos, regirá el principio de presentación proporcional, con

excepción de los candidatos a gobernador y/o intendente municipal, que serán

ocupados por el candidato que obtenga mayor cantidad de votos. La junta ejecutiva

determinará en la convocatoria el sistema de representación proporcional que se

aplicará asegurando una debida representación de las minorías. Art. 77° - Las

elecciones internas para las designaciones de las autoridades de distrito serán

consideradas validas cuando votasen un porcentaje de afiliados superiores al 10%

del mínimo de afiliados requeridos para la obtención de la personería jurídico

política en este distrito; de no alcanzarse tal porcentaje, se deberá efectuar

una segunda elección, a cargo de la misma junta electoral dentro de los 45 días,

que a los efectos de ser tenida por valida deberá reunir los mismos requisitos

que la anterior. A los fines de mejor desenvolvimiento de la 2da. Elección, la

junta electoral podrá requerir la colaboración de los centros y la junta

ejecutiva.

CAPITULO VI DEL PATRIMONIO REGIMEN DE LOS BIENES

Art. 78° - El patrimonio del partido se formará con: a) la contribución mensual

de los centros que será fijada por períodos determinados por la Junta Ejecutiva,

sobre la base de una cuota por afiliado. Las comisiones administrativas de los

centros determinarán en que casos se exceptuará a los afiliados de la obligación

de contribuir; b) por el 30% (treinta por ciento) de las remuneraciones por todo

concepto del que ocupare cargos tales como Gobernador, Intendente Municipal,

Legisladores, Concejales y de todo afiliado que ocupe cargos electivos en el

gobierno o desempeñen funciones jerárquicas en los mismos; c) por las

contribuciones y donaciones no prohibidas por leyes vigentes; d) cualquier otro

ingreso licito. Art. 79° - Los bienes inmuebles se inscribirán a nombre del

partido. Los fondos del partido deberán depositarse en bancos provinciales o

municipales a nombre del partido y a la orden conjunta de dos e indistinta de

cuatro de los siguientes miembros de la junta ejecutiva: Presidente,

Vicepresidente, Secretario de Organización e Interior y Secretario de Finanzas.

Art. 80° - Para efectuar la venta, hipoteca o constitución de gravamen de

cualquier naturaleza sobre los bienes inmuebles o muebles registrables del

partido, se requerirá la resolución expresa del Congreso Extraordinario convocado

al efecto y con el voto de dos tercios de los miembros presentes. Art. 81° -

Anualmente se practicará un balance e inventario de los bienes partidarios, el

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que será elevado al congreso ordinario en el informe respectivo y sometido a su

aprobación.

CAPITULO VII CONSULTA A LOS AFILIADOS

Art. 82° - La Junta Ejecutiva deberá a pedido del 20 % de los afiliados del

distrito o podrá por si, someter a la decisión de los afiliados de toda la

jurisdicción o a los centros, cualquier asunto de interés general o partidario

con expresa exclusión de los de naturaleza disciplinaria, a tales efectos

remitirá una exposición clara y precisa de la cuestión, concentrándola en

términos que permitan una respuesta por la afirmativa o la negativa. En esta

consulta el voto será nominal y firmado.

CAPITULO VIII MODIFICACIÓN DE LA CARTA ORGANICA

Art. 83° - La Carta Orgánica podrá ser modificada total o parcialmente por el

Congreso Extraordinario convocado por la Junta Ejecutiva, por su propia

iniciativa o a pedido del 20 % (veinte por ciento) de los centros, a ese solo

efecto. El contenido de las reformas a tratar será fijado por la junta ejecutiva

por si o a propuesta de los centros. No podrán modificarse otros artículos que

los incluidos en el Orden del Día. Las modificaciones se resolverán en el

congreso por el voto afirmativo de los dos tercios de los miembros presentes.

CAPITULO IX DE LA EXTINCION

Art. 84° - El PARTIDO ACCION DEMOCRATICA, se extinguirá por las siguientes

causas: a) por fusión con otro u otros partidos políticos para crear uno nuevo;

b) por incorporación a otro partido político. La extinción se decidirá en

congreso extraordinario reunido al efecto, siempre que reúna el quórum de la

mitad mas uno de todos los centros reconocidos, que a su vez reúnan dos tercios

de los afiliados del distrito. La decisión será adoptada por los dos tercios de

los miembros presentes y la misma será valida si es ratificada por el congreso

extraordinarios de centros. Art. 85° - El secretario de finanzas procederá a

practicar la liquidación de los bienes que hasta el momento posea el partido y su

remanente libre de cargas impositivas, serán donadas a la entidad de bien publico

u organismo estatal que determine el congreso extraordinario de centros que

resolvió la extinción.

CAPITULO X DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art. 86° - La Junta Ejecutiva con mandato prorrogado por la legislación vigente,

es la única autoridad partidaria hasta la asunción de las autoridades

definitivas, conforme a la disposición de la presente carta orgánica. Art. 87° -

A los efectos de la primera elección de autoridades partidarias o candidatos a

cargos electivos, no serán exigibles los requisitos de antigüedad de la

afiliación para ser elector o elegido.

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Aviso número 22064

RESOLUCIONES 348 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-07

JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 348/11-H.J.E.P., del 07/06/2011. --- I-

Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación MOVIMIENTO ESPONTANEO DE

JOVENES ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.)" para actuar como partido político en la

jurisdicción del Municipio de Concepción, Departamento Chicligasta. II- Otorgar

el número 341 al mencionado partido según lo dispuesto por el artículo 26° de la

ley 5.454 y resolución de la H. Junta Electoral del 22/04/03.- III- Publíquense

edictos por un día, libre de derechos, en el Boletín Oficial de la Provincia,

haciéndose conocer la declaración de principios y bases de acción política, carta

orgánica y la presente resolución.- Hagase Saber.- Dr. Antonio Daniel Estofan,

Presidente. Dr. Pedro Vicente Giudice, Vocal. Leg. Regino Néstor Amado, Vocal

Presidente Subrogante de la H. Legislatura de Tucumán.

DECLARACIÓN JURADA DE PRINCIPIOS Y BASES DE ACCION POLITICA

EL PARTIDO MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.), se

constituye como un partido político de carácter municipal, cuya actuación se

desarrollara en el municipio de la ciudad de Concepción departamento Chicligasta,

Provincia de Tucumán. EL PARTIDO MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS

(M.E.J.O.R.), adhiere al sistema representativo Republicano y Federal

participativo, Social y Pluripartidista, comprometiéndose al pleno acatamiento de

la Constitución Nacional y de la Constitución de la Provincia de Tucumán, como

así a todas las normas que regulen el funcionamiento de los partidos políticos.

EL PARTIDOMOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.), observará el

pleno respeto por los Derechos Humanos, rechazando la violencia en cualquiera de

sus manifestaciones. EL PARTIDO MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS

(M.E.J.O.R.), rechaza todo tipo de discriminación, basada en la nacionalidad,

cultura, sexo, etc. EL PARTIDO MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS

(M.E.J.O.R.), adhiere a los postulados y normas referentes a la preservación del

medio ambiente y al equilibrio ecológico. EL PARTIDOMOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE

JÓVENES ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.), tiene como objetivo contribuir al crecimiento

y desarrollo económico, educativo, social, cultural del municipio de Concepción t

de sus habitantes. La solidaridad y la justicia social, constituyen metas

fundamentales del partido. El bienestar del hombre y de la familia constituyen

metas fundamentales del partido. EL PARTIDO MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES

ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.), tiene como prioridades en su accionar político: a) El

desarrollo y el crecimiento económico de la ciudad de Concepción. b) La

generación de fuentes de trabajo. c) La realización de obras de infraestructuras

y la ejecución de Obras Públicas. d) El mejoramiento de los Servicios Públicos.

e) La asistencia Social a los sectores de menores recursos. f) La participación

de las organizaciones intermedias. g) Promover la solidaridad social. h) Aplicar

los principios del partido, equitativa distribución de los recursos y de igualdad

de oportunidades. i) Brindar los medios para la capacitación en los trabajadores,

en especial de los jóvenes. j) Impulsar la actividad cultural en todas sus

manifestaciones. k) Coadyuvar el mejoramiento de los recursos materiales y

humanos en materia educativa. l) Brindar servicios de atención de salud,

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promoviendo las ventajas de la medicina preventiva. m) Gestionar ante el Estado

Nacional y Provincial, los recursos económicos, tecnológicos y humanos que fuesen

necesarios para el municipio y la comunidad. La observancia de los principios

declarados, el respeto y aplicación de las bases de acción Política, son el

compromiso que asumen el partido MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS

(M.E.J.O.R.), con la comunidad de la ciudad de Concepción.

CARTA ORGANICA

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1: La presente Carta Orgánica es la ley fundamental del partido MOVIMIENTO

ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.) en cuanto a su organización y

funcionamiento.- Art. 2: El partidoMOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS

(M.E.J.O.R.) , está constituido por la totalidad de sus afiliados, adhiere al

sistema representativo, republicano y federal, social y pluripartidista, al

respeto por los derechos humanos, rechaza la violencia y cualquiera de sus

manifestaciones. Respeta las elecciones internas para la elección de sus

autoridades y de los candidatos a cargos selectivos, como así a dar

representaciones a la minoría. Igualmente se establece como pleno acatamiento a

la Constitución Nacional y a la Constitución de la Provincia de Tucumán, a la Ley

Nacional de los Partidos Políticos y a la Ley Provincial N° 5454 y sus

modificatorias.- Art. 3: Las autoridades partidarias antes de asumir prestaran

juramento de acatar las disposiciones de la Constitución Nacional y Provincial,

la declaración de principios y base de acción política, y la presente Carta

Orgánica.- Art. 4: Se autoriza la Constitución de alianza y frente electorales en

los términos de la legislación presente y de conformidad a las disposiciones de

ésta Carta Orgánica. De acuerdo a ello se podrá designar candidatos

extrapartidarias.- Art. 5: En ésta situación no prevista se aplicarán

supletoriamente las disposiciones de la ley N° 5454 y sus modificatorias, y

códigos Nacional Electoral.-

CAPITULO II: AUTORIDADES Y ORGANISMOS PARTIDARIOS

Art. 6: La conducción, gobierno, administración, control y fiscalización del

partido MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.), estará a cargo

de los siguientes organismos: Consejo Municipal; Congreso Municipal; Junta de

Disciplina; Junta de Fiscalización; Junta Electoral; Art. 7: Los miembros de los

organismos mencionados en el artículo anterior, serán los elegidos mediante el

voto directo y secreto de los afiliados en la presente Carta Orgánica, durará dos

años en sus funciones y pueden ser reelectos. En caso de renuncia, muerte,

separación, exclusión o vacancia por cualquier causa los miembros de los órganos

citados serán reemplazados por el que le sucediera en el orden de la lista

respectiva. Art. 8: El Congreso Municipal, es el órgano de máxima jerarquía y

representativa de la soberanía partidaria, sus decisiones son inapelables, salvo

por recursos de reconsideración ante el propio cuerpo. Su pronunciamiento implica

el agotamiento de la vía partidaria. Art. 9: Congreso Municipal, está formado por

catorce congresales titulares y siete suplentes. Art. 10: El quórum para

funcionar será de la mitad mas uno de la totalidad de los miembros del cuerpo y

decisiones se adaptarán por simple mayoría de miembros presentes, salvo en los

casos que expresamente ese prevea una mayoría especial. Art. 11: Son autoridades

del Congreso Municipal: un presidente, un vicepresidente, un secretario, un

prosecretario y tres vocales. Estas autoridades serán elegidas en la primera

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sesión constitutiva, por mayoría del total de miembros del cuerpo.-

Art. 12: Son atribuciones del Congreso Municipal: a) Formular una declaración de

principios y bases de acción política y aprobar la plataforma electoral. b) Fijar

las pautas y planes de acción política, social, cultural y económica. c) Reformar

la Carta Orgánica con la mayoría absoluta del total de miembros del cuerpo. d)

Impartir directivas para el funcionamiento del partido las que serán del

cumplimiento obligatorio para los afiliados y organismos partidarios. e) Juzgar

el grado de apelación la conducta de los miembros del cuerpo y de los afiliados.

f) Considerar anualmente los informes que deberán elevar los organismos

partidarios. g) Designar, cuando razones de fuerza mayor no permitieran la

realización de comicios internos, los candidatos a cubrir cargos electivos para

lo cual será necesario el voto de los DOS TERCIOS del total de miembros del

cuerpo. h) Autorizar al consejo Municipal para realizar actos de disposición

sobre bienes inmuebles registrables. En este caso se requiere la mayoría

absoluta. i) Dictar sus reglamentos internos. j) Aplicar a sus miembros las

sanciones previstas en ésta Carta Orgánica. k) Designar candidato de carácter

extrapartidario con el voto del total de miembros del cuerpo. Art. 13: El

Congreso Municipal tendrá su sede en la ciudad de Concepción, y se reunirá

ordinariamente por lo menos una vez al año. También se reunirá ordinariamente por

lo menos una vez al año. También se reunirá cuando sea convocado por el Consejo

Municipal, o lo solicite un tercio del total de sus miembros. En todos los casos

se deberá notificar a los integrantes y ocho en forma fehaciente, con cuarenta y

ocho horas de anticipación. Art. 14: De cada sesión se labrara un acta con una

redacción sucinta de las deliberaciones y soluciones adoptadas que serán firmadas

obligatoriamente por el presidente y el secretario de tas y voluntariamente por

quienes deseen hacerlo. Esta acta deberá ser aprobada en la sesión posterior. A

este fin deberá llevar un libro foliado. Art. 15: Consejo Municipal, es el

organismo ejecutivo del partido que tendrá su asentamiento en la ciudad de

Concepción. Art. 16: El Consejo Municipal, está formado por diez miembros

titulares y cinco suplentes. Art.17: El quórum para sesionar será de la mitad mas

uno del total de miembros. Y las decisiones se adaptaran por simple mayoría salvo

los casos que expresamente se requiere mayoría especial.

Art.18: El Consejo Municipal será constituido por un presidente, un

vicepresidente, un secretario, un tesorero, y tres vocales designados entre sus

propios miembros por mayoría absoluta. Art.19: El presidente del Consejo

Municipal ejerce la representación legal del partido. Art.20: Son atribuciones

del Consejo Municipal: 1. Conducir políticamente al partido emitiendo las

resoluciones y directivas que consideren necesarias a tal fin. 2. Designar

asesores representantes y comisiones internas. 3. Administrar los bienes y

recursos partidarios. 4. Convocar a elecciones internas de afiliados para elegir

autoridades partidarias y candidatos a cargos electivos. 5. Convocar al Congreso

Municipal. Establecer el régimen de afiliación y control de los mismos.

Dirigir las campañas electorales. La presente enumeración es de carácter

indicativo y no taxativo.- Art.21: El Consejo Municipalidad se reunirá por lo

menos una vez al mes debiendo notificar a sus miembros con veinticuatro horas de

anticipación. Esta notificación estará a cargo del presidente o secretario.-

Art.22: Junta de Disciplina, estará integrada por tres miembros titulares y dos

suplentes. En su primera reunión elegirán un presidente, un vicepresidente y un

secretario. El quórum para sesionar será de dos miembros y las decisiones se

Page 46: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

adaptaran por mayoría absoluta del total de miembros.- Art.23: Son atribuciones

de Junta de Disciplina. 1. Intervenir un caso de denuncia contra cualquier

afiliado o miembro de los organismos partidarios pudiendo aplicar las siguientes

sanciones: Apercibimiento, suspensión de afiliación, desafiliación, expulsión y

multa. 2) Considerar los casos de separación de integrantes de los organismos

partidarios en los casos previstos en la carta orgánica. Art. 24: El trámite ante

la junta de disciplina será el siguiente: Recibida la denuncia se correrá

traslado por cinco días al afiliado, quien deberá Contestar en dicho plazo y

ofrecer la prueba. Dentro de los cinco días la junta de disciplina deberá

resolver mediante resolución fundada. Las resoluciones de la junta de disciplina

serán apelable dentro de los cinco días de notificadas por ante el consejo

municipal que deberá pronunciarse en su primera sesión posterior. Art. 25: Junta

de Fiscalización, estará integrada por tres miembros titulares y dos suplentes.

En su primera reunión erigirán un presidente, un vicepresidente y un secretario.

El quórum para sesionar de dos miembros y las decisiones se adaptarán por mayoría

absoluta del total de miembros. Art. 26: Son atribuciones de la Junta de

Fiscalización: a) Controlar las cuentas, ingresos, egresos de recursos, estados

patrimonial y financieros, fiscalizar los gastos, distribución y percepción de

recursos. b) Solicitar a cualquiera de los organismos partidarios rendición de

cuentas y exhibición de la documentación respectiva. c) Informar al congreso

municipal sobre los resultados de su gestión. Art. 27: La Junta Electoral estará

integrada por tres miembros titulares y dos suplentes. En su primera reunión

erigirán un presidente, un vicepresidente y un secretario. El quórum para

sesionar será de dos miembros y las decisiones se adoptaran por mayoría absoluta

del total de sus miembros. Art. 28: Son atribuciones y obligaciones de la Junta

Electoral: I. Organizar, reglamentar y fiscalizar las elecciones internas fijando

el cronograma electoral. II. Resolver en única instancia las impugnaciones y

planteos que se realicen. III. Imprimir fichas de afiliación, llevar el fichero y

registro de afiliados haciendo imprimir el padrón respectivo que deberá

mantenerse actualizado. IV. Dictar su reglamento de funcionamiento, designar

asesores y colaboradores Ad Honoren. V. Designar autoridades de mesa, lugares de

votación y todo acto necesario para la realización de comicios internos. VI.

Hacer el escrutinio definitivo y proclamar los candidatos electos.

CAPITULO III: AFILIADO

Art. 29: Tendrán el carácter de afiliados todos los ciudadanos mayores de 18 años

que hayan suscripto la ficha de afiliación respectiva, y haya sido aceptada por

la autoridad partidaria. Art. 30: El carácter de afiliado le confiere al mismo el

derecho a elegir, y ser elegido, debiendo observar las bases de acción política y

la declaración de los principios, la carta orgánica y las resoluciones emanadas

de órganos partidarios.

CAPITULO IV: PATRIMONIO DEL PARTIDO.

Art. 31: Estará formado por los aportes que voluntariamente hicieren los

afiliados, por las donaciones y contribuciones de personas públicas o privadas,

por los subsidios estatales, por los fondos que las leyes le designen y por

cualquier otro recurso o bien que ingresen a su patrimonio.

CAPITULO V: CANDIDATOS.

Art. 32: Para ser candidatos a ocupar cargos partidarios o cubrir cargos

electivos se requiere: 1) Ser mayor de dieciocho años. 2) Ser afiliado al

PARTIDO. 3) No estar comprendido en las inhabilitaciones o incompatibilidades

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previstas por la carta orgánica o la legislación vigente. Art. 33: Es

incompatible el desempeño simultáneo de dos cardos partidarios. Art. 34: La

convocatoria a elecciones internas para elegir autoridades partidarias o elegir

candidatos serán efectuadas con una anticipación de noventa días como mínimo de

la fecha de realización del comicios, será realizada por el concejo Municipal.

Art 35: La junta Electoral dictara las normas reglamentarias inherentes a los

comicios internos y confeccionara el cronograma electoral. Art. 36: La

distribución de los cargos en los organismos partidarios y candidaturas para

ocupar cargos directivos se realizara mediante el sistema de mayoría simple.

Art. 37: Cuando en las elecciones internas se hubiese presentado una sola lista,

la misma será proclamada por la junta electoral, no siendo necesaria la

realización del comicios.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS.

Art. 38: Dentro de los 60 días de obtenido el reconocimiento del partido se

convocará a elecciones para ocupar los cargos partidarios, de conformidad a las

normas establecidas. Art. 39: La convocatoria estará a cargo de la junta

promotora, quien designara a tres de sus miembros que actuaran como junta

electoral provisoria.

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Aviso número 22063

RESOLUCIONES 370 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-09

JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 370/11-H.J.E.P., del 09/06/2011. --- I-

Aprobar el cambio de nombre de la agrupación Movimiento de Trabajadores Tucumanos

cuya denominación a partir de la presente será Movilización de Trabajadores

Rurales. II- Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación

MOVILIZACIÓN DE TRABAJADORES RURALES" para actuar como partido político en la

jurisdicción de la Provincia de Tucumán. III- Otorgar el número 358 al mencionado

partido según lo dispuesto por el artículo 26° de la ley 5.454 y resolución de la

H. Junta Electoral del 22/04/03.- IV- Por Secretaría tómese nota en el registro

de Partidos Políticos respectivo y precédase a la modificación de la carátula

identificatoria. V- Publíquense edictos por un día, libre de derechos, en el

Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la declaración de principios

y bases de acción política, carta orgánica y la presente resolución.- Hagase

Saber.- Dr. Antonio Daniel Estofan, Presidente. Dr. Pedro Vicente Giudice, Vocal.

Leg. Regino Néstor Amado, Vocal Presidente Subrogante de la H. Legislatura de

Tucumán.

PRINCIPIOS Y BASES DE ACCION POLITICA

Al ser la familia la primera manifestación de sociabilidad donde el hombre

nace y se forma, y se manifiesta socialmente. Las instituciones intermedias

desarrollan un espacio en lo local, lo que aumenta la complejidad de

las relaciones y modo de interactuar, para lo cual se hace necesario una

visión de la totalidad en el ámbito Provincial. El bienestar y su realización,

son prioridades del hombre. La solidaridad Y justicia social constituyen sus

metas principales. Es deber del gobernante, es promover, apoyar sostener la

familia, células básicas de sociedad; garantizar el pleno ejercicio de sus

derechos y deberes específicos; asegurar su unidad en la diversidad; garantizar

su crecimiento y su desarrollo, asegurar la justicia y el bien común. Debemos

forjar un modelo de cooperación y participación en el que el sector público

actúe, con orden, con inteligencia y la producción Privada sea el motor de la

Economía. Es nuestro compromiso el pleno respeto de los Derechos Humanos,

rechazando todo tipo de discriminación asentada en la nacionalidad, cultura,

religión, sexo, raza, etc. y rechazar la violencia en cualquiera de su

manifestación. EL PARTIDO: MOVILIZACION DE TRABAJADORES RURALES, adhiere al

sistema representativo, Republicano y Federal, Social u Pluralista con las

representaciones de las mismas, con pleno acompañamiento de la Constitución

Nacional, Constitución Provincial y todas las Leyes y Normas que regula el

funcionamiento de los Partidos Políticos. EL PARTIDO: MOVILIZACION DE

TRABAJADORES RURALES, en su accionar político tendrá las siguientes prioridades

a) Salud, Educación y Trabajo para el desarrollo y crecimiento Económico de

Tucumán. b) Administración de servicios en base al merito, honestidad y

eficiencia. c) Optimización de los Servicios Públicos. d) Asistencias Sociales a

los sectores marginados. e) Igualdad de oportunidades, equitativas de

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distribución. f) Capacitación y eficiencia en los recursos materiales y humanos.

En EDUCACION, TRABAJO y SALUD. g) Promoción de la Medicina Preventiva, promover

la SOLIDARIDAD SOCIAL y el Cooperativismo en los Organismos Intermedios, como

necesarios para alcanzar el bien común. Peticionar ante el Estado Nacional los

Recursos Económicos, Tecnológicos y Humanos necesarios para la provincia. La

observancia de los principios declarados de los respeto y las

aplicaciones de la PLATAFORMA y LAS BASES DE ACCIÓN POLITICA, son

compromisos asumidos por el PARTIDO: MOVILIZACION DE TRABAJADORES RURALES, con

la comunidad y la Provincia de Tucumán. Dado en la Sede Partidaria sito en calle

Ernesto Padilla 1.592, B° Celestino Gelsi, de la Ciudad de Concepción- Tucumán.

CARTA ORGANICA

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Art.1° La presente CARTA ORGANICA es LEY fundamental del PARTIDO: MOVILIZACION DE

TRABAJADORES RURALES, en cuanto a su organización y su funcionamiento. Art.2°

EL PARTIDO: MOVILIZACION DE TRABAJADORES RURALES esta constituido por la

totalidad de sus afiliados, adhiere al sistema Representativo, Republicano y

Federal, Social y pluralista al respeto por los Derechos Humanos rechazando la

violencia en cualquiera de sus manifestaciones, y a respetar las elecciones

internas para autoridades y a los candidatos a Cargos Electivos como así también

a la representaciones de las minorías. Igualmente se establece el pleno

acatamiento a la Constitución Nacional, A la Constitución de la Provincia de

Tucumán, a la Ley Nacional de los Partidos Políticas, a la Ley Provincial N°

5.454 y modificatorias y toda Norma que regule el funcionamiento de los Partidos

Políticos. Art.3° Las Autoridades antes de asumir prestaran juramento de

acatar la Constitución Nacional, Provincial. La Declaración de Principios y Bases

De Acción Política, y la presente Carta Orgánica. Art. 4° Se autoriza a la

Constitución de Alianza y Frentes Electores, en los Términos de Legislación

vigente y de conformidad a las disposiciones de conformidad a las disposiciones

de esta CARTA ORGANICA. De acuerdo a ella, se podrá designar candidatos de

carácter EXTRA-PARTIDARIOS.- Art.5° En esta situación no prevista se aplicaran

supletoriamente las disposiciones de la LEY PROVINCIAL N° 5.454 y sus

modificatorias y el CODIGO ELECTORAL NACIONAL.-

CAPITULO II - AUTORIDADES Y ORGANISMOS PARTIDARIOS

Art.6° La conducción, Gobierno, Administración, control y fiscalización del

PARTIDO: MOVILIZACION DE TRABAJADORES RURALES, estará a cargo de los siguientes

organismos: A) Concejo Provincial B) Congreso Provincial C) Junta Disciplinaria

D) Junta de Fiscalización E) Junta Electoral Art.7° Los Miembros de los

Organismos mencionados en el artículo anterior, serán elegidos mediante el

voto directo y secreto de los afiliados en la forma que establece la presente

Carta Orgánica, duraran cuatro años en sus funciones y pueden ser reelectos.

En caso de renuncia, muerte, separación, exclusión o vacante por cualquier

causa, los miembros de la organización todos serán reemplazados por el que le

sucediere en el orden de la lista respectiva.- Art.8° EL CONGRESO PROVINCIAL,

es el órgano de máxima jerarquía y representatividad de las Soberanía

Partidaria, sus decisiones son inapelables, salvo por recursos de reconsideración

ante el propio cuerpo, y pronunciamiento implica el agotamiento de la vía

partidaria.- Art.9° EL CONGRESO PROVINCIAL esta formado 12 (doce) congresales

Titulares y 6 (seis) suplentes.- Art.10° El quórum para funcionar serán la mitad

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mas uno de la totalidad de los Miembros de los cuerpos, y las decisiones se

adoptaran por simple mayoría de los miembros presentes, salvo en los casos

que expresamente se prevea una mayoría especial. Art.11° Son autoridades del

CONGRESO PROVINCIAL: A) Un Presidente B) Un Vice-presidente C) Un Secretario D)

Un Pro-secretario E) Un Tesorero F) Un Pro-tesorero. Estas autoridades serán

elegidas en la primera sesión constitutiva por la mayoría de los miembros

presentes. Art.- 12° Son atributos del CONGRESO PROVINCIAL: A) Formulas

declaraciones de principios y bases de acción políticas y aprobar la forma

electoral; B) Fijar las pautas y planes de acción política, social,

cultural y económica; C) Reformar la CARTA ORGANICA con los DOS TERCIOS de los

Miembros presentes de los cuerpos; D) Impartir directivas para el funcionamiento

del partido, que serán de cumplimiento obligatorio para los afiliados y

organismos partidarios; E) Juzgan el grado de apelación, la conducta de los

miembros de los Cuerpos y de los afiliados; F) Considerar como fuente los

informe que deberán elevar los organismos partidarios; G) Designar, cuando por

razones de fuerza mayor no permitieran la realización de comicios internos,

los candidatos a cubrir cargos Electivos para la cual será necesario el voto

de los DOS TERCIO De los Miembros presentes del cuerpo; H) Autoriza al CONCEJO

PROVINCIAL a realizar actos de disposición de bienes inmuebles y bienes muebles

registrables. En este caso se requiere de los DOS TERCIOS de los miembros

presente del cuerpo. I) Dicta su reglamento interno, hasta tanto ello ocurra,

se regirá por el Reglamento interno de La HONORABLE LEGISLATURA DE TUCUMAN; J)

Aplicar a sus miembros las sanciones previstas en esta CARTA ORGANICA;

K) Designar candidatos de carácter EXTRA - PARTIDARIOS con los votos de los DOS

TERCIOS de los miembros presente del cuerpo. Art.13° El CONGRESO PROVINCIAL,

tendrá su Sede en calle Ernesto Padilla 1592 B° Celestino Gelsi de la Ciudad de

Concepción, Departamento Chicligasta, y se reunirá ordinariamente una vez al año

calendario. También se reunirá cuando sea convocado por el CONCEJO PROVINCIAL, o

lo solicite, UN TERCIO del total de sus miembros en todo caso se deberá

notificar a los integrantes en forma fehaciente con 48 horas de anticipación.

Art. 14° De cada sesión se labrara un acta con redacción sucinta de las

deliberaciones, y resoluciones adoptadas que serán firmadas obligatoriamente por

el Presidente y Secretario, y voluntariamente por quienes deseen hacerlo esta

debe ser aprobada en la sesión posterior. A este fin se debera llevar un libro

foliado.- Art.15° EL CONCEJO PROVINCIAL, es el órgano Ejecutivo del PARTIDO:

MOVILIZACION DE TRABAJADORES RURALES y tendrá su asentamiento en calle

Ernesto Padilla N° 1592 B° Celestino Gelsi de la, Ciudad de Concepción,

Departamento Chicligasta.- Art.16° EL CONCEJO PROVINCIAL, estará formado por 10

(diez) Titulares y 5 (cinco) suplentes.- Art.17° El quórum para sesionar será

de la mitad mas de uno del total de sus miembros, y las decisiones se

adoptaran por simple mayoría, salvo el caso que expresamente se requiera

mayoría especial.- Art.18° EL CONCEJO PROVINCIAL estará constituido por un

Presidente, un Vice-Presidente, un Secretario de acta, un Pro-Secretario, un

Tesorero, un Pro-Tesorero, designado entre sus miembros por mayoría simple de los

presentes, en su primera sesión.- Art.19° EL PRESIDENTE DEL CONCEJO PROVINCIAL,

ejerce la representación legal DEL PARTIDO: MOVILIZACION DE TRABAJADORES

RURALES.- Art.20° Son atribuciones del CONCEJO PROVINCIAL: A) Conducir

políticamente al partido resoluciones y directivas que considere necesaria a tal

fin; B) Designar asesores, representantes y comisiones internas; C) Administrar

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los bienes y recursos partidarios; D) Convocar a elecciones internas a los

Afiliados para elegir autoridades Partidarias y a Candidatos a Cargos Electivos;

E) Convocar al CONGRESO PROVINCIAL; F) Establecer el régimen de afiliaciones y

control de los mismos; G) Dirigir las campañas Electorales; La presente

ennumeración es de carácter indicativo y no taxativo.- Art.21° EL CONCEJO

PROVINCIAL, se reunirá por lo menos cada 3 (tres) meses, debiendo notificar a

sus miembros con 24 horas de anticipación Esta notificación estará a cargo del

Presidente y/ o Secretario.- Art.22° LA JUNTA DE DISCIPLINA, estará integrada por

3(tres) miembros Titulares y 2 (dos) Suplentes, en su primera sesión se

elegirán Un Presidente, Vice-presidente y Un Secretario. El quórum para

sesionar será de 2 (dos) miembros, y las decisiones se adoptaran por mayoría

de sus miembros; Art.23° Son atribuciones de la JUNTA DE DISCIPLINA: A)

Intervenir en caso de denuncia contra cualquier afiliado o miembros de los

organismos partidarios, pudiendo aplicar las siguientes sanciones,

apercibimiento, suspensión de afiliación, expulsión y multa; B) Considerar los

casos de separación de integrantes de los organismos Partidarios, en los casos

provistos por esta CARTA ORGANICA.- Art. 24° El trámite ante la JUNTA DE

DISCIPLINA será el siguiente: recibida la denuncia se correrá traslado 5

(cinco) días al afiliado, quien deberá contestar en dicho plazo y ofrecer

pruebas, dentro de los 5 (cinco) la JUNTA DE DISCIPLINA deberá resolver mediante

resolución fundada Las resoluciones de la JUNTA DE DISCIPINA serán apelables

durante los 5 (cinco) días de notificado por ante el CONGRESO PROVINCIAL, que

deberá pronunciarse en su primera sesión posterior.- Art.25° JUNTA DE

FISCALIZACION; estará integrada por 3(tres) miembros Titulares y 2(dos)

suplentes, en su primera reunión elegirán Un Presidente, Un Vice-presidente y

Un Secretario. El quórum para la sesión será de 2(dos) miembros y las

decisiones se adoptaran por la mayoría absoluta del total de los miembros.-

Art.26° Son atribuciones de la JUNTA DE FISCALIZACION: A) Controlar las cuentas y

egresos de de los recursos patrimonial y financiero y fiscalizar gastos,

distribución y percepción de recursos; B) Solicitar a cualquiera de los

organismos partidarios, rendición de cuentas y exhibición de documentación

respectiva; c) Informar al CONGRESO PROVINCIAL, sobre el resultado de su

gestión.- Art. 27° LA JUNTA ELECTORAL, estará integrada por 3(tres) miembros

Titulares y 2(dos) Suplentes. En su primera sesión elegirán un Presidente,

Un Vice-presidente, y Un Secretario, el quórum para sesionar será de 2 (dos)

miembros y las decisiones se adoptaran por mayoría absoluta del total de sus

miembros.- Art.28° Son atribuciones de la JUNTA ELECTORAL: a) Organizar,

reglamentar y fiscalizar las elecciones internas, fijando cronograma electoral;

b) Resolver en única instancia las impugnaciones y planteos que se realicen; c)

Imprimir fichas de Afiliación, llevar ficheros y registro de afiliación haciendo

imprimir, el padrón respectivo que deberá obtenerse actualizado.- d) Dictar su

reglamento de funcionamiento, designar asesores y colaboradores Ad-honores; e)

Hacer el Escrutinio definitivo y proclamar los candidatos Electos.-

CAPITULO III - DE LOS AFILIADOS

Art.29° Tendrán carácter de afiliados todos los Ciudadanos Mayores de 18 años

Que hayan suscripto las fichas de afiliaciones respectivas, y haya sido aceptado

por la autoridad partidaria.- Art.30° El carácter de afiliado le confiere al

mismo el derecho de elegir y ser elegido, debiendo observar las bases de

acción política y la declaración de principios, la CARTA ORGANICA y las

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resoluciones emanadas de los órganos partidarios.-

CAPITULO IV - PATRIMONIO DEL PARTIDO

Art.31° Estará formado por los aportes que voluntariamente hicieran los

afiliados, por las donaciones y contribuciones de personas publicas y privadas,

por subsidios estatales, por los fondos que las Leyes les asigne y por cualquier

otro recurso que interfieren a su patrimonio.-

CAPITULO V - CANDIDATOS

Art.32° Para ser Candidatos para aceptar cargos partidarios o cubrir

cargos partidarios o cubrir cargos electivos se requiere: a) Ser Mayor de 18

años; b) Ser afiliado del PARTIDO: MOVILIZACION DE TRABAJADORES RURALES; c)

En los cargos electivos podrá ser candidato de origen EXTRAPARTIDARIO; b) No esta

comprendido en las inhabilitaciones prevista por esta CARTA ORGANICA, a la

LEGISLACION vigente.- Art.33° A los fines previstos en el artículo anterior, es

incompatible el desempeño de dos cargos Partidarios.- Art.34° La convocatoria a

elecciones internas para elegir autoridades partidarias o elegir candidatos será

efectuado con 60 (sesenta) días como mínimo con la fecha de realización de

los comicios. Esta será realizada por el CONCEJO PROVINCIAL.- Art.35° LA JUNTA

ELECTORAL, dictara las normas reglamentarias inherentes a los comicios internos y

confeccionara el cronograma electoral.- Art.36° La distribución de los cargos

electivos se realizara mediante el Sistema Sáenz Peña (DOS TERCIOS para la

mayoría y UN TERCIO para la Minoría).- Art.37° Cuando en las elecciones internas

se hubiera presentado una sola lista, la misma será proclamada por la JUNTA

ELECTORAL no siendo necesaria la realización de los comicios.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art.38° Dentro de los 60 días de obtenido el reconocimiento del PARTIDO, se

Convocara a elecciones para ocupar los cargos partidarios. De conformidad a las

normas establecidas en esta CARTA ORGANICA.- Art.39° La convocatoria estará a

cargo de la (JUNTA PROMOTORA), quien designara a 3 (tres) de sus miembros que

actuaran como JUNTA ELECTORA PROVISORIA hasta tanto se constituya la definitiva.-

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Aviso número 22062

RESOLUCIONES 372 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-09

JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 372/11-H.J.E.P., del 31/05/2011. --- I-

Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación TRANSVERSALES DE

AGUILARES para actuar como partido político en la jurisdicción del Municipio de

Aguilares, Departamento Rio Chico. II- Otorgar el número 360 al mencionado

partido según lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley 5.454 y resolución de la

H. Junta Electoral del 22/04/03.- III- Publíquense edictos por un día, Libre de

Derechos, en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la

Declaración de Principios y Bases de Acción Política, Carta Orgánica y la

presente Resolución.- Hágase Saber.- Dr. Antonio Daniel Estofan, Presidente. Dr.

Pedro Vicente Giudice, Vocal. Leg. Regino Néstor Amado, Vocal Presidente

Subrogante de la H. Legislatura de Tucumán.

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS Y BASES DE ACCIÓN POLÍTICA

Porque sentimos el llamado a sellar esta transformación en base a sus valores

espirituales, intelectuales, económicos y políticos, y así continuar con este

plan de desarrollo integral para Tucumán. Sostener esta transformación iniciada

en el 2.003. Es la nueva forma de hacer política ¡ES EL ACTUAL DESAFIO!. La

Democracia como sistema de Gobierno, en la que el poder pertenece y descansa en

el Pueblo y la Política como instrumento idóneo; que guía y encamina todas las

actividades; donde los Gobiernos establecen los fines; apuntando al bien común de

sus habitantes. Para progresar con Libertad y Dignidad. El Partido TRANSVERSALES

DE AGUILARES se constituye en Partido Político de carácter Municipal, y su radio

de acción será el Ejido Municipal de la Ciudad de Aguilares, Departamento Rió

Chico, Provincia de Tucumán. La Familia: Célula Básica de la Sociedad, donde el

Hombre nace, crece, se forma y educa, siendo esta la primera manifestación de

sociabilidad. Es en esta, donde como individuo debe adquirir un desarrollo

humanitario, Solidario y de Justicia Social. Pero es en Sociedad, cuando se

relaciona con parientes, amigos y conocidos, cuando alcanza su plenitud. Es en

Sociedad donde la complejidad de las relaciones aumenta, dada por los distintos

pensamientos y modos de interactuar del Hombre. Es por esto que las instituciones

intermedias nos dan una visión mas completa de la totalidad. Esta orden natural

nos lleva a que el deber Primario de todo Gobierno, sea el de Apoyar, Sustentar y

Contener a la Familia. El segundo, es la búsqueda de la unidad en la diversidad,

garantizar el crecimiento y desarrollo de sus distintos estamentos con Justicia,

Libertad y Dignidad. Esta búsqueda del Bien Común debe darse en un modelo

participativo; en forma ordenada e inteligente, entre las instituciones

Representativa y el sector productivo privado. Adherimos al sistema

Representativo, Republicano y Federal; Participativo, Social y Pluralista con

representación de las minorías. Pleno acatamiento a la Constitución Nacional,

Constitución de la Provincia y toda Ley y norma que regule los Partidos

Políticos. Pleno acatamiento de los Derechos Humanos y rechazamos la violencia en

toda sus manifestaciones. Este modelo de gestión es nuestro compromiso para con

la Comunidad de Aguilares.

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CARTA ORGANICA

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

ART.1°.- La presente CARTA ORGANICA es ley fundamental del Partido TRANSVERSALES

DE AGUILARES, en cuanto a su organización y su Funcionamiento.- ART.2°.- El

Partido TRANSVERSALES DE AGUILARES se Constituye Partido Político de carácter

Municipal, cuyo accionar se Desarrollara en el perímetro del Ejido Municipal de

la ciudad de Aguilares, Departamento Rió Chico, Provincia de Tucumán.- ART.3°.-

El Partido TRANSVERSALES DE AGUILARES está Constituido por la totalidad de sus

afiliados, adhiere al sistema Representativo, Republicano y Federal, Social y

pluralista, al respeto. Por los Derechos Humanos rechazando la violencia en

cualquiera de sus manifestaciones; y a respetar las elecciones internas para

autoridades y a los candidatos a cargos electivos como así también a las re-

presentaciones de las minorías. Igualmente se establece el pleno acatamiento a la

Constitución Nacional; a la Constitución de la Provincia de Tucumán, a la Ley

Nacional De los Partidos Políticos, a la Ley Provincial N° 5.454 y

modificatorias y toda norma que regule el funcionamiento de los Partidos

Políticos.- ART.4.- Las autoridades antes de asumir prestaran juramento de acatar

la Constitución Nacional, Provincial, la declaración de Principios y Bases De

acción de Política, y la presente Carta Orgánica. ART.5.- Se autoriza la

Constitucional de Alianzas y Frente Electorales, en los Términos de la

legislación vigente y de conformidad a las disposiciones de esta carta Orgánica.

De acuerdo a ello, se podrá designar candidatos de carácter extra partidario.-

ART.6.- En toda situación no prevista se aplicara supletoriamente las

disposiciones de la Ley Provincial N ° 5.454 y sus modificatorias y el Código

Electoral Nacional.-

CAPITULO - Autoridades y Organismos Partidario

ART.7.- La conducción, gobierno, administración, control y fiscalización del

Partido TRANSVERSALES DE AGUILARES, estará a cargo de los siguientes organismos:

a) Concejo Municipal. b) Congreso Municipal. c) Junta de Disciplina. d) Junta de

Fiscalización. e) Junta Electoral. ART.8.- Los miembros de los organismos

mencionados en el articulo anterior serán elegidos mediante el voto directo y

secreto de los afiliados en la forma que establece la presente Carta Orgánica,

duraran cuatro años en sus funciones y pueden ser reelectos. En caso de renuncia,

muerte, separación, exclusión o vacante por cualquier causa, los miembros de la

organización todos serán reemplazados por el que sucediere en el orden de la

lista respectiva. ART.9.- EL CONGRESO MUNICIPAL, es el órgano de máxima Jerarquía

y representatividad de la soberanía partidaria, sus decisiones son inapelabes,

salvo por recurso de reconsideración del propio cuerpo, y su pronunciamiento

implica el agotamiento de la vía partidaria. ART.10.- EL CONGRESO MUNICIPAL, esta

formado por 6(seis) congresales titulares y 3 (tres) suplentes.- ART.11. El

quórum para funcionar será de la mitad mas uno de la totalidad de los miembros

del cuerpo, y las desiciones se adoptaran por simple mayoría de los miembros

presentes, salvo en los casos que expresamente se prevé una mayoría especial.-

ART.12.-Son autoridades del CONGRESO MUNICIPAL: a) Un Presidente. b) Un

Vicepresidente. c) Un Secretario. d) Un Pro-Secretario. e) Un Tesorero. f) Un

Pro-Tesorero. Estas autoridades serán elegidas en la primera sesión constitutiva

por mayoría de los miembros presentes. ART.13.- Son atributos del CONGRESO

MUNICIPAL: a) Formular declaraciones de principios y bases de acción política y

aprobar la plataforma electoral. b) Fijar las pautas y planes de acción

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política, social, cultural y económica. c) Reformar la CARTA ORGANICA con los dos

tercios de los miembros presentes del cuerpo. d) Impartir directivas para el

funcionamiento del partido, las cuales son de cumplimiento obligatorio para los

afiliados y organismos partidarios. f) Juzgan en grado de apelación, la conducta

de los miembros y de los afiliados. f) Considerar como fuente los informes que

deberán elevar los organismos partidarios. g) Designar, cuando por razones de

fuerza mayor no permitiera la realización de comicios internos, los candidatos a

cubrir cargos electivos, para lo cual será necesario el voto de los DOS TERCIOS

de los miembros presentes del cuerpo. h) Autoriza al CONCEJO MUNICIPAL a realizar

actos de disposición sobre bienes inmuebles y bienes muebles registrables. i)

Dicta su reglamento interno, hasta tanto ello ocurra, se regira por el reglamento

interno de la Honorable Legislatura de Tucumán. j) Aplicar a sus miembros las

sanciones previstas en esta CARTA ORGANICA. k) Designar candidatos de carácter

EXTRAPARTIDARIOS con el voto de los DOS TERCIOS de los miembros presentes del

cuerpo. ART.14.-EL CONGRESO MUNICIPAL, tendrá su sede en el domicilio partidario

de la Ciudad de Aguilares Departamento Rio Chico reunirá ordinariamente por lo

menos una vez al Año calendario. También se reunirá cuando sea convocado por el

Concejo Municipal o lo solicite un tercio de el total de sus miembros, En todos

los casos se deberá notificar a todos los integrantes en forma fehaciente con 48

horas de anticipación. ART.15.-De cada sesión se labrara un acta con redacción

sucinta de las deliberaciones, y resoluciones adoptadas que serán firmadas

obligatoriamente por el Presidente y el Secretario, y Voluntariamente por quienes

deseen hacerlo. Esta debe ser aprobada en la sesión siguiente. ART.16.-EL CONCEJO

MUNICIPAL, es el órgano ejecutivo del Partido TRANSVERSALES DE AGUILARES y tendrá

domicilio Partidario y Legal en la Ciudad de Aguilares Departamento Rio Chico.

ART.17.-EL CONCEJO MUNICIPAL esta formado por 6(seis) Titulares y 3 (tres)

suplentes. ART.18.-El quórum para sesionar de la mitad mas uno del total de sus

miembros, y las decisiones se adoptaran por simple mayoría, salvo el caso que se

requiera expresamente mayoria especial- ART.19.-EL CONCEJO MUNICIPAL estará

constituido por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Pro-

Secretario, un Tesorero y un Pro- Tesorero, designados de entre sus miembros por

mayoría simple de los presentes en la primera sesión. ART.20.-El Presidente del

CONCEJO MUNICIPAL ejerce la representación legal del partido TRANSVERSALES DE

AGUILARES. ART.21.-Son atribuciones del CONCEJO MUNICIPAL: a) Conducir

políticamente el Partido emitiendo resoluciones y directivas que considere

necesarias a tal fin; b) Designar asesores, representantes y comisiones internas;

c) Administrar los bienes y recursos partidarios; d) Convocar a elecciones

internas de afiliados para elegir autoridades partidarias y candidatos a cargos

electivos; e) Convocar al CONGRESO MUNICIPAL; f) Establecer el régimen de

afiliaciones y control de los mismos; g) Dirigir las campañas electorales. La

presente enumeraciones de carácter indicativo y no taxativo. ART.22.-El CONCEJO

MUNICIPAL se reunirá por lo menos una vez al mes debiendo notificar a sus

miembros con 24hs. de anticipación. Esta notificación estará a cargo del

Presidente y/o Secretario. ART.23.- JUNTA DE DISCIPLINA estará integrada por

3(tres) miembros Titulares y 2(dos)suplentes, en su primera sesión elegirán un

Presidente, un Vice-Presidente y un Secretario. El quórum para sesionar será de

2(dos) miembros y las decisiones se adoptaran por mayoría absoluta del total de

sus miembros. ART.24.-Son atribuciones de la JUNTA DE DISCIPLINA: a) Intervenir

en caso de denuncia contra cualquier afiliado o miembros de los organismos

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partidarios y pudiendo aplicar siguientes sanciones: apercibimiento, suspensión

de afiliación expulsión y multa; b) Considerar los casos de separación de

integrantes de los organismos partidarios, en los casos previstos por esta CARTA

ORGANICA.- ART.25.-El trámite ante la JUNTA DE DISCIPLINA será el siguiente:

Recibido la denuncia se correrá traslado por 5 (cinco) días al afiliado quien

deberá contestar en dicho plazo y ofrecer prueba. Dentro de los 5 (cinco) días la

Junta de Disciplina deberá resolver mediante resolución fundada. Las resoluciones

de la Junta de Disciplina serán apelables dentro de los 5(cinco) días de

notificados por ante el Congreso Municipal deberá pronunciarse en su primera

sesión posterior. ART.26.-JUNTA DE FISCALIZACION: Estará integrada por 3(tres)

miembros titulares y 2(dos) suplentes. En su primera reunión elegirán Presidente,

Vicepresidente y Secretario. El quórum para sesionar será de 2(dos) miembros y

las decisiones se adoptaran por mayoría absoluta del total de los miembros.

ART.27.-Son atribuciones de la JUNTA DE FISCALIZACION: a) Controlar las cuentas y

egresos de los recursos, estado patrimonial y financiero y fiscalizar gastos,

distribución y percepción de recursos. b) Solicitar a cualquiera de los

organismos partidarios, rendición de cuentas y exhibición de documentación

respectiva; c) Informar al CONGRESO MUNICIPAL sobre los resultados de su gestión.

ART.28.-JUNTA ELECTORAL: Estará integrada por 3(tres) miembros titulares y

2(dos) suplentes. En su primera sesión elegirán un Presidente, un Vice-

Presidente, y un Secretario. El quórum para sesionar será de 2(dos) miembros y

las decisiones se adoptaran por mayoría absoluta del total de sus miembros.

ART.29.-Son atribuciones y obligaciones de la JUNTA ELECTORAL: a) Organizar,

reglamentar y fiscalizar las elecciones internas, fijando el cronograma

electoral; b) Resolver en única instancia las impugnaciones y planteos que se

realicen; c) Imprimir fichas de afiliación, llevar fichero y registro de

afiliación, haciendo imprimir el padrón respectivo que deberá mantenerse

actualizado; d) Dictar su reglamento de funcionamiento, designar asesores y

colaboradores. e) Hacer el escrutinio definitivo y proclamar los candidatos

electos. ART.30.-Tendrán carácter de afiliados todos los ciudadanos mayores de

18 años que hayan suscripto la ficha de afiliación respectiva, y haya sido

aceptado por la autoridad partidaria.- ART.31.-El carácter de afiliado le

confiere al mismo el derecho de elegir y ser elegido, debiendo observar las bases

de acción política y la declaración de principios, la Carta Orgánica y las

resoluciones emanadas de los órganos partidarios.

CAPITULO IV - Patrimonio del Partido

ART.32.-Estará formado por los aportes que voluntariamente hicieran los

afiliados, por las donaciones y contribuciones de personas publicas y privadas,

por subsidios estatales, por los fondos que las leyes los asignan y por cualquier

otro recurso o bienes que ingresen a su patrimonio.-

CAPITULO V - Candidatos

ART.33.-Para ser candidatos para ocupar cargos partidarios o cubrir Cargos

partidarios o cubrir cargos electivos se requiere: a) Ser mayores de 18 años. b)

Ser afiliado del Partido AGUILARES POR LA VICTORIA. c) En los cargos Electivos,

podrá ser de origen Extrapartidario. d) No estar comprendido en las

inhabilitaciones previstas por esta Carta Orgánica o la legislación vigente.

ART.34.- A los fines previstos en el articulo anterior, es incompatible el

desempeño de dos cargos partidarios. ART.35.-La convocatoria a elecciones

internas para elegir autoridades partidarias o elegir candidatos, será efectuada

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con una anticipación de (sesenta) días como mínimo de la fecha de realización

del comicio. Esta será realizada por el CONCEJO MUNICIPAL.- ART.36.-La JUNTA

ELECTORAL dictara las normas reglamentarias inherentes a los comicios internos y

confeccionara el cronograma Electoral.- ART.37.-La distribución de los cargos

electivos se realizara mediante el sistema Sáenz Peña (dos tercios para la

mayoría y un tercio para la minoridad).- ART.38.-Cuando en las elecciones

internas se hubiere presentado una sola lista, la misma será proclamada por la

Junta Electoral, no Siendo necesaria la realización del comicio.

Disposiciones Transitorias

ART.39.-Dentro de los 60(sesenta) días obtenido el reconocimiento del partido, se

convocara a elecciones para ocupar los cargos partidarios, de conformidad a las

normas establecidas en esta Carta Orgánica.- ART.40.-La convocatoria estará a

cargo de la JUNTA PROMOTORA, quien Designara a 3(tres) de sus miembros que

actuaran como JUNTA ELECTORAL PROVISORIA hasta tanto se constituya la

definitiva.

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Aviso número 159213

JUICIOS VARIOS / ACOSTA PAOLA INES S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA

POR 5 DÍAS - Se hace saber que por ante este juzgado civil y Comercial Común de

la VIIIa. Nominación, Titular Dra. María Isabel Tenreyro, Secretaría autorizante

Dra. Estela del Valle Ruiz, tramitan los autos caratulados: ACOSTA PAOLA INES

S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA. Expte. N° 100/10, en los que se ha dictado el

siguiente proveído: "San Miguel de Tucumán, 1 de febrero de 2011.- 1.-

Notifíquese bajo apercibimiento de Ley, el traslado de la demanda Terán Tomasa de

Hill, y en su caso contra sus herederos, en el carácter de titular registral del

inmueble, mediante edictos a publicarse en el Boletín Oficial por el término de

Ley (cinco días).- Personal".- Fdo. Dra. María Isabel Tenreyro.- Juez. E 21 y V

27/06/2011. $134,13. Aviso N° 159.213.

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Aviso número 159136

JUICIOS VARIOS / BANCO DEL TUCUMAN S.A. C/ COLOMBRES ALBERTO AUGUSTO

Y OTROS

POR 5 DIAS - En los autos del rubro que tramitan por ante este Juzgado Civil en

Documentos y Locaciones de la la. Nominación a cargo de la Dra. Graciela del V.

Lopez de Valverde, Secretaría de la autorizante Dra. Maria Victoria Gomez

Tacconi, se ha dispuesto librar la presente en los autos caratulados BANCO DEL

TUCUMAN S.A. C/ COLOMBRES ALBERTO AUGUSTO Y OTROS S/ COBRO EJECUTIVO (INH-

INHIBICION- JUZG.ORIG.4a D.Y LOC.) Expte. n° 9079/01 a fin de notificar al

demandado Soler Jose y Fioretti Raul Eduardo, de la providencia que a

continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 16 de marzo de 2011.- Atento a

lo peticionado y constancias de autos, notifíquese a los Sres. Soler, Jose y

Fioretti, Raul Eduardo la Planilla del 23/09/10 (fs. 242),mediante publicación de

edictos en el Boletín Oficial por el término de Cinco Días (art. 284 inc. 5 del

C.P.C.C.).-San Miguel de Tucumán, 23 de septiembre de 2010. De la planilla

presentada, córrase traslado a la parte demandada por el término de cinco días.-

Personal.- Fdo. Dra. Graciela del V. Lopez de Valverde. Juez. Secretaría, San

Miguel de Tucumán, 17 de marzo de 2011. Nora Estela Alvarez, Prosecretaria. E 17

y V 24/06/2011. $215,53. Aviso N° 159.136.

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Aviso número 159164

JUICIOS VARIOS / "BELTRAN MARIA FERNANDA Y CANIGIA JUAN JOSE C/

MOLINA LOPEZ EDUARDO LUIS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS"

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante el Juzgado de la. Instancia en lo Civil y

Comercial Común de la Séptima Nominación, a cargo de la Dra. Nilda Graciela Dalla

Fontana, Juez; Secretaría del Dr. Guillermo Garmendia, tramitan los autos

caratulados: "BELTRAN MARIA FERNANDA Y CANIGIA JUAN JOSE C/ MOLINA LOPEZ EDUARDO

LUIS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS", Expte. n° 1865/06, en los cuales se ha

dictado el proveído que se transcribe: San Miguel de Tucumán 23 de septiembre de

2010.- Atenta a lo solicitado y a constancias de autos, notifíquese la demanda a

Eduardo Luis Molina López por medio de edictos. A sus efectos publíquense edictos

por el término de Cinco Días, en el Boletín Oficial con un extracto de la demanda

Fdo. Dra. Nilda Graciela Dalla Fontana (Juez).-. San Miguel de Tucumán, 24 de

octubre de 2006.Proveyendo el escrito de demanda: cítese a los accionados para

que se apersonen a estar a derecho en la presente causa y córraseles traslado de

la demanda por el término de quince días, bajo apercibimiento de ley. Personal.

Notificaciones, lunes y jueves o día subsiguiente hábil en caso de feriado.

Permítase la actuación simple y Libre de Derechos. Concédase un plazo de 30 días

para presentar los instrumentos exigidos por la ley 6314 Fdo Dra Nilda Graciela

Dalla Fontana (Juez) Extracto de la Demanda A fs. 56 se presenta el el letrado

Ramón Mariano Peralta, apoderado de los actores Maria Fernanda Beltrán D.N.I. N°

20.653.007 y Juan José Canigia D.N.I. N° 16.216.408 quienes actúan por si y por

sus hijos menores Agustín Canigia, Alejo Canigia y Maria Valentina Canigia,

iniciando demanda por daños y perjuicios en contra de Eduardo Molina López D.N.I.

N° 21.027.194, Julio Esteban Suarez D.N.I. N° 25.741.779, Claudio Gustavo

Gonzalez D.N.I. N° 20.179.024, y José Maria Gasco, D.N.I. N° 12.413.485 por la

suma de $226.000 mas intereses gastos y costas. Manifiesta que la actora Maria

Fernanda Beltrán con sus hijos menores, el día 09.08.04, siendo hs 19:00

aproximadamente abordaron un remis de la empresa "Cinco Estrellas, marca Fiat

Duna color verde oscuro. Circulando por calle Cuba, al llegar a la intersección

con Avda Avellaneda, se produjo una colisión con otro vehiculo que venía desde el

norte. Posteriormente fueron llevados, la actora y sus hijos a Hospital Padilla

donde se le practicaron curaciones a ella y su hijo Alejo quién luego por las

heridas sufridas fue trasladado al Hospital de Niños. El accidente fue

protagonizado por Julio Esteban Suarez conductor del vehículo Renault 19 color

blanco, dominio DDD-736 y propiedad de Eduardo Molina Lopez, que embistió al

Remis Fiat Uno de color verde, dominio AEF-167, el que era conducido por Jose

Mario Gasco y propiedad del Sr. Caludio Gustavo Gonzalez, siendo Jose Mario Gasco

también responsable del accidente como consta en la causa caratulada: Suarez

Julio Esteban y Gasco Jose Marío S/Lesiones Culposas que se tramitan en la

Fiscalía de Instrucción de la VII Nominación. Posteriormente presenta

documentación y solicita que se haga lugar a la demanda incoada San Miguel de

Tucumán 9 de Junio de 2011. Libre de Derechos. Ley 6314. Secretaría. Fdo. Dr.

Guillermo Garmendia, Secretario. E 17 y V 24/06/2011. Libre de Derechos. Aviso

N° 159.164.

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Aviso número 159115

JUICIOS VARIOS / CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROV. DE TUC. C/

SANCHEZ TARDAN EDGARDO A.

POR 3 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial

Común de la Tercera Nominación, a cargo del Sr. Juez Subrogante Dra. Graciela

Dalla Fontana, y Secretaria Vespertina a cargo de la Proc. Julieta Ramirez,

tramitan los autos caratulados: "CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROV. DE TUC. C/

SANCHEZ TARDAN EDGARDO A. S/ COBROS (SUMARIO)", Expediente N° 3347/06, se ha

dispuesto la providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 20 de Abril

de 2011. Asimismo atento lo solicitado, declárese rebelde a Edgardo Alfonso

Sanchez Tardan, y hágasele saber que las notificaciones se practicarán conforme

lo prevee el art. 191 del CPCC .. - Fdo.: Dra Graciela Dalla Fontana Juez.-

PT".Saludo a Ud. Atte. E 16 y V 21/06/2011. $83,69. Aviso N° 159.115.

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Aviso número 158708

JUICIOS VARIOS / "DIAZ NORMA BEATRIZ Y OTRAS S/ CANCELACION

(ESPECIAL)"

POR 15 DIAS: Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial

Común de la Ia. Nominación, Secretaría a cargo de la Dra. Fabiana P. Borquez,

tramitan los autos caratulados: "DIAZ NORMA BEATRIZ Y OTRAS S/ CANCELACION

(ESPECIAL)" expte. n° 1799/10, en los cuales se ha dictado el siguiente proveído:

San Miguel de Tucumán, 27 de abril de 2011.- Atento a las constancias de autos, y

según lo solicitado, publíquese Edictos en el Boletín Oficial conforme lo

ordenado en el punto III) del proveído de fecha 07/07/2010 (fs.14).- Fdo. Dr.

Ricardo Molina Juez P/T San Miguel de Tucumán, 7 de julio de 2010 .I)Téngase a

la Sra. Defensora Oficial Maria Isabel Vidal Sanz, por presentada, con el

domicilio legal constituido en su público despacho. Désele intervención. II)

Téngase por iniciada la cancelación judicial del certificado de plazo fijo N°

0869507/08 suscripto en fecha 19/4/2010 y con fecha de vencimiento el día

19/5/2010; emitido por la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán -

Sucursal Trancas- por un monto de $ 8.428,48 (Pesos ocho mil cuatrocientos

veintiocho con 48/100). III) Notifíquese mediante Edictos en el Boletín Oficial,

por el término de 15 días, para que quien se creyera con derecho a su cobro,

comparezca a tomar intervención en estos autos, bajo apercibimiento de que una

vez transcurrido el plazo de sesenta días desde la última publicación de edictos,

sin haberse deducido oposición, dicho valor Quedara Privado de Toda Eficacia

Jurídica (art. 89 y ccdtes. Dto. Ley 5965/63, aplicable al caso). IV) Líbrese

Cédula la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán -Sucursal Trancas.

V) Previamente preste el actor caución juratoria de ley Lunes y Jueves para

notificaciones en Secretaría o día subsiguiente hábil en caso de feriado. VI)

Previo a todo trámite, atento lo solicitado, informes acompañados y según lo

prescripto en el art. 268 del C.P.C., permítase al actor litigar sin gastos. Del

pedido Beneficio para litigar sin gastos, córrase vista a Fiscalía Civil, que por

turno corresponda. A tal fin, remítansele los presentes autos. Fdo. Dra. Maria

Isabel Tenreyro Juez. -Secretaría. San Miguel de Tucumán, 29 de abril de 2011.

Fdo. Fabiana P. Borquez, Secretaria. E 03 y V 24/06/2011. Libre de Derechos.

Aviso N° 158.708.

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Aviso número 159156

JUICIOS VARIOS / "GRANDES BAZARES DEL NORTE S.A. Y PRIETO RAFAEL

LEON Y YAPUR DE PRIETO NELLY S/ CONCURSO PREVENTIVO"

POR 2 DIAS - Por disposición del Sr. Juez, del Juzgado Civil y Comercial Común de

la Cuarta Nominación, Dra. Emely Ana Amenabar; Secretaría Judicial de Concursos y

Quiebras a cargo del Dr. Tomas Martínez Pardo, por ante el cual se tramitan los

autos caratulados: "GRANDES BAZARES DEL NORTE S.A. y PRIETO RAFAEL LEON y YAPUR

DE PRIETO NELLY S/ CONCURSO PREVENTIVO", Expediente N° 3008/01, se ha dispuesto

por este medio notificar la providencia que se transcribe a continuación: "San

Miguel de Tucumán, 8 de junio de 2011.- Atento a lo solicitado, publíquese

edictos por el término de dos días, haciéndose saber que el lugar de pago de la

Tercera cuota concordataria es en la sede de la concursada "Grandes Bazares Del

Norte S.A" sito en calle Córdoba N° 725 de la ciudad de San Miguel de Tucumán,

los días hábiles en el horario de 9:00 a 12:00 y de 17:00 a 20:00 hrs.- A sus

efectos, líbrese edictos a La Gaceta y al Boletín Oficial.- Fdo. Dra. Emely Ana

Amenabar.- Juez.- Secretaría, 15/06/11. Fdo. Dr . Tomas Martínez Pardo,

Secretario. E 17 y V 21/06/2011. $78,51. Aviso N° 159.156.

Page 64: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 158953

JUICIOS VARIOS / HERRERA BLANCA ROSA S/ PRESCRIPCION ADQ

POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo

Civil y Comercial Común de la IIa. Nominación del Centro Judicial de Concepción,

a cargo de la Dra. Marcela Fabiana Ruiz, se tramitan los autos caratulados:

HERRERA BLANCA ROSA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA (09/04/10 rec. sin causa pasa a

C.C.C. lla. Nom.), en los cuales la Sra. Juez que entiende en la causa a dictado

el siguiente proveído: Concepción, 14 de abril de 2011.- Téngase presente lo

manifestado. Atento lo peticionado, cítese a: Alderete Justa y/o sus herederos

y/o las personas que se creyeren con derecho sobre el inmueble motivo del juicio,

Ubicado en: Localidad de Amberes, Dpto. Monteros, en el km. 749 de la ruta

Nacional N° 38, desde allí, por camino vecinal a 7km aproximadamente. Linderos:

al Norte: Alderete Manuel Antonio; Sur: Camino Vecinal; Este: María Alderete de

Díaz, hoy Acuña; y al Oeste: Camino Vecinal.- Dimensión: Según Plano de Mensura

para información posesoria N° 13826/89, aprobado por la Dirección General de

Catastro mediante expte. 2698D/R/1989, de fecha 29/03/1989, mide: del punto A-S:

279,16m.; del punto S-C: 13,39m.; del punto C-D: 495,12m.; del Punto O-E: 281,21

m.; y del punto E-A punto de partida: 499,77m. superficie: Tiene una superficie

total de 14 Has. 3053,1268 m2.- Nomenclatura catastral: Padrón Inmobiliario

Provincial: 40400, Circunscripción: II, Sección G, Mat./Ord.: 19305/55, Manzana

365, Parcela 127 , para que se apersonen a estar a derecho y córraseles traslado

de la demanda para que la evacuen en el plazo de SEIS días, bajo apercibimiento

de designárseles en su representación a un Defensor de Ausentes (art. 284 Inc.

5°, 393, 394 Procesal). A sus efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial

por el término de Diez Días, haciéndose constar el inmueble del juicio y que se

han designado los días martes y viernes o subsiguiente hábil en caso de feriado

para las notificaciones en Secretaría, donde se reservan las copias para

traslado. Fdo. Dra. Marcela Fabiana Ruiz - Juez." Concepción, 27 de abril de

2011.- MFL Dr. Paulo Federico Uribio, Sec. Judicial. E 13 y V 27/06/2011.

$789,21. Aviso N° 158.953.

Page 65: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159000

JUICIOS VARIOS / MONTENEGRO NORMA DEL VALLE C/ COLOMBRES GARMENDIA

LUIS OSCAR

POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de

la Ia. Nominación, , Secretaría a cargo de la Dra. Fabiana P. Borquez , tramitan

los autos caratulados: "MONTENEGRO NORMA DEL VALLE C/ COLOMBRES GARMENDIA LUIS

OSCAR Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA" expte. n° 3806/09, en los cuales se ha

dictado el siguiente proveído: San Miguel de Tucumán, 22 de marzo de 2011. Atento

a lo solicitado y según constancias de autos, publíquense edictos en el Boletín

Oficial por el término de diez días, haciéndose conocer la iniciación del

presente juicio por prescripción adquisitiva que promueve la Sra. Montenegro

Norma del Valle, respecto del inmueble ubicado en calle Rondeau n°1997/99,

ciudad, identificado con padrón n° 131425, matrícula/n° de orden 11399/3213, C.

I, Sección 13, parcela I, manzana n°67, en contra de Luis Oscar Colombres

Garmendia, Antonio Colombres Garmendia y Mario Colombres Garmendia en el caracter

de herederos de Clementino Colombres Garmendia. En los mismos cítese a Luis Oscar

Colombres Garmendia, Antonio Colombres Garmendia y Mario Colombres Garmendia y/o

sus herederos, y/o quienes se creyeren con derecho, a fín de que dentro del

temino de seis días contesten demanda, bajo apercibimiento de designarseles como

su legítimo representante al Defensor Oficial de Ausentes.- Lunes y Jueves, para

las notificaciones en Secretaría o día subsiguiente hábil en caso de feriado. ML

3806/09.-" Fdo. Dra. Hilda Graciela Vazquez Juez P/T.- Secretaría. San Miguel de

Tucumán, 11 de abril de 2011.- Dra. Fabiana P. Borquez, Sec. Judicial. E 14 y V

28/06/2011. $592. Aviso N° 159.000.

Page 66: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 158871

JUICIOS VARIOS / "MONTOYA MIRTA SUSANA C/ CIA. AZUCARERA BELLA

VISTA S.A S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA"

POR 10 DIAS - Por disposición del Sr. Juez del juzgado Civil y Comercial Común de

la Cuarta Nominación, Dr. Dra Emely Ana Amenabar; Secretaría a cargo de la Dra.

Andrea Josefina Gallegos, por ante el cual se tramitan los autos caratulados :

"MONTOYA MIRTA SUSANA C/ CIA.AZUCARERA BELLA VISTA S.A S/ PRESCRIPCION

ADQUISITIVA", Expediente N° 1663/07, se ha dispuesto por este medio notificar la

providencia que se transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán, 16 de mayo

de 2011.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de diez días,

haciéndose conocer la iniciación del presente juicio que por prescripción

adquisitiva promueve Mirta Susana Montoya, sobre el siguiente inmueble: Lote N°

8, Padrón 178.850 sito en calle 9 de Julio 130 (ex Agustina B. de García

Fernández, Cuartos Nuevos), B° Las Moreras de la ciudad de Bella Vista, Dpto.

Leales (ex-Famaillá).- En los mismos cítese a Cía. Azucarera Bella Vista S.A y/o

quienes se creyeren con derecho, a fin de que dentro del término de seis días se

apersonen a estar a derecho, bajo apercibimiento de designarse como representante

legal al Defensor Oficial de Ausentes; en el mismo acto córraseles traslado de la

demanda la que deberán contestar dentro de igual plazo.- Lunes y jueves para las

notificaciones en Secretaría o día siguiente hábil en caso de feriado.

Secretaría, 30/05/2011. Fdo. Andrea Josefina Gallegos, Secretaria. E 09 y V

23/06/2011. $527,62. Aviso N° 158.871.

Page 67: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 158856

JUICIOS VARIOS / MORENO DE CORDOBA MARIA RAMONA Y OTROS C/BARROS

MIGUEL ANGEL Y OTROS

POR 10 DIAS - Por disposición del Sr. Juez del juzgado Civil y Comercial Común de

la Cuarta Nominación, Dr. Dra. Emely Ana Amenabar; Secretaría a cargo de la Dra.

Andrea Josefina Gallegos, por ante el cual se tramitan los autos caratulados :

"MORENO DE CORDOBA MARIA RAMONA Y OTROS C/BARROS MIGUEL ANGEL Y OTROS S/

ESCRITURACION", Expediente N° 2700/04, se ha dispuesto por este medio notificar

la providencia que se transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán, 12 de

abril de 2011. Atento lo ordenado por el Tribunal Superior, practíquese la

notificación faltante que dá cuenta el informe de la Excma. Cámara en fecha

26/08/2010 (fs. 179),. A sus efectos, notifíquese la resolución de fecha

01/09/09, cuya parte pertinente se transcribirá, a los demandados Jacobo León,

Eduardo Augusto Abregú, Miguel Ángel Barros y Alicia Tobías Leavy De Barros,

mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial por el término de diez

días.- Publíquese edictos haciéndose constar que son "libres de derecho - ley

6.314".- "San Miguel de Tucumán, 01 de Setiembre de 2009 Autos y Visto: ......

Resulta: ..... Considerando: .... Resuelvo: I- Hacer Lugar a la presente demanda

por escrituración seguida por María Ramona Moreno de Córdoba y Víctor Horacio

Córdoba, en contra de Miguel Ángel Barros, Alicia Tobías Leavy de Barros, Jacobo

León, Alfredo León y Eduardo Augusto Abregú. En consecuencia condeno a los

demandados a suscribir a favor de los actores la escritura traslativa del dominio

del inmueble ubicado en calle Esquiú al 200, manzana F, lote 11, Barrio Los

Fresnos, Yerba Buena, Provincia de Tucumán, de las siguientes medidas

perimetrales: 10 mts de frente por 10 mts de contrafrente; por 30 mts de fondo en

su lado Oeste y 30 mts de fondo en su lado Este. Linda al Norte con calle

pública; al Sud con lote N° 20 F; al Oeste con lote N° 10 F y al Este con lote N°

12 F. Padrón Catastral 483.388; matrícula 7713 bis, Circunscripción |; sección N;

manzana/lámina 125; parcela 26; sub-parcela 11 F. Dicho lote forma parte de un

inmueble de mayor extensión inscripto en el Registro Inmobiliario bajo el N° T-

01936. La escritura traslativa de dominio deberá otorgarse dentro de los diez

días de quedar firme la presente resolución, bajo apercibimiento de otorgarla el

Juzgado en su representación y a su cargo. ||- Las Costas se impondrán a los

demandados vencidos en forma solidaria e ilimitada, conforme se considera, (art.

106 C.P.C y C.T). |||- Reservar pronunciamiento sobre regulación de honorarios

para su oportunidad. Hágase Saber". Secretaría, 17/05/2011. E 09 y V 23/06/2011.

Libre de Derechos. Aviso N° 158.856.

Page 68: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159046

JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUC. -DGR- C/ TRANSPORTE COLECTIVO DE

PASAJEROS TUCMA S.R.L.

POR 5 DIAS - Edictos Libre de derechos - Por disposición del Juzgado de Cobros y

Apremios de la Segunda Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E.

Garrocho Terán, y Claudia Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados:

"PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS TUCMA S.R.L. S/

EJECUCION FISCAL. Expte. N° 2573/08".-, se hace saber a Transporte Colectivo de

Pasajeros Tucma S.R.L., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del

rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de

Tucumán, 16 de mayo de 2011. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en

autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha, 01/08/2008 mediante la

publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- San

Miguel de Tucumán, 01 de agosto de 2008.- I) Por apersonado y con domicilio legal

constituido, désele intervenci6n se Ley al presentante en el carácter invocado.

II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las sumas de $126.456,20

y $25.291,00 en concepto de capital y acrecidas, respectivamente. En defecto de

pago, Cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de

su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento

de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 160 y 164 del Código

Tributario). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese

hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente

ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 517 y 158 del C.

P. C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 129, Ley citada. III) Atento

a lo solicitado autorizase al letrado Federico Rodríguez (MP 6149) para retirar y

diligenciar oficios y cédulas pertenecientes a los autos del rubro.

Notificaciones diarias en Secretaría.- CLC 2573/08 - Fdo: Dra. Adriana Elizabeth

Berni - Juez de Cobros y Apremios II° Nom. " Se hace constar que las copias se

encuentran a su disposición en Secretaría.- Secretaría. 16 de mayo de 2011. Dras.

Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial. E 15 y V 22/06/2011. Libre de Derechos.

Aviso N° 159.046.

Page 69: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159108

JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN C/ CARLETTI RUBEN HUGO

POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda

Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Terán, y Claudia

Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ CARLETTI

RUBEN HUGO S/ COBRO EJECUTIVO. EXPTE. N° 3785/09".-, se hace saber al Sr.

Carletti, Rubén Hugo, cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del

rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de

Tucumán, 20 de mayo de 2011. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en

autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha. 07/10/2009 mediante la

publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese. Miguel de

Tucumán, 7 de octubre de 2009. I) Por apersonado y con domicilio legal

constituido, désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado.

II) Resérvese la documentación en Caja de seguridad del juzgado. IV) Intímese a

la parte demandada al pago en el acto de la suma de $1.000,00 y $200,00 por

capital y acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo, Cítesela de remate para

que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las

excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la

presente ejecución (Art. 502 Inc. I y Ccs. del C.P.C. y C.). A sus efectos

líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en su domicilio,

el encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas, procederá de

acuerdo a lo prescripto por los arts. 517 y 158 del C. P. C. y en el mismo acto

dejará las copias del art. 129, Ley citada. Notificaciones diarias en Secretaría.

"Se hace constar que las copias se encuentran a su disposición en Secretaría.-

Secretaría. 20 de mayo de 2011.- Dras. Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial.

E 16 y V 23/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.108.

Page 70: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159110

JUICIOS VARIOS / "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ GUTIERREZ ANTONIO S/ COBRO

EJECUTIVO. EXPTE. N° 823/09"

POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda

Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Teran, y Claudia

Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ GUTIERREZ

ANTONIO S/ COBRO EJECUTIVO. EXPTE. N° 823/09", se hace saber al Sr. Gutierrez,

Antonio, cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro se ha

dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán. 20 de

abril de 2011. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en autos: cúmplase

con la medida ordenada con fecha, 20/05/09 mediante la publicación de edictos

durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- SMS-823/09 - Fdo Dra. Adriana

Elizabeth Berni- Juez de Cobros y Apremios II° NOM" .-"San Miguel de Tucumán. 20

de mayo de 2009. I) Por apersonado y con domicilio legal constituido, désele

intervención de ley al presentante en el carácter invocado. II) Resérvese la

documentación en Caja de seguridad del juzgado. III) A la reserva: Téngase

presente IV) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de la suma de

$1.204,00 y $240,00 por capital y acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo,

Cítesela de Remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su

notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de

llevarse adelante la presente ejecución (Art. 502 Inc. I y Ccs. del C.P.C. y C.).

A sus efectos Iíbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en

su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas,

procederá de acuerdo a lo prescripto por los arts. 517 y 158 del C. P. C. y en el

mismo acto dejará las copias del art. 129, ley citada. Notificaciones Diarias en

Secretaría. 823/C9 CIC Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni- Juez de Cobros y

Apremios II° NOM.- Secretaría. 20 de abril de 2011.-SMS. Fdo. Claudia L. Salas de

Zossi, Secretaria. E 16 y V 23/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.110.

Page 71: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159187

JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ CABEGE ELECTRO

CONSTRUCCIONES S.R.L.

POR 5 DIAS - Se hace saber a Cabege Electro Construcciones S.R.L., cuyo domicilio

actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Dra. Ana

María Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y

Sylvia Liliana Liendo se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -

DGR- C/ CABEGE ELECTRO CONSTRUCCIONES S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL", Expediente N°

6775/10, en el que se ordenó la siguiente providencia que a continuación se

transcribe: San Miguel de Tucumán, 15 de abril de 2011.- Agréguese. Téngase

presente. Atento lo solicitado practíquese la medida ordenada mediante

providencia de fecha 22/9/2010, mediante edictos, debiéndose efectuar su

publicación por cinco días, en el Boletín Oficial libre de derechos, quedando a

su disposición para ser compulsada las fotocopias de la demanda en Secretaría

Actuaria. Fdo.: Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez - San Miguel de Tucumán, 22

de septiembre de 2010. I) Por apersonado y con domicilio legal constituido,

désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado. II) Intímese a

la parte demandada al pago en el acto de la suma de $465,66 y $1.000,00 en

concepto de capital y acrecidas respectivamente. Al mismo tiempo, Cítesela de

remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su notificación,

oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse

adelante la presente ejecución (Arts. 176 y 179 del Código Tributario). A sus

efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en su

domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas,

procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 500 y 157 del C.P.C. (Ley

6176) y en el mismo acto dejará las copias del art. 128 (Ley 6176), Ley citada.

Notificaciones diarias en Secretaría. Fdo.: Dra. Ana María Antun de Nanni -

Juez". San Miguel de Tucumán, 10 de mayo de 2011. Sylvia Liliana Liendo, Sec.

Judicial. E 17 y V 24/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.187.

Page 72: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159177

JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ DROGUERIA GRAFON

S.R.L.

POR 5 DIAS - Se hace saber a Droguería Grafon S.R.L., cuyo domicilio actual se

ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Dra. Ana Maria

Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y Sylvia

Liliana Liendo se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/

DROGUERIA GRAFON S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL", Expediente N° 6776/10, en el que se

ordenó la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Miguel de

Tucumán, 15 de abril de 2011.- Agréguese. Téngase presente. Atento lo solicitado

practíquese la medida ordenada mediante providencia de fecha 22/9/2010, mediante

edictos, debiéndose efectuar su publicación por Cinco Días, en el Boletín Oficial

Libre de Derechos, quedando a su disposición para ser compulsada las fotocopias

de la demanda en Secretaría Actuaria. Fdo: Dra. Ana Maria Antun de Nanni - Juez -

San Miguel de Tucumán, 22 de septiembre de 2010. I) Por apersonado y con

domicilio legal constituido, désele intervención de ley al presentante en el

carácter invocado. II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de la

suma de $260,79 y $1.000,00 en concepto de capital y acrecidas respectivamente.

Al mismo tiempo, Cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil

subsiguiente al de su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere

bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 176 y 179

del Código Tributario). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el

deudor no fuese hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas

precedentemente ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts.

500 y 157 del C. P. C. (Ley 6176) y en el mismo acto dejará las copias del art.

128 (Ley 6176), ley citada. Notificaciones diarias en Secretaría. Fdo.: Dra. Ana

Maria Antun de Nanni - Juez". San Miguel de Tucumán, 10 de mayo de 2011.- Sylvia

Liliana Liendo, Sec. Judicial. E 17 y V 24/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N°

159.177.

Page 73: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159139

JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ JUAN RICARDO VILLA

S.R.L.

POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda

Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Terán, y Claudia

Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ JUAN

RICARDO VILLA S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL. Expte. N° 7843/08".-, se hace saber a

Juan Ricardo Villa S.R.L., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos

del rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel

de Tucumán, 19 de mayo de 2011. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en

autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha, 01/04/2009 mediante la

publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese. San Miguel

de Tucumán, 1 de abril de 2009.- I) Por apersonado y con domicilio legal

constituido, désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado.

II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las sumas de $91.706,41 y

$18.341,00 en concepto de capital y acrecidas, respectivamente. En defecto de

pago, Cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de

su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento

de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 160 y 164 del Código

Tributario). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese

hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente

ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 517 y 158 del C.

P. C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 129, Ley citada. III) Atento

a lo solicitado autorízase al Dr. Manuel López Vallejo (MP 6031) para retirar y

diligenciar oficios y cédulas pertenecientes a los autos del rubro.

Notificaciones diarias en Secretaría.-" Se hace constar que las copias se

encuentran a su disposición en Secretaría.- Secretaría. 19 de mayo de 2011.-

Dras. Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial. E 17 y V 24/06/2011. Libre de

Derechos. Aviso N° 159.139.

Page 74: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159146

JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/JUAREZ NORMA BEATRIZ

POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda

Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Terán, y Claudia

Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR-

C/JUAREZ NORMA BEATRIZ S/ EJECUCION FISCAL. Expte. N° 2542/07".-, se hace saber a

la Sra. Juárez, Norma Beatriz, cuyo actual domicilio se desconoce, que en los

autos del rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San

Miguel de Tucumán, 18 de mayo de 2011. Cúmplase con la medida ordenada con fecha,

09/11/2010 mediante la publicación de edictos durante 3 días en el Boletín

Oficial. Ofíciese.- San Miguel de Tucumán, 9 de noviembre de 2010.- Autos y

Vistos: ... Considerando: Resuelvo: Primero: Ordenar se lleve adelante la

presente ejecución seguida por Provincia de Tucumán -DGR-, en contra de Juárez,

Norma Beatriz, hasta hacerse a la parte actora, pago íntegro del capital

reclamado en autos, Pesos cuarenta y un mil ochocientos doce con noventa y seis

centavos- ($41.812,96), en concepto de capital, con más sus intereses, gastos y

costas. Para el cálculo de los intereses se aplicará la tasa fijada por el Art.

50 del C. Tributario de la Pcia. (Ley 5121), practicándose el mismo

exclusivamente sobre el monto del capital reclamado desde la fecha de emisión del

cargo tributario, hasta su efectivo pago. Costas a los ejecutados vencidos.-

Segundo: Regular al letrado Fabricio R. Brito la suma de Pesos cuatro mil

quinientos treinta y seis con 71/100 ($4.536,71-) en concepto de honorarios por

las labores profesionales cumplidas en la primera etapa de este juicio. Con

respecto a la Sra. Defensora de Ausentes María Isabel Vidal Sanz no emitir

pronunciamiento sobre honorarios conforme lo considerado. Tercero: Comuníquese a

la Caja de Previsión y Seguridad Social de Abogados y Procuradores a los efectos

de la Ley 6.059 - Hágase saber.-" Secretaría. 18 de mayo de 2011.- Dra. Claudia

Lía Salas de Zossi, Sec. Judicial. E 17 y V 22/06/2011. Libre de Derechos. Aviso

N° 159.146.

Page 75: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159144

JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ MICSA S.R.L.

POR 3 DIAS - Y por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda

Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Terán, y Claudia

Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/

MICSA S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL. Expte. N° 2503/09".-, se hace saber al Sr.

Micsa S.R.L., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro se

ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 28

de octubre de 2009.- Autos y Vistos: ... Considerando: ... Resuelvo: Primero:

Ordenar se lleve adelante la presente ejecución seguida por Provincia de Tucumán

-DGR-, en contra de Micsa S.R.L., hasta hacerse a la parte actora, pago íntegro

del capital reclamado en autos, pesos ciento cincuenta y cinco mil cuatro con

ochenta y tres centavos- ($155.004,83), en concepto de capital con más sus

intereses, gastos y costas. Para el cálculo de los intereses se aplicará la tase

fijada por el Art. 48 del C. Tributario de la Pcia. (Ley 5121), practicándose el

mismo exclusivamente sobre el monto del capital reclamado desde la fecha de

emisión del código tributario, hasta su efectivo pago. Costas a los ejecutados

vencidos.- Segundo: Regular al letrado Fabricio R. Brito la suma de pesos

dieciséis mil ochocientos dieciocho con 02/100 ($16.818,02-) en concepto de

honorarios por las labores profesionales cumplidas en la primera etapa de este

juicio.- Tercero: Comuníquese a la Caja de Previsión y Seguridad Social de

Abogados y Procuradores a los efectos de la Ley 6.059.- Hágase saber.- Fdo.: Dra.

Adriana Elizabeth Berni - Juez de Cobros y Apremios II° Nom. Secretaría. 19 de

mayo de 2011. Dra. Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial. E 17 y V 22/06/2011.

Libre de Derechos. Aviso N° 159.144.

Page 76: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159048

JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ R.D. DISTRIBUCIONES

S.R.L.

POR 5 DIAS - Edictos Libre de derechos - Por disposición del Juzgado de Cobros y

Apremios de la Segunda Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E.

Garrocho Terán, y Claudia Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados:

"PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ R.D. DISTRIBUCIONES S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL.

Expte. N° 483/10".-, se hace saber a la firma R.D. Distribuciones S.R.L. C.U.I.T.

N° 30-69721676-2., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro

se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán,

30 de mayo de 2011. Téngase presente. Atento a lo peticionado y constancias

obrantes en autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha, 12 14/10 mediante

la publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- San

Miguel de Tucumán, 12 de abril de 2010.- I) Por apersonado y con domicilio legal

constituido, désele intervención de Ley al presentante en el carácter invocado.

II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las sumas de $41.616,44 y

$8.323,00 en concepto de capital y acrecidas, respectivamente. En defecto de

pago, Cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de

su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento

de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 160 y 164 del Código

Tributario). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese

hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente

ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 516 y 157 del C.

P. C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 128, Ley citada. III) Atento

a lo solicitado autorizase al letrado Débora Lis Schinardi (MP 6621) y Diego

Matías Alderete (MP 7061), para retirar y diligenciar oficios y cédulas

pertenecientes a los autos del rubro. Notificaciones diarias en Secretaría.- Se

hace constar que las copias se encuentran a su disposición en Secretaría.-

Secretaría. 30 de mayo de 2011.- Dras. Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial.

E 15 y V 22/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.048.

Page 77: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159074

JUICIOS VARIOS / PULIDO MIGUEL ANGEL S/ CONCURSO PREVENTIVO

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial

Común de la Tercera Nominación, a cargo de la Sra. Juez. Dra. Emely Amenabar, y

Secretaría a cargo de la Dra. Alejandra V. Chemes, tramitan los autos

caratulados: "PULIDO MIGUEL ANGEL S/ CONCURSO PREVENTIVO", Expediente N° 3023/09,

se ha dispuesto la providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 06 de

junio del 2011.- Habiéndose denunciado el domicilio con posterioridad a la fecha

en que el Dr. Juan Carlos Augier retiró los edictos, realícese una publicación

comlementaria con los datos contenidos en el presente escrito.- Fdo.: Dra. Emely

Amenabar - Juez - P/T". Se hace constar que la síndico atenderá las demandas de

verificación de créditos, consultas de legajos así como las impugnaciones u

observaciones y sus eventuales contestaciones en el presente proceso concursal,

en las oficinas de calle San Martín 938 (altos), de esta Capital, de Lunes a

Jueves de 9 a 12 horas y de 18 a 20 horas.- San Miguel de Tucumán, 10 de junio

de 2011 .E 15 y V 22/06/2011. $194,81. Aviso N° 159.074.

Page 78: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159103

JUICIOS VARIOS / SUPERCANAL S.A..C/ TELSAT S.R.L.

POR 5 DIAS - Se hace saber TELSAT S.R.L. que por ante el Juzgado de Ia. Instancia

en lo Civil y Comercial Común de la Séptima Nominación, a cargo de la Dra. Nilda

Graciela Dalla Fontana, Juez; Secretaría del Dr. Guillermo Garmendia, tramitan

los autos caratulados:"SUPERCANAL S.A.. C/ TELSAT S.R.L. S/ DIVISION DE

CONDOMINIO", Expte. n° 1977/08, en los cuales se ha dictado el proveído que se

transcribe: "15 de noviembre de 2010.- . San Miguel de Tucumán, 15 de noviembre

de 2010.-Téngase por adecuada la demanda en los términos de esta presentación, en

consecuencia, cítese a los accionados para que se apersonen a estar a derecho en

la presente causa y córraseles traslado de la demanda por el término de quince

días, bajo apercibimiento de ley. Personal. A sus efectos y atenta a que no pudo

determinarse el domicilio social de la demandada TELSAT S.R.L., publíquense

edictos por el termino de Cinco Días en el Boletín oficial, con un extracto de la

demanda . ............-1977/08 - GG Fdo. Dra. Nilda Graciela Dalla Fontana-

(Juez) Extracto de la Demanda: A fs. 194 se presenta el letrado Marcelo Daniel

Yanotti en el carácter de apoderado de Aconquija Televisora Satelital S.R.L

(empresa absorbida por fusión por SUPERCANAL S.A., según consta en el acuerdo

definitivo de fusión, formalizado por escritura publica n° 491 de fecha

24.10.08), con domicilio en Avda Mate de Luna 4695 de esta ciudad , ordinarizando

demanda por división de condominio en contra de TELSAT S.R.L., con domicilio en

calle Huemul 125 de esta ciudad, respecto de la red de cable coaxil tendida en

ciertos barrios de la ciudad de San Miguel de Tucumán y zonas aledañas. La misma

se encuentra destinada a la prestación del servicio de televisión por circuito

cerrado (el "Sevicio"), siendo la actora copropietaria con TELSAT por partes

iguales en virtud de un contrato celebrado el 19/07/93, el cual venció el

18/07/08. Esta comunidad de bienes se compone de un cable coaxil, amplificadores

troncales, y de distribución, fuentes de alimentación, derivadores, tabs

(dispositivos para conexión al usuario), y las acometidas a los domicilios de los

clientes usuarios. En virtud de lo manifestado, es que inicia la presente acción

solicitando se proceda a dividir el condominio existente sobre la red de CATV,

presentando a sus efectos un proyecto de partición. Acto seguido ofrece pruebas y

solicita que se haga lugar a la presente acción. Secretaría 24 de Febrero de 2011

Fdo. Dra. Nilda Graciela Dalla Fontana- . San Miguel de Tucumán, 24 de mayo de

2011. Secretaría. - Dr. Guillermo Garmendia, Sec. Judicial. E 16 y V 23/06/2011.

$481,93. Aviso N° 159.103.

Page 79: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159208

JUICIOS VARIOS / TARJETA PLATINO S.A. C/ SIMULA ALEJANDRINA

POR 2 DIAS - Se hace saber a Alejandrina Simula, DNI N° 25.444.263 con domicilio

desconocido, que por ante éste Juzgado en lo Civil en Documentos y Locaciones de

la Novena Nominación, del Centro Judicial Capital, a cargo del Dr. Luis Miguel

Violetto, Secretario Proc. Carlos Edgardo Sosa y/o Dra. Ileana Maria Moreno se

tramitan los autos caratulados: "JUICIO: TARJETA PLATINO S.A. C/ SIMULA

ALEJANDRINA S/ COBRO EJECUTIVO. EXPTE. N° 545/07, en el que se ordenaron las

siguientes providencias: San Miguel de Tucumán,31 de mayo de 2011.- Atento a lo

manifestado intímese al demandado por edictos por dos días, conforme lo

solicita.- MFC.545/07. Fdo. Dr. Luis Miguel Violetto. Juez. S. M. de Tucuman, 18

de octubre de 2010.- I).- Por iniciada ejecución de honorarios del Dr. Maximo F.

Campero.- II).- Por apersonado y con domicilio legal constituído, désele

intervención al presentante en el carácter invocado. Intímese a la parte

demandada el pago en el acto de la suma de $1.550.- en concepto de honorarios

regulados, con más la suma de $600.- calculadas para acrecidas. Al mismo tiempo

cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su

notificación oponga las excepciones legítimas si tuviere bajo apercibimiento de

llevarse adelante la presente ejecución. ... . Notificaciones diarias en

Secretaría. .... MFC 545/07. Fdo. Dr. Luis M. Violetto. Juez.- Se hace constar

que el Dr. Máximo F. Campero inicia ejecución de honorarios en contra de

Alejandrina Simula, DNI N° 25.444.263 por el cobro de la suma de pesos mil

quinientos cincuenta ($1.550), con más los intereses, gastos y costas según

correspondan. Fundamenta la presente acción con sentencia de trance y remate de

fecha 05 de julio de 2.010 recaída en autos y en la que se regularon sus

honorarios profesionales. Solicitando el mismo: se intime de pago a la demandada

por edicto teniendo en cuenta que se agotaron todas las vías correspondientes

para localizarla. Se reserva en secretaría copia de demanda por el término de

5(cinco) días.- Fdo. Dr. Luis Miguel Violetto. Juez. Libre de derechos. San

Miguel de Tucuman, junio 10 de 2.011. Dra. Ileana Maria Moreno, Sec. Judicial. E

21 y V 22/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.208.

Page 80: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 156687

JUICIOS VARIOS / TRUJILLO MANUEL FRANCISCO - CUARTA PUBLICACION

POR 1 DIA - Por una vez por mes y durante seis meses - Cuarta Publicación - Se

hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de la Va.

Nominación, Secretaria Va., Titular Dra. Hilda Graciela del Valle Vazquez,

Secretaría autorizante Dra. María Karina Dip, tramitan los autos caratulados:

"TRUJILLO MANUEL FRANCISCO S/ AUSENCIA" expte. n° 535/10, en los que se ha

dictado el siguiente proveído: "San Miguel de Tucumán, 3 de mayo de 2010.- Por

presentado, con los recaudos legales acompañados, y constituido domicilio legal,

désele intervención.- Atento lo solicitado y conforme lo previsto en el art. 268

del C.P.C., permítase al actor litigar sin gastos.- Líbrense los oficios exigidos

por la ley 6314, otorgándose al peticionante un plazo de sesenta días para

acreditar el diligenciamiento de los mismos.- Cítese a Manuel Francisco Trujillo,

D.N.I. N° 10.600.886, haciéndole saber la existencia del presente juicio.- A sus

efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial una vez por mes y durante seis

meses.- Asimismo y en los términos del art. 613 del C.P.C. y C. désele

intervención al Defensor de Ausentes y al Agente Fiscal.- Pasen los autos a los

funcionarios que por turno correspondan.... Fdo. Dra. Hilda Graciela del Valle

Vazquez ////San Miguel de Tucumán, 23 de febrero de 2011.- Habiéndose repuesto

tasa de justicia, líbrense los edictos ordenados en providencia del 03/5/2010.-"

Fdo. Dra. Hilda Graciela del Valle Vazquez.- Secretaría. San Miguel de Tucumán, 9

de marzo de 2011.- Dra. Maria Karina Dip, Sec. Judicial. E y V 21/06/2011. Libre

de Derechos. Aviso N° 156.687.

Page 81: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159221

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCION DE ARQUITECTURA Y URBANISMO

DIRECCION DE ARQUITECTURA Y URBANISMO

Licitación Pública N° 001/11

Expediente N°: 1513/321-P-2010

POR 4 DIAS - Objeto de la Licitación: Prórroga - Provisión e Instalación de

Ascensores Ex Hotel Corona - Dpto. Capital". Presupuesto Oficial: $675.470,40.-

Fecha de Apertura: 06/07/11.- Horas: 10:00.- Valor del pliego: $700,00.- Vto.

Venta Pliego: 30/06/11.- Para consulta o compra del pliego recurrir a la

Secretaría de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo, sita en calle Bolívar N°

981 de esta ciudad, en el horario de 8:00 a 13:00 hs. E 21 y V 24/06/2011. Aviso

N° 159.221.

Page 82: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 158860

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN LIC. PUB. Nº

01/2011

MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA

Gobierno de Tucumán

El Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento ha accedido a financiar y

asistir al Gobierno Argentino, en la ejecución de las obras correspondientes al

Proyecto de Mejoramiento de la Educación Rural Subcomponente A1-Mejoramiento de

Obras de Infraestructura Escolar y Equipamiento, mediante el préstamo BIRF 7353 -

AR. En el marco del citado proyecto, se anuncia el llamado a Licitación Pública

para la remodelación de edificios escolares.

Licitación Pública N° 01/2011.

POR 10 DIAS - Objeto: Ampliación y Refacción. Escuela: N° 164 "Padre José

Carrone" - Loc. Valle de San Javier - Dpto. Tafí Viejo - Provincia de Tucumán.

Garantía de Oferta Exigida: $13.593,00. (pesos trece mil quinientos noventa y

tres con 00/100). Fecha de Apertura: 06/07/2011 Hora: 10:00. Lugar: Coord.

Provincial PROMER - Av. Sarmiento 850 - San Miguel de Tucumán. Plazo de Entrega:

180 (Ciento Ochenta) días corridos. Valor del pliego: $ 300. Lugar de Adquisición

del Pliego: Coord. Provincial PROMER - Av. Sarmiento 850 - San Miguel de

Tucumán.- Financiamiento BIRF (Préstamo 7353-AR) a través del Ministerio de

Educación de la Nación Argentina. E 10 y V 24/06/2011. Aviso N° 158.860.

Page 83: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 158855

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN LIC. PUB. Nº

02/2011

MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA

Gobierno de Tucumán

El Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento ha accedido a financiar y

asistir al Gobierno Argentino, en la ejecución de las obras correspondientes al

Proyecto de Mejoramiento de la Educación Rural Subcomponente A1-Mejoramiento de

Obras de Infraestructura Escolar y Equipamiento, mediante el préstamo BIRF 7353 -

AR. En el marco del citado proyecto, se anuncia el llamado a Licitación Pública

para la remodelación de edificios escolares.

Licitación Pública N° 02/2011.

POR 10 DIAS - Objeto: Ampliación y Refacción. Escuela: N° 263 "Tierra del Fuego"

- Loc. Donato Álvarez - Dpto. Juan Bautista Alberdi - Provincia de Tucumán.

Garantía de Oferta Exigida: $13.401,00. (pesos trece mil cuatrocientos uno con

00/100). Fecha de Apertura: 06/07/2011 Hora: 12:00. Lugar: Coord. Provincial

PROMER - Av. Sarmiento 850 - San Miguel de Tucumán. Plazo de Entrega: 180 (Ciento

Ochenta) días corridos. Valor del Pliego: $ 300. Lugar de Adquisición del Pliego:

Coord. Provincial PROMER - Av. Sarmiento 850 - San Miguel de Tucumán.-

Financiamiento BIRF (Préstamo 7353-AR) a través del Ministerio de Educación de la

Nación Argentina. E 10 y V 24/06/2011. Aviso N° 158.855.

Page 84: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159120

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PUBLICA N° 7/2011 -

FUNDACION MIGUEL LILLO

FUNDACIÓN MIGUEL LILLO

Licitación Pública N° 7/2011

Expte. N° 085-PCAV-2011

POR 15 DIAS - Obra: "Remodelación y Revalorización parte Histórica del Viejo

Edificio de Botánica". Sitio Ejecución de Obra: Miguel Lillo N° 251 S.M. de

Tucumán.

Condiciones e Informes: Dirección General de Administración, Departamento de

Compras y Suministros, Calle Miguel Lillo N° 251, S.M. de Tucumán, días hábiles

de 8 a 12.30 horas. Valor Pliego: $ 800. Presupuesto Oficial: $ 840.563. Apertura

de Sobres: El día 08/07/2011 horas: 10 (Diez). Publicación en Boletín Oficial de

la Prov. de Tucumán (quince) días a partir del 16/06/2011. Consulta de Pliego por

Internet: www.argentmacompra.gov.ar. Fdo. Olga C. Mercado de Said, Directora de

compras. E 16/06 y V 07/07/2011. $415,70. Aviso N° 159.120.

Page 85: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 158911

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACION PUBLICA Nº 04/2011.

MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA

MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA

Ministerio de Educación de Tucumán

En el marco del Programa "Plan de Obras" se anuncia el llamado a Licitación

Pública.

Licitación Pública N° 04/2011.

POR 15 DIAS - Objeto: Edificio Nuevo. Escuela: Primaria Brig. Gral. Diego de

Rojas - Famaillá - Provincia de Tucumán. Presupuesto Oficial: $ 5.238.423,81.

Garantía de Oferta Exigida: $ 52.384,23. Fecha de Apertura: 27/07/2011 Hora:

11:00. Lugar: Salta 805 - San Miguel de Tucumán. Plazo de Entrega: 360

(Trescientos Sesenta) días corridos. Valor del Pliego: $ 3.500. Fecha límite de

venta de pliego: 25/07/2011 Hora: 12:00. Lugar de Adquisición del Pliego: Salta

N° 805 - San Miguel de Tucumán. Financiamiento: Ministerio de Educación de la

Nación Argentina. E 13/06 y V 04/07/2011. Aviso N° 158.911.

Page 86: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159044

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE SEGURIDAD CIUDADANA-LIC

PUB Nº 05-2011

GOBIERNO DE TUCUMAN

Ministerio de Seguridad Ciudadana

Dirección General de Institutos Penales

Licitación pública N° 05-2011.

Expediente N° 163/215-2011

POR 4 DIAS - Objeto de la licitación: Equipos sanitarios y de laboratorios:

Guantes y Barbijos Descartables, Valor del Pliego: Gratuito, Lugar y fecha de

apertura: Ministerio de Seguridad Ciudadana -25 de Mayo 90 (Casa de Gobierno) -

1° piso, San Miguel de Tucumán., el día 01/07/2011, a horas 11:00. Consulta y

Adquisición de Pliegos: Dirección General de Compras y Contrataciones, 25 de Mayo

90, San Miguel de Tucumán. Llamado autorizado por Resolución Ministerial N° 166/7

(SSC). E 15 y V 21/06/2011. Aviso N° 159.044.

Page 87: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159141

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES

LICITACIÓN PUBLICA N° 02/2011

GOBIERNO DE TUCUMAN

SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES

POR 4 DIAS - Licitación Pública N° 02/2011 Expediente n° 219/530-S-11

Objeto de la licitación: Vehículos: 1 unidad de Pick Up Cabina doble 4x2, Valor

del Pliego: gratuito, Lugar y fecha de apertura: Salón Comedor de Casa de

Gobierno - 25 de Mayo 90- 1er Piso- San Miguel de Tucumán, el día 05/07/2011, a

horas 11:00. Consulta y Adquisición de Pliegos: Dirección General de Compras y

Contrataciones - 25 de Mayo 90- San Miguel de Tucumán Llamado autorizado por

Decreto N° 1947/1 (SED). E 17 y V 23/06/2011. Aviso N° 159.141.

Page 88: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159215

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION LIC.

PUB. N° 01/2011

GOBIERNO DE TUCUMAN

Secretaría de Prensa y Difusión

Licitación Pública N° 01/2011

Expediente N° 67/120-S-2011

POR 4 DIAS - Objeto de la licitación: Vehículos: 1 unidad de Vehículo minibús

marca Mercedes Benz - modelo Sprinter 413 - CDI- para 19 pasajeros sentados y un

conductor (19+1), Valor del Pliego: Gratuito, Lugar y fecha de apertura:

Secretaría de Estado de Prensa y Difusión - 25 de Mayo 90 (Primer piso) Sala de

Periodistas - S. M. de Tuc, el día 06/07/2011, a horas 11:00. Consulta y

Adquisición de Pliegos: Secretaría de Estado de Prensa y Difusión - 25 de Mayo 90

(sub-suelo). S. M. de Tucumán - Tel.: 4844000 int. 483 - De lunes a viernes de 8

a 12:00 hs y 18:00. E 21 y V 24/06/2011. Aviso N° 159.215.

Page 89: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159072

LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL

LIC. PUB. 01/11

UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL

Programa de Apoyo para el Desarrollo de la Infraestructura Universitaria

Licitación Pública N° 01/11

POR 15 DÍAS - Presupuesto Oficial $2.887.525,97. Facultad Regional Tucumán

"Pabellón Laboratorios, Aulas y Biblioteca - Etapa 1" San Miguel de Tucumán -

Tucumán. Objeto: Obras Públicas. Lugar donde deben retirarse o consultarse los

pliegos Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Tucumán Rivadavia 1050

- San Miguel de Tucumán Tel: (0381) 430-5872 Fax: 421-7150 Consulta y Venta de

pliegos: a partir del 15/06/2011. Lugar de Presentación de las ofertas: Facultad

Regional Tucumán Rivadavia 1050 - San Miguel de Tucumán. Fecha de Apertura: 14 de

Julio de 2011. Hora de apertura: 18,00. Fechas de publicación: del 15/06 al

06/07/2011. Valor del Pliego: $2.900,00. Valor de garantía de oferta: 1% del

presupuesto oficial. Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y

Servicios. Ministerio de Educación. E 15/06 y V 06/07/2011. $546,68. Aviso N°

159.072.

Page 90: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159062

REMATES / CARRASCOSA FATIMA BEATRIZ C/CORNEJO JUAN FACUNDO Y OTRO

Martillero: Rubén María Sal

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil de Conciliación y

Trámite del Trabajo de la Tercera Nominación, a cargo de la Dra. Delicia Legname,

Juez; Secretaría de la Dra. Cristina Carino de Alonso y de la Dra. Mariel F. V.

Melero, tramitan los autos caratulados: "CARRASCOSA FATIMA BEATRIZ C/CORNEJO JUAN

FACUNDO Y OTRO S/ X - INSTANCIA UNICA CON BLOQUEO DE SALA", Expediente N° 149/99,

en los cuales se ha dictado el presente proveído que se transcribe a

continuación: "San Miguel De Tucumán, 26 de mayo de 2011.- A lo solicitado, no

habiéndose abonado al actor el capital condenado $8.507,47 atento las constancias

y encontrándose cumplidos los recaudos exigidos por el art. 555 del C.P.C.y C. de

aplicación supletoria, señalase el día 24/06/11 a hs.11, para que el Martillero

Rubén María Sal M.P.039 proceda al remate en la sede del Colegio de Martilleros

sito en calle 9 de Julio 421 de esta ciudad, del automotor Marca Renault, Modelo

Traffic, Corto Nafta, Dominio BHO 105 de propiedad de All Music SRL.- Que según

acta de fs.918 el citado vehículo presenta abolladuras en compuertas traseras con

rotura de una bisagra en puerta derecha, sin paragolpe plástico trasero

izquierdo; rotura de faro trasero izquierdo; insignia trasera despegada; falta el

tapizado de la puerta derecha; picado y herrumbrado en ambos pasaruedas

delanteros; paragolpe delantero roto y parrilla delantera quebrada; tapizado de

ambos asientos deteriorados y tapizados de compuertas traseras ausentes; sin

rueda de auxilio; sin gato herramienta ni batería y no cuenta con equipo de GNC;

sin cinturones de seguridad; las cubiertas se encuentran en regular estado; no

tiene stereo.- Colocada una batería el vehículo arranca y puede salir en marcha.-

Registra las infracciones que da cuenta el informe de fs. 937/939 del Tribunal

Municipal de Faltas; según informe del Registro Nacional de la Propiedad

Automotor registra los embargos e inhibiciones que constan a fs.932/935; adeuda a

la Dirección General de Rentas de la Provincia $1328,78 (fs.938 vta.).- La

subasta se efectuará sin base en dinero de contado efectivo y al mejor postor.-

Comisión al Martillero 10%, Sellado de Ley 3%, a cargo del comprador y 0,5%

L.7268 para el Colegio de Martilleros a cargo del resultado de la subasta.- Mayor

información en Secretaría Actuaria, cualquier día hábil en horas de despacho, o

al Martillero interviniente.- Atento lo dispuesto por Acordada N°88/83, ofíciese

a Secretaría de Superintendencia de la Excma. Corte, comunicando fecha y hora del

remate.- Por su naturaleza de carácter alimentario de la presente causa laboral,

está exceptuada de suspensión de ejecuciones, art.12 L.25.589.- Publíquense

edictos en el Boletín Oficial, por cinco días, libre de derechos, art13 L.6204.-

Comuníquese al Sr. Juez del Juzgado Federal de Tucumán, Secretaría de Ejecuciones

Fiscales N° 1, para que tome razón en las causas "Fisco Nacional vs. All Music

SRL S/ Ejeción Fiscal", exptes., N°5454//04, N°1547/05, N°4015/04 y N°2907/06 y

al Sr. Juez del Juzgado Federal de Tucumán N°2, Secretaría de Ejeciciones

Fiscales, para que tome razón en las causas "Fisco Nacional vs. All Music s/

Ejec.Fiscal", exptes.N° 77/06 y N°935/06.- Personal.-Fdo. Dra. Delicia Legname-

Juez" San Miguel de Tucumán, 1 de junio de 2011. Secretaría.- E 15 y V

22/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.062.

Page 91: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),
Page 92: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159109

REMATES / ELIAS ALEJANDRO JOSE C/ CASTRO BUADAS CECILIA

Martillero: Juan Alejandro Tezeira

POR 3 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado Civil en Documentos y

Locaciones de la Segunda Nominación, a cargo de la Dra. Lucía del Valle Alcorta,

Secretaría de la Dra. María del V. Antonio de Montivero y Escribana Marcela B.

Arnut, en los autos caratulados: "ELIAS ALEJANDRO JOSE C/ CASTRO BUADAS CECILIA

S/ COBRO EJECUTIVO DE PESOS" EXPTE. N° 130/06 se ha dispuesto sacar a remate por

el Martillero Público Juan Alejandro Tezeira (Mat. 103), conforme decreto que a

continuación se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 11 de mayo de 2011.- Atento

lo solicitado, constancias de autos, sáquese a remate por el Martillero Público

designado Juan Alejandro Tezeira MP: N° 103 el vehículo prendado marca Ford,

Modelo: Ecosport 2.0L 4WD XLT -2004-, Motor: CJJA48568516, Dominio EQK096, cuyas

demás características constan en autos y en el estado visto en que se encuentre.-

La subasta se realizará el día 23 de Junio de 2011, a hs.10 ó día subsiguiente

hábil a la misma hora en caso de feriado en el Salón de Remate de Tribunales sito

en calle 9 de Julio N° 421 de esta ciudad.- El remate se hará tomando como base

la suma de $ 30.800 (capital).- En caso de no haber postores se sacará nuevamente

a remate en el mismo acto sin base, dinero en efectivo de contado y al mejor

postor, debiendo el comprador depositar en el acto de la subasta el importe total

que resulte en definitiva por la subasta, más el 10% por comisión del martillero

más el 3% de sellado de Ley.- Publíquese edictos por tres días de anticipación a

la fecha de subasta en el Boletín Oficial y en otro diario de gran circulación y

por el término de tres días.- Se hace constar que los impuestos y multas y que

constan en autos son a cargo del comprador.- Se hace saber que el vehículo se

encuentra depositado en la calle Maipú N° 1.933 de esta ciudad.- Notifíquese a

las partes y martillero actuante y los Juzgados interesados que surgen de informe

del estado de dominio agregado a fs. 251 de autos.- Ofíciese a la Excma. Corte a

los fines pertinentes y al Colegio de Martilleros.-....- Fdo. Dra. Lucía del

Valle Alcorta.- Juez.- Las características del vehículo a rematar son: Dominio:

EQK096; Marca: Ford; Modelo: Ecosport 2.0L 4WD XLT 2.004; Marca Motor: Ford; N°

Motor: CJJA48568516; Tipo: Camioneta; Marca Chasis: Ford; N° de chasis:

9BFZE13F748568516.- Gravámenes sobre el vehículo: Inhibiciones: Fecha:

31/10/2008.- Carátula: Tribunal: Juzgado Federal, Secretaría 1 de Ejec. Fiscales

de Tucumán - Autos: Expte. N° 4882 año 2006, Castro Buadas Cecilia, Monto

$7.159,63, Intereses $1.073.94.- Fecha: 20/04/2010.- Carátula: Tribunal: Juzgado

Federal, Secretaría 2 de Ejec. Fiscales de Tucumán - Autos: Expte. N° 1375 Año

2007, Castro Buadas Cecilia, Monto $4.384,85, Intereses $ 657.72.- Fecha:

30/06/2010.- Carátula: Provincia de Tucumán DGR c/ Castro Buadas Cecilia s/

Ejecución Fiscal.- Expte. N° 15578/06, Juzgado de Cobros y Apremios de la II.

Nom. del Centro Judicial Capital.- Embargos: Fecha Inscrip.: 02/03/2009 Monto:

$30.800; Autos: Elías Alejandro José c/ Castro Buadas Cecilia s/ Cobro Ejecutivo

de pesos.- Juzgado en Documentos y Locaciones de la 2° Nominación.- Expte. N°

130/06.- Fecha Inscrip.: 27/11/2009 Monto: $6.336.65; Autos: Fisco Nacional vs.

Castro Buadas s/ Ejec. Fiscal.- Expte. N° 4094/2005, Juzgado Federal de Tucumán

N° 1.- San Miguel de Tucumán, 30 de mayo de 2011.- Escribana Marcela B. Arnut,

Page 93: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Sec. Judicial. E 16 y V 21/06/2011. $386,95. Aviso N° 159.109.

Page 94: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159220

REMATES / "FEDER.DE COOP.VITIVINICOLAS ARG.COOP.LTDA. (FECOVITA)

C/GUERRERO LUIS PROSPERO S/ Z- COBRO EJECUTIYO DE PESOS - EXP Nº

5458/94"

Martillera Silvia Else Diaz Thomsen

POR 2 DIAS - En el Juzgado de Documentos y Locaciones de la V° Nom. Secretaría

Actuaria a cargo de la Dra. María Inés Barros de Araujo y Secretario Carlos A.

Prado, del Centro Judicial Capital de la Provincia de Tucumán, sito en calle 24

de Septiembre 677 4to. piso, se ha procedido a dictar en los autos caratulados

"FEDER.DE COOP.VITIVINICOLAS ARG.COOP.LTDA. (FECOVITA) C/GUERRERO LUIS PROSPERO

S/ Z- COBRO EJECUTIYO DE PESOS - Exp n° 5458/94" el siguiente proveído: San

Miguel de Tucumán, 23 de mayo de 2011. I) Atento a lo solicitado, estado de la

causa: Fijase para el día 24/06/11, a hs. 11,30 o día subsiguiente hábil, a la

misma hora, en caso de feriado, para que tenga lugar la Pública Subasta de los

automotores secuestrados (fs. 56) dominios T -024320 y T -066649, todo en el

estado visto en que se encuentra, dinero de contado y al mejor postor, sin base,

siendo a cargo del comprador el 10% de comisión al martillero y 3% ley de sellos.

El remate se realizará en el local de calle 9 de Julio N° 421 de esta ciudad por

la Martillera Pública designada Martillera Silvia Else Diaz Thomsen MP. N° 038.

Publíquense edictos en el Boletín Oficial y otro diario local de gran circulación

por Dos Días. Notifíquese personalmente a las partes y a la citada martillera.

Comuníquese a Secretaría de Superintendencia de la Excma. Corte a los fines que

hubiere lugar. Líbrese Oficio. Notifíquese al demandado a los fines que prevé el

art. 533 del C.P.C. Personal. Fdo. Dr. Luis Miguel Violetto. Juez(P.T)..-. MSZ.

San Miguel de Tucumán 17 de Junio de 2011. Maria Ines Barros de Araujo. Informes

al 156815213 y/o 4220373. E 21 y V 22/06/2011. $120,77. Aviso N° 159.220.

Page 95: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159207

SOCIEDADES / ASOC. COOP. PROGRAMA DE EDUC. PERMANENTE ADULTOS

MAYORES (E.P.A.M.)

POR 1 DIA - La Comisión Directiva de la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL PROGRAMA DE

EDUCACIÓN PERMANENTE PARA ADULTOS MAYORES (E.P.A.M.) pone en conocimiento de los

asociados que el día 22 de junio de 2011 se llevará a cabo la Asamblea General

Ordinaria, a las 9:00 horas, en el local de Rivadavia 417, San Miguel de Tucumán,

con el siguiente orden del día: Elección de dos asociados para la firma del acta.

Motivo de la demora del llamado a Asamblea General Ordinaria. Lectura,

consideración y aprobación de Memoria, Balance e Inventario por el periodo

finalizado al 31 de Diciembre de 2010. Informe de la Comisión Revisora de Cuentas

año 2010. E y V 21/06/2011. $25. Aviso N° 159.207.

Page 96: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159222

SOCIEDADES / AVANZADA MUTUAL DE SERVICIOS SOCIALES

POR 1 DIA - AVANZADA MUTUAL DE SERVICIOS SOCIALES. Convocatoria

El Consejo Directivo convoca a los señores socios a la Asamblea General Ordinaria

a realizarse el día 24 de Julio de 2011, a Hs. 10:30 en la Sede Social de calle

San Martín 1154 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, a fin de considerar el

siguiente: Orden del día: 1) Designación de dos asociados que aprueben y firmen

el Acta de la Asamblea. 2) Tratamiento y consideración de la Memoria,

Inventario, Balance General, Cuenta de Recursos y Gastos, Estado Patrimonial del

Ejercicio cerrado el 31/03/2011 y documentación anexa. Aprobación del Proyecto de

Distribución del Resultado, y aprobación de la Gestión del Consejo Directivo y

Junta Fiscalizadora al 31/03/2011.3) Aprobación del ordenamiento de los cargos

del Consejo Directivo. Se recuerda a los asociados las disposiciones estatutarias

para poder asistir a la Asamblea con vos y voto. San Miguel de Tucumán, Junio de

2011. E y V 21/06/2011. $35,93. Aviso N° 159.222.

Page 97: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159061

SOCIEDADES / BIBLIOTECA POPULAR NICOLAS AVELLANEDA

POR 4 DIAS - La Asociación Civil "BIBLIOTECA POPULAR NICOLAS AVELLANEDA", sita en

calle San Martín 1650 de la Ciudad de Concepción, invita a los señores asociados

a Asamblea General Ordinaria para el Martes 21 de Junio de 2011 a Hrs. 21:00, en

el local de la Institución, para tratar el siguiente orden del día: 1- Lectura

del presente Instrumento. 2-Designación de dos socios para firmar el acta. 3 -

Informe acerca de la demora en esta convocatoria. 4- Renovación parcial de

autoridades según Estatuto (cap IV Art. 18) Maria Estela del Valle López.

Presidente. E 15 y V 21/06/2011. $86,88. Aviso N° 159.061.

Page 98: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159013

SOCIEDADES / COLEGIO DE PROFESIONALES EN SERVICIO O TRABAJO SOCIAL

POR 5 DIAS - COLEGIO DE PROFESIONALES EN SERVICIO O TRABAJO SOCIAL: Se convoca a

Asamblea Extraordinaria para el 24/06/11 a horas 19 en Chacabuco 268, 1° piso.

Temario: 1) designación de 2 asambleístas para firmar el Acta. 2) recursos de

reconsideración y apelación en subsidio presentados por el Lic. Hernán Abel Zampa

Gaiero. Fdo. Gladis Omill, Presidente y Rodrigo Azcuy, Vocal 1°. E 14 y V

21/06/2011. $75,48. Aviso N° 159.013.

Page 99: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159209

SOCIEDADES / DORMIR CONSTRUCCIONES S.R.L.

POR 1 DIA - Por disposición del Sr. Juez de Comercio, Dra. Emely Amenabar quién

firma por titular, se hace saber que por Expediente N° 1179/11 de fecha

02/06/2011, se encuentra en trámite de Inscripción el Instrumento de fecha 19 de

mayo de 2011, mediante el cuál se constituye la sociedad "DORMIR CONSTRUCCIONES

S.R.L. (constitución)", siendo las partes integrantes de su contrato social de

acuerdo a lo normado en Ley N° 19.550, las siguientes: Socios: 1) Dominga Del

Valle Albarracin, argentina, soltera, DNI n° 13.051.530, nacida 13 de diciembre

de 1958, profesión comerciante, domicilio Mza. K Casa 4 B° 300 Viviendas, altura

Frias Silva 700 Yerba Buena - Tucumán, 2) Della Fatima Miranda, argentina,

soltera, DNI N° 26.880.378, nacida 22 de junio de 1979, profesión comerciante,

domicilio Larrea 2272, ciudad capital - Tucumán.- Fecha del instrumento de

constitución 19 de mayo de 2011.- Razón social o la denominacion "DORMIR

CONSTRUCCIONES S.R.L. (constitución) ".- Domicilio: Se establece el domicilio de

la sociedad en Calle Larrea N° 2.272, ciudad San Miguel de Tucumán.- Designación

de su objeto: La sociedad podrá dedicarse por cuenta propia o de terceros o

asociada a terceros con fondos propios y/o de terceros a las siguientes

operaciones: Inmobiliarias y Constructora, mediante la compra, venta,

construcción, arrendamiento, administración y subdivisión de toda clase de

inmuebles urbanos o rurales a tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica

para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no

sean prohibidos por las leyes o por el estatuto. Comerciales. Mediante la compra,

vena, permuta, importación, exportación, representación, comisión, consignación y

distribución de bienes muebles, maquinarias e implementos, mercaderías, materias

primas y productos elaborados o no que incluya a todas las actividades del ramo

de la construcción, siendo. la presente discriminación meramente enunciativa y no

limitada, que incluya toda actividad relacionada con la construcción.- Plazo de

duración. El término de duración de la sociedad se fija en 99 años contados a

partir de la fecha de inscripción del instrumento en el Registro Público de

Comercio.- Capital social: El capital social se fija en la suma de $50.000,

dividido en 5.000 cuotas de valor nominal de $10 cada una, suscriptas e

integradas por los socios de la siguiente manera: Dominga del Valle Albarracin

2.500 cuotas - Delia Fátima Miranda 2.500 cuotas.- Organización de la

administración. La Administración, representación de la sociedad estará a cargo

de Delia Fátima Miranda quién revestirá el carácter de socio - gerente.- Fecha de

cierre de ejercicio. El ejercicio social cerrará el día 31 de diciembre de cada

año.- San Miguel de Tucumán, 14 de junio de 2011.- Alejandrina Rodríguez de

Molina, Pros. Judicial. E y V 21/06/2011. $105,41. Aviso N° 159.209.

Page 100: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159226

SOCIEDADES / MOVIMIENTO AUTONOMO DE BASES POR LA ESPERANZA Y LA

LIBERTAD (M.A.B.E.L)

POR 1 DIA - Concepción, 08 de Junio del 2011. Resolución N° 04 JEP Visto: Las

Resoluciones 01, 02 y 03 de la "Junta Promotora" convocando a elecciones internas

cerradas y designando esta "Junta Electoral Provisoria", y: Considerando: Que en

cumplimiento de las mismas, se hace necesario realizar el respectivo cronograma

electoral, por ello: La Junta Electoral Provisoria del partido "MOVIMIENTO

AUTONOMO DE BASES POR LA ESPERANZA Y LA LIBERTAD (M.A.B.E.L)" Municipal de

Concepción, Resuelve: Art. 1° - Fijar el siguiente cronograma electoral para las

elecciones internas cerradas del día, 18 de Junio del 2011: 15/06/2011 Hs. 10:00

Cierre de padrones de afiliados; 15/06/2011 Hs. 12:00 Exhibición de padrones:

16/06/2011 Hs. 10:00 Vence el plazo de presentación de listas; 16/06/2011 Hs.

20:00 Oficialización de listas; 17/06/2011 Hs. 20:00 Vence el plazo para

presentar boletas y mazo de boletas; 18/06/2011 Hs. 08:00 Inicio del comicio,

Hs.16:00 Cierre del comicio Hs. 20:00 Escrutinio definitivo, Hs. 22:00

Proclamación de candidatos y puesta en funciones. Art.2° - Serán de aplicación al

presente proceso electoral, las normas establecidas en la Carta Orgánica y de

aplicación supletoria, las normas del Código Electoral Nacional; Art. 3° - Las

Resoluciones serán notificadas por su exhibición, en la Sede Partidaria; Art. 4°-

Comuníquese a la Honorable Junta Electoral Provincial; Art. 5° - Cópiese en el

libro de Acta y Resoluciones. E y V 21/06/2011. $53,98. Aviso N° 159.226.

Page 101: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159204

SOCIEDADES / MOVIMIENTO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO

POR 1 DIA - Convóquese a elecciones internas cerradas del MOVIMIENTO DE

INTEGRACIÓN Y DESARROLLO en cumplimiento de la ley 5454, para el día 19 de Junio

del corriente año en el domicilio partidario. Cronograma electoral. Día 18: Hs

8.00 Exhibición de padrones, Hs 10.00 Recepción de lista y boletas, Hs 12.00

Planteo de impugnaciones, Hs 17.00 Resolución de impugnaciones, Hs 19.00

Legalización de listas. Día 19: Hs 8.00 Apertura de comicios, Hs 18.00 Cierre y

escrutinio, Hs 20.00 Consagración de lista ganadora y Oficialización de

candidatos. Fdo. Enrique F. R. Aguilar, Presidente. E y V 21/06/2011. $25. Aviso

N° 159.204.

Page 102: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159224

SOCIEDADES / PARTIDO "DE LA JUSTICIA Y LA VICTORIA" DISTRITO TUCUMÁN

POR 1 DIA - Concepción, 08 de Junio del 2011. Resolución N° 04 JEP Visto: Las

Resoluciones 01, 02 y 03 de la "Junta Promotora" convocando a elecciones internas

cerradas y designando ésta "Junta Electoral Provisoria", y: Considerando: Que en

cumplimiento de las mismas, se hace necesario realizar el respectivo cronograma

electoral, por ello: La Junta Electoral Provisoria del partido "DE LA JUSTICIA Y

LA VICTORIA" Distrito Tucumán , Resuelve: Art. 1° - Fijar el siguiente cronograma

electoral para las elecciones internas cerradas del día 18 de Junio del 2011:

15/06/2011 Hs. 10:00 Cierre de padrones de afiliados; 15/06/2011 Hs. 12:00

Exhibición de padrones; 16/06/2011 Hs. 10:00 Vence el plazo de presentación de

listas; 16/06/2011 Hs. 20:00 Oficialización de listas; 17/06/2011 Hs. 20:00 Vence

el plazo para presentar boletas y mazo de boletas; 18/06/2011 Hs. 08:00 Inicio

del comicio, Hs.16:00 Cierre del comicio Hs. 20:00 Escrutinio definitivo, Hs.

22:00 Proclamación de candidatos y puesta en funciones. Art.2° - Serán de

aplicación al presente proceso electoral, las normas establecidas en la Carta

Orgánica y de aplicación supletoria, las normas del Código Electoral Nacional;

Art.3° - Las Resoluciones serán notificadas por su exhibición, en la Sede

Partidaria; Art. 4°- Comuníquese a la Honorable Junta Electoral Provincial; Art.

5° - Cópiese en el libro de Acta y Resoluciones. E y V 21/06/2011. $52,17. Aviso

N° 159.224.

Page 103: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159214

SOCIEDADES / PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE JUAN

BAUTISTA ALBERDI

POR 1 DIA - La Junta Promotora del PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO DE LA CIUDAD

DE JUAN BAUTISTA ALBERDI Convoca: 1) A realizar el día Jueves 16 de Junio de 2011

la elección de Delegados Convencionales de acuerdo a los establecido en el

articulo 6° de la Carta Orgánica Partidaria y La Elección los tres miembros

integrantes de la Junta Fiscalizadora del Partido (art. 27). La elección se

realizara en asamblea general de afiliados y por el voto secreto de los afiliados

en las urnas correspondientes a cada barrio del municipio, en el barrio CGT

manzana D casa 14 de la Ciudad de Juan Bautista Alberdi. De 16 a 20 horas. 2) Y a

realizar el día viernes 17 de Junio de 2011 La Convención del Partido Del Trabajo

y del pueblo Del Municipio de Juan Bautista Alberdi, en el local de Avenida Sáenz

Peña y Rivadavia de la Ciudad de Juan Bautista Alberdi, a partir de hora 16. 3)

La convención funcionará con el siguiente Orden del Día: a) Designación de un

Presidente y dos secretarios provisorios y la Comisión de Poderes (art.6°). b)

Con posterioridad a la aprobación a los mandatos de los convencionales, elegirá

de su seno un Presidente y Tres secretarios (art.6°). c) Elección de los miembros

del Comité de Distrito, del Tribunal de Disciplina, y de la Comisión Revisora de

Cuentas (art. 24 y 25). 4) Concluida la elección de Autoridades Partidarias, se

procederá a la elección del Candidato a Intendente y Concejales (10 titulares y 5

suplentes), que representaran al Partido del Trabajo y del Pueblo de la Ciudad de

Juan Bautista Alberdi en las Próximas elecciones de la Provincia de Tucumán.

Blanca Rosana Gramajo, Apoderada. E y V 21/06/2011. $61,12. Aviso N° 159.214.

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Aviso número 159227

SOCIEDADES / PARTIDO "EL FORTIN DE LA VICTORIA" MUNICIPAL

POR 1 DIA - Concepción, 08 de Junio del 2011. Resolución N° 04 JEP Visto: Las

Resoluciones 01, 02 y 03 de la "Junta Promotora" convocando a elecciones internas

cerradas y designando ésta "Junta Electoral Provisoria", y: Considerando: Que en

cumplimiento de las mismas, se hace necesario realizar el respectivo cronograma

electoral, por ello: La Junta Electoral Provisoria del partido "EL FORTIN DE LA

VICTORIA" Municipal de Concepción, Resuelve: Art. 1° - Fijar el siguiente

cronograma electoral para las elecciones internas cerradas del día, 18 de Junio

del 2011: 15/06/2011 Hs. 10:00 Cierre de padrones de afiliados; 15/06/2011 Hs.

12:00 Exhibición de padrones; 16/06/2011 Hs. 10:00 Vence el plazo de presentación

de listas; 16/06/2011 Hs. 20:00 Oficialización de listas; 17/06/2011 Hs. 20:00

Vence el plazo para presentar boletas y mazo de boletas; 18/06/2011 Hs. 08:00

Inicio del comicio, Hs. 16:00 Cierre del comicio Hs. 20:00 Escrutinio definitivo,

Hs. 22:00 Proclamación de candidatos y puesta en funciones. ART. 2° - Serán de

aplicación al presente proceso electoral, las normas establecidas en la Carta

Orgánica y de aplicación supletoria, las normas del Código Electoral Nacional;

ART. 3° - Las Resoluciones serán notificadas por su exhibición, en la Sede

Partidaria; ART. 4°- Comuníquese a la Honorable Junta Electoral Provincial; ART.

5° - Cópiese en el libro de Acta y Resoluciones. E y V 21/06/2011. $52,54. Aviso

N° 159.227.

Page 105: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159223

SOCIEDADES / PARTIDO "FEDERALISMO PARA LA VICTORIA" MUNICIPAL

POR 1 DIA - Concepción, 08 de Junio del 2011. Resolución N° 04 JEP Visto: Las

Resoluciones 01, 02 y 03 de la "Junta Promotora" convocando a elecciones internas

cerradas y designando esta "Junta Electoral Provisoria", y: Considerando: Que en

cumplimiento de las mismas, se hace necesario realizar el respectivo cronograma

electoral, por ello: La Junta Electoral Provisoria del partido "FEDERALISMO PARA

LA VICTORIA" Municipal de Concepción, Resuelve: Art. 1° - Fijar el siguiente

cronograma electoral para las elecciones internas cerradas del día 18 de Junio

del 2011: 15/06/2011 Hs. 10:00 Cierre de padrones de afiliados; 15/06/2011 Hs.

12:00 Exhibición de padrones; 16/06/2011 Hs. 10:00 Vence el plazo de presentación

de listas; 16/06/2011 Hs. 20:00 Oficialización de listas; 17/06/2011 Hs. 20:00

Vence el plazo para presentar boletas y mazo de boletas; 18/06/2011 Hs. 08:00

Inicio del comicio, Hs.16:00 Cierre del comicio Hs. 20:00 Escrutinio definitivo,

Hs. 22:00 Proclamación de candidatos y puesta en funciones. Art.2° - Serán de

aplicación al presente proceso electoral, las normas establecidas en la Carta

Orgánica y de aplicación supletoria, las normas del Código Electoral Nacional;

Art.3° - Las Resoluciones serán notificadas por su exhibición, en la Sede

Partidaria; Art. 4°- Comuníquese a la Honorable Junta Electoral Provincial; Art.

5° - Cópiese en el libro de Acta y Resoluciones. E y V 21/06/2011. $52,39. Aviso

N° 159.223.

Page 106: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159206

SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL NUEVO ENCUENTRO

POR 1 DIA - Que por Resolución N° 02/2011 de fecha 14/06/2011, de la Junta

Electoral Ad-hoc del Partido Municipal "NUEVO ENCUENTRO" de Ciudad Banda Rió

Salí. Resolvió: Proclamar y Oficializar a las siguientes personas para cargos

partidarios. Concejo partidario - Presidente: Ruíz Díaz Pedro Nolasco - DNI N°

16.842.543 - Vice Presidente: Ferreyra Antonio Tomas - DNI N° 12.247.320.

Congreso partidario - Presidente: Díaz Domínguez Florinda Magdalena - DNI N°

10.942.588 - Vicepresidente: Díaz María Nieves - DNI N° 8.989.746. - Comision

Fiscalizadora - Presidente: Corbalan Francisco Agustín - DNI N° 11.900.869 -

Vicepresidente Ruiz Díaz Juan Daniel - DNI N° 34.357.127. - Tribunal de conducta

- Presidente: Macias Pedro Telmo - DNI N° 8.477.035 - Vicepresidente: Macias

Juana Eulalia - DNI N° 1.383.669. - Junta Electoral - Presidente: Ruíz Díaz

Mónica Gisella - DNI N° 35.920.232 - Vicepresidente: Ferreyra Antonio Emmanuel -

DNI N° 33.051.640. E y V 21/06/2011. $34,97. Aviso N° 159.206.

Page 107: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159203

SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL UNIDAD Y SOLIDARIDAD SIMOQUEÑA

POR 1 DIA - Se comunica a los afiliados del Partido Municipal "UNIDAD Y

SOLIDARIDAD SIMOQUEÑA", la convocatoria a elecciones internas para elegir

autoridades partidarias y para cargos públicos, presentándose para intendente,

concejales, para el Municipio de Simoca, Sección Electoral 2 Este, válido para

ambos actos eleccionarios; de acuerdo al siguiente cronograma: 18/06/2011: 08:00

hs. Exhibición de Padrón Provisorio. 18/06/2011: 08:30 hs. Inicio Periodo de

Tachas. 18/06/2011: 11:00 hs. Cierre Periodo de Tachas. 18/06/2011: 11:30 hs.

Designación y ubicación del lugar donde se realizará la Elección. 18/06/2011:

12:00 hs. Exhibición de Padrón Definitivo. 18/06/2011: 17:00 hs. Vence plazo para

presentar Lista de Candidatos. 18/06/2011: 17:30 hs. Exhibición de Listas

presentadas. 18/06/2011: 18:00 hs. Vence el plazo para impugnaciones.

18/06/2011: 18:30 hs. Vence plazo para resolver impugnaciones. 18/06/2011: 19:00

hs. Oficialización de Listas presentadas. 18/06/2011: 19:30 hs. Vence plazo de

presentación de boletas para su oficialización. 18/06/2011: 20:00 hs. Designación

de autoridades de mesa. 18/06/2011: 20:30 hs. Vence plazo para presentación de

votos testigos. 19/06/2011: 08:00 hs. Inicio de Comicios. 19/06/2011: 18:00 hs.

Cierre de Comicios. 19/06/2011: 18:00 hs. Escrutinio. 19/06/2011: 20:00 hs.

Proclamación de candidatos y comunicación a la H.J.E.P. E y V 21/06/2011. $51,87.

Aviso N° 159.203.

Page 108: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159225

SOCIEDADES / PARTIDO "UNIDOS PARA LA VICTORIA" MUNICIPAL

POR 1 DIA - Concepción, 08 de Junio del 2011. Resolución N° 04 JEP Visto: Las

Resoluciones 01, 02 y 03 de la "Junta Promotora" convocando a elecciones internas

cerradas y designando ésta "Junta Electoral Provisoria", y: Considerando: Que en

cumplimiento de las mismas, se hace necesario realizar el respectivo cronograma

electoral, por ello: La Junta Electoral Provisoria del partido "UNIDOS PARA LA

VICTORIA" Municipal de Concepción, Resuelve: Art. 1°- Fijar el siguiente

cronograma electoral para las elecciones internas cerradas del día, 18 de Junio

del 2011: 15/06/2011 Hs. 10:00 Cierre de padrones de afiliados; 15/06/2011 Hs.

12:00 Exhibición de padrones; 16/06/2011 Hs. 10:00 Vence el plazo de presentación

de listas; 16/06/2011 Hs. 20:00 Oficialización de listas; 17/06/2011 Hs. 20:00

Vence el plazo para presentar boletas y mazo de boletas; 18/06/2011 Hs. 08:00

Inicio del comicio, Hs. 16:00 Cierre del comicio Hs. 20:00 Escrutinio definitivo,

Hs. 22:00 Proclamación de candidatos y puesta en funciones. ART. 2° - Serán de

aplicación al presente proceso electoral, las normas establecidas en la Carta

Orgánica y de aplicación supletoria, las normas del Código Electoral Nacional;

ART. 3° - Las Resoluciones serán notificadas por su exhibición, en la Sede

Partidaria; ART. 4°- Comuníquese a la Honorable Junta Electoral Provincial; ART.

5° - Cópiese en el libro de Acta y Resoluciones. E y V 21/06/2011. $52,21. Aviso

N° 159.225.

Page 109: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159210

SOCIEDADES / "SALSENCH S.R.L."

POR 1 DIA - Por disposición del Señor Juez de Comercio, Dra. Emely Amenabar, se

hace saber que por Expediente n° 1149/11, de fecha 31/05/2011.Se encuentra en

trámite de inscripción el instrumento de fecha 16 de mayo de 2011, mediante el

cuál, el Sr.: Irene Caparros Gomez, transfiere a título de Donación la cantidad

de 8.970 cuotas, que le corresponden de la sociedad "SALSENCH S.R.L.", a favor

de: Juan Manuel Salsench Caparros, argentino, Ingeniero Agrónomo, nacido

29/06/1968, DNI 20.218.397, casado, con domicilio en calle Entre Ríos n° 745, 1°

Piso, Dpto. "A", ciudad capital - Tucumán. Como consecuencia de la presente

Donación el capital social queda conformado: $783.000 representados por 78.300

cuotas de $10 cada una, suscripto por los socios: Irene Caparros Gomez 42.420

cuotas Juan Manuel Salsench Caparros 8.970 cuotas - Pedro Salsench Caparros 8.970

cuotas - Maria de los Angeles Salsench Caparros 8.970 cuotas - Montserrat

Salsench Caparros 8.970 cuotas. San Miguel de Tucumán, 16 de junio de 2011.Fdo.

Alejandrina Rodriguez de Molina. E y V 21/06/2011. $39,55. Aviso N° 159.210.

Page 110: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159205

SOCIEDADES / TRABAJANDO POR LA GENTE

POR 1 DIA - El Partido "TRABAJANDO POR LA GENTE", con domicilio real y legal en

Av. Eva Duarte de Perón N° 100 de Lastenia, Banda del Río Salí, Departamento Cruz

Alta, convoca sus afiliados para el día 19 de Junio de 2011 desde horas 10:00 a

16:00, para tratar en esa oportunidad los siguientes puntos del orden del día,

los que a continuación se detalla: 1°) Lectura del orden del día. 2°) Elecciones

Internas General. 3°) Designación de 2 (dos) afiliados para firmar el acta.

Mercedes del V. Correa, Presidente. E y V 21/06/2011. $25. Aviso N° 159.205.

Page 111: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159218

SUCESIONES / ABRAHAM AMADO DEBBO

POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°

Nominación, citase por tres días a los herederos o acreedores del causantes:

ABRAHAM AMADO DEBBO, M.I. N° 10.690.914, fallecido el 01 de marzo 2.001, cuya

sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,

de mayo 2011. Dr. Robin Marquez Raúl Angel, Sec. Judicial. E 21 y V 23/06/2011.

$30. Aviso N° 159.218.

Page 112: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159119

SUCESIONES / ALBERTO RAMON HARO

POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°

Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:

ALBERTO RAMON HARO M.I. N° 8.090.845, fallecido el 07 de Noviembre de 2009, cuya

sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,

06 de Junio de 2011. Fdo.: Dra. De Piero Maria Giselle, Secretaria. E 16 y V

21/06/2011. $30. Aviso Nº 159. 119.

Page 113: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159162

SUCESIONES / ALFREDO AGUILAR

POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado en Familia y Sucesiones

de la III° Nom. Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los herederos

o acreedores de ALFREDO AGUILAR, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría

del autorizante. Se hace constar que el presente actúa con beneficio para litigar

sin gastos. Secretaría, 30 de mayo de 2011. Rolando Andrés Cabrera, Pros.

Judicial. E 17 y V 22/06/2.011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.162.

Page 114: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159189

SUCESIONES / BRUNO AMERICO COZZI

POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez Subrogante del Juzgado Civil en Familia

y Sucesiones de la Cuarta Nominación, cítese por tres días a los herederos o

acreedores de BRUNO AMERICO COZZI D.N.I. N° 7.072.798 y MARIA JATIF L.C. N°

9991721, Cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San

Miguel de Tucumán, 15 de abril 2011. Dra. María Isabel Soria Tenreyro, Sec.

Judicial. E 17 y V 22/06/2011. $30. Aviso N° 159.189.

Page 115: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159104

SUCESIONES / CARLOS VICENTE BACHE

POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días

a los herederos o acreedores de CARLOS VICENTE BACHE (D.I. N° 8.066.104), cuya

sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,

30 de mayo de 2011.- Proc. Marcela Fabiana Flores, Sec. Judicial. E 16 y V

21/06/2.011. $30. Aviso N° 159.104.

Page 116: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159100

SUCESIONES / CARMEN ABELLA M.I. Nº 2.525.035

POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Claudia Inés Lopez a cargo del

Juzgado en Familia y Sucesiones de la VIª Nom., cítese por tres días a los

herederos o acreedores de CARMEN ABELLA M.I. N° 2.525.035 , cuya sucesión

tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 31 de

Mayo de 2011. Fdo. Dra. Marta María Norry, Secretaria. E 16 y V 21/06/2011. $30.

Aviso N° 159.100.

Page 117: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159147

SUCESIONES / EDUARDO DELGADO

POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Marta E. Paz de Centurión del

Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Cuarta Nominación, cítese por tres

días a los herederos o acreedores de EDUARDO DELGADO cuya sucesión tramítase por

ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 17 de Septiembre de

2010. Fdo. Fabio Eugenio Barbaglia , Secret. Judicial. E 17 y V 22/06/2011. $30.

Aviso N° 159.147.

Page 118: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159217

SUCESIONES / ELIAS SANTIAGO CUEVA

POR 3 DIAS - Por disposición del S.S. Dra. Silvia Karina Lescano de Francesco

Juez a cargo del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Primera Nominación,

cítese por tres días a los herederos o acreedores de ELIAS SANTIAGO CUEVA, D.N.I.

N° 3.592.543, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San

Miguel de Tucumán, 14 de junio de 2011. Dr. José Fabricio Argiro, Sec. Judicial.

E 21 y V 23/06/2.011. $30. Aviso N° 159.217.

Page 119: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159182

SUCESIONES / ELVIO JESUS MEDINA D.N.I. Nº 7.059.260

POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Sylvia García Zavalía de

Sanchez Iturbe del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la II° Nominación,

cítese por tres días a los herederos o acreedores de ELVIO JESUS MEDINA D.N.I. N°

7.059.260, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San

Miguel de Tucumán, 4 de Abril de 2011. Fdo. Dra Marta Maria Posse, Sec. Judicial.

E 17 y V 22/06/2011. $30. Aviso N° 159.182

Page 120: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159216

SUCESIONES / FELIPE TEODORO LONSALLE Y/O FELIPE TEODORO LONZALLES

POR 3 DIAS - Por Disposición de la Sra. Juez, Dra. María Elisa Villafañe de De

Mitri, del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la IIa. Nominación Centro

Judicial de Concepción, cítese por tres días a los herederos o acreedores de la

sucesión de: FELIPE TEODORO LONSALLE y/o FELIPE TEODORO LONZALLES.- Concepción,

26 de Mayo de 2011. Fdo. Sandra M. de Papiz Cruz,Secretaria. E 21 y V 23/06/2011.

$30. Aviso N° 159.216.

Page 121: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159107

SUCESIONES / FERMIN JUSTO GRAMAJO

POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°

Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:

FERMIN JUSTO GRAMAJO, D.N.I N° 20.757.732, fallecido el 20 de Noviembre de 2008,

cuya sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de

Tucumán, 11 de Mayo de 2011. Fdo. Guillermo Isaias Grabar, Secretario. E 16 y V

21/06/2011. $30. Aviso N° 159.107.

Page 122: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159219

SUCESIONES / FRANCISCO ANTONIO FERNANDEZ

POR 3 DIAS - Por disposición de S.S. Dra. Silvia Karina Lescano de Francesco,

Juez a cargo del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Primera Nominación,

cítese por tres días a los herederos o acreedores de FRANCISCO ANTONIO FERNANDEZ,

D.N.I. N° 10.218.813, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del

autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de Mayo de 2011. Fdo. Estela Fabiana

Aparicio, Pros. Jud. E 21 y V 23/06/2011. $30. Aviso N° 159.219.

Page 123: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159212

SUCESIONES / GONZALEZ DORA CARMEN - PEREZ EVARISTO WERTEL

POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Familia y Sucesiones

de la Quinta. Nom., cítese por tres días a los herederos o acreedores de GONZALEZ

DORA CARMEN D.I. N° 2.277.756 - PEREZ EVARISTO WERTEL D.I. N° 6.974.409, cuya

sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. Secretaria, 14 de Junio

de 2011. Fdo. Dra. Emma Maria Carmelich, Secretaria. E 21 y V 23/06/2011. $30.

Aviso N° 159.212.

Page 124: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159142

SUCESIONES / "HUGO ANTONIO VELIZ"

POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Familia y Sucesiones

IIIa. Nom. Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los herederos o

acreedores de "HUGO ANTONIO VELIZ", cuya sucesión tramítase por ante la

Secretaría del autorizante. Secretaría, 13 de Junio de 2011. Fdo. Rolando Andrés

Cabrera, Secretario. E 17 y V 22/06/2011. $30. Aviso N° 159.142.

Page 125: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159155

SUCESIONES / JOSE MARINO SAID

POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Claudia Inés Lopez a cargo del

Juzgado en Familia Y Sucesiones de la VIª Nom., cítese por tres días a los

herederos o acreedores de JOSE MARINO SAID, M.I N°: 7.009.546, cuya sucesión

tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de

Mayo de 2011. Fdo. Dra. Ma. Laura Garcia Lizarraga, Secretaria. E 17 y V

22/06/2011. $30. Aviso N° 159.155.

Page 126: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159117

SUCESIONES / "JOSE MERCEDES GRANEROS"

POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Familia y Sucesiones

IIIa. Nom. Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los herederos o

acreedores de "JOSE MERCEDES GRANEROS", cuya sucesión tramítase por ante la

Secretaría del autorizante. Secretaría, 31 de Mayo de 2011. Fdo. Rolando Andrés

Cabrera, Secretario. E 16 y V 21/06/2011. $30. Aviso N° 159.117.

Page 127: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159091

SUCESIONES / JOSE NAPOLEON ORTEGA

POR 3 DIAS - Por Disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°

Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:

JOSE NAPOLEON ORTEGA, M.I. N° 3.629.401, fallecido el 15 de Marzo de 1994 y MARIA

DOMINGA LOPEZ, M.I. N° 0.964.268, Fallecida el 16 de Noviembre de 1984, cuya

sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,

13 de Junio de 2011. Fdo. Guillermo Isaias Gabar, Secretario. E 16 y V

21/06/2011. $30. Aviso N° 159.091.

Page 128: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159114

SUCESIONES / JOSE VICENTE SILVA M.I. Nº 11.910.595

POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Claudia Inés Lopez a cargo del

Juzgado en Familia y Sucesiones de la VIª Nom., cítese por tres días a los

herederos o acreedores de JOSE VICENTE SILVA, M.I. N° 11.910.595, cuya sucesión

tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de Mayo

de 2011. Fdo. Dra. María Laura García Lizarraga, Secretaria. E 16 y V 21/06/2011.

$30. Aviso N° 159.114.

Page 129: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159153

SUCESIONES / JUANA DEL CARMEN CASTILLO

POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado en Familia y Sucesiones

de la III° Nominación Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los

herederos o acreedores de JUANA DEL CARMEN CASTILLO, cuya sucesión tramítase por

ante la Secretaría del autorizante. Secretaría, 27 de mayo de 2011. Rolando

Andres Cabrera, Prosecretario. E 17 y V 22/06/2.011. $30. Aviso N° 159.153.

Page 130: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159202

SUCESIONES / JULIO FRANCISCO BARRAZA

POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°

Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante: JULIO

FRANCISCO BARRAZA, M.I. N° 34.138.962, fallecida el 14 de Junio de 2010, cuya

sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,

31 de Mayo de 2011. Fdo. Guillermo Isaias Grabar, Secretario. E 21 y V

23/06/2011. $30. Aviso N° 159.202.

Page 131: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159201

SUCESIONES / LUIS ROSARIO CARRANZA Y ANA FRANCISCA DIAZ

POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Sylvia García Zavalía de

Sanchez Iturbe del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la II° Nominación,

cítese por tres días a los herederos o acreedores de LUIS ROSARIO CARRANZA D.I.

N° 6.974.250 y ANA FRANCISCA DIAZ D.I. N° 1.613.963, cuya sucesión tramítase por

ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 2 de Junio de 2011.

Fdo. Dra. Marta Maria Posse, Sec. Judicial. E 21 y V 23/06/2011. $30. Aviso N°

159.201.

Page 132: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159118

SUCESIONES / RAMON EDUARDO CAMPBELL D.N.I. Nº 7.016.350

POR 3 DIAS - Por disposición de S.S. Dra. Silvia Karina Lescano de Francesco,

Juez a cargo del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Primera Nominación,

cítese por tres días a los herederos o acreedores de RAMON EDUARDO CAMPBELL

D.N.I. N° 7.016.350, cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del

autorizante. San Miguel de Tucumán, 24 de Mayo de 2011.- Fdo. José Fabricio

Argiro, Sec. Judicial. E 16 y V 21/06/2011. $30. Aviso N° 159.118.

Page 133: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159158

SUCESIONES / RAUL ROBERTO TANOS

POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°

Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante: RAUL

ROBERTO TANOS, M.I. N° 7.036.353, fallecido el 22 de Julio de 2009, cuya sucesión

tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de

Mayo de 2011. Fdo. Dra De Piero María Giselle, Secretaria. E 17 y V 22/06/2011.

$30. Aviso N° 159.158.

Page 134: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159098

SUCESIONES / ROBIN BRITO

POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Familia y Sucesiones

IIIa. Nom. Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los herederos o

acreedores de "ROBIN BRITO", cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del

autorizante. Secretaría, 1 de Junio de 2011. Fdo. Rolando Andrés Cabrera,

Prosecretario. E 16 y V 21/06/2011. $30. Aviso N° 159.098.

Page 135: Numero de boletin: 27554 Fecha: 21/06/2011 INDICE: Sección … · 2020. 6. 2. · Aviso número 22046 DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16 DECRETO N° 1.592/3 (SH),

Aviso número 159211

SUCESIONES / VILLAGRA ESPECHE MARIA LUCRECIA

POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado de la Quinta Nominación Civil en Familia

y Sucesiones, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:

VILLAGRA ESPECHE MARIA LUCRECIA, D.N.I. N° 10.553.133, cuya sucesión tramítase

por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 14 de Junio 2011.

Fdo. Emma Maria Carmelich, secretario. E 21 y V 23/06/2011. $30. Aviso N°

159.211.

Numero de boletin: 27554

Fecha: 21/06/2011